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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 52 S u m a r i o Miércoles 5 de marzo de 2014 DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA: Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Notificaciones 3 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial en Sevilla: Convenio Colectivo de la empresa Hispanomoción SA con vigencia del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2015 4 NOTARÍAS: Notaría de don Javier Valverde Cuevas: Acta de presencia y notoriedad 13 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Área de Hacienda: Expediente de modificación presupuestaria 13 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 1: autos 577/12; número 2: autos 1304/11, 1094/11 y 326/13; número 10: autos 1385/11 14 Madrid—Número 35: autos 456/13 16 Juzgados de Primera Instancia: Morón de la Frontera—Número 2: autos 25/14 16 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Convocatoria extraordinaria para las autorizaciones de uso de espacios del edificio CREA 17 Resoluciones sobre acciones formativas 36 Declaraciones de zonas acústicamente saturadas 37 Agencia Tributaria de Sevilla: Padrones fiscales 41 Notificaciones 42 Gerencia de Urbanismo: Convenio urbanístico 46 Notificaciones 46 La Campana: Convocatoria para la provisión de los puestos de Jueces de Paz titular y sustituto 50

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 52

S u m a r i o

Miércoles 5 de marzo de 2014

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA:— Subdelegación del Gobierno en Sevilla: Notificaciones 3 JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Territorial en Sevilla: Convenio Colectivo de la empresa Hispanomoción S A con

vigencia del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2015 4 NOTARÍAS:— Notaría de don Javier Valverde Cuevas: Acta de presencia y notoriedad 13 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA:— Área de Hacienda: Expediente de modificación presupuestaria 13 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 1: autos 577/12; número 2: autos 1304/11,

1094/11 y 326/13; número 10: autos 1385/11 14 Madrid —Número 35: autos 456/13 16— Juzgados de Primera Instancia: Morón de la Frontera —Número 2: autos 25/14 16 AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Convocatoria extraordinaria para las autorizaciones de

uso de espacios del edificio CREA 17 Resoluciones sobre acciones formativas 36 Declaraciones de zonas acústicamente saturadas 37 Agencia Tributaria de Sevilla: Padrones fiscales 41 Notificaciones 42 Gerencia de Urbanismo: Convenio urbanístico 46 Notificaciones 46— La Campana: Convocatoria para la provisión de los puestos de

Jueces de Paz titular y sustituto 50

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— Cantillana: Convocatoria para la provisión de las plazas de Jefe de Bomberos y de Cabo del Parque de Bomberos 51

Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 52

— Carmona: Notificaciones 53— Cazalla de la Sierra: Convenio con el Opaef de delegación de

gestión y recaudación 54 Encomienda de gestión 55— Dos Hermanas: Estatutos y bases de actuación de la Junta de

Compensación AP-57 Echajuy UE-1B 55 Notificaciones 71— Fuentes de Andalucía: Notificación 73— Olivares: Adenda a convenio urbanístico de gestión 74— Tomares: Convocatoria para la obtención del certificado de

conducción de auto-taxis 75 Notificación 78 OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS:— Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija:

Presupuesto general ejercicio 2014 79 Plantilla de personal 79 Modificación de la ordenanza marco 80

SUPLEMENTOS NÚMS. 4 y 5

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Número 52

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA————

Subdelegación del Gobierno en SevillaNo habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-

midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:Expediente Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase Acuerdo de iniciación6334/2013 RAFAEL GARCIA JIMENEZ Calle FUENTE NUEVA, 15-ENT 2, 5 Marbella155/2014 FRANCISCO JOSE IGLESIA DOMINGUEZ Calle COMUNIDAD CANARIA 2 BJ A Sevilla222/2014 JESUS MARIN BUZON Calle HERMANO PABLO 7 1 B Sevilla314/2014 JUAN BUZON GONZALEZ Calle PERDIZ 10 2 IZ Sevilla381/2014 SANDRA TIRADO PEREZ Calle NALON 14 BJ DR Sevilla389/2014 RAFAEL GALVEZ MEDEL Calle MARES DEL SUR 4 BJ A Sevilla393/2014 JOSE MANUEL RODRIGUEZ MORILLO Calle TOMARES 52 Camas404/2014 JAVIER MARTINEZ MARQUEZ Calle CISNEO ALTO, BQ 3 4º B Sevilla427/2014 JOSE LATO NOGALES Calle ANTONIO LARA 4 4 DR Sevilla429/2014 JUAN CARLOS CORDERO BUSTAMANTE Calle MARIA AUXILIADORA 70 Palma del Condado (La)433/2014 JOSE MARIA VAQUERO CASTILLA Avenida DE LA PAZ 18 4º P3 2 Sevilla440/2014 JOSE RAMON GONZALEZ GONZALEZ Calle ANTONIO SUSILLO 10 1 IN Sevilla441/2014 GONZALO REYES CORTES Calle CABEZAS DE SAN JUAN 3 Sevilla468/2014 JOAQUIN LIBERTO BONILLA IGLESIAS Calle BDA FEDERICO GARCIA LORCA 6 1º A Sevilla472/2014 JESUS CASTILLO MARTIN Calle MARTINEZ MONTAÑES, CJ 3, BQ 9, 1ºA Sevilla475/2014 CARLOS BUENO LANGA Calle CIUDAD DE CULLERA 1 2 11 Sevilla492/2014 ANTONIO IGLESIAS MUÑOZ Urbanizacion LA CELADA, CALLE GEMINIS 94A Carmona494/2014 JOSE MANUEL REYES CAMACHO Calle CAMINO DE GUIA 147 Camas498/2014 ALBERTO SANABRIA NAVARRO Calle ROSALIA DE CASTRO 22 Mairena del Alcor504/2014 JESUS FERNANDEZ SUAREZ Barrio EL VACIE, CALLE C 28 Sevilla506/2014 FRANCISCO RAMON PORTAS GARRIDO Calle SAN REMO 17 Dos Hermanas523/2014 EKATERINA BORODKINA Calle PALACIOS MALAVER 4 1 Sevilla524/2014 JESUS CRUZ MOLINA Calle CONDE DE BARCELONA 75 San Juan de Aznalfarache544/2014 FERNANDO RODRIGUEZ LOBO Calle ARENOSO 10 3º IZ Dos Hermanas548/2014 CRISTIAN ENRIQUE NUÑEZ HERNANDEZ Calle CELESTINO LOPEZ MARTINEZ 7 1º C Sevilla550/2014 GREGORIO JESUS JIMENEZ MOLANO Calle MARCHENA 36 Mairena del Alcor551/2014 ION MARICA Calle GONZALO NUÑEZ DE SEPULVEDA 12 Sevilla552/2014 JUAN MANUEL BLAZQUEZ OLMO Calle ESTURION 19 2º DR Sevilla554/2014 JUAN ANTONIO ROMERO GARCIA Avenida LIBERTAD 8 Dos Hermanas557/2014 JUAN CHACON LEON Calle ORFEBRE CAYETANO GONZALEZ 342 3º IZ Sevilla563/2014 RAFAEL BERMÚDEZ FERNÁNDEZ Calle JOSE VALERO 15 Sevilla585/2014 JESUS DOMINGUEZ CORREA Calle TOMILLO 3 Coria del Río632/2014 LUIS ORUS MARTI Calle PERAL 21 3º IZ Sevilla634/2014 PABLO DAVID MURGUIA NUÑEZ Calle FRANCISCO MORAGA 12 1º D Sevilla636/2014 SALOMON DAVID SABORIDO SAENZ Calle FELICIDAD 40 Sevilla665/2014 FRANCISCO DE ASIS LOPEZ ESPADA Calle CONSUELO DE AFLIGIDOS 3 4º C Sevilla669/2014 JOSE IGNACIO TORRES RINCON Calle DALIA 14 Algaba (La)672/2014 DAVID REYES CARRASCO Calle BINEFAR 2B 3º A Sevilla673/2014 JESUS CARMONA VILCHES Avenida PELAY CORREA 4 Alcalá de Guadaíra674/2014 MIGUEL ANGEL ORTIZ GASCO Calle ESCULTOR SEBASTIAN SANTOS, CONJ 9, BQ 4 4º B Sevilla681/2014 GUILLERMO DANIEL LOPEZ CARRINO Calle GONZALO DIAZ 1 1º IZ Sevilla791/2014 RAFAEL BARRERO CAMINO Calle MACASTA 3 1º 2 Sevilla800/2014 MARCO GARZON FIGUERA Calle BARRIADA ANDALUCIA 51 Gelves813/2014 MANUEL CORTES MEJIAS Calle PINO 12 BJ IZ Sevilla818/2014 JESUS MENJIBAR HINOJOSA Calle AHINCO 7 Sevilla836/2014 MIGUEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ Calle BIDASOA Nº 25- 1º DCHA Sevilla841/2014 LIVIUS CRASNIC Plaza SAINETERO ARNICHES 2 Valencia918/2014 RAMON NAVARRO MESA Calle ALMONTE 19 Coria del Río928/2014 JUAN CARLOS MARTINEZ GONZALEZ Calle ABOGADO RAFAEL MEDINA 7 BJ D Sevilla937/2014 ANDRES PRADO FLORES Calle IGUALDAD 38 Sevilla 947/2014 MIGUEL ANGEL BERRAQUERO FERNANDEZ Calle URUGUAY 9 1º DR San Juan de Aznalfarache973/2014 LUIS ACAL BUZON Calle ESTRELLA CANAPUS 1 5º A Sevilla1005/2014 EZEQUIEL ARGUIJO ROMERO Calle MAESTRO ARRIETA 21 Dos Hermanas1110/2014 ANTONIO MORILLA GARCIA Avenida ANDALUCIA 2 5º B Sevilla1124/2014 FRANCISCO ANTONIO GUZMAN LUQUE Plaza DUENDES DE SEVILLA, 9- 3º D Sevilla1137/2014 CRISTIAN GARCIA CIPRIANO Calle OFELIA NIETO 58 Sevilla

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:Expediente Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase Resolución4113/2013 DAVID SAEZ POLINARIO Calle PIO BAROJA, 4 Sevilla4153/2013 RICARDO PUERTO VIVERO Calle FERNANDO MARTIN 54 Guillena4189/2013 LUIS CORTES BACHILLER Calle SECTOR ALMERIA BQ V2 3º B Andújar4219/2013 JOSE FELIX BARRERA PEREZ Calle MALAGA 5 Villanueva del Río y Minas

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4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Expediente Nombre y apellidos Domicilio Localidad4273/2013 FERNANDO MORALES BELMEZ Calle BARRIADA NUESTRA SEÑORA DE LA GRANADA 17 Llerena4274/2013 MIGUEL ANGEL SALGUERO BENITEZ Calle CRUZ DEL MORO 2 Viso del Alcor (El)4278/2013 AURORA VALERO PEON Calle CASABLANCA 1 Tomare 4279/2013 MARIAN STELICA CALDARARU Calle FEDERICO GARCIA LORCA 32 Casariche4602/2013 ISMAEL ACUÑA NIETO Calle SAN ISIDRO LABRADOR 39 3 A Mairena del Aljarafe4629/2013 FELIX REYES JIMENEZ Calle CASTILLEJA DE LA CUESTA 6 Sevilla4695/2013 DAVID RODRIGUEZ PARDO Calle NESCANIA 21 5 B Sevilla4715/2013 MANUEL GALLEGO MARIN Calle LUIS ORTIZ MUÑOZ CJTO 6, BQ 3 3º A Sevilla4716/2013 SALVADOR QUISPE COAGUILA Plaza CICLAMOR 3 1 DC Sevilla4745/2013 JESUS FLORES ESTEVE Avenida PADRE GARCIA TEJERO 6 5º C Sevilla4778/2013 BENJAMIN POZO FERNANDEZ Calle PLAYA MATALASCAÑAS 18 6 PBJ C - Sevilla4801/2013 ROBERT NITA Calle DIECIOCHO DE FEBRERO 78, 4º C San Juan de Aznalfarache4832/2013 JUAN ARCOS PEREZ Calle CAMAS 29 Sevilla4860/2013 RAFAEL FERNANDEZ CASTILLO Calle RINCONADA 5 Écija4893/2013 JESUS DOMINGUEZ CORREA Barrio BDA REPUBLICA ARG A, BL TUCUMAN, 1 1C Puebla del Río (La)4931/2013 IVAN OLIVA MARTINEZ Calle MANUEL FAL CONDE 369 C 3 5 Sevilla4934/2013 MANUEL JIMENEZ JIMENEZ Calle ZARAGOZA 9 Mairena del Aljarafe4958/2013 CHRISTIAN NARANJO DE LAS CASAS Calle RAFAEL 18 Burguillos4970/2013 JUAN ANTONIO GILES VAZQUEZ Calle VICTORIA DOMINGUEZ CERRATO 8 3º B A Sevilla5067/2013 FCO JOSÉ VIERA GONZALEZ Calle ARQUITECTO JOSÉ GALNARES, CONJ 4, 6, 4º A Sevilla5076/2013 FRANCISCO TORRES CARRANZA Calle TORRECABRA 50 Sevilla5101/2013 JOSÉ MANUEL FERNÁNDEZ REINA Calle AUXILIO DE LOS CRISTIANOS, 3 1º D Sevilla5122/2013 FRANCISCO MANUEL CARRASCO CABALLO Calle FRATERNIDAD 66 Sevilla5129/2013 MANUEL MUÑOZ JIMENEZ Calle LUIS ORTIZ MUÑOZ CJTO 8, BQ 235 - 2º B Sevilla6011/2013 GUSTAVO ADOLFO HERRERA VARGAS Avenida BELLAVISTA 50 3º A Sevilla6020/2013 JOSE RAMON GONZALEZ BERMUDEZ Calle PADRE JOSE SEBASTIAN BANDARAN, 139, CJT 4 3 B Sevilla

No habiéndose podido practicar la notificación de la comunicación que se cita, se hace público el presente anuncio, de confor-midad con lo prevenido en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a fin de que en el plazo de quince días, el interesado pueda comparecer en el Departamento de Sanciones de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, en Plaza de España, Torre Sur, de esta capital, para tener conocimiento del expediente que se indica y, en su caso, formular las alegaciones o interponer los recursos procedentes:

Expediente Nombre y apellidos Domicilio Localidad

Fase Resolución2186/2013 ALEJANDRO JOSE SANCHEZ ALONSO Calle MANUEL DE FALLA 64 Camas4904/2013 CARLOS HERRANZ AGUILAR Plaza DE LA IGLESIA, 7 Castilblanco de los Arroyos

En Sevilla a 26 de febrero de 2014 —El Secretario General (Resolución BOP 29/04/97), Fco Javier Arroyo Navarro 253W-2452

JUNTA DE ANDALUCÍA————

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo————

Delegación Territorial en Sevilla

Visto el Convenio Colectivo de la Empresa Hispanomoción, S A , suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde 1 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2015

Visto lo dispuesto en el art 90 2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E T ),de acuerdo con el cual, los conve-nios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro

Visto lo dispuesto en los arts 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre «registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo», serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las au-toridades laborales» los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un» convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros

Visto lo dispuesto en los arts 3, 6 y 8 del RD 713/2010 de 28 de mayo Real Decreto 4042/82, de 29 de diciembre, sobre Tras-paso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 149/2012, de 5 de junio, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y Decreto 202/2013, de 22 de octubre que modifica la citada estructura y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía Esta Delegación Territorial

Acuerda:Primero —Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo de la Empresa Hispanomoción, S A , suscrito por la referida

entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2013 a 31 de diciembre de 2015 Segundo.—Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.Sevilla a 2 de diciembre de 2013 —La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 5

CONVENIO COLECTIVO 2013-2015 HISPANOMOCIÓN, S A , - SEVILLA

Título I Disposiciones Generales

Artículo 1 º Partes firmantes.Este Convenio Colectivo ha sido suscrito entre la representación de la empresa HISPANOMOCIÓN, S A , y los órganos de

representación legal de los trabajadores en Sevilla y su provincia Artículo 2 º Ámbito de aplicación.El presente Convenio Colectivo afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena que presten servicios para la empresa Hispa-

nomoción, S A , en todos los centros y lugares de trabajo ubicados en Sevilla y su provincia El personal cuadro se excluye voluntariamente del Convenio Colectivo en todas las materias reguladas en su estatuto específico.Queda expresamente excluido el personal vinculado por una relación laboral especial de alta dirección a que se refiere el artí-

culo 2 1 a) del Estatuto de los Trabajadores Artículo 3 º Vigencia y denuncia.La vigencia de este Convenio Colectivo será de tres años, desde el día 1 de enero de 2013, hasta el día 31 de diciembre de 2015,

a excepción de aquellos aspectos del articulado que contuvieran expresamente una vigencia distinta El presente Convenio Colectivo será prorrogado tácitamente de año en año hasta que cualquiera de las partes lo denuncie por

escrito a la otra parte con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización de la vigencia inicial o de la prórroga en curso.Ambas partes acuerdan que la negociación del próximo Convenio Colectivo se inicie antes de la finalización del primer trimes-

tre del año 2016 Artículo 4 º Unidad de Convenio.El presente Convenio constituye un todo orgánico, único e indivisible, que se aplica con exclusión de cualquier otro, quedando

las partes mutuamente vinculadas al cumplimiento de su integridad En el supuesto de que la jurisdicción competente anulara o dejara sin efecto alguna materia recogida en este Convenio Colec-

tivo, las partes se comprometen a volver a negociarlo para restablecer el equilibrio de intereses alcanzado en el momento de su firma.Artículo 5 º Compensación y absorción.Las condiciones de trabajo fijadas en el presente Convenio tienen carácter de mínimas, y en su virtud, serán nulas y no surtirán

efecto alguno entre las partes, los pactos o cláusulas que impliquen condiciones menos favorables para el trabajador Las mejoras económicas de trabajo individuales que se implante en el presente Convenio, así como las voluntarias que estén

establecidas o que se establezcan en lo sucesivo, podrían ser compensadas y absorbidas hasta donde alcance, con los aumentos o me-joras que existan o puedan establecerse mediante disposiciones legales que en el futuro se promulguen, las cuales solo tendrán eficacia práctica si superasen el nivel del Convenio

Con independencia de los conceptos retributivos de las tablas salariales, la Empresa se compromete a mantener las mejoras salariales no absorbidas concedidas al personal afectado de la plantilla

Artículo 6 º Designación de la Comisión Paritaria.Se acuerda la constitución de una Comisión Paritaria en el plazo de diez días a partir de la firma del presente Convenio Colec-

tivo, que estará integrada por tres miembros de la representación empresarial y otros tantos de la representación social, todos ellos de-signados preferentemente entre aquellos que hayan formado parte de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Los sindicatos que tengan constituida sección sindical podrán asistir con voz pero sin voto a las reuniones de la Comisión Paritaria

Las partes firmantes se comprometen a someter a la Comisión Paritaria, de forma previa y obligatoria a la vía administrativa y judicial, todas aquellas cuestiones derivadas de la aplicación e interpretación del Convenio Colectivo, así como cualesquiera otras que le sean legalmente asignadas

La Comisión Paritaria se reunirá a instancias de cualquiera de las partes en el plazo máximo de diez días desde su solicitud, debiendo precisar en la convocatoria el orden del día que se pretende tratar Los acuerdos de la Comisión Paritaria se adoptarán por mayoría de sus miembros en el plazo máximo de cinco días laborables, y tendrán eficacia general, siendo publicados para el conoci-miento de la plantilla

En caso de que la Comisión Paritaria no alcanzara un acuerdo, cualquiera de las partes podrá someter la cuestión suscitada al procedimiento de mediación a que se refiere al artículo siguiente.

Artículo 7 º Adhesión y sometimiento a acuerdos interprofesionales.Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo acuerdan someterse al procedimiento de mediación recogido en el acuer-

do interprofesional de solución extrajudicial de conflictos colectivos vigente en cada momento en el ámbito de la Comunidad de Andalucía

Artículo 8 º Acuerdo Marco del Comercio y acuerdo Estatal del Sector del Metal.Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo acuerdan de forma expresa su desvinculación del acuerdo Marco de

Comercio y del acuerdo Estatal del sector del Metal a todos los efectos y en toda su extensión Artículo 9 º Desarrollo social sostenible.En las actuales circunstancias económicas y de competitividad que definen y condicionan el mundo de la Empresa y que hay

que considerar para su supervivencia, es imprescindible tener en cuenta el elemento humano como parte fundamental integrante de la misma Por ello, se hace preciso compatibilizar el desarrollo económico de la Empresa con los derechos y aspiraciones del entorno, tanto en los aspectos medioambientales como en los puramente sociales

Sin perjuicio de lo pactado en el presente Convenio Colectivo y de los demás acuerdos y prácticas existentes, es intención de los firmantes analizar y, en su caso, concluir, durante la vigencia de éste, acuerdos en materias de desarrollo socialmente sostenible, en la

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6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

medida en que la organización de la Empresa posibilite tales instrumentos de integración laboral y social Profundizando en el principio del diálogo social permanente, los firmantes manifiestan la necesidad de seguir avanzando en el camino de la consecución de aquellos acuerdos en las materias en que ambas partes convengan

Ambas partes, asimismo, declaran la vigencia de los valores y normas de comportamiento contenidos en el acuerdo Marco Mundial y en el Código Ético del Grupo. Los firmantes, en el ámbito de sus respectivas responsabilidades, se proponen ejercitar sus derechos y cumplir sus obligaciones en el marco del respeto a los precitados valores

Título IIOrganización del Trabajo

Artículo 10 º Principios generales de organización del trabajo.La organización del trabajo, respetando la legislación vigente, es facultad y responsabilidad de la Dirección de la Empresa, sin

perjuicio de las competencias que la legislación vigente confiere a la representación legal de los trabajadores.La representación legal de los trabajadores tendrá las funciones de asesoramiento, orientación y propuesta en relación con la

organización del trabajo, sin menoscabo de lo establecido en el ordenamiento jurídico Es objetivo común de todos los integrantes de la Empresa alcanzar un nivel adecuado de productividad basado en la óptima

utilización de los recursos disponibles, para lo cual es necesaria la mutua colaboración de las partes integrantes de la Empresa Artículo 11 º Sistema de clasificación profesional.El sistema de clasificación profesional se articula a tenor de lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores mediante grupos

profesionales, incluyendo en cada grupo tanto distintas funciones como especialidades profesionales La finalidad del sistema de clasificación profesional es compatibilizar la realidad dinámica de la Empresa, especialmente en sus

necesidades funcionales, con el desarrollo profesional de los trabajadores en el marco de la relación laboral, teniendo como principio fundamental la no discriminación por razón de sexo

El sistema de clasificación profesional no limita el establecimiento de nuevas formas de organización del trabajo, ni el uso de tecnologías ni la asunción de nuevas funciones en el marco del grupo profesional al que se pertenezca y grado de complejidad del puesto de trabajo desempeñado

Artículo 12 º Grupos profesionales.Se entiende por grupo profesional la unidad de clasificación que agrupa de forma homogénea las aptitudes profesionales, las

titulaciones requeridas y el contenido general de la prestación desde el punto de vista organizativo, conteniendo además el marco fun-cional del trabajo que puede venir obligado el trabajador

Se definen dos grupos profesionales:* Grupo Profesional I: Personal dedicado a actividades comerciales y administrativas.* Grupo Profesional II: Personal dedicado a las actividades de taller y de recambios y accesorios.Artículo 13 º Valoración de puestos de trabajo.El puesto de trabajo constituye la unidad básica sobre la que se asienta la estructura de la organización y se define como un

conjunto acotado de tareas, deberes y responsabilidades que son desempeñados en cada momento por un trabajador con carácter pre-dominante y habitual

De acuerdo con ello y en función del diferente grado de complejidad del puesto de trabajo, se determinará su encuadramiento dentro de la organización con arreglo a los criterios de valoración de la siguiente escala:

— Complejidad 1 (C1):Se incluyen los puestos de trabajo que se encargan de la realización de tareas según instrucciones precisas y claramente esta-

blecidas, con un alto grado de dependencia jerárquica y/o funcional, que requieren preferentemente esfuerzo físico y/o atención, y que no necesitan formación específica.

— Complejidad 2 (C2):Se incluyen los puestos de trabajo que requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas, con un grado

de complejidad técnica básica o media con precedentes poco diversificados, exigen habitualmente iniciativa y razonamiento autónomo dentro de instrucciones concretas impartidas por sus responsables jerárquicos y/ funcionales

— Complejidad 3 (C3):Se incluyen los puestos de trabajo que requieren iniciativa, especialización y conocimiento profesional, en un marco de instruc-

ciones precisas de complejidad técnica entre media y superior, con una ejecución autónoma de las tareas, comportando bajo supervisión la responsabilidad de éstas dentro de un proceso, y que pueden implicar coordinación con otras personas dentro de organizaciones simples de trabajo

— Complejidad 4 (C4):Se incluyen los puestos de trabajo con o sin responsabilidad de mando, que realizan tareas o procesos de alto contenido inte-

lectual y de interrelación humana con autonomía dentro del proceso, y/o requieren la integración y supervisión de tareas homogéneas realizadas por un conjunto de colaboradores en un ámbito organizativo menor

— Complejidad 5 (C5):Se incluyen los puestos de trabajo que suponen la realización de tareas complejas y heterogéneas con un alto grado de autono-

mía, iniciativa y responsabilidad, tienen responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la Empresa, toman decisiones y/o participan en su elaboración, y orientan a los colaboradores a su cargo hacia el logro de objetivos generales definidos.

Los puestos de trabajo valorados de acuerdo con esta escala de complejidad podrán conllevar ocasional o habitualmente la realización de tareas suplementarias y/o auxiliares de un grado de complejidad distinto, dentro del proceso completo del cual forman parte en el ámbito de su responsabilidad

En la Disposición Final Primera se recoge una tabla de equivalencias entre el sistema de clasificación existente hasta la fecha y el nuevo instaurado por el presente Convenio Colectivo

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 7

Artículo 14 º Desarrollo profesional.1 Principios de desarrollo profesional —Los principios sobre los que se asienta el desarrollo profesional de los trabajadores

en el marco de la organización de la Empresa, serán los siguientes:— Capacidad y potencial del trabajador para el desempeño de un puesto de trabajo de un grado de complejidad superior — Antigüedad en la empresa, en el grupo profesional y en función del grado de complejidad de los puestos de trabajo desem-

peñados — Consideración de las condiciones establecidas en el artículo 25 para la evolución de un nivel salarial inferior a otro superior — Necesidades derivadas de la organización del trabajo o de un mejor aprovechamiento de las aptitudes del trabajador 2 Procedimiento de desarrollo profesional —La Dirección de la Empresa comunicará a la plantilla las nuevas necesidades

de personal para cubrir las vacantes de los puestos de trabajo valorados como C1, C2 y C3 Los trabajadores interesados que hayan desempeñado durante tres años un puesto valorado como C1 y durante cinco años un

puesto valorado como C2, pondrán optar a la asignación de un puesto de un grado de complejidad inmediatamente superior, ponién-dolo en conocimiento del responsable de su departamento Ningún responsable se podrá negar a tramitar una solicitud de desarrollo profesional

La Dirección de la Empresa contestará razonadamente a las solicitudes presentadas en sentido positivo o negativo antes de la cobertura efectiva de la vacante Los trabajadores que ya presten servicios en la Empresa tendrán preferencia, en igualdad de condicio-nes exigidas, para el puesto solicitado para cubrir las vacantes existentes

Artículo 15 º Movilidad funcional.La movilidad funcional en el seno de cada grupo profesional, como elemento de adaptación interna, debe articularse de acuer-

do con la idoneidad y aptitud necesaria para el desempeño del puesto de trabajo encomendado, no teniendo otras limitaciones que las exigidas por las titulaciones académicas o profesionales obligatorias para desarrollar la actividad laboral, respetando en todo caso la dignidad profesional del trabajador

En caso de que fuera necesario para el correcto desempeño del nuevo puesto, el trabajador recibirá una formación previa y acorde con las nuevas funciones

Artículo 16 º Ingreso de personal.El ingreso de personal en la Empresa se realizará mediante las pruebas de selección que se consideren pertinentes en cada caso

en función de los requerimientos profesionales del puesto de trabajo, sin discriminación por razón de edad, sexo, estado civil, raza, religión, opinión, afiliación sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 17 º Período de prueba.El período de prueba para el personal de nuevo ingreso tendrá una duración máxima, cualquiera que sea su grupo profesional,

en función del grado de complejidad de su puesto de trabajo con arreglo a la siguiente escala:— Puestos de trabajo valorados C1, C2: 3 meses — Puestos de trabajo valorados C3, C4 y C5: 6 mesesDurante el período de prueba, el contrato de trabajo podrá resolverse a instancias de una parte mediante comunicación por

escrito a la otra parte, sin necesidad de preaviso ni concurrencia de causa El período de prueba quedará interrumpido en caso de suspensión del contrato de trabajo, reanudándose a partir de la fecha de

reincorporación efectiva del trabajador Artículo 18 º Capacidad disminuida.Los trabajadores afectados de incapacidad total por accidente laboral serán aplicados en otra actividad distinta a la de su grupo

profesional, adecuada a su aptitud, respetándose el nivel salarial de convenio que tuviera acreditado antes de pasar a dicha situación y conservando el derecho a los aumentos que por Convenio, pactos, etc , experimenten en lo sucesivo el nivel salarial de convenio que tuviera en el momento de producirse el hecho determinante de la disminución de su capacidad

Los trabajadores afectados de capacidad disminuida podrán ser aplicados en otra actividad distinta a la de su grupo profesional y adecuada a su aptitud, respetándose el nivel salarial de convenio que tuvieran acreditado antes de pasar a dicha situación y conser-vando el derecho a los aumentos que por Convenio, pactos, etc , experimenten en lo sucesivo el nivel salarial de convenio que tuviera en el momento de producirse el hecho determinante de la disminución de su capacidad

En ambos supuestos la asignación de estos puestos será facultad de la Empresa, previa notificación a la representación legal de los trabajadores

Artículo 19 º Contratación eventual.En virtud de lo previsto en el artículo 15 1 b) del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda la duración máxima pactada para los

contratos eventuales en el Convenio Colectivo del Comercio del Automóvil, Motocicletas, Bicicletas y sus Accesorios de la provincia de Sevilla, o en aquellos otros convenios que vengan a regular en el futuro estas actividades

Artículo 20 º Bajas voluntarias.El personal que cause baja voluntaria en la plantilla lo comunicará por escrito a la Empresa con una antelación de quince días

El incumplimiento por parte del trabajador de esta obligación facultará a la Empresa a descontar de la liquidación salarial el importe proporcional al período de preaviso incumplido

Título IIITiempo de Trabajo

Artículo 21 º Jornada de trabajo.1 La jornada de trabajo efectivo será de 1790 horas en cómputo global y anual 2 Los horarios de trabajo se recogerán en el calendario laboral que será publicado en el tablón de anuncios a comienzos de

cada año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 6 del Estatuto de los Trabajadores

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8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Sobre el horario de entrada se da un margen de cinco minutos y por tanto, la llegada durante los mismos se considerará puntual y dentro del horario

El personal a tiempo completo con horario continuado tendrá derecho a un descanso de al menos quince minutos, que será con-siderado como tiempo de trabajo efectivo a todos los efectos Este descanso se mantendrá en caso de realización de jornadas irregulares

3. Las partes convienen que la flexibilidad organizativa es un valor de cara al mantenimiento de los puestos de trabajo y la competitividad de la Empresa. Por ello, declaran su voluntad de abordar aquellas medidas de flexibilidad negociada interna, como prioridad frente a la flexibilidad externa, que posibilite las adaptaciones organizativas precisas en cada momento en un contexto de participación de la representación social

En tal sentido, y previa comunicación a la representación legal de los trabajadores, la Dirección de la Empresa podrá distribuir de forma irregular hasta un máximo de 176 horas de la jornada anual en cada uno de los años de vigencia del Convenio, respetando en todo caso los descansos diarios y semanal según la normativa vigente Estas horas serán consideradas a todos los efectos como horas ordinarias

La designación para realizar jornadas irregulares se efectuará de forma rotatoria y equitativa entre los trabajadores que des-empeñen puestos de trabajo equivalentes, tanto en cuanto a su número como en cuanto al momento de su realización Se considerará como criterios preferentes para su realización, la voluntariedad por parte del trabajador y la ausencia de obligaciones familiares sufi-cientemente acreditadas

En el caso de hacer uso de esta disponibilidad, se comunicará al trabajador afectado al menos con 3 días de antelación a la aplicación de la medida

A los efectos de no superar la jornada anual máxima pactada, las horas distribuidas irregularmente pendientes de compensación podrán trasladarse al primer trimestre del año natural siguiente

La Dirección de la Empresa informará trimestralmente a la representación legal de los trabajadores sobre las jornadas irregu-lares realizadas

Artículo 22 º Vacaciones.Las vacaciones anuales serán de treinta días naturales para todos los que lleven un año en la Empresa, equivalentes a 22 días

laborables cualesquiera que sean el modo y período de su disfrute Aquellos que no hubieran completado un año efectivo en la plantilla de la Empresa, disfrutarán un período de vacaciones pro-

porcional al tiempo trabajado La fecha de disfrute de las vacaciones será preferentemente en la temporada estival, estándose en caso de desacuerdo a lo pre-

visto en el Estatuto de los Trabajadores El calendario de vacaciones se confeccionará antes del día 30 de abril de cada año Artículo 23 º Permisos retribuidos.El trabajador, previo aviso y justificación, podrá disfrutar con derecho a remuneración, los siguientes permisos:a) Por matrimonio: quince días naturales b) Por nacimiento o adopción de hijo: 3 días laborables c) Por fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización yo intervención quirúrgica sin hospitalización que pre-

cise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad y del cónyuge o pareja de hecho del trabajador, siempre que éste acredite su convivencia mediante un certificado emitido por el registro oficial correspondiente: 2 días naturales

Cuando con tal motivo sea necesario un desplazamiento al efecto superior a 200 km desde el domicilio habitual, el plazo será de 4 días

d) Por traslado de domicilio habitual: 1 día laborable e) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos en el Estatuto de los Tra-

bajadores g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, a tenor del artículo 37 4 del Estatuto de los Trabajadores,

tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá ser dividida en dos fracciones La mujer por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad, o acumularlo en forma de permiso retribui-do en tiempo equivalente a jornadas a tiempo completo

En caso de acumulación, este permiso se ejercitará en un solo periodo, inmediatamente después de la situación de baja por maternidad en su caso y las vacaciones, y sin solución de continuidad respecto de esta situación Para poder acogerse a esta opción, la trabajadora deberá solicitarlo por escrito a la Dirección, como mínimo, quince días antes de finalizar la baja maternal.

Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o padre en el caso de que ambos trabajen En lo no previsto anteriormente los trabajadores tendrán derecho a permisos retribuidos conforme a lo establecido en los artí-

culos 23 y 37 del Estatuto de los Trabajadores

Título IV Régimen retributivo

Artículo 24 º Salario de convenio.El salario de convenio es la parte de la retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo, y su cuantía será la correspon-

diente al nivel salarial que tenga reconocido el trabajador, con arreglo a la siguiente escala:Grado de complejidad Niveles salariales Cuantía

C5 8 23 667,00C4 7 21 094,50 6 19 036,50C3 5 18 007,50 4 17 081,40

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 9

Grado de complejidad Niveles salariales Cuantía

C2 3 16 155,30 2 15 229,20C1 1 14 508,90

Artículo 25 º Evolución salarial.En orden a la evolución de un nivel salarial inferior a otro superior la dirección de la Empresa considerará, entre otros aspectos,

los conocimientos teóricos y la capacidad práctica, la calidad y cantidad del trabajo desempeñado, la disponibilidad en cuanto a la or-ganización del trabajo, la participación en acciones formativas, y el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales

Cuando el cambio de nivel salarial inferior a otro superior suponga a su vez un cambio de grado de complejidad en el puesto de trabajo asignado, se estará a lo previsto en el artículo 14 sobre desarrollo profesional

Artículo 26 º Incremento salarial.En cada año de vigencia del presente Convenio Colectivo el incremento del salario convenio será el correspondiente al IPC real

de cada año, que se aplicará a 31 de diciembre sobre las tablas salariales del año anterior Lo dispuesto en el párrafo anterior no resultará de aplicación en el supuesto en que el IPC real acumulado del año fuese nega-

tivo, en cuyo caso se mantendrán sin cambios las tablas salariales del año anterior Artículo 27 º Plus de transporte.Se establece un plus de transporte para todo el personal en plantilla, no computable a efectos de cotización a la Seguridad So-

cial, consistente en una cuantía de 988,04 euros anuales repartida en once mensualidades En cada año de vigencia de este Convenio Colectivo el plus de transporte se incrementará en el mismo porcentaje y condiciones

que lo haga el salario de convenio Artículo 28 º Complementos de puesto de trabajo.La Empresa comunicará por escrito a los trabajadores beneficiarios la cuantía y las circunstancias que den lugar al percibo de

un complemento de puesto de trabajo Todos los complementos de puesto de trabajo se abonarán en tanto concurran las circunstancias que los motivaron

Cuando el complemento de puesto de trabajo tenga carácter colectivo, se proporcionará la misma información a la representa-ción legal de los trabajadores

Artículo 29 º Incentivos.Para la revisión de los sistemas de incentivos de los diferentes departamentos se requiere informe emitido por la representación

legal de los trabajadores del centro de trabajo correspondiente En caso de discrepancia con la decisión empresarial adoptada, se some-terá la cuestión al procedimiento de mediación previsto en el artículo 7 de este Convenio Colectivo

Los sistemas de primas e incentivos que se encuentren siempre en vigor se remitirán a la representación legal de los trabajado-res del centro de trabajo correspondiente, la cual procederá a levantar acta

Artículo 30 º Horas extraordinarias.Las horas extraordinarias realizadas se abonarán en la cuantía correspondiente al nivel salarial ostentado por el trabajador, con

arreglo a la siguiente escala:Complejidad Niveles Cuantía

C5 8 16,00C4 7 16,00 6 16,00C3 5 16,00 4 16,00C2 3 16,00 2 16,00C1 1 16,00

Por acuerdo entre Empresa y trabajador las horas extraordinarias realizadas podrán ser compensadas con un descanso equiva-lente incrementado en un 50%

Artículo 31 º Forma de pago.Los trabajadores recibirán su retribución mediante liquidación mensual en doce pagos en los últimos cinco días de cada mes Los devengos salariales se harán efectivos mediante transferencia bancaria, a cuyo fin todo el personal facilitará a la Empresa

los datos relativos a su cuenta en las entidades bancarias que el trabajador determine para este fin.

Título V Beneficios Sociales

Artículo 32 º Complemento de jubilación.La Empresa mantendrá el sistema de complemento por jubilación a la edad ordinaria de jubilación dispuesta en la legislación

vigente en cada momento y que se regula por el reglamento que figura en el documento al efecto.Las cantidades fijadas para el año 2013 se concretan en 196,82 euros anuales en concepto de complemento por jubilación y

148,05 euros anuales en concepto de prima de sustitución, según los casos Ambas cantidades se revalorizarán anualmente en el mismo porcentaje y condiciones que lo haga el salario de convenio

El derecho al complemento por jubilación se perderá si el trabajador continuase prestando servicios después del mes en el que cumpla la edad ordinaria de jubilación dispuesta en la legislación vigente en cada momento, salvo que no reúna el tiempo mínimo necesario para causar derecho a la pensión pública de jubilación, en cuyo caso, continuará integrado en este sistema por el tiempo indispensable para ello

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10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Artículo 33 º Seguro de vida y accidentes.La Empresa establecerá un seguro colectivo de vida a favor de su personal hasta que el trabajador cause baja en la Empresa por

cualquier motivo El capital asegurado será de 20 659,74 euros para cada trabajador sujeto a este Convenio Colectivo Este seguro garantiza los riesgos alternativos siguientes:— Muerte natural o Incapacidad Permanente derivadas de enfermedad: abono del capital asegurado — Muerte o Incapacidad permanente derivadas de accidente: abono del capital asegurado más un capital complementario de

38 853,85 euros En el concepto de incapacidad permanente queda excluida la situación de incapacidad permanente parcial Adicionalmente, la Empresa cubrirá mediante un seguro complementario de accidentes al personal que, por necesidades del

servicio haya de desplazarse fuera de su centro de trabajo Dicho seguro garantizará los riesgos de fallecimiento e incapacidad perma-nente por un importe adicional de 48 550,34 euros

Los trabajadores contratados a tiempo parcial con una jornada inferior al 80% de la jornada fijada con carácter general en este Convenio, reducirán los capitales asegurados en proporción a la jornada contratada

En el supuesto de Incapacidad Permanente Total, la cobertura asegurada se hará efectiva en el momento de causar baja en la plantilla de la Empresa y del reconocimiento legal de tal situación

En cada año de vigencia de este Convenio Colectivo los capitales del seguro de vida y accidentes se incrementarán en el mismo porcentaje y condiciones que lo haga el salario de convenio

Artículo 34 º Complemento por incapacidad temporal.1 Incapacidad Temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral A todo el personal que se encuentre de baja por enfermedad común, constatada por la Seguridad Social mediante el preceptivo

parte de baja, que deberá entregar el trabajador a la Empresa en los tres días siguientes, se le aplicarán las siguientes reglas:— Del 1 º al 3 º día se abonará: el 100% de la retribución que según este convenio perciba el trabajador — A partir del 4 º día y hasta el período máximo de 12 meses, se complementará lo necesario para alcanzar el 100% de la re-

tribución total que en el mes anterior a la fecha de baja perciba el trabajador (sin incluir el importe de las horas extraordinarias, guardias, primas salariales de devengo superior al mensual y conceptos no cotizables) Este complemento podrá ampliarse hasta los 18 meses, siempre que se obtenga un informe favorable de los servicios médicos de la Entidad Gestora competente de la Seguridad Social o de la Mutua de Accidentes

2 Incapacidad Temporal derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional Todo el personal que se halle de baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional, previo informe favorable de los espe-

cialistas de la Mutua de Accidentes de Trabajo, se le completará el porcentaje establecido según Ley, hasta alcanzar desde el primer día de baja, el 100% de la retribución total correspondiente al mes anterior al de la baja (sin incluir el importe de las horas extraordinarias, guardias, primas salariales de devengo superior al mensual y conceptos no cotizables)

3 No obstante lo anterior, ante un informe negativo de los especialistas pertenecientes a la Entidad con la que la Empresa contrate la vigilancia de la salud o en caso de incomparecencia injustificada del trabajador a las citaciones realizadas por la Mutua de Accidentes, se podrá retirar el abono de los citados complementos

4 Los complementos establecidos en el presente artículo se aplicarán mientras se mantengan a cargo de la Seguridad Social los porcentajes establecidos actualmente. En caso de producirse alguna modificación de éstos, se procederá a la revisión de este artículo.

