tema 4 legislacion deportiva bl
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UNIVERSIDAD PONTIFICIA DE SALAMANCA
2012-2013
FUNDAMENTOS DEL
DEPORTE: BLOQUE
TEMÁTICO I Tema 4. Legislación Deportiva
Dr. Salvador Pérez Muñoz y Ana Martín Esteban
MODALIDAD BLENDED LEARNING
G R A D O E N C I E N C I A S D E L A A C T I V I D A D F Í S I C A Y D E L D E P O R T E
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ÍNDICE
4.1. Introducción.
4.2. Legislación española.
4.2.1. El consejo superior de deportes
4.2.1.1. La comisión directiva CSD
4.2.1.2. Competencias Comisión Directiva CSD
4.2.2. Evolución histórica del consejo superior de deportes, órgano
rector de la política deportiva española, desde 1941 al día de la fecha.
4.2.3. Estructura del deporte español. Evolución y síntesis.
4.2.3.1. La estructura del deporte español. El deporte en el
sector público y privado.
4.2.3.1.1. Direcciones Generales de Deportes de las Comunida-
des Autónomas (CC.AA.).
4.2.3.1.2. Entidades Locales (Ayuntamientos, Diputaciones,
Cabildos).
4.2.4. Federaciones Deportivas Españolas.
4.2.5. Federaciones deportivas autonómicas o territoriales.
4.2.6. Las Ligas Profesionales.
4.2.7. Modalidad y especialidad deportiva las federaciones deportivas.
4.2.8. Entidades asociativas deportivas.
4.2.9. El modelo deportivo español.
4.3. Documentos complementarios.
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4.1. Introducción
La legislación deportiva es un ámbito muy complejo y completo de actuación,
ya que se encarga de la organización de todo el deporte.
En el siguiente tema nos vamos a centrar a exponer de forma general y muy
breve la legislación deportiva en España. Para ello comenzamos con la carta magna,
es decir, la Constitución Española que comienza a legislar el deporte, eso sí de
forma muy general.
A partir de ahí se establecen el resto de legislaciones, comenzando de forma
significativa con la Ley del Deporte de 1990 que trata de legislar todo lo que tiene
que ver con deporte de forma general, que posteriormente se desarrolla en los
siguientes niveles de concreción a través de los Reales Decretos y Órdenes
Ministeriales. Una vez que las Comunidades Autónomas van recibiendo
competencias también legislan y por ello cada una de las Comunidades Autónomas
legisla o más bien desarrollan tanto la Constitución como la Ley del Deporte, para su
ámbito de actuación propio.
Por último en este tema se incluyen dos enlaces para la consulta general de
la legislación tanto anterior como, sobre todo, la más actual, una es del Consejo
Superior de Deportes y otra es una página de deporte digital que tiene tanto la
legislación estatal como la propia de las Comunidades Autónomas. Así como que se
incluye en forma de listado las diferentes Leyes, Reales Decretos… que se incluyen
en la plataforma en formato PDF para que sean consultados por los alumnos.
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4.2. Legislación española
El deporte es uno de las realidades con mayor importancia en la actualidad,
por ello, y como es lógico, el Estado para ello va regulando de forma progresiva el
deporte en todos sus niveles. Por todo ello los poderes públicos no pueden estar
ajenos a la intervención en este ámbito.
La primera referencia y la más importante, legislativamente hablado, es la
que presenta la Carta Magna. En la Constitución Española de 1978 se produce la
regulación del fenómeno deportivo de forma global. En su artículo 103 expone que el
deporte forma parte del interés general, el servicio objetivo de las Administraciones
Públicas al interés general; la intervención pública en el deporte se concretó en el
artículo 43.3 que dispone "Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria,
la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del
ocio". Pero no es éste el único precepto que habilita para intervenir en el fenómeno
deportivo que, dada su complejidad, representa una categoría transversal, utilizando
el término acuñado por el Tribunal Constitucional para hacer referencia a aquellas
materias cuya regulación incide simultáneamente en más de un título competencial1.
A partir de ahí son las diferentes Comunidades Autónomas y con las
Administraciones Locales las que siguen el proceso legislativo, de acuerdo con el
marco de competencias que han asumido cada una de ellas.
