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CONSULTAS PREVIAS – MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU EIBAR P-876 CCPP EIBAR.doc 1 SOLICITUD DE CONSULTAS PREVIAS PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE EVALUACIÓN CONJUNTA DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU DE EIBAR PARA LA INSTALACIÓN DE UN GARBIGUNE LEIOA, Febrero 2012

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CONSULTAS PREVIAS – MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU EIBAR

P-876 CCPP EIBAR.doc 1

SOLICITUD DE CONSULTAS PREVIAS PARA LA REALIZACIÓN DEL ESTUDIO DE

EVALUACIÓN CONJUNTA DE IMPACTO AMBIENTAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU DE EIBAR

PARA LA INSTALACIÓN DE UN GARBIGUNE

LEIOA, Febrero 2012

CONSULTAS PREVIAS – MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOU EIBAR

P-876 CCPP EIBAR.doc 2

I N D I C E

1. INTRODUCCIÓN.................................................................................................... 3 2. DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DE LA MODIFICACIÓN

PUNTUAL .............................................................................................................. 5 2.1. ANTECEDENTES URBANÍSTICOS............................................................... 5 2.2. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN ............................................ 6 2.3. EXPOSICIÓN DE LOS OBJETIVOS .............................................................. 7 2.4. DESCRIPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTUACIONES ......................... 7 2.5. ALTERNATIVAS BARAJADAS Y SOLUCIÓN ADOPTADA........................... 8

2.4.1. Alternativa 0 o de “No actuación”............................................................ 9 2.4.2. Alternativa 1 ............................................................................................ 9 2.4.3. Alternativa 2 .......................................................................................... 10 2.4.4. Alternativa 3 o propuesta ...................................................................... 11

3. DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE ................................ 13 3.1. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA................................................................... 13 3.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO ........................................................... 14 3.3. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO BIÓTICO......................................................... 16 3.4. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO ..................................... 17

4. IDENTIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES PREVISIBLES ............ 20 4.1. ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTOS............................................. 20 4.2. IMPACTOS AMBIENTALES PREVISIBLES................................................. 21

2.4.5. Fase de Construcción ........................................................................... 21 2.4.6. Fase de Explotación.............................................................................. 21

5. INFORMACIÓN SOLICITADA.............................................................................. 22 6. ANEXOS............................................................................................................... 23

6.1. ANEXO I: DOCUMENTACIÓN GRÁFICA ORDENACIÓN URBANÍSTICA ACTUAL DEL PGOU DE EIBAR .............................................................................. 24 6.2. ANEXO II: CARTOGRAFIA TEMÁTICA ....................................................... 26

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1. INTRODUCCIÓN

De conformidad con el artículo 41 de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de

Protección de Medio ambiente del País Vasco, los planes contemplados en el

apartado A) del anexo I, quedan sometidos al procedimiento de Evaluación Conjunta

de Impacto Ambiental con el objeto, entre otros, de introducir en las primeras fases del

proceso de planificación, y en orden a la elección de las alternativas más adecuadas,

el análisis y valoración relativo a las repercusiones que sobre el medio ambiente se

deriven de la aplicación del plan, teniendo en cuenta los efectos acumulativos y

sinérgicos derivados de las diversas actividades.

De acuerdo al artículo 6 “Consulta” del Decreto 183/2003, de 22 de julio, que regula el

procedimiento de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental, y al artículo 9 de la Ley

9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y

programas en el medio ambiente, el promotor de la Modificación, consulta al órgano

ambiental de la Comunidad Autónoma u Órgano Foral de los Territorios Históricos,

sobre la amplitud y el grado de especificación de la información que ha de constar en

el Estudio de Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental de la Modificación Puntual,

así como cualquier otra que consideren de interés para la elaboración del citado

estudio.

La Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes

y programas en el medio ambiente, establece en el artículo 9 de la citada norma, que

el alcance, nivel de detalle y el grado de especificidad del informe de sostenibilidad

ambiental se determinará por el órgano ambiental, tras identificar y consultar a las

administraciones públicas afectadas y al público interesado, mediante la emisión de un

documento de referencia que incluirá además los criterios ambientales estratégicos e

indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables en el

municipio de Eibar.