Artículo 35 º Prestaciones sociales.Durante la vigencia del presente Convenio Colectivo, la Empresa abonará las siguientes prestaciones sociales:a) Premio por nupcialidad: los trabajadores que contraigan matrimonio percibirán 205,80 euros b) Premio por natalidad: los trabajadores percibirán 205,80 euros por el nacimiento de un hijo o adopción c) Ayuda por familiar discapacitado: los trabajadores que tengan descendientes o ascendientes discapacitados físicos, psíqui-

cos y sensoriales de cualquier calificación que dependan de ellos percibirán 205,80 euros mensuales por cada uno de ellos En cada año de vigencia de este Convenio Colectivo estos importes se incrementarán en el mismo porcentaje y condiciones

que lo haga el salario de convenio Artículo 36 º Adquisición de vehículos por empleados.Los trabajadores y sus familiares directos tendrán derecho a la compra de vehículos nuevos y usados de las marcas Peugeot y

Citroën en régimen especial con un descuento sobre el precio de venta al público de acuerdo con el procedimiento que a tal efecto se establezca en cada marca

En todo caso, se imputará al trabajador el beneficio obtenido en la compra de vehículos que la legislación fiscal considere retri-bución en especie en cada momento, tanto si el comprador es el propio trabajador como si lo es un familiar

Artículo 37 º Fondos sociales.Se establecen los siguientes fondos sociales con las cuantías que se indican a continuación:1 Fondo de ayudas sociales: 2 500 euros 2 Fondo de préstamos: 16 905 euros Estos importes se verán incrementados anualmente en el mismo porcentaje que el salario de convenio Una Comisión de Fondos Sociales de carácter paritario, compuesta por tres representantes de los trabajadores y tres represen-

tantes de la Empresa, se ocupará de la administración y distribución de estos Fondos, con arreglo a los criterios de concesión y reparto que se recojan en su Reglamento de funcionamiento Las decisiones de esta Comisión de Fondos Sociales se adoptarán por mayoría de sus miembros

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 11

Título VI Código de Conducta Laboral

Artículo 38 º Definición de las faltas.Se entiende por faltas las acciones u omisiones de los trabajadores y trabajadoras que supongan un incumplimiento de sus

deberes laborales Artículo 39 º Graduación de las faltas.Los trabajadores y trabajadoras que incurran en alguna de las faltas que se establecen en los artículos siguientes, podrán ser

sancionados por la Dirección de la Empresa que tendrá en cuenta, atendiendo su importancia, trascendencia o malicia, su graduación en leves, graves o muy graves

Artículo 40 º Faltas leves.Tendrán la consideración de faltas leves las siguientes:a) De una a tres faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo sin la debida justificación, cometidas durante el período de un mes.b) No notificar con carácter previo o, en su caso, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la falta la razón de la ausencia

al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de haberlo hecho c) El abandono del trabajo sin causa justificada, que sea por breve tiempo. Si como consecuencia del mismo se causase per-

juicio de alguna consideración a la empresa o a los compañeros de trabajo o fuera causa de accidente, esta falta podrá ser considerada como grave o muy grave según los casos

d) Pequeños descuidos en la conservación del material e) Falta de aseo o limpieza personal f) No atender al público con la corrección y diligencia debidas g) No comunicar a la Dirección los cambios de residencia o domicilio h) Discutir con los compañeros dentro de la jornada de trabajo i) Faltar al trabajo un día sin causa justificada.Artículo 41 º Sanciones a las faltas leves.Las faltas leves serán sancionadas:1 Amonestación verbal 2 Amonestación por escrito Artículo 42 º Faltas graves.Tendrán la consideración de faltas graves las siguientes:a) Más de tres faltas no justificadas de puntualidad en la asistencia al trabajo, cometidas durante el período de treinta días.b) Faltas de uno a tres días al trabajo durante un período de treinta días, sin causa que lo justifique. Bastará una sola falta

cuando tuviera que relevar a un compañero o cuando como consecuencia de la misma se causase perjuicio de alguna consideración a la Dirección

c) No comunicar con la puntualidad debida los cambios experimentados en la familia, que puedan afectar a la Seguridad Social y, en su caso, a sus prestaciones La falsedad u omisión maliciosa en cuanto a la aportación de estos datos se considerará como falta muy grave

d) Entregarse a juegos, cualesquiera que sean, dentro de la jornada de trabajo e) La desobediencia a los superiores en cualquier materia de trabajo, incluida la resistencia y obstrucción a nuevos métodos

de racionalización del trabajo o modernización de maquinaria que pretenda introducir la Dirección, así como negarse a rellenar las hojas de trabajo, control de asistencia, etc. Si implicase quebranto manifiesto de la disciplina o de ella se derivase perjuicio notorio para la Dirección o compañeros de trabajo, se considerará falta muy grave

f) Simular la presencia de otro en el trabajo, firmando o fichando por él.g) La negligencia o desidia en el trabajo que afecte a la buena marcha del mismo h) La imprudencia en acto de servicio Si implicase riesgo de accidentes para sí o para sus compañeros o peligro de averías

para las instalaciones, podrá ser considerada como falta muy grave En todo caso, se considerará imprudencia en acto de servicio el no uso de las prendas y aparatos de seguridad de carácter obligatorio

i) Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada, así como el empleo para sus usos propios de herramientas de la Dirección

j) La reiteración o reincidencia en falta leve (excluida la de puntualidad), aunque sea de distinta naturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediado sanción que no sea la de amonestación verbal

Artículo 43 º Sanciones a las faltas graves.Las faltas graves serán sancionadas con suspensión de empleo y sueldo de dos a veinte días Artículo 44 º Faltas muy graves.Tendrán la consideración de faltas muy graves las siguientes:a) Más de diez faltas no justificadas de puntualidad, cometidas en un período de seis meses o veinte en un año.b) Las faltas injustificadas al trabajo durante tres días consecutivos o cinco alternos en un mismo mes.c) El fraude, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo, tanto a sus compañeros como a

la Dirección o a cualquier otra persona, realizado dentro de las dependencias de la misma o durante acto de servicio en cualquier lugar d) Los delitos de robo, estafa o malversación cometidos fuera de la Dirección o cualquier otra de delito común que pueda

implicar para ésta desconfianza hacia su autor

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12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

e) La simulación de enfermedad o accidente Se entenderá siempre que existe falta cuando un trabajador o trabajadora en baja por uno de tales motivos, realice trabajos de cualquier clase por cuenta propia o ajena También se comprenderá en este apartado toda manipulación hecha para prolongar la baja por accidente o enfermedad

f) La continuada y habitual falta de aseo y limpieza, de tal índole que produzca quejas justificadas de sus compañeros de trabajo

g) La embriaguez durante el trabajo h) Violar el secreto de la correspondencia o de documentos reservados de la Dirección i) Revelar a elementos extraños datos de reserva obligatoria j) Dedicarse a actividades que la Dirección hubiera declarado incompatibles o que impliquen competencia hacia la misma k) Los malos tratos de palabra u obra, o falta grave de respeto o consideración a los jefes o sus familiares, así como a los

compañeros y subordinados l) Causar accidente grave por negligencia o imprudencia inexcusable m) Abandonar el trabajo en puestos de responsabilidad n) La disminución no justificada en el rendimiento del trabajo.o) Originar riñas y pendencias con sus compañeros de trabajo p) Las derivadas de lo previsto en los apartados c), e) y h) del artículo anterior q) La reincidencia en faltas muy graves, aunque sean de distinta naturaleza, siempre que se cometan dentro de un trimestre y

hayan sido sancionadas Artículo 45 º Sanciones a las faltas muy graves.Las faltas muy graves serán sancionadas:1 Suspensión de empleo y sueldo de veinticuatro a sesenta días 2 Inhabilitación por un período no superior a cinco años para ascender de categoría 3 Despido Artículo 46 º Prescripción de las faltas.Las faltas prescribirán:— Faltas leves: A los diez días — Faltas graves: A los veinte días — Faltas muy graves: A los sesenta días Estas prescripciones se entienden a partir de la fecha en que la Dirección tuvo conocimiento de su comisión y en todo caso, a

los seis meses de haberse cometido Artículo 47 º Abuso de autoridad.La Empresa considerará como faltas muy graves y sancionarán en consecuencia los abusos de autoridad que se pudieran come-

ter por sus directivos, jefes o mandos intermedios Se considerará abuso de autoridad siempre que un superior cometa un hecho arbitrario, con infracción manifiesta y deliberada

de un preceptor legal y con perjuicio notorio para un inferior En este caso, el trabajador o trabajadora perjudicados lo pondrá en cono-cimiento del comité de empresa o delegados de personal, para que éste trámite la queja ante la Dirección de la Empresa Si la resolución de ésta no satisficiera al agraviado, éste o sus representantes legales lo pondrán en conocimiento de la comisión paritaria, según lo previsto en el artículo 6 º del presente convenio

Título VII Disposiciones Finales

Disposición final primera. Tabla de equivalencias del nuevo sistema de clasificación profesional.Los puestos de trabajo que integraban las anteriores categorías profesionales del convenio colectivo 2011-2012 se corresponden

con el grupo profesional, grado de complejidad y nivel salarial que se recoge en la siguiente tabla de equivalencias:

Convenio 2011-2012 Convenio 2013-2015

Categorías Grupo Complejidad Niveles

Gerente

I

5 8Jefe de Departamento

Titulado Superior

4

7

Titulado Medio

6Jefe de Sección

Jefe de Sección Mercantil

Oficial 1ª Admvo.3

5

Oficial 2ª Admvo. 4

Vendedor2

3

Auxiliar Admvo 2

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 13

Convenio 2011-2012 Convenio 2013-2015

Categorías Grupo Complejidad Niveles

Jefe de Departamento

II

5 8

Jefe de Sección 4 6

Oficial 1ª Especial Taller

3

5Dependiente Mayor

Oficial 1ª Taller4

Dependiente

Oficial 2ª Taller

23

Ayudante Dependiente

Oficial 3ª Taller 2

Mozo1 1

Subalterno

Disposición final segunda. Ley de igualdad.A tenor de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se ratifica el Documento de

Bases sobre la Política de Igualdad de Oportunidades de Mujeres y Hombres Disposición final tercera. Utilización de los recursos informáticos y de comunicación.Los medios y recursos informáticos y de comunicación, propiedad de la Empresa, de que disponen los trabajadores para el

correcto desempeño de su trabajo, se utilizarán de forma correcta, racional y responsable con arreglo a la normativa interna de uso vigente en el Grupo PSA

La Empresa realizará los controles precisos, con respeto en todo caso a la dignidad e intimidad del trabajador Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la nueva estructura salarial.La nueva estructura salarial establecida en el presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2014, manteniéndose hasta

entonces la distribución salarial propia de los convenios colectivos anteriores de cada centro Disposición transitoria primera. Aplicación a otros centros de la provincia de Sevilla.El presente Convenio Colectivo será aplicable al centro de Mosa Alcalá (Polígono Industrial El Chaparrejo 10-11, de Alcalá de

Guadaíra) a partir de la fecha en que expire la vigencia del actual Convenio Colectivo de Comercio del automóvil, caravanas, motoci-cletas, bicicletas y sus accesorios de la provincia de Sevilla para los años 2010-2014, concretamente el día 1 de enero de 2015

4W-16356

NOTARÍAS————

NOTARÍA DE DON JAVIER VALVERDE CUEVASYo, Javier Valverde Cuevas, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con despacho en La Algaba, calle Manuel Moreno Géniz

número 32, hago constar: Que ante mí se ha iniciado, a instancia de don Salvador Márquez Flores, con domicilio en calle Saturno, 17, de esta localidad, la tramitación de acta de presencia y notoriedad para la inscripción de un exceso de cabida de dieciocho metros y ochenta y tres decímetros cuadrados de la finca urbana de su propiedad, sita en término de La Algaba, en calle Mariana de Pineda número 12, inscrita en el Registro de la Propiedad de Sevilla número 7, al tomo 1043, libro 223, folio 37, finca 11861.

Durante el plazo de veinte días desde la presente notificación pueden comparecer los interesados en mi Notaría para exponer y justificar sus derechos.

En La Algaba a 14 de febrero de 2014 —El Notario, Javier Valverde Cuevas 7W-2214-P

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA————

Área de HaciendaAprobado inicialmente por esta Diputación Provincial, en sesión ordinaria de 27 de febrero del año en curso, expediente núm 2

de modificaciones presupuestarias mediante suplementos de créditos y créditos extraordinarios en el presupuesto de la Diputación Pro-vincial de Sevilla para el ejercicio 2014, por importe total de 230 682,87 euros, se expone al público por plazo de quince días hábiles, según previene el artículo 177 2, en consonancia con el 169 1 del R D Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno

En Sevilla a 3 de marzo de 2014 —El Secretario General (P D Resolución núm 2942/11), Fernando Fernández-Figueroa Guerrero

253W-2524

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14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 1

El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm 577/2012, sobre social ordinario, a instancia de don Ramón

Sánchez Barragán, contra don Sebastián Acevedo Gómez, ON:24 Servicios Integrales de Comunicación, SLU y Conexión Publicidad, SLU, en la que con fecha se ha dictado resolución que sustancialmente dice lo siguiente

Decreto Secretaria Judicial señora doña Rosa María Rodríguez Rodríguez En Sevilla a 29 de junio de 2012 Antecedentes de hecho Primero —Don Ramón Sánchez Barragán, presentó demanda de cantidad frente a don Sebastián Acevedo Gómez, ON:24 Ser-

vicios Integrales de Comunicación, SLU y Conexión Publicidad, SLU,Segundo —La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 577/2012 Fundamentos de derecho Primero —Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 de la L R J S

procede su admisión a trámite y su señalamiento por el/la Sr/a Secretario Judicial Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,Parte dispositiva, dispongo —Admitir la demanda presentada —Señalar el próximo 8 de abril de 2014, a las 9:40 horas, para la celebración del acto de juicio en la Sala de Vistas núm 8 de

este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira, 26, Edificio Noga, 1ª planta.—Citar para conciliación a celebrar el mismo día a las 9:10 horas en la 5ª, planta-Secretaría, para acreditación de las partes y

de su representación procesal ante el/la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art 89 7 de la Ley 36/2011 de RJS “Artículo 83 83 Suspensión de los actos de conciliación y juicio 2 —Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del

juicio, el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez o Tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda 3.—La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, conti-

nuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía ”—El/la Secretario/a Judicial no está presente en el acto de la vista, conforme al art 89 de la Ley 36/2011 Reguladora de la

Jurisdicción Social —Dar traslado a S.S.ª de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda.—Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.—Citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda y documentos adjuntos —Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado/Graduado Social —Notifíquese la presente resolución Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Providencia de la Magistrada-Juez Ilma señora doña Aurora Barrero Rodríguez En Sevilla a 29 de junio de 2012 Dada cuenta; en relación a la prueba solicitada en la Demanda, se admite la misma, y se pone en conocimiento del demandado

en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio-confesión judicial en la persona de su legal represen-tante, y que en caso de admitirse ésta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración

Notifíquese a las partes Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto

lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso

Lo mandó y firma S.Sª. Ante mí. Doy fe.Diligencia —Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Y para que sirva de notificación en forma a ON:24 Servicios Integrales de Comunicación, SLU, cuyo actual domicilio o paradero

se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa

En Sevilla a 12 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez 258-2190

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 15

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de SevillaHace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1304/2011, a instancia de don Francisco

Ramón Serrano Pérez, contra Heladerías Triana, S L , se ha acordado citar a dicha parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 11 de marzo de 2014, a las 9:20 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira 26, 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1ª planta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en los mismos día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada Y para que sirva de citación a Heladerías Triana, S L , se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Bo-

letín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.En Sevilla a 21 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro

258-2489————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de SevillaHace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1094/2011, a instancia de doña María del

Carmen Guerrero Zambrano, don Juan Vázquez González, don José Fernández Pecellín, doña María Isabel Quesada Moya, doña María de los Ángeles Sánchez Márquez, don Moisés David Villegas Diz y doña Silvia Tirado Poyón, contra Aglomerados Morell, S L , se ha acordado citar a dicha parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 18 de marzo de 2014, a las 10:35 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda de la Buhaira 26, 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1ª planta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en los mismos día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada Y para que sirva de citación a Aglomerados Morell, S L , se expide la presente cédula de citación para su publicación en el

«Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.En Sevilla a 21 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro

258-2490————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de SevillaHace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 326/2013, a instancia de doña Gracia García

Gil, contra Coordinadora de Servicios Integrales 20, S L , se ha acordado citar a dicha parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el próximo día 24 de marzo de 2014, a las 11:00 horas, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. de la Buhaira 26, 5ª planta, Edificio Noga, Sala de Vistas 1ª planta, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en los mismos día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada Y para que sirva de citación a Coordinadora de Servicios Integrales 20, S L , se expide la presente cédula de citación para su

publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.En Sevilla a 21 de febrero de 2014 —La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro

258-2491————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 10

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1385/2011 Negociado: RO N I G : 4109144S20110016536 De: Don Carmelo Acevedo Pozo Contra: Don Manuel Navas Troncoso y Liu Melhong En virtud de providencia dictada en esta fecha por el Ilma Sra doña María del Carmen Lucendo González, Magistrada del

Juzgado de lo Social número 10 de Sevilla, en los autos número 1385/2011, seguidos a instancias de don Carmelo Acevedo Pozo contra don Manuel Navas Troncoso y Liu Melhong sobre Despidos/Ceses en general, se ha acordado citar a Liu Melhong como parte deman-dada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 7 de abril de 2014, a las 11 10 horas, para asistir a los actos de concilia-ción o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en avda. de la Buhaira núm. 26, Edificio Noga, planta 6.ª debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado

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16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Y para que sirva de citación a Liu Melhong para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, y su colocación en el tablón de anuncios

En Sevilla a 1 de abril de 2013 —El/la Secretario/a Judicial (Firma ilegible )253W-5061

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MADRID —JUZGADO NÚM 35

NIG: 28 079 00 4-2013/0019139Procedimiento Ordinario 456/2013 Materia: Reclamación de cantidadDemandante: Don David Albalate San Roman Demandado: Esabe Vigilancia, S A , Ministerio de Defensa y Fogasa Doña María Blanca Galache Díez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm 35 de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 456/2013, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de don David Albalate San

Roman frente a Esabe Vigilancia, S A y Ministerio de Defensa sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo por el presente se publica:

En Madrid a 17 de diciembre de 2013 Vistos por el Ilmo Sr Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm 35, don José Antonio Capilla Bolaños los presentes

autos núm 456/2013 seguidos a instancia de don David Albalate San Roman, asistido de letrada doña Elisa Pastor Díez contra Esabe Vigilancia, S A y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio y Ministerio de Defensa (Dirección General de Sanidad), representado por el abogado del estado don Javier Moriñigo Villaboa, sobre reclamación de cantidad

En nombre del ReyHa dictado la siguienteSentencia núm 465/2013Fallo: Que estimando como estimo en parte la demanda de cantidad formulada por don David Albalate San Román contra

Esabe Vigilancia, S A , Ministerio de Defensa y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a Esabe Vigilancia, S A , al pago al actor del importe de cuatro mil setecientos veintidós euros con cuarenta y tres céntimos (4722,43), que se incrementarán en un diez por ciento (10%) de mora

Se absuelve a la codemandada Ministerio de Defensa- Dirección General de Sanidad Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del

Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2808-0000-60-0456-13 del Banco Crédito Español aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el mismo banco o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus art 7 1 y 2 , y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el art 1 3 del mismo texto legal

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.—Leída y publicada ha sido la anterior Sentencia, por el Sr. Magistrado-Juez que la firma, estando celebrando

audiencia pública en el día de su fecha Doy feY para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su in-

serción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 19 de diciembre de 2013 —La Secretaria Judicial, María Blanca Galache Díez 253W-17326

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Juzgados de Primera Instancia————

MORÓN DE LA FRONTERA —JUZGADO NÚM 2

N I G : 4106542C20140000071 Procedimiento: Expediente dominio Reanudación tracto sucesivo 25/2014 Negociado: I Solicitante: Doña Manuela Romero Francés Procuradora: Sra Alicia Nuria Espuny Gómez Doña María Teresa Munitiz Ruiz, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número dos de esta ciudad Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente dominio Reanudación tracto sucesivo 25/2014 a instan-

cia de Manuela Romero Francés, expediente de dominio para la Reanudación del Tracto Sucesivo de las siguientes fincas:

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 17

Rústica: Trozo de tierra (parcelas 44 y 45), polígono 12) separadas por un carril con una superficie total de 62.373 metros cua-drados (6ha.2373) al sitio de El Espartal que linda según certificación catastral al norte con tierras de don Jesús Rivera Tineo, Dolores Borrego Arias y carril; al este con tierras de José Luis Lara Carrera y Dolores Borrego Arias, al oeste con tierras de Juan Antonio Ro-dríguez Ramírez y al sur, con tierras de Rosario Herrera López, Antonio Barrea Luque y Hermanos Ruiz Dorantes, S.L., finca registral n° 4086

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga

Así mismo se cita a Pedro Francés Valle como titular registral asi como a sus posibles herederos o causahabientes, a herederos de Dolores Francés como titular catastral, para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga

En Morón de la Frontera a 27 de enero de 2014 —La Secretaria, María Teresa Munitiz Ruiz 6F-1355-P

AYUNTAMIENTOS————

SEVILLA

La Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, en sesión celebrada el 14 de febrero de 2014, acordó aprobar la convocatoria extraordinaria que regirá la concesión de las autorizaciones de uso de espacios a empresas alojadas en la Incubadora de Empresas del Edificio CREA, la convocatoria que regirá la concesión de las autorizaciones de uso de espacios en el Área de Preincubación del Edi-ficio CREA, así como la convocatoria ordinaria que regirá la concesión de las autorizaciones de uso de espacios en la Incubadora de Empresas del Edificio CREA, según lo establecido en las bases que figuran incorporadas a dicho acuerdo como Anexo I, Anexo, II y Anexo III, cuyo tenor literal es el siguiente:

Anexos IConvocatoria extraordinaria para la concesión de autorizaciones de uso de espacios a empresas alojadas en la incubadora

de empresas del Centro de Recursos Empresariales Avanzados (Edificio CREA)

El edificio CREA ha estado adscrito a Sevilla Global, S.A., actualmente en proceso de liquidación en virtud de acuerdo adop-tado por su Junta General en sesión celebrada el 29 de junio de 2012, y que, hasta ahora, ha venido gestionando el uso de los espacios correspondientes a la incubadora de empresas

Por Resolución n º 1497 del Sr Alcalde de fecha 23 de septiembre de 2013, se dispuso adscribir al Área de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo, a través de la Dirección General de Empleo y Economía, el desarrollo y gestión de los servicios de incuba-ción empresarial del Edificio CREA, tomando conocimiento de dicha Resolución el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2013

Por Resolución del Director General de Empleo y Economía n.º 000243 de fecha 23 de enero de 2014 se aprobó definitivamente el texto del Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA («Boletín Oficial» de la provincia n.º 31 de 7 de febrero de 2014).

Dicho Reglamento contiene una única disposición transitoria en la que se prevé la realización de una convocatoria extraordina-ria dirigida exclusivamente a aquellas empresas que se encuentren alojadas en la incubadora de empresas en el momento de la entrada en vigor el citado reglamento En aplicación de tal previsión se aprueban las bases de la presente convocatoria que se regirá por lo dispuesto a continuación

Bases:Primera —Objeto y ámbito de la convocatoria.La presente convocatoria tiene por objeto regularizar la situación de las empresas que en el momento de entrada en vigor del

Reglamento de funcionamiento del Edificio Crea, se encuentren alojadas en la incubadora de empresas ubicada en dicho edificio en virtud de contrato formalizado y en vigor con Sevilla Global S A , en liquidación

Segunda —Beneficiarios.Podrán ser solicitantes de autorizaciones de uso de los módulos de oficina y espacios de cotrabajo las empresas que en el mo-

mento de la entrada en vigor del Reglamento de funcionamiento del Edificio Crea, vinieran ocupando algún módulo de oficina o puesto en los espacios de cotrabajo en virtud del título recogido en el art 1 de la presente convocatoria, y que, a fecha de 31 de diciembre de 2013, no sean deudores de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago por tales conceptos

Tercera —Plazo de duración de las autorizaciones de uso.La duración máxima de las autorizaciones de uso concedidas al amparo de esta convocatoria extraordinaria, se establecerá en

atención al tiempo que con anterioridad hubieran estado ocupando el espacio solicitado, de manera que el tiempo total de permanencia en la ocupación de dichos espacios no podrá ser, en ningún caso, superior a tres años a contar desde el inicio de la ocupación, conce-diéndose la autorización por el tiempo restante hasta alcanzar dichos plazos en función del que lleve alojada la empresa en los espacios descritos a la fecha de la resolución del procedimiento para la concesión de la respectiva autorización

Cuarta —Solicitudes y documentación.1 Las solicitudes se presentarán dirigidas al Excmo Sr Alcalde del Ayuntamiento de Sevilla y conllevará la autorización a

la Dirección General de Empleo y Economía, como órgano gestor, para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de

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18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Administración Tributaria y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla, y quede así acreditado, en su caso, que se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a dichas entidades La documentación a aportar por los solicitantes será la siguiente:

a Modelo solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante. b Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor si es persona física,

o CIF si es persona jurídica c En caso de que el solicitante sea una sociedad, deberá acompañar fotocopia compulsada de la escritura de constitución

debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro administrativo correspondiente, así como fotocopia compul-sada de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal e identidad del representante (DNI)

d Fotocopia compulsada del alta de la actividad en el modelo 036/037, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

e Copia compulsada del contrato suscrito con Sevilla Global, S A en liquidación así como de todas aquellas adendas y prórrogas que se hayan suscrito con posterioridad a la formalización de dicho contrato

f. Certificado en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones frente a la Seguridad Social.g Modelo de declaración responsable de no ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como bene-

ficiario de los servicios de incubación empresarial en el edificio CREA, a fecha de 31 de diciembre de 2013, según Anexo IIh Modelo de compromiso de suscripción de seguro de responsabilidad civil, según Anexo III 2. Los modelos estarán a disposición de los interesados en las oficinas del Servicio de Promoción y Formación Empresarial

y en la página web del Ayuntamiento (www sevilla org) 3 En caso de haberse producido algún cambio en la forma jurídica de las empresas solicitantes respecto de la que conste

en la documentación contractual de dicha entidad con Sevilla Global, S A en liquidación, se deberá acreditar la participación de los promotores en la nueva entidad así como la continuidad del proyecto en base al cual Sevilla Global, S A en liquidación le concedió autorización para alojarse en la incubadora de empresas

4 Excepcionalmente, las empresas ya instaladas que estén interesadas en obtener autorización para trasladarse a módulos no ocupados en el momento de la presentación de la solicitud, deberán indicarlo en la solicitud adjuntando una memoria justificativa de la necesidad de dicho cambio La petición será atendida en función de la disponibilidad existente, de forma que en caso de concurrencia de varias solicitudes para un mismo espacio se procederá a realizar un sorteo para determinar la letra por la que se iniciará alfabéticamente el orden de las personas o entidades beneficiarias.

Quinta —Medios y plazo de presentación de las solicitudes.1 La presentación de las solicitudes se realizará en el Registro del Servicio de Promoción y Formación Empresarial, sito en

el Edificio CREA, sin perjuicio de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común

2 El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles que se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sexta —Subsanación de las solicitudes.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo improrrogable de diez días

hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición y se archivará sin más trámite

Séptima —Instrucción de expedientes.1 Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y, en su caso, el trámite de subsanación de las mismas, se procederá

por la Dirección General de Empleo y Economía a la instrucción de los expedientes administrativos correspondientes, quedando de-signada como Instructora de los procedimientos la Jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial o funcionario en quien delegue

2. Conforme al artículo 34 del Reglamento de Funcionamiento del edificio CREA, la evaluación de las solicitudes se efec-tuará por una Comisión de Valoración, que estará formada por:

Presidente: El Teniente de Alcalde Delegado de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo o, en su defecto, el Director General de Empleo y Economía

Vocales: 1 La Jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial o funcionario en quien delegue 2 La Jefa de Sección de Promoción Económica o funcionario en quien delegue 3 Un Técnico Agente de Desarrollo Local del Servicio de Promoción y Formación Empresarial Secretaria: La Jefa de Sección de Administración o en su sustitución, un funcionario con la categoría de técnico de administra-

ción general, designado a tal efecto por el Presidente de la Comisión 3 Cualquier circunstancia no prevista en el Reglamento o en la presente convocatoria será resuelta por esta Comisión Octava —Resolución de las solicitudes y notificación del resultado.1 Concluido el proceso de selección conforme a lo establecido en los artículos anteriores, la Comisión de Valoración emitirá

informe con el resultado del proceso selectivo que incluirá la lista provisional de las solicitudes admitidas y excluidas, con indicación del tipo de espacio concedido y el período de vigencia de las autorizaciones, así como el resultado del sorteo que, en su caso, se haya efectuado al haber concurrido para un mismo espacio más de una solicitud

Esta lista provisional se publicará en la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org), concediéndose un plazo de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación para la presentación de la copia compulsada de las pólizas de seguro que se prevén en el art. 48 del Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA.

Si en el plazo de los 10 días naturales no se ha recibido la documentación requerida, automáticamente se dará por revocada la admisión del proyecto

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 19

2 Finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida en este punto se elevará propuesta de resolución al Director General de Empleo y Economía que será notificada a los interesados mediante publicación en el Tablón de Edictos electró-nico del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org) publicándose simultáneamente extracto del contenido de la misma en el «Boletín Oficial» de la provincia, conforme a los artículos 58 y 59.6.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Pro-cedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la publicación de la convocatoria Transcurrido el plazo sin haberse dictado resolución los solicitantes deberán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo

Novena —Aceptación de las condiciones de autorización y ocupación de los espacios.1 Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior, los solicitantes que hayan obtenido autorización para el uso de los es-

pacios, deberán aceptar expresamente por escrito el cumplimiento de las normas recogidas en el Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA, y de las condiciones generales y singulares de uso, así como el inventario con el que se dotará el espacio asignado, establecidos en la correspondiente autorización mediante firma de un duplicado de la misma, siendo condición para la plena eficacia de la autorización

La aceptación y ocupación de los espacios autorizados deberán tener lugar en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la autorización.

2 Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la aceptación y ocupación del espacio autorizado, la resolución de conce-sión de la autorización perderá su eficacia, acordándose el archivo de las actuaciones, previa resolución que se notificará al interesado, perdiendo todos derechos y debiendo abandonar el espacio cedido dejándolo libre y expedito, sin necesidad de requerimiento especial y sin derecho indemnizatorio alguno a su favor Caso de que no lo hiciere, el Ayuntamiento de Sevilla podrá llevar a cabo cuantas ac-tuaciones sean necesarias para proceder al desalojo

3. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de dicha resolución, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a dicha notificación, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno

Décima —Abono de la tasa.La efectividad de las autorizaciones concedidas a los beneficiarios de esta convocatoria estará supeditada al pago de las tasas

establecidas en la ordenanza fiscal que regula las tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial de los distintos es-pacios demaniales del Centro de Recursos Empresariales Avanzados del Ayuntamiento de Sevilla (CREA), aprobada por el Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 27 de diciembre del 2013

Las liquidaciones correspondientes a las ocupaciones autorizadas en esta convocatoria serán expedidas por la Agencia Tributa-ria de Sevilla, una vez remitidas por el Servicio de Promoción y Formación Empresarial las resoluciones autorizando la ocupación de los espacios demaniales que constituyen el hecho imponible de esta tasa. En estos casos, una vez emitida y notificada la primera liqui-dación en concepto de ocupación, se producirá el alta en la matrícula de esta Tasa, expidiéndose desde este momento por la Agencia y hasta la pérdida de efectividad de la autorización, recibos mensuales de notificación colectiva, que deberán ser abonados dentro de la segunda quincena de cada mes, siendo irreductibles las cantidades exigidas por cada periodo mensual, con independencia del día del mes en que se produzca el inicio o el cese de la utilización derivada de la autorización

Por su parte, las deudas tributarias a abonar por los beneficiarios de las ocupaciones autorizadas de los puestos de cotrabajo se exigirán en régimen de autoliquidación, correspondiendo su gestión al Servicio de Promoción y Formación Empresarial, debiendo los beneficiarios abonar la deuda correspondiente en el plazo de cinco días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la misma

La descripción detallada de las tarifas de usos del Centro y servicios estarán a disposición de todas las personas en la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org), y en el «Anexo IV» de la presente Convocatoria

Decimoprimera —Extinción y renuncia.1 La extinción de las autorizaciones para la ocupación de los espacios incluidos en la presente Convocatoria se producirá por

las siguientes causas:a La extinción de la personalidad jurídica, en su caso, de la persona jurídica alojada o el cese de la actividad b La declaración de quiebra o suspensión de pagos c El cambio de la actividad empresarial desarrollada por el titular de la autorización, sin contar con la previa aceptación

expresa por parte del órgano concedente d La finalización del periodo de duración, incluyendo las prórrogas, de la autorización concedida e La renuncia por parte del titular de la autorización de uso a la misma, que deberá ser comunicada con una antelación mí-

nima de quince días f La revocación de la autorización concedida por la comisión de alguna infracción muy grave 2 En caso de renuncia, el usuario de la autorización deberá comunicar mediante escrito dirigido al Área de Empleo, Econo-

mía, Fiestas Mayores y Turismo presentado en el Registro General del Ayuntamiento y en los registros auxiliares del mismo, con una antelación mínima de quince días naturales, su voluntad de abandonar el uso de los espacios No obstante, las tasas correspondientes se seguirán devengando hasta la fecha efectiva del cese del servicio

Decimosegunda —Contenido mínimo de las autorizaciones de uso.Las autorizaciones de uso concedidas al amparo de esta convocatoria consignarán, como mínimo, las condiciones generales y

singulares de uso, el plazo por el que se concede la autorización de uso y el régimen económico a que queda sujeto la autorización, así como el inventario de bienes con el que se dotará el espacio asignado

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20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Decimotercera —Variaciones y cambios en las empresas autorizadas. Cuando se produzcan cambios en la forma jurídica, órganos de administración, administrador, domicilio social, Estatutos, obje-

to social, I A E , u otras variaciones sustanciales de la empresa autorizada, se comunicarán por escrito a la Dirección General de Empleo y Economía por cualquiera de los medios y formas previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Decimocuarta —Protección de datos de carácter personal.En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

la Dirección General de Empleo y Economía informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud a esta convocatoria van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectifica-ción, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía, Servicio de Promoción y Formación Empresarial, a través del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla y demás registros auxiliares del mismo

Decimoquinta —Normativa de aplicaciónLas bases reguladoras de la presente convocatoria se regirán, además de por lo dispuesto en las misma, por las normas regu-

ladoras del funcionamiento del Edificio CREA y demás normas que en uso de su potestad reglamentaria apruebe el Ayuntamiento de Sevilla, y por lo dispuesto en la legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza que resulte de aplicación, la Legislación Básica del Estado en Régimen Local, las demás normas de Derecho Administrativo, y subsidiariamente por las normas de derecho privado

Anexo ISolicitud de autorización de uso de espacios del CREA

(Convocatoria extraordinaria)

Datos del solicitante (persona física o jurídica):Nombre o razón social: …Primer apellido: … Segundo apellido: …DNI, NIF, NIE, CIF: …Fecha de constitución: … Fecha inicio actividad: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / … Fax: … / …Correo electrónico: …n º de módulo que ocupa actualmente: …Datos del representante (en caso de sociedades):Nombre: … Primer apellido: … Segundo apellido: … DNI, NIF, NIE: … Fecha de nacimiento: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / …Fax: … / …Correo electrónico: …Datos a efecto de notificación:Nombre o razón social: …Primer apellido: … Segundo apellido: …DNI, NIF, NIE, CIF: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / … Correo electrónico: …(Marque si corresponde)□ Autorizo expresamente a recibir notificaciones por medios telemáticos según establece el artículo 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ¿Solicita cambio de espacio? (marcar la opción deseada)□ Módulo vivero 10 m²□ Módulo vivero 16 m²□ Módulo vivero 30 m²□ Módulo vivero 35 m²□ Módulo vivero 40 m²□ Espacio coworking¿Solicita plaza de garaje?□ Plaza de garaje en aparcamiento subterráneo.□ n.º de plazas solicitadas …Documentación a aportar (marque con una x lo aportado)□ Modelo solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante. □ Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor si es persona física,

o CIF si es persona jurídica □ En caso de que el solicitante sea una sociedad, deberá acompañar fotocopia compulsada de la escritura de constitución

debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro administrativo correspondiente, así como fotocopia compul-sada de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal e identidad del representante (DNI)

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 21

□ Fotocopia compulsada del alta de la actividad en el modelo 036/037, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

□ Copia compulsada del contrato suscrito con Sevilla Global, S.A. en liquidación así como de todas aquellas adendas y prórrogas que se hayan suscrito con posterioridad a la formalización de dicho contrato

□ Certificado en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones frente a la Seguridad Social.□ Modelo de declaración responsable de no ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como bene-

ficiario de los servicios de incubación empresarial en el edificio CREA, a fecha de 31 de diciembre de 2013, según Anexo II□ Modelo de compromiso de suscripción de seguro de responsabilidad civil, según Anexo III□ Memoria justificativa de la necesidad de cambio de espacio (sólo en aquellos casos en los que se solicite cambio de espacio

ocupado) El/la abajo firmante acepta lo establecido en las Bases de la presente Convocatoria, así como en las normas reguladoras del

funcionamiento del Edificio CREA, y autoriza al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la AEAT y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla

En Sevilla a … de … de 20 —Fdo : …A/A Excmo. Sr. AlcAldE dEl AyuntAmiEnto dE SEvillA

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-nal, la Dirección General de Empleo y Economía le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud de ayudas van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en c/ Pajaritos n º 14 de Sevilla y demás auxiliares del mismo

Anexo IIModelo de declaración responsable

D /Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero … y con domicilio en …, n º…, piso…, pta … localidad …Prov …, actuando en nombre y representación de …, con DNI/CIF… , (Táchese y rellénese lo que no proceda),

Declara bajo su responsabilidad:No ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como beneficiario de los servicios de incubación em-

presarial en el edificio CREA, a fecha de 31 de diciembre de 2013.En Sevilla a … de … de 20 … —Fdo :

Anexo IIIModelo de compromiso de suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil

D / Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero …y con domicilio en …, ,n º…,piso…,pta…localidad…Prov…, actuando en nombre y representación de …, con DNI/CIF… , (Táchese y rellénese lo que no proceda),

Por la presente me comprometo para el caso de resultar propuesto como autorizado para el uso de espacios del edificio CREA, y antes del otorgamiento de la autorización, a constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil, con entidad de reconocida solven-cia, por cuantía suficiente para hacer frente los daños y perjuicios causados a personas, enseres y bienes muebles e inmuebles propios o ajenos en los espacios y para las actividades autorizadas, incluidos desperfectos y robos, eximiendo expresamente al Ayuntamiento de Sevilla de toda responsabilidad

En Sevilla a … de … de 20… —Fdo

Anexo IV Tarifa única: Ocupación de los distintos espacios demaniales del centro de recursos empresariales avanzados del Ayuntamiento

de Sevilla (CREA)

Epígrafe 1 —Ocupación de módulos de oficina para el desarrollo de actividades empresariales:— Módulos de 10 m2: 90’00 €/mes— Módulos de 16 m2: 144’00 €/mes— Módulos de 30 m2: 270’00 €/mes— Módulos de 35 m2: 315’00 €/mes— Módulos de 44 m2: 396’00 €/mes— Módulos de 58 m2: 522’00 €/mesEpígrafe 2 —Ocupación de espacios de cotrabajo.— Por puesto de trabajo en módulo de oficina compartido: 90 €/mesNota: En los casos en que resulta aplicable este Epígrafe, la cuota resultante se prorrateará a partes iguales, entre los distintos

sujetos pasivos, participantes en los puestos de trabajo compartidos, y que así resulten identificados en la autorización administrativa tramitada por parte del Servicio Municipal competente

Epígrafe 3 —Ocupación de aulas de formación, auditorio y espacios para otros usos de forma temporal:a) Aula 1 (capacidad 35 alumnos):— Por cada hora o fracción de hora de ocupación de este aula: 16,00 €— Por ocupación durante media jornada (4 horas): 60,00 €— Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 120,00 €Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40%

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b) Aula 2 (Informática, capacidad 18 alumnos):— Por cada hora o fracción de hora de ocupación de este aula: 22,00 €— Por ocupación durante media jornada (4 horas): 85,00 €— Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 170,00 €Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40%c) Auditorio — Por ocupación durante media jornada (4 horas): 250,00 € • Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 475,00 €Notas:Primera: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40%Segunda: Las cantidades señaladas en el Epígrafe 3 c), se incrementarán respectivamente en 110,00 € y 170 €, por técnico de

sonido y jornada, según sea media jornada o completa d) Hall— Por ocupación durante media jornada (4 horas): 110,00 € — Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 220,00 € Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% e) Hall para uso de catering— Por día: 100,00 €Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% Epígrafe 4: Ocupación de plaza de garaje: La cuota tributaria será la resultante de aplicar la siguiente fórmula:— 4,00 € por m² o fracción al mes.

Anexo IIConvocatoria pública para la concesión de autorizaciones de uso de espacios y creación de una bolsa de iniciativas empresariales

en el Área de preincubación del centro de recursos empresariales avanzados (Edificio CREA).

Por Resolución del Director General de Empleo y Economía n.º 000243 de fecha 23 de enero de 2014 se aprobó definitivamente el texto del Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA (Centro de Recursos Empresariales Avanzados) del Ayuntamiento de Sevilla («Boletín Oficial» de la provincia n.º 31 de 7 de febrero de 2014).

Dicho Reglamento tiene como objeto regular la organización del funcionamiento y de los usos del edificio CREA, equipa-miento público de titularidad municipal cuya función básica es la de proporcionar alojamiento a iniciativas empresariales de reciente creación en los espacios disponibles destinados a incubadora y preincubadora de empresas

En este marco, el título sexto del Reglamento citado, regula el funcionamiento y uso del área de preincubación En particular, su artículo 58 prevé la articulación de un sistema de convocatoria permanente, basado en un proceso abierto de estudio y evaluación de proyectos empresariales en base al cual se otorgaran las autorizaciones para la ocupación y uso de los referidos espacios y servicios En aplicación de tal previsión se aprueban las bases de dicha convocatoria y las condiciones de acceso al Área de preincubación

Bases:Primero —Objeto y ámbito de la convocatoria.1 La presente convocatoria tiene como objeto establecer los criterios y las bases que regularán la adjudicación de espacios

del área de preincubación del edificio CREA, y la constitución de una Bolsa de Iniciativas Empresariales, con el objetivo de facilitar el nacimiento y arranque de nuevas iniciativas emprendedoras para su posterior establecimiento e inserción en el mercado

2 Los titulares de las autorizaciones de uso de los puestos del área de preincubación tendrán derecho a la prestación de los siguientes servicios:

— Servicios básicos directamente vinculados al alojamiento empresarial en el Área de preincubación:a Uso de salas comunes, salas de reuniones y aulas de formación, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Fun-

cionamiento del Edificio CREA. b. Servicio de comunicaciones. Se facilitará a los emprendedores el acceso a internet a través de wifi.c Otros servicios: a Suministro de agua, luz y climatización b Limpieza, mantenimiento y conservación del centro c Sistema de vigilancia d Recepción y control de entrada y salida e Zona de descanso — Servicios especializados: Los titulares de autorizaciones de puestos en el área de preincubación tendrán acceso preferente a

todos aquellos recursos que el Servicio de Promoción y Formación Empresarial de la Dirección General de Empleo y Economía ponga a disposición de las personas emprendedoras en cada momento, especialmente, los que se detallan a continuación:

* Formación para emprendedores * Información sobre trámites de constitución de empresas, ayudas y subvenciones * Búsqueda de financiación * Asesoramiento técnico, que se materializará a través de un calendario de tutorías personalizadas para la elaboración del

plan de empresa que tendrán carácter obligatorio para los titulares de autorizaciones de uso Segunda —Beneficiarios.1 Podrán ser solicitantes de autorizaciones de uso de los puestos del Área de preincubación las personas físicas con una idea

y/o proyecto de negocio, que quieran desarrollar un plan de empresa para su puesta en marcha en el municipio de Sevilla y para ello deben cumplir los siguientes requisitos:

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 23

a Presentar una idea de negocio pre-viable b Tener previsto iniciar la actividad correspondiente en un plazo no superior a doce meses desde la fecha de presentación de

la solicitud c No haber sido titulares de cualquier otra autorización de uso de cualquier preincubadora con el mismo proyecto empresarial 2 Las solicitudes podrán ser presentadas por una o más personas físicas conjuntamente, que actuarán de forma solidaria,

siendo requisito que todas y cada una de ellas cumpla con los requisitos establecidos en el apartado anterior Tercera —Plazo de duración de las autorizaciones de uso.1 El plazo de duración de la autorización de uso de los espacios o puestos del Área de preincubación será de tres meses

prorrogables por idéntico plazo hasta un máximo de dos prorrogas, con un límite total de nueve meses, conforme a las condiciones que se regulan en el Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA del Ayuntamiento de Sevilla.

2 Las autorizaciones podrán ser revocadas unilateralmente o suspendidas temporalmente por el Ayuntamiento de Sevilla en los mismos términos que aparecen regulados en los apartados 4 y 5 del artículo 29 del citado Reglamento

3. Las autorizaciones de uso de los espacios del Área de preincubación se configuran como gratuitas.4. Las autorizaciones para el uso de puestos del Área de preincubación perderán su eficacia desde el momento en el que su

titular proceda a darse de alta en la actividad correspondiente, siempre y cuando tenga lugar con carácter previo a la finalización del plazo máximo de duración de la autorización concedida

Dicha circunstancia deberá ser comunicada al Servicio de Promoción y Formación Empresarial en un plazo máximo de siete días desde que se produzca el alta en la actividad

Cuarta —Solicitudes y documentación.1 El Ayuntamiento de Sevilla establece un sistema de convocatoria permanente, basado en un proceso abierto y continuo de

estudio, evaluación y selección de iniciativas empresariales, cuyo promotor o promotores estén interesados en obtener autorización de uso de alguno de los puestos del Área de preincubación

No obstante, se establecerá una convocatoria inicial de presentación de solicitudes, otorgando un plazo de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el «Boletín Oficial» de la provincia, para la cobertura inicial de los espacios

Posteriormente, y una vez resuelta la primera convocatoria, quedará abierto el plazo de la convocatoria continua a la que podrán acudir nuevas iniciativas empresariales que, tras ser baremadas, pasarán a formar parte de la Bolsa de Iniciativas Empresariales junto a las demás solicitudes que integran la misma

En ambos casos el órgano competente para la resolución será el Director General de Empleo y Economía, previa valoración por parte de la Comisión Técnica correspondiente

2. Los modelos de solicitud estarán a disposición de los interesados en las oficinas del Servicio de Promoción y Formación Empresarial y en la página web del Ayuntamiento (www sevilla org)

3 Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General de Empleo y Economía y se presentarán, junto con la documentación exigida, en el Registro del Servicio de Promoción y Formación Empresarial La documentación a aportar por los solicitantes será la siguiente:

i. Modelo de solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el/los solici-tante/s

j Acreditación de la personalidad del solicitante/s mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE k Currículum del promotor / promotores de la iniciativa empresarial, según modelo normalizado Anexo II l Memoria descriptiva de la iniciativa según modelo normalizado Anexo III m Informe de vida laboral del solicitante o solicitantes, que podrá ser requerido en cualquier otro momento durante la vigen-

cia de la autorización n Modelo de Declaración responsable de no haberse iniciado la actividad Este documento podrá ser requerido, además de

en el momento de la presentación de la solicitud, en cualquier otro durante la vigencia de la autorización, según Anexo IV o Modelo de Declaración responsable de no haber sido titular de cualquier otra autorización de uso de cualquier preincuba-

dora para el mismo proyecto empresarial, según Anexo V4 Cuando los promotores de la iniciativa sean varias personas físicas, se tramitará una única solicitud para la autorización de

uso, determinándose, en caso de otorgamiento, en la correspondiente autorización el régimen de acceso de cada uno de ellos en función de las necesidades específicas de dicho proyecto.

Quinta —Medios y plazo de presentación de las solicitudes.1 La presentación de las solicitudes se realizará en el Registro del Servicio de Promoción y Formación Empresarial, sito en

el Edificio CREA, sin perjuicio de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común

2 El plazo para la presentación de las solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de pu-blicación de las presentes bases en el «Boletín Oficial» de la provincia, para la cobertura inicial de los espacios. Posteriormente, y una vez resuelta la primera convocatoria, quedará abierto el plazo de la convocatoria continua a la que podrán acudir nuevas iniciativas empresariales

Sexta —Subsanación de las solicitudes.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo improrrogable de diez días

hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición y se archivará sin más trámite

Séptima —Criterios de baremación. 1. Conforme al artículo 60 del Reglamento de Funcionamiento del edificio CREA, la evaluación de las solicitudes se efec-

tuará por una Comisión Técnica integrada por la jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial y la Jefa de Sección de Promoción Económica o funcionarios en quien deleguen

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2 Cualquier circunstancia no prevista en el Reglamento o en la presente convocatoria será resuelta por esta Comisión 3 La Comisión Técnica emitirá informe sobre la evaluación de las solicitudes presentadas, de acuerdo con los siguientes

criterios de baremación: 1 Valoración de la previabilidad y calidad del proyecto empresarial Máximo 4 puntos Se valorará: 1 1 Carácter innovador del proyecto 1 2 Coherencia interna del proyecto 1 3 Coherencia entre necesidades y recursos 1 4 Coherencia entre objetivos y medios 2 Que la iniciativa empresarial esté promovida mayoritariamente por alguno de los siguientes colectivos Se valorará con 1

punto Inmigrantes Mujeres Jóvenes menores de 35 años Mayores de 45 años Personas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33% Otros colectivos con riesgo de exclusión social y laboral 3 Valoración de la solvencia empresarial Máximo 5 puntos Se determinará la puntuación a través de una entrevista personal

en la que se analizarán entre otros aspectos: 3 1 Capacidad del promotor o grupo promotor 3 2 Grado de cohesión del grupo 3 3 Grado de confianza en el proyecto 3 4 Habilidades sociales: comunicación, empatía, etc 3 5 Red de contactos 4 Las solicitudes se valorarán individualmente y se les adjudicará el espacio solicitado por orden de puntuación obtenida,

según disponibilidad En caso de empate en la puntuación, se tendrá en cuenta el orden de llegada de las solicitudes Las solicitudes admitidas que no obtengan espacio se integrarán en una Bolsa de Iniciativas Empresariales regulada en la base décimo primera, que-dando las no aprobadas excluidas

Octava —Resolución de las solicitudes y notificación del resultado.1 Concluido el proceso de selección conforme a lo establecido en los artículos anteriores, la Comisión Técnica elevará infor-

me a la Dirección General de Empleo y Economía, quien adoptará la oportuna resolución definitiva del procedimiento. La resolución del procedimiento será notificada individualmente a los interesados, sirviéndose de cualquiera de los medios fehacientes recogidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

2 En todo caso, el resultado del procedimiento se publicará en la web municipal (www sevilla org), indicando los proyectos admitidos y excluidos, el resultado de la baremación en cada caso

3. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la publicación de la convocatoria Transcurrido el plazo sin haberse dictado resolución los solicitantes deberán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo

Novena —Aceptación de las autorizaciones y ocupación de los espacios.1. Conforme al artículo 62 del Reglamento de Funcionamiento del edificio CREA, los solicitantes que hayan obtenido autori-

zación para el uso de los espacios, deberán aceptar expresamente por escrito el cumplimiento de las normas recogidas en el Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA, y de las condiciones generales y singulares de uso, establecidos en la correspondiente autoriza-ción mediante firma de un duplicado de la misma, siendo condición previa al inicio de la ocupación del espacio.

La aceptación y ocupación de los espacios autorizados deberán tener lugar en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la autorización.

2 Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la aceptación y ocupación del espacio autorizado, la resolución de conce-sión de la autorización perderá su eficacia, acordándose el archivo de las actuaciones, previa resolución que se notificará al interesado, perdiendo todos derechos, pasando a autorizarse el uso del espacio al siguiente proyecto con mejor puntuación en la Bolsa de Iniciativas Empresariales

3. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de dicha resolución, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a dicha notificación, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno

Décima —Extinción y renuncia.1 La extinción de las autorizaciones para la ocupación de los espacios incluidos en la presente convocatoria se producirá por

las siguientes causas:a La falta de aprovechamiento del espacio conforme al régimen de uso previsto en el presente Reglamento o en las condi-

ciones singulares recogidas en la correspondiente autorización de uso b La falta reiterada de asistencia a las tutorías programadas así como la falta de progreso en la evolución del proyecto em-

presarial o que éste devenga en inviable c El cambio de la iniciativa empresarial desarrollada por el titular de la autorización, sin contar con la previa aceptación

expresa por parte del órgano concedente d. La finalización del periodo de duración, incluyendo las prórrogas, de la autorización concedida.e La renuncia por parte del titular de la autorización de uso a la misma

Page 25: Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · 1110/2014 ANTONIO MORILLA GARCIA Avenida ANDALUCIA 2 5º B Sevilla 1124/2014 FRANCISCO ANTONIO GUZMAN LUQUE Plaza DUENDES DE

Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 25

f El inicio efectivo por parte del titular de la autorización de cualquier tipo de actividad por cuenta propia, esté o no relacio-nada con el proyecto empresarial

g Cualquier falsedad en la documentación presentada para la adjudicación de los servicios h La imposición de la sanción de pérdida de la autorización concedida La declaración de la extinción de las autorizaciones será acordada por el órgano competente para su concesión, previo informe

de la Comisión Técnica prevista en la Base Séptima de la presente convocatoria 2 En el caso de que el promotor renuncie a instalarse, una vez haya sido autorizado su uso, perderá todos sus derechos, pa-

sando a autorizarse el uso del espacio al siguiente proyecto con mejor puntuación en la Bolsa de Iniciativas Empresariales Igualmente se procederá si finaliza el período para su instalación y ésta no se ha efectuado.

