sumario decretos · exteriorizaciÓn voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el paÍs y...

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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.218.874 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 5,00 Sumario Buenos Aires, miércoles 1 de julio de 2015 Año CXXIII Número 33.162 DECRETOS CARNES Decreto 1231/2015 Cuota Hilton. Prorrógase la vigencia del Régimen Instituido por los Decretos Nº 906/2009 y N° 1174/2012............................................................................................................................. 1 EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga.............................................................................................................. 2 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1199/2015 Desígnase Comandante Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. .......... 2 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 1196/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora General de Asuntos Militares. .......................... 2 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1192/2015 Dase por prorrogada designación de la Directora General del Servicio Administrativo Financiero de Apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo............................................................. 3 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 1194/2015 Dase por prorrogada designación en la Oficina Nacional de Crédito Público. ............................... 3 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Decreto 1191/2015 Designaciones. ........................................................................................................................... 3 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 1197/2015 Designaciones. ........................................................................................................................... 4 DECISIONES ADMINISTRATIVAS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 396/2015 Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Enlace Parlamentario. ..................... 5 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 397/2015 Dase por aprobada contratación en la Dirección de Compras, Contrataciones, Patrimonio y Suministros.............................................................................................................................. 6 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 398/2015 Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales... 6 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 399/2015 Dase por aprobada contratación en la Unidad de Coordinación de Educación Ambiental.............. 7 Primera Sección Continúa en página 2 Pág. DECRETOS 5 1 0 2 3 9 8 1 122 Años #I4917355I# CARNES Decreto 1231/2015 Cuota Hilton. Prorrógase la vigencia del Régimen Instituido por los Decretos Nº 906/2009 y N° 1174/2012. Bs. As., 29/06/2015 VISTO el Expediente N° S01:0045327/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 24.425 y, los Decretos Nros. 906 de fecha 16 de julio de 2009, 193 de fecha 24 de febrero de 2011 y 1.174 de fecha 16 de julio de 2012, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 24.425 se aprobaron, en- tre otros el “ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994” (en adelante GATT) y el “ACUER- DO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ES- TABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO”. Asimismo, mediante el “REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N° 593 DEL 21 de junio de 2013 de la CO- MISION EUROPEA” se establecen los cri- terios relativos a la apertura y el modo de gestión de los contingentes arancelarios de carnes de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, y de carne de búfalo congelada. Que por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009 se declara de interés público y económico el cupo tarifario otorgado por la UNIÓN EUROPEA a nuestro país, común- mente denominado “Cuota Hilton”, atento su importancia económica, estratégica y social. Que mediante el Decreto N° 193 de fecha 24 de febrero de 2011, se creó la UNIDAD DE COORDINACIÓN Y EVALUACIÓN DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO, ente interdisciplinario dentro de la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la cual está presidida por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, y tiene como Vicepresidentes a los Minis- tros de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Industria, según la materia y el ámbito de su competencia, y está integrada por los Secretarios de Comercio y de Hacien- da del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FI- NANZAS PÚBLICAS, por el Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca del MINIS- TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, por el Secretario de Industria del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y por el titu- lar de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Que posteriormente el Decreto N° 1.174 de fecha 16 de julio de 2012 prorrogó la vigen- cia del Régimen instituido por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009. Que, asimismo, dicha prórroga fijó un plazo de vigencia para el citado régimen estable- cido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2015. Que dada la importancia económica, estra- tégica y social que reviste el cupo tarifario de cortes de carne vacuno sin hueso de alta calidad para el ESTADO NACIONAL, deviene necesario extender el marco jurídi- co instaurado originalmente por el Decre- to N° 906/09, y prorrogado por el Decreto N° 1.174/12, a los ciclos comerciales com- prendidos entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2018, con el objeto de asegurar un horizonte de previsibilidad a mediano plazo para las inversiones, la planificación de la producción y la actividad exportado- ra. Que el mecanismo dispuesto en los Decre- tos Nros. 906/09 y 1.174/12, que se prorroga por el presente decreto, no afecta ni puede afectar los derechos de los particulares, ni lesionar los principios constitucionales de

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.218.874

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 5,00

Sumario

Buenos aires,miércoles 1de julio de 2015

año CXXiiinúmero 33.162

DECRETOS

CarnesDecreto 1231/2015Cuota Hilton. Prorrógase la vigencia del Régimen Instituido por los Decretos Nº  906/2009 y N° 1174/2012. ............................................................................................................................ 1

eXterioriZaCiÓn Voluntaria De la tenenCia De MoneDa eXtranJera en el PaÍs Y en el eXteriorDecreto 1232/2015Ley Nº 26.860. Prórroga. ............................................................................................................. 2

Ministerio De DeFensaDecreto 1199/2015Desígnase Comandante Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas. .......... 2

Ministerio De DeFensaDecreto 1196/2015Dase por prorrogada designación de la Directora General de Asuntos Militares. .......................... 2

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 1192/2015Dase por prorrogada designación de la Directora General del Servicio Administrativo Financiero de Apoyo a la Autoridad de Cuenca Matanza - Riachuelo............................................................. 3

Ministerio De eConoMÍa Y FinanZas PÚbliCasDecreto 1194/2015Dase por prorrogada designación en la Oficina Nacional de Crédito Público. ............................... 3

Ministerio De eDuCaCiÓnDecreto 1191/2015Designaciones. ........................................................................................................................... 3

Ministerio De seguriDaDDecreto 1197/2015Designaciones. ........................................................................................................................... 4

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 396/2015Dase por aprobada contratación en la Dirección General de Enlace Parlamentario. ..................... 5

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 397/2015Dase por aprobada contratación en la Dirección de Compras, Contrataciones, Patrimonio y Suministros. ............................................................................................................................. 6

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 398/2015Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales. .. 6

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 399/2015Dase por aprobada contratación en la Unidad de Coordinación de Educación Ambiental. ............. 7

Primera Sección

Continúa en página 2

Pág.DECRETOS

51023981 122 Años

#I4917355I#

CARNES

Decreto 1231/2015

Cuota Hilton. Prorrógase la vigencia del Régimen Instituido por los Decretos Nº 906/2009 y N° 1174/2012.

Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N° S01:0045327/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 24.425 y, los Decretos Nros. 906 de fecha 16 de julio de 2009, 193 de fecha 24 de febrero de 2011 y 1.174 de fecha 16 de julio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.425 se aprobaron, en-tre otros el “ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO DE 1994” (en adelante GATT) y el “ACUER-DO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ES-TABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO”. Asimismo, mediante el “REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N° 593 DEL 21 de junio de 2013 de la CO-MISION EUROPEA” se establecen los cri-terios relativos a la apertura y el modo de gestión de los contingentes arancelarios de carnes de vacuno de calidad superior fresca, refrigerada o congelada, y de carne de búfalo congelada.

Que por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009 se declara de interés público y económico el cupo tarifario otorgado por la UNIÓN EUROPEA a nuestro país, común-mente denominado “Cuota Hilton”, atento su importancia económica, estratégica y social.

Que mediante el Decreto N° 193 de fecha 24 de febrero de 2011, se creó la UNIDAD DE COORDINACIÓN Y EVALUACIÓN DE SUBSIDIOS AL CONSUMO INTERNO, ente interdisciplinario dentro de la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la cual está presidida por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, y tiene como Vicepresidentes a los Minis-tros de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Industria, según la materia y el ámbito de su competencia, y está integrada por los Secretarios de Comercio y de Hacien-da del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FI-NANZAS PÚBLICAS, por el Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca del MINIS-TERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, por el Secretario de Industria del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y por el titu-lar de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que posteriormente el Decreto N° 1.174 de fecha 16 de julio de 2012 prorrogó la vigen-cia del Régimen instituido por el Decreto N° 906 de fecha 16 de julio de 2009.

Que, asimismo, dicha prórroga fijó un plazo de vigencia para el citado régimen estable-cido entre el 1 de julio de 2012 y el 30 de junio de 2015.

Que dada la importancia económica, estra-tégica y social que reviste el cupo tarifario de cortes de carne vacuno sin hueso de alta calidad para el ESTADO NACIONAL, deviene necesario extender el marco jurídi-co instaurado originalmente por el Decre-to N° 906/09, y prorrogado por el Decreto N° 1.174/12, a los ciclos comerciales com-prendidos entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2018, con el objeto de asegurar un horizonte de previsibilidad a mediano plazo para las inversiones, la planificación de la producción y la actividad exportado-ra.

Que el mecanismo dispuesto en los Decre-tos Nros. 906/09 y 1.174/12, que se prorroga por el presente decreto, no afecta ni puede afectar los derechos de los particulares, ni lesionar los principios constitucionales de

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miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 2

Pág.Ministerio De JustiCia Y DereCHos HuManosDecisión Administrativa 395/2015Autorízanse contrataciones en el Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos “Madres de Plaza de Mayo”. ..................................................................................................................... 7

RESOLUCIONES

MiCro, PeQueÑas Y MeDianas eMPresasResolución 357/2015-SPMEDRResolución N° 24/2001. Modificación. ........................................................................................ 8

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 10Anteriores .................................................................................................................................. 31

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 10Anteriores .................................................................................................................................. 32

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 33

legalidad y de igualdad ante la ley, toda vez que esta decisión forma parte de la política económica cuyo diseño es atribución del ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en virtud de las atribuciones establecidas en el Ar-tículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITU-CIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase la vigencia del Régimen instituido por los Decretos Nros. 906 de fecha 16 de julio de 2009 y 1.174 de fecha 16 de julio de 2012 el cual será de apli-cación para los ciclos comerciales compren-didos entre el 1 de julio de 2015 y el 30 de junio de 2018.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Carlos H. Casamiquela.

#F4917355F#

#I4917354I#EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR

Decreto 1232/2015

Ley Nº 26.860. Prórroga.

Bs. As., 29/06/2015

VISTO la Ley N° 26.860, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 3° de dicha Ley, se dispone que las personas físicas, las sucesiones indivisas y los sujetos com-prendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, inscriptos o no, podrán exteriorizar voluntariamente la

tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior.

Que la referida exteriorización comprende la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior al 30 de abril de 2013, in-clusive.

Que también podrá incorporarse la tenen-cia de moneda extranjera en el país y en el exterior que resulte del producido de bie-nes existentes al 30 de abril de 2013.

Que la exteriorización de capitales permite emplear recursos líquidos ociosos para fi-nanciar inversiones productivas y sociales que apuntalen el proceso de crecimiento, profundicen la reindustrialización iniciada en 2003 y permitan la inclusión de vastos sectores de la sociedad.

Que a través de los Decretos Nros. 1.503/13, 2.170/13, 440/14, 1.025/14, 1.705/14, 2.529/14 y 471/15 se dispuso la prórroga por TRES (3) meses calendario, a partir del 1° de octubre de 2013, del 1° de enero de 2014, del 1° de abril de 2014, del 1° de julio de 2014, del 1° de octubre de 2014, del 1° de enero de 2015 y del 1° de abril de 2015, respectivamente, de los pla-zos previstos en la Ley N° 26.860.

Que razones operativas, y con la finali-dad de permitir que una mayor cantidad de sujetos interesados puedan exteriori-zar sus tenencias y acogerse a los be-neficios dispuestos en la Ley N° 26.860, hacen necesario disponer una nueva prórroga por TRES (3) meses calendario de los plazos previstos en el régimen de dicha ley.

Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 20 de la Ley N° 26.860.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Prorróganse por TRES (3) me-ses calendario a partir del 1° de julio de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.

#F4917354F#

#I4917205I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1199/2015

Desígnase Comandante Operacional del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Ar-madas.

Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Decreto N°  727 del 12 de junio de 2006, el Decreto N°  1168 del 23 de junio de 2015, el Expediente N° 17530/2015 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, lo propuesto por el señor Ministro de Defen-sa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N°  727 del 12 de ju-nio de 2006 se establece que el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS dispondrá la conformación de una instancia permanente encargada de la dirección y coordinación de la activi-dad operacional, la cual contará con un responsable a cargo del comando opera-cional de los medios puestos a su dispo-sición para el cumplimiento de la misión asignada.

Que el Decreto N° 1168/2015 designó como Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJÉRCITO, al General de División VGM D. Ricardo Luis CUNDOM, quien se desem-peñaba como Comandante Operacional del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Que el Ministro de Defensa ha propuesto designar en su reemplazo, al General de Di-visión D. Hugo Alejandro BOSSERT, quien cuenta con el perfil profesional adecuado para el cumplimiento de dicha función.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DE-FENSA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta instancia se halla facultada para el dictado de la presente medida en virtud de lo establecido en el artículo 99, incisos 1 y 12, de la CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Comandante Ope-racional del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, al General de Di-visión D. Hugo Alejandro BOSSERT (D.N.I. N° 12.150.735).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi.

#F4917205F#

#I4912824I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 1196/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora General de Asuntos Militares.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO, los Decretos N°  491 del 12 de marzo de 2002, N°  2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 1299 del 17 de septiembre de 2009, N°  1227 del 1 de septiembre de 2010, N°  1445 del 22 de septiembre de 2011, N° 883 del 6 de junio de 2012 y N° 2053 del 5 de diciembre de 2013, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N°  491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el con-

trol directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta per-manente y no permanente.

Que mediante el dictado del Decreto N° 1299/09, prorrogado en último térmi-no por el Decreto N° 2053/13, se desig-nó con carácter transitorio por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles a la Licenciada Graciela Alejandra MARTIN DOMÍNGUEZ en el cargo Nivel A - Grado 8 - Función Ejecutiva Nivel I Directora General de Asuntos Militares dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍ-TICA MILITAR de la SECRETARÍA DE ES-TRATEGIA Y ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que dicha designación preveía que el car-go involucrado debía ser cubierto confor-me con los sistemas de selección vigentes.

Que el procedimiento de selección co-rrespondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo involucrado y a efectos de contri-buir al normal cumplimiento de las accio-nes que tiene asignadas la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS MILITARES re-sulta necesario disponer la prórroga por igual período del plazo precedentemente señalado.

Que la prórroga aludida no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 4 de septiembre de 2014 y por el térmi-no de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la presente medida, la designación transitoria de la Licenciada Graciela Alejandra MARTIN DOMÍNGUEZ (DNI N° 16.781.247) efectuada por el Decreto N° 1299/09 y prorrogado en último término por el Decreto N° 2053/13, en el cargo de Directo-ra General de Asuntos Militares dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Y POLÍTICA MILITAR de la SE-CRETARÍA DE ESTRATEGIA Y ASUNTOS MI-LITARES del MINISTERIO DE DEFENSA Nivel A - Grado 10, Función Ejecutiva Nivel I, auto-rizándose el correspondiente pago de la Fun-ción Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N° 2098/08 y modi-ficatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes y según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, en el tér-mino de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Agustín O. Rossi.

#F4912824F#

Page 3: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 3#I4912820I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 1192/2015

Dase por prorrogada designación de la Directora General del Servicio Adminis-trativo Financiero de Apoyo a la Autori-dad de Cuenca Matanza - Riachuelo.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0023276/2015 del Registro de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 584 de fecha 27 de abril de 2010 y 2235 de fecha 26 de noviembre de 2014 y lo solicitado por la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N°  27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2015.

Que mediante el Decreto N°  584 de fe-cha 27 de abril de 2010 se dio por de-signada transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les en un cargo Nivel A - Grado 0 Fun-ción Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI-NEP), a Da. Gabriela GAGLIARDO (D.N.I. N°  25.715.790) para cumplir funciones de Directora General del SERVICIO AD-MINISTRATIVO FINANCIERO DE APOYO A LA AUTORIDAD DE CUENCA MATAN-ZA - RIACHUELO de la SUBSECRETA-RÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRA-TIVA de la SECRETARÍA DE COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y cuya últi-ma prórroga operó mediante el Decreto N°  2235 de fecha 26 de noviembre de 2014 por el mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nue-va prórroga de la designación preceden-temente citada por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que mediante el Decreto N°  491 de fe-cha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efec-tuada por el PODER EJECUTIVO NACIO-NAL a propuesta de la jurisdicción co-rrespondiente.

Que el cargo aludido no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que el Decreto N°  601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designacio-nes, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Adminis-tración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación de-tallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N° 4 de fecha 15 de mar-zo de 2002.

Que la agente involucrada en la presente medida, se encuentra exceptuada de lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601/02 y su modificatorio, reglamen-tario del Decreto N°  491/02, por haber dado cumplimiento oportunamente a ta-les disposiciones.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN-TOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LE-GAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del ar-tículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dáse por prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del 28 de abril de 2015, la designación transitoria de Da. Gabriela GA-GLIARDO (D.N.I. N°  25.715.790) efectuada por el Decreto N° 584 de fecha 27 de abril de 2010 y cuya última prórroga operó mediante el Decreto N° 2235 de fecha 26 de noviembre de 2014 por el mismo término, en un cargo Nivel A - Grado 0 Función Ejecutiva de Ni-vel I, para cumplir funciones como Directo-ra General del SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO DE APOYO A LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA - RIACHUELO de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVA-LUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, autori-zándose el correspondiente pago de la Fun-ción Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto N°  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y con autorización excepcional por no cum-plir con los requisitos mínimos del artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes y según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a par-tir del 28 de abril de 2015.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas vi-gentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, Servicio Administrativo Financiero N°  342, de conformidad con la Ley de Presupues-to General de la Administración Nacional N° 27.008.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

#F4912820F#

#I4912822I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Decreto 1194/2015

Dase por prorrogada designación en la Oficina Nacional de Crédito Público.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO el Expediente N°  S01:0128131/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECO-NOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N°  1.261 de fecha 18 de septiembre de 2007, se de-signaron transitoriamente, a diversos agentes pertenecientes a la OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINAN-ZAS PÚBLICAS, entre ellos al Licencia-do Don Osvaldo Alfredo COLAZO (M.I. N° 22.682.092), en el cargo Nivel B, Gra-do 0 de Asesor Técnico Económico y cuya designación transitoria se prorrogó

mediante el Decreto N° 407 de fecha 15 de abril de 2013.

Que atento encontrarse cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles y no habiéndose efectuado la correspon-diente convocatoria, conforme el proceso de selección previsto en el Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚ-BLICO (SI.N.E.P.) homologado por el De-creto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, razones operativas hacen necesario prorrogar dicha designación transitoria.

Que el agente mencionado en el primer considerando se desempeñó en el cargo en el cual fue designado transitoriamente hasta el 31 de mayo de 2014.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIO-NAL y por el Artículo 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada la desig-nación transitoria, establecida por conducto del Decreto N° 1.261 de fecha 18 de septiembre de 2007, a partir del vencimiento del término es-tablecido en el Artículo 1° del Decreto N° 407 de fecha 15 de abril de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2014, del Licenciado Don Osvaldo Al-fredo COLAZO (M.I. N° 22.682.092), en el cargo Nivel B, Grado 0 de Asesor Técnico Económi-co dependiente de la OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Art. 2° — El gasto que demandó el cum-plimiento del presente decreto se atendió con cargo a las partidas específicas del Presupues-to de la Jurisdicción 50 del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof.

#F4912822F#

#I4912815I#MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decreto 1191/2015

Designaciones.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO el Expediente N° 6.139/14 en CINCO (5) cuerpos del Registro del MINISTERIO DE EDUCA-CIÓN, las Decisiones Administrativas Nros. 1.126 del 8 de noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, la Resolución N° 609 del 28 de diciembre de 2012 de la ex - SECRETA-RIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Resoluciones Nros. 1.480 del 8 de julio de 2013, 1.522 del 18 de julio de 2013, 1.340 del 4 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por la Decisión Administrativa N° 1.126/12 se autorizó como excepción a lo dispues-to por el artículo 7° de la Ley N° 26.728 la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLI-CO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios.

Que por el artículo 9° de la Decisión Administrativa N° 609/14 se estableció que los cargos vacantes y financiados que hubiesen sido autorizados por la aplicación de lo dispuesto por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1.126/12 y que al 31 de diciembre de 2013 no hubiesen podido ser cubiertos mediante la designación correspondiente, se con-sideran autorizados para sus respectivas coberturas, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008, a través de proceso de selección.

Que por la Resolución N° 609/12 de la ex - SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se asignaron los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE EDUCACIÓN autorizados para su co-bertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1.126/12, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del citado convenio.

Que por la Resolución N° 1.480/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y TRES (153) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal aprobado por la Resolución N° 39/10 de la entonces SECRE-TARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a las personas que se detallan en los Anexos I a XVII, que forman parte integrante de la referida resolución.

Que por la Resolución N° 1.522/13 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN se llamó a proceso de selección de personal mediante Convocatoria Extraordinaria, General o Abierta para cubrir los cargos vacantes financiados y se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolu-ción N° 39/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por la Resolución N° 1.340 del 4 de septiembre de 2014 del MINISTERIO DE EDU-CACIÓN se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección A-10 respecto de los postulantes para cada uno de los cargos y con sus respectivos puntajes que se consignan en los Anexos I al XI de la citada resolución.

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miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 4Que por el Acta N° 014 del 6 de junio de 2014 el Comité Selector de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 24, 31 y 128 del Anexo del Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, recomienda la incorporación en la carrera o, en su caso, su continui-dad en la misma, en el Grado escalafonario del Agrupamiento y Tramo correspondiente tal como se refleja en la mencionada acta.