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Al objeto de facilitar la respuesta a la consulta, se ha elaborado este breve documento

que expone los planteamientos, consideraciones y alcance de la “MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DEL MUNICIPIO DE EIBAR PARA LA INSTALACIÓN DE UN NUEVO GARBIGUNE”.

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2. DESCRIPCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL

2.1. ANTECEDENTES URBANÍSTICOS

El régimen urbanístico del término municipal de Eibar, está definido por las

determinaciones normativas del Plan General de Ordenación Urbana, aprobado

definitivamente mediante el acuerdo del Consejo de Diputados de la Diputación Foral

de Gipuzkoa, en su reunión de 12 de diciembre de 2006, en los términos del acuerdo

municipal de aprobación provisional, previa disposición de una serie de condiciones

La Mancomunidad de Debabarrena tiene prevista la instalación de un Garbigune en el territorio de Eibar, por lo que se debe llevar a cabo la modificación del planeamiento urbanístico para poder adecuar el uso de una parcela situada en Suelo No Urbanizable calificado como Agroganadera y Campiña, a un suelo No Urbanizable de Sistemas Generales de Infraestructuras, que pueda acoger la instalación del Garbigune.

Categorías en Suelo No Urbanizable del entorno en el Plan General de Ordenación Urbana de Eibar

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2.2. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN La propuesta de reordenación urbanística planteada por la Modificación Puntual se ubica en una parcela situada en el Polígono Industrial de Azitain, colindante al Parque Deportivo existente:

El ámbito se localiza en las coordenadas aproximadas de 43°11'92" de latitud norte y

2°27'43" de longitud oeste. Se trata de una superficie de unos 5.400 m2 situada en una

ladera del valle donde se asienta el polígono industrial al este del núcleo urbano de

Eibar y provisto de accesos desde la carretera N-634 que une Donostia con Bilbao, a

su paso por la ciudad de Eibar.

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2.3. EXPOSICIÓN DE LOS OBJETIVOS El objetivo de la Modificación del Plan General no es otro que la creación de un Sistema General de Infraestructuras para la implantación de un nuevo Garbigune, con el fin de integrar un espacio destinado a la gestión de residuos en el ámbito municipal. Los residuos que no se recogen ni se tratan adecuadamente, encuentran en los

Depósitos Controlados la última etapa de su ciclo de vida, sin que se obtenga ningún

tipo de aprovechamiento. Los Garbigunes o Puntos Limpios adoptan como objetivo

principal, minimizar este problema.

Se trata de Centros de Recogida Selectiva de Residuos Domésticos y Similares, que

situados estratégicamente cerca de los puntos de uso y generación de residuos,

gestiona el depósito de aquellos materiales que son susceptibles de ser reciclados,

reutilizados o valorizados.

En este sentido, los Garbigunes persiguen:

• Obtener un aprovechamiento y valorización material de residuos de fácil

reciclado, con lo que se logra un ahorro energético y una reducción del volumen

de desechos a depositar en los depósitos controlados.

• Minimizar el vertido incontrolado de residuos voluminosos.

• Contribuir a la formación y concienciación ciudadana en el cuidado del Medio

Ambiente.

• Servir de punto centralizado de gestión y transferencia de residuos en el

municipio de Eibar, con la consiguiente mejora en la eficacia de la gestión en el

ámbito del Territorio Histórico.

2.4. DESCRIPCIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTUACIONES

Como ya se ha comentado, el objetivo de la Modificación de normas plateada es la

ejecución de la ordenación urbanística de un espacio destinado a la implantación de

un Garbigune.

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La promoción comprende la acogida de un Garbigune o Centro de Recogida Selectiva

de Residuos, que consiste en un centro integral de gestión de residuos generados a

nivel municipal, que no son tratados por vías de recogida convencionales.

En este sentido, el Garbigune previsto tendría como objetivo la gestión de los

siguientes residuos:

RESIDUOS ADMISIBLES

Juguetes Papel y cartón; cajas de cartón, embalajes, revistas, periódicos...

Inertes; escombros, cristales, lavabos, inodoros... Neumáticos; Madera; armarios, sillas, cajas, marcos, puertas, camas, Jardinería: restos de podas, arbustos...

