situaciones 1 2 y 3 del 1860
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7/24/2019 Situaciones 1 2 y 3 del 1860.
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TITULO VIIDEL RGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS ESTUDIANTES.
DE LAS SITUACIONES
Artculo 19.Sern principios rectores del rgimen disciplinario aplicado a los estudiantes el debido proceso,la presuncin de inocencia, la doble instancia, el de favorabilidad, igualdad, imparcialidad, publicidad,
defensa y contradiccin.
ARTCULO 20. SITUACIONES TIPO I
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones espordicas que
inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningn caso generan daos al cuerpo o a la salud.
! "ec#a$ar o %islar a un compaero de las actividades acadmicas, pedaggicas y&o trabajos en grupo
dentro y fuera del aula.
'! ju$gar, acusar y&o amena$ar de manera individual o grupal a un miembro de la comunidad educativa
declarndolo culpable de faltas que se cometen dentro y fuera del aula sin tener certe$a de su
culpabilidad.
(! )resentarse a la institucin sin portar el uniforme como se #a establecido en el )acto de Convivencia.*! )rovocar a los integrantes de la comunidad educativa con acciones insinuantes que conlleven al
irrespeto +demostraciones amorosas, ademanes, gestos, vocabulario y prendas!.
! -ender o comprar artculos comestibles, u otros productos no autori$ados por la institucin.
/! 0vadir las actividades acadmicas, culturales, deportivas y pedaggicas programadas por la institucin.
1! 2ntimidar o amena$ar en forma verbal y&o gestual para evitar su participacin en clase, bien sea con
preguntas o intervenciones.
3! "epresentar con movimientos gesticulares o corporales e4presiones morbosas, vulgares o mal
intencionadas con el fin de ofender, ridiculi$ar, #umillar, burlarse atentando contra la integridad moral
de cualquier miembro de la comunidad educativa.
5! 6anifestarse a travs de silbidos, rec#iflas, gritos, c#istes, bromas, y&o acciones que conlleven a
fomentar la indisciplina en la actividad que se est desarrollando.
7! 8levar al colegio objetos que no sean necesarios para la labor escolar, que puedan causar distraccin o
perjuicio al proceso pedaggico, como los son juegos electrnicos, de a$ar y prendas de vestir o
accesorios diferentes al uniforme.
! 9tili$ar en clase cualquier elemento electrnico que pueda interrumpir el desarrollo y la reali$acin de
las mismas. 0n el caso de los celulares se debe mantener en apagado durante las #oras de clase a menos
que la actividad acadmica requiera de su uso.
Pr!"r#o: 0n caso de uso indebido del celular o de otro elemento electrnico, se proceder as:. La primera vezcon llamado de atencin +el cual quedar registrado por escrito en coordinacin! y
refle4in sobre la normatividad e4istente: firma de compromiso por parte del estudiante.'. Por segunda oportunidadel celular ser retenido y dejado en coordinacin por el trmino de cinco !
das y ser entregado en presencia del respectivo padre de familia o acudiente, el cual firmar compromiso a
efecto de que estudiantes y padres de familia entiendan la responsabilidad que se debe tener al usar estos
artefactos y la importancia de la autorregulacin y el respeto al proceso pedaggico.
(.Por tercera vez o reincidenciaser retenido y dejado en Coordinacin. 0l caso ser remitido al Comit de
Convivencia para su respectivo seguimiento de acuerdo a lo actuado.
'! 8legar tarde a clases y no presentar una justificacin vlida.
(! )ropiciar el desorden y el desaseo en salones, pasillos, laboratorios, baos, reas recreativas y dems
espacios de la institucin, al no darle el debido tratamiento a los residuos.
*! ;acer actividades diferentes a las estipuladas en los permisos solicitados en #oras de clase.! Consumir alimentos durante las actividades acadmicas, en formacin general o en desfiles.
/! 2ncumplir con las actividades acadmicas programadas para desarrollar en clase o con las dejadas para
desarrollar en el tiempo libre.
1! )romover juegos de a$ar que impliquen apuestas econmicas o algn tipo de retribucin.
3! )ortar el uniforme diferente al estipulado para el #orario correspondiente y con las caractersticas que
prev el manual de convivencia.
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''! 0ntrar o salir de la institucin sin previa autori$acin.
'(! 6anifestar en forma persistente desinters por el estudio y bajo rendimiento acadmico.
'*! =aar elementos o bienes que pertene$can a la institucin o de un miembro de la comunidad educativa.
'! )racticar y&o inducir a sus compaeros a reali$ar acciones relacionadas con rituales satnicos y&o de
brujera que perturben el ambiente escolar.
'/! 6anifestar actos amorosos propios de la vida privada de los estudiantes frente a sus compaeros o dems
integrantes de la comunidad acadmica.