Decimoprimera —Bolsa de Iniciativas Empresariales y asignación de vacantes.1 En relación a las solicitudes admitidas que no obtengan espacio, bien por encontrarse ocupados o por haber obtenido una

puntuación inferior a la de los proyectos seleccionados, se integrarán en una Bolsa de Iniciativas Empresariales, quedando excluidas las no admitidas

La bolsa se configurará en función de la calificación obtenida en el proceso de baremación, reordenándose cada vez que se incluyan nuevos proyectos en la misma, en virtud de las solicitudes y correspondientes valoraciones realizadas en la evaluación de convocatoria continua En caso de empate en la puntuación se dará prioridad a aquellos proyectos con mayor antigüedad en la Bolsa

2 Producida una vacante, se recurrirá a esta Bolsa de Iniciativas Empresariales para cubrirla, respetando el orden de prela-ción establecido en función de la baremación, y siempre que se sigan cumpliendo los requisitos de la presente convocatoria

A tal efecto, se otorgará 10 días hábiles al proyecto que aparezca en primer lugar de entre los que integren la Bolsa de Iniciativas Empresariales para que manifieste si tiene interés o no en su incorporación y presente la documentación requerida para el ingreso no aportada en su momento o que haya sufrido modificaciones.

Finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida en este punto la Comisión de Valoración elevará informe a la Dirección General de Empleo y Economía, quien adoptará la oportuna resolución definitiva del procedimiento que será notificada individualmente a los interesados, sirviéndose de cualquiera de los medios fehacientes recogidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

3 El plazo de permanencia en esta Bolsa de Iniciativas Empresariales será de tres meses a contar desde la fecha de noti-ficación de las resoluciones correspondientes, salvo renuncia expresa anterior del solicitante, transcurrido el cual deberá reactivarse mediante nueva solicitud, que será baremada nuevamente atendiendo a los criterios recogidos en las presentes bases

Igualmente, en el plazo de esos tres meses los promotores de las iniciativas que se encuentren en la Bolsa de Iniciativas Empre-sariales podrán renunciar a su puesto en la Bolsa de Iniciativas Empresariales y cursar una nueva solicitud cuando se hayan producido cambios significativos respecto de la iniciativa empresarial inicialmente presentada. En todo caso, se dará publicidad a la Bolsa de Proyectos Empresariales a través de la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org)

Decimosegunda —Contenido mínimo de las autorizaciones de uso.Las autorizaciones de uso concedidas al amparo de esta convocatoria consignarán, como mínimo, las condiciones generales y

singulares de uso, el plazo por el que se concede la autorización de uso y el régimen económico a que queda sujeto la autorización, así como el inventario de bienes con el que se dotará el espacio asignado

Decimotercera —Variaciones y cambios en la iniciativa empresarial1 El cambio de la iniciativa empresarial desarrollada por el titular de la autorización deberá contar con la previa aceptación

expresa por parte del órgano concedente 2 A tal efecto, los titulares de la autorización comunicarán al Servicio de Promoción y Formación Empresarial los cambios

que se hubieren producido, que valorará los mismos en atención a las circunstancias que hubieren sido determinantes para la obtención de la correspondiente autorización Emitido informe de valoración, se elevará propuesta de resolución al Director General de Empleo y Economía que será notificada personalmente a los interesados.

Decimocuarta —Régimen de responsabilidad de los usuarios del Área de preincubación 1 Los titulares de las autorizaciones responderán de los daños que con ocasión del mal uso del espacio cedido y del desarro-

llo de su actividad se pudieran producir en los espacios y equipamientos del edificio CREA. Dichos daños serán reparados por el propio titular en el plazo de siete días a partir de aquél en el que se produzca el desperfecto

2 Corresponde al Área de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo, el seguimiento y el control de los usuarios del área de preincubación con el fin de hacer una evaluación continua de las actividades realizadas para el desarrollo del proyecto empre-sarial. A tales efectos, los preincubados deberán asistir a las tutorías que periódicamente se planifiquen así como remitir la información que sea requerida a fin de valorar la evolución de la iniciativa respectiva.

Decimoquinta —Protección de datos de carácter personal.En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

la Dirección General de Empleo y Economía informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud a esta convocatoria van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectifica-ción, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía, Servicio de Promoción y Formación Empresarial, a través del Registro Genera del Ayuntamiento de Sevilla y demás auxiliares del mismo

Decimosexta —Normativa de aplicación.Las bases reguladoras de la presente convocatoria se regirán, además de por lo dispuesto en las misma, por las normas regu-

ladoras del funcionamiento del Edificio CREA y demás normas que en uso de su potestad reglamentaria apruebe el Ayuntamiento de Sevilla, y por lo dispuesto en la legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza que resulte de aplicación, la Legislación Básica del Estado en Régimen Local, las demás normas de Derecho Administrativo, y subsidiariamente por las normas de derecho privado

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Anexo ISolicitud de autorización de uso de puestos de preincubación en el edificio CREA

Datos del solicitante y/o representante de la idea y/o proyecto:Apellidos/nombre: …D N I / N I E : … Sexo: … Domicilio a efectos de notificación: …C P : … Población: … Provincia: …Teléfonos de contacto: …E-mail: …Datos de la idea de negocio y/o proyecto empresarial:Nombre de su idea y/o proyecto empresarial: …Describa brevemente la idea y/o proyecto empresarial a poner en marcha y su carácter innovador y diferenciador: …………La iniciativa empresarial se llevará a cabo: □ De forma individual. □ De forma grupal. Detalle nombre y apellidos del resto de promotores: … … … … ¿En qué fase diría que se encuentra su idea y/o proyecto empresarial?□ Fase I: Sólo tengo la idea.□ Fase II: Descripción del producto y/o servicios, del cliente tipo, de la competencia, etc. □ Fase III: En trámite de constitución.¿Qué forma jurídica revestirá su empresa?□ Aún no sé. □ E. Individual □ SC/CB □ SL □ SLL □ SA □ SAL □ Cooperativa andaluza. □ Otra, detallar: … Detalle cuándo tiene previsto poner su empresa en marcha: □ No lo sé □ A corto plazo (3 meses) □ A medio plazo (6- 9 meses) □ A largo plazo (más de 12 meses)Documentación a aportar (marque con una x lo aportado):□ Modelo de solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el/los solici-

tante/s □ Acreditación de la personalidad del solicitante/s mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE.□ Currículum del promotor / promotores de la iniciativa empresarial, según modelo normalizado. Anexo II.□ Memoria descriptiva de la iniciativa según modelo normalizado. Anexo III.□ Informe de vida laboral del solicitante o solicitantes, que podrá ser requerido en cualquier otro momento durante la vigen-

cia de la autorización □ Modelo de Declaración responsable de no haberse iniciado la actividad. Este documento podrá ser requerido, además de

en el momento de la presentación de la solicitud, en cualquier otro durante la vigencia de la autorización, según Anexo IV □ Modelo de Declaración responsable de no haber sido titular de cualquier otra autorización de uso de cualquier preincuba-

dora para el mismo proyecto empresarial, según Anexo VEl/la abajo firmante acepta lo establecido en las Bases de la presente Convocatoria, así como en las normas reguladoras del

funcionamiento del Edificio CREA, y autoriza al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la AEAT y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla

En Sevilla, a … de … de 20 … —Fdo :A/A dirEctor GEnErAl dE EmplEo y EconomíA dEl AyuntAmiEnto dE SEvillA

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-nal, la Dirección General de Empleo y Economía le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud de ayudas van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en c/ Pajaritos n º 14 de Sevilla y demás auxiliares del mismo

Anexo IIFicha – currículum (uno por persona emprendedora)

Datos personales:Apellidos/Nombre: …D N I / N I E : … Sexo: … Fecha nacimiento: …

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Domicilio: …C P : … Población: … Provincia: …Teléfonos de contacto: … E-mail: …Nacionalidad: … Minusvalía: □ No. □ Si, Grado: ….Situación laboral: □ Desempleado □ Trabajando por cuenta ajena □ Trabajando por cuenta propia □ Otra, detállela: …Formación reglada:□ Sin estudios reglados □ EGB /Graduado en ESO □ Bachillerato □ FP I/CFGM: … □ FP II/GFGS: … □ Diplomatura: …□ Licenciatura: …□ Postgrado: …Formación complementaria:

Denominación del curso Entidad impartidora Fecha finalización n.º horas … … … … … … … … … … … … … … … …

Conocimientos de informática: …Conocimientos de idioma: …Experiencia laboral, relacionada con la actividad empresarial al desarrollar:

Empresa Puesto Tipo de contrato Fecha finalización Antigüedad en meses… … … … …… … … … …… … … … …… … … … …

Otros datos de interés, que considere que son un valor añadido para la puesta en marcha de su idea empresarial: …

Anexo IIIMemoria descriptiva de las características de su idea y/o proyecto empresarial

1 —Aspectos del producto y/o servicio:¿Qué ofertará?□ Un producto □ Un servicio □ Un producto y un servicio¿Existe actualmente en el mercado?□ No □ Sí, señale el nivel geográfico: □ local (Sevilla capital) □ provincial ¿Su producto y/o servicio tiene aspectos innovadores y /o diferenciadores?□ No.□ Sí, detállelos brevemente: …¿Por qué se debería comprar /contratar su producto y/o servicio, en lugar de otros productos y/o servicios? …2 —Perfil de los clientes a los que se dirigirá:¿A qué tipo de clientes dirigirá su oferta? … ¿Podría identificar algunas variables que definan a qué segmento de clientes se dirige el producto y/o servicio? … 3 —Descripción de la competencia:¿Su producto y/o servicio tiene competencia directa en su entorno?□ No □ Sí, detalle su número: …Describa brevemente a sus competidores (antigüedad, cuota de mercado,…) …4 —Difusión y publicidad:¿Medios por los que dará a conocer su producto y/o servicio?□ No lo sé aún.□ Buzoneo □ Internet □ Prensa □ Radio □ Revistas especializadas □ Otros: …Describa brevemente su plan de comunicación y publicidad: …5 —Recursos humanos:Cuantifique el número de los trabajadores que necesitará para poner en marcha su empresa:n º Total: … n º hombres: … n º mujeres: …n º trabajadores por cuenta propia: … n º hombres: … n º mujeres: …n º trabajadores por cuenta ajena: … n º hombres: … n º mujeres: …6 —Recursos económicos.Especifique aproximadamente la inversión (cuantía en €) necesaria para la puesta en marcha de su empresa: □ No sabría decirlo□ Aproximadamente una cuantía de: … €.

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Detallar: …La financiación la obtendrá mediante: □ Financiación propia, cuantifíquela: … € □ Financiación ajena, cuantifíquela: … €Detallar: … Valore a modo de conclusión su idea y/o proyecto de negocio: …¿Por qué su proyecto es merecedor de una plaza en la preincubadora? …

Anexo IVModelo de declaración responsable

D /Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero … y con domicilio en …, núm: …, piso: …, pta: … localidad …Prov …, como promotor de la iniciativa empresarial …,

Declara bajo su responsabilidad:No haber iniciado la actividad objeto de la iniciativa empresarial En Sevilla, a … de … de 20… —Fdo …

Anexo VModelo de declaración responsable

D /Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero … y con domicilio en …, núm: …, piso: …, pta: … localidad …Prov …, como promotor de la iniciativa empresarial…,

Declara bajo su responsabilidad:No haber sido titular de cualquier otra autorización de uso de cualquier preincubadora para la misma iniciativa empresarial, En Sevilla, a … de … de 20 … —Fdo …

Anexo IIIConvocatoria pública para la concesión de autorizaciones de uso de espacios y constitución de una bolsa de proyectos

empresariales en la incubadora de empresas del centro de recursos empresariales avanzados (edificio CREA)

Por Resolución del Director General de Empleo y Economía n.º 000243 de fecha 23 de enero de 2014 se aprobó definitivamente el texto del Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA (Centro de Recursos Empresariales Avanzados) del Ayuntamiento de Sevilla («Boletín Oficial» de la provincia n.º 31 de 7 de febrero de 2014).

Dicho Reglamento tiene como objeto regular la organización del funcionamiento y de los usos del edificio CREA, equipa-miento público de titularidad municipal cuya función básica es la de proporcionar alojamiento a iniciativas empresariales de reciente creación en los espacios disponibles destinados a incubadora de empresas

En este marco, el título quinto del Reglamento citado, regula el funcionamiento y uso de la incubadora de empresas, tanto de los módulos de oficina como de los puestos en los espacios de cotrabajo. En particular, su artículo 32 prevé la publicación de una con-vocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de autorizaciones para la ocupación de los referidos espacios En aplicación de tal previsión se aprueba las bases de la presente convocatoria que se regirá por lo dispuesto a continuación

BasesPrimera —Objeto y ámbito de la convocatoria.1 La presente convocatoria tiene como objeto establecer los criterios y las bases que regularán la adjudicación de espacios

del área de incubación de empresas en el Edificio CREA, tanto en la modalidad de módulos de oficina como de puestos de cotrabajo en los módulos compartidos, y la constitución de una Bolsa de Proyectos Empresariales

2 Las autorizaciones de uso concedidas al amparo de esta convocatoria conllevará la prestación de los siguientes servicios: — Servicios comunes directamente vinculados al alojamiento empresarial en la incubadora de empresas: d Uso de salas comunes, salas de reuniones y aulas de formación, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de funcio-

namiento del Edificio CREA.b Uso de plazas de garaje La autorización de uso de plazas de garajes estará condicionada a la concesión de autorización

de uso sobre alguno de los espacios habilitados en la incubadora de empresas, ya sean módulos de oficina o puestos en espacios de cotrabajo y estará sujetas a las condiciones generales y particulares establecidas en la correspondiente autorización y al abono de las tasas fiscales que se establezcan en la correspondiente ordenanza fiscal.

c. Servicio de comunicaciones: se facilitará a las empresas alojadas el acceso a internet a través de wifi. d Otros servicios: mantenimiento, limpieza y seguridad a Suministro de agua, luz y climatización b Mantenimiento, limpieza y conservación del centro c Seguridad d Recepción y control de entrada y salida e Zona de descanso — Servicios especializados: La empresas alojadas en el edificio CREA tendrán acceso preferente a todos aquellos recursos

del Servicio de Promoción y Formación Empresarial de la Dirección General de Empleo y Economía ponga a disposición de las em-presas y emprendedores en cada momento

Segunda —Beneficiarios.Podrán ser solicitantes de autorizaciones de uso de los módulos de oficina y espacios de cotrabajo, las personas, físicas o jurí-

dicas, que reúnan los siguientes requisitos:

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a Ser empresas de reciente creación entendiendo por tales aquellas que hayan iniciado su actividad como máximo en los últimos 36 meses A efectos del cómputo de este plazo se tendrá en cuenta la fecha de alta en la Declaración Censal, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales Asimismo, podrán solicitar dicha autorización de uso los promotores de una actividad empresarial no iniciada en la fecha de presentación de la solicitud, siempre y cuando se produzca el alta de la actividad antes del inicio del periodo de vigencia de la autorización que en su caso pudiera concederse En caso contrario, la autorización concedida quedará sin efecto automáticamente, procediéndose al archivo de las actuaciones previa resolución

b Ser micropymes, de acuerdo con la definición establecida por la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003

c Para el acceso a espacios de cotrabajo será necesario estar constituido bajo la fórmula de empresario individual o sociedad unipersonal

d Adecuación del proyecto a las instalaciones y servicios del Centro, así como a las características de los distintos módulos de oficina y espacios de cotrabajo que configuran la incubadora de empresas

e Que la actividad empresarial tenga o vaya a tener su domicilio en el término municipal de Sevilla A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 48 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

f Tener un proyecto empresarial viable y compatible en su desarrollo con las instalaciones del edificio CREA g Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social Tercera —Plazo de duración de la autorización de uso de espacios. 1 Las autorizaciones se concederán por un plazo máximo de un año prorrogable por idéntico plazo hasta un máximo de dos

prorrogas, con un límite total de tres años, conforme a las condiciones que se regulan en el Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA. Las solicitudes para la prórroga de las autorizaciones deberán presentarse al menos con dos meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia de la autorización correspondiente

La prórroga será acordada por el Ayuntamiento, a través del órgano competente, pudiendo denegarse a la vista de incumpli-mientos del usuario recogidos en el citado reglamento o por motivos de cambios en las circunstancias de uso o funcionamiento de las instalaciones que desaconsejen la renovación de la autorización

Transcurrido el plazo de duración, la empresa deberá abandonar el espacio cedido por el Ayuntamiento de Sevilla dejándolo libre y expedito, sin necesidad de requerimiento especial y sin derecho indemnizatorio alguno a su favor Caso de que no lo hiciere, el Ayuntamiento de Sevilla podrá llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para proceder al desalojo

2 El Ayuntamiento de Sevilla se reserva la facultad, mediante resolución del Director General de Empleo y Economía, de dejar sin efecto la autorización para el uso de los espacios antes del vencimiento del plazo, si así lo justificaren circunstancias sobre-venidas de interés público, sin derecho a indemnización, cuando resulten incompatibles con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscaben el uso general

Las autorizaciones también podrán ser suspendidas temporalmente por razones de interés público, así como para la realización de obras de mantenimiento o de reforma del edificio que exijan el desalojo de las instalaciones.

Las autorizaciones que se concedan estarán en todo caso condicionadas a los espacios disponibles en cada momento Cuarta —Solicitudes y documentación.1 —Las solicitudes se presentarán dirigidas al Excmo Sr Alcalde del Ayuntamiento de Sevilla y conllevará la autorización a

la Dirección General de Empleo y Economía, como órgano gestor, para recabar las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla, y quede así acreditado, en su caso, que se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a dichas entidades La documentación a aportar por los solicitantes será la siguiente:

p. Modelo solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante. q Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor si es persona física,

o CIF si es persona jurídica r En caso de que el solicitante sea una sociedad, deberá acompañar fotocopia compulsada de la escritura de constitución

debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro administrativo correspondiente, así como acreditar la iden-tidad del representante y aportar poder bastanteado por la asesoría jurídica municipal donde se acredite el poder suficiente para las actuaciones que conlleva la presentación de la solicitud y en su caso concesión de la autorización

s Memoria descriptiva de la actividad acompañada de un plan de negocio cuyo contenido mínimo será el que se determina en el Anexo II de la presente convocatoria

t Fotocopia compulsada del alta de la actividad en el modelo 036/037, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

u. La solicitud deberá acompañarse de certificado en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones frente a la Seguridad Social

v Modelo de declaración responsable de no ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como beneficiario de los servicios de incubación empresarial en el edificio CREA, según Anexo III, en caso de empresas que hayan sido beneficiarias de algún espacio en el edificio.

w Modelo de compromiso de suscripción de seguro de responsabilidad civil, según Anexo IV 2. Los modelos de solicitud estarán a disposición de los interesados en las oficinas del Servicio de Promoción y Formación

Empresarial y en la página Web del Ayuntamiento (www sevilla org) 3 Los interesados podrán solicitar en un mismo impreso el uso de diferentes espacios disponibles en la incubadora de em-

presas, módulos de oficina de diferente tamaño y puestos en los espacios de cotrabajo, debiendo consignar en la solicitud el orden de preferencia para cada uno de los espacios solicitados

Quinta —Medios y plazo de presentación de las solicitudes.1 La presentación de las solicitudes se realizará en el Registro General del Ayuntamiento y en los registros auxiliares del

mismo, sin perjuicio de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común

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2 El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes que se computará a partir del día siguiente al de la publica-ción de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sexta —Subsanación de las solicitudes.Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que en el plazo improrrogable de diez días

hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición y se archivará sin más trámite

Séptima —Instrucción de expedientes. 1 Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y, en su caso, el trámite de subsanación de las mismas, se procederá

por la Dirección General de Empleo y Economía a la instrucción de los expedientes administrativos correspondientes, quedando de-signada como Instructora de los procedimientos la Jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial o funcionario en quien delegue

2. La evaluación de las solicitudes, conforme al artículo 34 del Reglamento de Funcionamiento del edificio CREA, se efec-tuará por una Comisión de Valoración, que estará formada por:

Presidente: El Teniente de Alcalde Delegado de Empleo, Economía, Fiestas Mayores y Turismo o, en su defecto, el Director General de Empleo y Economía

Vocales: 1 La Jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial o funcionario en quien delegue 2 La Jefa de Sección de Promoción Económica o funcionario en quien delegue 3 Un Técnico Agente de Desarrollo Local del Servicio de Promoción y Formación Empresarial Secretaria: La Jefa de Sección de Administración o en su sustitución, un funcionario con la categoría de técnico de administra-

ción general, designado a tal efecto por el Presidente de la Comisión 3 Cualquier circunstancia no prevista en el Reglamento o en la presente convocatoria será resuelta por esta Comisión 4 La Comisión de Valoración emitirá informe sobre la evaluación de las solicitudes presentadas, pudiendo recabar los in-

formes técnicos y cualquier otra información que sean necesarios para valorar y aplicar los criterios objetivos establecidos en el Re-glamento y que se recogen en el siguiente apartado. Asimismo, podrá realizar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse su informe a efectos de la resolución del procedimiento

Octava —Criterios de baremación.Los criterios de baremación de las solicitudes presentadas en cada convocatoria serán los que se indican a continuación: 4 Encuadramiento del Proyecto empresarial en alguno de los sectores económicos detallados a continuación, hasta 5 puntos: 4 1 Medio ambiente, para el fomento del desarrollo sostenible mediante la innovación en nuevas energías y energías re-

novables 4 2 Tecnologías de la información y Comunicaciones 4 3 Servicios avanzados a la empresa 4 4 Ocio, cultura y turismo 4 5 Otros que se consideren innovadores y emergentes5 Capacidad de generación de empleo Se establece 1 punto por cada puesto de trabajo generado, hasta un máximo de 5 6 Proyección futura de la actividad empresarial Máximo 3 puntos7 Originalidad y carácter innovador del proyecto Máximo 2 puntos8 Posibilidad de implantación en mercados internacionales Máximo 2 puntos9 Aprovechamiento de los recursos endógenos y respeto por el medio ambiente Máximo 2 puntos 10. Contribución cuantitativa y cualitativa del proyecto a la diversificación del tejido empresarial. Máximo 2 puntos.11 Interés público, oportunidad, conveniencia o necesidad del proyecto empresarial Máximo 2 puntos 12 Proyectos procedentes de otros recursos del Servicio de Promoción y Formación Empresarial Máximo 1 puntoEn caso de empate en la puntuación, la Comisión de Valoración realizará un sorteo que determinará la letra por la que se iniciará

alfabéticamente el orden de las personas o entidades beneficiarias. Novena —Resolución de las solicitudes y notificación del resultado.1 Concluido el proceso de selección conforme a lo establecido en los artículos anteriores, la Comisión de Valoración emitirá

informe con el resultado del proceso selectivo que incluirá la lista provisional de las solicitudes admitidas y excluidas, con indicación del tipo de espacio concedido y el período de vigencia de las autorizaciones, así como el resultado del sorteo que se haya efectuado en caso de empate en la puntuación obtenida

Esta lista provisional se publicará en la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org), indicando respecto de los admitidos, las puntuaciones obtenidas concediéndose un plazo de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación para la pre-sentación de la copia compulsada de las pólizas de seguro que se prevén en el art. 48 del Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA, así como copia compulsada del alta de la actividad en el modelo 036/037, para aquellos solicitantes propuestos cuya actividad no hubiesen estado iniciada en el momento de presentación de la solicitud

Si en el plazo de los 10 días naturales no se ha recibido la documentación o subsanación solicitada, automáticamente se dará por revocada la admisión del proyecto

2 Finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida en este punto se elevará propuesta de resolución al Director General de Empleo y Economía que será notificada a los interesados mediante publicación en el Tablón de Edictos electró-nico del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org) publicándose simultáneamente extracto del contenido de la misma en el «Boletín Oficial» de la provincia, conforme a los artículos 58 y 59.6.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Pro-cedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

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3 El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde la publicación de la convocatoria Transcurrido el plazo sin haberse dictado resolución los solicitantes deberán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo

Décima —Aceptación de las condiciones de autorización y ocupación de los espacios.1 Sin perjuicio de lo previsto en el artículo anterior, los solicitantes que hayan obtenido autorización para el uso de los es-

pacios, deberán aceptar expresamente por escrito el cumplimiento de las normas recogidas en el Reglamento de Funcionamiento del Edificio CREA, y de las condiciones generales y singulares de uso, así como el inventario con el que se dotará el espacio asignado, establecidos en la correspondiente autorización mediante firma de un duplicado de la misma, siendo condición previa al inicio de la ocupación del espacio

La aceptación y ocupación de los espacios autorizados deberán tener lugar en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la notificación de la autorización.

2 Transcurrido dicho plazo sin haberse efectuado la aceptación y ocupación del espacio autorizado, la resolución de conce-sión de la autorización perderá su eficacia, acordándose el archivo de las actuaciones, previa resolución que se notificará al interesado, perdiendo todos derechos, pasando a autorizarse el uso del espacio al proyecto con mejor puntuación en la Bolsa de Iniciativas Empre-sariales

3. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposi-ción, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de dicha resolución, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a dicha notificación, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno

Decimoprimera —Abono de la tasa.La efectividad de las autorizaciones concedidas a los beneficiarios de esta convocatoria estará supeditada al pago de las tasas

establecidas en la ordenanza fiscal correspondiente.Las liquidaciones correspondientes a las ocupaciones autorizadas en esta convocatoria serán expedidas por la Agencia Tributa-

ria de Sevilla, una vez remitidas por el Servicio de Promoción y Formación Empresarial las resoluciones autorizando la ocupación de los espacios demaniales que constituyen el hecho imponible de esta tasa. En estos casos, una vez emitida y notificada la primera liqui-dación en concepto de ocupación, se producirá el alta en la matrícula de esta Tasa, expidiéndose desde este momento por la Agencia y hasta la pérdida de efectividad de la autorización, recibos mensuales de notificación colectiva, que deberán ser abonados dentro de la segunda quincena de cada mes, siendo irreductibles las cantidades exigidas por cada periodo mensual, con independencia del día del mes en que se produzca el inicio o el cese de la utilización derivada de la autorización

Por su parte, las deudas tributarias a abonar por los beneficiarios de las ocupaciones autorizadas de los puestos de cotrabajo se exigirán en régimen de autoliquidación, correspondiendo su gestión al Servicio de Promoción y Formación Empresarial, debiendo los beneficiarios abonar la deuda correspondiente en el plazo de 5 días, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la misma.

La descripción detallada de las tarifas de usos del Centro y servicios estarán a disposición de todas las personas en la página web (www sevilla org), y en el «Anexo V»

Decimosegunda —Extinción y renuncia.1 La extinción de las autorizaciones para la ocupación de los espacios incluidos en la presente Convocatoria se producirá por

las siguientes causas:g La extinción de la personalidad jurídica, en su caso, de la persona jurídica alojada o el cese de la actividad h La declaración de quiebra o suspensión de pagos i El cambio de la actividad empresarial desarrollada por el titular de la autorización, sin contar con la previa aceptación

expresa por parte del órgano concedente j. La finalización del periodo de duración, incluyendo las prórrogas, de la autorización concedida.k La renuncia por parte del titular de la autorización de uso a la misma, que deberá ser comunicada con una antelación mí-

nima de quince días l La revocación de la autorización concedida por la comisión de alguna infracción muy grave 2 En caso de renuncia, el usuario de la autorización deberá comunicar mediante escrito dirigido al Área de Empleo, Econo-

mía, Fiestas Mayores y Turismo presentado en el Registro General del Ayuntamiento y en los registros auxiliares del mismo, con una antelación mínima de quince días naturales, su voluntad de abandonar el uso de los espacios No obstante, las tasas correspondientes se seguirán devengando hasta la fecha efectiva del cese del servicio

Decimotercera —Bolsa de Proyectos Empresariales y asignación de solicitudes.1 En relación a las solicitudes admitidas que no obtengan espacio, bien por encontrarse ocupados o por haber obtenido una

puntuación inferior a la de los proyectos seleccionados, se integrarán en una Bolsa de Proyectos Empresariales, quedando excluidas las no admitidas

La bolsa se configurará en función de la calificación obtenida en el proceso de baremación, reordenándose cada vez que se incluyan nuevos proyectos en la misma, en virtud de las solicitudes y correspondientes valoraciones realizadas en la evaluación de convocatoria continua En caso de empate en la puntuación se dará prioridad a aquellos proyectos con mayor antigüedad en la Bolsa

2 Producida una vacante, se recurrirá a esta Bolsa de Proyectos Empresariales para cubrirla, respetando el orden de prelación establecido en función de la baremación, y siempre que se sigan cumpliendo los requisitos de la presente convocatoria

A tal efecto, se otorgará 10 días hábiles al proyecto que aparezca en primer lugar de entre los que integren la Bolsa de Proyectos Empresariales para que manifieste si tiene interés o no en su incorporación y presente la documentación requerida para el ingreso no aportada en su momento o que haya sufrido modificaciones.

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Finalizado el plazo de presentación de la documentación requerida en este punto la Comisión de Valoración elevará informe a la Dirección General de Empleo y Economía, quien adoptará la oportuna resolución definitiva del procedimiento que será notificada individualmente a los interesados, sirviéndose de cualquiera de los medios fehacientes recogidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

3 La bolsa de proyectos constituida tendrá validez hasta que se acuerde la publicación de una nueva convocatoria, salvo renuncia expresa previa, formulada por escrito por el solicitante En todo caso, se dará publicidad a la Bolsa de Proyectos Empresariales a través de la página web del Ayuntamiento de Sevilla (www sevilla org)

Decimocuarta —Contenido mínimo de las autorizaciones de uso.Las autorizaciones de uso concedidas al amparo de esta convocatoria consignarán, como mínimo, las condiciones generales y

singulares de uso, el plazo por el que se concede la autorización de uso y el régimen económico a que queda sujeto la autorización, así como el inventario de bienes con el que se dotará el espacio asignado

Decimoquinta —Variaciones y cambios en las empresas autorizadas. Cuando se produzcan cambios en la forma jurídica, órganos de administración, administrador, domicilio social, Estatutos, obje-

to social, I A E , u otras variaciones sustanciales de la empresa autorizada, se comunicarán por escrito a la Dirección General de Empleo y Economía por cualquiera de los medios y formas previstos en el apartado 4 del artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Decimosexta —Variaciones y cambios en la actividad empresarial.1 El cambio de la actividad empresarial desarrollada por el titular de la autorización deberá contar con la previa aceptación

expresa por parte del órgano concedente 2 A tal efecto, los titulares de la autorización comunicarán al Servicio de Promoción y Formación Empresarial los cambios

que se hubieren producido, que valorará los mismos en atención a las circunstancias que hubieren sido determinantes para la obtención de la correspondiente autorización Emitido informe de valoración, se elevará propuesta de resolución al Director General de Empleo y Economía que será notificada individualmente a los interesados, sirviéndose de cualquiera de los medios fehacientes recogidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Decimoséptima —Protección de datos de carácter personal.En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,

la Dirección General de Empleo y Economía informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud a esta convocatoria van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectifica-ción, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía, Servicio de Promoción y Formación Empresarial, a través del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla y demás registros auxiliares del mismo

Decimoctava —Normativa de aplicación.Las bases reguladoras de la presente convocatoria se regirán, además de por lo dispuesto en las misma, por las normas regu-

ladoras del funcionamiento del Edificio CREA y demás normas que en uso de su potestad reglamentaria apruebe el Ayuntamiento de Sevilla, y por lo dispuesto en la legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza que resulte de aplicación, la Legislación Básica del Estado en Régimen Local, las demás normas de Derecho Administrativo, y subsidiariamente por las normas de derecho privado

Anexo ISolicitud de autorización de uso de espacios del CREA

Datos del solicitante (persona física o jurídica):Nombre o razón social: …Primer apellido: … Segundo apellido: … DNI, NIF, NIE, CIF: …Fecha de constitución: … Fecha inicio actividad: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / … Fax: … / …Correo electrónico: …Datos del representante (en caso de sociedades):Nombre: … Primer apellido: … Segundo apellido: … DNI, NIF, NIE: …Fecha de nacimiento: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / …Fax: … / …Correo electrónico: …Datos a efecto de notificación:Nombre o razón social: …Primer apellido: … Segundo apellido: …DNI, NIF, NIE, CIF: …Tipo vía: … Domicilio: … N º: … Portal: … Esc : … Planta: … Puerta: … C P : … Municipio: … Provincia: …Teléfono(s): … / … Correo electrónico: …

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 33

(Marque si corresponde)□ Autorizo expresamente a recibir notificaciones por medios telemáticos según establece el artículo 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Espacio que solicita y orden de preferencia: □ Módulo vivero 10 m²□ Módulo vivero 16 m²□ Módulo vivero 30 m²□ Módulo vivero 35 m²□ Módulo vivero 40 m²□ Espacio coworking¿Solicita plaza de garaje?□ Plaza de Garaje en aparcamiento subterráneo□ N.º de plazas solicitadas …Documentación a aportar (marque con una x lo aportado):□ Modelo solicitud, según Anexo I de la presente convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por el solicitante. □ Acreditación de la personalidad del solicitante mediante fotocopia compulsada del DNI o NIE en vigor si es persona física,

o CIF si es persona jurídica □ En caso de que el solicitante sea una sociedad, deberá acompañar fotocopia compulsada de la escritura de constitución

debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o en su caso, en el Registro administrativo correspondiente, así como acreditar la iden-tidad del representante y aportar poder bastanteado por la asesoría jurídica municipal donde se acredite el poder suficiente para las actuaciones que conlleva la presentación de la solicitud y en su caso concesión de la autorización

□ Memoria descriptiva de la actividad acompañada de un plan de negocio cuyo contenido mínimo será el que se determina en el Anexo II de la presente convocatoria

□ Fotocopia compulsada del alta de la actividad en el modelo 036/037, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales

□ La solicitud deberá acompañarse de certificado en vigor de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones frente a la Seguridad Social

□ Modelo de declaración responsable de no ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como beneficiario de los servicios de incubación empresarial en el edificio CREA, según Anexo III, en caso de empresas que hayan sido beneficiarias de algún espacio en el edificio

□ Modelo de compromiso de suscripción de seguro de responsabilidad civil, según Anexo IV.□ Acreditación del Servicio de Promoción y Formación Empresarial sobre la participación de el/los solicitante/s en algunos

de los recursos de dicho servicio El/la abajo firmante acepta lo establecido en las Bases de la presente Convocatoria, así como en las normas reguladoras del

funcionamiento del Edificio CREA, y autoriza al órgano gestor para recabar las certificaciones a emitir por la AEAT y por la Delegación de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla

En Sevilla a … de … de 20 —Fdo : …A/A Excmo. Sr. AlcAldE dEl AyuntAmiEnto dE SEvillA

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Perso-nal, la Dirección General de Empleo y Economía le informa que sus datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de esta solicitud de ayudas van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado. Asimismo, se le informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de la autorización para el uso de espacios. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica y conforme al procedimiento reglamentariamente establecido, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, dirigiendo un escrito a la Dirección General de Empleo y Economía del Ayuntamiento de Sevilla, a través del Registro General, sito en c/ Pajaritos n º 14 de Sevilla y demás auxiliares del mismo

Anexo IIModelo de plan de negocio

1 Misión de la empresa.Haga un resumen de la historia de su empresa y describa el tipo de negocio que va a desarrollar 2 Datos del / de los promotor/es.Currículum vitae Experiencia profesional en general y en particular, la relacionada con la actividad a desarrollar 3 Datos de la actividad / empresa.Motivos de creación Tiempo de funcionamiento de la empresa Forma jurídica y el motivo de su elección Número de socios/as y capital aportado Régimen de inclusión en la Seguridad Social de promotores/as y socios/as 4 Descripción del producto/ servicio.Descripción del producto/servicio ofrecido Enumere de una manera concisa, todo lo que el cliente obtiene al comprar sus productos o servicios (ventajas, beneficios, ser-

vicios, post-venta, entrenamiento, garantía, etc ) Señale las necesidades que satisface su producto/servicio Mercado al que se dirige y descripción de las características del mercado al que se dirige Ámbito geográfico en el que se desarrolla la actividad Análisis de la competencia 5 Sector de actividad.Descripción del sector en el que se encuadra la actividad empresarial desarrollada Señale si el sector de su actividad está en crecimiento, estabilidad o regresión

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34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

6 Estrategia de marketing.Definición de la clientela y de los proveedores.Precio del producto/servicio ofrecido Canales de distribución Promoción y publicidad 7 Análisis DAFO.Describa las Debilidades, Amenazas, Fuerzas y Oportunidades de su proyecto 8 Recursos humanos.Organigrama funcional Descripción de las contrataciones actuales Indicar, caso de existir, planes de formación 9 Prevención en riesgos laborales.Indicar si la empresa dispone o no de un plan de prevención en riesgos laborales. En caso afirmativo, descripción del mismo.10 Plan económico-financiero. a Presupuesto Inversión- Financiación b Balance Previsional c Cuenta de Resultados Previsionales d Cuentas de Tesorería PrevisionalesPresupuesto inversión-financiación:

Concepto Importe IVA Total

Inversión … … …Gastos constitución … … …Gastos formalización deudas … … …Obra civil e instalaciones … … …Bienes de equipo … … …Otro inmovilizado material … … …Fianza … … …Mobiliario y enseres … … …Equipos informáticos … … …Existencia … … …H P IVA soportado … … …Total … … …FinanciaciónCapital social … … …Prestamos … … …Proveedores … … …Total … … …

Balances previsionalesActivo Inicio 0 1 2

Inmovilizado … … … …Gastos constitución … … … …Gastos formalización deudas … … … …Obra civil e instalaciones … … … …Bienes de equipo … … … …Otro inmovilizado material … … … …Fianza … … … …Mobiliario y enseres … … … …Equipos informáticos … … … …Activo circulante … … … …Deudores … … … …H P deudora IVA … … … …Inversiones financieras temporales … … … …Existencia … … … …H P IVA soportado … … … …Tesorería … … … …Activo total … … … …

Pasivo Inicio 0 1 2

Pasivo fijo … … … …Capital social … … … …Pérdidas y ganancias … … … …Prestamos … … … …Proveedores de inmovilizado … … … …Pasivo circulante … … … …Proveedores c/p … … … …H P acreedora por IS … … … …H P acreedora por IVA … … … …Pasivo total … … … …

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 35

Cuenta resultado previsionales

Año 0 Año 1 Año 2

Ingresos … … …Ingresos de explotación … … …Gastos … … …Consumos de explotación … … …Sueldos y salarios … … …Cargas sociales … … …Suministros … … …Primas seguros … … …Arrendamiento … … …Gastos comerciales … … …Otros gastos … … …Resultado explotación … … …Ingresos financieros … … …Gastos financieros … … …Resultado financiero … … …

Resultado ordinario … … …

Resultado extraordinario … … …

Resultado ejercicio antes de impuestos … … …

Resultado ajustado … … …

Impuesto s/ beneficios … … …

Resultado del ejercicio … … …

Plan Tesorería Previsional

Tesorería previsional año 0 1T 2T 3T 4TSaldo inicial … … … …Cobros … … … …Por ventas … … … …Por otros conceptos … … … …Por capital … … … …Por subvenciones … … … …Por préstamos … … … …Proveedores de inmovilizado … … … …Total cobros … … … …Pagos … … … …A proveedores … … … …A proveedores de inmovilizado … … … …Acreedores c/p … … … …Acreedores l/p … … … …Arrendamientos … … … …Otros gastos … … … …Primas seguros … … … …Suministros … … … …Publicidad y relaciones públicas … … … …Tributos … … … …Sueldos y salarios … … … …Gastos financieros … … … …Amortización de préstamos … … … …Reintegros de subvenciones … … … … Liquidación IVA … … … …Total pagos … … … …

Saldo tesorería … … … …

Anexo IIIModelo de declaración responsable

D /Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero … y con domicilio en …, n º…, piso …, pta … localidad …Prov…, actuando en nombre y representación de …, con DNI/CIF …, (táchese y rellénese lo que no proceda),

Declara bajo su responsabilidad:No ser deudor de más de una mensualidad vencida y pendiente de pago como beneficiario de los servicios de incubación em-

presarial en el edificio CREA.En Sevilla a … de … de 20 … —Fdo : …

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36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Anexo IVModelo de compromiso de suscribir póliza de seguro de responsabilidad civil

D /Dña … mayor de edad, con D N I o Tarjeta de Extranjero … y con domicilio en …, n º…, piso …, pta … localidad …Prov … actuando en nombre y representación de …, con DNI/CIF… , (táchese y rellénese lo que no proceda),

Por la presente me comprometo para el caso de resultar propuesto como autorizado para el uso de espacios del edificio CREA, y antes del otorgamiento de la autorización, a constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil, con entidad de reconocida solven-cia, por cuantía suficiente para hacer frente los daños y perjuicios causados a personas, enseres y bienes muebles e inmuebles propios o ajenos en los espacios y para las actividades autorizadas, incluidos desperfectos y robos, eximiendo expresamente al Ayuntamiento de Sevilla de toda responsabilidad

En Sevilla a … de … de 20 … —Fdo …

Anexo VTarifa única: Ocupación de los distintos espacios demaniales del Centro de Recursos Empresariales Avanzados del Ayunta-

miento de Sevilla (CREA)Epígrafe 1 —Ocupación de módulos de oficina para el desarrollo de actividades empresariales:— Módulos de 10 m²: 90’00 €/mes— Módulos de 16 m²: 144’00 €/mes— Módulos de 30 m²: 270’00 €/mes— Módulos de 35 m²: 315’00 €/mes— Módulos de 44 m²: 396’00 €/mes— Módulos de 58 m²: 522’00 €/mesEpígrafe 2 —Ocupación de espacios de cotrabajo.— Por puesto de trabajo en módulo de oficina compartido: 90 €/mesNota: En los casos en que resulta aplicable este Epígrafe, la cuota resultante se prorrateará a partes iguales, entre los distintos

sujetos pasivos, participantes en los puestos de trabajo compartidos, y que así resulten identificados en la autorización administrativa tramitada por parte del Servicio Municipal competente

Epígrafe 3 —Ocupación de aulas de formación, auditorio y espacios para otros usos de forma temporal:a) Aula 1 (capacidad 35 alumnos):— Por cada hora o fracción de hora de ocupación de este aula: 16,00 €— Por ocupación durante media jornada (4 horas): 60,00 €— Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 120,00 €Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% b) Aula 2 (Informática, capacidad 18 alumnos):— Por cada hora o fracción de hora de ocupación de este aula: 22,00 € — Por ocupación durante media jornada (4 horas): 85,00 € — Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 170,00 € Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40%c) Auditorio — Por ocupación durante media jornada (4 horas): 250,00 € • Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 475,00 €Notas:Primera: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% Segunda: Las cantidades señaladas en el Epígrafe 3 c), se incrementarán respectivamente en 110,00 € y 170 €, por técnico de

sonido y jornada, según sea media jornada o completa d) Hall — Por ocupación durante media jornada (4 horas): 110,00 € — Por ocupación durante una jornada completa (8 horas): 220,00 € Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% e) Hall para uso de catering — Por día: 100,00 €Nota: Las empresas alojadas en la incubadora tendrán una reducción en cuota resultante de un 40% Epígrafe 4 —Ocupación de plaza de garaje: La cuota tributaria será la resultante de aplicar la siguiente fórmula:— 4,00 € por m² o fracción al mes.Sevilla a 19 de febrero de 2014 —El Secretario General, P D : La Jefa del Servicio de Promoción y Formación Empresarial,

Alicia Domínguez Núñez 4W-2173

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SEVILLA

Resolución n.º 1024, de 25 de febrero de 2014, del Director General de Empleo y Economía del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, referente a la aprobación definitiva del listado de los/as aspirantes seleccionados/as, en reserva, no admitidos/as en las prác-ticas profesionales y excluidos/as del proceso de selección de las «Prácticas profesionales personalizadas en varios oficios: Jardinería, Pinche de Cocina, Camarero/a de Restaurante-Bar y Limpieza de Inmuebles», dentro del marco del Proyecto Redes Sevilla II.

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 37

En el tablón de anuncios del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla se ha publicado íntegramente la resolución antes indicada, computándose los plazos de recurso señalados en dicha resolución a partir del día siguiente al de la publicación de este anun-cio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 26 de febrero de 2014 —La Jefa de Sección adjunta de Servicio de Administración de Empleo, Fe Risquet Fernández 7W-2418

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SEVILLA

Resolución n.º 850, de 19 de febrero de 2014, del Director General de Empleo y Economía del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, refe-rente a la aprobación definitiva del listado de los/as aspirantes seleccionados/as, en reserva, no admitidos/as en las acciones formativas y excluidos/as del proceso de selección de la acción formativa denominada «Jardinería ecológica», dentro del marco del Proyecto Redes Sevilla II.

En el tablón de anuncios del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla se ha publicado íntegramente la resolución antes indicada, computándose los plazos de recurso señalados en dicha resolución a partir del día siguiente al de la publicación de este anun-cio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 26 de febrero de 2014 —La Jefa de Sección adjunta de Servicio de Administración de Empleo, Fe Risquet Fernández 7W-2419

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SEVILLA

Resolución n.º 849, de 19 de febrero de 2014, del Director General de Empleo y Economía del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, refe-rente a la aprobación definitiva del listado de los/as aspirantes seleccionados/as, en reserva, no admitidos/as en las acciones formativas y excluidos/as del proceso de selección de la acción formativa denominada «Taller de metodología didáctica de la lengua castellana para el trabajo con la población extranjera», dentro del marco del Proyecto Redes Sevilla II.

