sesión ordinaria nº 272 exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de...
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Excmo. Ayuntamiento de Soria
MAAG/mpm
Sesión ordinaria nº 27
En la Sala de Juntas de la Casa Consistorial Los Doce Linajes, siendo las nueve horas y cincuenta minutos del día catorce de julio
de dos mil diecisiete, se reúne la Junta de Gobierno Local para
celebrar sesión, en segunda convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:
ASISTENTES:
Alcalde Presidente: __________ D. Carlos Martínez Mínguez. Concejal:__________________ D. Fco. Javier Muñoz Expósito.
Concejala: _________________ Dª. Ana Alegre Martínez. Concejal: __________________ D. Ángel Hernández Martínez. Concejala: _________________ Dª. Teresa Valdenebro Mateo.
Concejala: _________________ Dª. Lourdes Andrés Corredor.
Interventora Municipal Acctal___Dª Belén Gallardo Sáez. Secretario General: __________ D. Mariano A. Aranda Gracia.
Excusan su asistencia D. Luis A. Rey de las Heras y Dª. Marta Cáceres Piñuel.
1.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN DEL DÍA 7 DE JULIO
DE 2017.
Se da cuenta del Borrador del Acta de la sesión de 7 de julio de
2017. Al no formularse observaciones por parte de los presentes, el
Acta es aprobada por unanimidad.
2.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN
EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PLAZA LA BLANCA 4,
REPRESENTADA POR Dª. ...
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios de Plaza la Blanca, 4, representada por Dª. …
Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos
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exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de
conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),
la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la
delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área
Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:
Beneficiario: Comunidad de Propietarios Plaza la Blanca, 4, representada por Dª. …
Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente: Actuaciones en elementos comunes del edificio. Obras conducentes a
una mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en Plaza la Blanca, 4 y de habitabilidad de viviendas.
Cuantía: 3.280,00 €
3.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A CDAD.
PROPIETARIOS DE C/ DOCTRINA, 8, REPRESENTADA POR Dª. …
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad. De Propietarios
de C/ Doctrina, 8, representada por Dª. …
Informado favorablemente por los Servicios Técnicos
municipales, una vez examinado el cumplimiento de los
requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la
ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art.
15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria
núm. 63 de 1 de junio de 2015), la Junta de Gobierno Local,
órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete
de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área
Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:
Beneficiario: Comunidad de Propietarios C/ Doctrina, 8,
representada por Dª. …
Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:
Actuaciones en elementos comunes del edificio. Obras conducentes a
una mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio
sito en C/ Doctrina, 8 y de habitabilidad de viviendas.
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Cuantía: 5.670,62 €
4.- CONCESIÓN PROVISIONAL DE AYUDA DE REHABILITACIÓN
EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A D. …
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) formulada por D. …
Informado favorablemente por los Servicios Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos
exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la
que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),
la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha
siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área
Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:
Beneficiario: D. …
Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:
Obras conducentes a la mejora de la eficiencia energética de la
vivienda sita en C/ Real, 55, 1º A; es decir a una mejora efectiva de
las condiciones de uso residencial y de habitabilidad de la vivienda.
Sustitución de elementos visibles desde la vía pública.
Cuantía: 1.496,00 €
5.-CONCESIÓN PROVISIONAL D SOLICITUD AYUDA DE
REHABILITACIÓN EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN
(APE) A COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ VIRGEN DEL
ESPINO, 1, REPRESENTADA POR D. …
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) formulada por la Comunidad de Propietarios
C/ Virgen del Espino, 1, representada por D. ...
Informado favorablemente por los Servicios Técnicos
municipales, una vez examinado el cumplimiento de los requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda solicitada, de
conformidad con lo establecido en el art. 15 de la Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1 de junio de 2015),
la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha
siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
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Conceder provisionalmente ayuda de rehabilitación en Área
Preferente de Eco-inversión (APE) con el siguiente contenido:
Beneficiario: Comunidad de Propietarios C/ Virgen del Espino, 1,
representada por D. ...
Tipos de ayudas económicas concedidas provisionalmente:
Actuaciones en elementos comunes. Obras conducentes a una mejora
efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en C/
Virgen del Espino, 1 y de habitabilidad de viviendas.
Cuantía: 6.312,00 €
6.- CONCESIÓN DEFINITIVA DE AYUDA DE REHABILITACIÓN
EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A
COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ ARBOLEDA, 3,
REPRESENTADA POR Dª. Mª. DEL CARMEN ASENSIO
SACRISTÁN.