Que las designaciones en los aludidos cargos no constituyen asignación de recurso ex-traordinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002.

Que la SECRETARIA DE GABINETE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnanse a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente decreto, en el Cargo, Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafona-rio correspondiente al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto N° 2.098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN que se determina.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO

#F4912815F#

#I4912825I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 1197/2015

Designaciones.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG: 0001692/2015 del Registro del MINISTERIO DE SE-GURIDAD, la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 173 de fecha 1° de febrero de 2010, 1.993 de fecha 14 de diciembre de 2010, 8 de fecha 6 de enero de 2011, 1.783 de fecha 7 de noviembre de 2011, 2.800 de fecha 28 de diciembre de 2012, 2.804 de fecha 28 de diciembre de 2012, 1.254 de fecha 28 de agosto de 2013, 1.392 de fecha 19 de agosto de 2014, 1.677 de fecha 25 de septiembre de 2014 y 2.246 de fecha 26 de noviembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Que por el Artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIO-NAL, en su carácter de responsable político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 173/10, prorrogado por sus similares Nros. 1.783/11, 2.800/12 y 1.677/14, se efectuó, entre otras, la designación transitoria en la planta permanente de la ex SECRETARÍA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTERIO DE JUSTI-CIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, de Don Federico Martín TEIXIDOR (D.N.I. N° 27.170.613), en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Secto-rial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, para cumplir funciones como ASESOR JURÍDICO.

Que por el Decreto N° 1.993/10, se modificó la Ley de Ministerios, creándose el MINISTE-RIO DE SEGURIDAD.

Que mediante el Artículo 6° del Decreto N° 8/11 se transfirió al MINISTERIO DE SEGURI-DAD la dotación de la ex SECRETARÍA DE SEGURIDAD INTERIOR del entonces MINISTE-RIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS y sus unidades dependientes, manteniendo el personal transferido sus respectivos cargos, niveles, grados de revista escalafonarios, funciones ejecutivas, adicionales y suplementos.

Que por el Decreto N° 2.804/12, prorrogado por su similar N° 1.392/14, se efectuaron, entre otras, las designaciones transitorias en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de Don Fernando Gabriel CAMPOS (D.N.I. N° 35.185.667) para cum-plir funciones como AUXILIAR DE INFORMÁTICA y de Doña Camila CANTONE (D.N.I. N° 35.376.375) para cumplir funciones como AUXILIAR ADMINISTRATIVA, ambos en car-gos Nivel E - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08.

Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura de los cargos indicados precedentemente, razón por la cual el MINIS-TERIO DE SEGURIDAD solicita las prórrogas de las designaciones transitorias aludidas, a partir del 19 de mayo de 2015 —fecha de sus vencimientos— y hasta la fecha de la presente medida.

Que por el Decreto N° 1.254/13, prorrogado por su similar N° 2.246/14, se efectuó la de-signación transitoria en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de Don Patricio Adolfo LARRAIN (D.N.I. N° 29.952.563), en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0 del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVO.

Que es preciso limitar a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones tran-sitorias del Doctor Don Federico Martín TEIXIDOR (D.N.I. N° 27.170.613), efectuada por el Decreto N° 173/10 y prorrogada en último término por su similar N° 1.677/14 y la de Don

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miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 5Patricio Adolfo LARRAIN (D.N.I. N° 29.952.563), efectuada por el Decreto N° 1.254/13 y prorrogada por su similar N° 2.246/14.

Que a fin de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio, resulta imprescindible designar al Doctor Don Federico Martín TEIXIDOR en UN (1), cargo Nivel B - Grado 0, para cumplir funciones como ASESOR JURÍDICO, a la Licenciada Doña Alicia Claudia RAPA-CIOLI en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, para cumplir funciones como ASESORA, a Don Patricio Adolfo LARRAIN en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINISTRATIVO, a la Licenciada Doña Maia Iris MONTIEL ANDERSEN en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0, para cumplir funciones como ANALISTA TÉCNICA, a la Li-cenciada Doña Valeria Beatriz FIGUERAS en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0, para cumplir funciones como ANALISTA TÉCNICA, a Don Javier Hernán VOGEL en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0, para cumplir funciones como ANALISTA TÉCNICO, a Don Fernando Gabriel CAMPOS en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE DE INFORMÁTICA, a Doña Camila CANTONE en UN (1), cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVA, a Doña Karina Nicole Macarena CARRIZO CRUZ en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASIS-TENTE ADMINISTRATIVA, a Don Ignacio DEL CAMPO ITURREGUI en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVO, a Don Arman-do Facundo ROSALES en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVO y a Don Juan Domingo MONTESANTO en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVO, todos en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por el Decreto N° 2.098/08, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.).

Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, dentro del pla-zo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que los agentes cuyas designaciones transitorias se propician, reúnen los conocimien-tos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos, no obstante corresponde aprobar la designación transitoria de Don Juan Domingo MONTESANTO (D.N.I. N° 18.276.762) con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al nivel D, establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601/02, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y rein-corporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el referido Artículo 6° del Decreto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que los cargos aludidos se encuentran vacantes y cuentan con el financiamiento corres-pondiente.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS depen-diente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURI-DAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas a partir del 19 de mayo de 2015 —fecha de sus venci-mientos— y hasta la fecha de la presente medida, las designaciones transitorias dispuestas por el Decreto N° 2.804 de fecha 28 de diciembre de 2012 y prorrogadas por su similar N° 1.392 de fecha 19 de agosto de 2014, de los agentes consignados en la planilla que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se detallan.

Art. 2° — Limítanse a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones transitorias en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de las personas consignadas en la pla-nilla que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente, en los niveles, grados y funciones, conforme allí se detallan y que fueran prorrogadas en último término por los decretos que en cada caso se indica.

Art. 3° — Desígnanse transitoriamente en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGU-RIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a las personas consignadas en la planilla que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente, en los niveles del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, que se indican en la misma y para cumplir las funciones que allí se detallan, con carácter de ex-cepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008.

Art. 4° — Desígnase transitoriamente en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURI-DAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a Don Juan Domingo MONTESANTO (D.N.I. N° 18.276.762) en UN (1) cargo Nivel D - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, para cumplir funciones como ASISTENTE ADMINISTRATIVO, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.008 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel D, establecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 5° — Los cargos involucrados en los Artículo 3° y 4° deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Na-cional de Empleo Público (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputa-rá con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — María C. Rodriguez.

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

#F4912825F#

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4917167I#

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 396/2015

Dase por aprobada contratación en la Di-rección General de Enlace Parlamentario.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0008866/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, reglamentada por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 27.008, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modi-ficatorias y la Resolución de la ex SUBSE-

CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLA-MENTARIAS de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS y D. Julio Mariano BOS-SARELLI (D.N.I. N° 31.114.582), de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose

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miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 6mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplica-ción del mismo.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra afectado exclusiva-mente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I del decre-to mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que el agente propuesto no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares del mis-mo, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan aca-badamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación del mismo como excep-ción a lo establecido en el inciso c), pun-to II del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de abril de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modi-ficatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la do-cumentación pertinente.

Que previo a dar trámite a la presente con-tratación, las áreas competentes de la Ju-risdicción han verificado la respectiva dis-ponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente medida será aten-dida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N°  1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efectos al 1° de abril de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Mi-nistros, celebrado entre el titular de la SECRE-TARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y D. Julio Mariano BOSSARELLI (D.N.I. N° 31.114.582), para desempeñar funciones de Asesor en Comunicación en la DIRECCIÓN GE-NERAL DE ENLACE PARLAMENTARIO de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITU-CIONALES de la citada Secretaria equiparado al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL

DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTION PÚBLICA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciem-bre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decre-to N°  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4917167F#

#I4917168I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 397/2015

Dase por aprobada contratación en la Di-rección de Compras, Contrataciones, Pa-trimonio y Suministros.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0001667/2015 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Na-cional N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administra-tiva N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLI-CA de la JEFATURA DE GABINETE DE MI-NISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contra-to suscripto con fecha 28 de diciembre de 2014, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el ex titular de la SECRETARÍA DE AMBIEN-TE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Ezequiel Cesar BARRERA (D.N.I. N°  24.979.251) de acuerdo con las previ-siones del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias las pautas para la apli-cación del mismo.

Que el agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de activida-des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-

les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici-tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, ad-juntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de enero de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibi-lidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Juris-dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008 - Servicio Administra-tivo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTEN-TABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N°  577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado, con efec-tos al 1° de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Mi-nistros, celebrado entre el ex titular de la SE-CRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Ezequiel Cesar BARRERA (D.N.I. N° 24.979.251), para desempeñar funcio-nes de Coordinador Administrativo en la DIREC-CIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES, PA-TRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N°  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificato-rios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, su regla-mentación dispuesta por el Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci-sión administrativa, como excepción a lo esta-blecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de

la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Pre-supuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi-nistración Nacional N° 27.008 - Servicio Admi-nistrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4917168F#

#I4917169I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 398/2015

Dase por aprobada contratación en la Subsecretaría de Coordinación de Políti-cas Ambientales.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0017536/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modifica-torios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad-ministrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de di-ciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 31 de marzo de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARRO-LLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Alejandro VALERGA (D.N.I. N° 26.769.464) de acuer-do con las previsiones del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiem-po determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificato-rias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afectado exclusivamente a la realización de activida-des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici-tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Que el agente involucrado en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo

Page 7: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 7establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, ad-juntando la documentación pertinente.

Que el agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de abril de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibi-lidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los cré-ditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupues-to General de la Administración Nacional N° 27.008 - Servicio Administrativo Financie-ro N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N°  1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 577 de fe-cha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1° de abril de 2015 y hasta el 31 de di-ciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SE-CRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Alejandro VALERGA (D.N.I. N° 26.769.464), para desempeñar funciones de Asesor Especializado en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AMBIEN-TALES de la citada Secretaría, equiparado al Nivel B - Grado 5 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N°  2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Na-cional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modi-ficatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci-sión administrativa, como excepción a lo esta-blecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Pre-supuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi-nistración Nacional N° 27.008 - Servicio Admi-nistrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4917169F#

#I4917170I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 399/2015

Dase por aprobada contratación en la Unidad de Coordinación de Educación Ambiental.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0008787/2015 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°  25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modifica-torios y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad-ministrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de di-ciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de enero de 2015, ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el ex titular de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESA-RROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Ye-sica Y. CASTRO (D.N.I. N° 35.536.828) de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que por el artículo 9° del Anexo I del de-creto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSE-CRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la apli-cación del mismo.

Que la agente de que se trata, según sur-ge de los actuados, se encuentra afectada exclusivamente a la realización de activida-des de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos nive-les escalafonarios, previendo para el Nivel D diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al ob-jetivo de las funciones asignadas y acredi-tan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solici-tada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, ad-juntando la documentación pertinente.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de febrero de 2015, por lo que procede aprobar la contratación con efec-tos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente me-dida, las áreas competentes de la Jurisdic-ción han verificado la respectiva disponibi-lidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por la presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Juris-

dicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008 - Servicio Administra-tivo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTEN-TABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRE-TARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIREC-CIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 re-glamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N°  577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por aprobado con efec-tos al 1° de febrero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, el contrato suscripto ad referéndum del señor Jefe de Gabinete de Mi-nistros, celebrado entre el ex titular de la SE-CRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Yesica Y. CASTRO (D.N.I.

N°  35.536.828), para desempeñar funciones de Asistente Administrativa en la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE EDUCACIÓN AMBIEN-TAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS AMBIENTA-LES de la citada Secretaría, equiparada al Nivel D - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el De-creto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previ-siones del artículo 9° del Anexo de la Ley Mar-co de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1° de la presente deci-sión administrativa, como excepción a lo esta-blecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presu-puesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Admi-nistración Nacional N° 27.008 - Servicio Admi-nistrativo Financiero N° 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTA-BLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.

#F4917170F#

#I4912819I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 395/2015

Autorízanse contrataciones en el Instituto Universitario Nacional de Derechos Huma-nos “Madres de Plaza de Mayo”.

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° S04:0015525/2015 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERE-CHOS HUMANOS, la Ley N° 26.995, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Na-cional N° 25.164, su Decreto Reglamentario N° 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la aprobación de la contratación de DOS (2) personas que prestaban servicios en la UNIVERSIDAD POPULAR “MADRES DE PLAZA DE MAYO”, para desempeñarse en el INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS “MADRES DE PLAZA DE MAYO”, unidad funcional del MINISTE-RIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, en los términos del Decreto N° 1421/02, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 26.995.

Que por el artículo 9° del Anexo I al Decreto citado en el considerando anterior se esta-blecieron las prescripciones a las que estarán sujetas las contrataciones de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48/02 y sus modificatorias las pautas para la aplicación del mismo.

Que el artículo 2° del Decreto N° 577/03 y sus modificatorios dispone que aquellas contra-taciones en que la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia, serán aprobadas por el Ministro, Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION o Jefe de la CASA MILITAR.

Que el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 3/04 y sus modificatorias establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o catego-ría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que atento lo requerido por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a fin de posibilitar las contrataciones de las personas que se individualizan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, corresponde exceptuar a las mismas de las restricciones contenidas en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02.

Page 8: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 8Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MI-NISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el último párrafo del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Por ello,

EL JEFEDE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Autorízase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a contratar a las personas que se consignan en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente, conforme las condiciones y plazos que se consignan en dicho Anexo, con carácter de excepción a lo establecido en el inciso c), punto II, del artículo 9° del Anexo I al Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel que en cada caso se indica del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.

ANEXO I

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS“MADRES DE PLAZA DE MAYO”

Contrataciones artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164

APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. N° NIVEL Y GRADO FECHA INICIO FECHA FINAL

DIAZ, Pablo Emanuel 32.655.058 C - 0 01/12/2014 31/12/2014

SOLER, Sebastián José 28.985.789 D - 0 01/12/2014 31/12/2014

#F4912819F#

RESOLUCIONES

#I4916728I#Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 357/2015

Resolución N° 24/2001. Modificación.

Bs. As., 29/06/2015

VISTO el Expediente N°  S01:0142771/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, las Resoluciones Nros. 24 de fecha 15 de febrero de 2001 y sus mo-dificaciones, y 22 de fecha 26 de abril de 2001, ambas de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 21 de fecha 10 de agosto de 2010 y 50 de fecha 25 de abril de 2013, ambas de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE IN-DUSTRIA, y las Disposiciones Nros. 303 de fecha 17 de agosto de 2004 y 147 de fecha 23 de octubre de 2006, ambas de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMER-CIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.300 tiene por objeto el fortalecimiento competitivo de las Micro, Peque-ñas y Medianas Empresas (MIPyMEs) que desarrollen actividades productivas en el país, mediante la creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equilibrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva.

Que el Artículo 1° del Título I de la Ley N° 25.300 establece que la Autoridad de Aplica-ción deberá definir las características de las empresas que serán consideradas micro, pequeñas y medianas a los efectos de la implementación de los distintos instrumentos de dicha ley.

Que el Artículo 55 de la referida ley designó como Autoridad de Aplicación a la ex SE-CRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, en este sentido, la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESA-RROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementa-rias, y de las normas dictadas en consecuencia, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 357/02 y sus modificaciones.

Que por la Resolución N° 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA se reglamentó

el Artículo 1° del Título I de la Ley N° 25.300 y se adoptó una definición a los efectos de caracterizar la condición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, en función de la variable “ventas totales anuales”.

Que, posteriormente, fueron dictadas la Resolución N° 22 de fecha 26 de abril de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Disposiciones Nros. 303 de fecha 17 de agosto de 2004 y 147 de fecha 23 de octubre de 2006, ambas de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMER-CIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y finalmente las Resoluciones Nros. 21 de fecha 10 de agosto de 2010 y 50 de fecha 25 de abril de 2013, ambas de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, todas con el fin de modificar, sustituir y/o complementar los alcances de la caracterización de Micro, Pequeña y Mediana Empresa establecida en la Resolución N° 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones.

Que, particularmente, como consecuencia del crecimiento económico registrado desde el año 2003 hasta el año 2013, mediante las Resoluciones Nros. 21/10 y 50/13, ambas de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se actualizaron los valores máximos de las ventas tota-les anuales establecidos en la Resolución N° 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUE-ÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones.

Que desde el año 2013 a la fecha la economía argentina, gracias a las políticas imple-mentadas por el Gobierno Nacional, ha podido mantener su ritmo de crecimiento en un contexto de una economía mundial compleja, donde los grandes centros impulsores de la economía mundial (la UNIÓN EUROPEA, la REPÚBLICA POPULAR CHINA y los ESTA-DOS UNIDOS DE AMÉRICA) y el principal socio comercial de la REPÚBLICA ARGENTI-NA, la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, atraviesan procesos recesivos o de reduc-ción significativa de la tasa de crecimiento.

Que, gracias a esas políticas, el sector de la pequeña y mediana empresa mantiene un dinamismo significativo, como lo demuestran los resultados de estudios elabora-dos por el Centro de Estudios para la Producción del MINISTERIO DE INDUSTRIA, los cuales reflejan que, entre mayo de 2014 y mayo de 2015, el CINCUENTA Y CINCO POR CIENTO (55%) de las empresas mantuvo o aumentó sus ventas físicas, el CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (59%) mantuvo o aumentó su producción física y casi el VEINTI-SIETE POR CIENTO (27%) de las firmas realizó inversiones productivas, y que más del TREINTA Y SIETE POR CIENTO (37%) de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) entrevistadas planea realizar inversiones en los próximos DOCE (12) meses, de las cua-les cerca del TREINTA Y OCHO POR CIENTO (38%) superaría los PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000).

Que, por ello, con el fin de propiciar el dinamismo de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), atender estos cambios y mantener una proporción de las mismas en el total del país acorde con los datos históricos —mayor o igual que NOVENTA Y NUEVE COMA CINCUENTA POR CIENTO (99,50%) del total de empresas, cuando con los actuales lími-tes es de NOVENTA Y NUEVE COMA TREINTA Y UNO POR CIENTO (99,31%)— resulta conveniente adecuar los valores máximos de las ventas totales anuales establecidos en la Resolución N° 24/01 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificaciones, estableciéndose en la presente medida un único parámetro para incluir en el mismo a todo el universo de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs), correspondiendo establecer un valor límite de las ventas diferente según el sector de actividad de la empresa.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y el Decreto N° 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONALRESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONO-MÍA y sus modificaciones, por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1° del Título I de la Ley N° 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en PESOS ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a con-tinuación:

SECTOR

Agropecuario (1) Industria y Minería (2) Comercio (3) Servicios (4) Construcción (5)

82.000.000 270.000.000 343.000.000 91.000.000 134.000.000

(1) Corresponde a una variación nominal anual del 23% para el período abril 2013 - mayo 2015, según Índice de Pre-cios Internos al por Mayor (IPIM), base 1993=100, Nacional, RAMA A (Productos Agropecuarios). Fuente: INDEC.

(2) Corresponde a una variación nominal anual del 22% para el período abril 2013 - mayo 2015, según Índice de Pre-cios Internos al por Mayor (IPIM), base 1993=100, Nacional, RAMA D (Productos Manufacturados). Fuente: INDEC.

(3) Corresponde a una variación nominal anual del 17% para el período abril 2013 - mayo 2015, según Índice de Pre-cios al Consumidor Nacional urbano, base oct13-sep14=100, sectores dedicados a la comercialización de bienes. Fuente: INDEC.

(4) Corresponde a una variación nominal anual del 20% para el período abril 2013 - mayo 2015, según Índice de Precios al Consumidor Nacional urbano, base oct13-sep14=100, sectores dedicados a la prestación de servicios. Fuente: INDEC.

(5) Corresponde a una variación nominal anual del 26% para el período abril 2013 - mayo 2015, según Índice del Cos-to de la Construcción en el Gran Buenos Aires (ICC), base 1993=100, Nivel general. Fuente: INDEC.

Art. 2° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Horacio G. Roura.

#F4916728F#

Page 9: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

miércoles 1 de julio de 2015 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 9

Page 10: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 10

AVISOS OFICIALESNuevos

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4916839I#RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

UNIDAD DE NEGOCIOS CANAL 7

Concurso Público y Abierto 18/2015

OBJETO:

LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO N° 18/2015 PARA LA COBERTURA DEL CARGO DE “ENCARGADO DE BODEGA DE ARCHIVOS SONOROS Y AUDIOVISUALES” DE-PENDIENTE DEL ARCHIVO HISTÓRICO DE RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E. (RTA S.E.).

Lugares, días y horarios de retiro de pliego de Bases del Concurso, modalidad de pos-tulación e inscripción: Radio y Televisión Argentina SE, Av. Figueroa Alcorta N° 2977 C.A.B.A., entrada calle Tagle N° 2849, Dto. de Administración de Personal, desde el 01-07-15 hasta el 08-07-15 inclusive, de 10 a 18 horas.

Es requisito indispensable presentar CV con antecedentes profesionales y académicos actua-lizados, detallando la experiencia laboral aplicable al puesto, informando fechas de inicio y fina-lización, contactos y teléfonos de referencia. Asimismo deberá presentar fotocopia de los títulos y certificados que acrediten la información detallada en el CV. La documentación deberá estar firmada en todas sus hojas.

Para obtener mayor información acerca de las condiciones para la inscripción al concur-so consultar las páginas Web: www.rta-se.com.ar o www.tvpublica.com.ar.

RUBEN RIBBA, Jefe Dpto. Adm. de Personal, R.T.A. S.E. UNC7.

e. 01/07/2015 N° 115832/15 v. 01/07/2015#F4916839F#

#I4916837I#RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO

UNIDAD DE NEGOCIOS CANAL 7

Concurso Público y Abierto 19/2015

OBJETO:

LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO N° 19/2015 PARA LA COBERTURA DEL CARGO DE “ESPECIALISTA EN CONTENIDOS AUDIOVISUALES” DEPENDIENTE DEL AR-CHIVO HISTÓRICO DE RADIO Y TELEVISIÓN ARGENTINA S.E. (RTA S.E.).

Lugares, días y horarios de retiro de pliego de Bases del Concurso, modalidad de pos-tulación e inscripción: Radio y Televisión Argentina SE, Av. Figueroa Alcorta N° 2977 C.A.B.A., entrada calle Tagle N° 2849, Dto. de Administración de Personal, desde el 01-07-15 hasta el 08-07-15 inclusive, de 10 a 18 horas.

Es requisito indispensable presentar CV con antecedentes profesionales y académicos actua-lizados, detallando la experiencia laboral aplicable al puesto, informando fechas de inicio y fina-lización, contactos y teléfonos de referencia. Asimismo deberá presentar fotocopia de los títulos y certificados que acrediten la información detallada en el CV. La documentación deberá estar firmada en todas sus hojas.

Para obtener mayor información acerca de las condiciones para la inscripción al concur-so consultar las páginas Web: www.rta-se.com.ar o www.tvpublica.com.ar.

RUBEN RIBBA, Jefe Dpto. Adm. de Personal, R.T.A. S.E. UNC7.

e. 01/07/2015 N° 115830/15 v. 01/07/2015#F4916837F#

#I4914622I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCIÓN GENERAL N° 3640 Y SUS MODIFICATORIAS

MONOTRIBUTISTA EXCLUSIÓN PLENO DERECHO

De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del Artículo 1° de la Resolución General AFIP N° 3640 se procede a la publicación del listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. A efectos de consultar los mo-tivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva, el contribuyente excluido de pleno derecho deberá acceder al servicio “MONOTRIBUTO - EXCLUSIÓN DE PLENO DERECHO” en el sitio “web” http://www.afip.gob.ar, mediante el uso de “Clave Fiscal”. La referida exclusión de pleno derecho prevista en el Artículo 21 del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modifica-ciones y complementarias, podrá ser objeto del recurso de apelación previsto en el Artículo 74 del Decreto N° 1397/1979 dentro de los QUINCE (15) días de la fecha de publicación de la presente, a cuyo efecto deberán observarse las prescripciones de la citada Resolución General AFIP N° 3640.

Page 11: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 11

Abog. LUCIANO E. BOTTO ROSTOM, Subdirector General, Subdirección General de Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social - AFIP.

e. 01/07/2015 N° 115088/15 v. 01/07/2015#F4914622F#

#I4914604I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 341/2015

Asunto: S/finalización de funciones y designación de jefaturas interinas y de Supervisor Interi-no en jurisdicción de la Dirección Regional Neuquén.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO la Actuación N° 10138-328-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Dirección Regional Neuquén propone dar por finalizadas funcio-nes y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Supervisor Interino o de Jefes Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facul-tad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructura-les, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Ad-ministración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finaliza-ción de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la es-tabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consi-guiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

ARTÍCULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 115070/15 v. 01/07/2015#F4914604F#

Page 12: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 12#I4914606I#

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 343/2015

Asunto: S/finalización de funciones y designación de jefaturas interinas en jurisdicción de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Bs. As., 23/06/2015

VISTO la Actuación N° 10138-327-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Contadora Pública Graciela Mónica ANGLA y la Abogada María Teresa BLANDINO solicitan el relevo de las funciones que les fueran asignadas oportunamente como Jefas Interinas de la Agencia Sede N° 1 Comodoro Rivadavia y de la Sección Penal Tributario en el ámbito de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Que por otra parte, la Contadora Pública Graciela Mónica ANGLA solicita su traslado a la Dirección Regional La Plata.

Que por lo expuesto, la citada Dirección Regional accede a lo solicitado y propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes Interinos de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de los agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

(*) a su pedido.

ARTÍCULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 115072/15 v. 01/07/2015#F4914606F#

#I4914608I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 345/2015

Asunto: S/rotación de Jefaturas de Distrito en el ámbito de la Dirección Regional Mar del Plata.

Bs. As., 24/06/2015

VISTO la Actuación N° 10138-360-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Dirección Regional Mar del Plata propone efectuar la rotación entre las Contadoras Públicas Claudia Cecilia MARTINEZ y Lilia Nancy ALLENDE, quienes vienen desempeñando las funciones de Jefa y de Jefa Interina de los Distritos Necochea y Balcarce, respectivamente.

Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facul-tades discrecionales.

Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Ad-ministración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.

Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finaliza-ción de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.

Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho en reiteradas oportunidades que la es-tabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.

Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.

Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consi-guiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.

Que sobre el particular, destácase que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio, Decreto N° 601/02 (artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupuestaria en razón de las modificaciones que la misma implica.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de las agentes que a continua-ción se detallan, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 115074/15 v. 01/07/2015#F4914608F#

#I4914289I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 349/2015

Asunto: Designación Representantes del Fisco. S/Disposición N° 327/14 y 328/14 (AFIP).

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Disposición N° 13/15, dictada por esta Subdirección General el 9 de enero de 2015, y la Actuación SIGEA N° 10138-350-2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado acto administrativo esta Subdirección General dispuso que la aplicación de la Disposición N° 479/14 (SDG RHH) de 18 de diciembre de 2014, quedaba supeditada a la vigencia de las medidas cautelares dictadas respecto de los agentes alcanzados, en las condiciones que se hayan establecido en cada caso.

Page 13: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 13Que asimismo, mediante la Disposición N° 479/14 (SDG RHH) se dispuso, entre otras me-

didas, que los Agentes Judiciales que se encuentran actualmente a cargo de las ejecuciones fiscales promovidas por esta Administración serán reubicados en el Grupo 17, Función Abogado, cumpliendo similares tareas a la de los demás letrados de las unidades orgánicas en las que se desempeñen, para lo cual se instruyó a esta Subdirección General, a dictar las normas que resul-ten necesarias para su instrumentación.

Que el dictado del acto dispositivo mencionado en el visto, implicó el reintegro de los aboga-dos que se detallan en el Anexo I de la presente, como Agentes Judiciales dentro de la Clase Admi-nistrativo y Técnico en el Grupo 8, Función 4, supeditado a la vigencia de las medidas cautelares.

Que las causas judiciales concluyeron a favor del Organismo, quedando firme las resoluciones que dejan sin efecto las medidas cautelares, razón por la cual para estos abogados recobra plena validez la Disposición N° 479/14 (SDG RHH).

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que ha tomado la intervención que es de su competencia la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, por la Disposición N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y el artículo 4° de la Disposición N° 327/14 (AFIP), procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Revócase la Disposición N° 13/15 (SDG RHH), respecto de los abogados que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, quienes en el carácter de Representantes del Fisco, ejercerán la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Reubícase a los agentes nominados en el Anexo I al presente Artículo, dentro de la Clase Administrativo y Técnico en el Grupo 17, Función Abogado del ordenamiento escalafo-nario previsto en el C.C.T.- Laudo N° 15/91 (T.O. Resolución S.T. N° 925/10).

ARTÍCULO 3° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, remítase a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

Anexo I a los Artículos 1 y 2 de la Disposición N° 349/15 (SDG RHH)

APELLIDO y NOMBRE LEGAJO

FARIAS, FERNANDO 033219/99

MARONE, JOSE ANTONIO 027690/61

RAMOS, RODOLFO GUILLERMO 030014/81

AVALLE, SERGIO DANIEL 095059/04

PAGANO, ALFREDO DAMIAN 095158/03

SAIRES, GUSTAVO ALBERTO 031446/94

HOTZ, WALTER CARLOS 023421/33

USIN AGUILAR, ANA CECILIA 036148/47

e. 01/07/2015 N° 114847/15 v. 01/07/2015#F4914289F#

#I4914292I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 351/2015

Asunto: Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Art. 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones). Di-rección Regional Río Cuarto.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 11239-853-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Río Cuarto, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, señala que resulta necesaria la de-signación de nuevos agentes de esa jurisdicción, para actuar en el ejercicio de las facultades otor-gadas a través del Articulo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), a fin de constatar el cumplimiento por parte de los vendedores o locadores de la obligación de emitir y en-tregar facturas y comprobantes equivalentes con los que documenten las respectivas operaciones.

Que por la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de octubre de 2005 se emitió el listado de los funcionarios del Organismo que actuarían en las tareas de fiscalización de que se trata, como Anexo I de la misma.

Que por necesidades funcionales la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior propone la incorporación al referido Anexo de agentes de su jurisdicción.

Que la nómina de funcionarios designados por la presente deberá ser publicada en la página web del Organismo.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4°, 6° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997 y por la Disposición N° 302/12 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Anexo I de la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de Oc-tubre de 2005, a los siguientes agentes: María Cristina QUIROGA (Legajo N° 35.707/42 - D.N.I. N°  12.467.819), Fernando Mauro ASTORICA (Legajo N°  40.674/24 - D.N.I. N°  27.895.623), Delia Carolina REINOSO (Legajo N° 29.060/82 - D.N.I. N° 13.590.646), Adelqui David Ariel LEMA (Le-gajo N° 33.667/70 - D.N.I. N° 16.650.867), Jorge Alfredo BIANCONI (Legajo N° 34.246/01 - D.N.I. N° 21.013.285), Marcelo Omar RODRÍGUEZ (Legajo N° 35.677/00 - D.N.I. N° 17.527.546) y Abel Oscar ÁLVAREZ (Legajo N° 42.903/90 - D.N.I. N° 30.771.148) como representantes de la ADMINIS-TRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para ejercer los procedimientos de fiscalización previstos por el Artículo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114850/15 v. 01/07/2015#F4914292F#

#I4914295I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 352/2015

Asunto: Abogada María Celina Torcivia Gambetta. S/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional San Juan.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11250-20-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada María Celina TORCIVIA GAMBETTA para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representa-ción judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional San Juan.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada María Celina TORCIVIA GAMBETTA (D.N.I. N° 27.350.557 - Legajo N° 42.002/89) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional San Juan, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y con-cordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Sub-dirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114853/15 v. 01/07/2015#F4914295F#

#I4914410I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 355/2015

Asunto: Abogada Patricia Maria ARRACHEA. S/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N°  13743-1663-2014 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

Page 14: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 14CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada Patricia María ARRACHEA, para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Pinamar de la Dirección Regional Mar del Plata.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada Patricia María ARRACHEA (D.N.I. N° 13.209.501 - Legajo N° 23.045/50) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecu-ción fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Pinamar de la Dirección Regional Mar del Plata, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Có-digo Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114919/15 v. 01/07/2015#F4914410F#

#I4914322I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 356/2015

Asunto: Designación de funcionaria para la realización de los procedimientos contemplados por el Art. 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones). Direc-ción Regional Mar del Plata.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N°  11858-74-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Mar del Plata, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, señala que resulta necesaria la designación de una nueva agente de esa jurisdicción, para actuar en el ejercicio de las facultades otorgadas a través del Articulo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), a fin de constatar el cumplimiento por parte de los vendedores o locadores de la obligación de emitir y entregar facturas y comprobantes equivalentes con los que documenten las respectivas operaciones.

Que por la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de octubre de 2005 se emitió el listado de los funcionarios del Organismo que actuarían en las tareas de fiscalización de que se trata, como Anexo I de la misma.

Que la nómina de funcionarios designados por la presente deberá ser publicada en la página web del Organismo.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4°, 6° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997 y por la Disposición N° 302/12 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Incorpórase al Anexo I de la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de Octubre de 2005, a la agente Natividad Isabel NÚÑEZ (D.N.I. N° 11.758.243 - Legajo N° 90.657/80), como representante de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para ejercer los pro-cedimientos de fiscalización previstos por el Artículo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114880/15 v. 01/07/2015#F4914322F#

#I4914394I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 346/2015

Asunto: Abogado Carlos Alberto Gómez s/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Agencia Trelew. Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 14681-367-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FE-DERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar al abogado Carlos Alberto GÓMEZ para que, en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Trelew, de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase al abogado Carlos Alberto GÓMEZ (D.N.I. N° 16.201.644 - Legajo N° 40.456/00), para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judi-cial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Trelew, de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114903/15 v. 01/07/2015#F4914394F#

#I4914396I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 347/2015

Asunto: Abogada Maria de los Ángeles Irala. S/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11858-53-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada María de los Ángeles IRALA, para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judi-cial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Pinamar de la Dirección Regional Mar del Plata.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada María de los Ángeles IRALA (D.N.I. N° 23.670.197 - Legajo N° 42.805/04) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación

Page 15: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 15judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecu-ción fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Pinamar de la Dirección Regional Mar del Plata, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Có-digo Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114905/15 v. 01/07/2015#F4914396F#

#I4914404I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 348/2015

Asunto: Abogado Nicolás Wadi FAGALE MÁRQUEZ. S/otorgamiento de poder para represen-tar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional San Juan.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11250-18-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar al abogado Nicolás Wadi FAGALE MÁRQUEZ para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional San Juan.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase al abogado Nicolás Wadi FAGALE MÁRQUEZ (D.N.I. N° 28.904.839 - Legajo N° 42.384/24) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representa-ción judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede de la Dirección Regional San Juan, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114913/15 v. 01/07/2015#F4914404F#

#I4914405I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 350/2015

Asunto: Abogada Graciela Del Milagro LÓPEZ SOSA s/otorgamiento de poder para represen-tar al Fisco en jurisdicción de la Agencia Sede Tucumán.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11761-26-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdi-rección General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada Graciela Del Milagro LÓPEZ SOSA para que, en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la represen-tación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede Tucumán, de la Dirección Regional Tucumán.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada Graciela Del Milagro LÓPEZ SOSA (D.N.I. N° 27.365.501 - Legajo N° 42.192/98), para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede Tucumán, de la Dirección Regional Tucumán, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114914/15 v. 01/07/2015#F4914405F#

#I4914407I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 353/2015

Asunto: Abogada Mariela Alejandra ROMERO. S/otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Dirección Regional Santa Fe.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11727-26-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdirec-ción General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada Mariela Ale-jandra ROMERO para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación ju-dicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Reconquista de la Dirección Regional Santa Fe.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997, y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada Mariela Alejandra ROMERO (D.N.I. N° 18.388.404 - Legajo N° 40.210/73) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecu-ción fiscal que se promuevan en jurisdicción del Distrito Reconquista de la Dirección Regional Santa Fe, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114916/15 v. 01/07/2015#F4914407F#

#I4914296I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 354/2015

Asunto: Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados en el artículo 35 inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 11099-73-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

Page 16: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 16CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO la Dirección Regional Posadas, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, señala que resulta necesaria la designación de representantes en su jurisdicción para actuar en el ejercicio de las facultades otorgadas a través del artículo 35 inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), a fin de constatar el cumplimiento por parte de los vendedores o locadores de la obligación de emitir y entregar facturas y comprobantes equivalentes con los que documentan las respectivas operaciones.

Que por la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de octubre de 2005 se emitió el listado de los funcionarios de esta Administración Federal que actuarían en las tareas de fiscalización de que se trata, como Anexo I de la misma.

Que por necesidades funcionales la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior propone la incorporación al referido Anexo de los agentes de su jurisdicción.

Que la nómina de funcionarios designados por la presente deberá ser publicada en la página web del Organismo.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 2° de la Disposición N° 302 (AFIP) de fecha 13 de agosto de 2012 procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Anexo I de la Disposición N°  575/05 (AFIP) del 4 de octubre de 2005 a los agentes DI PIETRO, Sergio Alberto (D.N.I. N°  21.497.757 - Legajo N° 41.295/21); VILLALBA, Alejandro David (D.N.I. N° 17.598.873 - Legajo N° 38.885/59); BOTH-NER, Cristhian Pedro (D.N.I. N° 16.788.484 - Legajo N° 36.246/23); CHIOFALO, Marcela Rosa-na (D.N.I. N° 23.383.814 - Legajo N° 39.605/55); TOFFANIN, María Viviana (D.N.I. N° 24.507.355 - Legajo N°  40.331/14); SÁNCHEZ DE LEON, Graciela Ester (D.N.I. N°  6.541.328 - Legajo N°  25.092/98); STACIUK, Rosana Andrea (D.N.I. N°  24.130.633 - Legajo N°  40.307/54); GA-LEANO, Braulio Heriberto (D.N.I. N° 12.932.164 - Legajo N° 91.402/60); FABRE, Marisa Susana (D.N.I. N° 20.451.284 - Legajo N° 34.697/13); LEAL, Omar Vicente (D.N.I. N° 14.628.023 - Legajo N° 33.664/49); STACIUK, Silvia Alejandra (D.N.I. N° 22.273.468 - Legajo N° 40.308/68); BRO-MEK, Norma Beatriz (D.N.I. N° 14.946.744 - Legajo N° 90.134/79); FERREIRA, Andrea Cristina (D.N.I. N° 21.558.951 - Legajo N° 37.570/43); LAUTHARTE, Renee (D.N.I. N° 17.950.903 - Lega-jo N° 37.935/94); PÉREZ, Gladys Araceli (D.N.I. N° 13.875.619 - Legajo N° 24.126/63); BRAC-CO, Mauro Cesar (D.N.I. N° 27.081.501 - Legajo N° 72.117/97); ZAMPEDRI, Luís María (D.N.I. N° 23.841.947 - Legajo N° 40.411/03); MUCHEWICZ, Evangelina Lorena (D.N.I. N° 32.657.611 - Legajo N° 43.302/29); FERRER ESCOBAR, Rodrigo Osvaldo (D.N.I. N° 22.320.716 - 39717/93); RUIZ DÍAZ, Alberto Julio (D.N.I. N° 21.363.854 - Legajo N° 38.576/16); OCAMPO, Pablo Ro-berto (D.N.I. N°  24.701.316 - Legajo N°  40.937/55); GONZÁLEZ MONTENEGRO, Sebastián (D.N.I. N°  25.017.736 - Legajo N°  40.625/81); NOVAK, Javier Gustavo (D.N.I. N°  25.315.497 - Legajo N° 40.581/97); RIEDL, Mónica Savina (D.N.I. N° 20.678.802 - Legajo N° 35.645/50); MAURINO, Patricia del Carmen (D.N.I. N°  22.459.628 - Legajo N°  40.000/40); NOVAK, Na-talia Gabriela (D.N.I. N°  24.079.716 - Legajo N°  40.061/17); FLORES, Alicia Alejandra (D.N.I. N°  24.601.821 - Legajo N°  40.557/27); MANI, Silvia Catalina (D.N.I. N°  25.955.600 - Legajo N° 40.558/31); BENÍTEZ, Grizelda Mariela (D.N.I. N° 27.054.051 - Legajo N° 40.555/00); AN-DINO, María Nathalia (D.N.I. N° 27.979.102 - Legajo N° 40.554/96); PEREIRA, María Florencia (D.N.I. N° 29.441.114 - Legajo N° 42.557/59); ORTIGOZA, María Elena (D.N.I. N° 21.723.635 - Legajo N° 35.432/86); CAMBAS, María Alejandra (D.N.I. N° 22.095.553 - Legajo N° 34.344/97); ABRIGO, Flavia Lorena (D.N.I. N° 23.677.901 - Legajo N° 39.322/00); ALVARENGA, Laura Inés (D.N.I. N° 26.044.578 - Legajo N° 39.352/42); ÁLVEZ, Néstor Omar (D.N.I. N° 20.061.291 - Le-gajo N° 34.082/89); AYALA, Walter Manuel (D.N.I. N° 22.582.918 - Legajo N° 39.396/25); BUS-TOS, Fernando Javier (D.N.I. N° 24.573.761 - Legajo N° 41.186/14); DERWIDUEE, Tomás Andrés (D.N.I. N° 20.425.856 - Legajo N° 34.612/77); ESPINOSA, Carlos Alfonso (D.N.I. N° 24.581.331 - Legajo N° 39.683/16); FRANCO, Carlos Ramón (D.N.I. N° 21.723.419 - Legajo N° 39.746/11); GRAEF, Eduardo José (D.N.I. N° 26.610.376 - Legajo N° 39.826/00); LEZCANO, Mario Ramón (D.N.I. N°  17.495.748 - Legajo N°  37.957/46); LÓPEZ, Mariano Gabriel (D.N.I. N°  28.176.764 - Legajo N°  40.781/13); MASTROGGIOVANNI, Omar Enrique (D.N.I. N°  13.004.465 - Legajo N° 32.567/56); MIÑONES, Andrea Mariel (D.N.I. N° 20.618.742 - Legajo N° 38.129/58); PEREIRA, Juan Andrés (D.N.I. N° 22.090.311 - Legajo N° 40.113/91); RAMÍREZ, Lisandro Gabriel (D.N.I. N° 28.403.551 - Legajo N° 41.609/12); RINALDI, Vicente Javier (D.N.I. N° 22.870.050 - Legajo N°  40.181/55); SCHIERSE, Marisol (D.N.I. N°  24.723.109 - Legajo N°  59.497/72); TERLECKI, Rubén Darío (D.N.I. N° 25.169.199 - Legajo N° 41.887/09); THALMAYR, Jorge Antonio (D.N.I. N° 26.207.899 - Legajo N° 40.328/82); VILLAESCUSA, Lisandro Felipe (D.N.I. N° 27.139.715 - Legajo N° 41.980/37); ESCUDERO, Raúl Horacio (D.N.I. N° 10.485.310 - Legajo N° 91.328/43); MAUER, Miriam (D.N.I. N° 22.286.929 - Legajo N° 74.040/53); TAMIS, Laura Graciela (D.N.I. N°  22.582.791 - Legajo N°  74.041/66); ONZARI, Darío Fabián (D.N.I. N°  20.094.616 - Lega-jo N°  73.380/20); ANDREOLI, Marcela Viviana (D.N.I. N°  18.095.730 - Legajo N°  73.055/17); BIRARELLI, José Luis (D.N.I. N° 18.525.063 - Legajo N° 73.093/39); BORDON, Emilio Daniel (D.N.I. N°  18.441.102 - Legajo N°  37.128/23); CASTRO, Carlos Fidel (D.N.I. N°  14.946.082 - Legajo N° 30.504/20); FERREYRA, Sergio Raúl (D.N.I. N° 21.300.394 - Legajo N° 34.754/56); FLORES, Claudia Rita (D.N.I. N° 27.027.399 - Legajo N° 72.338/42); GÓMEZ, Blanca Graciela (D.N.I. N° 20.748.958 - Legajo N° 73.254/20); JARA, Mariano Vicente (D.N.I. N° 22.005.933 - Legajo N° 37.879/75); KIJKO, Rosa Olga (D.N.I. N° 24.389.265 - Legajo N° 73.296/96); PINKA-LA, Darío Heriberto (D.N.I. N° 22.182.506 - Legajo N° 35.538/61); RENTERIA, Elsa Inés (D.N.I. N° 12.395.084 - Legajo N° 90.751/31); SENZINI, María Cristina (D.N.I. N° 17.962.646 - Legajo N° 38.689/77); SERVIAN, Ricardo Fabio (D.N.I. N° 14.911.390 - Legajo N° 35.832/28); SNIHUR, Marco Antonio (D.N.I. N° 23.393.038 - Legajo N° 73.487/19); CHAPERO, Leandro Carlo (D.N.I. N° 20.192.074 - Legajo N° 34.438/47); SZMEK, Oscar Enrique (D.N.I. N° 25.159.221 - Legajo N° 40.858/70) y SILVA, Griselda Amelia (D.N.I. N° 16.449.031 - Legajo N° 33.918/67), facultán-dolos para ejercer los procedimientos de fiscalización previstos por el artículo 35 inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114854/15 v. 01/07/2015#F4914296F#

