sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de...

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1 Excmo. Ayuntamiento de Soria MAAG/mpm Sesión ordinaria nº 27 En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cincuenta minutos del día catorce de julio de dos mil diecisiete, se reúne la Junta de Gobierno Local para celebrar sesión, en segunda convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: ASISTENTES: Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito. Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo. Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor. Interventora Municipal Acctal___Dª Belén Gallardo Sáez. Secretario General: __________ D. Mariano A. Aranda Gracia. Excusan su asistencia D. Luis A. Rey de las Heras y Dª. Marta Cáceres Piñuel. 1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 7 DE JULIO DE 2017. Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 7 de julio de 2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el Acta es aprobada por unanimidad. 2.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA LA BLANCA 4, REPRESENTADA POR Dª. ... Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios de Plaza la Blanca, 4, representada por Dª. … Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos

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Page 1: Sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta

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Excmo. Ayuntamiento de Soria

MAAG/mpm

Sesión ordinaria nº 27

En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cincuenta minutos del día catorce de julio

de dos mil diecisiete, se reúne la Junta de Gobierno Local para

celebrar sesión, en segunda convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

ASISTENTES:

Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito.

Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo.

Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.

Interventora Municipal Acctal___Dª Belén Gallardo Sáez. Secretario General: __________ D. Mariano A. Aranda Gracia.

Excusan su asistencia D. Luis A. Rey de las Heras y Dª. Marta Cáceres Piñuel.

1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 7 DE JULIO

DE 2017.

Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 7 de julio de

2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el

Acta es aprobada por unanimidad.

2.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN

EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA LA BLANCA 4,

REPRESENTADA POR Dª. ...

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios de Plaza la Blanca, 4, representada por Dª. …

Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos

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exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de

conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),

la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la

delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área

Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:

Beneficiario: Comunidad de Propietarios Plaza la Blanca, 4, representada por Dª. …

Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente: Actuaciones en elementos comunes del edificio. Obras conducentes a

una mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en Plaza la Blanca, 4 y de habitabilidad de viviendas.

Cuantía: 3.280,00 €

3.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A CDAD.

PROPIETARIOS DE C/ DOCTRINA, 8, REPRESENTADA POR Dª. …

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad. De Propietarios

de C/ Doctrina, 8, representada por Dª. …

Informado favorablemente por los Servicios Técnicos

municipales, una vez examinado el cumplimiento de los

requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la

ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art.

15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria

núm. 63 de 1 de junio de 2015), la Junta de Gobierno Local,

órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete

de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área

Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:

Beneficiario: Comunidad de Propietarios C/ Doctrina, 8,

representada por Dª. …

Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:

Actuaciones en elementos comunes del edificio. Obras conducentes a

una mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio

sito en C/ Doctrina, 8 y de habitabilidad de viviendas.

Page 3: Sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta

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Cuantía: 5.670,62 €

4.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN

EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A D. …

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) formulada por D. …

Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos

exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la

que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),

la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha

siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área

Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:

Beneficiario: D. …

Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:

Obras conducentes a la mejora de la eficiencia energética de la

vivienda sita en C/ Real, 55, 1º A; es decir a una mejora efectiva de

las condiciones de uso residencial y de habitabilidad de la vivienda.

Sustitución de elementos visibles desde la vía pública.

Cuantía: 1.496,00 €

5.-CONCESIÓN PROVISIONAL D SOLICITUD AYUDA DE

REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN

(APE) A COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ VIRGEN DEL

ESPINO, 1, REPRESENTADA POR D. …

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios

C/ Virgen del Espino, 1, representada por D. ...

Informado favorablemente por los Servicios Técnicos

municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de

conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),

la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha

siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

Page 4: Sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta

4

Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área

Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:

Beneficiario: Comunidad de Propietarios C/ Virgen del Espino, 1,

representada por D. ...

Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:

Actuaciones en elementos comunes. Obras conducentes a una mejora

efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en C/

Virgen del Espino, 1 y de habitabilidad de viviendas.

