^socucion gerenda[ generd ^gionac

9
^soCucion gerenda[ generd ^gionaC 5V® 04i-202i-g^fgg^ Huacho, 03 de agosto del 2021. VISTOS: EI Contrato 20-2020-GRL/OBRAS, de fecha 01 de Julio de 2020, el Acta de Recepcion de Obra, de fecha 04 de enero de 2021, el Memorando ? N° 0086-2021 -GRL-GRI/OO-JEPS, de fecha 11 de mayo de 2021, el Informe 213- 2021 -GRL/GRI/OO-OLT-PPV, recibido el 21 de mayo de 2021, el Informe 018-2021- PDMP, de fecha 01 de junio de 2021, el Informe 1628-2021-GRL/GRI/OO-JEPS, de fecha 19 dejulio de 2021, ei Memorando 2171-2021-GRL/GRI, recibido el 23 dejulio de 2021, el Informe 0954 -2021-GRL/SGRAJ, de fecha 26 dejulio del 2021; la Hoja de Envio 2807-2021 -GRL-GGR, recibido el 26 de Julio de 2021; y; CONSIDERANDO; Que, de conformidad con el articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, concordado con los articulos 2 y 4 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales - Ley 27867, establece que los Gobiemos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su cornpetencia, teniendo corno fmalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible; Quecon fecha 01 de Julio de 2020, el Gobierno Regional de Lima, en adelante la Entidad, conjuntamente con el CONSORCIO COFRAM en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato 20-2020-GRL/OBRAS, derivado de la Adjudicacion Simplificada 01-2020-GRL-CS, para la contratacion de la Ejecucion de la P^^\°bra: CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL DE ov MoMi PROViN°A DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN oVor^^EDIA TENSION 22,9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV), por e! rnonto ascendente a S/^07,934.58 (Quinientos Siete Mil Novecientos Treinia y Cuatro con 58/100 soles), con un plazo de ejecucion de obra de sesenta (60) dias caiendario, bajo ei sistema ae contratacion A Suma Alzada; £ UJ K (o ^ .. Q'uecon fecha 04 de enero de 2021, el Comite de Recepcion de Oora suscnbe el Acta de Recepcion de Obra. en la que menciona lo siguiente: Para la verification de los trabajos ejecutados se constataron con el expediente tecnico y p. anos replanteados aprobados por el Inspector de Obra. En la verification del levantamiento de observaciones, se verifica la culmination de la nhrn A , GOBIERN La ptiMiiie Li. Hue se i/.uA.'ia en el 3-.a\ '.AL ' c Llf'A AGO. 2021 Pagina 1 de 9 JACKE! Fc

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^soCucion gerenda[ generd ^gionaC

5V® 04i-202i-g^fgg^Huacho, 03 de agosto del 2021.

VISTOS: EI Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS, de fecha 01 de Julio de 2020, el Acta de Recepcion de Obra, de fecha 04 de enero de 2021, el Memorando

? N° 0086-2021 -GRL-GRI/OO-JEPS, de fecha 11 de mayo de 2021, el Informe N° 213- 2021 -GRL/GRI/OO-OLT-PPV, recibido el 21 de mayo de 2021, el Informe N° 018-2021-PDMP, de fecha 01 de junio de 2021, el Informe N° 1628-2021-GRL/GRI/OO-JEPS, de fecha 19 dejulio de 2021, ei Memorando N° 2171-2021-GRL/GRI, recibido el 23 dejulio de 2021, el Informe N° 0954 -2021-GRL/SGRAJ, de fecha 26 dejulio del 2021; la Hoja de Envio N° 2807-2021 -GRL-GGR, recibido el 26 de Julio de 2021; y;

CONSIDERANDO;Que, de conformidad con el articulo 191 de la Constitucion

Politica del Peru, concordado con los articulos 2 y 4 de la Ley Organica de Gobiemos Regionales - Ley N° 27867, establece que los Gobiemos Regionales son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su cornpetencia, teniendo corno fmalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible;