#I4914411I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 357/2015

Asunto: Abogada Grizelda Mariela BENÍTEZ otorgamiento de poder para representar al Fisco en jurisdicción de la Agencia Sede Posadas y Agencia Oberá - Dirección Regional Posadas.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la Actuación SIGEA AFIP N° 11118-75-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDE-RAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO y atendiendo a necesidades operativas, la Subdi-rección General de Operaciones Impositivas del Interior propicia designar a la abogada Grizelda Mariela BENÍTEZ (Legajo N° 40.555/00) para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los pro-cesos de ejecución fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede Posadas y Agencia Oberá de la Dirección Regional Posadas.

Que a la luz del Decreto N° 491/02 y su aclaratorio N° 601/02 (Artículo 2°), se ha efectuado una evaluación de la presente gestión, de la cual surge que no genera una mayor erogación presupues-taria, en virtud de no producir modificaciones en la situación de revista del agente.

Que ha tomado la intervención que resulta de su competencia la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y de Coordinación Técnico Institucional.

Que en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997 y por las Disposiciones N° 302 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012 y N° 327 (AFIP) del 21 de agosto de 2014, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase a la abogada Grizelda Mariela BENÍTEZ (D.N.I. N° 27.054.051 - Legajo N° 40.555/00), para que en el carácter de Representante del Fisco, ejerza la representación judicial de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS en los procesos de ejecu-ción fiscal que se promuevan en jurisdicción de la Agencia Sede Posadas y Agencia Oberá de la Dirección Regional Posadas, en las situaciones a que se refieren los Artículos 92 y siguientes de la Ley N° 11.683 (texto según Ley N° 26.044), Artículo 1° del Decreto N° 2102/93 y Artículos 1125 y concordantes del Código Aduanero (Ley N° 22.415).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114920/15 v. 01/07/2015#F4914411F#

#I4914324I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 358/2015

Asunto: Designación de funcionarios para la realización de los procedimientos contemplados por el Art. 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones). Di-rección Regional Microcentro.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 10779-703-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Microcentro, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas, señala que resulta necesaria la designación de nuevos agentes de esa jurisdicción, para actuar en el ejercicio de las facultades otorgadas a través del Artículo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), a fin de constatar el cumplimiento por parte de los vendedores o locadores de la obligación de emitir y entregar facturas y comprobantes equivalentes con los que documenten las respectivas operaciones.

Que por la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de octubre de 2005 se emitió el listado de los funcionarios del Organismo que actuarían en las tareas de fiscalización de que se trata, como Anexo I de la misma.

Que la nómina de funcionarios designados por la presente deberá ser publicada en la página web del Organismo.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas Me-tropolitanas.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 4°, 6° y 9° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997 y por la Disposición N° 302/12 (AFIP) del 13 de Agosto de 2012, procede disponer en consecuencia.

Page 17: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 17Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Incorpóranse al Anexo I de la Disposición N° 575/05 (AFIP) del 4 de Oc-tubre de 2005, a los siguientes agentes: Carlos Alberto ACCONCIA (D.N.I. N°  26.144.124 - Le-gajo N° 41.031/96), Verónica Cristina ACOSTA (D.N.I. N° 25.189.233 - Legajo N° 39.325/41), Lu-ciano Tomás ALVARADO (D.N.I. N° 30.229.313 - Legajo N° 40.966/73), Juan Pablo ALVARADO (D.N.I. N° 29.150.207 - Legajo N° 41.099/59), Sebastián BAISBURD (D.N.I. N° 21.832.892 - Legajo N° 37.017/99), Pablo Enrique CHIARADIO (D.N.I. N° 18.401.592 - Legajo N° 34.446/27), María Soledad CHOJO (D.N.I. N° 24.773.776 - Legajo N° 41.764/31), Gisela María D’ANGELO (D.N.I. N° 24.823.075 - Legajo N° 73.915/66), José María DELGADO (D.N.I. N° 16.870.575 - Legajo N° 33.507/93), Eze-quiel Hernán DEVESA (D.N.I. N° 23.101.882 - Legajo N° 37.435/49), Beatriz Dora DÍAZ TISCOR-NIA (D.N.I. N° 11.576.592 - Legajo N° 27.410/56), Rafael David DON (D.N.I. N° 14.495.254 - Lega-jo N° 32.495/58), Adolfo Ariel EASTMAN (D.N.I. N° 20.405.666 - Legajo N° 34.666/78), Eduardo Adrián FRANCHINI (D.N.I. N° 13.296.842 - Legajo N° 90.353/16), Patricia Ana GONZÁLEZ (D.N.I. N°  14.772.486 - Legajo N°  36.785/14), Jorge Antonio GRANDE (D.N.I. N°  24.662.471 - Legajo N° 39.827/13), Norma MUÑOZ (D.N.I. N° 16.001.100 - Legajo N° 35.351/84), Laura Mariel POCH (D.N.I. N° 22.913.975 - Legajo N° 35.549/82), Edith María RIPANTI (D.N.I. N° 11.924.757 - Legajo N° 90.763/66), Romina Paula ROMANO (D.N.I. N° 31.829.719 - Legajo N° 42.876/99), Roberto Eu-genio ROMERO (D.N.I. N° 17.828.571 - Legajo N° 38.555/88), Darío Andrés SANNAZZARO (D.N.I. N° 25.269.518 - Legajo N° 40.255/70), Marcela Alejandra SANTAGADA ROJAS (D.N.I. N° 20.282.163 – Legajo N° 31.843/05), Marcela Liliana SANTOS (D.N.I. N° 14.900.607 - Legajo N° 35.797/47) y Nancy Dalila VOEFFRAY (D.N.I. N° 24.709.244 - Legajo N° 41.738/53), como representantes de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS para ejercer los procedimientos de fisca-lización previstos por el Artículo 35, inc. g) de la Ley N° 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 01/07/2015 N° 114882/15 v. 01/07/2015#F4914324F#

#I4914431I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE ORÁN

Aduana de Orán, 18/06/2015

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en Av. Palacios N° 830 Local 3 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) Fdo. Edgardo Enrique Beretta - Administrador de la Aduana de Oran.

EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador (i). — CPN ALBERTO CORONEL, AFIP-DGA, DV Aduana de Orán.

e. 01/07/2015 N° 114940/15 v. 01/07/2015#F4914431F#

#I4916397I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE ORÁN

Aduana de Orán, 18/06/2015

Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en Av. Palacios N° 830 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 C.A., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. Fdo. Edgardo Enrique Beretta, Administrador (I), ADUANA DE ORAN.

EDGARDO ENRIQUE BERETTA, Administrador (i). — CPN ALBERTO CORONEL, AFIP-DGA, DV Aduana de Orán.

e. 01/07/2015 N° 115714/15 v. 01/07/2015#F4916397F#

#I4914441I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE POSADAS

CÓDIGO ADUANERO - LEY 22.415 - ARTÍCULO 1112 INC. A)

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del pla-zo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1115) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal adua-nera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción a los art. 977 y/o 978, 979 a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo deposito en autos del monto de los tributos respectivos, procedan a solicitar una destina-ción aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia procederá a poner a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación la mercadería en trato en función de los artículos 4°, 5° y/o 7° de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y/o 947, de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se proce-derá conforme los artículos 4°, 5° y/o 7° de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación. Además quedan notificados que las demás mercaderías involucradas en autos, serán destruidas conforme a los términos del art 44 y/o 46 Ley 25986.

JORGE A. SCAPPINI, Administrador (I) División Aduana Posadas.

e. 01/07/2015 N° 114950/15 v. 01/07/2015#F4914441F#

Page 18: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 18#I4914439I#

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

DVSAPLA 2

Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101)

EDICTO

Por ignorarse domicilio, se cita a las personas que más abajo se mencionan, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por las infrac-ciones que se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta oficina aduanera (Art. 1001 del C.A.) bajo apercibimiento de ley (Art. 1004 del C.A.). Se les hace saber que el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, de co-rresponder, producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (Art. 930/932 del C.A.). Fdo.: Abog. Silvina De Bisogno - Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 2.

Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación N° 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 01/07/2015 N° 114948/15 v. 01/07/2015#F4914439F#

#I4914599I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 203/2015

Asunto: Designación de Agentes Notificadores. Art. 100, inc. e). Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones). Dirección Regional Río Gallegos.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 15891-482-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO, la Dirección Regional Río Gallegos solicita la de-signación de nuevos agentes notificadores en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas del área.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modifi-caciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de Julio de 1997 y por las Disposiciones Nros. 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnanse como Agentes Notificadores para que actúen conforme a la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Río Gallegos, a los agentes Jorge Fabián GONZA (D.N.I. N° 18.217.047 - Legajo N° 26.362/1), Leila TUFFAHA MONCAYO (D.N.I. N° 14.445.704 - Legajo N° 38.813/51), y Jorge Oscar RODRÍGUEZ (D.N.I. N° 23.610.388 - Legajo N° 38.508/62).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL RUBEN TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 01/07/2015 N° 115065/15 v. 01/07/2015#F4914599F#

#I4914600I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 204/2015

Asunto: Designación de Agentes Notificadores. Art. 100 inc e) Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO la ACTUACIÓN SIGEA AFIP N° 11858-73-2015 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el VISTO la Dirección Regional Mar del Plata solicita la de-signación de nuevos agentes notificadores en dicha jurisdicción, en atención a las necesidades operativas de sus áreas dependientes.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Coordinación Técnico Institucional y de Asuntos Jurídi-cos han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modi-ficaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y por las Disposiciones N° 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTÍCULO 1° — Desígnanse como agentes notificadores para actuar conforme a la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en jurisdicción de la Dirección Regional Mar del Plata, a los agentes, Jorge Fernando BALADO (Legajo N° 34.161/64 - D.N.I. N° 17.798.875), Andrés BATTISTESSA (Legajo N°  42.687/94 - D.N.I N°  34.473.452), Luis Alberto FERRARI (Le-gajo N° 34.742/12 - D.N.I N° 13.582.342), Ariel Horacio HERRERA (Legajo N° 42.863/51 - D.N.I. N° 24.886.162), José María HEURTLEY (Legajo N° 29.546/85 - D.N.I. N° 14.501.981), Luis Alberto NICOLETTI (Legajo N° 33.765/66 - D.N.I. N° 17.981.938), Alicia Beatriz NIEVA (Legajo N° 40.809/27 - D.N.I. N° 27.225.533) y Fernando Sebastián TROBATTO (Legajo N° 35.941/45 - D.N.I. N° 20.251.986).

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Púb. ANGEL RUBEN TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 01/07/2015 N° 115066/15 v. 01/07/2015#F4914600F#

#I4914603I#ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 207/2015

Asunto: Baja y Designación de Agentes Notificadores. Art. 100 inc. e) - Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones) en jurisdicción de la Dirección Regional Neuquén.

Bs. As., 25/06/2015

VISTO las Actuaciones SIGEA AFIP N° 11412-19-2015, 11412-19-2015/2 y 11412-19-2015/3 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por las Actuaciones citadas en el VISTO la Dirección Regional Neuquén solicita la baja de una agente, notificadora en Jurisdicción de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia, en virtud de cumplir, actualmente, funciones en la Agencia General Roca de la citada Dirección Regional.

Que asimismo, la mencionada jurisdicción requiere la designación de nuevos agentes notifica-dores, en atención a necesidades operativas de las áreas dependientes.

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.

Que las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Coordinación Técnico Institucio-nal han tomado la intervención que resulta de sus respectivas competencias.

Que de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modi-ficaciones) y de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y por las Disposiciones N° 571/06 (AFIP) del 13 de Septiembre de 2006 y 349/12 (AFIP) del 21 de Septiembre de 2012, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERALDE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVADISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dáse por finalizada la función otorgada como Notificadora a la agente Patricia Roxana BRIZUELA (D.N.I. N° 20.237.256 - Legajo N° 34.295/54), oportunamente designada me-diante Disposición N° 100/13 (DGI) del 27 de mayo de 2013, para la jurisdicción correspondiente a la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

ARTÍCULO 2° — Desígnanse como Agentes Notificadores para que actúen conforme al Ar-tículo 100 inciso e) de la Ley N° 11.683 (texto ordenado en 1998 y sus modificaciones), en juris-dicción de la Dirección Regional Neuquén, a los siguientes agentes: PADAWER, Jorge Norberto, DNI N° 10.346.573 - Legajo N° 35.449/79; PERALTA, Damián Ismael, DNI N° 20.574.031 - Legajo N° 31.968/91; MARTINEZ, Gustavo Fernando, DNI N° 13.211.155 - Legajo N° 95.130/80; LOMBAR-DI, María Eva, DNI N° 29.041.930 - Legajo N° 73.802/15; ESCOLA, Hugo Omar, DNI N° 11.770.945 - Legajo N° 90.309/21; DÍAZ ARENAS, Marina Vanesa, DNI N° 24.028.705 - Legajo N° 72.268/61; ALESSANDRINI, Daniela Lilian, DNI N° 37.355.916 - Legajo N° 43.055/87; ALESSANDRINI, Valeria Carolina Belén, DNI N° 30.229.840 - Legajo N° 30.2694; LUCERO, Víctor Manuel, DNI N° 8.484.552 - Legajo N° 27.912/39; MORALES DISCHEREIT, Fernando Bartolomé, DNI N° 14.530.170 - Legajo N° 39.040/78; SÁNCHEZ, Luis Virgilio, DNI N° 20.499.041 - Legajo N° 43.327/02; SANTOS, María Lucrecia, DNI N° 20.865.943 - Legajo N° 39.023/84; FERSTER, María Belén, DNI N° 30.193.255 - Legajo N° 43.080/61; QUIROGA, Jessica Raquel, DNI N° 26.243.307 - Legajo N° 72.770/44; CAR-LEI, Karina Beatriz del Carmen, DNI N° 22.012.631 - Legajo N° 34.383/22; SAIZ, Diego Adolfo, DNI N° 28.588.404 - Legajo N° 40.841/87, SAIZ, Marco Javier, DNI N° 31.532.696 - Legajo N° 43.114/37; OVIEDO, Fabricio Martín, DNI N° 22.123.935 - Legajo N° 43.104/20; ULIBARRI, Pablo Javier, DNI N°  22.719.227 - Legajo N°  43.120/00; ZURITA, Daniela Alejandra, DNI N°  25.277.159 - Legajo N° 43.022/14; SOSA, Leonel Adrián, DNI N° 28.380.934 - Legajo N° 41.696/87; BRIZUELA, Patricia

Page 19: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 19Roxana, DNI N° 20.237.256 - Legajo N° 34.295/54; CHIAPPE, Marcela Andrea, DNI N° 21.406.671 - Legajo N° 37.298/18; BAIGES, Federico Eduardo, DNI N° 28.802.679 - Legajo N° 29.568/0; MOC-CIA, Claudio Adrián, DNI 11.371.866 - Legajo N° 28.877/59, y CORVALÁN, Alejandro Gonzalo, DNI 17.726.152 - Legajo N° 29.616/3.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial y archívese. — Cont. Pub. ANGEL RUBEN TONINELLI, Director General, Dirección General Impositiva.

e. 01/07/2015 N° 115069/15 v. 01/07/2015#F4914603F#

#I4914662I#COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 3/2015

Norma estableciendo un área de veda de invierno para la explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca.

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) mediante el establecimiento de áreas de veda que protejan las concentra-ciones de adultos en reproducción y de juveniles de dicha especie en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

1) Que sobre la base de las investigaciones y análisis conjuntos realizados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, se ha comprobado la presencia en la Zona Común de Pesca de un área de concentración de ejemplares adultos en reproducción y juveniles de la especie merluza (Merluccius hubbsi).

2) Que es necesario proteger dichas concentraciones para contribuir a la debida conservación y explotación del recurso.

3) Que la Subcomisión de Recursos Vivos ha sugerido establecer un área de veda, a los efec-tos antes señalados.

Atento:

A lo dispuesto en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Ma-rítimo y a la Resolución 2/93 de esta Comisión,

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTADEL FRENTE MARÍTIMORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establecer un área de veda de invierno para la explotación de la especie mer-luza (Merluccius hubbsi) en el sector de la Zona Común de Pesca comprendido entre los siguientes puntos geográficos:

a) 35°03’S - 52°53’W

b) 35°18’S - 52°30’W

c) 36°27’S - 53°45’W

d) 36°54’S - 54°07’W

e) 36°31’S - 54°36’W

quedando en ella prohibida su captura, como así también el uso de artes de arrastre de fondo dirigidas a especies demersales. Únicamente podrán operar en dicha área aquellos buques que tengan como objetivo la captura de especies pelágicas, quedando autorizada dicha actividad pes-quera en horas diurnas exclusivamente.

ARTÍCULO 2° — Fijar la vigencia de la presente veda desde el 1 de julio al 30 de setiembre de 2015 inclusive.

ARTÍCULO 3° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimien-to grave.

ARTÍCULO 4° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 5° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Montevideo, 25 de junio de 2015

Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, Vicepresidente. — Embajador HERNÁN D. ORDUNA, Presidente.

e. 01/07/2015 N° 115128/15 v. 01/07/2015#F4914662F#

#I4914654I#COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 4/2015

Norma estableciendo la captura total permisible de la especie besugo (Pagrus pagrus) para el año 2015 en la Zona Común de Pesca.

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie besugo (Pagrus pagrus).

Considerando:

1) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Recur-sos Costeros la tarea de sugerir la captura biológicamente aceptable para el año en curso en la Zona Común de Pesca para la especie arriba indicada.

2) Que dicho Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento al mandato, sugiriendo medidas de conservación y manejo, con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dicho recurso.

3) Que ante eventos que pudieren impactar sobre el desarrollo de la pesquería, es menester prever una reserva administrativa.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar para el año 2015, en la Zona Común de Pesca, la captura total permisible (CTP) de la especie besugo (Pagrus pagrus) en 4.600 toneladas.

ARTÍCULO 2° — La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1°, fija una reserva adicional de hasta el 10% de la CTP, de la que podrá disponerse mediante Resolución fundada.

ARTÍCULO 3° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimien-to grave.

ARTÍCULO 4° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 5° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Montevideo, 25 de junio de 2015

Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, Vicepresidente. — Embajador HERNÁN D. ORDUNA, Presidente.

e. 01/07/2015 N° 115120/15 v. 01/07/2015#F4914654F#

#I4914655I#COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

Resolución 5/2015

Norma estableciendo la captura total permisible de la especie pez palo (Percophis brasilien-sis), para el año 2015 en la Zona Común de Pesca.