“Además, el ámbito subjetivo en el terreno deportivo se completa con la
intervención de numerosos agentes privados entre los que destacan, no sólo por su
importancia sino también por su peculiar régimen jurídico, las federaciones
deportivas”, así como de los diferentes centros privados, que también están
totalmente regulados2.
Una vez que la Constitución contempla el deporte como hecho relevante, los
legisladores pasan a establecer una Ley, en concreto a la Ley del Deporte con fecha
de 1990 como referente normativo general del deporte en España. Y por último,
dentro del ámbito de la Comunidad de Castilla y León se promulgo la Ley del
Deporte de Castilla y León de 28 de marzo, de 2003.
Otras normativas deportivas a nivel legislativo, de forma general, hay
referencias en relación a: las federaciones deportivas, con el Real Decreto
1835/1991 de 20 de diciembre; otra de las normativas muy importantes es la que se
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refiere a la Sociedades Anónimas Deportivas SAD y en concreto el Real Decreto
1251/1999 (legislación que tiene en tramitación algunas modificaciones que saldrán
en breve); otras de las materias en legislación deportiva es la que tiene que ver con
el Doping y la protección de la salud para ello existe una ley de 7/2006 de 21 de
noviembre donde se exponen las referencias con el doping y la protección de la
salud. Otra de las legislaciones referentes a este ámbito es el que se refiere a la
lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia… con la Ley 17/2007. Uno de los
ámbitos más importantes de actuación es que se refiere a la enseñanza deportiva y
para ello existe un Real Decreto 1363/2007 sobre la enseñanza deportiva, eso sí no
es menos cierto que poco a poco se van estableciendo pequeñas modificaciones. Y
por último dos ámbitos de actuación muy específicos como son el alto rendimiento
deportivo para el cual existe un Real Decreto 971/2007, y para la disciplina deportiva
tenemos el Real Decreto 1591/1992.
Por último, dentro del ámbito deportivo español decir que hay un organismo
nacional que se encarga de todo el deporte, en concreto es el Consejo Superior de
Deportes, que se explica a continuación.
4.2.1. El consejo superior de deportes3
No es un órgano de naturaleza consultiva, pese a que la denominación pueda
inducir a error. Los órganos rectores del Consejo Superior de Deportes son el
Presidente y la Comisión Directiva.
La Comisión Directiva ejerce las competencias previstas en el artículo 10.2 de
la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte. Su composición y funcionamiento son
los determinados en el Real Decreto 1242/1992, de 16 de octubre, modificado por el
Real Decreto 1970/1999, de 23 de diciembre, y sus actos pondrán fin a la vía
administrativa.
4.2.1.1. La comisión directiva CSD
En el seno del Consejo Superior de Deportes se constituirá una
Comisión directiva, integrada por representantes de la Administración del
Estado, Comunidades Autónomas, Entidades locales y Federaciones
deportivas españolas, cuya Presidencia corresponderá al propio Presidente
del Consejo. Igualmente, formarán parte de esta Comisión personas de
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reconocido prestigio en el mundo del deporte designadas por el presidente del
Consejo Superior de Deportes (artículo 10 Ley del Deporte)
Competencias artículo 3 del Real Decreto 1242/1992, de 16 de octubre,
modificado por el Real Decreto 1970/1999, de 23 de diciembre.
4.2.1.2. Competencias Comisión Directiva CSD (Art. 3).
Son competencias de la Comisión Directiva del Consejo Superior de
Deportes las siguientes:
a. Autorizar y revocar, de forma motivada, la constitución de las
Federaciones deportivas españolas.
b. Aprobar definitivamente los estatutos y reglamentos de las
Federaciones deportivas españolas, de las Ligas profesionales y
de las Agrupaciones de clubes, autorizando su inscripción en el
Registro de Asociaciones Deportivas correspondiente.
c. Designar a los miembros del Comité Español de Disciplina
Deportiva.
d. Suspender, motivadamente y de forma cautelar y provisional, al
Presidente y demás miembros de los órganos de Gobierno y
control de las Federaciones deportivas españolas y Ligas
profesionales, y convocar dichos órganos colegiados en los
supuestos a que se refiere el artículo 43, b) y c), de la Ley
10/1990, de 15 de octubre, del Deporte.
e. Reconocer la existencia de una modalidad deportiva a los
efectos de la Ley del Deporte.
f. Calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y
ámbito estatal.
g. Autorizar la inscripción de las Federaciones deportivas
españolas en las correspondientes Federaciones deportivas de
carácter internacional.
h. Autorizar la inscripción de las Sociedades Anónimas Deportivas
en el Registro de Asociaciones Deportivas.
i. Realizar los estudios, dictámenes e informes que le sean
solicitados por el Presidente.