Que’ con fecha 01 de Julio de 2020, el Gobierno Regional de Lima, en adelante la Entidad, conjuntamente con el CONSORCIO COFRAM en adelante el Contratista, suscribieron el Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS, derivado de la Adjudicacion Simplificada N° 01-2020-GRL-CS, para la contratacion de la Ejecucion de la

P^^\°bra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL DE ov MoMi PROViN°A DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN oVor^^EDIA TENSION 22,9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, por e! rnonto

ascendente a S/^07,934.58 (Quinientos Siete Mil Novecientos Treinia y Cuatro con 58/100soles), con un plazo de ejecucion de obra de sesenta (60) dias caiendario, bajo ei sistema ae contratacion A Suma Alzada;

£UJ

K

(o

^ .. Q'ue’ con fecha 04 de enero de 2021, el Comite de Recepcion deOora suscnbe el Acta de Recepcion de Obra. en la que menciona lo siguiente:

Para la verification de los trabajos ejecutados se constataron con el expediente tecnico y p. an os replanteados aprobados por el Inspector de Obra. En la verification del levantamiento de observaciones, se verifica la culmination de la nhrn A ,

GOBIERN La ptiMiiie Li.

Hue se i/.uA.'ia en el 3-.a\

'.AL ' c Llf'A

AGO. 2021

Pagina 1 de 9JACKE!

Fc

pianos replanteados remitidos por el Inspector de Obra, asimismo deduccion en la liquidacion de obra de las siguientes partidas:

se recomienda la

CONTRACTUALITEM DESCRIPCIONUNIDAD METRADO

02.00 VEREDAS02.10 TRABAJOS PRELIMINARES

XlMPIEZA DEL TERRENO MANUAL "TRAZO. N1VELES Y REPLANTEO ”MOViMIENTO DE TIERRAS

~EXCAVAC1QN MANUAL DE ZANJAS PARA CIMiHNTOS RELLENO CON MATERIAL PROPIO "PERF1LADO Y COMPACT ADO DE SUR-RASANTT ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTEBASE GRANULARBASE DE AFiRMADO H=oToM --------------------CONCRETQ SIMPLE '---------------------------CONCRETO VEREDAS FC=175 KG/CM2 ENCOFRADO VEREDAS H=0.10M

2.4.5 [ JUNTA DE DILATACION E=l" "

2.1.1 m2 246.002.1.2 m2 246.0002.202.2.1 m3 36.902.2.2 m3 75.202.2.3 m2 246.002.2.4 m3 18.4502.302.3.1 m2 246.0002.402.4.3 m2 246.002.4.4 m2 38.00

82.00m

htego de reahzar un recorrido visual por la obra se ha verificado el levantamiento de las observaciones formuladas en el Acta de Observaciones, conforme a lo descrito antenormente, estando conforme a los pianos replanteados aprobados por el Inspector de ° 'ra y esPecificaciones tecnicas de la obra contenidas en el Expediente Tecnico de obra en concordancia a lo estipulado en el articulo 208 del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado, el Comite de Recepcion DA POR RECEPCIONADA LA OBRA.

Que? con Memorando N° 0086-2021 -GRL-GRi/GO-JEPS de fecha 11 de mayo de 2021, el jefe de la Oficina de Obras (e), remite al encargado del Area de la Ghana de Liquidaciones y Transparencia, informacidn respecto al estado situacional

o\ de pagos pendientes por Valorizaciones de obra al Contratista COFRAM, respecto a la roe)!) ejecucl6n de la 0bra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL V / REGIONAL EN LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE

ACTUALIZACION DE MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)” concluyendo lo siguiente:

A

TO

Se verified que las valorizaciones presentadas por el contratista CONSORCIO COFRAM, la Oficina de Obras ha otorgado conformidad del trdmite de pago en su oportumdad, dentro de los plazos establecidos en el RLCE, el cual no se encuentra mnguna valorizacion pendiente de pago;

Xl En relacion, a mavores gustos generales por concepto de Ampliacion de Pla-o Excepcional por el COVID-19, el CONSORCIO COFRAM no ha ,rami,ado ninguna sohatud a la Entidad dentro del plazo de ejecucion de la obra, ademus en el TtCTZ- DE RECEPCION DE OBRA se verifico la cuhninacion de la obra dlf^a L ,

