supervisión del proyecto ejecutivo de la · pdf filebombeo “la caldera”...

56
COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA PLUVIAL LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. - -08 SUPERVISIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO “LA CALDERA” PARA UN GASTO DE DISEÑO Q = 40 m 3 /s EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO. TÉRMINOS DE REFERENCIA

Upload: doliem

Post on 06-Feb-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE Y SANEAMIENTO

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA PLUVIAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. - -08

SUPERVISIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO “LA CALDERA” PARA UN GASTO DE DISEÑO Q = 40 m3/s

EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO.

TÉRMINOS DE REFERENCIA

SUPERVISIÓN DEL PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO “LA CALDERA” PARA UN GASTO DE DISEÑO Q = 40 m3/s EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO.

Contenido 1. Generalidades ......................................................................................................................................................... 3 1.1. Definición de términos. ................................................................................................................................... 3 1.2. Abreviaturas. .................................................................................................................................................... 6 1.2.1. Definición. ....................................................................................................................................................... 6 1.2.2. No Violación de Contrato. ............................................................................................................................... 6 1.2.3. Medidas A Adoptarse. ..................................................................................................................................... 6 1.2.4. Prórroga de Plazos. .......................................................................................................................................... 7 1.2.5. Pagos. ............................................................................................................................................................... 7 1.2.6. Consultas. ........................................................................................................................................................ 7 2. Prestación de servicios de Supervisión. ................................................................................................................. 7 3. Antecedentes: ......................................................................................................................................................... 8 4. Justificación Técnica .............................................................................................................................................. 9 5. Objetivos ................................................................................................................................................................ 9 6. Trabajos Requeridos en el proyecto ejecutivo que deberán ser supervisados: ....................................................... 9 7. Ubicación de la Planta de Bombeo La Caldera .................................................................................................... 14 8. Facultades de la Supervisión. ............................................................................................................................... 15 8.1. Funciones. ...................................................................................................................................................... 15 8.2. Autoridad. ...................................................................................................................................................... 16 8.3. Responsabilidades de la Supervisión: ............................................................................................................ 17 8.4. Información y Comunicación. ....................................................................................................................... 20 8.5. Cantidades Aproximadas de los Principales Conceptos de Trabajo a Supervisar. ......................................... 22 9. ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS. ............................. 28 9.1. CNA-SUP-O1 Dirección, Supervisión y control de los servicios relacionados con la obra pública. ........... 28 9.2. CNA-SUP-02 Integración del Expediente Único de Obra Pública. .............................................................. 36 9.3. CNA-SUP-03 Bitácora. ................................................................................................................................ 41 9.4. CNA-SUP-05 Personal, Equipo de Transporte y de Informática. .................................................................. 44 9.4.1. Personal ......................................................................................................................................................... 44 9.4.1.1. Coordinador de Supervisión ...................................................................................................................... 45 9.4.1.2. Jefe de Proyecto “A” ................................................................................................................................. 47 9.4.1.3. Supervisor de Ingeniería. .......................................................................................................................... 48 9.4.1.4. Analista programador ................................................................................................................................ 49 9.4.1.5. Capturista de datos .................................................................................................................................... 50 9.4.2. Equipo de transporte. ..................................................................................................................................... 51 9.4.2.1. Camioneta Pick-up de ¾ de tonelada ........................................................................................................ 51 9.4.3. Equipo de informática. ................................................................................................................................... 51 9.4.3.1. Equipo de cómputo con servidor e impresora a color ............................................................................... 51 9.4.3.2. Equipo de cómputo personal e impresora a color ..................................................................................... 51 9.4.3.3. Equipo impresora de planos (plotter) a color ............................................................................................ 52 9.5. CNA-SUP-06 Finiquito de los trabajos de “El Proyectista”. ........................................................................ 52 9.6. CNA-SUP-07 Estimaciones y ajuste de costos e informes. .......................................................................... 53 9.6.1. Estimaciones y ajuste de costos a “El Proyectista” ........................................................................................ 53 9.6.2. Informe de avance Físico y Financiero. ......................................................................................................... 54 9.6.3. Informes semanales de Supervisión ............................................................................................................... 54 9.6.4. Informes mensuales de Supervisión ............................................................................................................... 55 9.6.5. Informe final de Supervisión ......................................................................................................................... 55 10. CATALOGO DE CONCEPTOS ................................................................................................................... 55 11. Finiquito de los servicios de supervisión y control de calidad ....................................................................... 56

1. Generalidades

1.1. Definición de términos. Dependencia: La Comisión Nacional del Agua, en adelante CONAGUA, órgano

desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de sus unidades administrativas: Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento, Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial y la Coordinación General de los Proyectos de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento del Valle de México.

Fideicomiso 1928 Para apoyar el Proyecto de Saneamiento del Valle de México: Es un contrato en fideicomiso con la participación de los Gobiernos Federal, del Estado de México y Distrito Federal suscrito para desarrollar de manera coordinada los estudios, proyectos y obras de infraestructura hidráulica indispensables, en la zona mencionada.

En dicho Fideicomiso se designó a la CONAGUA como Coordinador Técnico del Proyecto de Saneamiento del Valle de México, en adelante el “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Fiduciario: Para el manejo jurídico y administrativo de los recursos financieros, se designó al Banco Nacional de Obras y Servicios, S.N.C. en adelante “El Fiduciario”, en su carácter de Fiduciario en el Fideicomiso Número 1928.

Residencia: La representación directa de la Dependencia ante “El Proyectista” y terceros, para asuntos relacionados con la ejecución de los trabajos o derivados de ellos, en el lugar donde se ejecuta la obra pública y/o servicios relacionados con la misma, en adelante “Gerente del Proyecto”.

Supervisión: Persona física o moral contratada por la Dependencia para auxiliar al “Gerente del Proyecto” en la verificación técnica, control y revisión de la ejecución de la obra pública o los servicios relacionados con la misma, con apego a normas y especificaciones vigentes en sus aspectos de calidad, presupuestación, estimación, programación y seguridad.

Contratista: Persona física o moral responsable de la ejecución material de la obra pública o servicios relacionados con la misma, de acuerdo con las disposiciones contractuales establecidas por la Dependencia, en adelante “El Proyectista”.

Normas de Generales de Diseño y Construcción: Conjunto de disposiciones y requisitos generales establecidos por la Dependencia, que deben cumplirse para la planeación, diseño, ejecución, equipamiento y puesta en servicio de los trabajos.

Normas de Supervisión: Conjunto de disposiciones y requisitos generales establecidos por la Dependencia que deben cumplirse para la realización de actividades de verificación técnica, control y revisión de la ejecución de la obra pública y servicios relacionados con la misma.

Norma Oficial Mexicana (NOM): Aquella que establece las características que debe satisfacer un material, artículo o producto para garantizar la aptitud para

el uso a que está destinado, emitida por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

Especificaciones de la Dependencia: Conjunto de disposiciones, requisitos e instrucciones para una obra determinada, que modifican adicionan o sustituyen normas generales y que deben cumplirse para la ejecución, equipamiento y puesta en servicio de la obra, comprendiendo la medición y la base de pago de los conceptos de trabajo.

Proyecto Ejecutivo o Diseño Ejecutivo: Conjunto de documentos técnicos aprobados por la Dependencia que integran la información que servirá para llevar a cabo la construcción de una obra.

Concepto de Trabajo: Descripción del conjunto de operaciones y materiales que, de acuerdo con las normas y especificaciones respectivas constituye cada una de las partes en que se divide convencionalmente una obra pública o un servicio relacionado, con fines de medición y pago.

Números Generadores o Cuantificación: Información completa y detallada de los datos de ubicación, medición, así como las operaciones aritméticas necesarias para cuantificar los conceptos de trabajo por ejecutar y ejecutados.

Unidad: Lo que se indica convencionalmente para cuantificar cada concepto de trabajo, para fines de medición y pago (unidad de medida).

Precio Unitario: Importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse a “El Proyectista” por unidad de concepto terminado y ejecutado conforme al diseño ejecutivo, especificaciones y normas.

Precio Alzado: Importe de la remuneración o pago total fijo que debe cubrirse a “El Proyectista” por la obra totalmente terminada y ejecutada en el plazo establecido conforme al diseño ejecutivo, especificaciones y normas.

Presupuesto: Documento donde se indica el número de identificación del concepto, la descripción del mismo, la cantidad a ejecutar, su precio unitario, la unidad de medida y el importe parcial y total del mismo, a fin de determinar el monto de contratación.

Estimación: Documento en el que se consigna para efectos de pago la valuación de los trabajos ejecutados en determinado período aplicando los precios unitarios de los conceptos de trabajo pactados o el porcentaje del precio alzado.

Liquidación: Estimación final en la cual se ajusta el pago total de trabajos ejecutados en los términos del contrato.

Finiquito: Recepción de la obra pública o servicio relacionado contratada y presentación de la documentación requerida por la Dependencia.

Índice de Costo: Integración de todos y cada uno de los importes por unidad global de obra que tuvo y/o que tendrá que erogar la Dependencia para construir una obra.

Bitácora de obra: Cuaderno oficial que servirá como instrumento de comunicación entre el “Gerente del Proyecto” y la Supervisión, en el cual se asentarán los hechos y asuntos sobresalientes que en alguna forma afecte al proyecto, en adelante, bitácora.

Informe de Trabajo: Documento que contendrá la información necesaria para comunicar a la Dependencia el estado que guardan los trabajos, así como las situaciones que se hubieren presentado o se presuma que se presentarán durante el desarrollo de los mismos, y las alternativas de solución a problemas específicos.

Memoria de Trabajo: Informe final de los trabajos realizados durante la ejecución de la obra pública o servicios relacionados, así como la forma y términos en que fueron realizados los trabajos.

Laboratorio: Organismo de la Supervisión, auxiliar del “Gerente del Proyecto”, para encargarse de verificar, analizar y calificar antes de la ejecución de una obra, durante su ejecución o al finalizar ésta, el comportamiento de los suelos y materiales naturales y procesados, que se empleen para dicha obra.

Control de Calidad: Acciones programadas y sistemáticas de control de materiales, herramienta, equipos, procesos constructivos o de manufactura, que “El Proyectista” lleva a cabo, para garantizar el cumplimiento de la calidad especificada contractualmente, acciones que deben ser efectuados por la Supervisión. En su caso para asegurar la calidad de los materiales, equipos e insumos de los proveedores de “El Proyectista”.

Verificación de Calidad: Comprobación de los requisitos de calidad por parte de la Supervisión con apoyo en el laboratorio autorizado por el “Gerente del Proyecto” de la CONAGUA.

Requisitos de Calidad: Propiedades y características técnicas que deben cumplir los materiales naturales o elaborados, los componentes de equipos y sistemas, incluyendo los métodos de prueba con que se determinarán y las tolerancias aceptables; de ser el caso los requisitos de empaque, almacenamiento, identificación y manejo.

Prueba de Calidad: Ensaye normalizado efectuado en la planta del fabricante a los equipos y sistemas o sus componentes, para verificar su correcto funcionamiento previo a la autorización de su embarque y pruebas operativas de la partes de un sistema.

Prueba Operativa: Ensaye normalizado efectuado en el sitio de la obra a los equipos y sistemas o sus componentes ya instalados, para verificar su correcto funcionamiento.

Prueba de Montaje: Ensaye efectuado a las instalaciones, equipos y sistemas o sus componentes, una vez que estén en su posición final en obra, con su correspondiente correlación, para verificar de acuerdo con las especificaciones, su correcto funcionamiento, acorde al proyecto ejecutivo autorizado.

Programa de Ejecución: Documento en el que la Dependencia y “El Proyectista” establecen el orden y los plazos de inicio y terminación de cada uno de los conceptos de trabajo o fases del proyecto.

Programa de Erogaciones: Documentos en el que “El Proyectista” indica las cantidades de trabajo y los importes de cada concepto, que se compromete a ejecutar en cierto período de tiempo.

Causas de Poca Eficiencia: Fenómenos naturales, descompostura de equipos, retiros de maquinaria ó personal. Falla de liquidez, materiales, liberación de

terrenos, huelgas, etc. que afectan el avance normal y que originan atrasos a los programas originales del “El Proyectista” que puedan ser imputables a él o a la Dependencia y que deberán quedar consignadas en la bitácora para posteriores sanciones y remuneraciones extraordinarias a que hubiera lugar y queden debidamente justificadas para ambas partes.

1.2. Abreviaturas. TDR: Términos de Referencia. LOPSRM: Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma. EUOP: Expediente Único de la Obra Pública. RLOPySRM: Reglamento de la Ley de Obras Públicas. C.V.: Curriculum Vitae. D.I.: Datos de Invitación. C.F.M.: Causas de Fuerza Mayor.- Evento que escapa al control razonable de una de las

Partes y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan impráctico que pueda considerarse razonablemente imposible.

1.2.1. Definición. a.- Para los efectos de este Contrato “Fuerza Mayor” significa un evento que escapa al

control razonable de una de las partes y el cual hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa parte resulte imposible ó tan impráctico que pueda considerarse razonablemente imposible, en atención a las circunstancias, y que incluye, pero que no se limita a: guerra, motines, disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión, tormenta, inundación u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres empresariales u otras acciones de tipo industrial (excepto cuando tales huelgas, cierres o acciones industriales, están bajo el control y pueden ser impedidas por la parte que invoca la Fuerza Mayor). Confiscación o cualquier otra acción tomada por organismos Gubernamentales.

b.- No se considerará Fuerza Mayor ningún evento causado por la negligencia o intención de una de las partes o del Subconsultor, apoderados o empleados de esa parte, ni ningún evento que una parte diligente pudo razonablemente haber esperado tener en cuenta en el momento de celebrarse este Contrato y evitar o superar en el curso del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del mismo.

C.- No se considerará Fuerza Mayor la insuficiencia de fondos o la falta de cualquier pago requerido en virtud del presente Contrato.

1.2.2. No Violación de Contrato. La falla de una parte para cumplir cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato, no será considerada como violación de, o negligencia, bajo este Contrato, siempre que dicha falla se deba a un evento de Fuerza Mayor y a condición de que la parte afectada por tal evento haya adoptado todas las precauciones razonables, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato.

1.2.3. Medidas A Adoptarse. a.- La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor deberá tomar, todas las medidas

razonables a fin de eliminar el impedimento que exista para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, con la mínima demora posible.

b.- La parte afectada por un evento de Fuerza Mayor notificará a la mayor brevedad posible, y en todo caso a más tardar catorce (14) días después de la ocurrencia de tal evento, proporcionando evidencia sobre la naturaleza y el origen del mismo, y similarmente notificará sobre la normalización de la situación tan pronto como sea posible.

c.- Las partes adoptarán todas las medidas que sean razonables para atenuar las consecuencias de cualquier evento de Fuerza Mayor.

1.2.4. Prórroga de Plazos. Todo plazo dentro del cual cada parte debe, de conformidad con este Contrato completar cualquiera acción o tarea, se prorrogará por un período de tiempo igual a aquel durante el cual la parte no pudo ejecutar dicha acción como resultado del evento de Fuerza Mayor.

1.2.5. Pagos. Durante el período en que se viera impedido para prestar los servicios como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, el “El Proyectista” o Supervisor tendrá derecho a seguir recibiendo pagos de acuerdo con los términos de este Contrato, así como también a ser reembolsado por causas adicionales que razonablemente y necesariamente hubiera ocurrido durante ese período para los fines de la presentación de los servicios y la reanudación de éstos al término de dicho período.

1.2.6. Consultas. A mas tardar (30) días después de que el “El Proyectista” o Supervisor como resultado de un evento de fuerza mayor, se vea impedido de prestar una parte importante de los servicios, las partes se consultarán mutuamente con el fin de acordar las medidas que convenga adoptar en atención a las circunstancias.

2. Prestación de servicios de Supervisión. Para la ejecución de los trabajos motivo del presente contrato, las partes se sujetarán a lo dispuesto en la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma y su Reglamento.

La Supervisión está obligada a conocer la normatividad vigente aplicable en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma y será su responsabilidad la correcta aplicación e interpretación de ésta, quedando obligada a responder por los daños y perjuicios que con motivo de su intervención se presenten, debiendo en su caso resarcir el importe de los mismos.

La Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma y su Reglamento regulan las acciones de la Dependencia relativas a la planeación, estudios y diseños, programación, presupuestación, ejecución, conservación mantenimiento y control de obra a su cargo, y la autoriza a establecer los medios y procedimientos que se requieran para estos efectos.

En la etapa de ejecución de obra pública o servicios relacionados y con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 1º y 4º de dicha Ley, la Dependencia está facultada para contratar la Supervisión con empresas especializadas en estos servicios profesionales. Estas empresas deberán contar con la capacidad económica, la experiencia y el respaldo técnico, que sean congruentes con las características y magnitud de la Obra Pública o Servicios Relacionados por supervisar, para garantizar el cumplimiento de los alcances fijados contractualmente a juicio de la CONAGUA.

El marco que rige la presentación de los servicios de Supervisión está contenido en el contrato respectivo celebrado con la Dependencia, que incluye los alcances y anexos, de la cual forman parte las presentes normas que la CONAGUA expide de acuerdo a las características de la obra a realizar.

La Supervisión contratada se considera como extensión de la Dependencia en cuanto a su relación de trabajo; por lo tanto, debe estar integrada a la misma, identificarse plenamente con sus políticas y metas y ser corresponsables en la optimización de la calidad, costo, tiempo de ejecución y seguridad de la obra; así como ante las autoridades de control y vigilancia de la Federación.

Para desarrollar sus actividades, se requiere que la Supervisión tenga un conocimiento completo de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma y su Reglamento. Así como estructura y organización interna de la Dependencia, de los métodos y técnicas que emplea para controlar las distintas fases del proyecto, de las atribuciones de sus niveles jerárquicos en lo referente a la dirección y Supervisión de los trabajos, y de los canales adecuados de comunicación. Ello tiene como finalidad principal evitar la duplicidad de funciones entre la Dependencia y la Supervisión contratada y delimitar los campos respectivos de responsabilidad.

Las presentes Normas de Supervisión deben ser observadas obligatoriamente por las personas físicas o morales que presten este tipo de servicios a la CONAGUA.

La CONAGUA, por conducto del “Gerente del Proyecto”, tiene a su cargo la dirección de la obra pública y/o servicios relacionados con la misma, con la responsabilidad de dirigir, coordinar, orientar y evaluar a los grupos de trabajo que interviene en la ejecución de la obra y/o servicios, de los cuales forman parte la Supervisión y “El Proyectista”.

3. Antecedentes:

El constante crecimiento de la Zona Metropolitana del Valle de México ha provocado que los sistemas de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial sean de los más complejos en el mundo. Si a esta situación aunamos el hecho de que el subsuelo existente en el área metropolitana ha sufrido hundimientos importantes con el transcurso de los años, es fácil deducir que los problemas técnicos que se han tenido que enfrentar para que los sistemas de abastecimiento y desalojo de las aguas negras y pluviales operen adecuadamente han sido también muy complicados, agravándose particularmente durante la época de lluvias, lo que da por resultado la inundación de partes bajas de la Zona Metropolitana, con la consecuente afectación a los bienes y habitantes del valle de México.