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j. Las que le atribuyen expresamente otras normas reglamentarias
de carácter sustantivo.
4.2.2. Evolución histórica del consejo superior de deportes, órgano rector de la
política deportiva española, desde 1941 al día de la fecha4
A.- ETAPA PRECONSTITUCIONAL:
1.- Decreto de 22 de febrero de 1941, por el que se crea la Delegación
Nacional de Deportes que integra las instituciones que ya existían con anterioridad
a la Guerra Civil: Comité Olímpico Español, Consejo Nacional de Deportes y
Delegación Española del Comité Olímpico Internacional.
2.- Decreto de 17 de mayo de 1956, por el que pasa a denominarse
Delegación Nacional de Educación Física y Deportes
3.- Ley 77/1961, de 23 de diciembre, sobre Educación Física. BOE núm. 309,
de 27 de diciembre.
B.- ETAPA DE LA TRANSICIÓN:
4.- Real Decreto 596/1977, de 1 de abril, por el que se crea la Subsecretaría
nueva Dirección General de Educación Física y Deportes. BOE núm. 83, de 7 de
abril de 1977.
5.- Decreto 1119/1977, de 20 de mayo, por el que se crea el Centro Superior
de Educación Física y Deportes, como Organismo Autónomo adscrito a la
Subsecretaría de Familia, Juventud y Deportes, dependiente del Ministerio de la
Presidencia del Gobierno. BOE núm. 125, de 20 de mayo de 1977.
6.- Decreto 2258/1977, de 27 de Agosto, por el que se crea el Organismo
Autónomo Consejo Superior de Deportes, en directa dependencia del Ministro de
Cultura. BOE núm. 209, de 1 de septiembre de 1977.
C.-ETAPA CONSTITUCIONAL:
Gobierno de la Unión de Centro Democrático (UCD)
7.- La Ley 13/1980, de 31 de marzo, General de la Cultura Física y del
Deporte, define al Consejo Superior de Deportes (CSD) como un Organismo
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Autónomo dependiente del Ministerio de Cultura y que ejerce las funciones que esta
Ley atribuye a la Administración General del Estado, con independencia de las
competencias que tengan o puedan tener otras administraciones Publicas (Local y
Autónoma). (BOE núm. 89 de 12 de abril de 1980).
8.- Real Decreto 2337/1980, de 17 de octubre, sobre Estructura Orgánica del
Consejo Superior de Deportes. (BOE núm.de 31-X-80).
Gobierno Socialista (PSOE)
9.- La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, define al Consejo Superior
de Deportes como un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al
Ministerio de Educación y Ciencia (hoy de Educación, Cultura y Deporte) y que
ejerce directamente la actuación de la Administración del Estado en el ámbito del
deporte, salvo los supuestos de delegación previstos en esta Ley (Artículos 7, 1 y 2),
de 17 de octubre de 1990).
Gobierno del Partido Popular (PP)
10.- Real Decreto 2582/1996, de 13 de diciembre, de Estructura Orgánica y
Funciones del CSD. (BOE núm. 3, de 3 de enero de 1997).
11.- Modificación de la Ley 10/1990, del Deporte, a través de la Ley 50/1998,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (ver
articulo 4,2. Exención del IVA a Entidades Deportivas, excepto a los espectáculos
deportivos y Articulo 109), en aspectos que afectan a: Sociedades Anónimas
Deportivas, Comité Paralímpico Español, Régimen Sancionador). (BOE núm. 313,
de 31 de diciembre de 1998).
12.- Real Decreto 286/1999, de 22 de febrero, sobre Estructura Orgánica y
Funciones del CSD y de adecuación del Organismo a la ley 6/1997, de 14 de abril,
de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. (BOE
núm. 46, de 23 de febrero de 1999 y corrección de errores en el BOE núm. 64, de 16
de marzo de 1999).
13.- Real Decreto 1125/2.000, de 16 de junio, por el que se modifica el R.D.
286/1999, de 22 de febrero, sobre Estructura Orgánica y Funciones del CSD, etc.
(BOE núm. 145, de 17 de junio de 2.000).