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) de la Comunidad de Propietarios de C/
Arboleda, 3, representada por Dª. Mª. …
La solicitud ha sido informada favorablemente por los Servicios
Técnicos municipales una vez examinado el cumplimiento de los
requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda
solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la
Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1
de junio de 2015).
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,
acuerda
Conceder definitivamente la ayuda de rehabilitación provisionalmente decretada en fecha 5 de mayo de 2017 y, en
consecuencia, abonar a la Comunidad de Propietarios C/ Arboleda, 3,
representada por Dª. Mª. …, la cantidad de 1.190,70€, en concepto de actuaciones en elementos comunes; obras conducentes a una
mejora efectiva de las condiciones de uso residencial del edificio sito en C/ Arboleda, 3 y de habitabilidad de las viviendas.
7.- CONCESIÓN DEFINITIVA DE AYUDA DE REHABILITACIÓN
EN ÁREA PREFERENTE DE ECO-INVERSIÓN (APE) A D. …
Vista la solicitud de ayuda de rehabilitación en Área Preferente
de Eco-inversión (APE) de D. …
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La solicitud ha sido informada favorablemente por los Servicios
Técnicos municipales, una vez examinado el cumplimiento de los
requisitos exigidos para proceder al reconocimiento de la ayuda
solicitada, de conformidad con lo establecido en el art. 16 de la
Ordenanza por la que se regula esta ayuda (BOP Soria núm. 63 de 1
de junio de 2015).
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,
acuerda
Conceder definitivamente la ayuda de rehabilitación
provisionalmente decretada en fecha 19 de mayo de 2017 y, en
consecuencia, abonar a D. …, la cantidad de 1.734,82€, en concepto de obras conducentes a una mejora efectiva de las condiciones de
uso residencial y de habitabilidad de la vivienda sita en C/ Alberca, 3, 4º izda.
8.- CONCESIÓN DE AYUDAS DE BONOTAXI PARA PERSONAS
CON DISCAPACIDAD Y AFECTADAS DE GRAVES DIFICULTADES DE MOVILIDAD PARA EL AÑO 2017.
Visto el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa
de Acción Social, Cooperación e Igualdad de fecha .. de junio del actual, relativo a la concesión de ayudas de Bonotaxi a personas con
discapacidad y afectadas de graves dificultades de movilidad.
Visto el informe emitido por la Coordinadora de Servicios
Sociales, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo.
Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
La resolución de las ayudas de bonotaxi solicitadas en el mes de
junio, para personas con discapacidad y afectadas de graves problemas de movilidad para el ejercicio 2017, conforme a la lista
que se detalla a continuación.
AYUDAS CONCEDIDAS
APELLIDOS SOLICITANTE NOMBRE BONOS ANUALES CONCEDIDOS
1. 150 BONOS
2. 75 BONOS
3. 100 BONOS
4. 100 BONOS
6
5. 100 BONOS
6. 75 BONOS
7. 100 BONOS
TOTAL
700 BONOS
(700 €)
9.- SOLICITUD AL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE
CASTILLA Y LEÓN DE UNA SUBVENCIÓN POR IMPORTE DE 8.208,28 € PARA LA CONTRATACIÓN DE DOS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN VIRTUD DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE JUNIO DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES,
COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO,
DIRIGIDAS A ENTIDADES LOCALES, DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CASTILLA Y LEÓN, PARA LA CONTRATACIÓN
DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS PÚBLICO Y UTILIDAD
SOCIAL PARA EL AÑO 2017.
Con fecha 7 de julio de 2017 se publicó en el BOCYL Nº 129 el Extracto de la Resolución de 30 de junio de 2017, del Servicio Público
de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el FSE, dirigidas a Entidades Locales, dentro del
ámbito territorial de Castilla y León, para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de
interés público y utilidad social.
Las subvenciones recogidas en la Resolución tienen por objeto
convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, dirigidas a
Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de fomentar la contratación temporal
de personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o
superior al 33%, para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el ámbito de las competencias que puedan
ejercer de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
El límite máximo de la subvención es de 4.104,14 € por cada
puesto de trabajo a jornada completa objeto de contratación y por un período de 90 días, siendo subvencionables un máximo de dos
puestos de trabajo por entidad local solicitante.