Entre los proyectos a cargo del Fideicomiso No. 1928, con la CONAGUA como Coordinador Técnico, se encuentra la construcción de la primera etapa del Proyecto del Río de la Compañía que contempla diversas obras para la conducción de las aguas residuales y pluviales mediante la construcción de un túnel, del tramo comprendido entre la Planta de Bombeo No. 12 y la zona conocida como la “Z” o Puente Federal, considerada como la zona más crítica de asentamientos e inundaciones ya que ha tenido hundimientos diferenciales a lo largo de su trazo, que provocan el agrietamiento y eventual falla de sus taludes, con el consecuente desbordamiento de sus aguas.

Como complemento a la construcción de la primera etapa del Proyecto del Túnel del Río de la Compañía y como parte integral del Programa de Abastecimiento de Agua Potable y Saneamiento del Valle de México, se decidió proyectar la construcción de la Planta de Bombeo La Caldera, cuya función principal es la de traspalear las aguas combinadas provenientes del Túnel Río de la Compañía, para enviarlas al canal del mismo nombre. Este proyecto será contratado por le Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial con recursos federales de la CONAGUA.

El caudal previsto a manejar por la planta de bombeo es de es de 40 m3/s, caudal que contempla la construcción de las presas de regulación de las aguas de los ríos San Francisco y San Rafael, previstas para reducir los caudales pico en caso de ocurrir avenidas extraordinarias. Adicionalmente, el túnel Río de la Compañía desalojará las aguas residuales y de lluvia por cuenca propia de los municipios de Chalco, Valle de Chalco e Ixtapaluca.

4. Justificación Técnica

La CONAGUA ha decidido la construcción, entre otras obras, de la Planta de Bombeo La Caldera, que contribuirá al desalojo de las aguas residuales y pluviales de la cuenca del Valle de México elevando las aguas residuales y pluviales provenientes del túnel Río de la Compañía al canal del mismo nombre, para que por gravedad fluyan hacia el ex lago de Texcoco, evitando inundaciones en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México. La capacidad máxima de operación será de Q= 40 m3/s.

El Sistema permitirá el desalojo de las aguas combinadas del Río de la Compañía de los escurrimientos pluviales de la zona sur–oriente e interconectar los cauces Santo Domingo y San Francisco evitando con esto los riesgos de inundaciones en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Funcionará en servicio continuo para un caudal de hasta Q= 8 m³/s y en forma intermitente para el bombeo de los volúmenes hidráulicos excedentes de lluvia.

El agua en el cárcamo y en el túnel deberá estar siempre en el nivel de operación más bajo, de tal manera que las aguas negras no permanezcan dentro del túnel, a fin de reducir azolves y evitar descomposición y malos olores en la zona.

5. Objetivos

El objetivo general de estos términos, es sentar las bases para licitar la Supervisión Técnica del Proyecto Ejecutivo de la Planta de Bombeo La Caldera, dicho proyecto ejecutivo incluirá los trabajos de Topografía y Geotecnia, el análisis Hidráulico, las Ingenierías Civil y Electromecánica y el Diseño Arquitectónico, así como el proyecto de las interconexiones, conducciones de descarga entre los cárcamos, cuya realización se efectuará en base a las normas técnicas aplicables, para las condiciones de servicio previstas, observando aspectos de impacto ambiental y que deberá de contener los elementos técnicos, económicos y administrativos necesarios y suficientes para poder llevar a cabo la licitación, construcción, equipamiento, pruebas y puesta en operación de la planta de bombeo descrita.

El objetivo de la Empresa de Supervisión es el de apoyar a la CONAGIUA en el proceso de revisión de la ingeniería básica y de detalle, licitación, contratación y Supervisión en la ejecución de los proyectos ejecutivos de la Planta de Bombeo La Caldera a cargo de la Gerencia de Infraestructura de Drenaje y del Coordinador Técnico del Proyecto, con apego a lo previsto en la normatividad de la CONAGUA, en la legislación aplicable vigente y de acuerdo a los montos, plazos y condiciones que se pacten en los contratos respectivos. Así como, elaborar los reportes periódicos que se requieran.

6. Trabajos Requeridos en el proyecto ejecutivo que deberán ser supervisados:

Para el logro de lo anterior, la CONAGUA determinó la ejecución de la infraestructura hidráulica necesaria descrita como sigue:

El Proyecto de la Planta de Bombeo La Caldera, a licitar por separado y a ser supervisado por el Licitante ganador de la convocatoria a que se asocian estos términos de referencia, se desarrollará para desalojar las aguas residuales y pluviales provenientes del túnel Río de la Compañía al canal del mismo nombre, para que por gravedad fluya hacia el ex - lago de Texcoco. En una etapa posterior, está previsto continuar con el túnel hasta la Planta de Bombeo Casa Colorada, integrándose al proyecto general de drenaje del Valle de México.

El alcance del proyecto ejecutivo conceptualiza diseño hidráulico y electromecánico, topografía, mecánica de suelos, proyecto civil-estructural, en complemento a diseño de estructuras y locales diversos, selección de equipos y auxiliares, para la planta de bombeo La Caldera, por ubicarse en la margen derecha del Río de la Compañía, que deberá denotar operatividad global, eficiente, confiable y alto índice de continuidad de servicio, a entera satisfacción de la Comisión Nacional del Agua.

Se estima evidente el requerimiento de alto índice de continuidad de servicio requerido en la planta de bombeo, destinada a operatividad crítica al manejo de precipitaciones pluviales. En adición se deberá de contemplar funcionamiento en estiaje, en situaciones de emergencia operativa del esquema actual de alcantarillado, conllevando presencia de aguas negras crudas sépticas con arrastre de sólidos diversos, arena y elementos fibrosos.

Las características de aplicación de la Planta de Bombeo La Caldera y los riesgos sociales asociados a no alcanzar servicio pleno conllevan requerimiento imperativo de obtener 100% de confiabilidad operativa del proyecto. Lo anterior conduce a la necesidad de disponer de equipos de bombeo y cribado de confiabilidad funcional extrema, complementado por esquema propio de generación eléctrica que muestre capacidad de 100 % de la carga eléctrica principal, mediante la selección de grupos electrógenos de emergencia que denoten características técnicas pertinentes, equipados con arreglo de transferencia automático.

El Proyecto estará integrado por obras subterráneas y superficiales, túneles de interconexión, edificios en superficie para alojar los diferentes equipos electromecánicos, depósitos de combustibles, canales, área de control y administrativa.

El proyectista estudiará y definirá la conveniencia de utilizar o no la lumbrera L4 del Túnel Río de La Compañía para instalar las rejillas o construir una lumbrera para ese fin, dejando la L4 únicamente como lumbrera de llegada y salida con control mediante compuertas

El proyectista deberá realizar el diseño del cárcamo o los cárcamos de bombeo con las dimensiones y geometría requeridas para alojar los conjuntos motor-bomba. El diseño definitivo de la estructura podrá conceptualizarse con carácter de cárcamo húmedo o seco, en función de requerimientos específicos técnico-operativos del esquema hidráulico, confiabilidad operativa, riesgos de inundación, maniobras de montaje y extracción de equipos, limitaciones técnicas de unidades de bombeo, características de mantenimiento preventivo-correctivo de conjuntos bomba-motor eléctrico y demás aspectos complementarios.

En la lumbrera de llegada del túnel, en la cual se realizará el análisis por el proyectista de la conveniencia de ubicar en esta estructura las compuertas de seccionamiento; el equipamiento de la(s) lumbrera(s) de rejillas con su mecanismo de limpieza, su transportador de basura, tolva recolectora y contenedores que realizarán el transporte de la basura hacia un lugar adecuado de almacenamiento o en su defecto permitirá el desalojo de la misma por un camión recolector, cárcamos de bombeo, contemplando en el diseño los elementos disipadores de energía de los volúmenes de agua influentes a las estructuras hidráulicas, evitando severas turbulencias que

pudieran afectar el funcionamiento de equipos tales como las rejillas de limpieza entre otros, el arreglo que deberán contemplar los cárcamos será mediante equipos de bombeo operando mediante energía eléctrica y/o sistema de combustión interna de acuerdo al estudio que realice el proyectista a fin de seleccionar un equipo de bombeo adecuado. Los canales de descarga para cada cárcamo y para el vertido al canal Río de la compañía, serán superficiales, con sección y dimensiones más eficientes con su configuración adecuada para conducir el volumen del agua bombeada sin rebosamiento y sin afectar las instalaciones existentes y que garantice el funcionamiento hidráulico óptimo de la estructura.

La Planta de Bombeo objeto de este documento está destinada a traspalear 40.00 m3/s de aguas residuales y pluviales, régimen constante, estimando tasa variable de aportación hidráulica a la instalación de bombeo. Lo anterior soportará número variable de unidades de bombeo en servicio simultáneo, controladas operativamente en función de nivel de agua en la planta, mediante arreglo ultrasonido.

La Supervisión deberá de vigilar y dar seguimiento al correcto desarrollo del Proyecto Ejecutivo y, por consiguiente, deberá considerar y comprender los alcances que se han definido al proyectista para el desarrollo de dicho Proyecto Ejecutivo, siendo, entre otros, lo que a continuación se señalan:

El arreglo de conjunto con todos los elementos que integrarán la Planta de Bombeo.

Las actividades de ingeniería de la empresa deberán definir en forma confiable las referencias expresadas en párrafos anteriores a satisfacción de la Comisión Nacional del Agua, reflejando diseño definitivo que garantice mantener gasto constante de 40.00 m3/s de agua residual y pluvial.

La selección del equipamiento de la lumbrera de llegada del túnel, en la cual se analizará la conveniencia de ubicar las compuertas de seccionamiento o el equipamiento de la(s) lumbrera(s) de rejillas con su mecanismo de limpieza, su transportador de basura y tolva recolectora, así como sus contenedores.

El proyectista deberá de considerar que a fin de realizar protección primaria de los equipos de bombeo y el manejo confiable de presencia repentina de basura arrastrada por el agua residual, en condición de precipitación pluvial, la instalación deberá contar con rejillas automáticas con paso libre mediante ranuras verticales, cobertura rastrillo de limpieza aguas arriba y característica limpieza de reja fija en intervalos consecutivos.

El proyectista deberá de contemplar en el diseño la conveniencia de disponer de elementos disipadores de energía de los volúmenes de agua influentes a las estructuras hidráulicas, evitando severas turbulencias que pudieran afectar el funcionamiento de los equipos.

El proyectista deberá de garantizar en la lumbrera de rejillas la adecuada uniformidad de flujo hidráulico de aproximación a los equipos de limpieza, destacando la condición de diferentes grados de obturamiento de las rejillas destinadas a la captura de sólidos arrastrados por las aguas residuales. Ya que lo anterior podría provocar severa vorticidad que alcance al cárcamo de bombeo con las consecuencias inherentes en el mal funcionamiento de los equipos de bombeo.

El proyecto hidráulico-funcional de los cárcamos de bombeo requeridas para alojar los conjuntos motor-bomba, que se definirán con base en el análisis hidráulico que realizará el

ofertante ganador, considerando el número, gasto y carga de las bombas, las separaciones, las sumergencias, los niveles, los NPSH y en general todos los parámetros necesarios que deban cumplir para su eficiente y económico funcionamiento conforme al HIS última versión.

Se estima contar con número variable de conjuntos bomba motor, alojados en cárcamo multiceldas. La Planta de Bombeo se someterá a ordenamientos de HIS, observando situación de número variable de bombas en servicio simultáneo. Cada celda dispondrá de dispositivos para limitación y control de aspectos de pre-rotación masa, uniformidad de distribución de velocidades, vorticidad superficial y sumergida.

La metalurgia del conjunto bomba-motor deberá de contemplar la agresividad del medio, considerando aspectos corrosivos provocados por ataque químico directo, electroquímico (celdas galvánicas y de concentración), picadura, íntergranular, erosión hidráulica-mecánica y combinación corrosión-esfuerzo mecánico.

La selección de equipos de bombeo deberá contemplar la circunstancia de niveles hidráulicos similares en zonas aguas arriba y abajo, situación que definirá un extremo del rango operativo de la unidad.

La sección mecánica abarcará equipos de bombeo, rejillas de limpieza, compuertas, obturadores tipo aguja, fontanería de descarga de unidades de bombeo, sistema de recepción, centrifugado, enfriamiento, en su caso, almacenamiento y distribución de agua de servicios en base hidroneumático, desagüe pluvial y sanitario, etc.

La metalurgia de equipos de la estación de bombeo será congruente con el ámbito hostil, garantizando vida útil mínima de 20 años, requiriéndose pertinente respaldo técnico.

El proyectista deberá de considerar la información disponible del estudio de mecánica de suelos o la que el mismo proyectista desarrolle para este proyecto. Esta situación será confirmada en base a los ensayos y análisis que realice la empresa proyectista.

Para la especificación de los equipos de bombeo, se deberá de establecer que los mismos estarán sujetos a pruebas de comportamiento funcional en fábrica, mostrando alcance a satisfacción de la Convocante, observando carácter de resultados índice. Se contemplará aspecto definitorio lo relativo a campo reflejando el comportamiento bomba – cárcamo al manejo del agua residual citada en este documento.

Se considera de importancia fundamental el aspecto de eficiencia hidráulica de la unidad de bombeo, en consecuencia deberá respaldarse ampliamente el aspecto mediante documentación técnica y/o ensayos de laboratorio publicados por el fabricante original, complementado por información comprobable de aplicaciones similares con servicio mínimo de 5 años.

En general el Alcance del Proyecto y, por consiguiente de la Supervisión, deberá considerar cualquier equipo o aspecto complementario que permita servicio eficiente, confiable y alto índice de continuidad operativa de la instalación completa, a satisfacción de la Convocante y sujeta a la normatividad técnica aplicable.

El proyecto deberá de considerar los servicios necesarios para el buen funcionamiento de la planta, entre otros: la subestación eléctrica, los grupos electrógenos para garantizar continuidad plena de servicio, aún en situación de falla en suministro por parte de CLFC, la planta de

bombeo deberá de disponer de esquema de generación propia de energía eléctrica, mediante grupos electrógenos integrados por generador síncrono y motor de combustión interna, combustible diesel, de características técnicas pertinentes, los tableros, los cableados, la consola de control, los sistemas de tierra y apartarrayos, el alumbrado y en general los servicios auxiliares requeridos para el correcto y eficiente funcionamiento de la planta.

Los edificios, entre otros los que alojen y protejan a los equipos como son: la generación de energía eléctrica, los tableros, los centros de control de motores, el banco y cargador de baterías, la consola de operación, los cuartos de bombas para los servicios con sus cisternas, los almacenes, la caseta de control de acceso vehicular y peatonal, las oficinas y en general las estructuras que conformarán la Planta de Bombeo.

El área de servicios, para los baños, regaderas, lockers, cocineta y comedor, la vialidad en el interior de la planta, el patio de maniobras, el área de almacenamiento temporal de desechos sólidos, la bodega para la herramienta y almacén de materiales de consumo y refacciones, el estacionamiento, la barda perimetral, el suministro de agua potable y para servicio, el desalojo de aguas residuales y pluviales, los bancos de ductos eléctricos, etc.

La instalación de fuerza dispondrá de esquema de corrección de factor de potencia mediante ensambles capacitor-inductor o mediante la utilización de bancos de capacitores automáticos.

Para garantizar operatividad de interruptores de potencia, considerados tipo aislamiento y ruptura en vacío, en subestación eléctrica y centros de control de motores, así como alumbrado de emergencia en cuarto de mando de la estación se deberá de contar con banco de baterías plomo-ácido, cargador flotación/igualación en corriente directa y alimentación trifásica.

El esquema eléctrico contemplará protección contra efectos de descargas atmosféricas en zonas próximas a acometida eléctrica y directa en ámbito de la estación de bombeo, complementado por red de tierras, red distribución y alimentación en base a cables de energía con pantalla eléctrica aterrizada, aislamiento EPR, redes de distribución trifásica, circuitos de control y señalización, tableros diversos de distribución, tableros de transferencia entre arreglos de servicio preferente y emergencia, conexión a tierra mediante resistencia de neutro de transformadores de potencia y generadores síncronos de grupos electrógenos, canalizaciones visibles y subterráneas en banco de ductos PVC, alumbrado exterior en postería, montaje articulado, con luminarias de aditivos metálicos, iluminación interior constituida por lámparas fluorescentes, alumbrado exterior de casetas e interior de estructuras hidráulicas, en función de lámparas aditivos metálicos, banco-cargador de baterías plomo-ácido, arreglo de corrección factor de potencia y compensación armónica.

La globalidad de las acciones inherentes a la instalación la Planta de Bombeo La Caldera deberá mostrar característica de control de calidad, acreditado por ISO-9001.

El proyectista a quién se le asignen los trabajos, tramitará con LyFC, la obtención de datos que se requieran para desarrollar la Ingeniería Eléctrica de la Planta de Bombeo, entre otros, voltaje en acometida de la subestación, energía de suministro dependiendo de la potencia a consumir, arreglo de subestación, corto circuito trifásico y monofásico a tierra, capacidad interruptiva en punto de acometida, medición, instrumentación, etc. y en general todos los requerimientos y recomendaciones que garantice la estabilidad del suministro dentro de los estándares nacionales e internacionales.

El proyectista deberá de obtener con oportunidad de la compañía suministradora la factibilidad de servicio eléctrico, así como la participación de la unidad verificadora de instalaciones de obra eléctrica para el proyecto ejecutivo. La unidad verificadora deberá de emitir la certificación de cumplimiento de Proyecto Ejecutivo.

Es importante que, para los fines de preparación de su propuesta y después para la ejecución de los proyectos, los licitantes y el Proyectista consideren que en el transcurso de los primeros tres meses habrá de tenerse totalmente terminado el Proyecto de la Obra Civil, de tal forma que se puedan iniciar las actividades propias a la Licitación y Construcción de la Planta de Bombeo. El Licitante que así no lo considere será automáticamente descalificado.

7. Ubicación de la Planta de Bombeo La Caldera

El proyecto de la Planta de Bombeo La Caldera se ubica en el municipio de Ixtapaluca, Estado de México.

Se cuenta con el predio para la construcción de la Planta de Bombeo La Caldera, localizado en la margen derecha del canal Río de la Compañía, antes del cruce del río con la carretera federal México-Puebla, con una superficie de 11,204.70 m².

Fig. 1. Ubicación de las lumbreras L-4, y el trazo del túnel en el último tramo.

PREDIO PARA LA P.B. LA CALDERA SUP. 11, 204.70 M2

LINEA DE TRANSMISIÓN CLyFC DE 23 KV.