Cuantía: 6.312,00 €

6.- CONCESIÓN DEFINITIVA DE AYUDA DE REHABILITACIÓN

EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A

COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ ARBOLEDA, 3,

REPRESENTADA POR Dª. Mª. DEL CARMEN ASENSIO

SACRISTÁN.

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) de la Comunidad de Propietarios de C/

Arboleda, 3, representada por Dª. Mª. …

La solicitud ha sido informada favorablemente por los Servicios

Técnicos municipales una vez examinado el cumplimiento de los

requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda

solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la

Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1

de junio de 2015).

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda

Conceder definitivamente la ayuda de rehabilitación provisionalmente decretada en fecha 5 de mayo de 2017 y, en

consecuencia, abonar a la Comunidad de Propietarios C/ Arboleda, 3,

representada por Dª. Mª. …, la cantidad de 1.190,70€, en concepto de actuaciones en elementos comunes; obras conducentes a una

mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en C/ Arboleda, 3 y de habitabilidad de las viviendas.

7.- CONCESIÓN DEFINITIVA DE AYUDA DE REHABILITACIÓN

EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A D. …

Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente

de Eco-inversión (APE) de D. …

Page 5: Sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta

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La solicitud ha sido informada favorablemente por los Servicios

Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los

requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda

solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la

Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1

de junio de 2015).

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda

Conceder definitivamente la ayuda de rehabilitación

provisionalmente decretada en fecha 19 de mayo de 2017 y, en

consecuencia, abonar a D. …, la cantidad de 1.734,82€, en concepto de obras conducentes a una mejora efectiva de las condiciones de

uso residencial y de habitabilidad de la vivienda sita en C/ Alberca, 3, 4º izda.

8.- CONCESIÓN DE AYUDAS DE BONOTAXI PARA PERSONAS

CON DISCAPACIDAD Y AFECTADAS DE GRAVES DIFICULTADES DE MOVILIDAD PARA EL AÑO 2017.

Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa

de Acción Social, Cooperación e Igualdad de fecha .. de junio del actual, relativo a la concesión de ayudas de Bonotaxi a personas con

discapacidad y afectadas de graves dificultades de movilidad.

Visto el informe emitido por la Coordinadora de Servicios

Sociales, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.

Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

La resolución de las ayudas de bonotaxi solicitadas en el mes de

junio, para personas con discapacidad y afectadas de graves problemas de movilidad para el ejercicio 2017, conforme a la lista

que se detalla a continuación.

AYUDAS CONCEDIDAS

APELLIDOS SOLICITANTE NOMBRE BONOS ANUALES CONCEDIDOS

1. 150 BONOS

2. 75 BONOS

3. 100 BONOS

4. 100 BONOS

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5. 100 BONOS

6. 75 BONOS

7. 100 BONOS

TOTAL

700 BONOS

(700 €)

9.- SOLICITUD AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE

CASTILLA Y LEÓN DE UNA SUBVENCIÓN POR IMPORTE DE 8.208,28 € PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD EN VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES,

COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO,

DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA CONTRATACIÓN

DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS PÚBLICO Y UTILIDAD

SOCIAL PARA EL AÑO 2017.

Con fecha 7 de julio de 2017 se publicó en el BOCYL Nº 129 el Extracto de la Resolución de 30 de junio de 2017, del Servicio Público

de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el FSE, dirigidas a Entidades Locales, dentro del

ámbito territorial de Castilla y León, para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de

interés público y utilidad social.

Las subvenciones recogidas en la Resolución tienen por objeto

convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a

Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de fomentar la contratación temporal

de personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o

superior al 33%, para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el ámbito de las competencias que puedan

ejercer de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

El límite máximo de la subvención es de 4.104,14 € por cada

puesto de trabajo a jornada completa objeto de contratación y por un período de 90 días, siendo subvencionables un máximo de dos

puestos de trabajo por entidad local solicitante.

Visto el informe emitido por la Coordinadora de Servicios

Sociales de 12 de julio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano

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competente de conformidad con la delegación de atribuciones

efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

La aprobación de la solicitud al Servicio Público de Empleo de Castilla y León de una subvención por importe de 8.208,28 € para la

contratación a jornada completa de dos personas con discapacidad, con la categoría de ordenanzas, por un período de 90 días cada una,

para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el ámbito de las competencias que puedan ejercer las

entidades locales de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Todo ello en

virtud de la Resolución de 30 de junio de 2017, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el FSE, dirigidas a

Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León,

para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social

para el año 2017.

10.-APROBACIÓN DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE

COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE SALUD MENTAL SORIA

ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO Y AYUNTAMIENTO DE

SORIA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN

ENTORNOS REALES DE TRABAJO.

Visto el Convenio Específico de Colaboración a suscribir entre

Salud Mental Soria Asociación Virgen del Camino y Ayuntamiento de Soria para la realización de prácticas formativas en entornos reales

de trabajo, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda:

Aprobar el referido Convenio de Colaboración habilitando a la

Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE SALUD MENTAL SORIA

ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO Y AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA

REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN ENTORNOS REALES DE

TRABAJO

En Soria, a 14 de julio de 2017

REUNIDOS

De una parte, D. JUAN JOSÉ MILLA MIRANDA, actuando en nombre y

representación de SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO,

con domicilio social en la POLÍGONO INSDUSTRIAL LAS CASAS, CALLE D PARCELA

54, NAVE 7, CP42005 de SORIA y C.I.F: G 42130047

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Y de otra, D. /Dña. Carlos Martínez Mínguez en nombre y representación de

Ayuntamiento de Soria con domicilio en la C/ Plaza Mayor 9, CP 42071 de

SORIA y C.I.F: P 4227700D

Ambas se reconocen capacidad legal para firmar el presente convenio.

EXPONEN:

PRIMERO. - Que SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO

es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de entidades servicios y

centros de carácter social de Castilla y León con nº 42055-E, que tiene por objeto

la mejora de la calidad de vida de las personas con enfermedad mental y sus

familias, la defensa de sus derechos, el fomento del movimiento asociativo y la

integración social, laboral y comunitaria.

SEGUNDA. - Que el Ayuntamiento de Soria desea colaborar con SALUD MENTAL

SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, con el objetivo de facilitar la

realización de prácticas formativas en entornos reales de trabajo que sirvan a su/s

destinatario/s, como parte de su formación profesional, garantizando así el

desarrollo profesional de los participantes y el acceso al mercado de trabajo, a cuyo

efecto suscriben el presente documento de acuerdo con lo dispuesto en las

siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Es objeto del presente convenio la realización de prácticas formativas

en entornos reales de trabajo que permitan a su/s destinatario/s adquirir las

competencias y habilidades necesarias para facilitar su inserción socio-laboral.

Dicha actividad se enmarca dentro del Programa de Itinerarios Personalizados de

Inserción Sociolaboral para Personas con Discapacidad y Jóvenes con Discapacidad,

cofinanciados por la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, el

Fondo Social Europeo y/o la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI), gestionado por la

Federación Salud Mental Castilla y León (FEAFES CyL) y SALUD MENTAL

SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO.

SEGUNDA.- AYUNTAMIENTO DE SORIA y SALUD MENTAL SORIA

ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, manifestarán en un Documento anexo al

presente convenio, la incorporación de participantes SALUD MENTAL SORIA

ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, a la realización de prácticas formativas en

entornos reales de trabajo como parte integrante de su formación itinerario

personalizado de inserción sociolaboral.

TERCERA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO,

designará un tutor para el seguimiento de las citadas prácticas. De igual forma, el

Ayuntamiento de Soria designará un responsable directo que orientará al tutor

sobre el plan de actuación práctica de los alumnos, distribuirá las tareas y

colaborará en la evaluación de los mismos. Ambos tutores actuarán

coordinadamente en el desempeño de sus cometidos, con el fin de seguir y evaluar

el cumplimiento del/os Programa/s y de sugerir las adaptaciones y mejoras

necesarias.