En el tablón de anuncios del Registro General del Ayuntamiento de Sevilla se ha publicado íntegramente la resolución antes indicada, computándose los plazos de recurso señalados en dicha resolución a partir del día siguiente al de la publicación de este anun-cio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 26 de febrero de 2014 —La Jefa de Sección adjunta de Servicio de Administración de Empleo, Fe Risquet Fernández 7W-2420

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SEVILLA

Con fecha 1 de octubre de 2009, la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, acordó la prórroga de la declaración de zona acústicamente saturada la comprendida entre diversas calles del barrio de Triana-Norte que figuran en el acuerdo adoptado y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero —Tramitar el procedimiento para prorrogar la declaración de zona acústicamente saturada en la comprendida entre las siguientes calles del barrio de Triana-Norte: Paseo Ntra Sra de la O, Plaza del Altozano San Jacinto, Alfarería, Avda Cristo de la Expiración, Odiel y plaza Chapina según plano que consta en el expediente número 481/08, de la Sección de Disciplina del Servicio de Protección Ambiental instruidos al efecto

Segundo —Suspender provisionalmente en la citada zona, comprendida entre las calles de los distritos Triana-Norte: Paseo Ntra Sra De la O, Plaza del Altozano San Jacinto, Alfarería, Avda Cristo de la Expiración, Odiel y plaza Chapina, el otorgamiento de nuevas licencias de apertura, así como de modificación o ampliación, salvo que lleven aparejadas disminución de los valores mínimos, relativas a actividades y establecimientos considerados en el expediente origen de la saturación, según plano que obra en el Expte 481/08, y ajustados a las denominaciones del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que a conti-nuación se relacionan:

a Cafés-teatro (III 1 2 d), anexo I) b Salones de juego (III 2 1 d), anexo I) c Salones Recreativos (III 2 2 a), anexo I) d Cibersalas con servicio de comidas o bebidas a los usuarios dentro de sus instalaciones (III 2 2 b), anexo I) e Centros de ocio y diversión (III 2 2 c), anexo I) f Boleras (III 2 2 d), anexo I) g Establecimientos de Hostelería (III 2 8 apdos a) a f) inclusive, anexo I) h Establecimientos de Esparcimiento (III 2 9 apdos a) a d) inclusive, anexo I) Además, se incluyen las siguientes actividades ajenas al Nomenclátor: tiendas de conveniencia, comercios al por menor de

alimentación y bebidas con horario de funcionamiento que incluyan período comprendido entre las 22 00 y las 8 00 horas La efectividad de la citada suspensión se mantendrá hasta tanto se culminen los trámites contenidos en el artículo 18 del Decre-

to 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, a los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada, cesando la efectividad de la suspensión de no concurrir el presupuesto de hecho contenido en el artículo 17 1 del referido Reglamento, previa realización del informe técnico correspondiente

Tercero —Declarar excluidas de los efectos de la suspensión provisional las licencias de restaurantes siempre que garanticen el cumplimiento de las siguientes condiciones:

• El local deberá dotarse necesariamente de cocina, conformada como recinto propio e independiente, debiendo, asimismo, disponer de sistema de evacuación de humos que incluya conducto para evacuación cenital, acorde con las exigencias contenidas en el Anexo II-A de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística (en adelante PGOU) y demás normas sobre la materia

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38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

• El local será ocupado por mesas y sillas, previéndose tal mobiliario para un aforo de una persona por cada 1,50 m2 (salvo impedimento físico derivado de la morfología del local) (tabla 2 1 del apartado 2 del DB-SI-3 del Código Técnico de la Edificación), no pudiendo existir zonas libres para la permanencia de clientes de pie. El mobiliario, representado en planos y que responderá a dicho aforo, habrá de ser respetado, básicamente, una vez ejecutado el local y durante el funcionamien-to del mismo Se prohíben las sillas y mesas altas

• No podrá disponer de barra, repisas o similares donde consuman los clientes. Excepcionalmente, podrá existir una barra aislada para la atención de dichos clientes mientras aguardan turno para ocupar una mesa, de una longitud máxima de 1,50 metros, con una altura inferior a 70 cm o superior a 1,20 cm En ningún caso esta barra podrá diseñarse mediante el acor-tamiento de otra barra mayor con cristaleras, mamparas, obra de fábrica o similar, debiendo interrumpirse completamente su trazado, tanto en la zona de público como en zonas privadas interiores de empleados

• La zona de barra no podrá quedar situada en conexión directa con la entrada al local, sino en una dependencia distinta (a la que haya de accederse mediante puerta), o bien disponiendo el local de vestíbulo previo para su acceso

• Conjuntamente con la solicitud de licencia de apertura, deberá aportarse el certificado del registro dependiente de la Con-sejería de Turismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía acreditativo de la anotación de la calificación previa del esta-blecimiento como restaurante, con la categoría que figure en la documentación técnica que acompañe a aquella solicitud.

Cuarto —Declarar excluidas de los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada las licencias de apertura de las actividades mencionadas en el punto Segundo del presente acuerdo, integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial (según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU), situa-das dentro de la zona acústicamente saturada, siempre que cumplan con la totalidad de las condiciones que a continuación se indican:

a) Ajustarse a la definición y cumplir las limitaciones que para las mismas se contienen en el Nomenclátor y Catálogo de Es-pectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, de la Comunidad Autónoma (Decreto 78/2002, de 26 de febrero, de la Consejería de Gobernación)

b) Encontrarse situadas en el interior de centros comerciales, entendiendo por tales los ajustados a la definición de <<Agrupa-ción Terciaria>> o <<Gran Superficie Comercial>> del artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU o que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos.

c) La superficie mínima construida del centro comercial debe alcanzar, al menos, los 1.000,00 m2 d) La superficie máxima útil de todos los locales destinados a las actividades consideradas no superará el 10 % de la superficie

total de venta del centro comercial (computada de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior en Andalucía)

e) Los locales donde se implanten los usos considerados no poseerán su acceso de público de forma directa desde la vía pública, sino que a ellos se accederá únicamente desde las zonas comunes del centro comercial

f) Su horario de funcionamiento será coincidente con el del centro comercial, no pudiendo funcionar con independencia de éste, y respetándose, en todo caso, las limitaciones horarias contenidas en la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Conse-jería de Gobernación de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Los efectos de la referida exclusión alcanzarán en idénticos términos a las licencias de apertura de las actividades integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial, según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU y que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos. Sevilla a 22 de septiembre de 2009 —La Concejal Delegada de Medio Ambiente, Encarnación Martínez Díaz

En Sevilla a 7 de enero de 2014 —El Jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto del Bot 8W-172

————SEVILLA

Con fecha 1 de octubre de 2009, la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, acordó la prórroga de la declaración de zona acústicamente saturada la comprendida entre varias calles de Plaza de Armas que figuran en el acuerdo adoptado y cuya parte disposi-tiva es del siguiente tenor literal:

Primero —Tramitar el procedimiento para prorrogar la declaración de zona acústicamente saturada en la comprendida entre las siguientes calles de Plaza de Armas: Marqués de Paradas, Pedro del Toro, Gravina, Puerta Triana, Reyes Católicos, Arjona, Radio Sevilla, Cristo de la Expiración y Plaza de la Legión según plano que consta en el expediente número 67/09, de la Sección de Disciplina del Servicio de Protección Ambiental instruidos al efecto

Segundo —Suspender provisionalmente en la citada zona, comprendida entre las calles de Plaza de Armas: Marqués de Para-das, Pedro del Toro, Gravina, Puerta Triana, Reyes Católicos, Arjona, Radio Sevilla, Cristo de la Expiración y Plaza de la Legión, el otorgamiento de nuevas licencias de apertura, así como de modificación o ampliación, salvo que lleven aparejadas disminución de los valores mínimos, relativas a actividades y establecimientos considerados en el expediente origen de la saturación, según plano que obra en el Expte 67/09, y ajustados a las denominaciones del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que a continuación se relacionan:

a Cafés-teatro (III 1 2 d), anexo I) b Salones de juego (III 2 1 d), anexo I) c Salones Recreativos (III 2 2 a), anexo I) d Cibersalas con servicio de comidas o bebidas a los usuarios dentro de sus instalaciones (III 2 2 b), anexo I) e Centros de ocio y diversión (III 2 2 c), anexo I) f Boleras (III 2 2 d), anexo I) g Establecimientos de Hostelería (III 2 8 apdos a) a f) inclusive, anexo I) h Establecimientos de Esparcimiento (III 2 9 apdos a) a d) inclusive, anexo I) Además, se incluyen las siguientes actividades ajenas al Nomenclátor: tiendas de conveniencia, comercios al por menor de

alimentación y bebidas con horario de funcionamiento que incluyan período comprendido entre las 22 00 y las 8 00 horas La efectividad de la citada suspensión se mantendrá hasta tanto se culminen los trámites contenidos en el artículo 18 del Decre-

to 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, a los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada, cesando la efectividad de la suspensión de no concurrir el presupuesto de hecho contenido en el artículo 17 1 del referido Reglamento, previa realización del informe técnico correspondiente

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 39

Tercero —Declarar excluidas de los efectos de la suspensión provisional las licencias de restaurantes siempre que garanticen el cumplimiento de las siguientes condiciones:

• El local deberá dotarse necesariamente de cocina, conformada como recinto propio e independiente, debiendo, asimismo, disponer de sistema de evacuación de humos que incluya conducto para evacuación cenital, acorde con las exigencias contenidas en el Anexo II-A de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística (en adelante PGOU) y demás normas sobre la materia

• El local será ocupado por mesas y sillas, previéndose tal mobiliario para un aforo de una persona por cada 1,50 m2 (salvo impedimento físico derivado de la morfología del local) (tabla 2 1 del apartado 2 del DB-SI-3 del Código Técnico de la Edificación), no pudiendo existir zonas libres para la permanencia de clientes de pie. El mobiliario, representado en planos y que responderá a dicho aforo, habrá de ser respetado, básicamente, una vez ejecutado el local y durante el funcionamien-to del mismo Se prohíben las sillas y mesas altas

• No podrá disponer de barra, repisas o similares donde consuman los clientes. Excepcionalmente, podrá existir una barra aislada para la atención de dichos clientes mientras aguardan turno para ocupar una mesa, de una longitud máxima de 1,50 metros, con una altura inferior a 70 cm o superior a 1,20 cm En ningún caso esta barra podrá diseñarse mediante el acor-tamiento de otra barra mayor con cristaleras, mamparas, obra de fábrica o similar, debiendo interrumpirse completamente su trazado, tanto en la zona de público como en zonas privadas interiores de empleados

• La zona de barra no podrá quedar situada en conexión directa con la entrada al local, sino en una dependencia distinta (a la que haya de accederse mediante puerta), o bien disponiendo el local de vestíbulo previo para su acceso

• Conjuntamente con la solicitud de licencia de apertura, deberá aportarse el certificado del Registro dependiente de la Con-sejería de Turismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía acreditativo de la anotación de la calificación previa del esta-blecimiento como restaurante, con la categoría que figure en la documentación técnica que acompañe a aquella solicitud.

Cuarto —Declarar excluidas de los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada las licencias de apertura de las actividades mencionadas en el punto Segundo del presente acuerdo, integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial (según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU), situa-das dentro de la zona acústicamente saturada, siempre que cumplan con la totalidad de las condiciones que a continuación se indican:

a) Ajustarse a la definición y cumplir las limitaciones que para las mismas se contienen en el Nomenclátor y Catálogo de Es-pectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, de la Comunidad Autónoma (Decreto 78/2002, de 26 de febrero, de la Consejería de Gobernación)

b) Encontrarse situadas en el interior de centros comerciales, entendiendo por tales los ajustados a la definición de <<Agrupa-ción Terciaria>> o <<Gran Superficie Comercial>> del artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU o que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos.

c) La superficie mínima construida del centro comercial debe alcanzar, al menos, los 1.000,00 m2 d) La superficie máxima útil de todos los locales destinados a las actividades consideradas no superará el 10 % de la superficie

total de venta del centro comercial (computada de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior en Andalucía)

e) Los locales donde se implanten los usos considerados no poseerán su acceso de público de forma directa desde la vía pública, sino que a ellos se accederá únicamente desde las zonas comunes del centro comercial

f) Su horario de funcionamiento será coincidente con el del centro comercial, no pudiendo funcionar con independencia de éste, y respetándose, en todo caso, las limitaciones horarias contenidas en la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Conse-jería de Gobernación de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Los efectos de la referida exclusión alcanzarán en idénticos términos a las licencias de apertura de las actividades integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial, según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU y que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos. Sevilla a 22 de septiembre de 2009 —La Concejal Delegada de Medio Ambiente, Encarnación Martínez Díaz

En Sevilla a 7 de enero de 2014 —El Jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto del Bot 8W-173

————SEVILLA

Con fecha 3 de diciembre de 2009, la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, acordó la prórroga de la declaración de zona acústicamente saturada la comprendida entre varias calles del barrio de los Remedios que figuran en el acuerdo adoptado y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero —Tramitar el procedimiento para prorrogar la declaración de zona acústicamente saturada en la comprendida entre las siguientes calles del barrio de los Remedios: Virgen de la Oliva, avenida Ramón de Carranza, Asunción y Fernando IV, según plano que consta en el expediente número 452/07, instruido al efecto por la Sección de Disciplina Ambiental, del Servicio de Protección Ambien-tal Los efectos de la declaración, conforme a lo establecido en el artículo 18 3 del Decreto 326/03, de 25 de noviembre

Segundo —Suspender provisionalmente en la citada zona, comprendida entre las calles del barrio de los Remedios: Virgen de la Oliva, avenida Ramón de Carranza, Asunción y Fernando IV según plano que consta en el expediente número 452/07, el otorga-miento de nuevas licencias de apertura, así como de modificación o ampliación, salvo que lleven aparejadas disminución de los valores mínimos, relativas a actividades y establecimientos considerados en el expediente origen de la saturación, según plano que obra en el Expte 452/07, y ajustados a las denominaciones del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y Catá-logo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que a continuación se relacionan:

a Cafés-teatro (III 1 2 d), anexo I) b Salones de juego (III 2 1 d), anexo I) c Salones Recreativos (III 2 2 a), anexo I) d Cibersalas con servicio de comidas o bebidas a los usuarios dentro de sus instalaciones (III 2 2 b), anexo I) e Centros de ocio y diversión (III 2 2 c), anexo I) f Boleras (III 2 2 d), anexo I) g Establecimientos de Hostelería (III 2 8 apdos a) a f) inclusive, anexo I) h Establecimientos de Esparcimiento (III 2 9 apdos a) a d) inclusive, anexo I)

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40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Además, se incluyen las siguientes actividades ajenas al Nomenclátor: tiendas de conveniencia, comercios al por menor de alimentación y bebidas con horario de funcionamiento que incluyan período comprendido entre las 22 00 y las 8 00 horas

La efectividad de la citada suspensión se mantendrá hasta tanto se culminen los trámites contenidos en el artículo 18 del Decre-to 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, a los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada, cesando la efectividad de la suspensión de no concurrir el presupuesto de hecho contenido en el artículo 17 1 del referido Reglamento, previa realización del informe técnico correspondiente

Tercero —Declarar excluidas de los efectos de la suspensión provisional las licencias de restaurantes siempre que garanticen el cumplimiento de las siguientes condiciones:

• El local deberá dotarse necesariamente de cocina, conformada como recinto propio e independiente, debiendo, asimismo, disponer de sistema de evacuación de humos que incluya conducto para evacuación cenital, acorde con las exigencias contenidas en el Anexo II-A de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística (en adelante PGOU) y demás normas sobre la materia

• El local será ocupado por mesas y sillas, previéndose tal mobiliario para un aforo de una persona por cada 1,50 m2 (salvo impedimento físico derivado de la morfología del local) (tabla 2 1 del apartado 2 del DB-SI-3 del Código Técnico de la Edificación), no pudiendo existir zonas libres para la permanencia de clientes de pie. El mobiliario, representado en planos y que responderá a dicho aforo, habrá de ser respetado, básicamente, una vez ejecutado el local y durante el funcionamien-to del mismo Se prohíben las sillas y mesas altas

• No podrá disponer de barra, repisas o similares donde consuman los clientes. Excepcionalmente, podrá existir una barra aislada para la atención de dichos clientes mientras aguardan turno para ocupar una mesa, de una longitud máxima de 1,50 metros, con una altura inferior a 70 cm o superior a 1,20 cm En ningún caso esta barra podrá diseñarse mediante el acor-tamiento de otra barra mayor con cristaleras, mamparas, obra de fábrica o similar, debiendo interrumpirse completamente su trazado, tanto en la zona de público como en zonas privadas interiores de empleados

• La zona de barra no podrá quedar situada en conexión directa con la entrada al local, sino en una dependencia distinta (a la que haya de accederse mediante puerta), o bien disponiendo el local de vestíbulo previo para su acceso

• Conjuntamente con la solicitud de licencia de apertura, deberá aportarse el certificado del registro dependiente de la Con-sejería de Turismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía acreditativo de la anotación de la calificación previa del esta-blecimiento como restaurante, con la categoría que figure en la documentación técnica que acompañe a aquella solicitud.

Cuarto —Declarar excluidas de los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada las licencias de apertura de las actividades mencionadas en el punto Segundo del presente acuerdo, integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial (según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU), situa-das dentro de la zona acústicamente saturada, siempre que cumplan con la totalidad de las condiciones que a continuación se indican:

a) Ajustarse a la definición y cumplir las limitaciones que para las mismas se contienen en el Nomenclátor y Catálogo de Es-pectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, de la Comunidad Autónoma (Decreto 78/2002, de 26 de febrero, de la Consejería de Gobernación)

b) Encontrarse situadas en el interior de centros comerciales, entendiendo por tales los ajustados a la definición de <<Agrupa-ción Terciaria>> o <<Gran Superficie Comercial>> del artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU o que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos.

c) La superficie mínima construida del centro comercial debe alcanzar, al menos, los 1.000,00 m2 d) La superficie máxima útil de todos los locales destinados a las actividades consideradas no superará el 10 % de la superficie

total de venta del centro comercial (computada de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior en Andalucía)

e) Los locales donde se implanten los usos considerados no poseerán su acceso de público de forma directa desde la vía pública, sino que a ellos se accederá únicamente desde las zonas comunes del centro comercial

f) Su horario de funcionamiento será coincidente con el del centro comercial, no pudiendo funcionar con independencia de éste, y respetándose, en todo caso, las limitaciones horarias contenidas en la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Conse-jería de Gobernación de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Los efectos de la referida exclusión alcanzarán en idénticos términos a las licencias de apertura de las actividades integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial, según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU y que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos. Sevilla a 1 de diciembre de 2009 —La Concejal Delegada de Medio Ambiente, Encarnación Martínez Díaz

En Sevilla a 14 de enero de 2014 —El Jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto del Bot 8W-525

————

SEVILLA

Con fecha 10 de septiembre de 2009, la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, acordó la prórroga de la declaración de zona acústicamente saturada la comprendida entre varias calles de los distritos de Triana y Los Remedios, que figuran en el acuerdo adoptado y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Primero —Tramitar el procedimiento para prorrogar la declaración de zona acústicamente saturada en la comprendida entre las siguientes calles de los distritos de Triana y Los Remedios: Plaza del Altozano, San Jacinto, Rodrigo de Triana, Victoria, Pagés del Corro, República Argentina, plaza de Cuba y Dársena del río según plano que consta en el expediente número 280/07 de la Sección de Disciplina Del Servicio de Protección Ambiental instruidos al efecto

Segundo —Suspender provisionalmente en la citada zona, comprendida entre las calles los distritos de Triana y los Remedios: Plaza del Altozano, San Jacinto, Rodrigo de Triana, Victoria, Pagés del Corro, República Argentina, plaza de Cuba y Dársena del río, el otorgamiento de nuevas licencias de apertura, así como de modificación o ampliación, salvo que lleven aparejadas disminución de los valores mínimos, relativas a actividades y establecimientos considerados en el expediente origen de la saturación, según plano que obra en el Expte 280/07, y ajustados a las denominaciones del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Nomenclátor y

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 41

Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que a continuación se relacionan:

— Cafés-teatro (III 1 2 d), anexo I) — Salones de juego (III 2 1 d), anexo I) — Salones Recreativos (III 2 2 a), anexo I) — Cibersalas con servicio de comidas o bebidas a los usuarios dentro de sus instalaciones (III 2 2 b), anexo I) — Centros de ocio y diversión (III 2 2 c), anexo I) — Boleras (III 2 2 d), anexo I) — Establecimientos de Hostelería (III 2 8 apdos a) a f) inclusive, anexo I) — Establecimientos de Esparcimiento (III 2 9 apdos a) a d) inclusive, anexo I) Además, se incluyen las siguientes actividades ajenas al Nomenclátor: Tiendas de conveniencia, comercios al por menor de

alimentación y bebidas con horario de funcionamiento que incluyan período comprendido entre las 22 00 y las 8 00 horas La efectividad de la citada suspensión se mantendrá hasta tanto se culminen los trámites contenidos en el artículo 18 del Decre-

to 326/2003, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, a los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada, cesando la efectividad de la suspensión de no concurrir el presupuesto de hecho contenido en el artículo 17 1 del referido Reglamento, previa realización del informe técnico correspondiente

Tercero —Declarar excluidas de los efectos de la suspensión provisional las licencias de restaurantes siempre que garanticen el cumplimiento de las siguientes condiciones:

• El local deberá dotarse necesariamente de cocina, conformada como recinto propio e independiente, debiendo, asimismo, disponer de sistema de evacuación de humos que incluya conducto para evacuación cenital, acorde con las exigencias contenidas en el Anexo II-A de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbanística (en adelante PGOU) y demás normas sobre la materia

• El local será ocupado por mesas y sillas, previéndose tal mobiliario para un aforo de una persona por cada 1,50 m2 (salvo impedimento físico derivado de la morfología del local) (tabla 2 1 del apartado 2 del DB-SI-3 del Código Técnico de la Edificación), no pudiendo existir zonas libres para la permanencia de clientes de pie. El mobiliario, representado en planos y que responderá a dicho aforo, habrá de ser respetado, básicamente, una vez ejecutado el local y durante el funcionamien-to del mismo Se prohíben las sillas y mesas altas

• No podrá disponer de barra, repisas o similares donde consuman los clientes. Excepcionalmente, podrá existir una barra aislada para la atención de dichos clientes mientras aguardan turno para ocupar una mesa, de una longitud máxima de 1,50 metros, con una altura inferior a 70 cm o superior a 1,20 cm En ningún caso esta barra podrá diseñarse mediante el acor-tamiento de otra barra mayor con cristaleras, mamparas, obra de fábrica o similar, debiendo interrumpirse completamente su trazado, tanto en la zona de público como en zonas privadas interiores de empleados

• La zona de barra no podrá quedar situada en conexión directa con la entrada al local, sino en una dependencia distinta (a la que haya de accederse mediante puerta), o bien disponiendo el local de vestíbulo previo para su acceso

• Conjuntamente con la solicitud de licencia de apertura, deberá aportarse el certificado del Registro dependiente de la Con-sejería de Turismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía acreditativo de la anotación de la calificación previa del esta-blecimiento como restaurante, con la categoría que figure en la documentación técnica que acompañe a aquella solicitud.

Cuarto —Declarar excluidas de los efectos de la declaración de zona acústicamente saturada las licencias de apertura de las actividades mencionadas en el punto Segundo del presente acuerdo, integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial (según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU), situa-das dentro de la zona acústicamente saturada, siempre que cumplan con la totalidad de las condiciones que a continuación se indican:

a) Ajustarse a la definición y cumplir las limitaciones que para las mismas se contienen en el Nomenclátor y Catálogo de Es-pectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, de la Comunidad Autónoma (Decreto 78/2002, de 26 de febrero, de la Consejería de Gobernación)

b) Encontrarse situadas en el interior de centros comerciales, entendiendo por tales los ajustados a la definición de <<Agrupa-ción Terciaria>> o <<Gran Superficie Comercial>> del artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU o que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos.

c) La superficie mínima construida del centro comercial debe alcanzar, al menos, los 1.000,00 m2 d) La superficie máxima útil de todos los locales destinados a las actividades consideradas no superará el 10% de la superficie

total de venta del centro comercial (computada de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior en Andalucía)

e) Los locales donde se implanten los usos considerados no poseerán su acceso de público de forma directa desde la vía pública, sino que a ellos se accederá únicamente desde las zonas comunes del centro comercial

f) Su horario de funcionamiento será coincidente con el del centro comercial, no pudiendo funcionar con independencia de éste, y respetándose, en todo caso, las limitaciones horarias contenidas en la Orden de 25 de marzo de 2002, de la Conse-jería de Gobernación de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Los efectos de la referida exclusión alcanzarán en idénticos términos a las licencias de apertura de las actividades integradas dentro de parcelas que acojan un uso de agrupación terciaria y gran superficie comercial, según definiciones contenidas en el artículo 6.5.1 de las Normas Urbanísticas del PGOU y que cuenten con licencia municipal de obras específica para dichos usos.»

En Sevilla a 14 de enero de 2014 —El Jefe de Servicio de Protección Ambiental, Alfonso Pinto del Bot 8W-526

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SEVILLA

Agencia Tributaria de SevillaAprobada la Matrícula para la exacción del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, correspondiente al ejercicio de

2014, se encuentra expuesta al público en el Negociado del Impuesto citado del Departamento de Gestión de Ingresos, sito en avenida de Málaga n.º 12, planta 2.ª, edificio Metrocentro, por término de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, durante los cuales los legítimos interesados podrán examinarlo y, en su caso,

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42 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

formular las alegaciones que consideren oportunas. La exposición pública producirá los efectos de notificación de la liquidación a cada uno de los sujetos pasivos propietarios de vehículos en cuyo permiso de circulación conste que tienen su residencia o domicilio en este término municipal

A partir del día siguiente al que termine la exposición al público y durante el plazo de un mes, podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla; en idéntico plazo podrá interpo-nerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, y posteriormente, en su caso, reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del mismo o a la finalización del plazo de un mes que dispone la Administración para resolver el recurso de reposición, en que se podrá considerar desestimado por silencio negativo a estos efectos

En cualquier caso, es preceptiva la reclamación económico-administrativa para agotar la vía administrativa, y contra la resolu-ción que ponga fin a la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución expresa del Tribunal Económi-co-Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla o, en su defecto, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de un año (si le corresponde el procedimiento ordinario) o de seis meses (si le corresponde el procedimiento abreviado ante el órgano unipersonal designado), que tiene dicho órgano para resolver la reclamación, en que se podrá considerar desestimada por silen-cio negativo a estos efectos

Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como en el Capítulo IV del Título V de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el Reglamento General de Desarrollo de la Ley 58/2003, en materia de Revisión en Vía Administrativa, aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, en relación con el artículo 137 de la Ley de Bases de Régimen Local; 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, así como al Reglamento del Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla, y finalmente conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Sevilla a 27 de febrero de 2014.—La Directora del Departamento de Gestión de Ingresos, M.ª José Moreno Palomas.7W-2556

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SEVILLA

Agencia Tributaria

Anuncio por el que se publican las sanciones por infracciones a la ordenanza municipal de medidas para el formento y garantía de la conviviencia ciudadana en los espacios públicos de Sevilla, aprobada por el Excelentísimo Ayuntamiento Pleno el 20 de junio de 2008 y publicada en el BOP n º 166, de 18 de julio de 2008

Habiendo intentado practicar la notificación individual a las personas que a continuación se relacionan en la forma prevista en los artículos 59 5, 60 y 61 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin resultado positivo, procede hacer público lo siguiente:

El Gerente de la Agencia Tributaria de Sevilla, en virtud de la competencia que tiene delegada por la Junta de Gobierno de la Ciudad, en sesión celebrada el día 8 de julio de 2011 (BOP 239, de 15 de Octubre de 2011), ha dictado Resolución en los expedientes que a continuación se relacionan en los que, estimando la existencia de infracción, impone a los denunciados las sanciones cuya cuantía se indica en cada caso, así como las accesorias del decomiso de los objetos intervenidos de forma cautelar; ordenando, asimismo dar traslado del informe emitido por la Instrucción del procedimiento para que sirva de motivación a la Resolución dictada, con la indica-ción de los RECURSOS que contra la misma procedan

De conformidad con el artículo 61 de la Ley 30/1192, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), por si la presente publicación pudiera lesionar derechos o intereses legí-timos de los ciudadanos destinatarios de la misma, se comunica a los interesados que podrán comparecer en las oficinas de Atención al Contribuyente de la Agencia Tributaria de Sevilla, a fin de conocer el contenido íntegro de la resolución de que se trata y dejar constancia de tal conocimiento. En todo caso, los efectos de la notificación se entenderán producidos desde que termine el período de exposición del presente anuncio en el BOP

Contra las Resoluciones Sancionadoras contenidas en la presente relación que son definitivas en vía administrativa, podrá inter-ponerse potestativamente recurso de reposicion ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación en el BOP También podrá interponerse directamente y en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Sevilla (o ante aquél en cuya circunscripción se tenga el domicilio), conforme a lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 30/1992 antes citada y artículos 14 1 regla segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa No obstante lo anterior, podrán utilizarse otros recursos si así se estima conveniente

Pago de la multa: la multa deberá hacerse efectiva durante los quince días hábiles siguientes al de la presente publicación El pago implica la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, considerándose en ese supuesto definitivas las medidas de carácter provisional adoptadas, en cada caso, durante la incoación del procedimiento y sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan

Forma y lugar de pago: Mediante carta de pago que le será facilitada en las Oficinas de Atención al Contribuyente de la Agencia Tributaria de Sevilla, donde deberá personarse debidamente identificado, o con autorización, en el caso de no ser el interesado, o bien, desde la Oficina Virtual, en la dirección https: //www.sevilla.org/ovweb.

Pago de multas con tarjeta a traves de internet: en www sevilla org , y accediendo por sede electrónica/tributos y recaudación, podrá consultar sus deudas por multas y proceder a su pago mediante tarjeta de crédito o débito

Pago en ejecutiva: Una vez que adquiera firmeza la resolución sancionadora y vencido el plazo de ingreso establecido sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio sobre el patrimonio del obligado al pago, con el recargo del 20% de su importe y las costas que se devenguen así como los intereses de demora correspondientes a esta El recargo será del 5% antes de la notificación de la providencia de apremio y del 10% si se abona la deuda en el plazo previsto en dicha providencia, según lo prevenido en el artículo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 43

Presentacion de documentos: en el Registro General del Ayuntamiento de Sevilla, sito en calle Pajaritos, nº14, en los distintos Registros Auxiliares, en las Oficinas de la Agencia Tributaria de Sevilla, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 Infractor NIF Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Matrícula Denunciante Normativa/Puntos Cuantía

-, DIMITRUCULAE 155021813 201300133913 299857 01/04/2013 19:15 AVDA BECQUER DELANTE DE BASILICA 706 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ABBULAI SANUSI, MOHAMMED 01524544 201300136545 190970 02/05/2013 12:09 AVDA ROMANTICISMO 662 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ABDELKADER LAARBI, MOHAMED 045077048 201300124348 348666 10/04/2013 19:00 AVDA EDUARDO DATO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ABDELLATIG, FAAD X3112563L 201300124397 354565 07/04/2013 16:50 CALLE MARQUES DE PARADAS DELANTE DE Nº 23 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ADEJUYITAN ADESIYAN, JOHN X9440179J 201300154821 257873 19/06/2013 12:50 CALLE TARFIA 1325 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ADEREMI, JOSEPH ISAAC A2694928 201300097273 254147 03/04/2013 08:40 AVDA DOCTOR FEDRIANI Nº 32 934 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300135192 354607 22/04/2013 16:45 CALLE RAFAEL SALGADO DELANTE DE Nº 21 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300135636 348292 22/04/2013 13:38 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 418 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300135357 348403 26/04/2013 09:40 CALLE CASTILLO DE CORTEGANA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300133908 350488 02/04/2013 17:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 21 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300135108 354612 23/04/2013 11:15 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº27 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30AGRA SOTO, LUIS 28258444T 201300135279 257952 26/04/2013 20:30 CALLE BAMI 1337 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ALCANTARA SANTOS, FRANCISCO JAVIER 45658961M 201300156703 360409 24/06/2013 16:30 CALLE PIROTECNIA 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ALI MUSTAFA, LUCIAN X6664843H 201300154423 334399 17/06/2013 13:00 CALLE ESPERANZA DE TRIANA DELANTE DE AROMAS 962 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANAWO ABAH, EMMANUEL X4512769P 201300139317 332046 22/05/2013 08:30 CALLE RONDA DE LOS TEJARES 358 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANAWO ABAH, EMMANUEL X4512769P 201300141818 348907 04/06/2013 17:53 PLAZA HERMANOS CRUZ SOLIS ESQUINA CALLE TEJARES 1102 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANAWO ABAH, EMMANUEL X4512769P 201300137758 327747 16/04/2013 10:45 CALLE RONDA DE LOS TEJARES CON DIRECCIÓN A ESQUINA CALLE NICULOSO PISANO 972 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANAWO ABAH, EMMANUEL X4512769P 201300137790 352528 06/05/2013 12:45 CALLE RONDA DE LOS TEJARES DELANTE DE EDIFICIO MAPFRE 965 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANDRADE GOMEZ, MYRIAN 28822313R 201300135948 288779 06/05/2013 18:09 CALLE PERAFAN DE RIVERA 1190 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ANGUS, SOCIA X7114289K 201300135211 352243 24/04/2013 09:18 AVDA PALMERA (LA) 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ARANDA CLAUDIO, JOSE MANUEL 77585535A 201300124342 354728 08/04/2013 19:10 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 1129 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ARANDA PEREZ, JOHNATAN 15404228W 201300135933 296868 29/04/2013 13:00 CALLE DOCTOR MARAÑON (URGENCIAS) 1133 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAENA REINA, FRANCISCO JAVIER 28920036C 201300097575 348574 04/04/2013 18:00 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAENA REINA, FRANCISCO JAVIER 28920036C 201300097573 348580 03/04/2013 12:30 CALLE JOSE LUIS DE CASSO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X05116959 201300145855 366159 28/05/2013 19:10 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE Nº6 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X05116959 201300143096 366286 05/06/2013 13:00 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE COLEGIO ALMOTAMID 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X05116959 201300154995 360237 17/06/2013 10:30 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE COLEGIO ALMOTAMID 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X5116959B 201300142627 366260 29/05/2013 20:15 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE COLEGIO ALMUTAMID 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X05116959 201300154827 257866 19/06/2013 09:30 CALLE LUIS ROSALES 1325 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAH, YERO X5116959B 201300154952 360216 20/06/2013 12:30 CALLE LUIS ROSALES, 22 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BARROSO GUERRA, PEDRO 28491567H 201300136277 288826 30/04/2013 13:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 1143 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BARROSO GUERRA, PEDRO 28491567H 201300135227 354568 22/04/2013 16:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 21 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BARROSO GUERRA, PEDRO 28491567H 201300136287 288905 30/04/2013 16:15 CALLE TABLADILLA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BAZAN CUMPLIDO, JOSE ANTONIO 28694469Z 201300137691 100599 24/04/2013 17:35 CALLE MIRADOR (EL) FRENTE A MEDIAMARKT 519 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300099718 331357 15/03/2013 09:10 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA DELANTE DE ORTOPEDIA QUERALTO 718 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300096909 350336 19/03/2013 11:30 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300097300 333442 18/03/2013 18:50 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300094879 350477 21/03/2013 11:50 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300022403 331403 03/01/2013 19:11 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 1327 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BERMUDEZ MORENO, JOSE 30419337C 201300101525 350280 01/04/2013 19:50 C/TORCUATO LUCA DE TENA Nº18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOBO BARRY, MAMADOU R0167637 201300163530 360106 01/07/2013 17:10 CALLE LUIS ROSALES Nº12 828 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOBO BARRY, MAMADOU R0167637 201300133780 354613 23/04/2013 11:45 C/LUIS ROSALES Nº20 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOBO BARRY, MAMADOU R0167637 201300101530 350403 13/03/2013 17:15 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE COLEGIO ALMOTAMID 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOBO BARRY, MAMADOU R0167637 201300124478 347977 10/04/2013 16:50 CALLE BAMI 1320 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOBO BARRY, MAMADOU R0167637 201300134317 350283 02/04/2013 19:00 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE Nº 2 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOLSICO BERNABAL, RAFAEL 28598344Y 201300124341 348667 10/04/2013 18:50 CALLE BENITO MAS Y PRAT 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BOLSICO BERNABEL, RAFAEL 28598344Y 201300135111 348712 13/04/2013 12:10 PLAZA BENITO GONZALEZ 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BORNNE UWAKWE, FRED X2225752L 201300135444 350158 12/04/2013 14:00 CALLE AVION CUATRO VIENTOS 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BRAZO GONZALEZ, SERGIO 77590636K 201300124408 266697 08/04/2013 21:05 CALLE LEON XIII 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BRIGHT, SAMUEL X9893959A 201300137731 331155 24/04/2013 11:45 CALLE TARFIA 1058 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30BUÑALES GABARRI, CARMEN 39645627K 201300156615 325149 19/06/2013 22:15 CALLE ARGOTE DE MOLINA 533 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 1 50CALLEJON ACEBEDO, ANTONIO 32016242N 201300137778 354985 09/05/2013 11:30 ESTACIONAMIENTO HOSPITAL VALME 1325 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CALLEJON ACEBEDO, ANTONIO 32016242N 201300137985 348420 08/05/2013 12:00 HOSPITAL DE VALME 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CAMARGO DURAN, SOFIA 30224333X 201300138429 366042 20/05/2013 17:01 CALLE CASTILLO DE CONSTANTINA 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARO RUIZ, ISMAEL 77860918F 201300124362 266699 09/05/2013 10:35 CALLE FRAY ISIDORO DE SEVILLA 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCO LOPEZ, LUIS 28745263R 201300136110 348765 03/05/2013 17:00 CALLE MIRADOR (EL) 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCOSA LOPEZ, JOSE MARIA 28463693C 201300135471 348711 13/04/2013 12:00 CALLE HERNANDO DEL PULGAR 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCOSA LOPEZ, JOSE MARIA 28463693C 201300133591 348573 02/04/2013 12:40 CALLE HERNANDO DEL PULGAR 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCOSA LOPEZ, JOSE MARIA 28463693C 201300097558 329414 18/03/2013 16:45 CALLE HERNANDO DEL PULGAR 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCOSA LOPEZ, JOSE MARIA 28463693C 201300092012 329424 21/03/2013 17:15 CALLE HERNANDO DEL PULGAR 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARRASCOSA LOPEZ, JOSE MARIA 28463693C 201300135415 348715 11/04/2013 16:25 CALLE HERNANDO DEL PULGAR 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300135112 354611 23/04/2013 11:00 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA DELANTE DE Nº32 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300101519 350482 01/04/2013 20:10 C/CASTILLO DE CONSTANTINA Nº10 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CARVAJAL LAVADO, DOMINGO 28556469Z 201300101529 350305 13/03/2013 17:30 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE COLEGIO ALMOTAMID 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CAZORLA CARABALLO, FRANCISCO 28605939B 201300136594 326101 17/04/2013 20:10 AVDA JUAN PABLO II 947 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CEBADOR DOMINGUEZ, FELIX 28615385G 201300135411 348669 11/04/2013 16:00 CALLE MIRADOR (EL) 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30CIURARU, GABRIEL RT384681 201300101226 199829 25/03/2013 17:00 AVDA CHILE (DE) 706 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30COSMAS NZIN, PECK Y2739771W 201300135432 297631 05/04/2013 09:27 AVDA TORNEO 1327 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DA CONCEICAO FERNANDEZ, MARIO X05916233 201300135141 349731 11/04/2013 17:16 TANATORIO 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DA CONCEIÇAO FERNANDES, MARIO 197208177 201300135721 330553 31/03/2013 09:30 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA DELANTE DE TANATORIO SE-30 1050 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DELGADO GONZALEZ, TOMAS 28789939B 201300145918 260827 11/06/2013 10:47 CALLE MADRE DOLORES MARQUEZ 965 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIABY, AHMED X2370318F 201300092220 130346 15/03/2013 16:45 AVDA TORNEO 533 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIAZ ASENCIO, MANUEL PABLO 28868651V 201300135968 288891 30/04/2013 20:30 CALLE CASTILLO DE CONSTANTINA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIAZ ASENSIO, MANUEL PABLO 28868651V 201300135105 288855 23/04/2013 11:30 CALLE CASTILLO DE CONSTANTINA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIZ PIZARRO, MANUEL 28592281S 201300135619 348289 22/04/2013 11:20 CALLE AUGUSTO PEYRE 418 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIZ PIZARRO, MANUEL 28592281S 201300124435 194843 09/04/2013 09:40 CALLE AUGUSTO PEYRE 1159 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIZ PIZARRO, MANUEL 28592281S 201300163625 350978 02/07/2013 08:50 CALLE AUGUSTO PEYRE FRENTE A SAS 1223 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30DIZ PIZARRO, MANUEL 28592281S 201300136004 354638 06/05/2013 12:18 AVDA INNOVACION 1323 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30EKERE, OVIE X8452379V 201300135384 331007 29/04/2013 11:50 AVDA RAMON Y CAJAL 477 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30EL KACIM ABOU, ADIL X4729292D 201300141748 359110 04/06/2013 08:35 CALLE DON FADRIQUE 1088 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30EL MERABITHE, HASSAN X1346539G 201300141235 257950 20/05/2013 13:17 CALLE DON FADRIQUE 723 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30EL MERABITHE, HASSAN X1346539G 201300133931 325895 04/04/2013 17:35 DON FADRIQUE, Nº 63 1334 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESCOBAR AGUILAR, ANTONIO 28298494F 201300135261 348617 14/04/2013 10:30 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESCOBAR AGUILAR, ANTONIO 28298494E 201300135467 348724 12/04/2013 09:30 GTA DIPUTADO MANUEL BARRIOS 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESCOBAR AGUILAR, ANTONIO 28298494F 201300124453 348546 29/03/2013 17:00 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESCOBAR AGUILAR, ANTONIO 28298494F 201300124423 348662 10/04/2013 21:15 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESCOBAR AGUILAR, ANTONIO 28298494F 201300135099 348619 13/04/2013 11:40 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ESPINA VALDAYO, RUBEN 44241394C 201300167804 259302 17/05/2013 10:00 PLAZA VENUS DEL ESPEJO (LA) 140 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 26 APDO 3 50ESSALRAFI, RACHID X3528437F 201300133874 331606 01/04/2013 18:00 CALLE PERAFAN DE RIVERA 1104 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ETIDIAMEN, SYLVESTER X8748803V 201300135128 292114 23/04/2013 08:10 CALLE AUGUSTO PEYRE 574 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30FERNANDEZ SANCHEZ, ANTONIO 28491704V 201300135952 288778 06/05/2013 17:53 AVDA DOCTOR FEDRIANI 539 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30

Page 44: Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · 1110/2014 ANTONIO MORILLA GARCIA Avenida ANDALUCIA 2 5º B Sevilla 1124/2014 FRANCISCO ANTONIO GUZMAN LUQUE Plaza DUENDES DE

44 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Infractor NIF Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Matrícula Denunciante Normativa/Puntos Cuantía

FERNANDEZ SANCHEZ, ANTONIO 28491704V 201300133934 325893 04/04/2013 17:45 CALLE DOCTOR LEAL CASTAÑOS 1334 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30FERNANDEZ-TRABANCO ROBLEDO, JOSE ANTONIO 28350422R 201300124359 348706 10/04/2013 17:15 CALLE MANUEL CASANA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30FERNANDEZ-TRABANCO ROBLEDO, JOSE ANTONIO 28350422R 201300135123 348613 13/04/2013 14:25 CALLE VENTURA DE LA VEGA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30FORTES SANCHEZ, JOAQUIN 27275807S 201300142728 297834 05/06/2013 17:46 AVDA SANCHEZ PIZJUAN 1331 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300135251 354303 23/04/2013 20:30 CALLE BENITO MAS Y PRAT 543 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300135409 348719 11/04/2013 16:30 CALLE BENITO MAS Y PRAT 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300136096 299210 03/05/2013 12:15 CALLE BENITO MAS Y PRAT 1017 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300133633 348581 03/04/2013 11:00 CALLE BENITO MAS Y PRAT 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300135272 334680 23/04/2013 18:45 CALLE BENITO MAS Y PRAT 1337 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300124446 331387 06/04/2013 20:00 BENITO MAS Y PRAT Nº9 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GAJO RAMIREZ, LUIS MANUEL 28303173V 201300124430 348705 10/04/2013 16:30 CALLE BENITO MAS Y PRAT 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300124439 350299 06/04/2013 16:30 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA, 25 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300097306 333445 18/03/2013 21:10 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300135286 257954 26/04/2013 18:30 PLAZA DOCTORA ALVAREZ SILVAN 1337 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300135973 288884 30/04/2013 16:00 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 19 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300137606 257928 02/05/2013 20:30 CALLE CASTILLO DE UTRERA 1322 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GALERA MACHUCA, JOSE MANUEL 28591991R 201300135977 354589 29/04/2013 17:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA, 19 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA ESCALONA, JONATHAN 30240481N 201300154840 299657 16/06/2013 12:05 CALLE ADRIANO DELANTE DE Nº 33 1210 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA ESCALONA, JONATHAN 30240481N 201300154964 299663 15/06/2013 11:45 CALLE ADRIANO, 31 1210 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA ESCALONA, JONATHAN 30240481N 201300092230 198120 23/03/2013 13:08 CALLE ADRIANO 526 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA MARZO, MANUEL JESUS 28423201P 201300133922 198123 31/03/2013 10:30 PLAZA SAN PEDRO 555 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA PITT, MARIA DEL CARMEN 28833694C 201300135235 334715 24/04/2013 12:22 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA SERRANO, DAVID 28621231P 201300143350 357727 12/06/2013 16:25 CALLE ODIEL 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARCIA VAZQUEZ, JUAN CARMELO 44210191M 201300135264 348654 14/04/2013 10:50 CALLE VERMONDO RESTA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GARNIER SANCHEZ, FRANCISCO JAVIER 30239894T 201300163517 360111 01/07/2013 20:30 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA Nº32 828 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GIL REINOSO, CARLOS 45653419Y 201300087880 350431 19/03/2013 16:50 CALLE PROGRESO 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300135594 348286 22/04/2013 10:22 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 418 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300135451 348150 25/04/2013 13:15 CALLE CASTILLO DE UTRERA 1322 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300135221 354569 22/04/2013 16:55 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 23 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300134277 350288 02/04/2013 20:55 CALLE RAFAEL SALGADO DELANTE DE Nº 29 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300133903 274473 01/04/2013 19:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 146 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300117782 364026 19/02/2013 16:40 CALLE CASTILLO DE UTRERA 730 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GONZALEZ ADAME, ALFONSO JAVIER 30225486J 201300135971 288887 30/04/2013 17:45 CALLE RAFAEL SALGADO DELANTE DE Nº 27 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUEDES PREGUEIRO, ANTONIO JOAQUIN 12883793 201300135087 254070 14/04/2013 10:35 RONDA NORTE 413 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300124456 348548 29/03/2013 19:15 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300135171 354602 22/04/2013 18:45 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO DELANTE DE Nº 11 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300133581 348571 02/04/2013 14:00 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUERRERO AFAUTO, ANTONIO 27323132Y 201300135403 348718 11/04/2013 20:10 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUMEROV, EDUARD 710426584 201300136270 348607 14/04/2013 13:00 CALLE PALOS DE LA FRONTERA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUTIERREZ SANCHEZ, JUAN MANUEL 38436994S 201300139429 287802 16/05/2013 16:52 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30GUTIERREZ SANCHEZ, JUAN MANUEL 38436994S 201300136389 354593 29/04/2013 18:35 CALLE CASTILLO DE CORTEGANA Nº2 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30HERNANDEZ VINUESA, JOAQUIN 28428534M 201300092196 130347 15/03/2013 17:02 PASEO DELICIAS (LAS) 533 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30HUSSEIN ADAM HUSSEIN, ABDALLAH X7257582R 201300135148 295519 22/04/2013 16:30 CALLE BAMI 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30IZEKOR, RITA X4251457E 201300137951 348417 08/05/2013 11:10 RONDA NUESTRA SEÑORA DE LA OLIVA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ HERNANDEZ, JOSE MANUEL 28600784P 201300022239 325921 24/12/2012 16:15 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA, Nº 19 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ JIMENEZ, RICARDO 28916555N 201300124350 354560 06/04/2013 21:10 CALLE JULIO CESAR DELANTE DE Nº 10 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ JORDAN, MANUEL 28349062K 201300135673 354353 22/04/2013 20:30 CALLE PROFESOR GARCIA GONZALEZ 1337 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ MOLANO, GREGORIO JESUS 14321195S 201300137585 348609 29/04/2013 16:00 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ MOLANO, GREGORIO JESUS 14321195S 201300136099 348649 03/05/2013 21:50 AVDA EDUARDO DATO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ MOLANO, GREGORIO JESUS 14321195S 201300137521 353577 27/04/2013 19:14 AVDA EDUARDO DATO 507 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ SOTO, JORGE 30246192L 201300136416 354599 29/04/2013 21:40 CARRETERA SU EMINENCIA Nº15 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30JIMENEZ TAGUA, SUSANA 28613338G 201300124351 348661 10/04/2013 19:00 AVDA EDUARDO DATO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LACATUS, GRIGORE Y0780475F 201300101632 294468 10/04/2013 21:50 CALLE LUIS MONTOTO 555 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LAHJOULI, MHAMMED X7906807M 201300140079 353886 16/05/2013 17:00 CALLE PERAFAN DE RIVERA, Nº 7 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOPEZ ROMERO, ENRIQUE 28595490G 201300124353 354726 08/04/2013 19:18 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 1129 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LORENZO REYERO, ANTONIO 27825902L 201300138529 366172 20/05/2013 10:46 CALLE PAEZ DE RIBERA DELANTE DE J P T 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOZANO VIZARRAGA, JESUS 28731178S 201300087894 350367 20/03/2013 10:15 C/TORCUATO LUCA DE TENA Nº 18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOZANO VIZARRAGA, JESUS 28731178S 201300097493 350331 18/03/2013 12:45 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOZANO VIZARRAGA, JESUS 28731178S 201300094890 350277 21/03/2013 12:00 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOZANO VIZARRAGA, JESUS 28731178S 201300022475 325834 21/12/2012 09:00 C/TORCUATO LUCA DE TENA 18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30LOZANO VIZARRAGA, JESUS 28731178S 201300096906 350337 19/03/2013 11:05 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA DELANTE DE Nº18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MAESTRE GODINO, EDUARDO MARCELO 47004694P 201300135989 288915 30/04/2013 21:00 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA DELANTE DE Nº 32 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MAJDOUL, HANANE X3985437C 201300137492 352279 25/04/2013 11:15 CALLE ANTONIO BUERO VALLEJO 1322 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MAMAH, MOHAMED 000000000 201300137713 257902 02/05/2013 18:20 AVDA TORNEO 1322 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MANZORRO GIL, JOSE 28722648H 201300123256 264272 03/04/2013 08:06 C/JOSE DIAZ Nº2 934 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MANZORRO GIL, JOSE 28722648H 201300137727 287631 15/05/2013 20:11 CALLE DOCTOR MARAÑON 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MARTINEZ ARTEAGA, JOSE MANUEL 48822113J 201300133583 348540 02/04/2013 14:15 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MARTINEZ DE LA CRUZ, FRANCISCO 28752454Q 201300135397 350154 11/04/2013 09:20 CALLE GERARDO DIEGO 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MEDRANO ESPEJO, JOSE 28857075X 201300142527 328631 03/06/2013 07:30 CALLE DOCTOR MARAÑON FRENTE A HOSPITAL 1133 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MENDEZ MOYA, DANIEL 48961458R 201300135428 331498 12/04/2013 16:20 CALLE DOCTOR FLEMING 1195 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MENUDO GONZALEZ, JUAN 28619978C 201300124245 348526 04/04/2013 18:15 CALLE DIEGO ANGULO IÑIGUEZ 1145 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MENUDO GONZALEZ, JUAN 28619978C 201300157033 326405 02/06/2013 14:00 CALLE VALFLORA 254 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MEZIANE, EL HABIB X3284619N 201300133951 348207 27/03/2013 18:40 PLAZA LEGION (LA) 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MIGUEZ CHAVES, JOSE ANTONIO 52269755R 201300101212 348535 24/03/2013 09:40 CALLE PALOS DE LA FRONTERA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MIGUEZ CHAVES, SEBASTIAN 28620966L 201300101247 348537 24/03/2013 09:40 CALLE PALOS DE LA FRONTERA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MIGUEZ CHAVES, SEBASTIAN 28620966L 201300095966 350058 14/03/2013 11:07 CALLE PALOS DE LA FRONTERA 146 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MINGUEZ CHAVES, JOSE ANTONIO 52269755R 201300095962 350057 14/03/2013 11:12 CALLE PALOS DE LA FRONTERA 146 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MOLINA TRIGO, LUIS 28682930K 201300124458 348539 29/03/2013 19:10 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTEIRO, ANTONIO X1321228Q 201300135741 330554 31/03/2013 09:45 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA DELANTE DE TANATORIO 1050 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTERO DOMINGUEZ, ANTONIO JOSE 28526760K 201300101486 348562 01/04/2013 13:50 CALLE RICO CEJUDO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTERO DOMINGUEZ, ANTONIO JOSE 28526760K 201300145821 263235 10/06/2013 17:36 CALLE MONUMENTAL DE SEVILLA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTERO DOMINGUEZ, ANTONIO JOSE 28526760K 201300142637 367065 29/05/2013 20:50 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTERO DOMINGUEZ, ANTONIO JOSE 28526760K 201300145862 359953 17/05/2013 20:00 CALLE DIEGO ANGULO IÑIGUEZ DELANTE DE Nº 9 1327 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300134282 350286 02/04/2013 19:20 AVDA PALMERA (LA) DELANTE DE Nº 54 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300133487 274438 09/04/2013 18:40 AVDA PALMERA (LA) 502 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300135174 354606 22/04/2013 20:30 AVDA PALMERA (LA) DELANTE DE Nº 64 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300135992 288912 30/04/2013 19:45 AVDA PALMERA (LA) FRENTE A Nº 64 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MONTESINO MARRUFO, ANTONIO 45658635R 201300133492 288776 09/04/2013 16:45 AVDA PALMERA (LA) 1200 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MORENO MAGUILLO, JOSE 27889940W 201300133925 325254 31/03/2013 14:20 CALLE ADRIANO 555 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MORENO SOTO, ANTONIO 28590102K 201300097857 350421 15/03/2013 20:50 AVDA PALMERA (LA) FRENTE A 54 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MOURKI, MOHAMED X1363094E 201300137867 348771 07/05/2013 11:50 CALLE DIEGO ANGULO IÑIGUEZ 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MOURKI, MOHAMED X1363094E 201300138095 287642 21/05/2013 13:20 CALLE DIEGO ANGULO IÑIGUEZ 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MOURKI, MOHAMED X1363094E 201300137754 348963 10/05/2013 10:05 CALLE DIEGO ANGULO IÑIGUEZ 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑIZ PEREZ, MANUEL 28745226X 201300133753 354615 23/04/2013 12:45 C/LUIS ARENAS LADISLAO Nº11 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑIZ PEREZ, MANUEL 28745226X 201300101556 348550 25/03/2013 18:25 CALLE VENTURA DE LA VEGA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑIZ PEREZ, MANUEL 28745226X 201300101393 348501 11/03/2013 13:30 CALLE VENTURA DE LA VEGA 1152 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30