La presentQje se Ketiiia ifn ci

11 A60. 2021

Pagina 2 de 9

pknws replanteados remitidos por el Inspector de Obra, asimismo se recomendo la deduce ion en la Uquidacion de la partida de Veredas, el cual asciende de S/22,750.27 (Veintidos Mil Setecientos Cincuenta con 27/100 soles), en ese sentido corresponde se deduzca;

" Con respecto a la culminacion del plazo contractual, se verifica que tuvo retraso en la ejecucion, (...). En ese sentido, la penalidad que se debe aplicar en la Uquidacion asciende al monto de S/50,793.46 (Cincuenta Mil Setecientos Noventa y Tres Con 46/100 soles.

a an monto

Que, a traves del Informe N° 213-2021-GRL/GRI/OO-OLT- P recibido el 21 de mayo de 2021, el Encargado de la Oficina de Liquidaciones y*J| Transferencias, solicita al Jefe de la Oficina de Obras, la aprobacion de Reduccion de Obra Sy denominada: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO

<aoO

^ DEL HOSPITALREGIONAL DE LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)” segiin io senalado por ei Ing. Pedro Daniel Mendoza Pariona en su Informe N° 012-2021-

|\ techa *8 de mayo de 2021, debiendo a su vez considerar en la Reduccion dep Obra los metrados recomendado por el Comite de Recepcion, segun se senala en el Acta de

Recepcion de Obra corroborada por la Oficina de Obras, respecto a los metrados ejecutados que se detallan a continuacion:

*

2Cl

$

no

ITEM SALDODESCRIPCIONMETRADO PARCIAL %2 MONTAJE ELECTRCMECANICO ----------------------------------—

SUBE3TACION DE DISTRIBUCION CONVENCIONAL TIPO CASETA-----------------------CONEXION DE TRANSFORMAPOR TRIFASiCO 1000 ICVA ----------------------------CONEXION DE CELPA DE LLEGADA Y PRQTECCIOH DE SUSESTACiOMCONEXION DE CELDA DE LLEGADA Y PROTECCION DE SUBESTACldN 'INSTALACiON, CONEXION DE CELPA DE PROTECCION YCONEXION DE CELDA DE PROTECCiON Y TRANSFORMAPORINSTALACION DE TERMINALES TERMQCONTRAIBLES DE M.TPARA CABLE N2>SV

02.03.012 1,198.12 100.00

02.04.012 1,025.90 100.00

02.05.012 1,343.56 100.0002.05.027 2.478.77 100.00

PRUEBAS ELECTRICASPRUEBAS ELECTRICAS4.01

1 1,870.63 100.00

5 VAR I OS5.01 PUESTA EN SERVICIO

1 2,880.00 100.005.02 PROGRAMACION DE RELE 1 1,354.07 100.00

TOTAL COSTQ DIRECTO12,151.05GASTQS GENERALES (12%)

1,458.13UTILiDADES (10%)1,215.11SUB TOTAL x FACTOR OE RELACION

IW114,824.28

£'.« . . ^ Que> mediante Informe N° 018-2021-PDMP. de fecha 01 deyy jun 10 de 2021, el Inspector de Obra, recomienda se realice los tramites correspondiente

para la aprobacion de la Reduccion de Obra denominada: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL

*

DE LA PROVINLJA—DEAl r£ UV

Li! p'V-tl6iK IlivO

A60. 2021Pagijna 3 de 9

Ifla !«H H

CANETE META IV: SISTEMA DE UT1LIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, concluyendo declarar procedente la Reduccion de Obra N° 01 por un monto de S/42,588.71 (Cuarenta y Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho con 71/100 soles), que resulta 8.39% de incidencia del Contrato N° 20-2020-