COL. PUEBLO DE SAN JUAN TLALPIZAHUAC MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, EDO. DE MÉX.

Fig. 2 Ubicación de la Planta de Bombeo “La Caldera”

8. Facultades de la Supervisión.

8.1. Funciones.

El “Gerente del Proyecto” es responsable de vigilar que se cumplan las disposiciones establecidas en las Normas de Supervisión y verificar que los anexos (generadores, precios unitarios del catálogo, programa de los trabajos, diseños, planos ejecutivos, cuantificaciones, oficios de autorización de precios unitarios, ajuste de costos, etc.) de las estimaciones estén completas con respecto a los conceptos considerados en la estimación.

La Supervisión será responsable de solventar ante el área competente si se llegara a pagar conceptos de trabajo no ejecutados ó de mala calidad, además si se llegara a cantidades de trabajo en exceso por dolo del supervisor y del “El Proyectista”, reintegrará a la Tesorería de la Federación el importe de las deductivas más sus cargos correspondientes por cobros indebidos en que hubiese incurrido.

La CONAGUA, a través de la Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial y/o el “Coordinador Técnico del Proyecto” se reserva el derecho de que, el personal y plantilla que aplique la Supervisión durante la realización de los servicios sea previamente aprobado en forma mensual, con 15 días naturales de anticipación, pudiendo ser mayor o menor que la plantilla programada y/o cotizada, en función de las necesidades de los trabajos a supervisar.

Las funciones de la Supervisión son las indicadas a continuación, a título enunciativo pero no limitativo; inclusive, se detallan las actividades correspondientes a estas funciones.

a. Auxiliar al “Gerente del Proyecto” en todo lo relativo a la obra pública o servicio que supervisa en el sitio donde éstos se ejecutan, en la dirección y coordinación de los mismos, para efecto de toma de decisiones, dando cumplimiento a sus objetivos y prioridades.

b. Verificar y controlar que los trabajos, en sus aspectos de calidad, costo, tiempo y seguridad, se realicen conforme a lo pactado contractualmente, con apego a normas y especificaciones de proyecto, las modificaciones autorizadas, el programa y presupuesto respectivos, así como hacer cumplir las órdenes que reciba por escrito, del “Coordinador Técnico del Proyecto”.

c. Cuantificar y evaluar las cantidades de trabajo ejecutadas para efecto de pago a “El Proyectista”, en los períodos establecidos, hasta su finiquito y presentar para aprobación del “Gerente del Proyecto” todo lo anteriormente citado.

d. Mantener actualizados los documentos del proyecto, recopilando las adecuaciones y modificaciones que tuvieron lugar durante el proceso de revisión técnica, para que se asienten en los planos definitivos.

e. Informar diaria y oportunamente al “Gerente del Proyecto” acerca del desarrollo de los trabajos en todos sus aspectos de orden técnico, administrativo y de seguridad, desde el inicio hasta la recepción de los servicios que se supervisan.

f. Constatar la terminación de los trabajos, participando en la recepción del proyecto ejecutivo de “El Proyectista” y a solicitud del “Gerente del Proyecto”.

g. Llevar a cabo el control de información del proyecto ejecutivo: bitácoras, archivo de los documentos contractuales, así como las comunicaciones con el “Gerente del Proyecto” y “El Proyectista”.

h. A petición expresa del “Gerente del Proyecto”, la Supervisión deberá determinar rendimientos reales que permitan verificar precios unitarios o establecer nuevos precios, previa conciliación con las partes que intervengan, haciendo las observaciones pertinentes a la metodología utilizada.

i. En términos generales es la responsable de realizar todas las gestiones que sean necesarias de acuerdo con lo indicado en los términos de referencia y a lo indicado en la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento.

8.2. Autoridad.

a. El “Gerente del Proyecto” será auxiliado por la Supervisión en las funciones descritas anteriormente en estas Normas, o las que considere conveniente ampliar o modificar, notificándolo por escrito.

b. En consecuencia de la cláusula anterior, la Supervisión queda facultada para tomar las decisiones correspondientes al ejercicio de sus funciones, acordes con su responsabilidad, misma que deberán ser puestas a la consideración del “Gerente del Proyecto”; las órdenes respectivas deberán transmitirse siempre por escrito.

c. El “Gerente del Proyecto” podrá revocar por escrito cualquier decisión de la Supervisión que a su juicio no proceda porque lesione los intereses, se contraponga con las metas y los objetivos de la CONAGUA o no cumpla con los requisitos pactados contractualmente.

d. El “Gerente del Proyecto” es responsable de vigilar que se cumplan las disposiciones establecidas en las Normas de Supervisión y verificar que los anexos (generadores, precios unitarios del catálogo, programa de los trabajos, diseños, planos ejecutivos, cuantificaciones, oficios de autorización de precios unitarios, ajuste de costos, etc.) de las estimaciones estén completas con respecto a los conceptos considerados en la estimación.

e. La Supervisión será la responsable directa en el control y revisión de la ejecución de los trabajos, incluyendo la cuantificación de cantidades de trabajo, obtención de los números generadores, verificación y aprobación de las estimaciones presentadas por el “El Proyectista”.

f. La Supervisión previo acuerdo con el “Gerente del Proyecto” está autorizada para:

1. Rechazar los trabajos mal ejecutados, los materiales y equipos que no cumplan con los requisitos de calidad o que no correspondan con los requerimientos de los trabajos por ejecutar.

2. Exigir a “El Proyectista” que tome las medidas y emplee los recursos necesarios para dar cumplimiento a los programas de ejecución de los trabajos.

3. Exigir a “El Proyectista” que respete las medidas y emplee los recursos necesarios para dar cumplimiento a los programas de ejecución de los trabajos.

4. Proponer al “Gerente del Proyecto” las adecuaciones de planos, especificaciones y procedimientos para su implantación en el proyecto ejecutivo, siempre que signifique una mejoría al proyecto, no modifique el proyecto en su concepción, comportamiento estructural, seguridad de ejecución o implique variaciones significativas en dimensionamiento o especificaciones.

g. La Supervisión no está autorizada para: 1. Revocar las instrucciones que reciba del “Gerente del Proyecto”. 2. Hacer concesiones en el alcance del contrato para la ejecución de los trabajos,

contenido en el proyecto y sus especificaciones. 3. Aprobar compromisos y convenios verbales o escritos relacionados con los

trabajos que supervisa. 4. Hacer cambio en los planos y especificaciones del proyecto, sin la aprobación

previa del “Gerente del Proyecto”. 5. Aprobar u ordenar que “El Proyectista” ejecute trabajos que en su realización

pudieran interferir con obras o instalaciones que estén en operación, sin autorización del “Gerente del Proyecto”.

6. Liberar pagos de reclamaciones de “El Proyectista”. 7. Aprobar precios unitarios o factores de escalación no considerados en el

catálogo o incorporados al contrato mediante los procedimientos establecidos. 8. Cambiar los programas y fechas pactadas contractualmente sin contar con la

aprobación del “Gerente del Proyecto”. 9. Ordenar a “El Proyectista” la suspensión parcial o total de los trabajos.

Todos los puntos anteriores mencionados, deberán acordarse con el “Coordinador Técnico del Proyecto” y recabar por escrito sus autorizaciones o modificaciones que procedan.

8.3. Responsabilidades de la Supervisión:

La Supervisión está obligada a dar cumplimiento a las instrucciones generadas por el “Coordinador Técnico del Proyecto”, para lo cual debe considerar lo que se detalla a continuación:

a. Los oficios, de cualquier índole, recibidos por el “Coordinador Técnico del Proyecto”, provenientes de Dependencias del Sector Público, escritos de particulares o asociaciones de carácter civil, los que previa consulta con el “Coordinador Técnico del Proyecto” habrá de acatar o, en caso, preparar las respuestas necesarias.

b. Otras que produzcan durante la ejecución de los trabajos. c. En referencia a su relación de trabajo con el “Gerente del Proyecto” y “El Proyectista”,

la Supervisión es responsable de:

1. Cuidar los intereses de la CONAGUA, desempeñando sus funciones de acuerdo a la más estricta ética profesional.

2. Conocer los canales de comunicación de la CONAGUA, y las atribuciones de sus niveles jerárquicos que intervienen en la ejecución de los trabajos.

3. Tener un conocimiento completo de las normas de diseño, especificaciones de materiales, especificaciones de construcción y de los objetivos que persigue.

4. Conocer los contratos de servicios y los anexos de los mismos. 5. Apegarse a las disposiciones, a los requisitos legales aplicables en cada caso

indicados en las referencias, que regulan la contratación y ejecución de la Obra Pública, así como la de los propios servicios.

6. Aceptar las consecuencias de las decisiones que tome en el cumplimiento de sus funciones.

7. Las omisiones y extralimitaciones en que incurra en el ejercicio de sus funciones, y alcances establecidos en el contrato.

8. Proponer al “Gerente del Proyecto” aquellas acciones que en alguna forma redunden en beneficio de proyecto, ya sea en calidad, costo, tiempo o seguridad.

9. Mantener informado al “Gerente del Proyecto” con veracidad y oportunidad. 10. Entregar puntualmente, con la periodicidad establecida, las estimaciones,

informes o reportes pactados contractualmente. 11. Proporcionar los datos necesarios para que el “Gerente del Proyecto” o cualquier

otro organismos, facultado, vigile la ejecución del proyecto, así como el cumplimiento de sus propias funciones.

12. Asistir a las juntas técnicas o administrativas que convoque el “Gerente del Proyecto”.

13. Cumplir con las normas de Supervisión y acatar las instrucciones que le transmita el “Gerente del Proyecto”.

14. Responder ante los organismos de control y vigilancia internos y externos, de las acciones ejecutadas en el ejercicio de sus funciones y por un periodo de 2 años después de finiquitado el contrato de Supervisión.

d. En lo referente a la implementación de sus servicios, la Supervisión es responsable de:

1. Disponer de la organización interna necesaria para dirigir y controlar los servicios prestados, integrando la estructura de trabajo que se requiera, compatible con el programa de trabajo para la ejecución de los trabajos, contar con el personal técnico suficiente debidamente capacitado para las funciones de Supervisión que se le han asignado.

2. Proponer y definir conjuntamente con el “Gerente del Proyecto” la mecánica, procedimientos, formas de control y comunicación en todos los aspectos inherentes a la vigilancia de la ejecución del proyecto, entregando un organigrama con los nombres de los responsables de cada área y dándolo a conocer a “El Proyectista”.

3. Contar con equipo e instrumentos suficientes, en buen estado y de la precisión requerida por las características de los trabajadores que supervise.

4. Integrar y mantener actualizado el archivo de los documentos del proyecto y de los registros que reflejan plenamente la Supervisión que efectúa; en especial, en su caso, entregar al “Gerente del Proyecto” toda la documentación comprobatoria de la evaluación del proyecto para su custodia.

e. En lo referente al seguimiento del proyecto, la Supervisión es responsable de:

1. Verificar que dispone de la información histórica, normas y especificaciones suficientes para iniciar las diferentes etapas de ejecución de los trabajos. En caso contrario, solicitar con la debida anticipación la información faltante, indicando la fecha en que a más tardar debe recibirla para poder cumplir con el programa del proyecto.

2. Verificar e informar al “Gerente del Proyecto” sobre la congruencia del proyecto, especificaciones y procedimientos constructivos con la naturaleza de los trabajos por ejecutar.

3. Verificar la elaboración de los procedimientos de construcción conforme a los estudios de ingeniería básica realizados para que queden explícitamente indicados en los planos y especificaciones del proyecto con carácter de obligatoriedad; en caso de que no estén consignados en dichos documentos, revisar conjuntamente con “El Proyectista” los procedimientos que éste proponga, para comprobar su factibilidad de ejecución, presentando al “Gerente del Proyecto” su opinión al respecto.

4. Constatar y someter al “Gerente del Proyecto” para su aprobación las etapas significativas de ejecución de los trabajos a medida que progresen.

5. Informar a su inmediato superior, al “Gerente del Proyecto” de la obra, de los avances de obra ejecución de los trabajos, de los problemas detectados y de las medidas que se tomaron para su corrección.

6. Dar seguimiento a las correcciones de anomalías hasta su solución, para que se anote en la bitácora, tanto la anomalía detectada como la fecha en que se solucionó.

7. Elaborar los generadores de trabajos ejecutados, conciliándolos con los que presente “El Proyectista”.

8. Revisar y conciliar con “El Proyectista”, las actividades, los rendimientos obtenidos y los recursos utilizados, en los conceptos que no existan precios unitarios, reportándolos a su inmediato superior.

9. Hacer cumplir la orden del “Gerente del Proyecto” para que “El Proyectista” reponga o rehaga por su cuenta y a la mayor brevedad, los trabajos que no hayan quedado ejecutados conforme a las especificaciones y normas de proyecto.

10. Verificar que el programa de ejecución de los trabajos cumpla con las fechas establecidas por el “Gerente del Proyecto”, en cuanto a entregas parciales de ingeniería básica, especificaciones, catálogo de conceptos e integración de los anexos técnicos para la licitación de la obra. Comprobar el cumplimiento del programa comparando el avance real de los trabajos contra el programado; analizar las desviaciones y las posibles medidas de corrección para cumplir con las fechas establecidas.

11. Cuantificar los trabajos ejecutados con las unidades convenidas en el contrato y poner a la consideración del “Gerente del Proyecto” para que sea conciliada con “El Proyectista”.

12. Verificar que la cuantificación de trabajos ejecutados consignados en los números generadores, correspondan a las mediciones efectuadas y estén clasificados correctamente por concepto y precio unitario, con estricto apego al alcance establecido en el catálogo vigente o bien corresponda a los porcentajes del precio alzado pactado, según el avance de una porción determinada de los trabajos. Será responsable del pago en exceso y responderá por esto a los Órganos de Control.

13. Cuantificar las cantidades de trabajos ejecutados, y de ser el caso, hacer la gestión de exigir a “El Proyectista” la devolución de los pagos realizados en exceso, con sus respectivos intereses.

14. No cuantificar los conceptos de trabajo que no cumplan con las normas y especificaciones pactadas en tanto no se corrijan o responda. Canalizar las reclamaciones que presente “El Proyectista” para su resolución.

15. Garantizar a la CONAGUA el cumplimiento del contrato de Supervisión con una fianza equivalente al 10% del importe del servicio contratado, expedida a favor de la Tesorería de la Federación.

16. Atender todas las auditorias que se presenten durante la vigilancia del contrato y hasta 2 años posteriores a la firma del acta-entrega recepción del contrato.

17. Participar cuando la CONAGUA lo requiera en el proceso de entrega – recepción y el finiquito correspondiente de los trabajos ejecutados.

18. Dar cumplimiento a lo establecido en las especificaciones particulares de Supervisión y en general a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas y Normatividad vigente.

f. Cumplir las responsabilidades señaladas en las cláusulas que preceden, el caso contrario ameritará que la persona física o moral responsable de la Supervisión, sea acreedora a las sanciones que se establezcan en el clausulado del contrato y, de ser necesario, a la rescisión de su contrato.

8.4. Información y Comunicación.

a. La Supervisión propondrá al “Gerente del Proyecto” para su aprobación, los sistemas de información oportuna y comunicaciones que permitan recopilar y transmitir, de manera completa, objetiva y sistemática la información relativa al estado que guardan las actividades relevantes del proyecto y del procedimiento de ejecución de los trabajos, así como para darle el debido seguimiento desde el inicio hasta su terminación, recepción y entrega que se considere en el catálogo de conceptos.

b. Los instrumentos básicos de comunicación serán: los documentos del proyecto, las minutas de las reuniones técnicas, los oficios, boletines y memorándums girados por el “Gerente del Proyecto”, de “El Proyectista” y la Supervisión. El cuaderno de Bitácora, así como todos ellos debidamente firmados por los responsables directos de su emisión manejo.

c. Todas las comunicaciones que incidan en la calidad, costo, tiempo de ejecución y de seguridad de la obra que se proyecta se harán por escrito.

d. El “Gerente del Proyecto” será el conducto de comunicación entre la CONAGUA y la Supervisión, para todo asunto relacionado con la ejecución de los trabajos.

e. El “Gerente del Proyecto” girará sus instrucciones a “El Proyectista” marcando copia de ello a la Supervisión para todo asunto relacionado con la realización de los trabajos.

f. Las comunicaciones de la Supervisión a “El Proyectista” deberán dirigirse siempre a su representante legalmente autorizado, con copia al “Gerente del Proyecto”.

g. Los formatos de los documentos de comunicación que utilice la Supervisión deberán ser aprobados previamente por el “Gerente del Proyecto”, en cuanto a su estructura, contenido y tipo de presentación descriptiva, analítica o gráfica y complementarse con los instructivos necesarios para ser llenados correctamente.

h. El cuaderno de Bitácora contará con instrucciones impresas sobre su manejo, en los términos establecidos por el “Gerente del Proyecto”.

i. A título enunciativo pero no limitativo, ya que podrán variar de acuerdo a las necesidades especificas del “Gerente del Proyecto”, los reportes de la Supervisión se referirán a la siguiente información:

1. Control del presupuesto, del programa de erogaciones y de la cuantificación y estimación de los trabajos ejecutados

2. Control de avance numérico y gráfico de las actividades más representativas de la elaboración de los proyectos de ingeniería básica y de detalle, respecto a las programadas; causa y magnitud de las desviaciones.

3. Reportes fotográficos y de videos del avance y de los detalles de los procedimientos en la ejecución de los trabajos de campo.

4. Información concerniente a las condiciones e incidencias especiales ocurridas durante la prestación de los servicios y registradas en el cuaderno de Bitácora.

5. Auxiliar al “Gerente del Proyecto” en la documentación técnica que fuese requerida durante la prestación de los servicios.

6. Los reportes serán periódicos, debiéndose entregar en las fechas fijadas por el “Gerente del Proyecto”, o extraordinarios cuando lo amerite la problemática surgida durante la prestación de los servicios.

