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A TA L so En nor azu ent Pub Ent A Cap vial. Artí inte n) exce razo la regl Artí mun c) L Autor: Ray Martín PLV ABLA COM Ley 6/20 obre Tráfi la presente rmativa ant ul oscuro el trada en vig blicado en e trada en vig ANTERIOR A pítulo II. Con . ículo 5. Comp erior. Cerrar a la epcional, carre ones de segur forma amentariamen ículo 7. nicipios. La inmovilizaci nez MPARATI 014, de 7 ico, Circu Real e tabla comp erior de la L artículo qu gor de esta L el BOE del 0 gor: 09/05/ A LA MODIF sejo superior petencias del circulación, eteras o tramo ridad o fluidez que se nte. Competencia ón de los veh IVA: de abril, ulación de l Decreto parativa se LSV, en la s e afecta de Ley. 8/09/2014 2014. FICACIÓN de seguridad ministerio del con carácter s de ellas, por del tráfico, en determine s de los hículos en vías , por la q e Vehícu o Legislat reseña el a segunda lo n los Reglam . d Capítulo II Seguridad V l r r n e Artículo 5. C n) Cerrar a razones de ellas el acc medioambie reglamentar s s Artículo 7. C c) La inmo cuando no que se mo los a Mot tivo 339/ artículo mod nuevo o mo mentos y su MODIFICA del título I. Vial y Movilidad Competencias la circulación seguridad o f ceso de deter entales, en riamente. Competencias ovilización de se hallen pro odifica el tor y Seg /1990, de dificado y su odificado y e aplicación. ACIÓN L. 6/2 . Consejo Su d Sostenible. s del minister carreteras o tr fluidez del tráf rminados vehíc la forma qu s de los munic los vehículos ovistos de títu texto ar uridad V e 2 de ma u apartado. en la tercera Si no se res 2014 perior de Trá io del interior ramos de ellas fico o restringi culos por mot ue se determ cipios. en vías urba ulo que habilit rticulado Vial, aprob arzo. En la prime a un breve c salta en azu CO áfico, Añadien Movilida título. . s por ir en tivos mine Se sup excepcio motivo m Por reglame anas te el Se aña retirada bicicleta de la Ley bado por era columna comentario. ul se aplica a OMENTARIO ndo Tráfico ad Sostenible prime el cará onal y se añad medioambienta desarr entariamente. ade el motivo a depósito de as si e 1 y r el a la . En a la O y e al ácter de el al. rollar o de e las están

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A

TA

Lso

En norazuentPubEnt

ACapvial.

Artíinten) excerazola reglArtímunc) L

Autor: Ray MartínPLV

ABLA COMLey 6/20

obre Tráfi

la presentermativa antul oscuro el trada en vigblicado en etrada en vig

ANTERIOR Apítulo II. Con.

ículo 5. Comperior.

Cerrar a la epcional, carreones de segur

forma amentariamenículo 7.nicipios. La inmovilizaci

nez

MPARATI014, de 7ico, Circu

Reale tabla comperior de la Lartículo qu

gor de esta Lel BOE del 0gor: 09/05/

A LA MODIFsejo superior

petencias del

circulación, eteras o tramoridad o fluidez

que se nte. Competencia

ón de los veh

IVA: de abril,

ulación del Decretoparativa se LSV, en la se afecta de Ley. 8/09/20142014.

FICACIÓN de seguridad

ministerio del

con carácters de ellas, pordel tráfico, en

determine

s de los

hículos en vías

, por la qe Vehícu

o Legislatreseña el a

segunda lo nlos Reglam

.

d Capítulo II Seguridad V

l

r r n e

Artículo 5. Cn) Cerrar a razones de ellas el accmedioambiereglamentar

s

s

Artículo 7. Cc) La inmocuando no

que se molos a Mottivo 339/artículo modnuevo o mo

mentos y su

MODIFICAdel título I.

Vial y Movilidad

Competenciasla circulación seguridad o f

ceso de deterentales, en riamente.

Competenciasovilización de

se hallen pro

odifica eltor y Seg/1990, dedificado y suodificado y e

aplicación.

ACIÓN L. 6/2. Consejo Sud Sostenible.

s del ministercarreteras o trfluidez del tráfrminados vehícla forma qu

s de los municlos vehículos

ovistos de títu

texto aruridad V

e 2 de mau apartado.en la terceraSi no se res

2014 perior de Trá

io del interiorramos de ellasfico o restringiculos por mot

ue se determ

cipios. en vías urba

ulo que habilit

rticulado Vial, aprobarzo. En la primea un breve csalta en azu

COáfico, Añadien

Movilidatítulo.

. s por ir en tivos mine

Se supexcepciomotivo mPor reglame

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Se añaretirada bicicleta

de la Leybado por

era columnacomentario.ul se aplica a

OMENTARIOndo Tráfico ad Sostenible

prime el caráonal y se añadmedioambienta

desarrentariamente.

ade el motivoa depósito de

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A

urbatítullimitautoidenLa urbacuao senczonconestevehposcondeteEl p

CapvialArtícom1. Segpartla p

Autor: Ray MartínPLV

anas cuando o que habilitetadas en tieorización concntificación de s

retirada de anas y el posndo obstaculicsupongan un uentren incorreas de estaciodiciones previse mismo artícuículos en laterior depósitodiciones queerminen. párrafo g no ex

pítulo II. Cons ículo 8.

mposición. Se constituye

guridad Vial coticipación paraolítica de segu

nez

no se hallenel estacionamiempo o excedida hasta qu conductor. los vehículos sterior depósitcen o dificulten

peligro paraectamente apanamiento restrstas para la inmlo. Igualmentes vías interu

o de éstos, ene reglamenta

iste.

sejo superior

Objeto, fu

e el Consejo omo el órgano el desarrollo y

uridad vial.

n provistos deiento en zonascedan de laue se logre la

de las víaso de aquéllos

n la circulacióna ésta o searcados en lasringido, en lasmovilización en, la retirada deurbanas y en los casos yariamente se

de seguridad

unciones y

Superior dede consulta y

y ejecución de

e s a a

s s n e s s n e l y e

estacionamide la autoidentificacióLa retirada posterior dedificulten la se encuentrestacionamipara la inbicicletas scorrespondiestando ampersonas oretirada de vdepósito dereglamentarg) La restricen vías urba

d

y

e y e

Capítulo II.Vial y MovilArtículo 8. C1. El ConsMovilidad participacióntráfico vial yadministraciactividades de las compAutónomas ejecutivas eLa Presiden

iento en zonasorización concn de su conducde los vehíc

epósito de aqcirculación o s

ren incorrectamiento restringid

nmovilización solo podrán ente depósitoarradas, dificu

o dañan el mvehículos en lae éstos, en riamente se dección de la circuanas por motivo. Consejo Sulidad SostenibComposición sejo Superior Sostenible esn para el impuy para promoveiones públicasrelacionadas cpetencias de lo

que tengan materia de sncia del Cons

s limitadas en cedida hasta ctor.

culos de las vquéllos cuandsupongan un p

mente aparcadodo, en las conen este misser retiradas

o si están abltan la circulacobiliario urban

as vías interurblos casos y terminen. ulación a deteros medioambieuperior de Trble y competencde Tráfico,

s el órgano lso y mejora d

er la concertacs y entidadescon la seguridaos órganos dean transferidaeguridad vial.ejo correspon

tiempo o exceque se logre

vías urbanas do obstaculicepeligro para ésos en las zonandiciones previmo artículo. s y llevadasbandonadas oción de vehículno. Igualmentebanas y el post

condiciones

rminados vehícentales. ráfico, Seguri

ias. Seguridad Via

de consultade la seguridadión de las distis que desarroad vial, sin perjue las Comunidaas competen

de al Ministro

edan e la

y el en o sta o as de istas Las

s al o si, os o

e, la erior que

culos

abandonestandodificultanvehículodañan urbano.Se incompetela rescirculacimedioam

idad

al y a y d del intas ollan uicio ades ncias

o del

Amplia CSTSVMDescribemiembrocomponDeberá Real Dde 14 que organizafunciona

nadas o o amarran la circulaciónos o persona

el mobil corpora a encias municipstricción de ión por motmbientales.

el concepto M y la finalidade los órganoos que

nen. de modificars

Decreto 317/2de marzo, pose regula ación amiento 2

si, adas, n de

as o liario

las pales

la tivos

del d. os y

la

se el 2003, or el

la y

del

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A

Artícom2. PConde las las entivíctorgasocdire

Autor: Ray MartínPLV

ículo 8. mposición. Para la mejor cnsejo estará inla AdministracComunidades

Administraciodades, fundaimas, sector sanizaciones piales de ámbito

ectamente vincu

nez

Objeto, fu

consecución dntegrado por rción General d

y Ciudades Aones Localesaciones, asosocial de la drofesionales, o estatal más ruladas con la s

unciones y

e sus fines, erepresentantesdel Estado, deAutónomas, des y de lasciaciones de

discapacidad yeconómicas y

representativasseguridad vial.

Interior y enEstado, las Ceuta y Mefundacionesde la discaaccidentes dlos centroprofesionaledirectamentla movilidad

y

l s e e s e y y s

Artículo 8. C2. El ConsMovilidad funciones:a) Informar conjunta esostenible pGobierno opropuestas, en particulamedidas queb) AsesoraMinisterio dec) Informar seguridad prestación dellos. d) Informar disposicioneseguridad vie) Informar s

n él están reprcomunidades

lilla, las admins, las asociacioapacidad, las de tráfico y deos de invees, económicase relacionadas sostenible. Composición

sejo Superior Sostenible

y, en su cason materia depara dar cum

o para someteque no serán

ar la viabilidae incluyan. r a los órganel Interior en eslos convenios vial o movil

del consentimie

o proponer, es generales ial o movilidad sobre la public

resentados la s autónomas yistraciones loc

ones de víctimaasociaciones

e fomento de lestigación ys y sociales ms con el tráfico,

y competencde Tráfico,

ejercerá

o, proponer plae seguridad

mplimiento a lerlos a su apvinculantes, d

ad técnica y

nos superioressta materia. o tratados inteidad sostenibento del Estad

en su caso, que afecten

sostenible. idad de los veh

Administracióny las ciudadescales, así comoas, el sector sode prevenciónla seguridad v

y organizacioás representat la seguridad v

ias. Seguridad Vilas siguien

anes de actuavial o movilas directrices probación. Dic

deberán considfinanciera de

s y directivos

ernacionales soble antes deo en obligarse

los proyectos al tráfico y

hículos a moto

n del s de o las ocial n de vial y ones tivas vial y

ConsejoTráfico Circulac

al y ntes

ación lidad

del chas derar

las

del

obre e la e por

s de y la

r.