Visto el informe emitido por la Coordinadora de Servicios
Sociales de 12 de julio del actual, la Junta de Gobierno Local, órgano
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competente de conformidad con la delegación de atribuciones
efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
La aprobación de la solicitud al Servicio Público de Empleo de Castilla y León de una subvención por importe de 8.208,28 € para la
contratación a jornada completa de dos personas con discapacidad, con la categoría de ordenanzas, por un período de 90 días cada una,
para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social en el ámbito de las competencias que puedan ejercer las
entidades locales de conformidad con lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Todo ello en
virtud de la Resolución de 30 de junio de 2017, por la que se convocan subvenciones cofinanciadas por el FSE, dirigidas a
Entidades Locales, dentro del ámbito territorial de Castilla y León,
para la contratación temporal de personas con discapacidad para la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social
para el año 2017.
10.-APROBACIÓN DEL CONVENIO ESPECÍFICO DE
COLABORACIÓN A SUSCRIBIR ENTRE SALUD MENTAL SORIA
ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO Y AYUNTAMIENTO DE
SORIA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN
ENTORNOS REALES DE TRABAJO.
Visto el Convenio Específico de Colaboración a suscribir entre
Salud Mental Soria Asociación Virgen del Camino y Ayuntamiento de Soria para la realización de prácticas formativas en entornos reales
de trabajo, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,
acuerda:
Aprobar el referido Convenio de Colaboración habilitando a la
Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE SALUD MENTAL SORIA
ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO Y AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA
REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EN ENTORNOS REALES DE
TRABAJO
En Soria, a 14 de julio de 2017
REUNIDOS
De una parte, D. JUAN JOSÉ MILLA MIRANDA, actuando en nombre y
representación de SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO,
con domicilio social en la POLÍGONO INSDUSTRIAL LAS CASAS, CALLE D PARCELA
54, NAVE 7, CP42005 de SORIA y C.I.F: G 42130047
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Y de otra, D. /Dña. Carlos Martínez Mínguez en nombre y representación de
Ayuntamiento de Soria con domicilio en la C/ Plaza Mayor 9, CP 42071 de
SORIA y C.I.F: P 4227700D
Ambas se reconocen capacidad legal para firmar el presente convenio.
EXPONEN:
PRIMERO. - Que SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO
es una entidad sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de entidades servicios y
centros de carácter social de Castilla y León con nº 42055-E, que tiene por objeto
la mejora de la calidad de vida de las personas con enfermedad mental y sus
familias, la defensa de sus derechos, el fomento del movimiento asociativo y la
integración social, laboral y comunitaria.
SEGUNDA. - Que el Ayuntamiento de Soria desea colaborar con SALUD MENTAL
SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, con el objetivo de facilitar la
realización de prácticas formativas en entornos reales de trabajo que sirvan a su/s
destinatario/s, como parte de su formación profesional, garantizando así el
desarrollo profesional de los participantes y el acceso al mercado de trabajo, a cuyo
efecto suscriben el presente documento de acuerdo con lo dispuesto en las
siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- Es objeto del presente convenio la realización de prácticas formativas
en entornos reales de trabajo que permitan a su/s destinatario/s adquirir las
competencias y habilidades necesarias para facilitar su inserción socio-laboral.
Dicha actividad se enmarca dentro del Programa de Itinerarios Personalizados de
Inserción Sociolaboral para Personas con Discapacidad y Jóvenes con Discapacidad,
cofinanciados por la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León, el
Fondo Social Europeo y/o la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI), gestionado por la
Federación Salud Mental Castilla y León (FEAFES CyL) y SALUD MENTAL
SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO.
SEGUNDA.- AYUNTAMIENTO DE SORIA y SALUD MENTAL SORIA
ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, manifestarán en un Documento anexo al
presente convenio, la incorporación de participantes SALUD MENTAL SORIA
ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO, a la realización de prácticas formativas en
entornos reales de trabajo como parte integrante de su formación itinerario
personalizado de inserción sociolaboral.
TERCERA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO,
designará un tutor para el seguimiento de las citadas prácticas. De igual forma, el
Ayuntamiento de Soria designará un responsable directo que orientará al tutor
sobre el plan de actuación práctica de los alumnos, distribuirá las tareas y
colaborará en la evaluación de los mismos. Ambos tutores actuarán
coordinadamente en el desempeño de sus cometidos, con el fin de seguir y evaluar
el cumplimiento del/os Programa/s y de sugerir las adaptaciones y mejoras
necesarias.