. Se inicia con la e4istencia de una queja y&o reclamo que puede ser escrita, verbal, va telefnica o por
cualquier otro medio.
'. >uien evidencia la e4istencia de una queja o situacin que altera la convivencia escolar debe aplicar las
acciones reparadoras necesarias para corregir la actuacin y reali$ar el respectivo seguimiento de estas
acciones reparadoras de no cumplirse debe direccionarla a Coordinacin de Convivencia.
(. 8a coordinacin de Convivencia debe reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y
mediar de manera pedaggica para que stas e4pongan sus puntos de vista y busquen la reparacin de los
daos causados, el restablecimiento de los derec#os y la reconciliacin dentro de un clima de relaciones
constructivas en el establecimiento educativo.
*. ?ijar la forma de solucin de manera justa, equitativa y encaminada a buscar la reparacin de los daos
causados, el restablecimiento de los derec#os y la reconciliacin dentro de un clima de relacionesconstructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. =e esta actuacin se dejar
constancia escrita.
. "eali$ar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solucin fue efectiva o si se
requiere acudir a los protocolos consagrados en los artculos *', *( y **! del =ecreto 5/.
ARTICULO 21. ACCIONES REPARADORAS $%ORMATIVAS PARA LAS SITUACIONES TIPO I
"especto a las situaciones tipo 2 presentadas en la institucin, estas deben conducir a la refle4in sobre sus
palabras, sobre sus comportamientos u omisiones@ para crecer en lo personal ganar en lo social y aprender en
lo vivencial. Aoda accin reparadora busca solucionar los daos causados mediante la reparacin de losmismos, constituyndose en un aprendi$aje continuo aportando beneficios a la construccin de nuestra
comunidad educativa.
=ilogo conciliatorio que condu$ca a refle4in y al cambio de actitud respecto a la situacin
presentada.
=ilogo conciliatorio estableciendo compromisos firmados por las partes involucradas incluyendo el
cumplimiento de actividades pedaggicas dirigidas.
=eterminar y reparar los daos o acciones que incidieron negativamente en el clima escolar en presencia
del padre o acudiente, el coordinador, el docente que evidencio el #ec#o con el objetivo de establecer
decisiones colectivas que generen saberes y se compartan responsabilidades que impliquen cambiospositivos en la manera de decir y #acer las cosas incluyendo compromisos a corto pla$o, donde el
acudiente es el garante de el cumplimento de los mismos.
"efle4in en familia sobre la falta cometida dejando por escrito dic#as conclusiones #aciendo
seguimiento de las mismas.
"eali$acin de talleres en tiempo e4tra clase para que el o los implicados logren interiori$ar y
comprender el sentido de la norma. Se enviar notificacin al padre de familia para que sea conocedor
de la situacin en que se encuentra implicado su acudido.
8impie$a o reparacin de objetos y&o lugares de la institucin que tengan relacin con la accin
reali$ada.
"eposicin de los bienes afectados de cualquier miembro de la comunidad acadmica para cumplir con
el propsito pedaggico de respetar y cuidar los bienes ajenos. )resentacin de e4cusas con el fin de enmendar el dao causado mejorando el clima escolar y
propiciando ambientes de respeto y tolerancia.
"eali$ar refle4iones y e4posiciones sobre las consecuencias de las acciones reali$adas en las diferentes
aulas o en espacios de formacin contribuyendo a la construccin del clima escolar.
"eali$ar un trabajo e4traescolar de tipo social o cultural con el respectivo seguimiento de la actividad.
"emisin por parte de coordinacin de convivencia al servicio de psicoorientacion escolar.
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ARTCULO 22. SITUACIONES TIPO II.
Corresponden a este tipo las situaciones de agresin escolar, acoso escolar +Bullying! y Ciberacoso
+Ciberbullying!, que no revistan las caractersticas de la comisin de un delito y que cumplan con cualquiera
de las siguientes caractersticas:
a. >ue se presenten de manera repetida o sistemtica.
b. >ue causen daos al cuerpo o a la salud fsica o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de
los involucrados.
Se consideran situaciones tipo II las siguientes:
! )ortar y difundir material pornogrfico, dibujos, escritos que atenten contra el respeto de la
dignidad #umana.'! =iscriminar a algn miembro de la comunidad educativa por algn defecto fsico o cognitivo,
afectando su desempeo social.
(! =enigrar y atentar contra el buen nombre de algn miembro de la comunidad educativa en forma
verbal o a travs de panfletos, pasquines escritos en paredes o de cualquier otro medio incluidos
los tecnolgicos que afecte la integridad moral de cualquier miembro de la comunidad educativa.
*! )racticar juegos y acciones que atenten contra la integridad fsica y la moral.
! "eali$ar acciones de acoso se4ual.