Visto:

La necesidad de contribuir a la conservación y racional explotación de la especie pez palo (Percophis brasiliensis).

Considerando:

1) Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de Trabajo Recur-sos Costeros la tarea de sugerir la captura biológicamente aceptable para el año en curso en la Zona Común de Pesca para la especie arriba indicada.

2) Que dicho Grupo de Trabajo ha dado cumplimiento al mandato, sugiriendo medidas de conservación y manejo, con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dicho recurso.

3) Que ante eventos que pudieren impactar sobre el desarrollo de la pesquería, es menester prever una reserva administrativa.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTADEL FRENTE MARÍTIMORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fijar para el año 2015, en la Zona Común de Pesca, la captura total permisible (CTP) de la especie pez palo (Percophis brasiliensis) en 6.500 toneladas.

ARTÍCULO 2° — La Comisión, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 1°, fija una reserva adicional de hasta el 10% de la CTP, de la que podrá disponerse mediante Resolución fundada.

ARTÍCULO 3° — Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incum-plimiento grave.

ARTÍCULO 4° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

ARTÍCULO 5° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.

Montevideo, 25 de junio de 2015

Capitán de Navío (R) JULIO SUÁREZ, Vicepresidente. — Embajador HERNÁN D. ORDUNA, Presidente.

e. 01/07/2015 N° 115121/15 v. 01/07/2015#F4914655F#

#I4914531I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNI-CA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Antártida Argenti-na 1355, Edificio 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, notifica al sumariado Han YOO, con DNI N° 11.400.809, la Disposición N° 3248/2013, dispuesta en el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:0002569/2011, que en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 22 de octubre de 2013... EL DI-RECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE: ARTICULO 1°.- SANCIÓNASE a Han YOO, DNI

Page 20: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 20N° 11.400.809, con domicilio en Zelarrayán N° 1826, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con CIN-CO (5) multas de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($ 165.000), cada una, haciendo un total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 825.000), INTIMÁNDOLO a abonarla dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente. ARTICULO 2°.- HÁGA-SE saber a las sumariadas que podrán interponer recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ (10) días hábiles (artículo 75 de la Ley N° 25.871), recurso de alzada en el plazo de QUINCE (15) días hábiles (conforme articulo 83 de las Ley N° 25.871 y artículos 94 y 98 de la Reglamentación de Procedimientos Administrativos) o iniciar recurso Judicial en el plazo de TREINTA (30) días hábiles (artículos 79 y 84 de la Ley N° 25.871). ARTICULO 3°.- PASE al Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES dependiente de la DIRECCION GENERAL TECNICA JURÍDI-CA de esta Dirección Nacional para su notificación al sumariado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1° de la presente. ARTICULO 4°.- REGÍSTRESE, comuníquese y archívese.” Fdo. Dr. Guillermo MAZARS – SUBDIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIO-NES - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - DISPOSICION DNM N° 522/12; “Buenos Aires, 15 de junio de 2015. Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Han YOO, DNI N° 11.400.809, la Disposición N° 3248/2013, dispuesta a fojas 115/118 mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial”. Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.”.

Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM N° 522/12.

e. 01/07/2015 N° 115040/15 v. 03/07/2015#F4914531F#

#I4915816I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1666/2015

Bs. As., 26/06/2015

VISTO el Expediente N° E-92743-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Reso-luciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nros. 2593 del 08 de octubre de 2014 y 2651 del 14 de octubre de 2014, y la Resolución N° 39, del 18 de marzo de 2010, de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y su modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10, y su modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que por la Decisión Administrativa N° 1126/12, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se exceptuó por como excepción a la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.546, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que mediante Resolución N° 30/13, de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION AD-MINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se asignaron a esta Jurisdicción UN MIL NOVENTA Y DOS (1.092) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente a los efectos de posibilitar su cobertura, previa intervención del COMITÉ PARA LA COORDINACION DE LOS PROCE-SOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL, creado por el artículo 2 de la Decisión Administrativa N° 506, del 02 de diciembre de 2009, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución N° 2593/14, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO (535) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución N° 2651/14, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se apro-baron las Bases de los Concursos para la cobertura de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO (535) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, y se llamó a concurso mediante Convoca-toria Ordinaria General y Convocatoria General Abierta para la cobertura de los cargos vacantes y financiados conforme al detalle que respectivamente se efectuó mediante sus Anexos I y II.

Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo concurso correspondientes al Co-mité de Selección N° 3.

Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.

Que, en tanto ha concluido el proceso de selección, corresponde dictar el acto administrativo que resuelva el Orden de Mérito.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE RE-CURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 65, del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y su modificatoria.

Por ello,

LA MINISTRADE DESARROLLO SOCIALRESUELVE

ARTICULO 1° — Apruébase el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección N° 3 corres-pondiente a los cargos que se consignan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. ALICIA KIRCHNER, Ministro de Desarrollo Social.

ANEXO I - Orden de Mérito

Comité N° 3

Abogado dictaminante especializado en Compras y Contrataciones [4899]

Comité N° 3

Abogado dictaminante especializado en Economía Social [4905]

e. 01/07/2015 N° 115379/15 v. 01/07/2015#F4915816F#

#I4915817I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 1667/2015

Bs. As., 26/06/2015

VISTO el Expediente N° E-92754-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SO-CIAL, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1126 de fecha 8 de noviembre de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Reso-luciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Nros. 2593 del 08 de octubre de 2014, y 2651 del 14 de octubre de 2014, y la Resolución N° 39, del 18 de marzo de 2010, de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y su modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10, y su modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que por la Decisión Administrativa N° 1126/12, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se exceptuó por como excepción a la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.546, la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Que mediante Resolución N° 30/13, de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se asignaron a esta Jurisdic-ción UN MIL NOVENTA Y DOS (1.092) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente a los efectos de posibilitar su cobertura, previa intervención del COMITÉ PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL, creado por el artículo 2 de la Decisión Administrativa N° 506/09, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución N° 2593/14, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO (535) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo l de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución N° 2651/14, del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL se apro-baron las Bases de los Concursos para la cobertura de QUINIENTOS TREINTA Y CINCO (535) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, y se llamó a concurso mediante Convoca-toria Ordinaria General y Convocatoria General Abierta para la cobertura de los cargos vacantes y financiados conforme al detalle que respectivamente se efectuó mediante sus Anexos I y II.

Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo concurso correspondientes al Co-mité de Selección N° 8.

Que dicho Comité se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.

Que, en tanto ha concluido el proceso de selección, corresponde dictar el acto administrativo que resuelva el Orden de Mérito.

Page 21: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 21Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS y la DIRECCIÓN GENERAL DE RE-

CURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 65, del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y su modificatoria.

Por ello,

LA MINISTRADE DESARROLLO SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección N°  8 correspondiente a los cargos que se consignan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. ALICIA KIRCHNER, Ministro de Desarrollo Social.

ANEXO I - Orden de Mérito

Comité N° 8

Abogado dictaminante especializado en Auditoría Social [4897]

Comité N° 8

Analista Profesional de Auditoría de Programas Sociales [5119]

e. 01/07/2015 N° 115380/15 v. 01/07/2015#F4915817F#

#I4914473I#MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 525/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° 16/2015 del Registro de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MI-NISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, las Leyes Nros. 24.156 de Administración Fi-nanciera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 81 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones establece que los órganos de los TRES (3) Poderes del Estado y la autoridad superior de cada una de las entidades descentralizadas que conformen la Administración Pública Nacional, podrán autorizar el funcionamiento de fondos permanentes y/o cajas chicas con el régimen y los límites que establezcan en sus respectivas reglamentaciones.

Que a través del Artículo 81 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 se reglamenta la creación y funcionamiento del Régimen de Fondos Rotatorios y Cajas Chicas, estableciéndose en su inciso d) que los Fondos Rotatorios y las Cajas Chicas serán creados en cada Jurisdicción o Entidad por la autoridad máxima respectiva, previa opinión favorable de los órganos rectores competentes de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que por las presentes actuaciones se tramita la adecuación del Fondo Rotatorio para el Servi-cio Administrativo Financiero 323 - COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que el Artículo 81, inciso e) del Anexo al Decreto N° 1.344/07 establece que los Fondos Rota-torios podrán constituirse por importes que no superen el TRES POR CIENTO (3%) de la sumatoria de los créditos presupuestarios originales para cada ejercicio correspondientes a los conceptos autorizados en el inciso f) del citado artículo con independencia de su fuente de financiamiento.

Que la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, ambas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIEN-DA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, han tomado la intervención que les compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el inciso d) del Artículo 81 del Anexo al Decreto N° 1.344/07.

Por ello,

EL MINISTRODE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICASRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Adecúase el Fondo Rotatorio asignado al Servicio Administrativo Financiero 323 - COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS - Jurisdicción 50, para el Ejercicio 2015, teniendo en cuenta las previsiones de los incisos d), e), f) y g) del Artículo 81 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE ($ 96.159), financiado por la Fuente de Financiamiento 1.1 (Tesoro Nacional).

ARTÍCULO 2° — Desígnase responsable del Fondo Rotatorio al Jefe del Servicio Administra-tivo Financiero quien estará a cargo de la percepción, administración y solicitud de reintegro del Fondo Rotatorio.

ARTÍCULO 3° — Con cargo al Fondo Rotatorio se podrán atender los pagos correspondien-tes a los conceptos del clasificador por objeto del gasto que a continuación se detallan: Inciso 1 “Gastos en Personal” Partida Parcial 1.3.1 Retribuciones Extraordinarias (por aquellos pagos que no revistan el carácter de bonificables) y Partida Principal 1.5 Asistencia social al personal, Inciso 2 “Bienes de Consumo”, Inciso 3 “Servicios no Personales”, Inciso 4 “Bienes de Uso” (excepto Partida Principal 4.1 “Bienes Preexistentes”, Partida Principal 4.2 “Construcciones”, Partida Parcial 4.3.1 “Maquinaria y Equipo de Producción”, Partida Parcial 4.3.2 “Equipo de transporte, tracción y elevación” y Partida Principal 4.6 “Obras de arte”), Inciso 5 “Transferencias” Partida Parcial 5.1.4 “Ayudas sociales a personas”.

ARTÍCULO 4° — Establécese como monto máximo autorizado para cada gasto individual con cargo al Fondo Rotatorio que se detalla en el Artículo 1º de la presente medida, la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), a excepción de los pagos de servicios básicos que deban realizarse, para los que no se observará límite de monto alguno.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 01/07/2015 N° 114982/15 v. 01/07/2015#F4914473F#

#I4917017I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución 1379/2015

Bs. As., 26/06/2015

VISTO el Expediente N° S04:0026980/2015 del registro de este Ministerio, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, la Resolución ex M.J.S. y D.H. N° 1587 del 17 de junio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios (t.o. 1992) establece en el inciso 1) del artículo 22 que este Ministerio entiende en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

Que entre dichos objetivos institucionales se encuentra el de la organización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos penitenciarios y de sus servicios asistenciales, promoviendo las mejoras necesarias para lograr la readaptación del condenado, el adecuado tratamiento del procesado y la efectiva coordinación de la asistencia post-penitenciaria.

Que tales fines resultan acordes con el Plan Estratégico 2012-2015 del MINISTERIO DE JUS-TICIA Y DERECHOS HUMANOS, actualizado por Disposición Ss.P.E. N° 002 del 30 de noviembre de 2012, entre cuyos desafíos se encuentra el fortalecimiento de las capacidades institucionales de la Cartera y el desarrollo de políticas penitenciarias para la integración social.

Que el Decreto N° 174 del 10 de febrero de 2014, modificatorio de su similar N° 1486 del 23 de septiembre de 2011, establece como responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE READAPTACIÓN SOCIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARÍA DE JUSTICIA de este Ministerio, proponer, planificar y coordinar acciones y programas de tratamiento vinculados con la reinserción social de los internos, a fin de procurar en ellos la comprensión y el respeto por la ley y las normas de interacción social; con la reinserción en la comunidad de los egresados de los establecimientos penitenciarios y con la integración social de aquellas personas que están incorporadas a medidas de tratamiento en el medio libre, en virtud de disposición judicial.

Que la LEY DE EJECUCIÓN DE LA PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD N° 24.660, modifica-da por la Ley N° 26.813, establece que al implementarse la Concesión de la prisión domiciliaria (artículo 33), se exigirá un dispositivo electrónico de control, el cual sólo podrá ser dispensado por decisión judicial, previo informe de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del Juzgado de Ejecución.

Que por Resolución del ex M.J.S. y D.H. N° 1587/08, se resolvió instrumentar en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE READAPTACIÓN SOCIAL el mecanismo de vigilancia electrónica de arrestos domiciliarios, conforme las prescripciones de los artículos 10 del CÓDIGO PENAL y 32 y 33 de la Ley N° 24.660.

Que a los efectos de la debida implementación del mecanismo de vigilancia electrónica y de una más eficaz administración de los recursos del Estado Nacional, resulta necesaria la creación del PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILANCIA ELECTRÓNICA, en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE READAPTACIÓN SOCIAL de la SUBSECRETARÍA DE RELACIO-NES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARÍA DE JUSTICIA de este Ministerio.

Que, entre otros objetivos, el mencionado Programa tendrá a su cargo colaborar con el PO-DER JUDICIAL DE LA NACIÓN mediante la evaluación de las condiciones técnicas de viabilidad

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 22para la implementación de dispositivos de vigilancia electrónica con motivo del establecimiento de las medidas restrictivas de la libertad que así lo prevean, y supervisar el correcto funcionamiento de dicho mecanismo.

Que, asimismo, el Programa tendrá como responsabilidad primaria desarrollar acciones des-tinadas a mejorar las condiciones de vida de las personas que cumplen una medida restrictiva de la libertad bajo vigilancia electrónica dispuesta por la justicia.

Que en ese sentido, el mecanismo de vigilancia electrónica contribuirá a mitigar el impacto negativo de la privación de la libertad y a promover una mayor integración de la persona con su núcleo familiar y la comunidad.

Que, a tal efecto, el PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILANCIA ELEC-TRÓNICA supervisará el desenvolvimiento del mecanismo de vigilancia electrónica e informará inmediatamente, a la autoridad judicial competente, cada vez que se compruebe la alteración del normal funcionamiento del sistema.

Que en virtud de que, a través de la licitación respectiva, este Ministerio ha impulsado la con-tratación de una empresa proveedora del servicio de monitoreo electrónico para personas bajo medidas restrictivas de la libertad, corresponde determinar el marco normativo de implementación de este mecanismo, en el que se prevean las funciones y responsabilidades de las instancias in-tervinientes.

Que en una primera etapa de implementación gradual del mecanismo de vigilancia electróni-ca, el sistema se implementará respecto de personas para las cuales la autoridad judicial compe-tente dispusiere el arresto domiciliario.

Que el mecanismo de vigilancia electrónica referido, así como el correspondiente Programa de Asistencia, constituyen herramientas de auxilio para la función judicial. Las funciones y acti-vidades puestas a su cargo no suplen, absorben, ni se superponen con las responsabilidades y atribuciones asignadas a cualquier otro servicio público o área institucional.

Que asimismo, corresponde establecer un PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA IMPLE-MENTACIÓN DEL MECANISMO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA DEL ARRESTO DOMICILIARIO, que recepte las pautas de procedimiento y demás previsiones necesarias para la prestación del servicio.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (T.O. 1992 y sus modificatorias).

Por ello,

EL MINISTRODE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Créase el PROGRAMA DE ASISTENCIA DE PERSONAS BAJO VIGILAN-CIA ELECTRÓNICA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE READAPTACION SOCIAL de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS de la SECRETARIA DE JUSTICIA de este Ministerio.

ARTICULO 2° — Serán objetivos del Programa:

a) Realizar acciones que contribuyan a mitigar el impacto negativo de la privación de la liber-tad y promuevan una mayor integración de la persona con su núcleo familiar y la comunidad.

b) Realizar los informes técnicos de viabilidad para la implementación del mecanismo de vi-gilancia electrónica.

c) Articular con la autoridad judicial competente a los fines de la implementación y desenvol-vimiento del mecanismo de vigilancia electrónica.

d) Articular con los actores involucrados en las distintas etapas del proceso judicial con vistas a alcanzar el correcto y efectivo funcionamiento del mecanismo de vigilancia electrónica.

e) Realizar la supervisión integral del Mecanismo de Vigilancia Electrónica.

f) Elaborar datos estadísticos sobre el funcionamiento y efectividad del Mecanismo de Vigilan-cia Electrónica de personas sometidas a medidas restrictivas de la libertad.

ARTICULO 3° — Apruébase el PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MECANISMO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA DEL ARRESTO DOMICILIARIO, que como ANEXO I integra la presente Resolución.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

ANEXO I

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MECANISMO DE VIGILANCIA ELECTRÓNICA DEL ARRESTO DOMICILIARIO

En el presente Protocolo se establecen las pautas de procedimiento correspondientes a la implementación del Mecanismo de Vigilancia Electrónica del Arresto Domiciliario, cuyo monitoreo será cumplido por la empresa prestataria a la que se adjudicare la contratación del servicio.

El Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica (en adelante el “PROGRA-MA”), además de desarrollar las funciones de asistencia que le son propias de acuerdo a lo esta-blecido en este Protocolo, facilitará operativamente el cumplimiento de las tareas asignadas a la empresa prestataria, conforme lo previsto al momento de la adjudicación de la licitación, y, cuando correspondiere, oficiará de nexo con la autoridad judicial competente.

En este contexto, atento el tipo de servicio brindado por la empresa prestataria y la función propia del “PROGRAMA”, ni éste ni ninguna otra área del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS asumirán, en forma total o parcial, la supervisión o control del arresto domiciliario.

Ello así, toda vez que el Mecanismo de Vigilancia Electrónica constituye una herramienta de auxilio para la función judicial, por lo que se establece que cualquier tipo de alerta que en los tér-minos previstos en este Protocolo derive en un caso de emergencia, deberá darse aviso inmediato al magistrado competente para su correspondiente intervención.

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

El presente Protocolo regula el procedimiento de implementación del mecanismo de vigi-lancia electrónica proveído por la empresa SURELY S.A. (o aquella que en lo sucesivo resultare adjudicataria para la contratación del servicio), para el cumplimiento del arresto domiciliario en los supuestos de los artículos 10 del CÓDIGO PENAL, 32 y 33 de la Ley N° 24.660 y 314 del CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA NACIÓN.

2. DELIMITACIÓN POBLACIONAL Y GEOGRÁFICA.

En una primera etapa de implementación gradual, el Mecanismo de Vigilancia Electrónica se destinará a personas adultas, condenadas o procesadas por la justicia penal nacional o federal, que se encuentren privadas de la libertad y en condiciones de acceder al arresto domiciliario, siempre que tengan domicilio constituido en el área comprendida por la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Avellaneda, General San Martín, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, San Isidro, Tres de Febrero y Vicente López.

3. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN.

3.1. Requerimiento Judicial.

El procedimiento de aplicación del dispositivo de vigilancia electrónica del arresto domiciliario se iniciará, exclusivamente, mediante requerimiento judicial al Programa de Asistencia de Perso-nas bajo Vigilancia Electrónica, con arreglo a lo previsto en los puntos 1 y 2 de este Protocolo. En el oficio se indicarán las condiciones de cumplimiento impuestas por el magistrado para el otor-gamiento del arresto domiciliario.

3.2. Informe técnico de viabilidad.

El “PROGRAMA” producirá el informe correspondiente respecto de la conveniencia de aplicación del dispositivo requerido por la autoridad judicial, para lo cual tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

a) si se encuentran reunidos los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2 de este Protocolo.

b) si la persona y el domicilio se encuentran en condiciones favorables a la implementación del mecanismo.

A tal fin, el “PROGRAMA” realizará un informe que contemple aspectos sociales del entorno y de la comunidad que puedan alterar su efectividad, así como de las características del domici-lio en el que residirá la persona bajo vigilancia electrónica. A tal efecto, deberá tenerse especial consideración respecto de lo siguiente: descripción del domicilio y detalles de construcción de la vivienda; características del entorno (barrio: vecindad, accesibilidad actual y futura); conformación del ámbito familiar que cohabitará en el domicilio; antecedentes de la persona referidos a la trans-gresión de programas de arresto domiciliario o similares.

c) si el domicilio dispone de los requerimientos técnicos necesarios para la instalación del sistema de monitoreo. Entre ellos, se detallarán características tales como: existencia de línea tele-fónica cableada propia, apta para emitir y recibir llamadas; disponibilidad de cobertura de telefonía celular; suministro de energía eléctrica propia y dimensiones de la propiedad.

“El PROGRAMA” remitirá el informe al magistrado requirente, con indicación de su opinión en orden a la conveniencia de la implementación del dispositivo de vigilancia electrónica.

3.3. Decisión judicial.

La efectiva aplicación del dispositivo de vigilancia electrónica procederá, únicamente, en vir-tud de decisión judicial adoptada por el magistrado requirente previa consideración del informe remitido por el “PROGRAMA”, al cual se hará saber lo dispuesto mediante oficio.

