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SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA" R E P U B LIC A D E L P E R U DIARIO OFICIAL Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe PODER EJECUTIVO MINCETUR R.M. Nº 315-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de fun- cionaria de PROMPERU a EE.UU., en comisión de servicios 276905 R.M. Nº 316-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de Di- rectora Nacional de Artesanía a España e Italia, en comisión de servicios 276906 R.D. Nº 398-2004-MINCETUR/VMT/DNT.- Autorizan y registran modelo de máquina tragamonedas a solicitud de empresa High Impact Design & Entertainment S.A. 276907 R.D. Nº 409-2004-MINCETUR/VMT/DNT.- Modifican la R.D. Nº 732-2003-MINCETUR/VMT/DNT, que autorizó ex- plotar juegos de casino en la Sala de Juegos del Restaurante Club Social Miraflores 276907 ECONOMÍA Y FINANZAS R.S. Nº 097-2004-EF.- Autorizan viaje de representante del ministerio a EE.UU. para participar en la Cuarta Ronda de Negociaciones para la suscripción del TLC, en el caso de Procedimientos Aduaneros 276908 R.M. Nº 485-2004-EF/43.- Autorizan contratar servicios de pu- blicidad para la publicación y distribución de encarte en diver- sos diarios, mediante adjudicación de menor cuantía 276908 R.D. Nº 044-2004-EF/76.01.- Aprueban Asignación y Previ- sión Trimestrales Mensualizadas del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2004 276909 EDUCACIÓN R.S. Nº 047-2004-ED.- Autorizan viaje de Jefa del INABEC para participar en evento de la APICE y en curso internacional sobre crédito educativo a realizarse en México 276912 R.M. Nº 0469-2004-ED.- Autorizan viaje de la Viceministra de Gestión Institucional a Brasil para que participe en el "Festi- val América del Sur" 276913 R.M. Nº 0471-2004-ED.- Declaran ilegal el paro nacional con- vocado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educa- ción del Perú - SUTEP, llevado a cabo el 22 de setiembre de 2004 276913 JUSTICIA R.M. Nº 472-2004-JUS.- Autorizan a procurador iniciar ac- ciones legales a presuntos responsables de realizar pagos inde- bidos en la Zona Registral V - Sede Trujillo 276913 Res. Nº 024-2004-JUS/CN.- Declaran improcedente recusación interpuesta contra miembro del Consejo del Nota- riado y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú 276914 Res. Nº 025-2004-JUS/CN.- Remiten antecedentes relativos a la publicación de aviso donde se mencionan dos lugares de aten- ción de Notario del distrito de Llamellín, al Colegio de Nota- rios de Ancash 276914 PRODUCE R.D. Nº 235-2004-PRODUCE/DNEPP.- Declaran infundado recurso de reconsideración interpuesto por personas naturales contra la R.D. Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP 276915 R.D. Nº 236-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican la R.D. Nº 287-2003-PRODUCE/DNEPP y autorizan a titulares de per- miso de pesca el incremento de flota para la extracción de ancho- veta y sardina para el consumo humano 276915 R.D. Nº 237-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican la R.D. Nº 049-2001-PE/DNEPP en extremo referido a denominación de matrícula de embarcación pesquera 276916 R.D. Nº 238-2004-PRODUCE/DNEPP.- Declaran improce- dente solicitud de empresa para el traslado de establecimiento industrial pesquero ubicado en el departamento de Ancash 276917 R.D. Nº 239-2004-PRODUCE/DNEPP.- Aprueban solicitud de empresa respecto del cambio de titular de permiso de pesca de embarcación para la extracción de recursos destinados al consumo humano indirecto 276917 R.D. Nº 241-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorgan a personas naturales autorización de incremento de flota para la extrac- ción de recursos hidrobiológicos destinados al consumo hu- mano indirecto y directo 276918 R.D. Nº 242-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican licencia de operación otorgada a Austral Group S.A.A. para desarrollar activi- dades de procesamiento pesquero de recursos hidrobiológicos a través de planta de harina de pescado 276919 RR.DD. Nºs. 243 y 244-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorgan permisos de pesca a empresas para operar embarcaciones pesqueras de bandera japonesa y coreana en la extracción de calamar gigante o pota 276920 RELACIONES EXTERIORES R.M. Nº 0791-2004-RE.- Designan delegación que participa- rá en reuniones de la OPS y la OMS a realizarse en EE.UU. 276922 SALUD R.M. Nº 946-2004/MINSA.- Aprueban Directiva "Procedimientos para la Implementación y uso de la herramienta informática "SUMA" en situaciones de emergencias y desastres" 276922 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO R.M. Nº 247-2004-TR.- Designan miembros del consejo con- sultivo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes - PROJOVEN 276924 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 690-2004-MTC/03.- Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con Telecable Siglo 21 S.A.A. para la presta- ción del servicio telefónico fijo local en las modalidades abo- nados y teléfonos públicos 276925

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S U M A R I O

NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

"AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA"

REPUB L ICA DEL PERU

DIARIO OFICIAL

Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe

PODER EJECUTIVO

MINCETUR

R.M. Nº 315-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de fun-cionaria de PROMPERU a EE.UU., en comisión de servicios

276905R.M. Nº 316-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de Di-rectora Nacional de Artesanía a España e Italia, en comisión deservicios 276906R.D. Nº 398-2004-MINCETUR/VMT/DNT.- Autorizan yregistran modelo de máquina tragamonedas a solicitud deempresa High Impact Design & Entertainment S.A.

276907R.D. Nº 409-2004-MINCETUR/VMT/DNT.- Modifican laR.D. Nº 732-2003-MINCETUR/VMT/DNT, que autorizó ex-plotar juegos de casino en la Sala de Juegos del RestauranteClub Social Miraflores 276907

ECONOMÍA Y FINANZAS

R.S. Nº 097-2004-EF.- Autorizan viaje de representante delministerio a EE.UU. para participar en la Cuarta Ronda deNegociaciones para la suscripción del TLC, en el caso deProcedimientos Aduaneros 276908R.M. Nº 485-2004-EF/43.- Autorizan contratar servicios de pu-blicidad para la publicación y distribución de encarte en diver-sos diarios, mediante adjudicación de menor cuantía276908R.D. Nº 044-2004-EF/76.01.- Aprueban Asignación y Previ-sión Trimestrales Mensualizadas del Cuarto Trimestre del AñoFiscal 2004 276909

EDUCACIÓN

R.S. Nº 047-2004-ED.- Autorizan viaje de Jefa del INABECpara participar en evento de la APICE y en curso internacionalsobre crédito educativo a realizarse en México 276912R.M. Nº 0469-2004-ED.- Autorizan viaje de la Viceministrade Gestión Institucional a Brasil para que participe en el "Festi-val América del Sur" 276913R.M. Nº 0471-2004-ED.- Declaran ilegal el paro nacional con-vocado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educa-ción del Perú - SUTEP, llevado a cabo el 22 de setiembre de2004 276913

JUSTICIA

R.M. Nº 472-2004-JUS.- Autorizan a procurador iniciar ac-ciones legales a presuntos responsables de realizar pagos inde-bidos en la Zona Registral V - Sede Trujillo 276913Res. Nº 024-2004-JUS/CN.- Declaran improcedenterecusación interpuesta contra miembro del Consejo del Nota-riado y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios deNotarios del Perú 276914Res. Nº 025-2004-JUS/CN.- Remiten antecedentes relativos ala publicación de aviso donde se mencionan dos lugares de aten-ción de Notario del distrito de Llamellín, al Colegio de Nota-rios de Ancash 276914

PRODUCE

R.D. Nº 235-2004-PRODUCE/DNEPP.- Declaran infundadorecurso de reconsideración interpuesto por personas naturalescontra la R.D. Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP 276915R.D. Nº 236-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican la R.D. Nº287-2003-PRODUCE/DNEPP y autorizan a titulares de per-miso de pesca el incremento de flota para la extracción de ancho-veta y sardina para el consumo humano 276915R.D. Nº 237-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican la R.D. Nº049-2001-PE/DNEPP en extremo referido a denominación dematrícula de embarcación pesquera 276916R.D. Nº 238-2004-PRODUCE/DNEPP.- Declaran improce-dente solicitud de empresa para el traslado de establecimientoindustrial pesquero ubicado en el departamento de Ancash

276917R.D. Nº 239-2004-PRODUCE/DNEPP.- Aprueban solicitudde empresa respecto del cambio de titular de permiso de pescade embarcación para la extracción de recursos destinados alconsumo humano indirecto 276917R.D. Nº 241-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorgan a personasnaturales autorización de incremento de flota para la extrac-ción de recursos hidrobiológicos destinados al consumo hu-mano indirecto y directo 276918R.D. Nº 242-2004-PRODUCE/DNEPP.- Modifican licencia deoperación otorgada a Austral Group S.A.A. para desarrollar activi-dades de procesamiento pesquero de recursos hidrobiológicos através de planta de harina de pescado 276919RR.DD. Nºs. 243 y 244-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorganpermisos de pesca a empresas para operar embarcacionespesqueras de bandera japonesa y coreana en la extracción decalamar gigante o pota 276920

RELACIONES EXTERIORES

R.M. Nº 0791-2004-RE.- Designan delegación que participa-rá en reuniones de la OPS y la OMS a realizarse en EE.UU.

276922

SALUD

R.M. Nº 946-2004/MINSA.- Aprueban Directiva "Procedimientospara la Implementación y uso de la herramienta informática "SUMA"en situaciones de emergencias y desastres" 276922

TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

R.M. Nº 247-2004-TR.- Designan miembros del consejo con-sultivo del Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes -PROJOVEN 276924

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 690-2004-MTC/03.- Declaran resuelto contrato deconcesión suscrito con Telecable Siglo 21 S.A.A. para la presta-ción del servicio telefónico fijo local en las modalidades abo-nados y teléfonos públicos 276925

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Pág. 276904 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

R.M. Nº 699-2004-MTC/02.- Autorizan viaje de Inspector dela Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comi-sión de servicios 276926

VIVIENDA

Fe de Erratas R.M. Nº 228-2004-VIVIENDA 276927

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

R. Adm. Nº 284-2004-P-CSJCN/PJ.- Reprograman el PlanAnual de Visitas Administrativas del año judicial 2004 de laCorte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima276927R. Adm. Nº 287-2004-P-CSJCN/PJ.- Autorizan se haga ex-tensivo el uso de la información a que se refiere el ConvenioInterinstitucional entre el RENIEC y el Poder Judicial, a favorde magistrados de la Corte Superior de Justicia del Cono Nortede Lima 276927

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

Res. Nº 102-2004-AMAG-CD/P.- Oficializan listado depostulantes que aprobaron el examen escrito de conocimientosdel Sexto Concurso Público de Méritos del Programa de For-mación de Aspirantes - PROFA 276928

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES

Res. Nº 580-2004-ANR.- Declaran en conflicto de legitimidad ala Universidad Nacional del Altiplano, disponen cese de autorida-des y designan Comisión Transitoria de Gobierno 276936Res. Nº 581-2004-ANR.- Constituyen una Comisión de Ordeny Gestión en la Universidad Nacional de Trujillo con atri-buciones de Asamblea Universitaria y Consejo Universitario

276936

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Res. Nº 080-2004.- Autorizan viaje de funcionario para parti-cipar en evento a realizarse en EE.UU. 276937Res. Nº GG-095-2004.- Autorizan contratar servicio de sopor-te técnico y actualización de versiones de licencias de los pro-ductos IBM Informix y Data Director mediante adjudicaciónde menor cuantía 276937

CONTRALORÍA GENERAL

Res. Nº 369-2004-CG.- Disponen rotación de jefes de órganosde Control Institucional de diversos gobiernos regionales

276938

J N E

Res. Nº 136-2004-JNE.- Acreditan a la asociación civil "Ros-tros" como institución facultada para presentar observacioneselectorales en proceso de elecciones complementarias del Con-cejo Provincial de El Collao 276938

ONPE

R.J. Nº 235-2004-J/ONPE.- Exoneran de proceso de selecciónla contratación del servicio de supervisión de campaña de publi-cidad en el marco del Proceso de Consulta Popular de Revocatoriadel Mandato de Autoridades Municipales 276939R.J. Nº 236-2004-J/ONPE.- Autorizan a procurador iniciaracciones legales a presuntos deudores de saldos de anticiposotorgados para viáticos en comisión de servicios276940

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y

ESTADO CIVIL

R.J. Nº 467 y 476-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan a procura-dor iniciar acciones legales a presuntos responsables de la co-misión de delito contra la fe pública 276940

MINISTERIO PÚBLICO

Res. Nº 1300-2004-MP-FN.- Declaran nulidad de licitaciónpública convocada para la adquisición de materiales de procesa-miento automático de datos 276941Res. Nº 1304-2004-MP-FN.- Autorizan participación de ser-vidores del Instituto de Medicina Legal en el curso "Mobbingo Acoso Moral o Psicológico en el Trabajo", a realizarse enEspaña 276943

SBS

Res. SBS Nº 1559-2004.- Aprueban modificación del EstatutoSocial de Sul América Compañía de Seguros Sociedad Anóni-ma, cambiando su denominación social por la de "Latina Se-guros y Reaseguros Sociedad Anónima" 276943Res. SBS Nº 1560-2004.- Opinan favorablemente acerca de laemisión de bonos y/u otro tipo de instrumentos, bajo el "Se-gundo Programa de Emisión de Instrumentos Representativosde Deuda" COFIDE 276944Res. SBS Nº 1567-2004.- Autorizan al Banco del Trabajo laapertura de oficina especial en el distrito de San Miguel, pro-vincia de Lima 276944

UNIVERSIDADES

Res. Nº 0689.- Autorizan contratar servicios de publicidad parala Universidad Nacional de Ingeniería mediante proceso deadjudicación de menor cuantía 276945

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CONASEV

Res. Nº 061-2004-EF/94.45.- Disponen exclusión de accionesrepresentativas del capital social de INDALSA - Industrializa-ción de Alimentos S.A. en Liquidación del Registro Públicodel Mercado de Valores 276945

CONSEJO NACIONAL

DEL AMBIENTE

Res. Nº 114-2004-CONAM/PCD.- Autorizan Crédito Suple-mentario en el Presupuesto Institucional del CONAM para elaño fiscal 2004 276946

ESSALUD

Res. Nº 777-PE-ESSALUD-2004.- Declaran nulidad de la Li-citación Pública Nº 0399L00041 "Adquisición de medicamen-tos" respecto del ítem 294 276947

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

R.J. Nº 689-2004-J-OPD/INS.- Modifican Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones correspondiente al ejercicio fis-cal 2004 276948

OFICINA DE NORMALIZACIÓN

PREVISIONAL

R.J. Nº 115-2004-JEFATURA/ONP.- Autorizan contratar serviciode asesoría y coordinación ante el Congreso de la República me-diante proceso de adjudicación de menor cuantía 276950

Page 3: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276905NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Que, acorde con sus funciones, PromPerú se encuen-tra desarrollando una Campaña Promocional en mediosmasivos del mercado norteamericano, identificado comoel primer mercado emisor de turistas hacia el país, conmiras a lograr el posicionamiento del Perú como destinoturístico prioritario en los Estados Unidos de Norteamérica;

Que, en el marco de dicha campaña, PROMPERU haprevisto su participación en la Feria Internacional Motiva-tion Show, a realizarse del 28 al 30 de setiembre de 2004,en la ciudad de Chicago, Estados Unidos de Norteaméri-ca, la misma que está dirigida al segmento de viajes denegocios, incentivos, reuniones y congresos del mercadonorteamericano, con el objetivo de posicionar al Perú comoun destino turístico prioritario en sus ofertas de viajes ycomo posible sede de eventos internacionales, los cualesno sólo generan volúmenes importantes de turistas sinotambién altos niveles de gasto per cápita;

Que, por tales razones, resulta conveniente autorizar elviaje de una funcionaria de PROMPERU a la ciudad deChicago, Estados Unidos de Norteamérica, quien tendrá asu cargo diversas actividades para la participación dePROMPERU en dicho evento, lo cual exige la permanen-cia de la referida funcionaria en dicha ciudad en días pre-vios y posteriores a la realización de la Feria;

De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs.27790, 28128 y 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

PODER EJECUTIVO

MINCETUR

Autorizan viaje de funcionaria dePROMPERU a EE.UU., en comisión deservicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 315-2004-MINCETUR/DM

Lima, 22 de setiembre de 2004

Vista la Carta Nº C.663.2004/PP.GG de la GerenciaGeneral de la Comisión de Promoción del Perú - PROM-PERU.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPE-RU es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutarlas políticas y estrategias de promoción del turismo internoy receptivo, así como de promover y difundir la imagen delPerú en materia de promoción turística;

OSINERG

Res. Nº 258-2004-OS/CD.- Aprueban la Norma "Procedimientopara la determinación de los Costos Extras de Distribución(CED)" 276951

SUNARP

Res. Nº 399-2004-SUNARP/SN.- Agradecen a representantede la SUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona RegistralNº V - Sede Trujillo por su gestión realizada en el período 2003-2004 276952

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS

Res. Nº 209-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/GGR.- Declaran nulo proceso de licitación pública nacional"Ampliación Central Hidroeléctrica de Nuevo Seasme II Etapa- Provincia de Condorcanqui - Amazonas" 276953

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA

Res. Nº 402-2004-GR.CAJ/P.- Declaran en situación de ur-gencia la Actividad Agraria en la Región Cajamarca para la eje-cución del "Programa de Rehabilitación 2004" y autorizan ad-quisición de semillas 276953Res. Nº 408-2004-GR.CAJ/P.- Declaran nulidad del otorga-miento de la buena pro en la Adjudicación Directa Selectiva"Construcción del Sistema de Agua Potable y Letrinización -YUBED" 276954

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

Acuerdo Nº 074-2004.- Autorizan viaje de Presidente del Go-bierno Regional a Suiza para participar en el "Seminario deCapacitación sobre Promoción de Inversiones" 276955

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

Ordenanza Nº 005-2004-MDC.- Aprueban Reglamento deOrganización y Funciones de la Junta de Delegados VecinalesComunales 276955Ordenanza Nº 007-2004-MDC.- Establecen beneficio de re-gularización tributaria y no tributaria 276956

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

R.A. Nº 266-2004/MDSM.- Inician procedimiento disciplinarioa servidor de la municipalidad 276957

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA

Ordenanza Nº 095.- Establecen Régimen Tributario de los Arbi-trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos276958Ordenanza Nº 111.- Modifican artículos de la Ordenanza Nº095, referente a pago de arbitrios 276961

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO

Res. Nº 472-2004-GDU-GCDL-MSS.- Aprueban planos yautorizan ejecución de obras de habilitación urbana de terrenoubicado en el distrito 276962

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Ordenanza Nº 000029.- Desafectan terreno ubicado en la in-tersección de las avenidas Faucett y Venezuela 276963Ordenanza Nº 000030.- Modifican Texto Único de Procedi-mientos Administrativos de la municipalidad 276964

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA

Ordenanza Nº 010-2004-CM/MPR.- Crean el Área de Con-servación Municipal "Bosque de Cuchachi" 276964R.A. Nº 215-2004-A/MPR.- Modifican el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ejer-cicio 2004, en lo referido a adquisición de bienes del Programadel Vaso de Leche 276965

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA BANDA DE SHILCAYO

R.A. Nº 053-04-A-MDBSH.- Modifican el Plan Anual de Ad-quisiciones de la municipalidad 276966

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VÍCTOR LARCO HERRERA

Acuerdo Nº 0073-2004-MDVLH.- Autorizan viaje del alcal-de a Japón para atender invitación de su homólogo de Kane-yama 276966

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Pág. 276906 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Ibeth Acu-ña Escobar, funcionaria de la Comisión de Promoción delPerú - PROMPERU, a la ciudad de Chicago, Estados Uni-dos de Norteamérica, del 24 de setiembre al 1 de octubrede 2004, para los fines señalados en la parte considerativade la presente resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimientode la presente Resolución serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 003, Comisión de Promoción delPerú - PromPerú, del Pliego 035 Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

- Pasajes : US$ 850,00- Viáticos : US$ 1 760,00- Tarifa Corpac : US$ 28,24

Artículo 3º.- La funcionaria a que se refiere el artículo1º presentará al Titular del Sector, dentro de los quince díascalendario siguientes al término de la comisión de servi-cios, un informe detallado sobre las acciones realizadas ylos logros obtenidos durante el viaje. Asimismo, deberápresentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo aley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho aexoneración de impuestos o de derechos aduaneros, deninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFREDO FERREROMinistro de Comercio Exterior y Turismo

17187

Autorizan viaje de Directora Nacionalde Artesanía a España e Italia, en co-misión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 316-2004-MINCETUR/DM

Lima, 22 de setiembre de 2004

Visto el Memorándum Nº 815-2004-MINCETUR/VMCE,del Viceministro de Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, del 27 de setiembre al 1 de octubre de 2004,se realizará en la ciudad de Santiago de Compostela,Reino de España, el 9º Seminario Iberoamericano deCooperación en Artesanía, cuyo tema será "La Arte-sanía como factor de Cooperación, Desarrollo Produc-tivo y Solidaridad en Iberoamérica" convocado por elMinisterio de Industria, Turismo y Comercio, la AgenciaEspañola de Cooperación Internacional (AECI), la Xuntade Galicia y la Fundación Española para el Fomento dela Artesanía;

Que, dicho Seminario se enmarca dentro del Progra-ma Iberoamericano de Cooperación Técnica en Artesa-nía y en las actuaciones de la Comunidad Iberoamerica-na de la Artesanía, radicando su importancia en queaborda las relaciones productivas artesanas y la coope-ración española para impulsar el desarrollo artesanalde los países de Iberoamérica, incorporando nuevastecnologías; así como, para establecer el diálogo entrepaíses, agencias de cooperación internacional, orga-nismos gubernamentales y no gubernamentales, yrepresentantes de los colectivos artesanos, con la fi-nalidad de promover actuaciones apropiadas y cohe-rentes a este desarrollo;

Que, asimismo, la United Nations Industrial Develop-ment Organization - UNIDO, organismo internacionalque viene brindado recursos económicos, innovación ytecnología a los Centros de Innovación Tecnológica deArtesanía y Turismo, bajo el ámbito del MINCETUR, haprogramado reuniones y visitas del 2 al 8 de octubre de2004 (visitas al Centro de Investigación en Cerámicaen Faenza, a la Escuela de Arte y Capacitación Arte-sanal en Florencia, y reunión con empresarios del sec-tor textil en Milán, en la República Italiana; así como alCentro de Diseño Catalán en Barcelona, Reino de Es-paña);

Que, estas reuniones y visitas servirán para estable-cer posibles áreas de cooperación, e implementar unprograma de asistencia técnica conjunta con el sectorartesanal de Europa;

Que, la Directora Nacional de Artesanía del Viceminis-terio de Turismo, ha sido invitada a participar en los referi-

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADASSe comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial deDeclaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y lasdeclaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidadsolicitante.

2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio quehubiere.

3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: [email protected] ,precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso quese adjunta.

4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la SecciónSegunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una líneapor celda.

5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

REPUB L ICA DEL PERU

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Pág. 276907NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

dos eventos por la Fundación Española para la Artesanía,así como por la UNIDO;

Que, resulta de interés para los fines institucionales,autorizar la participación de la Directora Nacional de Arte-sanía en los eventos antes mencionados, por lo cual pro-cede otorgar la autorización de viaje respectiva;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viá-ticos, por el período en que se desarrollen los eventos, se-rán financiados por la Fundación Española para la Arte-sanía y la United Nations Industrial Development Organiza-tion - UNIDO; y el MINCETUR cubrirá los gastos por con-cepto de instalación y traslado que faculta el artículo 8º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

De conformidad con lo dispuesto en el literal k) del artí-culo 15º de la Ley Nº 28128, el Decreto Legislativo Nº 560,la Ley Nº 27790, la Ley Nº 27619, y su Reglamento apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Sra. MadeleineBurns Vidaurrázaga, Directora Nacional de Artesanía delViceministerio de Turismo, a las ciudades de Santiago deCompostela y Barcelona, Reino de España, así como a lasciudades de Faenza, Milán y Florencia, República Italiana,del 24 de setiembre al 9 de octubre de 2004, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue al Estado el cumpli-miento de la presente Resolución Ministerial serán cubier-tos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de ComercioExterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos US$ 520,00Tarifa CORPAC US$ 28,24

Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si-guientes de efectuado el viaje, la funcionaria autorizadamediante el artículo 1º de la presente Resolución Minis-terial, deberá presentar al Titular del Sector un informe de-tallado describiendo las acciones realizadas y los resulta-dos obtenidos en los eventos a los que asistirá, así comola respectiva rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exo-nera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cual-quiera fuere su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFREDO FERREROMinistro de Comercio Exterior y Turismo

17181

Autorizan y registran modelo de máqui-na tragamonedas a solicitud de empresaHigh Impact Design & Entertainment S.A.

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 398-2004-MINCETUR/VMT/DNT

Lima, 7 de setiembre de 2004

Visto, el Expediente Nº 000774-2004-MINCETUR, defecha 29.06.2004, presentado por la empresa High ImpactDesign & Entertainment S.A., en el que solicita autoriza-ción y registro de un (1) modelo de máquina tragamone-das;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, se regula la explotación de los juegos de casino ymáquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11ºdel citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tra-gamonedas cuya explotación es permitida en el país sonaquellos que cuentan con autorización y registro;

Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153,aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,señala la información y documentación que deben presen-tar los interesados en obtener la autorización y registro delos modelos de máquinas tragamonedas;

Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamentoestablece que los modelos de máquinas tragamonedas ylas memorias de sólo lectura de los programas de juegodeberán someterse con anterioridad a su autorización yregistro, a un examen técnico ante una entidad autorizada,la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acre-ditará que el modelo o las memorias que componen el pro-grama de juego, según sea el caso, cumplen con los requi-sitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directi-vas;

Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli-miento Nº 200312-02 de fecha 04.12.2003 expedido por elLaboratorio de Certificación de la Universidad Católica delPerú, y verificado los requisitos técnicos de la máquina tra-gamonedas cuya autorización y registro solicitan, se ad-vierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR;

Que, de la evaluación de la documentación e informa-ción adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplidocon las disposiciones legales aplicables para que la Direc-ción Nacional de Turismo acceda a la autorización y regis-tro solicitada;

De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre-mo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 delT.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a lo opinado enlos Informes Técnico Nº 080-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 452-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de laempresa High Impact Design & Entertainment S.A., el mo-delo de máquina tragamonedas fabricada por la empresaCasino Data Systems (EE.UU), según el siguiente detalle:

Nº de Registro B0000222Código del Modelo UB2020Descripción Máquina Tragamonedas de video

de forma semicircular en la partesuperior. En la parte central tieneun monitor de video sensible altacto de 39 cm. de longitud verti-cal y 30 cm. de longitud horizon-tal. A la derecha del monitor seencuentra el aceptador de mone-das y de billetes. Debajo del mo-nitor se encuentra el área de bo-tones para la realización de parti-das de manera convencional. Lafunción de los botones puede va-riar de acuerdo con el juegoinstalado. El modelo cuenta conpalanca lateral y puede formarparte de un sistema de carrusel.

Dimensiones Alto: 129.50 cmdel Modelo Ancho: 55.00 cm

Largo: 56.00 cm

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.Director Nacional de Turismo

17069

Modifican la R.D. Nº 732-2003-MINCE-TUR/VMT/DNT, que autorizó explotarjuegos de casino en la Sala de Juegosdel Restaurante Club Social Miraflores

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 409-2004-MINCETUR/VMT/DNT

Lima, 13 de setiembre de 2004

Visto, el Expediente Nº 001072-2004-MINCETUR, defecha 1.9.2004, presentado por la empresa Recreativos delPacífico S.A., en el que solicita la modificación de la auto-rización expresa para la explotación de juegos de casino

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Pág. 276908 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

en la Sala de Juegos del Restaurante Cinco Tenedores Tu-rísticos denominado: "Club Social Miraflores", ubicado enla Av. Malecón de la Reserva Nº 535, distrito de Miraflores,provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 732-2003-MIN-CETUR/VMT/DNT, de fecha 3.9.2003 se otorgó a la solici-tante Autorización Expresa para explotar juegos de casinoen la Sala de Juegos del Restaurante Cinco Tenedores Tu-rístico denominado: "Club Social Miraflores";

Que, al amparo de lo establecido en el artículo 12º, literalb), del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por laLey Nº 27796, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, mediante Expediente Nº 001072-2004-MINCETUR, la empresa solicita el incremento y retiro dediversas mesas de juego y modalidades de juego de casino;

Que, la documentación e información requerida paraefectuar el incremento de mesas de juego se encuentraestablecida en el Procedimiento Nº 03, literal b), del T.U.P.A.del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº009-2003-MINCETUR;

Que, de la evaluación de la documentación e informa-ción presentada por la empresa, se advierte que ha cum-plido con las disposiciones legales aplicables para aprobarla presente solicitud;

De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por laLey Nº 27796, y los Decretos Supremos Nºs. 009-2002-MINCETUR y 009-2003-MINCETUR, estando a lo opina-do en el Informe Legal Nº 504-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la ResoluciónDirectoral Nº 732-2003-MINCETUR/VMT/DNT, en los tér-minos siguientes:

"Artículo 2º. - La presente autorización faculta a la Em-presa Recreativos del Pacífico S.A., la explotación de once(11) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos delRestaurante Cinco Tenedores Turísticos denominado: "ClubSocial Miraflores", ubicado en la Av. Malecón de la Reser-va Nº 535, distrito de Miraflores, provincia y departamentode Lima, según el siguiente detalle:

Nº de Modalidad Autorización ResoluciónMesas y Registro Directoral

1 Póker Caribeño JC0008 206-1999-MITINCI/VMT/DNT

4 Ruleta Americana JC0002 200-1999-MITINCI/VMT/DNT

6 Black Jack JC0001 199-1999-MITINCI/VMT/DNT

Total de mesas de juegos autorizadas: Once (11)"

Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen-cia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.Director Nacional de Turismo

17070

ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan viaje de representante delministerio a EE.UU. para participar enla Cuarta Ronda de Negociaciones parala suscripción del TLC, en el caso deProcedimientos Aduaneros

RESOLUCIÓN SUPREMANº 097-2004-EF

Lima, 19 de setiembre de 2004

Visto el Memorando Nº 106-2004-EF/67, de fecha 7 de se-tiembre de 2004, del Director General de Asuntos de Econo-mía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Minis-terio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje;

CONSIDERANDO:

Que, los días 23 y 24 de setiembre de 2004, se desa-rrollará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidosde América, la Cuarta Ronda de Negociaciones con mirasa la suscripción de un Tratado de Libre Comercio con losEstados Unidos de América - TLC, en el caso de Procedi-mientos Aduaneros;

Que, el Ministerio de Economía y Finanzas ha designa-do al señor CARLOS MARTÍN RAMÍREZ RODRÍGUEZ,Consultor de la Dirección de Asuntos de Economía Inter-nacional, Competencia e Inversión Privada del Ministeriode Economía y Finanzas, para que participe en las citadasnegociaciones, como representante de este sector;

Que, en tal sentido es necesario autorizar su viaje, de-biendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, concargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasa-jes, viáticos y tarifa CORPAC;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, elinciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor CARLOS MARTÍNRAMÍREZ RODRÍGUEZ, Consultor de la Dirección General deAsuntos de Economía Internacional, Competencia e InversiónPrivada en representación del Ministerio de Economía y Finan-zas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Améri-ca, del 22 al 26 de setiembre de 2004, para los fines expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución, serán con cargo al Presupues-to de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General delPliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo alsiguiente detalle:

Pasajes : US$ 731,14Viáticos : US$ 660,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24

Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho aexoneración o liberación de impuestos de aduana de cual-quier clase o denominación a favor del mencionado con-sultor cuyo viaje se autoriza.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID WAISMAN RJAVINSTHISegundo Vicepresidente dela República encargado delDespacho de la Presidenciade la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

JAIME QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Energía y MinasEncargado de la Carterade Economía y Finanzas

17204

Autorizan contratar servicios de publici-dad para la publicación y distribuciónde encarte en diversos diarios, median-te adjudicación de menor cuantía

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 485-2004-EF/43

Lima, 17 de setiembre de 2004

Page 7: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276909NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Vistos, los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004-EF/60 de la Oficina General de Administración y de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, respectivamente, que susten-tan la configuración de servicios personalísimos previstos enel inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modifica-torias, y el artículo 111º de su Reglamento aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias,así como la consiguiente exoneración del proceso de Concur-so Público para la contratación de los servicios de publicidada ser brindados por diversos medios de comunicación escri-ta, la cual deberá ser realizada mediante el proceso de selec-ción de Adjudicación de Menor Cuantía;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 417-2004-EF/43 secontrató, bajo la modalidad de servicios personalísimos, ala empresa Métrica S.A. para elaborar una estrategia decomunicación orientada a informar a la ciudadanía en ge-neral sobre los alcances de las modificaciones en normaspensionarias, la cual ha propuesto la implementación deuna campaña informativa de alcance nacional, con el finde hacer de conocimiento de la manera más objetiva posi-ble, la reforma constitucional propuesta;

Que, en el marco de la referida campaña informativasurge la necesidad, entre otros, de contratar servicios depublicidad que incluye la publicación y distribución de unencarte, a través de diversos medios de comunicación es-crita elegidos por lectoría y credibilidad, a efectos de con-vocar mediante esta campaña de difusión la participaciónactiva de la opinión pública en general, así como de losdiversos grupos objetivos más directamente relacionadoscon la mencionada reforma;

Que, de acuerdo con lo señalado por la Oficina Gene-ral de Administración en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50los servicios de publicidad serán contratados en los dia-rios: “El Comercio”, “Trome”, “Perú. 21”, “Ojo”, “Aja”,“Correo”,”La República”, “Expreso”, “La Razón” y “La In-dustria de Trujillo”, atendiendo a las consideraciones cita-das en el párrafo precedente;

Que, según el inciso h) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy normas modificatorias, están exoneradas de los proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con-trataciones que se realicen para servicios personalísimos,de acuerdo a lo que establezca el Reglamento;

Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias,señala que los servicios personalísimos son los contratosde locación de servicios celebrados con personas natura-les o jurídicas cuando para dicha contratación se haya te-nido en cuenta y como requisito esencial la persona dellocador, ya sea por sus características inherentes, particu-lares o especiales o por su determinada calidad, profesión,ciencia, arte u oficio, encontrándose incluidos en esta cla-sificación los servicios de publicidad que prestan al Esta-do los medios de comunicación televisiva, radial, escrita ocualquier otro medio de comunicación;

Que, el artículo 20º de la norma mencionada en el consi-derando precedente establece que las adquisiciones y con-trataciones exoneradas del proceso de Licitación Pública,Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán me-diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía yse aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego;

Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la OficinaGeneral de Administración, mediante Memorando Nº 1206-2004-EF/43.60 informa que se cuenta con la disponibilidadpresupuestal para efectuar la mencionada contratación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Orde-nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar la contratación de los serviciosde publicidad que incluye la publicación y distribución de

un encarte en los diarios “El Comercio”, “Trome”, “Perú.21”, “Ojo”, “Aja”, “Correo”,”La República”, “Expreso”, “LaRazón” y “La Industria de Trujillo”, como servicios personalí-simos, de conformidad con el inciso h) del artículo 19º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y normas modificatorias y el artículo 111ºde su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias.

Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Fi-nanzas del proceso de Concurso Público para la contrata-ción de los mencionados servicios de publicidad para losfines a los que se refiere la parte considerativa de la pre-sente Resolución Ministerial, disponiendo que ésta se efec-túe mediante el proceso de selección de Adjudicación deMenor Cuantía.

Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren losartículos precedentes será realizada por una sola vez, deacuerdo a lo señalado en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50,y hasta por el importe de S/.400 000,00 (Cuatrocientos Mily 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley y sehará con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio deEconomía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2004.

Artículo 4º.- La contratación indicada estará a cargode la Oficina General de Administración del Ministerio deEconomía y Finanzas, que seguirá el procedimiento dis-puesto por el Artículo 105º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.

Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial asícomo los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004-EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Ofi-cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, se-rán de conocimiento de la Contraloría General de la Repú-blica dentro de los diez (10) días naturales siguientes a lafecha de aprobación de la presente Resolución.

Artículo 6º.- Disponer que la Oficina de Abastecimientoy Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra-ción remita la información de la presente Resolución Mi-nisterial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema deInformación sobre Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME QUIJANDRÍA SALMÓNMinistro de Energía y MinasEncargado de la Cartera deEconomía y Finanzas

17142

Aprueban Asignación y Previsión Tri-mestrales Mensualizadas del CuartoTrimestre del Año Fiscal 2004

DIRECCIÓN NACIONAL DELPRESUPUESTO PÚBLICO

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 044-2004-EF/76.01

Lima, 21 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 30º de la Ley Nº 27209 - Ley de GestiónPresupuestaria del Estado, señala que la Asignación Tri-mestral de gastos constituye el marco financiero a consi-derar durante cada trimestre, debiendo servir de instrumen-to eficaz de la programación del gasto cuya determinaciónresponde a la proyección actualizada de los ingresos quecontempla el Programa Económico;

Que, la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 – Directiva parala Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues-tario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2004 aproba-da por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, ensu artículo 16º establece que la Dirección Nacional del Pre-supuesto Público aprueba la Asignación Trimestral de gas-tos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacio-nal; y el artículo 17º señala que la Previsión Trimestral de

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Pág. 276910 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

los recursos provenientes de Fuentes de Financiamientodistintas a Recursos Ordinarios se elabora en base a laProgramación Mensual contenida en el aplicativo “Proce-so Presupuestario”;

Que, la Directiva Nº 002-2004-EF/76.01- Directiva parala Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues-tario de los Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2004aprobada por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, en su artículo 16º dispone que la Dirección Nacio-nal del Presupuesto Público aprueba la Asignación Trimes-tral de gastos correspondiente a los Gobiernos Regiona-les; y el artículo 17º señala que la Previsión Trimestral delos recursos provenientes de Fuentes de Financiamientodistintas a Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regio-nales se elabora en base a la Programación Mensual con-tenida en el aplicativo “Proceso Presupuestario”;

Que, con el propósito de continuar con el procedimien-to de aprobar la Asignación y Previsión Trimestral de gas-tos, se hace necesario que la Asignación Trimestral delCuarto Trimestre del Año Fiscal 2004 se aprueba en formamensualizada y por grupo genérico de gastos, con cargo alas fuentes de financiamiento de Recursos Ordinarios yRecursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales. Asi-mismo, la Previsión Trimestral del Cuarto Trimestre del AñoFiscal 2004 se aprueba en forma mensualizada y por cate-goría del gasto, con cargo a las fuentes de financiamientode Canon y Sobrecánon, Contribuciones a Fondos, Recur-sos Directamente Recaudados, Recursos por Operacio-nes Oficiales de Crédito Externo, Donaciones y Transfe-rencias, Fondo de Compensación Regional y Participaciónen Rentas de Aduanas;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 - LeyOrgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Re-solución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Economíay Finanzas y normas modificatorias;

En uso de las facultades conferidas en los artículos 4ºy 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestariadel Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Asignación Trimestral Mensua-lizada del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2004 por la Fuentede Financiamiento "Recursos Ordinarios" - Gobierno Na-cional ascendente a la suma de CUATRO MIL OCHOCIEN-TOS TREINTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA YSIETE MIL CIENTO DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.4 835 137 110 ) y Gobiernos Regionales ascendente a lasuma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIEN-TOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA YUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 368 691 ), y por laFuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios para losGobiernos Regionales" ascendente a la suma de UN MILQUINIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTOTREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNOY 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 533 136 741 ), de acuer-do al detalle que figura en el Anexo Nº 1 de la presenteResolución Directoral.

Artículo 2º.- Aprobar la Previsión Trimestral Mensuali-zada del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2004 por las Fuen-tes de Financiamiento diferentes a la de Recursos Ordina-rios del Gobierno Nacional ascendente a la suma de UNMIL SEISCIENTOS DOS MILLONES SETECIENTOSVEINTE Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 1 602 726 140 ), y para los GobiernosRegionales por las Fuentes de Financiamiento diferentes ala de Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionalesy Recursos Ordinarios por la suma de TRESCIENTOSSESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUA-RENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 365 446 703 ), de acuerdo al detalle quefigura en los Anexos Nºs. 2 y 2A de la presente ResoluciónDirectoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTADirector General

LEY Nº 28128 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004ANEXO Nº 1 - RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2004-EF/76.01ASIGNACIÓN DEL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2004

ASIGNACIÓN TRIMESTRAL(EN NUEVOS SOLES)

GOBIERNO NACIONAL

RECURSOS ORDINARIOS OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

GASTOS CORRIENTES 1 441 935 180 1 356 956 123 1 716 518 995 4 515 410 298PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 491 385 368 490 266 453 619 147 681 1 600 799 502OBLIGACIONES PREVISIONALES 467 629 260 398 717 596 650 722 493 1 517 069 349BIENES Y SERVICIOS 250 864 916 254 859 283 244 189 693 749 913 892OTROS GASTOS CORRIENTES 232 055 636 213 112 791 202 459 128 647 627 555

GASTOS DE CAPITAL 91 754 837 105 527 920 122 444 055 319 726 812INVERSIONES 74 547 034 88 061 602 104 178 357 266 786 993INVERSIONES FINANCIERAS 167 920 169 920 131 920 469 760OTROS GASTOS DE CAPITAL 17 039 883 17 296 398 18 133 778 52 470 059

TOTAL ASIGNACIÓN TRIMESTRAL 1 533 690 017 1 462 484 043 1 838 963 050 4 835 137 110

GOBIERNOS REGIONALES

RECURSOS ORDINARIOS PARA LOS GOBIERNOS REGIONALES OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

GASTOS CORRIENTES 517 408 937 516 558 067 464 050 169 1 498 017 173PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 396 376 968 395 892 732 328 797 360 1 121 067 060OBLIGACIONES PREVISIONALES 94 798 051 94 684 838 111 206 071 300 688 960BIENES Y SERVICIOS 24 587 172 24 387 172 22 478 651 71 452 995OTROS GASTOS CORRIENTES 1 646 746 1 593 325 1 568 087 4 808 158

GASTOS DE CAPITAL 12 122 404 12 314 682 10 682 482 35 119 568INVERSIONES 12 072 222 12 272 222 10 627 913 34 972 357OTROS GASTOS DE CAPITAL 50 182 42 460 54 569 147 211

TOTAL ASIGNACIÓN TRIMESTRAL 529 531 341 528 872 749 474 732 651 1 533 136 741

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Pág. 276911NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

RECURSOS ORDINARIOS OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

GASTOS CORRIENTES 19 214 747 19 214 747 20 939 197 59 368 691PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 15 184 247 15 184 247 18 268 497 48 636 991OBLIGACIONES PREVISIONALES 2 413 000 2 413 000 1 621 200 6 447 200BIENES Y SERVICIOS 1 604 000 1 604 000 1 037 000 4 245 000OTROS GASTOS CORRIENTES 13 500 13 500 12 500 39 500

TOTAL ASIGNACION TRIMESTRAL 19 214 747 19 214 747 20 939 197 59 368 691

LEY Nº 28128 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004ANEXO Nº 2- RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2004-EF/76.01PREVISIÓN DEL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2004

PREVISIÓN TRIMESTRAL(EN NUEVOS SOLES)

RECURSOS DIFERENTES A LA DE RECURSOS ORDINARIOSDEL GOBIERNO NACIONAL OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

CANON Y SOBRECANON

GASTOS CORRIENTES 1 700 069 1 951 314 1 615 386 5 266 769GASTOS DE CAPITAL 1 354 573 1 336 254 1 015 014 3 705 841

TOTAL 3 054 642 3 287 568 2 630 400 8 972 610

CONTRIBUCIONES A FONDOS

GASTOS CORRIENTES 74 300 093 77 002 014 81 818 988 233 121 095

TOTAL 74 300 093 77 002 014 81 818 988 233 121 095

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

GASTOS CORRIENTES 165 303 783 177 018 029 173 594 358 515 916 170GASTOS DE CAPITAL 49 345 195 46 582 923 54 384 659 150 312 777

TOTAL 214 648 978 223 600 952 227 979 017 666 228 947

RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO EXTERNOGASTOS DE CAPITAL 144 759 686 147 915 116 118 360 425 411 035 227

TOTAL 144 759 686 147 915 116 118 360 425 411 035 227

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

GASTOS CORRIENTES 61 226 545 62 390 959 40 727 845 164 345 349GASTOS DE CAPITAL 48 646 774 33 147 557 33 944 370 115 738 701

TOTAL 109 873 319 95 538 516 74 672 215 280 084 050

FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL

GASTOS DE CAPITAL 1 393 043 1 272 910 618 258 3 284 211

TOTAL 1 393 043 1 272 910 618 258 3 284 211

TOTAL PREVISION TRIMESTRAL 548 029 761 548 617 076 506 079 303 1 602 726 140

TOTAL DE ASIGNACIÓN Y PREVISIÓN TRIMESTRALDEL GOBIERNO NACIONAL 2 081 719 778 2 011 101 119 2 345 042 353 6 437 863 250

LEY Nº 28128 DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2004ANEXO Nº 2 A - RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 044-2004-EF/76.01

PREVISIÓN DEL CUARTO TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2004

PREVISIÓN TRIMESTRAL(EN NUEVOS SOLES)

RECURSOS DIFERENTES A LA DE RECURSOS ORDINARIOSPARA LOS GOBIERNOS REGIONALES OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

CANON Y SOBRECANON

GASTOS CORRIENTES 3 147 622 3 410 022 2 905 550 9 463 194GASTOS DE CAPITAL 35 297 961 34 660 424 35 160 427 105 118 812

TOTAL 38 445 583 38 070 446 38 065 977 114 582 006

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Pág. 276912 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

EDUCACIÓN

Autorizan viaje de Jefa del INABECpara participar en evento de la APICEy en curso internacional sobre créditoeducativo a realizarse en México

RESOLUCIÓN SUPREMANº 047-2004-ED

Lima, 22 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Cartas 804-4-2 y 843-2-2 D.E./2004,de fechas 10 y 26 de agosto de 2004, respectivamente,el Director Ejecutivo de la Asociación Panamericana deInstituciones de Crédito Educativo - APICE, cursa invi-tación a la Dra. Elvia Álvarez Vásquez, Jefa del InstitutoNacional de Becas y Crédito Educativo y Tercer Vice-presidente de la APICE, para que participe en la 91°Reunión de la Junta Directiva y en el XVII Curso Inter-nacional de Crédito Educativo "Cálculo y Evaluación deCostos en Programas de Crédito Educativo", a realizar-se en la ciudad de Cancún, México, del 4 al 8 de octubrede 2004;

Que, el XVII Curso tiene la finalidad de estudiar losprincipios básicos de la gerencia de costos, así comoestudiar y aprender la aplicación de una metodologíapara el cálculo de costos en instituciones y programasde Crédito Educativo, lo cual es determinante para lo-grar una gestión eficiente y cumplir su cometido so-cial;

Que, los gastos de alojamiento y alimentación se-rán asumidos por la entidad organizadora del even-to;

Que, el Despacho Ministerial ha considerado perti-nente la participación de la Dra. Elvia Álvarez Vásquez,Jefa del Instituto Nacional de Becas y Crédito Educativoy Tercer Vicepresidente de la APICE, en las citadas re-uniones;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto LeyNº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el in-ciso k) del Artículo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. Elvia Álva-rez Vásquez, Jefa del Instituto Nacional de Becas y Cré-dito Educativo y Tercer Vicepresidente de la APICE, a laciudad de Cancún, México, del 4 al 8 de octubre de 2004,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución serán sufragados con cargoal presupuesto institucional del Instituto Nacional deBecas y Crédito Educativo, de acuerdo al siguiente de-talle:

Pasajes : US$ 634.00Tarifa CORPAC : US$ 28.24

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, la funcionaria cuyo viajese autoriza, deberá presentar un informe detallado descri-biendo las acciones realizadas y los resultados obtenidosdurante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otor-ga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/oderechos aduaneros, cualesquiera que sea su deno-minación o clase a favor del funcionario, cuyo viaje se au-toriza.