Voluminosos; muebles, colchones, somieres... Acumuladores y baterías Plásticos; persianas, sillas, mesas, juguetes, embalajes… Aceites; domésticos, de cárter...

Línea blanca; neveras, lavadoras, microondas... Vidrio; botellas, tarros... Línea marrón; televisores, videos, equipos reproductores de dvd, equipos de música, ordenadores... Chatarra; radiadores, bicicletas, fregaderos, antenas, sillas, bidones, …

Otros; pilas de todo tipo, fluorescentes, cartuchos de tóner, envases ligeros (contenedor amarillo), teléfonos móviles, CDs, DVD, cintas de video y casetes, termómetros de mercurio, juguetes...

2.5. ALTERNATIVAS BARAJADAS Y SOLUCIÓN ADOPTADA

Durante el análisis medioambiental de la Modificación se identifican, describen y

evalúan los probables efectos significativos sobre el medio ambiente que puedan

derivarse de la aplicación de la misma, incluyendo el estudio de alternativas

razonables, técnica y ambientalmente viables, de manera que tengan en cuenta los

objetivos y el ámbito territorial de aplicación de la propuesta urbanística.

A continuación se describen las diferentes alternativas estudiadas para la Modificación

de las normas urbanísticas que puedan acoger la instalación del Garbigune.

En la siguiente imagen se pueden observar los distintos ámbitos barajados en este

sentido:

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2.4.1. Alternativa 0 o de “No actuación”

Como tal se entiende aquella alternativa que contempla la no ejecución de la

modificación prevista. Supondría el rechazo a la implantación final del centro de

recogida selectiva de residuos.

Esta alternativa de intervención nula plantea el problema de no resolver las

necesidades municipales en cuanto a posibilitar la mejora en las infraestructuras de

recogida de residuos.

2.4.2. Alternativa 1

Esta alternativa plantea la ubicación de la Modificación al sur de la autopista AP-8,

ocupando un terreno de pronunciada pendiente formado por terrazas.

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Se trata de una zona ocupada por prados de siega en proceso de desarrollo hacia un

zarzal, a consecuencia del abandono de su uso. Cabe destacar la presencia

ejemplares de Quercus ilex de gran porte al lado de la borda existente en la zona.

Vista aérea de la alternativa 1 (Fuente: Diputación Foral de Gipuzkoa).

No existe ningún curso de agua en esta zona, que se encuentra bastante aislada del

entorno urbano, por lo que paisajísticamente forma una unidad de alta accesibilidad

visual, condicionando la magnitud del impacto estético.

Por otro lado, se trata de una zona carente de accesos directos, por lo que requeriría

la apertura de nuevos viales, aumentando la carga impactante de esta alternativa.

2.4.3. Alternativa 2

Esta alternativa abarcaría una parcela situada al sur de la AP-8, muy cerca de la

alternativa 1.

Ocupa un terreno contiguo a la AP-8, de pendientes pronunciadas. Está ocupado en

su parte más baja por zarzales, alisos (Alnus glutinosa) y fresnos (Fraxinus excelsior).

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Vista aérea de la alternativa 2 (Fuente: Diputación Foral de Gipuzkoa).

Desde el punto de vista paisajístico, se trata de una zona muy accesible visualmente

desde la AP-8, viéndose incrementada la magnitud del impacto sobre el paisaje,

aunque acotada, dada la baja calidad del paisaje intrínseco que presenta el entorno.

En cuanto a los accesos existentes, este ámbito se encuentra bien comunicado por la

carretera GI-2839, por lo que no requeriría la apertura de nuevas vías de conexión.

Cabe señalar la presencia de residuos urbanos en esta zona, por lo que no se puede

descartar la posibilidad de que exista de un emplazamiento con suelos potencialmente

contaminados.

2.4.4. Alternativa 3 o propuesta

Se trata de la parcela descrita anteriormente, situada en las faldas de la ladera

colindante al polígono industrial Azitain. Tal y como se ha venido comentando, es una

zona de pendientes, muy influenciada por la presencia de las actividades industriales y

buena conectividad vial.