CUARTA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO será el
responsable de la tramitación administrativa derivada de las prácticas formativas en
entornos reales de trabajo establecidas al amparo del presente Convenio, siendo
responsabilidad del Ayuntamiento de Soria la elaboración y presentación, a la
finalización del período de prácticas formativas entornos reales, de un informe de
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aprovechamiento de dicha formación práctica por parte del alumno. Dicho informe
será firmado por el tutor de la práctica que el Ayuntamiento de Soria hubiera
designado a tal efecto.
QUINTA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO
presentará al Ayuntamiento de Soria a los alumnos que dentro de las condiciones
generales del presente Convenio, mejor se ajusten al perfil profesional propuesto
para la realización de los programas de prácticas formativas en entornos reales de
trabajo.
SEXTA.- Esta colaboración no implica nunca una relación laboral ni de prestación
de servicios por parte de SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL
CAMINO, a AYUNTAMIENTO DE SORIA, ni a la inversa. Asimismo, tampoco implica
relación laboral ni de prestación de servicios por parte del alumno hacia el
Ayuntamiento de Soria, o hacia SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN
DEL CAMINO. Además, el Ayuntamiento de Soria, no remunerará ni compensará
económicamente nunca al alumno/s por la realización de este tipo de prácticas
formativas en entornos reales.
SÉPTIMA.- SALUD MENTAL SORIA ASOCIACIÓN VIRGEN DEL CAMINO
dispone de un Seguro de Accidentes, y Responsabilidad Civil firmado por la
Federación Salud Mental Castilla y León (FEAFES CyL) para los alumnos
durante el período de prácticas, y que pondrá en disposición de la empresa una vez
se haya producido la firma del presente Convenio y la firma de los documentos
anexos.
OCTAVA.- Las actividades del alumno propuesto para las prácticas formativas en
entornos reales serán compatibles con el calendario laboral y con el régimen de
trabajo habitual del Ayuntamiento de Soria
NOVENA.- La vigencia del presente convenio será de un año a contar desde la
fecha de la firma que consta en el encabezamiento del presente documento,
pudiendo prorrogarse tácitamente por períodos iguales a los sucesivos en el caso de
que no existiera denuncia expresa por ninguna de las partes.
DÉCIMA.- Los firmantes del presente documento colaborarán en todo momento de
acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para asegurar la correcta ejecución
de lo pactado debiendo resolverse de acuerdo a esos principios los conflictos y
controversias que pudieran surgir entre las partes.
UNDÉCIMA.- Las partes se comprometen al cumplimiento estricto de lo dispuesto
en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de
Carácter Personal.
Y para que así conste, a los efectos oportunos, las partes firman este documento,
por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento.
11.-REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA
ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE
INSTALACIÓN, MONTAJE, MANTENIMIENTO Y DESMONTAJE DE
INFRAESTRUCTURAS, CON EL DESPLIEGUE TÉCNICO Y
HUMANO NECESARIO PARA LOS ACTOS PROGRAMADOS PARA
EL ENCLAVE DE AGUA 2017.
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Visto que mediante acuerdo de esta Junta de Gobierno de fecha 2 de junio de 2017 se aprobaron tanto el expediente como el Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares y el de Prescripciones
Técnicas para la adjudicación del contrato de los servicios de instalación, montaje, mantenimiento y desmontaje de
infraestructuras, con el despliegue técnico y humano necesario para los actos programados para el Enclave de Agua 2017.
Visto el informe emitido por el Técnico de Iluminación del
Centro Cultural Palacio de la Audiencia, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de
atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Clasificar las proposiciones presentadas por orden
decreciente de puntuación, ofreciendo el siguiente resultado:
1. SWING ELECTROSHOW, S.L. 55.400 € más IVA
2. PRODUCCIONES SALAS, S.L. 56.000 € más IVA
SEGUNDO.- Notificar y requerir a la empresa SWING
ELECTROSHOW, S.L., representada por D. Juan Jesús González
Fernández, para que en el plazo de diez días a contar desde el
siguiente a aquél en que hubiera recibido el presente requerimiento,
presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
y Hacienda Municipal o autorice al órgano de contratación para
obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer
efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar
o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público y
de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Asimismo deberá acreditar la concurrencia de los requisitos
exigidos en la cláusula decimocuarta del pliego de cláusulas
administrativas particulares (cumplir los requisitos previos del
apartado primero del artículo 146 del Texto Refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público); los exigidos en la cláusula
decimosegunda del citado pliego; y los de capacidad y solvencia para
contratar con la Administración que serán a la fecha de finalización
del plazo de presentación de proposiciones.