8.5. Cantidades Aproximadas de los Principales Conceptos de Trabajo a Supervisar. Las cantidades aproximadas de los principales conceptos de trabajo del proyecto ejecutivo de a Planta de Bombeo La Caldera por supervisar son las siguientes:

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

1 ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Docto. 1

2 5.1 RECOPILACIÓN Y ANÁLISIS DE INFORMACIÓN. Docto. 1

3 5.2 VISITAS TÉCNICAS AL SITIO DE LOS TRABAJOS. Visita 3

5.3 TOPOGRAFÍA

4 5.3.1 Nivelación de precisión para dar cota al banco de nivel que referenciará la altimetría del estudio. Km. 7

5 5.3.2 Levantamiento topográfico Ha 1.5

6 5.3.3 Referenciación y monumentación Mojonera 10

7 5.3.4 Procesamiento de datos. Estudio 1

8 5.3.5 Planos topográficos. Plano 2

5.4 GEOTECNIA

9 5.4.1 Reconocimiento geológico Estudio 1

5.4.2 Exploración y muestreo de campo

10 Movimiento y retiro del equipo al área de trabajo. Mov. 2

11 Movimiento entre sondeos; por ejemplo, concluido el de cono eléctrico para realizar el sondeo de penetración estándar. Mov. 21

12 Sondeo de cono eléctrico de 0 a 30 m de profundidad; incluye ademe. m. 135

13 Sondeo de cono eléctrico de 30 a 60 m de profundidad; incluye ademe. m. 90

14 Sondeo de penetración estándar en suelos blandos ínter estratificados con suelos duros, de 0 a 30 m. de profundidad con recuperación de muestras alteradas.

m. 135

15 Sondeo de penetración estándar en suelos blandos ínter estratificados con suelos duros, de 30 a 60 m. de profundidad con recuperación de muestras alteradas.

m. 90

16 Sondeo selectivo con recuperación de muestras inalteradas de 0 a 30 m. de profundidad. m. 135

17 Sondeo selectivo con recuperación de muestras inalteradas de 30 a 60 m. de profundidad. m. 90

18 Sondeo mixto con recuperación de muestras alteradas e inalteradas hasta 10 m. de profundidad m 40

19 Avance con broca tricónica hasta 6" en suelos con ínter estratificación de materiales duros de 0 a 30 m de profundidad. m. 225

20 Avance con broca tricónica hasta 6" en suelos con ínter estratificación de materiales duros de 30 a 60 m de profundidad. m. 135

21 Instalación de ademe metálico recuperable de 0 a 30 m de profundidad. m. 310

22 Instalación de ademe metálico recuperable de 30 a 60 m de profundidad. m. 180

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

23 Excavación de pozos a cielo abierto (PCA) con área de 2.00 x 2.00 m y profundidad máxima de 3.00 m cada pozo. m. 9

24 Obtención de muestras cúbicas a partir de los PCA (en estrato más blando y en estrato más resistente). Muestra 6

5.4.3 Ensayes de Laboratorio.

25 Contenido natural de agua. Prueba 620

26 Límites de consistencia. Prueba 620

27 Clasificación SUCS. Prueba 104

28 % de finos Prueba 104

29 Peso volumétrico. Prueba 104

30 Densidad de sólidos. Prueba 104

31 Prueba de compresión triaxial UU (serie de tres probetas) sin consolidación ni drenaje, con determinación de E. Prueba 104

32 Prueba de compresión triaxial CU (serie de tres probetas) con consolidación, sin drenaje, con determinación de E. Prueba 104

33 Prueba de consolidación unidimensional, con determinación de E. Prueba 104

34 5.4.4 Diseño de cimentaciones Diseño 1

35 5.4.5 Diseño del pavimento Diseño 1

36 5.4.6 Informe del Estudio Geotécnico. Informe 1

37 5.5 FUNCIONAMIENTO HIDRÁULICO. Estudio 1

5.6 PROYECTO EJECUTIVO DE LA PLANTA DE BOMBEO

38 5.6.1 Estudio de opciones Estudio 2

5.6.2 Proyecto Arquitectónico.

39 5.6.2.1 Arreglo de conjunto Estudio 2

40 5.6.2.1.1 Planos Arquitectónicos de Conjunto:

41 Planta del arreglo de conjunto incluyendo obras principales, áreas de servicios y áreas verdes. Plano 1

42 Plano general de ejes. Plano 1

43 Plano general de acabados Plano 1

44 Plano general de instalación hidrosanitaria Plano 1

45 Plano general de instalación eléctrica Plano 1

5.6.2.2

Proyecto Arquitectónico de edificios. El proyecto arquitectónico incluirá los edificios de la planta de bombeo, de acuerdo a los alcances referidos en el punto 5.6.2.2 de los términos de referencia (incluye memorias de cálculo, especificaciones y cantidades de obra).

46 Edificio de Generación Proyecto 1

47 Planos arquitectónicos Plano 6

48 Edificio de Operación y Control con medio baño (incluye centro de control de motores y tableros de media tensión): Proyecto 1

49 Planos arquitectónicos Plano 6

50 Edificio de servicios generales (incluye almacén, baños, regaderas, lockers, cocineta y comedor) Proyecto 1

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

51 Planos arquitectónicos Plano 6

52 Cuarto de servicios (bombas contra incendio, bombas para diesel, sistema de enfriamiento, aire comprimido y sistema hidroneumático).

Proyecto 1

53 Planos arquitectónicos Plano 6

54 Caseta de vigilancia con medio baño Proyecto 1

55 Planos arquitectónicos Plano 5

56 Almacén temporal de residuos sólidos Proyecto 1

57 Planos arquitectónicos Plano 5

5.6.3 Proyecto Estructural

5.6.3.1

Proyecto Estructural de lumbreras, edificios y estructuras.- El proyecto estructural incluirá las lumbreras, los edificios y estructuras de la planta de bombeo, de acuerdo a los alcances referidos en el punto 5.6.3.1 de los términos de referencia (incluye planos, memorias descriptiva y de cálculo, procedimientos constructivos y cantidades de obra).

58 5.6.3.1.1 Lumbrera de llegada y salida con control mediante compuertas. Proyecto 1

59 Planos Estructurales Plano 6

60 5.6.3.1.2 Lumbrera de rejillas con su mecanismo de limpieza, su transportador de basura y tolva recolectora Proyecto 1

61 Planos Estructurales Plano 20

62 5.6.3.1.3 Cárcamos de bombeo Proyecto 2

63 Planos Estructurales Plano 40

64 5.6.3.1.4 Conexión entre la lumbrera de compuertas y la lumbrera de rejillas. Proyecto 1

65 Planos Estructurales Plano 5

66 5.6.3.1.5 Conexiones entre la lumbrera de rejillas con los cárcamos de bombeo. Proyecto 1

67 Planos Estructurales Plano 10

68 5.6.3.1.6 Estructuras de descarga al Río de la Compañía Proyecto 1

69 Planos Estructurales Plano 8

70 5.6.3.1.7 Subestación eléctrica Proyecto 1

71 Planos Estructurales Plano 10

5.6.3.1.8 Edificios:

72 A) Edificio de generación Proyecto 1

73 Planos Estructurales Plano 10

74 B) Edificio de operación y control con medio baño (incluye centro de control de motores y tableros de media tensión). Proyecto 1

75 Planos Estructurales Plano 8

76 C) Edificio de servicios generales (almacén, baños, regaderas, lockers, cocineta y comedor). Proyecto 1

77 Planos Estructurales Plano 4

78 D) Cuarto de servicios (bombas contra incendio, bombas para Diesel, sistema de enfriamiento, aire comprimido y sistema hidroneumático).

Proyecto 1

79 Planos Estructurales Plano 4

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

80 E) Caseta de vigilancia con medio baño. Proyecto 1

Planos Estructurales Plano 1

81 F) Almacén temporal de Residuos Sólidos. Proyecto 1

82 Planos Estructurales Plano 1

83 5.6.3.1.9 Tanques para Diesel y área de control de derrames. Proyecto 1

84 Planos Estructurales Plano 6

85 5.6.3.1.10 Cisternas para agua de servicios generales y contra incendio. Proyecto 1

86 Planos Estructurales Plano 4

87 5.6.3.1.11 Ductos, registros y trincheras. Proyecto 1

88 Planos Estructurales Plano 2

89 5.6.3.1.12 Atraques y silletas Proyecto 1

90 Planos Estructurales Plano 1

91 5.6.3.1.13 Cajas de válvulas Proyecto 1

92 Planos Estructurales Plano 1

5.6.4 Proyecto de Servicios Generales

93 5.6.4.1 Agua potable Proyecto 1

94 Planos de proyecto de la red de agua potable. Plano 2

95 5.6.4.2 Drenaje sanitario y pluvial. Proyecto 1

96 Planos de proyecto de la red de drenaje sanitario y pluvial. Plano 2

97 5.6.4.3 Red del sistema contra incendio. Proyecto 1

98 Planos de proyecto de la red del sistema contra incendio. Plano 2

99 5.6.4.4 Red de riego de áreas verdes Proyecto 1

100 Planos de proyecto de la red de riego de áreas verdes Plano 2

101 5.6.4.5 Vialidad, estacionamiento, patio de maniobras, guarniciones y banquetas. Proyecto 1

102 Planos de proyecto de la vialidad, estacionamiento, patio de maniobras, guarniciones y banquetas. Plano 2

103 5.6.4.6 Barda perimetral con concertina. Proyecto 1

104 Planos de proyecto de la barda perimetral con concertina. Plano 1

105 5.6.4.7 Áreas verdes. Proyecto 1

106 Planos de proyecto de áreas verdes Plano 1

5.6.5 Proyecto Electromecánico

107 5.6.5.1 Proyecto mecánico.- El proyecto mecánico de todas las estructuras de la planta de bombeo se realizará de acuerdo a los alcances referidos en el punto 5.6.5.1 de los términos de referencia.

Proyecto 1

Planos de obra mecánica conforme a lo especificado en el punto 5.6.5.1 inciso d) de los términos de referencia:

108 Arreglo general de la Planta de Bombeo. Planta y cortes. Plano 1

109 Arreglo general del cárcamo de bombeo. Planos en planta, elevación, cortes y detalles donde se aprecie la distribución de los conjuntos motor-bomba, la fontanería y válvulas y la geometría del cárcamo.

Plano 2

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

110 Planta, cortes y detalles de compuertas, con sus mecanismos de operación manual y eléctrica. Plano 2

111 Planta, cortes y detalles de rejillas con su mecanismo de limpieza automático. Plano 2

112 Planta, cortes y detalles de transportador de basura y tolva recolectora. Plano 2

113 Planta, cortes y detalles de grupos electrógenos con todos sus accesorios. Plano 2

114 Planta, cortes y detalles del sistema de diesel hasta los grupos electrógenos (tanques, bombas y tuberías) Plano 2

115 Planta, cortes y detalles de grúa puente viajera para el edificio de generación. Plano 1

116 Planta, cortes y detalles de grúa telescópica fija (en caso de requerirse) para mantenimiento de grupos motor-bomba, compuertas y rejillas. Plano 1

117 Sistema de agua de servicios, planta cortes y detalles Plano 1

118 Sistema de aire comprimido, Planta, Cortes y Detalles Plano 1

119 Sistema de agua de enfriamiento, Planta, cortes y detalles Plano 1

120 Sistema de agua contra incendio Planta cortes y detalles Plano 1

121 Sistema contra incendio diluvio plantas cortes y detalles Plano 1

122 Sistema contra incendio a base de bióxido de carbono en cuarto de generación, planta cortes y detalles Plano 1

123 Sistema contra incendio a base de bióxido de carbono en CCM’s, planta cortes y detalles Planos 3

124 Sistema contra incendio a base de bióxido de carbono en cuarto de control, planta cortes y detalles Plano 1

125 Grúa puente o polipasto para generación plano 1

126 Bases de diseño mecánicas Docto. 1

127 5.6.5.2 Proyecto Eléctrico.- El proyecto eléctrico de todas las estructuras de la planta de bombeo se realizará de acuerdo a los alcances referidos en el punto 5.6.5.2 de los términos de referencia.

Proyecto 1

Planos de obra eléctrica conforme a lo especificado en el punto 5.6.5.2 inciso d) de los términos de referencia:

128 Diagrama unifilar general, incluye generación. Plano 1

120 Diagrama trifilar en media tensión. Plano 1

121 Diagrama unificar, C.C.M. y tablero de distribución. Plano 1

122 Arreglo general de la subestación. Planta, cortes y detalles. Plano 1

123 Arreglo general del tablero de distribución, centro de control de motores y banco de capacitores. Planta, cortes y detalles. Plano 1

124 Arreglo general del centro de generación. Planta y cortes. Plano 1

125 Ductos, registros y trincheras. Planta, cortes y detalles. Plano 2

126 Distribución de fuerza y control. Planta, cortes y detalles. Plano 2

127 Cédula de conduits y cables. Plano 1

128 Alumbrado y contactos del edificio de operación. Planta, cortes y detalles. Plano 1

129 Alumbrado y contactos del edificio de generación. Planta, cortes y detalles. Plano 1

130 Alumbrado y contactos exterior de la subestación, de los cárcamos de bombeo, de las rejillas y compuertas y áreas circundantes. Planta, cortes y detalles.

Plano 1

131 Sistema de tierras y pararrayos para la subestación. Planta, detalles y lista de materiales. Plano 1

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

132 Sistema de tierras y pararrayos para la planta de bombeo. Planta, detalles y lista de materiales. Plano 1

133 Banco y cargador de baterías Plano 1

134 Diagrama esquemáticos de protección Plano 1

135 Distribución de fuerza y control para agua de servicios y sistema contra incendio. Planta cortes y detalles Plano 1

136 Distribución de fuerza y control para el sistema de aire y de agua de enfriamiento. Planta cortes y detalles. Plano 1

137 Diagramas unifilares en baja tensión Planos 3

138 Distribución de pararrayos listas de materiales y detalles de instalación Plano 1

139 Arreglo general de distribución de altoparlantes, intercomunicación, sistema de seguridad Planos 2

140 Bases de Diseño Eléctricas Docto. 1

5.6.5.3 Trámites y proyecto ejecutivo para el suministro de la energía eléctrica a la planta de bombeo.

141 Recopilación de información y trámites necesarios para la factibilidad del servicio. Docto. 1

142 Proyecto ejecutivo de la línea de alimentación en alta tensión a la planta de bombeo. Proyecto 1

143 Planos de proyecto ejecutivo de la línea de alimentación. Plano 1

7 ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN

144 Obra civil de la planta de bombeo Docto 1

145 Obra mecánica y de equipo de la planta de bombeo, incluye cuestionario técnico para cada especificación, según lo indicado en el alcance de las especificaciones

Docto 1

146 Obra eléctrica y de equipo de la planta de bombeo, incluye cuestionario técnico para cada especificación, según lo indicado en el alcance de las especificaciones

Docto 1

8 CATÁLOGOS DE CONCEPTOS DE OBRA

147 Catálogo integral de la planta de bombeo que contenga: obra civil, mecánica y eléctrica Docto. 1

9 PRESUPUESTOS

148 Presupuesto base integral de la planta de bombeo que contenga: obra civil, mecánica y eléctrica Docto. 1

149 10 MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS Y DE LA PLANTA DE BOMBEO EN SU CONJUNTO Docto 1

11 PRODUCTOS A ENTREGAR Y SU FORMA DE PRESENTACIÓN

150 11.1 Volumen I. Documentación de concurso para la construcción de la Planta de Bombeo Docto 6

151 11.2 Volumen II. Documentación de apoyo Docto 4

152 11.3 Volumen III. Presupuesto base Docto 3

153 11.4 Volumen IV. Planos Docto 4

154 12 LÁMINAS DE PRESENTACIÓN Lámina 3

No. CLAVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD DE TRABAJO

155 13 INFORMES MENSUALES Informe 7

156 14 INFORME FINAL Docto 4

9. ESPECIFICACIONES PARTICULARES PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.

El presente capítulo se integra con las actividades siguientes:

CNA-SUP-01 Dirección, Supervisión y control de los servicios relacionados con la obra pública.

CNA-SUP-02 Integración del Expediente Único de Obra Pública y servicios relacionados.

CNA-SUP-03 Bitácora.

CNA-SUP-04 Control de Calidad.

CNA-SUP-05 Personal, equipo de transporte, topografía, laboratorio, cómputo e impresión y radiocomunicación.

CNA-SUP-06 Finiquito de los trabajos de “El Proyectista”.

CNA-SUP-07 Estimaciones y ajuste de costos e informes.

En cada una de ellas, se menciona la forma de medición y pago al cual estarán sujetas.

9.1. CNA-SUP-O1 Dirección, Supervisión y control de los servicios relacionados con la obra pública.

a. Definición:

Consiste en llevar a cabo las actividades de Supervisión de los servicios relacionados con la obra pública así como las acciones necesarias de certificación, confrontación, comprobación, verificación y revisión que se deben realizar durante y al finiquito de la ejecución de los trabajos contratados, siguiendo los criterios establecidos por la normatividad vigente en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma, con apego a normas y especificaciones generales y particulares para la ejecución de estudios y proyectos en sus aspectos de programación, presupuestación, programación, calidad, pago, funcionalidad y seguridad.

b. Alcances:

La Supervisión durante la ejecución del proyecto ejecutivo de las Planta de Bombeo La Caldera en todos sus componentes (equipos y su selección) y sus estructuras que la componen (estructuras de derivación y control, conducciones, estructuras de descarga al túnel, lumbreras

de caída y adosadas, colectores y toda la obra civil que sea necesaria para que los caudales que se vierten al Río de la Compañía se capten, conduzcan y descarguen adecuadamente al túnel) deberá efectuar la coordinación, dirección, Supervisión y control del proyecto ejecutivo a realizar, así como su finiquito; por consiguiente es responsabilidad de la Supervisión la integración e identificación de las políticas y metas establecidas por la CONAGUA y ser corresponsables en la consecución del objetivo común; optimizar la calidad, costo, tiempo-ejecución y seguridad de los servicios relacionados con la obra pública que supervisará.

La Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial, por si misma o a través del “Coordinador Técnico del Proyecto” será la autoridad en todo lo referente al proyecto y ejecución de los servicios relacionados con la obra pública, y estará auxiliada por la Supervisión en las funciones que se describen a través de los presentes términos, o las que considere conveniente ampliar o modificar, notificándolo por escrito. La Supervisión queda facultada para tomar las decisiones correspondientes al ejercicio de sus funciones, acorde con su responsabilidad, misma que deberán ser puestas a consideración del “Coordinador Técnico del Proyecto”. LAS ÓRDENES RESPECTIVAS DEBERÁN TRANSMITIRSE SIEMPRE POR ESCRITO.

La Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial, por si misma o a través del “Coordinador Técnico del Proyecto” podrá revocar por escrito cualquier decisión de la Supervisión que a su juicio no proceda porque lesione los intereses, se contraponga con las metas y los objetivos de la CONAGUA o no cumpla con los requisitos pactados contractualmente.

La Supervisión será la única responsable de la obtención de los volúmenes y calidad de obra ejecutada, reportada y pagada en las estimaciones correspondientes, de acuerdo con la Normatividad vigente.

En términos enunciativos, pero no limitativos, las funciones a desarrollar durante la coordinación, dirección, Supervisión y control de los servicios relacionados con la obra pública a su encargo serán las siguientes:

c. Actividades previas a la ejecución de los servicios relacionados con la obra pública:

Previo al inicio de la ejecución de los servicios relacionados con la obra pública, la Supervisión deberá llevar a cabo las siguientes: actividades; mismas que deberá tomar en cuenta para incluirlas en el Concepto 9.4 denominado “Personal, equipo de transporte, topografía, cómputo e impresión” del catalogo de conceptos o en donde indique las especificaciones particulares.