Page 45: Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · 1110/2014 ANTONIO MORILLA GARCIA Avenida ANDALUCIA 2 5º B Sevilla 1124/2014 FRANCISCO ANTONIO GUZMAN LUQUE Plaza DUENDES DE

Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 45

Infractor NIF Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Matrícula Denunciante Normativa/Puntos Cuantía

MUÑOZ ARMARIO, MIGUEL 28869470P 201300097913 350153 08/03/2013 08:40 CALLE ANTONIO MAURA MONTANER 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑOZ ARMARIO, SEBASTIAN 28560964R 201300098353 350414 15/03/2013 16:15 CALLE LUIS ROSALES FRENTE A HOSPITAL VIRGEN DEL ROCIO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑOZ ARMARIO, SEBASTIAN 28560964R 201300101534 350405 13/03/2013 16:30 CALLE LUIS ROSALES FRENTE A HOSPITAL 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30MUÑOZ ARMARIO, SEBASTIAN 28560964R 201300101535 350279 01/04/2013 18:00 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE APEADERO RENFE 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30NAVAS GONZALEZ, ANTONIO 44957473V 201300135269 254071 14/04/2013 10:51 AVDA DOCTOR FEDRIANI 413 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30OJESANMI, OLUTADE ISRAEL A02108606 201300145977 260886 13/06/2013 12:35 CALLE NIVEL 1214 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30OJESANMI, OLUTADE ISRAEL A02108606 201300135448 331612 02/04/2013 10:20 CALLE GRAMIL FRENTE A CENTRO COMERCIAL PLASTICOSUR 934 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30OLUWAKEMI OJELADE, SHAKIRAT X8777035M 201300156683 360192 21/06/2013 10:15 CALLE PORVENIR Nº2 828 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ORTIZ MIGUEZ, JOSE LUIS 28579075B 201300133471 354776 09/04/2013 10:05 CALLE PORVENIR 517 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30OUNACER, MOHAMMAD X046494 201300137621 326685 01/05/2013 17:00 PLAZA ESPAÑA - INMEDIACIONES 1332 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30OWUSU, PRINCE MICHAEL Y1286446R 201300135362 348404 26/04/2013 10:36 CALLE ESPERANZA TRINIDAD, 8 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PALMA RODRIGUEZ, MANUEL 28486933F 201300133864 181332 01/04/2013 10:17 AVDA DOCTOR FEDRIANI DELANTE DE Nº 11 1098 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PALMA RODRIGUEZ, MANUEL 28486933F 201300135954 288777 06/05/2013 17:30 AVDA DOCTOR FEDRIANI 539 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PALMA RODRIGUEZ, MANUEL 28486933F 201300135526 349732 22/04/2013 18:40 AVDA DOCTOR FEDRIANI 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PANA, MARIUS 143056 201300136757 190364 12/04/2013 14:10 PLAZA DOÑA ELVIRA 521 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 1 50PEREZ ESPINO, ANTONIO 30242492E 201300087817 350500 03/04/2013 20:35 CALLE CASTILLO DE UTRERA DELANTE DE Nº 18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PEREZ GARCIA, ALEJANDRO 27305245J 201300091851 350340 19/03/2013 11:55 CALLE MANUEL LAFFON, Nº 4 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PISA NAVARRO, LUIS 45654690N 201300022408 327691 03/01/2013 21:00 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA Nº18 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300095972 350310 14/03/2013 18:15 FRANCISCO MURILLO Nº1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300097862 350416 15/03/2013 17:20 CALLE FRANCISCO MURILLO, Nº 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300025393 325925 02/01/2013 16:30 CALLE FRANCISCO MURILLO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300135178 354604 22/04/2013 19:45 CALLE FRANCISCO MURILLO DELANTE DE Nº 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300138037 327569 07/05/2013 20:00 CALLE RAFAEL SALGADO 1023 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300137717 257131 15/05/2013 17:34 AVDA PALMERA (LA) 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300138361 288828 19/05/2013 10:35 CALLE FRANCISCO MURILLO 146 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300097270 334651 19/03/2013 18:31 CALLE BAMI 1336 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300095501 291997 28/02/2013 17:30 CALLE CASTILLO DE CONSTANTINA 1323 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300095755 326563 08/04/2013 11:20 CALLE RAFAEL SALGADO 1331 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300092514 347828 21/03/2013 20:15 CALLE BAMI 126 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300091848 289431 19/03/2013 17:30 CALLE FRANCISCO MURILLO 737 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300087789 350499 03/04/2013 20:20 CALLE FRANCISCO MURILLO DELANTE DE Nº 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300022250 327751 24/12/2012 16:45 CALLE FRANCISCO MURILLO 1343 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PIÑERO HERRERA, FRANCISCO 28708507E 201300022204 327690 03/01/2013 19:30 CALLE FRANCISCO MURILLO DELANTE DE 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30PUNTIVERO RECHE, JUAN ANTONIO 28886089K 201300136701 325314 16/04/2013 14:10 CALLE LOPEZ DE GOMARA 950 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300022260 327754 24/12/2012 17:25 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 1343 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300022388 332506 03/01/2013 17:15 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA Nº19 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300095939 350401 13/03/2013 18:40 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300087779 350290 03/04/2013 17:00 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 25 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300097917 350420 15/03/2013 19:05 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA, Nº 27 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300025396 325848 02/01/2013 19:00 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300101273 334618 01/04/2013 18:00 CALLE BAMI 545 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30QUINTERO APARICIO, MANUEL 28581411R 201300098165 354532 03/04/2013 16:50 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 745 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RAMIREZ RAMIREZ, SERAFIN 48813208D 201300135803 331391 06/04/2013 21:45 CALLE CASTILLO DE AROCHE DELANTE DE Nº 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RAMIRO JIMENEZ, JOSE 29530919T 201300135715 330552 31/03/2013 09:30 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA 1092 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RAMOS PEREZ, MANUEL 28497709L 201300139496 352403 14/05/2013 11:30 CALLE FRAY ISIDORO DE SEVILLA 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RASAKI BADMUS, BIODUN X3230169A 201300142672 354746 31/05/2013 16:50 CALLE RAFAEL SALGADO 1055 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RASAKI BADMUS, BIODUN X3230169A 201300143869 354738 28/05/2013 18:30 CALLE RAFAEL SALGADO 1055 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30REYES BURGOS, ANGEL 28336087H 201300135098 348725 13/04/2013 12:15 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30REYES VILA, GERMAN 28901610V 201300135574 348135 22/04/2013 11:00 AVDA PALMERA (LA) FRENTE A PARQUE 1328 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CARMONA, JOSE MANUEL 28681284P 201300101356 350253 01/03/2013 11:51 CALLE CASTILLO DE CONSTANTINA 54 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300133718 288856 23/04/2013 12:00 CALLE PAEZ DE RIBERA FRENTE A JEFATURA DE TRÁFICO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300139219 366245 22/05/2013 09:50 CALLE PAEZ DE RIVERA Nº10 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300138538 366171 20/05/2013 10:30 CALLE PAEZ DE RIVERA Nº10 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300137765 354986 09/05/2013 10:20 CALLE PAEZ DE RIBERA 1325 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300137638 288865 25/04/2013 12:30 CALLE PAEZ DE RIBERA FRENTE A JEFATURA DE TRAFICO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ CASTILLA, DANIEL 28632229N 201300135816 333593 07/04/2013 18:45 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA DELANTE DE Nº 5 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ GALAN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300022232 327897 03/01/2013 11:30 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 399 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ GALAN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300022391 327689 03/01/2013 19:00 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA Nº19 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ GALAN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300044503 270054 12/02/2013 11:20 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 985 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ GALAN, FRANCISCO JAVIER 28592705W 201300022353 325761 21/12/2012 08:30 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE Nº 12 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ LOPEZ, JOSE MARIA 27282863X 201300133595 348584 03/04/2013 13:20 CALLE VENTURA DE LA VEGA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ LOPEZ, JOSE MARIA 27282863X 201300124357 348707 10/04/2013 17:10 CALLE VENTURA DE LA VEGA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ LOPEZ, JOSE MARIA 27282863X 201300134111 334636 05/04/2013 18:20 CALLE VENTURA DE LA VEGA 1023 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30RODRIGUEZ LOPEZ, JOSE MARIA 27282863X 201300135412 348663 11/04/2013 16:15 CALLE VENTURA DE LA VEGA 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ROLAND, SUNDAY X9213328B 201300124433 194844 09/04/2013 09:50 CALLE ADMINISTRADOR GUTIERREZ ANAYA 1159 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ROLAND, SUNDAY X9213328B 201300101388 291771 14/03/2013 16:30 AVDA INNOVACION 764 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ROMERO MENDEZ, JOSE LUIS 28523516C 201300139613 273953 12/05/2013 21:30 CALLE ARGOTE DE MOLINA 229 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 1 50ROMERO RUIZ, ANTONIO 32856286G 201300136481 325428 19/04/2013 23:20 CALLE HISPANO AVIACION 75 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ROMERO ZARCO, FERNANDO 27883830X 201300164218 353246 01/07/2013 09:23 AVDA CHILE (DE) DELANTE DE JUNTO A ESCUELA DE ARTE 1332 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ROSALES SANTANA, JERONIMO 78483607V 201300137926 215805 18/04/2013 08:25 CALLE BECQUER DELANTE DE Nº42 783 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SAAVEDRA HEREDIA, ABRAHAN 28919517F 201300136288 288885 30/04/2013 16:30 CALLE TABLADILLA 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SAAVEDRA VAZQUEZ, MIGUEL 28841167H 201300141180 348792 17/05/2013 16:45 CALLE RICO CEJUDO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SAAVEDRA VAZQUEZ, MIGUEL 28841167H 201300139636 348994 14/05/2013 20:15 CALLE BENITO MAS Y PRAT 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SAAVEDRA VAZQUEZ, MIGUEL 28841167H 201300133734 288851 23/04/2013 10:00 CALLE MEDINA Y GALNARES DELANTE DE CEMENTERIO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SANCHEZ RIVERA, JESUS 28895530D 201300124366 351376 08/04/2013 20:15 AVDA HYTASA 590 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SANCHEZ RIVERA, JESUS 28895530D 201300087890 350472 21/03/2013 16:23 CALLE VICTORIA DOMINGUEZ CERRATO 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SANCHEZ VARGAS, DIEGO 27899117W 201300135695 330551 31/03/2013 10:00 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA 1050 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SANCHEZ VILAR, ESPERANZA 28826714D 201300133923 198122 31/03/2013 10:15 CALLE NUÑEZ DE BALBOA 798 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SANTIAGO CORTES, EULOGIO 45653236F 201300091944 350113 05/03/2013 13:00 AVD DE PORTUGAL 824 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOARES MONTOYA, JUAN 28841582L 201300124404 266694 08/04/2013 19:30 TANATORIO SE-30 1031 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOLARES RAMIREZ, ISABEL 29503335Q 201300135229 334716 24/04/2013 12:22 CALLE HUERTA DE LA FONTANILLA 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300154947 360219 20/06/2013 13:15 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE APEADERO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300154426 332237 17/06/2013 11:30 CALLE LUIS ROSALES 761 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300143085 366323 05/06/2013 08:00 CALLE LUIS ROSALES FRENTE A HOSPITAL VIRGEN DEL ROCIO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300143194 334451 06/06/2013 08:40 CALLE LUIS ROSALES 1102 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300133784 288853 23/04/2013 09:45 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE APEADERO RENFE 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300155002 360227 17/06/2013 08:30 CALLE LUIS ROSALES FRENTE A HOSPITAL VIRGEN DEL ROCIO 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SOUSA VICARIA, RODRIGO 28396748M 201300135553 348131 22/04/2013 11:40 CALLE LUIS ROSALES 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ FERNANDEZ, MANUEL 30242774M 201300097553 350329 18/03/2013 11:45 CALLE BAMI 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ FERNANDEZ, MANUEL 30242774M 201300136429 288876 29/04/2013 18:30 CALLE RAFAEL SALGADO Nº13 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ FERNANDEZ, MANUEL 30242774M 201300138545 366134 20/05/2013 12:45 CALLE RAFEL SALGADO ESQUINA CALLE BAMI 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ FERNANDEZ, MANUEL 30242774M 201300135094 288854 23/04/2013 10:45 CALLE RAFAEL SALGADO DELANTE DE 13 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ GUIJO, JOSE LUIS 28927434N 201300124336 299858 07/04/2013 09:40 CALLE ADRIANO 706 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30SUAREZ GUIJO, JOSE LUIS 28927434N 201300135454 332219 23/03/2013 13:10 CALLE ADRIANO DELANTE DE BEEP 962 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TAIWO, ABOLORE X9649822B 201300139085 366215 21/05/2013 13:15 CALLE CASTILLO DE MARCHENILLA, 5 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TAIWO, ABOLORE X9649822B 201300101498 333206 13/03/2013 10:00 CALLE CASTILLO DE MARCHENILLA 917 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30

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46 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Infractor NIF Expte. Boletín Fecha Hora Lugar Matrícula Denunciante Normativa/Puntos Cuantía

TAIWO, ABOLORE X9649822B 201300139202 366182 22/05/2013 13:15 CALLE CASTILLO DE MARCHENILLA Nº5 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TAIWO, ABOLORE X9649822B 201300136057 331363 03/05/2013 09:15 CALLE CASTILLO DE MARCHENILLA 1132 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TAIWO, ABOLORE X9649822B 201300139761 269971 13/05/2013 09:43 CALLE CASTILLO DE MARCHENILLA 212 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TAJU, ODUFUGE X2651371T 201300135557 348132 22/04/2013 10:00 AVDA CONCEJAL ALBERTO JIMENEZ-BECERRIL 1318 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30THMONSON ONWEREMADU, EMEKA AO199142 201300133896 288701 02/04/2013 08:48 CALLE MANUEL LAFFON 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TOMIDE DAYO, AKINWEKOMI Y0190770P 201300135422 297633 05/04/2013 11:20 CALLE SAN JUAN BOSCO 1338 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30TRABAJO NEVADO, GONZALO 28891471K 201300095978 350413 14/03/2013 19:45 CALLE BAMI Nº14 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30UNGUREANU, RELU 425973 201300163853 262671 27/06/2013 08:50 CALLE LUIS ROSALES 358 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VAQUERO CASTILLA, JOSE MARIA 31013931H 201300124373 333454 08/04/2013 20:20 CALLE FELIPE II 28911015S NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VAQUERO CASTILLA, JOSE MARIA 31013931H 201300135809 331496 06/04/2013 02:18 CALLE VALPARAISO 1195 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VARGAS DIAZ, CUSTODIA 28878909V 201300156595 325142 04/06/2013 17:00 CALLE ALVAREZ QUINTERO 254 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 1 50VARGAS VARGAS, ARTURO 49095215J 201300101481 79871 13/03/2013 19:30 CALLE JOSE LUIS DE CASSO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VARGAS VARGAS, ARTURO 49095215J 201300095531 348606 04/04/2013 20:30 CALLE LUIS ARENAS LADISLAO 25 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VARGAS VARGAS, ARTURO 49095215J 201300087927 350469 20/03/2013 20:35 CALLE JOSE LUIS DE CASSO 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA AMAYA, DIEGO 27293211P 201300087889 350433 21/03/2013 20:40 CALLE TORCUATO LUCA DE TENA 1020 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA AMAYA, DIEGO 27293211P 201300095432 350056 03/03/2013 15:15 CALLE CASTILLO DE ALCALA DE GUADAIRA 218 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA AMAYA, DIEGO 27293211P 201300092509 334662 21/03/2013 16:35 CALLE RAFAEL SALGADO 126 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA AMAYA, DIEGO 27293211P 201300098186 350417 15/03/2013 18:25 CALLE BAMI, Nº 4 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA AMAYA, DIEGO 27293211P 201300087763 350296 03/04/2013 21:10 CALLE CASTILLO DE AROCHE DELANTE DE Nº 1 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA DE LA CRUZ, ALEJANDRO 28852356Y 201300095563 350115 05/04/2013 09:15 CALLE TABLADILLA 824 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VEGA DE, LA CRUZ ALEJANDRO 28852356Y 201300137958 350268 06/05/2013 09:55 CALLE TABLADILLA 995 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VELAZQUEZ COLOMER, LEONARDO 28511419K 201300157046 349032 10/06/2013 20:50 CALLE ADRIANO 950 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VELAZQUEZ COLOMER, LEONARDO 28511419K 201300156627 325131 16/05/2013 22:30 CALLE ADRIANO 947 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30VERA SEGOVIA, JUAN ALFONSO 15362415W 201300123261 264273 03/04/2013 08:18 C/PERAFAN DE RIVERA Nº 1 934 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30WOYCIECH, KOWALSK X8422173 201300135452 229541 23/03/2013 21:00 BAJOS DE MARQUES DE CONTADERO 1129 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30YERO, BAH R0398708 201300142735 366229 27/05/2013 17:00 CALLE LUIS ROSALES DELANTE DE Nº2 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30ZERBANE, KHALID W529883 201300135759 331392 07/04/2013 17:10 CALLE ANTONIO BUERO VALLEJO DELANTE DE Nº 6 826 NORMATIVA APLICABLE: ORDENANZA CONVIVENCIA ART 33 APDO 3 30

Sevilla a 7 de febrero de 2014 —La Directora del Departamento de Gestión de Sanciones, Victoria Eugenia Guerle Lara 25W-2024

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Expdte : 75/05 RMSEl Consejo de Gobierno de esta Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 18 de septiembre de 2013, aprobó el convenio

suscrito entre la propiedad de la finca sita en calle Jaguar n.º 1 y esta Gerencia de Urbanismo a fin de posibilitar su edificación, conforme a la modificación del artículo 18, apartado primero, párrafo segundo, de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas.

El citado convenio, suscrito el 3 de octubre de 2013, que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos Urba-nísticos de esta capital (n.º 19/2013 de Registro), tiene por objeto, como se ha indicado anteriormente, posibilitar la edificación de la finca sita en calle Jaguar n.º 1.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el art 95 3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

Sevilla a 16 de diciembre de 2013 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez 7W-17199

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente instruido en la Unidad de Disciplina, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan, y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art 59 5 de la Ley 30/92, Reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común El contenido de la resolución recaída es el siguiente:

El señor Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines, por delegación mediante resolu-ción de la Alcaldía de fecha 29 de junio de 2011 n º 774, con fecha 16 de octubre de 2013 (resolución n º 4881), se ha servido disponer lo que sigue:

Vista la propuesta de resolución formulada por el Instructor del expediente sancionador n º 7/2012-1, instruido contra doña María del Valle Sánchez García, y en base a los siguientes:

Hechos:Primero: Se ha podido comprobar que por doña María del Valle Sánchez García, en calidad de titular del establecimiento

público «Bar la Esquina de Paco», se ha instalado en la vía pública una terraza de veladores y toldos que, tal como se recoge en el informe técnico de 22 de abril de 2013, no se ajustan a las licencias concedidas, en la calle Federico Mayo Gayarre núm 22-A, esquina Pedro de Madrid

Segundo: Se han cumplido los trámites previstos legalmente, iniciándose expediente sancionador con nombramiento de Ins-tructor y Secretario, respectivamente, del expediente, mediante resolución n.º 2942, de fecha 19 de junio de 2013, que se ha notificado al interesado el 10 de julio de 2013

Tercero: Se ha concedido al interesado un plazo de quince días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1.º del Re-glamento del Procedimiento para Ejercicio de la Potestad Sancionadora de 4-8-93, sin que se hayan presentado alegaciones al efecto o propuesto prueba concretando los medios de que pretenda valerse, por lo que la resolución n º 2942, de fecha 19 de junio de 2013, por la que se inicia expediente sancionador, se considera propuesta de resolución, de conformidad con el art 13 2 del citado Reglamento

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 47

Fundamentos jurídicosPrimero: Se ha cometido una infracción calificada como grave en el art. 207.3 a) de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de

Ordenación Urbanística de Andalucía («BOJA» 31-12-2002), y en el art 78 3 a) del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía («BOJA» 7-04-2010), por la instalación de la terraza de veladores sin contar con la preceptiva licencia municipal, infringiendo lo dispuesto en los artículos 169 y 191 y siguientes de la citada Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, lo cual puede conllevar, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, la imposición de las sanciones previstas en el art 208 y siguientes de la citada Ley 7/02, de 17 de diciembre

Segundo: Es de aplicación el art. 208.3.b) de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y el art 79 3 b) del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, en los que se establece que las infracciones graves serán sancionadas con multa desde 3 000 hasta 5 999 euros

De conformidad con el art 74 1 b) del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, al no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes, se impondrá la sanción en la cuantía máxima de la mitad inferior, esto es 4 499,50 euros

Tercero: Se ha comprobado que doña María del Valle Sánchez García es responsable de la infracción cometida en calidad de titular del establecimiento público «Bar la Esquina de Paco», sito en calle Federico Mayo Gayarre núm 22-A, esquina Pedro de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el art 193 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía

Cuarto: Se han seguido los trámites previstos legalmente en los artículos 11 al 21 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por R D 1398/1993, de 4 de agosto («BOE» n º 189, de 9 de agosto)

Por todo lo expuesto, conforme a lo dispuesto en el art 10 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y la resolución de la Alcaldía n º 1314, de 16-11-11, vengo en disponer:

Primero: Imponer a doña María del Valle Sánchez García, con NIF 00.553.837-C, en calidad de titular del establecimiento público «Bar la Esquina de Paco», sito en calle Federico Mayo Gayarre núm 22-A, esquina Pedro de Madrid, por la instalación en la vía pública de una terraza de veladores y toldos que, tal como se recoge en el informe técnico de 22 de abril de 2013, no se ajustan a las licencias concedidas, una sanción por importe de 4 499,50 euros (cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve euros con cincuenta céntimos), equivalente a la cuantía máxima de la mitad inferior de la sanción, por no concurrir circunstancias atenuantes ni agravantes modificativas de la responsabilidad, conforme a lo dispuesto en el art. 208.3.b) de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y los arts 79 3 b) y 74 1 b) del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía

Segundo: Dar traslado literal de la presente resolución al interesado.Lo que notifico a Vd., significándole que contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en la vía administrativa, po-

drá interponer, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo

También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno Asimismo, también se señala, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C., que las notificaciones que sean rehusadas por el interesado o su representante se tendrán por válidas y eficaces desde ese momento, una vez que se haga constar esta circunstancia en las actuaciones administrativas del expediente de referencia

El pago del importe a que viene obligado podrá efectuarlo dentro de los plazos establecidos en el art 62 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que son los que a continuación se indican:

1. Notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes si-guiente o el inmediato hábil posterior

2. Notificaciones efectuadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segun-do mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente

Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos señalados en los párrafos anteriores, se iniciará automáticamente el período ejecutivo, que producirá el devengo de los siguientes recargos incompatibles entre sí:

1 Recargo ejecutivo del 5%, que se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora

2 Recargo de apremio reducido del 10%, que será aplicado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en pe-ríodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora

3 Recargo de apremio ordinario del 20%, que será aplicable cuando no concurran las circunstancias referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible con el devengo de intereses de demora a partir de la finalización del plazo voluntario de ingreso

El pago de la deuda podrá realizarse en cualquiera de las oficinas de Cajasol en la provincia de Sevilla o del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., presentando el documento de pago, en horario de apertura al público de oficinas.

Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono 955 47 68 19, fax: 955 47 63 41 Sevilla, 18 de octubre de 2013 —El Secretario de la Gerencia P D : El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística

Fdo : José Miguel Lobo Cantos Destinataria: Doña M.ª del Valle Sánchez García.Juan XXIII, 20, 4 º-C 41006-Sevilla Sevilla a 12 de febrero de 2014 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez

7W-2088

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente instruido en el Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art 59 5 de la Ley 30/92, Reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedi-miento Administrativo Común El contenido de la Resolución recaída es el siguiente:

El Sr Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Parques y Jardines, por delegación mediante Resolución de la Alcaldía de fecha 16 de noviembre de 2011, núm 1314, con fecha 7 de junio de 2013 (núm de Resolución 2 730), se ha servido disponer lo que sigue:

Resultando: Que mediante Resolución núm 4951, de 13 de noviembre de 2009, se impuso a doña Rocío Arias Cuadrado, con 28 621 831-X, una sanción por importe de 4 499,50 euros (cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve euros con cincuenta céntimos de euro) (núm. liquidación 200901824611), por la realización de obras sin licencia en la finca sita en barriada Juan XXIII núm. 770.

Considerando: Que por la Sección Técnica del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística se ha emitido informe de fecha 8 de mayo de 2013, del siguiente tenor literal:

Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística Sección Técnica Obras de particulares expte: 626/2007 Ubicación: Barda Juan XXIII, núm 770 Ref Catastral: 9008201TG3490N Decreto fecha: 14/03/2013 Fecha de la visita: 26/04/2013 Persona que efectúa la visita: Óscar Conde Melgar Sector: 4 Distrito: Cerro-Amate Sr Gerente: En contestación al decreto que antecede, y realizada nueva inspección ocular a la finca de referencia, se informa lo siguiente: Antecedentes: Promotor: Rocío Arias Cuadrado. Domicilio: Barda. Juan XXIII, núm 770, 41006 Sevilla Datos de licencias: No constan antecedentes de licencia ni de declaración responsable para las obras de cerramiento realizadas en la finca de referencia y objeto del presente expediente. Consta Licencia para obras de ampliación por remonte y redistribución de la vivienda de dos plantas existente, concedida por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo de fecha 30 de abril de 2008, Expte : 3303/2007 L U Asto : (4706=2007) Las obras objeto del presente expediente no se corresponden con las definidas en la licencia. Estado de las obras o instalación: En el día de la fecha de inspección se ha podido com-probar la inexistencia del cerramiento objeto del presente expediente, habiéndose dado cumplimiento a las medidas necesarias para la restitución de la realidad física alterada en la finca de referencia, ordenadas por la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo de fecha 21 de enero de 2009 Lo que comunico a los efectos oportunos Sevilla a 8 de mayo de 2013 —El Arquitecto Técnico Jefe de Negociado, Alfonso Martín Becerril Vº Bº El Aparejador Adjunto a Jefe de Sección, J M Ferrera Rimada

Visto: Que el art 183 4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía dispone: Si el o los res-ponsables de la alteración de la realidad repusieran ésta por sí mismos a su estado anterior en los términos dispuestos por la correspon-diente resolución, tendrán derecho a la reducción en un 50 % de la multa que deba imponerse o se haya impuesto en el procedimiento sancionador o a la devolución del importe correspondiente de la que ya hubieran satisfecho, así como, en su caso, a la minoración o extinción de las sanciones accesorias a que se refiere el artículo 209.

Vengo en disponerPrimero —Reducir la sanción impuesta mediante Resolución núm 4951, de 13 de noviembre de 2009, por la que se impuso a

doña Rocío Arias Cuadrado, con 28 621 831-X, una sanción por importe de 4 499,50 euros (cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve euros con cincuenta céntimos de euro) (núm. liquidación 200901824611), por la realización de obras sin licencia en la finca sita en barriada Juan XXIII Núm. 770, debiendo quedar fijada en la suma de 2.249,75 euros (dos mil doscientos cuarenta y nueve euros con setenta y cinco céntimos), al haberse procedido a la restitución de la realidad física alterada

Segundo —Dar traslado literal de la presente Resolución al interesado y a la Sección de Gestión Tributaria del Servicio de Gestión Financiera y Tesorería

Lo que notifico a Vd. significándole que contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, de acuerdo con lo previsto en los arts 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y art 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

También podrá utilizar, no obstante, otros recursos, si lo estimase oportuno Asimismo, también se señala, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre, de R.J.A.P. y P.A.C., que las notificaciones que sean rehusadas por el interesado o su representante se tendrán por válidas y eficaces desde ese momento, una vez que se haga constar esta circunstancia en las actuaciones administrativas del expediente de referencia

El pago del importe a que viene obligado podrá efectuarlo dentro de los plazos establecidos en el art 62 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que son los que a continuación se indican:

1.- Notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior

2.- Notificaciones efectuadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente

Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos señalados en los párrafos anteriores, se iniciará automáticamente el periodo ejecutivo, que producirá el devengo de los siguientes recargos incompatibles entre sí:

1 - Recargo ejecutivo del 5% que se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de apremio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora.

2 - Recargo de apremio reducido del 10% que será aplicado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora

3 - Recargo de apremio ordinario del 20%, que será aplicable cuando no concurran las circunstancias referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible con el devengo de intereses de demora a partir de la finalización del plazo voluntario de ingreso

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 49

El pago de la deuda podrá realizarse en cualquiera de las oficinas de Cajasol en la provincia de Sevilla o del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., presentando el documento de pago, en horario de apertura al público de oficinas.

Podrá obtener información sobre los pagos: teléfono 955 47 68 19, fax: 955 47 63 41 En Sevilla a 2 de julio de 2013 —El Secretario de la Gerencia, P D El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, José Miguel Lobo Cantos

Destinatario: Doña Rocío Arias Cuadrado Bda. Juan XXIII 3.ª fase núm. 770. 41006 – Sevilla En Sevilla a 17 de diciembre de 2013 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente instruido en el Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, Sección Administrativa, contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el art 59 5 de la Ley 30/92, Reguladora del Régimen de las Administraciones Públicas y Procedi-miento Administrativo Común El contenido de la Resolución recaída es el siguiente:

La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo por delegación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 5 de julio de 2011, se ha servido aprobar con fecha 2 de mayo de 2013, la siguiente propuesta del Sr Gerente, cuyo tenor literal es como sigue:

Mediante Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el día 21 de julio de 2010, se ordenó a El Ghali Berrada las medidas necesarias para la reposición de la realidad física alterada en la finca sita en calle Naranjo núms 21 y 23, consistentes en:

- Demolición de lo ejecutado, esto es, estructura de acero y cubrición con chapa ondulada Dichas obras debían dar comienzo dentro del plazo de quince dias, a partir del día siguiente al de la recepción de dicho acuerdo,

siendo el plazo de ejecución de las mismas de siete días En la resolución mencionada se apercibe al promotor que, en caso de incumplimiento, y mientras no sea acatada la orden de

restitución, se impondrán hasta doce multas coercitivas con una periodicidad mínima de un mes y cuantía, en cada caso, del diez por ciento del valor de las obras realizadas y, como mínimo, de 600 €, de conformidad con lo dispuesto en el art 184 de la Ley de Orde-nación Urbanística de Andalucía y en el art 49 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (RDUA) (BOJA de 7 de abril de 2010)

Por la Sección Técnica del Servicio de Licencias y Disciplina se informa en fecha 20 de marzo de 2013, que dicha orden ha sido desatendida

El presupuesto de ejecución de las obras, de conformidad con la vigente Ordenanza Fiscal por prestación de servicios urbanís-ticos, es inferior a 6 000 euros, por tanto el importe de la multa coercitiva asciende a 600 euros

Consecuentemente, de conformidad con los Arts 184 1 Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (B O J A : 31-12-2 002) y art 49 del R D U A , y Art 99 Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Gerente que suscribe y en uso de las atribuciones conferidas por los Estatutos que rigen la Gerencia de Ur-banismo, viene en formular la siguiente, propuesta:

Primero —Imponer a El Ghali Berrada, con NIF X-1806599-H, una multa por importe de 600 euros (seiscientos euros) en concepto de tercera multa coercitiva, por incumplir el Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el día 21 de julio de 2010, por el que se le ordenaron las medidas necesarias para la reposición de la realidad física alterada, en la finca sita en calle Naranjo núms. 21 y 23.

Segundo —Requerir el pago de la precitada cantidad al promotor de las obras, El Ghali Berrada, dentro del plazo voluntario previsto en el art 62 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, para el abono de las deudas tributarias

Tercero.—Notificar lo acordado al interesado. Cuarto —Facultar al Sr Gerente para la ejecución de los presentes acuerdos Conforme a lo dispuesto en el art 62 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el pago en periodo voluntario

debe realizarse en los siguientes plazos:- Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día

20 del mes siguiente o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior - Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el

día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos legalmente señalados, se iniciará automáticamente el período ejecutivo,

que producirá el devengo de los siguientes recargos incompatibles entre sí:1 - Recargo ejecutivo del 5%, que se aplicará cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período voluntario

antes de la notificación de la providencia de apremio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora.2 - Recargo de apremio reducido del 10%, que será aplicado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en período

voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de ingreso previsto en el art. 62.5 de la Ley General Tributaria para las deudas apremiadas Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán intereses de demora

3 - Recargo de apremio ordinario del 20%, que será aplicable cuando no concurran las circunstancias referidas en los puntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible con el devengo de intereses de demora a partir de la finalización del plazo voluntario de ingreso

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50 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Modo de pago:El pago de la deuda podrá realizarse a través de las entidades colaboradoras Cajasol y BBVA con el presente documento cobra-

torio Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono 955 47 68 19 Recursos:Contra el presente Acuerdo, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes, a

partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación de conformidad con lo dispuesto en el art. 114 y ss. de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Admi-nistrativo Común A tal efecto, se estimará que la Resolución del Excmo Ayuntamiento Pleno agota la vía administrativa, quedando abierta la vía jurisdiccional Igualmente queda expedita esta vía, en caso de que transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no se notifique resolución expresa, entendiéndose por consiguiente desestimado aquel, conforme especifica el art. 117 de la Ley de Procedimiento Administrativo Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos En Sevilla a 20 de mayo de 2013 —El Secretario de la Gerencia P D El Jefe del Servicio de Licencias y Disciplina Urbanística, José Miguel Lobo Cantos

Destinatario: El Ghali Berrada Calle Naranjo núms 21-23 Sevilla En Sevilla a 17 de diciembre de 2013 —El Secretario de la Gerencia, Luis Enrique Flores Domínguez

253W-76————

LA CAMPANA

Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa

Hace saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada Juez de Paz titular de este munici-pio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículos 4 y 5 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz

Que de acuerdo con la petición formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía, debiendo adjuntar:

• Solicitud en modelo que facilitará el Ayuntamiento de La Campana.• Fotocopia autenticada por la Secretaría General del Ayuntamiento de La Campana del Documento Nacional de Identidad.• Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial • Curriculum con la experiencia y conocimientos relacionados con el puesto, así como informe de vida laboral actualizado.• Declaración de aceptación expresa del puesto de Juez de Paz titular de La Campana.Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a

requisitos, duración del cargo, remuneración, etc Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado

de Primera Instancia del partido Lo que se publica para general conocimiento En La Campana a 17 de febrero de 2014 —El Alcalde Presidente, Antonio Díaz Badillo

7D-2478————

LA CAMPANA

Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa

Hace saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada Juez de Paz sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículos 4 y 5 1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz

Que de acuerdo con la petición formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía, debiendo adjuntar:

• Solicitud en modelo que facilitará el Ayuntamiento de La Campana.• Fotocopia autenticada por la Secretaría General del Ayuntamiento de La Campana del Documento Nacional de Identidad.• Declaración de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial • Curriculum con la experiencia y conocimientos relacionados con el puesto, así como informe de vida laboral actualizado.• Declaración de aceptación expresa del puesto de Juez de Paz sustituto de La Campana.Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a

requisitos, duración del cargo, remuneración, etc Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado

de Primera Instancia del partido Lo que se publica para general conocimiento En La Campana a 17 de febrero de 2014 —El Alcalde Presidente, Antonio Díaz Badillo

7D-2479

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 51

CANTILLANA

La Alcaldía de esta Corporación, por resolución n º 106/2014, dictada el día 18 de febrero de 2014, ha resuelto lo siguiente:Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión a las pruebas de selección para la cobertura interina de las plazas

de Jefe de Bomberos y Cabo de Parque Bomberos, vacantes en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Cantillana De conformidad con las bases de la convocatoria aprobadas junto con la convocatoria por acuerdo de la Junta de Gobierno

Local de fecha 13 de noviembre de 2013, publicadas en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 12, el día 16 de enero de 2014, y en virtud del artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 21 1 g), h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, resuelvo:

Primero: Aprobar la siguiente relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos para la plaza de Jefe de Bomberos con carácter interino:

Relación de aspirantes admitidosN.º Apellidos y nombre DNI    1 Amador Prieto, José Antonio 28.773.393-W 2 Baena Muñoz, José Manuel 14.621.887-M 3 Belloso Alfaro, Juan Manuel 44.605.654-Y 4 Bernal Bedoya, Marco Antonio 52.312.799-N 5 Blasco Sendra, Javier 53.350.879-X 6 Carrasco Hita, Rafael 28.619.594-G 7 Casín Rincón, David 28.495.437-R 8 Gómez Torres, Desiderio 07.546.869-V 9 Lorite Perales, José María 26.230.011-Y10 Muñoz Hernando, Daniel 30 946 973-J11 Muñoz Martínez, Santiago 28 951 601-Y12 Parejo-Bravo Sánchez, Miriam Carmen 44 605 649-R13 Porras Pérez, Óscar 79 020 384-C14 Ramiro Aparicio, Jorge Juan 31 871 105-M15 Ríos Godoy, Jesús 45 658 591-A16 Zamora Gómez, José Manuel 53 272 499-Z

Relación de aspirantes excluidos

N.º Apellidos y nombre DNI Motivo de la exclusión1 Portrat Echevarría, Jean Louis 77.934.457-S Falta aportar la titulación exigida en la base 3.ª

Segundo: Aprobar la siguiente relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos para la plaza de Cabo del Parque de Bomberos con carácter interino:

Relación de aspirantes admitidosN.º Apellidos y nombre DNI    1 Acosta Cobo, Juan 28.802.825-V 2 Acuña Villanueva, Francisco Javier 11.970.834-R 3 Álvarez Marchena, Manuel 52.697.858-M 4 Amador Prieto, José Antonio 28.773.393-W 5 Baena Muñoz, José Manuel 14.621.887-M 6 Bernal Bedoya, Marco Antonio 52.312.799-N 7 Blasco Sendra, Javier 53.350.879-X 8 Calvo Fernández, Carlos 15.414.799-S 9 Carrascal Duarte, Moisés 20.061.171-L10 Carrasco Hita, Rafael 28 619 594-G11 De los Santos Colomera, Adrián 28 816 921-Z12 Espinosa Espinosa, Sergio 53 276 221-X13 Fernández Rubio, Juan Carlos 14 320 496-Y14 Fernández Sánchez, José David 29 794 824-A15 Flor Alonso, Marcos 14 319 092-M16 González Medina, Carmelo 28 640 535-S17 González Rodríguez, Carlos 30 232 240-M18 Higueras Caballero, Joaquín 30 819 624-S19 Lara Caballos, Carlos 30 238 399-T20 Marín Rodríguez, Andrés 76 128 159-E21 Muñoz Martínez, Santiago 28 951 601-Y22 Parejo-Bravo Sánchez, Miriam Carmen 44 605 649-R23 Parra Gómez, Jorge 28 625 661-E24 Pleguezuelo Ramos, Antonio 30 238 070-Q25 Porras Pérez, Óscar 79 020 384-C26 Ramiro Aparicio, Jorge Juan 31 871 105-M27 Reina Roldán, Alberto 30 235 290-L28 Ríos Godoy, Jesús 45 658 591-A29 Roldán Luna, José Miguel 28 807 854-D30 Sánchez Delgado, Francisco Manuel 30 228 069-C31 Sánchez García, Francisco Javier 77 541 391-L32 Zamora Gómez, José Manuel 53 272 499-Z

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52 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Relación de aspirantes excluidos

N.º Apellidos y nombre DNI Motivo de la exclusión 1 Boby del Toro, Antonio Manuel 53.770.489-P Presenta Graduado E.S.O. y no aporta la titulación exigida en la base 3.ª. 2 Franco Jiménez, Manuel Jesús 14.327.180-C No aporta Graduado E.S.O. para equivalencia de acceso FP Grado

Superior con Bachiller  3 Gálvez Haro, Alejandro 52.696.604-Q Falta aportar la titulación exigida en la base 3.ª. 4 López García, David 28.789.504-J No aporta Graduado E.S.O. para equivalencia de acceso Universidad

mayores 25 años con Bachiller  5 Oliver Calero, Antonio 79.204.167-X No aporta Graduado E.S.O. para equivalencia de acceso Universidad

mayores 25 años con Bachiller  6 Páez Reyes, Marco Antonio 28.635.528-E Falta aportar titulación e ingreso de la tasa de derechos de examen,

exigidos en la base 3.ª. 7 Portillo Luna, Antonio 47.513.183-J Falta aportar la titulación exigida en la base 3.ª. 8 Portrat Echevarría, Jean Louis 77.934.457-S Falta aportar la titulación exigida en la base 3.ª. 9 Rosa Hernández, Antonio 28.798.735-K No acredita la titulación que es equivalente a la exigida en la base 3.ª,

según la disposición adicional 1.ª de la Orden EDU 1603/2009, de 10 de junio

10 Velo González, José Antonio 47.008.551-R No acredita la titulación que es equivalente a la exigida en la base 3.ª, según la disposición adicional 1.ª de la Orden EDU 1603/2009, de 10 de junio

Tercero: Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de diez días hábiles, a partir del de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para subsanar las faltas o acompañar los documentos preceptivos que hayan motivado su no admisión, indicándoseles que, de no hacerlo así, se les tendrá por desistidos de su petición

En Cantillana a 18 de febrero de 2014 —La Alcaldesa, Ángeles García Macías 7W-2331

————

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Gheorghe Musi y Garofita Baeram, y al no haberse podido practicar, en base al artículo 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:

Notificación

N/ref : Expdte n º 46/13 Asunto: Incoación expediente baja de oficio.

Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este municipio la mayor parte del año De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, «toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente»

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este municipio en el domi-cilio siguiente: Calle Velázquez n º 8, P01, pta izq

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y en el apartado II 1 c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del I N E y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone de un plazo de 10 días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año

Si Vd reside habitualmente en otro municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se tramitaría por este mismo Ayuntamiento

Cantillana a 30 de octubre de 2013 —El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández 7W-17020

————

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Cristian Baiaram, y al no haberse podido practicar, en base al artículo 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:

Notificación

N/ ref : Expdte n º 49/13 Asunto: Incoación expediente baja de oficio.

Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este municipio la mayor parte del año De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, «toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente»

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este municipio en el domi-cilio siguiente: Calle María n º 36

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 53

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y en el apartado II 1 c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del I N E y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone de un plazo de 10 días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año

Si Vd reside habitualmente en otro municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se tramitaría por este mismo Ayuntamiento

Cantillana a 12 de noviembre de 2013 —El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández 7W-17021

————

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Mihai Banu, y al no haberse podido practicar, en base al artículo 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:

Notificación

N/ ref : Expdte n º 50/13 Asunto: Incoación expediente baja de oficio.

Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este municipio la mayor parte del año De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, «toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente»

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este municipio en el domi-cilio siguiente: Calle Batea n º 7

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y en el apartado II 1 c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del I N E y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone de un plazo de 10 días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año

Si Vd reside habitualmente en otro municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se tramitaría por este mismo Ayuntamiento

Cantillana a 12 de noviembre de 2013 —El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández 7W-17022

————

CANTILLANA

Intentada la notificación que a continuación se transcribe a Elisa Paraschiva Preda, y al no haberse podido practicar, en base al artículo 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica este anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cantillana y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla a los efectos pertinentes:

Notificación

N/ ref : Expdte n º 51/13 Asunto: Incoación expediente baja de oficio.

Teniendo conocimiento este Ayuntamiento que no reside en este municipio la mayor parte del año De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, «toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente»

Por ello, este Ayuntamiento instruye expediente para declarar de oficio la baja de su inscripción en este municipio en el domi-cilio siguiente: Calle San Sebastián n º 24

De conformidad con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y en el apartado II 1 c) 2, de la resolución de 1 de abril de 1997 de la Presidenta del I N E y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas sobre la gestión y revisión del Padrón, dispone de un plazo de 10 días para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo, en este último caso, presentar las justificaciones que estime pertinentes al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días al año

Si Vd reside habitualmente en otro municipio, deberá solicitar el alta en el Padrón correspondiente; en tal caso, dicho alta se tramitaría por este mismo Ayuntamiento

Cantillana a 12 de noviembre de 2013 —El Secretario General, Manuel Jaramillo Fernández 7W-17023

————

CARMONA

Don Juan Ávila Gutiérrez, Alcalde del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Habiendo resultado ilocalizables en los domicilios que se indican los contribuyentes relacionados en el anexo, y

de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-

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54 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

to Administrativo Común, se les notifica por medio del presente edicto que el Excmo. Ayuntamiento de Carmona ha practicado las liquidaciones que se indican, por los importes señalados y en concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Los importes resultantes deberán hacerse efectivos en la forma y plazos establecidos en los artículos 19 y siguientes del Re-glamento General de Recaudación, considerándose fecha de notificación la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia

En caso de disconformidad, podrán interponerse los siguientes recursos:— De Reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la inserción de este Edicto en el

«Boletín Oficial» de la provincia.— Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del órgano jurisdiccional competente, en el

plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio de la reposición, si es expresa, si no la fuere, el plazo será de seis meses desde que termina el plazo para resolver el Recurso de Reposición

— Cualquier otro recurso que estimen procedentes los interesados Vencido el plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la deuda, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apre-

mio, con el recargo del 20% de su importe y las costas que se devenguen

CONCEPTO AÑO RECIBO D.N.I. NOMBRE OBJETO TRIBUTARIO IMPORTE

I I V T N U 2013 44120 28498295F ISIDRO ESCALERA RIOS URB LA CELADA , 2 306,28€

I I V T N U 2013 44373 28732349J RAFAEL LOPEZ DE LEMUS SARMIENTO URB PINO GRANDE, 99 354,95€I I V T N U 2013 44374 28924776E M ANGELES MIGUEL PALOMO URB PINO GRANDE, 99 354,95€I I V T N U 2013 44507 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 7 33,11€I I V T N U 2013 44508 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 10 99,32€I I V T N U 2013 44509 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 16 82,77€I I V T N U 2013 44510 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 13 24,83€I I V T N U 2013 44511 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 GR 25 82,77€I I V T N U 2013 44512 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 18 74,49€I I V T N U 2013 44513 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 GR 24 82,77€I I V T N U 2013 44514 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 GR 19 91,04€I I V T N U 2013 44515 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 TR 15 49,66€I I V T N U 2013 44516 B18487843 SIERRA NEVADA SKI SERV INMOB SL URB MATALLANA, 97 466,27€I I V T N U 2013 44517 B18487843 SIERRA NEVADA SKI SERV INMOB SL URB MATALLANA ,91 379,97€I I V T N U 2013 44529 B91521476 GESTIONES INMOBILAIRIAS LULOSE SA URB VIRGEN DE ARACELI, 28 613,49€I I V T N U 2013 44530 B91521476 GESTIONES INMOBILIARIAS LULOSE SA URB VIRGEN DE ARACELI, 18 562,11€I I V T N U 2013 44533 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 8 P01 A 448,22 €I I V T N U 2013 44538 A41524109 UNABASA SA URB VIRGEN DE ARACELI 1692,06€I I V T N U 2013 44539 A41524109 UNABASA SA URB VIRGEN DE ARACELI 1888,45€I I V T N U 2013 44540 A41524109 UNABASA SA URB VIRGEN DE ARACELI 2266,15€I I V T N U 2013 44541 A41524109 UNABASA SA URB VIRGEN DE ARACELI 2454,99€I I V T N U 2013 44548 28664371T ENCARNACION RODRIGUEZ BAEZA URB CAMPOSOL 61 B 6,87€I I V T N U 2013 44551 34043159P JOSE APARICIO FERNANDEZ ISLAS BALEARES 1 P02 D 461,32€I I V T N U 2013 44561 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 SM 02 517,33€I I V T N U 2013 44562 B91400143 ARQUILLO GRUPO INMOBILIARIO SL DOCTOR FLEMING 13 GR 4 20,71€I I V T N U 2013 44563 B91400143 ARQUILLO GRUPO INMOBILIARIO SL DOCTOR FLEMING 13 1-1-01 62,13€I I V T N U 2013 44716 B92426360 DEKAMIN 2003 SL JOSE SABIN PEREZ 4-8-01 C 536,34€I I V T N U 2013 44723 B91443226 HERMODO SL ARCO DE LA CARNE 6 GR 12 82,77€I I V T N U 2013 44728 28721185G MIGUEL ANGEL PALMA GARROTE URB CERROS DEL ALCOR 19 7,96€I I V T N U 2013 44729 28575481M FRANCISCO JAVIER PALMA GARROTE URB CERROS DEL ALCOR 19 7,96€I I V T N U 2013 44731 28568935Z JOSE MANUEL PALMA GARROTE URB CERROS DEL ALCOR 19 3,98€I I V T N U 2013 44733 28721185G MIGUEL ANGEL PALMA GARROTE URB CERROS DEL ALCOR 19 3,98€

Carmona, 10 de febrero de 2014 —El Alcalde, Juan Ávila Gutiérrez 25W-2071

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CAZALLA DE LA SIERRAPor acuerdo adoptado por unanimidad del Ayuntamiento Pleno de Cazalla de la Sierra, de fecha de 28 de noviembre de 2012,

se aprueba llevar a cabo entre el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, y el Organismo Provincial de Asistencia Económica Financiera, acuerdo por el que delegar competencia de instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley de Trá-fico y Seguridad Vial, y Ordenanza Municipal de Circulación, en los siguientes términos:

«Delegar las competencias de instrucción y resolución de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, y Ordenanza Municipal de Circulación, a la Diputación Provincial, particularmente al OPAEF; encomendándose la gestión completa de todas las multas de trafico.»

Así se publica a los efectos de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

En Cazalla de la Sierra a 24 de febrero de 2014 —El Secretario, Fernando J Cano Recio 3D-2521

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 55

CAZALLA DE LA SIERRAPor acuerdo adoptado Ayuntamiento Pleno de Cazalla de la Sierra, de fecha de 5 de febrero de 2014, se aprueba llevar a cabo

por el Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra encomienda de gestión a Explotaciones Agrícolas de Cazalla de la Sierra, para la ejecución del Plan de Inversión Forestal, en los siguientes términos:

«Encomendad a Explotaciones Agrícolas de Cazalla de la Sierra la Ejecución del Plan de Inversión Forestal en el término municipal de Cazalla de la Sierra »

Así se publica a los efectos de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

En Cazalla de la Sierra a 24 de febrero de 2014 —El Secretario, Fernando J Cano Recio 3D-2522

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DOS HERMANAS

Doña Ana Conde Huelva, Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio del Excmo Ayuntamiento de Dos Her-manas

Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 24/01/2014, acordó aprobar la iniciativa para el estable-cimiento del sistema de compensación y aprobar inicialmente el siguiente documento:

Estatutos y Bases de Actuación de la Junta de Compensación AP-57 Echajuy Unidad de Ejecución UE-1B, promovido por los propietarios de los terrenos comprendidos en el Unidad de Ejecución número 1 del Plan Especial de Reforma Interior AP-57 Echajuy, cuya transcripción literal se relaciona, y que se exponen al público, junto con el expediente que se instruye al efecto, durante el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, durante el cual podrán ser examinados por cuantas personas se consideren afectadas y formularse las alegaciones que se estimen pertinentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 131 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y concordantes del Reglamento de Gestión Urbanística

El expediente podrá ser consultado en el Servicio de Ordenación del Territorio (Planeamiento y Gestión) del Ayuntamiento de Dos Hermanas, en horas y días hábiles

Dos Hermanas a 13 de febrero de 2014 —La Teniente de Alcalde Delegada de Ordenación del Territorio, Ana Conde Huelva

EStAtutoS

CAPÍTULO PRIMERO

Disposiciones generales

Artículo 1. Denominación, naturaleza y capacidad.1 Con la denominación de Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución UE-1 del Plan Especial de Reforma Interior

AP-57 «Echajuy» de Dos Hermanas (Sevilla), se constituye una Entidad Urbanística Colaboradora en orden al desarrollo por el sistema de compensación de la unidad de ejecución número 1, delimitada en el mencionado instrumento de planeamiento (en adelante, PERI)

2 En su calidad de Entidad Urbanística Colaboradora, la Junta de Compensación constituye una entidad de derecho público de naturaleza administrativa, con personalidad jurídica propia y tan amplia capacidad como requiere la realización de sus fines, por lo que podrá realizar toda clase de actos encaminados al desarrollo de la referida unidad de ejecución por el sistema de compensación

Artículo 2. Normativa aplicable.La Junta de Compensación se regirá por los presentes Estatutos que serán de obligado cumplimiento una vez aprobados e ins-

critos en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras y por las Bases de Actuación que los acompañan, por el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo; Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante, LOUA), y por los preceptos concordantes y Supletorios del Reglamento de Gestión Urbanística -aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto- (en adelante, RGU), Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de actos de naturaleza urbanística (en adelante, NCRHU), así como por la vigente normativa del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Dos Hermanas

Asimismo, conforme al artículo 101 LOUA, será de aplicación supletoria, la legislación de expropiación forzosa Artículo 3 Domicilio.El domicilio de la Junta de Compensación se ubicara en el término de Dos Hermanas, calle Canónigo número 64 Dos Herma-

nas, C P 41 700 (Sevilla) No obstante, el Consejo Rector de la Junta de Compensación podrá dar traslado del domicilio a otro lugar, co-municándolo a todos los miembros de la entidad, a la Administración Actuante y al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras

Artículo 4. Objeto y ámbito.El objeto de la Junta de Compensación es la gestión y urbanización del ámbito de la unidad de ejecución UE-1 de la actuación

de planeamiento AP-57 «Echajuy», delimitada por el Plan Especial de Reforma Interior, de aplicación a la unidad con solidaridad de beneficios y cargas, por los mismos propietarios del suelo comprendido en su perímetro y/o agente urbanizador en su caso, así como por los demás titulares de aprovechamientos urbanísticos en dicha unidad y la Administración Actuante, de conformidad con las Bases de Actuación y determinaciones del instrumento de planeamiento aplicable

Constituye su ámbito: El delimitado en el instrumento referenciado que se describe a continuación:Ámbito: UE-1 del Plan Especial de Reforma Interior (PERI) de la Actuación de Planeamiento, AP-57 «Echajuy», y que abarca el ámbito superficial de las parcelas de terreno pertenecientes a las denominadas calle G y H de las Comunidades de Propietarios de «San Federico de Echajuy», tal y como se identificaron en los estudios y documentación informativa del señalado plan general

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56 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Artículo 5. Funciones de la Junta de Compensación.1 En cumplimiento de su objeto, la Junta de Compensación, podrá desarrollar, especialmente, las siguientes funciones:a) La integración de los propietarios de suelo y/o titulares de aprovechamientos urbanísticos en la unidad de ejecución, a

fin de promover e instrumentar el cumplimiento, por parte de éstos, de los deberes de cesión, urbanización y equidistribución que la legislación urbanística les impone, en la forma en que se fija en las Bases de Actuación.

b) Redacción, elevación para su aprobación e impulso de su tramitación ante las Administraciones municipal y autonómica de los instrumentos de gestión urbanística y ejecución material del planeamiento que precise o aconseje el logro de sus fines.

c) Tramitación de las actuaciones precisas para la inscripción de la Junta en el registro de Entidades Urbanísticas Colabora-doras

d) Actuaciones tendentes a la aportación forzosa mediante reparcelación de aquellos propietarios que no hubieran efectuado opción alguna en el plazo concedido al efecto, así como respecto de aquellos que incorporados incumplan las obligaciones ingerentes al sistema, salvo que soliciten la expropiación

e) Redacción de proyectos de reparcelación al objeto de dar cumplimiento de los deberes de equidistribución, cesión y urba-nización, procediendo, en su caso, a la reparcelación forzosa de los terrenos, impulsando su aprobación y solicitando su inscripción en el Registro de la Propiedad

f) Contratar, ejecutar y conservar las obras de urbanización recaudando los fondos que ello exija g) Adquisición, posesión, venta, gravamen de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, por cualquier título, incluso por

Expropiación forzosa, actuando, en este caso, en calidad de beneficiaría de la Expropiación.h) Adquisición, posesión, venta, permuta, gravamen y cualesquiera otros actos de dominio o administración, de los terrenos

aportados a la Junta por los propietarios incorporados a la misma, actuando en calidad de fiduciaria de los socios propietarios.i) Formalización de las operaciones de crédito j) Exigir de las empresas suministradoras el reembolso de los gastos de instalación y mantenimiento de las redes de agua y

energía eléctrica, y teléfono en su caso, salvo en la parte que corresponda a los usuarios conforme a la legislación vigente k) Gestión y defensa de los intereses comunes de los miembros de la Junta ante cualesquiera personas, autoridades y organis-

mo administrativos, así como ante los Jueces y Tribunales l) Solicitar y gestionar la obtención de los beneficios fiscales previstos en la Ley del Suelo y demás disposiciones aplicables.m) Constituir las garantías económicas para el desarrollo de los trabajos, que no podrán ser inferior en cuantía al siete por

ciento de los costes de urbanización y de otros que sean objeto de la actividad a desarrollar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 2 A g LOUA, y que de conformidad a lo previsto en el Plan Especial de Reforma Interior (PERI), se estima en unos 10.757.317 €, de costes de urbanización, sin perjuicio de lo que realmente resulte una vez aprobados definitivamente todos y cada uno de los instrumentos urbanísticos de obligado cumplimiento, y de los presupuestos que verifiquen dicho coste.

2 El desarrollo de estas funciones se llevará a cabo de acuerdo con las determinaciones de las correspondientes Bases de Actuación, las cuales constituyen complemento indispensable de éstos estatutos

Artículo 6. Administración actuante.1 La Junta de Compensación ejercerá sus funciones bajo la tutela e inspección del Excmo Ayuntamiento de Dos Hermanas,

que tendrá carácter de administración actuante 2. En el ejercicio de la función de control y fiscalización corresponde al Excmo. Ayuntamiento:a) Ratificar el proyecto de reparcelación conforme a lo dispuesto en el art. 101 de la LOUA.b) La resolución de los recursos de alzada formulados contra los acuerdos de la Junta c) Vigilar la ejecución de las obras e instalaciones y adoptar, en su caso, las medidas previstas en el art 175 3 del Reglamento

de Gestión Urbanística d) Acordar la recepción de las obras en los términos de los art 153 y 154 de la LOUA e) La protección de la legalidad urbanística en la actuación sobre el ámbito de actuación f) En general cuantas otras atribuciones resulten de aplicar el ordenamiento vigente 3 Corresponderá al Ayuntamiento de Dos Hermanas, a través de sus órganos competentes:a) La aprobación de la iniciativa de compensación y del proyecto de reparcelación b) El ejercicio de la expropiación forzosa en beneficio de la Junta respecto de los terrenos de los propietarios que así lo hubie-

ran solicitado en el periodo de información pública, así como, a solicitud de la Junta de Compensación, de los pertenecientes a quienes incumplan sus obligaciones en los casos que legalmente resulte procedente

c) La utilización, en su caso y a solicitud de la Junta, de la vía de apremio para el cobro de las cantidades adeudadas por cualquiera de los miembros de la entidad

Artículo 7. Duración.La Junta de Compensación comenzará el desarrollo de su actividad a partir de su inscripción en el Registro de Entidades

Urbanísticas Colaboradoras, y no procederá su disolución y liquidación hasta el total cumplimiento de su objeto, sin perjuicio de los supuestos en que proceda su disolución anticipada, conforme a lo establecido en los presentes Estatutos

Artículo 8. Proyecto de reparcelación.En desarrollo de los criterios resultantes de las Bases, se redactará en su día el Proyecto de Reparcelación en el que se reflejarán

las fincas aportadas y resultantes, con sus titulares y adjudicatarios, los terrenos a ceder al Ayuntamiento de Dos Hermanas y el importe de las compensaciones a metálico si fueran procedentes Aprobado el Proyecto por la Junta y por el Ayuntamiento, constituirá título para la adjudicación de los terrenos

Subsidiariamente, y si las circunstancias físicas del terreno hicieran imposible la reparcelación en todos sus términos esta, se limitará a lo establecido en el artículo 103 de la LOUA como reparcelación económica

Dada la configuración actual de los terrenos, se hace imposible un sistema de reparcelación física en puridad, por lo que tendrá que conjugarse con los elementos de la reparcelación económica

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 57

CAPÍTULO SEGUNDO

De los componentes de la Junta

Artículo 9. Miembros.1 Formarán parte de la Junta de Compensación los propietarios de terrenos afectados por la unidad de actuación que volun-

tariamente se quieran adherir, y quienes soliciten su ingreso en la Junta de Compensación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 129 LOUA, es decir, como promotores de la iniciativa o durante el periodo de información pública tras la aprobación inicial de los estatutos y bases de actuación, sin perjuicio de que se admitan otros momentos de incorporación, como más adelante se dirán, pero los cuales tendrán la consideración de <<incorporación tardía>>, a los efectos de las penalizaciones que la Asamblea General establezca al respecto, partiendo como base para ello, de las partidas y demás obligaciones de carácter económico que hayan sido sufragadas por los propietarios promotores de la iniciativa para el buen fin de la misma y del proceso de regularización en general, sobre las que deberá acordarse el oportuno recargo

Asimismo, formará parte de la Junta de Compensación la Administración Actuante También serán, en su caso, miembros de la Junta de Compensación las empresas urbanizadoras que hayan de participar en la

gestión de la unidad de ejecución, conforme a los artículos 97 ter y 134 de la LOUA y 166 f) del RGU 2. En cualquier caso, los propietarios deberán entregar en el plazo fijado los títulos y documentos acreditativos de su titula-

ridad, así como declarar las situaciones jurídicas, cargas y gravámenes, que afecten sus respectivas fincas, con expresión en su caso, de su naturaleza, nombre y domicilio de los titulares de los derechos reales o arrendamientos La incorporación a la Junta exigirá la aportación fiduciaria de los terrenos y la aceptación de los presentes Estatutos y Bases de Actuación, de acuerdo con el art. 134. 1. b.

3 Los propietarios, no promotores de la Junta, si existiesen, podrán incorporarse a ella con igualdad de derechos y obligacio-nes, durante el plazo de información pública o en el plazo de un mes, a partir de la notificación personal por el Ayuntamiento del acuer-do de aprobación definitiva de los Estatutos y Bases de Actuación. Se solicitará la incorporación mediante escrito al Ayuntamiento, en el que se haga constar de manera indubitada su intención de adherirse a la Junta de Compensación, y justificando documentalmente su propiedad así como su superficie y linderos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 130 2 A) a) y e) de la LOUA, los propietarios que hayan suscrito o no la iniciativa podrán optar, en un plazo no superior a quince días desde la constancia formal de su incorporación o notificación al respecto, entre el abono en metálico de la parte de los costes de urbanización que les sean imputables y la cesión de terrenos edificables de valor equiva-lente a dicha parte de los costes. La no contestación, en el plazo de diez días a la oferta de compensación supondrá definitivamente que el propietario opta por el abono en metálico de los referidos costes de urbanización, siempre y cuando se encuentre aprobado el proyec-to de reparcelación, que defina las parcelas edificables, su valor y su cuota de participación, así como el proyecto de urbanización, que cuantifique el coste de las referidas obras.

En supuesto de que alguno de los propietarios de terrenos incluidos en la unidad de ejecución no se incorpore en el plazo que se le conceda conforme a la normativa vigente, se seguirá respecto de él y sus terrenos el régimen de aportación forzosa mediante reparcelación, salvo que en el plazo concedido para su incorporación manifieste de forma expresa que solicita la expropiación de sus terrenos y derechos afectos, según se establece en los artículos 129 y siguientes de la LOUA

4 Tanto los miembros promotores como los adheridos a la Junta, tendrán, una vez incorporados a ésta, los mismos derechos y obligaciones

5 La Junta que se constituya deberá formular, conforme a lo dispuesto en el artículo 130 2 A)d) de la LOUA, una oferta de adquisición a los propietarios que no hayan suscrito la iniciativa en cuanto a los terrenos de su propiedad afectados por la actuación El plazo de contestación a dicha oferta será de 10 días, pasado el cual se entenderá rechazada por el propietario en cuestión

Artículo 10. A) Cuestiones de titularidad, capacidad y representación.1 En orden a la resolución de las cuestiones de titularidad, capacidad y representación que puedan plantearse se estará a lo

dispuesto en la legislación urbanística -especialmente, a lo previsto en los arts 76, 102 y 166 e) y f) del RGU, así como las reglas deter-minadas por el RD 1093/1997 por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de actos de naturaleza urbanística

2. En caso de litigio entre propietarios privados miembros de la Junta sobre la titularidad de las fincas afectadas, la Adminis-tración asumirá la representación de los derechos intereses de esas titularidades, estándose a lo previsto en el art 103 4 del RGU

3 Cuando en el litigio entre miembros de la Junta esté afectado el Ayuntamiento u otra Administración pública, este deberá resolverse en el procedimiento jurisdiccional y conforme a las normas, tanto procesales como sustantivas, que fueren de aplicación

4 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 e del RGU, los cotitulares de terrenos habrán de designar una sola persona para el ejercicio de sus facultades como miembro de la junta, respondiendo solidariamente frente a ella de cuantas obligaciones dimanen de su condición En el caso de no ser designada por los copropietarios será designado por la Administración actuante

5 En el supuesto de que la nuda propiedad y el usufructo o cualquier otro derecho real limitativo del dominio pertenecieran a distintas personas, la cualidad de miembro corresponderá al nudo propietario, estándose en instancia a las normas establecidas al respecto para el derecho común No obstante, el titular del derecho real percibirá el rendimiento económico que le corresponda

6 Serán de cuenta del nudo propietario las cuotas que pudieran corresponder por razón de los terrenos situados en el ámbito del Plan Especial sobre los que el usufructo recayere De incumplirse esta obligación por el nudo propietario la Junta podrá exigir el pago de las cuotas al usufructuario

De no ser satisfechas las cuotas por ninguno de los interesados y si el propietario incumpliere las demás obligaciones que le incumben, la Junta podrá optar entre exigir el pago de las cuotas o, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la LOUA, lo someterá al régimen de reparcelación forzosa, salvo que el interesado hubiera solicitado la expropiación de la finca.

7. Cuando las fincas o titularidades pertenezcan a menores o personas que tengan limitada su capacidad de obrar estarán representadas en la Junta por quienes ostentes la representación legal de los mismos

8. La propiedad se acreditará por medio de certificación registral, y en su defecto, mediante testimonio notarial del título de adquisición o cualquier otro medio que acredite éste

9 En el supuesto de titularidades en documentos Privados, deberá obtenerse el previo consentimiento de los titulares regís-trales, salvo la acreditación fehaciente de su titularidad

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58 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Artículo 10. B) Régimen de los propietarios en proindiviso.1. Los propietarios en proindiviso de cada finca registral, deberán designar a un representante, quien ejercerá las correspon-

dientes facultades ante la Junta 2 No obstante, lo establecido en el párrafo anterior, los propietarios en proindiviso gozarán del derecho de proponer, los

asuntos que considere oportuno ante el Consejo Rector, para su valoración a incluir en la correspondiente Asamblea General, igual-mente tiene derecho a asistir a las Asambleas Generales, a ser oído y a que le sea notificada individualmente, cualquier comunicación que procediera remitir a un miembro de la Junta

3. Si, se sometiera la finca al régimen de reparcelación forzosa. La junta de compensación admitirá la reparcelación de aque-llos propietarios que manifestando su voluntad de seguir en el proceso de reparcelación ordinario, cumpliera con el resto de obligacio-nes, aplicándose a estos propietarios, una vez que estuviere disuelto los pro indivisos en el proyecto de reparcelación, los criterios de adjudicación establecidos en la base 25

Artículo 11. Incorporación de empresas urbanizadoras.1 Podrán incorporarse a la Junta de Compensación las empresas urbanizadoras que aporten total o parcialmente los fondos

o los medios necesarios para la urbanización Para valorar la aportación de la empresa y de las adjudicaciones a su favor, se estará lo señalado en las Bases de Actuación

2 La incorporación podrá acordarse antes de la constitución de la Junta, siendo instrumentada en el acuerdo de constitución, o bien posteriormente, en cuyo caso se precisará la convocatoria de una Asamblea General, la asunción por la empresa o empresas de los compromisos al respecto, y la adopción de acuerdo con el quórum establecido en el artículo 23 2 de estos Estatutos

3 La empresa urbanizadora estará representada en la Junta por una sola persona, conforme al artículo 166, f), del Reglamento de Gestión Urbanística

4 Los propietarios disconformes con la incorporación de la empresa o empresas urbanizadoras y que se comprometan a sufragar los gastos de urbanización que les correspondan, no se verán afectados en su cuota de participación por tal incorporación

5 Las empresas urbanizadoras que se incorporen deben garantizar su gestión en la forma y cuantía que se determine por la Junta

6 El Consejo Rector podrá acordar la sustitución de la empresa urbanizadora por otra en los supuestos de abandono de las obras, deficiente ejecución, retraso en el cumplimiento de los plazos, incurrir en expediente concursal, o cualquier otra causa similar a las anteriores, a criterio del señalado órgano de gobierno

Artículo 12. Transmisión de bienes y derechos.1 La incorporación de los propietarios a la Junta no presupone la transmisión a la misma de la propiedad de los inmuebles

Sin embargo los correspondientes terrenos quedarán directamente afectados al cumplimiento de las obligaciones inherentes al sistema de compensación, con anotación en el Registro de la Propiedad en la forma que se establece en el artículo 133 LOUA y 169 del RGU y con los efectos del art 32 de la Ley y Reglamento Hipotecario y art 102 del RGU, correspondiendo a la Junta de Compensación, la actuación fiduciaria con pleno poder dispositivo sobre las fincas pertenecientes a sus miembros, en orden a la gestión y urbanización de la unidad de ejecución, sin más limitaciones que las establecidas en los Estatutos

2 La Junta de Compensación, a través de sus órganos rectores, podrá poner a disposición de quienes ejecuten la obra urba-nizadora las superficies sobre las que se vayan a ejecutar las obras y aquellas otras que sea necesario ocupar durante su realización, sin que ello signifique merma alguna de los derechos de los propietarios en el resultado de la compensación.

3. La Junta de Compensación será beneficiaría de la reparcelación forzosa o expropiación, tanto de los bienes cuyos propie-tarios no se incorporen oportunamente a la entidad como en caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas en los supuestos del art 135 2 de la LOUA

4 Para hacer frente a los gastos de urbanización la Junta podrá enajenar y gravar terrenos incluso con garantía hipotecaría, bien incorporados a ella por expropiación, bien aportados por sus miembros, previo acuerdo adoptado por estos últimos en Asamblea General, y ello siempre que se hubieran reservado a tal fin en el proyecto de reparcelación.

5 Los miembros de la Junta de Compensación podrán enajenar terrenos o su participación en la misma, con las siguientes condiciones y efectos:

a) El transmitente deberá solicitar a la Secretaría del Consejo Rector certificación acreditativa de estar al corriente de todas sus obligaciones

b) El transmitente notificará fehacientemente a la Junta las circunstancias del adquirente y las condiciones de la transmisión, a los efectos de la necesaria constancia

c) El adquirente, por cualquier clase de título, quedará subrogado en los derechos y obligaciones vinculados a la participación enajenada, haciéndose expresa mención de ello en el título de transmisión

d) La condición de miembro de la Junta es inseparable de la propiedad de los terrenos correspondientes 6 Las transmisiones de terrenos propiedad de miembros de la Junta de Compensación al igual que la incorporación de nue-

vos miembros o de empresas urbanizadoras implicará de modo inmediato y sin más trámite, la correspondiente modificación de las cuotas de participación en la Junta, sin que ello pueda en ningún caso interpretarse con modificación de los presentes Estatutos.

Artículo 13. Participación en la Junta de Compensación. 1. La participación en la Junta viene determinada por la superficie de las fincas aportadas, expresándose en una cuota. Las

cuotas que correspondan a cada finca se fijarán en función de la superficie de cada una en relación con la totalidad de la superficie del polígono o unidad

2. La superficie computable que se tendrá en cuenta, será la que se contengan en las escrituras de compra o certificación regis-tral, que en supuesto de cuotas en proindiviso, se hará la correspondiente correlación superficial en relación a su derecho. No obstante, para el caso de existir discordancia entre ellos, se atenderá al levantamiento topográfico. No obstante, la Junta de Compensación podrá modificar la asignación de cuotas de participación cuando se acredite la existencia de errores materiales de medición.

3 En el supuesto de no declararse carga o gravamen, o que las declaradas no se ajusten a la realidad, los perjuicios que pudieran resultar, será de cargo del propietario que hubiese cometido la omisión, deduciéndose del valor de los beneficios que le co-rrespondan lo que resulte por la redención de las cargas silenciadas

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4. El valor de los demás bienes y derechos, distintos del suelo, afectados por el Proyecto de Reparcelación no influirá en la participación de los socios y se determinará, por convenio con los interesados, y en su defecto, por aplicación de los dispuestos en la legislación de Expropiación Forzosa

5 En el supuesto de que pertenezcan a la Junta de Compensación, empresa o empresas urbanizadoras, en el momento de la integración de éstas, se procederá al reajuste de las participaciones porcentuales de los socios, asignándose la cuota que corresponda las empresas urbanizadoras incorporadas Podrá la Junta en el Proyecto de Reparcelación reservarse terrenos para abonar los gastos de urbanización

6. Desde el acto de constitución de la Junta, el cómputo de las cuotas de participación, tanto para fijar sus aportaciones, como la participación en las decisiones de sus órganos, se hará excluyendo del mismo a los propietarios u otros titulares de derechos no in-corporados efectivamente a la misma

CAPÍTULO TERCERO

De la constitución de la JuntaArtículo 14. Contenido de la escritura de constitución.1. Dentro del plazo establecido en el acuerdo de aprobación definitiva de las Bases y Estatutos los promotores convocarán a

todos los propietarios en una Asamblea para la constitución definitiva de la entidad mediante escritura pública dentro del plazo que fije el Ayuntamiento, en el requerimiento realizado al efecto, se comunicará la convocatoria mediante carta certificada cursada al menos diez días hábiles antes de la fecha prevista y señalando en ella el objeto de la convocatoria

2 En la escritura de constitución se hará constar:a) Relación de los propietariosb) Relación de las fincas de que son titulares.c) Personas que hayan sido designadas para ocupar los cargos del Consejo Rector d) Acuerdo de constitución 3 La copia autorizada de la escritura y de las adhesiones, en su caso, se trasladará al Ayuntamiento, quien adoptará, si proce-

de, acuerdo aprobatorio 4 Aprobada por el Ayuntamiento de Dos Hermanas la constitución, éste elevará el acuerdo por él adoptado, junto a la copia

autorizada de la escritura, a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo para su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, conforme al art 163 7, en relación con el 27 2, ambos del Reglamento de Gestión Urbanística

5. Una vez inscrita la Junta de Compensación, el organismo competente notificará dicho acuerdo a su Presidente.Artículo 15. Quórum de la Asamblea Constitutiva.Para la celebración de la Asamblea a que se refiere el artículo anterior, se requerirá la presencia, personal o representada, de los

propietarios titulares de terrenos, ya sean entidades, personas físicas o jurídicas, incluidos en el ámbito, incorporados a la Junta, que representen mas del 50% de las cuotas de participación en primera convocatoria y en segunda convocatoria

Actuarán como Presidente y Secretario aquellas personas que lo sean en ese momento de la Comunidad de Propietarios del ámbito de actuación, salvo que los mismos decidan someterlo a criterio de la Asamblea, para que la sesión sea presidida por un socio promotor que se designe al efecto, haciendo las veces de secretario la persona que, al objeto, se designe en la sesión, el cual levantará acta de todo lo actuado y acordado en ella, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo anterior

CAPÍTULO CUARTO

Derechos y obligaciones de los miembrosArtículo 16. Derechos de los miembros.1 Los miembros de la Junta de Compensación tendrán los siguientes derechos:a) Adjudicarse los terrenos que como resultado de la aplicación del sistema le correspondan y las compensaciones que pro-

cedan por diferencias de adjudicación, como participar en el patrimonio resultante de la liquidación A aquellos propietarios que opten por abonar en metálico los gastos de urbanización que les correspondan según su cuota de

participación, les serán adjudicadas la misma parcela que aportaron al sistema, siempre que sea posible por la reparcelación b) Participar en las sesiones de la Asamblea General, por sí o por medio de representante, presentando proposiciones y suge-

rencias c) Elegir a los miembros de los órganos de gestión y administración de la Entidad y ser elegidos para el desempeño de cargos d) Emitir su voto en proporción a sus respectivas cuotas y, en su caso individualizadamente e) Recibir información puntual de las actuaciones de los órganos de Administración, y conocer el estado de cuentas, solici-

tando la exhibición de recibos y justificantes.f) Ejercitar los recursos que procedan contra los acuerdos de la Junta g) Participar en el patrimonio resultante de la liquidación, con las excepciones dispuestas en estos Estatutos y Bases h) Y, en general, los derechos que le correspondan conforme a estos Estatutos y a la legislación vigente 2 Para el ejercicio de sus derechos, los miembros de la Junta habrán de acomodarse a lo señalado en los Estatutos y acuerdos

de la Entidad Artículo 17. Obligaciones de los miembros.1 Son obligaciones de los miembros de la Junta de Compensación las que se enumeran a continuación:a) Poner a disposición de la Junta los documentos acreditativos de su titularidad sobre las fincas aportadas y declarar ante la

misma la situación jurídica, cargas y gravámenes que afectan a las mismas, con expresión, en su caso, de su naturaleza, cuantía, nombre y dirección de los titulares de derechos reales o arrendamientos Cuando no sea atendida o cumplida la misma, será promovida por la Junta, siendo de cargo del señalado miembro los gastos originados, teniendo además que abonar la cantidad que al efecto señale el Consejo Rector, en concepto de gestión por la verificación dominical.

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b) Regularizar la titularidad y situación registral de los terrenos aportados, dentro de los plazos que se señalen, siendo por cuenta del propietario afectado, los gastos de indemnización que procediesen respecto de derechos a extinguir como consecuencia de la ejecución del Plan (Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de mayo de 1999 RJ 1999, 3902)

c) Facilitar la ocupación de sus fincas para la ejecución de las obras de urbanización, depósito de materiales e instalaciones complementarias

d) Sufragar los gastos de la urbanización, los de conservación de la misma y los de constitución y funcionamiento de la Junta abonando en los plazos establecidos las cuotas o derramas que se establezcan, o aportación de terrenos en su caso

e) Cumplir los acuerdos adoptados por los órganos de la Junta, sin perjuicio de la interposición de los recursos administrati-vos que crean conveniente formular

f) Señalar un domicilio y sus cambios a efectos de notificaciones, para constancia en la Secretaria de la Junta.g) Notificar a la Junta la transmisión de terrenos, con indicación de las circunstancias del adquirente, a los efectos de la

necesaria constancia, quedando el adquirente subrogado en los derechos y obligaciones, incluso las pendientes, del causante e incor-porándose a la Junta de Compensación a partir del momento de la transmisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento de Gestión Urbanística, lo cual se hará constar en el título de transmisión correspondiente,

h) En el supuesto de solicitud de licencia de nueva planta para edificar las parcelas resultantes de la compensación y la Licen-cia de su primera utilización, acreditar ante la Administración actuante, mediante certificación expedida por el Secretario de la Junta de Compensación, con el visto bueno del Presidente, que se está al corriente en el pago tanto de los gastos ordinarios como extraordinarios de urbanización

i) Y las demás obligaciones que les corresponden conforme a estos Estatutos y a la legislación aplicable El incumplimiento de las obligaciones por cualquier propietario legitima a la Junta para promover la reparcelación forzosa o la

expropiación, en su caso, conforme a la vigente normativa urbanística

CAPÍTULO QUINTO

Órganos de la Junta de Compensación Artículo 18. Órganos. Los Órganos que han de regir y administrar la Junta de Compensación, cada uno en el ámbito de sus facultades, son: la

Asamblea General, el Consejo Rector, el Presidente, el Secretario, el tesorero-administrador y el Gerente, en el supuesto de que fuese nombrado

Artículo 19. Asamblea General. 1 La Asamblea General es el órgano supremo de la Junta Será presidida por el Presidente del Consejo Rector o, en su defec-

to, por un miembro del Consejo que estuviera presente en la Asamblea, actuando de Secretario el del Consejo, y estará formada por las personas físicas y jurídicas incorporadas a la Junta, y por el representante del Ayuntamiento de Dos Hermanas como órgano de tutela, que con este carácter tendrá voz, pero no voto, sin perjuicio del que le corresponda como titular aportante de terrenos y derechos

2. Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias o extraordinarias, en ellas sólo podrán tratarse los asuntos que figuren en el orden del día, siendo nulo cualquier acuerdo adoptado que no estuviese fijado en el orden del día, salvo que dicho acuerdo, fuese adoptado por unanimidad de los miembros de la Junta

3 En sesión ordinaria se reunirá una vez al año, dentro del segundo semestre, para censurar la gestión social y aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior, y, conocer y aprobar los presupuestos del ejercicio siguiente

Así mismo, trimestralmente, se establecerá una asamblea ordinaria con el objeto de tratar cualquier aspecto del desarrollo de la Urbanización Los asuntos a tratar por los interesados serán comunicados con un plazo de 20 días al Consejo Rector, quien considerara la pertinencia de los mismos o la necesidad de convocar una asamblea extraordinaria

Si la asamblea trimestral coincide con la anual, se incluirán en distintos orden del día, los contenidos de ambas asambleas 4 Las restantes Asambleas que se celebren para tratar asuntos sobre materias diferentes tendrán el carácter de extraordinarias Artículo 20. Facultades de la Asamblea. La Asamblea, como órgano supremo de decisión, tendrá plenas facultades para resolver sobre cualquier asunto propio de su

competencia para el cumplimiento objeto y fines de la Junta. Corresponde a la Asamblea General el ejercicio de las siguientes facul-tades:

a) La designación y cese de los miembros del Consejo Rector b) Examen de la gestión común y aprobación, en su caso, de la Memoria anual y estado de cuentas del ejercicio anterior c) La modificación de los Estatutos y Bases de Actuación, sin perjuicio de su aprobación posterior por el Ayuntamiento, y el

señalamiento y rectificación de cuotas de participación. d) Aprobar los presupuestos ordinarios y extraordinarios, a propuesta del Consejo Rector e) Acordar la realización de actos dispositivos sobre los bienes y derechos de la Junta y autorizar su formalización f) Acordar la formalización de créditos para realizar las obras de urbanización, incluso con garantía hipotecaria de los terre-

nos afectados g) Acordar la incorporación a la Junta de Compensación de empresas urbanizadoras h) Aprobar el Proyecto de Reparcelación conforme a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley de Ordenación Urbanística de

Andalucía i) Acordar ampliar las actividades de la Junta a la edificación de solares resultantes. j) Aprobar los criterios de valoración de las fincas resultantes y los precios para supuestos de compensación en metálico en

las diferencias de adjudicación, conforme lo establecido en las Bases k) Acordar la contratación de las obras de urbanización

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l) Delegar expresamente en el Consejo Rector las facultades reconocidas en favor de la Asamblea, excepto la aprobación de presupuestos y cuentas de los ejercicios económicos, y los actos que requieran un quórum especial

m) Acordar la disolución o transformación de la Junta n) Autorizar créditos extraordinarios y acordar las correspondientes derramas, debidos a gastos extraordinarios ñ) La resolución de cuantos asuntos sean propuestos por el Consejo Rector Artículo 21. Convocatoria de la Asamblea. 1 Las reuniones de la Asamblea General, tanto ordinarias como extraordinarias, serán convocadas por el Presidente o por

acuerdo del Consejo Rector media carta remitida por correo certificado o por cualquier otro medio que permita dejar constancia de su recepción, al domicilio que cada miembro tenga registrado en la Secretaria, con una antelación de veinte días naturales, como mínimo, al señalado para la reunión

2. En la convocatoria deberá figurar el orden del día, así como la hora, lugar y fecha en que ha de celebrarse la primera reu-nión, y caso de no haber quórum, segunda, pudiendo celebrarse ésta con un intervalo de media hora No podrán tomar acuerdos sobre asuntos que no figuren en el orden del día, salvo en el caso previsto en el apartado 4 del artículo siguiente.

3 Las Asambleas extraordinarias podrán también reunirse a requerimiento de miembros que representen, al menos, el 25 por ciento del total de las cuotas participación en la Junta. La petición de reunión extraordinaria se hará mediante carta certificada dirigida al Presidente del Consejo Rector detallando el objeto de la reunión y los asuntos a tratar La carta de convocatoria deberá ser cursada por el Presidente en el plazo de veinte días desde la fecha en que fuera requerido a tal efecto

4 En la convocatoria de las Asambleas generales ordinarias se indicará que en el domicilio social se hallan a disposición de los miembros los documentos elaborados por el Consejo Rector correspondientes a los asuntos a tratar, como el estado de cuentas del ejercicio anterior y los presupuestos para el ejercicio siguiente

5 La Asamblea podrá ser convocada por cinco de los miembros del Consejo rector, incluido el presidente Artículo 22. Constitución de la Asamblea. 1 La Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, queda válidamente constituida en primera convocatoria si

concurren, presentes o representados, un número de miembros que represente más del cincuenta por ciento del total las cuotas de par-ticipación en la Junta de Compensación

2 En segunda convocatoria, que se celebrará media hora después de la primera, se considerará válidamente constituida la Asamblea cualquiera que sean las cuotas de participación representadas por los asistentes

3 Antes de entrar en el examen del Orden del día se formará una lista asistentes, expresando el carácter o representación de cada uno y la cuota de participación -propia o ajena- que ostenta en la Asamblea. Al final de la lista se determinará número de miembros presentes o representados y la suma de cuotas de participación que asiste

4 Si hallándose presentes o representados la totalidad de los miembros incorporados a la Junta acordasen por unanimidad celebrar Asamblea General Extraordinaria, quedará válidamente constituida sin necesidad de convocatoria

Artículo 23. Reunión de la Asamblea General y adopción de acuerdos. 1 El Presidente del Consejo Rector o, en su defecto, el que fuera designado por dicho órgano, presidirá la Asamblea General,

dirigirá los debates y declarará los asuntos suficientemente considerados, pasando a la votación de acuerdos si procediere. Actuará como Secretario el que lo sea del Consejo Rector, o la persona que expresamente se designe al efecto 2 Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de cuotas de participaciones presentes o representadas Se exceptúa la apro-

bación del Proyecto de Reparcelación, que requerirá el voto favorable de miembros de la Junta que representen más del 50 por ciento de la superficie de la unidad de ejecución o de las cuotas de participación, (art. 136 LOUA), así como para la solicitud de créditos, que tendrá que ser del 50 % de las cuotas de participación. Así mismo la modificación de los Estatutos y Bases requiere más del 50% de las cuotas de participación en la Junta de Compensación, y habrá de ser aprobadas por el Ayuntamiento

3 Todos los miembros de la Junta de Compensación, incluso los disidentes y no asistentes, quedaran sometidos a los acuer-dos adoptados por la Asamblea General que serán inmediatamente ejecutivos La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos que una disposición de carácter general establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado

Artículo 24. Asistencia a la Asamblea. 1 Los miembros de la Junta de Compensación podrán asistir a la Asamblea por sí o mediante representación conferida a

otra persona. Será válida la representación otorgada, ya sea mediante carta certificada dirigida al Presidente de la Junta, ya mediante entrega material al mismo del documento que acredite la representación en cualquier forma, dejándose constancia de su recepción por el Presidente. La representación será válida únicamente para la reunión a la que se refiera.

La representación de las Sociedades o entidades dotadas de personalidad jurídica, que sean miembros de la Junta, se entenderá conferida a favor de quien legalmente las represente

2. El representante del Ayuntamiento será el nombrado por éste en el Acuerdo de aprobación definitiva de las Bases y Estatu-tos, de acuerdo con el artículo 162 3 del Reglamento de Gestión Urbanística, o el que pudiera designar posteriormente en su sustitución

Artículo 25. Actas y certificaciones. 1 De las reuniones de la Asamblea General, el Secretario levantará acta con el visto bueno del Presidente, haciendo constar

los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones. Las actas serán aprobadas en la propia reunión de la Asamblea, se firmarán por el Presidente y por el Secretario y se llevarán al libro correspondiente, que podrá ser de hojas móviles Si no fuera posible aprobar el acta en la propia Asamblea, esta podrá determinar que su redacción y aprobación se lleve a cabo por el Presidente y el Secretario y uno de los propietarios asistentes, en el plazo que se señale

Una copia del acta se remitirá a cada uno de los miembros de la Junta en el plazo de treinta días desde su aprobación 2. Cualquier miembro de la Junta podrá solicitar certificaciones del Libro de Actas, que serán expedidas por el Secretario con

el visto bueno del Presidente Artículo 26. Consejo Rector: Composición y carácter. 1 El Consejo Rector es el representante permanente de la Asamblea y el órgano ejecutivo normal de gobierno y administra-

ción de la Junta, estando investido de los más amplios poderes, facultades y atribuciones para regir y administrar la Entidad 2 El Consejo Rector estará constituido por el Presidente y los consejeros

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3 El nombramiento de los Consejeros se efectuará por la Asamblea de las distintas candidaturas cerradas que se presenten Cada candidatura estará compuesta por nueve miembros No obstante se podrán presentar candidaturas con otra composición, pero en primer lugar se elegirán entre las que tengan la composición primeramente señalada

Los consejeros tendrán que ser personas físicas que sean miembros de la Junta de Compensación, y podrán ser sustituidos circunstancialmente previa comunicación escrita dirigida con antelación suficiente al Presidente del Consejo Rector o a quien haga sus veces Este último se nombrará de entre los Consejeros por el propio Consejo Rector

Artículo 27. Duración del cargo del Presidente y los Consejeros. 1. La duración de los cargos de Presidente y Consejeros será indefinida, salvo que fuesen removidos por la Asamblea Gene-

ral, renunciasen voluntariamente al cargo, o quedaren incapacitados por cualquier causa 2 En caso de cese o de fallecimiento de un Consejero, su puesto será provisionalmente cubierto por designación del propio

Consejo Rector, hasta que se reúna la siguiente Asamblea General. La Asamblea podrá ratificar la designación o elegir a otra persona, conforme a lo establecido en estos Estatutos

Artículo 28. Facultades del Consejo. Son facultades del Consejo Rector de la Junta de Compensación a) Convocar las Asambleas Generales, ordinarias y extraordinarias; b) Llevar la administración y gobierno de la Junta de Compensación; contratar y despedir al personal de la Junta; preparar y

presentar a la Asamblea General las cuentas anuales y los presupuestos del ejercicio siguiente; c) Establecer la cuantía, forma y plazos en que habrán de efectuarse las aportaciones económicas de los miembros de la Junta

de Compensación, conforme a los presupuestos ordinarios y extraordinarios aprobados por la Asamblea General, y, en su caso, proceder contra los miembros morosos instando los procedimientos pertinentes, incluso el de apremio, por todos sus trámites;

d) Designar el establecimiento bancario que ha de custodiar los fondos, las personas que pueden disponer de los mismos, así como ejercer, en la forma que estime conveniente, cualquier actividad bancaria que exija el funcionamiento de la Junta

e) Instar y seguir por todos sus trámites expedientes de expropiación de todas clases y sobre toda clase de fincas, sean de personas físicas o jurídicas, convenir valores, entablar reclamaciones y recursos, nombrar peritos para la valoración, ocupar las fincas expropiadas, pagar el valor convenido y depositarlo en la Caja de Depósitos

De modo especial podrá, en lo que sea consecuente o presupuesto de las actuaciones de este apartado, hacer cobros, pagos y consignaciones, dar y cancelar fianzas, embargos y anotaciones, tomar parte en subastas, dar y aceptar bienes muebles e inmuebles en pago o por cobro de deudas, pedir copia de documentos notariales, certificaciones regístrales y cuantos otros documentos considere precisos

f) Estará también facultado de manera especial para acordar la constitución de las garantías que puedan exigir los Órganos Urbanísticos para asegurar las obligaciones contraídas por la Junta de Compensación, y para contratar toda clase de estudios e informes profesionales

g) Impulso, tramitación y seguimiento del expediente de compensación hasta su inscripción en el registro de la propiedad h) Las que designe la Asamblea General y que sean delegables i) Y, en general, cuantas facultades sean precisas para el normal desenvolvimiento de la Junta de compensación, y no estén

expresamente atribuidas a otro órgano de la Junta j) Para la mejor realización de sus fines, el Consejo Rector podrá conferir apoderamientos especiales y para casos concretos

sin limitación de personas Artículo 29. Reuniones del Consejo. 1 Las reuniones del Consejo Rector se celebrarán cuantas veces se estime conveniente para los intereses de la Junta mediante

convocatoria del Presidente con, al menos, ocho días hábiles de antelación, a su iniciativa o a petición de tres de sus miembros La convocatoria deberá notificarse a los miembros del Consejo de forma que quede debida constancia, señalando el orden del día.