/! "omper, esconder, rasgar, rayar, daar los elementos de trabajo o de uso personal de cualquier
miembro de la comunidad educativa que cause detrimento econmico dao fsico o moral.
1! 2ntimidar, amena$ar, acusar o ju$gar a un estudiante y&o a cualquier integrante de a comunidad
educativa a travs de cualquier medio incluidas las redes sociales.
Pr!"r#o: 8as acciones mencionadas en los literales ,',(,1, 3. de las situaciones clasificadas como tipo 2sern consideradas tipo 22 si cumplen con los requisitos establecidos para situaciones tipo 22 .
ARTCULO 2&. PROTOCOLO PARA LA ATENCI'N DESITUACIONES TIPO II.
. Se inicia con la e4istencia de una situacin evidenciada descrita dentro de las situaciones clasificadas
como tipo 22.'. 0n casos de dao al cuerpo o a la salud, garanti$ar la atencin inmediata en salud fsica y mental de los
involucrados, mediante la remisin a las entidades competentes, actuacin de la cual se dejar
constancia.
(. 8a Coordinacin de Convivencia ser la encargada de remitir los casos que ameriten ser tratados por del
comit de convivencia escolar.
*. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derec#os, el comit debe remitir la situacin a las
autoridades administrativas +Bienestar familiar!, en el marco de la 8ey 753 de '77/, actuacin de la
cual se dejar constancia.
. %doptar las medidas para proteger a los involucrados en la situacin de posibles acciones en su contra,
actuacin de la cual se dejar constancia.
/. 2nformar de manera inmediata a los padres madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados.actuacin de la cual se dejar constancia.
1. enerar espacios en los que las partes involucradas y los padres madres o acudientes de los estudiantes,
puedan e4poner y precisar lo acontecido preservando en cualquier caso, el derec#o a la intimidad,
confidencialidad y dems derec#os.
3. =eterminar las acciones restaurativas que busquen la reparacin de los daos causados, elD
restablecimiento de los derec#os y la reconciliacin dentro de un clima de relaciones constructivas en el
establecimiento educativo@ as como las consecuencias aplicables a quienes #an promovido, contribuido
o participado en la situacin reportada.
5. 0l presidente del comit escolar de convivencia informar a los dems integrantes de este comit, sobre
la situacin ocurrida y las medidas adoptadas. 0l comit reali$ar el anlisis y seguimiento, a fin de
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verificar si la solucin fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artculo ** del
=ecreto 5/.
7. 0l comit escolar de convivencia dejar constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones
adoptadas, la cual ser suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
. 0l presidente del comit escolar de convivencia reportar la informacin del caso al aplicativo que para
el efecto se #aya implementado en el sistema de informacin unificado de convivencia escolar.
Pr!"r#o I(Cuando el comit escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisin de lasituacin al 2nstituto Colombiano de Bienestar ?amiliar para el restablecimiento de derec#os, o al Sistema de
Seguridad Social para la atencin en salud integral, estas entidades cumplirn con lo dispuesto en el artculo
* del =ecreto 5/.
Pr!"r#o II( Cualquier accin que corresponda a este tipo de situaciones deber ser informada al padre defamilia o acudiente en busca del respectivo acompaamiento en los compromisos adquiridos.
ACCIONES REPARADORAS $ %ORMATIVAS PARA LAS
SITUACIONES TIPO II %sistir al colegio en jornada e4tra escolar para reali$ar actividades de refle4in sobre la situacin
presentada a travs de talleres, elaboracin de carteleras, lecturas, etc. 0l tiempo de asistencia a estas
actividades ser determinado por el comit de acuerdo a la gravedad de la falta, adicional a esto se
dejar constancia escrita de las actividades reali$adas y de su respectivo seguimiento con el fin de
verificar la modificacin de la conducta del estudiante.
0l estudiante ser sancionado por ,' o ( das con servicio social de mantenimiento y
embellecimiento a las instalaciones de la institucin educativa, de acuerdo a la gravedad de la falta
cometida. 8a sancin se debe cumplir dentro de la misma jornada sin derec#o a reali$ar actividades
acadmicas de esos das.
04plicar los motivos que lo condujeron a reali$ar la accin presentada frente al padre de familia o
acudiente quienes firmaran un compromiso que debe ser cumplido durante el ao en curso. 0n caso
de renovar la matrcula para el ao siguiente se tendr en cuenta el respectivo seguimiento.
"eparacin o pago de los daos causados a los bienes muebles e inmuebles de la institucin o de
cualquier miembro de la comunidad educativa en el tiempo acordado y establecido por el comit de
convivencia.
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ARTCULO 2)( SITUACIONES TIPO III.Corresponden a esta tipo las situaciones de agresin escolar que sean constitutivas de presuntos delitos
contra la libertad, integridad y formacin se4ual, referidos en el Atulo 2- del 8ibro de la 8ey 55 de
'777, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
! =istribuir y&o consumir bebidas alco#licas o sustancias psicoactivas dentro la institucin o fuera de
ella portando el uniforme.