4. INGRESO AL DISPOSITIVO.

4.1. A partir de la recepción del oficio judicial previsto en el punto 3.3 de este Protocolo, el “PROGRAMA” asignará un dispositivo de vigilancia electrónica a la persona y abrirá un Legajo Personal a su respecto.

En caso de falta de disponibilidad de cupo, se asignará un número de orden para su ingreso a la lista de espera correspondiente, lo cual será inmediatamente informado al Juez requirente.

4.2. Legajo Personal.

El Legajo Personal contendrá toda la información relativa a la persona respecto de la cual se haya implementado el dispositivo de control electrónico y, en forma cronológica, se anexará a él toda documentación que se produzca hasta su salida del sistema.

La documentación necesaria a incluir en la apertura del Legajo, es:

• oficio judicial de solicitud de admisión;

• informe técnico/ambiental;

• disposición judicial del ingreso al “PROGRAMA” y condiciones impuestas

• canal de comunicación con el magistrado a cargo de las “EMERGENCIAS”, de acuerdo con el punto 5 de este Protocolo;

• acta de entrega y recepción, emitida por el establecimiento penitenciario en que se encon-traba alojado el detenido;

• ficha dactiloscópica;

• fotografía actualizada;

• copia del documento nacional de identidad;

• ficha de remisión;

• informe médico pormenorizado;

• Formulario de Alta en el dispositivo;

• convenio de ingreso al dispositivo firmado por el detenido.

La falta o anomalía de cualquiera de estos documentos deberá ser informada a la autoridad judicial requirente en forma inmediata y fehaciente.

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 23Asimismo, se incorporarán al Legajo Personal las constancias correspondientes a las accio-

nes desarrolladas por el “PROGRAMA”, vinculadas con el control del funcionamiento del dispositi-vo, así como con la asistencia y reinserción social de la persona bajo vigilancia electrónica.

4.3. Envío Formulario de Alta.

Una vez verificada toda la documentación y mientras se procede al traslado de la persona a su domicilio, el “PROGRAMA” confeccionará el Formulario de Alta, que deberá ser remitido a la empresa prestataria del servicio de monitoreo electrónico, a fin de que ésta disponga de los datos necesarios para proceder a la supervisión.

4.4. Traslado de la persona.

“El PROGRAMA” cumplirá con las gestiones de coordinación necesarias para que en oportu-nidad de efectuarse el traslado de la persona a su domicilio se proceda a la instalación y activación del dispositivo de vigilancia electrónica.

4.5. Instalación técnica.

Una vez en el domicilio, se procederá a efectuar la instalación técnica de todo el equipamiento electrónico (Transmisor y Unidad de Monitoreo Domiciliario —UMD—) a cargo de personal del “PRO-GRAMA”. Este proceso se hará en conjunto con el área operativa del Centro de Monitoreo Electróni-co de la Empresa prestataria, tal como se describe en el Manual de Instalaciones correspondiente.

4.6. Términos y condiciones de permanencia.

Concluida la instalación, se realizará la lectura de los Términos y Condiciones para el ingreso y permanencia bajo el Mecanismo de Vigilancia Electrónica, documento que será firmado por la per-sona, por el representante del “PROGRAMA” presente y, en caso de que se hayan establecido con-diciones específicas, por la familia conviviente. Este documento se incorporará al Legajo Personal.

4.7. Comunicación al Juzgado.

Finalizada la instalación, el “PROGRAMA” comunicará mediante nota a la autoridad judicial interviniente que se han cumplimentado todos los pasos necesarios para el ingreso al dispositivo.

5. GESTIÓN DE ALERTAS.

5.1. Características generales.

“El PROGRAMA” y la Empresa prestataria recibirán, mediante correo electrónico, las alertas que el equipo emite de manera automática frente a la interrupción del normal funcionamiento del sistema de verificación electrónica de presencia.

En todos los casos, la empresa verificará el motivo de las alertas y emitirá un parte sobre la situa-ción. Si pasados TREINTA (30) minutos la Empresa no reportase el restablecimiento del normal fun-cionamiento del sistema, la situación tomará carácter de “EMERGENCIA” y el “PROGRAMA” deberá dar inmediata intervención a la autoridad judicial competente o, en su defecto, a las fuerzas de seguridad.

Frente a una situación de “EMERGENCIA”, el equipo técnico del “PROGRAMA” deberá elabo-rar un informe que dé cuenta de los motivos por los cuales se produjo la interrupción del dispositi-vo de control, el cual se adjuntará al Legajo Personal junto con el informe que elabore la empresa.

5.2. Tipos de alertas y pasos a seguir en cada caso.

A continuación se enumeran los SEIS (6) tipos de alertas que el sistema puede arrojar y los pasos que corresponde seguir para cada caso.

5.2.1. Mensaje “HA SALIDO EN HORARIO NO PERMITIDO”: la persona habría transgredido la permanencia y salido de su casa en día u horario no autorizado.

En este caso, la Empresa verifica si la falla es del dispositivo o si la persona se encuentra en el domicilio pero fuera del radio de cobertura de acuerdo con el procedimiento establecido.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la verificación.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

5.2.2. Mensaje “NO HA REGRESADO”: la persona estaría fuera del alcance del receptor de señal pasado el tiempo de permanencia asignado y no habría regresado a su domicilio dentro de lo establecido.

En este caso, la Empresa verifica si la falla es del dispositivo o si la persona se encuentra en el domicilio pero fuera del radio de cobertura, de acuerdo al procedimiento establecido.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la verificación.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

5.2.3. Mensaje “APERTURA O CORTE DE LA PULSERA”: corresponde a la manipulación inde-bida del equipo, de la correa y/o cuando las trabas plásticas fueran cortadas.

En este caso, la Empresa verifica si la persona se encuentra en el domicilio, a pesar de la apertura o corte de la pulsera.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la verificación.

Si la persona se encuentra en el domicilio, el “PROGRAMA” deberá presentarse en el lugar para reponer y reiniciar el equipo.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

5.2.4. Mensaje “LA PULSERA NO DETECTA UN CUERPO”: la pulsera transmisora fue quitada o separada del contacto con el cuerpo de la persona.

En este caso, la Empresa verifica si la persona se encuentra en el domicilio, a pesar de la apertura o corte de la pulsera.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la verificación.

Si la persona se encuentra en el domicilio, el “PROGRAMA” deberá presentarse en el lugar para reponer y reiniciar el equipo.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

5.2.5. Mensaje “CAJA INCLINADA”: la persona habría movido o inclinado la UMD.

En este caso, la Empresa verifica la presencia de la persona en el domicilio.

La Empresa reestablece el sistema al estado original.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la intervención.

En los casos en que la Empresa no pudiera dar solución al alerta, el “PROGRAMA” deberá concurrir al domicilio a fin de dar solución al problema técnico.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

5.2.6. Mensaje “FALTA MENSAJE DE SUPERVISIÓN”: este mensaje aparece cuando la UMD no se comunica para indicar que su estado es óptimo (llamada de verificación de integridad). El monitoreo no está en tiempo real. Si el problema es de comunicación, las alarmas se almacenan en la memoria de la unidad hasta que se restablezca la misma.

En este caso, la Empresa verifica la presencia de la persona en el domicilio.

La Empresa restablece el sistema al estado original.

La Empresa deberá dar una respuesta al “PROGRAMA” en el lapso de los TREINTA (30) minu-tos subsiguientes, informando el resultado de la intervención.

En los casos en que la Empresa no pudiera dar solución al alerta, el “PROGRAMA” deberá concurrir al domicilio a fin de dar solución al problema técnico.

En caso en que la Empresa no pueda verificar la presencia de la persona en el domicilio, se estará frente a una “EMERGENCIA”, y por lo tanto el “PROGRAMA” deberá de inmediato comuni-car la situación a la autoridad judicial competente para su correspondiente intervención. Si ello no fuere posible, dará intervención a las fuerzas de seguridad.

e. 01/07/2015 N° 115954/15 v. 01/07/2015#F4917017F#

#I4914476I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 359/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° S01:0153053/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléc-trica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones Nros 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANI-FICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

Que oportunamente, el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF) convocó a la Licitación Pública Nacional N° 03/2012 con el objeto de seleccionar los Contratistas para los Contratos de Servicios de Consultoría para la Asistencia Técnica e Inspección de la INTERCONEXIÓN en QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500kV) E.T RÍO CORONDA - E.T ROSARIO OESTE, resultando adjudicada la Asociación de Colaboración Empresaria integrada por TECNOLATINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ELECTROSISTEMA SOCIEDAD ANÓNIMA, LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA, ESIN CONSULTORA SOCIEDAD ANÓNIMA y COINTEC SOCIEDAD ANÓNIMA (ACE TELEC), firmándose el correspondiente contrato el día 15 de abril de 2013.

Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N°  634/2003, las resoluciones Nros 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE-RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivo Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLA-NIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación,

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 24los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que co-rresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista ha presentado Nota de pedido de Ingeniería (NPING-RC-139), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las con-diciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redetermina-ción de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que los precios del contrato redeterminado resultan los que se indican en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante documento N° 1983 de fecha 25 de julio de 2014 el COMITÉ DE ADMINISTRA-CIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF) manifiesta que los aspectos presupuestarios están contemplados a través de la asignación de recursos espe-cíficos provenientes del Tesoro de la Nación y que los mismos permiten asegurar el financiamiento de los nuevos montos contractuales.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del contrato de Asistencia Técnica e Inspección para la INTERCONEXIÓN E.T RÍO CORONDA - E.T ROSARIO OESTE en QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500Kv), suscripto por la Asociación de Colaboración Empresaria TECNOLATINA SOCIEDAD ANÓNIMA, ELECTROSISTEMA SOCIEDAD ANÓNIMA, LATINOCONSULT SOCIEDAD ANÓNIMA, ESIN CONSULTORA SOCIEDAD ANÓNIMA y COINTEC SOCIEDAD ANÓNIMA (ACE TELEC) y el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF).

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de julio de 2013 se aprueba en el artículo 1°, asciende a PESOS TRECE MILLONES OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS ($ 13.008.393,08), resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS ($ 1.419.653,08), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTÍCULO 3° — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO

MONTO REDETERMINADO DEL CONTRATO PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA E INSPECCIÓN DE LA INTERCONEXION E.T RÍO CORONDA - E.T ROSARIO OESTE

(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

e. 01/07/2015 N° 114985/15 v. 01/07/2015#F4914476F#

#I4914472I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 360/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° S01:0094611/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléc-trica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003

que se complementa con las resoluciones de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, el COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) convocó a la Licitación Pública Nacional N° 14/2010 con el objeto de seleccionar un Contratista para la Construcción, Operación y Mantenimiento (Contratista COM) de la INTERCONEXIÓN CHOELE CHOEL - VILLA REGINA, resultando adju-dicataria la empresa JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANÓNIMA - ISOLUX INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS, firmándose el correspondiente contrato el día 25 de enero de 2012.

Que el contrato mencionado anteriormente prevén la redeterminación de precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDE-RAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los respectivo Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLA-NIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que co-rresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que los contratistas de los respectivos contratos han presentado sendas notas (NPRN1-0041 y NPRN1-0834), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las con-diciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redetermina-ción de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que los precios de los contratos redeterminados resultan los que se indican en los Cuadros que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota CAF N° 1226 de fecha 07 de mayo de 2013 el COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) manifiesta la existen-cia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARÍA DE ENERGÍA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la Primera y Segunda Redeterminación de precios del contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento (COM) de la INTERCONEXIÓN CHOELE CHOEL - VI-LLA REGINA, suscripto por la firma JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES SOCIEDAD ANÓNIMA - ISOLUX INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS en su carácter de Sociedad Autorizada y el COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELÉCTRICO FEDERAL (CAF).

ARTÍCULO 2° — Determínase que el monto total del contrato con la primera redeterminación de precios al mes de mayo de 2012 asciende a PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES OCHO MIL DOSCIENTOS CUATRO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 127.008.204,55) y con la segunda redeterminación de precios al mes de enero de 2013, asciende a PESOS CIENTO TREIN-TA Y DOS MILLONES VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO CON CINCUENTA Y CUA-TRO CENTAVOS ($ 132.021.981,54) según se detallan en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado.

ARTÍCULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

ANEXO

MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA PROVISIÓN CONSTRUCCION, OPERACIÓN Y MATENIMIENTO DE LA AMPLIACION INTERCONEXION CHOELE CHOEL -

VILLA REGINA

(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

e. 01/07/2015 N° 114981/15 v. 01/07/2015#F4914472F#

Page 25: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 25#I4914470I#MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 383/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° S01:0082297/2015 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y lo dispuesto por el Decreto N° 470 de fecha 30 de marzo de 2015 y la Resolución N° 49 de fecha 31 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 30 de marzo de 2015 el PODER EJECUTIVO NACIONAL dictó el Decreto N° 470 mediante el cual se creó, en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLA-NIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, el PROGRAMA HOGARES CON GA-RRAFA (HOGAR).

Que en congruencia con lo precedentemente expuesto, mediante la Resolución N°  49 de fecha 31 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se procedió a aprobar el REGLA-MENTO DEL PROGRAMA HOGARES CON GARRAFAS (HOGAR), creado por el Decreto citado en el considerando anterior.

Que uno de los principales objetivos del mencionado Programa consiste en garantizar de manera efectiva el acceso al Gas Licuado de Petróleo (GLP) en envases de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad, a precios diferenciales a los sectores más vulnera-bles de la población.

Que para ello, el ESTADO NACIONAL subsidia y/o compensa de manera directa a: a) los consumidores de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en garrafas de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad de bajos recursos de todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, que residan en zonas no abastecidas por el servicio de gas o que no se encuentran conectados a la red de distribución de gas de su localidad, en ambos casos, y b) los Productores de Gas Licuado de Petróleo (GLP).

Que en el marco de lo expuesto mediante la Resolución N° 70 de fecha 1° de abril de 2015 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se procedió a aprobar:

a) Los Precios Máximos de Referencia y las Compensaciones para los Productores de butano y propano de uso doméstico con destino a garrafas de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRA-MOS (15 Kg.) de capacidad.

b) Los Precios Máximos de Referencia de garrafas de Gas Licuado de Petróleo (GLP) de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad para Fraccionadores, Distribuido-res y Comercios.

c) Los APARTAMIENTOS MÁXIMOS PERMITIDOS (AMP) del PRECIO MÁXIMO DE REFEREN-CIA en cada jurisdicción.

d) El valor del PRECIO SUBSIDIADO para el Gas Licuado de Petróleo (GLP) envasado en ga-rrafa de DIEZ KILOGRAMOS (10 Kg.), al único efecto del cálculo del subsidio de los beneficiarios del PROGRAMA HOGAR.

Que en virtud de todo lo señalado y con el objetivo de garantizar el cumplimiento del citado Programa, la SECRETARÍA DE ENERGÍA estima conveniente y necesario adoptar medidas ten-dientes a evitar prácticas desleales por parte de los sujetos comprendidos en el mismo, que afec-ten al cumplimiento de los precios establecidos por la Autoridad de Aplicación, en perjuicio de los consumidores de bajos recursos que utilizan Gas Licuado de Petróleo (GLP) en envases de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETA-RÍA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 7, 37, 42 y concordantes de la Ley N° 26.020 y por el Artículo 6° del Decreto N° 470 de fecha 30 de marzo de 2015.

Por ello,

LA SECRETARIADE ENERGÍARESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Las Empresas Fraccionadoras y Distribuidoras en envases de DIEZ (10), DOCE (12) y QUINCE KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad deberán abastecer en sus bocas de despacho y a los precios, en cada caso establecidos, en la Resolución N° 70 de fecha 1° de abril de 2015 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, todo el producto disponible en la planta o depósito, conforme sea requerido por los consumidores finales del mismo que concurran a dichas bocas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 2° de la pre-sente medida.

ARTÍCULO 2° — La Empresas Fraccionadoras y Distribuidoras en envases de DIEZ (10), DOCE (12) y KILOGRAMOS (15 Kg.) de capacidad podrán proveer en sus bocas de despacho, como máximo, la cantidad de DOS (2) envases de las citadas capacidades por usuario, (consumidor final del producto).

Se deja establecido que la limitante determinada en el párrafo anterior, no será de aplicación para las bocas de despacho ubicadas en las provincias de NEUQUÉN, CHUBUT, RÍO NEGRO, SANTA CRUZ y TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

ARTÍCULO 3° — A los efectos de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, la SECRETARÍA DE ENERGÍA podrá requerir toda la información y/o documentación que considere pertinente, como así también efectuar las inspecciones que considere necesarias.

No obstante lo precedentemente expuesto, y sin perjuicio de la información que los operado-res se encuentran obligados a presentar conforme a las normas vigentes, las Empresas Fracciona-doras y Distribuidoras, deberán proporcionar a la Autoridad de Aplicación, en los mismos términos y condiciones en vigor, los siguientes datos:

a) Cantidad de envases vendidos en la boca de despacho (planta o depósito), detallando la ubica-ción de la misma y discriminando: i) las capacidades de los envases vendidos y ii) el tipo de adquirente.

b) En el caso de que el adquirente se trate de un comercio, se deberá individualizar el mis-mo, indicando: i) nombre y apellido de su titular o razón social, según corresponda, ii) número de C.U.I.T y iii) domicilio.

ARTÍCULO 4° — En el caso de las ventas efectuadas en planta de fraccionamiento o depósito, a sujetos que no revistan la calidad de usuarios (consumidores finales del producto), los respon-sables de las instalaciones, previo a efectuar la venta en cuestión, deberán verificar que tanto los vehículos como los conductores de los mismos, que transporten los envases adquiridos, cumplan con las reglamentaciones nacionales, provinciales y/o municipales que rigen en la materia; “Re-glamento General Para el Transporte de Mercancías Peligrosas por Carreteras”, Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, Anexo S y las “Normas Técnicas para el Transporte Terres-tre”, Resolución N° 195 de fecha 25 de junio de 1997 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTE, dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, concordantes, modificatorias y/o complementarias.

ARTÍCULO 5° — En caso de constatarse incumplimientos a lo establecido en los artículos 1°, 2° y/o 4° o en caso de verificarse inconsistencias en la información y/o documentación presentada en vir-tud de lo dispuesto en el artículo 3°, la Autoridad de Aplicación podrá aplicar las siguientes sanciones:

a) Constatado que fuera un incumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente re-solución por parte de un fraccionador o de un distribuidor, se aplicarán la sanciones establecidas en los puntos 27.2.2 y 27.2.3 respectivamente, del acápite IX —SANCIONES— del Anexo de la Resolución N° 49 de fecha 31 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE ENEGÍA.

b) En el caso de constatarse un incumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2° y/o 4° de la presente resolución, se aplicará una multa de hasta CIENTO CINCUENTA (150) veces el costo de UNA TONELADA (1 TN) de Gas Licuado de Petróleo (GLP) propano a nivel mayorista.

c) En el caso de verificarse el incumplimiento de la presentación en tiempo y forma de la infor-mación y/o documentación mencionada en el artículo 3° o en caso de constatarse inconsistencias en la misma, se aplicará una multa de hasta CIEN (100) veces el costo de UNA TONELADA (1 TN) de Gas Licuado de Petróleo (GLP) propano a nivel mayorista.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIANA MATRANGA, Secretaria de Energía.

e. 01/07/2015 N° 114979/15 v. 01/07/2015#F4914470F#

#I4914332I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

EDICTO

La Comisión de Selección Documental del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL, conformada por Resoluciones SsC N° 178/10 y MTEySS N° 1267/11, hace saber a los interesados que serán destruidos los expedientes producidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social durante el período comprendido entre los años 1984 a 2014, identi-ficados como serie documental número: N° 137 Solicitudes, reclamos y consultas derivados de contrataciones de bienes y servicios, N° 138 Descargos extemporáneos N° 139 Modificación de Distribución de Presupuesto, N° 140 Reintegros de ahorros a menores, N° 143 Solicitud de habi-litación de talleristas de trabajo a domicilio. Ley N° 13.713, N° 144 Cancelación de habilitación de trabajo a domicilio, N° 145 Transferencia de habilitación de talleristas de trabajo a domicilio. Ley N° 12.713, N° 147 Denuncia de práctica desleal Art. 53 Ley N° 23.551, N° 151 Trabajo de Menores en Espectáculos Públicos —Decretos 4910/57 y 6364/66— N°  152 Solicitud de Junta Médica, N°  154 Información sobre cambio de denominación de razón social, N°  155 Autorización para realizar actos licitatorios, N° 156 Convocatorias a Licitaciones Públicas N° 157 Pago de facturas, N° 158 Opciones a prórroga de órdenes de compra, N° 159 Legajos de Empresas de Servicios Eventuales - Inactivos, N° 160 Informes bimestrales y Trimestrales de Empresas de Servicios Even-tuales —Art. 9° Decreto 1694/06—, N° 161 Sumarios administrativos por multas Ley N° 25.877 y 18.695 Absueltos, regulares y nulos, N° 162 Actas de Inspección Regulares —normas laborales—, N° 163 Actas de Inspección Regulares —normas de higiene— N° 165 Presentaciones Contratos de Pasantías. Resolución MTEySS N° 837/02, N° 166 Ejecuciones Judiciales por Multas Ley N° 25.877 con imposibilidad de notificar al demandado. Sin inhibiciones ni embargos, N° 167 Ejecuciones Judiciales por Multas Ley N° 18.695 y 25.877. Pagas, N° 171 Acuerdos espontáneos del Tribunal de Trabajo para el personal de casas particulares, sin documentación original (TTPPCP), N° 173 Sumarios Administrativos por multas Leyes Nros. 18.695 y 25.877 extintos por muerte del infractor, N° 174 Sumarios Administrativos por Multas Ley N° 18.695 y 25.877. Pagos, N° 177 Constancias de sumas incobrables por honorarios básicos del Conciliador Laboral art. 12 de la Ley N° 24.635 y N° 178 Sumarios Administrativos por Multas Ley N° 25.877 con imposibilidad de notificar al de-mandado. Los interesados en su conservación podrán presentarse dentro de los treinta (30) días de esta publicación ante la Mesa de Entradas de la sede Central sita en calle Leandro N. Alem 650 P.B. de 9.30 a 17 hs., justificando el interés legítimo que invocan. Acta N° Treinta y Cinco (35) de la COMISION DE SELECCIÓN DOCUMENTAL. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Publíquese por un día en el Boletín Oficial. — Dra. TERESA R. SALATINO, Directora Ge-neral de Registro, Gestión y Archivo Documental, M.T.E. y S.S.

e. 01/07/2015 N° 114890/15 v. 01/07/2015#F4914332F#

#I4915802I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 1395/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° 75.380/11 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nros. 24.241, 24.557, 26.425, los Decretos N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, N° 2.104 y N° 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, N° 893 de fecha 07 de junio de 2012, la Disposición de la entonces SUPERIN-TENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 1 de fecha 10 de febrero de 2003, las Resoluciones S.R.T. N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, S.R.T. N° 206 de fecha 16 de febrero de 2012, S.R.T. N° 1.114 de fecha 14 de mayo de 2014, y

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 26CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Ley N° 24.241 creó las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

Que el Decreto N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, facultó a la entonces SUPER-INTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) a dictar todas las medidas reglamentarias y los actos necesarios para ejercer el poder jerárquico administrativo sobre las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central y a disponer los recursos para su financiamiento.