RECURSOS DIFERENTES A LA DE RECURSOS ORDINARIOSPARA LOS GOBIERNOS REGIONALES OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE TOTAL

PARTICIPACIÓN EN RENTAS DE ADUANAS

GASTOS CORRIENTES 4 369 016 4 369 016 5 629 000 14 367 032GASTOS DE CAPITAL 5 800 000 5 000 000 5 000 000 15 800 000

TOTAL 10 169 016 9 369 016 10 629 000 30 167 032

RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS

GASTOS CORRIENTES 25 784 892 24 090 108 23 863 260 73 738 260GASTOS DE CAPITAL 6 001 073 8 423 044 6 009 905 20 434 022

TOTAL 31 785 965 32 513 152 29 873 165 94 172 282

RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO EXTERNO

GASTOS DE CAPITAL 1 887 000 3 435 308 1 203 600 6 525 908

TOTAL 1 887 000 3 435 308 1 203 600 6 525 908

DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

GASTOS CORRIENTES 3 117 000 3 053 000 3 101 000 9 271 000GASTOS DE CAPITAL 4 764 000 1 620 000 1 410 000 7 794 000

TOTAL 7 881 000 4 673 000 4 511 000 17 065 000

FONDO DE COMPENSACION REGIONAL

GASTOS DE CAPITAL 29 855 777 29 855 778 43 222 920 102 934 475

TOTAL 29 855 777 29 855 778 43 222 920 102 934 475

TOTAL PREVISION TRIMESTRAL 120 024 341 117 916 700 127 505 662 365 446 703

TOTAL DE ASIGNACIÓN Y PREVISIÓN TRIMESTRALDE LOS GOBIERNOS REGIONALES 668 770 429 666 004 196 623 177 510 1 957 952 135

17206

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Pág. 276913NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID WAISMAN RJAVINSTHISegundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidenciade la República

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

17205

Autorizan viaje de la Viceministra deGestión Institucional a Brasil para queparticipe en el "Festival América del Sur"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0469-2004-ED

Lima, 20 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que mediante documento OF/GAB/SEC Nº 518/2004,de fecha 23 de junio de 2004, el Secretario de Estado deCultura del Gobierno Popular del Estado de Mato Grossodo Sul de Brasil, cursa invitación al señor Ministro de Edu-cación de Perú, para que participe en el "Festival Américadel Sur", a realizarse en la ciudad de Corumbá, Brasil, del17 al 25 de setiembre de 2004;

Que dicho Festival tiene como propósito ofrecer arte ycultura, congregando personas expresivas de la cultura ylas artes, así como a autoridades gubernamentales y líde-res de los diversos países del continente para reflexionarsobre temas de gran importancia para el pueblo Sudameri-cano como son la integración, la cultura, el agua, el medioambiente y el turismo sustentable;

Que el Ministro de Educación ha considerado pertinentela participación de la doctora Helenn Chávez Depaz, Vice-ministra de Gestión Institucional, quien desarrollará la po-nencia "Desafíos de la Integración de los Pueblos Sudame-ricanos" en el referido evento;

Que los gastos que genere el citado viaje serán asumi-dos por la entidad organizadora, por lo que no irrogará gastoalguno al Tesoro Público; y,

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 yel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora HelennChávez Depaz, Viceministra de Gestión Institucional, a laciudad de Corumbá, Brasil, del 21 al 23 de setiembre de2004, para los fines a que se refiere la parte considerativade la presente Resolución.

Artículo 2º.- La citada funcionaria, dentro de los quin-ce (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje,deberá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas durante el viaje autorizado.

Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gastoalguno al Tesoro Público, ni dará derecho de exoneración oliberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cuales-quiera fuese su denominación o clase a favor de la funcio-naria cuyo viaje se autoriza.

Artículo 4º.- Encargar el Despacho de la Viceministrade Gestión Institucional al señor Idel Vexler Talledo, Vice-ministro de Gestión Pedagógica, a partir del 21 de setiem-bre de 2004, y en tanto dure la ausencia de la Titular.

Regístrese y comuníquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

17188

Declaran ilegal el paro nacionalconvocado por el Sindicato Unitario deTrabajadores en la Educación del Perú- SUTEP, llevado a cabo el 22 de setiem-bre de 2004

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0471-2004-ED

Lima, 22 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Ministerial Nº 470-2004-ED, de fe-cha 21 de setiembre de 2004, declara improcedente el paronacional de 24 horas, anunciado por el Sindicato Unitariode Trabajadores en la Educación del Perú - SUTEP, para el22 de setiembre del presente;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo84º del Texto Único Ordenado de la Ley de RelacionesColectivas de Trabajo, aprobado mediante el Decreto Su-premo Nº 010-2003-TR, la huelga será declarada ilegal,entre otros, si se materializa, no obstante haber sido de-clarada improcedente;

Que a pesar de haberse declarado improcedente el paronacional de 24 horas, mediante la formalidad prevista porla normatividad legal, éste se ha llevado a cabo, por lo quese debe declarar ilegal;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 24029,modificada por la Ley Nº 25212 y el Decreto Supremo Nº19-90-ED;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar ilegal el paro nacional de 24horas llevado a cabo el 22 de setiembre del presente año,convocado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en laEducación del Perú - SUTEP, previamente declarado im-procedente mediante la Resolución Ministerial Nº 0470-2004-ED, de fecha 21 de setiembre de 2004, en concor-dancia con los procedimientos señalados en la legislaciónlaboral vigente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación

17185

JUSTICIA

Autorizan a procurador iniciar accioneslegales a presuntos responsables de rea-lizar pagos indebidos en la Zona Regis-tral V - Sede Trujillo

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 472-2004-JUS

Lima, 21 de setiembre de 2004

Visto el Oficio Nº 992-2004-JUS/PPMJ, de fecha 21 deabril del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo de losAsuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Hoja Informativa Nº 004-2003-SUNARP-Z.R.-V-ST/OAI, de fecha 7 de febrero del 2003,e Informes Nºs. 12 y 21-2004-Z.R. Nº V/AL/LLCH, de fe-chas 1 y 22 de marzo del 2004, respectivamente, se dacuenta sobre los pagos simultáneos e indebidos, de pen-sión por cesantía y remuneración mensual, efectuadospor la referida Zona Registral y Registro Predial Urbano,durante los meses de octubre de 1999 a diciembre del2002, por un monto que asciende a la suma de S/.44,073.37 (CUARENTICUATRO MIL SETENTITRES y 37/100 Nuevos Soles);

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Pág. 276914 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

Que, mediante el Oficio Nº 35-2004-Z.R. Nº V/AL, defecha 6 de abril del 2004, la Oficina Legal de la Zona Re-gistral V- Sede Trujillo, remitió a la Procuraduría Públicaencargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Jus-ticia, como antecedentes la Hoja Informativa e informesaludidos en el párrafo precedente, a efecto que se expidala Resolución Ministerial que autorice iniciar las accionesjudiciales correspondientes;

Que, es necesario autorizar al Procurador Público, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do interponga las acciones judiciales pertinentes;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º dela Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del De-creto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y elartículo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacióny Defensa del Estado en Juicio, modificado por DecretoLey Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra los que resulten responsables, conforme a los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución yantecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GAMARRA UGAZMinistro de Justicia

17125

Declaran improcedente recusacióninterpuesta contra miembro del Conse-jo del Notariado y Presidente de la Jun-ta de Decanos de los Colegios de Nota-rios del Perú

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADONº 024-2004-JUS/CN

Lima, 6 de agosto de 2004

Visto, el recurso de recusación interpuesto por el señorNotario Público de Lima, Dr. Manuel Reátegui Tomatis, con-tra el Miembro de este Consejo y Presidente de la Junta deDecanos de los Colegios de Notarios del Perú, Dr. CarlosEnrique Gómez de la Torre Rivera;

CONSIDERANDO:

Que, mediante escrito de fecha 8 de julio de 2004, pre-sentado por el señor Notario Público de Lima, Dr. ManuelReátegui Tomatis, se interpone recurso de recusación con-tra el Dr. Carlos Enrique Gómez de la Torre Rivera;

Que, mediante Oficio Nº 728-2004-JUS/CN/ST de fe-cha 16 de julio de 2004, el Secretario Técnico del Consejodel Notariado, comunica que el recurso de recusación pre-sentado carece de los requisitos establecidos en los inci-sos 1) y 2) del artículo 113º y 211º de la Ley de Procedi-miento Administrativo General, no habiendo hasta la fechael interesado cumplido con subsanar las observaciones quese le hiciera respecto a su escrito de fecha 8 de julio de2004;

Que, de la revisión del recurso de recusación presen-tado se desprende que no se ha fundamentado los cargosque lo motivan y que carece de los fundamentos de dere-cho en que todo recurso debe de basarse;

Estando a lo acordado en la sesión del Consejo delNotariado de fecha 6 de agosto de 2004, con la abstencióndel Dr. Carlos Enrique Gómez de la Torre Rivera;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar improcedente la recusación in-terpuesta por el señor Notario Público de Lima, Dr. Manuel

Reátegui Tomatis, contra el señor Notario Público Dr. Car-los Enrique Gómez de la Torre Rivera, Miembro de esteConsejo y Presidente de la Junta de Decanos de los Cole-gios de Notarios del Perú, por no precisar los cargos impu-tados y no haber subsanado la observación realizada poreste Consejo al escrito presentado.

Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resoluciónal interesado, para los fines que correspondan.

Comuníquese, regístrese y publíquese.

A. RONALD CÁRDENAS KRENZPresidente

CÉSAR BAZÁN NAVEDAConsejero

JOSÉ HUMBERTO PEREIRA RIVAROLAConsejero

ALBERTO VÁSQUEZ RÍOSConsejero

17120

Remiten antecedentes relativos a lapublicación de aviso donde se mencio-nan dos lugares de atención de Notariodel distrito de Llamellín, al Colegio deNotarios de Ancash

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DEL NOTARIADONº 025-2004-JUS/CN

13 de agosto de 2004

CONSIDERANDO:

Que, a través del Oficio Nº 469-2004-JUS/CN, de fe-cha 21 de mayo de 2004, el Consejo del Notariado consul-tó al Decano del Colegio de Notarios de Ancash sobre lasituación del señor Notario Efraín Jara Peña, al habersetenido conocimiento de un aviso publicado en un diario lo-cal en el que se mencionan 2 lugares de atención de dichoNotario: uno como encargatura en Huari y otro como titula-rato en Llamellín;

Que, en respuesta al mencionado oficio, el Decano delColegio de Notarios de Ancash, mediante Oficio Nº 053-2004-CNA, de fecha 11 de junio de 2004, manifestó noencontrar en el Archivo del Decanato ningún antecedenteque se refiera a la encargatura del archivo notarial de laprovincia de Huari, menos para aperturar oficina, adjun-tando fotocopias del file personal de dicho Notario, referen-tes al Oficio Nº 071-2003-REGIÓN ANCASH /ARA-D, so-bre transferencia de fondos notariales del ex Notario de laprovincia de Huari, Sr. Luis Infantes Estelita y un certifica-do expedido con fecha 25 de junio de 2003 por el Decanodel Colegio de Notarios de Ancash, en el que se señalaque el Dr. Narciso Efraín Jara Peña, Notario del distrito deLlamellín de la provincia de Antonio Raymondi, se halla enactual ejercicio de su cargo y que, además, se le haencomendado la administración del archivo de la Notaríade la provincia de Huari, por cese de la que venía ejercien-do el señor Luis de Domingo Infantes Estelita;

Que, conforme Oficio Nº 060-2004-DCNA, de fecha 23de junio de 2004, el Dr. Luis Ludovico Montañés Ángeles,Decano del Colegio de Notarios de Ancash, remite el des-cargo formulado por el Notario de la provincia de AntonioRaymondi, Dr. Efraín Jara Peña, del que se ha tomado co-nocimiento en sesión del día 8 de julio último;

Que, de acuerdo a los antecedentes expuestos, exis-ten méritos suficientes para el inicio de proceso disciplina-rio por el Colegio de Notarios de Ancash;

Estando a las consideraciones que anteceden y de con-formidad con las normas vigentes;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Estando al contenido del aviso publicitariopor el cual el Notario Efraín Peña Jara viene difundiendosus servicios, del que se diera cuenta en sesión del Con-sejo del Notariado Nº 011-2004 de fecha 22 de junio de

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Pág. 276915NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

2004 y a lo informado por el Colegio de Notarios de An-cash, se resuelve, remitir los antecedentes a dicho Cole-gio para que proceda de acuerdo con sus atribuciones.

Artículo 2º.- Comunicar la presente al Colegio de Nota-rios de Ancash para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

A. RONALD CARDENAS KRENZ(Presidente)

CESAR HUMBERTO BAZAN NAVEDA(Consejero)

JOSE HUMBERTO PEREIRA RIVAROLA(Consejero)

ALBERTO VASQUEZ RIOS(Consejero)

CARLOS ENRIQUE GOMEZ DE LA TORRE RIVERA(Consejero)

17121

PRODUCE

Declaran infundado recurso de reconsi-deración interpuesto por personas natu-rales contra la R.D. Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 235-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto los escritos con registro de ingreso Nº 00574003del 9 de febrero y 12 de marzo del 2004, presentados porel señor Demetrio Celso Miranda Valdez y Merarda Orbe-gozo de Miranda.

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Directoral Nº 273-2003-PRODU-CE/DNEPP de fecha 8 de septiembre del 2003, se declaróen abandono el procedimiento administrativo iniciado porel señor Demetrio Celso Miranda Valdez, referido a la soli-citud de permiso de pesca para operar la embarcación ANAROSA de matrícula PL-18661-CM, en el marco de la LeyNº 26920; como consecuencia de la paralización del referi-do procedimiento administrativo por causa imputable aladministrado, al no haber cumplido con presentar en el plazoestablecido, la documentación requerida a través del oficioNº 281-2003-PRE/P-LL-Depp de fecha 14 de febrero del2003;

Que a través de los escritos del visto, los recurrentes,han interpuesto recurso de reconsideración contra la Re-solución Directoral Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP defecha 8 de septiembre del 2003, aduciendo que las notifi-caciones referidas al Oficio Nº 281-2003-PRE/P-LL-Deppde fecha 14 de febrero del 2003 y al Oficio Nº 4662-2003-PRODUCE/DNEPP del 18 de setiembre del 2003, no hansido llevadas a cabo correctamente, toda vez que en loscargos de recepción de los mismos se consignan firmasilegibles, sin nombre y apellido completo que acrediten pa-rentesco con su persona; asimismo han solicitado el otor-gamiento del permiso de pesca para operar la embarca-ción pesquera ANA ROSA de matrícula PL-18661-CM anombre de los señores JULIO PUESCAS FIESTAS y ER-NESTO PUESCAS FIESTAS, a raíz de haber celebradoun contrato de compra venta de la citada embarcación conestos últimos;

Que según el numeral 21.4 del artículo 21º de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, lanotificación personal se entenderá con la persona que debaser notificada o su representante legal, pero de no hallarsepresente cualquiera de los dos en el momento de entregarla notificación, podrá entenderse con la persona que seencuentre en dicho domicilio, dejándose constancia de sunombre, documento de identidad y de su relación con eladministrado;

Que de acuerdo a la evaluación efectuada a losdocumentos presentados, se determina que la notificaciónefectuada al recurrente, mediante los Oficios Nº 281-2003-PRE/P-LL-Depp de fecha 14 de febrero del 2003 y el OficioNº 4662-2003-PRODUCE/DNEPP del 18 de setiembre del2003, han sido realizados conforme a Ley, al verificarseque en los cargos de recepción de los mismos se consig-nan los datos requeridos para ser considerados notifica-ción válida, conforme se establece en el numeral 21.4 delartículo 21º de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 234-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el numeral 21.4del artículo 21º de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar infundado el recurso de re-consideración interpuesto por los señores Demetrio CelsoMiranda Valdez y Merarda Orbegozo de Miranda, contra laResolución Directoral Nº 273-2003-PRODUCE/DNEPP del8 de septiembre del 2003, referido al otorgamiento de per-miso de pesca para operar la embarcación pesquera ANAROSA de matrícula PL-18661-CM, por las razones expues-tas en la parte considerativa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO ARÉVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17105

Modifican la R.D. Nº 287-2003-PRODU-CE/DNEPP y autorizan a titulares depermiso de pesca el incremento de flo-ta para la extracción de anchoveta ysardina para el consumo humano

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 236-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Vistos los escritos con registro CE-12662002 de fechas10 de noviembre de 2003, 24 de febrero, 9 de marzo, 4, 14y 25 de mayo de 2004 y el escrito de registro 04494002 defecha 11 de mayo de 2004, presentados por el señor LUISMIGUEL SANCHEZ CARNERO y su cónyuge MARIA ELE-NA MOLEROS DE SANCHEZ

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 - LeyGeneral de Pesca, establece que la construcción y adqui-sición de embarcaciones pesqueras deberá contar conautorización previa de incremento de flota otorgada por elMinisterio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Pro-ducción), en función de la disponibilidad, preservación yexplotación racional de los recursos hidrobiológicos; asi-mismo dispone que las autorizaciones de incremento deflota para embarcaciones pesqueras para consumo huma-no indirecto, sólo se otorgaran siempre que se sustituyaigual volumen de capacidad de bodega de la flota existen-te;

Que en el marco de la Ley Nº 26920 y normas comple-mentarias, la Dirección Nacional de Extracción y Procesa-miento Pesquero del Ministerio de la Producción, medianteResolución Directoral Nº 287-2003-PRODUCE/DNEPP defecha 15 de setiembre de 2003, otorgó permiso de pesca alseñor LUIS MIGUEL SANCHEZ CARNERO para operar laembarcación de madera “MILAGROSA CRUZ DE CHAL-PON” de matrícula PL-2257-CM de 49.40 m3 de capacidadde bodega y 11.54 de Arqueo Neto, empleando hielo en ca-jas como medio de preservación a bordo, en la extracciónde los recursos anchoveta para el consumo humano indi-

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recto y sardina para el consumo humano directo, utilizandopara ello redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½pulgada (13 mm.) y 1½ pulgadas (38 mm.), respectivamente,en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millasde la costa;

Que mediante los escritos del visto, los señores LUISMIGUEL SANCHEZ CARNERO y MARIA ELENA MOLE-ROS DE SANCHEZ solicitan autorización de incremento deflota para la construcción de una embarcación de maderacon una capacidad de bodega de 49.40 m3, vía sustituciónde la capacidad de bodega de la embarcación no siniestra-da “MILAGROSA CRUZ DE CHALPON” ;

Que el permiso de pesca fue otorgado inicialmente alseñor LUIS MIGUEL SANCHEZ CARNERO, sin embargo,el titular solicita se modifique el artículo 1º de la ResoluciónDirectoral Nº 287-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 15 desetiembre del 2003, el cual deberá consignar adicionalmen-te a su cónyuge MARIA ELENA MOLEROS DE SÁNCHEZ,sustentando su pedido en la presentación de los requisitosprocedimentales exigidos por la Administración en lo refe-rente al procedimiento de autorización de incremento de flo-ta;

Que el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE que modifica el primer párrafo del artículo 9º delDecreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el artículo2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE y por el artículo 3ºdel Decreto Supremo Nº 003-2000-PE precisa que la susti-tución de embarcaciones pesqueras a que se refiere el artí-culo 24º de la Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18ºde su Reglamento, sólo será autorizada a las embarcacio-nes comprendidas en el correspondiente régimen jurídico,siempre que se sustituya otras de madera de igual o menorcapacidad de bodega, en los casos de siniestro con perdidatotal o no siniestrada;

Que asimismo la norma referida en el considerando pre-cedente, establece que la certificación expresa del Ministe-rio de la Producción que acredite la destrucción o desguacede las embarcaciones sustituidas no siniestradas, se efec-tuará una vez que la embarcación objeto de la autorizaciónde incremento de flota obtenga el permiso de pesca respec-tivo; además se establece que será causal de caducidad delpermiso de pesca, incumplir con la mencionada certifica-ción en un plazo de cuarenta y cinco (45) días, contados apartir del día siguiente de la notificación de la resoluciónadministrativa que otorgue el permiso;

Que de la revisión y evaluación de los documentos pre-sentados y según el Certificado Compendioso de Dominioque obra en el expediente, se ha verificado que los solicitan-tes tienen el dominio de la embarcación pesquera no sinies-trada objeto de sustitución y ha cumplido con acreditar losrequisitos establecidos por el procedimiento Nº 12 del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar la autorización deincremento de flota solicitada;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 114-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y su ampliatoria, y con la visaciónde la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920 y nor-mas complementarias y el Procedimiento Nº 12 del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la ResoluciónDirectoral Nº 287-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 15 desetiembre de 2003, consignando como titulares del permisode pesca para operar la embarcación pesquera “MILAGRO-SA CRUZ DE CHALPON” de matrícula PL-2257-CM, al se-ñor LUIS MIGUEL SANCHEZ CARNERO y cónyuge MA-RIA ELENA MOLEROS DE SANCHEZ.

Artículo 2º.- Otorgar a favor del señor LUIS MIGUELSANCHEZ CARNERO y su cónyuge MARIA ELENA MO-LEROS DE SANCHEZ autorización de incremento de flotapara la construcción de una embarcación pesquera de ma-

dera con capacidad de bodega de 49.40 m3 y de dimensio-nes 16.50 m de eslora, 7.01 m de manga y 3.20 m de puntal,equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1½pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla,vía sustitución de la embarcación no siniestrada “MILAGRO-SA CRUZ DE CHALPON” de matrícula PL-2257-CM, parala extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta parael consumo humano indirecto y sardina con destino al con-sumo humano directo.

Artículo 3º.- La autorización otorgada por el artículo pre-cedente tendrá vigencia por un plazo de dieciocho (18) me-ses, contados a partir de la fecha de su notificación, prorro-gable por seis (06) meses adicionales por única vez, siem-pre y cuando se haya realizado un avance de obra físicasignificativo de por lo menos el setenta por ciento (70%).Vencido el plazo inicial, o la prórroga, la autorización de in-cremento de flota caducará de pleno derecho en caso de nohaberse verificado la construcción total de la embarcación,sin que sea necesario para ello la notificación por parte delMinisterio de la Producción. Asimismo, será causal de ca-ducidad la ejecución de la autorización excediendo la capa-cidad de bodega autorizada o con características diferentesa las que la sustentaron.

Artículo 4º.- La capacidad de bodega de la embarca-ción cuya autorización se otorga a través de la presente re-solución, no debe exceder los 49.40 m3 de capacidad debodega; el que se compruebe la habilitación de espaciosadicionales en la bodega será causal para declarar la caduci-dad del derecho otorgado por la presente resolución, asícomo, la construcción de la nave con dimensiones mayoresa las señaladas en el artículo 2º de la presente resolucióndirectoral.

Artículo 5º.- Ejecutada la construcción de la embarcaciónpesquera, los señores LUIS MIGUEL SANCHEZ CARNE-RO y cónyuge MARIA ELENA MOLEROS DE SANCHEZdeberán solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro delplazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir delvencimiento del plazo de la autorización de incremento deflota otorgada por esta resolución, o de su prórroga, segúncorresponda, bajo sanción de caducidad de pleno derechode dicha autorización, sin que sea necesario pronunciamientoo notificación por parte del Ministerio de la Producción.

Artículo 6º.- La embarcación pesquera “MILAGROSACRUZ DE CHALPON” de matrícula PL-2257-CM efectuarálabores extractivas hasta que la embarcación a ser cons-truida obtenga su correspondiente permiso de pesca.

Artículo 7º.- El permiso de pesca de la embarcaciónseñalada en el artículo 1º de la presente resolución serámateria de caducidad en el caso de que no acredite la des-trucción o desguace de la embarcación presentado para sersustituido conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del De-creto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE.

Artículo 8º.- Incluir la presente resolución de autorizaciónde incremento de flota en el Anexo III de la Resolución Mi-nisterial Nº 284-2003-PRODUCE.

Artículo 9º.- Transcribir la presente Resolución Directo-ral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigi-lancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Gene-ral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensay a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral .

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO AREVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17106

Modifican la R.D. Nº 049-2001-PE/DNE-PP en extremo referido a denominaciónde matrícula de embarcación pesquera

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 237-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto el escrito de registro Nº CE-06607001, de fecha14 de mayo del 2004, presentado por PESQUERA CASA-BLANCA S.A.C. y el Informe Nº 224-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi.

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Pág. 276917NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 612-95-PE, de fecha31 de octubre de 1995, se otorgó permiso de pesca a pla-zo determinado, en adecuación a la Ley General de Pescay su Reglamento a dieciocho (18) armadores pesquerospara operar veintiún (21) embarcaciones pesqueras debandera nacional; encontrándose entre ellas la embarca-ción pesquera "BUJAMA" de matrícula Nº CE-6331-PM,con 180 toneladas de capacidad de bodega, consignada aPESQUERA SANTA INES S.R.Ltda., para ser destinada ala extracción de recursos hidrobiológicos para consumohumano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera delas cinco (5) millas de la costa, utilizando redes de cercode ½ pulgada (13 mm.) de abertura de malla.

Mediante Resolución Directoral Nº 049-2001-PE/DNE-PP, de fecha 30 de abril del 2001, se aprueba el cambio detitular del permiso de pesca otorgado por Resolución Mi-nisterial Nº 612-95-PE, para operar la embarcación pes-quera denominada "BUJAMA", con matrícula Nº CE-6331-PM; a favor de PESQUERA CASABLANCA S.A.C.;

Que a través del escrito del visto, PESQUERA CASA-BLANCA S.A.C., solicita modificación de Resolución Auto-ritativa Nº 049-2001-PE/DNEPP, por cambio de matrícula(cambio de puerto), en su condición de propietaria de laembarcación pesquera "BUJAMA”, conforme lo acredita conel correspondiente Certificado Compendioso de Dominio yel Certificado de Matrícula actualizado expedido por laCapitanía del Puerto de Callao;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 224-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y; con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Generalde Pesca, Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las Resolucio-nes Ministeriales Nº 229-2002-PRODUCE y Nº 284-2003-PRODUCE y el Procedimiento Nº 19 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la ResoluciónDirectoral Nº 049-2001-PE/DNEPP, en el extremo referidoa la denominación de la matrícula de la embarcación pes-quera “BUJAMA”, cuya nueva denominación en adelanteserá “MATRÍCULA Nº CO-6331-PM”, manteniéndose lasdemás características técnicas de la referida embarcación.

Artículo 2º.- Modificar el Anexo III de la ResoluciónMinisterial Nº 229-2002-PRODUCE y Anexo I, literal A) dela Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE, respec-tivamente; debiendo quedar con la denominación MATRÍ-CULA Nº CO-6331-PM.

Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directo-ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa y a las Direcciones RegionalesSectoriales del Litoral, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO ARÉVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17107

Declaran improcedente solicitud deempresa para el traslado de estableci-miento industrial pesquero ubicado enel departamento de Ancash

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 238-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto el escrito con Reg. Nº CE-00536002 de fecha 9de enero del 2004, presentado por CORPORACIÓN PES-QUERA INCA S.A. - COPEINCA

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Ministerial Nº 297-94-PE, del 21 dejulio de 1994 se otorgó a PRODUCTOS PESQUEROS PE-RUANOS S.A. licencia de operación de un establecimientoindustrial pesquero, ubicado en el distrito de Chimbote, pro-vincia del Santa, departamento de Ancash, para desarrollarla actividad de consumo humano indirecto, a través de lasplantas de harina de pescado y harina de alto contenido pro-teínico, con capacidades instaladas de 67 t/h y 33 t/h, deprocesamiento de materia prima, respectivamente;

Que a través de Resolución Ministerial Nº 047-2004-PRODUCE, publicada el 6 de febrero del 2004, se incluyeen la prohibición de traslado físico o cambio de ubicaciónde establecimientos industriales pesqueros, para el desa-rrollo de la actividad de consumo humano indirecto, esta-blecida por Resolución Ministerial Nº 449-2003 - PRODU-CE, al puerto de Malabrigo, distrito de Rázuri, provincia deAscope, departamento de La Libertad;

Que mediante escrito del visto la recurrente solicitaautorización para el traslado físico del establecimiento in-dustrial pesquero de Chimbote hacia la zona del puerto deMalabrigo, distrito de Rázuri, provincia de Ascope, depar-tamento de La Libertad;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 253-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 22 de junio del 2004, que sus-tenta la improcedencia técnica de lo solicitado y asimismo,atendiendo los considerandos de sustento de la ResoluciónMinisterial Nº 047-2004-PRODUCE, los que se fundamen-tan en el principio precautorio que rige el desarrollo de Me-dio Ambiente y que es uno de los principios más importan-tes de una política preventiva ambiental, cuya finalidad esproteger el medio ambiente, antes que alguna situación deriesgo lo haya puesto en peligro, y sobre todo, su aplicaciónconlleva el planteamiento de que la falta de certeza científi-ca sobre la existencia de un daño al medio ambiente, nodebe ser considerada impedimento para tomar medidas quereduzcan o desaparezcan el posible impacto ambiental ne-gativo en el puerto de Malabrigo, y con la opinión favorablede la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la ResoluciónMinisterial Nº 047-2004-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118ºnumeral 118.3 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presen-tada por la empresa CORPORACION PESQUERA INCAS. A., para el traslado del establecimiento industrial pes-quero de Productos Pesqueros Peruanos S.A., ubicado enel distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamentode Ancash, hacia el puerto de Malabrigo, distrito de Rázu-ri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, porlas razones expuestas en la parte considerativa de la pre-sente Resolución.

Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Direc-toral a la Dirección Regional de la Producción -Chimbote y ala Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilanciadel Ministerio de la Producción, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO ARÉVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17108

Aprueban solicitud de empresa respec-to del cambio de titular de permiso depesca de embarcación para la extrac-ción de recursos destinados al consu-mo humano indirecto

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 239-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Page 16: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276918 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

Visto el escrito de registro Nº CE-03907002 de fecha31 de mayo de 2004, presentado por la empresa HORI-ZONTE MARINO S.A.C.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE defecha 31 de marzo de 1995, se otorgó a PESQUERA COS-TA MAR S.R.L. permiso de pesca para operar la embarca-ción pesquera “COSTA MAR 2” con matrícula Nº CE-4992-PM con 180 toneladas métricas de capacidad de bodega,para la extracción de recursos hidrobiológicos de consu-mo humano indirecto en el ámbito del litoral peruano, fuerade las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco conlongitud mínima de ½ pulgada (13 mm.);

Que mediante Resolución Directoral Nº 173-98-PE/DNEde fecha 29 de mayo de 1998, se autorizó el cambio detitular de permiso de pesca de la embarcación pesquera“COSTA MAR 2” otorgado por Resolución Ministerial Nº140-95-PE a favor de PESQUERA ACUARIUS S.R.L.;

Que mediante el escrito del visto la empresa HORI-ZONTE MARINO S.A.C., solicita cambio de titular del per-miso de pesca de la embarcación “COSTA MAR 2” de ma-trícula CE-4992-PM de 180.20 m3 de capacidad de bode-ga;

Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley Generalde Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable dela embarcación a la que corresponde y que durante su vi-gencia la transferencia de la propiedad o posesión de lasembarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva latransferencia de dicho permiso en los mismos términos ycondiciones en que fue otorgado;

Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE defecha 5 de setiembre del 2002, estableció que los recursossardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus pcitura-tus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) se-rán destinados para el consumo humano directo;

Que la Resolución Ministerial Nº 077-2002-PRODUCEde fecha 25 de setiembre del 2002, en su artículo 1º señalaque los recursos sardina, jurel y caballa serán destinadosexclusivamente a la industria conservera, congeladora, decurados o hacia la elaboración de otros productos de con-sumo humano directo, así como al mercado interno al es-tado fresco refrigerado;

Que de la evaluación efectuada a los documentos queobran en el expediente se ha determinado que el recurrenteha cumplido con presentar los requisitos establecidos enel procedimiento Nº 6 del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de la Producción, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, porlo que es procedente aprobar el cambio de titular de permi-so de pesca solicitado;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto mediante Informe Nº 250-2004-PRODU-CE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el artículo 34ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE;

En uso de la facultades conferidas por el artículo 118ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE y la Resolución Minis-terial Nº 284-2003-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR el cambio de titular de permi-so de pesca solicitado por la empresa HORIZONTE MA-RINO S.A.C., por los fundamentos expuestos en la pareconsiderativa de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permisode pesca otorgada por la Resolución Ministerial Nº 140-95-PE modificada por Resolución Directoral Nº 173-98-PE/DNE a favor de PESQUERA ACUARIUS S.R.Ltda. con res-pecto a la embarcación “COSTA MAR 2”.

Artículo 3º.- Incorporar a la empresa HORIZONTEMARINO S.A.C. como titular del permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera “COSTA MAR 2” de ma-trícula CE-4992-PM de 180.20 m3 de capacidad de bode-ga, así como la presente Resolución, al literal A) del AnexoI de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y alAnexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRO-DUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA ACUARIUS

S.R.Ltda. de los indicados anexos con respecto a la em-barcación citada.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Direc-toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionalesde Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad,Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna y a la DirecciónNacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe-rio de la Producción.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO ARÉVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17109

Otorgan a personas naturales autoriza-ción de incremento de flota para la ex-tracción de recursos hidrobiológicosdestinados al consumo humano indirec-to y directo

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 241-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto el escrito con registro Nº CE-00071004 del 7 deenero y 12 de mayo del 2004, presentado por el señor PE-DRO PABLO GORDILLO PALACIOS y señora JOSEFAJACINTO BELLO.

CONSIDERANDO:

Que el primer párrafo del artículo 9º del Reglamento dela Ley Nº 26920, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el artículo 2º del Decreto SupremoNº 001-99-PE, por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº003-2000-PE y por el artículo 7º del Decreto Supremo Nº004-2002-PRODUCE, establece que la sustitución de em-barcaciones pesqueras a que se refiere el artículo 24º dela Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18º de suReglamento, sólo se autorizará a las embarcaciones com-prendidas en el régimen establecido por la Ley Nº 26920,siempre que se sustituya por otras de madera de igual omenor volumen de capacidad de bodega, en los casos desiniestro con pérdida total o no siniestrada;

Que por Resoluciones Directorales Sectoriales Nº 024-99-CTAR-LAMB/DRPE del 29 de marzo de 1999, Nº 068-2000-CTAR-LAMB/DRPE del 4 de diciembre del 2000 y Nº005-2001-CTAR-LAMB/DRPE del 16 de enero del 2001,se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a los ar-madores PEDRO PABLO GORDILLO PALACIOS y seño-ra JOSEFA JACINTO DE GORDILLO para operar la em-barcación pesquera de bandera nacional denominadaJOSE CARLOS de matrícula PL-6562-CM, construida demadera en el año 1991, con 33.16 m3 de volumen de bo-dega y 7.74 de arqueo neto, para la extracción de los re-cursos anchoveta y sardina con destino al consumo huma-no indirecto, y jurel y caballa para el consumo humano di-recto, utilizando para ello redes de cerco con tamaño míni-mo de malla de ½” pulgada (13 mm.) y 1 ½” pulgadas (38mm.), respectivamente;

Que mediante el escrito del visto, los recurrentes adu-ciendo que la embarcación pesquera JOSE CARLOS dematrícula PL-6562-CM se encuentra en condiciones deobsolescencia, solicitan la autorización de incremento deflota para construir una embarcación pesquera con 33.16m3 de capacidad de bodega, vía sustitución de igual volu-men de bodega y de los derechos correspondientes de laembarcación pesquera antes mencionada;

Que de la evaluación efectuada a los documentos pre-sentados, se determina que los recurrentes son propieta-rios de la embarcación objeto de sustitución, y que a suvez se ha verificado que han cumplido con presentar losrequisitos procedimentales establecidos en el procedimien-to Nº 12 de Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Su-premo Nº 035-2003-PRODUCE; así como los requisitossustantivos conforme a la normatividad pesquera vigente;

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Pág. 276919NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

por lo que se considera que la solicitud de autorización deincremento de flota presentada, deviene procedente;

Que dando atención al principio precautorio incorpo-rado a nuestro ordenamiento jurídico vigente y con la fina-lidad de garantizar el aprovechamiento sostenido y racio-nal del recurso sardina, y de conformidad con el DecretoSupremo Nº 001-2002-PRODUCE, corresponde autorizarla construcción de la embarcación pesquera para dedicar-se solamente a la extracción de los recursos anchovetapara consumo humano indirecto y los recursos jurel y ca-balla para el consumo humano directo;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 158-2004-PE/DNEPP-CHI y con la opinión favorable de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-1998-PE y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE y Nº 004-2002-PRODUCE; el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio dela Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRO-DUCE;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118ºdel Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar al señor PEDRO PABLO GORDI-LLO PALACIOS y señora JOSEFA JACINTO BELLO auto-rización de incremento de flota vía sustitución de igual ca-pacidad de bodega de la embarcación pesquera operativa“JOSÉ CARLOS” de matrícula Nº PL-6562-CM, para laconstrucción de una (01) embarcación pesquera de made-ra a denominarse JOSE CARLOS con 33.16 m3 de capa-cidad de bodega para la extracción de los recursos ancho-veta con destino al consumo humano indirecto y los recur-sos jurel y caballa con destino al consumo humano directo,utilizando para ello redes de cerco con tamaño mínimo deabertura de malla de ½” pulgada (13 mm.) y 1 ½” pulgadas(38 mm.).

Artículo 2º.- La autorización otorgada por el artículoprecedente tendrá un plazo de vigencia de dieciocho (18)meses, prorrogables por seis (6) meses adicionales porúnica vez, siempre y cuando se haya realizado un avancede la obra física significativo de por lo menos el setenta porciento (70%) debidamente acreditado por una empresa ins-crita ante el INDECOPI para otorgar certificados al sectorpesquero o una entidad clasificadora reconocida interna-cionalmente por IACS. Vencido dicho plazo, la citada auto-rización de incremento de flota caducará de pleno dere-cho, sin que sea necesario para ello la notificación por par-te del Ministerio de la Producción.

Artículo 3º.- Ejecutada la construcción de la embar-cación dentro del plazo previsto y señalado en el artículoprecedente, los señores PEDRO PABLO GORDILLO PA-LACIOS y JOSEFA JACINTO BELLO, deberán solicitardentro del plazo máximo de tres (3) meses, el permiso depesca respectivo; bajo sanción de caducidad de pleno de-recho del permiso de pesca de la embarcación pesquera aser sustituida, sin que sea necesario para ello la notifica-ción por parte del Ministerio de la Producción.

Artículo 4º.- La embarcación pesquera “JOSE CAR-LOS” de matrícula PL-6562-CM, consignada en el literal B)del Anexo I, de la Resolución Ministerial Nº 285-2003-PRO-DUCE, podrá operar hasta que la embarcación objeto dela presente autorización de incremento de flota se encuen-tre en condiciones de efectuar faenas de pesca; en cuyocaso, luego del otorgamiento del permiso de pesca corres-pondiente, deberá procederse a su desguace, conforme alo establecido en el segundo párrafo del artículo 9º delDecreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el Decre-to Supremo Nº 004-2002-PRODUCE.

Artículo 5º.- Se considera como causal de caducidadde permiso de pesca incumplir con la certificación expresadel Ministerio de la Producción que acredite la destruccióno desguace de las embarcaciones sustituidas no siniestra-das dentro de un plazo de cuarenta y cinco (45) días, con-tados a partir del día siguiente de la notificación de la reso-lución administrativa que otorgue el referido permiso de

pesca, de conformidad con lo establecido en la normativi-dad citada en el artículo anterior de la presente resolución.

Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc-toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi-gilancia del Ministerio de la Producción, a la DirecciónGeneral de Capitanías y Guardacostas del Ministerio deDefensa y a las Direcciones Regionales Sectoriales dellitoral.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO ARÉVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17110

Modifican licencia de operación otor-gada a Austral Group S.A.A. para desa-rrollar actividades de procesamientopesquero de recursos hidrobiológicos através de planta de harina de pescado

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 242-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto los escritos con registro Nº CE-12331002 de fe-chas 9 de enero y 14 de abril del 2004, presentados por laempresa AUSTRAL GROUP S.A.A.

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 622-95-PE defecha 6 de noviembre del 1995, modificada en su titulari-dad mediante Resolución Directoral Nº 055-99-PE/DNP defecha 10 de mayo de 1999, se otorgó a AUSTRAL GROUPS.A.A. licencia de operación para que desarrolle, entre otros,la actividad de consumo humano indirecto a través de suplanta de harina de pescado, con una capacidad de 84 t/hde procesamiento de materia prima, en su establecimientoindustrial pesquero ubicado en la localidad de Punta Telé-grafos s/n distrito y provincia de Paita, departamento dePiura;

Que por Resolución Directoral Nº 466-2003-PRODU-CE/DNEPP del 9 de diciembre de 2003 se declaró impro-cedente la solicitud presentada por AUSTRAL GROUPS.A.A., referente a la modificación de su licencia para laoperación de su planta de harina de pescado convencio-nal, por innovación tecnológica sin incremento de capaci-dad, siendo el fundamento de la improcedencia la diferentecapacidad instalada de la planta de procesamiento respectoa la otorgada en su licencia verificada en la inspección téc-nica de fecha 11de octubre de 2003;

Que a través de los escritos del visto, la recurrente in-terpone recurso de reconsideración contra la ResoluciónDirectoral Nº 466-2003-PRODUCE/DNEPP sustentada enlos fundamentos que constan en el mismo;

Que del análisis realizado al expediente, se ha deter-minado que la innovación tecnológica introducida en laplanta de harina de pescado de la empresa AUSTRALGROUP S.A.A. cuenta con la correspondiente Constan-cia de Verificación Ambiental Nº 008-2003-PRODUCE/DINAMA, emitida por la Dirección Nacional del MedioAmbiente y que la recurrente ha cumplido con presentarlos requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 delTexto Unico de Procedimientos Administrativos del Minis-terio de Pesquería (Ministerio de la Producción), aproba-do por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, habiéndosedeterminado en la inspección técnica realizada el 23 deabril del 2004 que la capacidad instalada real de la plantade procesamiento ha quedado determinada en 84 t/h demateria prima, en razón a que la recurrente ha adecuan-do la capacidad de procesamiento de su planta a la capa-cidad otorgada en su licencia, por lo que la solicitud de-viene procedente;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 181-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favorable de laOficina General de Asesoría Jurídica;

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Pág. 276920 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

De conformidad con lo establecido en el Decreto LeyNº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar FUNDADO el recurso de recon-sideración interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A. con-tra la Resolución Directoral Nº 466-2003-PRODUCE/DNE-PP por los fundamentos expuestos en la parte considerati-va de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Modificar, por innovación tecnológica, lalicencia de operación otorgada mediante Resolución Mi-nisterial Nº 622-95-PE, modificada en su titularidad porR.D. Nº 055-99-PE/DNPP a favor de la empresa AUSTRALGROUP S.A.A., entendiéndose que se autoriza a desarro-llar la actividad de procesamiento pesquero de recursoshidrobiológicos a través de una planta de harina de pesca-do de alto contenido proteínico con una capacidad de 84 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimientoindustrial ubicado en la localidad de Punta Telégrafos s/ndistrito y provincia de Paita, departamento de Piura.

Artículo 3º.- AUSTRAL GROUP S.A.A. deberá operarsu planta de harina de pescado de alto contenido proteini-co, con sujeción a las normas legales y reglamentarias delordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas ala preservación del medio ambiente y las referidas a sani-dad higiene y seguridad industrial pesquera que garanti-cen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asi-mismo, deberá contar con un sistema de control del proce-so que garantice la óptima calidad del producto final y de-berá poner en operación los equipos y/o sistemas de miti-gación verificados por la Dirección Nacional de MedioAmbiente, según Constancia de Verificación Nº 008-2003-PRODUCE/DINAMA del 4 de noviembre del 2003.

Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en elartículo precedente así como la operación de la planta conuna capacidad mayor a la establecida o con mayor númerode líneas de producción que las verificadas para el otorga-miento de la licencia, serán causal de caducidad del dere-cho otorgado o de las sanciones que resulten aplicablesconforme a la normatividad vigente, según corresponda.

Artículo 5º.- Excluir del Anexo IV-B (Plantas de proce-samiento pesquero - Harina de pescado convencional) dela Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, a laempresa AUSTRAL GROUP S.A.A.

Artículo 6º.- Incorporar al Anexo IV-A (Plantas de pro-cesamiento pesquero - Harina de pescado de Alto Conte-nido Proteínico) de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, la planta de harina de pescado de alto conte-nido proteínico de la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A.conforme se detalla a confinuación:

CAPACIDAD COCINADORES PRENSAS SECADORES(t/h) Nº (t/h) Nº (t/h) Nº (t/h)

84 2 84 3 115 7 98

Los equipos limitantes lo constituyen los cocinadores.

Artículo 7º.- Transcríbase la presente Resolución a laDirección Regional Sectorial de Piura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO AREVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17111

Otorgan permisos de pesca a empresaspara operar embarcaciones pesquerasde bandera japonesa y coreana en laextracción de calamar gigante o pota

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 243-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 24 de agosto de 2004

Visto el expediente con escrito de registro Nº CE-06626003 del 20 de agosto del 2004, presentado por la em-presa GYOREN DEL PERU S.A.C., representante legal enel Perú de la empresa NATIONAL FEDERATION OF FIS-HERIES CO-OPERATIVE ASSOCIATIONS-ZENGYOREN-

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRO-DUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Régi-men Provisional para la extracción comercial del recursoCalamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), cuya vigenciaserá desde el 01 de enero hasta el 31 de marzo del 2004;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 134-2004-PRO-DUCE del 30 de marzo del 2004, se prorroga hasta el 31de julio del 2004, la vigencia del Régimen Provisional parala extracción comercial del recurso Calamar Gigante o Pota(Dosidicus gigas), establecido en el artículo 1º de la Reso-lución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 283-2004-PRO-DUCE del 27 de julio del 2004, se prorroga hasta el 31 dediciembre del 2004, la vigencia del Régimen Provisionalpara la extracción comercial del recurso Calamar Giganteo Pota (Dosidicus gigas) establecido por la Resolución Mi-nisterial Nº 505-2003-PRODUCE y prorrogado por la Re-solución Ministerial Nº 134-2004-PRODUCE; y asimismo,se establece el monto a pagar por concepto de derechosde pesca a razón de US$ 65.00 (Sesenta y cinco y 00/100dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN)de la embarcación, así como, el monto a pagarse por cadatonelada métrica de captura nominal transbordada a US$15.00 (Quince y 00/100 y dólares americanos);

Que a través del escrito del visto, la recurrente solicitapermiso de pesca para operar la embarcación pesqueracalamarera de bandera extranjera denominada "HAMAZENMARU Nº 68", en la extracción del recurso Calamar Gigan-te o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales pe-ruanas, así como licencia para la operación de la planta deprocesamiento pesquero a bordo de la misma, para desa-rrollar la actividad de congelado;

Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expedien-te, se ha determinado que la recurrente ha cumplido conlos requisitos procedimentales y sustantivos exigidos porla normatividad pesquera vigente, por lo que procede otor-gar el permiso de pesca solicitado;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero mediante el Informe Nº 207-2004-PRO-DUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Ofici-na General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por el Decreto LeyNº 25977- Ley General de Pesca-; su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamentodel Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Re-soluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRODUCE y el procedi-miento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administra-tivos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decre-to Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118ºdel Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º .- Otorgar permiso de pesca a la empresaGYOREN DEL PERU S.A.C., representada por GENJISUGAWARA, en representación de la empresa NATIONALFEDERATION OF FISHERIES CO-OPERATIVE ASSO-CIATIONS-ZENGYOREN-, de Japón, para operar la em-barcación pesquera de bandera japonesa cuyas caracte-rísticas se detallan a continuación, en la extracción del re-curso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguasjurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millasmarinas de la línea de costa, así como la licencia para laoperación de su respectiva planta de congelado a bordo;con vigencia desde el 29 de agosto al 27 de setiembre del2004, para el buque:

NOMBRE INDICATIVO CAPAC. CAPAC. ARTE DEE/P T.N. INTERNAC. ALMACEN. CONGELA. PESCA ARMADOR

(m3) (TM/día)

HAMAZEN 357 JIDF 1,161.13 82 LINEAS KUMAGAI GYOGYOMARU 68 POTERAS KABUSHIKI KAISHA

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Pág. 276921NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Artículo 2º .- El permiso de pesca otorgado por el artí-culo precedente está sujeto al Reglamento del Ordenamien-to Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo que le sea aplica-ble y a las condiciones y compromisos asumidos confor-me a la Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE,que establece el régimen provisional para la extraccióncomercial del calamar gigante o pota y las ResolucionesMinisteriales Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRO-DUCE que prorrogan dicho régimen.