\ GRL/OBRAS, en cumplimiento al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado;

gy . . Que. con Informe N° 1628-2021-GRL/GRI/OO-JEPS. defecha 19 de iulio de 2021 > el Jefe de la Oficina de Obra (e), remite el informe respecto a la sohcitud de Reduccion de Obra N° 01 en relation a la ejecucion de la Obra- “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL DE LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, concluyendo que de

r ^ CORtorm’daci a !os alcances expuestos, la Oficina de Obras solicita APROBAR laU^edUCC‘6n de °bra N° 01’ P°r el monto de ^26,845.32 (Veintiseis Mil Ochocientos yy Cuarenta y C.nco con 32/100 Soles) incluido IGV, que representa una incidencia de

5'29/o del monfo ong'nal del Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS, en virtud al Acta de Recepcion de Obra de fecha 04 de

y

REG/q/<F/w

. . enero de 2021, previa opinion favorable de la Sub/v ^ereilcia>RegionaI de Asesoda Juddica de la Entidad, al amparo de la Ley de

•''ontraEaciones del Estado y su Reglamento, recomendado continual con el tramite “ft/ correspondiente;

7^5

Que- con Memorando N° 2171-2021-GRL/GRI, recibido el -3 de julio de 2021, el Gerente Regional de Infraestructura (e), senala respecto a la sohcitud de Reduccion de Obra N° 01 en relation a la ejecucion de la Obrr CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL

oo o ANETE _ META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22 9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, mencionando que de conlormidad a los alcances expuestos y a lo solicitado por el Jefe de la Oficina de Obra. solicita Aprobar la Reduccion de Obra N° 01, por e! monto de S/26,845.32 (Veintiseis Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 32/100 Soles) incluido IGV, que representa un

/)li I'd 1RC‘denc,a de 5.29/c del monto original del Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS en virtudc kC? ReCepC,0n de 0bra de fecha 04 de ene™ de 2021, previa opinion favorable de la

yVy Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica de la Entidad, al amparo de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento;

I©) ROCEDEN™ la Reduccion de Obra N 01 al Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS. nor / e monto de S/26,845.32 (Veintiseis Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 32/100 Soles)

incluido ei IGV, el cual representa una incidencia de 5.29% del contrato original referente a la ejecucion de la obra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DELHOSpTtAL

GOB '.Al rig LIMAUp

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1 I. 2021Pagina 4 de 9

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REGIONAL EN LA PROVINCIA BE CANETE - META IV: SISTEMA BE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”;

Que, es preciso senalar que el Contrato N° 20-2020- GRL/OBRAS respecto a la ejecucior. de la obra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO BEL HOSPITAL REGIONAL DE LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, ha sido suscrita al amparo de la Ley de Contrataciones del Estado - Ley N° 30225, modificada raediante Decreto Legislativo 1444 (en adelante la Ley) y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo 344-2018-EF (en adelante el Reglamento), en consecuencia para el presente caso, se aplicara dicha

o\ normativa y normas conexas hasta la culminacion de la ejecucion de la obra;

O/ /\<

PEG/q

dJ

Que, al respecto es necesario mencionar que la Normativa de Contrataciones del Estado, establece que una vez perfeccionado el contrato, tanto el contratista y la entidad se obligaban a ejecutar las prestaciones pactadas en la forma y oportumdad establecidas en el Contrato; sin embargo, durante la ejecucion contractual, se pueden ocasionar determinadas circunstancias

*

5. que generan que se modifique lasJy prestaciones inicialmente pactadas. Ante dicha situacion podemos encontrar en la V Normativa de Contrataciones la figura de “Modiflcaciones del Contrato”;

Que, al referirse a un pedido de reduccion de prestacion, es preciso senalar lo descrito en el numeral 34.2 del articulo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual indica que el contrato puede ser modificado en los siguientes supuestos: i) ejecucion de prestaciones adicionales, ii) reduccion de prestaciones, iii) autorizacion de ampliaciones de plazo, y (iv) otros conternplados en la Ley y el reglamento;

Que, tambien es preciso acotar, que de la norma incomento, en el numeral 34.3 del articulo 34, el cual establece que: ‘‘Excepcionalmente y previa

\ sustentacion por el area usuaria de la contratacion, la Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecucion de prestaciones adicionales en caso de bienes, servicios y