Establecer en forma permanente con quince días de anticipación al inicio de la ejecución de los servicios relacionados con la obra pública, oficinas que para el efecto suministre en el sitio, mismas que deberán contar con la capacidad suficiente para alojar al personal, equipo y archivos de obra; contando las instalaciones correspondientes con energía eléctrica, agua, y otros servicios que se requieran, acondicionadas para proporcionar las facilidades necesarias para llevar a cabo los trabajos, apegándose a lo estipulado en las NORMAS CNA-SUP-05.- Personal, equipo de transporte, topografía, laboratorio, cómputo e impresión.

Entregar al “Coordinador Técnico del Proyecto” y a “El Proyectista” un organigrama con los nombres de los responsables de cada área en la Supervisión, tanto en la obra como en sus oficinas centrales, acompañando al mismo un currículum de los profesionales, técnicos y demás personal que intervenga. Asimismo, deberá solicitar en correspondencia la misma información tanto al “Gerente del Proyecto” como a “El Proyectista”.

Establecer conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” y “El Proyectista” un directorio de la obra, con los datos de los servidores públicos y representantes respectivos, de manera que se puedan localizar fácilmente, así como los correspondientes a las autoridades, dependencias y organismos que guarden relación con los servicios relacionados con la obra pública.

Recabar del “Coordinador Técnico del Proyecto” los documentos relativos a catálogo General de conceptos, precios unitarios, contrato, programas de ejecución, de montos mensuales de utilización de mano de obra, de suministros, de utilización de la maquinaria de equipo de construcción; y en su caso, los documentos correspondientes a permisos y licencias oficiales de “El Proyectista” que resulte ganadora.

Iniciar la integración de EUOP (Expediente Único de obra Pública), lo que realizará de acuerdo con lo señalado en la Norma CNA-SUP-02.- Integración de Expediente Único de Obra Pública; así como en sus oficinas centrales, en la que llevará una debida clasificación de la documentación generada, proponiendo los formatos correspondientes para llevar a cabo la revisión y control inherentes a la actividad mencionada.

Obtener del “Coordinador Técnico del Proyecto” la apertura de la bitácora de coordinación dirección y Supervisión de obra, y hacer lo propio con la bitácora, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Norma CNA-SUP-03.- Bitácora, de estos términos de referencia.

Asistir a las juntas convocadas por el “Coordinador Técnico del Proyecto” para revisar las relaciones de trabajo y canales de comunicación entre los que participen en la ejecución de la obra.

Programar conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” y la Coordinación de “El Proyectista” ejecutora de la obra, la información concerniente al lugar así como liberación y/o fecha de apertura, ubicación de oficinas, bodegas e instalaciones de campo y fecha de apertura de los diferentes frentes de trabajo, bancos de tiro o desperdicio de los materiales producto de las excavaciones.

Revisar conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” y la Coordinación de “El Proyectista”, las normas de vigilancia, seguridad, higiene, colindancias e interferencias con la vía pública.

Programar los trámites y eventos necesarios ante las diversas Dependencias y organismos que intervienen directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos, aplicando el seguimiento de la documentación, de las aprobaciones y/o modificaciones que sean necesarias.

Establecer conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” la matriz de autoridad correspondiente.

Investigar y definir conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” del Proyecto los bancos de depósito temporal así como posibles problemas de regalías, indemnizaciones y accesos a los bancos, investigar si existen en el lugar instalaciones subterráneas existentes que puedan interferir la ejecución de la obra y emitir un dictamen al respecto.

d. Actividades que debe realizar la Supervisión durante la ejecución de los trabajos.

Durante la ejecución de los trabajos, la Supervisión deberá llevar a cabo las siguientes actividades; mismas que deberá tomar en cuenta para incluirlas en el Concepto 5.5.

Denominado “Personal, equipo de transporte, topografía, laboratorio, cómputo e impresión y laboratorio” del catalogo de conceptos ò en donde indiquen las especificaciones particulares.

1) Actividades generales.

Durante la ejecución de los trabajos, la Supervisión desempeñará las siguientes actividades generales:

Recibir físicamente en conjunto con “El Proyectista”, las referencias de trazo y bancos de nivel de partida que entregue el “Coordinador Técnico del Proyecto”, para su debida conservación y observación durante la ejecución de los trabajos.

Señalar físicamente, si se conocen, con el apoyo de “El Proyectista”, las instalaciones subterráneas existentes en el sitio que interfieran con la ejecución de la obra.

Transmitir en forma adecuada y oportuna a “El Proyectista” las instrucciones propias y las que reciba del “Coordinador Técnico del Proyecto”, de manera que su actuación sea preventiva más que correctiva.

Proporcionar a “El Proyectista” el apoyo técnico que requiera para interpretar los documentos del proyecto.

Dar solución a los problemas constructivos de orden técnico, siempre que ello no signifique un cambio sustancial al proyecto original o incida en un aumento importante del costo del contrato (mayor del 25%), en el programa de ejecución o afecte su seguridad; en cuyo caso, presentará al “Coordinador Técnico del Proyecto” un informe detallado del problema especifico, conteniendo además las alternativas de solución su evaluación en costo y tiempo, para que el “Gerente del Proyecto” efectúe la toma de decisiones correspondientes.

En el caso de que las modificaciones estén en el supuesto del artículo 59 párrafo 2 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con los mismas, deberá, con anticipación ponerlos a consideración de las Autoridades Superiores indicadas en los artículos antes mencionados justificando con razones fundadas y explícitas para autorizar o no dichas modificaciones y/o convenios.

Programar conjuntamente con “El Proyectista” las etapas de aprobación de las inspecciones que efectúe, para no interferir con el proceso constructivo, excepto cuando sea necesario por incumplimiento de los requisitos pactados contractualmente.

Asistir a las juntas de trabajo programadas por el “Coordinador Técnico del Proyecto”, participar en el análisis y resolución de los problemas que interfieran con el avance de los trabajos, ya sean de carácter técnico o administrativo; en su caso, elaborar y entregar a los interesados la minuta respectiva.

Revisar conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” y el “El Proyectista”, el equipo necesario y suficiente así como su correcta utilización, de acuerdo a las necesidades de la obra, comparándolo con el propuesto en el programa original.

Efectuar la reprogramación de la obra obligada por factores tales como, insuficiencia de asignación presupuestal, factores meteorológicos, condiciones reales diferentes a las licitadas, cambio de proyecto, y cualquier otra.

Elaborar los generadores y las estimaciones en tiempo y forma de la obra ejecutada por “El Proyectista” de acuerdo a lo indicado por la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas y artículo 47 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.

Mantener actualizado al archivo de la realización de la obra, teniendo especial cuidado en anular los documentos y/o planos que ya no sean válidos por haber sufrido modificaciones y actualizando los planos de las partes de la obra que hayan tenido modificaciones.

Vigilar, conjuntamente con el responsable a “El Proyectista”, el cumplimiento de los requisitos de seguridad que deben observarse en la ejecución de la obra, mismos que se encuentran establecidos en los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en la materia, así como en los instructivos específicos de la CONAGUA.

Prever con anticipación y durante el avance de la obra, las posibles afectaciones y su indemnización correspondiente.

Formulación mensual de reportes de avances físicos, financieros, de beneficios y metas y otros documentos

2) Control de Programas

En la fase de ejecución de los trabajos, a la Supervisión le correspondan las siguientes actividades referentes a la verificación y avance físico de los trabajos.

Solicitar a “El Proyectista” oficialmente la designación mediante carta poder del responsable por parte de ella para firmar toda la documentación oficial.

Solicitar a “El Proyectista” que entregue dentro del plazo que le haya fijado el “Coordinador Técnico del Proyecto”, los programas detallados de construcción para cada frente de trabajo y el programa general integrado a partir de los anteriores, que deberán respetar los lineamientos fijados por la CONAGUA en su programa maestro, en cuanto a las fechas de inicio y terminación de las diferentes etapas de la obra, coordinación con contratistas de otras especialidades y recepción de suministros. Asimismo, los subprogramas correspondientes a los recursos necesarios y los colaterales referentes a la valuación de los trabajos y a su pago.

Recabar de “El Proyectista” como mínimo, los siguientes subprogramas:

De maquinaria y equipo de construcción, indicando sus características y cantidad para cada frente de trabajo, debiendo corresponder a lo ofertado en su propuesta.

De suministro de materiales, productos y equipos que forman parte de la obra cuya entrega sea responsabilidad de “El Proyectista”.

De recursos humanos, clasificando las necesidades de personal calificado por especialidad y categoría.

Solicitar y revisar conjuntamente con “El Proyectista” los programas de montos mensuales de los trabajos, obtenidos a partir del presupuesto de concurso y de los programas de ejecución general y detallada de construcción de cada frente de trabajo. Determinar la incidencia de los cambios presupuestales y del flujo de las estimaciones, en el programa de montos mensuales de los trabajos.

Para efectos de implantación y seguimiento de los trabajos, exigirle a “El Proyectista” que los programas y subprogramas se representen mediante diagrama de barras referidos a períodos de calendarios expresados en días. Queda a juicio del “Coordinador Técnico del Proyecto” solicitar además otro tipo de presentación los cuales, en todo caso deberán tener rubros o actividades claramente identificables, con las fechas pactadas contractualmente, y señalar con la simbología apropiada las actividades criticas; consignar las cantidades de trabajo por ejecutar en los períodos en que se divida ( nunca mayor de un mes ), utilizando unidades de medición de los trabajos congruentes con los conceptos enlistados y unidades de tiempo acordes con el tipo de programa, la velocidad de avance y periodicidad de revisión.

Verificar que los programas contemplen las limitaciones impuestas por factores ajenos a la responsabilidad de “El Proyectista” (permiso de explosivos, instalaciones, temporada de lluvia, actividades de manejo del río, accesos, licencias, etc.) previo al inicio y durante la construcción. Recepción del proyecto, preparación del sitio o sus accesos, entrega de predios, liberación de interferencias.

Conjuntamente con “El Proyectista”, revisar los programas, cerciorándose de que contengan todas las actividades esenciales para realizar el proyecto ejecutivo, que estén enlistadas y agrupadas ordenadamente de acuerdo con una secuencia lógica de diseño, que sus duraciones sean adecuadas y correspondan a las condiciones en campo, que cumplan con la fecha de iniciación, la de entrega de diferentes etapas del proyecto a proyectistas de otras especialidades. Revisar que los programas de montos de los trabajos correspondan a las cantidades asignadas a cada período y a los importes calculados en los presupuestos de obra.

Para efectuar la revisión de los programas de montos de los trabajos, la Supervisión podrá exigir a “El Proyectista” que le proporcione todos los datos básicos que haya utilizado en la formulación de los programas como son: planeación y estrategia de construcción definidas a partir de los lineamientos de la CONAGUA; lógica de ejecución consignada en diagrama de precedencia, restricciones de tiempo pactadas contractualmente, así como las de orden físico, financiero o relativas a la seguridad de la obra; el cálculo de la duración de las actividades; y la inclusión de contingencias y tiempos de ejecución parciales y total de la obra y de las holguras de sus actividades con apoyo en las técnicas que se utilizan para este efecto o en las que específicamente exija el “Coordinador Técnico del Proyecto”. Asimismo, los presupuestos de obra que se consideraron para el flujo de los recursos económicos.

Corroborar que los tiempos asignados a las actividades programadas sean congruentes con los recursos y rendimientos, así como con las cantidades de obra por ejecutar.

Analizar los programas propuestos por “El Proyectista” y emitir la opinión respecto a su aceptación o modificación, turnándolos al “Coordinador Técnico del Proyecto” con las observaciones que apoyen su consideración, a efecto de que dictamine lo conducente.

Implantar en los trabajos estos programas, (debidamente firmados por el “Gerente del Proyecto”, la Supervisión y “El Proyectista”) una vez aprobados por el “Coordinador Técnico del Proyecto”, los que tendrán carácter de documentos contractuales, verificando que no exista ningún frente de trabajo que carezca de programa.

Verificar el cumplimiento de los programas por parte de “El Proyectista” para garantizar las fechas de entrega pactadas contractualmente, comparando la producción real contra la programada, con la periodicidad de revisión preestablecida o la que amerite la problemática de avance de la obra. Para este efecto se hará un levantamiento de las cantidades de obra ejecutadas en el período, que puedan considerarse por terminadas, las que se medirán en las mismas unidades que las consignadas en el programa, así como las de la obra que estén en

proceso, ponderando su grado de avance. En forma análoga se tratará el control de avance de los proveedores.

Reportar oportunamente y de acuerdo con su relevancia, las desviaciones que se presentan como resultado de la comparación del cumplimiento de “El Proyectista” con respecto a la producción real contra la programada, para tomar las medidas correctivas a la brevedad. Investigando las causas de retraso, indicando si son imputables a “El Proyectista” por falta de recursos, omisión de actividades en el programa de obra, falla de equipo, apreciación equivocada de rendimientos, etc., o bien, son responsabilidad de terceros, señalando también el motivo de las mismas.

Aislar las actividades críticas que acusen atrasos de la restantes del programa, para darle un seguimiento especialmente detallado en el proceso de revisión y estudiar conjuntamente con “El Proyectista” si éstos pueden recuperarse con acciones correctivas que sean realistas en cuanto a los recursos necesarios, ajustando los programas en consecuencia con las decisiones que el “Coordinador Técnico del Proyecto” tome al respecto.

Cuando la solución mencionada en el inciso anterior no sea posible o existan otros factores como cambio de proyecto, de procedimientos constructivos, o situaciones impredecibles, y los atrasos conduzcan al incumplimiento de algunas de las fechas pactadas contractualmente, proponer conjuntamente con “El Proyectista” las reprogramaciones parciales o totales que se ameriten, acordes con los objetivos establecidos por la CONAGUA.

Analizar conjuntamente con el “Coordinador Técnico del Proyecto” las alternativas de reprogramación de la obra, en caso de que por razones explícitas y fundadas así los solicite “El Proyectista” o sea necesario llevarlas a cabo; por lo anterior la Supervisión deberá anotar en la bitácora todas las justificaciones que procedan para las reprogramaciones o ampliaciones al plazo de ejecución originalmente pactado.

En caso de que la asignación presupuestal sea insuficiente para la conclusión del contrato y éste rebase el ejercicio presupuestal del año, la Supervisión está obligada a brindar apoyo al “Coordinador Técnico del Proyecto” para generar los trámites y oficios que deberán ser sometidos a la autorización de la CONAGUA.

3) Control Presupuestal.

A la Supervisión le corresponde ejecutar las actividades referentes a la revisión y actualización del presupuesto de obra, el seguimiento de su ejercicio y la formalización de estimaciones para efectos de pago a “El Proyectista”, debiendo respetar la hoja de ruta para tal fin establecida por la CONAGUA.

Lo anterior implica darle seguimiento al procedimiento de legalización de la asignación anual correspondiente, autorización de la orden de pago, ajustes de costos, etc.

Durante el desarrollo de la obra, y en caso de proceder según el régimen del contrato: actualizar los presupuestos conjuntamente con “El Proyectista”, con la periodicidad que la CONAGUA fije, cuando se presenten cambios o adecuaciones al proyecto, cancelación de trabajos o realización de trabajos extraordinarios, ajuste de precios unitarios, omisiones o correcciones, reclamaciones procedentes a juicio del “Coordinador Técnico del Proyecto” y otros factores que modifiquen el costo, remitiendo los resultados obtenidos al “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Modificar los programas de montos de los trabajos, en consecuencia con los presupuestos analizados y/o las reprogramaciones.

En paralelo con la verificación de los programas de ejecución de los trabajos, dar seguimiento a los de montos de los trabajos, comparando periódicamente los importes reales contra los considerados originalmente y señalando los motivos de las desviaciones que se presenten y proponiendo las soluciones.

En el supuesto de existir obra que exceda el monto del contrato, informar al “Coordinador Técnico del Proyecto” la necesidad de efectuar las ampliaciones correspondientes basadas en el análisis aplicado a la fundamentación que presente “El Proyectista”, debiendo para ello elaborar el documento de justificación (razones fundadas y explícitas) y apoyo correspondiente.

A petición del “Coordinador Técnico del Proyecto”, integrar los índices de costo de la obra al término de la misma.

Por lo que respecta a la cuantificación y estimación de la obra ejecutada:

Con base en las unidades de medición establecidas en el catálogo de conceptos y precios unitarios, llevar a cabo la cuantificación de la obra a medida que se vaya ejecutando, conciliándola con “El Proyectista” con la periodicidad que fije el “Gerente del Proyecto” General. La Supervisión apoyara en la cuantificación de obra con sus propios números generadores, independientemente de los que “El Proyectista” tiene obligación de presentar contractualmente, en los que se consignen los cálculos y croquis aclaratorios, basados en el proyecto ejecutivo y en los alcances de los precios unitarios.

Incluirá el cálculo y elaboración en borrador de la estimación del ajuste de costos, la cual se pondrá a consideración del “Gerente del Proyecto”.

Entregar mensualmente y en la fecha pactada contractualmente, un concentrado de las cantidades de obra conciliada y con todos los soportes de generadores de volúmenes como secciones, colocaciones de estructuras, croquis con distancia de acarreo y sobre acarreo, reportes de campo o cualquier otro documento que soporte lo que se va a pagar, para efecto de formulación de la estimación de pago respectiva. A la Supervisión le corresponde formular los generadores siendo la única responsable de su elaboración y certidumbre y el “Coordinador Técnico del Proyecto” será responsable de verificar que los documentos de los generadores estén completos y tengan congruencia con las cantidades de los conceptos por estimarse. Previamente “El Proyectista” presentará y conciliará con la Supervisión los conceptos y los volúmenes ejecutados por períodos mensuales. En cualquiera de los casos, la Supervisión debe rectificar la valoración de la estimación, en cuanto a cantidades, clave y precio unitario, aprobarla y entregarla al “Coordinador Técnico del Proyecto” en el plazo señalado de acuerdo con la normatividad vigente, debidamente firmado de conformidad por parte de “El Proyectista”, lo cual será de su absoluta responsabilidad de acuerdo al Artículo 54 de la Ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas, por lo cual y para efecto de este contrato, la Dependencia lo considera como “El “Gerente del Proyecto” de Supervisión”.

Al entregar la cuantificación mensual al “Coordinador Técnico del Proyecto”, completará con un documento donde indique las cantidades de obra ejecutadas que no se hayan incluido para efectos de estimación por diversos motivos, como son: no corresponder a la obra contratada falta de presentación por parte de “El Proyectista”, estar en proceso de conciliación y no haber llegado a un acuerdo en la misma, carecer de precio unitario, no cumplir con los requisitos de calidad, haberla realizado violando la seguridad o las órdenes específicas de la Supervisión. Las diferencias técnicas o numéricas pendientes de pago se resolverán y en su caso se incorporarán en la siguiente estimación.

Valuar el monto de las cantidades de obra retenidas en cada período para no desvirtuar el avance de la obra que se reporta en el programa de montos de los trabajos y para que el

“Coordinador Técnico del Proyecto” conozca su magnitud, identifique sus causas y pueda tomar las decisiones pertinentes.