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14.- Modificación de la Ley 10/1990, del Deporte, a través de la Ley 53/2002,
de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (ver
Capitulo VI – articulo. 115).
Gobierno del Partido Socialista (PSOE)
15.- R. D. 2195/2004, de 25 de noviembre, por el que se regula la estructura
orgánica y las funciones del Consejo Superior de Deportes (BOE Núm. 285, de 26
de noviembre
*Ley Orgánica 7/2006, de 21 de noviembre, de Protección de la Salud y de
lucha contra el Dopaje.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y
Hombres (ver articulo 29, deportes- programas y promoción).
Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (ver Titulo XIV – del deporte y la
extensión universitaria-, artículos 90 y 91, del deporte en la universidad y
coordinación en materia de deporte universitario.
*Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la
Intolerancia en el Deporte.
4.2.3. Estructura del deporte español. Evolución y síntesis5
4.2.3.1. La estructura del deporte español. El deporte en el sector público y
privado
La organización del deporte en España se basa en un sistema de
colaboración mutua entre los sectores público y privado. Ambos sectores comparten
responsabilidades en el fomento, promoción y desarrollo de las actividades y prác-
ticas físico-deportivas.
La armonización de intereses y la corresponsabilidad social son los dos princi-
pios que informan y configuran la dinámica social de la actividad deportiva general.
Las instituciones más características del sector público y privado, son:
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4.2.3.1.1. Direcciones Generales de Deportes de las Comunidades Autónomas
(CC.AA.)
Las funciones y competencias para el fomento y desarrollo de la política
deportiva en las Comunidades Autónomas españolas están establecidas en los
respectivos Estatutos de Autonomía y demás normas reguladoras de la actividad
deportiva en el ámbito geográfico de cada Comunidad.
La Legislación deportiva de cada Comunidad delimita el campo de actuación
en esta materia y, a su vez, lo diferencia respecto a la Administración del Estado y
las restantes Comunidades.
Entre las competencias que las Comunidades Autónomas (CC.AA). tienen
reconocidas en sus Estatutos y normas reglamentarias, figuran:
La promoción, construcción y gestión de instalaciones deportivas.
La tutela y coordinación de las Federaciones Deportivas de ámbito
territorial autonómico
Coordinación, promoción y tutela del asociacionismo deportivo.
Potestad legislativa sobre política deportiva en el ámbito autonómico.
Programación de subvenciones al deporte.
Educación Física y actividad deportiva escolar.
La formación de técnicos y animadores deportivos.
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La gestión de los Centros de formación de los licenciados en Ciencias
de la Actividad Física y el Deporte.
4.2.3.1.2. Entidades Locales (Ayuntamientos, Diputaciones, Cabildos)
Las Entidades Locales, fundamental y básicamente los Ayuntamientos, son
los principales gestores de los servicios deportivos públicos, debido a dos hechos: el
grado de proximidad al domicilio familiar y a un mayor conocimiento y uso de las
instalaciones deportivas locales.
Los Ayuntamientos son las Entidades Locales que más y mejor favorecen y
posibilitan el desarrollo y fomento de la actividad deportiva base en el ámbito local a
través de las Escuelas deportivas municipales, Patronatos deportivos y Entidades
asociativas deportivas de carácter local.
Algunas de las competencias de las Entidades Locales en materia deportiva
son las siguientes:
Reservar en los planes de urbanismo el suelo necesario para la
construcción de instalaciones deportivas.
Construir, en colaboración con otras Administraciones públicas, las
instalaciones deportivas locales y gestionarlas.
Desarrollar programas de promoción deportiva para todas las edades.
Ayudar a los clubes deportivos ubicados en su territorio.
En el caso de los Ayuntamientos las competencias suelen canalizarse a
través de los servicios deportivos municipales, bien por gestión directa o indirecta.
(Patronatos, Fundaciones, Sociedades, Consorcios, etc.).
Las prestaciones más frecuentes son:
Las Escuelas Deportivas Municipales.
La animación deportiva y el mantenimiento de adultos.
La organización de competiciones locales.
La oferta de instalaciones deportivas a clubes y particulares.
4.2.4. Federaciones Deportivas Españolas
Son entidades privadas, con personalidad jurídica propia, de ámbito de
actuación nacional, integradas por las Federaciones deportivas de ámbito
autonómico, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces, árbitros, Ligas
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Profesionales y otras entidades interesadas en la promoción y desarrollo de una
modalidad deportiva específica en el ámbito nacional. Actualmente existen en
España 58 Federaciones Deportivas (53 unideportivas y 5 polideportivas).