Que mediante la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N°  1 de fecha 10 de febrero de 2003, se aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones, como única norma de aplica-ción para dicho Organismo en la materia, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 119, inciso k) de la Ley N° 24.241.

Que posteriormente, a través del artículo 15 de la Ley N° 26.425 se dispuso la transferen-cia a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) del personal médico, téc-nico, auxiliar y administrativo que se desempeña ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central, y de los bienes inmuebles, muebles y equipamiento técnico necesarios para su adecuado funcionamiento.

Que por su lado, el artículo 10 del Decreto N° 2.104 de fecha 4 de diciembre de 2008, fa-cultó a la S.R.T. a dictar las normas aclaratorias y complementarias para la implementación de la Ley N° 26.425, en materia de regulación de las citadas Comisiones Médicas.

Que a tal efecto, mediante el artículo 6° del Decreto N° 2.105 de fecha 4 de diciembre de 2008, se asignaron a la S.R.T., todas las competencias relativas al funcionamiento de las Co-misiones Médicas creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Que en tal contexto, esta S.R.T. dispuso mediante Resolución S.R.T. N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, adoptar el Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por la Dis-posición de la entonces S.A.F.J.P. N° 1/03, el que se aplica exclusivamente para las compras y contrataciones que realice esta S.R.T., vinculadas con las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central.

Que conforme surge del artículo 105 del Reglamento de Compras y Contrataciones, cita-do en el considerando precedente, se estableció la publicidad y difusión, para las compras y contrataciones que se efectúen mediante Licitaciones o Concursos Públicos.

Que analizado el artículo señalado y con el objeto de acortar los plazos de los procedi-mientos y reducir los costos de las publicaciones, resulta pertinente reducir a DOS (2) días la publicación en el órgano de publicación de los actos de gobierno, con un plazo mínimo de DOCE (12) días de antelación a la fecha del acto de apertura de ofertas, sin distinción en cuan-to al monto de las contrataciones.

Que por otro lado, la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 01/03 no reglamenta espe-cíficamente los contratos de locación de inmuebles.

Que por lo expuesto y dado que el Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por el Decreto N° 893 de fecha 07 de junio de 2012, en su Capítulo II, artículos 191, 192 y 193 establece las normas para llevar a cabo los procedimientos relacionados con la locación de inmuebles y la renovación de locaciones, corresponde adoptar lo estipulado por dicho Regla-mento General.

Que finalmente, a través de la Resolución S.R.T. N° 206 de fecha 16 de febrero de 2012 se adoptó, para la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 01/03, lo normado en la Resolución de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA N° 39 de fecha 03 de junio de 2005, en lo que respecta al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).

Que atento que con la aplicación del artículo 40 de la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 1/03 se estaría duplicando la información requerida para la inscripción en el SIPRO, resulta pertinente su derogación.

Que el Departamento de Compras y Contrataciones y la Subgerencia de Administración han intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 36, apartado 1, inciso e) de la Ley N° 24.557, el artículo 15 de la Ley N° 26.425, y los artículos 10 del Decreto N° 2.104/08 y 6° del Decreto N° 2.105/08.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTEDE RIESGOS DEL TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 105 del Reglamento de Compras y Contrataciones aprobado por la Disposición de la entonces SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 1 de fecha 10 de febrero de 2003, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 105: PUBLICIDAD Y DIFUSION DE LA LICITACION Y CONCURSO PUBLICO: “La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas y en los concursos públicos deberá efectuarse mediante la publicación de avisos en el órgano oficial de publicación de los actos de gobierno por el término de DOS (2) días, con un mínimo de DOCE (12) días de antela-ción a la fecha fijada para la apertura de ofertas. Además, se difundirá en forma simultánea en el sitio de Internet de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).

Se podrán enviar comunicaciones a las asociaciones que nuclean a los productores, fa-bricantes, comerciantes del rubro y/o, en su caso, a las asociaciones locales del lugar donde se deban prestar los servicios o adquirir los bienes, para su difusión entre los interesados.

Estas comunicaciones podrán cursarse por cualquier medio durante el lapso de las publi-caciones mencionadas en el presente artículo.

Además del empleo de los medios antes mencionados, podrán cursarse invitaciones a fir-mas que sean proveedoras habituales del Organismo o que, por su importancia, se considere conveniente que conozcan la convocatoria.

Cuando se trate de licitaciones o concursos internacionales, se deberá proceder a la pu-blicidad en los países correspondientes”.

ARTICULO 2° — Incorpórase a lo dispuesto en la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 1/03 los siguientes artículos:

“TITULO VII - LOCACION DE INMUEBLES

ARTICULO 110: VALOR LOCATIVO. En todos los casos en que se sustancie la locación de un inmueble deberá agregarse al expediente, como elemento de juicio, un informe referente al valor locativo de aquél, elaborado por el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION o por un banco o repartición oficial que cumpla similares funciones.

ARTICULO 111: SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES. No será exigible el re-quisito de incorporación al Sistema de Información de Proveedores para los locatarios de bie-nes de propiedad del Estado, los locadores que arrienden bienes al Estado, salvo en los casos que dicha actividad sea regular y/o habitual.

ARTICULO 112: RENOVACION DE LOCACIONES. Si el organismo contratante demostrara que la oferta del actual locador no es superior en más del VEINTE POR CIENTO (20%) a los valores de mercado y la existencia de razones de funcionamiento que tornaran inconveniente el desplazamiento de los servicios, se podrá decidir la adjudicación a su favor utilizando el procedimiento de contratación directa previsto en el inciso b) del artículo 20 de la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 01/03”.

ARTICULO 3° — Derógase el artículo 40 de la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 01/03.

ARTICULO 4° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 5° — Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán apli-cables a aquellas contrataciones cuyos Pliegos de Bases y Condiciones no hayan sido apro-bados al momento de la entrada en vigencia de la presente resolución.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial, y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

e. 01/07/2015 N° 115365/15 v. 01/07/2015#F4915802F#

#I4913767I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Disposición 11/2015

Bs. As., 08/06/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0040535/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecnología” de fecha 19 de marzo de 2013 y los Acuerdos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 11 de diciembre de 2012 y fecha 25 de marzo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que la REPÚBLICA ARGENTINA suscribió con el BANCO INTERAMERICANO DE DESA-RROLLO el Contrato de Préstamo N° 3066/OC-AR “Programa de Becas en Ciencia y Tecno-logía” cuyo objeto es contribuir al aumento de la productividad de la economía a través del mejoramiento de la oferta del capital humano avanzado en áreas científicas y tecnológicas.

Que en dicho préstamo, el Componente 1 “Becas para maestrías en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de CUATRO-CIENTOS SESENTA (460) profesionales argentinos realicen programas de maestrías en univer-sidades prestigiosas de países con los cuales el organismo ejecutor haya celebrado convenios bilaterales de colaboración; y el Componente 2 “Becas para estancias cortas de formación en ciencia y tecnología” tiene como objetivo proveer apoyo financiero y logístico para que un estimado de TRESCIENTOS NOVENTA (390) profesionales y técnicos argentinos empleados en empresas e Instituciones científicas y tecnológicas desarrollen instancias de instrucción de corta duración y alta especialización en el exterior.

Que la ejecución del mencionado Componente 2, de conformidad con el punto 4.01 del Anexo Único del Contrato de Préstamo referido, establece que estará a cargo de la SUBSE-CRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS la cual, con financiamiento del Programa, constituirá una Unidad Ejecutora especializada para llevar adelante la tarea de selección y seguimiento de becarios, evaluación de resultados y gestión financiera y de adquisiciones.

Que la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237 del 17 de mayo de 2012 crea el “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FORMACIÓN EN EL EXTERIOR DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA” a ejecutarse en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, y por la citada resolución se crea la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRA-MA BEC.AR facultando al señor Subsecretario de Gestión y Empleo Público en su carácter de titular de la misma a conformar los Comités Asesores y/o Comités Evaluadores Ad-Hoc, según corresponda, a ser integrados por representantes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y representan-tes de instituciones de reconocido prestigio.

Que por Acuerdo firmado en fecha 4 de junio de 2014, celebrado entre la entonces señora Subsecretaria de Gestión y Empleo Público de la ex SECRETARÍA DE GABINETE Y COOR-DINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el INSTITUT

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 27FRANÇAIS D’ARGENTINE, el CAMPUS FRANCE y la FUNDACIÓN YPF se estableció un pro-grama de DIEZ (10) becas destinadas a profesionales argentinos para la realización de estu-dios de Master/Master especializado/Posmaster en establecimientos de educación superior en Francia en el campo de los hidrocarburos.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) otorgó la no objeción a las Bases y Condiciones de la Convocatoria.

Que el Comité Asesor llevó a cabo la preselección de las solicitudes presentadas.

Que, asimismo, el Comité Evaluador con los antecedentes acompañados de la presente Convocatoria, procedió a realizar la evaluación final de acuerdo a los criterios de selección dispuestos en las Bases y Condiciones de la presente Convocatoria.

Que el Comité Evaluador seleccionó a los DIEZ (10) beneficiarios de las becas objeto de la presente Convocatoria y los CINCO (5) suplentes.

Que fue otorgada la No Objeción al proceso de selección llevado adelante por los Comités Asesor y Evaluador por parte del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que corresponde adjudicar el beneficio a las personas detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

Que corresponde, en caso de que alguno de los seleccionados renuncie, se vea imposi-bilitado o surja alguna incompatibilidad en el marco de la Convocatoria, adjudicar la beca en base al orden de mérito de los suplentes detallados en el Anexo II que forma parte integrante de la presente medida.

Que la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR ha verificado la existencia de cré-ditos presupuestarios para hacer frente a las erogaciones que demanden el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDI-NACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINE-TE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 237/2012.

Por ello,

EL SUBSECRETARIODE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICODE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase lo actuado por el Comité Asesor y el Comité Evaluador, en-cargados de seleccionar a los beneficiarios de la Convocatoria para la presentación de solici-tudes de BECAS DE MAESTRÍA EN EL CAMPO DE HIDROCARBUROS, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA RENOVABLE PARA PROFESIONALES ARGENTINOS EN LA REPÚBLICA FRANCESA (BEC.AR - FYPF - CAMPUS FRANCE), en el marco del “PROGRAMA BEC.AR BECAS DE FOR-MACIÓN EN EL EXTERIOR EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA”.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de seleccionados y suplentes en el marco de la Convocatoria que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Adjudícanse las BECAS DE MAESTRÍA EN EL CAMPO DE HIDROCARBU-ROS, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA RENOVABLE PARA PROFESIONALES ARGENTINOS EN LA REPÚBLICA FRANCESA (BEC.AR - FYPF - CAMPUS FRANCE) a las personas consignadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4° — Apruébase el modelo de Contrato que efectivizará el beneficio de la beca que, como Anexo III, forma parte integrante de la presente medida y delégase en la Coordi-nación General de la UNIDAD EJECUTORA DEL PROGRAMA BEC.AR la firma de los mismos.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL RE-GISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. DANIEL FIHMAN, Subsecretario de Gestión y Empleo Público, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

Nómina de seleccionados Convocatoria BEC.AR - FYPF - CAMPUS FRANCE 2014

ANEXO II

Nómina de suplentes Convocatoria BEC.AR - FYPF - CAMPUS FRANCE 2014

ANEXO III

MAESTRÍA EN LA REPÚBLICA FRANCESA EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 28

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 29

e. 01/07/2015 N° 114767/15 v. 01/07/2015#F4913767F#

#I4913768I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE GABINETE

Resolución 92/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente CUDAP: EXPDNM-S02:0018628/2014 del Registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del listado de agentes de la planta del personal permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Destacado correspondiente a las funciones simples del perío-do 2012, conforme a lo establecido por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIG-NACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPREN-DIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”, aprobado por el Anexo II de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009 y sus modificatorias.

Que han ejercido la veeduría que les compete las entidades sindicales, expresando su confor-midad según consta en el Acta N° 34 de fecha 6 de abril de 2015, obrante en el Expediente citado en el Visto.

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el “RÉGIMEN PARA LA APROBACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO” aprobado por el Anexo II a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98/09 y sus modificatorias, mo-tivo por el cual corresponde la aprobación del listado de personal pasible de percibir dicha Bonificación.

Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación de existencia de finan-ciamiento presupuestario para afrontar el gasto que demandará la presente medida.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GES-TIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA Y EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 1° del Anexo II de la Reso-lución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 98/09 y sus modificatorias, y lo normado por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETEDE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el listado de agentes de la planta del personal permanente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en condiciones de percibir la Bonificación por Desempeño Des-tacado establecida por el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples del período 2012, de conformidad con el detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. SILVINA ZABALA, Secretaria de Gabinete, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

BONIFICACIÓN POR DESEMPEÑO DESTACADO

Bonificaciones correspondientes a las Evaluaciones del Año 2012 - Cargos Simples

Ministerio del Interior y Transporte

Dirección Nacional de Migraciones

Unidad de Análisis: Dirección Nacional de Migraciones

e. 01/07/2015 N° 114768/15 v. 01/07/2015#F4913768F#

#I4916733I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

Disposición 500/2015

17/06/2015

LA DIRECTORA DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIONDISPONE:

ARTICULO 1° — Apruébese la Normativa para la Certificación de Personas con Discapacidad Física de Origen Visceral, que como ANEXO I forma parte integrante del presente acto administrativo.

ARTICULO 2° — Apruébese el glosario que como ANEXO II forma parte integrante del presen-te acto administrativo.

ARTICULO 3° — Déjase sin efecto la Disposición N° 2574/2011 del Registro de este SNR.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 01/07/2015 N° 115779/15 v. 01/07/2015#F4916733F#

#I4914293I#MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 536/2015

Bs. As., 25/06/2015

VISTO el Expediente N° 163.641/2009 Cuerpos. I/II del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes N° 23660 y N° 23551 y los Decretos N° 9 del 7 de enero de

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 301993 y N° 1400 del 4 de noviembre de 2001 y la Resolución N° 43 del 5 de febrero de 1975 del MINISTERIO DE TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente del VISTO la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOME-RIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 1-2300-8), solicita se amplíe su ámbito de actuación territorial a la Provincia de Córdoba y en consecuencia, se registre el nuevo Estatuto de la entidad.

Que al efecto, el Agente del Seguro de Salud acompaña copia certificada del Acta del Consejo Directivo, de fecha 11 de septiembre de 2009, por la cual se aprueba por unanimidad la reforma del artículo 3° del Estatuto de la entidad.

Que a fs. 330/336, luce un ejemplar del Estatuto que recepta la reforma propuesta.

Que a fin de sustentar su petición, OSPES adjunta copia certificada de la Resolución N° 43/75-MT, por la cual la Cartera Laboral otorga “...personería gremial a la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (...) con carácter de entidad profesional de segundo grado, que agrupa a las entidades de trabajadores: obreros y empleados de estaciones de servi-cio y estaciones de servicio de concesionarios de automotores que expendan al público; garajes, playas de estacionamiento, lavaderos automáticos, gomerías anexadas a estaciones de servicio, expendendores de combustible en aeropuertos, vías navegables y terminales de ómnibus; con zona de actuación en todo el territorio de la República Argentina”.

Que en miras a evaluar la solicitud de OSPES, es menester señalar que se trata de una Obra Social de naturaleza sindical, encuadrada en el artículo 1° inciso a) de la Ley 23660.

Que lo expuesto, nos remite a la Ley 23.551 que dispone en su artículo 25, que al reconocer personería gremial a la asociación sindical, la autoridad administrativa del trabajo deberá precisar el ámbito de representación personal y territorial de la misma.

Que en este orden, la Resolución N° 43/75-MT, al otorgar personería gremial a la FOESGRA, determina como zona de actuación de la entidad “todo el territorio de la República Argentina”.

Que con sustento en la normativa de aplicación, el ámbito de actuación de la Obra Social debe corresponderse con el de la entidad que le da origen; por lo tanto, teniendo en consideración que la FOESGRA tiene ámbito de actuación en toda la República Argentina, resulta —prima facie— procedente reconocer a OSPES jurisdicción en la Provincia de Córdoba.

Que la OBRA SOCIAL DE PETROLEROS DE CORDOBA (RNOS 1-1550-8) se opone a la pre-sente solicitud, por considerar que el ámbito de actuación pretendido, le fue reconocido a O.S.Pe.Cor. al momento de su inscripción en el R.N.O.S.; razón por la cual, de acceder a lo peticionado, se estaría violentado la legislación en la materia.

Que al respecto no le asiste razón al oponente, por cuanto desde el dictado del Decreto N° 9/93 que instaura la libre elección de la Obra Social, como así las normas que implementaron el derecho de opción de cambio hasta el dictado del Decreto N° 1400/01, por el que se habilita a los trabajadores a elegir su Obra Social desde el momento en que inician la relación laboral; resulta inadecuado sostener que existe una población beneficiaria que esté integrada “obligatoriamente” a un Agente del Seguro de Salud determinado.

Que lo expuesto evidencia que en esta coyuntura, la petición de OSPES no resultaría contraria a derecho, atento la naturaleza sindical de OSPES, la Resolución N° 43/75-MT y la normativa que rige el Sistema de Salud.

Que en consecuencia, corresponde reconocer a la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 1-2300-8) ámbito de actuación en la Provincia de Córdoba y aprobar y registrar el ejemplar del Estatuto obrante a fs. 330/336.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos N° 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y N° 1008 de fecha 2 de julio de 2012.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTADE SERVICIOS DE SALUDRESUELVE:

ARTICULO 1° — APRUEBASE la reforma introducida al artículo 3° del Estatuto de la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIO-NAMIENTO, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 1-2300-8).

ARTICULO 2° — REGISTRASE el ejemplar de Estatuto que obra agregado a fs. 330/336 del Expediente del VISTO.

ARTICULO 3° — RECONOZCASE a la OBRA SOCIAL PARA EL PERSONAL DE ESTACIO-NES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS AUTOMATICOS Y GOMERIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (RNOS 1-2300-8), ámbito de actuación en la Provin-cia de Córdoba.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Re-gistro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y oportunamente, archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.

e. 01/07/2015 N° 114851/15 v. 01/07/2015#F4914293F#

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 31

CONCURSOS OFICIALESAnteriores

#I4913311I#UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

Ref.: UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO. CONSEJO DE INVESTIGACIONES. (COD.ORG 1364-1)

Rosario 24/06/2015

CONVOCATORIA:

LLAMADO A CONCURSO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RO-SARIO PARA PROMOCIÓN A LA DEDICACIÓN EXCLUSIVA DOCENTE PARA CUMPLIR FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN EN UNA DE LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN EL REGLA-MENTO DE LA CARRERA DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO APROBADO POR ORDENANZA N° 707, EN RAZÓN DE UNO (1) POR FACULTAD.

INSCRIPCIÓN: a partir del 03 de agosto de 2015 y por el término de 5 días hábiles adminis-trativos, días lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.

LUGAR DE INSCRIPCIÓN: Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosa-rio, sito en Maipú 1065 Piso 2° Of. 209 - Rosario

INFORMACIÓN Y FORMULARIOS: por mail a [email protected] o por al teléfono: 4201243.

Resolución n° 2666/2015 del 22-6-2015.