Establecque anapartadoAñadiencomo DGT, tratadosconvenipublicidavehículoEstablecpresidencorrespodel IntetambiénsecretarNacionaVial. Deberá RD 317se regu

o Superior y Seguridad d

ción Vial.

ce las funciotes venían eo 3º.

ndo funcioasesorami

informar ss internacionaleos, sad de os. ce que sóloncia del Cononde al Minrior, anteriorm

n incluía ría al Observaal de Segur

de modificars7/2003, por el ula la organiza 3

de de la

ones n el

ones iento obre es y obre

los

o la nsejo nistro

mente la

atorio ridad

se el que

ación

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A

Artícom3. Eejera) Iny deb) Clas puec) actud) Csiniee) proysegf) corrlos asorelag) Pde edel Artícom

Autor: Ray MartínPLV

ículo 8. mposición. El Consejo Srcerá las siguinformar los plae actuación en Conocer del se

acciones en estas en march

Proponer auaciones en maConocer e inforestralidad vial eInformar o pyectos de caráuridad vial. Coordinar e

respondientes distintos o

ciaciones quacionadas con lPromover la coexperiencias ePleno. ículo 8.

mposición.

nez

Objeto, fu

uperior de Sientes funcionanes nacionalemateria de seg

eguimiento y evmateria de s

a. al Gobierno ateria de segurrmar sobre la een España.

proponer, en ácter general qu

impulsar, propuestas, la

organismos, ue desarrollenla seguridad vioncertación y ntre los diferen

Objeto, fu

unciones y

eguridad Vialnes: es estratégicosguridad vial. valuaciones deseguridad via

medidas yridad vial. evolución de la

su caso, losue afectan a la

mediante lasa actuación de

entidades yn actividadesal. el intercambiontes miembros

unciones y

f) Impulsar, actuación asociacioneg) Conocesiniestralida

y

l

s

e l

y

a

s a

s e y s

o s

Artículo 8. C3. El CoPermanente

y Artículo 8. C4. En las

mediante las de los distins que desarrol

er e informad vial en Espa

Composición nsejo funcion

e, en Comision

Composición Comunidades

correspondienntos organismlen actividadesr sobre la ña.

y competencna en Plenoes y Grupos de

y competencs Autónomas

ntes propuestamos, entidades en esta mateevolución de

ias. o, en Comie Trabajo.

ias. que no ten

s, la s y ria.

e la

y funConsejoTráfico Circulac

isión

Sustituyelimina AutonómLocal dde este Deberá Real Dde 14 que organizafuncionaConsejoTráfico Circulac

ngan Las CCAcompete

cionamiento o Superior y Seguridad d

ción Vial.

ye al apartado la Com

mica y la Comde Seguridad apartado. de modificars

Decreto 317/2de marzo, pose regula ación amiento o Superior y Seguridad d

ción Vial.

AA que no tenencias de trá 4

del de

de la

5º y isión isión Vial

se el 2003, or el

la y

del de

de la

ngan áfico

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A

4. LMinObs

Artícom5. Eestrla AutoVial

No e

Autor: Ray MartínPLV

La presidencia istro del Intservatorio Naci

ículo 8. mposición. El Consejo Suructura en los s

Comisión Ponómica, la C y los grupos d

existe.

nez

del Consejo cterior y la onal de Segur

Objeto, fu

perior de Segsiguientes órga

Permanente, omisión Local

de trabajo.

corresponde asecretaría a

idad Vial.

unciones y

guridad Vial seanos: el Pleno,la Comisiónde Seguridad

l l

asumidas laen las ciudaConsejo. Aspara el estusostenible eLas Comuejecutivas eestablecer sSeguridad V

y

e ,

n d

Artículo 8. C5. La comConsejo seefectos, poSeguridad Ventre los csectores que

Artículo 8 Seguridad V1. Se crea Vial y Movilentre la Aadministraci

as competenciades de Ceuta simismo, funciudio del tráficoen las vías urbaunidades Auen materia de sus propios CoVial.

Composición posición, orga

e determinaránodrán crearsVial. En todo ccolectivos repree representan.

bis. ConfeVial y Movilidala Conferencialidad SostenibAdministración iones de las

as de tráfico yy Melilla existeiona una Com, la seguridad anas. utónomas co

tráfico y seguonsejos Autonó

y competencanización y fun reglamentarse Consejos caso, deberá hesentados y e»

rencia Sectoad Sostenible

a Sectorial de le como órgan

General deComunidades

y seguridad vie una Comisión

misión del Convial y la movil

on competenuridad vial po

ómicos de Tráfi

ias. uncionamiento riamente. A e

Territoriales haber un equilentre los disti

orial de Tráfe. Tráfico, Segurno de cooperael Estado y s Autónomas

al, y n del nsejo lidad

ncias drán ico y

las coasumenConsejoDeberá Real Dde 14 que organizafuncionaConsejoTráfico Circulac

del estos

de librio intos

Podrán TerritoriVial, antapartadoDeberá Real Dde 14 que organizafuncionaConsejoTráfico Circulac

fico,

ridad ación

las que

Nuevo ConfereTSVyMcooperay CCAADeberá

ompentencias n una Comisióno.

de modificarsDecreto 317/2de marzo, pose regula ación amiento o Superior y Seguridad d

ción Vial. crearse Cons

ales de Segurtes reseñado eo 7º. de modificars

Decreto 317/2de marzo, pose regula ación amiento o Superior y Seguridad d

ción Vial. órg

encia Sectoriacomo órgano

ación entre la AA.

de modificars 5

las n del

se el 2003, or el

la y

del de

de la

sejos ridad en el

se el 2003, or el

la y

del de

de la

gano: l de o de AGE

se el

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A

Artípro1. coloo cupermestatituladispRegmisintecircutráfide lLas sanlegisrealseñ

Autor: Ray MartínPLV

ículo 10. hibidas. La realización

ocación de conualquier otro emanente o prova Ley necesitaar de las mi

puesto en la glamento, y en mas normas rrupción de launstancias o cco que podrá a Jefatura Cen

infraccionescionarán en slación de caización de oalización o si

nez

Obras y

n de obras, ntenedores, moelemento u obvisional en las

ará la autorizacsmas y se r

Ley de Carlas normas mu

serán aplias obras, en características

llevarse a efentral de Tráficos a estas

la forma prrreteras, como

obras en la n que ésta se

actividades

instalaciones,obiliario urbanobjeto de formavías objeto de

ción previa deregirán por lorreteras y suunicipales. Lascables a larazón de lasespeciales de

ecto a petición.

normas serevista en lao asimismo lacarretera sin

e atenga a la

hayan asumcompetenciamantenimientraspaso decirculación ddesarrollarácon atenciórespeto recatribuidas a 2. La conferque regulará

s

, o a e l

o u s a s l

n

e a a n a

Art. 10. ObrAsimismo, lcomunicadaautónomo Jautoridad auregulación ddel órgano dictará las relación a teniendo encirculación yla misma.

mido, a través as para la protnto del orden

e funciones y sde vehículos a una actuació

ón a los princcíproco en el

dichas adminirencia sectorialá su organizac

ras y actividada realización d

a con anteriorJefatura Centrautonómica o lodel tráfico quecompetente pinstrucciones

la regulaciónn cuenta el cy las que se d

de sus Estatutección de perspúblico y que

servicios en ma motor. La coón coordinada cipios de lealt

ejercicio de straciones. l aprobará su rión y funcionam

des prohibidade obras en laridad a su inal de Tráfico oocal responsabe, sin perjuicio para la ejecuc

que resulten, gestión y c

calendario de eriven de otra

tos de Autonosonas y bienes hayan recibid

materia de tráfionferencia sect

en esta mattad institucionlas competen

reglamento intemiento.

s. as vías deberáicio al organi

o, en su caso, ble de la gestió

de las facultación de las obn procedentescontrol del trárestricciones

as autorizacion

mía, s y el do el co y torial teria, al y

ncias

erno,

Real Dde 14 que organizafuncionaConsejoTráfico Circulac

á ser ismo a la

ón y ades bras, s en áfico, a la es a

Se incopárrafo.La realizlas vícomunicanterioriorganismla vía.

Decreto 317/2de marzo, pose regula ación amiento o Superior y Seguridad d

ción Vial.

orpora un segu

zación de obraas deberá cada idad a su inicmo competente

6

2003, or el

la y

del de

de la

undo

as en ser con

io al e de

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A

reglperjsan

Art.Últim

Art.4. vehde sprotconcasoconservrespnormvehEn mendeladispquetresvehsistesu tse eArt.6. S

Autor: Ray MartínPLV

amentación téuicio de cionadora.

. 11. Normas gmo párrafo del

. 11. Normas gLos conductoículos están oseguridad, castección y dispodiciones y cono, se determinductores profvicio público a ponsables dema por partículo. todo caso, qu

nores de 12 añanteros del vpositivos homoeda prohibido cs años situadosículo, salvo ema de sujecitalla y a su peestablezcan reg. 11. Normas g

Se prohíbe que

nez

écnica sobre ella normativ

generales de capartado 3º no

generales de cores y ocupabligados a utiliscos y demás ositivos de seg

n las excepcionnen reglamentafesionales cuterceros no se

el incumplimiete de los o

ueda prohibidoños situados e

vehículo, salvologados al efeircular con niños en los asientoque utilicen ión homologad

eso con las excglamentariamegenerales de ce en los vehícu

l particular, sinva municipa

conductores.o existe.

conductores.antes de losizar el cinturónelementos de

guridad en lasnes que, en suariamente. Losando prestene consideraránento de estaocupantes de

o circular conen los asientoso que utilicencto. Asimismo,os menores deos traseros depara ello un

do adaptado acepciones que

ente. conductores.ulos se instalen

n l

Art. 11. NorReglamentaexcepcionesanteriores.

s n e s u s n n a l

n s n ,

e l

n a e

Art. 11. Nor4. Los condobligados además eleseguridad een su casconductoresa tercerosincumplimiedel vehículoPor razoneocupación vehículo porlos términos

n Art. 11. Nor6. Se prohíb

rmas generaleariamente ses a las prohibi

rmas generaleductores y oca utilizar el ciementos de en las condicioso, se determs profesionaless no se conto de esta no

o. es de seguridde los asienr los menores s que se establ

rmas generalebe instalar o lle

es de conducte podrán ciones prevista

es de conductupantes de lonturón de segprotección y

ones y con las minen reglames cuando prestonsiderarán rorma por parte

dad vial, se tos delanteroen función de ezcan reglame

es de conductevar en los ve

ores. establecer oas en los párr

ores. os vehículos eguridad, casco

dispositivos excepciones

entariamente. en servicio púbresponsables e de los ocupa

podrá prohibis o traseros su edad o talla

entariamente.

ores. hículos inhibid

otras rafos

Se incopárrafo desarrol18 RGC

están os y

de que, Los

blico del

antes

ir la del

a, en

Se mopárrafo Se poocupacidelantervehículoen functalla, ense estabAfecta aún pocambia actuales

ores Se mopárrafo

orpora un úlal apartado,

llar y afecta alC.

odifica el úlde su apartado

odrá prohibir ón de los asieros o traseroso por los mención de su edan los términos blezcan. al Art. 117 Ror desarrolla

las limitacios.

odifica el úlde su apartado 7

ltimo por

l Art.

ltimo o 4.

la entos s del ores ad o que

RGC, r y ones

ltimo o 6.

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A

mecinstrencageseñ

Artísus1. NLeytasareglbebpsicaná

Artísus2. bicicpruede Iguausuen a

Autor: Ray MartínPLV

canismos o rumentos o saminada a e

entes de tráficoales con dicha

ículo 12. stancias estupNo podrá circula, el conductor as superioamentariamen

bidas alcohcotrópicos, estiálogas.

ículo 12. stancias estupTodos los cocletas quedan ebas que se elas posibles

almente quedarios de la vía algún accidente

nez

sistemas, se acondicioneludir la vigilo, y que se em

a finalidad.

Bebidas pefacientes y sar por las vías de vehículos o

ores a nte se estahólicas, esimulantes y ot

Bebidas pefacientes y sonductores deobligados a sostablezcan parintoxicaciones

dan obligadoscuando se ha

e de circulació

se llevennen de formaancia de losmitan o hagan

alcohólicas,similares. objeto de esta

o bicicletas conlas que

ablezcan destupefacientes,ras sustancias

alcohólicas,similares. e vehículos yometerse a lasra la deteccións por alcohol.s los demásllen implicadosn.

n a s n

de radaresinstrumentocorrecto funtráfico, así cAsimismo, sradares o ciQuedan excaviso que vigilancia de

,

a n e e , s

Artículo 12.1. No podrconductor dsuperiores aTampoco poconductor den el organsubstanciascon una fincondicionesde diligenciaartículo 9.