Artículo 3º .- GYOREN DEL PERU S.A.C., deberá ope-rar su planta de procesamiento de productos hidrobiológi-cos (congelado) con sujeción a las normas legales y regla-mentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como alas relativas a la preservación del medio ambiente y lasreferidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesque-ra que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad.Asimismo, deberá implementar su sistema de control delproceso que garantice la óptima calidad del producto, asícomo cumplir con las normas y procedimientos para evitarla contaminación marina.

Artículo 4º. - El inicio de las operaciones de pesca yprocesamiento pesquero a bordo de la embarcación pes-quera calamarera citada en el artículo 1º de la presenteresolución, está condicionada a la entrada en vigencia delpermiso de pesca y a la comunicación que efectúe la Di-rección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesque-ro del Ministerio de la Producción a la Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa,después de la Inspección Técnica Sanitaria de la Direc-ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero einstalación del Sistema de Seguimiento Satelital - SISES-AT a bordo de la referida embarcación.

Artículo 5º .-Transcribir la presente Resolución Direc-toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO AREVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17112

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 244-2004-PRODUCE/DNEPP

Lima, 26 de agosto de 2004

Visto el expediente con escrito de registro Nº CE-06633003 del 20 de agosto del 2004, presentado por laempresa PERUKO S.A., representante legal en el Perú delarmador coreano IN SUNG CORPORATION

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 505-2003-PRO-DUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Régi-men Provisional para la extracción comercial del calamargigante o pota (Dosidicus gigas), cuya vigencia será des-de el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2004;

Que por Resolución Ministerial Nº 134-2004-PRODU-CE del 30 de marzo del 2004, se prorroga hasta el 31 dejulio del 2004, la vigencia del Régimen Provisional para laextracción comercial de calamar gigante o pota (Dosidicusgigas), establecido en el artículo 1º de la Resolución Mi-nisterial Nº 505-2003-PRODUCE;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 283-2004-PRO-DUCE del 27 de julio del 2004, se prorroga hasta el 31 dediciembre del 2004, la vigencia del Régimen Provisionalpara la extracción comercial del calamar gigante o pota(Dosidicus gigas) establecido en el artículo 1º de la Reso-lución Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE; y asimismo, seestableció el monto a pagar por concepto de derechos depesca a razón de US $ 65.00 (Sesenta y cinco y 00/100dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN)de la embarcación, así como, el monto a pagarse por cadatonelada métrica de captura nominal transbordada a US $15.00 (Quince y 00/100 dólares americanos);

Que a través del escrito del visto, la recurrente solicitapermiso de pesca para operar la embarcación pesqueracalamarera denominada "IN SUNG Nº 707", en la extrac-

ción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdic-cionales peruanas, así como licencia para la operación dela planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma,para desarrollar la actividad de congelado;

Que de acuerdo a la evaluación efectuada al expedien-te, se ha determinado que la recurrente ha cumplido conlos requisitos procedimentales y sustantivos exigidos porla normatividad pesquera vigente, por lo que procede otor-gar el permiso de pesca solicitado;

Estando a lo informado por la Dirección de ConsumoHumano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero mediante el Informe Nº 208-2004-PRO-DUCE/DNEPP-Dch, y con la opinión favorable de la Ofici-na General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido por el Decreto LeyNº 25977- Ley General de Pesca; su Reglamento, aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamentodel Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Re-soluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRODUCE y el procedi-miento Nº 8 de Texto Único de Procedimientos Administra-tivos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decre-to Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y,

En uso de las facultades conferidas por el artículo 118ºdel Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresaPERUKO S.A., representante legal en el Perú del armadorcoreano IN SUNG CORPÓRATION, para operar la embar-cación pesquera de bandera coreana cuyas característi-cas se detallan a continuación, en la extracción del recur-so calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas ju-risdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas dela costa, así como la licencia para la operación de su res-pectiva planta de congelado a bordo; con vigencia desdeel 28 de agosto al 27 de setiembre del 2004, para el buque:

NOMBRE T.R.N INDICATIVO CAPAC. CAPAC. ARTE DEINTER. INTERNAC. ALMACEN. CONGE- PESCA ARMADOR

(m3) LADO(TM/día)

IN SUNG 352 6LRR 484 59 LÍNEAS IN SUNGNº 707 POTERAS CORPORATION

Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artí-culo precedente está sujeto al Reglamento del Ordenamien-to Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo aplicable y a lascondiciones y compromisos asumidos conforme a las Re-soluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 134-2004-PRODUCE y Nº 283-2004-PRODUCE, que esta-blece y prorroga respectivamente, el régimen provisionalpara la extracción comercial del calamar gigante o pota.

Artículo 3º.- PERUKO S.A., deberá operar su plantade procesamiento de productos hidrobiológicos (congela-do) con sujeción a las normas legales y reglamentarias delordenamiento jurídico pesquero, así como a las relativas ala preservación del medio ambiente y las referidas a sani-dad, higiene y seguridad industrial pesquera que asegurenel desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, deberáimplementar su sistema de control del proceso que garan-tice la óptima calidad del producto, así como cumplir conlas normas y procedimientos para evitar la contaminaciónmarina.

Artículo 4º.- El inicio de las operaciones de pesca yprocesamiento pesquero a bordo de la embarcación pes-quera calamarera citada en el artículo 1º de la presenteresolución, está condicionada a la entrada en vigencia delpermiso de pesca.

Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc-toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SILVIA DONGO AREVALODirectora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero

17113

Page 20: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276922 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

RELACIONES EXTERIORES

Designan delegación que participará enreuniones de la OPS y la OMS a reali-zarse en EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0791-2004-RE

Lima, 22 de septiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que la 45º Reunión del Consejo Directivo de la Orga-nización Panamericana de la Salud (OPS) y la 56º Se-sión del Comité Regional de la Organización Mundial dela Salud (OMS) para las Américas en la sede de laOrganización Panamericana de la Salud, se realizará enla ciudad de Washington DC, Estados Unidos de Améri-ca, del 27 de septiembre al 1 de octubre de 2004;

Que en las citadas reuniones se trataran asuntos deimportancia como es lo relativo al análisis de la políticadel presupuesto regional por programas, con la finalidadde mejorar los criterios de asignación de recursos basa-dos en necesidades y fundamentada en los principiosde equidad y solidaridad;

Que en dicha Reunión se conmemorará el 25º aniver-sario de la Declaración de Alma-Ata en el que se presen-tarán los logros de la Región en el impulso de la aten-ción primaria;

Que, en consecuencia, es necesario designar a ladelegación peruana que intervendrá en la citada reuniónpor ser el Perú Estado Miembro de ambas organizacio-nes;

Teniendo en cuenta lo expuesto en el Oficio Nº 2176-2004 DM/MINSA, de la Ministra de Salud, de 10 de se-tiembre de 2004; el Memorándum (SME-AES-SOE) Nº602, del Subsecretario de Asuntos Multilaterales, de 16de setiembre de 2004; y la Hoja de Trámite (GPX) Nº4357, del Gabinete de Coordinación del Secretario dePolítica Exterior, de 17 de setiembre de 2004;

De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 28091,Ley del Servicio Diplomático de la República; el artículo2º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático dela República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Ex-teriores, de 28 de diciembre de 1992; y el artículo 2º delDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de junio de2002;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a la delegación perua-na que participará en la 45º Reunión del Consejo Direc-tivo de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)y en la 56º Sesión del Comité Regional de la Organiza-ción Mundial de la Salud (OMS) para las Américas, quese llevará a cabo en la sede de la Organización Panameri-cana de la Salud, en la ciudad de Washington DC, Esta-dos Unidos de América, del 27 de setiembre al 1 de oc-tubre del 2004, la misma que estará integrada por lossiguientes funcionarios:

- Doctora Pilar Mazzetti Soler, Ministra de Salud, quienla presidirá;

- Embajador Alberto Borea Odría, RepresentantePermanente del Perú ante la Organización de los Esta-dos Americanos;

- Doctor Carlos Cosentino Esquerre, Director Gene-ral de la Oficina General de Cooperación Internacionaldel Ministerio de Salud;

- Licenciado Luis Manrique Morales, Asesor del Des-pacho Ministerial de Salud; y,

- Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de laRepública, Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos,funcionaria de la Representación Permanente del Perúante la Organización de los Estados Americanos.

Artículo Segundo.- La presente Resolución no oca-siona gasto alguno al Tesoro Público ni dará derecho a

exoneraciones de impuestos o de derechos aduanerosde ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS FERREROPresidente del Consejo de MinistrosMinistro (e) del Despacho deRelaciones Exteriores

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SALUD

Aprueban Directiva "Procedimientospara la Implementación y uso de la he-rramienta informática "SUMA" en situa-ciones de emergencias y desastres"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 946-2004/MINSA

Lima, 21 de setiembre del 2004

Visto el OFICIO Nº 765-2004-DG-OGDN, de la OficinaGeneral de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, nuestro país afronta un alto riesgo de sufrir de-sastres frente a las amenazas permanentes de fenóme-nos naturales y antrópicos, que ponen en peligro la salud yla vida de las personas; situación que exige plantearseobjetivos orientados a prevenirlos, atenuarlos y atenderlosconvenientemente;

Que, para el logro de estos objetivos, se requiere la eje-cución de actividades eficaces y la utilización de instru-mentos que permitan disponer de la información oportunasobre los daños y la situación sanitaria ante la ocurrenciade una emergencia y/o desastre;

Que, las múltiples experiencias demuestran que anteeventos adversos, la solidaridad humana se materializamovilizando ingentes cantidades de recursos tanto huma-nos como materiales que es necesario gestionar de mane-ra eficiente para cumplir con sus fines humanitarios;

Que, en la atención de las emergencias a nivel nacio-nal e internacional, la herramienta informática “SUMA” hademostrado ser un instrumento eficaz para el manejo demedicamentos, insumos médico-quirúrgicos y otros mate-riales de ayuda humanitaria provenientes de donaciones;por lo que, se ha elaborado la Directiva: “Procedimientospara la Implementación y Uso de la Herramienta Informáti-ca “SUMA” en Situaciones de Emergencias y Desastres”;

Estando a lo informado por la Oficina General de DefensaNacional y con las visaciones de la Oficina General de Estadísti-ca e Informática y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artí-

culo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA Nº 042 -MINSA/OGDN-V.01: “PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPLEMEN-TACIÓN Y USO DE LA HERRAMIENTA INFORMÁTICA“SUMA” EN SITUACIONES DE EMERGENCIAS Y DE-SASTRES”, que en documento adjunto forma parte inte-grante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Oficina General de Defensa Nacionalse encargará de la difusión, implementación y supervisióndel cumplimiento de la citada Directiva.

Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud, a nivel nacional, sonresponsables del cumplimiento de la mencionada Directiva.

Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicacionesse encargará de la publicación de dicha Directiva en lapágina web del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER NEVES MUJICAMinistro de Trabajo y Promoción del EmpleoEncargado de la Cartera de Salud

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DIRECTIVA Nº 042-2004-MINSA/OGDN-V.01

PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓNY USO DE LA HERRAMIENTA INFORMÁTICA

“SUMA” EN SITUACIONES DEEMERGENCIAS Y DESASTRES

I. FINALIDAD

Fortalecer la capacidad del Sector Salud en el manejode medicamentos, insumos médicos-quirúrgicos y otrosmateriales de ayuda humanitaria provenientes de donacio-nes en situaciones de emergencias y desastres.

II. OBJETIVO

Promover el uso de la herramienta informática “SUMA”para el manejo de medicamentos, insumos médicos-qui-rúrgicos y otros materiales de ayuda humanitaria prove-nientes de donaciones en situaciones de emergencias ydesastres, los cuales no forman parte del stock físico inte-grado del Sistema Integrado de Medicamentos e InsumosMédicos-Quirúrgicos (SISMED).

III. ALCANCE

La presente directiva es de aplicación obligatoria en laOficina General de Defensa Nacional, Dirección Generalde Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), OficinaGeneral de Epidemiología(OGE), Centros de Prevención yControl de Emergencias y Desastres de las DISAS/DIRE-SAS, y otras dependencias del Sector que manejen, reci-ban o entreguen donaciones de ayuda humanitaria en si-tuaciones de emergencias o desastres.

IV. BASE LEGAL

- Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, DecretoLey Nº 19338 y sus modificatorias, Decretos LegislativosNºs. 442, 735 y 905, Ley Nº 25414 y Decreto de UrgenciaNº 049-2000.

- Ley de Movilización Nacional, Ley Nº 28101.- Ley General de Salud, Ley Nº 26842.- Ley del Ministerio de Salud, Ley Nº 27657.- Decreto Supremo Nº 005-88-SGMD - Reglamento del

Sistema de Defensa Civil y su modificatoria Decreto Su-premo Nº 058-2001-PCM.

- Decreto Supremo. Nº 001-A-2004-DE/SG; que aprue-ba el Plan Nacional de Prevención y Atención de Desas-tres.

- Decreto Supremo Nº 013-2002-SA; que aprueba elReglamento de la Ley del Ministerio de Salud.

- Decreto Supremo Nº 014-2002-SA; que aprueba elReglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Salud.

- Resolución Ministerial Nº 573-2003-SA/DM; queaprueba el Reglamento de Organización y Funciones delas Direcciones de Salud y las Direcciones de redes deSalud.

- Resolución Ministerial Nº 396-2001-SA/DM; que creael Sistema Integrado de Medicamentos y Material o Insu-mo Médico Quirúrgico del Ministerio de Salud – SISMED.

- Resolución Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM; queaprueba la Directiva del Sistema Integrado de Medicamen-tos y Material o Insumo Médico Quirúrgico del Ministeriode Salud - SISMED.

- Resolución Ministerial Nº 247-95-SA/DM; que aprue-ba la constitución de los Comités Hospitalarios de DefensaCivil.

- Resolución Ministerial Nº 108-2001-SA/DM; queaprueba la Directiva sobre Organización de Funciones delos Comités de Defensa Civil de las Direcciones de Salud.

V. DEFINICIONES OPERACIONALES

1. SUMA (Supply Management - Manejo de Sumi-nistros)

Herramienta informática desarrollada por OPS y FUN-DESUMA, de uso libre en los países de la Región de lasAméricas, que facilita el manejo y control de la informaciónde los suministros donados de la ayuda humanitaria en si-tuaciones de emergencias y desastres; así como la clasifi-cación desde el punto de ingreso de las donaciones con el

fin de establecer prioridades de distribución de los mismosa la comunidad, de acuerdo a las necesidades de la pobla-ción afectada.

2. SUMA CENTRAL

Es la unidad que define los parámetros para las Unidadesde Campo. El lugar de operación del Suma Central será de-terminado por la Oficina General de Defensa Nacional, encoordinación con el operador local. Tiene como funciones:

- Creación de las Unidades de Campo.- Consolidación de la información enviada por las Uni-

dades de Campo.- Elaboración de reportes que servirán de apoyo al pro-

ceso de toma de decisiones y promoverán la coordinacióninterinstitucional.

3. SUMA UNIDAD DE CAMPO

Es la unidad que se encarga de recoger la informaciónde los envíos de donaciones en los lugares de recepción opuntos de entrada (puertos aéreos, marítimos o terrestres).Tiene como funciones:

- Separación e identificación de los suministros en lassiguientes categorías:

- Urgente - Distribución Inmediata (etiqueta de colorROJO)

- Distribución No Urgente (etiqueta de color AZUL)- Artículos No Prioritarios (etiqueta de color NEGRO)

- Clasificación de los suministros en categorías, sub-categorías e ítems.

- Elaboración de reportes de los envíos registrados enla Unidad de Campo.

- Elaboración de recibos de entrega para los destinatarios.- Consolidación de la información y envío al Suma Central.

4. SUMA BODEGA

Es la unidad que se encarga de registrar las entradas ysalidas de los suministros en los Centros de Almacena-miento o Bodegas. Estas bodegas reciben los suministrosy la información de las Unidades de Campo o del SumaCentral, y tiene como funciones:

- Elaboración del balance de inventario local.- Elaboración de reportes de existencias y entregas por

diversos parámetros.- Elaboración del inventario de otras bodegas o alma-

cenes.

5. EQUIPO SUMA

Estará integrado por:

- Operador del Nivel CentralCoordinadorEquipo consultor

- Operadores de las Unidades de CampoDos operadores por unidad

- Operadores del Módulo de BodegasCoordinador de BodegasDos operadores por cada bodega instalada

Otros integrantes son los portadores, constituido porpersonal técnico previamente capacitado y con experien-cia en el área de manejo de suministros en casos de emer-gencia, pudiendo ser voluntarios en el área de la salud ovoluntarios en otras ramas con experiencia logística.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

1. PROCEDIMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓNDE LA HERRAMIENTA INFORMÁTICA “SUMA”

- PLANIFICACIÓN

Identificación de la zona donde se desarrollará la im-plementación y operación del Suma Central, de las Unida-

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des de Campo y de los Centros de Almacenamiento o Bo-degas. Esta actividad estará a cargo del Coordinador Ma-cro regional.

- PREPARACIÓN

Evaluación y revisión permanente de las posibles áreasde operación previamente identificadas. Se coordinará conlos encargados de los puertos o puntos de ingreso (aéreo,marítimo, terrestre), así como con los administradores deprobables bodegas, estableciéndose el flujo del transpor-te, las vías de acceso, determinándose los posibles pun-tos de embotellamiento y riesgos de bloqueo debido al im-pacto del evento adverso.

Además, se determinará la vulnerabilidad de la infraes-tructura de las zonas donde se desarrollarán las operacio-nes, y se evaluará la disponibilidad del recurso humanopara la operatividad del sistema.

- RESPUESTA

Instalación del software SUMA, efectuando las eva-luaciones intersectoriales de la situación en el terreno,con el fin de determinar la necesidades de la región afec-tada por el evento adverso, así como determinar las ca-pacidades disponibles localmente y los requerimientoscomplementarios para enfrentar dichas necesidades.Todo ello, en coordinación con la Oficina General deDefensa Nacional.

El equipo de la Oficina General de Defensa Nacionaly el Coordinador del Centro de Prevención y Control deEmergencias y Desastres procederán a instalar el SumaCentral en el lugar previamente seleccionado para talfin.

2. RESPONSABLES DEL USO DE LA HERRAMIEN-TA INFORMÁTICA SUMA

OFICINA GENERAL DE DEFENSA NACIONAL(OGDN)

1. Es responsable de la implementación del SUMA enlas dependencias del Ministerio de Salud.

2. Es responsable del envío de un equipo de expertosen el manejo del SUMA, el mismo que brindará apoyo yasesoría técnica.

3. Prepara al Equipo Macro regional SUMA.4. Supervisa, monitorea y brinda asistencia técnica

para el correcto funcionamiento del SUMA.5. Coordina y articula acciones con la DIGEMID.6. Coordina con la Oficina General de Epidemiología

(OGE) referente a la vigilancia posterior en situaciones deemergencias o desastres, para una adecuada distribuciónde suministros.

DIRECCIÓN GENERAL DE MEDICAMENTOS INSU-MOS Y DROGAS (DIGEMID)

1. Es responsable de adecuar las normas y procedi-mientos de vigilancia y protección sanitaria referidas a lasactividades de donaciones ya existentes para atender si-tuaciones de emergencias y desastres.

2. Coordina acciones conjuntas con la OGDN relacio-nadas a la calidad y vigencia de los insumos de acuerdo ala normatividad vigente.

OFICINA GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA (OGE)

1. Es responsable de evaluar el riesgo potencial epi-démico después de los desastres naturales.

2. Coordina acciones conjuntas con la OGDN sobrenecesidades específicas de acuerdo al perfil epidemiológi-co identificado.

DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD (DIRESA) Y DI-RECCIÓN DE SALUD (DISA)

1. Es responsable de conducir, monitorear el funcio-namiento del SUMA, implementado en situaciones de emer-gencias o desastres, mediante la participación del coordi-nador del Centro de Prevención y Control de Emergenciasy Desastres (CPCED) y el Equipo SUMA Macrorregional.

2. Remitir el informe final de la utilización de SUMA ala Oficina General de Defensa Nacional (OGDN).

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

La Oficina General de Defensa Nacional será respon-sable de:

- Difundir la presente Directiva a nivel nacional.- Coordinar con la Organización Panamericana de la

Salud (OPS) y la Fundación para el Desarrollo del SistemaIntegral de Manejo de Suministros (FUNDESUMA), el apo-yo necesario para su operación.

- Formar los equipos de Respuesta SUMA para el nivelnacional y regional.

- Desarrollar las capacidades necesarias y estrategiaspara la implementación y uso del SUMA a nivel nacional.

VIII. DISPOSICIONES FINALES

La Oficina General de Defensa Nacional del Ministeriode Salud, en un plazo de ciento veinte (120) días, capaci-tará al personal de las DISAS y DIRESAS en el manejo dela herramienta informática “SUMA”.

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TRABAJO Y PROMOCIÓN

DEL EMPLEO

Designan miembros del consejo consul-tivo del Programa de Capacitación La-boral para Jóvenes - PROJOVEN

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 247-2004-TR

Lima, 20 de setiembre de 2004

VISTOS: El Oficio Nº 430-2004-DVMPEMYPE/PROJO-VEN, de fecha 10 de setiembre de 2004, de la DirecciónEjecutiva del Programa de Capacitación Laboral Juvenil -PROJOVEN; el Oficio Nº 360-2004-DVMPE, de fecha 13de setiembre de 2004, del Despacho Viceministerial dePromoción del Empleo y la Micro y Pequeña Empresa; elEscrito de la Presidencia 125/SNI-2004, de la SociedadNacional de Industrias; el Oficio Nº CONFIEP PRE-563/04, de la Confederación Nacional de Instituciones Empre-sariales Privadas; el Oficio Nº 138-APEMIPE/2004, de laPresidencia de la Asociación de Pequeños y Medianos In-dustriales del Perú; y el Escrito de fecha 6 de setiembre de2004, del CEOP “EPOCA VIRTUAL E.I.R.L”; el Escrito defecha 7 de setiembre de 2004, de Servicios Educativos ElAgustino - SEA; y el Oficio Nº 597-2004-CONAJU-CNJ/P,de fecha 6 de agosto de 2004, de la Presidencia de la Co-misión Nacional de la Juventud; y,

CONSIDERANDO:

Que, dentro de la política laboral y de promoción deempleo del Sector Trabajo y de Promoción del Empleo, seencuentra el Programa de Capacitación Laboral para Jó-venes - PROJOVEN, destinado a brindar capacitación yexperiencia laboral a jóvenes de escasos recursos econó-micos, para favorecer su inserción al mercado laboral;

Que, el reconocimiento legal del Programa de Capaci-tación Laboral para Jóvenes - PROJOVEN, se genera apartir de la Resolución Ministerial Nº 077-96-TR, que aprue-ba su inclusión a la estructura programática del entoncesMinisterio de Trabajo y Promoción Social, actualmente,Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 112-99-TR, defecha 20 de julio de 1999, el Programa de CapacitaciónLaboral para Jóvenes - PROJOVEN, se constituyó en unaUnidad Ejecutora del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, con autonomía técnico-administrativa, económicay financiera, designándose a un coordinador como respon-sable de la conducción de su gestión;

Que, con fecha 26 de marzo de 2004, la República delPerú suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo(BID), el Contrato de Préstamo Nº 1534/OC-PE, por el montode hasta US$ 26 millones, para ser aplicados en el Programade Capacitación Laboral de Jóvenes - PROJOVEN;

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Pág. 276925NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Que, el Programa de Capacitación Laboral para Jóve-nes - PROJOVEN, a fin de garantizar el cumplimiento delos objetivos del Programa, y los acuerdos entre el BancoInteramericano de Desarrollo (BID), ha aprobado median-te Resolución Ministerial Nº 198-2004-TR, su ReglamentoOperativo, en donde se definen y describen los procedi-mientos y responsabilidades en la ejecución de las accio-nes y actividades del Programa PROJOVEN, Unidad Eje-cutora 002 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Em-pleo;

Que, el Reglamento Operativo citado precedentemen-te, establece que el Programa de Capacitación Laboral paraJóvenes - PROJOVEN, contará con un consejo consultivoque será su ente de apoyo y promotor, el cual estará con-formado por el Viceministro de Promoción del Empleo y laMicro y Pequeña Empresa, quién la presidirá, el DirectorEjecutivo de la Unidad Ejecutora del PROJOVEN, tres (3)representantes empresariales, y dos (2) representantes delas Entidades de Capacitación - ECAP, que hayan partici-pado en las convocatorias de PROJOVEN y que serán in-vitados por el Director Ejecutivo;

Que, mediante oficios de vistos, el Ministerio de Traba-jo y Promoción del Empleo ha recibido las comunicacionesde las nominaciones de los representantes empresariales,(los mismos, que serán designado a través del ConsejoNacional de Trabajo - CNT), y de las entidades de capaci-tación - ECAP, que conforman el consejo consultivo dePROJOVEN, quienes serán designados por un período dedos (2) años y tendrán la calidad de Ad Honorem;

Que, de otro lado, en reconocimiento a la función depromoción y desarrollo integral de la juventud que efectúael Consejo Nacional de la Juventud, es conveniente quedicho Consejo participe, en calidad de observador, en elconsejo consultivo del Programa de Capacitación Laboralpara Jóvenes - PROJOVEN;

Que, en mérito a lo expuesto, es conveniente emitir elacto administrativo que designe a los miembros del conse-jo consultivo del Programa de Capacitación Laboral paraJóvenes - PROJOVEN;

Con la visación del Director General de la Oficina deAsesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido por el artículo 37ºdel Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; laResolución Ministerial Nº 198-2004-TR, que aprueba elReglamento Operativo del Programa de Capacitación La-boral para Jóvenes - PROJOVEN; y el literal d) del artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones del Mi-nisterio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a los miembros del consejo con-sultivo del Programa de Capacitación Laboral para Jóve-nes - PROJOVEN, el mismo, que estará conformada porlos siguientes miembros:

Representantes del Ministerio de Trabajo y Promo-ción del Empleo

- El Viceministro de Promoción del Empleo y la Micro yPequeña Empresa, quién la presidirá.

- El Director Ejecutivo del Programa de Capacitaciónpara los Jóvenes - PROJOVEN, Unidad Ejecutora 002 delMinisterio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Representantes Empresariales

- Señor José Antonio Valdéz Sánchez-Gutiérrez, enrepresentación de la Sociedad Nacional de Industrias - SNI.

- Señor Hernán Arizaga Marchena, en representaciónde la Confederación Nacional de Instituciones Empresa-riales Privadas - CONFIEP.

- Señor Jorge Salinas Sedano, en representación de laAsociación de Pequeños y Medianos Industriales del Perú– APEMIPE.

Representantes de las Entidades de Capacitación -ECAP

- Señora Yolanda E. García Reátegui, en representa-ción de Época Virtual E.I.R.L.

- Las señoras Inés Jurado Chueca y Juana CuadrosSalas, como representantes titular y suplente, respectiva-mente, de Servicios Educativos El Agustino (SEA).

Artículo 2º.- El mandato de los miembros del consejoconsultivo será de dos (2) años y tendrá la calidad de adhonórem.

Artículo 3º.- Invitar a las señoras Carmen Vegas Gue-rrero y Ruth Jerónimo Zacarías, como representantes Ti-tular y Alterno, del Consejo Nacional de la Juventud, res-pectivamente, organismo que participará en el consejo con-sultivo de PROJOVEN, en calidad de observador.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER NEVES MUJICAMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo

17129

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Declaran resuelto contrato de concesiónsuscrito con Telecable Siglo 21 S.A.A.para la prestación del servicio telefóni-co fijo local en las modalidades abona-dos y teléfonos públicos

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 690-2004-MTC/03

Lima, 16 de septiembre de 2004

VISTO, el Expediente Nº 2000-01539002, sobre conce-sión otorgada a la empresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A.,para la prestación del servicio público telefónico fijo localen las modalidades de abonados y teléfonos públicos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2001-MTC/15.03, de fecha 10 de mayo de 2001, se otorgó con-cesión a la empresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A., parala prestación del servicio telefónico fijo local en las modali-dades de abonados y teléfonos públicos, suscribiéndoseel contrato de concesión con fecha 27 de junio de 2001;

Que, el numeral 6.01, de la cláusula Sexta del contratode concesión, estipula que empresa concesionaria tiene laobligación de iniciar la prestación del servicio concedidoen un plazo que no excederá de doce (12) meses, compu-tados desde la fecha efectiva, entendiéndose como tal lafecha de la suscripción del contrato de acuerdo a lo estipu-lado en la cláusula Cuarta, y en caso se incumpliera elplazo señalado la concesión quedará automáticamente sinefecto;

Que, el literal a) del numeral 18.01, de la cláusula Déci-ma Octava del contrato de concesión, establece que elcontrato quedará resuelto cuando el concesionario incurraen alguna de las causales de resolución del Contrato deConcesión previstas en el Reglamento General de la Leyde Telecomunicaciones;

Que, el artículo 142º del Texto Único Ordenado del Re-glamento General de la Ley de Telecomunicaciones, apro-bado con Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, señala quevencido el plazo fijado para el inicio de la prestación delservicio de telecomunicaciones concedido sin haberse ini-ciado la prestación del mismo, se producirá de pleno dere-cho la resolución del contrato de concesión, y simultánea-mente quedará sin efecto la correspondiente resolución queasignó el uso del espectro radioeléctrico;

Que, el numeral 1) del artículo 144º del Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley de Teleco-municaciones, establece que el contrato de concesión seresuelve, entre otros, por el incumplimiento del plazo pac-tado para iniciar la prestación del servicio;

Que, por Resolución Directoral Nº 541-2003-MTC/17,del 21 de agosto de 2003, se declaró el abandono de lasolicitud de prórroga de inicio de operaciones para la pres-tación del servicio telefónico fijo local, de la empresa TE-LECABLE SIGLO 21 S.A.A.; y por Resolución DirectoralNº 714-2003-MTC/17, del 10 de noviembre de 2003, sedeclaró improcedente por extemporáneo el recurso de re-consideración interpuesto contra la resolución mencionada

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Pág. 276926 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

precedentemente, la misma que no ha sido objeto de ape-lación, quedando firme administrativamente;

Que, mediante Informe Nº 2901-2003-MTC/15.19.03.3de fecha 3 de julio de 2003, la Dirección General de Con-trol y Supervisión de Telecomunicaciones, de los resulta-dos de la inspección técnica efectuada entre el 12 y 23 dejunio de 2003, concluye de que la empresa en mención noha iniciado operaciones del servicio telefónico fijo local enlas modalidades de abonados y teléfonos públicos, segúnla obligación contemplada en el numeral 6.01 de la cláusu-la Sexta del contrato de concesión;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones de la Dirección General de Gestiónde Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 035-2004-MTC/17.01.ssp. opina que la empresa TELECABLE SIGLO21 S.A.A., al haber incumplido con iniciar las operacionesdel servicio concedido dentro del plazo pactado, se encuen-tra incursa en causal de resolución de contrato, la mismaque operó de pleno derecho y por consiguiente ha queda-do sin efecto la Resolución Ministerial Nº 192-2001-MTC/15.03; recomendando emitir el acto administrativo corres-pondiente;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenadode su Reglamento General aprobado por Decreto Supre-mo Nº 027-2004-MTC, y el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio aprobado por Decreto SupremoNº 041-2002-MTC;

Con la opinión favorable del Director General de Ges-tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comuni-caciones;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar que ha quedado resuelto depleno derecho, el contrato de concesión suscrito con laempresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A., para la presta-ción del servicio telefónico fijo local en las modalidades deabonados y teléfonos públicos, en consecuencia, quedasin efecto la Resolución Ministerial Nº 192-2001-MTC/15.03y demás resoluciones relacionadas al mencionado servi-cio concedido a dicha empresa, por lo expuesto en la parteconsiderativa de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones

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Autorizan viaje de Inspector de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil aEE.UU., en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 699-2004-MTC/02

Lima, 21 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via-jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivoSector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado;

Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128,Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajesal exterior del país en comisión de servicios, establecien-do que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán apro-bados por resolución suprema refrendada por el Presiden-te del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres-pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la

Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente;

Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil delPerú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones;

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin decumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de AviaciónCivil Internacional;

Que, la empresa Taca Perú S.A., con Cartas GO-378/04 y GO-388/04, del 7 y 13 de setiembre de 2004, respecti-vamente, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil(Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aero-náutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simuladorde vuelo del equipo Airbus 320, en el Centro de Entrena-miento de Pan Am de la ciudad de Miami, a su personalaeronáutico propuesto, durante los días 24, 25, 27 y 28 desetiembre de 2004;

Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota-ción Nºs. 18806, 18807, 20529, 20530 y 20531, la solici-tante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere el con-siderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje deinspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;

Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1431-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Oscar Gustavo Camino Freundt, para realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Air-bus 320, al personal aeronáutico propuesto por la empresaTaca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos deAmérica, durante los días 23 al 29 de setiembre de 2004;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via-je del referido Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos a que se contrae la Ordende Inspección Nº 1431-2004-MTC/12.04-SDO;

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 yLey Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Gusta-vo Camino Freundt, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Améri-ca, durante los días 23 al 29 de setiembre de 2004, paralos fines a que se contrae la parte considerativa de la pre-sente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizadoprecedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Taca Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nºs. 18806, 18807, 20529, 20530 y 20531, abonadosa la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por conceptode viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo alsiguiente detalle :

Viáticos US$ 1,540.00Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-

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guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones

17155

VIVIENDA

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 228-2004-VIVIENDA

Mediante Oficio Nº 779-2004-VIVIENDA-SG, el Minis-terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 228-2004-VIVIENDA, publicada en nuestra edición del 18 desetiembre de 2004.

En el Artículo Único;

DICE:

"1.47 Aportante al FONAVI:Persona natural que hubiere realizado pagos por con-

cepto de contribución al Fondo Nacional de Vivienda, queacredite dicha condición conforme a lo regulado en la Ter-cera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27677 modificadapor el Decreto de Urgencia Nº 064-2002."

DEBE DECIR:

"1.47 Aportante al FONAVI:Persona natural que hubiere realizado pagos por con-

cepto de contribución al Fondo Nacional de Vivienda, queacredite dicha condición conforme a lo regulado en la Se-gunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27677 modifica-da por el Decreto de Urgencia Nº 064-2002."

17180

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Reprograman el Plan Anual de VisitasAdministrativas del año judicial 2004de la Corte Superior de Justicia delCono Norte de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 284-2004-P-CSJCN/PJ

Independencia, catorce de septiembre del dos mil cua-tro.

VISTO:

El Oficio número dos mil novecientos sesentidós -dosmil cuatro -CSJCN/PJ de la Oficina de Administración Dis-trital de esta Corte Superior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Administrativa núme-ro cero noventa -dos mil cuatro -P -CSJCN/PJ se apro-

bó el Plan Anual de Visitas Administrativas correspon-diente al presente Año Judicial, en armonía con lo pre-visto por la Resolución Administrativa número cero die-cisiete -dos mil tres-CE-PJ del veintiuno de febrero deldos mil tres; esto es, para verificar el debido cumpli-miento de las normas emanadas del Consejo Ejecutivodel Poder Judicial, la marcha de los órganos jurisdic-cionales y la correcta aplicación de las normas admi-nistrativas dictadas por la Gerencia General.

Que, de acuerdo al oficio de visto, con motivo de la huel-ga de los trabajadores del Poder Judicial, no se ha verifica-do en las fechas programadas las visitas administrativasen las unidades jurisdiccionales que se indica, por lo quees necesario reprogramar las mismas mediante Resolu-ción Administrativa.

Por cuyas consideraciones, en virtud del artículo 90ºincisos tercero, cuarto y noveno del Texto Único Ordenadode la Ley Orgánica del Poder Judicial y estando a lo previs-to en la Resolución Administrativa número cero diecisiete -dos mil tres -CE-PJ;

SE RESUELVE:

Artículo Primero .- REPROGRAMAR el Plan Anual deVisitas Administrativas correspondiente al presente AñoJudicial, que llevará a cabo esta Presidencia conjuntamen-te con el Jefe de la Oficina de Administración Distrital, deacuerdo al siguiente cronograma:

Unidad Jurisdiccional Fecha de VisitaAdministrativa

1º al 4º JPL de Comas 21 y 23 de septiembre

JPL de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón 29 de septiembre

MBJ de Condevilla 04 y 06 de octubre

MBJ de Carabayllo 12 y 14 de octubre

MBJ de Los Olivos 19 y 21 de octubre

Juzgado Mixto y JPL de Canta 26 y 28 de octubre

1ª y 2ª Sala Civil 02 y 04 de noviembre

1ª y 2ª Sala Penal Reos Libres 09 y 11 de noviembre

1ª y 2ª Sala Penal Reos en Cárcel 16 y 18 de noviembre

Artículo Segundo : Póngase la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Con-trol de la Magistratura, Gerencia General, InspectoríaGeneral del Poder Judicial, Oficina Distrital de Controlde la Magistratura y Oficina de Administración Distri-tal.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

LORENZO ALEJANDRO MONTAÑEZ GONZALESPresidente de la Corte Superior de Justiciadel Cono Norte de Lima

17156

Autorizan se haga extensivo el uso dela información a que se refiere el Con-venio Interinstitucional entre el RE-NIEC y el Poder Judicial, a favor demagistrados de la Corte Superior deJusticia del Cono Norte de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 287-2004-P-CSJCN/PJ

Independencia, diecisiete de septiembre del dos milcuatro.

VISTOS:

Los oficios trescientos cincuentiuno -dos mil cuatro -JS-CSJCNL-PJ de la Jefatura de la Oficina de Sistemasde esta Corte Superior de Justicia y trescientos treinticuatro-dos mil cuatro -SSJ-GSJR-GG/PJ de la Subgerencia deServicios Judiciales; y,

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Pág. 276928 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, es atribución del Presidente de la Corte Supe-rior de Justicia dirigir la aplicación de la política del Po-der Judicial en su distrito, así como cautelar la prontaadministración de Justicia, en virtud del artículo 90º in-cisos 3º y 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá-nica del Poder Judicial.

Que, el dos de Febrero del dos mil, el Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil -RENIEC y el PoderJudicial suscriben el Convenio de Cooperación Interins-titucional y su addenda del dieciocho de marzo del dosmil dos, en virtud del cual el RENIEC se compromete asuministrar a favor de este Poder del Estado la informa-ción obrante en el Registro Único de Identificación delas Personas Naturales.

Que, dicha información es valiosa en el desempeñode la actividad jurisdiccional de los Juzgados y Salasespecializadas en lo penal, pues entre otros casospermite la ubicación de quienes se encuentran inmer-sos en proceso penal y constituye instrumento primor-dial para resolver los casos de homonimia, como im-portante lo es para la función de los Juzgados de Fami-lia; situación que se evidencia en el cuadro de atencio-nes inserto en propuesta anexa al oficio de vistos.

Que, ahora bien, el volumen de consultas que pro-cesa la Oficina de Sistemas genera por un lado unintercambio innecesario de documentos y la dedicaciónexclusiva de personal de dicha unidad en una labormanifiestamente mecánica; situación que puedesuperarse, recogiendo en parte la propuesta formula-da, haciendo extensivo el número de usuarios deconsultas en línea, garantizándose por supuesto laconfidencialidad y reserva de los datos de los ciudada-nos inscritos en el RENIEC.

Que, en ese orden de ideas, este Despacho consi-dera que dicha medida debe aplicarse a las Salas yJuzgados especializados en lo penal, como a los Juz-gados de Familia de esta sede central; propósito queencuentra respaldo en la cláusula segunda de la adden-da antes citada y el Informe treintiocho -cero cuatro -AGA -SSJ-GSJR-GG/PJ anexo al oficio de vistos de laSubgerencia de Servicios Judiciales, insertos en la pro-puesta de la Oficina de Sistemas de esta Corte Supe-rior.

Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidasal suscrito por los incisos 3º y 4º del artículo 90º delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial, la Presidencia,

RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR se haga extensivoel uso de la información a que se refiere el Convenio deCooperación Interinstitucional entre el RENIEC y el Po-der Judicial, a favor de los Magistrados especializadosen lo Penal y de Familia de esta sede central y Secreta-rio de la Mesa de Partes de las Salas Penales.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina deSistemas de esta Corte Superior la implementación delo dispuesto en el artículo precedente, asignándose eluso del servicio de información a favor de los Magistra-dos y servidor mencionados, quienes responderán bajoresponsabilidad por la confidencialidad y reserva de losdatos a su disposición.

Artículo Tercero.- PÓNGASE la presente resoluciónen conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi-cial, Corte Suprema de Justicia de la República, Ofici-na de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi-cina Distrital de Control de la Magistratura, Oficina deSistemas de esta Corte Superior, de los Presidentesde Sala y Magistrados especializados en lo Penal.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

LORENZO ALEJANDRO MONTAÑEZ GONZALESPresidente de la Corte Superior de Justiciadel Cono Norte de Lima

17157

ACADEMIA DE LA

MAGISTRATURA

Oficializan listado de postulantes queaprobaron el examen escrito de cono-cimientos del Sexto Concurso Públicode Méritos del Programa de Formaciónde Aspirantes - PROFA

RESOLUCIÓN Nº 102-2004-AMAG-CD/P

Lima, 22 de setiembre de 2004

VISTA:

El Acta Notarial de fecha 20 de setiembre de 2004, deentrega de resultados del examen escrito de conocimien-tos del Sexto Concurso Público de Méritos del Programade Formación de Aspirantes (PROFA), en presencia delNotario Público de esta ciudad Dr. Alfredo Zambrano Ro-dríguez, en cuyo acto intervinieron el Director General(e)de la Academia de la Magistratura, y el Jefe de la Oficinade Admisión de la Universidad Nacional de Ingeniería; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 084-2004-AMAG-CD/P pu-blicada el 21 de agosto de 2004 en el Diario Oficial El Perua-no, la Academia de la Magistratura realizó la Convocatoria alSexto Concurso Público de Méritos del PROFA para el Cursode Preparación para Aspirantes a Magistrados de todos losniveles del Poder Judicial y del Ministerio Público;

Que, para tal efecto celebró un convenio con la Univer-sidad Nacional de Ingeniería a fin que esta institución tu-viera a su cargo la ejecución de la primera etapa del proce-so de admisión correspondiente al examen escrito de co-nocimientos, para lo cual debería aplicar los exámenes,procesar las tarjetas ópticas y calificarlas;

Que, habiéndose efectuado el examen precitado el 19de setiembre último, la Universidad Nacional de Ingenie-ría, ha cumplido con entregar a la Academia de la Magis-tratura los resultados del mismo, debidamente calificados,de las sedes de Lima, Arequipa, Cusco y Lambayeque;

Que, la entrega de los resultados del examen de cono-cimientos se realizó mediante Acta Notarial, ante NotarioPúblico de esta ciudad Dr. Alfredo Zambrano Rodríguezquien dio fe de dicho acto;

Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Or-gánica de la Academia de la Magistratura, Ley Nº 26335; elEstatuto de la Academia de la Magistratura aprobada porResolución Nº 022-2001-AMAG-CD, el Reglamento delConcurso Público de Méritos del Sexto Curso PROFA dePreparación para Aspirantes de todos los niveles del Po-der Judicial y del Ministerio Público, aprobado por Resolu-ción Nº 086-2004-AMAG-CD/P; y con cargo a dar cuentaal Consejo Directivo.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Oficializar la Nota y el Orden de Mé-rito, obtenido por los postulantes que han aprobado el Exa-men Escrito de Conocimientos del Sexto Concurso Públi-co de Méritos del PROFA, desarrollado en las sedes deLima, Arequipa, Cusco y Lambayeque y disponer su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Segundo.- De conformidad con lo dispuestopor el Artículo 6 de la Resolución Nº 086-2004-AMAG-CD/P,que aprueba el Reglamento del Sexto Concurso Público deMéritos del Curso PROFA, los postulantes que hayan obte-nido una nota aprobatoria mínima de trece (13:00) dentro dela escala vigesimal en el examen escrito de conocimientos,participarán en la segunda etapa del proceso de admisióndestinada a la verificación de la documentación presentada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELCIRA VÁSQUEZ CORTÉZPresidenta del Consejo Directivode la Academia de la Magistratura

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ACADEMIA DE LA MAGISTRATURAPROGRAMA DE FORMACION DE ASPIRANTES

VI CONVOCATORIA

SEDE LIMA - PRIMER NIVEL

Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal1 RAMIREZ CUBAS ALCIDES 1 LIMA 18,702 PORTUGAL SANCHEZ RICARDO MANUEL 1 LIMA 17,783 VILLOTA CERNA MARCO ANTONIO 1 LIMA 17,144 BARRETO SONCCO JULIO CESAR 1 LIMA 16,845 ESCUDERO LOPEZ JOSE CLEMENTE 1 LIMA 16,586 ROJAS ARAUCO RICHARD 1 LIMA 16,407 CABALLERO PINTO HENRY VICTOR 1 LIMA 16,368 ESTRADA ROSAS LIRA 1 LIMA 16,229 PALOMINO FIGUEROA PETER 1 LIMA 16,1810 HUAMANCAYO PIERREND JUAN CARLOS 1 LIMA 16,1811 VEGA GALINDO JULIO CESAR 1 LIMA 16,1812 CHAVEZ DOMINGUEZ WILLIAM PACO 1 LIMA 16,1613 RIVERA BALTAZAR WILFREDO ALEX 1 LIMA 16,1214 COELLO HUAMAN WALTER AMERICO 1 LIMA 15,9815 CASTAÑEDA ROJAS ALVARO ABILIO 1 LIMA 15,9616 PINEDO MUÑOZ ALBERT EISTEN 1 LIMA 15,9417 CACERES TORRES WILLIAMS RICHARD 1 LIMA 15,8618 AREVALO CASTILLO ANTONIO 1 LIMA 15,8619 TOYOHAMA ARAKAKI MIGUEL OSCAR 1 LIMA 15,8020 TICONA AGUIRRE SANDRO HECTOR 1 LIMA 15,7821 TACCSI GUEVARA OSWALDO ELIAS 1 LIMA 15,7822 LOPEZ RUEDA RUBEN GUILLERMO 1 LIMA 15,7823 ARAMBURU CASTRO ENRIQUE 1 LIMA 15,7424 AGUILAR VELA MARIA CECILIA 1 LIMA 15,6025 CARRERA TUPAC YUPANQUI SUSAN LETTY 1 LIMA 15,6026 ATAUJE PALOMINO CHARLES JOHNNY 1 LIMA 15,5227 ESPINOZA LAVADO FRANK 1 LIMA 15,4628 PANEBRA MONTES GRUBER ALBERTO 1 LIMA 15,4629 SALAS FERRO PERCY CARLOS 1 LIMA 15,4430 DIAZ CAÑOTE MIGUEL ANGEL 1 LIMA 15,3831 NIVIN VALDIVIEZO CARLOS ALBERTO 1 LIMA 15,3632 REYES TAPIA ROCIO EVA 1 LIMA 15,3433 ROMERO MENDEZ ELSA ZAMIRA 1 LIMA 15,3234 RODRIGUEZ TAFUR LIZANDRO 1 LIMA 15,2635 AYALA ESPINOZA FLOR DE MARIA 1 LIMA 15,2236 ARROYO AMES GUIDO REYNALDO 1 LIMA 15,2037 PAREDES QUEZADA ROBERTO 1 LIMA 15,2038 GONZALES BARBARAN JULIO CESAR 1 LIMA 15,1839 PAREDES CUSQUISIBAN JUAN CARLOS 1 LIMA 15,0640 GALA GALVEZ ROQUE GIOVANNI 1 LIMA 15,0441 CIEZA ROJAS JUAN CARLOS 1 LIMA 14,9842 RIVERA NAVARRO NESTOR RAUL 1 LIMA 14,9843 DELGADO PADILLA ENRIQUE CARLOS 1 LIMA 14,8844 BALBIN OLIVERA JORGE 1 LIMA 14,8645 CACHAY GUERRERO FREDDY ALEXANDER 1 LIMA 14,8646 PREGUNTEGUI GARRAFA LEONEV 1 LIMA 14,8647 VELASQUEZ CABRERA MIGUEL ERNESTO 1 LIMA 14,8648 ARAUJO DULANTO EDWIN LUIS 1 LIMA 14,8449 TRAJTMAN ROBLES LUCCIOLA 1 LIMA 14,8250 RIOS BARRIGA JORGE ALBERTO 1 LIMA 14,8051 LAGUNA ESPINOZA ALIS MILUZCA 1 LIMA 14,7652 CALDERON BEGAZO RICHARD PAUL 1 LIMA 14,7653 CASTILLO ANTAURCO LUIS ENRIQUE 1 LIMA 14,6854 JESÚS INGA JUAN FELIPE 1 LIMA 14,6855 MORALES RUIZ ESTHER CAROLA 1 LIMA 14,6856 RODRIGUEZ CACERES FRANK ANTONIO 1 LIMA 14,6857 UGARTE TITO CARMEN DEL PILAR 1 LIMA 14,6858 ROMERO RIOS MARIA EDNA 1 LIMA 14,6659 SANCHEZ EGUSQUIZA SILVIA VIOLETA 1 LIMA 14,6460 SARAVIA CABALLERO JAIME RONALD 1 LIMA 14,6261 ALVAREZ CAMPOS MARCO ANTONIO 1 LIMA 14,6262 JULCA BABARZY MIGUEL ANGEL 1 LIMA 14,6063 RODRIGUEZ PANTA JUAN RAMON 1 LIMA 14,5864 PEREDA VALDERRAMA MILAGROS ERIKA 1 LIMA 14,5865 PILARES LUNA JUAN MANUEL 1 LIMA 14,5866 CARRERA CARRERA EDGARDO NAPOLEON 1 LIMA 14,5867 TENORIO TORRES OSCAR ROMULO 1 LIMA 14,5868 TUESTA SILVA WILDER 1 LIMA 14,5669 SACSA DELGADO MILUSKA 1 LIMA 14,5670 LAGOS HUERE MIRIAM FELICITA 1 LIMA 14,5271 SOLIS BENITES RAUL ANTONIO 1 LIMA 14,5272 PERICHE CHUNGA LUIS ALBERTO 1 LIMA 14,5073 ORIHUELA SANTANA PEDRO JESUS 1 LIMA 14,5074 RAMIREZ HERRERA MARIA DEL CARMEN 1 LIMA 14,4875 QUISPE SILVA RENEE HERNAN 1 LIMA 14,4676 HERMOZA OROSCO PLINIO HUGO 1 LIMA 14,4677 ZARATE JIMENEZ EDWIN RICHARD 1 LIMA 14,4478 HERNANDEZ MIRANDA JORGE LUIS 1 LIMA 14,42