Informar al “Coordinador Técnico del Proyecto” acerca de los trabajos extraordinarios que no estén comprendidos en el proyecto y/o sobre los conceptos de obra que no estén incluidos en el catálogo del contrato para que “El Proyectista” presente los análisis de precios unitarios correspondientes.

Para no detener el avance del proceso de cuantificación, proponer alcances y unidades de medición tentativas para los trabajos extraordinarios, así como precios unitarios similares a los del catálogo, para evaluar aproximadamente su importe. Transformar las unidades de medición a las definitivas, una vez que se cuente con el precio unitario aprobado a su alcance.

En el supuesto de existir trabajos extraordinarios exigir a “El Proyectista” la entrega de los análisis de precios unitarios faltantes, en el plazo indicado por el “Coordinador Técnico del Proyecto” corroborando que contengan la descripción del concepto, la matriz de análisis, la unidad de medición y al alcance detallado. Revisar que los recursos, rendimientos y la descripción del alcance correspondan a la información recabada durante la ejecución de trabajo entregando los resultados de las mismas al “Coordinador Técnico del Proyecto” en el tiempo establecido por la Ley Obras Públicas y Servicios relacionados con la misma.

Consultar por escrito al “Coordinador Técnico del Proyecto” sobre las dudas que se tengan respecto a los precios unitarios, ya sea por la manera en que están expresados o por la aplicabilidad de su alcance.

Aplicar la cláusula de retenciones, establecida en el contrato, cuantificando las retenciones y devoluciones establecidas contractualmente comparando el importe de los trabajos realizados con los que debieron haberse ejecutado según el programa de montos de los trabajos originalmente pactado.

Cuando “El Proyectista” presente oportunamente alguna reclamación, emitir su opinión respecto a si la reclamación procede según el régimen del contrato, si el trabajo fue efectivamente realizado y las condiciones señaladas en su ejecución tuvieron lugar y si no es imputable al propio “Proyectista”, poniéndola a consideración del “Coordinador Técnico del Proyecto” que será el responsable de autorizar su procedencia.

De confirmarse la procedencia de la reclamación, a juicio del “Coordinador Técnico del Proyecto” y siempre y cuando estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, ésta deberá verificar que los recursos que reporta “El Proyectista” coincidan con los empleados en la ejecución de la obra, en la inteligencia de que “El Proyectista” solicitó con la debida anticipación a la Supervisión la certificación de los recursos empleados o de las condiciones especiales que reclama, anexando sus soportes, incluyendo informe fotográfico.

9.2. CNA-SUP-02 Integración del Expediente Único de Obra Pública.

Definición:

Consiste en recopilar e integrar toda la documentación que se haya producido antes, durante y hasta el finiquito de los trabajos de la Contratista, la cual deberá estar debidamente validada, ordenada y clasificada de acuerdo con la presente norma.

Alcances:

Es responsabilidad de la Supervisión llevar a cabo la correcta integración del Expediente Único, el cual debe contener en forma clara, ordenada sistemática y cronológicamente, toda la documentación comprobatoria relativa a los actos previos y derivados del contrato.

En términos enunciativos, pero no limitativos, el expediente único de obra deberá contener como mínimo la siguiente documentación:

1. Planeación, programación y presupuestación 1.1. Estudios de preinversión. 1.2. Factibilidad técnica, económica, ecológica (ley de equilibrio ecológico y protección

del ambiente) y social. 1.3. Proyectos que incluyan las obras necesarias para preservar o restituir en forma

equivalente las condiciones ambientales, cuando estas pudieran deteriorarse. 1.4. Documento que establezca los objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo. 1.5. Dictámenes, permisos, licencias, derechos de bancos de materiales, derechos de

propiedad. 1.6. Programas anuales de obras y servicios 1.7. Autorización del presupuesto de inversión y gasto corriente. 1.8. Proyectos, planos debidamente firmados, por el responsable del proyecto, de la obra

a realizar. 1.9. Catálogo de conceptos de obra, debidamente firmado por el responsable del

proyecto. 1.10. Normas de calidad. 1.11. Cuando los contratos rebasen un ejercicio presupuestal. 1.11.1. Solicitud y autorización de la multianualidad. 1.12. Costo aproximado de la obra (presupuesto base).

2. Procedimiento de contratación (licitación pública) 2.1. Documento donde se determina el carácter nacional o internacional de los

procedimientos de contratación y los criterios para determinar el contenido nacional de los trabajos (en caso de que sea aplicable).

2.2. Convocatoria, publicación en el diario oficial. 2.3. Análisis del costo de las bases. 2.4. Acreditación de la existencia legal: 2.5. Escrito del licitante en el que manifiesta su domicilio. 2.6. Persona física: 2.7. Identificación oficial vigente. 2.8. Persona moral: 2.9. Manifestación de que su representante cuenta con facultades para comprometer a

su representada. 2.10. Registro federal de contribuyentes. 2.11. Acta constitutiva, incluyendo reformas o modificaciones. 2.12. Convenio privado en el que dos o más interesados podrán agruparse para presentar

una sola propuesta (en su caso). 2.13. Experiencia y capacidad técnica: 2.14. Curriculum de profesionales técnicos. 2.15. Identificación de los trabajos realizados por el licitante. 2.16. Capacidad financiera: 2.17. Declaración fiscal ó estados financieros auditados. 2.18. Recibo de pago de las bases. 2.19. Instrucciones a los licitantes (bases de concurso, con formatos anexos).

2.20. Declaración por escrito de que el licitante, incluidos todos los miembros de una asociación en participación o en grupo de contratistas y grupo de responsabilidad individual y sus subcontratistas no esta asociado ni lo ha estado en el pasado, directa e indirectamente, a algún consultor u otro organismo que haya supervisado, preparado el diseño, las especificaciones y los demás documentos de la licitación correspondiente al proyecto.

2.21. Acta(s) de junta(s) de aclaraciones. 2.22. Oficio de diferimiento de los actos de apertura de proposiciones técnicas,

económicas y fallo (en su caso). 2.23. Acta de recepción de proposiciones y apertura técnica. 2.24. Acta de apertura de propuestas económicas. 2.25. Carta compromiso de la propuesta ó presupuesto total. 2.26. Análisis de las propuestas técnicas y económicas aceptadas. 2.27. Dictamen base para emitir el fallo. 2.28. Acta de fallo. 2.29. Oficios notificando a las empresas, las causas por las cuales su propuesta no resultó

ganadora. 2.30. Manifestación de conocer el proyecto arquitectónico y de ingeniería. 2.31. Especificaciones generales y particulares. 2.32. Descripción de la planeación integral del licitante y procedimiento constructivo de

ejecución de los trabajos. 2.33. Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad

o rentados, su ubicación física y vida útil disponible. 2.34. Manifestación de conocer y haber considerado en la integración de su propuesta los

materiales y equipo de instalación permanente. 2.35. Manifestación de las partes de la obra que subcontratará. 2.36. Manifestación de conocer el modelo del contrato y su conformidad de ajustarse a los

términos del mismo. 2.37. Manifestación de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones

ambientales. 2.38. Manifestación de que los precios de materiales y equipo de origen extranjero no se

cotizan en condiciones de prácticas desleales (en su caso). 2.39. Declaración de integridad, en la cual el licitante manifiesta de que se abstendrá de

adoptar conductas con los servidores públicos que induzcan o alteren sus evaluaciones de las propuestas.

2.40. Análisis, cálculo e integración del factor de salario real. 2.41. Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos, dividido en partidas,

subpartidas y conceptos de obra. 2.42. Programas de suministro o utilización de: 2.43. Mano de obra. 2.44. Maquinaria y equipo de construcción. 2.45. Adquisición de materiales y equipo de instalación permanente. 2.46. De la utilización del personal técnico, administrativo y de servicio. 2.47. Relación de los costos básicos de los materiales, mano de obra y maquinaria. 2.48. Tabulador de salarios reales. 2.49. Listado de insumos que intervienen en la integración de la propuesta. 2.50. Materiales y equipo de instalación permanente. 2.51. Mano de obra. 2.52. Maquinaria y equipo de construcción. 2.53. Relación y análisis de los básicos de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo. 2.54. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo. 2.55. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos.

2.56. Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento. 2.57. Utilidad propuesta. 2.58. Cargos adicionales. 2.59. Análisis del total de los P. U. de los conceptos de los trabajos que integran la

propuesta. 2.60. Catálogo de conceptos de la propuesta. 2.61. Programa de erogaciones de la ejecución de los trabajos. 2.62. Programa de erogaciones de utilización mensual de: 2.63. Mano de obra. 2.64. Maquinaria y equipo. 2.65. Materiales y equipo de instalación permanente. 2.66. Utilización de personal técnico, administrativo y de servicio. 2.67. Documento que justifiquen las modificaciones a los procedimientos y contenido de la

licitación y contratación (en su caso).

3. Contratación 3.1. Escrito del contratista en que declare bajo protesta de decir verdad mantenerse al

corriente en sus obligaciones fiscales. 3.2. Garantía de la correcta inversión del anticipo. 3.3. Garantía(s) de cumplimiento del contrato. 3.4. Garantía(s) por ajuste de costos. 3.5. Documento que constate el monto y la fecha de entrega del anticipo. 3.6. Contrato. 3.7. Planos de proyecto con modificaciones para ejecución de la obra (en su caso). 3.8. Convenio(s), por diferimiento de inicio de obra, monto y plazo, acompañado(s) por el

dictamen técnico y los programas calendarizados modificados, por erogaciones y ejecución de los trabajos.

3.9. Notificación de la autorización del convenio o convenios adicionales al órgano interno de control.

3.10. Garantía(s) de los montos adjudicados mediante los convenios.

4. Ejecución 4.1. Comunicado a la contratista para el inicio de los trabajos. 4.2. Aviso de inicio y control de obra (AICO). 4.3. Comunicado donde se pone a disposición del contratista el (los) inmueble(s). 4.4. Escrito donde se designe al residente de obra por parte de la coordinación técnica

del proyecto. 4.5. Escrito donde se designe al superintendente de la obra por parte del contratista. 4.6. Bitácora de obra. 4.7. Estimaciones, acompañadas por números generadores, notas de bitácora, croquis

que ilustren los volúmenes, cuantificados y estimados, controles de calidad, pruebas de laboratorio, análisis, cálculo e integración de los importes correspondientes a cada estimación y en su caso concentrado de áreas, rollos de secciones y libretas de topografía o nivel.

4.8. Cheques, contrarecibos, pólizas de pago y facturas. 4.9. Solicitud de quien promueve el ajuste de costos, acompañada de los análisis

correspondientes. 4.10. Escrito de resolución de la solicitud de ajuste de costos, anexando los análisis

correspondientes en base a los procedimientos de cálculo. 4.11. Notificación de parte del contratista de la necesidad de ejecutar cantidades

adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original, acompañados de los análisis de los precios unitarios correspondientes.

4.12. Escrito de autorización de la gerencia de cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original, anexando los análisis de precios unitarios autorizados.

4.13. Documentos que soporten (según sea el caso): 4.14. Suspensión temporal del contrato. 4.15. Rescisión administrativa del contrato. 4.16. Terminación anticipada del contrato. 4.17. Comunicación de suspensión, rescisión o terminación anticipada al contratista y al

órgano interno de control (según sea el caso). 4.18. Álbum fotográfico que muestre las etapas de construcción de la obra y la aplicación

de pruebas de calidad. 4.19. Diversa documentación adicional que se requiera. 4.20. Manual de organización y procedimientos. 4.21. Manual de funciones. 4.22. Control de insumos que contemple el contrato, (en su caso) los que suministre la

CNA. 4.23. Cambio de procedimiento constructivo y su aprobación (según sea el caso). 4.24. Planos actualizados de la obra terminada debidamente firmados.

5. Recepción de los trabajos 5.1. Aviso de terminación de la contratista. 5.2. Control de estimaciones, de gastos aprobados, monto ejercido, amortización total del

anticipo, créditos a favor o en contra y aplicación de retenciones. 5.3. Verificación de terminación. 5.4. Oficio dirigido al contratista en el que se establecen el lugar, día y hora de la

recepción de los trabajos. 5.5. Acta de recepción física de los trabajos. 5.6. Garantía de vicios ocultos, en cualquiera de sus tres modalidades.

6. Finiquito 6.1. Notificación al contratista de la fecha, hora y lugar donde se llevará a cabo el

finiquito. 6.2. Documento de finiquito. 6.3. Acta administrativa que da por extinguidos los derechos y obligaciones. 6.4. La inscripción de la obra pública en las oficinas de catastro y del registro público de

la propiedad de la entidad federativa, títulos de propiedad y en su caso, la remisión a la contraloría de los títulos para la inscripción en el registro público de la propiedad federal.

6.5. Documento que compruebe el aseguramiento de las obras públicas.

Medición y pago:

Se pagará por expediente integrado con los documentos a que se refiere la presente especificación, así como, los documentos adicionales no previstos en la lista de esta especificación, que por su importancia deberán integrarse a este expediente.

El presente concepto se liquidará como Expediente debiendo aplicarse el precio unitario ofertado en su propuesta económica.

El concepto 5.2. Expediente Único se pagará en su totalidad aun en el caso de algunos documentos no sean recopilados por las circunstancias reales de los trabajos, debiendo mencionar el motivo por el que no se integró y los documentos adicionales que se recopilen no

ser motivo de reclamación. No deberá incluir dentro de la integración de este precio el personal y equipo de cómputo consignados en los conceptos9.4.1 a 9.4.8.

9.3. CNA-SUP-03 Bitácora.

Definición:

Libro integrado por hojas foliadas en original y dos copias en el que se anotan en secuencia cronología los acontecimientos desarrollados durante el período que comprende la ejecución y finiquito de la obra. Debe permanecer en el sitio de los trabajos (la definirá el “Coordinador Técnico del Proyecto” del Proyecto) y sus anotaciones deberán ser validadas invariablemente por los responsables (“Coordinador Técnico del Proyecto” del Proyecto, Supervisión y “El Proyectista” de la obra) de la ejecución de la obra.

Alcances:

La Supervisión representará directamente al “Coordinador Técnico del Proyecto” ante el o los contratistas o terceros en asuntos relacionados con la ejecución de los trabajos o derivados de ellos en el lugar donde éstos se ejecuten; y tendrá su cargo y bajo su completa responsabilidad el llevar la bitácora de la o los trabajos.

A manera enunciativa, pero no limitativa, se indican los objetivos y metas a cumplir por la Supervisión en el encargo del llenado a la bitácora.

El libro de bitácora es el conducto legal que permite, durante el desarrollo y ejecución de los trabajos controlar y en su caso, representa el sustento para modificar lo establecido contractualmente mediante el convenio, ajustando a la realidad de la obra.

La bitácora comprenderá la secuencia cronológica de los acontecimientos desarrollados durante el período que dure la obra, desde su inicio hasta la fecha en que se levante el acta de recepción de los trabajos.

La distribución de las hojas, se hará conforme a lo siguiente: el original permanecerá en el volumen y siempre estará en la obra bajo la responsabilidad y cuidado de la Supervisión; las copias se irán desprendiendo conforme se vayan llenando, conservando la primera el “Coordinador Técnico del Proyecto” y la segunda “El Proyectista”.

El llenado de la bitácora se hará diariamente, utilizando para cada anotación tantos renglones como sean necesarios. Al término de las anotaciones del día se dejará un espacio de tres renglones para continuar con la información de la siguiente fecha progresiva y así sucesivamente hasta terminar con el número de hojas foliadas que componen el volumen. Si quedan hojas sobrantes, el Supervisor deberá cancelarlas escribiendo en forma diagonal la palabra cancelado, así como su firma y sello. Todas las hojas de la bitácora deberán ser firmadas por la Supervisión, “El Proyectista” y el “Gerente del Proyecto”, anotando los nombres de cada uno bajo la firma correspondiente.

En el libro de bitácora se anotaran los siguientes datos:

1) Nota de bitácora número (Progresivo del No. 1 al enésimo) 2) Fecha a la que corresponde la nota de bitácora. 3) En la nota de bitácora No. 1 (uno) deberá asentarse:

a) Contrato número. b) Objeto del contrato.

c) Monto en pesos ($) d) Plazo de ejecución indicado en días calendario. e) Fecha de inicio, deberá corresponder con la indicada en el programa de obras

presentado en la licitación. f) Fecha de terminación, deberá corresponder con la indicada en el programa de obras

presentado en la licitación. g) Nombre, atribuciones y firma del “Gerente del Proyecto”. h) Nombre, atribuciones y firma del Supervisor. i) Nombre, atribuciones y firma de “El Proyectista”, el cual deberá ser designado mediante

escrito de la Empresa, otorgándole poder firmado por el representante legal acreditado y anexando copia del Currículo del profesionista así como su perfil técnico. El representante de “El Proyectista” deberá conocer los términos de referencia y en su caso las especificaciones correspondientes, quedando facultado para ejecutar los trabajos a que se refiere el contrato, así como aceptar y objetar dentro de los plazos contractuales las estimaciones o liquidación que se formulen y en general, para actuar a nombre y cuenta de “El Proyectista” en todo lo referente al Contrato. El representante de “El Proyectista”, previamente a su intervención en los trabajos, deberá ser aceptado por el “Coordinador Técnico del Proyecto”, La que calificará si reúne los requisitos señalados. El Supervisor, en cualquier momento podrá solicitar el cambio del Coordinador de Proyecto si a juicio justificado el representante de “El Proyectista” no califica los requisitos solicitados para el tipo de servicio que se contrata o no atiende las adiciones que hagan los representantes de la CONAGUA o de otras Secretarías, Dependencias o Entidades que tengan intervención en la ejecución de los trabajos objeto del Contrato, o bien por no cumplir con la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas o a las Cláusulas del Contrato.

j) Que durante la ejecución de los trabajos, la bitácora se mantendrá en sitio de ejecución y todas las notas asentadas deberán ser validadas tanto por el Coordinador de Supervisión como por el Coordinador de “El Proyectista”, a fin de que se les otorgue oportunamente el carácter oficial correspondiente.

4) Plantilla de personal técnico y profesional por categorías, indicando el área de estudios y proyectos en la cual están asignados y los trabajos que desarrollan. En este rubro se deberá incluir a todo el personal de “El Proyectista” que interviene en los trabajos: coordinador, profesionales especializados, personal técnico y de apoyo requerido para la ejecución de los trabajos.