Las Federaciones deportivas españolas, además de sus actividades propias
de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las
especialidades deportivas que corresponden a cada una de sus modalidades
deportivas, ejercen bajo la coordinación y tutela del Consejo Superior de Deportes,
las funciones públicas de carácter administrativo:
Actuar en coordinación con las Federaciones de ámbito autonómico
para la promoción general de sus modalidades deportivas en todo el
territorio nacional.
Diseñar, elaborar y ejecutar en colaboración, en su caso, con las
Federaciones de ámbito autonómico, los planes de preparación de los
deportistas de alto nivel en sus respectivas modalidades deportivas,
así como participar en la elaboración de las listas anuales de los
mismos.
Colaborar con la Administración del Estado y la de las Comunidades
Autónomas en la formación de técnicos deportivos y en la prevención,
control y represión del uso de sustancias y grupos farmacológicos
prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
Organizar o tutelar las competiciones oficiales de carácter internacional
que se celebren en el territorio del Estado.
Ejercer la potestad disciplinaria deportiva, en los términos establecidos
en la Ley del Deporte, sus específicas disposiciones de desarrollo y
sus Estatutos y reglamentos.
Ejercer el control de las subvenciones que asignen a las Asociaciones
y Entidades deportivas en las condiciones que fije el Consejo Superior
de Deportes.
Ejecutar en su caso, las resoluciones del Comité Español de Disciplina
Deportiva.
Desempeñar respecto de sus asociados las funciones de tutela, control
y supervisión que le reconoce el ordenamiento jurídico deportivo.
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4.2.5. Federaciones deportivas autonómicas o territoriales
Son entidades de características y finalidad similar a las anteriores cuya
actuación es el propio ámbito territorial autonómico representando a las
Federaciones Deportivas Españolas en sus respectiva Comunidad Autónoma.
4.2.6. Las Ligas Profesionales
Son entidades privadas con personalidad jurídica propia y autonomía para su
organización interna y funcionamiento respecto a la Federación deportiva española
correspondiente, y de la que forman parte. Integran a los clubes que participan en
las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal. En la actualidad
existen dos Ligas Profesionales: La Liga Profesional de Fútbol (LPF) y la Asociación
de Clubes de Baloncesto (ACB), Balonmano y Voleibol.
4.2.7. Modalidad y especialidad deportiva las federaciones deportivas
Las Federaciones Deportivas Españolas aparecen reguladas en la Ley del
Deporte, Capítulo III del Título III, artículos 30 a 40 y el Real Decreto 1835/1991.
Son definidas como "entidades privadas, con personalidad jurídica propia,
cuyo ámbito de actuación se extiende al conjunto del territorio del Estado, en el
desarrollo de las competencias que le son propias, integradas por Federaciones
deportivas de ámbito autonómico, clubes deportivos, deportistas, técnicos, jueces y
árbitros, Ligas profesionales, si las hubiese, y otros colectivos interesados que
promueven, practican o contribuyen al desarrollo del deporte."
Además, según se dispone, ejercen algunas funciones públicas,
expresamente señaladas en la Ley y el Real Decreto. Tienen por tanto una vertiente
privada, en la que no existiría intervención pública, y otra vertiente publificada, en la
que sí existe intervención de la Administración Pública.
Las Federaciones Deportivas tienen encomendado por ley, por tanto, el
ejercicio de potestades públicas. No poseen la titularidad de esas potestades, que
permanece en la Administración.
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4.2.8. Entidades asociativas deportivas
Son Asociaciones privadas integradas por personas físicas o jurídicas, cuyo
fin es promocionar una o más modalidades deportivas, la práctica deportiva de sus
asociados y la participación de los mismos en actividades y competiciones
deportivas.
Las entidades asociativas deportivas, de acuerdo con lo establecido en la Ley
10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, se clasifican en clubes elementales, clubes
básicos, clubes de deporte profesional y Sociedades Anónimas Deportivas.
4.2.9. El modelo deportivo español6
La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, no surge sólo por un capricho,
coyuntural y afán innovador, sino por la imperiosa necesidad de actualizar y
canalizar aspectos sustanciales no contemplados en la anterior Ley 13/1980, de 31
de marzo, General de la Cultura Física y del Deporte, de 1980.