El Plan General de Ordenación Urbana de Eibar clasifica el suelo de la zona propuesta

como Suelo No Urbanizable calificado Agroganadero. La Modificación Puntual plantea

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la recalificación del ámbito, manteniéndolo como Suelo No Urbanizable y pasando a

calificarlo como Sistema General de Infraestructuras. El PGOU define esta calificación

como la adecuada para acoger el tipo de infraestructura que se pretende implantar en

la zona y concede el menor grado de protección a este tipo de suelo no urbanizable.

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3. DIAGNÓSTICO TERRITORIAL Y DEL MEDIO AMBIENTE

Se describen a continuación, las principales características biofísicas del entorno

donde se plantea el desarrollo de la Modificación del Plan General de Ordenación

Urbana de Eibar.

3.1. LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA

El municipio de Eibar se localiza en el extremo más occidental del Territorio Histórico

de Gipuzkoa, limitando con Bizkaia. Eibar es la cabecera de la Comarca del Bajo

Deba, y también del Área Funcional homónima. Limita al norte con los municipios de

Elgoibar y Markina-Xemein, los municipios de Elgeta, Zaldibar y Bergara al sur, al este

se sitúan los términos de Elgoibar y Soraluze, y al oeste nos encontramos con los

municipios vizcaínos de Mallabia, Ermua y Zaldibar.

La extensión del municipio es de 28,78 km2, con una cota media de 121 m sobre el

nivel del mar, la ciudad de Eibar se asienta en el valle del río Ego, caracterizado por

una morfología abrupta y perteneciente a la cuenca del río Deba. El núcleo urbano se

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encuentra rodeado por los montes Urko, Akondia y Arrate al norte y Galdaramiño e

Illordo al sur.

El ámbito concreto de la Modificación, se encuentra situado en una ladera del polígono

industrial de Azitain, situado al este de la ciudad de Eibar, en un pequeño valle por

donde discurre el arroyo Gorosta, actualmente desviado y encauzado, hasta su

desembocadura en el Ego.

3.2. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO

El término municipal de Eibar pertenece al dominio climático denominado Templado

Oceánico, claramente influenciado por su proximidad al mar. Las características

principales son una variación térmica anual débil, precipitaciones que oscilan en torno

a 1.000 mm anuales, vientos relativamente importantes asociados frecuentemente a

temporales y nubosidad abundante, que conlleva una baja insolación.

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En cuanto a la geología, el ámbito de estudio se encuentra situado en el marco

geológico del Arco vasco de la cuenca cantábrica, asentándose sobre materiales de

origen volcánico.

La geomorfología del entorno de la parcela objeto de estudio viene caracterizada por

formaciones de ladera en unidades paisajísticas predominantemente forestales y

formaciones con un proceso activo de erosión. Las pendientes de la zona son

apreciables (>30%).

La red de drenaje presente a escala municipal se divide en dos Unidades

Hidrológicas, donde la mayor parte pertenece a la de Deba. La parte más

noroccidental drena sus aguas a la Unidad del Artibai.

La UH Deba tiene una superficie total de 533,8 km2, donde el río principal es el Deba,

con una longitud de cauce de 60,3 km. El núcleo urbano de Eibar y gran parte de su

término municipal, aproximadamente 17 km2, se sitúan en la subcuenca del río Ego,

afluente del río Deba por su margen izquierda.

En el entorno de la parcela de estudio fluye el arroyo Gorosta, afluente del Ego, que a

partir de la implantación del Polígono industrial de Azitain su curso está actualmente

encauzado hasta su encuentro con el río Ego, al sur del polígono.

Consultado el Plan Territorial Sectorial Agroforestal, con el fin de conocer el valor

estratégico del suelo, se comprueba que gran parte del suelo objeto de estudio

corresponde a suelos de categoría Agroganadera: Paisaje Rural de Transición y el

área más cercana al polígono industrial catalogada como Residencial; Industrial,

equipamientos e infraestructuras.

La edafología del emplazamiento se corresponde con suelos de escaso desarrollo

debido a las pendientes presentes en el entorno. Son suelos de un perfil A-C, con un

horizonte superficial de poca potencia, asentada sobre sustrato rocoso. En las zonas

más llanas, es previsible encontrar suelos con un principio de desarrollo vertical,

formando horizontes A-Bw-C, denominados cambisoles.