CUARTA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO será el

responsable de la tramitación administrativa derivada de las prácticas formativas en

entornos reales de trabajo establecidas al amparo del presente Convenio, siendo

responsabilidad del Ayuntamiento de Soria la elaboración y presentación, a la

finalización del período de prácticas formativas entornos reales, de un informe de

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aprovechamiento de dicha formación práctica por parte del alumno. Dicho informe

será firmado por el tutor de la práctica que el Ayuntamiento de Soria hubiera

designado a tal efecto.

QUINTA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO

presentará al Ayuntamiento de Soria a los alumnos que dentro de las condiciones

generales del presente Convenio, mejor se ajusten al perfil profesional propuesto

para la realización de los programas de prácticas formativas en entornos reales de

trabajo.

SEXTA.- Esta colaboración no implica nunca una relación laboral ni de prestación

de servicios por parte de SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL

CAMINO, a AYUNTAMIENTO DE SORIA, ni a la inversa. Asimismo, tampoco implica

relación laboral ni de prestación de servicios por parte del alumno hacia el

Ayuntamiento de Soria, o hacia SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN

DEL CAMINO. Además, el Ayuntamiento de Soria, no remunerará ni compensará

económicamente nunca al alumno/s por la realización de este tipo de prácticas

formativas en entornos reales.

SÉPTIMA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO

dispone de un Seguro de Accidentes, y Responsabilidad Civil firmado por la

Federación Salud Mental Castilla y León (FEAFES CyL) para los alumnos

durante el período de prácticas, y que pondrá en disposición de la empresa una vez

se haya producido la firma del presente Convenio y la firma de los documentos

anexos.

OCTAVA.- Las actividades del alumno propuesto para las prácticas formativas en

entornos reales serán compatibles con el calendario laboral y con el régimen de

trabajo habitual del Ayuntamiento de Soria

NOVENA.- La vigencia del presente convenio será de un año a contar desde la

fecha de la firma que consta en el encabezamiento del presente documento,

pudiendo prorrogarse tácitamente por períodos iguales a los sucesivos en el caso de

que no existiera denuncia expresa por ninguna de las partes.

DÉCIMA.- Los firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de

acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para asegurar la correcta ejecución

de lo pactado debiendo resolverse de acuerdo a esos principios los conflictos y

controversias que pudieran surgir entre las partes.

UNDÉCIMA.- Las partes se comprometen al cumplimiento estricto de lo dispuesto

en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal.

Y para que así conste, a los efectos oportunos, las partes firman este documento,

por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el

encabezamiento.

11.-REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE

INSTALACIÓN, MONTAJE, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE

INFRAESTRUCTURAS, CON EL DESPLIEGUE TÉCNICO Y

HUMANO NECESARIO PARA LOS ACTOS PROGRAMADOS PARA

EL ENCLAVE DE AGUA 2017.

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Visto que mediante acuerdo de esta Junta de Gobierno de fecha 2 de junio de 2017 se aprobaron tanto el expediente como el Pliego

de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones

Técnicas para la adjudicación del contrato de los servicios de instalación, montaje, mantenimiento y desmontaje de

infraestructuras, con el despliegue técnico y humano necesario para los actos programados para el Enclave de Agua 2017.

Visto el informe emitido por el Técnico de Iluminación del

Centro Cultural Palacio de la Audiencia, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de

atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Clasificar las proposiciones presentadas por orden

decreciente de puntuación, ofreciendo el siguiente resultado:

1. SWING ELECTROSHOW, S.L. 55.400 € más IVA

2. PRODUCCIONES SALAS, S.L. 56.000 € más IVA

SEGUNDO.- Notificar y requerir a la empresa SWING

ELECTROSHOW, S.L., representada por D. Juan Jesús González

Fernández, para que en el plazo de diez días a contar desde el

siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento,

presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el

cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social

y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para

obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer

efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar

o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del

Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y

de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos

exigidos en la cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas

administrativas particulares (cumplir los requisitos previos del

apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de

Contratos del Sector Público); los exigidos en la cláusula

decimosegunda del citado pliego; y los de capacidad y solvencia para

contratar con la Administración que serán a la fecha de finalización

del plazo de presentación de proposiciones.

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TERCERO: De no cumplirse adecuadamente en el plazo dado

se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en este caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente

por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas.