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79 LARA RUIZ GABRIELA BEATRIZ 1 LIMA 14,4280 CARDENAS CHAUCAYANQUI ANGELLO MARTIN 1 LIMA 14,4281 COLLAZOS MUNIVE GLORIA ANGELICA 1 LIMA 14,4282 CHAVEZ CABRERA EDGAR MARTIN 1 LIMA 14,4083 LEON ZAMBRANO ANIBAL ALBERTO 1 LIMA 14,4084 VILLEGAS LEON LUIS ALBERTO 1 LIMA 14,4085 VALDIVIESO ROQUE ALICIA ISABEL 1 LIMA 14,3286 AMADO VELASQUEZ ROSA YSABEL 1 LIMA 14,3287 HUERTA VARGAS PATRICIA SILVIA 1 LIMA 14,2688 MACHUCA FUENTES CARLOS ESPIRITO 1 LIMA 14,2489 ORTEGA GONZALES MAGNA MYRIAM 1 LIMA 14,2490 MEDINA SANDOVAL VIRGINIA MARIA 1 LIMA 14,2291 NAVARRO NAVARRO YSABEL LIZ 1 LIMA 14,2292 HUAMANI MUÑOZ DANTE CESAR 1 LIMA 14,2293 PEÑA NIÑO MIRIAM ISABEL 1 LIMA 14,2094 CALDERON VARGAS LUIS JOSE 1 LIMA 14,2095 JURO MONTESINOS NILDA GLADYS 1 LIMA 14,1896 RAMOS LOPEZ EDGAR YSAAC 1 LIMA 14,1697 CALLAÑAUPA ESCOBAR NERIO JORGE 1 LIMA 14,1698 FLORES VILCA GLADYS AMELIA 1 LIMA 14,1699 TTITO QUISPE ROLANDO 1 LIMA 14,16100 AYASTA VALLEJO MARIA DEL CARMEN 1 LIMA 14,14101 MELENDEZ KOHATSU PATRICIA JAQUELINE 1 LIMA 14,12102 URBANO VALENCIA VALENTINA RAQUEL 1 LIMA 14,10103 LINARES PEREA YANETH GEOVANNA 1 LIMA 14,08104 CONTRERAS ORTIZ JANET PILAR 1 LIMA 14,08105 CACERES JACOBSEN KATHERINE LESLIE 1 LIMA 14,06106 JARA CASTRO ROMMY GIOVANNA 1 LIMA 14,06107 VEGA FERNANDEZ JORGE CARLOS 1 LIMA 14,06108 WONG ABAD JUAN JESUS 1 LIMA 14,06109 ROMANI PUMA RAUL ALBERTO 1 LIMA 14,02110 CASTRO CORNEJO TORIBIO WILFREDO 1 LIMA 14,00111 CONTRERAS VERA MARCO ANTONIO 1 LIMA 14,00112 DUEÑAS CARHUAPOMA RIGOBERTO 1 LIMA 13,98113 ESQUIVEL ZEVALLOS RAUL ERNESTO 1 LIMA 13,98114 CARHUACHIN CALDERON WILDER SORIO 1 LIMA 13,98115 BARRIGA BERNAL EDUARDO SIMEON 1 LIMA 13,98116 HOWARD DEJO PAUL IVAN 1 LIMA 13,98117 REATEGUI MEZA XUANY KARIM 1 LIMA 13,94118 ALBUJAR CAYETANO ENRIQUE 1 LIMA 13,94119 CACERES OLAZO JARA JUAN DOMINGO 1 LIMA 13,92120 SOTO PERALES JUANA ASUNCION 1 LIMA 13,92121 ASTE CHAVEZ YESSENIA MILENA 1 LIMA 13,88122 ELIAS SILVIA FELIPE 1 LIMA 13,88123 CONCHA CALLA ELIO ABEL 1 LIMA 13,88124 RODRIGUEZ RODRIGUEZ PATRICIA MILAGROS 1 LIMA 13,88125 MONZON CARDENAS MILUSKA 1 LIMA 13,88126 GUARDAMINO CHERO JORGE LUIS 1 LIMA 13,86127 GAMBOA PAREDES SHEYLA JACQUELINE 1 LIMA 13,84128 CASTAÑEDA BARRIOS CARLOS DANTE 1 LIMA 13,84129 CASTRO CHUMBIMUNE ZENOBIO DANIEL 1 LIMA 13,84130 RODRIGEZ BRITO ROCIO IGNACIA 1 LIMA 13,82131 SAUSA CORNEJO JOHNNY RICHARD 1 LIMA 13,82132 ENRIQUEZ SOTELO ZOILO CIRIACO 1 LIMA 13,78133 DAVILA ARQUIÑIGO ROSARIO MARLENE 1 LIMA 13,78134 DURAND VASQUEZ PATRICIA MARIA 1 LIMA 13,76135 CAMPEAN PALOMINO YUIRI 1 LIMA 13,76136 BOCANEGRA VELASQUEZ TOMAS JOHN 1 LIMA 13,76137 ATARAMA CORDERO MARIO ALEXANDER 1 LIMA 13,76138 RUIZ DE CASTILLA PEREZ CESAR EMILIO 1 LIMA 13,76139 PEÑALOZA DELGADO JUAN JOSE 1 LIMA 13,76140 HERNANDEZ PEREZ CESAR PAUL 1 LIMA 13,76141 YANGALI GAMARRA WALTER EFRAIN 1 LIMA 13,76142 VILLENA SOSA LUCIEL VICTORIA 1 LIMA 13,76143 HIDALGO CHAVEZ JOSE MIGUEL 1 LIMA 13,74144 LOPEZ SILVA RONALD RÓMULO 1 LIMA 13,72145 ALFARO GALINDO MERCEDES MARTHA ANGELICA 1 LIMA 13,72146 CCALLO CHIRINOS CARLOS ALBERTO 1 LIMA 13,72147 CASTRO MARTINEZ ROCIO JANETH 1 LIMA 13,72148 PINEDO SALAZAR GLADYS JANNETT 1 LIMA 13,70149 NAPA CHUMBIAUCA ENRIQUE ALBERTO 1 LIMA 13,68150 ANGLAS MIESES GIOVANA MARLENE 1 LIMA 13,66151 CAUTY ENRIQUEZ EFRAIN ALVINO 1 LIMA 13,64152 GONZALES LUNA GINA HAYDEE 1 LIMA 13,64153 MILLONES PALMADERA NELLY ROSA VICKY 1 LIMA 13,64154 PEÑA OSPINA CESAR RAFAEL 1 LIMA 13,64155 MORALES GARRIDO HECTOR ELEODORO 1 LIMA 13,62156 CUBILLAS OLEA MIRTHA GLADYS 1 LIMA 13,62157 ARMAS ALVARADO MILUSHKA CORALI 1 LIMA 13,62158 DE LA CRUZ LUCHO PATRICIA LILIANA 1 LIMA 13,60159 MEDINA CAJAMARCA DENIS HENRY 1 LIMA 13,60160 RIVAS FIGUEROA SACHA FELIX 1 LIMA 13,60161 SANCHEZ FIGUEROA LUZ MERCEDES 1 LIMA 13,60

Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal

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162 TORRES CALDERON ZARATE CESAR LUIS 1 LIMA 13,58163 GONZALES ZURITA WILLIAM ENRIQUE 1 LIMA 13,58164 UTUSH FLORES MARIA TEODOSIA 1 LIMA 13,56165 TORREJON RENGIFO LUIS ALBERTO 1 LIMA 13,54166 ALVARADO TELLEZ RUBEN ALBINO 1 LIMA 13,54167 RIVEROS RAMOS CESAR AUGUSTO 1 LIMA 13,54168 PULIDO ALVARADO ABEL 1 LIMA 13,52169 ONTANEDA VALLEJOS ALLEN MARIO 1 LIMA 13,52170 BALVIN ALVAREZ LINA VICTORIA 1 LIMA 13,52171 CACERES BARRAZA CARMEN ROSA 1 LIMA 13,50172 ESCOBAR ARQUIÑEGO FREDY 1 LIMA 13,50173 ESPINOZA RAMIREZ WALDIR 1 LIMA 13,48174 COTRINA VARGAS JOSE BENJAMIN 1 LIMA 13,48175 BERNUY JULCA MIGUEL ANGEL 1 LIMA 13,48176 FRANCO ALZAMORA CARLOS ALBERTO 1 LIMA 13,44177 LIZARRAGA RAMOS SANDRO LEONCIO 1 LIMA 13,44178 HERNANDEZ MARTINEZ WALTER 1 LIMA 13,44179 VENTURI MOQUILLAZA ANGELA RITA 1 LIMA 13,44180 ZAVALA MARTINEZ JAVIER EDUARDO 1 LIMA 13,44181 ESPINOZA FLORES CARMEN LILA 1 LIMA 13,42182 BENITES CADENAS ENRIQUE MARTIN 1 LIMA 13,42183 BARREDA ESTRADA MARIA DEL CARMEN 1 LIMA 13,42184 CASTILLO VELASQUEZ KARINE MARGARET 1 LIMA 13,40185 HERRERA FARJE JUAN MARTIN 1 LIMA 13,38186 JO LUZA CLOTILDE SALOME 1 LIMA 13,38187 RODRIGUEZ HIDALGO MELIDA ELIZABETH 1 LIMA 13,38188 ARISPE ALBURQUEQUE SYLVANA GANNINA 1 LIMA 13,36189 SANCHEZ CANDELA GILBERT ALFREDO 1 LIMA 13,36190 AGURTO GONZALES VICTOR EDUARDO 1 LIMA 13,34191 DIAZ SOLANO CESAR AUGUSTO 1 LIMA 13,34192 PAUCAR TORRES VLADIMIR SEGUNDO 1 LIMA 13,34193 PERALES PERALES ROSA LUZ 1 LIMA 13,34194 RODRIGUEZ MARTEL JULIO ARTURO 1 LIMA 13,32195 BELLIDO PAYA DE BENITEZ FILOMENA MILAGROS 1 LIMA 13,32196 CARRASCO CAMPOS MARCO ANTONIO 1 LIMA 13,32197 SAMANIEGO ESPINOZA CARLOS ANTONIO 1 LIMA 13,32198 VELEZ CALDERON CECILIA MONICA 1 LIMA 13,32199 VILLANUEVA ZUÑIGA LORENA MARIEENE 1 LIMA 13,32200 AURIS GUTIERREZ WILLIAN 1 LIMA 13,30201 CHUQUIN LEDESMA MANUEL RICARDO 1 LIMA 13,30202 MANRIQUE SALAS CARLOS 1 LIMA 13,28203 SARMIENTO PUMARAYME CARMEN ROSA 1 LIMA 13,28204 HUAMAN CHAVEZ EMILIO JULIAN 1 LIMA 13,26205 BELTRAN ESPINOZA DORIS GLORIA 1 LIMA 13,26206 ARMAS ALVARADO CHRISTIAN SERGIO 1 LIMA 13,24207 FLORES CHAVEZ CAROLINA DEL CARMEN 1 LIMA 13,22208 ESTEBAN ASTETE EDGAR NILTON 1 LIMA 13,20209 LLERENA GONZALES AMALIA MAGUD 1 LIMA 13,20210 ZUÑIGA SANCHEZ GUILLERMO ALBERTO 1 LIMA 13,20211 SUPANTA CONDOR MARINA INES 1 LIMA 13,18212 LENTI AMOROS PAOLA PAMELA 1 LIMA 13,18213 ALCALDE MUÑOZ ELVIS JORGE 1 LIMA 13,18214 ALIAGA CABRERA LILIANA 1 LIMA 13,16215 LIZARBE CRUCES EDDY ROBERT 1 LIMA 13,16216 MANTILLA CÓNDOR JORGE LUIS 1 LIMA 13,14217 LOYOLA DELGADO ALONSO EDMUNDO 1 LIMA 13,14218 MELGAR CACERES IVAN VLADIMIR 1 LIMA 13,14219 SANTOS GOMERO WALBER JOSE 1 LIMA 13,14220 VILLAFRANCA SANCHEZ JORGE EDUARDO 1 LIMA 13,14221 TEMPLE TEMPLE JORGE LUIS 1 LIMA 13,12222 RODRIGUEZ ALVAN RICHARD 1 LIMA 13,12223 PALOMINO CABALLERO CAROLINA 1 LIMA 13,12224 RENGIFO SANTANDER JUAN PABLO 1 LIMA 13,10225 CONTRERAS UGARTE JESUS VICTOR ALFREDO 1 LIMA 13,10226 DELGADO VASQUEZ WILSER AUBER 1 LIMA 13,10227 VILA ORE RAMIRO RONNY 1 LIMA 13,10228 CADILLO MERCADO YNES GLADYS 1 LIMA 13,08229 CARHUAY SILVEIRA CLAUDIA SILVIA 1 LIMA 13,06230 ACOSTA ROLDAN TATIHANA LIONIA 1 LIMA 13,06231 DIAZ ESPONDA JAVIER 1 LIMA 13,06232 DIAZ RAFAILE JUAN ANDRES 1 LIMA 13,06233 ZECENARRO MONGE KARLA MERCEDES 1 LIMA 13,06234 SALCEDO RODRIGUEZ RAUL ERNESTO CARLOS 1 LIMA 13,04235 CAJACURI FAURA MARIA ROXANA 1 LIMA 13,04236 RODRIGUEZ CAZORLA LUIS ALFONSO 1 LIMA 13,02237 ORIHUELA LEGONIA JUAN ALBERTO 1 LIMA 13,00238 LOZANO HUAMAN JANET MARCELA 1 LIMA 13,00239 LLAQUE NAPA SYLVIA PATRICIA 1 LIMA 13,00240 LAZARTE SILVA CARLOS ERNESTO 1 LIMA 13,00241 GALLARDO NEYRA MARIA DEL CARMEN RITA 1 LIMA 13,00242 GOMEZ PAUCAR ETHEL CAROLINA 1 LIMA 13,00243 SALINAS BEDON RONY GUISSEPPE 1 LIMA 13,00

Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal

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Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal

SEDE LIMA - SEGUNDO NIVEL

1 VALDIVIEZO RUIZ DUGLAS 2 LIMA 18,602 TELADA HUAMAN OVIDIO 2 LIMA 15,963 BRINDANI FARIAS RIOS GIULIANA CARMEN 2 LIMA 15,724 MUÑOZ FLORES ALVARO RICARDO 2 LIMA 15,625 PEÑA ACEVEDO JUAN HUMBERTO 2 LIMA 15,526 RUCOBA RUCOBA JORGE 2 LIMA 15,527 VASQUEZ CARDENAS DANIEL ALBERTO 2 LIMA 15,448 LOZADA RIVERA ROBINSON EZEQUEL 2 LIMA 15,369 CHAVEZ TRUJILLO ROLANDO 2 LIMA 15,32

10 SANCHEZ BRAVO EDWARD 2 LIMA 15,1611 REYES ALVARADO VICTOR RAUL 2 LIMA 15,1412 SALLUCA CAMASITA MARIO MOISES 2 LIMA 15,0813 CHAHUD GUTIERREZ HAYDEE LUISA 2 LIMA 15,0414 CHE PIU CARPIO ALBERTO BORIS 2 LIMA 14,8815 ANGLAS CASTAÑEDA DOMINGO JESUS 2 LIMA 14,7816 ROJAS SALAZAR UBALDINA MARINA 2 LIMA 14,6617 SIGUAS RIVAS MIGUEL JULIAN 2 LIMA 14,6618 QUEVEDO MELGAREJO MIGUEL ARMANDO 2 LIMA 14,5219 PALACIOS SANTOS FELIPE DAVID 2 LIMA 14,4220 GOMEZ LUCANA PETER 2 LIMA 14,3221 LEON YARANGO MARIA JESSICA 2 LIMA 14,2622 LECCA MUÑOZ HUMBERTO AUGUSTO 2 LIMA 14,2023 FERRRARI IGLESIAS ENRIQUE MIGUEL 2 LIMA 14,2024 ARANA TANTALEAN CESAR ALBERTO 2 LIMA 14,1225 ATO ALVARADO MARTIN EDUARDO 2 LIMA 14,1026 PAREDES BARDALES JUAN CARLOS 2 LIMA 14,0227 ACOSTA SANCHEZ ROLANDO AUGUSTO 2 LIMA 14,0228 SARMIENTO NAVARRO FAUSTO JORGE 2 LIMA 14,0029 MONTELLANOS MONTELLANOS DANIEL 2 LIMA 13,9830 CASANA BEJARANO SERGIO TEODORO 2 LIMA 13,9831 GAMBOA GIRON RUTH JESUS 2 LIMA 13,9832 GONZALES MASQUEZ GILBERTO ROLANDO 2 LIMA 13,9833 PROAÑO CUEVA CESAR AUGUSTO 2 LIMA 13,9634 ALMANZA ALTAMIRANO FRANK ROBERT 2 LIMA 13,9435 MOLLINEDO VALENCIA HUGO 2 LIMA 13,9036 TARAZONA ALVARADO FERNANDO 2 LIMA 13,8837 PALOMINO PARRA WALDO GABINO 2 LIMA 13,8438 ARAUCO SALAZAR TOMAS PAUL 2 LIMA 13,8039 CORNEJO YANCCE GROVER JUAN 2 LIMA 13,7240 MAMANI COAQUIRA OSWALDO 2 LIMA 13,6441 VILLAVICENCIO SALDAÑA RICHARD ALEXANDER 2 LIMA 13,6442 URIBE BRAVO CELSO MAXIMILIANO 2 LIMA 13,5443 RIOS MONTALVO WALTER BENIGNO 2 LIMA 13,5444 SANCHEZ CAPUÑAY JORGE WALTER 2 LIMA 13,5045 MIGUEL AGUILAR JOSE GILMER 2 LIMA 13,4846 APAZA PANUERA MARIA LUISA 2 LIMA 13,4647 EGUSQUIZA VERGARA ANIBAL GUSTAVO 2 LIMA 13,4448 VARGAS MARTINEZ JOSE ANTONIO 2 LIMA 13,4449 BERNABE PEREZ CESAR JOSE 2 LIMA 13,4250 OCHOA SOTOMAYOR JUAN ALBERTO 2 LIMA 13,4051 CIEZA BAZAN GABRIEL ERNESTO 2 LIMA 13,3452 FRANCO GUEVARA NAPOLEON 2 LIMA 13,3453 MENDOZA FLORES JUANA GLADYS 2 LIMA 13,3254 SENMACHE SAN BARTOLOME CARLOS 2 LIMA 13,3255 SOTOMAYOR VERTIZ ABDIAS TEOFILO 2 LIMA 13,3256 VARGAS MACHUCA PROA JORGE CARLOS 2 LIMA 13,3057 SAAVEDRA BALAREZO JOSE SANTOS 2 LIMA 13,3058 DURAND ALVARADO GUILLERMO OSWALDO 2 LIMA 13,2659 LEVANO VELIZ PABLO ERNESTO 2 LIMA 13,1660 ALVAREZ VILLACORTA LEONEL DOUGLAS 2 LIMA 13,1261 FIGUEROA GUTARRA EDWIN VILMER 2 LIMA 13,1062 RUBIO TOMASTO CARLOS ARQUIMEDES 2 LIMA 13,1063 TUTAYA TORRES VICTOR LADISLAO 2 LIMA 13,1064 VILLAR GONZALES OSCAR JESUS 2 LIMA 13,1065 ASCENCIOS VARA ORFELINDA DALMIRA 2 LIMA 13,0266 QUIÑONES QUIÑONES LUIS ENRIQUE 2 LIMA 13,00

SEDE LIMA - TERCER NIVEL

1 RODRIGUEZ RAMIREZ CARLOS SIMON 3 LIMA 13,542 ALARCO SOARES JOSE ALBERTO 3 LIMA 13,46

SEDE AREQUIPA - PRIMER NIVEL

1 TALAVERA UGARTE JAVIER ALONSO 1 AREQUIPA 18,202 HANCCO PAREDES MARCO ANTONIO 1 AREQUIPA 17,363 MONTENEGRO ARENAZA BRENDA MERCEDES 1 AREQUIPA 17,064 VALENCIA PAIVA ARTURO MARCOS 1 AREQUIPA 16,405 CHALCO CCALLO PERCY RAUL 1 AREQUIPA 16,246 DURAND TEJEDA TAIDE CECILIA 1 AREQUIPA 16,187 OTAZU VIZCARRA LUIGI JOHAN 1 AREQUIPA 16,18

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Pág. 276933NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal

8 DE LA CUBA CHIRINOS CESAR AUGUSTO 1 AREQUIPA 16,169 GUTIERREZ RIVAS JUAN CARLOS 1 AREQUIPA 16,0210 RIVERA BEGAZO HERBERT MICHAEL 1 AREQUIPA 15,9611 LA TORRE VALENZUELA EFRAIN 1 AREQUIPA 15,8212 PEÑA ARANIBAR JORGE EDUARDO 1 AREQUIPA 15,7613 HERENCIA QUISPE BERTHA CLARA 1 AREQUIPA 15,6214 VELAZCO VALENCIA MILUSKA JESSICA 1 AREQUIPA 15,5615 GONZALES ELGUERA OSCAR BENANCIO 1 AREQUIPA 15,5216 RODRIGUEZ ARIAS KARIM CECILIA 1 AREQUIPA 15,5017 SALAS APAZA EMILIO ERNESTO 1 AREQUIPA 15,4818 QUISPE CHATA VICENTE GUIDO 1 AREQUIPA 15,3219 MANRIQUE ORTIZ ELVER NABIH 1 AREQUIPA 15,2620 CARDENAS CACERES ROBERTO CARLOS DANIEL 1 AREQUIPA 15,1621 CARDENAS AVILA ALEJANDRA MARIA 1 AREQUIPA 15,1222 CALLATA VEGA RELI JACINTO 1 AREQUIPA 15,0823 CUBA MAMANI GEILER 1 AREQUIPA 15,0824 HERRERA GUZMAN MARCO ANTONIO 1 AREQUIPA 15,0825 AMENABAR ALMONTE HENRY 1 AREQUIPA 15,0826 GIL GUEVARA CLARA ROSA 1 AREQUIPA 14,9427 MENDOZA SUPO ANGEL ALBERTO 1 AREQUIPA 14,8628 RODRIGUEZ GARCIA JUDY JENNY 1 AREQUIPA 14,8629 YTUSACA HUARANCA HECTOR RUBEN 1 AREQUIPA 14,8630 CARPIO EYZAGUIRRE EDGARDO SERAPIO 1 AREQUIPA 14,8031 ARMAZA GALDOS GONZALO 1 AREQUIPA 14,7832 MELO HERRERA FRANK 1 AREQUIPA 14,7033 SOTOMAYOR SAAVEDRA DAVID LUIS 1 AREQUIPA 14,6434 CHAVEZ PINAZO ADELA 1 AREQUIPA 14,5835 SALAS QUISPE LUIS ALBERTO 1 AREQUIPA 14,4236 CARHUAPOMA GRANDA EDGARD JESUS 1 AREQUIPA 14,3437 ZAVALA DEL CARPIO RENZO JUAN 1 AREQUIPA 14,3238 MORALES SEGURA MARIA CANDELARIA 1 AREQUIPA 14,2839 PAREDES SIVIRICHI JOSE OSCAR 1 AREQUIPA 14,1440 TAPIA GAMBARINI PERCY MAXIMILIANO 1 AREQUIPA 14,1441 CORDERO ECHENIQUE ANA CECILIA 1 AREQUIPA 14,1442 CALLA PAREDES NICOLAS 1 AREQUIPA 14,1043 AGUIRRE BERRIO VILMA MIREYA 1 AREQUIPA 14,1044 DELGADO CORDOVA MARIELA LIZ 1 AREQUIPA 14,0645 CUTIPA LUQUE ROBERTO CARLOS 1 AREQUIPA 14,0046 JIMENEZ RODRIGUEZ BETHZABE CRISTINA 1 AREQUIPA 14,0047 CRUZ LUQUE MONICA PATRICIA 1 AREQUIPA 13,9648 RODRIGUEZ GALINDO ALIDA NELIDA 1 AREQUIPA 13,9449 QUISPE APAZA JUSTO ANDRES 1 AREQUIPA 13,7850 HERRERA CACERES CARLOS ALBERTO 1 AREQUIPA 13,7851 ALARCON GARCIA ROY ALEXANDER 1 AREQUIPA 13,7852 CORRALES CARPIO MITHSY ALEYDA 1 AREQUIPA 13,7653 TORRES ZUÑIGA SAHARA BONNIE 1 AREQUIPA 13,7654 ZEVALLOS SALAZAR EMMA JOHANNA 1 AREQUIPA 13,7655 CAYETANO ESPINOZA ADOLFO EDWARD 1 AREQUIPA 13,7456 MAMANI ARAPA JUAN PABLO 1 AREQUIPA 13,7257 CALCINA CASAS RUDY ADOLFO 1 AREQUIPA 13,6458 HURTADO MAZEYRA ISABEL CRISTINA 1 AREQUIPA 13,5659 MENDOZA AYMA RICHARD ROSENDO 1 AREQUIPA 13,5660 TORRES ZUÑIGA MANUEL JOEL 1 AREQUIPA 13,5461 SALAS BUSTINZA MAX WILFREDO 1 AREQUIPA 13,5462 GALAGARZA PEREZ SHELAH NORTH 1 AREQUIPA 13,5463 CLEMENTE PAUCAR CARLOS GERARDO 1 AREQUIPA 13,4264 GAMARRA SEMINARIO JOSE MANUEL 1 AREQUIPA 13,4065 FLORES SANTOS GLADIS MARGOT 1 AREQUIPA 13,3866 VERA OVIEDO LUIS GUILLERMO 1 AREQUIPA 13,3467 TAPIA ROSADO VICTOR MANUEL 1 AREQUIPA 13,3268 HINOJOSA ANGULO FREDY HERNAN 1 AREQUIPA 13,3269 HUAYAPA HUAYTA HIPOLITO JUAN 1 AREQUIPA 13,3270 SEQUEIROS PEREZ KATHERINE SUSAN 1 AREQUIPA 13,3271 OLAZABAL GUERRA PATRICIA YOLANDA 1 AREQUIPA 13,3272 OVIEDO ZEVALLOS MARIA LOURDES 1 AREQUIPA 13,3073 BELLOTA CARRASCO MIRYAM GIANCARLA 1 AREQUIPA 13,3074 MARTINEZ VILCA LUIS ALBERTO 1 AREQUIPA 13,1875 RAMOS PACOMPIA OCTAVIO 1 AREQUIPA 13,1676 GONZALES SANCHEZ JOSE DAVID 1 AREQUIPA 13,1677 BEDREGAL BEJARANO JORGE 1 AREQUIPA 13,1678 MUCHICA CCASO HUGO MARCELINO 1 AREQUIPA 13,1479 SALAS DELGADO SONIA MONICA 1 AREQUIPA 13,0480 CHAVEZ MAMANI ZOILO ALCIDES 1 AREQUIPA 13,0481 CASTRO FIGUEROA RENE MARIO 1 AREQUIPA 13,0482 COAQUIRA GARAMBEL MAXIMO ROBERTO 1 AREQUIPA 13,02

SEDE AREQUIPA - SEGUNDO NIVEL

1 DELGADO NIETO RAUL JIMMY 2 AREQUIPA 16,902 QUISPE MAMANI ELIZABETH HILDA 2 AREQUIPA 16,263 ANCO GUTIERREZ ROMULO AUGUSTO 2 AREQUIPA 15,884 BUSTAMANTE ZEGARRA RAMIRO ANTONIO 2 AREQUIPA 15,685 ALVAREZ LOAYZA JUAN HUMBERTO 2 AREQUIPA 15,42

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Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal

6 CARDENAS TICONA JOSE ANTONIO 2 AREQUIPA 15,327 BAHAMONDES HERNANDEZ YESICA LOURDES 2 AREQUIPA 15,068 HEREDIA PONCE JUAN PABLO 2 AREQUIPA 14,869 REYMER NUÑEZ GIULIANA ALBENIA 2 AREQUIPA 14,72

10 LINARES CARREON JORGE VICENTE T. 2 AREQUIPA 14,6611 ESCALANTE MEDINA LUIS JORGE 2 AREQUIPA 14,5012 AYESTAS ARDILES OSCAR FREDY 2 AREQUIPA 14,4613 ZEVALLOS DURAND JAIME SANTIAGO 2 AREQUIPA 14,4214 BEGAZO DE DAVILA LUZ AMPARO 2 AREQUIPA 14,2615 CAYRA QUISPE ADOLFO NICOLAS 2 AREQUIPA 14,2616 URQUIZO ANGULO MANUEL CEFERINO 2 AREQUIPA 14,1417 ALMENDARIZ GALLEGOS YURI ANTONIO 2 AREQUIPA 14,0618 SEMINARIO MARTINO JULIO CESAR 2 AREQUIPA 14,0219 ARENAS MARTINEZ JAIME JOSE 2 AREQUIPA 13,9820 JOVE CHOQUE FIDELA HORTENCIA 2 AREQUIPA 13,9821 CORNEJO BARRAGAN PERCY LUIS 2 AREQUIPA 13,8022 VARGAS CANCINO WILFREDO 2 AREQUIPA 13,7423 CACERES VALENCIA JOHNNY MANUEL 2 AREQUIPA 13,4424 ROQUE DIAZ ALEXANDER 2 AREQUIPA 13,3225 SALAS LUNA ADA ESTHER 2 AREQUIPA 13,3226 VALDEZ ROMERO SAUL 2 AREQUIPA 13,18

SEDE AREQUIPA - TERCER NIVEL

1 FALCONI PICARDO MARCO TULIO 3 AREQUIPA 14,2

SEDE LAMBAYEQUE - PRIMER NIVEL

1 RAMOS RIOJA LUIS ANTONIO 1 LAMBAYEQUE 15,522 NIZAMA FLORES DANILO 1 LAMBAYEQUE 15,483 CAMPOS HIDALGO FAVIOLA SUSANA 1 LAMBAYEQUE 15,424 LEON DE LA CRUZ JUAN CARLOS 1 LAMBAYEQUE 15,225 DIAZ TARRILLO REYNERIO 1 LAMBAYEQUE 15,146 VERA ORTIZ HENRY NAPOLEON 1 LAMBAYEQUE 15,147 DIEZ POLO DANIEL RODOLFO 1 LAMBAYEQUE 15,108 SANCHEZ CERNA JANET DEL PILAR 1 LAMBAYEQUE 15,069 LOPEZ CUBILLAS GUADALUPE 1 LAMBAYEQUE 14,94

10 CARLOS PERALTA ESMERALDA GUISSELA 1 LAMBAYEQUE 14,9211 ARCE CORNEJO FELIPE 1 LAMBAYEQUE 14,9012 SANCHEZ DIAZ ERLAND PAUL 1 LAMBAYEQUE 14,9013 PAREDES GOICOCHEA SILVIA AIDE 1 LAMBAYEQUE 14,7614 CORNEJO CABILA JUAN VALERIO 1 LAMBAYEQUE 14,7415 CARBAJAL CARBAJAL MARCO JAMINTON 1 LAMBAYEQUE 14,6816 JAEN GUTIERREZ CARLOS MODESTO 1 LAMBAYEQUE 14,6417 HOLGUIN ALDAVE LESLY MONICA 1 LAMBAYEQUE 14,6418 LIZANA BOBADILLA MOISES AUGUSTO 1 LAMBAYEQUE 14,4819 QUINTANA CHUQUIZUTA WILDER 1 LAMBAYEQUE 14,4820 ROJAS VILLARREAL REBECA 1 LAMBAYEQUE 14,4421 ROBLEDO CHAVEZ INGRID LILIANA 1 LAMBAYEQUE 14,3022 SANCHEZ URQUIAGA MIGUEL MARTIN 1 LAMBAYEQUE 14,2823 VASQUEZ JINES JUAN ANTONIO 1 LAMBAYEQUE 14,2824 VITERI VALIENTE MANUEL VICENTE 1 LAMBAYEQUE 14,2025 ADRIANZEN CARREÑO JAVIER ILDEFONSO 1 LAMBAYEQUE 14,2026 FERNANDEZ PEREZ MIRIAM LILI 1 LAMBAYEQUE 14,0627 LIMO SANCHEZ JULIO FRANCISCO 1 LAMBAYEQUE 14,0428 GALVEZ RODRIGUEZ EDMUNDO LAUREANO 1 LAMBAYEQUE 13,9829 EFFIO CASTRO CARLOS JACINTO 1 LAMBAYEQUE 13,9430 BUSTAMANTE DELGADO WILMER ORLANDO 1 LAMBAYEQUE 13,9231 CABRERA CABRERA MAXIMO OSCAR 1 LAMBAYEQUE 13,9032 ROJAS PLASENCIA SILVIA ANET 1 LAMBAYEQUE 13,9033 MEGO TARRILLO MICHAEL ERNESTO 1 LAMBAYEQUE 13,9034 RAMOS HERNANDEZ KELLY ROSARIO 1 LAMBAYEQUE 13,8835 JUAREZ GUZMAN ADELA CECILIA 1 LAMBAYEQUE 13,8236 LOPEZ GAMBOA YAEL CAROLINA 1 LAMBAYEQUE 13,7837 DE LA QUINTANA MILLA NOEMI GABRIELA 1 LAMBAYEQUE 13,7238 FERRER CALDERON DIEGO ALONSO 1 LAMBAYEQUE 13,7039 AMAYA PAZO ROXANA 1 LAMBAYEQUE 13,6840 BAZAN ALAGON VICTOR RICARDO 1 LAMBAYEQUE 13,6641 VALDIVIEZO LUDEÑA ISABEL DEL CARMEN 1 LAMBAYEQUE 13,6442 SOTELO JIMENEZ MANUEL RICARDO 1 LAMBAYEQUE 13,5843 FLORES ROJAS PERCY 1 LAMBAYEQUE 13,5844 TORRES CASTILLO JOHNNY BERNARDO 1 LAMBAYEQUE 13,5645 OCHOA TOCAS MARCO ANTONIO 1 LAMBAYEQUE 13,5446 CUBAS MORI MANUEL FERNANDO 1 LAMBAYEQUE 13,5447 GASTELO BENAVIDES JOSE ALFREDO 1 LAMBAYEQUE 13,5248 PALOMINO CALLE MARIA ELENA 1 LAMBAYEQUE 13,5049 ROJAS RAMOS LUIS DOUGLAS 1 LAMBAYEQUE 13,5050 VALENCIA SALDAÑA RAUL GUILLERMO 1 LAMBAYEQUE 13,4851 SAAVEDRA GUZMAN RONAL ORLANDO 1 LAMBAYEQUE 13,4652 CORAL FERREYRO CARLOS ALBERTO 1 LAMBAYEQUE 13,4453 HOYOS PORTAL FERNANDO ANTONIO 1 LAMBAYEQUE 13,4254 AZNARAN BASILIO FLOR DE MARIA 1 LAMBAYEQUE 13,4255 VELASQUEZ URIOL EDER JOSUE 1 LAMBAYEQUE 13,4256 CARRANZA DIAZ OSCAR MANUEL 1 LAMBAYEQUE 13,3257 SAAVEDRA VILLALOBOS LUIS ALBERTO 1 LAMBAYEQUE 13,30

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Pág. 276935NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Nº Apellidos y Nombres Nivel Sede Nota Vigesimal58 ORTIZ CABELLOS URSULA GIANINA 1 LAMBAYEQUE 13,3059 CACHI GALLARDO NAPOLEON 1 LAMBAYEQUE 13,2860 HILARIO RAMIREZ LEONCIO HAROLD 1 LAMBAYEQUE 13,2861 MARTINEZ QUISPE VILDER 1 LAMBAYEQUE 13,2662 BRAVO RUIZ SONIA DEL ROCIO 1 LAMBAYEQUE 13,2663 VIGO ORDOÑEZ ANA CRISTINA 1 LAMBAYEQUE 13,2464 PORTOCARRERO TUESTA LUIS ENRIQUE 1 LAMBAYEQUE 13,2065 LUNA REYES LUIS RAUL 1 LAMBAYEQUE 13,1866 TICONA ARROYO FREDDY FROILAN 1 LAMBAYEQUE 13,1467 PANTA ORDINOLA GLORIA TATIANA 1 LAMBAYEQUE 13,1068 LEON VARGAS LESLY ROXANA 1 LAMBAYEQUE 13,0669 DIAZ SEGURA ESTER MEDALITH 1 LAMBAYEQUE 13,0670 RUIZ MONTALBAN CARLOS MIGUEL 1 LAMBAYEQUE 13,0471 TANTAS SAAVEDRA NORMAN WILMER 1 LAMBAYEQUE 13,0272 OLAYA ESCOBAR MARIA ELIZABETH 1 LAMBAYEQUE 13,0073 NARRO JIMENEZ SEGUNDO ERUVEY 1 LAMBAYEQUE 13,00

SEDE LAMBAYEQUE - NIVEL DOS

1 LAMADRID IBAÑEZ HUGO FLORENTINO 2 LAMBAYEQUE 17,022 ZAPATA LOPEZ ALDO ENRIQUE 2 LAMBAYEQUE 15,703 SIRLOPU GARCES TITO GERARDO 2 LAMBAYEQUE 15,604 CASTILLO GUTIERREZ LUCIANO 2 LAMBAYEQUE 15,525 RODAS HUAMAN OSIRIS ANTONIO 2 LAMBAYEQUE 15,366 FERNANDINI DIAZ ANA MARIA 2 LAMBAYEQUE 14,707 QUISPE TOMAYLLA LEONCIO 2 LAMBAYEQUE 14,548 LAMADRID UBILLUS ALEJANDRO 2 LAMBAYEQUE 13,889 VIGIL CURO LUZ CAROLINA 2 LAMBAYEQUE 13,7010 MAGUIÑA CASTAÑEDA ZOILA ESPERANZA 2 LAMBAYEQUE 13,4811 REYES GARCIA ROGER EDMUNDO 2 LAMBAYEQUE 13,4612 ALVAREZ MELCHOR LUZ MARLENE 2 LAMBAYEQUE 13,4013 AREVALO ZETA JUAN ALBERTO 2 LAMBAYEQUE 13,1214 SARRIN MAGUIÑA DRABESSET NATIVIDAD 2 LAMBAYEQUE 13,1215 LUZQUIÑOS RODRIGUEZ RICARDO GUILLERMO 2 LAMBAYEQUE 13,06

SEDE CUSCO - PRIMER NIVEL

1 ISCARRA PONGO NICOLAS 1 CUSCO 17,282 MOSQUEIRA PRADO CESAR ALBERTO 1 CUSCO 16,423 GUTIERREZ HUALLPA CARLOS ALBERTO 1 CUSCO 15,404 LUCANA PONCE DE LEÓN JUSTINO EDISSON 1 CUSCO 15,325 TAPIA SANTISTEBAN DAVID 1 CUSCO 15,046 BACA BARRA CECILIA GENOVEVA 1 CUSCO 14,967 MUÑOZ BLAS HECTOR CESAR 1 CUSCO 14,868 ODICIO BUENO JOSÉ 1 CUSCO 14,729 ARIZABAL CALDERON RUSSY ELDA 1 CUSCO 14,6410 RODRIGUEZ CHAMPI WALBERTO 1 CUSCO 14,5411 ACURIO CAYTUIRO FREDY 1 CUSCO 14,1012 MOROCO URRUTIA YOBANA 1 CUSCO 14,0613 DELGADO GARCIA MARÍA JULIA 1 CUSCO 14,0614 VERA ALARCÓN ERIK 1 CUSCO 13,9215 ECHEGARAY VIDAL KARINA VERONICA 1 CUSCO 13,8816 CONDORI TERAN IRMA 1 CUSCO 13,8417 ASCUE LOVON MARKLAREN 1 CUSCO 13,8418 CAMERO ABARCA JOSÉ 1 CUSCO 13,7819 CATACORA JARA TAMARA TATIANA 1 CUSCO 13,6220 RODRIGUEZ QUISPE AMERICO 1 CUSCO 13,6021 PERALTA PEREZ LUIS EMILIO 1 CUSCO 13,5822 ZEBALLOS ARIAS YECID AMPARO 1 CUSCO 13,4623 URBIOLA MAYHUIRE EFRAIN 1 CUSCO 13,4424 CONDORI RAMOS CESAR JULIO 1 CUSCO 13,4425 SOCUALAYA DAVILA WALTER IVAN 1 CUSCO 13,3826 LEON CHARCA ALI FELIX 1 CUSCO 13,3427 DEL POZO CONDORI EDWIN 1 CUSCO 13,2228 BORGES RIVERO ALFONSO 1 CUSCO 13,1429 VILLANUEVA JARA ELEINE 1 CUSCO 13,1230 VIRTO CONCHA KATIA MARIVEL 1 CUSCO 13,08

SEDE CUSCO - NIVEL DOS

1 AUCCA BARCENA CESAR AUGUSTO 2 CUSCO 15,562 GUZMAN APARICIO JORGE EDISON 2 CUSCO 15,283 LAURA PINO CAMILO FLAVIO 2 CUSCO 14,904 MAYORGA ZARATE MARIA ISABEL 2 CUSCO 14,845 MINAYA ALEGRIA MARIO 2 CUSCO 14,606 FERNANDEZ GARCIA MANUEL MARCO 2 CUSCO 14,487 PINARES SILVA MIRIAM HELLY 2 CUSCO 14,448 CASTELO TAMAYO VÍCTOR EFRAIN 2 CUSCO 14,249 FERNANDEZ ECHEA CARLOS BERNARDINO 2 CUSCO 14,0610 COACALLA CALLA SERGIO ABELARDO 2 CUSCO 14,0411 ELGUERA OCAMPO MARISOL 2 CUSCO 14,0012 LEÓN NUÑEZ WARNER 2 CUSCO 13,9813 OROS CARRASCO RODOLFO 2 CUSCO 13,9814 ESPINOZA ASTO NELLY NANCY 2 CUSCO 13,9215 GROSSMANN CASAS ELIZABETH 2 CUSCO 13,48

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ORGANISMOS AUTÓNOMOS

ASAMBLEA NACIONAL

DE RECTORES

Declaran en conflicto de legitimidad ala Universidad Nacional del Altiplano,disponen cese de autoridades y desig-nan Comisión Transitoria de Gobierno

RESOLUCIÓN Nº 580-2004-ANR

Lima, 21 de septiembre de 2004

VISTOS:

Los acuerdos de la Comisión de Coordinación Interuni-versitaria y del Pleno de la Asamblea Nacional de Recto-res en sus Sesiones Extraordinarias de fecha 17 de se-tiembre del 2004;

CONSIDERANDO:

Que, en la Universidad Nacional del Altiplano se lle-vó a cabo la Asamblea Universitaria el 23 y 25 de juniodel 2004 para la elección de las nuevas autoridadesuniversitarias, originándose un clima de violencia y pér-dida del principio de autoridad, cuestionándose la legali-dad de la conformación del Comité Electoral y de laAsamblea Universitaria;

Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitariaen su sesión extraordinaria de fecha 23 de agosto del2004, evaluando la grave situación de conflicto relativosa la legitimidad o reconocimiento de las autoridades degobierno y que afectan por casi dos meses el normaldesenvolvimiento de la Universidad, dentro del marco delinciso k) del artículo 92º de la Ley Universitaria N° 23733,acordó que la Presidencia de la Asamblea Nacional deRectores solicite al Consejo de Asuntos ContenciososUniversitarios la designación de una Comisión Informantecon la finalidad que en el plazo de diez días emita infor-me y proponga las medidas que permitan resolver elconflicto;

Que, mediante Oficio Nº 650-2004-CODACUN de fe-cha 8 de setiembre del 2004, el Presidente del Consejode Asuntos Contenciosos Universitarios comunica el In-forme Final de la Comisión Informante, aprobado por una-nimidad en la sesión extraordinaria Nº 06-2004-CO-DACUN de fecha 8 de setiembre del 2004, haciendo lle-gar el documento para la consideración y decisión delPleno de la Asamblea Nacional de Rectores;

Que, en mérito al Informe Final de la Comisión delConsejo de Asuntos Contenciosos Universitarios querecomienda Declarar en Conflicto de Legitimidad a laUniversidad Nacional del Altiplano, la Comisión de Co-ordinación Interuniversitaria y el Pleno de la AsambleaNacional de Rectores en sus sesiones extraordinariasde fecha 17 de setiembre del 2004, ha acordado apro-bar la aplicación del numeral 3º del inciso k) del artícu-lo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, declarando a laUniversidad Nacional del Altiplano en conflicto de legi-timidad y la designación de una Comisión Transitoriade Gobierno con atribuciones de Asamblea Universi-taria y Consejo Universitario, disponiendo el cese delas autoridades y Órganos de Gobierno de la Universi-dad, nombrándose un Comité Electoral externo por laAsamblea Nacional de Rectores para elegir a las nue-vas autoridades;

Estando al acuerdo adoptado en la Sesión Extraordina-ria de la Asamblea Nacional de Rectores celebrada el díaviernes 17 de setiembre del 2004;

De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y envirtud del Reglamento General de la Coordinación Interu-niversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar en conflicto de legitimidad a laUniversidad Nacional del Altiplano en aplicación del nume-

ral 3º del inciso k) del artículo 92º de la Ley UniversitariaNº 23733.

Artículo 2º.- Disponer el cese de las autoridades y delos Órganos de Gobierno de la Universidad Nacional delAltiplano, Asamblea Universitaria, Consejo Universitario,Rector, Vicerrectores, Consejo de Facultad, Decanos, asícomo la representación docente, estudiantil y graduados.

Artículo 3º.- Designar una Comisión Transitoria deGobierno con facultades de Asamblea Universitaria y Con-sejo Universitario previstas en la Ley Universitaria Nº 23733para el cumplimiento de sus fines.

Artículo 4º.- Designar un Comité Electoral externo afin de realizar el proceso electoral en la Universidad Nacio-nal del Altiplano.

Regístrese y comuníquese.

ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZRector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores

ROCÍO RONDINEL SOSASecretaria General de laAsamblea Nacional de Rectores

17183

Constituyen una Comisión de Orden yGestión en la Universidad Nacional deTrujillo con atribuciones de AsambleaUniversitaria y Consejo Universitario

RESOLUCIÓN Nº 581-2004-ANR

Lima, 21 de septiembre de 2004

VISTOS:

Los acuerdos de la Comisión de Coordinación Interuni-versitaria y del Pleno de Rectores de la Asamblea Nacio-nal de Rectores en sus sesiones extraordinarias de fecha17 de setiembre del 2004;

CONSIDERANDO:

Que, en la Universidad Nacional de Trujillo se llevó acabo el proceso electoral realizado el 17 de mayo del 2004,para representantes docentes ante la Asamblea Universi-taria, lo que originó un clima de violencia protagonizadospor grupos de estudiantes y docentes en conflicto, con al-teración de la tranquilidad y orden que debe caracterizar elnormal desenvolvimiento académico-administrativo de launiversidad;

Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria ensu sesión extraordinaria de fecha 23 de agosto del 2004evaluando la difícil situación de la Universidad Nacional deTrujillo acordó aprobar el inicio del proceso de interven-ción, al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 27602 desig-nando una Comisión Ad Hoc;

Que, luego de entrevistarse con autoridades, docen-tes y estudiantes en la Universidad Nacional de Trujilloy absueltas las observaciones por las autoridadesuniversitarias, la Comisión Ad Hoc presenta su Dicta-men Final el 13 de setiembre del 2004, constatando laexistencia de un grave conflicto en la Universidad Na-cional de Trujillo, así como infracciones normativas alReglamento General de Elecciones y la Ley Universi-taria Nº 23733;

Que, la Comisión de Coordinación Interuniversitaria yel Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores en sus se-siones extraordinarias de fecha 17 de setiembre del 2004realizando las evaluaciones correspondiente y con la fina-lidad que la Universidad Nacional del Trujillo recobre la ins-titucionalidad y dentro del marco de lo establecido en lasLeyes Nº 27602 y Nº 23733, ha acordado designar unaComisión de Orden y Gestión en la Universidad Nacionalde Trujillo con facultades de Asamblea Universitaria y Con-sejo Universitario con la finalidad que dé trámite a la re-nuncia del Rector y Vicerrectores, cese a las demás auto-ridades y convoque en el plazo de sesenta días calendariopara elecciones de las nuevas autoridades de dicha CasaSuperior de Estudios;

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Estando al acuerdo adoptado en la Sesión Extraordi-naria del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectorescelebrada el día viernes 17 de setiembre del 2004;

De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y envirtud del Reglamento General de la Coordinación Interu-niversitaria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Constituir una Comisión de Orden yGestión en la Universidad Nacional de Trujillo de con-formidad a la Ley Nº 27602 con atribuciones de Asam-blea Universitaria y Consejo Universitario, la que en elplazo de sesenta días calendario llevará a cabo la elec-ción de las nuevas autoridades de dicha Casa Superiorde Estudios.

Artículo 2º.- Otorgar a la Comisión de Orden y Gestiónlas facultadas previstas en la Ley Universitaria Nº 23733para el cumplimiento de sus fines, tramitando la renunciadel Rector y Vicerrectores y el cese del resto de autorida-des universitarias.

Artículo 3º.- Constituir un Comité Electoral externo afin de realizar el proceso electoral en la Universidad Nacio-nal de Trujillo.

Regístrese y comuníquese.

ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZRector de la Universidad Ricardo Palma yPresidente de la Asamblea Nacional de Rectores

ROCÍO RONDINEL SOSASecretaria General de laAsamblea Nacional de Rectores

17184

BANCO CENTRAL DE RESERVA

Autorizan viaje de funcionario paraparticipar en evento a realizarse enEE.UU.

RESOLUCIÓN DE DIRECTORIONº 080-2004

Lima, 17 de septiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, es política del Banco Central de Reserva del Perúmantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fun-damentales relacionados con la finalidad y funciones delBanco Central;

Que, para el cumplimiento de sus funciones, la Geren-cia de Crédito y Regulación Financiera tiene entre sus ob-jetivos el adecuado manejo de los diferentes instrumentosmonetarios y crediticios;

Que, el Federal Reserve Bank of Chicago ha invitado aeste Banco Central a participar en la Conferencia Syste-mic Financial Crises: Resolving large bank insolvencies,que se llevará a cabo entre el 30 de septiembre y el 1 deoctubre en Chicago, Estados Unidos de América, por loque el Directorio ha considerado conveniente la participa-ción de esta institución;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27619 y del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, estan-do a lo acordado por el Directorio en su sesión de 19 deagosto de 2004;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Juan RamírezAndueza, Gerente de Crédito y Regulación Financiera, ala ciudad de Chicago, Estados Unidos de América, del 29de septiembre al 1 de octubre, a fin de participar en el cer-tamen que se señala en la parte considerativa de la pre-sente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será comosigue:

Inscripción US$ 550,00Pasaje US$ 696,62Viáticos US$ 660,00Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28,24

------------------TOTAL US$ 1 934,86

Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derechoa exoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación.

JAVIER SILVA RUETEPresidente

17088

Autorizan contratar servicio de sopor-te técnico y actualización de versionesde licencias de los productos IBM In-formix y Data Director mediante adju-dicación de menor cuantía

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERALNº GG-095-2004

VISTOS:

El Informe Técnico anexo al Memorándum Nº F210-MA-2004-064, emitido por el Departamento de Administraciónde Redes y Bases de Datos del 23 de agosto del 2004, enel que se señala que IBM del Perú S.A.C., en su condiciónde subsidiaria de IBM World Trade Corporation, es la únicaempresa autorizada en el país que puede brindar el servi-cio de soporte técnico y actualización de versiones de losproductos IBM Informix y Data Director requerido por elBanco.

El Memorándum Nº K000-MA-2004-893, emitido por laOficina Legal el 8 de setiembre del 2004, en el que se opi-na que la contratación del servicio mencionado debe efec-tuarse mediante una adjudicación de menor cuantía, todavez que al ser prestado únicamente por IBM del Perú S.A.C.,se presenta como un servicio que no admite sustituto.

CONSIDERANDO QUE:

En el Informe Técnico del exordio se señala que el Ban-co actualmente cuenta con doscientas licencias concurren-tes del programa IBM Informix Dynamic Server versión 9.3y dos licencias del Data Director Web, que permiten desa-rrollar y administrar las base de datos de las gerencias deEstudios Económicos, Crédito y Regulación Financiera,Operaciones Internacionales, Tesorería, Administración, asícomo acceder a las bases de datos de “Información dePersonal” del Sistema Integrado de Administración y el Sis-tema Integrado del Fondo de Empleados.

Dado el actual uso de las bases de datos IBM Informix,con información crítica para el Banco y los proyectos quese tiene previsto desarrollar, el Departamento de Adminis-tración de Redes y Bases de Datos recomienda que esnecesario contratar el servicio de soporte técnico y actua-lización de versiones de las licencias de los mencionadosproductos que brinda IBM del Perú S.A.C.

Se sustenta lo indicado en el párrafo anterior, en queIBM World Trade Corporation, sociedad constituida en losEstados Unidos de América, es la propietaria de los pro-ductos IBM Informix, en tanto que IBM del Perú S.A.C. ensu condición de subsidiaria es la única en el país autoriza-da a brindar los servicios requeridos por el Banco.

El marco jurídico en el que se realizan las contratacio-nes del Banco Central para la adquisición de bienes o parala contratación de servicios, está determinado por el TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias.

De acuerdo con el inciso f) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, están exonerados de concurso públicolas contrataciones de servicios que no admiten sustitutos.

Conforme al artículo 20º de la misma Ley, cuando porlas causas que se menciona en el artículo 19º, se exonere

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Pág. 276938 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

una contratación de servicios del requisito de concursopúblico, debe recurrirse al proceso de adjudicación demenor cuantía, debiendo tal exoneración aprobarse me-diante resolución del Titular del Pliego de la Entidad.

A tenor del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Ar-tículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución queaprueba la exoneración y los informes que la sustentandeben ser remitidos dentro de los diez días calendario a laContraloría General de la República y publicada en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles si-guientes a la fecha de su emisión o adopción, según co-rresponda.

Las consideraciones expuestas precedentementepermiten concluir que el servicio que se requiere contratarse enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso f) del artícu-lo 19º de la citada Ley.

El monto de la presente contratación determina la exo-neración de la realización de un proceso de concurso pú-blico.

Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el ar-tículo 113º del reglamento antes citado, por lo que corres-ponde a esta Gerencia General aprobar la exoneración.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Exonerar del proceso de concurso públi-co la contratación del servicio de soporte técnico y actuali-zación de versiones de licencias de los productos IBM In-formix y Data Director, por cuanto éste no admite sustituto.

Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administraciónpara que contrate los servicios antes indicados con la em-presa IBM del Perú S.A.C., por el período de un año y porel valor referencial de US$ 65 539,00, incluido impuestos,mediante un proceso de adjudicación de menor cuantía ycon cargo a los recursos de esta Institución.

Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el DiarioOficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con-traloría General de la República.

Lima, 20 de setiembre del 2004

RENZO ROSSINI MIÑÁNGerente General (e)

17084

CONTRALORÍA GENERAL

Disponen rotación de jefes de órganosde Control Institucional de diversosgobiernos regionales

RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍANº 369-2004-CG

Lima, 20 de setiembre de 2004

Visto, la Hoja de Recomendación Nº 058-2004-CG/OCIemitida por la Gerencia de Órganos de Control Institucionalde la Gerencia Central del Sistema Nacional de Control dela Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el artículo 19º de la LeyNº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Controly de la Contraloría General de la República, la designaciónde los Jefes de los Órganos de Control Institucional se efec-túa por la Contraloría General de acuerdo a los requisitos,procedimientos, incompatibilidades y excepciones que es-tablezca para tal efecto;

Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institu-cional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y047-2004-CG, establece en su artículo 19º inciso c), la atribu-ción de la Contraloría General de la República de efectuar larotación de los Jefes de los Órganos de Control Institucional;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 314-2003-CG este Organismo Superior de Control efectuó la desig-nación por concurso público de méritos, entre otros, de los

señores César Augusto Valdivieso Cornetero, Víctor RoyerAugusto Gallegos Cornejo, Reucher Correa Morocho, JoséDavid Patiño Zeballos, Carlos Wenceslao Senmanche Ar-tola, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucio-nal de los Gobiernos Regionales de Huancavelica, Pasco,Piura, Tacna y Ucayali, respectivamente;

Que, de acuerdo a la evaluación contenida en la Hojade Recomendación de visto, resulta necesario por razo-nes de servicio y como una práctica sana de control inter-no, efectuar la rotación de los citados Jefes de los Órganosde Control Institucional de los mencionados GobiernosRegionales;

En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República y a lo dispuesto en elReglamento de los Órganos de Control Institucional, apro-bado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, mo-dificado por Resoluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Efectuar la rotación, a partir del01.Oct.2004, de los profesionales conforme al siguientedetalle:

- José David Patiño Zeballos al cargo de Jefe del Órga-no de Control Institucional del Gobierno Regional Huanca-velica.

- César Augusto Valdivieso Cornetero al cargo de Jefedel Órgano de Control Institucional del Gobierno RegionalPasco.

- Carlos Wenceslao Senmanche Artola al cargo de Jefedel Órgano de Control Institucional del Gobierno RegionalPiura.

- Víctor Royer Augusto Gallegos Cornejo al cargo deJefe del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regio-nal Tacna.

- Reucher Correa Morocho al cargo de Jefe del Órganode Control del Gobierno Regional Ucayali.

Artículo Segundo.- .Dar por concluida, a partir del01.Oct.2004, la designación de los señores José DavidPatiño Zeballos, César Augusto Valdivieso Cornetero, Car-los Wenceslao Senmanche Artola, Víctor Royer AugustoGallegos Cornejo, Reucher Correa Morocho, en los car-gos de Jefe del Órgano de Control Institucional de los Go-biernos Regionales Tacna, Huancavelica, Ucayali, Pasco yPiura, respectivamente, efectuadas mediante Resoluciónde Contraloría Nº 314-2003-CG.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GENARO MATUTE MEJÍAContralor General de la República

17126

J N E

Acreditan a la asociación civil "Rostros"como institución facultada para presen-tar observaciones electorales en proce-so de elecciones complementarias delConcejo Provincial de El Collao

RESOLUCIÓN Nº 136-2004-JNE

Expediente Nº 504-2004

Lima, 15 de julio de 2004

Vista la solicitud presentada por don Vladimir AntonioMeza Villarreal, Presidente de la Asociación denominada“ROSTROS”, a fin que se acredite a su representada comoinstitución facultada a presentar observadores electoralesen las mesas de sufragio, Jurado Electoral Especial y Jura-do Nacional de Elecciones, en las Elecciones MunicipalesComplementarias del alcalde y cuatro (4) regidores del Con-cejo Provincial de El Collao en el departamento de Puno, allevarse a cabo el domingo 17 de octubre del presente año;

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Pág. 276939NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo Nº 040-2004-PCM, publica-do el 29 de mayo del presente año, se ha convocado a eleccionesmunicipales complementarias del alcalde y cuatro (4) regidoresdel Concejo Provincial de El Collao en el departamento de Puno,para el domingo 17 de octubre del presente año;

Que para la autorización y acreditación de una organiza-ción no gubernamental como institución facultada a pre-sentar observadores electorales, es necesario que la or-ganización solicitante presente la siguiente información ydocumentos respectivos: a) Escritura Pública de inscrip-ción en los Registros Públicos, donde figure como uno desus principales fines la observación electoral; b) plan deobservación electoral, debidamente fundamentado ydetallado; y, c) plan de financiamiento de la observaciónelectoral; de conformidad con lo establecido en el artículo340º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859;

Que la Asociación “ROSTROS”, ha cumplido con losrequisitos exigidos por ley para presentar observadoreselectorales en las distintas etapas del proceso de eleccio-nes municipales complementarias, sin perjuicio de los de-más actos, tareas y restricciones que se establezca;

Que los observadores electorales están facultados atomar notas y a registrar las actividades señaladas en elconsiderando anterior, estando prohibidos de: a) sustituir uobstaculizar a las autoridades electorales en el ejerciciode sus funciones; b) realizar actos que directa o indirecta-mente constituyan interferencia en el desarrollo del proce-so electoral; c) hacer proselitismo de cualquier tipo o mani-festarse en favor o en contra de alguna organización políti-ca o de sus candidatos; c) declarar el triunfo de algunaorganización política o de algún candidato, entre otros ac-tos, en concordancia con lo establecido en los artículos338º y 339º de la citada Ley Orgánica de Elecciones;

El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu-ciones;

RESUELVE:

Artículo Primero .- Acreditar a la asociación civil “ROS-TROS” como institución facultada para presentar observa-dores electorales en el proceso de elecciones complemen-tarias del alcalde y cuatro (4) regidores del Concejo Pro-vincial de El Collao en el departamento de Puno, para eldomingo 17 de octubre del presente año, debiendo sujetar-se su participación a las atribuciones y prohibiciones esta-blecidas en las normas electorales pertinentes.

Artículo Segundo .- Poner en conocimiento del Regis-tro Nacional de Identificación y Estado Civil y de la OficinaNacional de Procesos Electorales, la presente resoluciónpara los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

S.S.SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVABOLÍVAR ARTEAGASOTO VALLENASVELA MARQUILLOROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General.

13511

ONPE

Exoneran de proceso de selección lacontratación del servicio de supervisiónde campaña de publicidad en el marcodel Proceso de Consulta Popular deRevocatoria del Mandato de Autorida-des Municipales

OFICINA NACIONAL DEPROCESOS ELECTORALES

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 235-2004-J/ONPE

Lima, 20 de setiembre de 2004

VISTOS:

El Memorándum Nº 0873-2004-GAF de la Gerencia deAdministración y Finanzas, los memorandos Nº 172-2004-GIEE/ONPE y 272-2004-GIEE/ONPE de la Gerencia deInformación y Educación Electoral; y los Informes Nº 07-2004-NL-GIEE/ONPE, de la Gerencia de Información yEducación Electoral, y Nº 034-2004-CGN, de la Gerenciade Asesoría Jurídica, de acuerdo al artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exone-radas de los procesos de selección correspondientes lascontrataciones que se realicen respecto a servicios perso-nalísimos, en cuyo supuesto la contratación se realizaráempleando el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº. 142-2004-J/ONPE se aprobó la modificación al Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones de la Oficina Nacional de Proce-sos Electorales, incorporándose el servicio de supervisiónde la campaña de publicidad a ser realizada por la citadaentidad en el marco del proceso de Consulta Popular deRevocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004,estableciendo que la contratación del mismo se efectuaráa través de una adjudicación directa selectiva, por un valorreferencial de S/. 74,000.00 (Setenticuatro mil y 00/100nuevos soles);

Que, de conformidad con los documentos de vistos, seestablece que ONPE, de acuerdo a lo establecido en elliteral h) del artículo 5º de la respectiva Ley Orgánica, Nº26487, debe iniciar una campaña de publicidad a través demedios de comunicación para informar a los electores res-pecto a los procesos electorales a realizarse; en este casoparticular, el proceso de Consulta Popular de Revocatoriadel Mandato de Autoridades Municipales del año 2004.Asimismo, y de conformidad con lo preceptuado por el ar-tículo 48º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, la entidad deberá supervisar la prestación del ser-vicio en cuestión, por sí o a través de terceros, en particu-lar en el contexto de un proceso de consulta popular comoel que se ha iniciado;

Que, de conformidad con los citados informes, existesolamente una empresa, MEDIA CHECK S.A.C., que rea-liza dicha supervisión de medios a escala nacional y cu-briendo todas las radios locales que intervengan en la cam-paña, que es el requerimiento de la campaña de publicidadde ONPE, el mismo que basa en la naturaleza de la laborque la entidad en mención desempeña. El referido informeseñala entonces que la citada empresa es la única quepresta el servicio requerido con las especificaciones técni-cas necesarias para la supervisión de la campaña de pu-blicidad a ser efectuada por la ONPE, supervisión que nin-guna otra persona natural o jurídica podría realizar;

Que, la causal de exoneración basada en la existenciade servicios personalísimos se refiere a la especial cali-dad de los mismos o a consideraciones respecto al servi-cio que se presta, en términos de calidad, profesión, cien-cia, arte u oficio. En ello se incluye el hecho de que sola-mente una empresa de las existentes preste el serviciorequerido por la entidad, conforme a su Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones del Estado, en tanto el servi-cio que presta se convierte en determinante para su con-tratación;

Que, habiéndose configurado la causal prevista en elliteral h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resultanecesario exonerar la contratación del servicio de supervi-sión de campaña de públicidad de la realización del proce-so de selección correspondiente;

Que, el artículo 20º del mencionado Texto Único Orde-nado de la Ley Nº 26850, concordante con los artículos105º y 116º de su Reglamento aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM, precisa que las adquisiciones ocontrataciones a que se refiere el artículo 19º de la Ley deContrataciones, se realizarán mediante el proceso de Ad-judicación de Menor Cuantía, aprobándose la respectivaexoneración mediante Resolución del Titular del Pliego dela Entidad;

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Pág. 276940 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del ar-tículo 19º y el artículo 20º del Texto Unico Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los artícu-los 105º, 111º, 113º y 116 de su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº118-2001-CONSUCODE/PRE;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13ºde la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Elec-torales, Nº 26487, y en el literal u) del artículo 9º del Regla-mento de Organización y Funciones, aprobado por Reso-lución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE y modificado median-te Resolución Jefatural Nº 201-2004-J/ONPE; y, con la vi-sación de las Gerencias de Administración y Finanzas yde Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero. - Exonerar a la Oficina Nacional deProcesos Electorales del proceso de Adjudicación DirectaSelectiva para la contratación del servicio de supervisiónde campaña de publicidad a ser realizada por la citada en-tidad en el marco del proceso de Consulta Popular de Re-vocatoria del Mandato de las Autoridades Municipales, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución.

Artículo Segundo .- Autorizar a la Gerencia de Admi-nistración y Finanzas la contratación del servicio persona-lísimo antes descrito a la empresa MEDIA CHECK S.A.C.,siendo el valor referencial del servicio de S/. 74,000.00(Setenticuatro mil y 00/100 nuevos soles), por la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción.

Artículo Tercero .- El egreso que demande el cumpli-miento de la Resolución será afectado a la Actividad 00355:Organizar y Ejecutar los Procesos Electorales, la Meta0020: “Conducción de las acciones de comunicación y di-fusión del Proceso de Revocatoria de Autoridades Munici-pales”, y la específica 39: “Otros Servicios de Terceros”;del presupuesto asignado por Revocatorias del año 2004de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

Artículo Cuarto. - Poner la presente Resolución Jefa-tural y los informes que la sustentan en conocimiento de laContraloría General de la República dentro de los diez (10)días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, deconformidad con lo establecido en el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, disponiéndose su publicación en el DiarioOficial El Peruano y en la página WEB de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO TUESTA SOLDEVILLAJefe

17122

Autorizan a procurador iniciar accioneslegales a presuntos deudores de saldosde anticipos otorgados para viáticos encomisión de servicios

OFICINA NACIONAL DE PROCESOSELECTORALES

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 236-2004-J/ONPE

Lima, 20 de setiembre del 2004

Vistos, el Informe Nº 013-2003-GCI/ONPE “Examen Es-pecial sobre Anticipos Pagados por Adelantado” de la Ge-rencia de Control Institucional y el Informe Nº 037-2004-GAF/ONPE de la Gerencia de Administración y Finanzas; y,

CONSIDERANDO:

Que, como resultado de la acción de control citada enel documento de vistos, la Gerencia de Control Institucio-

nal recomendó a la Gerencia de Administración y Finan-zas que, adopte las acciones necesarias tendentes a es-clarecer las razones por las cuales las devoluciones de lossaldos de anticipos otorgados para viáticos en comisiónde servicios de acuerdo a las copias de la documentaciónsustentatoria entregada a dicha comisión auditora y expli-caciones escritas formuladas por los trabajadores, aúnaparecen como deudores de dichos saldos;

Que, mediante el Informe Nº 037-2004-GAF/ONPE laGerencia de Administración y Finanzas da cuenta que, enla fase de implementación de la citada recomendación, di-versos comisionados presentaron la documentación sus-tentatoria correspondiente. Sin embargo, las personas de-talladas en el anexo adjunto, pese a habérseles requeridonotarialmente no han cumplido con presentar sus rendicio-nes de cuenta documentadas en los plazos concedidos;

Que, habiéndose efectuado las gestiones extrajudicia-les conducentes a obtener la devolución o rendición de losviáticos de manera infructuosa resulta necesario autorizaral Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales dela Oficina Nacional de Procesos Electorales, a interponerlas acciones legales que correspondan;

De conformidad con lo establecido en el artículo 47º dela Constitución Política del Estado; el Decreto Ley Nº 17537,Ley de Representación y Defensa Judicial del Estado, mo-dificado por el Decreto Ley Nº 17667; la Ley Nº 26487,Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;el literal u) del artículo 9º del Reglamento de Organizacióny Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, y modificado por Resolución Jefatural Nº201-2004-J/ONPE;

Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional deProcesos Electorales para que en representación y defen-sa de los intereses del Estado, interponga las accionesjudiciales que corresponda contra las personas consigna-das en el anexo que forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo Segundo. - Remitir copia de la presente Re-solución, así como los antecedentes administrativos delcaso a la Procuraduría Pública a cargo de la defensa delos intereses judiciales de la Entidad, para los fines corres-pondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO TUESTA SOLDEVILLAJefe

VIÁTICOS PENDIENTES DE RENDIR CUENTA AL 8-9-2004

FECHA C/P DESCRIPCIÓN SIAF IMPORTE

8-May-01 2021 ELSA LETICIA LEGUIA ESPINOZA 02268 560.00

18-May-01 2256 GUSTAVO ARRIAGA MOTTA 02436 514.00

18-May-01 2256 JUAN TELLO MARABOTTO 02436 540.00

18-May-01 2260 HENRY ERNESTO INFANTE TAKEY 02439 714.00

8-Jun-01 2709 JESUS ANTONIO BUSTAMANTE VACALLA 03054 514.00

31-Dic-03 4576 GUILLERMO ARTURO BENDEZU 03715 550.00

31-Dic-03 4582 CARMEN ROSA DOMINGUEZ HURTADO 03706 1,100.00

31-Dic-03 4666 GUILLERMO ARTURO BENDEZU 03674 650.00

5,142.00

17123

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

Autorizan a procurador iniciar accioneslegales a presuntos responsables de lacomisión de delito contra la fe pública

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 467-2004-JEF/RENIEC

Lima, 1 de setiembre de 2004

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Pág. 276941NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Visto, el Oficio Nº 0860-2004-GP/SGDAC/HYC RE-NIEC, el Informe Nº 114-2003-GP/SGDAC/HYC RENIECy el Informe Nº 769-2004-GAJ/RENIEC, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 20 de julio del2004.

CONSIDERANDO:

Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, en su permanentelabor fiscalizadora, así como del proceso de depura-ción, inherente al procedimiento administrativo, ha de-tectado que la ciudadana MARGARITA NAKAMA NAKA-MA DE KIYAN, dada la simplificación administrativa yen atención al principio de veracidad de las declaracio-nes, solicitó inscripción en el entonces Registro Elec-toral del Perú, declarando datos falsos, los mismos quefueron insertados en instrumento público y registradosen el Sistema del Archivo Nacional de Identificación,cuya organización y mantenimiento es encargada porLey al RENIEC;

Que, la Subgerencia de Depuración y Archivo Cen-tral, luego de verificar la declaración dada por la precita-da ciudadana, concluye que la misma adolece de false-dad, hecho que motivó se excluya del registro la inscrip-ción obtenida irregularmente mediante ResoluciónNº 092-2003-GP/SGDAC-RENIEC, en estricto cumpli-miento a lo señalado en el artículo 67º inciso 7 del De-creto Ley Nº 14207;

Que, aún cuando s i b ien se ha procedidoadministrativamente, se observa además que existeindicios suficientes que la ciudadana MARGARITANAKAMA NAKAMA DE KIYAN, ha incurrido en presun-to delito contra la Fe Pública, por lo que cabe precisarque la consumación de su conducta se da por el hechode hacer insertar declaraciones falsas en instrumentopúblico con la única finalidad de usarlo dentro del trafi-co jurídico como si fueran verdaderos, conducta dolo-sa que se presenta como el hecho de la inserción dedatos falsos en el Registro;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí-dica y en atención al considerando precedente resulta ne-cesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asun-tos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Es-tado Civil, para que interponga las acciones que corres-pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re-gistro Nacional de Identificación y Estado Civil contra MAR-GARITA NAKAMA NAKAMA DE KIYAN; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 17537 y la Ley Nº 26497;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargadode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las accioneslegales que correspondan contra MARGARITA NAKAMANAKAMA DE KIYAN por la comisión de presunto ilícitopenal en agravio del Estado y del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil.

Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi-co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

16829

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 476-2004-JEF/RENIEC

Lima, 1 de septiembre de 2004

Visto, el Oficio Nº 0860-2004-GP/SGDAC/HYC RE-NIEC, el Informe Nº 141-2003-GP/SGDAC/HYC RENIECy el Informe Nº 770-2004-GAJ/RENIEC, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 20 de julio del2004.

CONSIDERANDO:

Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, en su permanente laborfiscalizadora, así como del proceso de depuración, inhe-rente al procedimiento administrativo, ha detectado que laciudadana IRMA ALBINA MORENO LOAYZA quien dicellamarse IRMA ALBINA MORENO DE ARIZABAL, dada lasimplificación administrativa y en atención al principio deveracidad de las declaraciones, solicitó trámite de rectifi-cación de su inscripción electoral, a efectos de obtener elDNI, declarando ser de estado civil casada, dato que fuerainsertado en instrumento público y registrados en el Siste-ma del Archivo Nacional de Identificación, cuya organiza-ción y mantenimiento es encargada por Ley al RENIEC;

Que, la Subgerencia de Depuración y Archivo Central,luego de verificar la declaración dada por la precitada ciu-dadana, concluye que la misma adolece de falsedad, porcuanto a la fecha tiene el estado civil de divorciada, hechoque motivó se excluya del registro la inscripción rectificadairregularmente mediante Resolución Nº 122-2003-GP/SG-DAC-RENIEC, en estricto cumplimiento a lo señalado enel artículo 67º inciso 7 del Decreto Ley Nº 14207;

Que, aún cuando si bien se ha procedido administrativa-mente, los hechos antes descritos constituyen indicio sufi-ciente de la comisión de presunto delito contra la Fe Pública,en la modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancio-nado en el artículo 428º del Código Penal vigente, dado quese hizo insertar datos falsos en documento público, afectan-do de esta forma la seguridad y funcionabilidad del registro;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí-dica y en atención al considerando precedente resulta ne-cesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asun-tos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Es-tado Civil, para que interponga las acciones que corres-pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re-gistro Nacional de Identificación y Estado Civil contra IRMAALBINA MORENO LOAYZA o IRMA ALBINA MORENODE ARIZABAL; y

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 17537 y la Ley Nº 26497;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargadode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las accioneslegales que correspondan contra IRMA ALBINA MORE-NO LOAYZA o IRMA ALBINA MORENO DE ARIZABAL,por presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad deFalsedad Ideológica, en agravio del Estado y del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil.

Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi-co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que secontrae la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

16830

MINISTERIO PÚBLICO

Declaran nulidad de licitación públicaconvocada para la adquisición de mate-riales de procesamiento automático dedatos

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1300-2004-MP-FN

Lima, 21 de setiembre de 2004

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por el CONSORCIOMANTINNI SRL - GUTICELLI SRL, contra su descalifica-ción como postor en la Licitación Pública Internacional

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Pág. 276942 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

Nº 0001-2004-MP-FN-GG, “Adquisición de Materiales deProcesamiento Automático de Datos”, y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 6 de setiembre del 2004, se llevó a caboel acto público de Presentación de Propuestas y Aperturadel Sobre Técnico en la Licitación Pública Internacional Nº0001-2004-MP-FN-GG; en dicho acto el recurrente fuedescalificado por haber omitido la presentación de la Cartade Autorización del Código de Cuenta Interbancario, se-gún modelo que se consigna en el Anexo Nº 12 de las Ba-ses Administrativas;

Que, mediante escrito de fecha 10 de setiembre del2004, el POSTOR CONSORCIO MANTINNI SRL - GUTI-CELLI SRL, interpone recurso de apelación contra la deci-sión del Comité Especial de descalificarlo, luego del actode verificación de documentos del Sobre Técnico; al res-pecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 168ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, mediante Oficio Nº 40-2004-MP-FN-GG-CEAMPAD, se otorgó al recurrente un plazo de 24 horas aefecto que subsane y precise correctamente el Petitorio,los Fundamentos de Hecho, los Fundamentos de Derecho,Pago de la Tasa correspondiente y firma de representante;

Que, mediante escrito de fecha 14 de setiembre pasa-do, el recurrente ha cumplido con subsanar las observa-ciones señaladas;

Que, el impugnante, al fundamentar el recurso de ape-lación señala, entre otros, que el Código de Cuenta Inter-bancario es un instrumento para el pago de la contrapres-tación correspondiente al contratista a través de depósitosen cuenta, ello quiere decir que debe estar contenido en elSobre Nº 2, tal como efectivamente lo hicieron al presen-tarlo en su Propuesta Económica; agregan que el Presi-dente del Comité Especial subsanó parcialmente los erro-res cometidos en la elaboración de Bases, precisando ade-más que así aparece en el Acta respectiva y por tanto losdocumentos referidos a la Propuesta Económica no de-bían considerarse en el Sobre Nº 1;

Que, asimismo, el recurrente manifiesta que el artículo60º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, establece el contenido de los sobresrespectivos y en tal sentido las Bases no pueden estable-cer exigencias distintas a las establecidas en la norma enmención;

Que, previamente a emitir pronunciamiento respecto delrecurso de apelación, corresponde verificar que las BasesAdministrativas se encuentren acorde con la normatividadgeneral de las contrataciones y adquisiciones públicas;

Que, en ese sentido, cabe destacar que el literal g) delartículo 25º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las Ba-ses de un proceso de selección, deben contener, entre otrosrequisitos, el método de evaluación y calificación de propues-tas. Por su parte, el artículo 31º del mismo cuerpo legal,concordado con el segundo y tercer párrafo del inciso 1) delartículo 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM; dispone que las Bases deberán especi-ficar, además del precio, los factores pertinentes que se con-siderarán para la evaluación de las propuestas y la maneraen que éstos se aplicarán para seleccionar la mejor de ellas.Asimismo, dispone que dichos factores deberán sujetarse acriterios de razonabilidad y objetivos congruentes con el bien,servicio u obra requerido; constituyendo una facultad exclu-siva del Comité Especial la determinación de los factoresobjeto de calificación, así como el puntaje que se les asigne,siempre que los mismos sean razonables y congruentes conrelación al objeto del proceso de selección, de manera talque permitan una selección objetiva de la calidad tanto delpostor como de su propuesta;

Que, en general, los factores de evaluación estableci-dos por el Comité Especial, deben permitir determinar demanera objetiva, entre otros extremos, el grado de cumpli-miento de las obligaciones asumidas por los postores quepodrían resultar favorecidos con la Buena Pro. Asimismo,los factores de evaluación establecidos en las Bases de-ben responder a criterios objetivos, razón por la cual laasignación de puntajes a cada uno de ellos debe respon-der a una metodología previamente definida, evitando queellos dependan del criterio subjetivo del Comité Especial;

Que, al respecto, el artículo 66º del Reglamento dispo-ne que, para la evaluación técnica, las Bases estableceránlos factores necesarios para la evaluación, los puntajesmáximos que se les asignan y los respectivos criterios deevaluación y calificación;

Que, de las normas citadas, se desprende que el Co-mité Especial puede determinar los factores de evaluaciónque considere necesarios para evaluar las propuestas téc-nicas, una vez que éstas hayan sido admitidas, así comoasignarles un determinado puntaje, pero teniendo en cuentaque dichos factores deberán ser congruentes y coherentescon el objeto de la convocatoria, a fin de permitir la deter-minación de manera objetiva, entre otros aspectos, de lacalidad y eficacia del servicio ofertado;

Que, las Bases Administrativas han consignado comoFactor de Evaluación el “Plazo de Entrega”, asignando unmáximo de 20 puntos de acuerdo a los siguientes paráme-tros: de inmediato 20 puntos; de 1 a 2 días 15 puntos; de 3a 5 días 10 puntos y de 6 a más días 5 puntos;

Que, el establecimiento de vocablos como “inmediato”vinculado al factor de evaluación “Plazo de Entrega”, sinestablecer el mecanismo objetivo para la asignación depuntajes conlleva a que la calificación dependa del criteriosubjetivo del Comité Especial, situación que no se condicecon el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y su Reglamento;

Que, por otro lado, el artículo 55º del Reglamento esti-pula que las propuestas se presentarán en dos sobres, delos cuales el primero contendrá la propuesta técnica y elsegundo la propuesta económica;

Que, de la revisión de las Bases de la Licitación Públi-ca Internacional Nº 0001-2004-MP-FN-GG, se aprecia queel Comité Especial ha considerado como contenido delSobre Técnico, que los postores presenten la propuestaeconómica; lo cual no se encuentra acorde con la normati-va señalada en el considerando precedente, la misma quedetermina que la propuesta técnica y la propuesta econó-mica deben ser presentadas separadamente;

Que, de lo expuesto precedentemente se advierte quese ha contravenido normas legales y se ha prescindido dela forma prescrita por la normatividad aplicable, lo cual con-figura causal de nulidad de acto administrativo a tenor delo estipulado en el artículo 57º del TUO;

Que, el artículo 26º del Reglamento establece que elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativa dela Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficio lanulidad del proceso de selección por alguna de las causa-les establecidas por el artículo 57º de la Ley; consecuente-mente, debe declararse la nulidad de oficio de la LicitaciónPública Internacional Nº 0001-2004-MP-FN-GG, “Adquisi-ción de Materiales de Procesamiento Automático de Da-tos”, y retrotraerse el proceso de selección hasta la etapade convocatoria previa reformulación de las Bases Admi-nistrativas;

Que, de conformidad con lo establecido en el últimopárrafo del artículo 171º del Reglamento, en la resoluciónexpedida por la Entidad que resuelve el recurso de apela-ción, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 180º delmismo Reglamento en lo que sea pertinente;

Que, el inciso c) del artículo 180º del Reglamento esta-blece que al momento de resolver el recurso impugnativose deberá tener presente que cuando se contravenganlas normas de un debido proceso, se infrinjan las formassustanciales en los actos practicados o se incurra en lascausales de nulidad del artículo 57º de la Ley, se declara-rá la nulidad del procedimiento de selección, siendo irre-levante que se pronuncie sobre el petitorio del recursoimpugnativo;

Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;De conformidad con lo previsto en el Texto Único Orde-

nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones confe-ridas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFI-CIO de la Licitación Pública Internacional Nº 0001-2004-MP-FN-GG, “Adquisición de Materiales de ProcesamientoAutomático de Datos” y retrotraerlo hasta la etapa de con-vocatoria previa reformulación de Bases Administrativas

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Pág. 276943NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

en mérito a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución, siendo irrelevan-te pronunciarse respecto del recurso de apelación inter-puesto.

Artículo Segundo.- De conformidad con lo estableci-do en el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolu-ción deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, den-tro de los cinco (5) días de su expedición.

Artículo Tercero .- Remitir copia de la presente Reso-lución a la Gerencia General, Gerencia Central de Logísti-ca, Oficina de Asesoría Jurídica, Comité Especial y al pos-tor impugnante para los fines pertinentes

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

17141

Autorizan participación de servidoresdel Instituto de Medicina Legal en elcurso "Mobbing o Acoso Moral o Psico-lógico en el Trabajo", a realizarse en Es-paña

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1304-2004-MP-FN

Lima, 22 de setiembre de 2004

VISTAS:

La Adición de Actividades al Plan Operativo de la Escueladel Ministerio Público del Ejercicio Fiscal 2004, aprobadomediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1006-2004-MP-FN, de fecha 14 de julio de 2004, y las Cartas delCentro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia deEspaña, ambas de fecha 8 de setiembre de 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, en la Adición de Actividades al Plan Operativo dela Escuela del Ministerio para el Ejercicio Fiscal 2004, den-tro del Objetivo General 3: Perfeccionamiento del SistemaMédico Forense, se encuentra contemplada la “PARTICI-PACIÓN EN EL PLAN DE FORMACIÓN CONTINUADAAL CUERPO DE MÉDICOS FORENSES DEL MINISTE-RIO PÚBLICO DE ESPAÑA”;

Que, en el mencionado Plan de Formación se encuen-tra programado el curso “MOBBING O ACOSO MORAL OPSICOLÓGICO EN EL TRABAJO”, a llevarse a cabo en elCentro de Estudios Jurídicos del Ministerio de Justicia deEspaña, del 27 al 29 de setiembre 2004, en la ciudad deMadrid - España;

Que, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Na-ción Nº 1045-2004-MP-FN, de fecha 21 de julio de 2004,se designa a los integrantes del Comité de Becas del Insti-tuto de Medicina Legal, para evaluar y proponer, en formaequitativa, las becas y otras subvenciones otorgadas porla Escuela del Ministerio Público para realizar estudios,asistencia a eventos científicos o trabajos de investigación;

Que, mediante el Acta de la Tercera Reunión del Comitéde Becas para el Instituto de Medicina Legal, de fecha 27 deagosto de 2004, se establece en el acuerdo tercero, que elprimer puesto se hará acreedor al pasaje de Lima - España- Lima, y el segundo puesto sólo se le otorgará el apoyobrindado por el Centro de Estudios Jurídicos del Ministeriode Justicia de España; siendo seleccionados para tales be-neficios, los señores médicos legistas Juan Quiroz Mejía,primer puesto, y Noemí Carbajo Gallardo, segundo puesto;

Que, a través de las Cartas de Vistas, el SubdirectorGeneral - Jefe de Estudios del Centro de Estudios Jurídi-cos del Ministerio de Justicia de España, informa a los ser-vidores seleccionados, sobre las condiciones de alojamien-to y estadía para su participación en el curso antes men-cionado;

Que, la participación de los mencionados profesiona-les en dicho evento contribuirá a su capacitación y expe-riencia para el mejor desempeño de sus funciones;

Que, el Centro de Estudios Jurídicos del Ministerio deJusticia de España cubrirá los gastos de alojamiento ymanutención de los participantes en el citado curso;

Contando con los vistos de la Gerencia General, Jefa-tura del Instituto de Medicina Legal, Gerencias Centralesde Personal, Logística y Recursos Económicos, Escueladel Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortiz de ZevallosRoedel”, Oficina de Asesoría Jurídica; y,

Con las atribuciones conferidas por el artículo 64º delDecreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del MinisterioPúblico;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la participación de losMédicos Legistas Juan Quiroz Mejía y Noemí Carbajo Ga-llardo, servidores del Instituto de Medicina Legal, en elcurso “MOBBING O ACOSO MORAL O PSICOLÓGICOEN EL TRABAJO”, a llevarse a cabo en el Centro de Es-tudios Jurídicos del Ministerio de Justicia de España, enla ciudad de Madrid - España, del 27 al 29 de setiembrede 2004.

Artículo Segundo.- OTORGAR licencia con goce dehaber a los citados profesionales, del 25 de setiembre al 2de octubre de 2004, para su participación en el referidoevento.

Artículo Tercero.- Los participantes deberán presen-tar a la Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonzalo Ortizde Zevallos Roedel”, un informe analítico sobre los temastratados, dentro de los siete (7) días hábiles de concluidoel evento.

Artículo Cuarto.- Los gastos de pasajes y tasas deembarque, por la participación del doctor Juan Quiroz Me-jía en el evento materia de la presente Resolución, seránasumidos por la Escuela del Ministerio Público “Dr. Gonza-lo Ortiz de Zevallos Roedel”, los mismos que ascienden ala suma total de US$. 1,372.11 (MIL TRESCIENTOS SE-TENTA Y DOS Y 11/100 DÓLARES AMERICANOS), con-forme se detalla a continuación:

- Pasajes: US$ 1,344.11- Tarifa Corpac US$ 28.00

Artículo Quinto.- La presente Resolución no dará de-recho a exoneración o liberación de impuestos o de dere-chos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia Generalefectúe todas las acciones necesarias para el debido cum-plimiento de la presente Resolución.

Artículo Séptimo.- DISPONER que la Gerencia de Te-sorería atienda los requerimientos para la ejecución de lapresente Resolución.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento de la presenteResolución a la Gerencia General, Jefatura del Instituto deMedicina Legal, Gerencias Centrales de Personal, Logísti-ca y Recursos Económicos, Escuela del Ministerio Públi-co “Dr. Gonzalo Ortiz de Zevallos Roedel”, Oficina de Ase-soría Jurídica y a los interesados, para su conocimiento yfines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

17182

SBS

Aprueban modificación del EstatutoSocial de Sul América Compañía deSeguros Sociedad Anónima, cambiandosu denominación social por la de "Lati-na Seguros y Reaseguros Sociedad Anó-nima"

RESOLUCIÓN SBS Nº 1559-2004

Lima, 14 de setiembre de 2004

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

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Pág. 276944 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

VISTA:

La solicitud presentada por Sul América Compañía deSeguros Sociedad Anónima, para que se le autorice lamodificación de su Estatuto Social por cambio de su deno-minación social; y,

CONSIDERANDO:

Que, en Junta General de Accionistas de Sul AméricaCompañía de Seguros Sociedad Anónima, celebrada el 14de julio de 2004, se acordó la modificación de la denomina-ción social de la empresa, por la de "LATINA SEGUROS YREASEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA"; pudiendo utilizarel nombre comercial abreviado de "LATINA SEGUROS",con el objeto de dar una nueva imagen a la compañía ybuscar su relanzamiento en el mercado;

Que, el representante de la empresa ha cumplido conacompañar a su solicitud el proyecto de Minuta de modifi-cación parcial del Estatuto Social de Sul América Compa-ñía de Seguros Sociedad Anónima, donde sustentan elcambio de denominación social;

Con la opinión favorable de la Superintendencia Adjun-ta de Seguros y la Superintendencia Adjunta de AsesoríaJurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 14º dela Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca ySeguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y, en uso delas atribuciones conferidas por la precitada Ley General;

RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestosla modificación del Artículo Primero del Estatuto Social dela empresa Sul América Compañía de Seguros SociedadAnónima, en la que se cambia su denominación social porla de "LATINA SEGUROS Y REASEGUROS SOCIEDADANÓNIMA", pudiendo utilizar el nombre comercial abre-viado de "LATINA SEGUROS"; cuyos documentos perti-nentes quedan archivados en este Organismo; y, devuél-vase la Minuta que lo formaliza con el sello de esta Super-intendencia, para su elevación a escritura pública, en laque se insertará el texto de la presente Resolución, parasu inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

17090

Opinan favorablemente acerca de laemisión de bonos y/u otro tipo de instru-mentos, bajo el "Segundo Programa deEmisión de Instrumentos Representati-vos de Deuda" de COFIDE

RESOLUCIÓN SBS Nº 1560-2004

Lima, 14 de setiembre de 2004

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

VISTA:

La solicitud presentada por la Corporación Financierade Desarrollo S.A. - COFIDE para que se opine favora-blemente sobre la emisión de bonos y/u otro tipo de instru-mentos representativos de deuda, bajo el régimen del "Se-gundo Programa de Emisión de Instrumentos Representa-tivos de Deuda", a inscribirse próximamente en CONASEV,hasta por la suma de US$ 150 millones (ciento cincuentamillones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente ennuevos soles;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Siste-ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-

ca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, ensu artículo 221º, numeral 14, faculta a las empresas a emi-tir y colocar bonos y demás instrumentos de obligaciones,siempre que sean de su propia emisión;

Que, el artículo 232º de la Ley General establece quetratándose de la emisión de instrumentos financieros quetengan la condición de valores mobiliarios y que se emitanpor oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlosen el Registro Público del Mercado de Valores, previa opi-nión favorable expedida por Resolución de esta Superin-tendencia y de la documentación precisadada en el artícu-lo 18º de la Ley del Mercado de Valores;

Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 27 demayo de 2004, se aprobó el "Segundo Programa de Emisiónde Instrumentos Representativos de Deuda", mediante el cualse emitirían bonos y/u otro tipo de instrumentos representati-vos de deuda, hasta por la suma de US$ 150 millones (cientocincuenta millones y 00/100 dólares americanos) o su equi-valente en nuevos soles, delegando en el Directorio la facul-tad de acordar y decidir todos los términos, características ycondiciones de cada una de las emisiones del Programa;

Que, la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE ha cumplido con remitir la documentación reque-rida por esta Superintendencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Eva-luación del Sistema Financiero "B", el Departamento Le-gal, el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez yla Gerencia de Estudios Económicos a través de los Infor-mes Nº 127-2004-DESF "B", Nº 718-2004-LEG, Nº 042-2004-DERML y Nº 052-2004-ASF;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene-ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, LeyNº 26702, y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Opinar favorablemente acerca dela emisión de bonos y/u otro tipo de instrumentos repre-sentativos de deuda, bajo el régimen del "Segundo Progra-ma de Emisión de Instrumentos Representativos de Deu-da", que realizaría la Corporación Financiera de Desarro-llo S.A. - COFIDE, hasta por la suma de US$ 150 millones(ciento cincuenta millones y 00/100 dólares americanos) osu equivalente en nuevos soles.

Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolucióndeberá insertarse en la Escritura Pública correspondientepara su posterior inscripción en el Registro Público delMercado de Valores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

17150

Autorizan al Banco del Trabajo laapertura de oficina especial en el dis-trito de San Miguel, provincia de Lima

RESOLUCIÓN SBS Nº 1567-2004

Lima, 15 de setiembre de 2004

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco del Trabajo paraque se le autorice la apertura de una Oficina Especial, ubi-cada al interior de las instalaciones de la Tienda Hiraoka,sito en Av. La Marina Nº 2650, distrito de San Miguel, pro-vincia y departamento de Lima; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada empresa ha cumplido con presentar la do-cumentación pertinente que justifica la apertura solicitada;

Estando a lo informado por el Intendente del Depar-tamento de Evaluación del Sistema Financiero "D", median-te Informe Nº 099-OT-2004-DESF "D"; y,

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Pág. 276945NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de laLey Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban-ca y Seguros y la Circular Nº B-2134-2004; y, en uso de lasfacultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 003-98;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar al Banco del Trabajo, la aper-tura de una Oficina Especial, ubicada al interior de las insta-laciones de la Tienda Hiraoka, sito en Av. La Marina Nº 2650,distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GRADOS SMITHSuperintendente Adjunto de Banca

17148

UNIVERSIDADES

Autorizan contratar servicios de publi-cidad para la Universidad Nacional deIngeniería mediante proceso de adjudi-cación de menor cuantía

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

RESOLUCIÓN RECTORALNº 0689

Lima, 13 de setiembre de 2004

Vista la carta de fecha 16 de agosto del 2004 del Jefe(e) de la Oficina Central de Logística, por la que solicita laexoneración del Proceso de Adjudicación Directa por elservicio de publicidad de anuncios para el desagravio de laUniversidad Nacional de Ingeniería, mediante una adjudi-cación de menor cuantía;

CONSIDERANDO:

Que mediante carta de fecha 13 de agosto del 2004, elJefe de la Oficina Central de Logística solicita la exonera-ción del Proceso de Adjudicación Directa por el servicio depublicidad a través del medio de comunicación escrita, porla declaración de los desagravios de la Universidad Nacio-nal de Ingeniería, mediante una Adjudicación de Menor Cuan-tía, por el monto de S/. 25,575.86 (Veinticinco Mil QuinientosSetenta y Cinco y 86/100 nuevos soles), incluido IGV;

Que sustenta su pedido en el informe Técnico que acom-paña el referido documento, en el que se señala, que envista de los últimos acontecimientos registrados en la Uni-versidad Nacional de Ingeniería, en el que se comprometeen forma directa e inminente la imagen Institucional de laUniversidad y de las autoridades que la administran, resul-tó necesario, ante la desinformación existente en la opi-nión pública acerca de la legitimidad de las acciones adop-tadas por las autoridades y representantes del claustro ylos hechos verdaderamente producidos, informar a la opi-nión pública, mediante la publicación de avisos en los prin-cipales medios de prensa, el rechazo de los actos violato-rios de la libertad, los derechos humanos, y la defensa a lainstitucionalidad democrática;

Que mediante Informe de la Oficina Central de Aseso-ría Legal se ha cumplido con emitir el Informe Legal deacuerdo a lo establecido en los artículos 20º y 113º deltexto Único Ordenado de la ley Nº 26850 - Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, apro-bado por D.S. Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, respectivamente;

Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, establece que se encuentran exonerados de los pro-cesos de Licitación Público, Concurso Publico o Adjudica-ción Directa, los procesos de selección para la concentra-ción de servicios personalísimos, procediendo su contra-tación conforme lo dispuesto por el artículo 20º de dichotexto, concordante con el artículo 113º de su Reglamento,mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo

aprobarse tales exoneraciones a través de resolución delTitular del Pliego;

Que el artículo 111º del Reglamento del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,modificado por Decretos Supremos Nº 071-2001-PCM, Nº 128-2001-PCM, Nº 125-2002-PCM y Nº 041-2003-PCM, estable-ce que de conformidad con el inciso h) de artículo 19º de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuen-tran exonerados del proceso de selección, los servicios depublicidad que prestan al Estado los medios de comunicacio-nes televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio, en aten-ción a las características particulares que los distinguen;

Que los artículos 105º y 116º del referido Reglamentodel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establecen los procedimientos aque deben ceñirse las contrataciones de menor cuantía, conla indicación de que la autoridad competente que aprueba laexoneración, deberá indicar el órgano o dependencia quese encargará de llevar a cabo la Adquisición requerida;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, su Reglamento, y el artículo 33º, Inc. b), de la LeyUniversitaria Nº 23733, concordante con el artículo 52º, Inc.c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Ad-judicación Directa Selectiva de contratación de medios decomunicación escrita, de difusión masiva, por los Serviciosde Publicidad, de anuncios para el desagravio de la Univer-sidad Nacional de Ingeniería, por un monto referencial deS/. 25,575.86 (Veinticinco Mil Quinientos Setenta y Cinco y86/100 nuevos soles), incluidos IGV, según detalle:

El Comercio : S/. 16,575.86La República : S/. 9,000.00

---------------------TOTAL : S/. 25,575.86

Artículo 2º .- Autorícese en vía de regularización la con-tratación del referido Servicio de Publicidad, mediante unProceso de Adjudicación de Menor Cuantía con cargo a lafuente de financiamiento Recursos Directamente Recau-dados del Centro Pre - Universitario de la Universidad Na-cional de Ingeniería (CEPRE UNI)-

Artículo 3º.- El pago de la adquisición que se efectua-rá en virtud de la presente Resolución Rectoral, estará acargo de la Oficina Central de Logística de la UniversidadNacional de Ingeniería.

Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución Rec-toral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimis-mo que se remita copia de la presente Resolución Rectoraly de los Informes que sustentan esta exoneración a la Con-traloría General de la República, dentro de los diez días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme alo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese

ROBERTO MORALES MORALESRector

17094

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CONASEV

Disponen exclusión de acciones repre-sentativas del capital social de INDAL-SA - Industrialización de Alimentos S.A.en Liquidación del Registro Público delMercado de Valores

COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORADE EMPRESAS Y VALORES

RESOLUCIÓN GERENCIALNº 061-2004-EF/94.45

Lima, 20 de septiembre de 2004

Page 44: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276946 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

VISTOS:

El Expediente Nº 2004025286, así como el Informe In-terno Nº 0121-2004-EF/94.45.2 del 20 de septiembre de2004, de la Gerencia de Mercados y Emisores;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución CONASEV Nº 285-95-EF/94.10 del4 de julio de 1995 dispuso la inscripción en el RegistroPúblico de Valores e Intermediarios (hoy Registro Públicodel Mercado de Valores) de las acciones emitidas por IN-DALSA - Industrialización de Alimentos S.A.;

Que, mediante escrito remitido a la Bolsa de Valores deLima S.A. el 19 de noviembre de 2002, INDALSA - Indus-trialización de Alimentos S.A. presentó a dicha instituciónlos documentos pertinentes a efectos de iniciar el trámitede deslistado de los valores;

Que, el 3 de septiembre de 2004 INDALSA - Industria-lización de Alimentos S.A. solicitó mediante escrito un pe-dido de exoneración de pago de tasa;

Que, los acreedores de INDALSA - Industrialización deAlimentos S.A., reunidos en junta de acreedores el 27 defebrero de 2002, acordaron la liquidación de la sociedad, ydesignaron como liquidador a Cisneros y Sierralta Asocia-dos Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada;

Que, el 12 de junio de 2002 se suscribió el respectivoconvenio de liquidación extrajudicial, dando inicio al proce-dimiento de liquidación que llevó a la declaración de la quie-bra judicial de la sociedad;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132ºinciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercadode Valores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, mediante Carta GL-0894/04 remitida a CONASEV confecha 6 de septiembre de 2004, la Bolsa de Valores de LimaS.A. comunicó a CONASEV su decisión de disponer eldeslistado de las acciones representativas del capital so-cial de INDALSA - Industrialización de Alimentos S.A. enLiquidación y elevar el expediente a nuestra institución paralos efectos correspondientes;

Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. considera proce-dente el deslistado del valor al amparo del artículo 27º inci-so c) del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valo-res Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valo-res de Lima S.A., que dispone el deslistado de un valorcuando se produce la disolución del emisor, así como con-sidera procedente el pedido de exoneración del pago de latasa;

Que, el pedido de exoneración de pago de tasa no esprocedente, según el artículo 45º numeral 45.2 de la LeyGeneral del Procedimiento Administrativo, Ley Nº 27444;

Que, no obstante no se ha cumplido con el pago de latasa, atendiendo a la facultad de CONASEV contenida enel artículo 37º inciso c) de la Ley del Mercado de Valores,es procedente el trámite de oficio y disponer la exclusióndel valor del Registro Público del Mercado de Valores;

Que, según el artículo 31º del Reglamento de Inscrip-ción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsade la Bolsa de Valores de Lima S.A., ésta procederá demanera inmediata a deslistar el valor cuyo deslistado hayasido dispuesto de oficio por CONASEV;

Que, de acuerdo con el artículo 44º numeral 44.3. de laLey Nº 27444, no procede el cobro de derechos en el trá-mite de oficio;

Que, asimismo, el artículo 38º del Texto Único Ordena-do de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia conel artículo 34º del Reglamento de Oferta Pública de Adqui-sición de Compra de Valores por Exclusión, aprobado porResolución CONASEV Nº 630-97-EF/94.10, modificado porResolución CONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, estableceque la exclusión de un valor del Registro Público del Mer-cado de Valores genera la obligación de efectuar una Ofer-ta Pública de Compra;

Que, no obstante lo señalado en el considerando ante-rior, la exclusión de las acciones representativas del capi-tal social de INDALSA - Industrialización de Alimentos S.A.en Liquidación del Registro Público del Mercado de Valo-res, se encuentra dentro de la causal de excepción a larealización de una oferta pública de compra por exclusióncontemplada en el artículo 38º inciso d) del Reglamento deOferta Pública de Adquisición de Compra de Valores porExclusión; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 48º y siguientesdel Reglamento del Registro Público de Mercado de Valo-

res, aprobado por la Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y el acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 dediciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercadosy Emisores a disponer la exclusión de valores mobiliariosdel Registro Público del Mercado de Valores;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar inadmisible la solicitud de deslis-tado de las acciones representativas del capital social deINDALSA - Industrialización de Alimentos S.A. en Liquida-ción, por las razones expuestas en la parte considerativade la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer de oficio la exclusión de las ac-ciones representativas del capital social de INDALSA - In-dustrialización de Alimentos S.A. en Liquidación del Re-gistro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3º.- Disponer de oficio el deslistado de lasacciones representativas del capital social de INDALSA -Industrialización de Alimentos S.A. en Liquidación del Re-gistro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima S.A.

Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a IN-DALSA - Industrialización de Alimentos S.A. en Liquida-ción, a Cisneros y Sierralta Asociados Sociedad Civil deResponsabilidad Limitada en su calidad de sociedad liqui-dadora, a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLVS.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HÉCTOR VALENTÍN HURTADOGerente de Mercados y Emisores

17127

CONSEJO NACIONAL DEL

AMBIENTE

Autorizan Crédito Suplementario en elPresupuesto Institucional del CONAMpara el año fiscal 2004

RESOLUCIÓN PRESIDENCIALNº 114-2004-CONAM/PCD

Lima, 31 de agosto de 2004

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 192-2003-CONAM/PCD de fecha 30 de diciembre de 2003, se apro-bó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos yEgresos del Pliego 007: Consejo Nacional del Ambiente –CONAM, correspondiente al año fiscal 2004, de acuerdocon los recursos asignados mediante la Ley Nº 28128 –Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004;

Que, mediante Memorando Nº 149-2004-CONAM/OAF-TES, del 06-Ago-2004 el área de Tesorería del CONAMpresenta la información de captación de Ingresos al mesde julio 2004, determinándose ingresos en la fuente deDonaciones y Transferencias, por intereses bancarios delas cuentas de donaciones recibidas por el CONAM, devo-luciones de IGV por ejecución de egresos de años anterio-res y mayor captación de ingresos respecto del presupuestode apertura del presente año fiscal, correspondiente a re-cursos provenientes de USAID destinados al ProgramaSENREM;

Que, con fecha 3.mayo.2004 se suscribió el Conveniode Cooperación para la ejecución conjunta del ProgramaRegional de Aire Limpio – PRAL Perú, entre el ConsejoNacional del Ambiente y la Fundación Suiza de Coopera-ción para el Desarrollo Técnico (Swisscontact), en el mar-co del Acuerdo de Cooperación entre la Federación Suizay la República del Perú de fecha 23.Ene.2004, habiendorecibido el CONAM un primer desembolso ascendente aS/. 145 775 registrado con Recibo de Ingreso Nº 0020-04-0001 de fecha 22.Jul.2004;

Que, de acuerdo con los Recibos de Ingreso Nº 0017-04-0001, 0017-04-0002 y 0017-04-0004, el CONAM reci-

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Pág. 276947NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

bió recursos financieros por la suma de S/. 155 419 prove-nientes del Fondo Mundial del Ambiente (GEF) a través delPrograma de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente(UNEP), recursos que están destinados al desarrollo de laEstrategia Nacional de Bioseguridad en el Perú, conformeal acuerdo suscrito con dicho organismo de fecha23.Ene.2003;

Que, la Oficina Regional para América Latina y el Cari-be del Programa de las Naciones Unidas para el MedioAmbiente (PNUMA/ORPALC), ha efectuado desembol-sos destinados a financiar la II Feria Ambiental Urbana ySeminario Internacional de Autoridades Ambientales, porUS$ 2 500 de acuerdo al Recibo de Ingreso Nº 0007-04-0001; a la asistencia técnica para el fortalecimiento de laComisión Nacional de Diversidad Biológica (CONADIV),por US$ 1 967.40 de acuerdo al Recibo de Ingreso Nº 0007-04-0006; a producir el Informe del Estado del Ambiente delPerú (GEO Perú 2002 – 2003) y el Informe GEO BahíaPisco – Paracas, por US$ 25 000 de acuerdo al Recibo deIngreso Nº 0021-04-0001; a la publicación de los Resulta-dos de la Gestión Ambiental, Perspectivas y Potencialida-des Ambientales del Perú, por US$ 5 000 de acuerdo a laCarta de PNUMA/ORPALC Nº 0400/2004, del 15.Jul.2004;a la II Cumbre de Ministros y Autoridades de Turismo yAmbiente de Iberoamérica y el Caribe, a realizarse en Iqui-tos en el mes de septiembre de 2004, por US$ 5 000 deacuerdo a la Carta de PNUMA/ORPALC Nº 0421/2004, del27.Jul.2004; a la implementación del Manual de Capacita-ción de GEO Juvenil para América Latina y el Caribe, porUS$ 10 000 a la firma del Memorando de EntendimientoDEWA-013/2004, de julio de 2004;

Que, la Agencia de Cooperación Alemana al Desarrollo –GTZ, y el CONAM, suscribieron con fecha 24.Ago.2004, elAcuerdo de Subsidio Local Nº OZ 17/2004 – Proyecto02.2569.8-008.00, por el que dicho organismo de coopera-ción otorga una donación de US$ 4 000 a favor del ConsejoNacional del Ambiente - CONAM, a fin de llevar a cabo elApoyo al Premio CONAM por el Desarrollo Sostenible 2004,por lo que es necesario efectuar la incorporación de dichosrecursos en el Presupuesto Institucional del año 2004;

Con la aprobación de la Secretaría Ejecutiva y las visa-ciones de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina deAdministración y Finanzas;

De conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27209 - Leyde Gestión Presupuestaria del Estado; la Ley Nº 26410 –Ley del Consejo Nacional del Ambiente; la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 – Directiva para la Aprobación, Ejecución yControl del Proceso Presupuestario del Sector Público AñoFiscal 2004; y, en uso de las facultades conferidas por elArtículo 9º, numeral 9.1 de la Ley Nº 28129 – Ley de Equili-brio Financiero del Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2004 y la Resolución Suprema Nº 668-2001-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario enel Presupuesto Institucional del Pliego 007: Consejo Na-cional del Ambiente – CONAM, para el año fiscal 2004,hasta por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVEMIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 Nuevos Soles (S/. 669310.00), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS: (En Nuevos Soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

1.0.0 INGRESOS CORRIENTES 58 935

1.6.0 RENTAS DE LA PROPIEDAD 4 9491.6.2 DE LA PROPIEDAD FINANCIERA 4 9491.6.2.004 Intereses bancarios 4 9491.8.0 OTROS INGRESOS CORRIENTES 53 9861.8.1 INGRESOS DIVERSOS 53 9861.8.1.003 Devoluciones o Anulaciones 53 986

3.0.0 TRANSFERENCIAS 610 375

3.1.0 TRANSFERENCIAS 610 3753.1.3 EXTERNAS 610 3753.1.3.005 Donaciones - Agencia para el

Desarrollo (AID) 126 1543.1.3.016 Donaciones - Agencia Suiza de

Desarrollo (COSUDE) 145 7753.1.3.042 Donaciones - Agencia Alemana de

Cooperación (GTZ) 13 676

3.1.3.050 Donaciones - Fondo Mundial paraMedio Ambiente (GEF) 155 419

3.1.3.061 Donaciones - PNUMA 169 351

TOTAL INGRESOS 669 310=======

EGRESOS:

SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPLIEGO 007 : Consejo Nacional del AmbienteUNIDAD EJECUTORA 001 : Consejo Nacional del AmbienteFUNCION 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 048 : Protección del Medio AmbienteSUBPROGRAMA 0005 : Supervisión y Coordinación SuperiorACTIVIDAD 00260 : Formulación de Políticas y Normas Na-

cionales en Medio Ambiente y RecursosNaturales.

(En Nuevos Soles)5. GASTO CORRIENTE

3. Bienes y Servicios 205 095

SUBPROGRAMA 0025 : Investigación AplicadaACTIVIDAD 00414 : Promoción y Protección Ambiental

(En Nuevos Soles)5. GASTO CORRIENTE

3. Bienes y Servicios 133 351

SUBPROGRAMA 0130 : Control de la ContaminaciónACTIVIDAD 00160 : Control, Aprovechamiento y Calidad Ambiental

(En Nuevos Soles)5. GASTO CORRIENTE

3. Bienes y Servicios 330 864

TOTAL EGRESOS 669 310========

Artículo 2º.- La Oficina de Planificación y Presupuestodel Pliego 007 Consejo Nacional del Ambiente, solicitará ala Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi-caciones que se requieran como consecuencia de la in-corporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componen-tes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 3º.- La Oficina de Planificación y Presupuestodel Pliego 007 Consejo Nacional del Ambiente instruye a laUnidad Ejecutora bajo su ámbito, para que elabore las co-rrespondientes “Notas para Modificación Presupuestaria”que se requieran, como consecuencia de la aplicación delo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución se pre-senta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los Orga-nismos señalados en el numeral 5.2 del artículo 5º de laLey Nº 28128 – Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2004.

Regístrese y comuníquese,

CARLOS LORET DE MOLA DE LAVALLEPresidente

17115

ESSALUD

Declaran nulidad de la Licitación Pú-blica Nº 0399L00041 "Adquisición demedicamentos" respecto del ítem 294

SEGURO SOCIAL DE SALUD

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 777-PE-ESSALUD-2004

Lima, 16 de setiembre del 2004

VISTOS:

El expediente de la Licitación Pública según relación deItems Nº 0399L00041 "Adquisición de Medicamentos", res-

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Pág. 276948 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

pecto del ítem 294; y, la Carta Nº 3401-OCAJ-ESSALUD-2004, de la Oficina Central de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante aviso publicado el 10 de setiembre del2003 en el Diario Oficial El Peruano, se realizó la Convoca-toria de la Licitación Pública según relación de Items Nº0399L00041, con el objeto de contratar el suministro demedicamentos a nivel nacional; por un período de 12 (doce)meses y por un valor referencial de S/. 279'251,903.37 (Dos-cientos setenta y nueve millones doscientos cincuenta yun mil novecientos tres con 37/100 Nuevos Soles);

Que, de acuerdo a lo comunicado con Carta Nº 74-CE-LP Nº 0399L00041 del 1 de marzo del 2004, el Acto Públi-co de Presentación de Propuestas se realizó el 11 de mar-zo del 2004; presentándose como postores para el ítem294 "Lidocaína con vasoconstrictor 2%", las empresas: A.Tarrillo Barba S.A. y Comiesa Druc S.A.C.;

Que, el 5 de abril del 2004 se realizó el Acto Público deAdjudicación de la Licitación Pública según relación de Ite-ms Nº 0399L00041. El ítem 294 fue adjudicado a la empre-sa Comiesa Druc S.A.;

Que, el 14 de abril del 2004, A. Tarrillo Barba S.A. inter-puso recurso de apelación contra el Otorgamiento de laBuena Pro del ítem 294 de la Licitación Pública según rela-ción de Items Nº 0399L00041; el cual fue declarado funda-do mediante Resolución de Gerencia General Nº 259-GG-ESSALUD-2004 del 29 de abril del 2004, declarándose nulala adjudicación de dicho ítem a favor de Comiesa DrucS.A.C. y retrotrayéndose el proceso respecto del mismo ala Etapa de Evaluación de Propuestas;

Que, el 18 de junio del 2004, se llevó a cabo el ActoPúblico de Adjudicación después de recursos de apela-ción interpuestos, entre otros, contra el ítem 294 de laLic i tac ión Públ ica según re lac ión de I tems Nº0399L00041. En virtud de lo dispuesto por la Resolu-ción de Gerencia General Nº 259-GG-ESSALUD-2004,se procedió a evaluar las propuestas presentadas parael referido ítem, luego de lo cual se adjudicó la BuenaPro a la empresa A. Tarrillo Barba S.A., en tanto que lapropuesta del postor Comiesa Druc S.A. fue desesti-mada debido a que la temperatura de almacenamientoindicada en el envase de su producto es distinta a laseñalada en el inserto;

Que, con fecha 22 de junio del 2004, Comiesa DrucS.A.C. interpuso recurso de apelación contra el Otorga-miento de la Buena Pro del ítem 294 de la Licitación Públi-ca según relación de Items Nº 0399L00041, argumentandoque habiendo presentado el postor adjudicado el producto:Lidocaína 2% epinefrina 1:80 000, la concentración de sumuestra se encuentra por debajo de lo especificado parala Epinefrina en el Protocolo de Análisis. Asimismo, indicóque dicho Protocolo presenta inexactitudes e incongruen-cias que lo vician e invalidan de plano;

Que, en aplicación de lo dispuesto en el Acuerdo Nº014/009 del Tribunal de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, de fecha 12 de agosto del 2002, medianteResolución de Gerencia General Nº 440-GG-ESSALUD-2004 del 30 de junio del 2004, se declaró Improcedenteel recurso de apelación interpuesto por Comiesa DrucS.A.C. contra el Otorgamiento de la Buena Pro del ítem294 de la Licitación Pública según relación de Items Nº0399L00041;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, las Bases Integradas constituyen lasreglas definitivas del proceso de selección y lo dispuestoen ellas resulta de observancia obligatoria por todos lospostores y por el Comité Especial;

Que, de acuerdo con lo indicado en el literal j) del nu-meral 5.6 de las Bases Integradas de la Licitación Públicasegún relación de Items Nº 0399L00041, la Propuesta Téc-nica deberá contener obligatoriamente el Protocolo de Aná-lisis emitido por el laboratorio de Control de Calidad delfabricante o por un laboratorio acreditado por INDECOPI oautorizado por el Ministerio de Salud, en el que se señalenlos análisis realizados en todos sus componentes, los lími-tes y los resultados obtenidos, de acuerdo a la metodolo-gía declarada por el interesado en su solicitud para la ob-tención del Registro Sanitario del Producto;

Que, según lo dispuesto en el artículo 28º del Regla-mento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de

Productos Farmacéuticos y Afines, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 010-97-SA y modificado por De-creto Supremo Nº 020-2001-SA, el Protocolo de Análi-sis del producto es un informe técnico emitido por el la-boratorio de Control de Calidad del fabricante o por quienencargue su fabricación, suscrito por el analista o losprofesionales responsables en el que señala los análisisrealizados en todos sus componentes, los límites y losresultados obtenidos en dichos análisis, con arreglo alas exigencias contempladas en la farmacopea de refe-rencia o metodología declarada por el interesado en susolicitud;

Que, de la propuesta técnica presentada por A. TarrilloBarba S.A. para el ítem 294 de la Licitación Pública segúnrelación de Items Nº 0399L00041, se advierte que a folios62-63 obra el Protocolo de Análisis del producto ofertadopor dicho postor, siendo que en el folio 62 se consigna comoconcentración Epinefrina 1:80.000; sin embargo, en el folio63 se indica una concentración de Epinefrina 1:100.000para el mismo producto;

Que, el Comité Especial de la Licitación Pública segúnrelación de Items Nº 0399L00041, en su Informe Nº 137-CE-L.P. Nº 0399L00041, ha señalado que el Protocolo deAnálisis presentado por la empresa A. Tarrillo Barba S.A.contiene información contradictoria en lo que respecta a laconcentración del producto;

Que, la Gerencia de Recursos Médicos de la Gerenciade División de Prestaciones, a través del Informe Nº 230-GRM-GDP-ESSALUD-2004, ha indicado que existe unaincongruencia en el Protocolo de Análisis presentado porel postor adjudicado, toda vez que éste consigna comonombre del producto "Lidocaína 2% con Epinefrina1:80.000" y "Lidocaína 2% con Epinefrina 1:100.000", am-bos con número de lote 10-09-03;

Que, el Protocolo de Análisis presentado por el pos-tor adjudicado contiene información incongruente ycontradictoria por lo que dicho documento no cumple conlos requerimientos establecidos en las Bases Integra-das de la Licitación Pública según relación de Items Nº0399L00041;

Que, de otro lado, según lo dispuesto en el numeral 4.21de las Bases Integradas de la Licitación Pública según re-lación de Items Nº 0399L00041, para el caso de medica-mentos cuyo producto tenga la advertencia "Proteger de laluz" de acuerdo a la norma que se acoge, el envase prima-rio deberá cumplir con esta condición o protegerse conempaque individual;

Que, en su Informe, la Gerencia de Recursos Médicosde la Gerencia de División de Prestaciones ha manifesta-do que, de acuerdo a la USP XXVII, el almacenamiento delproducto consignado en el ítem 294 de la Licitación Públi-ca según relación de Items Nº 0399L00041 no debe dejarpasar la luz; no obstante ello, de la muestra del productoofertado por el postor adjudicado, A. Tarrillo Barba S.A., seadvierte que el envase primario es traslúcido y permite elpasaje de la luz, por lo que dicho envase no cumple con elrequerimiento establecido en las Bases Integradas respectode la protección de la luz;

Que, de lo expuesto, se concluye que el Comité Espe-cial de la Licitación Pública según relación de Items Nº0399L00041, otorgó erróneamente al postor A. Tarrillo Bar-ba S.A. la Buena Pro del ítem 294, toda vez que la pro-puesta presentada por éste no cumple con lo establecidoen las Bases Integradas respecto del Protocolo de Análi-sis y de la protección de la luz con que debe contar el en-vase primario;

Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, establece que el Titu-lar del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio lanulidad del proceso de selección por alguna de las causa-les establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sinperjuicio de la que sea declarada en la resolución recaídasobre los recursos impugnativos;

Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, son nulos los actos administrativos cuando son dicta-dos por órgano incompetente, contravengan las normaslegales, contengan un imposible jurídico o prescindan delas normas esenciales del procedimiento;

Que, atendiendo a las normas mencionadas preceden-

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Pág. 276949NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

temente, corresponde declarar de oficio la nulidad de laLicitación Pública según relación de Items Nº 0399L00041,respecto del ítem 294, desde la Evaluación de Propuestas,al haberse contravenido el artículo 52º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, puesno se evaluó debidamente la propuesta técnica presenta-da por el postor A. Tarrillo Barba S.A., por lo que existe unvicio que conlleva a retrotraer el proceso hasta el momentoen que se produjo el mismo, es decir, a la Evaluación dePropuestas;

Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superiorde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el OficioNº 1194/2001 (GTN-MON), corresponde en forma exclusi-va al Titular del Pliego la facultad prevista en el artículo 26ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado;

Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056,Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD),el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutivade ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal;

Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en el artí-culo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado y al amparo del artículo 7ºde la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, referi-do al control interno posterior, corresponde al Órgano deControl Institucional, realizar el deslinde de responsabili-dades a que hubiere lugar;

En uso de las atribuciones conferidas;

SE RESUELVE:

1. DECLARAR de oficio la nulidad de la Licitación Pú-blica según relación de Items Nº 0399L00041 "Adquisiciónde Medicamentos", respecto del ítem 294, y en consecuen-cia, sin efecto el Otorgamiento de la Buena Pro a favor dela empresa A. Tarrillo Barba S.A., debiéndose retrotraer elproceso a la Evaluación de Propuestas.

2. DISPONER la publicación de la presente Resoluciónen el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) díassiguientes a su expedición.

3. ENCARGAR al Órgano de Control Institucional querealice la evaluación del adecuado desempeño de los ser-vidores o funcionarios, así como de los miembros del Co-mité Especial que participaron en el presente proceso deselección.

4. DISPONER que la Secretaría General notifique lapresente Resolución al Comité Especial de la LicitaciónPública según relación de Items Nº 0399L00041 "Adqui-sición de Medicamentos", a la Gerencia Central de Adqui-siciones y a los interesados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOSPresidente Ejecutivo

17104

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

Modifican Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones correspondiente alejercicio fiscal 2004

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 689-2004-J-OPD/INS

Lima, 16 de septiembre del 2004

Vistos los Informes Nºs.302-2004-DG-OGA/INS, 466-2004-OEL-OGA/INS y 133-2004-DE-OEEI-OGIS/INS delDirector General de Administración, Director Ejecutivo deLogística y Director Ejecutivo (e) de Estadística e Infor-mática del Instituto Nacional de Salud Pública, referidos ala necesidad de la modificación del Plan Anual de Adqui-siciones;

CONSIDERANDO

Que, el Instituto Nacional de Salud como OrganismoPúblico Descentralizado del Sector Salud, requiere la pro-

visión de bienes y servicios que aseguren el logro de losobjetivos programados para el presente ejercicio presu-puestal;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2004-J-OPD/INS del 12 de enero de 2004 se aprobó el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacionalde Salud del año 2004, el cual se modificó a mérito de laResolución Jefatural Nº 329-2004-J-OPD/INS del 13 demayo de 2004 en la que figura la Adjudicación DirectaPública Nº 004-2004-OPD/INS, para la contratación del“Servicio de Cableado Estructurado de la Red de Cómputodel INS”, por un monto referencial de S/. 77,757.00 Nue-vos Soles;

Que, el Artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº013-2001-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones contendrá las Licitaciones Públi-cas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas y op-cionalmente información relativa a las Adjudicaciones deMenor Cuantía;

Que, el numeral 7º de las Disposiciones Específicas dela Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobadamediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, enconcordancia con los Artículos 7º y 8º del Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pre-cisa que el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionespuede ser modificado en cualquier momento durante eldecurso del ejercicio presupuestal, siempre que se pro-duzca una reprogramación de las metas institucionalespropuestas o una modificación del presupuesto institucio-nal;

Que, en los mencionados cuerpos normativos se esta-blece que toda modificación al Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones por inclusión o exclusión de los pro-cesos de selección, deberá ser aprobada por el Titular delPliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidadsegún corresponda y comunicada al CONSUCODE yPROMPYME dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a la fecha de su aprobación;

Que, de los Informes Nºs. 466-2004-OEL-OGA/INSdel 26/08/04 y 133-2004-DE-OEEI-OGIS/INS del 16/07/04, de la Oficina Ejecutiva de Logística y Dirección Eje-cutiva de Estadística e Informática, asimismo de lo se-ñalado por la Oficina de Programación a mérito del In-forme Nº 078-2004-OPROG-OEL-OGA/INS del 16/08/04,se desprende que resulta necesario la reprogramaciónde las metas institucionales propuestas inicialmente parala contratación del “Servicio de Cableado Estructuradode la Red de Cómputo del INS”, en razón de que al mo-mento del levantamiento de la información técnica se hanestablecido aproximadamente 557 puntos a implemen-tarse, así como una conexión de fibra óptica para el nue-vo Laboratorio de Microbiología y Biomedicina ubicadoen el distrito de Chorrillos, circunstancias que implicanel incremento del costo del servicio a requerir, y conse-cuentemente la exclusión del Plan Anual como un pro-ceso de Adjudicación Directa Pública y la inclusión en elmismo, como un Concurso Público, señalándose las ca-racterísticas del proceso de selección y el monto aproxi-mado del mismo en la suma de S/. 228,363.00 (Doscien-tos Veintiocho Mil Trescientos Sesenta y Tres con 00/100 Nuevos Soles);

Que, mediante Memorando Nº 096-2004-DE-OEPPI-OGAT/INS del 20/08/04, la Oficina Ejecutiva de Planifica-ción, Presupuesto e Inversiones comunica que existe lacorrespondiente previsión presupuestal para atender lo so-licitado, con las fuentes de financiamiento de RecursosOrdinarios y Directamente Recaudados; y,

Que, asimismo es del caso señalar que mediante Re-solución Directoral Nº 034-2004-OGA/INS del 02/02/04 sedesignó al Comité Especial a cargo del precitado procesotécnico, el mismo que es necesario ratificar; y,

En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones del Insti-tuto Nacional de Salud, aprobado por Decreto SupremoNº 001-2003-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR la exclusión del Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional deSalud correspondiente al año 2004, del siguiente procesode selección:

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Pág. 276950 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

Tipo de proceso Adjudicación Directa Pública

Objeto Servicio de Cableado Estructurado dela Red de Cómputo del Instituto Na-cional de Salud.

CIIU 729000

Síntesis de las Especificaciones Seleccionar Personas Naturales o Ju-rídicas que se Encarguen de Provisio-nar el Servicio en mención.

Tipo de Moneda Nacional

Valor estimado S/. 77,757.00 (Setenta y Siete MilSetecientos Cincuenta y Siete con 00/100 Nuevos Soles).

Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y DirectamenteRecaudados

Nivel de Centralización Lima

Fecha probable de convocatoria Septiembre

Órgano encargado de Oficina Ejecutiva de Logísticala adquisición

Artículo 2º.- APROBAR la inclusión en el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacionalde Salud correspondiente al año 2004, del siguiente proce-so de selección:

Tipo de proceso Concurso Público

Objeto Servicio de Cableado Estructurado dela Red de Cómputo del Instituto Na-cional de Salud.

CIIU 729000

Síntesis de las Especificaciones Seleccionar Personas Naturales o Ju-rídicas que se Encarguen de Provisio-nar el Servicio en mención.

Tipo de Moneda Nacional

Valor estimado S/. 228,363.00 (Doscientos Veintio-cho Mil Trescientos Sesenta y Trescon 00/100 Nuevos Soles).

Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y DirectamenteRecaudados

Nivel de centralización Lima

Fecha probable de convocatoria Septiembre

Órgano encargado de Oficina Ejecutiva de Logísticala adquisición

Artículo 3º.- RATIFICAR, al Comité Especial designa-do a mérito de la Resolución Directoral Nº 034-2004-OGA/INS del 2 de febrero del 2004, responsable del proceso deselección “Servicio de Cableado Estructural de la Red deCómputo del INS”.

Artículo 4º.- INFORMAR al Consejo Superior de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Co-misión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROM-PYME, la aprobación materia de la presente Resolución.

Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presenteresolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez(10) días siguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 6º.- REMITIR copia de la presente resolucióna los órganos de la Entidad que corresponda.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

CÉSAR G. NÁQUIRA VELARDEJefe

17077

OFICINA DE NORMALIZACIÓN

PREVISIONAL

Autorizan contratar servicio de aseso-ría y coordinación ante el Congreso dela República mediante proceso deadjudicación de menor cuantía

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 115-2004-JEFATURA/ONP

Lima, 16 de setiembre de 2004

VISTO:

El Informe Nº 001-2004-JF/ONP de fecha 27 de agostode 2004, con el que la Alta Dirección solicita la exonera-ción de la Adjudicación Directa Selectiva para contratar elServicio de Asesoría y Coordinación ante el Congreso dela República sobre Temas que involucren a la Oficina deNormalización Previsional, por tratarse de un servicio per-sonalísimo;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que la contratación de servicios persona-lísimos se encuentra exonerada de los procesos de Licita-ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa,según sea el caso, correspondiendo contratar dichos ser-vicios mediante una Adjudicación de Menor Cuantía;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, salvola prevista en el inciso d) del Artículo 19º, se aprobaránmediante Resolución del Titular de la Entidad, la mismaque requiere de un informe técnico - legal previo;

Que, el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que sonservicios personalísimos los contratos de locación de ser-vicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuandodicha contratación se haya tenido en cuenta como requisi-to esencial a la persona del locador, ya sea por sus carac-terísticas inherentes, particulares o especiales o por sudeterminada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio;

Que, del Informe Nº 001-2004-JF/ONP de fecha 27 deagosto de 2004, se determina que el Dr. Edgardo Aldo Al-varado Cueto reúne las características técnicas y profe-sionales requeridas para la realización del servicio a con-tratarse, debido a su amplia experiencia en el tema parla-mentario, su idoneidad y experiencia reconocida en el me-dio y ofreciendo la garantía de un servicio altamente califi-cado, lo que le da la condición de servicios personalísimosque requiere la Entidad;

Que, asimismo, en dicho documento se estima que elvalor referencial mensual por la referida contratación as-ciende a la suma de S/. 8,000.00 (Ocho Mil y 00/100 Nue-vos Soles), lo que equivale a un total de S/. 24,000.00 (Vein-ticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles);

Que, en consecuencia, en el presente caso al produ-cirse una situación enmarcada en los términos estableci-dos en el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente autorizar la contratación de losservicios personalísimos mencionados anteriormente,mediante el proceso de Menor Cuantía, de conformidadcon lo dispuesto en el Artículo 20º de la norma acotada ysegún el procedimiento que determinan los Artículos 105ºy 116º de su Reglamento;

Que, mediante el Informe Nº 137-2004-GL.AL.24/ONPde fecha 13 de setiembre de 2004, la Gerencia Legal consi-dera que resulta procedente la exoneración del proceso deselección correspondiente, en virtud que ésta se encuentraenmarcada dentro de las disposiciones establecidas en lasnormas sobre Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las facultades conferi-das por la Resolución Suprema Nº 018-2004-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la exoneración del Proce-so de Adjudicación Directa Selectiva, al haberse configura-do la causal a que se refiere el inciso h) del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, para la contratación del Dr. Edgardo Aldo AlvaradoCueto, para que se encargue de brindar el Servicio de Ase-soría y Coordinación ante el Congreso de la República so-bre Temas que involucren a la Oficina de NormalizaciónPrevisional, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

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Pág. 276951NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi-nistración a contratar el Servicio de Asesoría y Coordi-nación ante el Congreso de la República sobre Temasque involucren a la Oficina de Normalización Previsio-nal, mediante el proceso de Menor Cuantía, cuyo valorreferencial es de S/. 24,000.00 (Veinticuatro Mil y 00/100Nuevos Soles), por el período de tres (03) meses,afectándose a la Fuente de Financiamiento de RecursosDirectamente Recaudados.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Admi-nistración remita copia de la presente Resolución y delos informes que sustentan esta exoneración a la Contra-loría General de la República, dentro de los diez (10)días calendario siguientes a la fecha de su aprobación,conforme a lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER BERNARDO PENNY PESTANAJefe

17074

OSINERG

Aprueban la Norma "Procedimientopara la determinación de los CostosExtras de Distribución (CED)"

RESOLUCIÓN DEL ORGANISMO SUPERVISORDE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA

OSINERG Nº 258-2004-OS/CD

Lima, 16 de septiembre de 2004

VISTOS:

El Informe Técnico de la Gerencia Adjunta de Regula-ción Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión enEnergía (en adelante “OSINERG”) GART-GAS/OSINERGNº 025-2004 y los informes de la Asesoría Legal InternaOSINERG-GART-AL-2004-123 y OSINERG-GART-AL-2004-131.

CONSIDERANDO:

Que, como consecuencia del recurso de reconsidera-ción interpuesto por la Empresa Gas Natural de Lima yCallao S.R.L. (GNLC) contra la Resolución OSINERG Nº097-2004-OS/CD que fijó las Tarifas de Distribución en BajaPresión para los consumidores ubicados dentro de la Con-cesión de Distribución de Gas Natural de Lima y Callao, seexpidió la Resolución OSINERG Nº 183-2004-OS/CD encuyo Artículo 3º se dispuso que las modificaciones a efec-tuarse en lo referente a la definición del Costo Extra deDistribución (CED), implican necesariamente la expediciónde un procedimiento;

Que, conforme a lo señalado en el Artículo 3º de la LeyNº 273321 Ley Marco de los Organismos Reguladores dela Inversión Privada en Servicios Públicos, y el Artículo52º, literal n) del Reglamento General del OSINERG2 , apro-bado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el OSINERGejerce función normativa, teniendo la facultad de dictar lasnormas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidasa asuntos de su competencia;

Que, conforme al Artículo 25º del Reglamento Generaldel OSINERG, constituye requisito para la aprobación delos reglamentos y normas de alcance general que dicte elOSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus res-pectivos proyectos hayan sido publicados en el Diario Ofi-cial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o co-mentarios de los interesados, los mismos que no tendráncarácter vinculante ni darán lugar a procedimiento admi-nistrativo;

Que, mediante Resolución OSINERG Nº 188-2004-OS/CD se publicó el proyecto de Norma “Procedimientopara la determinación de los Costos Extras de Distribu-ción” conjuntamente con su exposición de motivos, conla finalidad de recibir las sugerencias o comentarios delos interesados. Dichas sugerencias y comentarios han

sido analizados por la Gerencia Adjunta de RegulaciónTarifaria (en adelante “GART”), a través del InformeGART-GAS/OSINERG - Nº 025-2004, que como AnexoN I se acompaña a la presente resolución, habiéndoseacogido aquellas que contribuyen al logro de los objeti-vos de la Norma;

Que, cumplidas las etapas a las que se refieren los pá-rrafos precedentes, se encuentra expedita la aprobaciónde la Norma “Procedimiento para la determinación de losCostos Extras de Distribución”, por parte del Consejo Di-rectivo;

Que, con la aprobación de la referida norma, debe que-dar sin efecto lo establecido en el Artículo 3º de la Resolu-ción Nº 097-2004-OS/CD, para la determinación del CostoExtra de Distribución;

Teniendo en cuenta lo señalado en los Informes de laAsesoría Legal Nº OSINERG-GART-AL-2004-123 y OSI-NERG-GART-AL-2004-131; y, de conformidad con lo es-tablecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organis-mos Reguladores de la Inversión Privada en los Servi-cios Públicos, en el Reglamento General del OSINERGaprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM,en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese la Norma denominada “Proce-dimiento para la determinación de los Costos Extras deDistribución” .

Artículo 2º.- Incorpórese el Informe GART-GAS/OSI-NERG - Nº 025-2004, Anexo I, como parte integrante de lapresente resolución.

Artículo 3 º.- Déjese sin efecto todo aquello que se opon-ga a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publi-cada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente deberáser consignada en la página Web del OSINERG:www.osinerg.gob.pe.

ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo

NORMA“PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN

DE LOS COSTOS EXTRAS DE DISTRIBUCIÓN (CED)”

Artículo 1 º.- AlcanceLa presente norma es de aplicación al cálculo de Cos-

tos Extras de Distribución (CED) correspondientes a toda

1 Artículo. 3º . - Funciones.-3.1 Dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, los Organismos

Reguladores ejercen las siguientes funciones:(...)b) Función reguladora: comprende la facultad de fijar las tarifas de

los servicios bajo su ámbito;c) Función normativa: comprende la facultad de dictar, en el ámbito

y la materia de sus respectivas competencias, los reglamentos,normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de ca-rácter general y mandatos u otras normas de carácter particularreferidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades oactividades supervisadas o de sus usuarios.Comprende, a su vez, la facultad de tipificar las infracciones porincumplimiento de obligaciones establecidas por normas lega-les, normas técnicas y aquellas derivadas de los contratos deconcesión, bajo su ámbito, así como por el incumplimiento delas disposiciones reguladoras y normativas dictadas por ellosmismos. Asimismo, aprobarán su propia Escala de Sancionesdentro de los límites máximos establecidos mediante decretosupremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministrosy el Ministro del Sector a que pertenece el Organismo Regula-dor.

2 Ar tículo. 52º. - Funciones del Consejo Directivo.-(...)n) Dictar las normas, reglamentos, resoluciones y/o directivas referidas

a asuntos de su competencia.

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concesión de distribución de gas natural por red de ductosen el territorio nacional.

Artículo 2 º.- ObjetoEl presente procedimiento tiene por objeto establecer

el mecanismo de cálculo de los Costos Extras de Distribu-ción como consecuencia de permisos municipales y car-gos medio ambientales que, por razones obligatorias e in-evitables, incurran los concesionarios de distribución degas natural por red de ductos, siempre que no hayan sidoconsiderados como parte de los costos de distribución queforman la base tarifaria.

Artículo 3 º.- El Costo Extra de DistribuciónEl Costo Extra de Distribución (CED) expresado en US$

por cliente, podrá ser pagado por el cliente mediante unpago de una sola vez, o como un cargo fijo adicional a seragregado como un ítem adicional de la factura.

CEDbase se obtendrá al dividir el Monto pagado porpermisos para el Proyecto X por el Número de clientesa ser conectados en el Proyecto X :

Es decir

CEDbase = Monto pa gado por permisos para el Pr oyecto XNúmero de clientes a ser conectados para el Proyecto X

Entendiéndose que:

Monto pagado por permisos para el Proyecto X , seráel monto pagado por el Concesionario por permisos parael Proyecto.

Este monto será presentado por la Distribuidora al OSI-NERG con un informe de sustento para su análisis y apro-bación, en cada oportunidad que la Distribuidora haya des-embolsado dicho pago al municipio o autoridad guberna-mental correspondiente. Dicho Informe detallará el montototal desembolsado, según corresponda, al pago que de-bió efectuar, incluyendo como mínimo la siguiente informa-ción:

- Costo por metro lineal de tendido o S/. por proyecto.- Longitud total de metros tendidos en el proyecto.- Otros desembolsos por conceptos adicionales que

haya estipulado el municipio o autoridad correspondiente.- Número de clientes a ser conectados en el Proyecto

X, se obtendrá a través de la siguiente fórmula:

Nº Clientes Potenciales en el Proyecto “X” * Factor dePenetración (igual al considerado en el proceso de re-gulación de las Tarifas de Distribución del Concesiona-rio).

El OSINERG sólo tendrá en cuenta aquellos montospagados de conformidad con las atribuciones y límites que,para las Municipalidades, se encuentran establecidos enla Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Tex-to Único de Procedimientos Administrativos de cada muni-cipio y cualquier otra normatividad legal vigente.

Artículo 4 º.- Aplicación del Costo Extra de Distribu-ción

Para la aplicación del CED, el cliente tendrá las dossiguientes opciones del pago:

CED(1) el pago por una sola vez que se determinaráde la siguiente manera:

CED(1) = CEDbase X FIC

Donde:

FIC : Factor de ajuste por incorporación esperado declientes en el tiempo actualizado a una tasamensual equivalente al 12% anual, hasta alcan-zar el Factor de penetración máximo . Este valorserá definido por el OSINERG para cada pro-yecto o municipio.

CED(2) el cargo fijo por mes, por cliente:

CED(2) = CED(1) X FRC

Este cargo será negociado entre el Cliente y el Conce-sionario de la misma forma en que se negocia la recupera-ción de la Acometida.

Donde:

FRC : Corresponde al factor de recuperación de capi-tal mensual, para un período de recuperacióndefinido por las partes y a una tasa de interésnegociada libremente.

17138

SUNARP

Agradecen a representante de la SU-NARP ante el Consejo Consultivo de laZona Registral Nº V - Sede Trujillo porsu gestión realizada en el período 2003-2004

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTENACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Nº 399-2004-SUNARP/SN

Lima, 14 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, es política de la SUNARP fomentar la participa-ción de la sociedad civil, a fin de contar con mayores cana-les de opinión y diálogo que coadyuven a optimizar el cum-plimiento de los fines institucionales de la SUNARP dentrode una política de apertura y promoción de la participaciónciudadana;

Que, mediante Ley Nº 26366, se creó la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, comoun organismo descentralizado autónomo y ente rector delSistema Nacional de los Registros Públicos;

Que, mediante Resolución Nº 322-2001-SUNARP/SN,de fecha 23 de noviembre de 2001, se crea el ConsejoConsultivo para la Oficina Registral La Libertad, hoy ZonaRegistral Nº V - Sede Trujillo;

Que, a través de la Resolución Nº 169-2003-SUNARP/SN, de fecha 9 de abril de 2003, se designó al señor abo-gado Roger Zavaleta Cruzado, como representante de laSUNARP ante el Consejo Consultivo de la Zona RegistralNº V - Sede Trujillo, por el período de un año;

Que, mediante Oficio Nº 1306-2004-Z.R.NºV-JEF, defecha 7 de setiembre de los corrientes, el Jefe de la ZonaRegistral Nº V - Sede Trujillo, solicita la designación delnuevo representante de la SUNARP ante el Consejo Con-sultivo de dicha Zona Registral;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal v) delartículo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Re-solución Suprema Nº 135-2002-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Agradecer al señor abogado RogerZavaleta Cruzado, representante de la SUNARP ante elConsejo Consultivo de la Zona Registral Nº V - Sede Truji-llo, por la gestión realizada mientras duró su designaciónpara el período 2003-2004.