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TERCERO: De no cumplirse adecuadamente en el plazo dado
se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose, en este caso, a recabar la misma documentación al licitador siguiente
por el orden en que se hayan quedado clasificadas las ofertas.
12.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE REDACCIÓN DEL
PROYECTO DE EJECUCIÓN DE REFORMA DEL RESTAURANTE-
CAFETERÍA ALAMEDA CON DESTINO A CENTRO DE
EXPOSICIONES Y REUNIONES, UBICADO EN LA ALAMEDA DE
CERVANTES DE LA CIUDAD DE SORIA.
Vista la documentación presentada por D. Miguel de Lózar de la
Viña, para proceder a la adjudicación del contrato de redacción del
proyecto de ejecución de reforma del restaurante-cafetería Alameda,
con destino a centro de exposiciones y reuniones, ubicado en la
Alameda de Cervantes de la ciudad de Soria.
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde
en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de redacción de proyecto de
ejecución de reforma del restaurante-cafetería Alameda, con destino
a centro de exposiciones y reuniones, ubicado en la Alameda de
Cervantes de la ciudad de Soria, a favor de D. Miguel de Lózar de la
Viña, en el precio de 20.997,00 euros más IVA, por ser el licitador
que ha realizado la oferta más ventajosa.
SEGUNDO.- Citar al adjudicatario para la firma del contrato en
documento administrativo en la Sección de Contratación de este
Ayuntamiento dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde
la recepción del presente acuerdo.
TERCERO.- Que por parte de esta Alcaldía se proceda a la
firma del contrato administrativo.
13.- APROBACIÓN DEL PLAN ESPECIAL PARA LA LIMPIEZA
DEL MONTE DE LAS ÁNIMAS.
En agosto de 2.016 ya se realizó informe sobre la basura existente en el Monte de las Ánimas, una vez cursada visita con la
policía administrativa y el servicio de basuras.
Habiendo sido notificados de la referida incidencia los
propietarios de las parcelas afectadas, a día de hoy sigue existiendo
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acumulación de basura, por lo que se solicitó a la empresa
concesionaria del servicio de recogida de residuos, Valoriza Servicios Medioambientales, S.A., que realizara una propuesta valorada para la
limpieza de la zona. La propuesta presentada asciende a la cantidad
de 3.680 € más IVA.
Visto el informe emitido por el Ingeniero de Asuntos Generales de fecha 12 de julio del actual y teniendo en cuenta el elevado riesgo
de incendio, tal como se recoge en el informe emitido con fecha 11 de julio de 2017 por el Sargento Jefe Acctal. del Servicio de Extinción de
Incendios y Salvamentos,
La Junta de Gobierno Local, órgano competente de conformidad
con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
La aprobación del Plan Especial de Limpieza del Monte de la Animas, repercutiendo, en la medida de lo posible, los costes a los propietarios de las parcelas.
14.-SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRAS PARA LA
CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE ADIESTRAMIENTO CANINO
EN EL POLÍGONO 42, PARCELA 196 DEL BARRIO DE
OTERUELOS, SEGÚN PROYECTO PROMOVIDO POR CONTRATAS
E INVERSIONES BERNAL S.L.U. Y SUSCRITO POR LOS
TÉCNICOS D. LUIS ALBERTO LAFUENTE FUENTELSAZ, D. JESÚS
Mª JIMÉNEZ CHERCOLES Y D. ANANÍAS JIMÉNEZ MARTÍNEZ.
Examinada la solicitud de licencia de obras para la construcción
de un centro de adiestramiento canino en el polígono 42, parcela 196
del Barrio de Oteruelos, según proyecto promovido por Contratas e
Inversiones Bernal S.L.U. y suscrito por los técnicos D. Luis Alberto
Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y D. Ananías
Jiménez Martínez.
Con fecha 18 de abril de 2017 Contratas e Inversiones Bernal
S.L.U. solicita licencia de obra para la construcción de un “centro de
adiestramiento canino” en el polígono 42, parcela 196 del Barrio de
Oteruelos según proyecto suscrito por los técnicos D. Luis Alberto
Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y A. Ananías
Jiménez Martínez.
