sufragio

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Sufragio El sufragio se refiere al derecho, de carácter constitucional y político, a votar, a la elección mediante votación o al sistema electoral donde se eligen entre las personas candidatas para que ocupen cargos en entidades públicas o privadas en la política. Este término también se refiere al voto en sí o a la opción tomada por cada una de las personas que son consultadas, especialmente en materia política, en una asamblea para realizar un voto. En la política, el sufragio pude ser de tipo activo, que es el derecho o la libertad que tienen los individuos para participar en la elección de los gobernantes de un país o de la aprobación o rechazo en algún referéndum con sus votos; y de tipo pasivo, que es el derecho o la libertad que tienen los individuos a presentarse como candidatos durante el proceso electoral y a poder resultar elegidos.

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SufragioEl sufragio se refiere alderecho,de carcter constitucional y poltico,a votar, a laeleccin mediante votacino alsistema electoraldonde se eligen entre las personas candidatas para que ocupen cargos en entidades pblicas o privadas en la poltica. Este trmino tambin se refiere al voto en s o a la opcin tomada por cada una de las personas que son consultadas, especialmente en materia poltica, en una asambleapara realizar un voto. En la poltica, el sufragio pude ser de tipoactivo, que es el derecho o la libertad que tienen los individuos para participaren la eleccin de los gobernantes de un pas o de la aprobacin o rechazo en algn referndumcon sus votos; y de tipopasivo,que es el derecho o la libertad que tienen los individuos a presentarse como candidatos durante el proceso electoral y a poder resultar elegidos.Durante toda la Historia, ha habidonumerosos colectivos, como los esclavos, los presos, los discapacitados tanto fsicamente como intelectualmente las mujeres, los analfabetos, los militares, los policas, los pobres, etc. han sido excluidos del derecho a votar por muchas razones. Actualmente todoslos ciudadanos adultos, es decir, mayores de edad y en plenas facultades pueden ejercer su voto en la poltica en la mayora de los pases. Las mujeres votaron por primera vez en el siglo XX. El primer pas en el mundo en otorgar a sus ciudadanos el derecho a votar fueNueva Zelandaen 1893.Finlandia fue la primera nacin en el mundo en dar a todos los ciudadanos un sufragio total. El trmino sufragio se utiliza tambin paraayudar, socorrer o estar a favor de algo o de alguien, acudir en sufragio de alguien es ayudar tanto econmicamente como fsicamente. Incluso para los catlicos, el sufragio es la obra que ofrecen los creyentes por las almas del purgatorio. El sufragio universal es el sistema electoral en el que tienen derecho a votar todas las personas o los ciudadanos adultos (mayores de edad, 18 aos en la mayora de los pases) de un pas o Estado, o de una regin, sea cual sea su sexo, su raza, su creencia, su posicin o su condicin social. Los residentes extranjeros pueden votar en las elecciones locales en algunos pases. El sufragio restringido, tambin llamado censatario, es aquel que slo pueden votar las personas que aparecen en una lista o en un censo, normalmente en funcin de su riqueza, de sunivel de tributacin, o de suspropiedades inmobiliarias. El sufragio calificado era aquel donde slo podan ejercerlo los hombres que saban leer y escribir. Raza o grupo tnico: Sufragio universal Gnero: Sufragio femenino Clase social: Sufragio censitarioHasta pasado el siglo XIX, muchas democracias occidentales especificaban en sus leyes electorales que solo la gente con un cierto grado de riqueza poda votar. Hoy en da estas leyes se han abolido casi por completo. Sin embargo, en algunos pases "democrticos" esto todava se aplica en la prctica (aunque quizs no intencionadamente), aunque no est especificado en la ley, ya que muchos pases democrticos requieren la direccin del domicilio de sus ciudadanos para cualificar su voto, con lo que se excluye a todos aquellos que no han conseguido suficiente riqueza como para alquilar o poseer su propia vivienda. Por edad a pesar del impulso delsufragio universal, todas las democracias modernas requieren a sus votantes una edad mnima para ejercer este derecho. Los jvenes por debajo de la edad mnima para votar constituyen entre un 20 y un 50% de la poblacin en algunos pases, y no tienen representacin poltica. Las edades mnimas para votar no son uniformes en todo el mundo, y fluctan dependiendo de cada pas (y hasta de cada regin dentro de un mismo pas), normalmente entre los 18 aos. Debido a la exclusin de penados en Estados Unidos muchos pases, como algunos pertenecientes a laUnin EuropeaoCanad, permiten a suspresosejercer el derecho al voto, independientemente del tiempo de encarcelamiento o la naturaleza del crimen. Otros pases, entre los que se incluyen algunos estados deEstados Unidos, niegan el derecho al voto a aquellos convictos de crmenes graves, incluso cuando ya han cumplido sucondena. Y por los discapacitados psquicos e intelectuales a pesar de que