La interpretación pautada del proceso autonómico y las exigencia propias de
la evolución del propio fenómeno deportivo, acaecido en la década de los años
1980, determinaron que la actual Ley 19/21990, asumiera áreas de actuaciones
acordes con las nuevas situaciones que configuraron, en su día, un nuevo modelo
de gestión del deporte español y en el que incidían hechos importantes y
determinantes, tales como:
o La transferencia de servicios y funciones del Estado a las
Comunidades Autónomas (CC.AA) sobre política deportiva,
protagonizada y asumida, con plenas competencias por las CC.AA.
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o Necesidad de relacionar e integrar a las Federaciones Deportivas
Españolas (FF.DD.EE) con sus correspondientes federaciones
autonómicas en el ámbito geográfico de cada C.A.
o evolución de la profesionalización del deporte y las estructuras que lo
fundamentan: las Sociedades Anónimas Deportivas (SADs).
o La consideración del deporte como un fenómeno de masas.
o La municipalización del deporte como vía e instrumento de
acercamiento de los ciudadanos a las instalaciones deportivas mas
cercadas a sus intereses y, consecuentemente, la promoción de la
practica deportiva.
o La necesidad de establecer unos modelos de asociación deportiva
basados en la responsabilidad jurídica y económica de sus
responsables (SADs).
Pero se cita el concepto “modelo deportivo” o “modelo deportivo español”, sin
acabar de decir en qué consiste. Un modelo es la forma que configura la ejecución
de una actuación posterior en este caso, una forma de concebir la actuación de la
política deportiva, sea cual fuere el país de que se trate en cada caso. Habrá países
que tengan un modelo, otros que estén en vías de tenerlo y algunos más que no lo
tengan.
Pero un modelo no es solo las ideas que lo informan sino también las líneas
de actuación que lo configuran y las actuaciones que lo concretan. En el caso
español estas ideas están establecidas en la citada Ley 10/1990, del Deporte.
A.- Ideas que lo informan
El deporte como actividad social generalizada.
La práctica deportiva como elemento fundamental del sistema educativo.
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El deporte como factor corrector de desequilibrios sociales (mapa de
instalaciones deportivas, Centros de alto rendimiento, Plan de extensión de la
educación física y deporte en centros públicos no universitarios).
El deporte como factor favorecedor de hábitos sociales que posibiliten la
igualdad y la solidaridad.
La regulación del marco jurídico en el que se desenvuelve la practica
deportiva estatal.
La coordinación y armonización de las competencias del Estado y
Comunidades Autónomas (17 en total y 2 ciudades Autónomas: Ceuta y
Melilla) para propiciar una cultura deportiva dinámica y de efectos
multiplicadores.
La existencia de una clara delimitación del ámbito de competencias de las
distintas estructuras sociales – públicas y privadas, que inciden en el
fenómeno deportivo, como actividad libre y voluntaria.
B.- Líneas de actuación que lo configuran
La 10/1990, del Deporte y la política deportiva que de ella se deriva, tiene en
cuenta:
1) Un nivel sociológico: que contempla la practica deportiva realizada de forma
individual o bien a través de entes asociativos de diferentes estructura y
complejidad: entes de promoción deportiva, clubes elementales, clubes
básicos y clubes de deporte profesional, dado que la practica del deporte es
libre y voluntaria y tienen su base y fundamento en la propia sociedad que lo
hace posible, justifica y sustenta.
2) Nivel organizativo: supone la integración organizativa del deporte en unas
estructuras deportivas que gozan de reconocimiento público y vertebran una o
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varias modalidades reconocidas socialmente (Federaciones Deportivas
Españolas, Ligas profesionales, Asociaciones de Clubes, SADs).
3) Nivel político: la Ley 10/1990, del Deporte, en su preámbulo establece que:
“el objetivo fundamental de la Ley es regular el marco jurídico en el que debe
desenvolverse la practica (deportiva) en el ámbito del Estado rechazando por
un lado la tentación fácil de asumir un protagonismo publico excesivo y, por
otro, la propensión a abdicar de toda responsabilidad en la ordenación y
racionalización de cualquier sector de la vida colectiva”
El nivel político tiene su fundamento, pues, en:
el imperativo constitucional (Artic. 43 C.E)
la justificación de que una de las formas más nobles de fomentar una
actividad es ocuparse y -preocuparse de ella y de sus efectos.
ordenar su desarrollo en términos razonables
participar en la organización de esta actividad, cuando sea necesario
contribuir a su financiación.