5) Descripción de los detalles definidos durante la ejecución de los trabajos. 6) Observaciones e instrucciones especiales de los representantes de la CONAGUA, de otras

Secretarías, Dependencias o Entidades. 7) Invariablemente deberá registrarse en forma mensual la estimación por los trabajos

ejecutados por “El Proyectista” durante el mes inmediato anterior, la que irá acompañada de la documentación que acredite la procedencia de su pago, de tal suerte que la hoja de ruta de estimación sea cumplida cabalmente, toda vez que la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, en su Artículo 54 indica que las estimaciones deberán pagarse por parte de la Dependencia o Entidad bajo su responsabilidad, dentro de un plazo no mayor a treinta días naturales contados a partir de la fecha en que hubiere recibido el Residente de Supervisión (en este caso la Supervisión), misma que se hará constar en la bitácora la cual deberá coincidir con la hoja de ruta y en las propias estimaciones. Las diferencias técnicas o numéricas pendientes de pago se resolverán y en su caso, se incorporarán en la siguiente estimación. Los servidores públicos de las áreas técnicas y administrativas que prevean, autoricen o efectúen los pagos en las Dependencias y Entidades, serán responsables en su ámbito de competencia del estricto cumplimiento de este Artículo y deberán establecer y observar los procedimientos, forma y términos previstos para los tramites correspondientes.

8) Anotaciones relativas a la suspensión temporal en todo o parte de los trabajos contratados; en este caso la Supervisión deberá comunicar a “El Proyectista” de los motivos y razones de la suspensión en coordinación con el “Coordinador Técnico del Proyecto” para

posteriormente informarlo a la Secretaría de la Función Pública (Art. 63 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas).

9) Deberán asentarse los atrasos en que incurra el “El Proyectista”, en relación con la ejecución de los trabajos y en su caso, las reprogramaciones autorizadas.

10) Deberá asentarse, en su curso, el inicio del proceso de rescisión administrativa del contrato y la comunicación realizada a “El Proyectista”, mencionando oficio, fecha, etc.

11) En caso de otorgarse un convenio modificatorio ya sea en plazo o en monto, se deberá indicar las características del citado convenio y las reprogramaciones derivadas del mismo: no se abrirá nueva bitácora para el convenio modificatorio, el objeto del contrato es el mismo y como tal la bitácora se podrá abrir un segundo volumen pero siempre haciendo mención al contrato original y en su caso al convenio modificatorio.

12) Cualquier cambio de proyecto que no sea sustancial deberá evaluarse y asentarlo en la BITÁCORA, indicando también su costo adicional o reducción.

13) Toda variación de las cantidades de trabajo contenidas en el catálogo de conceptos que forman parte de las condiciones contractuales, deberá ser justificado plenamente y previamente a su inclusión en estimaciones; en caso contrario, no se dará trámite a estimaciones que presenten cantidades de trabajo mayores a los contratados originalmente; la justificación de las cantidades excedentes deberán ser asentados en la bitácora, debiendo siempre verificar que en la cuantificación real de la obra, los importes no excedan en más de un 25% del monto original del contrato.

14) En ningún caso se autorizarán precios unitarios extraordinarios que incrementen considerablemente el costo de los servicios (más del 25%), ni la inclusión de conceptos que no sean estrictamente necesarios y estén completamente justificados, los conceptos de Trabajos extraordinarios y sus justificaciones deberán quedar asentados en las notas de bitácora correspondientes.

15) En caso de que las modificaciones excedan del porcentaje indicado (más del 25%) o que varíen substancialmente el proyecto, deberán cumplir con lo asentado en el penúltimo párrafo del Artículo 59 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

16) La estimación de finiquito de los trabajos deberá considerar la amortización total del anticipo otorgado a “El Proyectista”; no se aceptarán estimaciones de finiquito cuyo monto final sea deductivo. Para evitar lo anterior cada tres meses deberá revisar las cantidades acumuladas pagados, toda vez que las estimaciones previas correspondan a cantidades de trabajo realmente ejecutadas, las estimaciones de finiquito deberán someterse a un tratamiento similar a lo indicado en el inciso anterior.

17) Invariablemente, en la bitácora se anotará la comunicación que “El Proyectista” hace al “Coordinador Técnico del Proyecto” con motivo de la terminación de los trabajos pactados contractualmente, siendo responsabilidad de la Supervisión la verificación de que los trabajos estén debidamente concluidos dentro del plazo pactado contractualmente. La fecha real de terminación quedará debidamente asentada en la bitácora.

18) Se anotará que la Supervisión cuenta con la documentación técnica para la licitación de la obra como estudios, memorias de cálculo y descriptivas, planos ejecutivos, catálogos de conceptos de obra, especificaciones generales y particulares y que se han recibido los informes periódicos y final del cumplimiento de “El Proyectista” en los aspectos legales, técnicos, financieros y administrativos.

19) En la bitácora se anotará que se cuenta con el expediente único completo indicando si está integrado en forma ordenada y conteniendo toda la documentación comprobatoria de los actos derivados del ejercicio del contrato y que este expediente y la propia bitácora quedaran bajo el resguardo del “Coordinador Técnico del Proyecto”, quien será la responsable de conservarla cuando menos por un lapso de cinco años contados a partir de la fecha de la recepción total de la obra.

20) Una vez constatada la terminación de los trabajos, se procederá a la recepción dentro de los plazos establecidos, debiendo anotar en la bitácora, el número de oficio con el que se comunica a la Secretaría de la Función Pública la terminación de los trabajos, a fin de que si ésta lo estima conveniente nombre representantes que asistan al acto. En la fecha

señalada, el “Coordinador Técnico del Proyecto” bajo la responsabilidad de la Supervisión recibirá los trabajos, levantará el acta correspondiente y formulará la minuta indicando todos los detalles, correcciones y/o adecuaciones otorgando a “El Proyectista” los plazos establecidos en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para terminar los trabajos establecidos en el contrato.

21) En la bitácora se anotarán los datos generales del acta de entrega-recepción total de los trabajos, así como de los servidores públicos y funcionarios y/o representantes de “El Proyectista” que intervinieron en el acto, indicando finalmente el número de fianza, afianzadora, etc., que queda vigente para garantizar durante un plazo de doce meses por los defectos de vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido “El Proyectista”, en los términos señalados contractualmente.

22) La Supervisión deberá llevar la bitácora conforme a la normatividad vigente.

Medición y pago:

El presente concepto se liquidará como Bitácora debiendo aplicarse precio unitario ofertado en su propuesta económica de acuerdo con la Norma CNA-SUP-03 y los informes y documentos anexos no previstos en esta Norma, que por su importancia requieran e integren a éste, el cual deberá estimarse parcialmente de la siguiente manera:

El 50% del precio de este concepto al abrirse la bitácora y el otro 50% al cierre de la misma aplicando el precio unitario ofertado y no deberá incidir dentro de la integración de este precio, el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.4. CNA-SUP-05 Personal, Equipo de Transporte y de Informática.

9.4.1. Personal

En todos los conceptos se establece que para efectos de pago se liquidará a “El Proyectista” sus precios unitarios ofertados tomando como unidad el mes con aproximación a 1/30, considerando un promedio de 30 días por mes calendario y llevando por escrito los acuerdos entre el “Gerente del Proyecto” y la Supervisión, los días últimos de cada mes, del personal que laborará en el mes siguiente.

Es importante señalar que deberá haber cierta congruencia entre los volúmenes supervisados y/o ejecutados y la cantidad de personal requerido, salvo causa de fuerza mayor como paros, suspensiones, etc.

Para efectuar las actividades de Supervisión, la Supervisión dispondrá de una plantilla que deberá integrarse con personal calificado para trabajo de campo y gabinete. Es indispensable que dentro de la propuesta técnica, la Supervisión presente la Currícula del siguiente personal: Coordinador de Supervisión, Supervisores de obra y Analista de Precios Unitarios, personal que corresponderá físicamente al que deberá permanecer en la obra desde su iniciación, durante la construcción y hasta el finiquito del contrato de obra; solamente en el caso de que durante la ejecución del contrato existiera una causa de fuerza mayor debidamente justificada por la empresa de Supervisión, se autorizará el cambio de alguno de ellos, previa sanción de la CONAGUA, por personal de similares características a las solicitadas.

Adicionalmente a la Currícula del personal arriba descrito, deberá presentar lo siguiente:

1.- Organigrama que propone la Supervisión en forma general y en forma particular, para la Supervisión del proyecto, obra que se ejecuta de cuerdo a las condiciones particulares de la obra, incluyendo el personal de apoyo y oficina.

Por separado deberá proponer un programa de la obra a supervisar con los volúmenes aproximados que se le mencionan en el Capítulo 4 denominado “Volúmenes aproximados de los principales materiales de la obra a supervisar”, en función del cual hará su programa calendarizado de personal, en la inteligencia de que este programa podrá ser modificado de acuerdo al que presente la empresa ganadora.

Durante la ejecución del contrato, la plantilla de personal ofertada por la Supervisión podrá ser modificada por el “Coordinador Técnico del Proyecto” si existen reducciones o incrementos importantes en los volúmenes de obra derivados de una reprogramación, para lo cual será necesario notificar a la Supervisión con 10 días naturales de anticipación.

En el caso de que en el inicio o durante los trabajos el “Coordinador Técnico del Proyecto” detecte que cualquier elemento de la plantilla no sea eficiente en su actividad, de inmediato se notificará a la empresa de Supervisión la necesidad de sustitución de ese o esos recursos humanos, quedando obligada al reemplazo dentro de los diez (10) días naturales contados a partir de la fecha de notificación.

Los días 15 y 30 de cada mes la Supervisión y la CONAGUA previo acuerdo con la empresa definirán los recursos humanos, tecnológicos y el equipo necesario que la Supervisión aportará durante el periodo siguiente, así mismo acordarán el programa de trabajo de los servicios de supervisión contratados.

La Supervisión podrá presentar su estimación mensual a la CONAGUA, una vez que haya entregado a ésta, las estimaciones que correspondan a “El Proyectista”, en los mismos términos del Articulo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

La CONAGUA se compromete a revisar en un plazo que no exceda 5 días hábiles, la estimación de la Supervisión y aprobar los conceptos que no requieran aclaración. Los números generadores que presente la Supervisión como soporte de su estimación deberán ir acompañados del comprobante con lista de asistencia o reporte diario del personal considerado en la estimación (se anexará) y complementado por un reporte individual de actividades realizadas en el periodo para que el “Gerente del Proyecto” lo valide.

La CONAGUA verificará que los integrantes de la plantilla de personal propuesta por la Supervisión cumplan con el perfil del puesto asignado, mismos que se enuncian a continuación. La empresa de Supervisión no podrá iniciar los trabajos sin cumplir satisfactoriamente esta verificación. Asimismo, será motivo de rescisión si el personal técnico propuesto no cumple con los requisitos que la Supervisión propuso en la licitación.

9.4.1.1. Coordinador de Supervisión

Por este concepto la empresa de supervisión se obliga a designar como Coordinador de Supervisión a un Ingeniero Civil o Ingeniero Electromecánico titulado con experiencia mínima comprobable de ocho años en trabajos similares, con capacidad de coordinar el trabajo de especialistas de las disciplinas de ingeniería civil (áreas de hidráulica, geotecnia, estructuras, construcción), arquitectura, ingeniería mecánica e ingeniería eléctrica. Deberá conocer y aplicar la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, su reglamento y normas complementarias, así como las Normas Técnicas de Proyecto, Construcción y Especificaciones de Instalaciones emitidas por la CONAGUA y demás disposiciones aplicables.

Será el responsable de coordinar las actividades de Supervisión del proyecto ejecutivo y será el enlace entre la Dependencia y el Proyectista.

Dispondrá de lo necesario a fin de que esta última cuente en forma oportuna con planos, líneas y niveles, así como todo lo necesario para que se cumpla con el programa de obra establecido, debiendo prever con toda oportunidad los problemas y dictar las medidas de manera oportuna para la solución de los mismos.

Responsabilidades:

1. Representante y responsable directo ante la dependencia por parte de la empresa que presenta los servicios de Supervisión por terceros.

2. Tener un conocimiento completo del Proyecto Ejecutivo que se desarrolla, de los alcances y de sus objetivos.

3. Recibir y trasmitir al Proyectista y a los Supervisores todas las indicaciones que haga por escrito la CONAGUA o su representante, para hacer que éstas se cumplan.

4. Resolver los problemas técnicos que le presente el Proyectista y el personal de Supervisión, que signifique una modificación de alcances y/o de costo que pueda repercutir en la realización del proyecto, tanto en la etapa de ejecución como de obra y solicitar por escrito la autorización del “Gerente del Proyecto”.

Funciones del Coordinador de Supervisión:

• Coordinar las actividades del personal de supervisión a fin de ejercer la vigilancia, revisión y supervisión de los trabajos en cuanto a costo, tiempo y calidad.

• Coordinar la elaboración de reportes y la asistencia a las reuniones de evaluación y coordinación convocadas por la CONAGUA.

• Integrar la información de los diferentes especialistas de supervisión con el objeto de elaborar los reportes semanales y mensuales y los requeridos por el Programa, así como los ejecutivos que le sean solicitados.

• Supervisar el trabajo de los especialistas de supervisión asistiendo técnica y administrativamente sus actividades desarrolladas. Asimismo supervisará la adecuada elaboración de las estimaciones de los trabajos generados por el Proyectista y por la Propia Supervisión.

• Realizar el seguimiento de la bitácora de acuerdo a lo establecido en la ley de Obras Públicas y servicios relacionados con las mismas y su reglamento.

• Implementar las medidas, acciones y políticas que considere convenientes en materia de planeación para que los trabajos sean ejecutados en el tiempo, costo y calidad pactados en el contrato correspondiente.

• Asistir a los representantes de la CONAGUA en la adopción de soluciones a problemas que se originen en relación a de los trabajos, ya sean de índole social, técnicos, administrativos o de cualquier otra índole; así como en adecuaciones al proyecto en proceso, especificaciones o al contrato motivo de la consultoría.

• Supervisar el cumplimiento de las instrucciones giradas por los representantes de la CONAGUA a supervisores y al Proyectista, así como el uso adecuado de los recursos financieros, administrativos, técnicos y humanos que se destinen a la ejecución de los trabajos en su totalidad.

• Ser el conducto para hacer llegar al “Coordinador Técnico del Proyecto” toda la comunicación que genere la Supervisión y el Proyectista.

• Avalar las verificaciones de actividades realizadas y los comentarios propios de la Supervisión, para los análisis de precios que no están contemplados en el catálogo de conceptos de la Licitación correspondiente, turnándolos a la CONAGUA para que realice su revisión y de ser procedente los autorice en forma oficial.

• Asistir a juntas técnicas de avance de proyectos que el “Gerente del Proyecto” solicite, tomar las decisiones que sean competencia de la Supervisión en la obra y transmitirlas a quién corresponda.

• Tramitar ante la CONAGUA o su representante, en los períodos establecidos, las plantillas de personal propuesto para desarrollar los trabajos que están dentro de los alcances de su contrato.

• Implementar y coordinar el personal necesario (técnicamente capacitado) para realizar los servicios contratados por la empresa de Supervisión.

• Revisar el buen uso de las bitácoras de los frentes de trabajo de la obra. • Revisar y aprobar todas las estimaciones de obra, vigilando que estas se entreguen

dentro de los plazo a indicados en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas o los acordados por la CONAGUA.

• Verificar que en los planos las modificaciones hechas en obra, previamente autorizadas por la CONAGUA, los elabore el proyectista de acuerdo a la información y datos proporcionados.

• Dar cumplimiento a lo establecido en las Especificaciones Particulares de Supervisión.

Medición y pago.

El presente concepto se liquidará tomando como unidad mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado; con aproximación a 1/30 considerando su promedio de 30 días por mes.

9.4.1.2. Jefe de Proyecto “A”

Ingeniero titulado con experiencia mínima comprobable de cinco años en Supervisión o ejecución de trabajos similares, con capacidad de dirigir el trabajo de especialistas de una disciplina, ya sea de ingeniería civil (áreas de hidráulica, geotecnia, estructuras, construcción) y arquitectura, o de ingeniería electromecánica. Deberá conocer y aplicar la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, su reglamento y normas complementarias, así como las Normas Técnicas de Proyecto, Construcción y Especificaciones de Instalaciones emitidas por la CONAGUA y demás disposiciones aplicables.

Se requerirán los servicios de:

1 (uno) Jefe de Proyecto “A” de Ingeniería Civil; y

1 (uno) Jefe de Proyecto “A” de Ingeniería Electromecánica.

Será el responsable directo de efectuar la inspección, revisión y verificación de la ejecución de la ingeniería básica y de detalle de cada componente del proyecto ejecutivo, con el objeto de cumplir con los lineamientos, objetivos y alcances de los trabajos por ejecutar y la elaboración de todos los documentos de apoyo para el control, cuantificación de los conceptos de trabajo para efecto de pago de estimaciones a “El Proyectista”. También aportará soluciones a problemas no previstos en los alcances de contrato.

Responsabilidades:

Verificar que la ingeniería básica y de detalle del Proyecto Ejecutivo que supervise se realice de acuerdo a los términos de referencia, normas aplicables, especificaciones y metodología de diseño autorizados por la CONAGUA y el “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Funciones:

• Conocer y aplicar la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, su Reglamento y Normas complementarias, así como las Normas de Construcción e instalaciones de la CNA y demás disposiciones aplicables.

• Revisar continuamente el proyecto ejecutivo, las especificaciones, las guías mecánicas y los estudios realizados.

• Recabar las modificaciones autorizadas por la CONAGUA hacerlas del conocimiento del “El Proyectista”.

• Recorrer la obra las veces que sean necesarias para verificar la correcta ejecución de la bitácora.

• Revisar los reportes generados por sus auxiliares y entregarlos a su inmediato superior. • Informar a su inmediato superior los avances de obra, los problemas detectados y las

medidas que se tomaron para su corrección. • Programar y verificar mediante pruebas, las instalaciones hidráulicas, sanitarias y de

cualquier otra índole, informando a su inmediato superior el resultado de dichas pruebas, para que sean anotadas en la bitácora.

• Dar seguimiento a las correcciones de anomalías hasta su solución, para que su superior anote en la bitácora, tanto la anomalía detectada como la fecha que se solucionó.

• Elaborar los generadores de obra ejecutada, con base en las mediciones hechas en campo, conciliándolos con los que presente el “El Proyectista”.

• Revisar y conciliar con el “El Proyectista” los rendimientos obtenidos y los recursos utilizados en los conceptos que o existan precios unitarios, reportándolos a su inmediato superior.

• Colaborar en la elaboración de presupuestos preliminares de ampliación de obra y modificaciones.

• Vigilar que el “El Proyectista” respete la normas establecidas en el reglamento de seguridad e Higiene en el trabajo y sus instructivos, las disposiciones que fije la CONAGUA sobre dicha materia, coadyuvando a la prevención de accidentes.

• Llevar el control de modificaciones al proyecto, autorizadas por la CONAGUA, en el frente que le corresponda, para tramitar su oficialización en planos definitivos.

• Participar cuando la CONAGUA lo requiera en la entrega de la obra. • Dar cumplimiento a lo establecido en las especificaciones particulares de Supervisión.

Medición y Pago.

El presente concepto se liquidará tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado; con aproximación a 1/30 considerando un promedio de 30 días por mes.