laConvencin Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidadde laONUestablece que losdiscapacitados psquicostienen el mismo derecho a votar que el resto de ciudadanos, en algunos pases no se les reconoce este derecho. EnEspaa, que ratific la Convencin en 2007, miles de personas condiscapacidad psquicaydiscapacidad intelectualtienen negado el derecho al voto. Finlandia fue la primera nacin en el mundo en dar a todos los ciudadanos un sufragio total, en otras palabras el derecho a votar. Nueva Zelanda fue el segundo pas en el mundo en otorgar a sus ciudadanos el derecho a votar, en 1893. El 11 de noviembre de 1951 las mujeres Argentinas votaron por primera vez. Despus de un tiempo se les dio voto a los hombres y mujeres ya que en algunos casos eran excluidos.Elsufragio femeninohace referencia alderecho de votoejercido por lasmujeresy por tanto elderecho polticoy constitucionalavotara loscargos pblicos electosas como a ser votado. El sufragio abarca por tanto alactivo, donde se determina quienes tienenderecho al ejercicio del votocomo al denominadopasivo, que se refiere a quienes y en qu condiciones tienen derecho a ser elegidos. Lalegislacin internacionalreconoci el sufragio femenino a travs de la Comisin de Derechos Humanos de lasNaciones Unidas. En 1948, las Naciones Unidas aprobaron laDeclaracin Universal de los Derechos Humanos,cuyo artculo 21 declara:1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su pas, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones pblicas de su pas.3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder pblico; esta voluntad se expresar mediante elecciones autnticas que habrn de celebrarse peridicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del votoEl movimiento internacional por la reivindicacin del derecho alsufragio femeninofue alentado y desarrollados por las mujeres sufragistas. Fue un movimiento reformista social, econmico y poltico que promova la extensin delsufragio(el derecho avotar) a lasmujeres, abogando inicialmente por el sufragio igual (abolicin de la diferencia de capacidad de votacin por gnero) en lugar del actual sufragio universal (abolicin de ladiscriminacindebida principalmente a la raza), ya que este ltimo era, en los comienzos de la reivindicacin del sufragio femenino considerado demasiado revolucionario. El sufragio en Guatemala al igual que en el resto de los pases, ayuda al pas a elegir sus autoridades, tales como el presidente, vicepresidente, diputados, alcaldesetc. El sufragio se realiza por medio de los votos. Para votar el ciudadano tiene que ser mayor de edad, ser de origen guatemalteco y estar empadronado. Los ciudadanos a la hora de votar cuentan con varias opciones, o varios Partidos Polticos. La participacin de los ciudadanos es crucial para buen funcionamiento de una democracia. A travs del sufragio los ciudadanos obtienen representacin poltica de sus ideales. Para democracias jvenes, como la de Guatemala, la participacin ciudadana en los procesos democrticos es clave para fortalecer los poderes del Estado. La grfica muestra que la participacin ciudadana en las ms recientes elecciones ha aumentado ligeramente. La consolidacin del sistema democrtico ha exigido un nmero creciente de instituciones susceptibles de asegurar procesos electorales transparentes y el ms amplio acceso de las personas al ejercicio del sufragio. Una primera etapa permiti la consagracin del voto universal, igual, secreto y en muchos casos obligatorio, la que se vio perfeccionada con el reconocimiento del voto femenino. La sancin de leyes especficas sobre estas cuestiones extendi la incumbencia del legislador al campo electoral. Se trata de plasmar en normas todo lo atinente a la confeccin de los padrones, a la organizacin de las campaas y de los comicios, a las caractersticas del escrutinio, al financiamiento de esas actividades, entre muchos otros temas relevantes. Adems, la tendencia se extiende a la normatizacin de los partidos y de las actividades polticas; como as tambin a su financiacin.La importancia que reviste la temtica electoral para la salud de las instituciones del Estado de Derecho ha llevado a que muchos de sus aspectos normativos adquieran jerarqua constitucional. Al respecto, se manifiestan dos posturas dismiles en lo que hace a la magnitud que debe tener la temtica electoral a ser incorporada en la ley fundamental de un pas. La primera considera que esta problemtica exhibe un carcter coyuntural, ya que es susceptible de ser objeto de mltiples cambios en funcin de los avatares de la vida institucional de cada pas y que por lo tanto las cuestiones a plasmar en la constitucin deben ser lo ms genricas posible. Ello, a fin de posibilitar que las modificaciones que aconseje la cambiante situacin poltica, puedan llevarse a cabo sin que se impongan las dificultades que se derivan de una reforma constitucional. La segunda corriente, por el contrario, entiende que en virtud de la relevancia de la materia electoral, la ley fundamental debe contemplar un nmero importante de cuestiones, a fin de evitar que las mismas sean desconocidas o desvirtuadas en la prctica.

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