Artículo Segundo.- Designar al señor abogado Gerar-do Eto Cruz, como representante de la SUNARP ante elTercer Consejo Consultivo de la Zona Registral Nº V - SedeTrujillo, por el período 2004-2005.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RONALD CÁRDENAS KRENZSuperintendente Nacional de losRegistros Públicos (e)

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GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE AMAZONAS

Declaran nulo proceso de licitaciónpública nacional "Ampliación CentralHidroeléctrica de Nuevo Seasme II Eta-pa - Provincia de Condorcanqui - Ama-zonas"

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERALREGIONAL Nº 209-2004 GOBIERNO

REGIONAL AMAZONAS/GGR

Chachapoyas, 20 de setiembre de 2004

VISTOS:

El Pronunciamiento Nº 156-2004(GTN), del 7 de setiem-bre del 2004; el Acta del Comité Especial de Adquisicio-nes, de fecha 14 de setiembre del 2004; y el InformeNº 004-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CEP,del 16 de setiembre del 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, con informe del vistos, el Presidente del ComitéEspecial de Adquisiciones, designado mediante Resolu-ción Ejecutiva Regional Nº 076-2004-GOBIERNO REGIO-NAL AMAZONAS/PR, para llevar a cabo el Proceso de Li-citación Pública Nacional Nº 001-2004-GOBIERNO RE-GIONAL AMAZONAS- “Ampliación Central Hidroeléctricade Nuevo Seasme II Etapa-Provincia de Condorcanqui-Amazonas”, comunica que con Pronunciamiento Nº 156-2004 (GTM), el CONSUCODE se pronunció sobre lasobservaciones a las Bases efectuadas, no acogiendo a lamayoría de ellas, recomendando se integren las Bases aldía siguiente de haber sido notificados y se comunique enforma simultánea a los adquirientes de Bases y a dichoConsejo el día siguiente de realizada la integración, de con-formidad con lo dispuesto por el Art. 52º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM;

Que, según Acta del Comité Especial, de fecha 14 desetiembre del 2004, no es posible integrar las bases en eltiempo estipulado por Ley, toda vez que, respecto a la Con-clusión Nº 4.1 y 4.4, que no acoge la observación Nº 1 y 7,respectivamente, no es posible remitir el estudio de mer-cado que sustente la determinación del valor referencial endicho plazo, ya que se desconoce los aspectos tomadospor la Dirección Ejecutiva de Proyectos-Ministerio de Ener-gía, como ente formulador del Expediente Técnico de laObra “Ampliación Central Hidroeléctrica Nuevo Seasme- IIEtapa”, precisando que el Expediente Técnico no estable-ce el estudio del mercado requiriéndose obtener informa-ción; respecto a la Conclusión 4.2. que no acoge la obser-vación Nº 3, precisa que las normas técnicas para el sumi-nistro y montaje de tuberías perfiladas de PVC fue estable-cido por el ente formulador, siendo éste el único que tienecompetencia para modificarlos, no siendo competencia delComité Especial hacer los cambios, menos admitir propues-tas que no estén establecidas en el expediente técnico;asímismo, refiere que es imposible que el Comité Especialacredite documentalmente que el indicado proceso no orien-ta la adquisición de marca, fabricante o tipo de productoespecífico, por desconocer los criterios técnicos emplea-dos por la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministeriode Energía y Minas; respecto a la Conclusión Nº 4.3, indi-ca que el Comité Especial no tiene competencia para rea-lizar las adecuaciones dispuestas por el CONSUCODE;sobre la Conclusión Nº 4.5. que no acoge la ObservaciónNº 8, indica que tal como se manifiesta en el pronuncia-miento, es obligación de cada entidad hacer una evalua-ción objetiva de todos los elementos que incurren en laelaboración del expediente Técnico de una obra, con elloexpresa que se debe a la elaboración del estudio, la que noes competencia del Comité Especial; sobre la ConclusiónNº 4.6 y 4.7 referente a la integración de las bases en el

plazo de un día, el Comité Especial refiere que se ve en laimposibilidad de realizar dicha integración en el plazo indi-cado, por las razones antes expuestas;

Que, asimismo, el CONSUCODE no se ha pronuncia-do sobre las observaciones a las bases dentro del plazode 5 días, conforme lo dispone el Art. 78º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; excediendo en de-masía el término de Ley, toda vez que según su propio pro-nunciamiento, las observaciones a las Bases han sido re-cepcionadas con fecha 16 de junio del 2004, pronuncián-dose recién después de 69 días, con fecha 7 de setiembredel 2004;

Que, el Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM, señala que“El Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativade la Entidad, según corresponda, podrá declarar de oficiola nulidad del proceso de selección por alguna de las cau-sales establecidas en el Art. 57º de la Ley, sólo hasta antesde la celebración del contrato, sin perjuicio de la que seadeclarada en la resolución recaída sobre los recursos im-pugnativos...”;

Que, la etapa en la que se encuentra el Proceso deLicitación Pública Nacional Nº 001-2004-GOBIERNO RE-GIONAL AMAZONAS- “Ampliación Central Hidroeléctricade Nuevo Seasme II Etapa-Provincia de Condorcanqui-Amazonas”, contiene un imposible jurídico, al no ser facti-ble que el Comité Especial de Adquisiciones integre lasbases en el plazo de un día que señala la norma, por lasrazones expuestas en su Informe Nº 004-2004-GOBIER-NO REGIONAL AMAZONAS/CEP; causal que se encuen-tra contenida en el Art. 57º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que esnecesario declarar de oficio NULO todo el Proceso de Li-citación Pública;

Con las facultades otorgadas a este Despacho medianteResoluciones Ejecutivas Regionales Nº 211-2004-GO-BIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, y Nº 287-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, contando conel visto bueno de la Oficina Regional de Asesoría Jurídicadel Gobierno Regional Amazonas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO NULO todoel Proceso de Licitación Pública Nacional Nº 001-2004-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS- “Ampliación Cen-tral Hidroeléctrica de Nuevo Seasme II Etapa-Provincia deCondorcanqui-Amazonas”; por las razones expuestas enla parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Regio-nal de Administración, PUBLIQUE, en el Diario Oficial ElPeruano, la presente Resolución que declara la nulidad deoficio, dentro de los cinco días de su expedición, conformelo dispone la parte final del Art. 26º del D.S. Nº 013-2001-PCM.

Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE con la presente Re-solución, a las instancias internas del Gobierno RegionalAmazonas, Oficina Regional de Administración, al ComitéEspecial, Postores del Proceso y a CONSUCODE.

Regístrese y comuníquese.

HERBERTH E. OLIVOS ANGELESGerente General

17144

GOBIERNO REGIONAL

DE CAJAMARCA

Declaran en situación de urgencia laActividad Agraria en la Región Cajamar-ca para la ejecución del "Programa deRehabilitación 2004" y autorizan adqui-sición de semillas

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 402-2004-GR.CAJ/P

Cajamarca, 7 de setiembre de 2004

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VISTO:

El Informe de Sustento Técnico para la Declaratoria enSituación de Urgencia de la Actividad Agraria en la RegiónCajamarca, para la ejecución del “Programa de Rehabilita-ción 2004” e Informe Legal Nº 014-2004-GR.CAJ/DRAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, la situación de urgencia debe entenderse comouna medida temporal ante un hecho de excepción que de-termina una acción rápida, a fin de adquirir o contratar loindispensable para paliar la urgencia, en cuyo caso lasadquisiciones se sujetan al Proceso de Adjudicación deMenor Cuantía;

Que, según el Informe de Sustento Técnico acotado enel visto, emitido por el Ing. M. Sc. AURELIO MARTOS DÍAZ,Director Regional de Agricultura Cajamarca, la ejecuciónde los proyectos que comprende el “Programa de Rehabi-litación 2004”, a que se contrae el Convenio Nº 03-2004-GR-CAJ/P, suscrito el 7 de julio último entre el GobiernoRegional Cajamarca y la Dirección Regional de Agricultu-ra, por el monto de TRES MILLONES TREINTA Y CINCOMIL SESENTA 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 3 035,060.00),incluyéndose el Crédito Extraordinario, se encuentra eninminente riesgo en cuanto a su ejecución, debido al tiem-po transcurrido desde la asignación de los recursos y a lasdificultades para la adquisición y mantenimiento de semi-llas, entre ellas de trigo, arveja, maíz amarillo duro, frijol,lolium y trébol, las cuales tienen carácter de insustitui-bles, si se tiene en cuenta que dentro de cada cultivo setiene variedades requeridas por las Agencias Agrarias delámbito regional, las mismas que deben ser adaptadas asus necesidades y estar próxima la Campaña Agrícola2004-2005;

Que, encontrándose la actividad agraria en estado deemergencia en la mayoría de regiones del norte, centro ysur del país por efectos climáticos adversos, resulta difícilla adquisición de un solo proveedor, las semillas que refie-re el considerando que antecede en la cantidad, calidad yvariedad que los proyectos componentes del “Programa deRehabilitación 2004” requieren; sin embargo, correspon-derá a la máxima Autoridad Administrativa del GobiernoRegional Cajamarca, determinar el grado de responsabili-dad en que hubieran incurrido los responsables de su eje-cución, de conformidad con lo establecido en los Arts. 24ºy 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM;

Que, la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, hacumplido con emitir el Informe Legal Nº 014-2004-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 16 de agosto de 2004, opinando por laprocedencia de la Declaración en Situación de Urgencia,con sujeción a lo dispuesto por los Arts. 19º, inc. c); 20º,Inc. a) y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, referido en el consi-derando que antecede, concordante el Art. 108º numeral2. de su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, modificado por Decreto SupremoNº 079-2001-PCM.

Que, la exoneración de Licitación Pública a que se con-trae la presente resolución, no exime a la Dirección Re-gional de Agricultura de Cajamarca, observar los proce-dimientos legales sobre contrataciones y adquisicionesen los Procesos de Adjudicación de Menor Cuantía a rea-lizar para la adquisición de semillas, con cuyo objeto po-drá solicitar el apoyo de la Estación Experimental de Ba-ños del Inca, para la identificación varietal, característi-cas agronómicas y otros, en aspectos de calidad oficial ysanidad, en cumplimiento a la Ley Nº 27262, Ley Generalde Semillas;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20ºinc. a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, concordante el Art.108º numeral 2. de su Reglamento, referidos en el cuar-to considerando de la presente resolución, la exonera-ción debe ser aprobada mediante Resolución del Titulardel Pliego;

Estando al Informe Técnico de la Dirección Regionalde Agricultura, Informe Legal de la Dirección Regional deAsesoría Jurídica, a lo solicitado por la Dirección de De-fensa Civil, a lo aprobado por la Gerencia General Regio-nal; y de conformidad con las atribuciones conferidas porel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y

Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Ley Nº 27783, Leyde Bases de la Descentralización y Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, modificada por LeyNº 27902;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DEURGENCIA la Actividad Agraria en la Región Cajamarca,para la ejecución del “Programa de Rehabilitación 2004” acargo de la Dirección Regional de Agricultura; en conse-cuencia, APROBAR la exoneración del proceso de Licita-ción Pública, para la adquisición de semillas, las que serealizarán mediante el Proceso de Adjudicación de MenorCuantía, según el detalle siguiente:

INSUMO CANTIDAD MONTOTM. REFERENCIAL

Semilla de trigo 73,00 S/. 160 600,00

Semilla de arveja 46,00 S/. 230 000,00

Semilla de maíz amarillo duro 5,55 S/. 19 425,00

Maíz amiláceo 7,20 S/. 36 000,00

Frijol 4,00 S/. 20 000,00

Lolium 7,20 S/. 102 528,00

Trébol 1,602 S/. 38 448,00

TOTAL S/. 607 001,00

Las adquisiciones de los demás insumos que com-prende el “Programa de Rehabilitación 2004”, deberá su-jetarse al procedimiento establecido por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR que la Gerencia Ge-neral Regional del Gobierno Regional Cajamarca, determi-ne las responsabilidades que corresponda respecto a lamorosidad en la ejecución del “Programa de Rehabilitación2004”, dando cuenta al Despacho de la Presidencia Re-gional.

Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Reso-lución se publique en el Diario Oficial El Peruano y se remi-ta copia de la misma e informes sustentatorios a la Contra-loría General de la República, dentro del término de ley.

Regístrese y comuníquese.

LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDIPresidente

17124

Declaran nulidad del otorgamiento dela buena pro en la Adjudicación Direc-ta Selectiva "Construcción del Sistemade Agua Potable y Letrinización -YUBED"

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 408-2004-GR.CAJ/P

Cajamarca, 10 de setiembre de 2004

VISTO:

El Oficio Nº 013-2004-GR.CAJ-COMITÉ ESPECIAL, defecha 16 de agosto de 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución de Gerencia General RegionalNº 060-2004-GR.CAJ/GGR, de fecha 14 de junio de 2004,se aprobó el Expediente Técnico del Proyecto denominado"CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE YLETRINIZACIÓN YUBED - ZAPOTAL";

Que, mediante Resolución de Gerencia General Regio-nal Nº 079-2004-GR.CAJ/GGR, de fecha 28 de junio de2004, se aprobó las Bases de Adjudicación Directa Selec-tiva Nº 0011-2004-GR.CAJ, de la obra referida en el consi-derando que antecede;

Page 53: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

Pág. 276955NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Que, con fecha 21 de julio de 2004, el Comité Especialrecurrente otorgó la Buena Pro de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 0011-2004-GR.CAJ, de la obra antes descri-ta, a la empresa ROYJA INGENIEROS S.R.L.;

Que, luego del otorgamiento de la Buena Pro, el ComitéEspecial en coordinación con la Gerencia Regional de Infra-estructura se percató que los precios del acero que se ha-bía consignado en el Expediente Técnico no correspondena los precios del mercado, habiéndose considerado la sumade S/. 166,464.43, en vez de S/. 159,517.40, implicando uncambio en el valor referencial de S/. 242,035.14, en vez deS/. 232,941.48, por lo que al amparo de lo dispuesto por elArt. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, solicita la Nulidad deOficio de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0011-2004-GR-CAJ, otorgada con fecha 21 de julio de 2004, hasta an-tes de la celebración del contrato, la misma que debe serdeclarada resolutivamente, en concordancia con lo dispuestopor el numeral 202.2 del Art. 202º de la Ley Nº 27444, Leydel Procedimiento Administrativo General;

Estando a lo solicitado, con las visaciones de la Geren-cia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Ad-ministración, Dirección Regional de Asesoría Jurídica yconformidad de Gerencia General Regional; y,

En uso de las facultades conferidas por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentra-lización"; Ley Nº 27867, "Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales", modificada por Ley Nº 27902;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR la Nulidad de Oficio dela Resolución de Gerencia General Regional Nº 060-2004-GR.CAJ/GGR, de fecha 14 de junio de 2004, que apruebael Expediente Técnico del Proyecto "CONSTRUCCIÓNDEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINIZACIÓNYUBED - ZAPOTAL", por lo expuesto en la parte conside-rativa de la presente Resolución; disponiéndose su inme-diata reformulación, a través de la Subgerencia de Estu-dios de la Gerencia Regional de Infraestructura.

Artículo Segundo.- DECLARAR la Nulidad de Oficiode la Resolución de Gerencia General Regional Nº 079-2004-GR.CAJ/GGR, de fecha 28 de julio de 2004, queaprueba las Bases del Proceso de Adjudicación DirectaSelectiva Nº 0011-2004-GR.CAJ.

Artículo Tercero.- DECLARAR la Nulidad de Oficio delotorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 0011-2004-GR-CAJ, de la obra "CONSTRUC-CIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINIZA-CIÓN - YUBED", realizado con fecha 21.7.2004, a la em-presa ganadora ROYJA INGENIEROS S.R.L.

Artículo Cuarto.- DISPONER que a través de la Ge-rencia General Regional se identifique a los responsablesdel error de cálculo respecto a los precios del acero 1/4; 3/8 y 1/2, del Expediente Técnico que refiere el Artículo Pri-mero de la presente Resolución, a efecto de procederseconforme a ley.

Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Resolu-ción se publique en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos cinco (5) días siguientes a su expedición.

Regístrese y comuníquese.

LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDIPresidente

17128

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

Autorizan viaje de Presidente delGobierno Regional a Suiza para parti-cipar en el "Seminario de Capacitaciónsobre Promoción de Inversiones"

ACUERDO Nº 074-2004

Puno, 20 de setiembre de 2004

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perúa través de su Oficina Ejecutiva de Promoción Económi-ca, en coordinación con la Misión Permanente ante losOrganismos de Naciones Unidas en Ginebra, ha obteni-do la Asistencia Técnica de la Conferencia de NacionesUnidas para el Comercio y Desarrollo - UNCTAD, para larealización de un Programa de Entrenamiento en Pro-moción de Inversiones, denominado "Seminario de Ca-pacitación sobre Promoción de Inversiones", al cual asis-tirán todos los funcionarios responsables de la promo-ción de inversiones en las Misiones Diplomáticas del Perúen Europa. Dicho programa se llevará a cabo del 28 al30 de setiembre en la ciudad de Ginebra - Suiza; y secursó invitación oficial al Presidente del Gobierno Re-gional de Puno;

Que, el "Seminario de Capacitación sobre Promociónde Inversiones", ha sido especialmente diseñado para unaaudiencia compuesta por altos funcionarios responsablesde la promoción de inversiones y orientado a destacar laimportancia de la promoción de inversiones para el desa-rrollo económico, así como proporcionar las mejores técni-cas para facilitar y realizar el seguimiento de los temas deinversiones;

Que, en tal sentido y siendo de interés para el Gobier-no Regional de Puno, es necesario autorizar el viaje delPresidente Regional para que participe en el mencionadoSeminario de Capacitación, debiendo el pliego GobiernoRegional Puno asumir, con cargo a su presupuesto, losgastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC;

Por lo que el Consejo Regional del Gobierno Regionalde Puno, en Sesión Ordinaria celebrada a los veinte díasdel mes de septiembre del año dos mil cuatro, con el votounánime de sus integrantes, de conformidad con la Ley Nº27619 y el D.S. Nº 047-2002-PCM, y en uso de sus atribu-ciones;

ACORDÓ:

Primero.- Autorizar el viaje oficial en comisión de ser-vicios del señor Presidente del Gobierno Regional de Puno,Ing. David Aníbal Jiménez Sardón, a la ciudad de Ginebra- Suiza, del 27 de setiembre al 1 de octubre de 2004, paralos fines expuestos en la parte considerativa del presenteAcuerdo.

Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimientodel presente Acuerdo, serán con cargo al presupuesto delPliego Gobierno Regional Puno, de acuerdo al siguientedetalle:

Pasajes : US$ 1,561.48Viáticos : US$ 1,300.00Tarifa CORPAC : US$ 28.24

POR TANTO:

Mando se registre y publique.

DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓNPresidente del Consejo Regional de Puno

17140

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

CIENEGUILLA

Aprueban Reglamento de Organizacióny Funciones de la Junta de DelegadosVecinales Comunales

ORDENANZA Nº 005-2004-MDC

Cieneguilla, 21 de mayo de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DECIENEGUILLA

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Pág. 276956 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de Concejode fecha 14 de abril del 2004, aprobó por UNANIMIDAD lapresente Ordenanza;

Que la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucionalsobre Descentralización, reconoce a las Municipalidadescomo los Órganos de Gobierno Local con autonomía polí-tica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia;

Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentrali-zación, establece que los Gobiernos Locales están obliga-dos a promover la participación ciudadana en la formula-ción, debate y concertación de sus planes de desarrollo ypresupuestos y en la gestión pública; participación que secanaliza a través de los espacios de consulta, coordinación,concertación y vigilancia existentes y los que los Gobier-nos Locales establezcan de acuerdo a Ley;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida-des, en su artículo 116º, contempla como Órgano de losGobiernos Locales a las Juntas Vecinales Comunales;

Que, se hace necesario reglamentar la organización yfuncionamiento de las Juntas de Delegados Vecinales Co-munales, a fin que cumplan con las funciones que la nor-matividad vigente les asigna;

Que, así mismo la Junta de Delegados Vecinales Comu-nales, es el Órgano de Coordinación integrado por los re-presentantes de las agrupaciones urbanas y rurales queintegran el distrito y que están organizadas, principalmentecomo Juntas Vecinales;

Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgáni-ca de Municipalidades;

ORDENANZA

Artículo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DEORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA JUNTA DE DE-LEGADOS VECINALES COMUNALES, el cual consta de90 (noventa) artículos, el mismo que forma parte integran-te de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- Facultar el señor Alcalde a fin deque dicte las disposiciones complementarias con el objetode dar cabal cumplimiento a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- La presente Ordenanza se publicaráen el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y archívese

MANUEL SCHWARTZ R.Alcalde

17085

Establecen beneficio de regularizacióntributaria y no tributaria

ORDENANZA Nº 007-2004-MDC

Cieneguilla, 10 de setiembre de 2004

EL ALCALDE DISTRITAL DE CIENEGUILLA

POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguillaen Sesión Ordinaria de la fecha, en atención a la propuestade la Gerencia Municipal;

Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 191º y192º la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Loca-les gozan de Autonomía Política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia; así mismo, estable-ce que puede crear, modificar y suprimir contribuciones,tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;

Que, la actual gestión municipal es conciente de la pro-blemática económica, social de los contribuyentes que de-seen regularizar su situación;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 9º,20º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972;

Aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECE ELBENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA

Y NO TRIBUTARIA

Artículo 1º.- Establézcase un beneficio de Regulariza-ción Tributaria y No Tributaria, a favor de los Contribuyentesdel distrito de Cieneguilla para que regularicen sus obliga-ciones, a partir del 20 de septiembre hasta el 20 de octubredel 2004.

Artículo 2º.- El beneficio comprende la condonaciónde intereses moratorios, el factor de reajustes y sancionespor deudas tributarias de los conceptos siguientes: Impues-to Predial, así como de las Sanciones No Tributarias (mul-tas administrativas), vencidas al 31 de agosto del 2004,incluyendo las deudas que se encuentran en cobranza co-activa.

Artículo 3º.- De las deudas tributarias; se aplicaránconforme sigue:

1.- De las obligaciones tributarias sustanciales.- Por elpago al contado de los tributos, se condonará el cien porciento (100%) de los intereses y reajustes aplicables.

2.- De las sanciones por incumplimiento de las obliga-ciones tributarias formales.- Por el pago al acogimiento alpresente, se le condonará el cien por ciento (100%) de lasanción.

3.- Si la deuda está en cobranza coactiva, se condona-rá el pago de los gastos y costas procesales, correspon-diendo cancelar el total del importe del tributo insoluto.

Artículo 4º.- Establecer el beneficio de reducción del60% por pago contado de las deudas pendientes por con-cepto de la Tasa de Licencia de Funcionamiento hasta elaño 1999.

Artículo 5º.- Las deudas pendientes de Arbitrios Munici-pales hasta el año 1999, tendrán una reducción del 50%en el valor insoluto. Por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y2004 se condonará el cien por ciento (100%) de los intere-ses y reajustes aplicables.

Artículo 6º.- De las Multas Administrativas; se aplicanconforme sigue:

1.- Por el pago al contado de las Multas Administrativasde los años 1999 al 2004, se condonará el cincuenta porciento (50%) de la sanción y el cien por ciento (100%) delajuste de la deuda.

2.- El pago de la sanción administrativa no exime alobligado de cumplir con la obligación.

3.- Por el pago fraccionado sólo se condonará el cienpor ciento del ajuste de la deuda.

4.- Si la deuda está en cobranza coactiva, se condona-rá el pago de las costas procesales.

Artículo 7º.- Los contribuyentes que a la vigencia de lapresente Ordenanza hayan efectuado pago a cuenta hastapor un valor mínimo del 50% del total de la Multa Adminis-trativa y/ o Tributaria, se consideran canceladasautomáticamente.

Artículo 8º.- Formalidades.- Para acogerse al presen-te Beneficio se procederá conforme a:

1. Si se encuentran en curso algún procedimiento tribu-tario o administrativo en la Municipalidad de Cieneguilla;los interesados presentarán su solicitud de Acogimientoen formato, en los siguientes casos:

a) Deuda en proceso de ejecución coactiva.- Luego deverificarse el cumplimiento, se procederá suspender y le-vantar las medidas cautelares.

b) Deudas fraccionadas, con convenio en trámite.- LaOficina de Administración Tributaria liquidará el importe acancelarse, equivalente al tributo insoluto de las cuotasimpagas más el interés de fraccionamiento devengado has-ta la fecha de acogimiento.

c) Si hubiera interpuesto solicitud no contenciosa, re-curso de reclamación tributaria, o reconsideración admi-nistrativa.- Deberá adjuntar al formato de acogimiento y elescrito de desistimiento con firma certificada.

2. Si hubiere interpuesto recurso de apelación o contro-vertido judicialmente deberá adjuntar el desistimiento for-mal.

3. La no presentación del desistimiento formal por loscasos antes mencionados, dejará sin efecto los beneficios

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obtenidos de la presente Ordenanza, los que se imputaránconforme al Artículo 31º del TUO del Código Tributario.

4. Si después del acogimiento del presente beneficiose interpone solicitud no contenciosa, se resolverá cadacaso dejando sin efecto los beneficios concedidos.

Artículo 9º.- Del fraccionamiento.- Los contribuyentespodrán fraccionar la totalidad de sus deudas tributarias oadministrativas que se encuentren en cobranza ordinariay/o cobranza coactiva, con excepción del Impuesto de Al-cabala, cuyo monto sea igual o superior a los trescientosveinte con 00/100 nuevos Soles (S/. 320.00) y 20% de Ini-cial.

MONTO DE DEUDA EN AMNISTÍA Nº DE CUOTAS

De S/. 320 hasta S/. 6,400 02 - 10De S/. 6,401 hasta S/. 16,000 02 - 20Más de S/. 16,001 02 - 24

El Gerente de la Oficina de Administración Tributaria,puede autorizar se otorgue un Refinanciamiento Especial,visando la solicitud y en consideración de lo siguiente:

1).- Situación Económica del Deudor.2).- Monto General de la Deuda.3).- Antecedentes de Pago.4).- Monto y estado de cobranza de la deuda a fraccio-

nar.

Tratándose de deudas por la que el Ejecutor Coactivohaya ordenado alguna medida cautelar, sólo se fraccionaráhasta en seis cuotas (6) incluida la inicial, la que será del30%.

Artículo 10º.- El no pago de dos (2) cuotas seguidas oalternadas, el pago parcial de una de las cuotas o el nopago de la última cuota de fraccionamiento, automática-mente da lugar a la emisión de la Resolución de Pérdidade Beneficio, emitida por la Gerencia de AdministraciónTributaria para la posterior ejecución de cobranza coactivapor la totalidad de la amortización e interés correspondien-tes, que estuviera pendiente de pago, actualizado con el100% de la Tasa de Interés Moratorio (TIM).

Artículo 11º.- Transcurrido el plazo de vencimiento dela presente Ordenanza se procederá a ejecutar la cobran-za ordinaria o coactiva del íntegro de los tributos adeuda-dos.

Artículo 12º.- Encargar a la Unidad de Imagen Institu-cional la difusión masiva, y a la Unidad de Informática, Ofi-cina de Ejecución Coactiva, Oficina de Administración Tri-butaria y la Gerencia Municipal el cumplimiento de lo dis-puesto en la presente Ordenanza.

Artículo 13º.- Facultar al Sr. Alcalde para que median-te Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementa-rias necesarias para la adecuación de la presente Orde-nanza.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

MANUEL SCHWARTZ R.Alcalde

17086

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

Inician procedimiento disciplinario aservidor de la municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 266-2004/MDSM

San Miguel, 21 de setiembre de 2004

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL

VISTOS, el Informe Nº 228-2004-GESECI/MDSM, defecha 2 de setiembre de 2004, emitido por la Gerencia deSeguridad Ciudadana de esta Corporación Edil, por el cualcomunican la grave falta cometida por el empleado admi-nistrativo señor Juan Gonzáles Mayta, el Acta de Aperturade Proceso Administrativo Disciplinario al servidor Juan

Gonzáles Mayta de fecha 9 de setiembre de 2004, y el In-forme Nº 038-GAF-SGRH/MDSM, de fecha 10 de setiem-bre de 2004;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el informe de vistos el Gerente de Seguri-dad Ciudadana, ingeniero Eloy Villacrez Riquelme, comu-nica a la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios las faltas disciplinarias del servidor Juan Uli-ses Gonzáles Mayta, cometidas el día jueves 2 de setiem-bre del presente año;

Que, el citado Informe da cuenta que el servidor habríautilizado la computadora de la Gerencia de Seguridad Ciu-dadana en horario de trabajo, a fin de elaborar un informede descargo para favorecer a su esposa y ex servidoraSonia Cangalaya Pomalaza, apoderándose y destruyendoun diskett de la Municipalidad que contenía información deSerenazgo, y en su afán de impedir la entrega del diskett,intentó agredir con un arma contundente (engrapador), a lapersona del Gerente de Seguridad Ciudadana, ingenieroEloy Villacrez Riquelme;

Que, las faltas disciplinarias cometidas por el servidorJuan Ulises Gonzáles Mayta, se encuentran tipificadas enlos incisos c), f) e i) del artículo 28º de la Ley de Bases dela Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276;

Que, el artículo 153º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM establece que los servidores públicos serán sancio-nados administrativamente por el incumplimiento de lasnormas legales y administrativas en el ejercicio de sus fun-ciones, sin perjuicio de las responsabilidades civil y/o pe-nal en que pudieran incurrir;

Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 152ºdel Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la calificación de lagravedad de la falta es atribución de la autoridad compe-tente o de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-trativos Disciplinarios según corresponda, y que los ele-mentos a considerarse para calificar la falta serán enun-ciados por escrito;

Que, de conformidad a lo dispuesto por los artículos164º y 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, corres-ponde convocar a la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para el inicio del procesoadministrativo al servidor JUAN ULISES GONZÁLES MA-YTA;

Que, el artículo 172º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, dispone que durante el tiempo que dure el pro-ceso administrativo disciplinario, el servidor procesado,según la falta cometida, podrá ser separado de su fun-ción y puesto a disposición de la Subgerencia de Recur-sos Humanos;

Que, asimismo el artículo 175º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, señala que están comprendidos en lo re-lativo a procesos administrativos disciplinarios los funcio-narios y servidores contratados, aún en el caso que hayaconcluido su vínculo laboral con el Estado;

Por las consideraciones expuestas y en uso de lasatribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Instaurar Proceso AdministrativoDisciplinario al servidor JUAN ULISES GONZÁLES MA-YTA, por faltas administrativas cometidas según los inci-sos c), f) e i) del artículo 28º de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276.

Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene-ral de la Municipalidad de San Miguel se notifique a losinteresados a efectos de que hagan valer su derechoconforme lo establece el artículo 169º del Decreto Su-premo Nº 005-90-PCM; y a la Subgerencia de RecursosHumanos el fiel cumplimiento a lo dispuesto en la pre-sente Resolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

SALVADOR HERESI CHICOMAAlcalde

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MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA

Establecen Régimen Tributario de losArbitrios de Limpieza Pública y Parquesy Jardines Públicos

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 095

Santa Rosa, 30 de marzo de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DESANTA ROSA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la presente Ordenanza, se establece elmarco del régimen tributario, de los arbitrios de LimpiezaPública y, Parques y Jardines, aplicables al distrito de San-ta Rosa, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 69ºdel Decreto Legislativo Nº 776, de la Ley de TributaciónMunicipal;

Que, resulta necesario establecer y precisar los impor-tes de los arbitrios municipales para el ejercicio 2004;

De conformidad con lo informado por la Unidad de Con-tabilidad y Planificación y Presupuesto en su informeNº 002-20004/U.C; Oficina de Rentas, informe Nº 038-2004/MDSR/O.R. y, estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27972,numeral 2), del artículo 69º, Ley Orgánica de Municipalida-des;

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Se-sión Ordinaria Pública del 30 de marzo del 2004, por una-nimidad, con dispensa del trámite de lectura y aprobaciónde Acta, ha dictado la siguiente:

ORDENANZA Nº 095 SOBRE ELRÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS

ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA,PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS

CAPÍTULO I

Artículo 1º.- Ámbito de Aplicación.- En uso de lapotestad tributaria municipal prevista en la ConstituciónPolítica del Perú y leyes complementarias por la presen-te Ordenanza se establece en la jurisdicción del distritoSanta Rosa, el marco legal del Régimen Tributario delos arbitrios de Limpieza Pública y Parques y JardinesPúblicos.

Artículo 2º.- Rendimiento de los Arbitrios.- El impor-te recaudado por concepto de los arbitrios regulados en lapresente Ordenanza constituye renta de la MunicipalidadDistrital de Santa Rosa y, será destinado única y exclusi-vamente a financiar el costo de los servicios.

Artículo 3º.- Periodicidad y Determinación.- Los ar-bitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines son deperiodicidad trimestral. La Municipalidad Distrital de SantaRosa los determinará en forma mensual y recaudará di-chos arbitrios por períodos trimestrales.

Artículo 4º.- Vencimiento de la Obligación.- La obli-gación de pago de las cuotas trimestrales vence el últimodía hábil de los meses de marzo, junio, setiembre y di-ciembre; podrá optarse por la cancelación de todas lascuotas (4 cuotas trimestrales), dentro del plazo de venci-miento de la primera cuota, en cuyo caso la Municipali-dad Distrital de Santa Rosa, concederá un descuento del20% (Veinte por ciento) del monto insoluto a pagar. Loscontribuyentes que cuenten con algún beneficio o exone-ración no se encuentran comprendidos en el presentedescuento. En el mencionado descuento no se incluye alos gastos administrativos.

Artículo 5º.- Contribuyentes.- Son contribuyentes delos arbitrios regulados en la presente ordenanza los pro-pietarios de los predios, cuando los habiten, desarrollenactividades en ellos, aun cuando se encuentren desocu-pados o cuando un tercero use el predio a cualquier título;ya sea este predio urbano o rústico.

Excepcionalmente cuando no sea posible identificar alpropietario adquirirá la calidad de contribuyente responsa-ble el poseedor o tenedor del predio.

La obligación tributaria en calidad de responsables alpago de los arbitrios regulados por la presente ordenanzaserá de cargo de los propietarios de los predios, en loscasos siguientes:

1.- Cuando no comuniquen en forma oportuna a la ad-ministración tributaria de la Municipalidad del distrito deSanta Rosa los datos de identificación del inquilino u ocu-pante del predio de su propiedad.

2.- Cuando no comuniquen en forma oportuna a laAdministración Tributaria de la Municipalidad del distri-to Santa Rosa el cambio de inquilino u ocupante de supredio con anticipación a la fecha de producido el he-cho.

Asimismo los ocupantes de las áreas de uso públicotendrán la condición de contribuyentes dentro del marcolegal, por el área que ocupan por el servicio que se lesproporcione.

3.- Cuando no comuniquen a la administración tributa-ria de la municipalidad, la existencia o inicio de accionespor desahucio o aviso de despedida, respecto a los inmue-bles de su propiedad.

Artículo 6º.- Condición de Contribuyente.- Se confi-gura el primer día de cada mes al que corresponde la obli-gación tributaria. Cuando se efectúa cualquier transferen-cia, la obligación tributaria para el nuevo propietario será elprimer día del trimestre siguiente al que se adquirió la pro-piedad.

Artículo 7º.- Definición de Predio.- Entiéndase porpredio para efectos de la aplicación para la presente orde-nanza a toda vivienda, unidad habitacional, local comer-cial, industrial, de servicios, oficinas, terrenos con edifica-ciones y/o sin construir, que se ubican en zonas urbanas orústicas.

Artículo 8º.- Excepción.- Las viviendas que destinanparte de su predio a Otro Uso tributarán de la forma si-guiente:

a) Tributará únicamente el predio destinado a casa ha-bitación siempre y cuando cuente con un solo anexo desti-nado a Otro Uso; los anexos adicionales destinados a OtroUso, estarán sujetos al pago de sus tributos.

b) Tributará por el predio destinado a casa habitación y,por el anexo destinado a Otro Uso, siempre y cuando esteúltimo exceda el equivalente de siete (7) Unidades Imposi-tivas Tributarias (UIT), vigentes al año.

Entiéndase que el predio(s) y anexo(s) indicados en losincisos precedentes se encuentran afectos a los arbitriosregulados por la presente ordenanza.

Artículo 9º.- Inafectaciones.- Se encuentran inafec-tos al pago de los arbitrios de Limpieza Pública y Parquesy Jardines Públicos, los predios que se ubican dentro de lajurisdicción del distrito Santa Rosa, de propiedad de:

a) La Municipalidad del distrito Santa Rosa.b) La Municipalidad Metropolitana de Lima, siempre

y cuando esté destinado a proporcionar servicios públi-cos en beneficio o intereses de la comunidad santarro-sina.

c) Los gobiernos extranjeros, en condición de recipro-cidad, siempre que el predio se destine a residencia desus representantes diplomáticos o al funcionamiento deoficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o con-sulados.

d) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.e) Dependencias del Gobierno Central, destinados a

prestar servicios públicos en beneficio o intereses de lacomunidad santarrosina, de salud, educación, cultura, de-porte, orden interno y defensa nacional.

f) Locales comunales reconocidos como tales en acti-vidad, para el fin comunal en su beneficio o intereses de lacomunidad santarrosina.

g) Las entidades religiosas que destinen dichos pre-dios a templos, conventos, monasterios y museos, siem-pre y cuando no produzcan rentas y sean destinados acumplir sus fines, serán inafectos; solamente; al tributo deLimpieza Pública.

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Pág. 276959NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Artículo 10º.- Descuento a los Pensionistas.- Seotorgará un descuento del 50% por arbitrios de Limpie-za Pública y, de Parques y Jardines a los pensionistascesantes cuyo ingreso bruto esté constituido sólo por lapensión que reciban y ésta no exceda una Unidad Impo-sitiva Tributaria, propietarios de un solo inmueble a nom-bre propio o de la sociedad conyugal que esté destinadoa vivienda de los mismos, cuya base imponible del im-puesto predial sea un máximo equivalente a 50 Unida-des Impositivas Tributarias (UIT), vigente a cada ejerci-cio gravable.

El uso parcial del inmueble con fines productivos, co-merciales y/o de servicios, con aprobación de la municipa-lidad respectiva, no afecta la deducción que establece elpresente artículo.

Artículo 11º.- Exoneraciones.- Las exoneracionesgenéricas de tributos otorgados o que se otorguen nocomprende a los arbitrios regulados en la presente or-denanza. La exoneración de los mencionados tributosprocede a solicitud de parte, a los contribuyentes queacrediten su condición económica precaria o indigen-te, debidamente acreditada con el Certificado Médico uotro que lo refrende, comprobada por la División de Ser-vicios Sociales y, con el informe de técnico de la Ofici-na de Rentas, será reconocido mediante Resolución deAlcaldía.

La exoneración de ser procedente, operará desde lafecha en que el contribuyente solicite el beneficio.

Esta disposición no enerva lo dispuesto en la PrimeraDisposición Final de la presente ordenanza que es de apli-cación para el presente ejercicio fiscal.

Artículo 12º.- Criterio de Determinación.- Para de-terminar los arbitrios regulados en la presente se ha toma-do en consideración el costo total de los servicios de Lim-pieza Pública, Parques y Jardines Públicos.

Anualmente, mediante Ordenanza y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 69º del Decreto Legisla-tivo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, modificadopor las Leyes Nº 26725 y Nº 26952, se aprobará loscriterios de determinación y las tasas a los importesfijos de los arbitrios que resultan aplicables al ejerciciorespectivo tomando en consideración el costo efectivodel servicio a prestar, según se detalla en el Informetécnico que en anexo forma parte integrante de la pre-sente ordenanza, el mismo que se distribuirá de la si-guiente manera:

a) Costo total de los servicios financiados por los arbi-trios municipales, sin que el monto total de éstos puedaexceder este costo.

b) El valor de la Base imponible del autovalúo, determi-nada por el contribuyente; sujeta a fiscalización por la Ofi-cina de Rentas; o el valor de la Base imponible del autova-lúo determinada por la Gerencia de Rentas.

c) El Uso o la actividad desarrollada en el predio.d) La ubicación o zona donde se encuentre el predio.e) El valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vi-

gente.

Artículo 13º.- Uso de los Predios.- Para efectos delos arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2004,se considerará como uso del predio los siguientes:

a) Casa habitación y terreno sin construir.b) Comercio y servicios de hospedaje.c) Industrias.d) Otros Usos.

Artículo 14º.- Monto de los Arbitrios.- En aplicacióna los criterios señalados en los artículos precedentes seestablece en el Anexo II de la presente Ordenanza el im-porte mensual de los arbitrios destinados a financiar losservicios mencionados en el primer párrafo del artículo 12º,de la presente Ordenanza.

Artículo 15º.- Justificación de los Importes de losArbitrios.- Estando a lo dispuesto en el Decreto Legis-lativo Nº 776, de la Ley de Tributación Municipal, en suartículo 69º, modificada por la Ley Nº 26725, los impor-tes aprobados en la presente ordenanza han sido calcu-lados de acuerdo con el costo efectivo de los servicios aprestar.

Artículo 16º.- Justificación de los Importes de losArbitrios.- El rendimiento por recaudación de los arbi-trios establecidos por la presente norma municipal, cons-tituyen rentas de la Municipalidad del distrito Santa Rosaque serán destinadas a financiar el servicio correspon-diente que está relacionado con las tasas a cobrar den-tro de nuestra jurisdicción y es como a continuación sedetalla:

Servicio Municipal Trimestral AnualLimpieza Pública S/. 77,903.73 S/. 311,614.92

Parques y Jardines S/. 80,911.95 S/. 323,647.80 Total S/. 635,262.72

CAPÍTULO II

Artículo 17º.- Definición del Arbitrio de LimpiezaPública.- El arbitrio de Limpieza Pública comprende el co-bro por el servicio de recolección, transporte y disposiciónfinal de los residuos sólidos provenientes de los prediosurbanos y rústicos del distrito Santa Rosa, así como elbarrido, lavado de calles, parques y ̀ plazas.

Artículo 18º.- Definición del Arbitrio de Parques yJardines.- El arbitrio de Parques y Jardines Públicos com-prende el cobro por los servicios de mantenimiento y me-joras de los parques y jardines públicos.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Primera.- Para el presente ejercicio 2004 el monto delos arbitrios municipales de Limpieza Pública y Parques yJardines Públicos será establecido en los Anexos I (Infor-me Técnico que sustenta la aplicación de los montos delos arbitrios), y II (en el que se establece la determinaciónde las tasas diferenciadas) que forman parte integrante dela presente ordenanza.

Segunda.- Excepcionalmente, por esta única vez elvencimiento de la primera cuota correspondiente al primertrimestre del 2004, será el 31 de mayo del presente año; elsegundo trimestre el 31 de mayo; el tercer trimestre el 29de Agosto y, el cuarto trimestre el 29 de noviembre del pre-sente ejercicio.

Tercera.- Para el ejercicio del 2004 a los contribuyentesque optaran por cancelaciones adelantadas al trimestre devencimiento se les concederá un descuento del 4% (cuatropor ciento) por cada trimestre de pago anticipado del insolu-to de los arbitrios del ejercicio fiscal vigente.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Para el presente ejercicio, se les exonerarádel pago del tributo de Parques y Jardines a los AAHH,tales como La Arboleda (anteriormente denominada Aso-ciación de Vivienda La Arboleda), así como a los prediosque se encuentran dentro del distrito Santa Rosa, pero fuerade la circunscripción del balneario Santa Rosa como lospredios que estén destinados a usos distintos a los de CasaHabitación; atendiendo a la condición socioeconómica ycarácter social de sus contribuyentes.

Segunda.- Fijar en S/. 2.50 (Dos con 50/100 NuevosSoles), el monto trimestral por gastos administrativos.

Tercera.- Los propietarios de los predios que están in-tegrados por unidades independientes que se utilicen paradiversos fines, deberán presentar una Declaración Juradade autovalúo de independización.

Cuarta.- En el comprobante de pago o recibo de losarbitrios municipales se considerará que corresponde a losservicios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públi-cos y por concepto de Gastos Administrativos.

Quinta.- Queda derogada toda disposición municipalque se oponga a la aplicación de la presente ordenanza.

Sexta.- La presente ordenanza entrará en vigencia apartir del día siguiente del Acuerdo que la ratifica.

POR TANTO:

Mando se regostre, publique y cumpla

LUIS GARCÍA VILLACORTAAlcalde

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CUADRO Nº 02

Costo de mano de obra directaPersonal y Obligaciones sociales S/. 257,447.80

Costo de materialesVestuario S/. 2,000.00Combustible S/. 14,000.00

Otros CostosBienes de consumo S/. 3,000.00

Costos FijosServicio no personal S/. 43,200.00Pasajes y gastos de transporte S/. 4,000.00

TOTAL COSTO S/. 323,647.80

C) EL COSTO TOTAL DE LOS SERVICIOS: El cuadroNº 01 y 02, muestra el costo de todos los servicios menciona-dos que brinda la Municipalidad del distrito Santa Rosa, elque asciende a S/. 635,262.72; cuyo financiamiento deberárealizarse mediante el pago de los arbitrios municipales.

CUADRO Nº 03

Servicios MunicipalesLimpieza Pública S/. 311,614.92Parques y Jardines S/. 323,647.80

Total S/. 635,262.72

ANEXO II

DETERMINACIÓN DE LAS TASAS

a) Importe para los Arbitrios de Parques y Jardines y Limpieza Pú-blica con Uso: Casa-Habitación y terreno 2004

Tramos UIT Parques y Limpieza TotalJardines Pública Mensual

De - Hasta 6 10.50 5.30 15.80

Más de 6 Hasta 9 15.30 9.30 24.60

Más de 9 Hasta 15 17.95 9.95 27.90

Más de 15 Hasta 20 19.35 10.87 30.22

Más de 20 Hasta 23 21.80 13.80 35.60

Más de 23 Hasta 28 22.79 17.58 40.37

Más de 28 Hasta 33 26.90 18.97 45.87

Más de 33 Hasta 36 28.60 21.80 50.40

Más de 36 Hasta 42 35.00 22.30 57.30

Más de 42 Hasta 47 38.60 23.80 62.40

Más de 47 Hasta 52 42.00 25.40 67.40

Más de 52 Hasta 63 45.00 27.85 72.85

Más de 63 Hasta 99 57.60 31.60 89.20

Más de 99 Hasta 164 60.55 32.85 93.40

Más de 164 Hasta 219 68.40 34.58 102.98

Más de 219 Hasta 326 73.20 37.15 110.35

Más de 326 Hasta 410 79.30 39.48 118.78

Más de 410 Hasta 488 84.20 49.65 133.85

Más de 488 Hasta 576 88.70 72.80 161.50

Más de 576 Hasta 660 90.85 115.20 206.05

Más de 660 Hasta 735 168.50 298.75 467.25

Más de 735 205.05 419.15 624.20

b) Importe para los Arbitrios de Parques y Jardines y Limpieza Pú-blica con Uso: Comercio y Servicios varios y Serv. de Hospedaje2004

Tramos UIT Parques y Limpieza TotalJardines Pública Mensual

De - Hasta 9 24.95 8.50 33.45

Más de 9 Hasta 12 35.15 13.50 48.65

Más de 12 Hasta 17 34.56 16.80 51.36

Más de 17 Hasta 22 39.15 19.15 58.30

ANEXO I

INFORME TÉCNICO - 2004

I) GENERALIDADES.-

En la jurisdicción de la Municipalidad del distrito SantaRosa existen al 31 de diciembre del año 2003, la cantidadde 3,210 predios registrados con usos diferentes talescomo: Casa-habitación, Comercio, Industria y, Otros Usos(servicios en general); terrenos sin construir o en cons-trucción y otros.

La Municipalidad Distrital de Santa Rosa presta efecti-vamente los servicios de Limpieza Pública y Parques yJardines Públicos.

Los Costos o gastos que se efectuarán para prestarestos servicios deben ser distribuidos entre el total de lospredios de la jurisdicción del distrito Santa Rosa, con lafinalidad de procurar una equitativa distribución del mismose ha tomado como criterios; el valor del predio, el Uso y/oactividad que se desarrolla en ellos.

II) DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.- El servicio de Lim-pieza Pública, es brindado por la Municipalidad de SantaRosa, de la siguiente manera:

- Recolección y transporte de los residuos sólidos do-miciliarios, ello consiste en recolectar los residuos sólidosque genera la población al realizar sus actividades diarias;mencionados residuos se trasladan mediante el camiónrecolector o en algunos casos los camiones recolectores.

- Barrido manual y recolección de los residuos sólidosque se encuentran en las calles, avenidas y plazas paraser transportados a los puntos de acopio.