9.4.1.3. Supervisor de Ingeniería.

Ingeniero titulado con experiencia mínima comprobable de cinco años en Supervisión o ejecución de trabajos similares, con capacidad de revisar el trabajo de especialistas de su disciplina. Deberá conocer y aplicar la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, su reglamento y normas complementarias, así como las Normas Técnicas de Proyecto, Construcción y Especificaciones de Instalaciones emitidas por la CONAGUA y demás disposiciones aplicables.

Se requerirán los servicios de:

1 (uno) Supervisor de Ingeniería Civil con especialidad en hidráulica,

1 (uno) Supervisor de Ingeniería Civil con especialidad en geotecnia,

1 (uno) Supervisor de Ingeniería Civil con especialidad en estructuras,

1 (uno) Supervisor de Ingeniería Electromecánica,

1 (uno) Supervisor de Ingeniería Eléctrica.

Responsabilidades

Verificar que los trabajos que se supervisan, se lleven a cabo conforme a normas, reglamentos y especificaciones establecidos en los términos de referencia del proyecto ejecutivo y/o hayan sido autorizados por la CONAGUA ó el “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Funciones

Conocer y aplicar las normas de proyecto, construcción e instalaciones de la CONAGUA y además disposiciones aplicables.

Revisar que la ejecución de la ingeniería básica cubra los alcances establecidos en los términos de referencia del proyecto.

Revisar que los criterios de diseño utilizados en la elaboración del proyecto ejecutivo cumplan con las normas de proyecto, construcción e instalaciones de la CONAGUA y además disposiciones aplicables

Revisar los procedimientos constructivos propuestos mediante el uso y manejo adecuado de materiales en las estructuras y equipos para brindar la seguridad en la realización del proyecto ejecutivo.

Informar por escrito al superior inmediato, de problemas detectados y su posible solución, así como las medidas adoptadas para corrección.

Vigilar que el “El Proyectista” respete las normas establecidas y aprobadas por la CONAGUA ó el “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Dar cumplimiento a lo establecido en las especificaciones particulares de Supervisión.

Medición y Pago.

El presente concepto se liquidará, tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado, con aproximación al 1/30 considerando un promedio de 30 días al mes.

9.4.1.4. Analista programador

Para esta partida la supervisión proveerá por el tiempo requerido en el contrato a un licenciado en informática, Ingeniero en Sistemas o similar con amplios conocimientos técnicos y científicos en los programas de Microsoft Office así como los programas de tipo arquitectónico como son: Auto-CAD, Civil-CAD y los sistemas de cómputo que permitan la realización del trabajo de gestión documental de manera automática y que garantice la posibilidad de mejora de procesos aún durante la ejecución del proyecto. Que cuente con la capacidad técnica para que los sistemas antes citados actualicen la página de presentación del sistema de Supervisión sin que medie la intervención humana en el proceso de publicación; para que todos los procesos puedan ser consultados en línea por el personal autorizado por la CONAGUA.

Responsabilidades:

Procesar la información técnica desarrollada durante las diversas etapas del proyecto y mantenerla actualizada de manera automatizada y a disposición inmediata de la CONAGUA, sin que medie retraso perceptible entre la puesta a punto de la información actualizada y su disponibilidad en línea.

Mantener actualizado el calendario del proyecto en la parte ejecutada, así como contar con la capacidad instalada de actualizar permanentemente los programas de actividades de la parte pendiente de ejecutar.

Mantener en formato digital la bitácora y demás documentos de trabajo que se originen en obra, mismos que deberán estar a disponibilidad de la CONAGUA de manera inmediata o con un desfase no mayor a una jornada laboral.

Mantener en línea la información gráfica (imágenes fotográficas) de las actividades de campo de la ingeniería básica que se haya ejecutado, debidamente organizada y con la mayor facilidad para poder hacer las consultas que resulten convenientes.

Informar mediante gráficos del avance de los trabajos, al menos en forma global y a nivel partida.

Mantener toda la información georeferenciada.

Funciones:

Conocer administrar y aplicar las operaciones de informática relacionadas con las áreas de trabajo como son:

Elaboración de informes relacionados con los avances de actividades, resguardar y actualizar planos referentes al proyecto de ingeniería básica y de detalle, elaborar estimaciones de los trabajos ejecutados, proponer la formulación de planos o láminas para exposiciones, realizar y poner a consideración trabajos que puedan ser mejorados y establecer o implementar estándares de control de calidad en los sistemas de información.

Medición y Pago.

El presente Concepto se liquidara, tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado, con aproximación a 1/30 considerando un promedio de 30 días al mes.

9.4.1.5. Capturista de datos

Técnico en computación, quien será el encargado por parte de la Supervisión de la captura de datos en computadora y ejecutará las actividades necesarias para capturar y procesar la información de los datos obtenidos, elaboración de programas, etc., con la prontitud y eficiencia demandada por el control de actividades durante la ejecución del Proyecto Ejecutivo.

Medición y pago.

El presente concepto se liquidará tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado; con aproximación a 1/30 considerando un promedio de 30 días por mes.

9.4.2. Equipo de transporte.

La Supervisión proporcionará el transporte necesario para efectuar las actividades de campo requeridas por la Supervisión del proyecto, tomando en cuenta que se trasladarán diariamente a cada uno de los frentes de trabajo durante la etapa de ingeniería básica.

En su propuesta técnica y económica, la Supervisión cotizará la renta de vehículos, los cuales deberán reunir las características necesarias para el tipo de trabajo y terreno donde se ejecuten las actividades de Supervisión en campo.

La cantidad de unidades de transporte a utilizarse durante la vigencia del presente contrato deberá ser autorizada por la Dependencia y podrá ser modificada por el “Coordinador Técnico del Proyecto” del proyecto si existen reducciones o incrementos en los volúmenes de obra derivados de una reprogramación, lo cual será necesario notificarlo a la empresa con 15 días de anticipación. Si algunas de las unidades en servicio sufrieran desperfectos, la Supervisión tendrá la obligación de sustituir dicho transporte sin costo adicional para la dependencia en un plazo no mayor a tres (3) días.

9.4.2.1. Camioneta Pick-up de ¾ de tonelada

Se entenderá por camioneta pick-up el vehículo de transporte que por parte de la Supervisión se utilizará para trasladar a su personal a los sitios donde realizará sus labores de Supervisión e inspección, así como el equipo necesario para desarrollarlas.

Medición y pago.

El presente concepto se liquidará tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado; con aproximación a 1/30 considerando un promedio de 30 días por mes.

9.4.3. Equipo de informática.

Se entenderá por equipo de cómputo con servidor, impresora a color de alto rendimiento y a los implementos que utilizará la Supervisión para el procesamiento de los datos generados durante la ejecución del contrato. El equipo de cómputo mínimo requerido será:

9.4.3.1. Equipo de cómputo con servidor e impresora a color

1 (uno) Servidor dedicado a la consulta de información de la Supervisión con capacidad de 1 TB de información disponible 24/365, con capacidad para trasmitir 30 TB/mes, en configuración espejo; debiendo tener control de acceso por niveles y manejarse como una intranet.

9.4.3.2. Equipo de cómputo personal e impresora a color

3 (tres) Computadoras personales deberán contar como mínimo con procesador Pentium IV ó DUALCORE, a 3.00 Ghz. 1 Gb de memoria RAM y disco duro de 160 Gb deberá contar con los software propio de Supervisión y los autorizados (Licencias) para el manejo de textos, hojas de calculo y elaboración de planos en Autocad versión mínima 2000. Los medios de impresión deberán ser capaces de manejar colores y cubrir totalmente las necesidades de impresión.

9.4.3.3. Equipo impresora de planos (plotter) a color

1 (uno) Equipo graficador (plotter) para impresión de planos en papel bond o poliéster, con ancho de impresión hasta de 42“(107 cm). Los medios de impresión deberán ser capaces de manejar colores y cubrir totalmente las necesidades de impresión.

El equipo de computo deberá contar con los hardware necesarios para el respaldo de la información generada en el desarrollo de los trabajos, este equipo será utilizado para todas las informaciones oficios o documentos, programas, reportes, planos, etc. Y lo que señale en los términos de referencia incluyendo los conceptos señalados en el capitulo correspondiente a la emisión de informes.

Es responsabilidad de la Supervisión que los equipos de cómputo e impresión estén operando en forma continua y eficiente durante la ejecución del contrato; por lo tanto deberá tomar las previsiones necesarias para que en los casos de falla o reparación se cuente con los sustitutos correspondientes en un plazo no mayor a cinco (5) días, con la salvedad de que se liquidarán únicamente los días del mes en que éstos operen.

Además se deberán considerar las actualizaciones necesarias del equipo de cómputo de acuerdo a los cambios tecnológicos que se presenten en su momento.

Medición y pago.

El presente concepto se liquidará tomando como unidad el mes, de acuerdo con el precio unitario ofertado; con aproximación a 1/30 considerando un promedio de 30 días por mes.

9.5. CNA-SUP-06 Finiquito de los trabajos de “El Proyectista”.

Para realizar el finiquito, la Supervisión deberá:

1. Elaborar y conciliar la liquidación de los trabajos ejecutados de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas en particular de la aplicación de los Artículos 64 y 65.

2. Constatar la terminación de los trabajos objeto del contrato y participar en su recepción-entrega del proyecto ejecutivo que constará en lo siguiente:

o Aplicación de los Artículos 64 y 65 de la Ley de Obra Pública y Servicios relacionados con las mismas;

o Expediente Único perfectamente clasificado e integrado con planos, especificaciones de construcción, catálogos de conceptos y cantidades de obra, presupuesto base, memorias de cálculo, informes fotográficos así como Memoria Descriptiva.

3. Certificar el cumplimiento de todos los compromisos contractuales, o proporcionar al “Gerente del Proyecto” los elementos de juicio que le permitan aplicar en su caso, las sanciones contractuales correspondientes.

4. Elaborar la relación de estimaciones o gastos aprobados, monto ejercido, créditos, cargos y saldos.

5. Revisión de las cantidades de trabajo pagadas comparándola con las ejecutadas, ajustes de costos, amortizaciones, etc.

6. Constatar que se haya depurado el estado contable correspondiente al ejercicio del contrato de servicios.

7. Solicitar a “El Proyectista” y entregar al “Gerente del Proyecto”, la fianza por vicios ocultos.

8. Exigirle a “El Proyectista” el pago de adeudos al personal, proveedores, Seguro Social, etc.

9. Cerrar las Bitácoras y entregarlas al “Coordinador Técnico del Proyecto”.

Medición y pago.

Este concepto se pagará a la Supervisión tomando como unidad el acta de finiquito, a la cual se le aplicará el precio unitario ofertado en su propuesta económica y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.6. CNA-SUP-07 Estimaciones y ajuste de costos e informes.

Para evaluar resultados y verificar que los objetivos y las metas planteadas en el programa de los trabajos, la Supervisión deberá presentar informes periódicos, que detallen los avances obtenidos y la problemática de los trabajos, debiendo integrarlos bajo los siguientes capítulos:

9.6.1. Estimaciones y ajuste de costos a “El Proyectista”

Estimaciones tramitadas, debidamente revisadas y requisitadas; así como los ajustes de costos.

Por este concepto el Supervisor formulará cada mes las estimaciones del contrato (excluyendo las estimaciones de su contrato, el cual debe integrar, quedando incluido dentro de sus precios unitarios), anexando generadores por concepto, álbum fotográfico y la documentación necesaria de acuerdo a los formatos anexos, conciliando con “El Proyectista” los generadores (volúmenes a estimar de trabajos ejecutados para integrarlos al formato de dicho Proyecto (se anexa), el cual entregará al “Coordinador Técnico del Proyecto” en 5 impresiones y disquete.

El pago de estimaciones incluye los conceptos normales del contrato y de ajuste de costos y demás documentos complementarios y de soporte.

Deben incluir dentro del análisis de este precio unitario lo que a continuación se indica:

1) Aplicación del precio unitario de la licitación 2) Periodo de ejecución dentro del plazo contractual 3) Importe dentro del monto contractual 4) Cantidades de trabajo dentro del catálogo original, que no excedan las consignadas en

el presupuesto de contrato. 5) Aplicación correcta de deducciones pactadas contractualmente. 6) Elaboración de facturas 7) Período de pago dentro de los treinta días naturales siguientes 8) Hoja de ruta y póliza de cheques 9) Aplicación de retenciones y/o penalizaciones por retraso en programa de ejecución

pactado contractualmente. 10) Amortización de anticipos otorgados. 11) Documentación de soporte; números generadores debidamente validados por la

Supervisión y “El Proyectista”. 12) Revisión física y conciliación de las cantidades de trabajo de cada concepto considerado

en los números generadores presentados; conciliando en su caso con el “El Proyectista” la diferencia encontrada, dentro de los plazos y términos establecidos por la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas.

13) Asientos contables de las estimaciones, debidamente validados. 14) Saldo a estimar y/o a ejercer y/o cancelar. 15) Concentrado de estimaciones; por conceptos de trabajo ejecutados 16) Concentrado de estimaciones; por monto ejecutado. 17) Aplicación de los ajustes de costos autorizados. 18) Oficios de autorización de ajuste de escalaciones que estén aplicando en la estimación y

su correspondiente oficio de autorización. 19) Informes a la SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PUBLICA en los términos indicados en la

Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. 20) Comparativo del programa de trabajo real contra el programado, en tamaño carta con

los valores en la parte inferior. 21) Informe fotográfico de las actividades realizadas (de ingeniería básica) en el período.

“El Proyectista” y/o la Supervisión podrán incluir otras actividades no consideradas que juzguen conveniente en el análisis y no será motivo de modificación del precio unitario.

La falta de algún documento soporte será motivo suficiente para no pagar este concepto y será responsabilidad de la Supervisión el incumplimiento y sus consecuencias de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

Medición y pago.

Este concepto se liquidará por estimación aplicando el precio unitario ofertado y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.6.2. Informe de avance Físico y Financiero.

Por éste concepto el Supervisor formulará cada mes los Avances Físicos y Financieros del contrato motivo de Supervisión y recopilará los avances físicos y financieros, el cual entregará al “Coordinador Técnico del Proyecto” en impresión doble (dos) y disquete.

Medición y pago.

Este concepto se liquidará por estimación aplicando el precio unitario ofertado y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.6.3. Informes semanales de Supervisión

La Supervisión elaborará y entregará semanalmente al “Coordinador Técnico del Proyecto” o a quien ésta designe, un reporte de las actividades realizadas, que incluirá resultados de las revisiones realizadas en las etapas de ingeniería básica y de detalle para que de inmediato se ordene a “El Proyectista” efectuar las correcciones que procedan, así como las adecuaciones que se hayan hecho al proyecto con el soporte técnico en que se apoyaron las decisiones.

Medición y pago.

Este concepto se liquidará por Informe, aplicando el precio unitario ofertado y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.6.4. Informes mensuales de Supervisión

La Supervisión elaborará y entregará, en original y cinco copias al “Coordinador Técnico del Proyecto” o a quien éste designe, informes mensuales, en un plazo que no exceda a tres días posteriores al período reportado, un resumen de todas las actividades asentadas en los reportes diarios, utilizando los formatos que para tal efecto establezca la CONAGUA.

Medición y pago.

Este concepto se liquidará por Informe, aplicando el precio unitario ofertado y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

9.6.5. Informe final de Supervisión

La Supervisión elaborará y entregará al “Coordinador Técnico del Proyecto”, un ejemplar del informe para revisión del cual una vez corregido y aceptado entregará un informe final en original y cinco copias, que contendrá el resumen de todas las actividades generadas durante la ejecución del contrato, evaluando los resultados obtenidos en el proyecto ejecutivo realizado.

Medición y pago.

Este concepto se liquidará por Informe, aplicando el precio unitario ofertado y no incidirá dentro de la integración de este precio unitario el personal y el equipo de cómputo e impresión consignados en los conceptos 9.4.1 a 9.4.8.

10. CATALOGO DE CONCEPTOS

Partida Descripción Unidad Cantidad

9.2 CNA-SUP-02.- Integración del expediente único de Obra Pública.

Expediente

1

9.3 CNA-SUP-03.- Bitácora de obra

Bitácora

1

9.4 CNA-SUP-05.- Personal, equipo de transporte, cómputo e impresión.

9.4.1 Personal 9.4.1.1 Coordinador de Supervisión Mes 8 9.4.1.2 Jefe de Proyecto “A” Mes 10 9.4.1.3 Supervisor de Ingeniería Mes 18 9.4.1.4 Analista programador Mes 7 9.4.1.5 Capturista de datos Mes 1 9.4.2 Equipo de transporte 9.4.2.1 Camioneta pick-up de ¾ de ton. (5) Mes 5 9.4.3 Equipo de informática 9.4.3.1 Equipo de computo con servidor e impresión a color Mes 7 9.4.3.2 Equipo de computo con servidor e impresión a color Mes 14 9.4.3.3 Equipo de computo con servidor e impresión a color Mes 7

9.5 CNA-SUP-06.- Finiquito de los trabajos de “el proyectista”

Acta

1

9.6 CNA-SUP-07.- Estimaciones e informes

9.6.1 Estimaciones a “el proyectista” Estimación 7 9.6.2 Informe de avance físico y financiero Informe 7 9.6.3 Informes semanales de supervisión Informe 21 9.6.4 Informes mensuales de supervisión Informe 7 9.6.5 Informe final de supervisión Informe 1

11. Finiquito de los servicios de supervisión y control de calidad

Una vez recibido el Proyecto Ejecutivo por la Dependencia, la Supervisión llevará a cabo las siguientes actividades para finiquitar sus servicios:

1) Entregar a la Dependencia, la documentación que respalde su actuación: informe de terminación de los servicios, finiquitos, actas de recepción-entrega, licencias y permisos, inventario de instalaciones y balances de suministros hechos por la CONAGUA, manuales e instructivos.

2) Entregar al “Gerente del Proyecto” los levantamientos referentes a la actualización del proyecto: adecuaciones, modificaciones y cancelaciones.

3) Presentar una apreciación de la capacidad técnica, económica y administrativa de “El Proyectista”.

4) Entregar el Expediente Único de la Obra Pública del Contrato a satisfacción del “Gerente del Proyecto”.

5) Previamente a realizar la estimación de finiquito de la Supervisión, se deberá contar con el acuse de recibo de la entrega de este expediente y del propio de Supervisión al “Coordinador Técnico del Proyecto”.

6) Entregar la Bitácora. 7) La documentación mencionada en el Capítulo 5. “CNA-SUP-06 Finiquito de los trabajos

de “El Proyectista”” 8) Cuando haya sido recibida a satisfacción del “Gerente del Proyecto” la documentación

mencionada, ésta procederá a elaborar el acta de finiquito de los servicios de la Supervisión.

El finiquito de los servicios de la Supervisión, no la libera de las responsabilidades derivadas de su función, de conformidad con lo señalado por la Ley de Obras Públicas Y Servicios relacionados con las mismas en su Artículo 66.

El presente Contrato tendrá una duración de 8 meses (240 días).