,

y s n . s s

Artículo 12.2. Todos lossometerse ala presencpracticarán tráfico. Iguade la vía cutráfico o hatipificado en

s o cinemós encaminado

ncionamiento dcomo emitir o hse prohíbe utiliznemómetros.cluidos de estainforman de lel tráfico.

. Bebidas alcoá circular por de cualquier a las que reglamodrá circular p

de cualquier veismo, de las q que se utilice

nalidad terapé de utilizar el va, precaución y

. Bebidas alcos conductores da las pruebas pcia de drogapor los agente

almente, quedauando se halleayan cometidon esta Ley.

metros o cuos a eludir o de los sistemahacer señales czar mecanismo

a prohibición loa posición de

ohólicas y drolas vías obje

vehículo con mentariamente

por las vías obehículo con preque quedarán en bajo prescriutica, siempre

vehículo confory no distracción

ohólicas y drode vehículos qpara la deteccis en el orgs encargados

an obligados lon implicados eo una infracció

ualesquiera oa interferir e

s de vigilanciacon dicha finalios de detecció

os mecanismoe los sistemas

ogas. eto de esta le

tasas de alce se establezcabjeto de esta leesencia de droexcluidas aqueipción facultatie que se estérme a la obligan establecida e

ogas. quedan obligadón de alcohol

ganismo, que de la vigilancia

os demás usuaen un accidenteón conforme

otros n el

a del dad. n de

s de s de

Prohíbeinhibidoradaresque inpuntos cModifica

ey el cohol an. ey el ogas ellas va y

é en ación en el

Estableclas tasade cu(antes a las bicIgual pexceptoprescritaesté utilizar ediligencidistraccArt. 3 RG

os a o de

se a del arios e de a lo

Establecobligadolas prconductlos usuimplicado porinfraccioArt. 21 y

instalar o llr o detector , excepto los Gnforman de con radar. a el Art. 65.6 LS

ce que se aps a todo condu

ualquier vehíreseñaba tamcicletas). para las dro sustanas siempre qucondiciones el vehículo coia, precaución ión, recogido eGC y 20 y ss. ce que eos a sometersruebas a tor de vehículouarios de la dos en accider comisión ones de tráy 27 RGC. 8

levar de

GPS los

SV.

lican uctor ículo

mbién

ogas ncias e se

de on la y no

en el

están se a todo

o y a vía

entes de

áfico.

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A

Dichreglnormespse pla intese consanEl pcasopruelos de auto

Artísus3. Rpruesustprimobliglas ante

No e

Autor: Ray MartínPLV

has pruebasamentariamenmalmente enirado mediantepracticarán porvigilancia deresado o por opodrán repetirtraste, pudiengre, orina u otr

personal sanitao, a dar cueebas que realicórganos periféTráfico y,

oridades munic

ículo 12. stancias estupReglamentariaebas para latancias a qu

mero del pgatorio el sompersonas a q

erior.

existe.

nez

s que se nte y la verificace alcoholímetror los agentes e

el tráfico. A orden de la aur las pruebas do consistir eros análogos. ario vendrá oblenta del resucen a la autoréricos de la Je

cuando proccipales compet

Bebidas pefacientes y smente podrán detección d

ue se refierepresente artímetimiento a laque se refiere

estableceránconsistirán

ción del aireos autorizados,encargados de

petición detoridad judiciaa efectos de

en análisis de

igado, en todoultado de lasidad judicial, aefatura Centraceda, a lastentes.

alcohólicas,similares. n establecersede las demáse el apartadoículo, siendoas mismas dee el apartado

n n e ,

e l l

e e

o s a l

s

,

e s o o e o

Artículo 12.3. Las pruebla verificaciautorizados en el orgadispositivo amuestra saliNo obstantimpidan reareconocimieanálisis clínque sea trasArtículo 12.4. El procedse realizarán

. Bebidas alcobas para la deión del aire y, para la detenismo, en unautorizado y eival en cantidate, cuando exalizar estas p

ento médico deicos que los fasladado estime. Bebidas alcodimiento, las con las pruebas p

ohólicas y drotección de alcoespirado med

ección de la prna prueba saen un posteriod suficiente. xistan razonespruebas, se el sujeto o la acultativos del en más adecuaohólicas y droondiciones y lopara la detecci

ogas. ohol consistirádiante dispositresencia de drolival medianteor análisis de

s justificadas podrá ordenarealización decentro sanitar

ados. ogas. os términos en ión de alcohol

n en tivos ogas e un

una

que ar el e los rio al

Las alcoholemismas apartadoanteriormuestradetecció

que o de

ArtículosRGC.

pruebas emia son

que en o 2º de la no, introduciend

a salival paraón de drogas.

s 20 y ss, 27 9

de las el

orma o la a la

7 del

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A

No e

Artí2. Lparafijargenlas sus prohvelopermdefecumvía. Artí5. S

Autor: Ray MartínPLV

existe.

ículo 19. LímitLa velocidad ma la circulaciórá reglamenteral, para los vías objeto depropias carac

hibiciones u oocidad serán manente, o tecto de se

mplirá la gené

ículo 19. LímitSe podrá circu

nez

tes de velocidmáxima y mínimón de vehículotariamente, cconductores, le esta Ley, decterísticas. Loobligaciones e

señalizados temporal en ñalización es

érica establecid

tes de velocidlar por debajo

dad. ma autorizadasos a motor secon carácteros vehículos ye acuerdo cons lugares con

específicas decon caráctersu caso. Enspecífica, seda para cada

dad. de los límites

drogas se eArtículo 12.5. A efectopodrán repede drogas, qsangre, sajustificadas. resultado poEl personal cuenta del de la provicuando prosancionar etransferidas tráfico y cautoridades

s e r y n n e r n e a

Artículo 19.2. Las veloccirculación dlas condiciocon caráctelas vías obcaracterísticobligacionescon caráctedefecto de sestablecida

s Artículo 19.5. Se podrá

stablecerán re. Bebidas alcos de contraste

etir las pruebasque consistiránalvo causas

Cuando la ositivo será abosanitario vendresultado de eincia donde soceda, a losen las Comun

las competecirculación de

municipales c

. Límites de vecidades máximade vehículos sones que reglr general, para

bjeto de esta cas. Los lus específicas er permanenteseñalización espara cada vía.

. Límites de veá circular por d

glamentariameohólicas y droe, a petición ds para la deten preferenteme

excepcionalprueba de coonada por el indrá obligado, eestas pruebas se haya comes órganos cnidades Autónoncias ejecutiva

vehículos a ompetentes.

elocidad. as y mínimas a

serán las fijadaamentariamen

a los conductorley, en funció

ugares con de velocidad

e, o temporal specífica, se cu

elocidad. debajo de los l

ente. ogas. del interesadocción de alcohente en análisiles debidamontraste arrojeteresado. n todo caso, aal Jefe de Trá

etido el hechocompetentes omas que tenas en materia

motor, o a

autorizadas paas de acuerdo te se determi

res, los vehículón de sus pro

prohibicionesserán señaliza

en su caso.umplirá la gené

ímites mínimo

o, se hol o s de ente

e un

a dar áfico o o, para ngan a de

las

Preferensangre contrastMismas personade la pjudicial.Art. 26 R

ra la con

nen, los y

opias s u ados . En érica

Las velotodos losólo a mArts. 45

s de Incluye tracción

ncia del análisien las pruebate.

obligaciones al sanitario excpara la autor

RGC.

ocidades son os vehículos -amotor-.

a 49 RGC.

ciclos y animal el circ 10

is de s de

del cepto ridad

para antes

de cular

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A

míntranlas manmínen acoconestaArtíurgTenvehvehprivcarálímitexelos reglArtí4. Tse pciclorealcarrcuarealprevprohento

Autor: Ray MartínPLV

imos de velnsportes y veh

circunstanciantenimiento deima sin riesgo

los supuempañamiento diciones queablezcan. ículo 25. Veencia.

ndrán prioridadículos y otroículos de servados, cuando ácter. Podrán tes de velocidntos de cumpli

casos y camentariamenículo 34. EjecuTodo conductoproponga realio o ciclomotor,izarlo ocupanril contiguo dndo existan laizar un adelanvistas en la hibido adelantorpeciendo a

nez

locidad en loículos especia

as de tráficoe una velocidad

para la circulaestos de p

a otros vehíe reglamenta

ehículos en

d de paso sobos usuarios dvicio de urgense hallen en circular por e

dad establecidir otras normascon las connte se determinución del adel

or de vehículo izar un adelan, o conjunto dedo parte o lade la calzadaas condiciones ntamiento en laLey. Queda tar poniendo

ciclistas que

os casos deales, o cuandoo impidan ed superior a la

ación, así comoprotección oículos, en lasariamente se

servicios de

bre los demásde la vía loscia públicos oservicio de ta

encima de losdos y estaráns o señales, enndiciones quenen. lantamiento. automóvil que

ntamiento a une ellos, deberáa totalidad dea, siempre yprecisas para

as condicionesexpresamenteen peligro o

e circulen en

e o l

a o o s e

velocidad enanimal, trancircunstancivelocidad scirculación, acompañamreglamentar

e

s s o l

s n n e

Artículo 25.Tendrán priotros usuarurgencia púde tal caráclas instalacvehículos qcarretera. Pvelocidad esnormas o sereglamentar

e n á l

y a s e o n

Artículo 34.4. Todo conrealizar un conjunto detotalidad decalzada y gmenos 1,5adelantar poque circulencirculan por

n los casos densportes y vehas de tráfico imsuperior a laasí como en

miento a otros vriamente se est

. Vehículos enioridad de pasrios de la víablicos o privadter, así como liones y de laue acudan a r

Podrán circularstablecidos y eeñales, en los riamente se de

. Ejecución denductor de veh

adelantamiene ellos deberáel carril contiguguardando un

5 metros. Qoniendo en pen en sentido coel arcén.

e los ciclos, vehhículos especiampidan el mana mínima sin

los supuestosvehículos, en latablezcan.

n servicios de so sobre los da los vehículodos, cuando seos equipos de infraestructur

realizar un serr por encima estarán exentocasos y con laterminen.

el adelantamieículo automóvi

nto a un ciclorealizarlo ocu

uo o contrario, a anchura deueda expresa

eligro o entorpeontrario, inclus

hículos de tracales, o cuandontenimiento de n riesgo paras de proteccióas condiciones

urgencia. demás vehículoos de servicioe hallen en serv mantenimient

ra de la vía yrvicio de auxiliode los límites

os de cumplir oas condiciones

ento. il que se propoo o ciclomotoupando parte en su caso, d

e seguridad damente prohieciendo a cicliso si esos cicli

cción o las

una a la ón o que

por debde velocArt. 4desarrolreglame

os y o de vicio o de

y los o en s de otras que

Incluye servicio de maninstalacivía y servicio carreterPor loservicioen poseArt. 67 a

onga or, o o la

de la e al ibido istas istas

Establecde segupara adciclomotautomóven la prpeligro ciclistaspor el arArt. 85 R

bajo de los límcidad. 49 RGC. llar

entariamente.

como vehículode urgencia a

ntenimiento deiones y de la dlos vehículos

de auxilio a.

o tanto, en , requerirá e

esión del BTP. a 70 RGC.

ce una distauridad de 1,5delantar a ciclotores por parteviles. Se incohibición ponieo entorpeciend incluso si circrcén. RGC. 11

mites

Por

os de a los e las de la s de

en

tal estar

ancia mt. os y e de cluye endo do a culan

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A

sen

Artíesta3. Lefecobsriescuidmismovacuregl

Artíelem1… Los de cascbajose e

ArtíNo e

Autor: Ray MartínPLV

tido

ículo 38. NormacionamientosLa parada y ectuarse de tal taculice la cigo para el res

dando especiamo y el evitavimiento en aerdo con amentariamen

ículo 47. Cinmentos de seg

conductores ybicicletas estaco de protecco las condicionestablezcan.