Emitido informe por los Servicios Técnicos Municipales, en fecha
21 de abril de 2017, se informa desde el punto de vista jurídico:
1º.- El terreno se encuentra Clasificado como suelo urbanizable
no delimitado, por el P.G.O.U.2006 por lo que, de conformidad con el
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art. 19 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, podrán autorizarse
los usos permitidos y autorizables en suelo rústico común mediante el
procedimiento aplicable a los usos excepcionales en suelo rústico. No
obstante los usos que se autoricen lo serán con carácter provisional,
aplicándose las reglas previstas en la legislación del Estado en cuanto
al arrendamiento y al derecho de superficie de los terrenos y de las
construcciones provisionales que se levanten en ellos y la eficacia de
la autorización, bajo dichas condiciones, quedará supeditada a su
constancia en el Registro de la Propiedad y si dicho usos autorizados
resultan incompatibles con la ordenación detallada habrán de cesar,
con demolición de las obras vinculadas a los mismos y sin derecho a
indemnización, disponiendo de plazo hasta la aprobación de las
determinaciones completas sobre reparcelación.
2º.- El proyecto presentado es para la construcción de un
centro de adiestramiento canino y dos boxes para caballos, actividad
que entra únicamente en la definición de núcleo zoológico que el art.
3.1.14 del P.G.O.U. de Soria incluye en la actividad “G-4.-
Dotaciones, servicios y equipamiento de interés público y social”. No
obstante hay que tener en cuenta que el Plan General establece en la
Aclaración-2 de dicha Actividad G-4 que “el uso de elemental Núcleo
Zoológico, en cumplimiento de las previsiones urbanísticas definidas
en el Plan General y en desarrollo de las determinaciones del RUCyL
solamente será un uso autorizable en suelo rústico común y dentro
de los espacios delimitados al efecto en los planos de ordenación
(plano nº 2)”, correspondiendo dicho plano al paraje de Valdecureña.
Por lo expuesto se propuso la denegación de la licencia dado
que la parcela donde se pretende ejercer la actividad (núcleo
zoológico) no se encuentra en el espacio delimitado en los planos de
ordenación (plano nº 2) que corresponde al paraje de Valdecureña tal
y como exige el vigente P.G.O.U.
Se presentan alegaciones por el interesado que no aportan
ninguna fundamentación jurídica por la que informar favorablemente la solicitud de la licencia a lo que hay que añadir que, incluso,
justifica la inclusión del centro de adiestramiento dentro del concepto de núcleo zoológico no pudiendo obviar las determinaciones del Plan
General de Ordenación Urbana que circunscriben el uso elemental Núcleo Zoológico al paraje de Valdecureña por lo que, la Junta de
Gobierno Local, órgano competente de conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de
julio de dos mil quince, por unanimidad, acuerda:
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Desestimar la alegación presentada y denegar la licencia para la
construcción de un centro de adiestramiento canino en el polígono
42, parcela 196 del Barrio de Oteruelos, según proyecto promovido
por Contratas e Inversiones Bernal S.L.U. y suscrito por los técnicos
D. Luis Alberto Lafuente Fuentelsaz, D. Jesús Mª Jiménez Chercoles y
D. Ananías Jiménez Martínez.
FUERA DEL ORDEN DÍA
Discutidos los asuntos incluidos en el Orden del Día, la Junta de
Gobierno Local previa declaración de urgencia, en base a la perentoriedad de los plazos y necesidades técnico-administrativas
concurrentes; de conformidad con lo dispuesto en el Art. 83 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales y aprobada con el quórum previsto en el Art. 47.3, de la Ley 7/1.985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; delibera sobre los asuntos que se indicarán y adopta los siguientes acuerdos:
1.-CONTRATO A SUSCRIBIR ENTRE EL MUSEO NACIONAL DEL PRADO Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA
CESION DE DERECHOS DE IMAGEN DE OBRAS DEL MUSEO DEL PRADO CON MOTIVO DEL EVENTO “NUMANCIA 2017”.