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En este apartado, el Inventario de Suelos Potencialmente Contaminados,

elaborado por IHOBE, S.A (Octubre, 2008), no contempla parcelas inventariadas

coincidentes con los límites del ámbito de actuación de la Modificación Puntual del

PGOU del municipio de Eibar.

3.3. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO BIÓTICO

La mayor parte de la parcela cuenta con escasa vegetación de relevancia. Parte de la

misma se compone de la unidad catalogada como Prados y cultivos Atlánticos, en un

entorno visiblemente influenciado por la intervención humana. Se pueden observar

manchas de vegetación forestal de explotación, sobre todo formadas por Pinus radiata

y reducidos enclaves de vegetación autóctona en fase degradada en el entorno de la

zona de estudio.

Las plantaciones de coníferas, y en menor medida, los prados, han sustituido en la

mayor parte del término a los bosques originales. Los prados han ocupado terrenos

propios de los robledales, especialmente los de menor pendiente. Las plantaciones de

coníferas ocupan tanto los terrenos propios de los robledales como de los hayedos.

Los bosques primigenios han quedado relegados, pudiendo observarse restos de la

vegetación primitiva en forma de bosquetes alterados dispersos por el territorio.

Estas unidades de vegetación forman hábitats de menor entidad en la zona de

estudio, donde la intervención humana ha condicionado en gran medida el desarrollo

de ecosistemas. Así, encontramos hábitats formados por pastos dentro de los límites

de la parcela objeto de Modificación y plantaciones forestales de Pinus radiata en las

zonas boscosas más próximas al emplazamiento. No se identifican hábitats de Interés

Comunitario en el entorno de la parcela, ni tampoco zonas incluidas en la Red Natura

2000. Los límites de la Modificación objeto de estudio tampoco entran en contacto con

ningún espacio incluido en la Red de Corredores Ecológico de la CAPV.

La fauna que habita estas zonas está compuesta por especies más ligadas a la

actividad humana. La fauna de vertebrados que habita en el área de estudio es de

origen atlántico. La mayoría de las especies son características de medios abiertos y

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humanizados y en menor medida, están presentes especies de bosque. La avifauna

puede presentar un relativo grado de diversidad. En lo que respecta a los mamíferos,

sólo parece probable la presencia de las especies más comunes, abundantes y

tolerantes. La presencia de mamíferos de tamaño medio o grande se ve limitada por la

existencia de grandes barreras para sus ecosistemas, entre ellas, el propio polígono

industrial asentado en el valle y vías de conexión. La fauna asociada a zonas húmedas

y de ámbito fluvial se encuentra previsiblemente desplazada del ámbito de estudio,

dada la elevada intervención que presenta el cauce del arroyo Gorosta.

A nivel municipal, entre las especies catalogadas existe una que ha sido calificada

como “Rara”: el alcotán (Falco subbuteo) es una especie escasa, aunque ligada a las

zonas más altas del territorio

Como especies de “Interés Especial” se hallan catalogadas el aguilucho pálido (Circus

cyaneus), el gavilán (Accipiter nisus), el chotacabras gris (Caprimulgus europeaus), el

torcecuello (Jynx torquilla) y el cuervo (Corvus corax).

No se encuentran Zonas de Distribución Preferente para ninguna especie, dentro del

ámbito de influencia de la Modificación Puntual.

3.4. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SOCIOECONÓMICO

La población del término municipal de Eibar la constituyen, según los datos del

EUSTAT de 2010, 27.201 habitantes, de los cuales 13.157 son varones y 14.044 son

mujeres.

La población eibarresa se asienta sobre todo en la ciudad de Eibar, aunque también

se distribuye en pequeños barrios rurales como son Otaola-Kinarraga, Aginaga, Arrate,

Mandiola y Gorosta.

La socioeconomía actual del término basa su distribución según el valor añadido bruto

de los sectores de producción, sobre todo en el sector servicios, que asume el 71% de

la estructura económica total. El sector industrial sigue teniendo peso, sobre todo en lo

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que a ocupación laboral se refiere y el sector de la construcción completa una

aportación mínima, donde el sector primario es casi inexistente en el tejido económico

actual:

En cuanto al patrimonio cultural, el municipio de Eibar posee un gran número de

elementos, edificios y áreas de interés cultural, recogidos por el Plan General de

Ordenación Urbana vigente.

No obstante, en el ámbito objeto de estudio no se tiene constancia de que exista

ningún yacimiento arqueológico ni tampoco se interfiere con ninguna de las Zonas de

Presunción Arqueológica. Así mismo no consta, ningún elemento de interés cultural

que pueda verse afectado por los objetivos perseguidos en la presente Modificación.

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SINTESIS VALORACIÓN AMBIENTAL

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4. IDENTIFICACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES PREVISIBLES

4.1. ACCIONES GENERADORAS DE IMPACTOS

Dentro de las determinaciones previstas por la Modificación Puntual del PGOU en el

ámbito descrito, se han identificado las siguientes acciones inductoras de impactos

En la Fase de Construcción de las actuaciones podemos considerar estas acciones:

Cambio en el uso del suelo

Alteración de la cubierta vegetal

Erosión y compactación

Movimiento de tierras

Presencia de nuevas zonas asfaltadas y pavimentadas

Alteración de la calidad del aire

Incremento de Presión Sonora

Generación de residuos de construcción

Afección a la fauna

Alteración del paisaje

Tráfico Vehículos pesados y ligeros

Vertidos líquidos accidentales

En la Fase de Explotación se pueden dar las siguientes acciones generadoras de

impactos:

Generación de aguas residuales y residuos

Cambios en la capacidad de drenaje del ámbito

Ocupación del emplazamiento por las edificaciones

Alteración de la continuidad de los ecosistemas

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4.2. IMPACTOS AMBIENTALES PREVISIBLES

Los impactos que previsiblemente se van a producir por estas acciones, son los

siguientes:

2.4.5. Fase de Construcción

Alteración de la cubierta vegetal

Pérdidas de la capacidad agrícola potencial del suelo

Erosión y compactación

Alteración de la calidad del aire

Incremento de la presión sonora

Afección a la fauna

Afección a la red de drenaje

Alteración del paisaje

Incremento del tráfico

Vertidos líquidos

Residuos sólidos

2.4.6. Fase de Explotación

Incremento de la presión sonora

Vertidos líquidos

Residuos sólidos

Alteración del paisaje

Incremento del tráfico

Alteración de la calidad del aire

Consumo de Recursos

Generación empleo

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5. INFORMACIÓN SOLICITADA

Considerando la necesidad de realizar la evaluación conjunta de impacto ambiental, y

de acuerdo con el artículo 6 Consulta del Decreto 183/2003 y la Ley 9/2006, de 28 de

abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el

medio ambiente, se solicita al órgano ambiental competente, que emita un documento

de referencia que contenga:

A) Estrategias, planes y normativa de índole ambiental que deban ser tenidos en

cuenta para elaborar el estudio de impacto ambiental.

B) Recursos y espacios de especial interés ambiental que se encuentran en el

ámbito del plan y objetivos de protección.

C) Respuestas de otros organismos o instituciones que pudieran ser consultadas

con relación al plan, al amparo de los establecido en el artículo 15 de la Ley

8/2007, de 28 de mayo, de suelo.

D) Otras observaciones que considere oportunas.

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6. ANEXOS

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6.1. ANEXO I: DOCUMENTACIÓN GRÁFICA ORDENACIÓN URBANÍSTICA ACTUAL DEL PGOU DE EIBAR

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I N D I C E

1. CLASIFICACIÓN VIGENTE DEL SUELO OBJETO DE LA MODIFICACIÓN.

PGOU DEL MUNICIPIO DE EIBAR

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6.2. ANEXO II: CARTOGRAFIA TEMÁTICA

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I N D I C E

1. SITUACIÓN

2. EMPLAZAMIENTO

3. LITOLOGIA

4. VEGETACIÓN

5. HÁBITATS

6. PTS AGROFORESTAL (APROBACIÓN PROVISIONAL)