ículo 51. Auxiexiste.

nez

mas generaless. el estacionammanera que

irculación ni sto de los usuaalmente la car que pueda

ausencia del las no

nte se establezc

nturón, cascoguridad.

y, en su caso, arán obligadosión en las víanes que reglam

lio.

contrario.

s de paradas y

miento deberánel vehículo noconstituya un

arios de la vía,colocación dea ponerse enconductor, de

ormas quecan.

o y restantes

los ocupantess a utilizar es interurbanasmentariamente

.

y

n o n , l

n e e

Artículo 3estacionam3. La paradmanera queconstituya ucuidando esque pueda conductor, reglamentarEn vías urbade las grúindispensabaveriados onuevo peligr

s

s l

s e

Artículo 47seguridad.1… Los conducty ciclos en gprotección een los sreglamentaruso por losquienes circArtículo 51.3. Reglameen las que ren carreteraasí como

38. Normas mientos.

a y estacioname el vehículo un riesgo para especialmente la

ponerse en de acuerd

riamente se estanas, se perm

úas de auxilioble para efectuo accidentadosro, ni se cause. Cinturón, ca

tores y, en su cgeneral estaráen las vías ursupuestos y riamente se des menores deculen en vías in. Auxilio.

entariamente srealizarán sus a que acudan a

las caracterís

generales

miento deberánno obstaculiceel resto de los a colocación de

movimiento do con lastablezcan. itirá la parada o en carreteruar la retiradas, siempre quobstáculo a la

asco y restant

caso, los ocupn obligados a banas, interurb

con las eterminen, sie dieciséis año

nterurbanas.

se determinaráfunciones los s

al lugar de un asticas que de

de paradas

n efectuarse de la circulacióusuarios de la

el mismo y el een ausencia

s normas

o estacionamira por el tie

a de los vehícue no se creea circulación. tes elementos

antes de biciclutilizar el cascbanas y travescondiciones ndo obligatorioos, y también

án las condicioservicios de auaccidente o aveban cumplir

s y

e tal ón ni a vía, evitar

del que

ento mpo

culos e un

Añade permitieauxilio parada cuando si no obstácuArt. 9desarrolreglame

s de

letas o de sías, que

o su por

Añade pobligatoen bicmenoresPor regRGC.

ones uxilio ería,

las

Nuevo determinde las servicioscarreter

un páendo a las grúa

en carreteray estacionamiretiren vehícucrean peligro

lo. 90 RGC. llar

entariamente.

para vía urbanriedad del ca

cicletas para s de 16 años. lamentar. Art.

apartado na las condiciofunciones de

s de auxilio a. 12

rrafo as de a la iento ulos, o u

Por

na la asco

los

117

que ones

e los en

Por

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A

ArtíNo e

Artíinfrg) dispcuai) Cpas

Artíinfrc) LLey tasa

Autor: Ray MartínPLV

ículo 62. Matríexiste este pár

ículo 65.4.racciones (infr

Conducir positivos de tellquier otro siste

Circular con meajeros de ciclo

ículo 65.5. racciones (infrLa conducción

habiendo ingeas superio

nez

ículas. rrafo.

Cuadro racciones grav

utilizando lefonía móvil, nema de comunenores de doc

omotores o mot

Cuadro racciones muy

por las vías oerido bebidas aores a

general deves). manualmente

navegadores onicación. ce años comotocicletas.

general dey graves). objeto de estaalcohólicas con

las que

empresas qmedios que Artículo 62.1… Deberán selos vehículocuando se dpor personao que seaEspaña. Rerequisitos yobligación y

e

e o

o

Artículo 6(infraccioneg) Conductelefonía mócomunicacióde radares oi) Circular cciclomotoresasientos delz bis) Reaanterioridadgestión y reinstruccione

e

a n e

Artículo 6(infraccionec) Conduciralcohol supestablezcan

que los desarrse hayan de u

. 1. Matrículas

er objeto de maos a los que destinen a ser as o entidades n titulares de

eglamentariamey condiciones y las posibles e

65.4. Cuadroes graves).

cir utilizando óvil, navegadoón, así como uo cinemómetro

con menores ds o motociclelanteros o traselizar obras en a su inicio aegulación del

es de dicha aut

65.5. Cuadroes muy gravesr por las vías periores a lan, o con presen

rollen o los vutilizar. s.

atriculación dese refiere e

utilizados en eque sean resi

e establecimieente se establ

para el cumxenciones a la

o general

manualmenteores o cualquieutilizar mecanisos. e doce años cetas, o con eros, cuando nn la vía sin

la autoridad tráfico, así cooridad referent

o general s). objeto de esta

as que reglamcia en el organ

ehículos y de

efinitiva en Espl párrafo anteel territorio espidentes en Espentos situadosecerán los plaplimiento de

a misma.

de infraccio

e dispositivos er otro sistemasmos de detec

como pasajeromenores en

no esté permitidcomunicarlas responsable d

omo no seguirtes a las obras

de infraccio

a ley con tasasmentariamentenismo de droga

emás reglameRGC.

paña erior, pañol paña s en azos, esta

Nuevo obligatomatriculvehículoPor regRGV.

ones

de a de cción

s de los

do. con

de la r las .

Se mod“g” e “sistemamenorescuando Deberá supuestprohibidEl nuevorealizaccomunicanteriorilas instr

ones

s de e se as.

Se mod“c”, “d”incorporAñade lorganism

entar. Art.

párrafo conriedad de ación de

os extranjeros. glamentar. Ar

difican los párr“i”, añadiendos antiradaress en los asieno esté permiconcretarse

tos edos. Art. 117 RGo párrafo “z biión de obrascación idad o no seucciones.

difican los párr”, “h”, “l” y ra el párrafo “nla presencia emo de drogas 13

129

n la la

los

rt. 1

rafos los s y entos itido. qué

están GC. s” la sin con

eguir

rafos se

”. en el y no

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A

reglcasoestucuad) conpruede estuotrausuen ah) Cinhimeccorrvigill) CautoquerequArtíinfrb) hacriesd) vehencfuncdel

Autor: Ray MartínPLV

amentariameno, la conducupefacientes, plquier otra sustIncumplir la ductores de veebas que se e

posibles inupefacientes, pas sustancias aarios de la vía algún accidenteConducir vehícbidores de racanismos encarecto funcionalancia del tráfic

Circular con unorización admi

e ésta no seauisitos exigidosículo 65.6. racciones (infrNo instalar laerlo incorrectago la seguridadInstalar inhibículos o cualeaminados a cionamiento de

tráfico. No

nez

nte se establezcción bajo lopsicotrópicos, tancia de efect

obligación dehículos de sostablezcan par

ntoxicaciones psicotrópicos, análogas, y la cuando se ha

e de circulacióculos que tengadar o cualeaminados a inmiento de los

co. vehículo que nistrativa corre

a válida por ns reglamentaria

Cuadro racciones muya señalizaciónamente, ponied vial. bidores de resquiera otros

interferir ene los sistemasconstituirán

zcan, y en todos efectos deestimulantes ytos análogos. de todos losometerse a lasra la detección

de alcohol,estimulantes yde los demás

llen implicadosn. gan instaladosesquiera otrosnterferir en es sistemas de

carezca de laespondiente, ono cumplir losamente. general dey graves). n de obras oendo en grave

radar en loss mecanismosn el correctos de vigilanciainfracción los

o e y

s s n , y s s

s s l

e

a o s

d) Incumplivehículos, yhallen impliccometido unse establezpresencia deh) Conducir radares o ciencaminadolos sistemasl) Circular cadministrativno sea váreglamentarautorizaciónn) Circular cpor su mal ael resto de lo

e

o e

s s o a s

Artículo 6(infraccioneb) No insincumpliendriesgo la segd) Instalar ivehículos o a interferir ede vigilancisistemas de

r la obligacióny de los demácados en algúna infracción, dzcan para la e drogas en el vehículos que

inemómetros oos a interferir es de vigilancia on un vehículova correspondlida por no riamente, o incn administrativacon un vehícuacondicionamieos usuarios.

65.6. Cuadroes muy gravestalar la seña

do la normativguridad vial. nhibidores de cualesquiera

en el correcto ia del tráfico.e aviso que i

n de todos loás usuarios deún accidente dde someterse detección de organismo. tengan instala

o cualesquiera en el correcto del tráfico. o que carezca iente, con unacumplir los re

cumpliendo lasa que habilita slo cuya carga ento, creando

o general s). alización de va vigente, po

radares o cinotros mecanisfuncionamientNo constitui

nforman de la

os conductorese la vía cuandode tráfico o haa las pruebas

alcohol o de

ados inhibidoreotros mecanisfuncionamiento

de la autorizaa autorización equisitos exig

s condiciones dsu circulación.

ha caído a la grave peligro

de infraccio

obras o haconiendo en g

emómetros ensmos encaminato de los sisterán infraccióna posición de

s de o se ayan que

e la

es de smos o de

ación que

gidos de la

vía, para

bajo loanteriormIncluye infraccióa las prudrogas.Inclusióncon detectorSe añautorizaadministcircular incumplcondicioautorizaSe añgrave lacreando

ones

cerlo rave

n los ados emas los

e los

Se mod“b”, “d”, el párrafInfracciob: añadnormativseñalizad: inhibidode radar

os efectos cmente. el motivo de

ón para sometuebas de alcoh

n de la conducinhibidores

res de radaresñade para

ación trativa

el caso imiento de

ones de ación. ade como

a caída de la co riesgo.

difican los párr“e” y se incor

fo “f”. ones muy gravde incumpliendva en ación de obras.instalación res y detectr. 14

como

e la terse hol y

cción y

. La

para de las la

muy carga

rafos rpora

es: do la

la .

de tores

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A

sistede le) Iautode erecopor comqueo futilizeseseg

Artí2. Sen len ca) Lartícparaes igravb) Lse sLas se

Autor: Ray MartínPLV

emas de avisoos sistemas dencumplir las norización y funenseñanza y foonocimiento del Ministerio d

mpetentes de lae afecten a la cfacultativos, azados en la nciales que iuridad vial.

ículo 67. 2. SaSin perjuicio dela imposición dcuenta que: La multa por culo 65.5.j) sea la infraccióninfracción leveve o muy graveLa infracción resancionará coinfracciones r

sancionarán c

nez

o que informan e vigilancia del normas sobre ncionamiento dormación y de de conductoredel Interior o pas Comunidadeualificación de l estado de enseñanza, oincidan directa

anciones. e lo dispuesto de sanciones d

la infracción erá el doble d originaria que

e, y el triple, se. ecogida en el aon multa de 6recogidas en econ multa de

de la posicióntráfico. el régimen dede los centroslos centros de

es autorizadosor los órganoses Autónomas,los profesoreslos vehículos

o a elementosamente en la

anteriormente,deberá tenerse

prevista en ede la previstae la motivó, ssi es infracción

artículo 65.5.h).000 euros. c)el artículo 65.6entre 3.000 y

n

e s e s s , s s s a

sistemas dee) Incumplirfuncionamiede los ceautorizados competentea la cualificade los vehícesenciales qque suponginspección.f) Causar alteracionesdimensionescorrespondiincumplido independencausado.