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C.- Líneas de actuación que lo concretan: correlato de funciones y
competencias
FUNCIONES COMPETENCIAS
Relación con las
Federaciones Deportivas
Españolas
Autorización de Estatutos.
Aprobación de Reglamentos.
Acuerdos y Convenios sobre programas y
objetivos presupuestarios y Deporte a Alto
Nivel.
Concesión de subvenciones y control de las
mismas.
Autorización de inscripción en las
correspondientes FF de carácter
internacional.
Autorizar gastos plurianuales de FF.DD.
Promoción Subvenciones a entidades y asociaciones
deportivas.
Formación Regulación de las enseñanzas mínimas de
las titulaciones de técnicos deportivos
especializados.
Ordenación Calificación de competiciones oficiales de
carácter profesional y estatal
Autorizar o denegar en territorio español
competiciones deportivas oficiales de
carácter internacional, así como la
participación de Selecciones Españolas en
competiciones internacionales (con
conformidad del M. de AA.EE.).
Reconocer la existencia de una modalidad
deportiva.
Inscripción de las SAD y registro de
Asociaciones Deportivas.
Control del Dopaje Prevención, control y represión del dopaje.
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Colaboración En materia de Medio Ambiente y defensa de
la Naturaleza con otros Organismos y FF.,
relacionadas con aquellos.
Relación con las
Comunidades Autónomas
Coordinación con las CC.AA. respecto a la
actividad deportiva general.
Cooperación con las CC.AA. en el desarrollo
de las competencias que en materia
deportiva tiene atribuidas en sus respectivos
Estatutos.
Coordinación con las CC.AA. en la
programación del deporte escolar y
universitario.
Colaborar con CC.AA. en planes de
construcción y mejora de instalaciones
deportivas.
Colaborar con las CC.AA. en la actualización
del Censo de Instalaciones Deportivas.
Relación con las
Corporaciones Locales
(Ayuntamientos,
Municipios, Diputaciones,
Cabildos Insulares)
Colaborar con las CC.LL. en planes de
construcción y mejora de instalaciones
deportivas.
Investigación Impulso y promoción de la investigación
científica en materia deportiva.
Fuente: Ley 10/1990, de 17 de octubre, del Deporte
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4.3. Documentos complementarios
Este apartado se encuentra colgado en formato PDF en la plataforma, es una
documentación complementaria de este tema y para que todos aquellos/as que
quieran aumentar sus conocimientos sobre la legislación deportiva en la actualidad.
Como comentario hay que tener presente que la legislación sobre todo en
este ámbito va cambiando y por ello es importante si se está interesado en el tema
estar actualizado. Para ello aquí van dos enlaces que os pueden ser muy útiles para
seguir estos temas y la actualización de los mismos.
Página web del Consejo Superior del Deporte sobre legislación deportiva.
http://www.csd.gob.es/csd/informacion/legislacion-basica/view
Página web de Deporte digital sobre legislación deportiva.
http://www.deportedigital.galeon.com/legislacion/legislac.htm#genérica
1. Ley del Deporte: Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte
2. Federaciones Deportivas Españolas:
a. Contiene el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de
Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones
Deportivas y la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que
se regulan los procesos electorales en las Federaciones Deportivas
Españolas
3. Sociedades Anónimas Deportivas:
a. Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades
Anónimas Deportivas. En este sentido puede salir en breve una
nueva reforma.
4. Protección de la Salud y Lucha contra el Dopaje en el Deporte:
a. Contiene legislación sobre la Protección de la Salud y Lucha contra
el Dopaje en el Deporte
5. Lucha contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el
deporte:
a. Contiene legislación referente a la Lucha contra la violencia, el
racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte
6. Enseñanzas deportivas:
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a. Normativa básica por la que se regulan las Enseñanzas Deportivas.
7. Alto Rendimiento:
a. Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto
nivel y alto rendimiento.
8. Disciplina Deportiva:
a. Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre Disciplina
Deportiva.
9. Estructura del Deporte Español. Evolución y Síntesis:
a. Estudio de la Estructura del Deporte Español desde 1941 hasta
nuestros días.