12.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE REDACCIÓN DEL

PROYECTO DE EJECUCIÓN DE REFORMA DEL RESTAURANTE-

CAFETERÍA ALAMEDA CON DESTINO A CENTRO DE

EXPOSICIONES Y REUNIONES, UBICADO EN LA ALAMEDA DE

CERVANTES DE LA CIUDAD DE SORIA.

Vista la documentación presentada por D. Miguel de Lózar de la

Viña, para proceder a la adjudicación del contrato de redacción del

proyecto de ejecución de reforma del restaurante-cafetería Alameda,

con destino a centro de exposiciones y reuniones, ubicado en la

Alameda de Cervantes de la ciudad de Soria.

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde

en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

PRIMERO.- Adjudicar el contrato de redacción de proyecto de

ejecución de reforma del restaurante-cafetería Alameda, con destino

a centro de exposiciones y reuniones, ubicado en la Alameda de

Cervantes de la ciudad de Soria, a favor de D. Miguel de Lózar de la

Viña, en el precio de 20.997,00 euros más IVA, por ser el licitador

que ha realizado la oferta más ventajosa.

SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en

documento administrativo en la Sección de Contratación de este

Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde

la recepción del presente acuerdo.

TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la

firma del contrato administrativo.

13.- APROBACIÓN DEL PLAN ESPECIAL PARA LA LIMPIEZA

DEL MONTE DE LAS ÁNIMAS.

En agosto de 2.016 ya se realizó informe sobre la basura existente en el Monte de las Ánimas, una vez cursada visita con la

policía administrativa y el servicio de basuras.

Habiendo sido notificados de la referida incidencia los

propietarios de las parcelas afectadas, a día de hoy sigue existiendo

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acumulación de basura, por lo que se solicitó a la empresa

concesionaria del servicio de recogida de residuos, Valoriza Servicios Medioambientales, S.A., que realizara una propuesta valorada para la

limpieza de la zona. La propuesta presentada asciende a la cantidad

de 3.680 € más IVA.

Visto el informe emitido por el Ingeniero de Asuntos Generales de fecha 12 de julio del actual y teniendo en cuenta el elevado riesgo

de incendio, tal como se recoge en el informe emitido con fecha 11 de julio de 2017 por el Sargento Jefe Acctal. del Servicio de Extinción de

Incendios y Salvamentos,

La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad

con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

La aprobación del Plan Especial de Limpieza del Monte de la Animas, repercutiendo, en la medida de lo posible, los costes a los propietarios de las parcelas.

14.-SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRAS PARA LA

CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ADIESTRAMIENTO CANINO

EN EL POLÍGONO 42, PARCELA 196 DEL BARRIO DE

OTERUELOS, SEGÚN PROYECTO PROMOVIDO POR CONTRATAS

E INVERSIONES BERNAL S.L.U. Y SUSCRITO POR LOS

TÉCNICOS D. LUIS ALBERTO LAFUENTE FUENTELSAZ, D. JESÚS

Mª JIMÉNEZ CHERCOLES Y D. ANANÍAS JIMÉNEZ MARTÍNEZ.

Examinada la solicitud de licencia de obras para la construcción

de un centro de adiestramiento canino en el polígono 42, parcela 196

del Barrio de Oteruelos, según proyecto promovido por Contratas e

Inversiones Bernal S.L.U. y suscrito por los técnicos D. Luis Alberto

Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y D. Ananías

Jiménez Martínez.

Con fecha 18 de abril de 2017 Contratas e Inversiones Bernal

S.L.U. solicita licencia de obra para la construcción de un “centro de

adiestramiento canino” en el polígono 42, parcela 196 del Barrio de

Oteruelos según proyecto suscrito por los técnicos D. Luis Alberto

Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y A. Ananías

Jiménez Martínez.