, e

l a i

n

) ) 6 y

Artículo 67.a) Las infraserán sancsupuesto delas que regúnicamente sancionado la tasa de auna tasa qu

e vigilancia del r las normas soento de los cenentros de re

por el Ministes de las Comuación de los prculos utilizadosque incidan diregan un impedim

daños a la s a la circulacs del vehículente autorizac

las condiccia de la oblig

.2. Sancionesacciones previcionadas con e conducción clamentariamense impondrá aen el año inme

alcohol permitie supere el do

tráfico. obre el régimenntros de enseñaeconocimiento rio del Interior nidades Autónofesores o facs en la enseñaectamente en mento a las la

infraestructurción debidos alo, cuando sción administraciones de gación de la re

. stas en el artmulta de 1.0

con tasas de alnte se establezal conductor quediatamente anda, así como ble de la perm

n de autorizacianza y formaci

de conducto por los órga

nomas, que afeultativos, al esanza, a elemela seguridad vibores de contr

ra de la víaa la masa o ae carezca deativa o se hala misma,

eparación del d

tículo 65.5.c) 000 euros. Encohol superior

zcan, esta sanue ya hubiera nterior por excal que circule itida.

ón y ón y

tores anos ecten tado

entos ial, o rol o

a, o a las e la ayan

con daño

e: sesupongaa las lainspeccif: nuevgrave qdaños qalteraciocirculacidimensivehículocarezcaautoriza

y d) n el res a nción sido eder con

Se inco“a” y los“a”, “b”ordenar“d”: Todos quedan añadien1.000€ presencde droalcoholevez que

e añade an un impedimbores de contión.

va infracción ue consiste en

que se produzcones de la vión debidos aones de os, cuando de

ación.

orpora un pás actuales párr” y “c” pasase como “b”, “

los apartacomo esta

ndo la sanciónpara conducir

cia en el organiogas y paraemia la segue diera positivo 15

que mento

rol o

muy n los can o ía o

a las los se la

rrafo rafos

an a “c” y

ados aban n de

con ismo

a la unda o en

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A

20.0Asimrecoimpcorrun susautoLa tiemllevaun primprodqueArtí2. efecquecircua) circuvehcircuindicb) Qvehestéc) Qconmed

Autor: Ray MartínPLV

000 euros. mismo, en el ogida en el oner la sancrespondiente a

año. Durantepensión su titorización para

realización dmpo de suspará aparejada período de s

mer quebrantadujese un

ebrantamientosículo 76. 2. No

No obstantectuarse en un

e se dé aunstancias:

Que la dunstancias eículo pueda ulación. En escar los motivosQue la denunículo estacionaé presente. Que la autoridaocimiento de dios de capt

nez

supuesto deartículo 65.6

ción de suspautorización poe el tiempo tular no podrálas mismas acde actividadeensión de launa nueva s

eis meses al miento, y de

segundo os. otificación de e, la notificmomento pos

lguna de la

enuncia se n que la doriginar un riste caso, el As concretos quencia se formuado, cuando e

ad sancionadolos hechos

tación y rep

e la infracción6.e) se podrápensión de lar el período deque dure la

á obtener otratividades. s durante e

a autorizaciónuspensión porcometerse eun año si se

o sucesivos

la denuncia. cación podrásterior siempreas siguientes

formule endetención deiesgo para laAgente deberáe la impiden.

ule estando eel conductor no

ra haya tenidoa través de

producción de

n á a e a a

l n r l

e s

á e s

n l

a á

l o

o e e

Artículo 76.d) Que el labores de medios para

.2. Notificacióagente denunvigilancia y c

a proceder a la

ón de la denunnciante se enccontrol de tráfpersecución d

ncia. cuentre realizafico y carezcadel vehículo.

una añsupere epermitid

ando a de

Nuevo un nuevnotificaclas deaplicableque espueda persecupor carenecesar

o o siempre el doble de la

da.

párrafo añadievo motivo parción posterior enuncias, siee a los age

stén a pie orealizar

ución del infraecer de los merios. 16

que tasa

endo ra la r de endo entes o no

la actor edios

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A

imávehArtíedic1. efecen eTab(TEdíashubentedáncon

Artísan1. dispnatureduformlas Si conse abreproc

Artíabre

Autor: Ray MartínPLV

genes que peículo. ículo 78. Noctal de sancio

Las notificactuarse en la el domicilio ind

blón Edictal STRA). Transcs naturales de

biese publicadenderá que dose por ctinuándose con

ículo 79. Clncionadores.

Notificada la pondrá de uurales para reaucción de la mular las alegapruebas que eefectúa el pdiciones indicaseguirá el

eviado y, en cedimiento san

ículo 80. Previado.

nez

ermitan la ide

otificaciones ones de tráficoaciones que Dirección Elecdicado, se prade Sancionescurrido el períesde que la ndo en el ésta ha sid

cumplido dichn el procedimie

lases de pr

denuncia, en plazo de alizar el pago sanción de m

aciones y propstime oportuna

pago de la adas en el páprocedimiento caso de no

ncionador ordin

rocedimiento

entificación de

en el tablóno (testra).

no puedanctrónica Vial oacticarán en es de Tráficoíodo de veintenotificación seTESTRA se

do practicada,ho trámite yento.

rocedimientos

el denunciadoquince días

voluntario conmulta, o paraoner o aportar

as. multa en lasárrafo anterior,o sancionadoro hacerlo, e

nario.

sancionador

l

n

n o l

o e e e , y

Artículo 78sanciones d1. Las notiDirección Elmisma, en procedimiendomicilio quGeneral de Sanciones dde veinte dhubiese pubha sido prac

s

o s n a r

s , r l

Artículo 79.1. Notificadaplazo de vvoluntario cformular lasque estime oSi efectúa een el párrsancionadorprocedimien

r Artículo 80.Una vez rea

8. Notificaciode tráfico (tesificaciones quelectrónica Vial el domicilio e

nto o, de no ue figure en Tráfico, se prade Tráfico (TEdías naturalesblicado en el Tcticada, dándos

. Clases de pra la denuncia,veinte días nacon reducción s alegaciones yoportunas.

el pago de la mrafo anterior, r abreviado ynto sancionado

. Procedimienalizado el pago

ones en el tastra) e no puedan y, en caso de

expresamente haber indicadlos registros

acticarán en elESTRA). Transs desde que TESTRA se ense por cumplid

rocedimientos el denunciadoaturales para de la sanción

y proponer o a

ulta en las conse seguirá

y, en caso dor ordinario.

nto sancionadovoluntario de l

ablón edictal

efectuarse ee no disponer d

indicado pardo ninguno, e de la Direcl Tablón Edictascurrido el perla notificaciónntenderá que o dicho trámite

s sancionadoro dispondrá de

realizar el p de multa, o

aportar las prue

ndiciones indicael procedimi

de no hacerlo

or abreviado.la multa, ya se

l de

n la de la ra el n el

cción al de ríodo n se ésta

e.

Se añacaso demisma, domicilioindicadoprocedimhaber domiciliode la DG

res. e un pago para ebas

adas ento

o, el

Pasa depago vreduccióalegacioDeberá Real Dde 25 dque sReglamProcedimSancionde TráfiVehículoSegurid

a en Únicame15 días

de en la DEVe no disponer d

se notificará eo expresamo para miento o, deindicado, en

o de los regisGT.

e 15 a 20 díavoluntario paraón o para formones.

modificarse Decreto 320/1de febrero, pose aprueba ento miento

nador en maico, Circulaciónos a Motorad Vial.

ente cambia dede pago volun 17

V el de la en el

mente el

e no n el stros

as el a la

mular

el 994,

or el el

de

ateria n de r y

e los ntario

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A

Unamuldennatude sproccona) Lde lb) Lcasono pc) necen qd) sienjurise) consiguf) Ladmprodsigug) anteInfrainfrapérdArtí

Autor: Ray MartínPLV

a vez realizadta, ya sea enuncia o dentrurales contadosu notificacióncedimiento sansecuencias:

La reducción da sanción de mLa renuncia a o de que fuesepresentadas. La terminacióesidad de dictque se realice eEl agotamient

ndo recurrible sdiccional conte

El plazo patencioso- adm

uiente a aquél eLa firmeza d

ministrativa desduciendo plenuiente.

La sanciónecedente en eactores, siemacciones gravedida de puntosículo 81. Pr

nez

do el pago von el acto de ro del plazo dos desde el dn, se tendrá poncionador con

del 50 por cienmulta.

formular alegaen formuladas

ón del procear resolución eel pago. to de la vía

únicamente aencioso-adminara interpone

ministrativo se en que tenga lude la sanciósde el momenos efectos d

n no compl Registro de C

mpre que ses que no llev

s. rocedimiento

oluntario de laentrega de lae quince díasía siguiente aor concluido e

las siguientes

nto del importe

aciones. En ese tendrán por

edimiento, sinexpresa, el día

administrativaante el orden

nistrativo. er el recurso

iniciará el díaugar el pago. n en la víanto del pago,desde el día

putará comoConductores ese trate deven aparejada

sancionador

a a s l l s

e

l r

n a

a n

o a

a ,

a

o e e a

el acto de eveinte días nsu notificacsancionadora) La reduccde multa. b) La renunfuesen formc) La termidictar resolud) El agotamúnicamente administrative) El plazadministrativtenga lugar f) La firmezael momento día siguienteg) La sancRegistro detrate de inpérdida de p

r Artículo 81.

entrega de la naturales contaión, se tendrár con las siguieción del 50 por

cia a formular uladas se tendinación del pr

ución expresa, miento de la vía

ante el ordvo.

zo para interpvo se iniciará el pago. a de la sanciódel pago, prod

e. ción no compe Conductoresnfracciones grapuntos.

. Procedimien

denuncia o deados desde el por concluido

entes consecuer ciento del imp

alegaciones. drán por no prerocedimiento, el día en que sa administrativden jurisdiccio

poner el recuel día siguient

ón en la vía adduciendo pleno

utará como a e Infractoresaves que no

nto sancionado

entro del plazodía siguiente a

o el procedimiencias: porte de la san

En el caso de esentadas.

sin necesidadse realice el pava siendo recuronal contenci

urso contencite a aquél en

dministrativa deos efectos desd

antecedente es, siempre que

lleven apare

or ordinario.

o de al de ento

nción

que

d de ago. rrible oso-

oso-que

esde de el

n el e se ejada

a 20. Deberá Real Dde 25 dque sReglamProcedimSancionde TráfiVehículoSegurid

Amplia

modificarse Decreto 320/1de febrero, pose aprueba ento miento

nador en maico, Circulaciónos a Motorad Vial.

e 15 a 20 18

el 994,

or el el

de

ateria n de r y

días

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A

ord1. dispnatutengprue5. SaboquinnotifefecsanpodnatuLo dúnica) Inb) punc) InotifdenLa tvía ejecde lArtía) admhabanu

Autor: Ray MartínPLV

inario. Notificada la

pondrá de uurales para foga por conveniebas que estimSi el denunciadona el importe nce días natuficación de lacto de acto recionador. En rá ejecutarseurales desde ladispuesto antecamente cuandnfracciones levInfracciones tos. Infracciones gficación se euncia. terminación de

administrativacutar desde elos treinta días ículo 84. InmoEl vehículo

ministrativa paberla obtenido olación, declara

nez

a denuncia, n plazo de

ormular las aleente y propone

me oportunas. do no formula

de la multa eurales siguiena denuncia, eesolutorio del

este supuest transcurridos

a notificación deriormente serádo se trate de: ves. graves que

graves y muyfectuase en e

el procedimienta y la sancil día siguienteantes indicado

ovilización delcarezca de

ara circular, o porque haya ada su pérdida

el interesadoquince días

egaciones queer o aportar las

alegaciones nen el plazo dentes al de laesta surtirá eprocedimiento

to, la sancións treinta díase la denuncia.