Se entenderá también válidamente convocado el Consejo para tratar cualquier asunto de su competencia siempre que estén presentes la totalidad de los Consejeros y acepten por unanimidad la celebración del mismo

2 El Consejo sólo estará válidamente constituido cuando concurran la mitad más uno de sus miembros La asistencia al Consejo se realizará personalmente

3 Cada Consejero tiene derecho a un voto siendo los acuerdos adoptados por la mayoría absoluta de los miembros del Con-sejo, gozando el presidente de un voto de calidad en caso de empate en las votaciones

4. Para el supuesto de sustituciones por ausencia, enfermedad u otros motivos justificados, se puede delegar a alguno de los restantes consejeros por escrito y para cada reunión En el caso de ausencia del Presidente o del Secretario o ambos, en defecto de acuerdo expreso, el consejero de más edad sustituirá al presidente y el de menos al secretario

Artículo 30. Actas del Consejo. 1 Los acuerdos de cada reunión del Consejo se consignarán en el acta correspondiente, que se aprobará en la misma reunión

o en la siguiente que se celebre, y se recogerán en el Libro de Actas por el Secretario, con el visto bueno del Presidente 2. Igualmente con el visto bueno del Presidente o quien haga sus veces, el Secretario expedirá certificación de cualquier

acuerdo que sea solicitada por miembros de la Junta, en el plazo de diez días 3 De los acuerdos del Consejo se dará cuenta a la primera Asamblea que se convoque Artículo 31. Nombramiento y funciones del Presidente. 1 El presidente, será elegido de entre los consejeros designados por la Asamblea, con la duración que corresponde al cargo

de Consejero Funciones del Presidente: a) Representar, en general, a la Junta de Compensación, y convocar, fijar el orden del día, presidir, suspender y levantar las

sesiones de la Asamblea General y del Consejo Rector, dirigir las deliberaciones y hacer cumplir los acuerdos

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 63

b) Representar a la Junta de Compensación ante toda clase de autoridades y organismos urbanísticos estatales, autonómicos y locales, empresas y particulares, y ante juzgados y tribunales, organismos y corporaciones, autoridades, notarios y registradores y funcionarios de cualquier clase, ramo, grado y jurisdicción, ejercitando, desistiendo, transigiendo y exigiendo toda clase de derechos, acciones y reclamaciones en todos sus trámites, con o sin avenencia; practicar requerimientos de toda clase, e interponer recursos judi-ciales o administrativos, incluso los extraordinarios, hasta obtener resolución y su cumplimiento Pudiendo otorgar poderes a terceras personas para el ejercicio de dicha representación

c) Autorizar las Actas de la Asamblea General y del Consejo Rector, las certificaciones que se expidan y cuantos documentos lo requieran

d) Ejercerá como coronador y actuara como moderador y coordinador de las funciones que ejercen los Consejeros Delegados e) En caso de empate en las deliberaciones del Consejo Rector, su voto decidirá el sentido de la votación f) Cuantas funciones le sean delegadas por la Asamblea o por el Consejo Rector Artículo 32. Nombramiento y funciones del Secretario. 1 El Secretario, será designado por acuerdo adoptado por el Consejo Rector de entre sus miembros, con la duración que

corresponde al cargo de Consejero conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de estos Estatutos 2 También podrá ser designado como Secretario una persona física o jurídica ajena a la Junta por el período de tiempo que

determine el Consejo En este caso, el Secretario tendrá voz pero no voto, y el cargo podrá ser remunerado Las funciones del Secretario serán:a) Actuara como Consejero Delegado en las funciones de Secretaria y Relaciones societarias con los miembros de la Junta de

Compensación b) Levantar acta de las sesiones de la Asamblea General y del Consejo Rector, transcribiendo su contenido al Libro de Actas

correspondiente, y notificar los acuerdos de los órganos colegiados de la Junta. c) Expedir certificaciones con el visto bueno del Presidente. d) Desempeñar las funciones administrativas que le sean encomendadas por la Asamblea General o por el Consejo Rector e) Llevar un Libro-registro en el que se relacionarán los miembros integrantes de la Junta, con expresión de sus circunstancias

personales, domicilio, fecha de incorporación, cuota de participación y número de votos, y cuantos datos complementarios se estimen procedentes

f) Custodiar todos los documentos de la Junta de Compensación, pudiendo legalizar los libros de la Junta el mismo, con el visto bueno del Presidente

g) Cuantas otras sean inherentes en su cargo Artículo 33. Nombramiento y funciones del Tesorero - Administrador. El Tesorero-Administrador, será designado por acuerdo adoptado por el Consejo Rector de entre sus miembros, con la duración

que corresponde al cargo de Consejero conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de estos EstatutosLas funciones del Tesorero serán:a) Actuara como Consejero Delegado en las funciones de Administración y Actuación Económica, bajo las directrices del

Consejo Rector b) Llevar y custodiar los libros o soportes de la contabilidad c) Elaborará los Presupuestos de Gastos e Ingresos que presentará primero al Consejo Rector y posteriormente a la Asamblea

General Artículo 34. Nombramiento y funciones del Gerente.El Consejo Rector podrá nombrar un Gerente, persona física o jurídica, bien sea miembro o no del Consejo con la remuneración

que se estimen convenientes Podrá ser removido del cargo en cualquier momento por acuerdo del propio Consejo Las funciones del Gerente serán:a) Impulsar la ejecución de los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Rector b) Asistir a las sesiones de la Asamblea con voz, pero sin voto si es ajeno a la junta c) Representar a la Junta de Compensación a efectos puramente administrativos, sin perjuicio de las facultades que expresa-

mente le delegue el Consejo Rector d) Organizar los servicios de régimen interior de la Junta e) Cuantas funciones le sean encomendadas por la Asamblea General, por el Consejo Rector

CAPÍTULO SEXTO

Aportaciones y medios económicosArtículo 35. Medios económicos y aportaciones. 1 Serán ingresos de la Junta de Compensación a) Las aportaciones de los miembros b) Las subvenciones, créditos, donaciones, etc que se obtengan c) El producto de las enajenaciones de bienes de la Junta de Compensación o de los que hubiesen sido reservados con tal fin

en el Proyecto de Reparcelación d) Las rentas y productos de su patrimonio e) Cualesquiera otros recursos que legalmente se obtengan 2 Serán gastos de la Junta de Compensación: a) Serán gastos de la Junta de Compensación los de gestión de la actuación urbanística b) La financiación de las obras de urbanización.

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64 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

c) El coste de redacción y tramitación del Planeamiento necesario y de los Proyectos de Reparcelación y urbanización, de Bases de Actuación y Estatutos de la Junta de Compensación

d) El abono de honorarios profesionales, administrativos, de guardería y vigilancia, etc e) Las indemnizaciones por expropiación de bienes y derechos, en los supuestos de estos Estatutos y Bases de Actuación f) El coste de adquisición de suelos de propietarios no incorporados a la Junta de Compensación que hubieran aceptado la

oferta de adquisición realizada por la Junta de Compensación g) Cuantos vengan exigidos por el cumplimiento del objeto de la Junta de Compensación 3 Las aportaciones de los miembros serán de dos clases: a) Ordinarias, destinadas a sufragar los gastos generales y de administración de la Junta b) Extraordinarias de urbanización, con destino al pago de los costes de gestión y ejecución de la urbanización Artículo 36. Cuantía y pago de las cuotas.1 En desarrollo de los presupuestos ordinarios o extraordinarios por la Asamblea General, el Consejo Rector establecerá la

forma, plazos y condiciones de pago en que los miembros de la Junta deberán satisfacer las cuotas correspondientes 2 Se considerará como periodo voluntario para efectuar los pagos el de un mes contado a partir de la fecha del acuerdo del

Consejo Rector para hacer efectiva la exacción 3 La falta de pago de las cuotas ordinarias y de urbanización en el plazo establecido producirá los siguientes efectos:a) Un recargo del 10% del importe de las cuotas dejadas de satisfacer si se abonasen durante el mes siguiente a la finalización

del plazo para el pago b) Transcurrido este último plazo, se instará del Ayuntamiento la utilización de la vía de apremio con el consiguiente recargo

legalmente previsto en el procedimiento recaudatorio de la vía ejecutiva Alternativamente se podrá utilizar la vía judicial para la recla-mación, tanto del principal como de los recargos

c) El devengo a favor de la Junta de un interés del 8% anual, desde el día en que nazca la obligación de pagar, hasta aquél en que efectivamente se abone la suma adeudada El interés se aplicará únicamente por la deuda real, excluyéndose los recargos antes establecido

d) La reparcelación forzosa, salvo que se solicite expresamente la expropiación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 129 4 de la LOUA

e) El Consejo rector podrá acordar el ejercicio de acciones civiles para el cobro de las cuotas, recargos e intereses 4 El incumplimiento por los miembros de la Junta de Compensación de sus obligaciones legales y demás obligaciones

derivadas del sistema habilitará igualmente para: a) Aplicar la reparcelación con carácter forzoso a los terrenos de dichos miembros adjudicándoles los aprovechamientos y

solares que procedan, una vez deducidos los gastos y cargas que les sean imputables b) Expropiar, en otro caso, derechos a favor de la entidad urbanística, que tendrá la condición de beneficiaría. 5 La distribución de las aportaciones entre los miembros se efectuará en proporción a las cuotas de participación en gastos

de que sea titular, determinada conforme a las Bases de Actuación, las cuales se sustituirán con carácter retroactivo por las de adjudi-cación con participación en gastos, tras la aprobación del Proyecto de Reparcelación, también determinadas conforme a las Bases de Actuación

Artículo 37. Fondos. El Consejo Rector designará a tres de entre sus miembros, para que de forma mancomunada, puedan disponer de los fondos

de la Junta de Compensación, que serán custodiados en establecimiento bancario, designado por los mismos, a nombre de la Entidad Para lo cual, tendrán facultades para ejercer cualesquiera actividades bancarias que exijan el funcionamiento de la Junta, tales como:

a) Abrir, seguir y cancelar cuentas comentes y de crédito Ingresar o retirar cantidades de las mismas Pagar y cobrar intereses y comisiones. Disponer libremente de cantidades con cargo a ellas, firmando los cheques, talones y resguardos oportunos y ordenar las transferencias y pagos con cargo a las expresadas cuentas. Solicitar avales para garantía de las obras de urbanización y firmar los documentos necesarios para su formalización

b) Librar, girar, aceptar, endosar y negociar letras de cambio, pagarés, cheques y demás documentos de cambio o crédito y protestarlos por falta de aceptación o de pago

Previamente a la extracción de fondos para un pago justificado, se debe solicitar del Tesorero Administrador, en su caso, un visado en el que se refleje que dicho pago esta incluido en los presupuestos o ha sido autorizado por el órgano competente.

Artículo 38. Contabilidad. La Junta de Compensación llevará la contabilidad de la gestión económica, en los soportes adecuados para que se deduzcan de

ellos las cuentas que han de rendirse, para que en cada momento pueda darse razón de las operaciones efectuadas Las cuentas de la Entidad estarán a cargo del tesorero administrador

CAPÍTULO SÉPTIMO

Régimen de los acuerdos de los órganos de la Junta de CompensaciónArtículo 39. Ejecutividad de los acuerdos de los órganos de la Junta. Los acuerdos de los órganos de la Junta de Compensación, adaptación al ámbito de sus respectivas atribuciones y que no re-

quieran aprobación de la Administración actuante, serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de las acciones o recursos que contra los mismos procedan

Artículo 40. Impugnación de los acuerdos de los órganos de la Junta. 1 Contra los acuerdos de la Asamblea General podrá interponerse recurso ordinario ante el presidente de la Junta de Com-

pensación, disponiendo esta de treinta días para su resolución Transcurrido ese plazo sin que esta haya dictado resolución habrá de en-tenderse desestimado contra el cual cabrá interponer recurso de alzada ante el Excmo Ayuntamiento de Dos Hermanas La resolución de dicho recurso agotará la vía administrativa, quedando expedita la acción correspondiente jurisdicción contencioso-administrativa de acuerdo con la Ley reguladora de la materia

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 65

2 La impugnación de los mencionados acuerdos no menoscaba su inmediata ejecutividad y su eficacia, salvo que así lo acuerde expresamente el órgano que haya de resolver correspondiente recurso, en cuyo caso el mismo podrá exigir al recurrente la constitución de la caución suficiente para garantizar la reparación de los perjuicios que pueda derivarse de la suspensión.

3 No están legitimados para la impugnación quienes hubiesen votado a favor del acuerdo, por si o por medio de sus repre-sentantes

Artículo 41. Improcedencia de «interdictos». 1. Conforme al art. 185 RGU los miembros de la Junta <<no podrán promover interdictos de retener y recobrar la posesión

frente a resoluciones de la Junta Compensación, adoptadas en virtud de la facultad fiduciaria de disposición sobre las fincas de aquéllos y de acuerdo con el procedimiento estatutariamente establecido Tampoco procederá la acción interdictal cuando la Junta de Compen-sación ocupe bienes que sean precisos para la ejecución de las obras de urbanización, de conformidad con el plan que se ejecute>> En este mismo sentido, y con carácter general ha de mencionarse el art. 101 de la LRJ-PAC, si bien, los antiguos <<interdictos>> son reconocidos hoy en los actuales procesos posesorios, que se tramitan por el cauce del juicio verbal, de conformidad al art 250 1 4º de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil

CAPÍTULO OCTAVO

Garantías, disolución y liquidación de la Junta de CompensaciónArticulo 42. Disolución.1 La Junta de Compensación se disolverá por acuerdo de la Asamblea General, una vez se haya dado cumplimiento a los de-

beres de cesión, equidistribución y urbanización en consecuencia, se haya adquirido por sus miembros el aprovechamiento urbanístico que les corresponde en la unidad

2 En todo caso, la disolución de la Junta de Compensación requerirá para su efectividad la aprobación por el Ayuntamiento, previo acuerdo del 50% de las cuotas De la aprobación de la disolución de la Junta se dará traslado al Registro de En Urbanísticas Colaboradoras, para su debida constancia

Artículo 43. Liquidación.Acordada válidamente la disolución de la Junta de Compensación, la Asamblea General adoptará los acuerdos pertinentes para

su liquidación, mediante el cobro de créditos y el pago de deudas, y el remanente, si lo hubiere, se distribuirá entre sus miembros en proporción a sus respectivas cuotas de participación

BBASE 1

Ámbito territorialLas presentes Bases de Actuación, tienen por objeto el desarrollo urbanístico por el sistema de Compensación de la Unidad de

Ejecución UE-1, delimitada en el Plan Especial de Reforma Interior de la Actuación de Planeamiento AP-57 «Echajuy», del vigente Plan General de Ordenación Urbanística de Dos Hermanas

BASE 2

Finalidad de las basesSu finalidad, es la de reglamentar el modo y la forma de incorporación a la Junta de los interesados, establecer los criterios

de valoración de las fincas aportadas y las de resultado, así como de las instalaciones, plantaciones y edificaciones a suprimir y de los derechos reales o personales a extinguir, fijar las normas para la equidistribución de los beneficios y cargas urbanísticas de la unidad de ejecución mediante el oportuno Proyecto de Reparcelación, y los presupuestos de contratación de la obra urbanizadora, su recepción y conservación, establecimiento de cuotas y normas para su exacción

BASE 3

Las bases como técnica redistributiva1. La función de estas Bases, como técnica de reparto de beneficios y cargas, es la de contener un conjunto de normas que, en

el marco de la técnica reparcelatoria regulada en los artículos 100 y siguientes LOUA, permitan mediante la utilización de sus criterios, el cálculo de las aportaciones y adjudicaciones y su distribución equitativa

2 En su momento y en desarrollo de estas Bases se formulará el Proyecto de Reparcelación que servirá de medio de dis-tribución de beneficios y cargas y de título para la adjudicación de terrenos. Partimos siempre de la conjugación de la reparcelación física y económica para dar seguridad de que las fincas resultantes que se adjudiquen serán coincidentes con la ubicación de los suelos aportados

BASE 4

Obligatoriedad1. La aprobación definitiva de estas Bases por el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas y la incorporación de los propie-

tarios de terrenos a la Junta de Compensación supone que los miembros de la entidad aceptan, como normas de necesaria observancia, todas las reglas y criterios previstos en ellas, quedando por tanto plenamente obligados

2. La obligatoriedad de las Bases no impiden su modificación siempre que ésta sea votada en Asamblea General por miem-bros que representen más de la mitad de las cuotas de participación en la Junta y previa la tramitación correspondiente, sea aprobada por el Ayuntamiento

BASE 5

Adhesión a la Junta de Compensación1 Los propietarios incluidos en la Unidad de Ejecución, y los que no lo hubieren hecho con anterioridad, deberán decidir

durante el correspondiente periodo de información pública tras la aprobación inicial de las presentes bases y estatutos si participan o no en la gestión del sistema optando por alguna de las siguientes alternativas:

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a Participar en la gestión del sistema adhiriéndose a la Junta de Compensación con plenitud de derechos y obligaciones, abonando los costes de urbanización y gestión propios, así como la cuota que les corresponda en los costes correspondientes a los ex-propiados y a los reparcelados por opción y forzosos

b No participar en la gestión del sistema, renunciando a su derecho a integrarse en la Junta de Compensación y solicitando la expropiación de sus terrenos

c) El sistema se seguirá en régimen de aportación forzosa mediante reparcelación, sin más trámites, respecto de cuantos propietarios no hubieran efectuado opción alguna dentro del plazo concedido a tal efecto

2 Conforme a lo dispuesto en el artículo 130 2 A) d) de la LOUA, la junta de Compensación oferta a los propietarios que no han suscrito el sistema la adquisición de sus terrenos de conformidad con la base 8ª.

3 Conforme a lo dispuesto en el artículo 130 2 A ) e) de la LOUA, todos los propietarios afectos al sistema de compensación (tanto los que se hayan incorporado voluntariamente, como a los que lo hayan hecho por reparcelación forzosa) podrán optar por com-pensar los costes de urbanización mediante la cesión de terrenos edificables.

BASE 6

Régimen de los reparcelados forzosos1 Carecen de la condición de miembro de la Junta de Compensación, no obstante gozarán del derecho a formular alegaciones

en el trámite interno de aprobación del Proyecto de Reparcelación, así como en el expediente de liquidación definitiva del sistema.2. El Proyecto de Reparcelación reducirá el aprovechamiento atribuible a la finca aportada del propietario en la proporción

necesaria para cubrir la previsión de gastos de urbanización incrementada en un diez por ciento por gastos de gestión

BASE 7

Oferta de adquisición1 Cualquiera de los propietarios no promotores del sistema puede enajenar los terrenos de su propiedad a la Junta de Com-

pensación de conformidad al precio que al efecto se determine por el Consejo Rector A tal efecto el Consejo requerirá un peritaje de entidad o profesionales acreditados al efecto

2 La comunicación de esta opción a los promotores de la iniciativa en el domicilio que consta en los Estatutos, perfeccionará la compraventa por oferta y aceptación, e implicará el traslado de la posesión a la Junta de Compensación en constitución, viniendo obligado el aceptante de la oferta a formalizar en documento público la transmisión a solicitud de la Junta

3 Los promotores de la iniciativa vendrán obligados a satisfacer el precio resultante tras la aprobación por la Administración actuante del proyecto de reparcelación, produciéndose por este instrumento la atribución del aprovechamiento correspondiente a la finca transmitida a favor de los miembros de la Junta, que se encuentre en la situación de la base seis.

4. En el caso de que en la finca del propietario que acepte la oferta de adquisición existan elementos materiales de cualquier naturaleza que hayan de ser demolidos para la ejecución del plan, su valor habrá de formar parte del precio de adquisición pactado

5. Los propietarios que acepten la oferta no quedarán sujetos a la liquidación definitiva.6 La presente oferta tendrá validez hasta un mes después de que por la Junta de Compensación hayan sido determinados los

valores de las fincas de resultado.

BASE 8

Oferta de compensación de costes de urbanización por aprovechamiento1 Se formulará oferta de compensación de los costes de urbanización que se determinen en el correspondiente proyecto,

mediante cesión de terrenos edificables a aquellos propietarios que quedasen sujetos a reparcelación forzosa y a aquellos que volunta-riamente así lo solicitaran A tal efecto el Consejo requerirá un peritaje a entidades o profesionales acreditados al efecto

2 La comunicación de sujetarse a esta opción efectuada a la Administración actuante o a los promotores en el domicilio societario, conlleva que la obligación del aceptante de la oferta a formalizar en documento público la entrega de aprovechamiento a solicitud de la Junta de Compensación

3 En estos supuestos, el Proyecto de Reparcelación atribuirá el aprovechamiento diferencial que corresponda mediante ad-judicación de parcelas urbanizadas quedando estos propietarios libres de toda otra obligación, sin que les alcance las consecuencias de la liquidación definitiva del sistema.

4 Las parcelas de resultado de estos propietarios quedarán libres de la afección a la carga urbanística por haberla compensa-do anticipadamente

5 La presente oferta tendrá validez hasta un mes después de que por la Junta de Compensación hayan sido determinados los valores de las fincas de resultado.

BASE 9

Valoración de fincas aportadas1. Sin perjuicio de lo dispuestos en estas Bases en relación con las edificaciones existentes, y de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 102 de la LOUA, en aplicación de los criterios que han de definir los derechos de los propietarios en relación a las fincas aportadas que se hayan incorporados a la junta de Compensación, se definen que será proporcional a la superficie de las fincas y se expresará en una cuota porcentual de participación en relación con la total del polígono

Para su valoración se estará a lo previsto en los acuerdos que adopten la Junta respecto a su valor y al Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo

2. En caso de discordancia entre los títulos aportados y la realidad física de las fincas, se estará a lo dispuesto en el artículo 13 de los Estatutos. La redacción del Proyecto de Reparcelación, requerirá comprobaciones definitivas y la realización de un estudio técnico-jurídico, practicado al efecto

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 67

3 En los supuestos de discrepancia sobre la propiedad de un terreno, de parte de él o señalamiento de lindes, se estará a lo dispuesto en el artículo 103 4 del Reglamento de Gestión Urbanística, en relación con el artículo 10 del Real Decreto 1 093/1997, de 4 de julio

BASE 10

Fincas a expropiar y su valoración1. La Junta tendrá la consideración jurídica de beneficiaria en los supuestos de expropiación a propietarios que en tiempo

legal lo hubieran solicitado o para los que procediera imperativamente por causa legal Conforme a lo dispuesto en el art 161 LOUA, con opción entre el procedimiento de tasación conjunta o el regulado en la Ley de Expropiación Forzosa

2. Las fincas expropiadas por falta de incorporación de sus propietarios a la Junta, se valorarán de acuerdo con lo prevenido en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo

3 Las adquisiciones de terrenos por la Junta en virtud de expropiación forzosa están exentas con carácter permanente del Impuesto General sobre Transmisiones Patrimoniales y del de Actos Jurídicos Documentados, y no tendrán la consideración de trans-misiones de dominio a los efectos de exacción del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos o cualesquiera otro que sustituya a los indicados

BASE 11

Valoración de los derechos reales sobre las fincas; servidumbres prediales y derechos personales constituidos1. El hecho de que existan cargas reales sobre algunas de las fincas incluidas en la zona a urbanizar no altera su valoración

como finca aportada ni la adjudicación que corresponda a la misma pero, si dichas cargas son susceptibles de subrogación real, pasarán a gravar las fincas adjudicadas al propietario, convirtiéndose en otro caso en crédito sobre la nueva finca.

2 Para la determinación de la compatibilidad o no de la carga y procedimiento a seguir, se estará a lo dispuesto en el art 12 del R D 1 093/97

3 La ejecución de la actuación comporta la extinción de las servidumbres prediales incompatibles con ella y la de los arren-damientos urbanos y rústicos existentes sobre las fincas.

Para la valoración de servidumbres prediales, derechos reales sobre fincas y derechos personales, se estará, según el derecho de que se trate, a lo establecido en la legislación expropiatoria, en el Derecho Civil o en el Administrativo y, en su defecto, a lo señalado para los Impuestos de Sucesiones y Transmisiones Patrimoniales

De conformidad a los artículos 98 y 99 del Reglamento de Gestión Urbanística, las servidumbres y cargas, derechos de arren-damiento y cualesquiera otros que, por ser incompatibles con la ejecución del planeamiento, deban extinguirse con el acuerdo de reparcelación se valorarán con independencia del suelo, y su importe se satisfará a los propietarios o titulares interesados, con cargo al proyecto, en concepto de gastos de urbanización Para dicha valoración se estará a los criterios contenidos en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 2/2008, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y artículos concordantes del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo

BASE 12

Valoración de edificaciones, obras, plantaciones e instalaciones que deban demolerse1. Las edificaciones, obras, plantaciones e instalaciones y otros elementos legalmente existentes sobre las fincas aportadas

que no puedan conservarse, se valorarán con independencia del suelo, y su importe se satisfará al propietario afectado, con cargo al Proyecto en concepto de gastos de urbanización

2 Se entenderá necesario el derribo cuando sea precisa su eliminación para realizar las obras de urbanización previstas en el Plan, cuando estén situadas en una superficie que no se deba adjudicar íntegramente a su propietario y cuando su conservación sea radicalmente incompatible con la ordenación, incluso como uso provisional La tasación de estos elementos se efectuará en el propio Proyecto de Reparcelación

3. Las edificaciones e instalaciones se tasarán de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y su reglamento de Valoración

4 En las plantaciones se tasarán el arbolado y demás plantaciones cuya sustantividad les atribuye una valoración propia, de necesaria compensación, atendido su valor agrícola y en base al criterio de reposición

5 Las indemnizaciones resultantes serán objeto de compensación, en la cuenta de liquidación provisional, con las cantidades de las que resulte deudor el miembro de la Junta por diferencias de adjudicación o por gastos de urbanización y de Proyecto

6. Respecto de las plantaciones, obras, edificaciones e instalaciones que deban desaparecer, el acuerdo de aprobación defi-nitiva del Proyecto de Reparcelación tendrá el mismo efecto que el acta de ocupación en el procedimiento expropiatorio, quedando la Junta facultada desde ese momento para proceder a su eliminación material

BASE 13

Criterios para valorar las aportaciones de empresas urbanizadoras1 La valoración de la aportación de empresas urbanizadoras se determinará teniendo en cuenta el coste presupuestado en el

Proyecto de Urbanización o de las fases o partidas que vaya a ejecutar; conviniéndose con la Junta, en el momento de la incorporación, si esta cifra es definitiva o si serán de aplicación cláusulas de revisión de precios o de estabilización de costes, adoptando el acuerdo aprobatorio la Asamblea General

2 Para la adjudicación de terrenos, la Asamblea General aprobará el convenio con la empresa urbanizadora, por medio del cual se determinará la contrapartida a la aportación de la empresa, bien mediante un cuadro de equivalencia entre las posibles cifras de inversión y los solares que en cada caso correspondan –ya se determinen concretamente, ya se indiquen las características volumétricas de uso y la etapa en que se entregarán–, bien por remisión de precios de mercado, a la decisión adoptada por técnicos imparciales o a cualquier otra circunstancia o determinación de futuro

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68 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

3 La participación de la empresa disminuirá la de los restantes miembros de la Junta, salvo que alguno opte por realizar en dinero su aportación con lo cual mantendrá íntegro el aprovechamiento lucrativo que le pertenezca en adjudicación

BASE 14

Los gastos de urbanizaciónLos costes de urbanización han de ser satisfechos por la Junta de compensación en el sentido que establece el artículo 8 e Real

Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo. Estos quedarán fijados definiti-vamente en el correspondiente proyecto de urbanización que contemplará los costes reales de la actuación Entre otros conceptos y de conformidad con el artículo 113 de la LOUA, estos gastos incluyen a) Las obras de viabilidad b) Las obras de saneamiento c) Las obras de suministro de agua d) Las obras de suministro de energía eléctrica e) Jardinería y arbolado en parques, jardines y vías publicas e) Re-dacción técnica y anuncios preceptivos en la tramitación administrativa del planeamiento de desarrollo preciso para la ordenación por-menorizada y del proyecto de urbanización Costes de redacción y tramitación de planeamiento, proyecto de urbanización f) Gestión del sistema de actuación g) indemnizaciones, etc y demás gastos necesarios para la ejecución total y global del planeamiento de aplicación

Los gastos son repercutibles a la totalidad de los propietarios, de conformidad a los criterios de distribución recogidos en el pre-sente documento, considerándose la necesidad de diferenciar las partidas que originarían las calles privadas, cuyos gastos se imputaran de manera exclusiva a los propietarios de las mismas, habida cuenta de su aprovechamiento lucrativo

BASE 15

Contratación de las obras de urbanización1 La adjudicación de las obras de urbanización podrá realizarse, en todo o en parte, por empresas urbanizadoras incorporadas

a la Junta, con los requisitos y efectos que se recogen en los Estatutos y en estas Bases 2 En otro caso, la ejecución será por la empresa o empresas que se determine en virtud del acuerdo de la Asamblea General, a

propuesta del Consejo Rector, a través de concurso abierto con pliego de condiciones, concurso-subasta, subasta o adjudicación directa 3 En cualquiera de los casos, en el contrato de ejecución de obras se hará constar todas y cada una de las siguientes determi-

naciones, además de las cláusulas que constituyen su contenido típico:a) El compromiso de la empresa adjudicataria de ajustarse en el plazo y modo de ejecución al Proyecto de Urbanización y de

facilitar la acción inspectora del Ayuntamiento y del Consejo Rector de la Junta con respecto de las obras b) Los supuestos de incumplimiento que darán lugar a la resolución del contrato y las indemnizaciones a satisfacer por la

inobservancia de las características técnicas o plazos de ejecución c) Modo y plazos de abono por la Junta de cantidades a cuenta de la obra realizada d) La retención que pueda efectuar la Junta de cada pago parcial como garantía de una ejecución de las obras, retenciones que

no serán devueltas hasta año siguiente en el que se hayan recibido definitivamente las obras por la Administración actuante.e) La no transmisión de la posesión de la obra a la empresa urbanizadora, de modo que la rescisión o resolución del contrato

de obras, cuando proceda, sea por incumplimiento sea por voluntad del dueño o por cualquier imposibilidad sobrevenida, resulte eficaz y pueda la Junta continuar la obra por sí o por medio de otro contratista

La Asamblea General podrá delegar en el Consejo Rector, la contratación y condiciones de obras de menos relevancia, dentro de unos límites técnicos y económicos concretos que establezca la Asamblea Si existiera disconformidad por parte de 2 consejeros se tendrá que remitir a la Asamblea General para que sea esta la que adopte el acuerdo

BASE 16

Plazos y formas de pago de cuotasLas cuotas ordinarias y extraordinarias y las derramas que procedan conforme a los Estatutos y salvo acuerdo en contrario,

serán satisfechas en metálico en el plazo máximo de un mes desde que se produzca la notificación de requerimiento expreso que a tal efecto llevará a cabo el Consejo Rector Transcurrido este plazo entrarán en juego los efectos que establecen el artículo 36 de los Estatutos Las cuotas no serán exigibles para aquellos propietarios que a su tiempo hubieren optado por satisfacer sus obligaciones urbanísticas mediante cesión de aprovechamiento

BASE 17

Reparcelación forzosa o expropiación por incumplimiento de obligaciones1 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 135 de la LOUA el incumplimiento por los miembros de la Junta de

Compensación de sus deberes legales y demás obligaciones derivadas del sistema habilitará a que la Junta lo someta al régimen de reparcelación forzosa

2 Procederá la expropiación, en el supuesto de incumplimiento de propietarios adheridos a la junta que incumplan las obliga-ciones derivadas de la misma y que deberá ser conforme con lo señalado en el art 135 2 y 129 4 apartado segundo de la LOUA En el supuesto de que el incumplimiento de las obligaciones derivasen con posterioridad a la reparcelación de los terrenos será de aplicación el régimen de apremio sobre el patrimonio del interesado conforme a lo señalado en el art 134 c de la LOUA

3 No podrá instarse ninguno de los procedimientos señalados en el apartado anterior hasta que haya transcurrido el plazo establecido en la notificación expresa de pago efectuado por el órgano competente de la Junta. Para la práctica de éste último, podrá utilizarse cualquiera de los medios que habitualmente se utilicen para la práctica de notificaciones o comunicaciones.

4 El pago de las cantidades adeudadas a la Junta con los intereses y recargos procedentes, realizado en cualquier momento anterior al levantamiento del Acta de Ocupación, dará lugar a la cancelación del expediente expropiatorio, siendo de cuenta del moroso todos los gastos originados a consecuencia de la iniciación del referido expediente

BASE 18

Enajenación de terrenos por la Junta1 Con objeto de hacer frente a los gastos de urbanización e indemnizaciones que procedan y en uso de su carácter de titular

fiduciaria de ellas, la Junta de Compensación podrá enajenar alguno o algunos de los terrenos, en todo o en parte, siempre que se hu-bieran reservado a tal fin en el Proyecto de Reparcelación.

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 69

2 El adquirente quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al titular primitivo del terreno, en relación con la Junta de Compensación atendida la proporción de los terrenos adquiridos, respecto de la superficie total aportada por los miembros de la Junta

3. Si la transmisión se verifica una vez convertido el terreno en solar, sea a través de enajenación por la Junta o en el supuesto de adjudicación a empresas urbanizadoras, se acordará lo procedente en cuanto a la atribución del pago de cuotas y gastos futuros

4. Tanto para el caso de enajenación de terrenos como para gravar las fincas, será necesario el oportuno acuerdo de la Asam-blea General, en el cual incluso se podrá fijar el precio de venta respecto del primer caso.

BASE 19

Responsabilidad de la Junta de Compensación1 La Junta de Compensación será directamente responsable frente al Ayuntamiento de Dos Hermanas de su gestión, tanto en

lo que respecta a las características técnicas de las obras como en lo referente a los plazos de ejecución y transmisión a la Entidad Local 2 Según lo dispuesto en el art 153 2 LOUA, la Junta será responsable de la conservación de las obras hasta su recepción en

las condiciones previstas en el art 154 LOUA 3 En caso de falta de urbanización, la administración actuante podrá proceder a incoar expediente conducente a la sustitución

del sistema de compensación por otro de actuación pública conforme a lo previsto en el art 109 LOUA 4 La Junta de Compensación será responsable ante cada uno de sus miembros del daño patrimonial que pudieran sufrir por

la actuación de aquélla

BASE 20

Afección real de los terrenos1 De acuerdo con lo previsto en el art 133 LOUA, los terrenos quedan afectos al cumplimiento de las obligaciones inhe-

rentes al Sistema de Compensación, lo que se hará constar en el Registro de la Propiedad a instancia de la Junta de Compensación, mediante certificación administrativa de la constitución de la Junta y de estar incluida la finca en la Unidad de Ejecución.

2. Las fincas resultantes quedan afectas, con carácter real, al pago de los costes de urbanización en la proporción que corres-ponda, afección que se cancelará en los términos del art 20 del R D 1 093/97, sin perjuicio de lo dispuesto en la Base 10

BASE 21

Criterios de valoración de las fincas resultantesLos criterios de valoración de las parcelas resultantes en orden a su adjudicación a los miembros de la Junta se efectuaran de

acuerdo con lo preceptuado en el artículo 102 de la LOUA que establece, la valoración de las fincas de resultado con arreglo a su uso y edificabilidad y en función de diferentes aspectos. Las fincas resultantes se definirán en el correspondiente Proyecto de Reparcelación teniendo en cuenta las características de la ordenación establecidas en el PERI, aplicando los correspondientes coeficientes de uso y ti-pología previstos en el referido instrumento de planeamiento, así como la situación y/o características que influyan determinantemente en su valoración, de conformidad con los valores establecidos en Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo

BASE 22

Distribución de beneficios y cargas1. La distribución de beneficios y cargas resultantes de la actuación urbanística de la Junta de Compensación, se hará aten-

diendo a la cuota de participación inicial establecida en proporción a la superficie que se aporta, coeficiente que variara en función de la superficie resultante estableciéndose una nueva cuota, sobre la que se imputaran los costes de urbanización.

2. La proporcionalidad no se altera por la existencia de enajenaciones o de expropiaciones de que sea beneficiaria la Junta o por la incorporación de empresas urbanizadoras, que participarán en la forma indicada en estas Bases

3 La señalada proporción no queda tampoco alterada por el hecho de haberse satisfecho alguna cuota con recargo por mora, ya que dicha cantidad queda exclusivamente a beneficio de la Junta.

BASE 23

Cuantía y forma de la adjudicación de fincas resultantes1. La adjudicación de las fincas resultantes de la actuación urbanizadora se hará entre los miembros de la Junta, al igual que

los restantes beneficios o cargas, en proporción a sus participaciones, conforme a las presentes Bases.2. Las zonas no edificables de cada una de las parcelas se adjudicarán junto con las superficies edificables de las mismas.3. Cuando por ser inferior el número de solares resultantes al de titulares de fincas aportadas o por la escasa cuantía de los

derechos de algunos miembros de la Junta, previa o consecuencia de habérsele ya adjudicado alguna finca, no sea posible la atribución de finca independiente, se adjudicarán en proindiviso, expresándose en el título la cuota correspondiente a cada propietario, salvo que proceda la adjudicación en dinero, de acuerdo con lo prevenido en la Base 25

BASE 24

La reparcelación económica1 La reparcelación podrá ser económica:a) Cuando las circunstancias de edificación, construcción o de índole similar concurrentes en la unidad de ejecución hagan

impracticable o de muy difícil realización la reparcelación material en, al menos, el veinte por ciento de la superficie de aquella.b) Cuando, aún no concurriendo las circunstancias a que se refiere la letra anterior, así lo acepten los propietarios que repre-

senten al menos el 50% de la superficie total de la unidad de ejecución, con la finalidad de evitar la constitución de pro indiviso

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70 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

2 La reparcelación económica, se limitará al establecimiento de las indemnizaciones sustitutorias con las rectificaciones correspondientes en la configuración y linderos de las fincas iniciales y las adjudicaciones que procedan a favor de sus beneficiarios, incluido el municipio, y a la redistribución de los terrenos en los que no concurran las circunstancias justificativas de su carácter eco-nómico

BASE 25

Momento, criterios y procedimiento de la adjudicación1.-La aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación hecha por el órgano administrativo actuante, y la expedición de

documento con las solemnidades y requisitos de las actas de sus acuerdos o el otorgamiento por el mismo de escritura pública, con el contenido reseñado en el art 113 R G U y con sujeción a lo establecido en el art R D 1 093/97, determinarán la inscripción en el Registro de la Propiedad y la subrogación con plena eficacia real de las antiguas por las nuevas parcelas, gozando tales adjudicaciones de las exenciones fiscales legalmente establecidas.

2 - En la formulación del Proyecto Reparcelación se tendrán en cuenta, en lo posible, las solicitudes de los miembros de la Junta, siendo criterios de preferencia los siguientes;

a) El que fije el PERI o en su caso el adoptado por el catastro. b) Que su participación permita la adjudicación de finca independiente.c) Que la finca a adjudicar esté situada en lugar próximo a la finca o fincas aportadas por el peticionario.d) Cuando el valor del derecho de un beneficiario en la reparcelación no alcance o bien supere el fijado para la adjudicación

de una o varias fincas resultantes como tales fincas independientes, el defecto o el exceso en la adjudicación podrán satisfacerse en dinero. La adjudicación se producirá en todo caso en exceso cuando se trate de mantener la situación de propietarios de fincas en las que existan construcciones compatibles con el instrumento de planeamiento en ejecución

e) Los terrenos edificados incluidos en la unidad de ejecución, serán adjudicados a sus propietarios sin perjuicio de las regu-larizaciones de linderos que en su caso procedan

e) Cuando se aporten las fincas en régimen de propiedad indivisa, existe la posibilidad a tenor de lo establecido en el artículo 6 de las NCRH, de adjudicar las fincas de resultado de forma individualizado a cada uno de los copropietarios en proporción a su cuota de propiedad

BASE 26

Compensación a metálico en la adjudicación1 Cuando no sea posible la correspondencia exacta entre la cuota de participación de un miembro de la Junta y la cuota de

adjudicación en terrenos, el defecto o el exceso se compensarán en metálico, siempre que la diferencia no sea superior al 10% del valor de los terrenos que se le adjudiquen

2 Para el cálculo de la suma compensatoria de diferencias, se atenderá al valor legal conforme a los criterios del Real decreto legislativo2/2008, de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo Salvo que fuera mayor el de la oferta que incorporan estas Bases, en cuyo caso se aplicará este último

3 El estudio técnico que señale el precio de los terrenos a estos efectos, será aprobado por la Asamblea General antes de las adjudicaciones y se reflejarán en el Proyecto de Reparcelación las concretas adjudicaciones en metálico que se produzcan.

4 En todo caso, se procurará que la atribución de compensaciones en metálico sea proporcionada y equivalente entre todos los miembros de la Junta, para lo que se evitarán adjudicaciones en terrenos que obliguen a posteriores indemnizaciones sustitutorias en dinero a otros miembros

5 A los efectos anteriores, cuando se reduzcan los terrenos adjudicables, por enajenación directa de ellos por la Junta o por su atribución a empresa urbanizadora, el derecho de los miembros de la Junta se transformará parcialmente en derecho a una compen-sación de dinero, que supondrá una reducción porcentual en la adjudicación «in natura», determinada por la proporción que exista entre el valor de los terrenos enajenados y el total

BASE 27

Momento de edificación de los terrenos1 No podrá construirse sobre los terrenos adjudicados hasta que los mismos tengan la condición legal de solares, y haya

adquirido firmeza en vía administrativa el acto de aprobación del Proyecto de Reparcelación.2 No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los propietarios de terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución podrán

solicitar licencia de edificación y construir, si se obtiene ésta, antes de que adquirieran la condición de solar, siempre que concurran los siguientes requisitos:

a) Que hubiese ganado firmeza, en vía administrativa, el acto de aprobación del Proyecto de Reparcelación.b) Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.c) Que por el estado de realización de las obras de urbanización, el Excmo Ayuntamiento considere previsible que a la ter-

minación de la edificación la parcela de que se trate contará con todos los servicios necesarios para tener la condición de solar.d) Que en el escrito de solicitud de licencia se comprometa a no utilizar la construcción hasta tanto no esté concluida la obra

de urbanización y a establecer tal condición en las cesiones de derecho de propiedad o de uso que se lleven a efecto para todo o parte del edificio.

e) Que se preste caución en cantidad suficiente para asegurar la ejecución de la urbanización.3. En el caso de que convenga a los intereses de la Junta la edificación de algún terreno por cuenta de la misma y aunque ello

no esté previsto en los Estatutos, podrá acordarse así en Asamblea General, como modificación o adición estatutaria, tramitada como tal.4. No se permitirá la ocupación de los edificios hasta que no esté recibida la urbanización y se encuentren en condiciones de

funcionamiento los suministros de agua y energía eléctrica y las redes de alcantarillado

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 71

BASE 28

Conservación de la urbanización hasta su entrega al Ayuntamiento1 Hasta tanto se produzca la recepción de los terrenos y servicios por el Ayuntamiento, la conservación de la urbanización

corre a cargo de la Junta de Compensación, estándose al criterio de proporcionalidad general entre los miembros de la misma, aplicable a la distribución de beneficios y cargas, para el pago de cuotas de conservación.

2 En cuanto a los adquirentes de terrenos por cualquier título, las cuotas a satisfacer, en relación con las totales, vendrán determinadas por la proporción que guarda el valor de los terrenos respecto al total de las fincas resultantes y serán siempre a cargo de cada uno de los adquirentes, sin posibilidad de pacto en contrario con la Junta de Compensación, como excepción al principio general establecido en el número 3 de la Base 13ª.