Emitido informe por los Servicios Técnicos Municipales, en fecha

21 de abril de 2017, se informa desde el punto de vista jurídico:

1º.- El terreno se encuentra Clasificado como suelo urbanizable

no delimitado, por el P.G.O.U.2006 por lo que, de conformidad con el

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art. 19 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, podrán autorizarse

los usos permitidos y autorizables en suelo rústico común mediante el

procedimiento aplicable a los usos excepcionales en suelo rústico. No

obstante los usos que se autoricen lo serán con carácter provisional,

aplicándose las reglas previstas en la legislación del Estado en cuanto

al arrendamiento y al derecho de superficie de los terrenos y de las

construcciones provisionales que se levanten en ellos y la eficacia de

la autorización, bajo dichas condiciones, quedará supeditada a su

constancia en el Registro de la Propiedad y si dicho usos autorizados

resultan incompatibles con la ordenación detallada habrán de cesar,

con demolición de las obras vinculadas a los mismos y sin derecho a

indemnización, disponiendo de plazo hasta la aprobación de las

determinaciones completas sobre reparcelación.

2º.- El proyecto presentado es para la construcción de un

centro de adiestramiento canino y dos boxes para caballos, actividad

que entra únicamente en la definición de núcleo zoológico que el art.

3.1.14 del P.G.O.U. de Soria incluye en la actividad “G-4.-

Dotaciones, servicios y equipamiento de interés público y social”. No

obstante hay que tener en cuenta que el Plan General establece en la

Aclaración-2 de dicha Actividad G-4 que “el uso de elemental Núcleo

Zoológico, en cumplimiento de las previsiones urbanísticas definidas

en el Plan General y en desarrollo de las determinaciones del RUCyL

solamente será un uso autorizable en suelo rústico común y dentro

de los espacios delimitados al efecto en los planos de ordenación

(plano nº 2)”, correspondiendo dicho plano al paraje de Valdecureña.

Por lo expuesto se propuso la denegación de la licencia dado

que la parcela donde se pretende ejercer la actividad (núcleo

zoológico) no se encuentra en el espacio delimitado en los planos de

ordenación (plano nº 2) que corresponde al paraje de Valdecureña tal

y como exige el vigente P.G.O.U.

Se presentan alegaciones por el interesado que no aportan

ninguna fundamentación jurídica por la que informar favorablemente la solicitud de la licencia a lo que hay que añadir que, incluso,

justifica la inclusión del centro de adiestramiento dentro del concepto de núcleo zoológico no pudiendo obviar las determinaciones del Plan

General de Ordenación Urbana que circunscriben el uso elemental Núcleo Zoológico al paraje de Valdecureña por lo que, la Junta de

Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de

julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:

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Desestimar la alegación presentada y denegar la licencia para la

construcción de un centro de adiestramiento canino en el polígono

42, parcela 196 del Barrio de Oteruelos, según proyecto promovido

por Contratas e Inversiones Bernal S.L.U. y suscrito por los técnicos

D. Luis Alberto Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y

D. Ananías Jiménez Martínez.

FUERA DEL ORDEN DÍA

Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de

Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas

concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de

las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta los siguientes acuerdos:

1.-CONTRATO A SUSCRIBIR ENTRE EL MUSEO NACIONAL DEL PRADO Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA

CESION DE DERECHOS DE IMAGEN DE OBRAS DEL MUSEO DEL PRADO CON MOTIVO DEL EVENTO “NUMANCIA 2017”.

Visto el contrato a suscribir entre el Museo Nacional del Prado y el

Excmo. Ayuntamiento de Soria para la cesión de derechos de imagen

de obras del Museo del Prado con motivo del evento “Numancia 2017”, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de

conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,

acuerda:

Aprobar el referido contrato habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:

CONTRATO ENTRE EL MUSEO NACIONAL DEL PRADO Y EL EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA CESION DE DERECHOS DE IMAGEN DE

OBRAS DEL MUSEO DEL PRADO CON MOTIVO DEL EVENTO “NUMANCIA 2017”

En Madrid, a __de Julio de 2017

REUNIDOS,

De una parte, como órgano de contratación, Dª. Marina Chinchilla Gómez,

en su calidad de Directora Adjunta de Administración del Museo Nacional del Prado

(en adelante, MNP), con NIF Q2828018H, actuando por delegación del Director del

Museo según Resolución de 17 de febrero de 2005 (BOE 5/3/05) en nombre y

representación del citado organismo público, en virtud de las facultades que le confieren las disposiciones vigentes.