á de aplicación

no detraigan

y graves cuyael acto de la

to pone fin a laión se podrá

e al transcursoos. vehículo.

e autorizaciónbien por nosido objeto dede vigencia.

o s e s

i e a l

o n s

n

n

a a

a á o

1. Notificadaplazo de alegacionesaportar las p5. Si el denimporte de siguientes ael efecto sancionadorejecutarse tnotificación Lo dispuestocuando se tra) Infraccionb) Infraccionc) Infraccionefectuase enLa terminaadministrativsiguiente al

n o e

Artículo 84.a) El vehícucircular, bieobjeto de anse incumpl

a la denunciaveinte días

s que tenga pruebas que esnunciado no fola multa en e

al de la notificade acto r

r. En este transcurridos de la denunciao anteriormentrate de: nes leves. nes graves quenes graves y mn el acto de la ción del procva y la sancióntranscurso de

. Inmovilizacióulo carezca deen por no habenulación o decan las condic

, el interesadonaturales pa

por convenienstime oportunaormula alegacl plazo de vei

ación de la denresolutorio dsupuesto, la

treinta días na. te será de aplic

e no detraigan muy graves cudenuncia. cedimiento pon se podrá ejelos treinta días

ón del vehículautorización a

erla obtenido, clarada su pérdciones de la

o dispondrá deara formular nte y propone

as. ciones ni abonnte días natur

nuncia, ésta suel procedimi

a sanción paturales desd

cación únicam

puntos. uya notificación

one fin a la ecutar desde es antes indicad

lo. administrativa porque haya

dida de vigencautorización

e un las

er o

na el rales urtirá ento odrá e la

ente

n se

vía l día os.

para alegacioDeberá Real Dde 25 dque sReglamProcedimSancionde TráfiVehículoSegurid

para sido ia, o que

Se moda) y c) párrafo Se inmoviliz

formones.

modificarse Decreto 320/1de febrero, pose aprueba ento miento

nador en maico, Circulaciónos a Motorad Vial.

difican los párry se incorpor

k). añade

zación respec 19

mular

el 994,

or el el

de

ateria n de r y

rafos ra el

la cto a

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A

c) Ecascfuer4. conseráinfraconde abomedcorrposrespAdmEn párrcorracre

Artíveh2. Sformla justconel a

Autor: Ray MartínPLV

El conductor o eco de proteccra obligatorio.

Los gastos secuencia de lán por cuenta dacción. En su dductor habituaéstos, del titul

onados como rdida de inmorespondiente dibilidad de repponsable que ministración adlos supuestos rafos h), i) y j)rerán de cueedita la infracci

ículo 85. Rhículo. Salvo en los cmas de utilizaci

voluntad deificadas, los gsecuencia de lapartado ante

nez

el pasajero no ción, en los c

que se ola inmovilizaciódel conductor qdefecto, serán

al o del arrendalar. Los gastorequisito previoovilización, sinderecho de depercutirlos sobhaya dado lu

opte dicha medprevistos en

, los gastos denta del denuión.

Retirada y d

casos de sustrión del vehícul

su titular, astos que se la retirada a la

erior, serán po

hagan uso decasos en que

riginen comoón del vehículoque cometió lapor cuenta de

atario y, a faltas deberán sero a levantar la perjuicio de

efensa y de labre la personaugar a que ladida. el apartado 1,

e la inspecciónnciado, si se

depósito del

acción u otraso en contra de

debidamenteoriginen como que se refiereor cuenta de

l e

o o a l

a r a l

a a a

, n e

habilita su cc) El conduprotección ocasos que flos ciclistas.k) Se condude la clasadministrativ4. Los gastinmovilizacióque cometiódel conductéstos, del tirequisito preperjuicio deposibilidad dque haya damedida. Locirculación dabono de loEn los supuy j), los gasdenunciado

l

s e e o e l

Artículo 85.2. Salvo enutilización dtitular, debidcomo conseapartado aarrendatariodeberá abon

circulación. ctor o el pasaj

o de los disposfuera obligatori. uzca un vehícuse C o D, va corresponditos que se origón del vehículoó la infracción. tor habitual otular. Los gastevio a levantarl correspondiede repercutirloado lugar a quos agentes pdel vehículo hs gastos referidestos previstosstos de la ins, si se acredita. Retirada y de

n los casos dedel vehículo edamente justificecuencia de laanterior, seráno o del conducnarlos como re

jero no hagansitivos de retenio. Esta medid

ulo para el quecareciendo deente. ginen como coo serán por cuEn su defectodel arrendata

tos deberán ser la medida de ente derecho dos sobre la pere la Administrapodrán retirar

hasta que se hdos. s en el apartad

spección correla infracción.

epósito del vee sustracción uen contra de lcadas, los gasta retirada a lan por cuentactor habitual, sequisito previo

uso del cascoción infantil, ena no se aplica

e se exige perme la autoriza

onsecuencia denta del condu

o, serán por cuario y, a faltaer abonados cinmovilización

de defensa y drsona responsación adopte dr el permiso haya acreditad

do 1, párrafos rán de cuenta

ehículo. u otras formasla voluntad detos que se orig

a que se refiera del titular, egún el caso, a la devolución

o de n los ará a

miso ación

de la uctor enta

a de como n, sin de la sable dicha

de do el

h), i) a del

la administcircular incumplde la habilita Se inmovilizhacer uque seciclistasNueva icuando permisoy no se En eestablecpodrán de circuhastaacreditagastos r

s de e su ginen re el

del que

n del

Establecla autorel permdel vehíhaya acde los g

autorizatrativa

cuando an las condicioautorización

su circulación. añade

zación por so de los SRI

e aplique a . nmovilización

se exige o de la clase Cposea. l apartado ce que los ageretirar el permlación del vehíque se h

ado el abono dereferidos.

ce que agenteridad podrá re

miso de circulaículo hasta qucreditado el abastos referidos 20

ación para

se ones que

la no

, sin los

para el

C o D

4º entes miso ículo haya e los

e de etirar ación e se bono s.

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A

titulahabcomvehquerepeaccinfraTítuaccArtícacc1. SAccArtí1. Accaqupermparaen tráfiLos conimplos cumestaDisRespor

Autor: Ray MartínPLV

ar, del arrenbitual, según el mo requisito pículo, sin perju

e le asiste ercutirlos sobidente, del abaacción que hayulo VI. Del regcidentes de tráculo 94. El regidentes de tráf

Se crea el Regcidentes de Tráículo 95. FinalEn el Regist

cidentes de Tellos datos qmitan disponera determinar lque se han pco y sus consedatos que se

tendrán más licados o relac

estrictamentmplimiento de ablece en el apposición

sponsabilidadr atropellos de

nez

ndatario o dcaso, que deb

previo a la duicio del derecy de la p

bre el respandono del veya dado lugar agistro estatal áfico. gistro estatal dico. gistro Estatal dáfico. lidad del registro Estatal dráfico figurará

que sean reler de la informalas causas y producido los ecuencias. incorporen en datos identificcionados con te necesariosu finalidad,

partado anterioadicional

en accidente especies cin

del conductorberá abonarlosdevolución decho de recursoposibilidad deponsable deehículo o de laa la retirada. de víctimas y

de víctimas de

de Víctimas de

stro. e Víctimas y

án únicamenteevantes y queción necesariacircunstanciasaccidentes de

el Registro nocativos de lossu salud, que

os para econforme se

r. novena.

tes de tráficoegéticas.

r s l

o e l

a

vehículo, siny de la posdel accidentque haya autoridad pvehículo hagastos refer

y

e

e

Título VI. accidentes Artículo 94Accidentes d1. Se crea ede Tráfico.

y e e a s e

o s e l

e

Artículo 95. 1. En el ReTráfico figurelevantes necesaria pque se hanconsecuenc

. o

Disposiciónaccidentes cinegéticas

n perjuicio del sibilidad de repte, del abandondado lugar a

podrá retirar asta que se haridos.

Del registrde tráfico.

4. El Registrde Tráfico. el Registro Nac

. Finalidad de

egistro Nacionaurarán únicamy que permit

para determinan producido locias.

n adicional de tráfico

s.

derecho de recpercutirlos sobno del vehículo

a la retirada. el permiso daya acreditado

ro Nacional

ro Nacional

cional de Víctim

l registro.

al de Víctimas ente aquellos an disponer dr las causas yos accidentes

novena. Respor atropell

curso que le asbre el responso o de la infracEl agente de

de circulación o el abono de

de víctimas

de Víctimas

mas de Accide

de Accidentesdatos que s

de la informay circunstancias

de tráfico y

sponsabilidad os de espe

siste sable cción e la

del e los

s y

de

entes

Cambio “Nacion

s de sean ación s en sus

Cambio “Nacionsegundo

en cies

Especifiaccidentlas vía

de “estatal” al”.

de “estatal” al” y suprimeo párrafo.

ca que tes han de se

as públicas, 21

por

por e el

los er en será

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A

En atrorespse normLos estotitulaen terreconde udel Tamvía comel eseñ

No e

No e

Autor: Ray MartínPLV

accidentes dopello de eponsable el cole pueda impmas de circulac

daños persoos siniestros, ares de aprovsu defecto,

enos, cuandsecuencia direuna falta de dterreno acotad

mbién podrá sepública en la q

mo consecuencstado de consealización.

existe.

existe.

nez

de tráfico ocaspecies cine

onductor del veputar incumplimción. onales y patsólo serán e

vechamientos a los propie

do el accecta de la accidiligencia en lado. er responsableque se produccia de su respoervación de la

asionados poregéticas seráehículo cuandomiento de las

trimoniales enexigibles a los

cinegéticos o,etarios de loscidente seaión de cazar oa conservación

el titular de lace el accidenteonsabilidad enmisma y en su

r á o s

n s , s a o n

a e n u

En accidenespecies cinde los dañvehículo, sianimales quNo obstantebienes el titdefecto, el ptráfico sea colectiva demismo día aquél. También poen la que seno haber recaso, o poranimales sucolisión de v

Disposicióntraslado deSe prohíbe dvehículos qmedioambiereglamentar

DisposiciónConsejo SEstatal de VLas referenConsejo Su

tes de tráficonegéticas en laños a personn que pueda

ue irrumpan en e, será responstular del aprovpropietario del consecuencia

e una especie do que haya

odrá ser respone produzca el aparado la valla

r no disponer dueltos en tramvehículos con l

n adicional deel vehículo a odar de baja deue no cumpla

entales qriamente.

n adicional dSuperior de SVíctimas de Ancias conteniduperior de Seg

o ocasionadosas vías públicasas o bienes reclamarse poaquéllas.

sable de los davechamiento c

terreno, cuanddirecta de un

de caza mayorconcluido doc

nsable el titulaaccidente comoa de cerramiende la señaliza

mos con alta aos mismos.

ecimoctava. Botro país.

finitiva por trasan los requisitoque se

decimonovenaSeguridad Viaccidentes de Tas en la noruridad Vial y a

por atropellos será responsel conductor

or el valor de

años a personinegético o, endo el accidente

na acción de cr llevada a cabe horas antes

ar de la vía púbo consecuenci

nto en plazo, eción específicaaccidentalidad

Baja definitiva

slado a otro paos de segurida

establez

a. Referenciasal y al RegiTráfico. rmativa vigental Registro Es

o de sable

del e los

as o n su e de caza bo el s de

blica a de n su a de

por

responsa persoconductsin que por elanimaleaquéllasSe responspropietatitular cinegétila vía manteniseñaliza

por

aís, a ad y zcan

Se proexportacno cumde medioamPor reglame(RGV).