- Lavado de avenidas, calles, plazas y parques; me-diante la utilización de un camión cisterna, escobillones,escobas, trapeadores y otros instrumentos que apoyen paraobtener como resultado una mayor limpieza.

- El camión (es) recolector (es), trasladarán su carga alrelleno sanitario de Ancón, realizando el pesaje de las car-gas del camión (es) recolector (es), con la finalidad de re-gistrar las cantidades de residuos descargados. Luego elcamión (es) se dirige (en) al relleno sanitario, para la dis-posición final de los residuos.

- En el relleno sanitario es el final del proceso de Lim-pieza Pública, donde se realiza las actividades de descar-ga de los residuos sólidos.

EL SERVICIO DE PARQUES Y JARDINES: Es brinda-do por la Municipalidad de Santa Rosa, este servicio con-siste en el mantenimiento y mejoramiento de los Parques yJardines de uso público, así como de su implantación yrecuperación.

III) COSTO DE LOS SERVICIOS.-

A) EL COSTO DE LIMPIEZA PÚBLICA: Se ha pro-yectado el costo total del arbitrio de Limpieza Pública, parael presente ejercicio 2004, en un total de S/. 311,614.92,según el detalle siguiente:

CUADRO Nº 01

Costo de mano de obra directaPersonal y obligaciones sociales S/. 202,617.92

Costo de materialesVestuario S/. 1,000.00Combustible S/. 8,050.00Alimentos de personas S/. 4,000.00Bienes de consumo S/. 3,230.00

Costos FijosServicio no personal S/. 45,200.00Pasajes y gastos de transporte S/. 4,000.00Otros gastos de terceros S/. 15,000.00Depreciación S/. 28,517.00

TOTAL COSTO S/. 311,614.92

B) EL COSTO DE PARQUES Y JARDINES: Se haproyectado el costo total, para el presente ejercicio 2004para el arbitrio de Parques y Jardines Públicos, en un to-tal de S/. 323,647.80, según el detalle siguiente:

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Pág. 276961NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

Tramos UIT Parques y Limpieza TotalJardines Pública Mensual

Más de 22 Hasta 28 40.18 21.80 61.98

Más de 28 Hasta 34 43.16 22.30 65.46

Más de 34 Hasta 45 47.80 24.80 72.60

Más de 45 Hasta 63 52.25 26.15 78.40

Más de 63 Hasta 106 65.03 37.80 102.83

Más de 106 Hasta 164 77.60 43.50 121.10

Más de 164 Hasta 219 194.60 46.80 241.40

Más de 219 Hasta 326 272.20 54.67 326.87

Más de 326 Hasta 410 299.78 68.60 368.38

Más de 410 Hasta 488 330.20 75.26 405.46

Más de 488 Hasta 576 346.85 99.85 446.70

Más de 576 Hasta 660 398.75 165.20 563.95

Más de 660 Hasta 735 405.15 275.46 680.61

Más de 735 445.05 630.60 1075.65

c) Importe para los Arbitrios de Parques y Jardines y Limpieza Pú-blica con Uso: Industria 2004

Tramos UIT Parques y Limpieza TotalJardines Pública Mensual

De - Hasta 9 34.50 15.80 50.30

Más de 9 Hasta 12 38.70 18.15 56.85

Más de 12 Hasta 17 40.68 21.80 62.48

Más de 17 Hasta 22 43.60 22.30 65.90

Más de 22 Hasta 28 48.70 23.80 72.50

Más de 28 Hasta 34 58.70 25.05 83.75

Más de 34 Hasta 45 64.50 37.80 102.30

Más de 45 Hasta 63 194.60 43.50 238.10

Más de 63 Hasta 106 272.20 46.80 319.00

Más de 106 Hasta 164 330.00 54.67 384.67

Más de 164 Hasta 219 365.30 68.60 433.90

Más de 219 Hasta 326 384.50 75.26 459.76

Más de 326 Hasta 410 425.20 99.85 525.05

Más de 410 Hasta 488 462.30 165.20 627.50

Más de 488 Hasta 576 615.20 275.46 890.66

Más de 576 Hasta 660 853.60 455.16 1308.76

Más de 660 Hasta 735 987.45 516.85 1504.30

Más de 735 1020.50 628.32 1648.82

d) Importe para los Arbitrios de Parques y Jardines y Limpieza Pú-blica con Uso: Otros Usos 2004

Tramos UIT Parques y Limpieza TotalJardines Pública Mensual

De - Hasta 9 18.60 15.80 34.40

Más de 9 Hasta 12 23.95 18.15 42.10

Más de 12 Hasta 17 28.98 21.80 50.78

Más de 17 Hasta 22 31.15 22.30 53.45

Más de 22 Hasta 28 33.18 23.80 56.98

Más de 28 Hasta 34 37.85 25.05 62.90

Más de 34 Hasta 45 40.95 37.80 78.75

Más de 45 Hasta 63 43.75 40.05 83.80

Más de 63 Hasta 81 55.89 46.80 102.69

Más de 81 Hasta 145 60.18 67.86 128.04

Más de 145 Hasta 219 164.85 68.60 233.45

Más de 219 Hasta 326 272.20 75.26 347.46

Más de 326 Hasta 410 387.30 99.85 487.15

Más de 410 Hasta 488 469.70 165.20 634.90

Más de 488 Hasta 576 572.30 275.46 847.76

Más de 576 Hasta 660 643.35 455.16 1098.51

Más de 660 Hasta 735 703.15 516.85 1220.00

Más de 735 858.58 628.32 1486.90

17082

Modifican artículos de la OrdenanzaNº 095, referente a pago de arbitrios

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 111

Santa Rosa, 31 de julio de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DESANTA ROSA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Se-sión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa del trámi-te de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado por unani-midad, la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º.- MODIFÍCASE los artículos 3º, 5º, 6º, inci-sos a) y d) del artículo 12º, y la Primera Disposición Finalde la Ordenanza Municipal Nº 095, en los siguientes térmi-nos:

“Artículo 3º.- Periodicidad y Determinación.- Los arbi-trios de Limpieza Pública y Parques y Jardines Públicosson de periodicidad mensual. La Municipalidad de SantaRosa los determinará y recaudará dichos arbitrios por pe-ríodos trimestrales".

“Artículo 5º.- Contribuyentes.- Son contribuyentes delos arbitrios regulados en la presente Ordenanza los pro-pietarios de los predios urbanos o rústicos cuando los ha-biten, desarrollen actividades en ellos, se encuentren des-ocupados o cuando un tercero use el predio bajo cualquiertítulo.

Excepcionalmente, cuando no sea posible identificar alpropietario adquirirá la calidad de contribuyente el posee-dor o tenedor del predio.

El poseedor o tenedor del predio será responsable alcumplimiento de la obligación atribuida al contribuyente,cuando se verifique su situación vinculante respecto al pre-dio.

La obligación al pago del arbitrio de Limpieza Pública yParques y Jardines Públicos es asumida por los propieta-rios de los predios, en los siguientes casos:

1.- Cuando no comuniquen en forma oportuna a la ad-ministración tributaria de la Municipalidad del distrito deSanta Rosa, los datos de identificación del inquilino u ocu-pante del predio de su propiedad.

2.- Cuando no comuniquen en forma oportuna a la ad-ministración tributaria de la Municipalidad de Santa Rosa,el cambio de inquilino u ocupante de su predio, con antici-pación a la fecha de producido el hecho.

3.- Cuando no comuniquen en forma oportuna a la ad-ministración tributaria de la Municipalidad del distrito deSanta Rosa, la existencia o inicio de acciones por desahu-cio o aviso de despedida, respecto a los inmuebles de supropiedad.”

“Artículo 6º.- Condición de Contribuyente.- Se confi-gura el primer día de cada mes al que corresponde laobligación tributaria. Cuando se lleve a cabo cualquiertransferencia la obligación tributaria para el nuevo pro-pietario será a partir del mes siguiente al que se adqui-rió la propiedad".

“Artículo 12º.- Criterio de Determinación.-…

a) El costo total de los servicios financiados por los ar-bitrios municipales, sin que el monto total de éstos excedaeste costo.

…d) La ubicación o zona donde se ubique el predio para

los efectos de las exoneraciones de tributos de parques yjardines públicos.”

“DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Para el presente ejercicio, se exonerará delpago del tributo de Parques y Jardines Públicos, atendien-

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EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO

VISTO: El petitorio del señor CARLOS ALBERTOFIOCCO APONTE, y su cónyuge doña ANA ADELA FER-NANDEZ DAVILA KUAPIL, sobre Aprobación de Habilita-ción Urbana Nueva de Lote Único, para Zona de Regla-mentación Especial - Zona Alta "ZRE-A" del terreno desu propiedad de 2,500.00m², constituido por el Lote 31 dela Manzana "A" de la Parcelación Semirrústica “Cerrosde Camacho”, ubicado frente al Jirón Cerros de Cama-cho (Antes Av. Cerros de Camacho), en el distrito de San-tiago de Surco.

CONSIDERANDO:

Que, la Subgerencia de Autorización y Control deObras emite el Informe Nº 749-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS de fecha 16.06.04 (fojas 29 y 30), señalan-do que si bien el administrado ha cumplido con acompa-ñar los documentos establecidos en el TUPA para el pre-sente procedimiento, es de observarse que la Ordenan-za Nº 181-MSS de fecha 6.03.04, no establece los apor-tes reglamentarios que deben cumplir los proyectos deHabilitación Urbana que cuentan con zonificación ZRE,por lo que previo a su remisión a la Comisión Técnica deHabilitaciones Urbanas, se recomendó se solicite a laGerencia de Desarrollo Urbano, las indicaciones respectoa los aportes reglamentarios que se deben considerarpara las habilitaciones urbanas ubicadas en Zona de Re-glamentación Especial "ZRE-A", "ZRE-B" y "ZRE-C"; enatención a lo recomendado, con el Memorandum Nº 873-2004-GDU-GCDL-MSS de fecha 28.06.04 (fs 31), laGerencia de Desarrollo Urbano indica: "Que la habilita-ción urbana de los lotes que conforman las urbanizacio-nes semirrústicas, cuya regulación se realice en el mar-co del artículo 9º de la Ordenanza Nº 273-MML de fecha27.05.00, están afectas a los aportes reglamentarioscorrespondiente al Tipo de Habilitación "1" establecidoen el Cuadro de Aportes que figura en el Artículo 4º dela Ordenanza Nº 292-MML del 29.10.00";

Que, la Subgerencia de Autorización y Control deObras emite el Informe Nº 866-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS de fecha 6.07.04,(fs 35 a 38), señalando queefectuada la inspección ocular al terreno materia de ha-bilitación, se ha constatado que es de topografía acci-dentada, que la sección vial del Jr. Cerros de Camachoes de 8.03 ml, que medida desde el eje de la vía es de3.065 ml, contando con 6.13 ml de pista y 1.90 ml devereda lateral izquierda, por lo que considerando la to-pografía accidentada del terreno y la consolidación delos predio colindantes, el propietario propone la ejecu-ción de una vereda lateral derecha frente a su predio de2.00 ml, siendo remitidos los actuados a la Comisión Téc-nica para el dictamen respectivo;

Que la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dela Municipalidad de Santiago de Surco, en su Sesión Nº011-2004 de fecha 6-07-2004 (folios 39 al 41), emitió elDICTAMEN Nº. 04: FAVORABLE con relación a la solicitudformulada por el señor CARLOS FIOCCO APONTE, y adoña ANA ADELA FERNANDEZ DAVILA KUAPIL, corres-pondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nuevade Lote Único, del terreno de 2,500.00m² de su propiedadsegún Partida Registral Nº 44424843 constituido por el Lote31 de la Manzana "A" Parcelación Semirrústica “Cerros deCamacho”, ubicado frente al Jirón Cerros de Camacho (An-tes Av. Cerros de Camacho), en el distrito de Santiago deSurco, calificado como Zona de Reglamentación Especial- Zona Alta "ZRE-A", determinando: La Comisión acepta lapropuesta de los porcentajes de aportes reglamentariosindicados en el proyecto, teniendo en consideración lo indi-cado en el Memorandum Nº 873-2004-GDU-GCDL-MSSemitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano el 28.06.04;que se acepta la sección vial propuesta teniendo en cuen-ta la consolidación de la zona; que los aportes reglamenta-rios serán redimidos en dinero, agregando que el propieta-rio deberá ejecutar la vereda en el Jr. Cerros de Camacho;dictamen y monto de liquidación que se hizo de conoci-miento del administrado con la Notificación Nº 1194-2004-SGACO-DDU-MSS (fs 42 y 43), en virtud a lo cual cumplecon adjuntar los recibos de pago por concepto de Liquida-ción cancelado con Recibo Único de Caja Nº 2169629 (fo-jas 44 y 45);

Estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878,Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Ley Nº 27444 del Pro-

do a su condición socioeconómica, a los predios que seubican fuera del Balneario del distrito de Santa Rosa; ex-cepto a los que estén destinados a usos distintos a los decasa-habitación".…

Artículo 2º.- MODIFÍCASE el Cuadro Nº 01 del puntoA) El Costo de Limpieza Pública y el Cuadro Nº 02 del pun-to B) El Costo de Parques y Jardines, del numeral III delAnexo I – Informe Técnico -2004 de la Ordenanza Munici-pal Nº 095, del siguiente modo:

CUADRO Nº 01

Costo de Mano de Obra Directa S/.

Recursos humanos personal nombrado de recoleccióndomiciliaria 202,617.92Recursos humanos personal contratado de recoleccióndomiciliaria 45,200.00Costos de Materiales

Vestuario uniforme de obreros de recoleccióndomiciliaria 1,000.00Combustible y lubricantes de recolección domiciliaria 8,050.00Alimentos para personal obrero de recoleccióndomiciliaria 4,000.00Otros Costos

Bienes de consumo materiales de limpieza,herramientas y otros 3,230.00Servicios de alquiler de camión de recoleccióndomiciliaria y motonivelador 15,000.00Gastos de transportes de personal recoleccióndomiciliaria 4,000.00Costos Fijos

Depreciación de camión de residuos sólidos 28,517.00TOTAL DE COSTOS S/. 311,614.92

CUADRO Nº 02

Costo de Mano de Obra Directa S/.

Recursos humanos personal nombrado de áreasverdes 257,447.80Recursos humanos personal contratado de áreasverdes 43,200.00Costos de Materiales

Vestuario uniforme de áreas verdes (jardinero) 2,000.00Combustible y lubricantes de áreas verdes 14,000.00Otros Costos

Bienes de consumo insumos de áreas verdes 3,000.00(Mantenimientos de Parques)servicio de riego mediante alquiler de camión cisterna 4,000.00TOTAL DE COSTOS S/. 323,647.80

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

LUIS GARCIA VILLACORTAAlcalde

17081

MUNICIPALIDAD DE

SANTIAGO DE SURCO

Aprueban planos y autorizan ejecuciónde obras de habilitación urbana de te-rreno ubicado en el distrito

RESOLUCIÓN GERENCIALNº 472-2004-GDU-GCDL-MSS

Expediente Nº 009097.2004 M-2

Santiago de Surco, 3 de setiembre de 2004

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cedimiento Administrativo General y facultad expresa pre-vista en el literal e) del Artículo 158º de la OrdenanzaNº 160-MSS;

RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, los planos signados conel Nº 029.01-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS y Nº 029.02-2004-SGACO-GDU-GCDL-MSS, referentes a los proyec-tos de Trazado, Lotización, Pavimentación de aceras, co-rrespondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nuevade Lote Único del terreno de 2,500.00m², constituido por elLote 31 de la Manzana "A" Parcelación Semirrústica “Ce-rros de Camacho”, ubicado frente al Jirón Cerros de Ca-macho (Antes Av. Cerros de Camacho), para Uso de Re-glamentación Especial - Zona Alta" ZRE-A", en el distritode Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, al Sr. CARLOSFIOCCO APONTE, y a doña ANA ADELA FERNANDEZDAVILA KUAPIL, para ejecutar en el plazo de dieciocho(18) meses contados a partir de la fecha de notificación dela presente Resolución, las obras de Habilitación Urbanacuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los tra-bajos a los planos firmados y sellados por este Corporati-vo, teniendo en cuenta lo siguiente:

Diseño Urbano.- Encontrándose el terreno materia dehabilitación en un Área de Estructuración Urbana III-A, Áreade Mayor Homogeneidad de Funciones Sub-Área de Es-tructuración Urbana A, en Zona de Reglamentación Espe-cial -Zona Alta ZRE-A, el cuadro de Áreas que se apruebaes el siguiente:

Área Bruta Total 2,500.00 m².

Área para Vías 70.00 m².

Área Útil 4,430.00 m².

Aportes Reglamentarios.- Conforme lo indicado en elMemorando Nº 873-2004-GDU-GCDL-MSS emitido por laGerencia de Desarrollo Urbano de fecha 28.06.04 (fojas31), que precisa que “ La habilitación Urbana de los lotesque conforman urbanizaciones semirrústicas, cuya regu-larización se realice en el marco del artículo 9º de la Orde-nanza Nº 273 de fecha 27 de mayo del 2000 están afectasa los aportes reglamentarios correspondientes al Tipo deHabilitación “1” establecido en el Cuadro de Aportes quefigura en el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 292 de fecha 29de octubre del 2000", los porcentajes de aportes reglamen-tarios que corresponden al Área Bruta Total de 2,500.00m2 son:

APORTE SEGÚN ORDENANZA y RNCREGLAMENTARIO % Área m2Recreación Pública 4% 100.00m2 (*)Parques Zonales 6% 150.00m2 (*)Ministerio de Educación 2% 50.00m2 (*)Otros Fines 1% 25.00m2 (*)TOTAL 13% 325.00m2 (*)

Observación: (*) Como es de verse las áreas de apor-tes no cumplen con las áreas mínimas normativas para losequipamientos (450.00 m2 mínimo en concordancia conlas Normas técnicas Urbanísticas de Usos de Suelo parael distrito de Santiago de Surco), por lo que se solicita quelos déficits de aportes sean redimidos en dinero.

Veredas.- Serán de concreto de calidad fc=175 Kg/cm2de 0.10m. de espesor y construidas sobre un terraplén dematerial seleccionado de buena calidad y debidamente ni-velado y compactado.

El acabado será con mezcla de cemento y arena fina,preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espe-sor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco me-tros.

El desnivel de la acera con relación a la calzada termi-nada será de 0.20m.

Sardineles.- En el extremo libre de la vereda en con-tacto con la berma se construirá un sardinel de concretode dimensiones 0.15m x 0.45m. mínimo.

Deberán ser vaciados total e independientemente de lalosa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecutenreparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad deconcreto será de fc=175 Kg/cm2.

Artículo Tercero.- DISPONER, que quede como cargainscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima,la obligación del propietario de cancelar los déficits de apor-tes, que serán redimidos en dinero antes de la Recepciónde las Obras y, en consecuencia, queda como garantía elLote Único materia de la presente Resolución. En cumpli-miento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Generalde Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto SupremoNº 011-98-MTC, artículo 29º, los déficits de aporte paraRecreación Pública de 100.0m2 y Otros Fines de 25.00m²,deberán ser cancelados en la Municipalidad de Santiagode Surco; y para el Ministerio de Educación de 50.00m² yParques Zonales de 150.00m², deberán ser canceladosante el Ministerio de Educación y SERPAR-LIMA respecti-vamente.

Artículo Cuarto.- DISPONER que el señor CARLOSFIOCCO APONTE, y a doña ANA ADELA FERNANDEZDAVILA KUAPIL, efectúen la publicación de esta Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cincodías útiles contados a partir del día siguiente de notificado;sufragando los gastos a que hubiere lugar.

Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuadosadministrativos en copia certificada a la Dirección Munici-pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolita-na de Lima, para su ratificación de acuerdo a Ley.

Artículo Sexto - ENCARGAR a la Gerencia de Desa-rrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización yControl de Obras el cumplimiento de los artículos prece-dentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

EDUARDO BORDA SAN ROMÁNGerente de Desarrollo Urbano

17114

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DEL CALLAO

Desafectan terreno ubicado en la inter-sección de las avenidas Faucett y Vene-zuela

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000029

Callao, 14 de setiembre de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesiónde fecha 14 de setiembre de 2004; aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL:

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de GobiernoLocal con autonomía económica y administrativa en losasuntos de su competencia, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 191º de la Constitución Política delPerú;

Que, las propietarias del predio Sara Pach Miller deHonigmann, Mindla Pach Miller de Silberman y Lleni PachMiller solicitan la desafectación del terreno de 1,903.51 m2.ubicado en la intersección de las Avenidas Faucett y Vene-zuela;

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Pág. 276964 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dis-puesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores delConcejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lecturay aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo Primero.- Desafectar el terreno de 1,903.51m2. ubicado en la intersección de las Avenidas Faucett yVenezuela.

Artículo Segundo.- Disponer la correspondiente mo-dificación del Plan Urbano Director de la Provincia Consti-tucional del Callao 1995 - 2010 aprobado por OrdenanzaMunicipal Nº 018-95-MPC.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique y publíquese.

ALEXANDER M. KOURI BUMACHARAlcalde del Callao

17075

Modifican Texto Único de Procedimien-tos Administrativos de la municipalidad

ORDENANZA MUNICIPALNº 000030

Callao, 14 de setiembre de 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesiónde fecha 14 de setiembre de 2004; aprobó la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo Único.- Modificar el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos de la Municipalidad Provincial delCallao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 017-2004-MPC en los siguientes términos:

GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALESGERENCIA DE SANIDAD

SERVICIO PRESTADO EN DICE: DEBE DECIR:EXCLUSIVIDAD Nº 9Certificado de Salud

Columna Certificado de Carné de SanidadDenominación Salud

ColumnaDerecho de Pago 0.96% U.I.T. 0.625% U.I.T.

GERENCIA GENERAL DE DESARROLLO URBANOGERENCIA DE OBRAS

PROCEDIMIENTO Nº 37Autorización de Apertura dePuerta (sin cambio de uso) DICE: DEBE DECIR:

Columna derecho de pago 0.04% U.I.T. 4% U.I.T.

SERVICIO PRESTADO DICE: DEBE DECIR:EN EXCLUSIVIDAD Nº 7

Columna denominación: Inspección Ocular para Inspección OcularLicencias, Certificado de para Licencias,Finalización de obras y Certificado deZonificación y finalización dePredeclaratoria de obras y zonificaciónfábrica.

GERENCIA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA Y CONCILIACIÓN

SERVICIO PRESTADO DICE: DEBE DECIR:EN EXCLUSIVIDAD Nº 1Expedición de copiascertificadas

Columna requisito 1. Solicitud de parte 1. Solicitud de partedirigida al Gerente dirigida al GerenteGeneral de Asesoría General de AsesoríaJurídica y Conciliación Jurídica y Conciliaciónindicando Nº de recibo 2. Copia simple delde pago y fecha de D.N.I. u otroemitido documento de

SERVICIO PRESTADO DICE: DEBE DECIR:EN EXCLUSIVIDAD Nº 1Expedición de copiascertificadas

2. Copia simple del idenidad.D.N.I. u otro documentode identidad

3. Pagar derecho de trámite.

POR TANTO:

Mando se registre y publique.

ALEXANDER M. KOURI BUMACHARAlcalde del Callao

17076

MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE RIOJA

Crean el Área de Conservación Muni-cipal "Bosque de Cuchachi"

ORDENANZA Nº 010-2004-CM/MPR

Rioja, 30 de julio del 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE RIOJA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria del día24 de julio del 2004, acordó por unanimidad la creación delÁrea de Conservación Municipal denominada "Bosque deCuchachi";

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia. La autonomía que la Constitución Po-lítica del Perú establece para las Municipalidades radi-ca en la facultad de ejercer actos de gobierno, adminis-trativos, y de administración, con sujeción al ordena-miento jurídico;

Que, de conformidad con el Art. 78º del Reglamentode la Ley de Áreas Naturales Protegidas aprobado porDecreto Supremo Nº 038-2001-AG, los Gobiernos Loca-les pueden establecer, sobre la base de sus planes deordenamiento territorial, y en el exclusivo ámbito de sucompetencia y jurisdicción, áreas destinadas a comple-mentar las acciones de conservación de la diversidad bio-lógica, de recreación y educación a la población de sujurisdicción, siempre que no estén comprendidas en losámbitos de las Áreas Naturales Protegidas, cualesquierasea su nivel;

Que, son algunos de los objetivos de las áreasnaturales protegidas, el proteger y mejorar la calidaddel medio ambiente, proteger y conservar muestras dela diversidad natural, mantener los procesos ecológi-cos esenciales y detener el deterioro de los mismos;así como preservar, conservar, restaurar y mejorar lacalidad del aire, de las aguas y de los sistemas hidroló-gicos naturales;

Que, el Bosque de Cuchachi es una área donde exis-ten serios problemas de deforestación, agravándose lasituación con la falta de delimitación de la misma, corrien-do el riesgo de producirse una disminución progresiva delcaudal de la fuente de captación de agua potable para lospobladores de la ciudad de Rioja;

Que, mediante Informe Nº 006-2004-GPDU/MPR, defecha 7 de enero del 2004 la Gerencia de Planeamiento yDesarrollo Urbano presenta la delimitación del área a con-servar del Bosque de Cuchachi, realizándose en dos eta-pas: la primera con fechas 27 y 28 de noviembre del 2003se colocaron hitos y estacas fijas (plantas), tomándose

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Pág. 276965NORMAS LEGALESLima, jueves 23 de setiembre de 2004

como punto de partida Nueva Salabamba como LadoNº 01 y con una orientación de un AZIMUT de 138° 29'49.42" al Sur Este colocándose marcas pintadas cada250.00 ml hasta una longitud de 2,500 ml; la segundacon fechas 19 y 20 de diciembre del 2003, partiendodel lado Nº 01, al Nor Oeste colocando marcas pinta-das cada 250.00 ml hasta una longitud de 1,000.00 ml,tomado otro punto como lado Nº 02 conforme la quebra-da aguas arriba entre estos linderos con AZIMUT de173° 25'48.24" al Sur Este con marcas cada 330 y 720ml hasta el vértice establecido, alcanzando una longi-tud de 1,978.51 ml considerando como lado Nº 03conforme el lindero establecido y siguiendo la orienta-ción con un AZIMUT 278°37'15.18" al Sur Oeste conmarcas cada 500.00 ml los lados Nºs. 02 y 03 son lospuntos que se han tomado como límites distritales (Riojay Yorongos). El lado Nº 04 hace un quiebre a 90° conAZIMUT de 228°39'49.42" al Sur Oeste hasta una lon-gitud de 500.00 ml dejando este último un eje centradohasta la parte superior del Bosque de Protección AltoMayo y una alineación colindante con el Caserío Inde-pendencia de la Zona de Amortiguamiento; y,

De conformidad con las facultades conferidas por el Art.9º incisos 4), 7) y 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades y con el voto unánime del Concejo Muni-cipal, se dio la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- Crear el Área de ConservaciónMunicipal denominado "Bosque de Cuchachi", ubicado enla jurisdicción del distrito de Rioja, provincia de Rioja, Re-gión San Martín, con la finalidad de conservar la diversi-dad biológica y principalmente por ser un área en la que seha constatado un proceso de deforestación indiscrimina-da, hecho que está afectando la fuente de captación deagua, la misma que alimenta a la población de la ciudad deRioja.

Artículo Segundo.- Aprobar el expediente técnico don-de consta la memoria descriptiva, así como los planos deubicación y perimétrico del área de conservación munici-pal en mención, el mismo que forma parte integrante de lapresente ordenanza.

Artículo Tercero.- Establecer como límites del Área deConservación Municipal - Bosque de Cuchachi, los siguien-tes:

- Por el Norte : Con el Caserío Independencia.Con 3,300.00 ml.

- Por el Sur : Con el distrito de Yorongos.Con 3,057.69 ml.

- Por el Este : Con el distrito de Yorongos y Caseríode Nueva Salabamba.Con 6,700.00 ml.

- Por el Oeste : Con el Bosque de Protección de AltoMayo.Con 5,400.00 ml.

Con un perímetro de 18,457.69 ml, un área total de2,118.18 Has. (21'181,838.035 m2).

Artículo Cuarto.- Facultar al señor Alcalde Provincialde Rioja para gestionar la inscripción del Área de Conser-vación Municipal "Bosque de Cuchachi" en el Registro deÁreas de Conservación Municipal del Instituto Nacional deRecursos Naturales - INRENA, conforme a lo establecidopor el Art. 79º del Reglamento de la Ley de Áreas Natura-les Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará envigencia a los treinta días posteriores de efectuada la pre-publicación a nivel local y nacional de la norma de crea-ción, conforme a Ley.

Regístrese, comuníquese y archívese.

NOÉ HERNÁNDEZ IZQUIERDOAlcalde Provincial

17131

Modifican el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones de la municipali-dad para el ejercicio 2004, en lo referi-do a adquisición de bienes del Progra-ma del Vaso de Leche

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 215-2004-A/MPR

Rioja, 3 de setiembre de 2004

VISTO:

El Informe Nº 035-2004-GPP/MPR del 2 de setiembredel 2004, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,a través del cual hace llegar la modificación del PLANANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES parael Ejercicio Presupuestal 2004; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 7º del TUO de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones - Ley Nº 26850, establece que cada entidaddebe prever los bienes, servicios y obras que se requeri-rán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presu-puesto requerido, siendo que, mediante Resolución Nº 002-A-2004-A/MPR de fecha 5 de enero del año en curso seaprobó el Plan Anual de Adquisiciones para el Año 2004estableciéndose entre otros, la adquisición de bienes - le-che fresca para el Programa del Vaso de Leche medianteel respectivo proceso de selección;

Que, mediante el informe del Visto, se hace conocer dela necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisicionesen razón que el Proceso de Selección realizado en el mesde marzo del año en curso fue declarado NULO medianteResolución de Alcaldía Nº 213-2004-A/MPR, establecién-dose que considerando el período restante de adquisición,ésta compete realizarse mediante Proceso de Adjudica-ción Directa Selectiva, lo cual en esencia requiere de lamodificación tanto del tipo de proceso y el valor estimado,tal como efectivamente se ha realizado en el anexo segúnformato que se adjunta al Informe del Visto;

Que, la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PREaprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCO-DE/PRE regula el procedimiento de elaboración y conteni-do de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contratacio-nes, Directiva que en el punto VI (7) establece que las mo-dificaciones a dicho Plan podrán realizarse en cualquiermomento durante el decurso del ejercicio presupuestal,requiriéndose de su respectiva aprobación;

Que, de conformidad con el artículo 20º (6) de la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 concordantecon el Art. 7º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contra-taciones aprobado con el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la MODIFICACIÓN del PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipali-dad Provincial de Rioja, correspondiente al Ejercicio Fiscal2004, en lo que respecta a la adquisición de bienes delPrograma Vaso de Leche en el rubro: Tipo de Proceso deSelección a ejecutar y Valor Estimado de Adquisición, anexode modificatoria que forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Con-sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do (CONSUCODE), así como a la Comisión de Promociónde la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME), disponién-dose así también la publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano, todo ello dentro de los 10 días hábiles siguientes asu aprobación.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal yUnidad de Abastecimiento el cumplimiento de la presenteResolución.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

NOÉ HERNÁNDEZ IZQUIERDOAlcalde Provincial

17130

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Pág. 276966 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

LA BANDA DE SHILCAYO

Modifican el Plan Anual de Adquisicio-nes de la municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 053-04-A-MDBSH

La Banda de Shilcayo, 23 de agosto del 2004

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE LA BANDA DE SHILCAYO

VISTO:

El Acuerdo de Comuna de la Municipalidad Distrital Ban-da de Shilcayo, adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha17 de julio del 2004, por el que se autoriza al Alcalde a sus-cribir convenio con el Gobierno Regional de San Martín, parala Ejecución de la Obra "AMPLIACIÓN E IMPLEMENTA-CIÓN DE LA SALA DE HOSPITALIZACIÓN DE MEDICINADEL HOSPITAL APOYO I - LA BANDA DE SHILCAYO";

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 16 de julio del 2004, se suscribió el respec-tivo convenio por el que el Gobierno Regional le autoriza a laMunicipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo, a ejecutar lacitada obra, bajo la modalidad de administración directa, sinembargo aparece del expediente técnico, que debe hacersecompras de cemento, acero de refuerzo, losetas y cerámica,artículos de ferretería, madera, ladrillo y agregados por mon-tos que requieren de realizarse proceso de selección;

Que, para efectuar proceso de selección para la adquisi-ción de los citados insumos, con arreglo al Art. 7º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, es requisito previo que lo que se va a adqui-rir aparezca previsto en el Plan Anual de Adquisiciones;

Que, este convenio ha surgido después de haberseaprobado el Plan Anual de Adquisiciones, por lo que esnecesario modificarlo por inclusión de nuevas metas;

Que, con arreglo al Art. 7º del Texto Único Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado enconcordancia con el Art. 7º de su Reglamento, el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones y su modificatoria debeaprobarse mediante resolución del titular;

En uso de las facultades conferidas por el Art. 20º de laLey Nº 27972;

SE RESUELVE:

Primero.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones dela Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo, por in-clusión de la nueva meta Ejecución de la Obra "AMPLIA-CIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA SALA DE HOSPITA-LIZACIÓN DE MEDICINA DEL HOSPITAL APOYO I - LABANDA DE SHILCAYO"; la adquisición de los siguientesbienes en el ejercicio 2004:

Objeto contratación Valor Proceso Ejercicio Fuente dereferencial financiamiento

Adquisición de cemento S/. 60,993.72 Selectivo 2004 FOCORAcero de Refuerzo S/. 49,985.35Loseta y Cerámicas S/. 50,465.49Artículos de ferretería S/. 68,739.86Madera S/. 22,481.98 Menor Cuantía 2004 FOCORLadrillo S/. 25,798.89Agregados S/. 25,729.40

Segundo.- De conformidad con el Art. 7º inciso 2) delReglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, publíquese estaresolución dentro de los 10 días hábiles siguientes a sususcripción en el Diario Oficial El Peruano y en el mismoplazo remítase el Plan Anual de Adquisiciones modificadoa CONSUCODE para su ingreso al Sistema de Informa-ción sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

HILDER NAVARRO MEGOAlcalde Distrital

17133

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

VÍCTOR LARCO HERRERA

Autorizan viaje del alcalde a Japón paraatender invitación de su homólogo deKaneyama

ACUERDO DE CONCEJONº 0073-2004-MDVLH

Víctor Larco, 13 de agosto del 2004

VISTO: El Libro de actas de Sesión Extraordinariade Concejo del día viernes 13 de agosto del 2004, refe-rente a la Autorización de Viaje del señor Alcalde, Econ.Moisés Arias Quezada, a la ciudad de Kaneyama -Japón;

CONSIDERANDO:

Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Víc-tor Larco Herrera, Econ. Moisés Arias Quezada, ha re-cibido la invitación de su homólogo de la ciudad de Ka-neyama - Japón, a través del ciudadano peruano - ja-ponés, Sr. Luis Iwamatsu, con la finalidad de celebrarun hermanamiento social, económico y cultural, por losdías del 1 de setiembre al 24 de setiembre del año encurso;

Que, es política de la Municipalidad Distrital de Víc-tor Larco Herrera, y de quienes la conducen, estrecharlazos con otros países que permitan el desarrollo eco-nómico, social y cultural de la población de nuestro dis-trito, máxime si este intercambio es a solicitud de unpaís cuya experiencia municipal, ha alcanzado un grandesarrollo;

Que, el inciso 11 del Art. 9º de la Ley Nº 27972 - LeyOrgánica de Municipalidades; corresponde al ConcejoMunicipal: "Autorizar los viajes al exterior del país que, encomisión de servicios o representación de la municipalidad,realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal ycualquier otro funcionario";

Que, la invitación cursada por el Alcalde de la ciudadde Kaneyama del país de Japón, indica que correrá conlos gastos de hospedaje y alimentación; siendo sufraga-dos los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta por elAlcalde, Econ. Moisés Arias Quezada, por lo que no ero-gará desembolso por parte de la Municipalidad Distrital deVíctor Larco Herrera, por este viaje de hermanamiento conla ciudad antes mencionada;

Que, en ese sentido y contando con el voto mayo-ritario del pleno del Concejo es procedente autorizar alseñor Alcalde y de la Municipalidad de Víctor Larco He-rrera, Econ. Moisés Arias Quezada, viaje a la ciudadde Kaneyama - Japón, en uso de las facultades confe-ridas mediante Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Munici-palidades;

SE ACORDÓ:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el Viaje en Represen-tación de la Municipalidad Distrital de Víctor Larco Herrera,al Alcalde, señor Econ. Moisés Arias Quezada, a la ciudadde Kaneyama - Japón durante el período comprendido en-tre el 1 de setiembre al 13 de setiembre del año en cursopor invitación de su homólogo de la ciudad antes descrita,para el intercambio cultural, social, económico en un herma-namiento con este distrito; retornando al Perú el día 24 desetiembre del año 2004.

Artículo Segundo.- Transcribir el presente Acuer-do a Secretaría General, Gerencia Municipal, DirecciónAdministrativa y publíquese en el Diario Oficial El Pe-ruano.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MOISÉS ARIAS QUEZADAAlcalde

17078

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Ley Nº 27482 y D.S. Nº 080-2001-PCM

REPUBLICA DEL PERU

DIARIO OFICIAL

Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO I - Nº 125 Pág. 1613

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

DEVIDA

Director (e): GERARDO BARRAZA SOTO

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO AHUMADAA. MATERNO CORTEZNOMBRES MOISES ELISEO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 5600BIENES * 152000OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO ALCAA. MATERNO ALVIZURINOMBRES OTTO FILEMON

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3200BIENES * 10000OTROS ** 2680Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO ANGULOA. MATERNO TUESTANOMBRES MIGUEL NICOLAS

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 5600BIENES * 41000OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO ASCACIBARA. MATERNO NOBLECILLANOMBRES SEGUNDO GUSTAVO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 14500BIENES * 418000OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

Page 66: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

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DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO BATALLANOSA. MATERNO RODRIGUEZNOMBRES LUCIO HERNAN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 14500BIENES * 295551OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO CARBAJALA. MATERNO OCHOANOMBRES JUAN FRANCISCO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 2600BIENES * 15000OTROS ** 20000Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO CARRIONA. MATERNO RONDONNOMBRES MARCO ANTONIO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIO XENTREGA PERIODICAAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 7200BIENES * 373570OTROS ** 137620Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO CASASA. MATERNO LINARESNOMBRES HERBER ROLANDO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 2600BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO CENTENOA. MATERNO FABIANNOMBRES HENRY ROSSI

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 7200BIENES * 209366OTROS ** 1400Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO CHUQUIPULA. MATERNO RUIZNOMBRES JOSE

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 7200BIENES * 20000OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

Page 67: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

������������������������Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO DURANA. MATERNO CARDENASNOMBRES DACIO LUIS

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIO XENTREGA PERIODICAAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 10300BIENES *OTROS ** 8500Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO GONZALESA. MATERNO CORREANOMBRES JOSE MANUEL

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3700BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-

LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDADIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO GONZALESA. MATERNO SOBERONNOMBRES AMADEO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 2600BIENES * 28500OTROS ** 14282Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.VI Sorteo comprobantes de pago SUNAT (Premio a favor dela sociedad de gananciales) 10,000

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO GONZALEZA. MATERNO HUERTASNOMBRES CARLOS ELOY

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 6600BIENES * 25000OTROS ** 4500Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO GRADOSA. MATERNO RUIZNOMBRES VICTOR MANUEL

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 4100BIENES * 15000OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO HAROA. MATERNO ESTABRIDISNOMBRES EDUARDO DELFIN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 6000BIENES * 133750OTROS ** 7000Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

Page 68: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

��������� Lima, jueves 23 de setiembre de 2004����������������

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO JONESA. MATERNO LOPEZNOMBRES GREISY LIZETH

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3700BIENES * 3500OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO KIUCHIA. MATERNO RAMIREZNOMBRES ROSA JULIETA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3700BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO LAMBRUSCHINIA. MATERNO PARDONOMBRES MANUEL ADALBERTO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 8500BIENES * 236664OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO LUNAA. MATERNO LINARESNOMBRES JUAN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 8500BIENES * 154000OTROS ** 36250Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO MONTOYAA. MATERNO GARAYARNOMBRES JULIO ADRIAN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 7200BIENES * 147622OTROS ** 45000Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO MUÑOZA. MATERNO GUERRANOMBRES HUGO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 6000BIENES * 85000OTROS ** 70000Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

Page 69: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

�������������������������Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO PACHECOA. MATERNO CONCHA DE ORTIGASNOMBRES ENRIQUETA MONICA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3800BIENES * 49371OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO PALMAA. MATERNO GUERRERONOMBRES PATRICK HENRY

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 2000BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO PEÑAA. MATERNO VEGANOMBRES JOSE LUIS

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIO XENTREGA PERIODICAAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 14500BIENES * 156524OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO RENGIFOA. MATERNO TAMNOMBRES CAROLINA PILAR

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 5600BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO RUETEA. MATERNO GONZALESNOMBRES CARMEN ROSA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 8500BIENES *OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO TABOADAA. MATERNO AREVALONOMBRES YESSICA YOVANA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 3700BIENES *OTROS ** 4360Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

Page 70: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

��������� Lima, jueves 23 de setiembre de 2004����������������

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

DIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO VANINIA. MATERNO LAURANOMBRES ANA MARIA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 5600BIENES * 135000OTROS ** 10000Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD COMISION NACIONAL PARA EL DESARRO-

LLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDADIRECCION Av Benavides 2199 B MirafloresEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO ZUÑIGAA. MATERNO YABARNOMBRES CARLOS

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 9189BIENES * 164508OTROS **Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.PRESTAMO HIPOTECARIO COMPRA TERRENOBANCO WIESE 42,000.00

DJ09211-09240

CENFOTURDATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD CENTRO DE FORMACION EN TURISMO -

CENFOTURDIRECCION Jr. Pedro Martinto Nº 320 BarrancoEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO RIJALBAA. MATERNO HOLGUINNOMBRES PABLO GERMAN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 8,450.00 4,000.00 12,450.00BIENES * 280,786.68 280,786.68OTROS ** 12,266.85 12,266.85Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDAD

ENTIDAD CENTRO DE FORMACION EN TURISMO -CENFOTUR

DIRECCION Jr. Pedro Martinto Nº 320 BarrancoEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO LOPEZA. MATERNO VARANOMBRES SAUL DOLORES BRONCANO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 1,650.00 - 1,650.00BIENES * - - -OTROS ** - - -Nota* Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DJ09248-09249

CMAC TACNA S.A.DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO

DE TACNA S.A.DIRECCION AV. SAN MARTIN NRO 710 ESQ. PSJE VIGIL-

TACNAEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO COHAILAA. MATERNO LOBONNOMBRES JORGE

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 4,479BIENES * 145,000OTROS ** 40,000Nota*Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO

DE TACNA S.A.DIRECCION AV. SAN MARTIN NRO 710 ESQ. PSJE VIGIL-

TACNAEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO GONZALESA. MATERNO KOCNOMBRES CARLOS RAFAEL

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICA XAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS TOTAL S/.INGRESO MENSUAL 115,200BIENES * 159,000OTROS **Nota*Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

OTRA INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.PRESTAMO CMAC TACNA 24,000.00PRESTAMO BANCO WIESE 17,500.00

DJ09253-09254

Page 71: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

�������� ����������������Lima, jueves 23 de setiembre de 2004

DATOS GENERAL DE LA ENTIDADENTIDAD HOSPITAL SAN JOSE - CALLAODIRECCION JR. LAS MAGNOLIAS 475- CARMEN DE LA

LEGUA REYNOSOEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEA. PATERNO DEXTREA. MATERNO UBALDONOMBRES ZORAIDA JENIE CAROLA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marca con una X la correspondiente opción)INICIO XENTREGA PERIODICAAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIO

INGRESO MENSUAL 6,500.00BIENES (*) 148,040.00OTROS (**) 6,300.00

(*) Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera(**) Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERAL DE LA ENTIDAD

ENTIDAD HOSPITAL SAN JOSE - CALLAODIRECCION JR. LAS MAGNOLIAS 475- CARMEN DE LA

LEGUA REYNOSOEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO GALLARDOA. MATERNO ROLDANNOMBRES EDUARDO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marca con una X la correspondiente opción)INICIO XENTREGA PERIODICAAL CESAR

DECLARACION DEL PATRIMONIO

INGRESO MENSUAL 7,700.00BIENES (*) 5,000.00OTROS (**) 17,500.00

(*) Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera(**) Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

DATOS GENERAL DE LA ENTIDAD

ENTIDAD HOSPITAL SAN JOSE - CALLAODIRECCION JR. LAS MAGNOLIAS 475- CARMEN DE LA

LEGUA REYNOSOEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTE

A. PATERNO GALLARDOA. MATERNO ROLDANNOMBRES EDUARDO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marca con una X la correspondiente opción)INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIO

INGRESO MENSUAL 7,700.00BIENES (*) 5,000.00OTROS (**) 17,000.00

(*) Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la sección primera(**) Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la sección primera

INFORMACION QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.

HOSPITAL SAN JOSÉ-CALLAO

DJ09250-09252

INEIDATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E

INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL AÑO 2004DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 07967598APELLIDO PATERNO CUETOAPELLIDO MATERNO PAZ-VERGARANOMBRES PAMELA PATRICIA DEL PILAROPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR XDECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 5,892.83 5,892.83BIENES **OTROS *** 28,790.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección PrimeraOTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E

INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL PERIODO 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 09872012APELLIDO PATERNO LOAYZAAPELLIDO MATERNO PELAEZNOMBRES ERIKSON

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 4,162.94 4,162.94BIENES ** 9,000.00OTROS *** *********Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E

INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 08805261APELLIDO PATERNO GARRIDOAPELLIDO MATERNO SCHAEFFERNOMBRES LUIS ALBERTO MANUEL

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 4,162.00 1,000.00 5,162.00BIENES ** 327,273.87OTROS *** 69,600.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

Page 72: €¦ · SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8860 Pág. 276903 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DEL ESTADO DE DERECHO

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* Las Declaraciones Juradas son copia fiel de la información que nos remitieran las instituciones para su publicación.DJ09262-09270

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INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL PERIODO 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 08768043APELLIDO PATERNO BUSTAMANTEAPELLIDO MATERNO MEJIANOMBRES JUAN ROBERTO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 5,892.83 5,892.83BIENES ** 60,500.00OTROS *** 10,200.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

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INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 07234740APELLIDO PATERNO VATTUONEAPELLIDO MATERNO RAMIREZNOMBRES MARIA ELENA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 6,846.98 6,846.98BIENES ** 55,884.00OTROS *** 2,739.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

DATOS GENERALES DE LA ENTIDADENTIDAD INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E

INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-JESUS MARIAEJERCICIO PRESUPUESTAL AÑO 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 09311031APELLIDO PATERNO ORTIZAPELLIDO MATERNO PODESTANOMBRES RAQUEL ROSANA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 4,162.94 4,162.94BIENES ** 68,969.48OTROS ***Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

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DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 07570946APELLIDO PATERNO AVALOSAPELLIDO MATERNO PANTLIKNOMBRES KATIA JULIA ELENA

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 5,892.83 5,892.83BIENES **OTROS *** 11,200.00 11,200.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

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INFORMATICADIRECCION Av. GRAL. GARZON Nro 658-LIMA11EJERCICIO PRESUPUESTAL 2004

DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 08256723APELLIDO PATERNO LLORENSAPELLIDO MATERNO AMICONOMBRES JOSE ANTONIO

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 5,892.83 5,892.83BIENES **OTROS ***Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********

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DATOS GENERALES DEL DECLARANTEDNI / CI 07260693APELLIDO PATERNO DE LA HOZAPELLIDO MATERNO SEGOVIANOMBRES MARIA DEL CARMEN

OPORTUNIDAD DE PRESENTACION(Marcar con una X la correspondiente opción)AL INICIOENTREGA PERIODICAAL CESAR X

DECLARACION DEL PATRIMONIORUBROS DECLARADOS Sector Público Sector Privado TOTAL S/.INGRESO MENSUALES* 4,162.94 4,162.94BIENES ** 58,271.06OTROS *** 300.00Nota* Incorpora el total del valor del rubro I de la Sección Primera** Incorporar el total del valor de los rubros II y III de la Sección Primera*** Incorporar el total del valor de los rubros IV y V de la Sección Primera

OTRA INFORMACIÓN QUE CONSIDERE EL OBLIGADO TOTAL S/.**************************************************************** **********