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Y de otra parte, D. Carlos Martínez Mínguez, en calidad de Alcalde-

Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Soria, con CIF nº P4227700D y domicilio

en Plaza Mayor s/s de Soria, actúa en nombre y representación del mismo en virtud

de lo dispuesto en el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de

las Bases de Régimen Local.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la

firma del presente contrato en nombre de las entidades que representan, y

EXPONEN

PRIMERO.- El MNP como organismo público de Carácter especial establecido en la Ley

46/2003, de 25 de noviembre, contempla entre sus objetivos el establecer relaciones de

colaboración con otros museos, universidades e instituciones culturales, organizando

exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas para el mejor cumplimiento

de sus fines, de acuerdo con los estatutos aprobados por Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, así como su vigente Plan de Actuación plurianual.

SEGUNDO.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria tiene entre sus fines la difusión de los

numerosos atractivos turísticos, culturales y de ocio de la ciudad de Soria, así como la

colaboración con instituciones con esa finalidad. Y además, con motivo del 2150

aniversario de la caída de Numancia, y el evento conmemorativo “Numancia 2017”, este

Ayuntamiento pretende colaborar con la promoción turística del citado evento, y

fortalecer la difusión de la cultura celtibérica, entre otros, como referentes turísticos para

la ciudad de Soria.

TERCERO.- Que el MNP está de acuerdo en colaborar mediante la cesión gratuita del

derecho de reproducción y difusión de una imagen de la obra que forma parte de su

colección, y que va a ser reproducida en una lona de gran tamaño que ocupará la

fachada de un solar sin edificar de la ciudad de Soria, con motivo de la celebración de los

actos del 2150 aniversario de la gesta Numantina que tiene lugar en la ciudad.

Al objeto de servir a los fines expuestos, las partes convienen en suscribir el

presente contrato específico, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- El MNP cederá, de modo gratuito, sin facultad de sublicenciar y a

los exclusivos efectos de la edición objeto de este Acuerdo, un máximo de una (1)

imagen.

La cesión de los derechos incluye la inclusión de la imagen o de un detalle de la

misma en una única impresión del soporte objeto del contrato.

La relación detallada de las obras se incluye en el ANEXO I a este contrato.

SEGUNDA.- El tamaño de soporte solicitado requiere el uso de una fotografía de calidad

suficiente que el MNP no puede proporcionar.

El MNP autoriza a la toma de una nueva fotografía de calidad suficiente por parte de

un fotógrafo independiente contratado por el Excmo. Ayuntamiento de Soria.

El fotógrafo se ajustará a las normas y directrices marcadas por el MNP que se

recogen en el ANEXO II a este contrato: Protocolo y condiciones para la ejecución

de las fotografías.

TERCERA.- El crédito de la obra aparecerá mencionado en el soporte de dicha imagen

bajo la siguiente mención: Alejo Vera y Estaca, Numancia, 1881, Madrid, Museo

Nacional del Prado.

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CUARTA.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete al uso exclusivo de las

imágenes para el fin objeto de este contrato, no pudiendo en ningún caso cederlo a

terceros. Aunque colabore con otra institución o empresa, ésta no podrá valerse de él

para otros fines no contemplados en este contrato.

QUINTA.- El MNP se reserva el derecho de supervisión de la calidad y uso de la imagen

que cede, y no asumirá ningún gasto en relación con dicha cesión. El Excmo.

Ayuntamiento de Soria deberá contar con la aprobación previa del Museo del Prado antes

de pasar a la fase de producción/impresión del soporte.

SEXTA.- El presente contrato será de aplicación a la toma de una fotografía, impresión

de un trampantojo de tamaño 9 x 5 m que incluirá la imagen del cuadro en un único

soporte, y entrega al Museo del Prado de 3 archivos en los formatos y características

indicados en el ANEXO II. La fotografía realizada formará parte del Archivo fotográfico

del Museo del Prado y en Banco de imágenes. El Ayuntamiento de Soria gestionará con el fotógrafo la cesión del copyright de la imagen para su libre uso.