s al istro

e al statal

Se cocambiosdenominórganosreferenc

sable de los daonas o bienetor del vehícpueda reclam valor de s que irrumpas.

concreta sabilidad ario del terren

del espco y del titulaante la falta

imiento ación.

híbe la baja ción si el veh

mple los requisseguridad

mbientales. desarr

entariamente

oncreta que s en naciones de s serán cia a toda 22

años s el culo,

marse los

n en

la del

no o pacio ar de a de

o

por ículo sitos

y

rollar

los las los en la

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A

DisHasnecaplicreglcircusep193medse e

No e

Anela p2. estuotrapun3. Inpruealcopsicde e5. Cmec

Autor: Ray MartínPLV

posición transsta que entrenesarias para ecarán como amentos de ulación aprobatiembre de

34, y disposiciodida en que noestablece.

existe.

exo II. Infraccipérdida de pun

Conducir upefacientes, pas sustanciastos. ncumplir la obebas de doholemia,cotrópicos, estiefectos análogoConducir vehíccanismos o sis

nez

sitoria. n en vigor las el desarrollo de

la misma el ado por Decr

ones complemo se opongan a

iones que llevntos.

bajo los psicotrópicos,

de efectos

bligación de soetección del

de esimulantes y otos: 6 puntos. culos que tengstemas encami

disposicionese esta Ley, se

código de lareto de 25 de

entarias, en laa lo que en ella

van aparejada

efectos deestimulantes y

análogos: 6

ometerse a lasl grado destupefacientes,ras sustancias

gan instaladosnados a inhibir

de Víctimashechas, resSeguridad Nacional de

s e

a e

a a

Disposiciónvehículos eLo dispuestcuanto a la mno será ereglamentaraplicación.

DisposiciónEsta ley se atribuida al a motor por

a

e y 6

s e , s

s r

Anexo II. 2. Conducirpuntos. 3. Incumplirdetección dorganismo: 5. Conducir radares o ciencaminadolos sistemas20. Condudetección de

s de Accidenspectivamente,

Vial y Movili Víctimas de A

n transitoria.en España. to en el párrafmatriculación d

efectivo hastariamente aque

n final terceradicta al ampa

Estado sobre el artículo 149

r con presencia

r la obligación de alcohol o d6 puntos. vehículos que

inemómetros oos a interferir es de vigilancia ucir vehículose radares o cin

ntes de Tráfical Consejo Su

idad SostenibAccidentes de T

. Matriculació

fo segundo dedefinitiva en Esa que se prellos aspectos

. Título compearo de la comtráfico y circula

9.1.21.ª de la C

a de drogas e

de sometersee la presencia

tengan instalao cualesquiera en el correcto del tráfico: 6 pus utilizando nemómetros. 3

co se entenduperior de Trá

ble y al RegTráfico.

ón definitiva

el artículo 62.1spaña de vehícroceda a reg

que permitan

etencial. petencia excluación de vehíconstitución.

en el organism

e a las pruebasa de drogas e

ados inhibidoreotros mecanisfuncionamientountos. mecanismos puntos.

erán áfico, gistro

norma.

de

1 en culos gular n su

Se mdisposicreseñanobligatomatriculvehículodeberá reglame

usiva culos

Reseña competesobre ltráfico y

mo: 6

s de en el

es de smos o de

de

Conducde dorganismpuntos.La negaa las pdetrae 6Instalaco detepuntos.Utilizar inhibidopuntos.

odifica toda ción transindo que riedad de ación de

os extranjregul

entariamente.

de encia del Esla regulación

y circulación. ir con prese

drogas en mo detrae

ativa de sometruebas de dro

6 puntos. ión de inhibidctores, detrae

detectores res detrae 23

la itoria

la la

los jeros larse

la stado

del

encia el 6

terse ogas

ores e 6

o 3

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A

la instrde rada

Anepor

No e

No e

Autor: Ray MartínPLV

vigilancia derumentos con inhibición de

ar: 6 puntos.

exo IV. Cuadrr exceso de v

existe.

existe.

nez

el tráfico, o la misma intensistemas de

ro de sancionvelocidad.

que llevennción, así como

detección de

nes y puntos

n o e

s Anexo IV. exceso de Se incorporvelocidad decorrespondi

Disposicióntodos los vEl GobiernoVehículos, ade diciembrque el colorprioritarios sDisposiciónDirectiva 2Consejo, dfacilita el isobre infravial. 1. La presenel intercaminfraccionesmatriculado distinto de aEl tratamiendel intercam

Cuadro develocidad.

ra una primerae 30 y una últimente al límite d

n adicional prvehículos prioro introducirá aprobado por re, las modificar de la señal lsea azul. n adicional s2011/82/UE dede 25 de octintercambio t

acciones de tr

nte disposiciónmbio transfrons de tráfico cua

en un Estadoaquél en el quento de los datombio transfronte

e sanciones

a columna anma columna a

de velocidad de

rimera. Señal ritarios. en el ReglamReal Decreto

aciones necesaluminosa de to

segunda. Incoel Parlamentoubre de 2011ransfronterizo

ráfico en mate

n establece el pnterizo de inando se cometao miembro de e se cometió la os de carácter erizo de inform

y puntos

nterior al límitecontinuación d

e 120.

luminosa azu

mento Genera2822/1998, dearias con el finodos los vehíc

orporación deo Europeo y 1, por la queo de informaceria de seguri

procedimiento nformación san con un vehíla Unión Euroinfracción. personal deriv

mación se efect

por

e de de la

AmpliacvelocidaSu entrsupeditamodificasegún disposic

ul en

l de e 23 n de culos

Modificarealizarácolor azvehículoRGV, AReglamnúmero

e la del

e se ción idad

para obre ículo opea

vado uará

Establecprocedimintercamtransfroninformacinfracciocuando un vehen un Ela Uniónde aqucometió

ción del cuadroades. ada en vigor ada a ación en el Respecifica en

ción final cuartaación que á estableciendzul para todosos prioritarios eArt. 18, anexo ento CEPE/O65.

ce miento mbio nterizo ción sones de trá

se cometan hículo matricuEstado miembrn Europea disél en el que la infracción. 24

o de

está la

RGC, n la a.

se do el s los en el XI y

ONU

el de

de obre áfico con

ulado o de

stinto e se

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A

No e

Autor: Ray MartínPLV

existe.

nez

conforme a de datos de Quedan excel Reino UnEl intercambcabo sobre a) Exceso db) Conduccreglamentarc) No utilizade retenciónd) No detenprescrito poe) Circulacióel arcén o usuarios. f) Conduccpsicotrópicoefectos análg) No utilizah) Utilizaciódispositivo dno esté permDisposiciónDirectiva 2Consejo, dfacilita el isobre infravial. 2. Para el contacto na

lo dispuesto ecarácter perso

cluidos de la aido, Irlanda y Dbio transfrontelas siguientes e velocidad.

ción con tasariamente estabación de cinturón homologadosnción ante un r la señal de «són por carril pr

por un carri

ción bajo losos, estimulantelogos. ción de casco ón del teléfode comunicaciómitido. n adicional s2011/82/UE dede 25 de octintercambio t

acciones de tr

intercambio cionales de los

en la normativaonal. aplicación de eDinamarca. erizo de informinfracciones de

as de alcohol lecidas.

ón de seguridas.

semáforo en stop». rohibido, circull reservado p

s efectos dees y cualquier

de protección.no móvil o dón durante la c

segunda. Incoel Parlamentoubre de 2011ransfronterizo

ráfico en mate

de informaciós Estados mie

a sobre protec

este procedimi

mación se llevae tráfico:

superiores a

ad u otros siste

rojo o en el l

ación indebidapara determina

e estupefacienotra sustancia

de cualquier conducción cua

orporación deo Europeo y 1, por la queo de informaceria de seguri

ón los puntosmbros de la U

cción

ento

ará a

las

emas

ugar

a por ados

ntes, a de

otro ando

e la del

e se ción idad

s de Unión

EstablecprocedimIntercamtransfroninformacinfracciocuando un veh

ce miento mbio nterizo ción sones de trá

se cometan hículo matricu 25

el para

de obre áfico con

ulado

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AAutor: Ray MartínPLV

nez

Europea poOrganismo fin de llevaidentificar a España condichos Estaapartado anEl punto Autónomo Jcon la finalidcorrespondiUnión EuropEl Organismcondición dsiguientes fua) Atender lab) Garantizaobtención y c) Garantizade datos de d) Recabar contacto nacUnión Europe) Elaborar Comisión Euy los inforComisión a años desde f) Informarcompetenciaorganizacion

odrán accederAutónomo Jef

ar a cabo laslos conductor

n los que se haados las infr

nterior. de contacto

Jefatura Centradad prevista enentes de los repea.

mo Autónomo Jde punto de unciones: as peticiones dar el adecuadocesión de dato

ar la aplicacióncarácter persocuanta inform

cionales de lospea.

el informe preuropea a más trmes completomás tardar el dicha fecha.

r, en colaboras en materianes y asociac

r al Registro fatura Central s indagacionesres de vehículoayan cometidoracciones con

nacional seral de Tráfico, qn esta disposicestantes Estad

Jefatura Centracontacto nac

de datos. o funcionamienos. n de la normaonal. mación requiers demás Estad

eliminar que dtardar el 7 de nos que debe6 de mayo de

ración con oa de tráfico, aiones vinculad

de Vehículos de Tráfico, co

s necesarias os matriculadoo en el territoriontempladas en

rá el Organique podrá acceción, a los regisos miembros d

al de Tráfico, ecional, tendrá

nto del sistema

ativa de protec

ran los puntosos miembros d

debe remitirse noviembre de 2en remitirse ae 2016 y cada

otro órganos así como condas a la segur

del on el para s en o de n el

ismo eder, stros de la

en su las

a de

cción

s de de la

a la 2014 a la dos

con n las ridad

en un Ela Uniónde aqucometió

Estado miembrn Europea disél en el que la infracción.