Visto el contrato a suscribir entre el Museo Nacional del Prado y el
Excmo. Ayuntamiento de Soria para la cesión de derechos de imagen
de obras del Museo del Prado con motivo del evento “Numancia 2017”, la Junta de Gobierno Local, órgano competente de
conformidad con la delegación de atribuciones efectuada por el Ilmo. Sr. Alcalde en fecha siete de julio de dos mil quince, por unanimidad,
acuerda:
Aprobar el referido contrato habilitando a la Alcaldía para su firma, cuyo contenido es el siguiente:
CONTRATO ENTRE EL MUSEO NACIONAL DEL PRADO Y EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA LA CESION DE DERECHOS DE IMAGEN DE
OBRAS DEL MUSEO DEL PRADO CON MOTIVO DEL EVENTO “NUMANCIA 2017”
En Madrid, a __de Julio de 2017
REUNIDOS,
De una parte, como órgano de contratación, Dª. Marina Chinchilla Gómez,
en su calidad de Directora Adjunta de Administración del Museo Nacional del Prado
(en adelante, MNP), con NIF Q2828018H, actuando por delegación del Director del
Museo según Resolución de 17 de febrero de 2005 (BOE 5/3/05) en nombre y
representación del citado organismo público, en virtud de las facultades que le confieren las disposiciones vigentes.
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Y de otra parte, D. Carlos Martínez Mínguez, en calidad de Alcalde-
Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Soria, con CIF nº P4227700D y domicilio
en Plaza Mayor s/s de Soria, actúa en nombre y representación del mismo en virtud
de lo dispuesto en el artículo 21.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la
firma del presente contrato en nombre de las entidades que representan, y
EXPONEN
PRIMERO.- El MNP como organismo público de Carácter especial establecido en la Ley
46/2003, de 25 de noviembre, contempla entre sus objetivos el establecer relaciones de
colaboración con otros museos, universidades e instituciones culturales, organizando
exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas para el mejor cumplimiento
de sus fines, de acuerdo con los estatutos aprobados por Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, así como su vigente Plan de Actuación plurianual.
SEGUNDO.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria tiene entre sus fines la difusión de los
numerosos atractivos turísticos, culturales y de ocio de la ciudad de Soria, así como la
colaboración con instituciones con esa finalidad. Y además, con motivo del 2150
aniversario de la caída de Numancia, y el evento conmemorativo “Numancia 2017”, este
Ayuntamiento pretende colaborar con la promoción turística del citado evento, y
fortalecer la difusión de la cultura celtibérica, entre otros, como referentes turísticos para
la ciudad de Soria.
TERCERO.- Que el MNP está de acuerdo en colaborar mediante la cesión gratuita del
derecho de reproducción y difusión de una imagen de la obra que forma parte de su
colección, y que va a ser reproducida en una lona de gran tamaño que ocupará la
fachada de un solar sin edificar de la ciudad de Soria, con motivo de la celebración de los
actos del 2150 aniversario de la gesta Numantina que tiene lugar en la ciudad.
Al objeto de servir a los fines expuestos, las partes convienen en suscribir el
presente contrato específico, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El MNP cederá, de modo gratuito, sin facultad de sublicenciar y a
los exclusivos efectos de la edición objeto de este Acuerdo, un máximo de una (1)
imagen.
La cesión de los derechos incluye la inclusión de la imagen o de un detalle de la
misma en una única impresión del soporte objeto del contrato.
La relación detallada de las obras se incluye en el ANEXO I a este contrato.
SEGUNDA.- El tamaño de soporte solicitado requiere el uso de una fotografía de calidad
suficiente que el MNP no puede proporcionar.
El MNP autoriza a la toma de una nueva fotografía de calidad suficiente por parte de
un fotógrafo independiente contratado por el Excmo. Ayuntamiento de Soria.
El fotógrafo se ajustará a las normas y directrices marcadas por el MNP que se
recogen en el ANEXO II a este contrato: Protocolo y condiciones para la ejecución
de las fotografías.
TERCERA.- El crédito de la obra aparecerá mencionado en el soporte de dicha imagen
bajo la siguiente mención: Alejo Vera y Estaca, Numancia, 1881, Madrid, Museo
Nacional del Prado.
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CUARTA.- El Excmo. Ayuntamiento de Soria se compromete al uso exclusivo de las
imágenes para el fin objeto de este contrato, no pudiendo en ningún caso cederlo a
terceros. Aunque colabore con otra institución o empresa, ésta no podrá valerse de él
para otros fines no contemplados en este contrato.
QUINTA.- El MNP se reserva el derecho de supervisión de la calidad y uso de la imagen
que cede, y no asumirá ningún gasto en relación con dicha cesión. El Excmo.
Ayuntamiento de Soria deberá contar con la aprobación previa del Museo del Prado antes
de pasar a la fase de producción/impresión del soporte.