Dyzi consi{dorlas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, \\obr£s// siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo. miede

mlucir bienes, servicios u obras hasta nor el mismo vorcentaie” (El subrayado es agregado)

£a

Que, asimismo, el numeral 157.1 del articulo 157 del Reglament0 de la hQy de Contrataciones del Estado, establece que: “Mediante Resolucion previa, el Titular de la Entidad puede disponer la ejecucion de prestaciones adicionales

J hasta por el llmite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que estas sean necesarias para alcanzar la finalidad del contrato, para lo cual

mm

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Ode Siler;

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ulia en ei mcIUvc leipecaec.

Pagir.a 5 de 9 2021

JACi.Li’fJC V L. ..Foti.jTnrJa h-

corresponde contar con la asignacion presupuestal necesaria mientras que, elnumeral 157.2 del mismo artfculo, senala que: "}quaimerite, puede disvonerse la reduccion de las prestaciones hasta el Hmite del veinticinco vor ciento (25%) del monto del contratooriginal';

Que, en consecuencia, se entiende que la potestad de aprobar la reduccion de prestaciones le ha sido conferida a la Entidad en reconocimiento de su calidad de garante del interes publico en los contratos que celebra a efectos de abastecerse de los bienes, servicios u obras necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Asi, esta potestad responde al ejercicio de las prerrogativas especiales del Estado, que caracterizan a los regimenes juridicos especiales de derecho publico, como es el regimen de

tiffl con'ratac*ones Estado, en los que la Administracion Publica representa al interes jc general, el servicio publico, y su contraparte representa al interes privado;

Que, de la normativa de contrataciones del Estado ha establecido que, de manera excepcional y previa sustentacion por el area usuaria, el Titular oe una Entidad mediante una resoiucion puede disponer la reduccion de prestaciones en

^ una obra hasta por el Hmite del veinticinco por ciento (25%) del monto de su contrato, gj siempre que elio fuera indispensable para alcanzar la finalidad del contrato; bajo y premisa, la Gerencia Regional de Infraestructura y organos tecnicos adscritos, a traves de

sus informes, han sustentado y senalado entre otros, que a fin de alcanzar la finalidad del Contrato N° 20-2Q20-GRL/OBRAS, corresponde aprobar la presente reduccion de prestacion de la obra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL DE LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”, el mismo que no sobrepasa el Hmite exigido por Ley;

COO

7

£a. esa

Que, ademas de lo senalado, es preciso indicar que el Conti-ato N° 20-2020-GRL/OBRAS estabiece que el sistema de contratacion de la ejecucion de la obra es a SUMA ALZADA, a razon de ello, mencionamos que el primer parrafo del literal a) del artfculo 35 del Reglamento estabiece que el sistema a suma alzada es aolicable cuando las cantidades. magnitudes v calidades de la prestacion esten definidas en las

DJiJ especificaciones tecnicas. en los terminos de referenda o. en el caso de obras. en los 7y pianos, especificaciones tecnicas. memoria descriptiva v presupuesto de obra. respectivas.

determinado plazo de

7'fr,\OFICINA

OBRA\El poster formula su oferta por ejecucion, para cumplir con el requerimiento;

un monto fijo integral y por un*

Que, del analisis tecnico realizado por el Inspector de Obra, indica que existen partidas no ejecutadas por el contratista de la Meta IV: Sistema de

^7 / Utilizacion en Media 1 ension 22.9 Kv, toda vez que han sido ejecutadas por el contratista a cargo de la Meta II Consorcio Hospital Cahete por tratarse de conexiones y pruebas de

P A \Atar!a. ; :

GOB.*1 La picvenic

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1 Q\M0. 2021Pagina 6 de 9

. ulLAna

equipos que se encuentran en custodia de este ultimo, y que ascienden a un monto de S/15,743.39 (Quince Mil Setecientos Cuarenta y Tres con 39/100 soles), que deberan reducirse del Contrato N° 20-2020-GRL/OBRAS en conjunto con la reduccion de partidas contempladas en el Acta de Recepcion de Obra, que ascienden a un monto de S/26,845.32 (Veintiseis Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 32/100 soles); siendo un total de S/42,588.71 (Cuarenta y Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho con 71/100 soles), que a opinion y recomendacion del Inspector de Obra resulta procedente la Reduccion de

>^Reg7Bn. °bra N° 01 P°r e! monto de s/ 42,588.71 (Cuarenta y Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho con 71/100 soles), equivalente a una incidencia de 8.39% del monto contractual.