SÉPTIMA.- El presente contrato concierne a una única impresión de la imagen en una

lona ubicada en la fachada de un solar de la ciudad de Soria. Dicha imagen también

podrá ser utilizada con los mismos fines promocionales del evento “Numancia 2017” en

la web institucional, así como, si así fuera necesario en soporte papel en forma de folleto o cartelería.

OCTAVA.- Las partes firmantes del presente contrato colaborarán en todo momento de

acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución

de lo pactado. No obstante lo anterior, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales

de Soria para la resolución de cualesquiera divergencias no resueltas de modo amistoso y que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente contrato.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes

firman el presente documento por duplicado ejemplar en todas sus páginas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO I.- Listado de obras del Museo Nacional del Prado que se ceden.

1.-

Alejo Vera y Estaca

Numancia, 1881

Óleo sobre lienzo, 335 x 500 cm

Madrid, Museo Nacional del Prado, P4553, depositado en Soria, Diputación

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ANEXO II.- Protocolo y condiciones para la ejecución de las fotografías

- Las obras de arte del Museo del Prado no podrán ser manipuladas o

desplazadas, a no ser por el personal autorizado: la brigada de

movimientos de obras de arte.

- No se podrá colocar ningún elemento en contacto directo con la obra de

arte.

- Se empleará cartas de color y grises estandarizadas y homologadas para

garantizar el perfil de color adecuado en su revelado.

- Tanto las personas como los equipos se desplazarán con movimientos

contenidos y controlados, a fin de evitar riesgos sobre las obras.

- En general se respetarán ciertas condiciones de iluminación

o Como máximo, la intensidad de la luz de luz continua ascenderá a

800 lux para obra pictórica y escultura y 200 lux para dibujos,

grabados o tejidos.

o En el caso de empleo de luz flash, se limitará la exposición al menor

tiempo posible y la potencia adecuada

o En todo caso, las fuentes de iluminación (preferentemente de luz

fría y equipadas con filtros ultravioleta) permanecerán encendidas y

orientadas hacia las obras de arte el tiempo estrictamente

necesario.

Sobre la toma de fotografía

- Tomar una fotografía con una carta de color estandarizada y homologada

previa a la toma final para asegurar unas referencias fiables de color

- Siempre que sea posible, evitar usar luz polarizada por el elevado

contraste y saturación que produce, aunque entendemos que en

ocasiones es inevitable.

- Evitar luces demasiado rasantes

- Los focos o flashes empleados deberán estar bien anclados para evitar

caídas sobre las obras de arte y a una distancia mínima de 1,5 metros

Sobre el procesado y archivado digital

- Profundidad de bit: 16 bit en formatos estándares. En formatos de gran

tamaño producto de uniones o acoplamientos de varias tomas es

suficiente en 8 bits.

- Perfil incrustado Adobe RGB 1998.

- Archivo en formato TIFF sin ningún tipo de compresión.

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- Corregir distorsiones ópticas.

- Procurar la gama tonal más amplia posible evitando aumentos de

contraste.

- Incluir los siguientes metadatos: Nombre del fotógrafo (formato: Apellido

Apellido, Nombre). CON Copyright. Mención del Copyright: Museo

Nacional del Prado

- Comprobar la correcta configuración de la fecha de captura.

- Grabar los archivos en CD/DVD

Condiciones especiales para reproducir en una Lona de gran

formato la obra del Prado “Numancia” (P4553)

El fotógrafo debería entregar 3 archivos:

Un archivo con una toma general donde se incluya la carta de

color

Un segundo archivo con una toma general en las mismas

condiciones lumínicas.

Y un tercer archivo que será el definitivo pata reproducir la lona

(9 x 5 metros) cuya imagen final debería medir 900cm x 5000cm

a 60 ppp sin remuestreo.

A las diez horas y veinte minutos finaliza la sesión, doy fe, el

Secretario General.

Vº Bº EL ALCALDE,

Fdo. Carlos Martínez Mínguez.

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