SEXTA.- El presente contrato será de aplicación a la toma de una fotografía, impresión
de un trampantojo de tamaño 9 x 5 m que incluirá la imagen del cuadro en un único
soporte, y entrega al Museo del Prado de 3 archivos en los formatos y características
indicados en el ANEXO II. La fotografía realizada formará parte del Archivo fotográfico
del Museo del Prado y en Banco de imágenes. El Ayuntamiento de Soria gestionará con el fotógrafo la cesión del copyright de la imagen para su libre uso.
SÉPTIMA.- El presente contrato concierne a una única impresión de la imagen en una
lona ubicada en la fachada de un solar de la ciudad de Soria. Dicha imagen también
podrá ser utilizada con los mismos fines promocionales del evento “Numancia 2017” en
la web institucional, así como, si así fuera necesario en soporte papel en forma de folleto o cartelería.
OCTAVA.- Las partes firmantes del presente contrato colaborarán en todo momento de
acuerdo con los principios de buena fe y de eficacia, para asegurar la correcta ejecución
de lo pactado. No obstante lo anterior, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales
de Soria para la resolución de cualesquiera divergencias no resueltas de modo amistoso y que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente contrato.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes
firman el presente documento por duplicado ejemplar en todas sus páginas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
ANEXO I.- Listado de obras del Museo Nacional del Prado que se ceden.
1.-
Alejo Vera y Estaca
Numancia, 1881
Óleo sobre lienzo, 335 x 500 cm
Madrid, Museo Nacional del Prado, P4553, depositado en Soria, Diputación
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ANEXO II.- Protocolo y condiciones para la ejecución de las fotografías
- Las obras de arte del Museo del Prado no podrán ser manipuladas o
desplazadas, a no ser por el personal autorizado: la brigada de
movimientos de obras de arte.
- No se podrá colocar ningún elemento en contacto directo con la obra de
arte.
- Se empleará cartas de color y grises estandarizadas y homologadas para
garantizar el perfil de color adecuado en su revelado.
- Tanto las personas como los equipos se desplazarán con movimientos
contenidos y controlados, a fin de evitar riesgos sobre las obras.
- En general se respetarán ciertas condiciones de iluminación
o Como máximo, la intensidad de la luz de luz continua ascenderá a
800 lux para obra pictórica y escultura y 200 lux para dibujos,
grabados o tejidos.
o En el caso de empleo de luz flash, se limitará la exposición al menor
tiempo posible y la potencia adecuada
o En todo caso, las fuentes de iluminación (preferentemente de luz
fría y equipadas con filtros ultravioleta) permanecerán encendidas y
orientadas hacia las obras de arte el tiempo estrictamente
necesario.
Sobre la toma de fotografía
- Tomar una fotografía con una carta de color estandarizada y homologada
previa a la toma final para asegurar unas referencias fiables de color
- Siempre que sea posible, evitar usar luz polarizada por el elevado
contraste y saturación que produce, aunque entendemos que en
ocasiones es inevitable.
- Evitar luces demasiado rasantes
- Los focos o flashes empleados deberán estar bien anclados para evitar
caídas sobre las obras de arte y a una distancia mínima de 1,5 metros
Sobre el procesado y archivado digital
- Profundidad de bit: 16 bit en formatos estándares. En formatos de gran
tamaño producto de uniones o acoplamientos de varias tomas es
suficiente en 8 bits.
- Perfil incrustado Adobe RGB 1998.
- Archivo en formato TIFF sin ningún tipo de compresión.
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- Corregir distorsiones ópticas.
- Procurar la gama tonal más amplia posible evitando aumentos de
contraste.
- Incluir los siguientes metadatos: Nombre del fotógrafo (formato: Apellido
Apellido, Nombre). CON Copyright. Mención del Copyright: Museo
Nacional del Prado
- Comprobar la correcta configuración de la fecha de captura.
- Grabar los archivos en CD/DVD
Condiciones especiales para reproducir en una Lona de gran
formato la obra del Prado “Numancia” (P4553)
El fotógrafo debería entregar 3 archivos:
Un archivo con una toma general donde se incluya la carta de
color
Un segundo archivo con una toma general en las mismas
condiciones lumínicas.
Y un tercer archivo que será el definitivo pata reproducir la lona
(9 x 5 metros) cuya imagen final debería medir 900cm x 5000cm
a 60 ppp sin remuestreo.
A las diez horas y veinte minutos finaliza la sesión, doy fe, el
Secretario General.
Vº Bº EL ALCALDE,
Fdo. Carlos Martínez Mínguez.
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