)- observandose a su vez 0‘UQ mediante Acta de Recepcion de Obra de fecha 04 de enero de

2021, el Comite de Recepcion de Obra junto con el contratista ejecutor CONSORCIO COFRAM dan cuenta de los trabajos ejecutados por el contratista, indicando que, e?i la verification del levantamiento de observaciones, se verifica la culmination de la obra de acuerdo a los pianos replanteados remitidos por el Inspector de Obra, y se recomienda la deduction en la liquidation de obra de las sipuient^ partidas ~

*

CONTRACTUALSTEM DESCRiPCIONUNIDAD METRADO

2.0.0 VEREDAS2.1.0 TRABAJOS PRELIMINARES

LIMPIEZA DEL TERRENO MANUAL TRAZO. NIVELES Y REPLANTEO MOVIMIENTO DE TiERRAS EXCAVACION MANUAL DE ZANJAS PARAC1M1ENTOS_________RELLENO CON MATERIAL PROPIQ PERF1LADO Y COMPACTADO DE SUB- RASANTE

2.1.1 m2 2-16.002.1.2 m2 246.002.2.0

2.2.1 m3 36.902.2.2 m3 75.202.2.3 m2 246.002.2.4 ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTE m3 18.452.3.0 BASE GRANULAR2.3.1 BASE DE AFIRMADO H=0.10 M

CONCRETO SIMPLE CONCRETO VEREDAS FC-175 K.G CM2 ENCOFRADO VEREDAS hTTiOMJUNTA DE DILATACION E=r'

m2 246.0002.402.4.3 m2 246.002.4.4 m2 38.002.4.5 82.00m

Que, en concordancia con el pronunciamiento tecnico del Injector de Obra, las partidas antes senaladas ascienden a un monto de S/26,845.32

o^l (Veintiseis Mil Ochocientos Cuarenta y Cinco con 32/100 soles), que deberan ser deducidos en la liquidacion de la obra, tal y conforme senala ei Comite de Recepcion de Obra y el Contratista ejecutor CONSORCIO COFRAM, mediante Acta de Recepcion debidamente suscrita con fecha 04 de enero de 2021; entendiendose que el contratista tiene

XpX pleno conocimiento de las Partidas objeto de reduccion, el mismo que fue materializado su C0,ni?r’nidad a traves de la suscripcion de la firma del Ing. Esau Antonio Paredes Sierra, en

ic\ calidad de Residente de Obra y Representante legal comun del CONSORCIO COFRAM,^ dandose poi Recepcionada la obra sin mayores observaciones;

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,OFIC!) OBR4S

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Qiissew A to itupsclho.

C 2021'0Pagina 7 de 9

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Que, en ese sentido, corresponde considerar la formalizacion de la Reduccion de Obra por las partidas no ejecutadas que se encuentran detalladas Acta de Recepcion de Obra, que asciende Ochocientos Cuarenta y Cinco

en elmonto de S/ 26,845.32 (Veintiseis Mil

32/i00 soles), aclarando que el monto recomendado y^J por el Inspector de Obra por S/ 42,588.71 (Cuarenta y Dos Mil Quinientos Ochenta y Ocho

con 71/100 soles), incluye un monto por partidas no ejecutadas de S/ 15,743 39 (Quince Mil Setecientos Cuarenta y Tres con 39/100 soles), correspondientes a partidas existentes ejecutadas Por el contratista a cargo de la Meta 11 del proyecto antes senalado; de las cuales se advierte que no habn'an sido puestas en conocimiento del contratista CONSORCIO COFRAM a electos de formalizar el tramite de Reduccion en su oportunidad; por lo que.