'! )resentarse a la institucin educativa bajo el efecto de bebidas alco#licas, estupefacientes o
alucingenas.
(! )ortar dentro de la institucin un elemento que se pueda definir como arma.
*! %propiarse intencionalmente de elementos o bienes que pertene$can a la institucin o de un miembrode la comunidad educativa.
! 0fectuar modificaciones o alteraciones a listas, evaluaciones, libros, boletines y documentos oficiales de
la institucin.
/! Suplantar a otras personas tales como familiares, alumnos o miembros de la 2nstitucin, rempla$ando su
identidad, firmando documentos a nombre de la persona requerida, suplantarla telefnicamente y en
general todo tipo de conductas que indu$can al engao.
1! %gredir a un miembro de la comunidad educativa, provocando lesiones que generen incapacidad medica
ya sea a nivel fsico o psicolgico.
3! obligar a una persona, a travs de la utili$acin de violencia o intimidacin, a reali$ar u omitir acciones
con el nimo de lucro o con la intencin de producir un perjuicio econmico o emocional.
ARTCULO 2*. PROTOCOLO PARA LA ATENCI'N DESITUACIONES TIPO III.
. 0n casos de dao al cuerpo o a la salud. garanti$ar la atencin inmediata en salud fsica y mental de los
involucrados, mediante la remisin a las entidades competentes, actuacin de la cual se dejar constancia.
'. 2nformar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados,
actuacin de la cual se dejar constancia.
(. 0l presidente del Comit 0scolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio ms e4pedito,
pondr la situacin en conocimiento de la )olica Eacional, actuacin de la cual se dejar constancia.*. Eo obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citar a los integrantes del comit escolar de
convivencia en los trminos fijados en el manual de convivencia. =e la citacin se dejar constancia.
. 0l presidente del comit escolar de convivencia informar a los participantes en el comit, de los
#ec#os que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella informacin que pueda atentar
contra el derec#o a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, as como del reporte
reali$ado ante la autoridad competente.
/. )ese a que una situacin se #aya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comit
escolar de convivencia adoptar, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento
educativo, tendientes a proteger dentro del mbito de sus competencias a la vctima, a quien se le
atribuye la agresin y a las personas que #ayan informado o #agan parte de la situacin presentada,
actuacin de la cual se dejar constancia.1. 0l presidente del comit escolar de convivencia reportar la informacin del caso al aplicativo que
para el efecto se #aya implementado en el sistema de informacin unificado de convivencia escolar.
3. 8os casos sometidos a este protocolo sern objeto de seguimiento por parte del comit escolar de
convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comit municipal, distrital o
departamental de convivencia escolar que ejer$a jurisdiccin sobre el establecimiento educativo en el
cual se present el #ec#o.
ARTCULO 2+. ACCIONES REPARADORAS $%ORMATIVAS PARA LAS SITUACIONES TIPO III
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%sistir al colegio en jornada e4tra escolar en compaa del acudiente o padre de familia para reali$ar
actividades de refle4in sobre la situacin presentada a travs de talleres, elaboracin de carteleras,
lecturas, etc. 0l tiempo de asistencia a estas actividades ser determinado por el comit de acuerdo a
la gravedad de la falta, adicional a esto se dejar constancia escrita de las actividades reali$adas y de
su respectivo seguimiento con el fin de verificar la modificacin de la conducta del estudiante.
0l estudiante ser sancionado de ( a das con servicio social de mantenimiento y embellecimiento
a las instalaciones de la institucin educativa, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida. 8a
sancin se debe cumplir dentro de la misma jornada sin derec#o a reali$ar actividades acadmicasde esos das.
)erdida del cupo para el siguiente ao
6atricula con ltimo compromiso.
"emisin a las instituciones de apoyo segn el caso +2.C.B.?., )olica de 2nfancia y adolescencia.!
=esvinculacin inmediata de la 2nstruccin.
Artculo2,.Aodas las situaciones Aipo 2 que requieran atencin especial y que debido a su naturale$a noclasifican como situaciones Aipo 22 o Aipo 222 le corresponder a la respectiva coordinacin #acer el
seguimiento y en caso de reincidencia de la situacin deber ser remitido al comit de convivencia con los
respectivos soportes quienes iniciaran el proceso.
Artculo 28.
D-rctor-o Tl#/-coL Atc-/ Nc-ol
Et- S-tuc-/ L Atc-/2CB? 6altrato 2nfantil
-iolencia Se4ual
7377753737
73777'***7
6inisterio de 2nterior y
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-inculada a Sisben
2nspeccin de )olica
+)opular!
)reviene y "esuelve Conflictos
Ciudadanos
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