Prof. DARIO MAIORANA, Rector.e. 30/06/2015 N° 114514/15 v. 01/07/2015

#F4913311F#

#I4913326I#UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

Ref.: UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO CONSEJO DE INVESTIGACIONES (COD.ORG 1364-1)

Rosario, 24/06/2015

CONVOCATORIA:

LLAMADO A CONCURSO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO PARA PROMOCIÓN A LA DEDICACIÓN EXCLUSIVA DOCENTE PARA CUMPLIR FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN EN UNA DE LAS CATEGORÍAS PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE LA CARRERA DEL INVESTIGADOR CIENTÍFICO APROBADO POR ORDENANZA N° 707, PARA DOCE (12) ÁREAS TEMÁTICAS ESTRATÉGICAS PARA EL DESARROLLO CURRICULAR Y/O CIENTÍFICO DE LAS DISTINTAS DISCIPLINAS QUE SE DETALLAN:

1.- Geopolítica de la Seguridad Alimentaria Mundial

Según el Organismo de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) existe Seguridad Alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y/o económico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias a fin de llevar una vida activa y sana. Diseñar políticas en ese sentido implica previamente comprender los factores geopolíticos mundiales, regionales y nacionales que plantean un desafío mayor para el suministro alimentario, así como ciertos procesos históricos y aspectos sociológicos tanto a niveles micro como macro que son determinantes.

2.- Manejo de adversidades (malezas, plagas y/o enfermedades) en cultivos de áreas periurbanas

3.- Derecho ambiental y responsabilidad social empresaria.

Claramente definido el bien jurídico colectivo ambiente en el artículo 41 de la Constitución Nacional y contando con valiosas herramientas normativas (leyes nacionales de presupuestos mínimos, reglamentaciones consecuentes, normas provinciales y municipales) el desafío consiste en indagar sobre la efectividad de dichas normas, el desarrollo de la educación (formal y no formal) en orden a la protección del ambiente, la valoración social respecto de las agencias nacionales y provinciales de protección ambiental, la función de los jueces en el marco de la real protección del derecho humano al ambiente y la responsabilidad social de la empresas respecto de sus actividades. La prevención y el impacto de las actividades de las empresas respecto del ambiente constituyen las normas de calidad que integran los aspectos sociales y ambientales de los procesos de producción y gestión. No obstante, desde el Derecho esta problemática no ha sido suficientemente abordada, en cuanto a su sentido y alcances, lo que genera ambigüedades que dificultan su concreción y en definitiva, la efectiva realización del derecho humano al ambiente.

4.- Informática aplicada y manejo de datos: Bioinformática y Química Computacional

Bioinformática y la Química Computacional. La bioinformática se dedica al estudio de las problemáticas de las Ciencias Biológicas empleando la informática al análisis, modelado y simulación de estructuras y fenómenos observados en los sistemas biológicos. Incluye también todo lo relacionado al análisis de las ómicas (metabolómica, genómica, transcriptómica, proteómica, etc.). Es decir, que abarca también todo lo referido al análisis computacional de datos provenientes de sistemas biológicos, bioquímicos, sistemáticos, ecológicos, etc. Por lo tanto tiene incumbencia en el ámbito de la investigación, de la salud pública y en el sector productivo. La Química Computacional es una rama de la química que estudia los problemas químicos utilizando computadoras. Esta disciplina brinda un excelente complemento al desarrollo experimental, además de predecir fenómenos químicos nuevos. Por ello, es ampliamente utilizada en diversas áreas de relevancia (química orgánica, inorgánica, biológica, medicinal, de los materiales, etc).

5.- Sociedad, Estado y territorio: Medio urbano y rural. Transporte y vías de comunicación.

6.- Psicología Socio-Comunitaria.

Promoción de la salud y prevención de sus alteraciones. Estudio de Problemáticas actuales en Salud/Salud Mental. Investigación teórica y básica. Desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos.

7.- Enfermedades de alto impacto en morbi-mortalidad

El proceso de Salud Enfermedad Atención en afecciones de impacto en la morbi-mortalidad de la población se fundamenta en que estas enfermedades están cobrando cada vez más relevancia en el campo de la Salud sea por su impacto como así también las consecuencias Socio-económico-culturales.

Para el caso de las enfermedades genéticas es necesario resaltar que es esencial el conocimiento de los factores genéticos y su interrelación con el ambiente como mecanismo subyacente generador de variadas patologías. Las enfermedades transmisibles, no obstante la disponibilidad de algunas herramientas de control, plantean un desafío totalmente vigente agravado a partir de la aparición de nuevas enfermedades entre las cuales se destaca la infección por la HIV.

8.- Salud Animal

La salud animal, que abarca no sólo la ausencia de enfermedades animales sino también la relación esencial entre la salud de los mismos y su bienestar, constituye un pilar de las políticas de salud pública y seguridad alimentaria de los países. Una adecuada salud animal impacta en la posibilidad de minimizar los costos económicos que pueden acarrear los brotes de enfermedades animales y el control de los mismos.

9.- Innovación tecnológica aplicada a la sostenibilidad ambiental y social

Indagaciones en tecnologías de la construcción locales, diseño estructural, eficiencia energética, así como matéricas y tipológicas, etc., tensadas por problemáticas relacionadas con los cambios de paradigma en las formas de producción y utilización del espacio, conexión y organización por parte de la comunidad y su interacción con el territorio y el sistema ambiente. Integración y elaboración de programas de construcción de políticas público-privadas.

10.- Promoción y Prevención en Odontología

Promoción de la salud:

a) Fomento de los cambios en los modos de vida y en las condiciones del entorno para impulsar el desarrollo de una cultura de la salud;

b) Fortalecimiento de alianzas intersectoriales para hacer más eficaces las acciones de promoción;

c) Evaluación del impacto en la salud de las políticas públicas;

d) Desarrollo de acciones educativas y de comunicación dirigidas a promover modos de vida, comportamientos y ambientes saludables;

e) Reorganización de los servicios de salud con el fin de desarrollar modelos de atención que favorezcan la promoción.

11.- Democracia, ciudadanía y actores políticos nacionales e internacionales: Calidad de vida, pobreza, desigualdad y género.

12.- Innovación educativa y nuevas tecnologías aplicadas en educación

Estudios de sus empleos en:

a) la integración de información y comunicación en el proceso de formación educativa en sus distintos niveles;

b) su contribución a una más eficaz preparación de recursos humanos y utilización de recursos materiales en los procesos educativos, en sus distintos niveles, atendiendo a las necesidades de los educandos y su activa participación en los mismos;

c) una adecuación dinámica de los procesos educativos a las necesidades actuales, en una sociedad en acelerado proceso de cambio

INSCRIPCIÓN: a partir del 03 de agosto de 2015 y por el término de 5 días hábiles administrativos, días lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas.

LUGAR DE INSCRIPCIÓN: Consejo de Investigaciones de la Universidad Nacional de Rosario, sito en Maipú 1065 Piso 2° Of. 209 - Rosario

INFORMACIÓN Y FORMULARIOS: por mail a [email protected] o por al teléfono: 4201243.

Resolución n° 2667/2015 del 22-6-2015

Prof. DARIO MAIORANA, Rector.

e. 30/06/2015 N° 114529/15 v. 01/07/2015

#F4913326F#

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 32

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4909349I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores Alfio Lamanna (Pasaporte Italiano N° C363486), Roberto Naldi (Pasaporte Italiano N° D600484) y Julio Ernesto Gutiérrez Conte (D.N.I. N° 12.601.963) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.676/12, Sumario N° 5709, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incom-parecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Analista Principal, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 29/06/2015 N° 112847/15 v. 03/07/2015#F4909349F#

#I4909352I#BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al señor Oscar Alberto Pugliese (D.N.I. N° 20.001.146) y a la señora Miriam Susana Ardiles (D.N.I. N° 14.313.674) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezcan en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTEN-CIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N° 4763, Expediente N° 101.341/07, caratulado “BERSAYL S.R.L. Y OTROS”, que se les instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — ANALIA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 29/06/2015 N° 112850/15 v. 03/07/2015#F4909352F#

#I4912646I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNI-CA - JURÍDICA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. Antártida Argentina N° 1355, Edificio 1, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, notifica al sumariado Jorge Martín CARBALLO, con DNI N°  21.854.570, la Apertura de Sumario, dispuesta en el Expediente CUDAP: EXPDNMS02:0004496/2011, que dice: “Buenos Aires, 22 de octubre de 2012. VISTO el Acta Circunstanciada de Inspección Migratoria obrante a fs. 1/2, de fecha 12/03/2011, en el cual el funcionario interviniente constató que las siguientes personas extranjeras: Rosa María ACEVEDO ESPINOZA, de nacionalidad chilena, y a Daysi Migdalia SOSA ORTIZ, de nacionalidad dominicana, se encontraban trabajando “prima facie” en violación a las disposiciones del art. 55 y siguientes de la Ley 25.871, INSTRUYASE SUMARIO DE FALTAS, a Jorge Martín CARBALLO, DNI 21.854.570, con domicilio constituido en la calle Alem N° 447, de la Ciudad de Mendoza, de conformidad a lo previsto por el art. 15 inc. a) del Título II del Anexo II del Reglamento de Migraciones aprobado por Decreto N° 616/2010. Notifíquese en los términos del art. 16 del Título II del Anexo II del Reglamento de Migra-ciones, haciéndose saber que en el plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos podrá presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime corresponder.”- Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones-; “Buenos Aires, 16 de abril de 2015.- Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Jorge Martín CARBALLO, con DNI N°  21.854.570, la Apertura de Sumario, dispuesta a fojas 21, mediante la publicación de edictos por tres días en el Boletín Oficial.”- Fdo. Dr. Darío Santiago FER-NÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - Dirección Nacional de Migraciones.

Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 30/06/2015 N° 114276/15 v. 02/07/2015#F4912646F#

#I4912742I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL

Disposición 3/2015

Bs. As., 24/06/2015

VISTO el Expediente N° S04:0029794/2015 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 114 —CIENEGUILLAS— y la consiguiente creación del circuito electoral 114 A —CASI-RA—, dentro de la sección electoral departamento de SANTA CATALINA perteneciente al distrito electoral JUJUY, elaborado por el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Com-petencia Electoral en la Provincia de JUJUY.

Que de las piezas judiciales agregadas en el citado expediente surge la detallada descripción de los límites territoriales resultantes de las demarcaciones propuestas.

Que a fojas 35 consta la Resolución de la Excma. CÁMARA NACIONAL ELECTORAL en la cual de-cide aprobar el anteproyecto en cuestión y remitir a esta Dirección Nacional los antecedentes del mismo.

Que corresponde a esta instancia, recibido el anteproyecto, notificar el inicio de las actua-ciones a las agrupaciones políticas registradas en el distrito de que se trata y producir un informe técnico descriptivo de la demarcación propuesta, notificar la parte pertinente de éste a los par-tidos políticos inscriptos en el distrito y remitirla para su publicación al BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA durante DOS (2) días.

Que en el caso concreto y en función del cronograma electoral en curso, resulta conveniente abreviar el trámite y proceder en un mismo acto a notificar el inicio de las actuaciones y el extracto del informe técnico, así como disponer la publicación pertinente.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio.

Que el presente acto se dicta en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto N° 682 del 14 de mayo de 2010 y por el inciso 2 del artículo 40 del CÓDIGO ELECTORAL NACIO-NAL aprobado por la Ley N° 19.945 (T.O. 1983) y sus modificatorias.

Por ello,

EL DIRECTORNACIONAL ELECTORALDISPONE:

ARTÍCULO 1° — Notifíquese el inicio de las actuaciones relacionadas con el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 114 —CIENEGUILLAS— y la creación del circuito electoral 114A —CASIRA—, en la sección electoral departamento de SANTA CATALINA, del distrito electoral JUJUY, elaborado por el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Competencia Electoral en la Provincia de JUJUY.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el extracto del Informe Técnico DEyCE N° 04/15 el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a los Partidos Políticos registrados en el distrito electoral JUJUY, el Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 4° — Requiérase al Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de JUJUY con Competencia Electoral en la Provincia de JUJUY que efectúe las notificaciones dispuestas en los artículos 1° y 3° de la presente.

ARTÍCULO 5° — Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el plazo de DOS (2) días.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.

ANEXO I

Expte. S04:0029794/2015

INFORME TÉCNICO DEyCE N° 04/15

BUENOS AIRES, 22 JUN 2015

Descripción de límites de los nuevos Circuitos Electorales, Sección electoral departamento de SANTA CATALINA, del distrito electoral JUJUY

Circuito 114 - Cieneguillas

Norte: Desde el cruce entre el cauce medio del Río Santa Catalina y la Ruta Provincial N° 5, continuando por el eje medio de la Ruta, con Rumbo este, hasta su cruce con el Punto C (coorde-nadas: latitud 22° 5’27.93” S, 65° 51’59” O), siguiendo por proyección de la línea imaginaria desde este Punto, con rumbo este hasta su intersección con la Ruta Provincial 5, Punto D (coordenadas: latitud 22° 6’3.14” S; 65° 51’28.46” O), continuando por esta última, con rumbo este, hasta su cruce con el límite este del Departamento Santa Catalina.

Este - Sur: Desde el cruce entre la Ruta Provincial N° 5 y el límite este del Departamento Santa Catalina, continuando por este límite, con rumbo sur y oeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Santa Catalina (intersección Río Sarcari).

Oeste: Desde el cruce entre el límite del Departamento Santa Catalina y el cauce medio del Río Santa Catalina (intersección Río Sarcari) siguiendo por este río, con rumbo norte, hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5.

Circuito 114A - Casira

Norte -: Límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia, desde el cruce entre el cauce medio del Río Piscuno hasta su cruce con el límite este del Departamento de Santa Catalina.

Este: Desde el cruce entre del límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia con, límite este del Departamento de Santa Catalina siguiendo por este, con rumbo sur hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5.

Sur: Desde el cruce entre el límite este del Departamento Santa Catalina y la Ruta Provincial N° 5, siguiendo por esta Ruta, con rumbo oeste, hasta su cruce con el Punto D (coordenadas: la-titud 22° 6’3.14” S; longitud 65° 51’28.46” O), continuando por la proyección de la línea imaginaria, con rumbo norte, hasta su cruce con la Ruta Provincial N° 5, Punto C (coordenadas: latitud 22° 5’27.93” S, 65° 51’59” O), siguiendo por esta Ruta, con rumbo oeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Santa Catalina

Oeste: Desde el cruce entre la Ruta Provincial N° 5 y el cauce medio del Río Santa Catalina, siguiendo por este Río, con rumbo norte, hasta su cruce con el Punto A (coordenadas: latitud 21° 57’52.12” S; longitud 65° 55’53,08O), desde este Punto, por proyección de la línea imaginaria, con rumbo noroeste, hasta su cruce con el cauce medio del Río Piscuno, Punto B (coordenadas: 21° 55’49.12S; longitud 65° 54’51.08” O), siguiendo por este Río, con rumbo norte, hasta su cruce con el límite internacional con el Estado Plurinacional de Bolivia.

El expediente se encuentra para vista de los interesados, por VEINTE (20) días, en la calle Gascón 350, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Prof. SANDRA MINVIELLE, Directora de Estadística y Cartografía Electoral, Dirección Nacio-nal Electoral.

e. 30/06/2015 N° 114315/15 v. 01/07/2015#F4912742F#

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Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 33

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4908463I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 502/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° 1.602.955/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 26.727, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2202 del 17 de noviembre de 2014 y N° 294 del 4 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 23 del Expediente N°  1.602.955/14 obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, por la parte sindical y la empresa MONSANTO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y CO-MERCIAL, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colec-tiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homologado por la Resolución S.T. N° 2202/14 y registrado bajo el N° 1418/14 “E”, conforme surge de fojas 163/165 y 168, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 200/206, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope in-demnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa homolo-gado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2202 del 17 de noviembre de 2014 y registrado bajo el N° 1418/14 “E” suscripto entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RU-RALES Y ESTIBADORES, por la parte sindical y la empresa MONSANTO ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.602.955/14

Expediente N° 1.602.955/14

Buenos Aires, 21 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 502/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 241/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4908463F#

#I4908464I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 501/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° 1.652.222/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 364 del 17 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6 del Expediente N°  1.652.222/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte em-pleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1180/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 364/15 y registrado bajo el N° 335/15, conforme surge de fojas 55/57 y 60, respectiva-mente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 66/68, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 364 del 17 de marzo de 2015 y registrado bajo el N° 335/15 sus-cripto entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa CAR ONE SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.652.222/14

Page 34: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 34Expediente N° 1.652.222/14

Buenos Aires, 21 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 501/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 242/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4908464F#

#I4908465I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 499/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N°  255.839/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 253 del 27 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8/10 del Expediente N° 255.839/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 695/05 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 253/15 y registrado bajo el N° 245/15, conforme surge de fojas 65/67 y 70, respectiva-mente.

Que el precitado acuerdo fue ratificado por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, según consta a fojas 1 del Expediente N° 1.613.245/14 agregado como foja 32 al Expediente N° 255.839/13.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 80/90, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 253 del 27 de febrero de 2015 y registrado bajo el N°  245/15, suscripto entre el SINDICATO OBRAS SANITARIAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa AGUAS BONAERENSES SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, ratificado a fojas 1 del Expediente N°  1.613.245/14 agregado como foja 32 al Expediente N°  255.839/13 por la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 255.839/13

Expediente N° 255.839/13

Buenos Aires, 21 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 499/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 243/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4908465F#

#I4908466I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 506/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° 177.684/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1654 del 29 de diciembre de 2014 y N° 234 del 5 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 34/65 del Expediente N° 177.684/14 obra el convenio colectivo de trabajo de em-presa celebrado entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMI-CAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa RC ELECTROINDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el convenio colectivo de trabajo de empresa fue homologado por la Resolución S.T. N° 234/15 y registrado bajo el N° 1429/15 “E”, conforme surge de fojas 93/96 y 99, respectiva-mente.

Que el convenio precitado reemplaza al Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1019/08 “E”.

Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014 se fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio vigente a par-tir del 1° de enero de 2015 correspondiente al Acuerdo N° 1654/14, homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2100 del 31 de octubre de 2014.

Que atento a que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1429/15 “E” entró en vi-gencia a partir del 5 de diciembre de 2014, fecha en la cual las partes pactan nuevas remuneracio-nes, superiores a las pactadas en el Acuerdo N° 1654/14, deviene procedente dejar sin efecto el promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y el tope indemnizatorio resultante vigente a partir del 1° de enero de 2015 y fijar un nuevo promedio de las remuneraciones desde la fecha que comenzó a regir el renovado instrumento.

Que cabe destacar que la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 107/109, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Page 35: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 35Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones vigente desde el 1° de enero de 2015, fijado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 1654/14, suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETRO-QUÍMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa RC ELECTROINDUS-TRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

ARTÍCULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa ho-mologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 234 del 5 de febrero de 2015 y registrado bajo el N° 1429/15 “E” suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUÍMICAS, PETROQUÍMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa RC ELECTROINDUSTRIAL Y COMERCIAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordi-nación tome conocimiento de la presente medida en relación con el promedio de remuneraciones fijado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2560 del 29 de diciembre de 2014 y del respectivo tope indemnizatorio, correspondiente al acuerdo registrado bajo el N° 1654/14 y homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2100 del 31 de octubre de 2014 y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y el tope indem-nizatorio resultante.

ARTÍCULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 177.684/14

Expediente N° 177.684/14

Buenos Aires, 22 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 506/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 244/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4908466F#

#I4908467I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 507/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° 1.607.037/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 242 del 25 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 29 del Expediente N° 1.607.037/14, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS, por la parte sindical, y la OPERADO-RA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO - LÍNEA SARMIENTO, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1121/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución S.T. N° 242/15 y registrado bajo el N° 238/15, conforme surge de fojas 48/51 y 54, respectivamente.

Que el precitado acuerdo fue ratificado por la ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS, según consta a fojas 38.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 61/64, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 242 del 25 de febrero de 2015 y registrado bajo el N° 238/15, suscripto entre la ASOCIACIÓN SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS, por la parte sindical, y la OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO - LÍNEA SARMIENTO, por la parte empleadora, ratificado a fojas 38 por la ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMA-NOS FERROVIARIOS, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la pre-sente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.607.037/14

Expediente N° 1.607.037/14

Buenos Aires, 22 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 507/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 245/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4908467F#

#I4908468I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 508/2015

Bs. As., 20/04/2015

VISTO el Expediente N° 1.655.407/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 99 del 20 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente N° 1.655.407/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES,

Page 36: Sumario DECRETOS · EXTERIORIZACIÓN VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR Decreto 1232/2015 Ley Nº 26.860. Prórroga. Bs. As., 29/06/2015 VISTO

Miércoles 1 de julio de 2015 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.162 36por la parte sindical y la empresa BAT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1409/14 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 99/15 y registrado bajo el N° 346/15, conforme surge de fojas 29/31 y 34, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 42/44, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 99 del 20 de marzo de 2015 y registrado bajo el N° 346/15 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPI-TAL Y GRAN BUENOS AIRES, por la parte sindical y la empresa BAT SOCIEDAD DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Regis-tro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente N° 1.655.407/14

Expediente N° 1.655.407/14

Buenos Aires, 22 de Abril de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 508/15 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 246/15 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

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