26

o de stinto e se

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A

No e

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existe.

nez

vial y al autlos previstowww.dgt.esEn el informindicará eefectuadas destinadas matriculacióterritorio, junpresentaronIncluirá asimdel seguimmateria de de tales infinformaciónEl Organispondrá a disde los demrelativos a lolos relativosarrendatarioanexo I. DisposiciónDirectiva 2Consejo, dfacilita el isobre infravial. 3. El Organsalvo que sconforme a

tomóvil, a los o en este títu.

me completo al número dpor el Esta

al punto de cón, a raíz de nto con el tipo

n solicitudes y emismo una desiento dado a seguridad vialfracciones que. mo Autónomosposición de lo

más Estados mos vehículos ms a sus titula

os a largo plaz

n adicional s2011/82/UE dede 25 de octintercambio t

acciones de tr

nismo Autónomse constate qlo establecido

usuarios de laulo a través d

l que se refierde búsquedado miembro

contacto del Esinfracciones de infraccione

el número de sscripción de la

las infraccion, sobre la basee han dado l

o Jefatura Cos puntos de comiembros los

matriculados enares, conductozo que se ind

segunda. Incoel Parlamentoubre de 2011ransfronterizo

ráfico en mate

mo Jefatura Cque la peticióno en esta dispo

s vías públicade la página

re el párrafo eas automatiza

de la infraccstado miembrocometidas en

es para las qusolicitudes fallisituación resp

nes de tráficoe de la proporlugar a cartas

entral de Tráontacto naciondatos disponi España, así cores habitualeican en el cu

orporación deo Europeo y 1, por la queo de informaceria de seguri

Central de Trán de datos noosición, facilita

s de web

e) se adas ción, o de n su e se idas.

pecto o en rción s de

áfico nales ibles

como es o adro

e la del

e se ción idad

áfico, o es ará a

Establecprocedimintercamtransfroninformacinfracciocuando un vehen un E

ce miento mbio nterizo ción sones de trá

se cometan hículo matricuEstado miembr 27

el de

de obre áfico con

ulado o de

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A

No e

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existe.

nez

los órganostráfico los dacon el que con un vehíUnión Europque se correspondia los datos dLas comexclusivamelas especificAutónomo JDisposiciónDirectiva 2Consejo, dfacilita el isobre infravial. 4. A partir Autónomo competentedirigir al pinformación La carta de la lengua dese tiene acoficiales del La notificapersonalme5. Los proceresultado de

s competentesatos relativos ase cometió la

ículo matriculadpea, así comoencuentren ente del Estadde búsqueda cunicaciones ente por mediocaciones técnicJefatura Centran adicional s2011/82/UE dede 25 de octintercambio t

acciones de tr

de los datos sJefatura Cens para sancionresunto autorprevista en el información seel documento cceso al mismEstado de ma

ación de dicnte al presuntoedimientos sanel intercambio

s para sancional propietario o a infracción endo en otro Estao los relativos

disponibles do de matriculacontemplados e

de datos os electrónicoscas que estableal de Tráfico. segunda. Incoel Parlamentoubre de 2011ransfronterizo

ráfico en mate

suministrados ntral de Tráfnar en materia

de la infracanexo III. e enviará al prede matriculaci

mo, o en unaatriculación en ocha carta do infractor. ncionadores qude informació

nar en materiatitular del vehí territorio naciado miembro dal propio vehíen el reg

ación, ateniénden el anexo II.

se realizs, de acuerdo ezca el Organi

orporación deo Europeo y 1, por la queo de informaceria de seguri

por el Organifico, los órgaa de tráfico pocción la carta

esunto infractoión del vehícua de las lengotro caso. eberá efectu

ue se incoen cn previsto en

a de ículo ional de la ículo

gistro dose

arán con

ismo

la Uniónde aqucometió

e la del

e se ción idad

ismo anos drán

a de

or en lo si guas

arse

como esta

Establecprocedimintercamtransfroninformacinfracciocuando un vehen un Ela Uniónde aqucometió

n Europea disél en el que la infracción.

ce miento mbio nterizo ción sones de trá

se cometan hículo matricuEstado miembrn Europea disél en el que la infracción. 28

stinto e se

el de

de obre áfico con

ulado o de

stinto e se

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A

DisQuejuliocuase oDisnor1. SdispLeybáscon prodconen E2. propIntede reguautopert3. Ldel medDisde lEl G

Autor: Ray MartínPLV

posición deroedan derogadao, la Ley 85/1ntas disposicioopongan a la pposición fin

rmativa. Se faculta al

posiciones nec, así como paicos contenidola variación

duzca en elvenios internaEspaña. Igualmente, spuesta de los

erior, y, en su clos demás m

ular las pecuorizaciones y tenecientes a la

Las modificacioAnexo II h

diante Real Deposición finalas cuantías dGobierno, med

nez

ogatoria. as la Ley 47/1967, de 8 de

ones de igual oresente Ley.

nal primera.

Gobierno paesarias para dara modificar

os en su Anexode sus definicl ámbito de acionales con

se faculta al s Ministros daso,

ministros compuliaridades decirculación deas Fuerzas Arm

ones que pudiehabrán de seecreto. al segunda. de las sanciondiante Real D

959, de 30 de noviembre, y

o inferior rango

Habilitación

ara dictar lasdesarrollar esta

los conceptoso I de acuerdociones que se

acuerdos ytrascendencia

Gobierno, ade Defensa e

petentes, paral régimen de los vehículosmadas.

eran producirseer aprobadas

Actualizaciónes de multa.

Decreto, podrá

disposición matriculaciódel Estado d

e y o

DisposiciónQuedan deinferior rang

n

s a s o e y a

a e

a e s

e s

Disposición18/2009, detexto articuVehículos aReal Decremateria sanLa disposici23 de noviede la Ley soSeguridad V339/1990, dmodificada cDisposición notificacioneTablón EdicLas adminisen la DireccEdictal de S2016, siempresupuesta

n

á

Disposiciónun texto refSe autoriza

se tramitarán ón del vehículo de matriculació

n derogatoria erogadas cuango se opongan

n final primee 23 de noviemulado de la Leya Motor y Se

eto Legislativoncionadora. ión transitoria mbre, por la qu

obre Tráfico, CiVial, aprobadoe 2 de marzo, como sigue:

transitoria es en la Directal de Sancionstraciones locación ElectrónicaSanciones de Tmpre que lo arias y sus medn final segunfundido. a al Gobierno

en la lengua o en uno de lo

ón.

única. Derogantas disposicia lo dispuesto

era. Modificambre, por la qy sobre Tráfic

eguridad Vial, o 339/1990, de

segunda de laue se modificairculación de Vpor el Real Den materia sa

segunda. Pección Electrónes de Tráfico.les practicarán

a Vial o, en su Tráfico antes d

permitan susdios técnicos.da. Autorizac

para aprobar

del documentoos idiomas ofici

ación normationes de iguaen esta ley.

ación de la que se modificco, Circulación

aprobado poe 2 de marzo

a Ley 18/2009a el texto articuVehículos a MoDecreto Legislancionadora, qu

Práctica de nica Vial y e

n las notificaciocaso, en el Ta

del 25 de mayos disponibilida

ción para apro

r, en el plazo

o de iales

va. al o

Deroga disposica la pres

Ley ca el n de or el o, en

9, de ulado tor y ativo ueda

las n el

ones ablón o de ades

ModificatransitorLey 18/las prnotificacponiendayuntammáximo25 de m

obar

o de

autorizaaprobarmeses,

cuaciones se oponsente Ley.

a la disposria segunda d/2009 en cuanráctica de ciones de la Ddo límite paramientos que c lo harán antes

mayo de 2016.

a al Gobierno , en el plazo dun texto refun 29

antas ngan

ición de la nto a

las DEV, a los como s del

para e 18

ndido

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A

actuprevvarial co

No e

No e

AneAnela p

Autor: Ray MartínPLV

ualizar la cuantvistas en esación que expeonsumo.

existe.

existe.

exo I: definicioexo II. Infraccipérdida de pun

nez

tía de las sancsta Ley, atenerimente el índ

ones. iones que llevntos.

iones de multandiendo a ladice de precios

van aparejada

a a s

dieciocho mun texto reregularizadode la Ley soSeguridad V339/1990, modificado, modificativaDisposiciónobtener o pEl Gobiernoanexo IV, aDecreto 818Reglamentosupuestos eespecialmenconducción aptitudes especialmenoncólogo reDisposiciónEsta ley entdesde el siOficial del Eartículo únicentrada enGeneral de1428/2003,

a Anexos I, II

meses a partir defundido en elos, aclarados yobre Tráfico, CiVial, aprobadode 2 de ma

incluidas lass que no se incn final terceraprorrogar el peo, en el plazoapartado 5, tra8/2009, de 8 deo General de en que el mismnte la prórrog

en procesospsicofísicas, nte en cuenta sponsable del n final cuarta. trará en vigor iguiente al deEstado», salvoco, cuya vige vigor de la

e Circulación, de 21 de novie

y III.

de la entrada enque se integ

y armonizados,irculación de Vpor el Real D

arzo, y las les disposicionecorporaron a aa. Aptitudes ermiso o liceno de seis mestornos hemate mayo, por el

Conductores mo limite o proh

a de la licens oncológicos

sea revisadel informe quetratamiento. Entrada en vien un plazo de

e su publicacióo el apartado ncia queda d modificaciónaprobado por

embre.

n vigor de estagren, debidam, el texto articu

Vehículos a MoDecreto Legislaeyes que lo es de las le

aquél. psicofísicas p

ncia de conduceses, reformartológicos, del que se apruebpara que en

híba la obtencicia o permisopor carencia

o y se tee al efecto emi

igor. e un mes a coón en el «Botreinta y seis

emorada hast del Reglamr el Real Dec

a ley, ente

ulado tor y ativo han

eyes

en el qutexto arty las lmodificadisposicmodificaincorpor

para cir. rá el Real ba el los ón y

o de a de enga ta el

Otorga meses RGCon,aptitudecasos oncológ

ontar oletín s del ta la ento creto

Entrada09/05/14anexo velocida

Modelosintercamtransfron

ue se integrenticulado de la eyes que lo ado, incluidas ciones de las leativas que noraron.

al Gobiernopara modifica

, en cuanto aes psicofísicas

de proceicos.

en vigor 4 excepto en

IV (tades).

s y solicitudesmbio nterizo 30

, , el LSV han las

eyes o se

o 6 ar el a las s en esos

el n el tabla

s de

de

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A

Aney re

NotEstareseagra

Autor: Ray MartínPLV

exo III. De loseeducación via

ta: a comparativa eñada ley, todadeciendo de a

nez

s cursos de seal.

y en especial do desde el puantemano las r

ensibilización

los comentariounto de vista prectificaciones

n

os, son un instrprofesional poy/o aclaracione

formaci

rumento que plicial. Por elloes que se aporiontrafico@gm

retende ayuda, este documerten. mail.com

ar al conocimieento tiene un c

informacinfracciocuando un vehen un Ela Uniónde aqucometió

nto de los camcarácter mera

ción sones de trá

se cometan hículo matricuEstado miembrn Europea disél en el que la infracción.

mbios habidos emente informa

31

obre áfico con

ulado o de

stinto e se

en la ativo,

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A

ConnormimprecoCON

L R R L R E S F I

c I I I R

C

CAR M M P E P

Autor: Ray MartínPLV

n más de 100 mativa (entró eortación de veogen otros codNTENIDOS COD

Ley de SeguridReglamento GReglamento GLicencias y perReglamento GEscuelas ParticSeguro ObligatFlujograma de Intervención pocompañías aseIntervención poIntervención poImpuestos EspReformas de imCiclomotores, v

RACTERÍSTICASMás de 285 páMedidas: A5. Papel de calidaEncuadernacióPráctico y man

nez

ACpáginas dedic

en vigor el 14 dehículos en suificados. EnvíoDIFICADOS:

dad Vial. eneral de Circueneral de Vehírmisos de condeneral de Condculares de Contorio de Automactuación por

olicial por omiseguradoras. olicial con taxisolicial con mercpeciales. mportancia en vehículos indu

S: áginas siendo m

ad offset de 90ón en espiral panejable para po

CODIFICACTUALIZADOcadas a las refde enero de 20 circulación ur

o de las actuali

ulación. ículos. ducción. ductores. nductores.

móviles. Seguro Obliga

sión de la comu

s. cancías peligro

vehículos: turisstriales, remolq

más de 100 a c

0 gramos. Portaara mejor aperortarlo como lib

ADO DE IO CON LA Mformas de imp

011), así como rbana. Se hanzaciones.

atorio de Automunicación de al

osas.

smos, todoterreques.

color.

ada de 300 grartura. bro de consulta

INFRACCMODIFICACIportancia en lo

apartados de añadido nuev

móviles. tas/bajas por

enos, motocicl

amos con plást

a diaria.

CIONES DÓN DE LA L

os vehículos, dlas principales

vas infraccione

etas,

ico duro.

E TRÁFICLEY LSV 6/2detalladas y cos infracciones des contemplada

CO 014

on imágenes, ade taxis, mercaas en la norm

a raíz de la nuancías peligrosativa y que no

32

ueva sas e o las