sesión 1 web conferencia 9 de septiembre de 2014

8
Ing. Harold E. Cabrera Meza UNAD – CEAD Pasto UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD Escuela de Ciencias Básicas Tecnología e Ingeniería Legislación de telecomunicaciones Sesión 1 Web Conferencia 9 de Septiembre de 2014

Upload: julieth-garzon

Post on 18-Nov-2015

15 views

Category:

Documents


4 download

DESCRIPTION

uuuuu

TRANSCRIPT

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    Sesin 1 Web Conferencia 9 de Septiembre de 2014

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    TRABAJO COLABORATIVO

    Aplique con el grupo colaborativo el titulo II provisin de las redes yservicios y acceso a recursos escasos de la ley 1341 2009 para la creacin deuna empresa de telecomunicaciones ajustada a cumplir todos los artculosque se mencionan en este apartado de la ley.

    Se deben dar un nombre y crear un logo tipo de la empresa lo cual servir demembrete en su documento. En este documento ir el desarrollo del trabajomximo 12 hojas.

    Lealo en: http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-3707.html

    http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-3707.html

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    APARTES IMPORTANTE DE LA LEY PARA SER APLICADA EN EL TRABAJO:

    Las redes y servicios de telecomunicaciones es un servicio pblico administrado porel estado

    Disponible en: http://www.tendencias21.net/photo/art/default/2080331-2888117.jpg?v=1289406367

    Articulo 10: Habilitacin general

    El uso de los servicios de redes y telecomunicaciones en Colombia tiene unacontraprestacin (cobro) por parte del MINTIC.

    Solamente el MINTIC es el ente autorizado para otorgar los permisosnecesarios para la instalacin, aplicacin, modificacin, operacin yexplotacin de las redes de comunicaciones.

    http://www.tendencias21.net/photo/art/default/2080331-

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    Articulo 11. Acceso al Uso del espectro radioelctrico

    El uso del espectro radioelctrico permiso previo, expreso y otorgado por elMINTIC

    La tecnologa usada para el uso del espectro debe respetar las polticas deuso de acuerdo a las establecidas en el MINTIC:

    - No deben generar interferencias ante otros servicios.

    - Ser compatibles con servicios internacionales similares en el mercado

    - No afectar la seguridad nacional

    - Aporten al desarrollo sostenible del pas

    El MINTIC saca a convocatoria pblica los trminos de referencia para el usodel espectro y las garantas necesarias para su buen uso.

    El MINTIC tambin es el encargado de otorgar las frecuencias a las entidadesde defensa y seguridad nacional segn la necesidad de la entidad que losolicite y es de carcter reservado

    El gobierno se reserva el derecho de otorgar bandas de frecuencia de usolibre de acuerdo a las recomendaciones del a UIT (Unin Internacional deTelecomunicaciones) y de bandas exentas de pago para programas socialesdel estado.

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    Artculo 12. Plazo y renovacin de los permisos para el uso del espectroradioelctrico

    El uso del espectro radioelctrico tiene vigencia de hasta 10 aos a partir dela fecha de su otorgamiento y se podr renovar en el mismo tiempo despusde su vencimiento.

    Los plazos puede diminuir cuando:

    - Existan razones de inters pblico

    - Reordenamiento del espectro radioelctrico

    - Disposiciones internacionales.

    La renovacin del permiso depende de:

    - Uso eficiente del recurso

    - Cumplimiento de los planes de expansin

    - Cobertura de redes y servicio y disponibilidad del recurso

    La renovacin no es gratuita, ni automtica informar su renovacin 3 mesescon antelacin de la fecha de vencimiento.

    Articulo 13. Contraprestacin econmica para la utilizacin del espectroradioelctrico

    La utilizacin del espectro radioelctrico por lo proveedores de redes yservicio de telecomunicaciones se paga ante el MINTIC

    Los costos asociados son:

    - ancho de banda asignado

    - numero de usuarios potenciales

    - disponibilidad del servicio

    - planes de expansin y cobertura

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    - demanda por el espectro y disponibilidad

    - y otros elementos tcnicos que sirvan como parmetro de precio

    el pago se debe realizar al MINTIC sea para otorgamiento o renovacin delpermiso

    Artculo 14. Inhabilidades para acceder a los permisos para el uso del espectroradioelctrico. No podrn obtener permisos para el uso del espectroradioelctrico:

    Aquellos a quienes se les haya declarado la caducidad del contrato deconcesin para prestar cualquier servicio de telecomunicaciones.

    Aquellos a quienes por cualquier causal se les haya cancelado la licenciapara prestar servicios o actividades de telecomunicaciones, as como elpermiso para hacer uso del espectro radioelctrico.

    Aquellas personas naturales que hayan sido representantes legales,miembros de juntas o consejos directivos y socios de personas jurdicas aquienes se les haya declarado la caducidad del contrato de concesin paraprestar cualquier servicio de telecomunicaciones y/o cancelado la licenciapara prestar servicios o actividades de telecomunicaciones, as como elpermiso para hacer uso del espectro radioelctrico.

    Aquellas personas que hayan sido condenadas a penas privativas de lalibertad, salvo cuando se trate de delitos polticos o culposos.

    Aquellas personas naturales o jurdicas, sus representantes legales,miembros de juntas o Consejos Directivos y socios, que no se encuentren alda con el Ministerio de Tecnologas de la Informacin y las Comunicacioneso el Fondo de Tecnologas de la Informacin y las Comunicaciones, porconcepto de sus obligaciones.

  • Ing. Harold E. Cabrera MezaUNAD CEAD Pasto

    UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA UNADEscuela de Ciencias Bsicas Tecnologa e IngenieraLegislacin de telecomunicaciones

    Artculo 15. Registro de proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones.

    El Ministerio de Tecnologas de la Informacin y las Comunicaciones llevarel registro de la informacin relevante de redes, habilitaciones,autorizaciones y permisos conforme determine el reglamento. Debeninscribirse y quedar incorporados en el Registro los proveedores de redes yservicios:

    - Los titulares de permisos para el uso de recursos escasos, indicando sussocios; que debern cumplir con esta obligacin incluyendo yactualizando la informacin peridicamente.

    - En el caso de las sociedades annimas slo se indicar su representantelegal y los miembros de su junta directiva. Este registro ser pblico y enlnea, sin perjuicio de las reservas de orden constitucional y legal.