Vi se respetar las consideraciones expuestas en el Acta de Recepcion de Obra;

a unGIO-Acon

:*

BEG/o.

coOO

, Que! por consiguiente y conforme a lo descrito por el Inspectorde Obra, el Area de Liquidaciones y Transferencias, la Oficina de Obras y la Gerencia Regional de Infraestructura y demas organos tecnicos adscritos, normativa esgrimida en la presente resolucion, pese a encontrarse en periodo de hquidacion, resulta procedente aprobar la Reduccion de Obra N°

*

en contraste con la

I 20-2020-GRL/OBRAS. por el monto de S/26,845.32 (Veintiseis0Mil Ochockntls

p Cuarenta y Cmco con 32/100 soles), el cual representa una incidencia de 5.29%, respecto al monto del contrato antes citado, para la ejecucion de la obra: “CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REG10N4L PROVINCIA DE CANETE -

oUj

SGRl Soy>

DE LAMETA IV= SISTEMA DE UTILIZACION EN

MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”; ,a los alcances detallados en el Acta de Recepcion de Obra, los cuales resefiados en los informes tecnicos citados

como consecuenciase encuentran

en l°s antecedenies del presente documento. cumpiiendo con la finalidad del Contrato de Obra. alarticulo 34 de la Ley y articulo 157 del Reglamento;

ampai'o de lo establecido en el

Que, con Resolucion Ejecutiva Regional N° 269-2020-GOB, de fecha 18 de agosto del 2020, resolvio en su ARTICULO TERCERO: DELEGAR en

A d Gerente General Regional, entre otras la facultad de aprobar mediante resolucion la

y d Pag° de Prestaciones adicionales en obras, las reducciones de obras y deductivos correspondientes o la modificacion que iraplique el incremento de preciono supere el 15% del presupuesto de obra, conforme a la Ley de Contrataciones Reglamento (...);

£S'CD

9r,\OFIC, y que

y su

Que, la presente Resolucion, . , , cuenta con la propuesta,conformidad y v.sto de la Oficina de Obras de la Gerencia Regional de Infraestructura de

Sub Gerencia Regional de Asesoria Juridica y visto de la Secretaria General del Gobiemo Regional de Lima;

GOB,**La prt-.«lt81*,

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En ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 26 y 41 inciso b) de la Ley N° 27867 - Ley Organica de Gobiemos Regionales y los articulados de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias;

SE RESUELVE:

ARTICULO FRIMERO: APROBAR la Reduccion de Obra o\ N° Contrato 20-2020-GRL/OBRAS, por el monto de S/26,845.32 (Veintiseis

^ MiI Ochocientos Cuarenta y Cinco con 32/100 Soles) incluido IGV, el cual representa una ^77 incidencia respecto al monto contractual de 5.29%, referente a la ejecucion de la obra:

“CONSTRUCCION Y EQUIPAMIENTO DEL HOSPITAL REGIONAL DE LA PROVINCIA DE CANETE - META IV: SISTEMA DE UTILIZACION EN MEDIA TENSION 22.9 KV (OPERACION INICIAL 10 KV)”.

ARTICULO SEGUNDO: REMITIR copia del acto resolutivo que aprueba la Reduccion de Obra N° 01 y documentacion adjunta, a la Secretaria Tecnica oe las Autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario de nuestra institucion, para que acorde a sus funciones establecidas por Ley, pueda determinar la existencia de la responsabilidad que correspondiera por la aprobacion de la presente Reduccion de Obra N°

ARTICULO TERCERO: DEVOLVER el expediente que da origen cxi presente acto resolutivo a la uerencia Regional de Infraestructura, para la prosecucion del procedimiento y custodia respectiva.

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*

01.

ARTlCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente Resolucion Gerencial General Regional al CONSORCIO COFRAM, a la Gerencia Regional de Infraestructura, a las areas correspondientes, asimismo encargar a la Secretaria General para su publicacion en el portal electronico del Gobierno Regional de Lima.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHlVESE

GOJ^RNO REGIONAL DEJ.IMA

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