BASE 29

Transmisión al Ayuntamiento de terrenos y servicios1. El acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación producirá la transmisión al Ayuntamiento de los terre-

nos que han de ser objeto de cesión gratuita para su afectación a los usos previstos en el Plan 2 La cesión de las obras de urbanización e instalaciones cuya ejecución estuviere prevista, se producirá en favor de la Admi-

nistración actuante antes de tres meses desde su recepción definitiva por la Junta.3W-2261-P

————

DOS HERMANAS

Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde–Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta ciudad Hace saber: Que no siendo posible efectuar la notificación de las liquidaciones tributarias, por causas no imputables a este

Ayuntamiento, a los obligados al pago o sus representantes, que se relacionan, en al menos dos ocasiones en el domicilio fiscal, o ser los mismos desconocidos en dicho domicilio, se cita a los obligados al pago o sus representantes para ser notificados por comparecencia mediante el presente anuncio (Artículo 112 1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria)

El plazo para comparecer será de quince (15) días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado (Artículo 112 2 LGT)

Aun cuando se le tenga por notificado por este procedimiento, le asiste a los interesados el derecho a comparecer en cualquier momento del procedimiento (Artículo 112 3 LGT)

Dado el carácter de notificación que puede adquirir el presente edicto se le informe en los siguientes apartados de las obligacio-nes y derechos en materia tributaria que le asisten

Lugar y forma de pago:1 En efectivo en la Recaudación Municipal, sita en plaza de la Constitución número 1, Bj 2 Por giro postal o cheque bancario o conformado a favor del Excmo Ayuntamiento de Dos Hermanas, y remitido a la Teso-

rería Municipal (Recaudación Voluntaria) En todos los supuestos de pago, que no sea en metálico, habrá de expresarse clara e inexcusablemente el número de liquidación,

concepto y deudor Plazos de pago en período voluntario:Según lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria:a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde de notificación, hasta el día 20 del

mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde de notificación, hasta el día 5

del segundo mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente El vencimiento de ingreso en período voluntario, sin haber satisfecho la deuda, significará el inicio del período ejecutivo que

determinará la exigencia de los intereses de demora y los recargos del período ejecutivo en los términos del artículos 26 y 28 de la LGT y, en su caso las costas del procedimiento (Artículo 161 de la Ley General Tributaria y 68 y siguientes del Reglamento General de Recaudación)

Recursos:Contra esta liquidación cabe interponer recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un (1) mes a partir de la fecha de la

notificación, que debe entenderse desestimada una vez transcurrido otro mes desde su interposición, si no se dictase resolución expresa (Artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales)

Contra la resolución del recurso de reposición puede interponerse directamente recurso contencioso–administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso–Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos (2) meses a partir del día siguiente al de la notificación o en el plazo de seis (6) meses a partir de la fecha en que se entienda desestimado el recurso de reposición (Artículo 8 1 b y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa)

También podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente (Artículo 58 2 de la Ley 30/1992 en su redacción por Ley 4/1999, de 13 de enero)

No suspensión del procedimiento:Los plazos se computaran tomando como base la fecha de notificación advirtiéndole que la interposición de cualquier recurso

no suspenderá por si misma la inmediata ejecución del acto impugnado, a menos que se solicita la suspensión de la ejecución, acompa-ñando garantía que cubra el total de la deuda tributaria, más el 25% de esta

En Dos Hermanas a 27 de enero de 2014 —El Alcalde, P D El Tte Alcalde Delegado de Hacienda y Obras, Francisco Rodrí-guez García

P D Se adjunta relación nominal de sujetos pasivos

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72 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Relación: BOP1401I Tipo de ingreso Tasa por entrada de vehículos Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1548891 02710-009- R CASTAÑO 028546120S UB MONTELIRIO, 6G DOS HERMANAS 05/07/2013 29,00 1570150 00982-003-S1-63- CENTRO NAZARENO B91044149 PL CONSTITUCION, 9 DOS HERMANAS 30/08/2013 57,00 1548290 02415-049-S1-18- P GARCIA 075324363F CL FELIPE II, Bl 4 Bajo D DOS HERMANAS 18/06/2013 29,00 1546741 02320-007- GESTORA B91759779 CL LARAÑA, 10 2º SEVILLA 05/06/2013 15,00 1546751 02370-010- A GUTIERREZ 028287316F CL REAL UTRERA, 10 DOS HERMANAS 05/06/2013 29,00 1570066 02320-007- INVERSIONES LOPEZ B91501494 AV RAMON Y CAJAL, 20 DOS HERMANAS 30/08/2013 14,00 1549413 03120-022- J MARTINEZ 052288170Q CL VELAZQUEZ, 22 DOS HERMANAS 05/07/2013 29,00 1569232 00445-006- J PALACIOS 031552511F CL BREDA, 6 DOS HERMANAS 12/07/2013 15,00 1543901 02610-009- J PASTOR 028149749A CL SAN RAFAEL, 9 DOS HERMANAS 30/04/2013 14,00 1569357 01467-011- A RUIZ 053617885D CL JUAN DIAZ DE SOLIS, 11 DOS HERMANAS 12/07/2013 15,00 1547119 02400-01B-S1-09- A RUIZ 075277329P CL MARBELLA, 4 DOS HERMANAS 05/06/2013 15,00 1546729 02073-003- J SOBRINO 028718893N CL OPORTO, 3 DOS HERMANAS 05/06/2013 29,00 Tipo de ingreso Licencias de ,obras (ICIO y TLU) Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1573113 120795 CANVE, S C J90017765 AV ESPAÑA, DE, 115 Local DOS HERMANAS 16/09/2013 10,72 1545262 130118 R LOPEZ 028423617X CL CASTILLO DE CALATRAVA, 4 DOS HERMANAS 16/05/2013 37,00 Tipo de ingreso Imp sobre incremento valor terrenos Nat urbana Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1543641 32114 M ALONSO 028725802K PL ITALIA, 1 5º D DOS HERMANAS 30/04/2013 2 883,70 1546560 83342 E ANDRADE 048964791E AV JOSELITO EL GALLO, 8 DOS HERMANAS 05/06/2013 1 649,68 1538336 77986 A ARJONA 052286905Q AV ESPAÑA, DE, 57 OFICINA 39 DOS HERMANAS 18/03/2013 51,95 1538338 77988 A ARJONA 052286905Q AV ESPAÑA, DE, 57 OFICINA 39 DOS HERMANAS 18/03/2013 51,95 1549007 56607 S BELLIDO 052237044L CL GONZALO NAZARENO, 10 DOS HERMANAS 05/07/2013 3 861,63 1570376 50490 M CASTILLERO 028879278H PL PARMA, 17 2º C DOS HERMANAS 30/08/2013 2 260,57 1450350 04565 CONSTRUCCIONES B41801895 CL MANUEL DE FALLA, 3 DOS HERMANAS 18/02/2013 37 152,57 1438795 07737 M CORDERO 028187360D CL GOMEZ RIVAS, 10 DOS HERMANAS 01/10/2012 706,63 1438793 07737 M CORDERO 028187360D CL GOMEZ RIVAS, 10 DOS HERMANAS 01/10/2012 883,29 1537671 09636 R DIAZ 052231013Z CL REPOSO, 33 DOS HERMANAS 18/03/2013 286,58 1537672 09636 R DIAZ 052231013Z CL REPOSO, 33 DOS HERMANAS 18/03/2013 17,20 1449605 84085 M DOMINGUEZ 049033709D PL BLAS INFANTE, 8 DOS HERMANAS 18/02/2013 1 108,16 1576386 11223 G FLORES 027823082M CL RUIZ GIJON, 7 4º C DOS HERMANAS 30/09/2013 116,85 1570439 02693 R GARCIA 052230194T CL TESORILLO, 6 2º B DOS HERMANAS 30/08/2013 312,28 1570441 02693 R GARCIA 052230194T CL TESORILLO, 6 Esc 01 2º B DOS HERMANAS 30/08/2013 19,27 1570442 02693 R GARCIA 052230194T CL TESORILLO, 6 Esc 01 2º B DOS HERMANAS 30/08/2013 60,22 1545929 19404 F GONZALEZ 027310977H CL FRESNO DOS HERMANAS 30/08/2013 4 508,10 1573702 25278 E GUTIERREZ 052287876K AV PRENSA, DE LA, 3 PG I C A SEVILLA 16/09/2013 6 528,28 1436658 45196 HORNO EL B91079657 CL PICHINCHA, 1 DOS HERMANAS 18/02/2013 2 564,99 1282630 10591 INMOBILIARIA SANTA B41013970 CL REAL UTRERA, 32 DOS HERMANAS 16/02/2012 8 900,43 1546590 03258 INVERSIONES B91285767 CL FRAY BARTOLOME DE LAS DOS HERMANAS 05/06/2013 887,32 1546591 87214 INVERSIONES B91285767 CL FRAY BARTOLOME DE LAS DOS HERMANAS 05/06/2013 63,60 1546592 87222 INVERSIONES B91285767 CL FRAY BARTOLOME DE LAS DOS HERMANAS 05/06/2013 63,60 1544735 27150 A JURADO 029908641Q CL MANUEL AZAÑA, 31 DOS HERMANAS 16/05/2013 1 275,21 1450403 78726 A LOPEZ 052661932M CL CURTIDORES, 18 DOS HERMANAS 18/02/2013 2 719,84 1570375 50490 J MONGE 028699604C PL PARMA, 17 2º C DOS HERMANAS 30/08/2013 2 260,57 1548718 89845 MONTELOR DOS MIL B91271023 PJ MASCARENA, 12 DOS HERMANAS 05/07/2013 1 872,07 1442393 39979 A MORALES 028380984L CL HERNAN CORTES, 34 DOS HERMANAS 18/02/2013 6 383,54 1543617 05263 M PACHON 030191666A CL PARQUE GIRALDA, 7 1º C DOS HERMANAS 30/04/2013 4 978,82 1449792 02133 A PARRA 048964156P CL BATALLA DE LEPANTO, 1 1º D DOS HERMANAS 18/02/2013 1 058,12 1538228 89896 A SANCHEZ 052662460G CL MELLIZA, 7 DOS HERMANAS 18/03/2013 857,33 1450543 26238 J VAZQUEZ 001484781Q CL MANUEL FALCONDE, 2 Esc 01 SEVILLA 18/02/2013 56,98 1537251 59355 E VIDAL 052287585Y CL CASTILLO DE LA MOTA, 2 DOS HERMANAS 04/03/2013 3 323,11 Tipo de ingreso Impuesto vehículos tracción mecánica Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1536781 SE6589BU M ACOSTA 028508617W CL VIRGEN DE CONSOLACION, 3 DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1536584 SE5898DS AIRMIC SERVICE, B41856469 CL HIEDRA, 30 DOS HERMANAS 04/03/2013 17,03 1536881 8949BGN I ALGABA 028868540K PL ROMA, 10 8º C DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1536876 SE8104DG J AREVALO 052221175C CL ATAHUALPA, 37 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536854 SE3160CY J ARILLO 028546345X CL CORDOBA, 24 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1569447 SE7357DL J AVILA 028892875E CL CARABELA LA PINTA, 16 DOS HERMANAS 30/08/2013 115,80 1536564 SE4243BT V BEJARANO 028517681G CL BOLONIA, 13 2º A DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1536565 SE5524CU N BEJARANO 048816841P CL BOLONIA, 13 2º A DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536594 SE6373CU R BENITEZ 028709667D CL VENECIA, 6 2º C DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536839 SE7476CX G BIANCHI X4384422R CL RUIZ GIJON, 13 2º D DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1549589 6529DYY I BILBAO 048962932A CL GRAZALEMA, 7 DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1536801 GC1595BP I BLANARU 000232149X CL REAL UTRERA, 166A DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1536631 2275BNX J BUSA X8397408Q AV EUROPA, 12 1º B DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1537123 MA6415BN A CARDENAS 048816499B DS PARCELACIÓN CASQUERO A, 33 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536558 SE0827DU J CARMONA 028513839A CL CASILLA DE LA DEHESA, 52 DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1568929 6907DFC L CHICAIZA X3786509L CL CESAR AUGUSTO, 10 3º B DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1536859 SE3915CU F CLAVERO 048962008E UB RESIDENCIAL ANDROMEDA, 43 DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1548866 2652CSH COVECAS 2010, S L B91831511 AV MENENDEZ Y PELAYO, 1 1º C SEVILLA 30/08/2013 115,80 1548897 3136GPB D H COURIER, S L B41768573 CL LUCIO MANILIO, Local 8, PI DOS HERMANAS 30/08/2013 68,10 1548845 0950GGV D H COURIER, S L B41768573 PL BRUSELAS, 1 Bajo 03 DOS HERMANAS 30/08/2013 68,10 1570098 SE4074DN S DO X9111266T PL ESPAÑA, 2 2º A DOS HERMANAS 30/08/2013 115,80 1536860 7984FWC F DOMENE 074216286R UB RESIDENCIAL ALDEBARAN, 44 DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536846 0083BKN D DURAN 048880223W CL PINO, 4 2º A DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536976 SE0720DM J ESCRIBANO 052234279Z CL SANTO DOMINGO, 7 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536820 SE4910AY D FALCON 048957599Y CL MEÑACA, 1 Esc 02 3º B DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1573162 9148GBB M FERNANDEZ 049032540J CL RONDA, 151 DOS HERMANAS 16/09/2013 115,80 1569856 5180BDD A FERNANDEZ 028904893B AV PIRRALOS, LOS, 116 1º C DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1536644 C4518BMR G FINAZZI X0843591C AV JUSTO PADILLA, 4 SEVILLA 04/03/2013 3,55 1548855 1930DZV G RIOS EQUIPOS DE B41292483 PG ISLA, LA, C/RIO VIEJO, 6 DOS HERMANAS 30/08/2013 68,10 1536570 SE3502CS R GARCIA 028896111S PL PARMA, 9 1º D DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 73

Tipo de ingreso Impuesto vehículos tracción mecánica Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe 1536823 H 1148 V R GARCIA 049029683P CL MANZANILLA, 36 DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1569376 SE4971CT B GARZON 028762472Y AV PINOS, LOS, 16 3º C DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1536676 9750CBW C GAVRILA X8916624F CL ROSA, 3 1º C DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536603 6714BFG R GONZALEZ X5059841W CL SECTOR TRIANGULO, 11 9º A DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536744 SE4214DM ILIENICOLAEN ILIE Y0490558M AV SEVILLA, 35 2º C DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1536895 7684CCK INSTALACIONES B41767179 CL MONTSERRAT CABALLE, 30 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536845 SE8317DK J JIMENEZ 028726666B CL ACEBO, 2 Esc 01 3º D DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536630 8487DCF R JIMENEZ 028601953G CL ESPARRAGUERA, 4 DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1536779 SE2758DW J JUNQUERA 053282650E CL ALOCACIA, 17 ALMENSILLA 04/03/2013 28,95 1536559 SE2839DW M LEBRON 048957698J CL CASILLA DE LA DEHESA, 52 DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536974 SE2213CH Y LONDOÑO X7303397T CL BOTICA, 55 7º 1B DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1536825 4158BGC F LOPEZ 075323722X CL TORRE DE DOÑA MARIA, 10 2º DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536865 SE8717CF A LOPEZ 028862940X CL TESORILLO, 3 1º D DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1548813 0042GPG F LOPEZ 048963757T CL REAL UTRERA, 81 2º B DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1570061 M 6843VD A LOPEZ 052236682W AV TRIUNFO, 18 DOS HERMANAS 30/08/2013 134,10 1548842 0762DXS M LOPEZ 052232516E DS VIÑA GRANDE, 20D DOS HERMANAS 30/08/2013 68,10 1536623 SE3321CS R MALOCEVICH X8751311H AV ENRIQUEZ DE RIBERA, 55 3º A DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1570101 SE4878DB D MARQUEZ 027850130M CL FRANCESA, LA, 54 DOS HERMANAS 30/08/2013 115,80 1537098 SE7470CW J MARQUEZ 048882122S CL SANTA ELVIRA, 7 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1573176 SE9225DV K MARTINEZ 000472624C CL MONTEPERDIDO, 104 DOS HERMANAS 16/09/2013 54,90 1536639 SE4679BV F MEJIAS 048884846W CL VIÑA, LA, 2 2º D DOS HERMANAS 04/03/2013 67,05 1536850 8988BXY R MERINO 048881099G AV ESPAÑA, DE, 201 Esc 05 2º DC DOS HERMANAS 04/03/2013 27,45 1548898 3038CPY P MONTERO 028301683E CL DUQUESA DE TALAVERA, 69 C ALCALA DE 30/08/2013 41,18 1549380 3598GLF S MORALES 027345125B CL CHIPIONA, 1 DOS HERMANAS 30/08/2013 12,20 1536866 C3161BMN J MORAN 052231692A CL TESORILLO, 6 Bajo B DOS HERMANAS 04/03/2013 3,55 1569375 SE4736DJ M MORON 028491591L AV ENRIQUEZ DE RIBERA, 55 DOS HERMANAS 30/08/2013 12,20 1548865 2623BRM J MOVILLA 028879895Z CL VASCO NUÑEZ DE BALBOA, 59 DOS HERMANAS 30/08/2013 115,80 1536758 C5076BDW D NARANJO 031690558P UR LA ROTONDA, 1 1º C JEREZ DE LA 04/03/2013 3,55 1536837 0950FTP R OUAHDANI X6763882L CL BERRUGUETE, 11 3º B DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1549564 5262GJS M PEREZ 074928459W CL ANTONIA DIAZ, 19 1º B DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1536783 SE8965CK O PORRAS 030254903J CL LUIS ORTIZ MUÑOZ, 12 2º C SEVILLA 04/03/2013 34,05 1536858 SE0845CM PUERTAS CRE 21, B91591255 UB RESIDENCIAL ANDROMEDA, 21 DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1549378 3422DSH J REDAÑO 028537846K DS VIÑA GRANDE, 54B DOS HERMANAS 30/08/2013 224,00 1536629 5966DBP A RIVAROLA X9176639F AV ENRIQUEZ DE RIBERA, 57 1º D DOS HERMANAS 04/03/2013 67,05 1536887 SE2580CK J RODRIGUEZ 028732309L AV SAN JOSE DE CALASANZ, 13 7º DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1536545 SE7581CY F RODRIGUEZ X4863457S CL COLISEO, 2 3º C DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1537111 SE8619DD J ROMERO 049128495N CL SAN HERMENEGILDO, 25 1ºH DOS HERMANAS 04/03/2013 13,73 1568954 7970GPK J RONCERO 053276101M DS CASQUERO, 6 DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1569049 8742GCH V SANCHEZ 044968759X PJ DESFILADERO DE LOS DOS HERMANAS 30/08/2013 54,90 1569099 C2969BHR S SANCHEZ 027380661N CL CALLE ANCHA, 67 2º I PUNTA UMBRIA 30/08/2013 7,10 1536853 M 0076UK N SILVA 028666607M CL ESTORNINO, 3 DOS HERMANAS 04/03/2013 57,90 1536651 MA5263AN TRAEXCONS, S L B91003988 CL VIOLETA, 2 Local A DOS HERMANAS 04/03/2013 67,05 1536557 3514DFL TRANSPORTES B91777169 CL CERRO DEL MONTE, 41 DOS HERMANAS 04/03/2013 67,05 1536844 1961BFS T VARGAS 014316827V CL JUAN JOSE RUIZ MONGE, 7 DOS HERMANAS 04/03/2013 28,95 1536970 2911BNX F VILLALON 053271632K CL PERIODISTA JOSE MARIA DOS HERMANAS 04/03/2013 17,03 Tipo de ingreso Ocupación terrenos Merc , M Const , reservas, otros Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1548687 130008 R CARDONA 028403527E CL LOPE DE VEGA, 83 DOS HERMANAS 05/07/2013 52,50 1548694 130008 R CARDONA 028403527E CL LOPE DE VEGA, 83 DOS HERMANAS 05/07/2013 97,50 1546432 130008 R CARDONA 028403527E CL LOPE DE VEGA, 83 DOS HERMANAS 05/06/2013 157,50 1546429 130008 R CARDONA 028403527E CL LOPE DE VEGA, 83 DOS HERMANAS 05/06/2013 216,00 1546430 130008 R CARDONA 028403527E CL LOPE DE VEGA, 83 DOS HERMANAS 05/06/2013 652,50 1572034 130165 DESARROLLOS B91592345 AV ESPAÑA, DE, 57 1º 30 DOS HERMANAS 30/08/2013 598,69 1548737 130165 DESARROLLOS B91592345 AV ESPAÑA, DE, 57 1º 30 DOS HERMANAS 05/07/2013 1 950,56 Tipo de ingreso Tasa por recogida de basuras Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1540280 20130003 J ARJONA 028303825W CL BEMBEZAR, 2 DOS HERMANAS 16/04/2013 63,13 1571682 20000875 ARMENDARIZ A41018805 CT SEVILLA UTRERA, Km 2,5 DOS HERMANAS 30/08/2013 3 810,92 1546847 20130014 M LEON 052233379B CL DOCTOR ORAD DE LA TORRE, DOS HERMANAS 05/06/2013 491,74 1547412 20120022 URBANIZACION E41531336 SC AP-55 PAGO DE BUENAVISTA, DOS HERMANAS 18/06/2013 117,80 1571680 20000875 VARGAS RAMIREZ B41677857 CT SEVILLA UTRERA, Km 2,5 DOS HERMANAS 30/08/2013 539,42 Tipo de Ingreso OTUP con mesas, sillas, toldos y otros elementos Recibo Referencia Contribuyente DNI/NIF Dirección fiscal Municipio Fec.Apro Importe

1316039 2008/2987 A SERRA 021304808T CL SANTUARIO DE LA CABEZA, 126 SEVILLA 20/01/2012 82,50

8W-1397————

FUENTES DE ANDALUCÍA

En virtud de lo dispuesto en el art 59 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, desconociéndose los interesados, herederos de doña Ana Pérez Navarro, con DNI núm. 27.701.603N, a efectos de notificación de lo acordado en el Expediente de Ejecución Subsidiaria núm. 01/2011, mediante Decreto de Alcaldía núm 228/2013, de 26 de noviembre de 2013, se publica la presente:

Expediente: Ejecución Subsidiaria núm 01/2011 Instruido a: Herederos de doña Ana Pérez Navarro (DNI núm 27 701 603N) En el expediente de referencia, por Decreto de Alcaldía núm 228/2013, de fecha 26 de noviembre, se ha acordado lo siguiente:Decreto de Alcaldía núm 228/2013Ejecutadas las obras de demolición completa del inmueble, previamente declarado en estado de ruina inminente, sito en calle

San Francisco núm 78 de esta localidad, propiedad de la difunta doña Ana Pérez Navarro, con DNI núm 27 701 603N, ordenadas por Decreto de esta Alcaldía núm 123/2011 de 15 de junio de 2011

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74 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Vista la factura núm 1 de fecha 11 de octubre de 2 011 emitida por la empresa Sebastián González Mendoza (14 615 896-V), así como la transferencia de pago efectuada por este Ayuntamiento con fecha 13 de enero de 2 012, en los que constan los gastos gene-rados en concepto de demolición que ascienden a la cantidad de 1 999,98 euros (IVA incluido)

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artí-culo 21 1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelvo:

Primero —Requerir el pago de la cuantía de mil novecientos noventa y nueve euros con noventa y ocho céntimos (1 999,98 - €) a los herederos de doña Ana Pérez Navarro, con DNI núm 27 701 603N, como responsables del inmueble sito en c/ San Francisco núm 78 de esta localidad, en concepto de gastos generados por la demolición completa de la citada vivienda, tras haberse declarado en estado de ruina inminente

Segundo.—Notificar la presente Resolución a los interesados, desconociéndose los mismos, mediante edicto a publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía, localidad donde consta el bien y residió su última propietaria, y en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, a los efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, don Miguel Fernández León, en Fuentes de Andalucía a 26 de noviembre de 2013; de lo que, don Eligio García Jódar, como Secretario accidental, doy fe —El Alcalde —Ante mí, el Secretario —Firmas ilegibles

RecursosLo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos consiguientes, debiendo significarle que, contra el presente acuerdo, que

es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992 Igualmente podrá interponer recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las causas establecidas en el art. 118 de la misma norma, ante el mismo órgano que dictó el acto, aún cuando éste sea firme en vía administrativa.

Si optara por no recurrir en la vía administrativa, podrá acudir a la vía jurisdiccional, interponiendo el recurso Contencioso-Ad-ministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, conforme a lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente Pago de la cuantía1.- La cuantía requerida tiene carácter definitivo, y deberá hacerse efectiva en periodo voluntario, en la Tesorería del Ayunta-

miento, calle General Armero núm. 51 de Fuentes de Andalucía, presentando esta notificación, y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con los artículos 60 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, según los siguientes plazos:

- Las notificaciones practicadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior

- Las notificaciones practicadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior

2.- También podrá hacerse efectiva mediante giro telegráfico a nombre del Ayuntamiento-Tesorería, calle General Armero núm. 51, de Fuentes de Andalucía, haciendo constar el nombre del sujeto pasivo

3 - Terminados los plazos citados sin haber hecho efectivo el importe de la cuota, se procederá al cobro de la misma en vía de apremio, más el recargo de hasta el 20% sobre el citado importe y los costos que se devenguen, en los términos y condiciones estable-cidos en los artículos 26,28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (O P A E F )

En Fuentes de Andalucía a 26 de noviembre de 2013 —El Alcalde-Presidente, Miguel Fernández León 253W-16572

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OLIVARES

Don Isidoro Ramos García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Olivares Hace saber: Que el Pleno del Ayuntamiento de Olivares, celebrado en sesión ordinaria el día 30 de enero de 2014, adoptó el

siguiente acuerdo:«Punto segundo: Aprobación de la adenda al convenio de gestión urbanística de la unidad de ejecución UR-10 Por la Sra Concejala, doña Carmen Mateos Pérez se da lectura a la siguiente propuesta:La presente adenda tiene como objetivo el facilitar el cumplimiento de las obligaciones de la promotora de la UR-10 con este

Ayuntamiento, en los términos en que se explicaron en la Comisión Informativa. Con la firma de esta adenda el Ayuntamiento verá anticipada el desarrollo de una obra que beneficiará a esa zona del pueblo.

Dado que en sesión plenaria del Excmo Ayuntamiento de Olivares de 27 de octubre de 2011 fue aprobada la propuesta de Convenio Urbanístico de Gestión de la Unidad de Ejecución UR-10

Teniendo en cuenta que dicho Convenio aún no ha sido suscrito por las partes por causa imputables a los propietarios de los terrenos quienes solicitan un desarrollo pormenorizado de la estipulación Cuarta del convenio consistente en la «Participación de la Unidad de Ejecución en los costes de los Sistemas Generales»

El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad de los miembros presentes, que constituyen la mayoría absoluta del número legal de miembros que lo forman, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero — Suscribir la adenda al Convenio Urbanístico de Gestión Unidad de Ejecución UR-10 Segundo — Dar traslado del presente acuerdo a los interesados y publicar el contenido del presente Convenio en el «Boletín

Oficial» de la provincia por un plazo de un mes.Adenda al Convenio Urbanístico de Gestión de la Unidad de Ejecución UR-10 En Olivares a 24 de enero de 2014

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 75

Reunidos:De una parte, el Ilmo Sr don Isidoro Ramos García, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de Olivares (Sevilla), excep-

tuando de reseñar sus datos personales por razón de su cargo, con la asistencia del Sr don Juan José Rodríguez Sánchez, en su calidad de Secretario General de la Corporación

Y de otra, don Francisco Javier Herrán López, mayor de edad, con N.I.F: 14.883.451-J y domicilio a efecto de notificaciones en la calle Manuel Altolaguirre n ° 4 de la localidad sevillana de Valencina de la Concepción, en calidad de Administrador de la Entidad «Nuevo Olivares, Promotores»

Las partes intervinientes en el presente Acto se reconocen la mutua y necesaria capacidad para la formalización del presente Convenio con arreglo a los siguientes y particulares

Antecedentes:Primero: Que en sesión plenaria del Excmo Ayuntamiento de Olivares de 27 de octubre de 2011 fue aprobada la propuesta de

Convenio Urbanístico de Gestión de la Unidad de Ejecución UR-10 Segundo: Que dicho Convenio aún no ha sido suscrito por las partes por causa imputables a los propietarios de los terrenos

quienes solicitan un desarrollo pormenorizado de la estipulación Cuarta del convenio consistente en la «Participación de la Unidad de Ejecución en los costes de los Sistemas Generales»

Tercero: Que en base a la solicitud de los propietarios este Ayuntamiento tiene a bien acordar la gestión de parte de las obras correspondientes a los sistemas generales por parte de los propietarios

Todas las partes se reconocen recíprocamente capacidad jurídica suficiente para contratar, y, en consideración a todo lo expues-to, formalizan el presente Convenio Urbanístico con arreglo a las siguientes

Estipulaciones:Primera — Concreción de la Participación de la Unidad de Ejecución en los costes de los Sistemas Generales Considerando lo establecido en la estipulación cuarta del Convenio que se adenda y cuyo tenor literal es el siguiente: «Se

cuantifica la participación de los costes de los sistemas generales para la Unidad de Ejecución UR- 10 en 110.586,17 euros que serán abonados al Ayuntamiento de Olivares en un plazo de un mes desde la aprobación definitiva del proyecto de urbanización, abono que condicionará el inicio de las obras de urbanización», las partes acuerdan desarrollar los términos expuestos del siguiente modo:

• Encomendar la ejecución del encauzamiento del arroyo que delimita la Unidad de Actuación donde confluyen las aguas plu-viales de la misma a los propietarios. Dicha obra se cuantifica en un coste de 50.000 euros (cincuenta mil euros) que serán considerados parte de los costes de Sistemas Generales de la unidad cuya cuantía total asciende a 110 179,65 euros (ciento diez mil ciento setenta y nueve euros con sesenta y cinco céntimos); resultando: (60 179,65 euros)

• Proceder al abono de la cantidad económica remanente correspondiente a los Sistemas Generales en los siguientes términos y vencimientos:

• Primer pago: Abono de 1/3 parte del coste dentro de los treinta días naturales siguientes a la aprobación definitiva del proyecto de urbanización: 20 060,00 euros

• Segundo pago: Abono de 1/3 parte del coste, dentro del mes de julio de 2014: 20.060,00 euros.• Tercer pago: Abono de 1/3 parte del coste dentro del mes de diciembre de 2014: 20.059,65 euros.Conforme a lo estipulado en los párrafos anteriores y a modo de cláusula de cierre se establece igualmente que el abono total

del coste de los Sistemas Generales habrá de ser satisfecho con carácter previo a la recepción provisional de la urbanización En Olivares a 30 de enero de 2014 Por el Excmo Ayuntamiento Isidoro Ramos García, «Nuevo Olivares, Promotores» Francico Herrán López Ante mí, el Secretario General, Juan José Rodríguez Sánchez »Publíquese el presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia por el período de un mes.Olivares a 5 de febrero de 2014 —El Alcalde, Isidoro Ramos García

6W-1468-P————

TOMARES

Don José Luis Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que por acuerdo de este Ayuntamiento, la Delegada de Sostenibilidad, Movilidad y Vivienda, según la competencia

efectuada mediante Decreto de alcaldía de fecha 20 de junio de 2011, con fecha 17 de febrero de 2014, ha aprobado mediante Reso-lución núm. 141/2014 la Convocatoria de las pruebas para obtener el Certificado Municipal de Aptitud para conducir Auto-Taxis en el municipio de Tomares, así como las Bases que han de regir las mismas, conforme al siguiente tenor, bases:

BASE primErA

Objeto de la convocatoria y régimen jurídico.

1.- Es objeto de la presente convocatoria el acceso a la prueba de aptitud para obtener el Certificado Municipal de Aptitud para conducir Auto-Taxis en el municipio de Tomares

2 - El régimen jurídico aplicable será el previsto en la Ordenanza reguladora del servicio de transporte urbano e interurbano de viajeros en automóviles ligeros (auto-taxis) en el municipio de Tomares, en la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los transportes urbanos y metropolitanos de viajeros de Andalucía, en el Decreto andaluz 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público de viajeros y viajeras en automóviles de turismo y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Procedimiento administrativo común y régimen jurídico de las administraciones públicas

3 - Las restantes publicaciones se realizarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tomares, sito en la calle La Fuente, s/n, de Tomares, C P 41940 (Sevilla) y en la página web municipal www tomares es

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76 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

BASE SEGundA

Requisitos de los aspirantes.

1.- Las personas físicas que deseen obtener el certificado de aptitud para ejercer la actividad de conductor -bien como titulares, bien como asalariadas o autónomas colaboradoras- de vehículos auto-taxi en Tomares deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad para la jubilación b) Estar en posesión del título de Eso, Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Formación Profesional primer grado o equiva-

lente c) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o superior y de la autorización BTP d) Carecer de antecedentes penales e) No padecer enfermedad o impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de

conductor de taxi 2 - Estos requisitos deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes No obstante, la acreditación de los requisi-

tos mencionados en los apartados b), c), d) y e) anteriores deberá hacerse antes de la expedición del Certificado municipal de aptitud. 3 - Los interesados deberán, además, abonar las tasas pertinentes, en el momento procedimental que se concreta en las presentes

Bases BASE tErcErA

Solicitudes y documentación

1.- Las convocatorias de las pruebas de aptitud para obtener el referido certificado de aptitud para el ejercicio profesional de conductor de vehículos auto-taxi en el municipio de Tomares, se realizaran durante el año por resolución de la Alcaldía o de la Delega-ción Municipal que tenga asignada la competencia en esta materia

2.- Quienes deseen participar en la convocatoria que se realice deberán solicitarlo en el modelo que figura en el Anexo I de estas bases, el cual podrá fotocopiarse por los aspirantes, u obtenerse en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) del Ayuntamiento Las solicitudes estarán también disponibles en la página web del Ayuntamiento de Tomares, www tomares es

3 - Plazo de presentación: Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince (15) días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia, dirigidas a la Sra. Concejal Delegada de Sostenibilidad, Movili-dad y Vivienda Si el vencimiento de dicho plazo fuese sábado o inhábil se considerará prorrogado el mismo hasta el primer día hábil siguiente

4 - Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en calle La Fuente, s/n, de Tomares en horarios y días en que permanecerá abierto el registro (de lunes a jueves de 8 30 h a 14 30 h y de 16 30 a 18 30 h, viernes de 8 30 h a 14.30 horas tal como se encuentra publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla núm. 69, de 23 de marzo de 2012), o en la forma establecida en el artículo 38 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común

5.- Para mayor garantía de los participantes, las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos antes de ser certificadas.

6 - Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:a) Documento Nacional de Identidad o, en caso, el documento que haga sus veces b) Justificante de haber abonado la tasa por derechos de examen según la Ordenanza fiscal de la tasa por licencia de auto-taxis

y demás vehículos de alquiler en el municipio de Tomares, vigente (10,85 € ) El abono deberá haberse efectuado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.

A estos efectos el documento de autoliquidación de la Tasa podrán recogerlos en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Tomares, CL De La Fuente s/n

7 - Toda la documentación se presentará en original o fotocopia debidamente autenticada conforme a la legislación vigente BASE cuArtA

Admisión de aspirantes.

1 - Terminado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución aprobando las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as, con expresión de las causas de exclusión, en su caso Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayunta-miento y en la pagina web municipal www tomares es

2 - Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, los/las aspirantes dispon-drán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de publicación de la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento Los/las aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente ex-cluidos de la participación en el proceso selectivo

3 - Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior se dictará resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.tomares.es, declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos/as. Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del ejercicio o prueba de aptitud. En las listas defi-nitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por los interesados sobre la exclusión u omisión en las provisionales En dicha resolución se nombrará también al tribunal calificador. Su publicación servirá de notificación a los/las interesados.

BASE quintA

Tribunal calificador.

1.- Al tribunal calificador le corresponde el desarrollo y calificación de la prueba de aptitud.2.- El tribunal calificador estará compuesto por tres (3) miembros, funcionarios de carrera, todos ellos con voz y voto. Serán

nombrados como Presidente, Vocal y Secretario Al menos se nombrará un suplente para cada uno de ellos La totalidad de los miem-bros deberá poseer un nivel de titulación exigido a los aspirantes

3.- Los miembros del tribunal calificador están sujetos a los supuestos de abstención y recusación previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no pudiendo

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 77

ser nombrados miembros de las mismas quienes hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a este tipo de pruebas de aptitud en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria

4.- Los miembros del tribunal calificador son responsables del estricto cumplimiento de las bases y de los plazos establecidos para la realización de la prueba de aptitud y resolverán todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las presentes bases

5.- Para la válida constitución del tribunal calificador a efectos de celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos se requerirá la presencia del/la Presidente/a y Secretario/a o, en su caso, quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miem-bros, titulares o suplentes

6.- El tribunal calificador finalizará sus funciones una vez que hayan sido propuestos los/as aspirantes que hayan superado la prueba de aptitud

7.- A efectos de comunicaciones y demás incidencias el tribunal calificador tendrá su sede en el Ayuntamiento de Tomares, C/ De la Fuente s/n, 41940 Tomares, Sevilla

BASE SExtA

Prueba de aptitud o examen.

1 - La prueba de aptitud consistirá en contestar por escrito un cuestionario de veinte (20) preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de sesenta (60) minutos, y las preguntas servirán para acreditar:

a) Que conoce suficientemente el municipio, sus alrededores, paseos, situación de lugares de ocio y esparcimiento, oficinas públicas, hospitales, centros oficiales, hoteles principales, estaciones ferroviarias o de autobuses y aeropuerto, y los itinerarios más directos para llegar a los puntos de destino, así como la red de carreteras en la Comunidad Autónoma

b) Que conoce las normas que sean de aplicación al servicio de transporte público de viajeros en automóviles de turismo y las tarifas vigentes aplicables a dicho servicio

- Ordenanza reguladora del servicio de transporte urbano e interurbano de viajeros en automóviles ligeros (auto-taxis) en el municipio de Tomares

- Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de turismo, aprobado por el Decreto 35/2012, de 21 de febrero

- Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía (artículos 14, 15, 16, 17 y 18)

- Tarifas urbanas e interurbanas vigentes c) Que cumple cualesquiera otros requisitos que puedan resultar de aplicación de acuerdo con la legislación vigente que regula

la prestación del servicio - Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas

con Discapacidad (capítulo II) - Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discrimina-

ción para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad (artículo 8 y anexo VII y IX) 2 - En el día y lugar indicados para la celebración de la prueba se procederá a nombrar a los aspirantes admitidos, en un lla-

mamiento único al que deberán ir provistos del original del documento de identificación. Salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el tribunal, la no presentación de un aspirante a dicha prueba en el momento de ser llamado o la deficiente acreditación de su identidad determinarán su exclusión automática de la misma

3.- La calificación de la prueba será de apto o no apto, siendo necesarias para superarla contestar correctamente al menos diez (10) preguntas

4.- Una vez realizado el ejercicio, el tribunal calificador hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Tomares y en la página web municipal www tomares es , el listado de aspirantes aptos y no aptos Se dará un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones (si el vencimiento de dicho plazo fuese sábado o inhábil se considerará prorrogado el mismo hasta el primer día hábil siguiente). Transcurrido dicho plazo se procederá a la publicación de las listas definitivas.

BASE SéptimA

Presentación de documentación para obtener el certificado de aptitud.

1.- En el plazo de un mes contado a partir de la publicación de las listas definitivas, los aspirantes aptos tendrán que presentar la siguiente documentación (en original o copia debidamente autenticada):

a) Certificado o informe médico que acredite que el aspirante no padece enfermedad o impedimento físico o psíquico que im-posibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de conductor de taxi.

b) Título de Eso, Graduado Escolar, Bachiller elemental, Formación Profesional primer grado o equivalente c) Certificado de antecedentes penales (en caso de no haber presentado autorización al Ayuntamiento de Tomares para su so-

licitud) d) Permiso de conducir de la clase B o superior y de la autorización BTP e) Justificante del abono de la tasa por expedición del certificado municipal de aptitud para el ejercicio de la actividad de con-

ductor de auto-taxi, según la Ordenanza fiscal de la tasa por licencia de auto-taxis y demás vehículos de alquiler en el municipio de Tomares, vigente (64,43 €.). El abono deberá haberse efectuado con anterioridad a la expiración del plazo del mes a que se refiere el presente apartado, pudiéndose recoger el documento de autoliquidación en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Tomares

2 - La falta de presentación de dicha documentación en tiempo y forma, determinará que el aspirante resulte decaído de su derecho

3 - En el caso de que se hubiese aportado la documentación mencionada, se expedirá el Certificado municipal de aptitud, que incorporará como datos los siguientes: nombre y apellidos, número de DNI, así como el número de dicho certificado y la fecha de finalización de su validez. Los datos del certificado se inscribirán en el Registro de licencias, como documentación complementaria.

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BASE octAvA

Norma final.

Estas bases, las correspondientes convocatorias y cuantos actos administrativos deriven de ella y de las actuaciones del tribunal podrán ser impugnados de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, así como, en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa”

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Lo-cal; 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, contra el presente acuerdo, que tiene carácter definitivo y pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Sr Alcalde del Excmo Ayuntamiento de Tomares, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al recibo de la presente publicación. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, según sus respectivas competencias, en el plazo de seis meses, contados desde el siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto

El recurso contencioso-administrativo puede ser interpuesto directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administra-tivo, en el plazo de dos meses, contados, igualmente, a partir del siguiente al que se produzca la presente publicación

No obstante, podrá interponerse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente En Tomares a 17 de febrero de 2014 —La Concejala Delegada de Sostenibilidad, Movilidad y Vivienda, Pilar Domínguez

SerraLo que mando que se publique con sus Anexo I, en el «Boletín Oficial» de la provincia, en el tablón de anuncios del Ayunta-

miento de Tomares y en la página web municipal En Tomares a 20 de febrero de 2014 —El Alcalde-Presidente, José Luís Sanz RuízAnexo IInstanciaA la Sra Concejal Delegada del Área de Sostenibilidad Movilidad y Vivienda del Ayuntamiento de TomaresNombre y apellidos: D ..., con ..., DNI núm ..., y Domicilio: (a efectos de notificaciones) Calle ... núm. …, piso ..., planta ...,

puerta , localidad …, C P , provincia …, teléfono , en mi propio nombre y derecho (o en representación de …, como acredito mediante ):

Solicita: Ser admitido a la prueba para obtener el Certificado municipal de aptitud para el ejercicio profesional de conductor de vehículos auto taxi en el municipio de Tomares, convocada mediante acuerdo de ese Ayuntamiento de fecha

Declara:1 - Que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud 2.- Que reúne los requisitos exigidos en la Convocatoria y Bases de las pruebas para obtener el Certificado municipal de aptitud

y se compromete a su prueba documental 3.- Que con mi firma en este documento autorizo al Ayuntamiento de Tomares la petición de información sobre mis anteceden-

tes al Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia, para que por dicho Ayuntamiento y en su caso, se me pueda expedir el Certificado municipal de aptitud para el ejercicio profesional de conductor de vehículos auto taxi en el municipio de Tomares.

A la presente solicitud acompaño: (Se deberán presentar en original o fotocopia debidamente autenticada conforme a la legis-lación vigente)

a) Documento Nacional de Identidad o el documento que haga sus veces b) Justificante de haber abonado la tasa por derechos de examen según la Ordenanza fiscal de la tasa por licencia de auto-taxis

y demás vehículos de alquiler en el municipio de Tomares, vigente (10,85 € ) Quedo enterado de que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de datos de Carácter Personal,

el Ayuntamiento de Tomares me informa que mis datos pasarán a formar parte de ficheros del Ayuntamiento con domicilio en la calle La Fuente, s/n, de Tomares (Sevilla), con la finalidad de registrar, tramitar y dar respuesta, en su caso, a mi solicitud. Asimismo los datos serán mantenidos con fines históricos y estadísticos, en los casos que corresponda de acuerdo con la legislación vigente. Autorizo expresamente el tratamiento de datos de salud, ideología, origen racial, orientación sexual, religión en caso de que se consignen en la solicitud Los datos podrán ser comunicados a distintas Administraciones o entidades en caso de ser necesario para dar respuesta a mi solicitud. Podré ejercitar los derechos que me asisten de acceso, rectificación, cancelación y oposición, remitiendo una comunicación a la dirección del responsable del fichero en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), en la dirección anteriormente indicada.

En Tomares a 20 de febrero de 2014 —El Alcalde-Presidente, José Luis Sanz Ruiz 253W-2361

————

TOMARES

Don José Luís Sanz Ruiz, Alcalde-Presidente del Excmo Ayuntamiento de esta villa Hace saber: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la iniciación de los expedientes de abandono que se indican, instruidos por esta Alcaldía, contra las personas o entidades que a continuación se relacionan en el Anexo, ya que al carecer de placas de matrícula y desconocer su titular, ésta no se ha podido practicar

Los correspondientes expedientes obran en la Jefatura de la Policía Local de este Ayuntamiento, ante la cual les asiste el dere-cho de alegar por escrito lo que estimen conveniente, con aportación de la documentación que consideren oportuna, dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia de ASevilla.

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Miércoles 5 de marzo de 2014 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 79

Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular alegaciones y/o aportar documentación, se en-tenderá el vehículo abandonado, procediéndose a su enajenación por los trámites pertinentes

Expediente: 1311252049 Bastidor: Z04LY0200VS001553 Titular: Desconocido Vehículo: PIAGGIO Dirección: Desconocida En Tomares a 6 de febrero de 2014 —El Alcalde-Presidente, José Luís Sanz Ruiz

253W-2360

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS————

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA

Don José Losada Fernández, Presidente de esta Mancomunidad de Municipios

Hace saber: Que transcurrido el plazo de exposición pública para examinar y presentar reclamaciones a la aprobación inicial del Presupuesto General de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija para el ejercicio 2014, y no habiéndose presentado reclamaciones al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, se considera definitivamente aprobado, cuyo resumen por capítulos es el siguiente:

ESTADO DE GASTOS PRESUPUESTO 2014

Capítulo Denominación Euros  

I Gastos de personal 493 066,36 II Gastos en bienes corrientes y servicios 1 159 835,03 III Gastos financieros 302,00 IV Transferencias corrientes 73,10 VI Inversiones reales 4 050,00 VII Transferencias de capital 0 VIII Activos financieros 0 IX Pasivos financieros 0

Total gastos 1 657 326,49

ESTADO DE INGRESOS PRESUPUESTO 2014

Capítulo Denominación Euros  

I Impuestos directos 0,00 II Impuestos indirectos 0,00 III Tasas y otros ingresos 1 201 841,96 IV Transferencias corrientes 453 783,53 V Ingresos patrimoniales 0,00 VI Enajenación de inversiones reales 0,00 VII Transferencia de capital 1 701,00 VIII Activos financieros 0,00 IX Pasivos financieros 0,00

Total ingresos 1 657 326,49

El Presupuesto, una vez publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia, entrará en vigor.

Lo que se hace público para general conocimiento En Écija a 26 de febrero de 2014 —El Presidente, José Losada Fernández

7D-2482————

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA

Don José Losada Fernández, Presidente de esta Mancomunidad de Municipios

Hace saber: Que transcurrido el plazo de exposición pública para examinar y presentar reclamaciones a la aprobación inicial de la plantilla de personal laboral y funcionario de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, a través del Presupuesto General para el año 2014, acuerdo de aprobación adoptado por la Junta de la precitada Entidad Local en sesión extraordinaria celebrada el día 22 de enero de 2014, y no habiéndose formulado observaciones ni reclamaciones al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado, en los siguientes términos:

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80 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 52 Miércoles 5 de marzo de 2014

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Plantilla personal laboral

Comp. puesto SalarioEscalas Subescalas Puestos de trabajo Retrib. básica puesto trabajo Plazas mensual bruto Antigüedad

Técnicos Superior Técnico Medio Ambiente 1 346,51 635,91 2 (Una a tiempo parcial: 60 %) 1 982,42 42,65 Orientador Laboral 1 346,51 635,91 2 1 982,42 42,65 Psicóloga 1 346,51 635,91 1 1 982,42 42,65 Asesor Jurídico 1 346,51 635,91 1 1 982,42 42,65 Técnico Contabilidad y Adm 1 346,51 635,91 1 1 982,42 42,65 Media Trabajadora Social 1 346,51 224,42 3 1 570,93 42,65 Educadora Social 1 346,51 224,42 2 1 570,93 42,65 Graduada Social 1 346,51 224,42 1 1 570,93 42,65 Informadora – Animadora 1 346,51 224,42 1 1 570,93 42,65Administrativos Superior Administrativas 1 189,45 198,24 0 1 387,69 26,31 Media Auxiliar Administrativa 1.189,45     0 1 1.189,45 26,31Subalternos

Plantilla personal funcionario

 Grupo y Subgrupo de Retribución Complemento de Complemento Importe mensualclasificación profesional Tipo de personal Puesto de trabajo Plazas básica mensual destino mensual específico mensual por trienio

   A1 FHCE Secretario – Interventor 1 1.109,05 € 968,75 € 1.381,63 € 42,65 €

En Écija a 26 de febrero de 2014 —El Presidente, José Losada Fernández 7D-2481

————MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COMARCA DE ÉCIJA

Don José Losada Fernández, Presidente de esta Mancomunidad de Municipios Hace saber: La Junta de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, en sesión ordinaria celebrada el 18 de di-

ciembre de 2012, acordó aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Marco Reguladora de los Residuos de la Construcción y Demolición, Ordenanza modificada que ha sido aprobada definitivamente y cuyo texto íntegro ha sido publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla núm 37, de fecha 14 de febrero de 2013

De conformidad con lo dispuesto en la disposición final de la precitada Ordenanza Marco, la misma entrará en vigor transcurri-dos quince días hábiles de publicarse en el «Boletín Oficial» de la provincia el anuncio por parte de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija de la puesta en marcha de la infraestructura necesaria para su cumplimiento

Que las infraestructuras adscritas al servicio público mancomunado de acopio, transferencia y tratamiento de residuos de la construcción y demolición en la Comarca de Écija concretadas, hasta la fecha, en plantas de acopio, clasificación y transferencia de los precitados residuos sitas en los términos municipales de Écija y La Luisiana, se van a poner en funcionamiento con fecha 28 de febrero de 2014, siendo de aplicación preceptiva en el ámbito territorial de los cinco municipios mancomunados (Écija, La Luisiana, Cañada Rosal, Fuentes de Andalucía y La Campana) la Ordenanza Marco de la Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Écija, Regu-ladora del Régimen Jurídico de la Producción y Gestión de los Residuos de la Construcción y Demolición a los quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Lo que se hace público a efectos de su debido conocimiento En Écija a 24 de febrero de 2014 —El Presidente, José Losada Fernández

7D-2480