sociedad civil: sociedad civil: se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan...

22
Sociedad Civil

Upload: raul-de-la-fuente-ortega

Post on 24-Jan-2016

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

Sociedad Civil

Page 2: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

Disposiciones Generales• Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin en común de carácter preponderante económico, que no constituya una especulación comercial, mediante la aportación de sus bienes o industrias, o de ambos, para dividir entre si las ganancias y pérdidas.

Page 3: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• La aportación de bienes implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que expresamente se pacte otra cosa.

• El acto por el que se constituya o modifique una sociedad, debe constar en una escritura pública, la que se inscribirá en el registro público de la propiedad.

• La falta de forma prescrita para el contrato de sociedad solo produce el efecto de que los socios puedan pedir en cualquier tiempo que se haga la liquidación de la sociedad conforme a lo convenido, y a la falta de convenio conforme al capitulo de liquidación de la sociedad.

• Se formará una sociedad para un objeto ilícito, a solicitud de cualquiera de los socios, o de un tercero interesado, se declarara la nulidad de la sociedad, la cual se pondrá en liquidación.

Page 4: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• El contrato de la sociedad debe contener:Los nombres, domicilio, edad y estado civil de

los socios;La razón social;El objeto;El importe del capital social y la aportación

con la que cada socio debe contribuir;El inventario y evalúo de los bienes que

aporten, en su caso, los socios; con los documentos justificados de su propiedad;

El domicilio social;La duración;Las reglas aplicables a la administración;Los estatutos sociales

Page 5: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Después de la razón social se agregarán las palabras “Sociedad Civil” o sus siglas S.C.

• Será nula la sociedad en que se estipule que los beneficios pertenezcan exclusivamente alguno o algunos de los socios y todas las pérdidas a otro u otros.

• No puede estipularse que a los socios capitalistas se les restituya su aporte con una cantidad adicional haya o no ganancias.

Page 6: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

SECCION SEGUNDADE LOS SOCIOS

• Obligaciones de los socios• Artículo 7.918.- Cada socio estará obligado

al saneamiento para el caso de evicción de los bienes que aporte a la sociedad, como corresponde a todo enajenante, y a indemnizar por los vicios de esos bienes, como lo está el vendedor respecto del comprador; más si lo que prometió fue el aprovechamiento de bienes determinados, responderá de ellos según los principios que rigen las obligaciones entre el arrendador y el arrendatario.

Page 7: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Aumento de capital• Artículo 7.919.- A menos que lo

establezcan los estatutos sociales, no puede obligarse a los socios, a hacer una nueva aportación para aumentar el capital social. Cuando el aumento del capital social sea acordado por la mayoría, los socios que no estén conformes pueden separarse de la sociedad, con devolución de lo que aportaron.

Page 8: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Garantía subsidiaria de las obligaciones sociales

• Artículo 7.920.- Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren; los demás socios, salvo que lo establezcan los estatutos sociales, sólo estarán obligados a su aportación.

Page 9: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Condiciones de la cesión de los derechos de los socios

• Artículo 7.921.- Los socios no pueden ceder sus derechos sin el consentimiento unánime de los demás; y sin él tampoco pueden admitirse nuevos socios; salvo pacto en contrario, en uno y en otro caso.

Page 10: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Derecho del tanto en caso de cesión• Artículo 7.922.- Los socios gozarán del

derecho del tanto en el caso de cesión o venta de los derechos del haber social de otro socio. Si varios socios quieren hacer uso de ese derecho, les competerá éste en la proporción que representen dentro del haber social. El plazo para hacer uso del derecho del tanto será el de ocho días, contados desde que reciban aviso fehaciente del que pretende ceder o enajenar.

Page 11: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Exclusión de socios• Artículo 7.923.- Ningún socio puede ser excluido

de la sociedad sino por el acuerdo unánime de los demás socios y por causa grave prevista en los estatutos.

• Responsabilidad del socio excluido• Artículo 7.924.- El socio excluido es responsable

de la parte de pérdidas que le corresponda, y los otros socios pueden retener la parte del capital y utilidades de aquél, hasta concluir las operaciones pendientes al tiempo de la exclusión, debiendo hacerse hasta entonces la liquidación correspondiente.

Page 12: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

SECCIÓN TERCERA:DE LAS ASAMBLEAS

• Órgano Supremo de la Sociedad:• Art. 7.925. La asamblea es el órgano supremo de

la sociedad y sus decisiones son obligatorias.• Excepto en los casos en que la ley exige

unanimidad de votos, los acuerdos serán tomados por mayoría computada por aportaciones, pero cuando una sola represente el mayor interés y se trate de sociedades con mas de tres socios se necesita por lo menor de la tercera parte de los mismos.

Page 13: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Asambleas Ordinarias y Extraordinarias :

• Art. 7.926. Las asambleas serán ordinarias y extraordinarias.

• Extraordinarias: Conocerán de cualquier modificación al estatuto social, así como de la admisión y exclusión de socios.

• Ordinarias: Todas las demás que se realicen.

Page 14: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Convocatoria y Celebración de Asambleas:• Art. 7.927. • Las asambleas se celebrarán por lo menos una vez al año.• La convocatoria será hecha por el socio administrador o

por el 10% de los socios, con una anticipación mínima de 15 días naturales a su celebración tratándose dela primera vez, y de 5 días para las posteriores, mediante notificación en el domicilio que los socios tengan registrado en la sociedad.

• Quórum Legal:• Art. 7.928. Para que se considere legalmente constituida

la asamblea ordinaria en la primera convocatoria, se requerirá del 51% de los socios y tratándose de las siguientes, con los que asistan.

• Para las asambleas extraordinarias se requerirá un quórum del 75% de los socios en primera convocatoria y en segunda con mayoría simple.

Page 15: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

SECCIÓN CUARTADE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

• Socios o socios administradores • Articulo 7.929. La administración de

la sociedad debe conferirse a uno de los casos, los acuerdos serán tomados por mayoría de votos.

Page 16: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Derechos de los socios no administradores

• Articulo 7.930. El nombramiento de los socios administradores no priva a los demás del derecho de examinar el estado de los negocios sociales y de exigir con el este el fin la presentación de libros y demás documentación. Este derecho no es renunciable.

Page 17: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Casos que requieren autorización expresa

• Articulo 7.931. Los socios administradores ejercerán las facultades que fueran necesarias para cumplir el objeto de la sociedad; pero salvo convenio en contrario, necesitan autorización expresa de la asamblea de los socios para:

• I.-Enajenar los bienes de la sociedad, si esta no se ha constituido con ese objeto;

• II.-Gravarlos con cualquier derecho real;• III.-Tomar capitales prestados.

Page 18: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Ejercicio de facultades no concedidas a los administradores.

• Articulo 7.932. Las facultades que no hayan concedido a los administradores serán ejercitadas por quien determine la asambleas.

• Actuación conjunta de los administradores• Articulo 7.933. Si se ha convenido en que un

administrador actué conjuntamente con otro, solamente podrá proceder de otra manera, en caso de que pueda resultar perjuicio grave e irreparable a la sociedad.

Page 19: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización

• Rendición de cuentas por los administradores

• Articulo 7.934. El socio o socios administradores están obligados a rendir cuentas siempre que la pida la mayoría de los socios , aun cuando no sea la época fijada en los estatutos sociales.

Page 20: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización
Page 21: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización
Page 22: Sociedad Civil: Sociedad Civil: Se constituye mediante un contrato por el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización