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.,. ,o. , Sesión' 5.a, en' miércoles 15 de :noviembre de 1950 (01'di"na.ria ) (De 16 a 19) PiRiÉSl[)EfNCIA DEL' AILESS¿;@DR;( DON SUMARIO DEL DEBATE 1< Se ponen en disctisión las observacio- nes del Ejecutivo al proyecto por el euMSe da nueva estructura al Consejo Nacional' de ComerciQ Exterior Y, en conformidad con un acuerdo aJlterior. quedan para ser votadas a las 17. . «(página 367!). 2 Se aprueba el Convenio de Cooperación Económica entre Chile Y Brasil, sus- crito en Río' de J aneiro el 4 de julio d9 1941: "([página 3618). ,3 "En 'ln{lidentes, el señor Aliende se re- fiere a la situación económica de la Compañía Electrosiderorgica de VaIdi- via, y solicita que se oficie al Ministro de EC'01:lomÍa y Comercio transcribién- dole sus observaciones. El señor Maza pide se agregue su nombre al oficio. «(página 3618). l El señor Allende alude a la situación I ecoriómica de la Caja de Particulares frente a numerósós com- promisos que tiene con imj;>onerités t ' y constructores. Solicita que se oficie al Ministro de Salubridad pidiéndole se sirVa enviar losanteCédentell telaciona- dos COrl este (Página 36,9 1 ). 5 En nombre del señOr Tomic, se ácu'er- da oficiar al Ministro del Trabajo pi- diéndole se; sirva enviar Jos antecedén- tes relacionados CM el despido y. tras- lad'O de obreros de la oficina salitrera Iris: El señOr Lafente pide se agregue su nombre al oficio. I(página 3713): 6 En nombre del señor Martínez l\ilontt, se acuerda oficiar al Ministro de Ha- cienda pidiéndole se sirva dar instruc- ciones a la Oficina de Pensiones para que se dé pronta tramitación a los ex- pedientes de jubilación de los funcio- narios públicos acogidos a las dispo- siciones de la ley N, o 9.629. '(Página' 317(31).

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Page 1: Sesión' 5.a, en' miércoles 15 de :noviembre...acta de la sesión 1.a de la. aiCtual legislatu ra extraordinaria, en 17 de octubre pr6xi mo pasado que no ha sido observada· El acta

.,. ,o.

, Sesión' 5.a, en' miércoles 15 de :noviembre de 1950 (01'di"na.ria )

(De 16 a 19)

PiRiÉSl[)EfNCIA DEL' SE~OR AILESS¿;@DR;( DON F~iú~fAN1DO •

SUMARIO DEL DEBATE

1< Se ponen en disctisión las observacio­nes del Ejecutivo al proyecto por el euMSe da nueva estructura al Consejo Nacional' de ComerciQ Exterior Y, en conformidad con un acuerdo aJlterior. quedan para ser votadas a las 17. . «(página 367!).

2 Se aprueba el Convenio de Cooperación Económica entre Chile Y Brasil, sus­crito en Río' de J aneiro el 4 de julio d9 1941: "([página 3618).

,3 "En 'ln{lidentes, el señor Aliende se re­fiere a la situación económica de la Compañía Electrosiderorgica de VaIdi­via, y solicita que se oficie al Ministro de EC'01:lomÍa y Comercio transcribién­dole sus observaciones. El señor Maza pide se agregue su nombre al oficio.

«(página 3618).

l El señor Allende alude a la situación I ecoriómica de la Caja de Emplea~os

Particulares frente a numerósós com­promisos que tiene con imj;>oneritést

' y constructores. Solicita que se oficie al Ministro de Salubridad pidiéndole se sirVa enviar losanteCédentell telaciona­dos COrl este asunto~ (Página 36,91).

5 En nombre del señOr Tomic, se ácu'er­da oficiar al Ministro del Trabajo pi­diéndole se; sirva enviar Jos antecedén­tes relacionados CM el despido y. tras­lad'O de obreros de la oficina salitrera Iris: El señOr Lafente pide se agregue su nombre al oficio.

I(página 3713):

6 En nombre del señor Martínez l\ilontt, se acuerda oficiar al Ministro de Ha­cienda pidiéndole se sirva dar instruc­ciones a la Oficina de Pensiones para que se dé pronta tramitación a los ex­pedientes de jubilación de los funcio­narios públicos acogidos a las dispo­siciones de la ley N, o 9.629. '(Página' 317(31).

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3!O SENADO DE CHILE

==============~=================-====-~=========

7 El señor Figueroa comenta el decreto

del Ministerio del Interior por el cual

se reglamenta la concurrencia de pú­

blico a las salas de juego del Casino

de Viña del Mar. Solicita que se oficie al Ministro del

Inte!'ior transcribiéndole sus observa~

ciones y pidiéndole se sirva obtener

quP se incluya en la actual convocato­

l'Ía el proyecto sobre supresión del. jue­

go de azar en dicho Casino.

(Página 3713).

~ El sellor Muñoz Cornejo comenta el

discurso pronunciado por el señor La­

fertte en la sesión del 7 del actual, con

motivo del 33.0 aniversario de la Revo­

lución Soviética. (Página '3'%).

9 En nombre del señor Videla, se at'uer­

da oficiar al Ministro de EconümÍa y

Comercio solicitándole se sirva enviar

al SelUHlo el informe relacionado con

la reciente catástrofe ocurrida en ~l

mineral de Lota. (!Página 3176).

10 Se acuerda rechazar las observaciones

del Ejecntiyo al proyecto sobre nueva

estructura del Consejo Nacional de Co·

mercio Exterior y el Senado insiste

en sus anteriores acuerdos. (¡Página 3718 ).

11 El señor Maza se refiere a la reciente

Exposición Agrícola y Ganadera de

Valdivia y a diversos problemas ·que

interesan a esa provincia, y solicita se

oficie al Ministro de Obras Públicas

transcribiéndole sus observaciones.

Pide también se oficie al Ejecutivo

solicitando se incluya en la actual con­

yocatol'ia un proyecto tendiente a evÍ­

tal' el embancamiento del río Valdivia.

El señor Allende pide se agregue su

nombre a los oficios solicitados ..

(Página 379).

12 El señor Maza alude a las observacio­

ne.s formuladas por _t señor Figueroa,

acerca del decreto del Ministerio del

cia de público a las salas de juego del

Casino de Viña del Mar. (Página 381).

13 El señor Maza se refiere a un ofic~o

del Ministro de Relaciones Exteriores

acerca de las observaciones fo:rmula­

das por el señor Senador en sesión del

1.0 de agosto ppdo., sobre designación

de Embajadas Extraordinarias a la.

transmisión del mando presidencial en

algunos países sudamericano,s. Solicita que se oficie al Contral:or

General de la República pidiéndole se

sirva informar acerca de la tramita­

ción de los decretos en que se hicieron

dichas designaciones. (lPágina 382).

14 El seilOr Maza anuncia que en próxi­

mas sesiones secretas tratará de la me­

dida d~l Gohierno sobre reanudación

de relaciones diplomáticas con Yugo­

eslavia. (Página ;-]8:3).

J G El señOr Torres comenta una comuni­

cación del gerente de la Sociedad Cons­

tructora de Establecimientos Educa­

cionales. relativa a las observaciones

formuladas por el señor Senador acer­

ca de la labor realizada por dicho or­

ganismo. (Página 384).

16 A. indicación de los señores Rettig"

Al e s.sallll'ri (don Eduando) y G()nzá­

lez, se acuerda incluir en la Cuenta d~

esta sesión, una moción de que son au­

tores, por la cual inician un proyecto

que declara que el artículo 12 de la iey

N.o 8.762 comprende también al per­

sonal de oficiales de las fuerzas de la

Defensa Nacional, que se encontraban

en retiro a la fecha que indica

Al mismo tiempo, se acuerda oficiar

al Ejecutivo solicitando que se incluya.

(Fcho proyecto en la actual c.onvoca­

toria. (PáJgina 387).

InteriOr ·que reglamenta la concurren- 17 A indicación del señor Cruz-Coke, le I

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 19'50 841 ==========~~~~~'.~~~ ~,-~.- ,.= ••. ~'~

(¡cuerda incluir en la Cuenta de esta sesión una moción de que es autor, por la cual inicia un proyecto que autoriza 4 ll\ Caja dEl la Habitación para ad­quirir la chacra denominada "La Sel­va", ubicada en San Bernardo, a fin de que la destine a la construcción de una población para los obreros de la Maestranza de esa ciudad.

Solicita, además, 'que se oficie al Eje­cutivo pidiendo 'que dicho proyecta sea incluído en la actual convol:atoría (Ptágina. 387).

18 El señor Tomic alude a la necesidad dtl que la Sociedadl C011structora de Establecimientos Educacionales em­prenda en Arica la construcción de ]')cales escolares, y solicita que se ofi­cie al Ministro de Educación Pública transcribiéndole sus observaciones.

El señor Vásquez se refiere a la misma materia. (;página 3!88).

19 El señor Martínez (don Carlos A.) 'ha­ce notar que la Empresa de los Ferro­carriles del Estado no ha dado cumplí­míentó a las dispOlsiciones de· la ley N.O 9.6·29, en lo relacionado con el pa­go de asignaciones al personal jubila­do de esa empresa, y hace in.dicación para que al respecto se oficie al Mi­nistro de Obras Públicas, indicación que queda para ser votada en la ~esión próxima. (Página 388).

Se levantó la sesión.

SUMARIO DE DOOUJ\lLENTÜlS

Se dió cuenta: l.-De tres mensajes de Su Excelencia el

Presidente de. la R,epública con los que so­licita el acuerdo ,constitucional necesar.io para conferir los ascensos que indica, de las siguientes persona.s:

1) A General de Brigada, del Coronel don José Luis Gálvez Fuchslocher.

2) A Coronel, del 'Teniente Coronel don Alberto MarÍn Madrid.

3) A Coronel, del Teniente Coronel don Julio Moreno Johnstone.

-Pasan '<1 la Comisión de Defensa Na­cional.

2.-De cuatro oficios de la Cámara de Di­putados:

Con el primero comunica que ha tenido u. bien aprobar' en los mismos t(~r~inos en que lo hizo el Senado, el proyeeto de ley que eOllce(1 e pensión a don Wenceslao Oa balle­ro Leiva.

Con el segundo comunica que ha tenido a bien ac~ceder a lo solicitado por esta Corpo­ración, en ordena devolver al Ejecutivo las observaciones formuladas al proyecto de ley que concede una pensión de gracia a doña María Elena Bell Mora.

-Se mandan comunicar a Su Excelencia el Presidente ele la. República.

Con el tercero comunica que ha tenido a bien no insistir en el rechazo ele las modi­fic·aciünes introducidas por el Senado, al proyecto ele ley que elestina fondos para fi­nanciar el Departamento de Pel'ioclisÍ!<lS y Fotograbadores de la Caja Nacional de Em­pleados Públicos.

Con el último comunica que ha tenido a bien no insistir en unas e insistir en otra de las modifi.caciones introducidas por el Senado, al proyecto de ley que concede un aurnento de las remuneraciones del perso­nal de ohreros y rmpleados de las }!Iuuici­palidades.

-Se mandan archivar.

3.-De un informe de la Comisión de R.e­laciones Exteriores y Comercio, recaído en 1m proyecto de ley ele la Gámara ele Dipu­tados, que aprueba el Convenio de Coope­ración Económica entre la República de Chile y la R,epúblic:a. ele los Estados Unidos del Brasil, suscrito en Río ele J aneiro el 4 de julio ele 1947' y los cinco cambios de no­tas, concertados con fechas 4 de ;julio y 1.0 y 12 de agosto de 1947, que dehen consi­derarse como partes integrantes del Con­venio aludido.

-Queda para tabl:a.

4.-De tres mociones: Una de los Senadores señores González,

Martínez, don Oarlos A., y Allende,con la que inician un proyecto de ley sobre dero-

I .,

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,,842 ,~,fJN.AD.o, DE CffiIJE ~===========================S'~'~~'~'~\~'.=,~====+=' =:' ~====~=======-======== =====~~-,=-==-====

gación de las disposici()nes de la Jey N.o S.987,de la Defelis~ Permanent~ de' la D"­Inocracia.

-Pnsa a la. Comisión de Constitución, Le­gislación y J usticÍla.

Una del Senador señor Cruz-Coke con la que inicia un proyecto de ley que autoriza ti. la Caja de la Habitación Popular paro, invertir hasta la sum~ de dieciséis millones de pesos' en la adquisición de los terrenos. que iudica, que se destinarán a lacons.truc­CiÓ~l de una poblaci6n ohren!. para los ope­ra~ios de la Mlaestranza de San Bernardo. . ..-Pasa a la Comisión de Trabajo y P'l'e­visión Social.

Una de los Senadores -señores Rettig, Alessanclri, clon ;Eduardo, y González, con la que inician un proyecto de ley que de­clara que el artículo 12 de la ley N.o 8.762, de 14 de marzo de 19147, comprende también 111 personal de Oficiales de las Fuerzas de Defensa Nacional que dicha moción se­ñala.

-Pasa a la Comisión de !)efensa Nacio­nal,.

;0..---

ASISTiENOIA

Aldunate, Fernando

Alessandri, Eduardo AleSSanu.ri, z'ernanao

Alvarez, Humberto

Allende, Salvador Bulnes, Francisco eerda, Alfredo uorrea, unses urUZ_I:lOKe, J:¡<l.uarllo uuran, .):'lorenCIO .I:Il-raLiul-~2í, .LIau.l;:j'Lao

Faívovich, Angel. Fernández, Sergio

Figueroa, Hernán

Marín, Raúl ~.J.a.r'lI1eZ, ua,1'lOS A.

Marti.ez, Julio

Maza, José Muñoz, Manuel Ocampo, Salvador Opaso, Pe<l.ro

Opitz, Pedro Pedregal, Albel:to del Pereira, Julio Poklepovic, pedrQ

Prieto. Joaquín

Re1;tig. Raúl Rodríll.'uez, Héctor

Uonzález, Eugenio ',romic, Radomiro ltllzman, .c.teouoro.ti. Torres, lsanro

Lafertte, Elías: Vásquez, Angel C.

, Larrain, Jaime Videla, 'Hernán

Actúa de Secretario el Prosecretarió don Luis

V'lrgara.

Como Proscel'ctario don Horacio Hevill-

ACT A A:eRO~.AJDA

~sión 3.a, . ordinaria. ennrl~rcples 7 de , . noV,iem1?re de 1950

Pr~~d~ncia del señor A~sa;ndri.. dou ~ndo

Asistieron los señores: Aldunate, Fernando; Alessandri, Eduar­

do; Alessandri, Fernando; Alya,rez, Hum­b.erto; Allende, Salvador; Amufilátegui, Gre­gorio; Bórquez, Alfonso; Bulnes, Francis­co; Cerda, Alfredo; Correa, Dlises; Cruz­Cake, Eduardo; Errázuriz, Ladislao; Fai­vovicQ., Angel; 'Fernández, Sergio; J:ilgue­roa, Hernán; Gonz..ález, Eugenio; Guzmán, EIeodoro E.; Lafertte, Elías; La'rrain, Jai­me; Marín, Raúl; Martínez, Carlos A.; Mar­tínez, .T ulio; Maira, Fernando ; Muñoz, Ma­nuel; Ocampo, Salvador; Opaso, Pedro; Opitz, Pedro; Pereira, Julio; Poklepovlc, Pedro; Prieto, Joaquín; Rettig, Raúl; Ro­dríguez, Hédor; Tomic, Radomiro; Torre'3, Isa uro : Vás(juez. Angel C.; Vide la, Herná.n.

El señor Presidente da por aprohadael acta de la sesión 1.a de la. aiCtual legislatu­ra extraordinaria, en 17 de octubre pr6xi­mo pasado que no ha sido observada·

El acta de la sesión '2.a, ordinaria, ·en ~15 de octubre próximo pasado,queda en S~­cretaría, a disposición de los señores Sena­dores hasta la sesión próxima para su apro­bación.

Se da 'cuenta, en seguida, de los negocios que a continuación se indican: (Ver Suma­rio de Documentos, sesión 3.a, pág. 194).

Fácil despacho

Observaciones dell Ejecutivo al proyecto 9.e ley despachado por el Congreso N acioIUll que destina fondos con el objeto . clepa,vi-

mentar el camino de Ouneó a los Queñes

Se pone en discusión la observación, apro­bada por la Cámara de Diputados, que tiene por objeto reemplazar la frase final del ar­tículo 6.0 que dice: "La expropiación se ve-

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. 1', .,t·'l';,¡"~. ,~!..t.';~!;~ Ir#: . SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 . M3 ~

~===========-" ',i, > : '~ ; '. !' ~

rificará .. conforme a lo prescrito en el Título x:v del iLibro IV del Código de Procedimien­to Civil", por la siguiente; "La expropiación se ',trl,t,mítará de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 14 de ,la ley N.o 8.0BQ, de 30, de enerO de 1945".

Usa de la palabra el señor Lafertte y ce­rrado, el debate, tácitamente se acuellda aprobar la obseryación referida.

Moció,p. del señor MartínElz, don 'Carlos Al­berto ({ue autoriza a la Caja 'de Crédito Po­pular para disponer de las máiquinas de co-

ser empeñaldas

Se, da lectura al informe de la Comisión de Gobierno que propone enviar al aIlchivo esta iniciativa de .Jey por haber perdido su oportunidad.

Ningún señor Senador USa de la palabra y tácitamente se aprueba el informe de la Comisión.

• ociones del señor Correa, don Ulises, con las, cuales inicia sendos proyectos de ley ,sobre autorización al Presidente de la Repú­blica ,para transferir a diversas institucio­nes, determinados lotes de terrenos en la

comuna de Retiro

Se pone en discusión el informe de la Co­misión de Gobierno que propone enviar al archivo este proyecto, por haber perdido su oportunidad.

Ningún señor Senador usa de la palabra y tácitamente se da por aprobada la proposi­ciÓn de la Comisión.

Mensaje del Ejecutivo, de 12 de noviembre de 1926, que aprueba la recomendación adoptada el 29 deoctub;r-e de 1919, por las Conferencias del Trabajo, sobre prohibición

del empleo del fósforo blanco

Se da cuenta que la Comisión de Higiene, Salubridad y Asist.encia Social, propone en­viar al archivoest.a iniciativa de ley por haber perdido su oportunidad.

Tálcitamente se acuerda. archivar este proyect.o.

< 1 ' ~ ~. '(f r- ~ '\, \" '" (-r't:~.~:t Mensáje del, gjecutiv~, .de _ 'de noviembre de 1936, que, autoriza. la expropiación de terrenos para la coustru.ocién del Hospital

Clínico de Concepción

La Comisión de Higiene, Salubridad, y Asistencia Socia·} propone al'Chivar <este asunto por haber perdido su oportunidad.

Sin debate y por asentimiento tácito de la Sala se aprueba la proposición de la Co­misión.

Moción del ex Senador señor RomuaJdo' Sil· va Cortés sQbre publicaci¡6n en el Diario Oficia:l del presU¡puesto y IbaJl.an.ces de 1& Junta de Beneficencia, de 12 de julio d.

1937

Por asentimiento tácito de la Sala, se a·cuerda aprobar la proposición de [a Co­misión de Higiene, Salubridad y Asistenéia Social palla enviar al archivo este proyecto por haber perdido su oportunidad .

Se da cuenta que la Comisión de Trabajo y Previsión .:Social propone enviar al archi­vO,por haber perdido su oportunidad, los siguientes asuntos:

1) Moción, de 15 de septi<embre de 1947~ del H, Senador señor Cruz Coke, que pro· pone modificaciones a Ja ley N.O .8.422, de 1946, sobre compradores de sitios a plazo.

2) Moción, de 29 de octubre de 1947, d'el ex :Senador señor Grove don Marmaduke, sobre ·compradores de sitios a plazo, y

3) Moción, de 4 de novi·embre de 1.947, de los HH. Senadores señores Domingue21, don Eleodoro, Allende y Martínez, don Oar­los Alberto, que propone modifieaciones al D. F. L. N,o 3·3, de 19,3·1, sobre comprado­res de sitios.

Usa de la parabra el señor Martínezdon Carlos Alberto y cerrado el debate, táeita­mente se acuerda archivar ~os proyectos antes referidos

Orden del día.

Proyecto de ley de la Cámara de Diputados que mejora. las rentas de los empleados m.·

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I '. 1

344 SENADO DE CHILE

nicipales y cOncelde nuevos recursos a las Municipalidades del país

Se pone en discusión este proyecto en cuarto trámite constitucional.

En discusión la modificación del Sena­. do, desechada por la H. Cámara que con­siste .en suprimir el N.o 2 del artículo 1.0, usan de la palabra los señores Bulnes, La­fertte y Ocampo.

Cerrado el debate se pone en votación si ,el Senado insiste o no en su modífíca,ción.

Recogida ésta, se obtienen 26 votos por ,la afirmativa, 3 por la negativa y 3 pareos, 'flon lo cual el Senado acuerda insistir.

Se. pone en discusión la modifica<lión del Senado,desechada ,por la H. Cámara, que· consiste en sustituir el N.O 3, del articulo 1.0 por el siguiente,que ha pasado a ser le­tra e) :

"c) A'gréganse los siguientes incisós al ar­tículo 17:

"Los .empleados suplentes deberán ser designados dentro del personal en servicio de la misma Municipalidad, salvo que se tratare de empleados técnicos y no hubiere otro en el servicio, o de ,empleados de los dos últimos grados de la respectiva Corpo­ración.

Esta disposición se aplicará también al personal de los Juzgados de Policía Local".

usa de la palabra el señor Bulnes y ce­rrado el debate, tácitamente se 'acuerda no insistir.

En discusión la modificación del Senado, desechada por ,la H. 'Cámara que tiene por objeto suprimir el artículo 3.0, usa de la palabra el señor Bulnes y cerrado el deba­te, tácitamente se acuerda insistir en ella.

En discusión la modificación del Senado, desechada por la H. Cámara, que tiene por objeto suprimir el N.o :5.0 del artículo 4.0, usan de la palabra los señores Bulnes y To­rres·

Cerrado el debate, tácitamente se acuer­da no insistir en esta modificación.

Se ponen en discusión las modifica·ciones del Senado, desechadas por la H. Cámara que tienen por objeto agregar a ,este ar­tículo 4.0 la l·etra f), nueva, que se indica y suprimir el articulo 5.0.

La letra f) nueva es la siguiente:

"f) Reemplá.zase la escala de salarios ,con­templada en el artículo 104, PO! la si­guiente:

Grado

1.0 12.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0

10.0 11.0 12.0

Salario diario

$ 171.10 14J6.70 12,2.20 110.00 97.80 85. ,ro 7'3-.30 6,1.10 156.201 48.90 41.60 36.70"

(

usan d8 la palabra los señores Bulnes, ::.VIartínez don Carlos Albei,to, Vásquez, To­mic, Presidente, Cruz-Coke, Rodríguez de la Sotta y Opitz.

Cerrado cl debate se procede a la vota­ción de estas modificaciones en el entendi­do de que aprobada la letra nueva f) se mantiene la modificación que consiste en suprímirel artículo 5.0 de la Cámara de Diputados.

Recogida la votación resultan 2:1 votos por la afirmativa, 8 por la negativa y 2 pareos, con lo cual el Senado insiste en sus modificaciones.

Se ponen en discusión las modificaciones el el Senado desechadas por ,la H. Cámara que inciden en el artículo 11 y que tienen por objeto reemplazar las palabras "otras asignacío;;'es de carácter general", por las siguientes: "las asignaciones de zona"; y agregal" el siguiente inciso nuevo:

"Desde la vigencia de esta ley, las Mu­nicipalidades no podrán conceder a sus em­pleados nuevas asignaciones de zona, ni au­mentar las existentes".

Usan de la palabra los señores Bulnes, Martínez, don Carlos Alberto, Allende, R.o­dríguez de la Sotta y Tomic.

Cerrado el debate se procede a efectuar la votación, en la que se obtiene el siguien­te resultado: 22 votos por la afirmativa, ,6, por la negativa y 2 pareos.

Page 7: Sesión' 5.a, en' miércoles 15 de :noviembre...acta de la sesión 1.a de la. aiCtual legislatu ra extraordinaria, en 17 de octubre pr6xi mo pasado que no ha sido observada· El acta

SESlON 5.a (LEGI~L. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 ~~ __ ~~~Y._E:E 1950 345

En ,consecuencia, el Senado insiste en sus modificaciones.

Se pone en discusión la modificación del Senado, desechada por la H. Cámara, que tiene por objeto agregar el siguiente ar­ticulo nuevo;

"Artículo 15.- Elévase 'al dohlt~ el valor de las patentes establecidas en el Código de Minería".

Usan de la palabra los señores Videla, Bulnes y Torres.

Cerrado el debate, se procede a Ia vota­ción que arroja el siguiente resultado: 14 votos por la afirmativa, 10 por la negátiva, 1 abstención y 2 pareos

En consecuencia, el Senado no insiste en la aprobación de este artículo

Se pone en discusión Ja modificación del Senado desechada por la H. Cámara, que consiste en suprimir el inciso primero y el número primero del artículo 19, y redac­tar el número 2,0 en la siguiente forma:

Artículo 16.- Substitúyense en el ar­tículo 83 del D. F. L, N.o 345, de i20 de mayo de 1931, que fijó el textodefiniti v<1 de ta ley General de Construcciones y Urbani­zación, las palabras "dos mil" por "veinte mil" .

Usan de la palabra los señores Buhles y Presidente y cerrado el debate, tácitamen­te se acuerda insistir.

Se pone en discusión la modificación del Senado desechada por la H. Cámara que tiene por objeto cons~tar el siguiente ar­tículo nuevo:

"Articulo 21.- A partir del 1.0 de julio de 1952, todas las obras de pavimentación y repavimentación de la comuna de Santia­go se eontratarán previa licitación pública".

Usan de la palabra los señores BuJnes, Rodríguez de la Sotta, y Guzmán.

Cerrado el debate se acuerda insistir en la apro'bación de este artículo dejando ex­presa constancia en acta para los efectos de la historia fidedigna del establecimien­to de la ley, que la voz "repavimentar" que se emplea en este articulo significa la ac­ción y efecto de pavimentar nuevamente y no tiene el sentido de reparar.

Se pone en discusión la modificación del Senado, desechada por la H. Cámara que

consiste en reemplazar el artículo 215, por el siguiente:

".Axtículo 23. - La patente adicional fis­cal establecida en el artículo 3.0 de la ley N.o 9.3'21, de 2, de febrero de 1'949, se se­guirá eobrando sobre los valores señalados en el articulo 134 del decreto N.o 1.0001, de 2;:1 ele marzo ele 1943, que refundió en un texto las disposiciones sobre alcoholes y be­llidas alcohólicas, y se considerará, :para to­dos los efectos legales, como impuesto 'fis­cal.

Su cobro se hará por las Tesorerías co­munales y para ello la Dirección Q.eneral de Impuestos Internos procederá a girar boletines semestrales para el pago anti<.lÍ­pado del impuesto señalado precedentemen­te, y su cancelación se efectuará por mita­des en el curso de los meses de enero y julio de cada año. La falta de pago de e;te im­puesto autorizará la clausura del estableci­miento, que será ordenada por. la Direc-ción" .

Usa de la palabra el señor Bulnes. Cerrado el debate, tácitamente se acuer­

da insistir en esta modificación. Se pone en discusión la modificacíón del

Senado, desechada por la H. Cámara, que tiene por objeto suprimir el artículo 26.

Usa de la palabra el' señor Bulnes y por asentimiento tácito de la Sala, ,se acuerda insistir.

Se pone en discusión la modificación del Senado, desechada por la H. Cámara que tiene por, objeto consultar el siguiente ar­tículo nuevo:

"Artículo :29.- Restablécese con el ca­nÍ,cte1' de organismo consultivo, el Departa. mento de ,Municipalidades dependiente del Ministerio del Interior, cuyas atribuciones especiales serán la,s siguientes:

a) Informar respecto de todas las mate­rias que, en conformidad a la Constitución Política y a las leyes corresponde conocer a las Asambleas Provinciales.

b) Evacuar todas las consultas que le formulen las l\iunicipilidades l'elSpecto de la interpretación o aplicación de !as leyes, u otras d.e carácter técnico o administrati. va.

c) Formar y mantener las estadísticas Municipales; y

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SENADO· DE CHILE

d> Ji'ormar y mantener el libro de la Ha­cienda municipal.

Para los efectos de lo dispuesto en la le­-tra a) dd inciso anterior, las Asambleas Provinciales, antes de re.sol'Ver sobre lus asuntos municipales que les co1'responcla co­nocer, deberán recabar y tener a la vi!lta el respertivo informe del departamento de 111 unici pal idades.

Para el debidl) cumplimiento de 10 dis­yluesto en la letra d), el Presidente df la Hepública fijará las reglas respecto a Id forma de confeccionarse los presupuestos Jnllnieipaler; y oe rrmÍ-'\ión de los datos que ~('all neccsarios.

Las MUl1icipalidades y Alcald('s rstarán nh1igados a remitir al DepartameIl~O de Mu­nir~ipalid(Jdes los datos y antecedentes que f'8tl' or·ganismo les solicite para el debido (~llmplimiento de sus fines y deberes.

r~a planta y sueldos del lJCrlS0 11al del De· partamento e1(' ;\lunicipalielades serán de­terminados por decreto del Ministerio del Interior, y no podrán consultarse más em­pleadosque 10.s siguien.tes: un .1 efe, dos abog-aaos, un ingeniero o arqn;tecto, un contador, un secretario y tres ofie·jales.

Las MunicipalidadelS consultarán anual­mente en sus presupuestos una s·uma equi . v~lknte al 4 pOI' mil de sus ingrc.3o, ordi­narios para el mantenimiento del indicado Departamento ele Municipalidades. suma quP- será depositada en las Tesorerías Co­munales respectivas por duodécimo'!, dentro oc los cinco primeros días de cada mes".

Usan de ]a palabra los señores Bn1nes, Faivovich, Cruz-Coke, Tomic, Lafertte, Fi­gueroa y Guzmán.

Cerrado el debate, se acuerda no in.sis·· ti1' en este artículo con los votos en eontra de Jos señores Bulnes, ROr1rígnez ele la 80t­ta, Presidente y Rettig.

Sc ponc en discusión la modificación del Senado, desechada; por la H. Cámara que tiene por objeto consultar el siguiente Hr­tículo nuevo:

"'Artículo 3.0.·-- 1,os empIcados públieos y semifiscalr.s que hayan !'lido elegidos Regi­dores, tendrán derecho a jubilar clm tan­tas treil1ta avas partes del sueldo como año;; de servicios tengan al ser elegidos".

S,in debate y por asentimiento tácito de

la Sala, se acuerda no insistir én e.~tc ar­tículo 3:0.

Se ponen en discusión 10.s artícnlo~ 12 y 13 transitorios propuestos por el S!lllndo y que la H. Cámara ha desechado y que son los siguiel1tes:

" A l'tículo 12.0- Para los efectos lle la, aplicación ele la escala de jorna.les estable­cida en la letra f) del artículo 2.0 deIa pre­sente le,\', el personal de obreros (le pada ::\Iuni.cipalidad .<;e reencasillará en el ~radl)

qne le correspondió el año 1945. de acuerdo con la ley ~.o 8.121. y gozará de las remu­nera ciones que a tal grado le señala elci.­tado artículo 2.0, letra f).

Si. aplicada la regla del íncisoanterior resultare para obreros que tienen. iUn sala~ rio base de 132 pesos diarios o más un au­mento inferior al 10 por ciento de su actual salario base, y para los demás, un aumento inferior al 15 por ciento de su,s actual~ sa­larios bases, se les hará, a los que se encuen­tren en tal caso, un reaju6te extraordiuario en forma de que 'qneden con Un nuevo sa­laÍ'io equivalente a su actual salario base aumentado en los expresados 10 por cien­to y 15 por ciento, respectivamente".

""\rtícnlo 13.0- I10S carg'o.s que por efec­to de lo dispuesto en el inciso segundo del artÍpulo anterior, no queden encuadrados dentro de la escala establecida en' la letra f) del artículo 2.0 de la presente ley, debe­rán encasillarse dentro de alguno de los ~rad.os de ]a inc1icaltla escala, cuando dejen de desempeñarlos los actualels titulares.

En tales casos, el Alcalde, a propuesta del Director del Departamento respectivo, determinará el grado que dcbc correspon­del> al cargo vacante".

Sin (lebate. tflcita1l1ellte se apuerda insis­tir en su aprobación.

Se da cnenta que el señor ?vt:inistro del Interior l1a enviado un ofi~io a e8ta Corpo­ración proponiendo una modificaroión al pro~'ecto en debate que incide en el artícu­lo 26.

I1a ::\fesa dedara que en. atención al t1'i­mite constitucional en que se encuentra es­te prO~Tf'cto no cabe ronsnItal' ninguna mo­dificación motiyo por d conal sc aeLlerda desestimar el oficio aludido.

Queda terminada la discusión de este

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SESION 5.a (LEGISL. EXT:ij,AQRD,);' EN,MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 347 ._~:.,-:...:::::::=--:::...-::::::-_~ -:...,,-:_--=-::. _=_::"'---::-_7~=-=_-::::::"::'-_7_.~-:--::=·_ -=-""'" :;::;:....:;:--= - -=-==---~

· .proyecto y su texto, aprobado es el ~iguien-· te;

Proyecto de ley:

,. Ar:tíeulo 1.0- Introdúcense las sigui en­tAlS modificaciones a la Ley sobre F~tatu-

· to de los Empleados Municipales de la Re­pública, cuyo texto refundido se fijó por decreto 'supremo número 6.080, de fecha 30 de noviembre de 1945: . a) Substitúyese el il1ciso2.o del artícu­

lo 9.0, por el siguiente: "No ob,stante, se hará la terna eOn per­

.sonas extrañas al personal de empleados .qe la Municipalidad, cuando se trate de empleos de carácter técnico y no hubiere dentro de los dos grados siguientes quien reuniere los requisitos necesarios. Igual-

· mente, el Alcalde podrá nombrar libre­mente y sin necesidad de terna a los em­pleados de 108 dos últimos grados del esca­lafón de la' respectiva M!unicipalidad".

Agrégase, como inciso final del mismo artículo, el qne sigup:

".si el traslado se solicitare para cargos de ,Tefes de Oficina, el nombramiento res-

· pectivo requerirá la aceptación de la Cor­poración".

b) ReempIázasc el artículo 10 por el si­guiente:

"Artíelllo 10.-- Para los efectos de esta ley se considerarán puestos técnicos aque­llos cuyas labores no pueden desempeñarse legalmentA sin el eorrespondiellte título ex­pedido por la Universidad de Chile o por otras instituciones o establecimientos reeo­nacidos para este fin por el Estado".

d) Agrégase el siguiente Ínciso al ar­tículo 17.0:

"Tratándose de empleados suplentes, es­tos deberán ser designados dentro del per­sonaJ en servicio de la misma Muni~ipali­dad, a excepción de los empleados técnicos, cuando no hubiere otro en el servicio, y de los del último grado de la respectiva Cor­.poración".

Esta disposición se aplicará también al personal de los Juzgados de PolieÍa Lo­caL

d) Reemplázase la escala de sueldos con-

tenida en el ineiso primero del artíeul() ,27, por la siguiente:

Grado Sueldo anual

1.0 .... $ 178.800.-2.0 1'65.480.-3.0 152.280.-4.0 139.320.-5.0 132.000.-6.0 124.680.-7.0 117.3'60.-8.0 109.980.-9.0 102.660.-

10.0 95.340.-11.0 88.020.-12.0 80.640.-13.0 74.820.-14.0 68.940.-15.0 63.060.-16.0 57.180.-17.0 51.360.-18.0 46.920.-19.0 42.541].-20.0 38.100.-21.0 33.720.-22.0 29-.340.-.23.0 26.400.-24.0 23.460.-25.0 20.520.-26.0 17,580.-

"Reemp1ázase el inciso 2.0 del mismo ar­tIculo, substitllído por la ley número 8.973, de 9 de agosto de 1948, por el siguiente:

"Los empleos técnicos que deben ser atendidos durante toda la jornada diaria de trabajo establecida en la respectiva Mu­nicipalidad, tendrán como sueldo el indica­do en la escala precedente, aumentado en un 2D por ciento".

lReemplázase la frase inicial del inciso 3.0 del mismo artículo 27, que dicc: "Los em­pleados que' enteren diez años de servicios en una misma Municipalidad, gozarán de un aumento de Un 10% rsobre sus sueldos; si quince años, de Un 15%; si veinte años, de un' 20%; si veinticinco años, de un 26%, y si treinta años, de un 30%", por la si­guiente: "Los empleados gozarán de un aumento de cinco pOr ciento sobre sus

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.,

! '

SENADO DE CHILE

sueldOlS bases pOr cada cinco años de servi­

. 'cios municipa1es, hasta un máximo de

35%". e) Reemplázase el artículo 29, pOl' el si­

guiente: "Artículo ... - Las Municipalidades con­

sultarán anualmente en sus presupuestos

Una gratificación que no podrá ser iderior

a un mes ni superior a un mes y medi.o de

sueldo base para el personal que por el

año presupuestario haya sido calificado

con nota b~ena o muy buena, no haya sido

sancionado ni se le haya aplicado medida

disciplinaria alguna y tenga una asisten­

cia mínima del 80 por ciento de los días

hábiles de dicho año y sus inasistencias

hayan sido debidamente justificadas. Estos

hechos corresponderá certificarlos al Se­

cretario de la Municipalidad",

f) Reemplázase la escala contemplada en

el artículo 32, por la siguiente:

Grado

$ 100.000.noo.- 1.0 50.000.000.- 2.0 40.000.000 .- ... Ro 3O.000.0QO.- 4.0 20.000.000.- 5.0 15.000.000.- 6.0

S. 000.000.- 7.0 6.000.000.- 9.0 4.000.000.- 10.0 3' . ü{)O. 000.- 11.0 ~.OOO.OOO.- 12.0 1. 500.000.- 13.0 1. OO{) .000.- 14.0

700.000.- 15.0 5,00.000.- 16.0 200.000.- 19.0

Inferiores a 200.000.- ... .. . ... . .. " 21.0

g) Agrégase después del artículo 32, el

siguiente artículo: .. Articulo ... - Las Municipalidades po­

drán aumentar el sueldo de sus empleados

y el salario de sus obreros en la misnía pro­

porción establecida para los sueldos vitales

por las Comisiones Mlixtas de Sueldos para

los empleados particulares en el departa­

mento respectivo, no pudiendo ex.?ederse

de los porcentajes determinados en el ar­

tículo 34 de la presente ley y 109 de la Ley

de Organización y Atribuciones de las Mu­

nicipalidades.

Estos aumentos no Importarán en caso

alguno variación de los grados del reSDec­

tivo escalafón". h) Reemplázase el jnciso 1.0 del artículo

3+, por el siguiente: "Artículo 34.- El monto total de las re­

muneraciones anuales de los empleados mu­

nicipales por concepto de sueldos y .gra­

tificaciones de cualquiera naturaleza, . no

podrá ser superfor al porcentaje que se in­

dica en la escala que sigue, determinada

sobre la base de los ingresos efectivo~ pro­

ducidos en el año anterior a aquel que co­

rresponda ·confeccionar el proyecto de pre­

supuesto: .3Tuniripalidades C011 ingresos ordinarios

superiores a$ 30.000.000.00, 20%.

Municipalidades con ingresos ordinarios

inferiores a $ 30.000.000.00, 22%. Mlunicipalidades con ingresos ordinarios

inferiores a $ 10.000.000.00, 24% ..

Mlunicipalidades con ingresos ordinarios

inferiores a $ 3.000.000.00, '25%

Municipalidades COn ingresos ordinarios

infr,iores a $ 1.0000.000.00. 2Gj~.

Muniópalidades can ing~esos orninarios

inferiores a $ 500.000.00, 28%. i) Reemplúzase la letra d) del articulo

40, pOr la siguiente:

"d) Feriado anual de quince dlas hábiles,

Con goce de sueldo, a emlüeados que ten­

gan más de un año en la administraúión co­

munaL Este feriado será de 23 días hábiles

para aquellos emplea.dos con más de 20 años

de servicios municipales. Los emple!l.dos munieipa.les de la provin­

cia de Magallanes tendrán derecho a acu­

mular sus feriados siempre (llW no hubieren

disfrutado de ellos durante tres ailns con­

secutivos". j)Reemplázase el artículo 41 por el si­

guiente: "J~as mujeres tendrán derecho d que se

les conceda permiso desde cuatro ¡:,emanas

antes del parto y hasta seis semanas des­

pués". k) Reemplázanse los incisos 1.0 y 2.0 del

artículo 58, pOr los siguientes:

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SESION5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN ,MIERO. 15 DE NOV. DE 19'50 349 --=-'--~--~~ ~

"Las Municipalidades pagarán a sus em­pleadós una asignación familiar por cada carga de familia, que no podrá ser inferior a $. 415 en aquellas cuyos ingre¡;os anuales sean de diez . millones de pesos o IT:,ás; a $ 300 en aquellas cuyo presupue¡;;to anual sea inferior a diez millones de pesos y has­ta tres millones de pesos, inclusÍye, .Y a

$ 200 en aquellas cuyos ingresos anuales t5ean inferiores a tres millones de pesos, por la cónyuge, por la madre legítima, na­tural o politica) y por los hijos legítimos, naturales o adoptivos e hijastros, hasta los 18 años dc edad, siempce que estas perso­nas ·'Vivan a sus expensas.

El dereeho a disfrutar de la asignación familiar pOr lo que respecta a los hiJos sub­ilistirá hasta que éstos cumplan 23 años de edad, cuando se acredite con certificados competentes que siguen cursos regulares de enseñanza secundaria, profesional, universi­taria o de especialidad técnica".

1) Agréganse al mismo artículo !58, los si­guientes incisos nuevos:

"El pago de la asignación familiar de los empleados que trabajen por horario ]lare~a,l ~n más de una Municipalidad, se dividirá por iguales partes entre dichas Municipa­lidades.

Los empleados que presten sus s~rvicios por horas, o en ci.ertos días, tendrán dere­cho a la asignación familiar por las horas que trabajen en proporción al horario establecido".

m) Repffiplázase el artículo 59, por el si-guiente: .

"Todo ·empleado municipal tendrá dere­cho a que se le reconozCa el tiempo servido ~n la misma . Municipalidad o en otra, en los términos señalados en la ley número 6.881".

n) Agrégase a continuación del artículo 59, el siguiente:

"Artículo ... - Las Municipalidades fm:­maránuna planta administrativa ('On el

. personal que desempeñe cargos de porteros, ascensoristas, choferes, mayordomos, etc., y, en general, con el que realice una labor en q.ae predomine el esfuerzo físico.

Para este efecto, los Alc:.tldes, con infor­m:e favorabk del Consejo de Jefes de Ofi-

cina, 'formarán la planta. a qU.e se refiere el inciso anterior, determinando en definitiva sus grados a medida que vayan dejando de desempeñarlos las personaS' que actuahnen­te los ocupan.

El personal de esta planta estará afecto a las disposiciones del presente Estatuto y podrá figurar en terna o ser trasladado It

·la plal1ta general, de acuerdo con las con­diciones que determina el reglamento res-pectivo.

Al formarse esta planta no podrá, pOl' motivo alguno, producirse la vacancia del personal en actual servicio, ni dism;nuirse los derechos y beneficios de que actual­mente disfruta".

Articulo 2.0 - Introdúcense las siguien­tes modificaciones a la Ley sobre Organi­zación y Atribuciones de las Municipalida­des:

a) Reemplázase el artículo 43, por el si-guiente:

"A l'tículo, , ,- IJos Alcaldes tendrán el sneldo anual que se indica a continuación: Alcalde de ]a Municipalidad de

Santiago .. ' ". .,. '" .. , $ 160.000 Alcaldes de las Municipalidades

de Valparafso y Viña del Mar 120.000 Alcaldes de las Municipalidades

ele Antofagasta y Ooncepción 96.000 Alcaldes de Municipalidades con

inQTesos ordinarios efectivos lllJperiores a diez millones de pesos .,. .., .. , '" ". .,

Alcaldes de Municipalidades con ingresos ordinarios efectivos entre cineo millones de pesos v diez millones de pesos .. .,

¡\lcaldrs de Municipalidadés con ingresos ordinarios efectivos fntre tres millones de pesos y cinco millones de pesos ....

Alcaldes de Municipalidades con ingresos ordinarios efectivos entre un millón de pesos y tres miUones de pesos .... '" ..

Alcaldes de Municipalidades con ingresos ordinarios efectivos entre quinirntO's mil pesos y un millón de pesos " .. " ..

Alcaldes de Municipalidades con ingresos ordinarios efectivos

72.000

48.000

3-6.000

24.00(}

18.000

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entr,e: doscientos mil pesos y quinientos mil pesos.; .. ..

Alcaldes .. de MUÍlicipalidádes con ingreBos ordinarios· efeetivOB inf~riores' a doscientos mil pe-· sos .; ....... '.' ....... .

Laisremuneracionesanteri()reg son incom~' ¡ratibleg con todo' sobresueldo'() asignación;; con excepción de los gastos de movilización y representación qne autoricen las Muni­cipalidades" .

b l' Reemplázase en el número 1.0 del ar. tíClllo,c54 le palabra '~quinientos" por lapa­labra ~.!mil", y la palabra "mil" 20r ]11~ pa­labras "cinco mil".

c) Reemp~ázanse en el artículo ()~, fas pa. labras. "quinientoR", "mil", "do:;; mil". "tres mil", y "cinco mil", por las sig'llientes: "dos mil", "cinco mil", "diez mil", "quince mil'"

"t . t ·1" . Y rem ,a mI ., respectIvamente, y suprí-melle la frase: "o de ramos de entradas o arbitrios".

d) Agrégase al inciso segundo del artícu­li) 80, la siguiente frase, .después de reem­plazar el . punto final (.) por un punto y coma (;) : "pero no podrán modificar el res­pectivo proyecto de presupuesto @ino 'res· pecto de las infracciones legales 'que en él se eontengan".

e) Reemplázase el artículo 82 por el t;l. guiente:

"Artículo 82.- Las Municipalidades con ingres{)ssuperiores a dos millones de pesos destinarán un veinte por cientúo de sus in­gresos ordinarios, a lo menos, a nuevas obras de adelanto local, y un cinco P{)l'

ciento, a la construcción de habitaciones pa­ra empleados y obreros municipales.

El Alcalde propondrá en el proyecto de presupuesto el plan de obras a que refie­r~ el inciso anterior.

Las Municipalidades, en casos calificados y con autorización de la Asamblea Provino cial respectiva, podrán invertir los fondos destinados a la construcción de habitaciones para empleados y obreros, en terrenos que queden fuera del radio comunal.

Los fondos que queden sin invertir en el curso de un año, pasarán a incrementar los mismos rubros en los años siguientes.

Con cargo a los fondos para construcción de habitaciones para empleados y obreros,

,- - --.~=-=

las Corporatlione's·· podrah'coiltratar. loá préstáinosquesean necesá:1'iost'¡:

f) . Reemplá:zase .. el·· primer párrllf(,!Ael';" illciso primero: del a'rtícüló 94''''pot :~F'si-;: . , guiente:' "Las ··'Mi'tniéipalidatlcif cOZ1':prw.:,' pUN~to infe:Fi\lra: dos millones de' pe808~teh''':· drán un Secretar-Íe que lo será a la':vez~'dé ,'. la Alcaldía. Las Municipalidades con pre~ , supuesto superior a esta eantidad'pddrifi" tener un Secretario y las'Alcaldíaselsuy()..· Estas Corporachmes podrán· tener'U!nO'o • mús ab{)gad{)s, siempre que· sus ingresos' sean· superiores ,·ti cinco' millones' de pesea·"· anuales".

g) ReemplázHse la escála de salariOS·ton'-' templada en el t¡lrticulo 104; 'por la siguient '·'

te:

Grado

1.0 2.0 3.0 4.0 5.0 6.0 7.0 8.0 9.0

10.0 ll.o 12.0

Salario diario

$ 171.00 146.70 122.20 110.00 .. 97.80 85.60 7·3.3(} 61.10 56.20 48.90 4JJ.60 36.70

h) Agrégase, a continuación del inciso primero del artículo U6, los siguientes':

"La contravención a lo dispuesto en 1 artículo 34 del Estatuto de los Empleados Municipales de la República y al artí('ülo 109 de esta ley, hará solidariamente respon;' . sables del exceso ilegal del gasto, al Alcalde y regidores que adoptaren el acuerdo,cada un9-:de los cuales incurrirá, además, en uns-~··· multa inconmutable de $ 5.:000 a $ 20.000.

En igual sanción incurrirán los Alcaldes. .v regidores en casúo de alterar los demáli porcentajes o cantidades señalados por la presente ley u otras para la inversión de tus fondos municipales".

i) Reemplázanse los artículos 105 y 110, por los siguientes:

"Artículo 105.- Los obreros con cinco años de servicios en la misma Municipali. dad, gozarán de un aumento de 5% sobre

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SESION 5.& (LEGISL. EXTRAQ;R.P,), EN 'lllE~C, 15 DE NOV. DE 1950 351 ' ~. -," - ....... ~~ ""==""=""-~~'~

sus salarios y cada nuevos cinco años de" senicios' gozarán dé'aume:qtó.s .4e5% sobl'l) sus I S"ala'tios' 'bas~s. Esto~ 'aumentos 110 po~ drá:6. iix<ieder en' total del 30%" del sáh),rio base".

'ljH·tíeulo 110. - Será aplicables a los obreros ló dispuesto en los 'artícuiós 29 y 58 de ' hi 'Ley de Estatuto de Íos Empleados Muiiicipales, sobre grátificáéiones y sobre, asignución familiar y prenatal para los eíri~' pleauos". '

Artículo 3.0- Tntl'odúcense las siguientes modificaciones al decreto supremo númerCol 6,079, de 30 de noviembre de 1945, que fijó el texto refundido de la Ley sobre Organi­zación v Atribuciones de los Juzgados de Policía Local. '

a) 'Réemplázase el inciso 2.0 del artículo 5.0, 'por el siguiente:

"1,;08" Jueces de Policía Local serán enca­sillados dentro de los cinco primeros grados del escalafón de empleados de la respectiva Municipalidad" .

b) A gréganse al artículo 8.0 los siguien­tes in.cisos nuevos:

"1.os' Jueces de Policía Local estarán di­rectamente sujetos a la supervigilancia di­rectivá, 'correccional y económica, de la res­pectiva Corte de Apelaciones".

"Asimismo, dichos Jueces estarán obligg­dos a remitir cada dos. meses a la Corte de Apelaciones que corresponda, una lista de las causas pendientes en sus .Juzgados, in­dicando el estado en 'que se encuentran y los motivos de retardo y paralización Q'.lI'

algunas de ellas sufrieren; de las cansas falladas en el mismo período y de las que se mlcuentran en estado de sentencia, si las hubiere. Una copia de esta nómina de­berá remitirse a las Municipalidades :le la comuna eh que tenga su asiento el resr~é­tivo Juzgado de Policía Local".

c) Agréganse los siguientes articulos llue­vas a continuación del artículo 11:

"Artículo .. -·En aq\uellas Municipalida­deR que tengan un presupuesto de entrad:ls inferior a dos millones de pesos, el Juzga­do de Policía Local será desempeñado, o;in mayor remuneración, por el Alcalde".

Artículo 4.0-Lo's aumentOR de sueldos consultados en la presente ley se otorgarán sin perjuicio df) las asignaciones de zona

que'l~eencuentrep. vige~tes a larecha, de,.su pro.zn,~lgijc)6n." .

dDesae ia vÍgencia de esta ley, las M.l,l.nj~ cipali~~d~¡¡ no podrán conce4er~ a ,1I~s,e~~. pleadós' nuevas asignaciones de zona" l!i: aumentar las exi~tentes".

AI1J~~lQ," ,5.o-Lasr

pe:n,siQner:; ,y m~n~epíp~,. dekD:;¡'emplea:tios y ,obrer.os ;m:pnlclp&l~( produc~do~l:on a:nterioridad ,a la publlea-· eión (le la :presente ley,,_ serán elevados en , un 22,6 por ciento sobre ~u monto actuaL

El mayor gasto Ique importe el aumento a que se refiere el inl:iso anterior será Je-, cargo de las Municipalidades r~pectivas que 10 financiarán con los recursos qUI:l !es.; proporciona la presente ley.

Se faculta a las Cajasqe Previsión Social de los Empleados Municipale~ para elev~r las pensiones de jubi1aci6n y montepíos 9ft sus ,ex servidc;>r~s en las mi~mas condilljf,l­nes establecidas en el inciso primero de~ presente artículo y en el .1p.0llto que le per­mitan sus disponibilidades, no pudiendo, e.x- , ceder este aumento, en ningún Poaso, del :?2,6, por ciento ya fijado.

Artículo, 6.0- Agrégase al artículo 5.0 del Título III de la ley N.o 8.121, de 21 de junio de 1945, el siguiente inciso:

"Las pensiones contempladas en este ar­tieulo se liquidarán por la respectiva Mu:­nieipalidad, sobre la base de tantas trein­tavas partes del sueldo base, como años dI' Hervicios tuviere el interesado".

Artículo 7.0- Las pensiones de jubila­ción del pel'sonal retirado en conformidad a ]a ley N.o 6.708, de 19 de octubre de 1940, se reliquidarán a base de tantas trein­tavas partes del promedio de las remunera­eiones que sirvieron para dete'l'minar la pen­sión como años de servicios tuvo el intere­"ado".

Artículo 8.0- Intl'odúcense las siguien­tes modificaciones a la TJey sobre Rentas Municipales, cuyo texto refundido fué fi­jado por decreto supremo N.o 2.688, de 80 ~e abril ~e 1D46;

a) Substitúyese en la letra a) del ar­tículo ] 4 la frase: "de uno a seis pesos men­suales", por la siguiente: "de dos a diez pe~ sos mensuales".

b) Reemplázase elineiso 2,0 del artícu­lo 16 pOr el sigPiente:

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352 SENADO DE CHILE

"Este rol será fijado en cartel en el re­cinto destinado al público de la respectiva Municipalidad". -

e) Agrégase al artículo 39 el siguiente inciso:

"La patente de gracia caducará inmedia .. tamente que cese en su cargo el funciona­rio qu'e tenía derecho a ella, o en caso de que el respectivo vehículo sea transferido. lla contravención a esta disposición se san­cionará con un recargo de un 100 por cien­to del valor de la patente que correspon­diere".

d)Agréga,se al artículo 43, el Riguiente inciso:

HIla Municipalidad 'l'espectiva no otor­gará 'patente sino previa presentación por efinteresado de un testimonio o certifica­do de la Aduana por la que se internó el vehículo, acreditando el pago o la exención de '. los derechos correspondientes y la fe­cha de la internación".

el) Reemplázanse los incisos primero y 503-

gundo del artículo 54, poi' los siguientes: "Las patentes señaladas en las letras B

~r e del cuadro anexo número 2 y las que gravan los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, se pagaráil recargadag en un 25 por ciento cuando el capital del negocio Rea Rnperior a 1 millón de pesos; en un 5:0 por ciento cuando el capital sea superior a 5 millones de pesos; en un 100 por cÍfmto cuando el capital sea superior a 10 millones de pesos; en un 150 por ciento cnando el capital sea superior a 15 millonel'! de pesos, y en un '21010 por ciento cuando el 'capital Rea superior a i20 millones de lleRos".

"En ningún caso los negocios o estableci­mientos con capital superior a 5 millones de pesos pagarán una patente inferior a 10 mil pesos; con capital superior a 10 millones de pesos, 1111a patente inferior a 20.00.0 pesos; con un capital superior a 20 millones de pesos, una patente superior a 30.000 pesos; -y con un capital superior a 50 millones d0 pesos, una patente inferior a 50.000 pe­sos" .

f) TIepmplázase en el artículo 5:7 la pa-1abra "quince" por "cincuenta", e intereá, lase despllés de la frase "valor de la paten­te", la siguiente.: "Este derecho se pagará -sólo sobrr la patente municipal y será de

100 por ciento para los negocios sujeto3 a limitación y del ,000 por ciento para los ne­gocios de alcoholes que paguen patente adro cional".

g) Reemplázanse en el artículo 71 las can­tidndes "treinta", veinte" y "diez" por las ,siguientcs: >'doscientos", "cien" y "cin­«::l.enta." respectivamente, y agrégase la si~ guiente frase cambiando el punto final por una coma: "no pudiendo exceder dichas re­nnmeraciones de las cantidades de dos mil, mil y mil quinientos pesos mensuales, res­pecti vamen te".

h) Agrégase al artículo 74 el siguiente inciso:

"Los miembros de esta Comisión ten.drán derecho a la remuneración a que se refiere e~ artíc1l1o 71, que será pagada por la M1,l­nicipalidad que tenga el presupuesto más alto dentro de la respectiva provincia".

i) Reemplázase en el artículo 89 el vo­cablo "('incnenta" por "ciento".

j) Reem p lázase el inciso segundo del ar .. tlculo 90 por el siguiente:

"En todo caso, como sanción, pagarán. por una sola vez, un recargo equivalente al 10.0 por ciento del valor anual de la pa­tente que le fuere asignada".

k) Reemplázase el artículo 99' por el si­f:'l1iente:

"Tlas infracciones a la presente ley nI} ¡,:allcionadas especialmente serán castigadas con una multa de hasta un mil peso:;".

1) Heemplázase el párrafo 4'.0 del Títu­lo IY y su artículo 102, por el siguiente:

"Párrafo 4.0. Del derecho de mataderos. "Artículo 102.-Ilas Municipalidades po­

drán cobrar un derecho de hasta diez cen­tayos por cada kilogramo de animal vivo que se beneficie en los mataderos, ya sea que los administren directamente o por in­termedio de concesionarios.

La cuantía y la forma del cobro áe este derecho serán determinadas por las Muni­cipalidades respectivas".

m) Substitúyense en el número 11 del ar­tículo 104 las palabras "visible 11" U)1' las siguientes: "o que sea".

ArtícUlo 9.0- Subtstitúyese el Cuadro Anexo número 1 de la Ley de Rentas Mu­nicipales por el que se indica a continull­ción:

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN ~IERC. 15 DE NOV. DE 19'50 353

Cuadro N.o l.

PATENTES DE VEHICULOS

Sección "A"

VEHICULOS MOTORIZADOS

Grupo N.o 1

A UTOMOVILE~ PARTICULARES

N.o Categoría Valor anual

1. Automóviles particular~:s de precio de venta en casas im-~portadoras : . a) Hasta $ 100.000 .. ., .. $ 600.­b) De $ 100.0(n hasta 1!50 mil _pesos '" ... ..... 900.-c) De $ 150.001' .hasta 200 mil pesos ..... ". ... 1.400.-' d) De $ 2,00.001 hasta 300 mil pesos ...... '" ..... , 2.000.-\e )De $ 1300.001. hasta ;4:00 mil pesos ............ $ 3.000.-

f) De $ 400.001 hasta WO mil pesos ... '" '" '" '" ... 4.000.-g) De $ 500,.000' hasta 600 mil pesos ... ... " .... '" .. 6'.000.­h) De $ 600.0ü1 hasta 700 mil pesos ... '" '" '" ". .. 8.000.-i) Superior a $ 700.000 .... 10.000.-

Grupo N.o 2

AUTOMOVILES DE ALQUILER CON TAXIMETRO

2. Automóviles de precio de venta en casas importado­ras: a) Hasta $ 100.00Q .. ., $ 600.-b) De $ 100.001 hasta 200' mil pesos ". '" ..... , 900.-c) Superior a $ 200.0;00 ., 1. 200.-

Grupo ~.o 3

A UTOMOVIL'ES DE ALQUILER DE IJUJO SIN TAXIMETRO

3. Automóviles de precio de

vfmta en casas importado­ras' a) Hasta $ 120.000 .... $ 2.00,'>.-b) De $ 120.0iÜl hasta 300 mil pesos ... '" ... 3.000.-c) Superior a $ 300.000 .. ·4.000.·-

Grupo N.o 4

BUSES Y TRANVIAS 4. Buses con capacidad hasta

26 asientos .... .. .. .. $ Buses con capacidad hasta 35 asientos .. .. .. .. .. Buses con capacidad supe-

rior ,a 315 asientos .. .. .. 5. Buses de servicio particu­

lar, única clase .. .. .. . {). Trolebuses, clase única . . 7. Tranvías, a1;l.tomóvil~s, cla-

ISe única .. " .. " ..... . S. Tranvías eléctricos 'Y, ca­

rros acoplados a los mis­n1o,s: a) c'on menos de 30 asien tos .... " ......... . b) Con más de 310 asientos

Grupo N.o 5

1.000.-

2.000.-

3.000.-

1.000.-3.000.-

600.-

600.-1.000.·-

CAMIONEiS y CAMIONETAS DE CAThGA

9. a) Hasta 8810 kilos .. . . $ 3'00.-b) De 1801 kilos a 1.5<00 kilos .. .. . . . . . . . . 600.-c) De 1.5101 kilos a 3.000: kilos · . . . . . . . . . ... . 900.-a) De 3m kilos a 4.5.00 kilos 1.2ÜO.-e) De 4.5101 kilos a 6.000 , kilos · . .. . . . . . . . . . .. 1.500.-f) De 6001 kilos a 8.000 ki-

Jos ... " . " . ' .. . .. . .. 2.000.-g) De ,8.001 kilos a 10.0010 kilos · . . . . . . . . . . . . . 2.500.-h) .superior a 10.000 kilos 4.0100.--

10. Camiones de nantas de go-ma maciza: '25% de recargo sobre los valores del N.o 9.

11. Camiones ,con llantas de fierro:

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=35=4========== SENADO DE CfiLE - ~_.~ - -=--=====

100% de recargo sobre los valores del N.o 9.

1!2. Carros acoplados a camio­nes o tractores·: Con llantas de goma maciza, 50ro de los valores de la clase respectiva con llantas de fierro, la correspondien­te al N.o 11.

1.3. Tractores en relación con su peso y clase 'de llantas: Los mismos valores asigna­dos, respectivamente, en los N.os 9, 10 Y 11

Grupo N.o 6

VARIOS

14. Bicicletas, con motor aco­plado, única clase .. ..

1 fí. Carrozas fúnebres automóvi­les de precio de venta: a) Hasta $ 75.000 .. .. .. b) De $ 7á001 a $ 150.000 c) Superior a $ 150.000 ..

16. Motoc·amiones de tres rue­das: a) De menos de 1,1000 kilos b) De 1.001 a l.5()O kilos c) Superior a 1.500 kilos . .

17. Motocicletas: Motocicletas con side-car pa­ra pasajeros " .. .. .. .. Motocicletas solas .. '. .. . Motocicletas con side-car de carga ............. .

18. Patent~s de prueba: a) Para motocicletas y auto­camione.s " ., .. .. .. b) Para automóviles y ca-miones ........... .

Sección "B"

$ 100.-

1.600.-2A;OO.-4.000.-

200.-300.-4()ü.-

500.-300.--

500.-

1.000.-

6.000.-

VEHICUI.JOS DE TRlAOCTON ANIMAll

Grupo N.o 1

P A RiTICULARE8 .o DE ALQUUJER PARA fE> AiSAJEROS

19. Gochescon un eje: a) Con llantas de goma .. $ H!.().--

b) Con llantas metálicas . 20. Coches con dos ejes:

a) Con llantas de goma b) Can llantas metálicas

Grupo N.o 2

DE CARGA

200-

240.--3160.- -

N.O Categoría Valor anual

21. Vehículos de carga de un eje, sin resortes, para tran­sitar exclusivamente por ca­lles y caminos no pavimen­tados y con capacidad de hasta 1.000 kilos .. . . . $ VehículOis de carga de • .m eje, sin resortes, para tran-

22.

2'3.

sitar exclusivamente por ca­lles y caminos no pavimen­tados ron capacidad de ,cal' ga de 1.001 hasta 2.000 kilos Vehículos de carga de un eje, sin resortes, para traMi­tar exclusivamente por calles y caminos no pavimentados y con capacidad de carga deUlOl hasta 3.500 kilos . Vehículos de carga de dos ejes, sin resortes, para tran­sitar exclusivamente por ca­lles y caminos no pavimen-

, tados y Con capacidad has­ta 1.000 kilos .. .. " .. .. Vehículos de car:ga de dos ejes, sin rellortes, para tran­sitar exclusivamente por ca­lles y caminos, no pavimen­tados y con capacidad de carga de LOÜil a 3.500 kilos. Vehículos de carga de un eje, con resortes, llantas de goma y capacidad de carga hasta 1.000 kilo.s: 1.a Clase .. .. " 2.a Clase .. . ... Id. con llantas de hierro .

150.-

300.--

400.-

~OO.-

600.--

200.-400.-

24. Vehículos de un eje, con re­sortes, capacidad de carga superior a 2.000 kilos .. . 4.000.-

25. Vehículos de carga de dos ejes, con resortes, capacidad

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 3,1}5

de carga superior a 4.000 ki-los ........... , Id. hmsta ~.OOO kilos . Id. hasta 2.000 kilos Td. hai'lta 1.000 kilos .,

Grupo N.o 3

VARIOS

'Ni . Ambulancias de Clínicas, Hoopitales, etc: Clase única .. ..

'.!7 .Srtattion-Wagon, venta en casas ras:

precio de importado-

Hasta $ ,300.000 . . . .. . Superior a $200.000

28. 'Tranvías de tracción animal: Clase Ílnica .. ..

~!-). Carrozas fuínebres de trac­ción animal: 1.a clase ., .. .. 2.a clase ". ., .. 3.a clase 4.a clase

30. Carritos de mano Triciclos de Mrg,a

1.000.--500.-300.----' 200.--

$ 1.500.--

1.500.---­::l.OOO.~

3.000.--2.000.-1.500.-

800.-30.-80.-

Artículo 10.- Elévanse al doble los va­Jo'Y'es de las patentes señalados en el cua­dro anexo número 2 de la T;ey de Hentas }l[nnicipales.

Artículo 1.1.- Reemplázanse las glosas dI' ]Oi'l números 1917, ,2151], 2lJ(Z Y :n 1 del Cua­dro Anexo número /2 del texto refundido de la Ley de Rentas Municipalel>, por ]as siguientes:

"1,97.- Bolsas de Valores en ciudades de má.s de 500.0010 habitantes '" .,. '.. .

"En ciudades de menos de 500.000 habi-tantes '" .. .... ... .. ..... '.. . ....

"2\51.- 'Almacenes de provisiones de veu­ta por mayor; o por mayor y menor, sin que tengan que cubrir otros por 1m; artícu­los alimenticios enumerados en. esta Sec­ción, primera clase .. ".

"21512.- Almacenes de provisiones de ven­ta por menor sin que tenga que eubrir otros por lo.s artículos alimenticios enumerados en esta Sección,. primera clase ... "

'\311.- Grandes tiendas de mercaderías

y artículos de diversas clases, sin que ten­gan. que cubrir otras patentes por los giros indicados en las secciones2.a, 5.a, 6.a, 8.a, 10.a, 13.a, 14.a y 17. a, 1.a clase .. , .. , ..

"Artículo 12.-:- ,Fíjase en veinte mil pe­sos el valor de "la patente que pagarán: las Bolsas de Valores en ciudl~des de menos de quinientos mil habitantes".

Artículo 13.- Modifícanse los derechos t:,ontemplados en el Cuadro Anexo número ~ de ]a misma ley en la siguiente forma:

Xúmero 1.- Reemplázase la letra a), por la siguiente:

"a) Estudio y aprobación de planos y permisos de edificación, al concederse el permiso, cinco por mil sobre el valor del costo de la construcción, calculado por la Oficina Técnica Municipal. Este dereCtho, será de tres y medio por mil cuando se tra­i e de construcciones destinadas ex:clusiva­mente a la vivienda y su valor no sea !Supe­rior a un millón de pesos".

Número 1, letra b).- Reemplázase la ('S­

r,aJa señalada en esta letra por la siguien­te:

de $ 10.000 a $ de.$ ::lO.OOl a $ de $ 100.0m a $ de $ 2IÜo.001 a $ de $500.'001 a $ de 11> 1.000.,001 a $ cll' $2.000.001 a $ dl' $ 5.üOIO.GOI] a $ de $ 10.000.00] a $ dl' más de

::l1Ü.OOO $ 300 100.0100 $ 500 2.00.000 $ 700 500'.000.$ 1.000

1.000.000 $ 1.500 2.000.000 $ ~.500

5.000.0.00 $ 3.000 10.00'0.,00.0 $ 5.000 ,12D.OOiO.OOO $ 10. DOn 20.010:0.000 $ 20.000

Níunero ~.- Reemplázase este 111uuero por el siguiente:

"12,.- Derechos de líneas, "niveles, anda· mios y cierros:

a) DacÍón de lín e a.s de edificR~ión, de cierras de propiedades con ava1ú0 risc? J del terren'O hasta $ 2,00 el metro cnadrado, .$ 100; de .$ 2m a .$ 1.,000 el metro cuadra­do, .$ 3(){}; de .$ 1.00} a $3.000 el metro l'ua­drado $ ,5100' Y superioreR a .$ 3.000 el me­tro cuadrado $ 1.000 . • b) Dacion le niveles, el mismo derecho indicado en la letra anterior;

c) Andamios y cierros para construceio-11es, por cada metro lineal de oenpachn de

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\

~ENADO ;DE CHILE

la calle diariamente un medio por mil del valor del terreno ocupado, calcu lado s'~gún la cuantía que el rol de avaJúos asigna al terreno en 'que se ejecute la construcción".

En ning,ún caso el derecho será inferior a un peso diario por metro lineal".

N.o 3.~ Reemplázase la cifra "$ 1.-" por la siguiente: "$ '3.-".

N.o 4.- Substitrúye.se la letra a), por la siguiente:

"a) Mantención de escombros o materia­les de construcción, dos por mil del 1'alor del terreno adyacente de propiel.lad parti­cular durante los diez primeros días, y lino por mil adicional por cada nueve períod0 de diez días".

En la letra b), reemplázase la cifra "$ 5,.000" por "$ 1.0.000" Y agrégase a la letra c) la siguiente frase: "Cuando la ex­tracción se haga en pozos lastrer08 de pro­piedad particular, el derecho será de $ 10.­por metro cúbico extraído".

N.o 7.- R-eemplázase la cifra "$ 3.-" por "$ 5.-".

"N.o 11.- Reemplázase' en el Título de este número las palabras "visible u", por las siguientes: "o que sea".

''',En la letra b), intercálase la frase "y los avisos colocados en el interior del ¡ne­gocio" despu.és de la pal.ibra "instrucción".

"Reemplázanse las cifras contempladas en las letras que a continuación se seflalan por las siguientes:

b) $ 1.000. c) $ 1.0010. d)$ '2.000. e) $ 2.000. f) $ 5.000. g) $ 100. h) $ 1.000:'. N.o 112.- Reemplázanse las cifra.:,; de la

letra a) en la siguiente forma: $ 40 Y $ 60 por $ 60 y $ 100, respdctivamente, y las ci­fras $ loO por $ ,2<0. Reemplázanse las cifras de la letra b) de' $ 20 por $ 40.

"N.o l!3.- 'Agl'éganse los si~uientes in­cisos:

"Por cabeza de ganado mayor que se in­terne en el país, que Se pagará en ben,efi­cio de la Municipalidad eIl' cuya comuna esté ubicada la Aduana por donde ,se ha efectuado la internación, 10 pesos.

-'~~~= =-=-~-=====~ ... '.

Este derecho será cobrado por la Adua­na respectiva, la que deberá ingresarlo mensualmente en arcas municipales".

N.O 17.- Reemplázase en la letra k) la cifra "310" por ",3001".

Artículo 14.- Elévanse ia diez veces las multas contempladas en el Libro In del Código Penal.

Artículo 15.- Substitúyense en el Art. 813 del decreto con fuerza de ley N.o 346, de 20 de mayo de 1931, que fijó el texto de­finitivo de la 'Ley General de Construccio­ne,s y Urbanización, las palabras C" dos mil" por "veinte mil".

Artículo 16.- Reemplázase el artículo 12 de la Ley sobre Guía de L,ibre Tránsito, cuyo texto definitivo fué fijado por De­creto Supremo N.O 2S6 del Ministerio de Agricultura, de fecha 26 de julio de 1913,2, por el siguiente:

Artículo 1'2.- Cada guía de libre trán­sito pagará impuesto en la forma sigui en­

'te: "iLas destinadas al porteo de uno a nue­

ve animales, dos pesos ($ 2) ; las destinada.s al porteo de diez o más animales, diez pe­sos ($ 10)".

Artículo 17.- Introdúcense las siguien­tes modificaciones a la Ley N.O 5.17,2, cuyo texto definitivo se fijó por Decreto Supre­mo N.O 1.3912, de 12 de junio de 19(13,:

a) Modifícase el inciso segundo de ar­tículo 17, agregando de,spués de la frase "funcionarios de Impuestos Internos", [a siguiente: "o los Inspectores Municipales".

b) :J\fodifícase el inciso 2,.0 del artículo 18, agregando después de la frase: "Inspec­tor de Impuestos" las siguientes: "o Ins­pector Municipal".

c) Reemplázase el artículo 22 por el si-, guiente: "Las multas establecidas en los artículos 17 y 18 serán aplicadas por los .Juzgados de -Policía .Local correspondientes, quiene.s se someterán al prQcedimiento se­ñalado en la Ley Orgánica de dichos Juz­gados.

'1J.Jas demás multas establecidas en la presente ley serán aplicadas administra ti­yamente por la Dirección General de Im­puestos Internos previa la correspondiente denuncia escrita".

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 19W 357

d) Reemplázase el inciso 1.0 del artículo 31 por el siguiente:

"La aplicación de la presente l~v estará a cargo de la Dirección General de 'Impues­tos Internos y su fiscalización correspon­derá a los empleados de dicha repartición y a los Inspectores Municipales, qu5enes ac­tuarán con el carácter de ministros de fe".

Articulo 18.- Elévase ,en un medio por mil la contribución sobre los bienes raíces del radio urbano de Santiago, que se desti­nará a los fines que indica el Art. 20 de la Ley N.O 4.18IÜ". . •

Artículo 19.- Reemplázase el inciso 4.0 del artículo 41 de la ley N.o 4.1'80, por el si­guiente:

"El resto del pensonal de la Dirección será designado en conformidad a las dis­posiciones de la Ley sobre Estatutos de los Empleados Municipales".

Artículo 20.- A partir del 1.0 de julio de 1!9!5~, todas las obras de pavimentacióíl y repavimentación de la comuna de San­tiago se contratarán previa licitación pú­blica".

ArtículCl 21 •. - Introdúcen,se las siguien­tes modificaeiones a la Ley sobre Alcohole,s y Bebidas Alcohólicas, cuyo texto fué fi­jado por Decreto .Supremo N.O 1.000, de 2:4 de marzo de 19'48:

a) Agrégase al artículo i07 el siguiente inciso:

"Habilítanse, para todos los efectos lega­les, los calabozos existentes en las Comit"a­rías o 'Tenencias de Carabineros, o los loca­les especiales que construyan o provean las Municipalidades, como lugares de deten­ción, para los efectos del cumplimiento de las condenas impuestas por los Juzgados de Policía :Local, pudiendo los condenados ser destinado,:;; a los trabajos municipales que design.e la respectiva Municipalidad".

b) Suprímense 1as palabras "por menor", en el encabezamiento del Título III del Li­bro TI y "al por menor" en el inciso 1.0 del .artículo 130:. '

c) Intercálase en la letra i) del artículo 131, modificado por ]a Ley N.o 7.8141, la frase "o ele sidras ele frutas". entre las pa­labras "cerveza" y "que".

Agréganse, :a ,continuación de la leitra m) del mismo artículo, las siguientes letras:

'In) Depósitos de cerveza con expendio exclusivamente al por mayor;

"ñ) Bodegas distribuidoras de vinos con expendio exclusivamente al por mayor;

"o) Agencias de viñas o de industrias de licores establecidas fuera de la comuna;

"p) Casas importadoras de vinos o lico­res con ventia al por mayor".

el) Substitúyese el artículo 134 por-el si­guiente:

"El valor de 1a patente para los estable­cimientos en que se expendan bebidas al­cohólicas, será el siguiente:

LETRA A.- Depósitos de Bebidas

1.a clase 2.a ,clase 3.a clase 4.a clase u.a clase

1.a clase 2.a clase 3.a clase 4.a clase v.a clase

$ 8.000.-5.000.-3.000.-1.080.-

500.-

LETRA B.- Hoteles

$ 6.000.-3.000.-1.500.-1.000.-

500.-

LETRA .0.- Casas de Pensión

1.aclase 2.a clase 3.a clase 4.a claSe 5:a clase o. o •••• '.

$ 2.000.-1.500.-1.000.-

500.-300.-

LETRA D.- Restaurantes l)iurnos

1.a clase $ 5.000.-2.a clase 4.000.-3.a clase 2.500.-4.a clase 1.500.-5.a clase 500.-

LETRA E.'- 'Clubes Sociales

1.a clase $ 9.000.-2.a clase 5.000.-3.a clase 3.500.-4.a clase 2.000.-

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358 SENADO DE CIDLE

LETRA F. -Cantinas, Bares o Tabernas

1.a clase $ 15.000.-

2.a clase 12\.000.-

3.'a clase 8.00ü.-

4.la. dase 5.000. -

5.a clase 2.000.-

LETRA G.-- Restaurantes Nocturnos

1.a. clase $ 10.000. -

2.a clase 8.000. -

3.a clase 5.0QlJ.-

4.a clase 2.000.-

'5.a clase 1.000.-

LETRA H.- Oabarets

La clase $ 30.000.-

2.a clase 20.000.-

3.a clase 10.000. -

LETRA l. - Expendio de Cerveza o Sidras

. de Frutas o ambos a'rtÍculos conjuntamente

1.a clase $ 3.00'0.-

2.a clase 2.000.-

~.a dase 1.000.-

LETRA 'J.- Bodeg¡as Eiaboradoras

1.a elasc * 15.000. -

2'.a clase 10.000--

3.a das!' 5.000

LE:Tn.A K. - Quintas de Recreo

J.<I clase 2.a clasp

$ 30.000.-15.000.--

LETRA L. - Hoteles de Turismo

l.a. clast' 2.a clase

* .·~O . 000 . --20.000.-

LETR~ M. - Restaurantes de Turismo

1.a dase 2.a elase

$ 3'0.000.-15.000.--

LETRA N.- D~ósitos de Cerveza con expendio exclusivamente al por mayor

l.a clase $ 5.000.-

2.a clase 3.000.-:~.a clase 1.000.-

LETRA Ñ. - Bodegas distribuidoras de

vinos con expendio exclusivamente al por • mayor

1.a dase $ 10.000 .. --

2.a clase 5.000.-

3.a clase 3.000.-

LETRA O. - Agente de Viñas o die Indus­trias de licores establecidas fuera. de la

CODliUlla

1.a ('lase $ 5.000.-

2.a clase 3.000.~

8.a clase . . .. . o" • 2.000.-

LETRA P.- Casas importadoras de vinos o

de licores con venta al por mayor

1.a clase 2.a clase

$ 4.000.-2.000.-

~j\ valo)' \le estas patentes se aplicará en

~as ('olllllllas de Santiago y limítrofes de las

de Valparaíso y Viña del Mar.

En las dümás comunas dicho valor será

I'i'bajado de acuerdo con el número de ha­

hitantes, en la siguiente proporción:

De 100.001 a 200.000 habitantes, en 11Jl

diez por ciento. De 50.001 a 100.000 habitantes en un

yeinte pOr ciento. '

De 20.001 a fíO.OOO habiVlIltes, cn lHI trein-la por dento. .

De 20.000 habitantes o menos. en un cml-

¡'('uta por eÍento. .

Las pai entes señaladas en la letra k )com­

prenden a las patentes d(' eantinas, adieio-

1\'ales, (tr l'estaUl'antes y de cabaret!'; las d(~

la letra 1) eomprelldella las de hotel, res­

taurantes, de eantinaR adicionales, y las de

la letra m) a tas de restanrantes, de canti­

llas y adicionales".

t') Agrégase <Il!ontinuaeiún del artículu

n4, el siguiente nuevo;

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), ENMI;ERC. 15 DE NOV. DE 19'5.0 359

"Artículo ... - Los negocios con expendio de cerveza podr-án expender también sidras de frutas, siempre que el grado alcohólico de ést'as no sea superior al de la cérveza".

Artículo 22.- L'a patente adicional fiscal esroblecida en el artículo 3.0 de la ley N.O 9.321, de 2 de febrero de 19149, se seguirá cobrando sobre los valores señalados en el artículo 134 del decréto N.O 1.000, de 24 de marzo de 1943, que refundió en un texto las disposiciones sobre ,alcoholes y bebidas alcohólicas, y. se considerará, para todos los efectos legales, como impuesto fiscal.

"Su eobro se hará por las Tesorerías Go~ !Uunales y para ello la Direc1lión General de Impuestos Internos procederá a girar bo­letines semestrales para el pago anticipado del impuesto señalado precedentemente, y su cancelación Se efectuará por mitades en el curso de los meses de enero y julio die tac1a Hño.La falta de pago de este impues­to autorizará la clausura del establecimien­to, que será ordenada por la Dirección".

Artículo 23.- Cuando el rendimiento de los impuestos y derechos contemplados en los a rtí(mJos 'anteriores no alcanzaren para atendel' al mayor gasto que impone la pre­sente ley a determinadas Municipalidades, }lOdráll éstas solicitar del Presidente de la H,eJHíblica y rste autori7!ar, el cobro de un impuesto adicional sobre la contribución de hielles raíces en las comunas respectivas de lJastH 11n tillO por mil. E,ste impuesto adi­(·jona] ccsará descle el momento en que en las comunas en que se ,aplique rija un nue­vo avalúo para los bienes raíces en con­furmidad a la ley N.O 4.174.

Artículo 24.- TJos diversos porcentajes que deben consultar las lVrunicipalidades "ll sus presupuestoR, para la inversión de sns fondos o como aportes legales al Fisco d <l otras entidades o servicios, y que apa­l'peml indi('aclos en la ley orgániea de estas ('orpora('jones, eh la presente ley o en otras, S(' de.tprminarán sobre el remanente que re­¡:;ulte de. sus in~resos ordinarios efectivos producido,; en el año antm'ior a aquel en ,!Uf' eorrf~sponda confeccionar el presupues­to, una vez deduciclos 10R gastos correspon­dientes eL sueldos, salarios y demás remu­lH'nl(~iOJlf'S, y a previsión y asistencia so­('i'al (lp los empleados y obreros.

En ningún caso el aporte para el mante­nimIento del servicio de desayuno escolar establecido en el N.o 4.0 del artículo 53 de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades,' podrá ser inferior al con­sultado en los presupuestos de las distintas Municipalidades para el año en curso".

Artículo 25.- A contar del 1.0 de enero de 1951 el aporte municipal determinado en el 'artículo 8.0 del decreto con fuerza de ley N.o 2.43<7, de 8 de noviembre de 1927, que reorganizó el servicio de las TesorerÍ,as del País, será del 2; 010 del remanente de los ingresos ordinarios efectivos obtenidos por la Municipalidad, determinado en la forma que estableCe el artículo anterior".

Articulo 26.- La aceptación del pago de los impuestos o derechos establecidos en fa­vor de las Municipalidades no podre su­bordinarse por disposiciones administrati-­vas, al cumplimiento de deberes tributarios en favor del Fisco o de obligaciones paI"a con instituciones fiscales o semifiscales".

Artículo 27.- Se prohibe a las Munici­palidades crear grad'os diferentes a los se­ñalados en el artículo 217 de. la Ley de E's­j·atuto de los Empleados Municipales de la República.

"Derógase el artículo 2.0 de la ley N.O 8.5'66, de 27 de septiembre. de 1'946".

Artículos transitorios:

Artículo 1.0.- Las Municipalidades pro­(:ederán a reclasificar los negocios de ex­pendio de bebidas alcohólicas dentro del plazo de sesenta drascontado desde la fe­cha de vigencia de la presente ley.

"Los aumentos de las patentes estableci­das en la letra e) del artículo 8.0 y en los artículos 10 y .2:2 de la presente ley, se pa­g'arán en la parte correspondiente al aumen­to P0l" el cuarto trimestre del presente año, durante el mes de diciembre próximo, y pa­ra ello se girarán bole.tines suplementarios que contengan las diferencias de los valo res respectivos".

Artículo 2.0.- Las disposiciones de las letras a) y c) del artículo 3.0 no <afectaron al personal que actualmente desempeña las fnnciones de ,Jueces de Policía Local".

Articulo 3.0.- Para la aplicación de llll .

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300 SENADO DE CHILE

escala de grados y sueldos establecida en la letra d) dé"! artículo 1.0 de la presente ley, se reencasillará 'a los empleados de las Mu­nicipalidades en el grado que al aplicarse la ley 8.121, de 21 de junio de 1945, tenían los cargos que hoy desempeñan y gozarán del sueldo que a tal grado señ'ala la citada disposición.

A los empleados que desempeñan cargos creados con posterioridad al año 19,45, se les asignará el grado que .al aplicar el in~ ciso anterior corresponda a los funcionarios que gozaban de igual renta a la época de su ereación. ..

Los empleados que actualmente se en­cuentran en la planta suplementaria, se re­encasillarán en el grado ~ue les correspon­di6 al aplicarse la ley N.o 8.566, de 5 de septiembre de 19'46.

En ningún caso los empleados podrán ba­jar más de seis grados del que actualmen~ te tienen".

"Artículo 4.0.- Si a algún cargo se le hubiere aumentado especialmente de grado en consideración únicamente a la mayor labor o responsabilidad que le haya corres­pondido desempeñar, las Municipalid&des, por los dos tercios de sus R,egidores en ejercicio y a propuesta del Alcalde, podrán acordar que se respeten estos aumentos al hacerse los encasillamientos que indica el artículo anterior, de modo que las disminu-

. ciones de grados que ,él contempla compren­dan sólo los aumentos generales de sueldos que hubieren tenido todos los empleados de la respectiva Municipalidad.

Los Alcaldes tendDán el plazo de treinta días, contado desde la fecha de publicación de esta ley, para hacer la proposición que indica el inciso anterior".

"Artículo 5.0.- Las Municipalidades pa­garán, por esta sola vez, una gratificación extraordinaria a su personal de empleados y obreros equivalente a siete veces el au­mento mensual de los sueldos, jornales, asignaciones familiares y quinquenios que contempla esta ley.

Esta gratificación se considerará, en la parte correspondiente, como verdadero au­mento de sueldo para los efectos de las im­posiciones a las Cajas de Previsión, y eon cargo a ella se pagarán también los apor-

tes personales que dicen relación directa con los aumentos de sueldos y jornales.

1Jas Municipalia:ades debeDán pagar esta gTatificación antes del 31 de diciembre de 1951".

"A'rtículo 6.0. - Para los efectos de la aplicación de esta ley en lo que se refiere \31 pago de sueldos y jornales, no regirán las limitaciones contempladas en los artícu-, los 32 y 34 de la Ley sobre Estatuto de los Empleados Municipales de la R,epública y artículo 109 de la Ley de Organización y AtribuClones de las Municip'alidades; pero dentro del plazo de tres años, contado des­de elLo de enero de 19'51, cada Municipa­lidad deberá encuadrarse dentro de dichas limitaciones.

Con tal fin y mientras una Municipalid'ad no se encuadre en los porcentajes estable­cidos en las disposiciones legales citadas, no podrá aumentar los sueldos de sus em­pleados ni los jornales de sus obreros, ni crear nuevos c-argos, ni aumentar los bene­ficios de que gozan actualmente".

"Artículo 7.0.- AutorÍzase al Alcalde de Santiago para que, dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de pclbliC'ación de la presente ley y prescindiendo de tas mo­daliaades contempladas en el artículo 30 del Estatuto de- los Empleados Municipales de la República, proponga a la Municipa­lidad las modificaciones de la planta de em­pleados que estime convenientes para el me­jor servicio.

Si la Municipalidad no se pronunciare sobre dicha proposición dentro de los quin­ce dras siguientes, contádos desde la fecha en que tome conocimiento de ella, se en­tenderá aprobada, y si la rechazare o mo­dificare, pasará a la Asamblea Provincial, la que dentro de diez dras, contados desd3 la recepción por ella de los documentos res­pectivos, se pronunciará en definitiva sobre el particular. Si no hubiere pronunciamien­to dentro de dicho plazo, se entenderá que aprueba la proposición del Alcalde.

Las modificaciones que proponga el Al­calde sólo podr.án consistir en:

a) Cambio en la denominación de la fun­ción;

b) Traslado de funcionarios y cargos de

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SESION5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 19t50 361

una repactición a otra y fusión de servi­cios;

c) Determinación de los cargos que se­rán suprimidos una vez que vaquen y fija­ción de la renta definitiva de los cargos cuando dejen de estar ocupados por los actuales titulares; y

el) Creación y supresión de empleos, siempre que la primera no importe un ac­mento de la planta de empleados.

Ningún empleado podrá queda\~' cesante o rebajado en el sueldo que de,berá corres­ponderle de acuerdo con esta ley, a virtud de las modificaciones autorizadas por este artículo.

El decreto alcaldicio que fije la planta definitiva, con indicación de las supresiones y rebajas de cargos futuros, deberá conte­nee' el nombramiento de los empleado'l".

"Artículo B.o-Dentro del plazo de trein­ta días, a contar desde la vigencia de la presente ley, el Alcalde de la Municipalidad de Santiago, a propuesta del Director de Pavimentación fijará la planta del personal de empleados y obreros de la Dirección de Pavimentación, indicándose en ella los car­gos que se suprimirán cuando dejen de des­empeñarlos los actuales titub:-es.

~l personal de empleados y obreros que esté actualmente desempefwnc10 los cargos que en virtud de lo dispuesto en el inciso anterior de.berán ser suprimidos, )< que re­nuncien antes del 31 de diciembre del año en curso, gozará de Un desahueio extraor­dinai:,io equivalen te a seis meses de sueldo o jornal, sin perjuieio de los demás dere­ehos de que disfrutan".

"Artículo 9.o-Declárase que los emplea­dos que integran la planta permanente y la planta suplementaria creada por el artículo 1.0 transitorio de la L,ey sobre Estatuto de los Empleados Municipales, y cuyos cargos no son de la. naturaleza de la indicada en el adículo 1.0 letra n), de la presente ley, forman una sola planta en cada Munieipali­dad.

Dentro del plazo de treinta días, contado desde la. vigencia de la presente ley, las ::vIul11eipaiidades, a propuesta del AlcaIde, determinarán los cargos que perteneeían a la planta suplementaria qne no se suprnm­rún euando dcjen de desempeñarlos los. actuales titulares".

"Artículo 10.-Los cargos que fueron de­ducados téenicos por las 1\1unieipalidades en virtud de la facultad que le otorgaba el artÍwlo 10 de la Ley so,bre Estatuto de los Empleados Muni~pales, seguirán goza.nclo del aumento que establece la letra d) del artículo 1.0 de la presente ley, mi~ntJ:-as los ocupen los actuales titulares".

"Artículo 11.- En la .l\1unieipalídad de Santiago, serán eonsiderados como téenicos los funcionarios que desempeñen actual­mente las Jefaturas de Servicios y a·sisten en este caráctee.' al Consejo ele Jefes de Ofi­cina, en conformidad a lo dispuesto en el artíeulo 14 de la ley sobre Estatuto de los Em pI ea.dos Municipales".

"Artículo l2.--..Para los efectos de la apli­caeión de la ese ala de jornales esta,blecida en la letra f) del artíeulo 2.0 de la presente ley, el personal de obreros de cada Muni­cipalidad se re encasillará en el grado que le ~oI':'espondió el año 19'·4,5 de acuerdo con la ley N.o 8.121, y gozará' de las remune­raciones qne a tal g-rado le señala el citado artículo 2.0, letra f).

Si aplieada la regla del inciso anterior resultare para o brerüs que tienen un salario base de 13,2 pesos diarios o más Un aumen­to infedor al 10% de su actual salario ba­se, y para los demás un aumento inferior al 1,5% de sus a.ctuales salarios bases, se les hará, a los que se encuentren en tal ca­so, un reajuste extraordinario en forma de que queden eOn un nuevo salario eqniva­lente a su aetual sala.rio base aumentado en los expresados 10 por eÍento y 15 por ciento, respectivamente".

"Artículo 13.-Los cargos que por efecto de lo dispuesto en el inciso segundo del ar­tículo anterior no queden encuadrados den­tro de la eseala esta,blecida en la. letra f) del artículo 2.0 de la presente ley, deberán e11 casillarse den tro de algunos de los gra­dos de la indicada escala cua.ndo dejen de desempeñarlos los actuales titulares. . En tales casos, el Alcalde, a propuesta

del Director del Depadamento respectivo, determinará el grado que debe correspon­der al Ca1:1go vacante".

"Artículo 14.----Derógase el inciso final del artículo 106 de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades".

"Artículo l5.-Facúltase al Presidente de

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3ti2 SENADO DE CHILE

la República para 'l'efulldit ell lluevos tex­tos la Ley de Organizacióll y Atl'illlH~ione'i

(le las Mnllieipalidades, la de j1jstatutos de Jos Empleados Municipales de la Hepúbli­('a, la ele Renüts Municipu"le,;, la ¡JI' ~Ale()hl)­

les y Be,bida.s Alcohólicas, la de Impuestos el. los Espectáeulos Públicos ~. la de "Orga­nización y Atribuciones de lo~ ;Juzgados (le Poli(·ía Local.. ('On las disposiciones de 1 ¡¡ presente ley".

Por asclltimi('!'io t[¡(·ij() de la Sala se ;]('ul'1'(la votar en la. sesión ordinaria del mades próximo, a las G (le la tard(~, la }w­

li(·ióll (lel Ejecutiyo para destituir de su earg'o de Di,:'eetor de Auxilio Social al se­ltO]' Hrdor ~111ñoz A~-ling.

Tácitamente ¡;;e acue,~'da pl'orrogaJ' la primera hora de la pl'esente srflión hasta el t.érmino üel c1espacho rlel 1)1'O,'-eeto <¡ne "i­glll' 1'11 el Orclf'n (1rl Día,

Proyecto de ley de la Cámara de Diputados qUe modifica la ley 7,869, en 10 relativo al pago del impuesto de herencias y donacio­nes, en ~cciones de la Sociedad Constructo-

ra dé Establecimientos Educacion3l1cs

Se (·n1.ra a consi!1('J'(l1' ('ste ]lt'o,,-('(·to ('11

(~lIa.rl() trámite eonstit.nciollal. Primeram(,lljp sr da lr('1 u¡';¡ a \111 o[i,·i()

dr la H. Cáma¡'a ('n qnc l'('('tifi(·<! 1111 ('1'1'01'

('11 que illC\li:'rió ;\1 h'anscrihi]' l()~ (l(:l1l'r(Í()~ <1e esa Corporación sohre las modificacio­lles intl'odncidas por el Sena.do a este pro­yedo. Expl'e~a qn(', en l'('alidacl, solamente. 't('or

dú ¡je';('('har la modificación dcl Senado que jl'IlÍi¡ JlO]' ohjejo sllp¡'illlir ('1 (\l"íeulu :2.u,

Oorresponde, en consecuencia. el pro­nunciamiento del H. Senarlo sohre esta mo­dificación, desechada por la H. Oámanl,

Usan de la palabra los señores rrOIT! i(·. Cruz-Coke. Aldunate, Fig'ueroa, Allende. González y Torres,

Cerrado el debate se procede a efectual' la votación, en la que se obtiene el siguien­te resultado:

4 votos por la afirmativa, 1'2 por la ne­gativa y 2 paI'eos·

En consecuencia, el Senado no insiste en la supresión del artículo 2.0 de esa TI. Cá­mara.

Qlfeda terminada la discusión de este pro­yecto y su texto aprobado es el siguiente:

Proyecto de ley:

"Artículo 1.0-- Agrégani\e ,los siguientes incisos finales al articulo ID de la ley N.o 7,869 :

"Serán también recibidas en pago de los impuestos establecidos en la ley de Heren­cias y Dona:ciones las acciones de ,la Soeie­dad que no hayan cumplido 'el plazo de tres años, a que se refiere el inciso primero de este artículo, siempre que las haya suscrito la propia sucesióll que debe hacer el pago. Bn este caso, el Fisco recibirá las acciones a la par y la sucesrón interesada no podrá pedir que el valor de la inversión se desti­ne a financiar la construcción de un deter­minado edificio escolar,

Cuando en cualquiera de los casos pre­vistos en este artículo, el pago de los im­puestos establecidos en la ley de Herencia y Donaciones se efectúe mediante la entre­ga .de acciones de la Sociedad, no se dedn­('irá de la cuota que según ~1 artículo 102 de la ley N.o 8.283 corresponde a aquélla en el rendimiento de dichos t.ributos sino al 120% a que se refiere ·la letra c) de la misma disposición".

Artículo 2.0- En aquellos casos que por' contribución de herencia corresponda a la Sociedad Constructora de Establecimientos E.ducacionales una suma superior a diez mi.­llones dc pesos, la Sociedad deberá atenerse para Su distribución a los siguientes porceu­tajes para ser invertidos en las diferentl.;.; provincias:

Veint.E1 por eiento para las provincias ele Santiago, Valparaíso y Aconcagua;

Veinte por eicnto para las provincias (h~ Coquimbo al norte;

Veinte por ciento para las provincias de O'Higgins él Maule, y

Cuarenta pOr ciento para las provineil1s de Ñu bIe a MagaIlanes".

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 300

Incidentes

El . señor Prieto renuncia a la Comisión de Higiene, Salubridad y Asistencia Social. Se acuerda designar en su reemplazo al se· ñor Cerda.

El señor Amunátegui renuncia como miembro de la Comisión Mixta de Presu­puesto. Por asentimiento tácito de la Sala se acuerda desigllar en su reemplazo al se~ ñor'Marín.

El señor Bl'rázuriz formula indi¿acióll , que. tácitamente es aprobada, para dirigir oficio en su nombre, al señor Ministro de Obras Públicas v Vías de Comunicación eon el objeto de que' tenga a bien aceptar el tra­lado del camino pavimentado entre Rertgo .Y Malloa que han aprobado las Municipali­dades de las referidas comunas y que ha ratificado ]a Junta Departamental de Oa­minos de Oaupolicán, por ser el que mejor eOllsulta los intereses v aspiraciones (le Jos vecinos de la zona. • -

La .Mesa propone dejar sin efedo la se­sión ordinaria de mañana miércoles 8 del actual, pOI' no babel' asuntos en estado de tabla.

Tácitamen te se aprueba esta proposición de la Mesa,coll lo cual queda sin efecto ~H sesión que debía celebrar el Sena(lo en el tHa de mañana.

t;e suspende la sesión.

R.eanudada la sesión, usa de la palabra el señor Lafertte quien se refiere al estHhle­<'.Ímíento de la Unión de Repúblicas Socia­listas Soviéticas, cuyo 33.0 anive¡'s<il'io ,w ,~onmemora en el día de hoy. Formula, al J'f'specto, diversos alean ces, de política j n· terua,cionaI.

~f' levanta la sesión.

CUENTA DE LA PRESENTE SESION

Se dió euenta:

1.- De los siguientes 'Mensaje¡ del Eje­cutivo:

Conciudadanos del Honorable Senado: Con motivo ,del ascenso a General de Di­

visión del Genera,l de Brigada don Santia­go Danús Peña, ha quedado una vaeante de este último grado en la Planta de Oficiales de Armas del Ejército.

A fin de llenar esta vacante y dar CUlll­

plimiento a lo prescrito en el inciso 7.0 del Art. 72 de la Constitución Política de la República,cúmpleme solicitar vuestro acuer­do para conferir el empleo de General de Brigada del Ejército, a favor del Coronel don José Luis Gálvez Fuchslocher, Jefe que ha desempeñado correctamente ,las funcio­\les encomendadas por el Supremo Gobier­no y a juicio del Presidente de la .Repúbli­ca, se ha hecho acr,eedor al 'ascenso cuyo acuerdo se solicita. .

El expresado Jefe tieue 34 años, 9 meses y 2.3 días de servicios en el Ejército, con­tados hasta el 30 de octubre dlel presepte año.

Se acompañan los dGcumentos respecti-~, vos.

Santiago, 15 de Iloviembre de 1950.- Ga­brielGomlález V.- Guillenno Bamos Ti­rado

COllciudadanos del Honorable Senado: Con motivo del as·censo a General de Bri·

gada del Coronel don Carlos Casanovas Da­mothe, ha quedado una vacante de este Íi 1-timo grado en la Planta de Oficiales de Ar­mas del Ejército.

A fin de llenar esta vacante y dar cum­plimiento (t lo prescrito en ~l inciso 7.0 del ",,\'rt. 72 de la Constitueión Política de la H,('­}lIÍhlica, eúmpleme solicitar vuestro acuer­do para conferir el empleo de Coro11el de Ejército, a favor del Teniente Coronel don J\lherto Marín Madrid, quien ha desempe­ñado correctamente las funciones encomen­dadas por el Supremo Gobierno y a juicio (1el Presidente de la República, se ha hecho acreedor al ascenso cuyo Muerdo se soEcibt.

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364 SENA.DO DE OHILE

El expresado Jefe tiene 28 años, 10 meses y 2 días de servicios en el Ejército, conta­dos hasta el 30 de octubre del presente año.

Se acompañan los documentoscorrespon­dientes.

Santiago, 16 de noviembre de 1950.- Ga­briel González V.- Guillermo Barrios Ti­rado.

Conciudadanos del Honorable Senado: Oon motivo del ascenso a General de Bri­

gada del Ooronel don Vicente Martínez Ara­neda, ha quedado una vacante de este últi­mo grado en la Planta de Oficiales de Ar­mas del Ejército.

A fin de llenar esta vacante y dar cum· plimiento a lo prescrito en el inciso 7.0 del artículo 7:2 de la Oonstitución Política de la República, 'cúmpleme solicitar vuestro acuer­do para conferir el empleo de Ooronel de Ejército, a favor del Teniente Coronel don Julio Moreno Johnstone, Jefe que ha desem­peñado correctamente las funciones enco· mendadas por el .supremo Gobierno y a jui­cio del Presidente de la República, se ha hecho acreedor al ascenso cuyo acuerdo se solicita.

El expresado Jefe tiene 28 años, 10 me­ses y 2 días de servi'cios 'en el Ejército, con·

'ados hasta el 30 de octubre del presente año.

Se acompañan los documentoscorrespon­diente1s.

Santiago, 15 de noviembre de 19150.-'- Ga­briel González V.- GuiJ11ermo Barrios Ti. rado.

2.- De los siguientes oficios Ide la Cá.ma­ra de Diputados:

Oon el primero 'comunica que ha tenido a bien aprobar en los mismos términos en que 10 hizo el Senado, el proyecto de ley que concede pensión a ,don Wenceslao Oaballe­ro Leiva.

Oon el segundo comunica que ha tenido a bien acceder a lo solicitado por ,esta Coro poración, en orden a devolver al Ejecutivo las observaciones formuladas al proyecto de ley que concede una pensión de gracia a doña María EIena BeH Mora.

Oonel tercero comunica que ha tenido a

bien no insistir en el rechazo de las modifi­caciones introducidas por el Senado, al pro­yecto de ley que destina fondos para finan­ciar el Departamento de Periodistas y Fo­tograbadores de la Oaja Nacional de Em­pleados Públicos.

Santiago, 13 de Noviembre de 195'0. La Cámara de Diputados ha tenido a

bien no insistir en el ,::-echazo de las modi­ficaciones introducidas por el H. Senado, al proyecto de ley que concede un aumento de las remuneraciones del personal de obreros y empleados de las Municipalidades, con excepción de la que tiene por objeto su­primir el artículo 2,6, en el cual ha insisti­do.

IJo que tengo a honra comunicar a V. E. en respuesta a vuestro oficio N.O 8139, de 7 del mes en ('U!!'so.

Devuelvo los antecedentes respectivoS. Dios guarde a V. E.- A. Tapia.- PauIo

Rivas. .-3.-Del siguiente informe: Honora.ble Senado: Vuestra Comisión de Relaciones Exterio­

res ha considerado un proyecto de ley, re­mitido por la H. Oámara de Diputados que aprueba el Oonvenio de Oooperación 'Eco­nómica entre la República de Ohile y la República de los Estados Unidos del Bra­sil, suscrito en Río de J anei.:,o el 4 de julio de 1947 y los cinco cambios de notas, con­certados con fechas 4 de julio y 1.0 y 12 de agosto de 119147, que deben considerarse co­mo parte,> integrantes df>l Oonvenio aludi­do.

Según ID expresa el exordio del Oonve­nio, éste ha sido celebrado con el propósito de hacer aún más fuertes los vínculos de amistad y' buena vecindad que unen a am­bos pueblos, mediante el esta,blecimiento de normas que permitan coordinar y comple­mentar las economías de Ohile y B::-asil pa­ra satisfacer sus necesidades recíprocas, fa­cilita.ndo para estos efectos el intercambio de mercaderías y servicios.

En el artículo 1.0 del Convenio se dis­pone que cada A.lta Parte Contratante, de acuerdo con lo qlJe dispongan sus propias leyes y sus tratados vigentes, atenderá las necesidades de la otra COn sus saldos expor-

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SESION" 5.a (tEénst. EXTRAORb.), EN MIERC. 15 bE NOV. bE 19·50 365 =====- .-,

tables y el artículo 3.0 del mismo dispone que se entendE)rá como saldo exportable el remanente de producción que resulte des­pués de satisfechas las necesidades internas de consumo directo, de las industrias trans­fprmadoras y del comercio habitual de ex­portación del país exportador.

l)ara los mismos efectos, Se entenderán como necesidades del país importador las necesidades internas de consumo directo y de las industrias transformadoras para el 3ibastecimiento interno del país importador.

De acuerdo con el· artículo 2.0, las nece­sidades de cada Alta Parte Contratante se fija¡:'án de común acuerdo cada vez que sea necesario, con excepción de las necesidades que tenga Chile de café y yerba mate y el Brasil de salitre y cobrA, en sus diversas formas, las que se establecerán a lo menos una vez en el llño, en lo .. primeros 15 días de enero.

Tienp especial importaneil1 para Chile el artículo 5.0 del. Convenio, a propósito del

• cual expresa textualmente el Mensaje lo siguiente: "Este artículo cristaliza una an­tigua aspiración de nuestro país, no alcan­zada sino hasta la fecha en que se firmó el Convenio en rderencia. En efecto en mu-, chas oportuuidadelS se buscaron fórmulas que dieran a,] salitre chileno seguridades de contar con mercados estables en los cuales nuestro prolluct.o encontrase amplias segu­ddades. Bl'Ilsil era, sin lugar a dudas, uno de los mer('ados que interesabll mantener en este importantísimo rubro de nuestras ex­portaciones, bajo los aspectos indicados. Las gestioneEl realizadas con tal finalidad al­canzarOJ1 su objetivo con la firma del Con­nnio de Cooperación Económica entre am-bas Repúblicas". .

En I'.onformidad a lo prescrito en el ar­tículo 5.0 del Convenio,Chile se comp.::.-o­mete a proporcionar al Brasil todo el ni­trato de sodio que este país necesite para su "onsumo interno y a mantener, hasta después de tres años de terminada su vi­gencia, un stock mínimo de 25.000 tonela­das del producto sin costo para ese país y ql1e estará a su disposición cuando lo de­see.

Por su pai te el Brasil se obliga en igual~ dad de condiciones, a consumir exclusiva­mente salitre chileno y a no establecer

plantas para la fabricación de fertilizantes nitrogenados sintéticos, incluyendo al amo­níaco y al ácido nitrico sinthicos, y a no dar facilidades ni a 'conceder privilegios o protección aduanera, a cualquiera persona, de naturaleza pública o privada, para el es­tablecimiento de fá'bricas con este objeto.

Tienen también importancia las disposi­ciones del Convenio en "i,rtud de las cuales se establece que lo'i medios de transporte de cada una de las Altas Partes Contratan­tes gozará en el territrlrio de la otra, del trato más favorable que eonsientan sus res­pectivas legislaeiones ~ que am{)os gobier­nos de acurrdo con la legislación vigente, facÚitarán la instalacióv. en ellos de sucur­sales o agencias de bancos y organismos oficiales establecidos en d oko.

Estas mismas facilidudes se otorgarán para que el personal técnico de uno de los dos países puella perfec~ionar sus conoci­mientos en escuelas técnip,lJ,s o en industrias existentes en el otro.

De acuerdo con el artículo 14 del Con­venio los pagos del intercambio entre 'Ohile y el Brasil se realizarán a través del Banco Central de Ohile y del Banco del Brasil, para euyo efecto continuarán en vigencia los arreglos existentes entre ambas institu­ciones.

El Convenio de que se trata tendrá una duración de tr1>8 años y se entenderá pro­rrogado de año en año, salvo que alguna de las Altas Partes Contratante,\¡ manifieste su propósito de denunciado COn un aviso previo de seis meses a la expiración de ca­da período.

Vuestra Comisión de Relacioues conside­ra conveniente para los intereses de nues­tro país el Convenio en refenmcia y, en consecuencia, os propone su aprobación en los mismos términos en que lo ha hecho la H. Cámara de Diputados.

José Maza.- Raúl Marín.- Sergio Fer­nández.- Angel Faivovich.- E. Ortúzar, Secretario de la Comisión.

4.-De las siguientes mociones:

Proyecto de ley:

Artículo 1.0.- Der6ganse todas las dis­posiciones contenidas en la ley 8.987 que

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366 SENADO DE CfiLE

privan a determinados grupos de ciudada­nos, en razón de la ideología que sustentan del pleno ejercicio de sus derechos políti­(~os, electorales y sindic,ales.

Artículo 2.0.- Dleróganse, asimismo, to­(las las disposiciones contenidas en dicha ley que limitan las libertades y garantías sin di­eales y especialmente las que restringen el derecho de huelg1a y las que dan ingeren­cias a lasautoridad<es militares en los con­flictos del trabajo.

Artículo transitorio, - Dentro del plazo de un mes, a contar de la promulgación de ]a presente ley, el Conservador del R,egistro Electoral p,rocederá a revalidar las inscrip­ciones e}ectorales de los ciudadanos que ha­yan sido borrados de los registros respec­tivos.

Eugenio González Rojas. - Carlos A Martínez.- Salvador Allende G.

Proyecto de ley;

"Artículo 1.0.- TRi Clija de la Habitación Popular invertirá hasta la suma de dieci­séis millones de pesos ($ 16.000.000) en la adquisición de los terrenos denominados chacra "La Selva" ubicados en el costado SUr de la Maestranz,a de San Bernardo que se destinal'án a la construcción de una po­blación obrera modelo con huertos famili'a­res para los operarios de dicha Maestranza, y cuya operación de compra tienen en trá­mites en la misma Caj'a.

El precio de lit compraventa se determi­nará de común acuerdo entre la Caja de la Habitación y la parte vendedora, y en caso de desacuerdo pUl' p.eritos d"signados con­formc al procedimiento de las expropiacio­nes que hace lo. Caja.

Si resultare saldo de esta compraventa se invertirá en la urbanización de dichos te­rl.'enos.

Artículo 2.0.- La obligación que se le impone por el artículo precedente la cum­plirá la Caja de la Habitación con fondos del presupuesto ordinario de dicha Caja".

Eduardo Oruz-iC'oke.

La Ley N.o 7.161 publicada en el Diario Honorable oSenado:

Oficial del 3] de euero de 19'42, modificó la

jerarquía que Leyes anteriores acordaban a los distintos grados de Oficiales de las Fuerzas Armadas. Las antiguas leyf)s con­sideraban Oficiales Subalternos, a Jos del grado de Capitán y similares inclusive; Su­periores, a los de los grados de Mayor, Te­niente-Coronel, Coronel y similares; y de Generales, a los Generales de Brigada, Di­visión y similares; pero la última Ley ya mencionada dejó la designación de Oficiales

" Superiores sólo para los Coroneles y simi­lares y estableciendo una nueva categoría, -la de Jefes-, para Mayores, Tenientes­Coroneles y similares.

La legislación aprobada por el H. Con­greso ha dado beneficios en el retiro a los Oficiales Generales y Superiores, retirados o que se retiren; pero no ha excluido de dichos beneficios a los Oficiales Superiores retirados con anterioridad a la promulga­ción de la Ley N.o 7.1161 y que en el mo­mento de su retiro tenían esa categoría y, por tanto, un derecho adquirido; como asi­mismo a los Oficiales que en esa fecha, es­tando en servicio, tenían la categoría de Oficiales Superiores.

Estiman las autoridades respectivas, que la Ley 7.161 de 31 de enero de 1942 rige para todos desde ese día y que, por lo tan­to, son Oficiales Superiores únicamente los Coroneles y similares, desconociéndose este derecho al personal que era realmente Ofi­cial Superior antes del 31 de enero de 1942. Tales autoridades, desatienden el' tenor li­teral de la citada Ley, que es claro y preci­so.

De lo anterior se infiere, que se ha vul­nerado el principio jurídico de la no retro· actividad de la. Ley establecido en el Art. 9.0 del Gódigo Civil, según el cual la L,ey sólo puede disponer para lo futuro, es de­cir para los actos nuevos que !'E celebren, o sea que no se aplica a los actos COnSuma­dos, los cuales conservan todo su v;gor.

A pesar de que el Art. 7.0 de la Ley N.o 7.161 no ha sido dictado con efecto retro­activo que decte a los Oficiales Superiores que tenían dicha categoría antes de la dic· tación de la referida Ley, se ha privado, no obstante, de sus legítimos derechos, a un grupo numeroso ae ex servidores del Esta­do, con todas sus consecuencias pal'S el tu-

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,~ESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 367 "::::":'-~===~--==-;-::=--=---"===-=-..::-_===::::-r~--=-

-=:-",-,-=----.:::.=_=,::=-~-=- _==--:c--"----=:c-.--=-:::~----=..--==_~-~.::_=_==-

turo, debido sólo a Una errónea interpreta­

('ión de la Ley por parte ele los encargados

t1r cumplirla. Además, es necesario considerar las espe­

ciales garantías que al derecho propietario

concede nuestra Constitución Polltica. Con

este fundamento, no puede desconocerse

I)tH' la prerrogativa inherente a la calidad

(te Oficiales .superiores que daba a e"e per­

sonal una I-,ey bajo cuyo imperio algunoR

obtuvieron sus retiros y otros sirvieron en

la actividad, comporta un derecho propie­

tario del cúal no puede ser despojado su

dueño sin adecuada indemnización y sólo a

virtud de una Ley, de acuerdo con el prin­

eipio de inviolabilidad estatuído en rl Art.

10, número 10 de la Constiturión.

En esta situación, se hace de todo punto

necesario dictar una ley que drclare en for­

ma precisa y categórica, el sentido del Art.

12 de la Ley N.o 8.762, ya que sólo al legis­

ladol' corresponde interpretar las leyes de

nn modo generalmente obligatorio.

Esa L€y aelaratoria e interpretativa el';

la que venimos en !lometer ti. vneRtra apro'

bación en los signientes términos:

Proyecto de ley

Articulo único.- Se declara que ~l Art.

]2 de la Ilcy N.o 8.7'62 de 14 de mluzo de

1947, eomprende también al personal de

Oficiales de las Fuerzas de Defensa Nacio­

nal qu(', de acuerdo con las leyes pertinen"

tes, anteriores al 31 de enero de 1942, se

rncolltraban en servieio o en retiro, en es~

ta última fecha, bajo la denominación de

Oficiales Superiores.

El expresado personal disfrutará de los

beneficios contemplados en dicho artíeulo

en relación con los años de servicios ~T eon

la escala establecida en el Art. 6.0 de la

Lpy N.O 9.562, dr 26 oe enrf"O ,de 1950, des­

(le 'la fecna de publit'ación dr la pl'esente

]cv rn el Diario .oficial.

. Raúl Rettig. - Edluardo Messandri. -Eugenio González.

D'EBATE PRIMEHA HOl\A

-.se abrió la sesión a las 16.15, en pre­

sencia de 14 señores ,senadores.

El seiíO]" Alessandri, (1011 Fernando (I>¡-e­

sidc'lltp).- 1<:::11 ('1 nombl'c de Dios, SE' ah:'e

la sesión.

El acta de la .~p"iólt :l.a, ('ll I de lloyirJ¡¡­

bre, aprobada .. El acta de la sesiún ~.a, ('11 14 de lloyiem­

bre, Cjl1('da él ¡JisposieifJu de los sellores Se­

nadores. ,se va a dar cuenta de los ,lslIntos que

hall llegado a la S(>netaría.

-El señor Secretario da lectura a la Cuenta.

OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL

PROYECTO SOBRE REESTRUCTURA­

CION DEL C¡ONSEJO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

El señor Secretario.- Cor/;'esponde tra­

tar en el Orden del Día, el oficio de la

fjá~ara de Diputados por' el que comunica

haber rechazado las observaciones formula­

das por Su Excelencia e1 Presidente de la

República al pro~'eeto c1r ley sobre rees~

t':'l1cturación del Consejo Xa('ional 11r ro­

mercio Exterior. Dice el oficio: "La Cámara de Diputados ha trilldo a

hi!'n rechazar las obsPl'vacionps formuladas

por S. K el 1:>re:>idente dp la República al

proyecto de ley que rporganiza PI Consejo

Naeional de Comercio Exterior y ha insis­

tido en la apro,hación de laR c1illposiciones

n,:,imitivas. , lJas observacionrs rll refereneia son las

Riguientes: a,) 1Ja que tiene por objeto reemplazar el

inriso cuarto elel artículo 2.0, qne dice: "La

fija(~jón r!e tipo de cambio:; inlernae,iona­

lrs sólo podrán ser acordadas por decreto

~upremo con la firma del Ministro de Eco·

nomía :r Gomei'.'cio, previos informes favo­

rables del Consejo Nacional de Comercio

Exterior y del Banco Central dr Chile", por

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368 SENADO DE CHILE

.el siguiente: "En la aplicación de tipos de cambio se sujetará a las normas generales que le imparta en igual forma el Ministro de Hacienda";

b) La que consiste en agregar eIt el ar­tículo 2.0, inciso final, la siguiente frase: "Sin perjuicio de lo ~stablecido en el inci­so cua.:-to de este artículo";

c) La que tiene por objeto reempla.zar en el artí~ulo 14 la frase: "El Presidente de la República concederá", por la siguiente: "El Presidente de la República podrá con­ceder", y

d) La que tiene por objeto suprimir en el inciso segundo del artículo 26 la frase final que dice: "y el artículo 7~o N.o 2, del decreto ·con fuerza de ley número 6/4817, de '2,6 de agosto de 1942".

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente).- En discusión las observaciones del Ejecutivo.

Debo recordar al Senado que la votación se efectuará a las cinco de la tarde, según se acordó en sesión anterior.

Ofrezco la pa.labra. Ofrezco la pa.labra. Cerrado el debate. En consecuencia, se votará a las cinco de

la tarde.

CONVENIO DE COOPERACION EqONO­MICA E;NTRE CHILE y BRASIL

El señor Secretario.- En el segundo lu­ga.r de la tabla, corresponde tratar el pro­yecto de ley que aprueba el Convenio ele .Cooperación E'conómica entre Ohile y los Estados Unidos del Brasil.

El proyecto dice: "Artículo único.- Apruébase el Conve­

nio de Cooperación Económica entre la Re­pública de Chile y la República de Estados Unidos del Brasil, suscrito en Río de J a.nei­ro el 4 de julio de 19,47, y los cinco cam­bios de notas, concertados con fechas 4 de julio y 1.0 y 12 ele agosto ele 1,9147, que ele­ben considerarse como partes integrantes del Convenio aludido".

-El señor Secretario da lectura al infor­m.e de la Comisión de Relaciones Exterio­res, recaído en este proyecto, que figura en la Cuenta de esta sesión, página 364.

-Sin discusión y por asentimiento táci­to, se aprueba en general y particular el proyecto.

SEGUl\DA HORA

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente).- En Incidentes, tiene la palabra el Honorable señor 'forres, que no se en­cuentra en la Sala.

En segundo lugar, está inscrito el Hono­rahle señúr Allende, y en tercec lugar, el HúnOl'hble señor :B~igueroa. .

'1'iene la palabra. el Honorable señor Allende.

SITUAO'ION ECONOMIOA DE LA COM­PAÑIA ELEOTROSIDERURGICA

DE VALDIVIA:- OFICIO

El señor Allende.- Señor Presidente, en diversas oportunidades me he referido a la ~ituación que se le ha creado a la Compa­ñía Electrosiderúr.gica de Valdivia, y en una ocasión hice extensas observaCIOnes con relación a- lo que podía significar la Com­pañía de Acero del Pacífico, o sea, Hua­chipato, para el progreso industrial de nues­tro país; inclusive, me referí a. la situación que, a mi juicio, podría presentarse a las empresas particula.:"es, esp¡;cialmente a la Compañía Electrosiderúrgica de Valdivia.

En aquella ocasión, reclamé del Gobierno una planificación en el desarrollo indus­trial, para evitar la.s desagrada,bles conse­cuencias que podría traer la paralización de esta industc:ia y la cesantía consiguiente.

Manifesté que, a mi juicio, había que pro­teger y defender a la Compañía Electrosi­derúrgica, por cuanto ésta representa hoy día la fuente de movilización comercia.l más vigorosa de la provincia de Valdi via. Agre­gué que, en vista de que la Compañía uti­lizaba cacbón vegetal pa.ra elaborar el ace­ro, era posible, según los análisis, obtener una producción de tipo especia.lizado, y que tiempo atrás se ha,bía considerado ya la po­sibilidad de entregar a esta empresa, co­mo rubro de garantía en el aspecto comer­cial, la elaboración de cañerías.

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SESION5.a. (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 19M ~9

Hice presente que las condiciones actua­les hacían prácticamente imposible la mar­cha de la empresa, por la permanentc si­tuación de inquietud y zozobra que se ve obligada a afrontar y que la hace solicitar continuamente la intervención del Ejecu­tivo ante el Banco Central para el descuen­io de letras. Recalqué, asimismo, que los obreros y empleados se encuentran impa,­g'os desde hace dos o kes meses.

Por último, manifesté qVe ya se había co­menzado a despedir al elemento trabajador de la empresa, que a.lcanza, más o menús, a :3fiO ó 400 obreros ¡" a 30 ó 40 empleados.

En diversas oportunidades el Gob~ern(;

ha manifestado el propósito' de enviar al Congreso un proyecto destinado a resJlvf'!' ('n dcf.initiva la situación en que Se encueu­ka )a Compañía Elcctrosiderúrgica dc Val­!líy¡,,; pero, por desgrac·ia, est(' buen pro­pósito !lO se ha transformado e1l realidad. Los compromisos contraídos por la l~alpr'()­

Sil con sus consumidores la colocan :':1(C1,1:

Jía fU situación más difícil, y los ob.,'eros y empleados que en ella trabajan está!: im­pagos por más de dos meses.

Foy':nulo estas obs€t-::,vaciones, señol' Pre­sidente, en la espera.nza de quc, de una vez por todas, el Ejecntivo Sf' 1'esuelva a enca­rar este problema y envíe al Congreso los proye<Ctos prometidos. Entretanto, ha,go presente la situación de inquietud y de franca protesta que existe en Yaldivia, que se justifir.a por la falta dE' interés que dr­muestran los Podecf's Púhlicos para resol­'1'('1' los problemas.

Solicito que se oficiE', en mi nombre, al sl'iío1' Ministro de Economía ;, Comercio transcribiéndole estas o,bservaeiones v .'loli­citándole envíe al Congreso el proyecto res-pectivo. '

El señor Alessandri, don Fernando (Pr('­",id ente ).- Se enviará el oficio solicitado, rn nombre del Honorable señor Allende.

El señoeMaza.-~ Adhiero a esta prti­rión, señor Presidente.

El srllor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente) ,- Se agregará el nombre del Ho­norable señor Maza.

Acordado. El señor Allende.- Agradezco al Hono­

rable señor Maza sn colUJboraC'Í-ón.

DEeFINANO~NTO DE LA CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS

PARTIOULARES.- OFIOIO

El señor Allende.- Deseo referirme aho­,,'a, señor Presidente, a otro problema.

Desde mediados del mes de octubre, he visto diversas publicaciones en la prensa relacionadas con la situación de la Caja de Previsión de los Fjmpleados Particulares. Estas publicaciones emanan de los impo­nentes, de los constructores, de los contra­tistas, que tienen vinculación comercial con esta entidad. He podido percata.rme, tam­bién, de declaraciones .aechas por la Vice­presidencia de esa Institución y por el pro­pio GoJ>ierno, en que manifiestan que están estudiando la situación en que se encuentra tan importante caja. de previsión.

A juzgar por esas informaciones de pren­sa, 1 a si tua e¡ón allí creada es bastante se­ria .r es muy probable que se llegue si no se ha llegado ya, a la paralización 'de los trabajos de construcción iniciados por esa 'Caja, COn la consiguiente cesantía de miles de ohreros, la paralización de industrias anexas a la construcción y, lo que es tam­bién bastante grave, el incumplimiento for­zoso e involuntario de sus obligaeiones co­merciales por parte ae los profesionales de la con,strucción.

Tales publicaciones vienen apareciendo desde mediados de octubre; recuerdo una. del 18 de ese mes, en "El Mercurio", y otras, en diversos dia60s, el 25 de octubrr, el 4 y ellO de noviembre, etcétera.

Me he preocupado de recopilar algunos antecedentes y datos que reflejan la mag­nitud del pro1blema y que, a mi juicio, es f'onveniente exponer para que, en definiti­va, el Gobierno fije un criterio al respecto o propicie alguna medida que omita las graves consecuencias qUf' Sf' están anun­ciando.

Pal'a que los HOllocables Senadores se den cuenta de la importancia. que tiene pa­ra la Caja el problema de la construción, daré a conocer las siguientes estadísticas:

11a consil'ucción alcanzó, de parte de la iniciativa privada, durante el año 1949, a la suma de 7180 millones' de pesos; por su parte, la Caja de Emp,Ieados Particulares

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370 '" ' SENADO DE CHILE c=========

===~ = _______ =~" ___ =====

invirtió 1.2:20 millones de pesos en cons­

trucciones y en comp':,a dc sitios, De esta

suma, 9120 millones eorresponderían a cons­

trucciones y 320 millones a compras ele te­

rrenos, Bs decir, sólo el 39% de las cons­

trucciones corresponden a la iniciativa. pri­

vada, y el 61 % a este organismo de pre­

visión. Pero hay más. El plazo para la presen­

tación de las solicitudes de los imponen­

tes, en 1948, se abeió elLo de cnero, y el

8 de marzo de ese año se habían recibido

cerca de tres mil solicitude '3 , El Gerente Ad­

ministra ti "O de la Institución planteó al

Consejo la inconveniencia de seguir acumu­

lando solicitudes, ya que la Caja nO podría

hacer frente a sus compromisos en un mo­

mento determinado. Sin embargo, se man­

tuvo abierto hasta el 30 de noviembre el

período para presentar sollcituflrs, las cna-

.]] es llegaron a once mil.

Actualmente la Caja tiene opel'UeiOllPS

contabilizadas por valor de 9134 millollrs ele

pesos. Las operaciones formalizadas, no

,contabilizadas, alcanzan a 1./306 millones,

y las operaciones no contabilizadas, a 1.200

millones de pesos.

Por cierto, si no se normaliza la entrega

de fondos a la Caja, se creará una situaeióll

muy grave en virtud de los comW'omisos

ya contraídos para las operaciones conta­

bilizadas. Me imagino que rsa situación no

llegará a producirse, pero no deja. de ser

grave el hecho ne que .se hayan paralizado

y no se escrituren una serie de operaciones

ya aprobadas po.:' el Consejo. Con ello no

sólo se puede perjudicar a los contratistas,

arquitectos o constructores que han heeho

fe en la palabra de esta institnción -pues­

.to que se trata de operaciones acogida,<;ta­

vorablemente por su Consejo-, sino, ta.m­

bión -10 que es tanto o más grave-, a los

propios imponentes. Es necesario conside­

rar, a este respecto, que la mayoría de ellos

han logrado, ron grandes esfuerzos, o h1 e­

ner pequeñas sumas de dinero o parte del

dinero necesa.rio para financiar las cons­

trucciones o pagar el sitio; con ese objeto,

han contraído compromisos con im;titncio­

nes de crédito o de otro orden, y ahora se,

encuentran expuestos a que, en drfinitiva.

. no se formalicen las operacioneR, no se re­

duzcan a escritura pública, con lo cna.l pe1'-

derán lo que ya han anticipado. Y todo es­

to sin considerar la posi,bilidad real de que

los yendedores, frente a la demora que 8r

ha producido en la entrega de la remunera­

ción estipulada, ha~'an ]1l'etendido ya alzal'

los precios en C[llrpl'imitinmlen1e pactaron

1 a operación. En suma, señor PrcsiLlení,(~ y Honorable

Senado, la situación creada a' la Caja de

Empleados Particulares reclama del Ejecu­

tivo un pronnn~iamiento claro y l1<:'eeiso, y

una ayuda efectin para evitar .la pal'aliza­

ción de las construcciones, el perjuicio que

ello va a traer a los contratistas, arquitec­

tos y constl'uctores y la situación difícil que

se creará, especialmente, a los imponentes.

Solicito del señor Presidente que tenga la

gentileza de recabar el acuerdo del Senado

para que se inserte en el Diario ele Sesio­

nes un pequeño resumen --es sólo un cua­

dro que eontiellr las cifras del ca.so-, que

no alcanza a OCUpe1l' dos pá.ginas, que se1'­

\'irá para ilustl'ar claramente la situación

errada. En (,1 se estableeen los porcentajes

ele desfinaneiamiento mensual que Se pro­

ducirán desde el mes de octubre de 1950

hasta el año 19;,}2, frente a los tres tipos de

compromisos a que he hecho referencia, y

que llegarán como máximo. en febrcl'o (lr

1952, de acuerdo con los datos r111e se 111e

han proporcionado, a la no despl'eG.ia,blr ei-

1'1'a de 668 millones de pesos,

El señor Alessandri. don Fernando (1'I'\'­

sidentr).- Si le parecr a ]¡¡ Sala, se hiU';l

la inserción solicitada poe el HOllorable s('­

íi.0l.' Allende. Acordado.

•• --Los documentos que se acordó insertar,

a petición del señor Allende, son del tener

siguiente:

",nrS1'TFWACION DEITj OUADRf) ANEXO

Datos proporcionados:

1950: 1951 : 1962:

Entl>arlas mensua]es ~

., .. .. $ 90 millones 100 millones 120 millones

Estado de las operaciones a1 1.0 de oe­

tnbre de 195'0:

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- ~-~-~- ~~-------

+A+ Operlliciones conta-bilizadas . . .. ..$ 943,.000.000,00 +B+ Operaciones forma-lizadas no conta-bilizadas .. .. .. 1.306.000.000,00 +0+ O~eraciones apro-badas no forma-lizadas .. ... " 1.200.000.000,00

+ D+ Operlliciones pre-sentadas no apro-badas.

Otros antecedentes:

+A+ : Estas operaciones con un total de $ 934.000.000,00 según datos estima­tivos podrían dividirse en los si­guientes subgrupos:

Al :JSaldo de obras en eje-cución .. " .. .. .. $ 3{}O. '000.000,00

A 2; Préstamos hipoteca-rios ". ". ". . ...

A3 : En escritura .. .. .. A4; Para borrador de es­

critura ... '" .... ,

120.000.000,00 200.000.000,00

264.000.000,00

+B+; Estas operaciones con un total de $ L306.000.000,OOcon un criterIO muy prudente podrían dividirse en los siguientes sub grupos:

BI: 4ií% en financiamien-to ". '" ". '" . $ 1590.000.000,00

B2 :1315% en técnica, V.o B.o títulos ., .. .•. 456.000.000,00

B3 : 10% 'Üon reparos gra-ves ... ... ". .. .. }3IÜ. 000.000,00

B4: 10% desistidos por re-paros graves, cesantía, fallecimiento, etc. .. 130.000.000.00

+C+; Podemos suponer que los 1.200 mi­Hones de pesos que éstas operacio­nes significan, se están presentan­do desde ,elLo de octubre de 1950 a razón de $ 715.000.000,00 mensua­les.

+ D+ : Estas operaciones no se han consi­derado en la confección del cuadro, eitimando que las debe aprobar el

Consejo para que actúen ,cuando co­mience el de8censo del .déficit.

BSTIMACION DE LOS COMPROMISOS QUE ESTAS OPERACIONES SIGNIFI­

CAN

(Estas consideraciones están hechas a base de que se pusiera de inmediato en marcha la tramitación normal de la Caja) .

Al: Supongamos que Jos $ 350 millo­nes se terminan de pagar al mis­mo ritmo actual de $ 85 millones mensuales.

A2: Supongamos que el total de estas operaciones salen en 4 meses a partir de ¡enero a razón de $ 30 miHones mensuales ya que son ope­raciones que Se encuentran para borradores de escrituras y escritu­ras.

A3; Supongamos que salgan por igua­les partes en enero y febrero. Es­timamos en 25% o sea en $ 40 millones el valor de los terrénos; en $ 30 millones la obra que se co­brará de inmediato y en $ 130 millones el saldo de ,construcción que se cobraría a partir de febre­ro en 10 mensualidades.

Terreno Obra Estado Total

hecha de Pago mensual

Enero ......... 120 15 35 48 13

Febrero ...... " 20 15 13 :Marzo a noviembre 13'

A4: Siguiendo el mismo razonamiento anterior pero desplazándolo en un mes, tendríamos;

Febrero '" .. .. Marzo .. ". Abril 3 Diciembrp.

+B+

Terreno Estado T .. l

de Pago mensual

21 21

27 48 21

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372 SENADO DE CHILE

Bl: De los '590 millones asignamos $ 120 millones para terrenos y el saldo para obras. Supongamos que los te­rrenos Se pagan en abril, mayo y junio por iguales partes y para ser pesimista, que el saldo de $ 470 millones se paga en 10 meses a partir de mayo de 1'961, tendrÍa­mos para este subgrupo:

Terren. Estado Totalt's

dE' Pairo

Abril .......... . 40 40 40

40 81 87 47

Mayo ......... . 47 47 47

Junio . ~ ". Julio a Feb.

e

B2: De ,los 456 millones asignamos a los terrenos $ 90 millones, que se pa­garían en partes iguales en los me­ses de julio, agosto y septiembre; y que el saldo de $366 millones se paga en 10 meses a partir <11" agosto:

'.terreno Estado Tot3le&

ce Pago

. Julio . , . .. . . . .. 30 30 Agosto . . . . . . .. 30 317 &7

. Septiembre . . ... 30 37 67 Octubre a mayo 1952 37 37

E3: Asignamos $ 60 millones a terrenos que se pagarían en los meses de septiembre, octubre y noviembre; el saldo a partir de octubre en 10 meses:

'rerr.... Estado 'Iotales

de Pago

Al ; Son más o menos 3·000 operaciones COn un reajuste y saldo para arte-

factos de $ 50.000,00 por operación. E,l total de $ 150 millones podría salir entre los meses de enero a ju­lio de 1951.

Aa: Supongamos en un 251% de los $ 160 millones de construcción el reajus­te y saldo para artefllictos. A estos 40 millones le damos salida en 4 meses a partir de julio de 19-51.

A4: Suponemos en 215% el reajuste y el saldo artefactos sobre los $200 mi­llones y le damos salida de sep­tiembre a diciembre de 1'9'51.

-l-B+:

lH:. Supongamos el reajuste y sllildo ar­tefactos en $90 millones; le damos salida de enero a mayo de 1962.

B2; Supongamos el reajuste y sllildo ar­tefactos en $ 72 millones; que RU­

len de mayo a agosto de 1951.2 .. B3: Sería de $ 40 millones que sa.}drían

en agosto y septiembre de 1962

OPERACIONES NO FORMALIZADAS:

+C+~ Supongamos qUe su tramita<íión demora

un año. Luego los $ 75 millones presenta­dos en octubre de 1950 significan una sali­da de $ 16 millones por capítulo de terreno para octubre de 1961 y de $ 6 millones men­suales durante 10 meses a partir de noviem­bre de 1,951.

Aplicando el mismo criterio para las que se presenten en los meses venideros tendría­mos:

Octubre t51 .. .. " .2t millones N oviembre51 .. .. ?:l millones Diciembre !5'1 .. ., . 33 millones 'Enero5i2 .. .. .. .. . 39 millones Febrero 6;2 .. .. .. . 45 millones, etc. Todos ·estos datos se han resumido en el

euadro anexo. Debemos hacer notar '4ue pa· ra tener una estimación bastante ,prudente se han tomado los plazos de tramitación y de ejecución de obras,de operaciones rea­lizadas por empresas organizadas que no deben representar más del 30% de las ope­raciones

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~ SESION 5,a (LEGISL. EXTRAORD.), EN l\HERC. 15 DE NOV. DE 1950 373

El seÍiol' Allende,- Pido, también, seÍior Presidente, que se dÜ'ija oficio en mi nom­bre al señor ::\íillistro de Salubridad, pa­':"a que se sirva enviar los antecedentes so­bre la materia. que estoy tratando .y mani­festar cuáles son las mcdidas qne ha toma­do el Ejecutivo al respecto.

El señor Alessandri, (lon Fernando (Pre­sidente).- Si le parece a la Sala, se envia­l'á el oficio pedido por el Honorwble señor Allende. en nümbl'e elel señor Senador.

Acordado. ,Se va (] daJ' cnenta ele ~lIla indicación for­

mnlada.

PARALIZAcrON DE FAENAS EN LA OFICINA SALITRERA IRI>S,

OF,ICIO

El seiJor Secretario,- El Honorable se­Íior Tomic formula indicación para Cjue se oficie, en su nombre, al señor :Ministro elel Tra.bajo pidiónelole el rápido envío de an­tecedelltes completos sobre el despido y tras­lado de obreros de la Oficina Salikera Tris, de Tarapacá, sin existir la aut'orización g:ubernal1lental para pa.ralizar las faenas, ('01110 también resperto al pag:o de las in­rlelllnizHCioTlps quc la lc,\' Ct'tH bl('c(' para el ('.aso de paraliza.ción de faenas, a los obre­ros 1rasladados o rlespedidos.

El señor Lafertte,- Yo llabín pedirlo quP :,;e agregara mi nombre al ofieio, :-: el Hono­rable sefíor Tomi(~ estll\'O cOnfOl'lllp eOn ello.

El señol' Alessandri, don Fernando (Pre­sidente ).-- Tiene razón Su Señoría.

Se enviará cl oficio solicitado, en nombre de los spñores 'J'omie y IJafertte.

JUB]LACION DE FUNCIONARIOS DE LA ADMFNISTRAClO[N PUBUCA.- APLI­CAC,1l0N DEiL ART:uQULO 23 DE LA LEY

NUMERO 9.629,- OFICIO

Bl señor Secretario,- El HOJlorahk S(~­jín:' .M'al'tíl1PzMollit fOl'mlda illfliea('ión pa-1'<1 fjllC' se ofieje ¡Jl :,;eDo]' }fiJlisLro de lIa­eiemlil, s()li(~itántl()Je pifia al Dil'('ctor <ie la Ofi(·illil (k Pensiones que dé una pronta tra­lllita('iún a los expedientes de los funciona­l'ios de la Administración Pública que se acogieron a retiro o jubilación, <'JI Vil'tllrl (1 t'l (\ l,tícul o 23 de la ley 9,6219,.

El seuor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente).- Con el acuerdo del Senado, se enviará a.1 señor Ministro de Hacienda el oficio solicitado, en nombre del señor Se­nador.

Tiene la palabra el Honorable señor Fi­gueroa.

JUEGOS DE AZAR EN EL CASINO MUNICIP.Al. DE VI:&A DEL MAR

El señor Fi:gueroa.- Señor Presidente: Deseo hacer un breve comentario con re­

lación a un deci,:eto que acaba. de dictar el Ministerio del Interior y que se publicó re­cientemente en los diarios. En este decre­to se reglamenta la entrada a las salas de juego del Casino de Viña del Ma.r. Sólo ahora, clespués de 2'2 años de existencia del Casino, un Miriistro del Interior se ha pre­ocupado rle tomar algunas medidas restric­tivas respecto de la entrada de los funcio­JJarim; y otras personas a las salas de jue-go del Casino. .

El señor Ministro parece haberse hecho e(:o de la moción que, en unión del Hono­rable señor Correa, presentamos al Senado ]lm'(l aholir definitivamente el juego en el Casino ([e Viña elel Mal'. Como record8!rán los señores Senadores, esta moción fué ob­jeto de un est'udio detenido de parte de la Comisi6n ele Constitución, IJegislación y ,Just.icia, la. que propuso a ('sta Corporación sólo restringir Ja temporada de juego, de seis meses a treR meses, o sea, desde el 15 de diciembre hasta el 15, de marzo. Este in­forme alcanzó a ser: conocido por el Sena­do, pero. desgraciadamente, en aquellos días. cuando estaba en el primer lugar de la tabla. la Corporación sufrió la pérdida irrepa~able rle su Presidente, y hubo que suspendeT'. por ouelo. las sesiones, razón ]lO" J(l cual la tramitación del pl'oyecto que­(ló paraJiímcla hasta a. fecha.

B 1 ~eñ(lr Min istro ha tom ado también en {'onsideracióll, seguramente, la campaña de publicidad que se hizo alrededor de este asunto. 11a verdad <'.'; que la prensa, de Nor­te a SUr del País, aplaudió, en forma entu­siasta la moción que presentamos con el Ho­llorable señor Correa. Por eso, el decreto que comento da UIla nota de realidad y de jus-

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374 SENADO DE CHILE

ticia con respecto a lo que ocurre en el Ca­sino de V~ña del Mar.

En el decreto, el señor Ministro del In­terior pone un po~o de orden en lo que se refiere a la entrada al Casino, y dispone que nO podrán entrar los menores de 21 años; los ebrios y los que por cualquier motivo estén 1?rivados del uso de razón; las per­sona,s a quienes la .Junta niegue la entrada por motivos calificados, como mal compor­tami~nto en las salas de jue¡ro o conocida amoralidad; las mujeres casadas, salvo qlH' concurran en compañía de su cónYUge o ten­gan autorización de éste otorgada ante No­tario Público; los empleados públicos, se­mifiscales o de instituciones de administra­ción autónoma; los empleados partienlares que administren fondos, como cajeros, eon­tadores, etcétera, y toda persona de una renta. inferior a $ 120 . .000 anuales.

Cualquiera pensaría, señor P':-esidente, que una reiglamentación como ésta sería acogida con aplausos, no sólo por la opi­nión pública de. Viña del Mar, sino también por los propios concesionarios del Casino y la Municipalidad de ese balneario. Recuer­do que cuando se discutió este asunto en el Senado, la Munic.ipalidad de Viña del Ma.r hizo lma de('laración públiea, que no ne­eesito leer, pero que tengo ent're los ante­cedentes, en la cual se manifiesta totalmen­te de acuerdo con que es necesario adoptar algunas medidas para restringir la entmda al Casino. Y esto fué lo 'que, en realidad, s.e hizo. Pero tal restl'Ícción no alcanzó (\. durar una semana; posteriormente Se vol­vió al régimen anterior, y las eosa~ han eontinuado así hasta hoy.

E,g lógico pensar que la Municipalidad de Viña del Mal:' ha debido sentirse satisfe­cha con la solución intermedia que el señor Ministro del Interior ha querido dar al pro­blema. Y digo que es una solución interllle­dia, pon!lle las res1riceiones qur se impo­nen en el decreto sólo significan el comien­zo de una legisla.ción qne, a mi juicio, de­bería abolir definit.ivamente el juego en el Casino.

Sin embargo, señor P,residente, teng'o an­tecedentes para informar que nuevamente se ejerce toda clase de influencias ante el

señor Ministro del Interior para que deje sin efecto el citado reglamento.

No comprendo la postura moral que en estos momentos asumen la Municipalidad de Viña del Mar y los propios concesionaorios, al oponerse a estas medidas. j .cómo es po­sible que manifiesten su oposición basados en que con este reglamento se les sustraen algunas de las entradas, hipotéticas, que hasta ahora ha producido el Casino permi­tiendo, a sabiendas, la entrada ele personas manifiestamente inhabilitadas para con'cu-1"rir a las salas de juego!

Lo cierto es que esa oposición se está ejerciendo en forma intensa. T,engo a la vis­ta un telegrama enviado desde Va:lparaíso y publicado en loo diarios del lunes recién pasado, de la capital, en ,que se dice qne la Mílmicipalidad de Viña del Mar se ha di­rigido al señor ~1inistro del Interior para expresarle los inconvenientes 'que, a juicio de esa corporaci6n edilicia, tendría la apli­cación del reglamento a que me estoy refi­riendo, y se da como ar.gumento que esta medida acarrearía una menor entrada cal­culada en sesenta millones de pesos.

E,l gran argumento aducido por la .:vIulJi­eipalic1acl es que se le va. a producir una mpnor entrada; pero a esa ('orpoi:-aeión llO le interesa ni le importa que fales millones que hoy día rrconoce recibir de manos d~ personas que están inhabilitadas para COll­

currir al Casino, provengan de los bolsillos de ese público, siempre que ella continúe percibiendo mayores entradas.

Señor Presidente, considero que la acti­tud en que se eoloca la M:unicipa.Ji.dad de Viña del Mar es del todo falta de lógica y (le moral. El argumento que esgrime y las razones que invoca para oponerse al regla­mento ema.nado del señor Ministro del -Ill­terior, no puede sostenerse pOol' una corpo­raeión seria como es la .:\1unieipalidad de Viíla del Mar.

Tambi(.n se adue(' en (;olltrn (le dicho r(~­glamellto que (.1 l'e,;triuge la~ horas dI' jue­go. Actualmente se juega desde las seis de la tarde 'hasta las diez de la noche ;', en seguida, desde esta hora hasta las tres de la madru¡:mda. BI señor Ministro del Inte­,-::,ior ha restringido las horas de juego, fi­j:í.ndolru; desde las seis y media-- o' sea,

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SESION B.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 375

ha retardado la entrada a la. sala de Juego en media hora- hasta las nueve de la no­che, y desde las diez hasta la una de la madrugada. EH buenas cuentas, la restric­(·iój) Ctue importa la reglamentación del se­Tíor Ministro del Interior, viene a ser de media hora en la tarde y de una hora, ap.1'o­ximamente, después de la medianoche.

Estil ha ",ido .,>uficiellte para que se ha ya formado uua verdadera tempestad. [~Il la. :\Iunic'iplllidad t1e Viña lÍl'l :\lar no se mira sino pOI' el pri,sma del inierés de gimar di­nero, sill q lle le iutel'ese ni irlljJOJ't" la for­ma ni Ja pC'ocedellcia de ese dinero.

Señor Presidente, ésta es ulIa actitud que 110 quiero ealifical', pero ljue me sorprende profundamente. Tengo espléndidas referen­cias del nuevo Alcalde de eSa comuna: 1\0

me cxpfico, siu emhargo. cómo puede ~stal' insistiendo en que se continúe jugando en la. fOl'ma viciada en que actualmente se hace.

Yo cOllversaba hace tiempo con un distin­gnido ~\ I ('alele (¡ue tuvo la Municipalidad d(' Viña elel Mar, don Eduardo Grove. El seño~ Grave preyeía lo que ocurriría'. en el Casino, y en má,s de una oportunidad me indieó la. l!ecesid¡Hl de dictar IllI reglamen­io <¡lIe ¡'est1'illgiprR la. ('IJi'rac1,1 ¡jJ Casino ele Viña; me decía: "Si esto no se hace, se Jll'otlueirá tal per,jnic:io sociaL que llegará UJl momento e1l que el País entero estará en contra de los juegos de azar". Y ha ocu­l'l'ido exactamente lo que el señor Grov'c previó.

En todo caso. señor Prrsic1ellte. deseo ha­('.('1' llega]'. (lesele esta tribuna, al señor Mi­nistro c1pl InJerio1', mis más sinceras felici­taeiones por las medida" que ha tomado, ;" decirle, en representación de mi partido, flne l(' ofreeemos para ('llas toclo lluesko rpspaldo.

Pido q1le se oficie ,11 seüo]' Ministro del Interiol'. en mi ll~Hllbl'(" a fin ele que se si]'­va l'('('abar de S11 Bxcelencia el Pre8identr <le la. Repúbliea la inclusión, en la actual eonvocatoria, del proyecto que, sobre el Casino Municipal de Vifía del Mar, presen­té en rompañía elel H011oC'able seño]' Correa. Además, que se envíe al señor Ministro del I11tcl'io1' rl Diario de SesioJ1(~s correspon­(liPt!tr 11 la prcsrnte sesión. q11e contenclrá las ob.~erYaCi011es que a.eabo de formular.

El señor Alessandri, don :B'ernando (-Pre­sidente).- Con el acuerdo de la Sala, se enviará el oficio solicitado, en nombre de Su Señoría.

Tiene la palabra el HOIlo,'able señor Maza. El señor Maza.- Señor Presidente, pa-·

1'e('e que el Honorable señor Muñoz Corne­jo desea 1'e1er1rse a ese mismo tema.

El señor Muñoz Cornejo.- A otro tema, Hon()l'al~le colega. gIl'" debió tratarse en la sesión ele aye.:·. Ruego a Su Señoría tenga ,1 bien cOlú:ederme unos cinco minutos.

El ~eñor Ma·za.- Hay tanta sesión por delante ... Creía que iba a hablar sobre ese tema y no tenía inconveniente en conceder­le la interrupción a fin de que no se per­diera el hilo.

El señol' Muñoz Cornejo.- Pedí la pa­labra una vez que terminó de hablar el Ho­norable señoc Fi.gueroa. No estoy inscrito y le agradecería al Honorable colega me concediera 'unos minutos.

El señor Maza.- Se los concedo COIl mu­cho gusto.

El seíl0r Alessa,ndri, don Fernando (Pre­sidente).- 'riene la palabra el Honorable .srñor Ml1ñoz Cornejo.

TRDGE',SIMOITER,ICER A'NlVERSA~m DE LA REViOILUClON RUSA.- ALCANm!::,S A UN DISCIURSO DEL 'Sr. LAFERTTE

El señor Muñoz Cornejo.- Agradezco al Honorable señor Maza su benevolen('ia.

En realidad, no voy a plantear un tema especialmente prepacado, sino que deseo re­ferirme. señor Presidente, a algunas pala­bras del Honorable señor Lafertte, que no escuché. pero qUl' leí en el Diario de. Se­siones de la penúltima sesión.

Por las informaciones que he tenido,ellas fueron pronunciada.s en circunstancias dé que en la Sala solamente había dos o tres Senadü<::es. Como el hecho de que ellas no hayan fenido respuesta pudiera apareee¡' eomo una ~ceptación tácita a todo cuanto aquí dijo el Honorable colrga, quiero, aun­que sea nU poco tardíamente, referirme a lo manifestado por el Honorable señor La­fertte. No sea Ique, por aquello de que e, 'luien calla otorga". pue.da la opinión pública pen­sar que 10s Senado';'es que figuran rl1 'la HFi­fa de asistencia a esa. sesión, Con su aparen-

·'1

I

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,

I

l.

SENADO DE CIDLE

te aquiescencia tácita, aceptan c'Omo verdad

lo afirmado por el Honorable señor La­

fertte. Por eso ocuparé la atención del Senado

por muy breves instantes para exteriorizar

mi más absoluto desacuerdo con el cuad.,'o

presentado por mi Honorable colega comu­

nista acerca de la situación de!" pueblo en

un país que es víctima del régimen que Su

Señoría propicia.

Empezó su discurso el HOllorable señor

Lafertte celebrando el aniversa.rio de la re­

volución que llevó al poder al régimen ac­

tualmente existente en Rusia. Su Señoría

saludó 'esta fecha como el advenimiento de

un día de gloria, de libertad y ele triunfo

para el pueblo ruso, y, usando un lenguaje

que hoy día se va ha:ciendo muy corrientt'.

pero que, en el fondo. no traduce el verda­

dero pensamiento de quienes lo emplean,

celebró la situación del pueblo en las "de­

mocracias populares". Esta expresión ~­

otras semejantes son muy corrientes hoy

día, no sólo en la prensa comunista, sino.

también ---<parece que por un contagio co­

lectivo- en la no comunista.

Su Señoría celebró -hizo una apologÍa­

las demo'cracias populares C01110 un r,égimen

ideal de libertad y de verdadera democra­

cia. Pero, en el fondo. ¿ qué significa, Ho­

norable Senado, esta t'xpresión democracia

populll!!"1 Yo la tomo como 11ll verdadero

contrasentido, porqUe no puede snbsistil'.

ni en el heCho ni jurídicamente, una demo­

cracia popular. El concepto democra:eiR, ('0-

mo lo enlendemos los hombres lihres, los

que vivimos en un mundo libre, es el po­

der de] pueblo: pero no en el sentido res­

tringido del pode.r de la ple,be, sino del po­

der de los habitantes todos de un país. Esa

es la verdadera democraeia, el régimen ('11

el cual influye en los destinos de la 'patriR

tanto el intelectual como el trRb'a:iadol' ma­

nual, tanto el capitalista como el artesano o

el obrero. Ese es el v('rdadero sentido de

'la democracia. Pero, ahora, 10-'; defensOl'es

del régimen de opresión que el eomunismo

establece en todas partes, han inventado la

denominación "democracia popular".

Han abandonado ya aquella eXp'resióll

~'dictadura del proletariado", qu(', evirlen­

temente, despertwba resistencias, y 10 re<

emplazan por este otro concepto moderno:

democracia poular.

¿ y cuál es la demoeracia popular? ¿ Qué

significa, en la pala,bra y en el hechof Acu·

climos al Diecionario de la Lengua y vemos

que la expresión "democracia popular" no

tiene sentido. Como decía hace un instant(',

demo'cracia envuelve el concepto de qne to­

da la población podrá influír en los desti­

llOS de la patriR. ~' popular, como dicen Sus

Señorías, limita el coucepto democra(~ia. Y

lo limita, no en beneficio del País, no en be­

neficio del mayor . número; lo limita a 10

que, en mi concepto y en el Diccionario ele

la L'engua, significa popula,:,: p]ebe,popn­

la.cho.Es decir. democracia popular signi­

fica la democracia del populaChO: de los in­

eapaces. Sus SeÍÍorÍas eliminan a los que,

por mayor preparación, por mayor estudio,

por mayor interés en el destino de la pa­

tria, no forman parte de la plebe, 110 SOl!

el populacho. De manera que Sus Señorías, cOn este

concepto que repiten a diario en todos sus

discursos y escritos, en las pala·bras que

pronuncian eu el Parlamento, "an engañan­

do a la dase popular, van desfigurando el

verdadero eoncepto de democracia. JJOS re­

presentantes del comunismo en el mundo en­

tero se rstán vistiendo e011 un ropa.ie qne

110 les coreesponc1e, porque Sus Señorías.

por principio y por doctrina, son contrarios

al verdadero concepto de democracia. Su.'!

Señorías no aceptan el eoncepto demuera­

('ia en la forma amplia y en el verdadero

sentido de la palabra; lo a.ceptan reskingi­

damente Y, por eso, Ir agregan la palabra

"popular", a fin de establreer que solamen­

te pueden influÍr en los destinos de la pa.­

tria aquellos qne forman parte de la ple­

be, aquel'los que tienen menos preparación

para decidir ell los dt~stino" de la pab:'ia,

aqurllos que no tienen mayol' interés, a

qlliel1('s nada k" importR el día de mañana.

He querido haeer esta rectificación, por'

que el Honora.hle f';PÍÍ01' LaferUe no aparl'­

('l' conÜ'adicho por ningullo de mis HOllo­

rabIes colegas y, según entiendo, no pudo

serlo po':'que nin g'uno de ellos estaba pre­

sente. El señor Lafertte.- Estaba yaeía la Sa-

111. señor Senador.

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 19'5.0 377

El señor Figueroa.- Me gustaría que el Honorable señor Laferite dijera si 1'11 Rn­sía existe esta "democracia p0I?ulal'''.

]j}l señor Lafertte.- Existe. ]<~l señor Figueroa.- Yo le podría cleeir

a Su Señoría en qué consiste, I'lltOll(~eS, la "democracia popular" que impera en H,n­sia, porque he estado allí: no he visto lila

tiranía peor que la que hay en Rusia: es el espionaje organizado oficialmente.

El señor Lafertte.- Yo tambiÍ'n he esta­do en Rusia.

El señor Muñoz Cornejo.- Pero Su Se­ñoría ha ido invitado. I~'ué COIl venda en los ojos. Su Señoría no pudo cOlloc'e]' lo que, en ,realidad, allí sucede.

'Creo que Su Sefíoría, siueeralllcllte, sien­te lo que piensa. No podemos dudar de la sinceridad con qlle procede. Pero reconozca tambi,én :Su Señoría. que podemos pensar -'}' lf'gítimamente pensar- que él est~ profun­damente equivocado ~. que seguramente, ('re,vendo que bnsca el bieneRtal' de la 1'a­tl'ia, eRtá propiciand.o la ';'uina, la muerte al' la democra.cia chilena, de eRta verdadera democracia, sin ea:lificativo: "democl'acia".

El señor Lafertte. - ¿ Dé' esa democra­(·ja a la cual se refi,:~ió flyer pi Honorable, ;;eñol' GOllZÍl l('z? ,: De éSH ('st~ lJahlando Su Señoría?

El señor Muñoz Cornejo. - Esto~' ha­blando de la c1elllOeracia tal e01ll0 sr enbell­de en los países libre,;, . Honorable eole~!ll ..

]JI Reiíor Lafertte. - D(· ésa [lié de la que habló ayel~ uquí rl Honorable ¡.;eñol' GOIlzález.

El señor Muñoz Cornejo.- ... 110 de esa democraeia disfrazada que Sus Señorías quieren p.:-esenfar como un paraíso en la Tierra y que, por desgracia, como apunta el señor Senador Figueroa ,\ngnita, es la peor, la más terrible tiranía que ha e0110-cido el mundo.

Acaho de lceJ', HOllontbles ('olegas, uu'ji­,bn> interesantísimo, escrito pO<" Un ,~¡leerdn­

te católico que. mediante la amistad de 1111

eoronel del ejérelto soviétieo, log¡'ó entrar disfrazado a Rusia ...

.El señor Lafertte.- i Qué buena amistnit! El] señor Muñoz Cornejo, - ¿Cómo? El señor Lafertte. - i Qué santa amistad! El señor Muñoz Cornejo. - Evidente-

mente, Honora.ble eolega. Desde luego, pne-

de estar seguro Su Señoría de que ese sa­cerdote jamás ha manchado sus manos eon la sangre de un hermano, como lo ha hecho el Generalísimo Stalin, a quien tanto vene­ra Su Señoría, Puede estar seguro de qUli! ese sacerdote, amigo del coronel soviético, nunca ha enearcelado injustamente a milla­res y millares de seres humanos, como lo ha hecho en la Rusia Soviética el Gene:-alísimo Stalin.

1m señor Lafertte. - Pero es seguro que el coronel ha heeho estas cosas.

El señor Muñoz Cornejo. - Seguramen­te no, Honorable eolega,

El señor Lafertte. - ¿Por qué no? El señor Muñoz Cornejo, - Por las infor­

maciones que conticllc ese libro. ~o voy a eansa,:~ a mis Honorables colegas leyéndoles parte de esa obra: pero ese hombre, que abrió las puertas a un lJombre libre, para ~ue fuera a conoeer los horrores de su pa­tria :: pedirle que hablara en el exkanje­]'0 en favor de la liberta.el de miles y millo­]leS de eiudadanoR oprimidos por la dicta­t1 11 l'a del Soviet, no ha eontrib1'lido ni a asesinar ni a aprpS31' hombres injustamen­te. Ese r~O]'OJ1E'l anhela. la libertad para sus eOI]('illcladll110S ~-. ]10~~ eso, quiere dar a 1'0-

lloerl' ,1] ll111ndo entero la verdad de lo que oet1l'Y'r tras la "c'ol'tina de hierro".

Si e] "paraíso soviétieo" - no digo que fuera un paraíso-, si el tal paraíso fuera siquicra una sombra (le paraíso, ¿p(~:' qUl' el afán del Gobierno ruso de impedIr que (·sr irlral supremo sea eonocido por la hu­mnnida(l ('nte1'a, a la. eual (juier'cn imponer­le pI j)m'aíso por la fuerza, antes de COllO­

(:"1'1 () ?

Si esa libertar] ([1](' Su Seíloría lFodama que existí' ell Rusia fUí'ra l'í'aJidad, ¿DO]' (Illr. el Gobiel'l1o ruso prohibe ~l los cind.a­(lallO,~ rle su propio suelo, ha('iellrlo 1111 (,ll­

sa,vo, como pUN1(' ha('crlo cnalf/lIie]' llollll¡¡'(' ('11 1111 p:lís libre y (lemol'nHieo, salgall a ]'(~(~O]'r'('c el 11l1l1](lo?: ¿,PO]' qur impide IjlW

se ('.onozea la I"P]'(lad pxisíente tras la (~Ol'­

tillil de hiprro ;.' qne los eiudadClnos SOyif~­

tic'os se impOl1l2'an de lo (Iue sucede ll1~S (j(''¡

cll' la e.ortina? El sefíor Lafertte. - ¡,Como IOR Estados

Cnirlos p fnglatel'l'a impirlen 11 los ('O'mnnis­(as COlloeer S11 realidad!

HI Refíor Muñoz Cornejo. - Estarlos Uni-

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378 SENADO DE CHILE

dos e Inglate-'..'ra son países que tienen sns puertas abiertas al mundo de par en par ...

El señol" Lafertte. - í No es eierto! El señor Muñoz Cornejo, - Sí, HOlloril­

ble Sena.do]'. He recorrido Esta'dos Unidos p Inglaterra, si11 SP]' invitado, como Su Se­fíoda por el pueblo rnso, ~. puedo aseguren' que nin:gún país del mundo puede jactar­se de pl'actiear realmente la libertad y la tlpmocracia. como Inglaterra y Est[1do,s Hnidos. Ahi el hombre es lih1'e ¡Je v('l'dad; ahí el hombre, realmente libre, busca el por­venir que quiere y no está sometido al:'i­gOl' del látigo, como ocurre en la Rusia So­"iética,

Hablaba Su Señoría, en el discurso qne pronunció en la sesión antepasada, de la situación maravillosa del pueblo ruso. ~\ pesar de todas las dificultac1ee para cono­eer la realidad, no ha.y poder humano sobre la 1ier.::,a, por tiránico que sea, que impida que la verdad sea conocida: y Enrc:pa y "\mérica conocen, en parte siquiera, la rea­lidad de Jo que ocurre ell Rusia, y esa par­te que se conoce, es suficiente para espan­tar él Jos hombres yerdacleramente libres,.

Po]' eso Jamento qne en esta. tiecl'a ele lihertwl ha;va quienes propicien el rigor rlrl ]iltig-o y la esrlavitnd de sus rnn('imlnllanos, ('01110 Ir¡ J1a('(' Su ~cii.()rÍi!.

Rus Señorías, cegados tal Y('Z po]' d espe­jismo de Jo que les ban qnerido mostrar ('11

Rusia, ofuscados ~' rOI1 11na imag'inHción qne no les permite ver la realidad, quieren establrcel' en esta tiel':'a belldita el nu¡~'ol' ¡)CHIc]' de eselayitnd que ha existido,

EspenJ tener una próxima oportunillad 11an1 t¡';1.tm' este asunto: pero me pareció oportnno--- y por eso solicité una interrup­c·ión al Honorable señOo:' Maza - manifestar mi ahsolllta (lisconfOJ'miclat1 COl! lo qlle el HOllOJ'ahle señor Lafcl'tte expuso en el ~e­nado.

Creo ~'n --~- (',,10 Jo (ligo mil" hiell ('ll

hm.lOl' (lel señOl' Senador -- que Su Seño-1''Íia. tUIl. ·s;'nClel'Hme)nte cl()l1jven'eido: pPj"O illyito a Sus SeñorÍas a estlldial' ~- (:01H)('el' la realida'd, para qne caig-il l~ venela que enlv'e sus ojos ante la verdad de Jo qne oen­l'l'P en rl mundo y puedan, rntonees, propi­eiar la vpnladerll (le!l1oeracia. d(~spué~ (1e conocer lo l]lle es ln (lpIl10el'(\eia (~llil('nH, :11\-

te la falsa dell1o(,l'acia ele los pueblos sovié­ticos,

"\gl'a.dezto a mi Honorable eoJegH 111 in­tl'l'j'upcióll que sr' :;;i.;'vió coneederme,

lNFORME SOBRE LA CATASTRO FE DE LOTA. -OF.ICIO

El seuol' Videla. - ¿ }Ip llPl'miü', senor Presidente '¡

Ccs('o so]ieiüll' se dirija tJficio al señor :\liJJislro (le EeOllOltlía ," COInel'l:io ton el fin üe que se "i1'va nlllitir al Sellarlo t'l in­fOl'me sohre la últimH tatástl'ofp o('w'I'ida en Lota.

I~'l dehate habido ayer, llUl'Clllte el ellal se hicieron afirmaciones C0111 pletamente desprovistas ele basr, a mi modo de vel', me aconseja pedir o;e remitan esos <lllteeeden­tes, pol'(!ue estoy seguro de que en el deba­te qur volvel'áa prornoverse acerca de esta. matecia, se clesyil'tual'án tales afil'l1laeio­nes.

l<Jl señol' Alessandri, don Fernando (Pre­sic1ente). - SI.' ('¡¡viaj'á el ofjeio solieit,ldo por Sn Señoría,

¡OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO AL PROYECTO QUE REORGANIZA EL CON­

SEJO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

El sr:íior Alessandri, don Ferllando (Pl'C­siden1e) , - l'~)j eOllJ'ormidad eOll l'l ill:Uej'­l10 adopta.do ayer por e'l Senado, corres­ponde votal' el veto de S. E. el Presidente de la Repúbliea al pl'oyecto "obre ,:'eor,g'an i­z;1eiól1 elel Consejo ae Com('rcio Extf'l'io)'.

El seDO!' Secretario, - La pl'imer<l obsl'l'­"ación ¡le] Bje('ntivo, l'rC'}¡azar1a po!' lH Cú­l1tal';l. lIt' DiplltH(los ~' en 1<1 ellal l'sh¡ Co!'po­I'ación lia insÍtdi(lo, tlit·(> lo ~ii!lIit'llte:

"a) I,a (11](> licuc J)()j' ob.ido .:"eel1lplazal' el ill(·i~() ('11<l!'10 d,'1 :lr1í('I¡Jo 2,0, '1I1t' di,'(': "La fi.j'l(·jóli de 1 ipo de (:<I111hios illlpj'lliU,jo­:1:1 1(,,.; ;,.,(10 podl'i1lJ se]' ,wo!'dada,., po!' Ik('['('­tI) ~IIP;'l'nt() ('Oll la fil'ma dl'1 J[illistru ¡JI'

"'lía y Comercio, previos infol'llH"'" f,l­"o)'i!hl(,s c1p] Consejo Naciollal de COllle':"eio 1,", "Ti"1' ," ¡le[ Banco Central ele Chil(~", por ('l .,.,i¡.!'uiente: "En la aplicación de tipos r1l' t',llIlhio "e slljf'taní a ]n;; IlOt'nHlS g·PIlPj'¡¡I<·s

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 379 c:.: .- - -"- - . - _'_.-,===_~==------====_::-===-==----=-=,--~~ .. ___ ---=--~ __ _

que le imparta en igual forma el .Ministro de Hacienda".

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente). - Ell yotaciÓll la observacióll,

El señor Secretario. - ¿He allT'neba o !lO

la observación t -(Durante la votación), El señor Maza, - Tambi(,t1 ,"oío que ]lO,

-Risas, El señor Alessandri, dou l<-'el'llaudo (Pre­

sidpllte) ~~- Terminada la votacióu, J~I st'ñor Secretario, - Resultado de la

votación: 28 votos por la negativa; 2 votos por la afirmativa v 1 abstención,

El SE>ñOl' Maza, - ¡ Parece qlle S(' 11<\ 101'­

mado una nueY<l mayoría ~

-Risas. El señor Alessandri, dOll Fernando (Pre­

sidente), - El Rpllac10 no aprueba la (1)­

se'c'vación, Se podría iwús1iJ', si al 8('llado le parce'e,

('011 la misma votación. Acordado, Bl señor Secretario, - La seg-unda obser­

vación consiste en agregar, en el artículo ~,o, inciso final, la siguientr fr'ase: "sil! prl'jl1icio ele lo e<;tablecido en el inciso 4,0 ele este artículo",

El srñol' Faivovich, - ¿Por qué no re­(']¡azamos torro ron IR misma votación?

Bl scñ(~; Poklepovlc, - ¿ 1~ insistimos (~()1l

la misma votación? El señor Alessandrí, (1011 Fel'nanrlo (1'l'e­

si(lcntr). ~- ¿Habría acuerdo para recha­zar toc1lls las obser"aeiones E' insistir con 1;1

misma votaci6n? Acordado, --Las restantes observaciones aparecen en

el oficio inserto en la ¡mgina 292 de la pre­sente sesión,

El señol' Alessandri, don Fernando (Pre­sic1E'lltr). ~ (jontinúlllllos Tnei<1ellrcs,

Tiene la palah"a el HOllor'nbk s('ñol' )j¡¡­

za, T~l 'wí1()l' Tomic, - ¿, }lc permite-. señol'

Presidente T Deseo qlle mi voto respecto él, , ,

El señor Maza, - i Desea Su ~{'fíoría 1'('('­

tifical' su voto? Porque yo 'voy n i1li(·jHl' lnis observaciones,

El señor Tomic, - T10 haré drspués Jll(,­

joro Honorable Senador, El seño; Maza, - Su Señoría estií (:on-

forme con que se haya formado la nueva mayoría,

El señor Allende.- j Ingresó a lacombi-, , I llilClOll, , , ,

T1~1 señor Tomic. - Estoy en ella, , .

PROBLE,MAS DE LA PROVINCIA DE VALDrIVIA

El señor l\Jaza,- Señor Presidente: Bn la ciudad de Valdivia acaba de veri­

fieal'se una brillante e importante exposi­ción, No tuve el agrado de concurril' a ella, por motivos personales que no pude sullsa­nar, Pero, por las comunicacione.<; que han aparecido en la prensa. puede verse que allí se produjo un easo llllevo .1' se ha1Jló al' (:0-

sas yiE'jas, Lo que se produjo ele lluevo l'e­side rll (iue, por primera vez en la histo:'ia jlolítieil (le Chile, el Primer Mandatario ha rebatido el diseurso de un eandidato a un ('¡ll'g'o ele p'leeción popular, Me limito a eIlllIlCi al' r 1 h peh o ('01110 un aeoll tecimien to histórie(j dig-no de ser tomado en cuenta pa­l'a 10 fnturo, ~- llO a (·0I11entarl0. porque ell-1qlTÍn al terreno (le una fiscalización que 110 es cOllveni('nt(' y que (',; impropia de es­ta Corporación,

Las (:osa" \·iejas de que Sp lJabló allí SOll

,,1 tlll'i"1l1o .1' la Siderúrgica, Se prometie­]'0]) 11111('11a5 cosas en favo!' <1el turismo, Se lw bló (1(' 1(1 bellE'ZCl dp la. j'egióll; pel'o, rles­pn(;", ele l'ppej i l'se lo dicho ya tanta.s vpces, nada se ha he('lto para clispollPr: los medios lle{:l'sal'ios p¡o:'a qUt', de una manera. fácil, ,S" ¡)Heda terminar pl hotel de Valdivia, ni panl eom¡;:níir hoteJes de 111ell01' importan­(:i,1 que sün indispensables para la existen­(·in (le 11])a eOrl'iente tnrÍstica en la región, '('ampoco se habló de la convenienria de E'1I­"iar pronto 1In proyci'to que rectifique el tl'1\ ZH (11J II el ferrocarril longitudinal, a fin de <11[(', rlesde Jlanco, pasr a Valdiyia, ,1',

df's(lt' }I]¡Í il La Unión, para qne la capilal tUl'í¡;;ticH e industrial del Sur, la ciudad de Y"¡¡ldivi,l, 110 sig·a "jrlHlo rnmta c1r ricleB,

El II()1H~l'al)'le s(~ñol' A:11l>11(1c' Re refirió h ¡!l'" poro a otra de las cuestiones viejas j l'aja(las ('11 la Exposieión c1e Yal<1ivia: al pl'oblemil ele los altos 11Ornos de Corral. También en esta ocasión se di.jeron cosas Y('ílll~r "eces rrpetir1aR, Pc<;'o hace mucho tirmpo qne estamos !'spera,nt1o el pnJ~'eeto

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aso SENADO DE CHILE

ofrecido por diferentes Ministros de E-co­lJomÍa para arreg'lar la situación creada a la industria siderúrgica después del naci­miento de la usina. de Huac'hipato.

Se habló también, ante el hecho de (fue las aguas claras de los ríos se enturbian po­co antes de la ciudad, de la erosión de los tClTcnos ~" del embancamiento de los río:.;. por llO ha!bE'rse tomado medida alguna 1'es­p<,cto de los sobrantes de los lavaderos de 01'0, que actualmente caen a los ríos. Sobre el particular, tenemos presentado un p<::,o­yeeto los representan tes de Valdivia.

y sin perjuicio de continuar mis obser­vaciones, pido Se oficie al Presidente de la República, con el objeto de que :-le incluya. entre los asuntos que puede tratar el COll­greso, ese proyecto, en el eual se estableeen penas severas para los indHst~riales _ qu<, continúen botando los e(':'ro,> en forma de barro a los ríos, con lo que éstos se estan­can y continúan quitanrlo fOlldo al puerto de Corral.

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente). -,se oficiará al Gobierno en nom­bre de Su Señoría"

El señor Allende. - Con la yenia de] Ho­norable señor Maza, pido se agl'egne mi nombre al oficio que él ha solicitado, pues me cuento entre Jos firmantes del 1Y:-'oyerio a'ludido.

El señor Alessandri, don F'ernando (Pl'('­<¡iliente). - Se agregará el nombre de Su Señoría.

El señor Maza. - Además, señor Presi­dente, la prensa ha informa~lo que se ha designado nna nueva comisión de ingenie­ros para estudiar el problema ele la erosióll de la 7,ona del río Valdivia y sns afluen­tes y el embaucamiento de ln' bahía de (;0-

'1'1'al. ERtOy convencido de que la mayor rémora de que adolece este País es lo po­co que se ejecuta. y 10 mucho que se diseute; tooo se pstuclia ~" se vu(']V(' a ('.~hl(lial·. Es­to !la la impresión de que los actuales fnll­eiollarios no tienen düectivas y qlle <'5 J1lP­

llpst.er reunirlos ]If'Tiódicamente para que 'W formen opinión (le cada problema. po!" ba'ladí que Rea, y como jamás se resuelven tales problemas, con una prime.ra, ni con una segunda, ni COn una tercera eomisión, porque siempre queilan va'cÍos que Henar, re-

sulta que los asuntos, por simples que sean, se complican, se postergan sus resoluciones y con eHo se pierden tiempo y capitales,

No quiero creer que este procedimiento que ahora la'1llentamo~ se deba a meno" competencia profesional. jlás bien pl"C­

fiero creer que es fruto de esa tremenda bnroc-racin ele q1le estú infestado el servi­cio fiscal .'- que hace que Ull asunto vaya df.' 11n punto a otro y vuelva al mismo si­t lO l'eiterad¡¡,mente sill conseguirse Ulla l'e­

;,o]ucióll definitiva. ¿ Qué otra cosa se puede pensa.:' (le pro­

blemas que están considerados en otros países como cosa resuelta desue ya muchos años, como es el caso de la erosión de l()~ campos de cultiyo? ¿ ~\. qué viene ahora la designación de una llUe\'a y numerosa co­misión de ingenieros que se aboque al estu­dio de la misma cuestión? La Oficina de Tierras, el Ministerio de ~\gl'icultura, el f)('partamento de Camillo.,; de la Direeciún ele Obras Públicas deben, necesariamente, tenec personar compete11te que sepa lo que se deb€ hacer. Ya no es cosa die! otro mUll­(lo este tema.

Por otra pal'tp, el pSÍlHlio del embauea­miento del puerto de Corra.l se viene reali-7.anclo desde mucho antes que el Senador que habla tl1vien uso de razón y, sin 1'111-

bar[!O, una nueva comisión se designa pa­~'U voh-el' sobre el tema y nada efectivo se iw.ce para eyita,:' ese ¡.rl'aY(' mal para la re­gión ~- el País. E~ realmeute ingrata la labor elel l'ilrla­

:-;wutario que necesita referirse periódica­ll,ente a temas como el indicado y que, en l':lda ocasión, solicita de los Poderes Públi­e~'s una información al respecto, sin obte­ll''r respuestas satisfactorias.

El puerto de C()c'ral sirve de salida a los pl'oductos de una región rica ~" prósperu '[l1C ;,ufre (lc la falta de se¡.rnridad para las naves que allí fondean. Se ha visto que muchas de éstas han debido levar anclas antes de terminar su carga, pcrque tocan fondo. En otros términos, el puerto de Co­nal no es seguro, lo que significa eneare­cimiento y restricci6n de fletes.

Haee algunos años se designó ulla comi­sión de ingenieros de prestigio para que propllsieran al Gob"ienlO una so'h1Ción de-

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SESroN 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 381

finitiva para el puerto de Corral. Esa co­misión evacnó su informe; pero en esE' afán (l. que me he referido, de no llega,c' jamfls 11 lln resnltado, se posterg'ó la resolucióll a cJue se había arribado con el objeto de S01l1etel'la II pruebas ele laboratorio en Es­tallos Unidos. Los años han pasado, se han invertido cuantiosas sumas e!l dólares ~' las ('osas han q.uedado como antes. Sobre lo absurdo de esta medida traté extensamente lCn ocasión anterio:', desde es1 a tribuna.

y ahora se designa una comisión m¡s. i Qué se persigue, si ha habido .\'a tanta.s eomisiones para tratar el mismo objeto? ¿ Qué resultados ha dado el estudio que 'le ha estado realizando durante más de dos aflos en Estados Unidos ~

Estimo que no es posible sacrificar con tanta dejación loo intereses de una provincia rica y próspera, Lo menos que se puede pe­dir es que esa región tenga una puerta fá­cil de salida para 'sus productos; de otra manera se produce la asfixia, el estanca­miento.

Pido se dirija oficio en mi nombre al , , ,

señor :Ministro de Obras Públicas para que se digne informar al Sellado sobre lo que se ha hecho o se proyecta hacer en el puer­to ele Corral, clonde en años pa.'lados se arrojaron muchos millon('s de pesos sin ning'ún resultado, a no ser ('1 mayor emban­camiento producido por obras mal elispnes­tas y peor ejecutadas.

El señor Alessandri, don F'ernando (Pre­sidente). - S(' c1irig-irú ('] ofirio pedido pOl' Su Señoría.

,TUE.GOS DE AZAR EN EL CASINO DE VIllA DEL MAR

El señor Maza. - Ahora voy a ocuparme brevemente de un tema que acaba de tocar ('1 Honoratile Senador por Oautín, señÜ1' Figueroa Anguita, relacionado con el reg'la­mento dictado por el Ministro del Interior ~obore restricciones para entrar a las salas de juego del Casino ele Viña del Mar.

Cuando el Honorable señor Fi.guerQa pro­nunció un elocuente discurso en defensa del proyecto que él y el HonoraJble señor Co­rrea habían presentado para poneI1 tér­mino al juego en V:iña del Mar, tuve opor­tunidad de c1eeilI' alguna¡:; palabras al Sena-

do. Como el proyecto volvió a Comisión, no se pudo adelantar más en su discusión y estudio, porque estábamos ya en vísperas elel término de la legislatura ordinaria, y en la actual convocatoria no se ha incluído el referido proyecto, el cual - ('['ea no cqui­yoearme al decirlo - seguramente no serú incluído.

Las observaciones que hemos oído d('l Honorable señor Figueroa son muy atina­das, pero no voy a aplaudir al señor Minis­tro del Interior por el reglamento que aca­ha de dictar. Este es, señOr Presidente, un pa.rche, una pomada que se pone al bubón que existe en el Casino de Viña del Mal'. X o es el remedio definitivo.

Dije en una opoic·tunidad - y lo repetiré ahora - que el mal de este asunto está en la forma misma como está organizado el sistema del Casino de Yiña de! l\{ar.

:F'uera de reconocer comó efectivo iodo -iO qne ha manifestado el Honorable señor Figueroa, yo pregunto: ¿ cómo es posible, señor Presidente,que una misma institución una misma persona jurídica, tenga las si­guientes atribuciones: llamar a conCTh~SO, elegir al que debe ser Rreferido, otorgarle la concesión y fiscalizarlo para que no aimse, y que al mismo tiempo esa institu­ción tenga interés en que el juego produz.ca lo más posible T

¡.Jo se pueden mantener todas estas at;·i­

bUiliones en una sola entidad jurídica P!] 1:1 qU0 se contraponen tantos intereses: El mal reside en lo que estoy diciendo, sin que sea mi propósito considerar lo que le da más a la capital del turismo en Chile. No. qil' ero eonsiderar solamente estos puntos, 'Ill" 8('11 de estricta moralidad pública.

En cOllseeuencia" el Minist¡,o del Interiuc', en vez de decirle a la Municipalidad de Vi­ña del :Mm' que resolviera luego sobre el concesiona.rio del Casino -según me ha di­cho un miembro de la MUllicipaliélad, r qllP por eso se vió obligada a llamar al mis­mo concesionario anterior y darle la con­cesión-, debió dictar el reglamento qU9

aplaude el Honorable señor Figlleroa r ve­nir a nuestra Comisión, pa.ra estudiar el proyecto correspondiente.

Como la consideración de este asunto continuará, seguramente, durante la legis­latura ordinaria, cuando se discuta el pro-

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382 SENADO DE CHILE

~'ecto propondré el articulado del caso pa­ra consignar las ideas que estoy señalando, cs deeil', para separac lo que no puede jun­tarse; para que una autoridad sea la que ()j OJ'g'IlC la eonecsióll, y otra. 1 a que fiscalí­eC al concesionario. ~' para que en ningún paso tellga rl poder fiscaliza.flo]' la misma pntidac1 que s<' beneficia COIl el funciona­Illiento de las salas de ,juego.

En seguida, no sé que el reglamento diCJ' lado POJ' el sellor Ministro (:ontenga ningu­na medida con respecto al sistema. de ha­ce,,' préstamos dentro del Casino parn "ue '" l' l

RC Juegue mas. El señor Figueroa.-· Xo se 10ea ese

punto. El señor .Maza.- He tenido oportunidad

(le conocer (:asinos que funcionan en otros países y sus salas de juego, y he compro­IlUdo que en ninguno de ellos se admite una cosa semejante; en nillguno<.;r dan facili­dades para que una persona, r11 los momen­tos de natural ofuscación que produce la pérdida de ingentes sumas, puecla compro­meterse tomando en ]x.'éstamo más dinero, segucamente para seguir perdiendo. En cambio, en el Casino de Viña del Mar hay una comisión, sección o departamento espe­cial, encargado de cleeirle a la gente que ha perdido su fortuna, sn sueldo del mes o la gra.tificación que le aea-uan de dar, tI ue aen­da a esa sección del Casino el hundirse mfts. comprometiéndose COn pr{>stamos de dinero.

En otros lugares, hasta la,; ('asas de em­peño son fiscalizadas. y a la gente que sale en ciertas eondiciones de las salas de jue­go Se las vigila por la policía, a fin de que no caiga en manos de la usura; aquí la usw ra está instalada en el Casino mismo. Es­tas son cosas que el reglamento aludido no toca, pero que algún día -espero- podre­mos considera.r en el proyecto que está en Comisión. Declaro, desde luego, que inter­vendré para que se incluyan entre sus dis· posiciones las medidas (le mOl'al idad ql1~ (eS

neeesario nrloptar respeeto del luncio!1a­miento del Casino Municipal ele Viña del Ma.r.

Esta.,. son las ':,nzones que tengo p¡¡ra aplaudir, pOr un lado, el resultado de la campaña, sostenida 1'01' el Honorable seÍÍw Filgueroa. y para lamentar, por otro, la dic­tación de este reglamento jan incompleto.

que da la impresión de que el Gobierno no (l1üere poner el dedo en la llaga. ],amento, asimismo. que no se haya incluíc10 esta ma­tel'ia en la. actual Convocato"'la, con 10 que se priva al ¡Parlamento de estudiar una cuestión tan importante y de tanta urgen­cia como es ésta.

DELEGAOION CHILENA A LA TRANS­MJSION DEL 'MAN<DO EN PERU y CO­

LOMBIA.- OFiICIO

El "cuor Maza.- En sesión de 1.0 de a.gosto, hi('e presente al Srnac10 mi extra­ñeza por el hecho de que se hubieran en­"iado Embajadas Especiales para la trans­misión del mando en 'al'gunos países amigos, sill que los Embajadores huhieran tenido el pase de esta Corporación.

Crmeneo,'clo en que llH'l'a una delegación It

hac~l' presentr nuestra amistad a esos paí­SN, amigos. pero me extraña. que en ('1 <lr­cr"\o correspondiente se dieran 11 las per'lo­Il!lS que intqrraban la Embajada las cate­gorías de Embajadores, de Ministros Pleni­potenciarios ~. ele Enviados Extraorelina­{'Íos, sin acuerdo previo del Senado.

Entonces, señor Presidente, pedí que es­rr a.~nnto fuenl en estudio el la -Comisión de Constitución, Legislación y .Justicia, y que se dirigiera oficio al señor Ministro de Re­laciones Exteriores para que enviara al S'El­nado los antrcedentes de lo~ decretos re5-lwrtivos ~' la opinión que cllos le habían me­r('('ido a la Contraloría Grneral (1r 1<1 Rr­pública.

Con poste-:'ioridad, en sesión de il de agO!;­to nltimo. hice presente a la. Sala que, como no había llegado la respuesta del señor Mi· nistro (le Relaciones Exteriores, pedía que este asunto se estudiara conjuntamente por las Comisiones de Relaciones Exteriores y (lr Constitución, [.legislación y Justicia, ; así se acordó. Se resolvió también reiterar el oficio que antes se había enviado al se­flor Ministro de Relaciones Exteriores.

El señor Minist.ro contestó esta petición. e'l 1.0 de septiembre, o sea, con bastante oportunidad; pero yo me impuse de ella mU­cho después, porque no se me avisó, sino que :se dió cuenta del oficio respectivo en una sesión y se envió al archivo. Estimo que ese oficio aebió enviarse a las Comisiones

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), ENMIlmc. 15 DE NOV. n:m 1%0 383

(¡Uf' trnían a sn cargo el rstndio de psta. ma­jeria.

'J'amb;pll ppdit'Íi¡ (J!J(, He a,';sal'a a los Se­nadores inter('sac!os ('!Hmoo llegllen las ·:'C's­puestas a 10,s oficios que se envían en su nom bre, además de incluirlos en la Cuen­ta, a fin de que purtlal! impOll('l'Sr <11' ellus (·on oportunidad.

El sellO!' Alessandri, don Frl'llallc1o (1'/,('­sidente).- Se tomarán muy en rnenta las observaciones del señor Senador.

El señor Maza.- Como decía, opodnll¡¡.­mente el señor Jfinistro (Ir Relaciones Ex­teriores dió respuesta a estos oficios; p0:0 se limitó a enviar copias elr los decretos, en los cuales, efectivamente, sr da a (';ertos <lrlegados la ealida.d oe Embajaf10res ·Ex­traordinarios y dI' Ministros Plel1ipotrné'.ia­rios, y agrega qur estos dpcretos fllPron tramitados por la Contcalol'Ía Geileral de la Repúbliea sin obsen-a.ciones.

No señala, como yo lo esperaba, los fun­aamentos que el Gobierno tiene para creer que puede, sin acuerdo del Senado, dar la categoría de Embajador o de Ministro Ple­nipotenciario a una persona que represen­tará al !País.

En vista dl' ello, señor Presidente, deseo se eIl'vÍe, en mi nombre, un oficio a la Con­tralorÍaGeneral de la República, para que se sirva informar al ,senado qué razones tu­vo para tramitar estos decreto.s en las con­diciones que he señalado.

Una vez que tengamos la respuesta de la Contra.1oría, lo que, seguramente, será en muy ,breve plazo, me permitiré citar a las Comisiones unidas para que den su opinión .v lleguemos a una norma aefi.nitiva al res­pecto.

Quiero dejae dI' nue"o bien el! claro, se­ñor Pres~dente, que no censuro que se ha­yan envia.do rstas drlegaciones. Al cont1'a­l'io, lo aplaudo. Ni censuro que las perso J

n.as designadas lo hayan sido COIl' la cate· goría de Embajador. Tampoco censuro que pueda el Presidente de la República otor­gar estas categorías sin acuerdo del Sena­do. Pero quiero salir de la duda, pUM cada vez que se me han confiado misiones de es­ta naturaleza, mi pase fué pedido al !Senado. Así, en 19<413, cuando concurrí como Emba­jador chilen'O a la transmisi6n del mando en

la República Oriental del Uruguay, al Ex­cl'lentísimo señor Amézaga, y también cuan­do en el Perú me correspondió representar a mi País en la transmisión del mando al gxcelentísimo señor lBu.stamante, mi de­signación fué acordada pOr el Senado de la República y no por simple decreto del ~Iinisterio de Relaciones Exteriores.

El sellor Alessandri, don Fernando (Pl'e­si d en te).- Se en viará el oficio solicitado, en j]ombre dc Su Señoría.

REANUDA('J}ON DE RELACIONES DIPLOMATIOAS CON YUGOES­

LAVTA

l~l sellor Maza.- Por ú:ltimo, deseo anun­~ial', sellor Presidellte, que aprovecha1ré al­guna sesión serreta que se celebre en la próxima sema.nét, para pedir que, si es po­si ble, se HOS diga qué razones ha habido pa­ra 1'('al1lular relaciones diplomáticas COI!

Yllgopsluyja. Natnralmente, no pretendo l¡Uf' pstl' asunto sc t':,ate en sesión pública, pero quiero prevenir que deseo tratarlo en la próxima semana para que el señor Mi­nistro de Relaciones Exteriores, si lo estima (,Oll\-eniente, asista a la sesióll respectiva.

Xo veo qné ra.zón pueda haber aconseja­¡lo n11 ('ambio (le actitud de Chile con res· lweto a Yugol'slavia, cuando el Gobie~'no (le C'se país no ha eambiado en wbsoluto su po­lítiea totalitaria. Quiero, pues, saber si exi~­ten razones de Índole muy especial, pues entiendo quC' sólo así se justificaría (1U(~

reanudemos relaciones con un país con el cual las cortamos por motivos que en mi opinión, aun subsisten. '

En seguida, voy a aprov('ehar esa misma sesión seereta. para referirme a la ':,espuesta (111e el seño1' Ministro de Relaciones Exte­riores ha dado a Un oficio que le dirigió el S'enado, en el cual se le pedía nos, man­dara un documento qne debe rxistir en la Cancillería, r'('spu?sta en la que él mani­fiesta por qné no lo ha enviado.

He que~'irlo anulleiar pn sesión p(tbJica es­tos asuntos para que el señor l\linistro se­pa que en sesión secreta de la próxima s('­ma.na los vo.v a tratar, por si crpe COl1ve­,,;pllie !'ot1cllT'l'ir a esa spsióu.

Up dieho.

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OONSTRU10Ql/ON DE ESTABLEOIMIEN­TOS ESCOLARES

El señor Alessandri, don Flnlando (Pl'e­sidente).- 'rien(' la palahra el Honorahle Reñol' 'rorres.

El señor Torres.- Seíior Presidente, a propósito de las observaciones que formu~ lé, incidentalmente, en un debate de la se­mana pasada. el gerente l1r la Sociedad COllskuetora de Estableeimientos Educacio­nales me ha ma.ndado una cart,a la cual por haberla hecho pública, me ~'ro en l~ necesidad de contesta r desde esta tribuna.

11anifiesta el señor gerente que le hall causado "verdadera, sorpresa las opiniones vertidas por mí, en la sesión del día 7, so­bre la la bol' de dl~ha Sociedad, ya qne es la primera vez, después de k'ece año« (le vida de la Empresa., qne la rfretividad ele esta labor, realizada en forma prrseverlln­te y silen'ciosa, sin otra mira que sen'ir eJl

la mejor forma posible las finalidades per­seguidas al erear la institución, ha sido des­conocida, o al meno~, I/Uesta en duda, desdt' esta alta teibuna".

I 1am.ento, señor Presidente, que mis ob­serva ClOnes no hayan sido debidamente apreciadas o considerada'l. ~o he pretendi­do negar la importancia ni el prestigio (le esta sociedad ni de quienes la dirigen.

En la sesión del día 7, dije lo siguiente: "I~a disposición que estamos cliseutieni!o

responde, en realidad, al descontento que existe en las provincias por la forma eomo se están desarrollando las cOllstJruceiones de establecimientos educacionales en el País.

"El día 3 de noviembrr. publicó la So­ciedad Constructora de Establecimientos Educacionales una nómina completa de los edificios constnüdos. De esa nómina se des­prende lo siguiente; se han constrnído >;0-

lamente, en trece años, 16-6 edificios para 214 establecimientos educacionales. El nú­mero es il1cmestionablemente insuficiente. Con este ritmo de construcciones no pode­mos salvar la situación de angustia en qne se encuentra la edncaeión pública; porque nos consta que en todas las provineias, en todos los depadamentos, si hay un proble­ma grave y que conviene resolver es éstr, de la construc-ción de esta hle('1m1en tos edu­cacionales" .

l<Jso fué lo expresado por mÍ. La verdad PS, pues, que lo que ."0 reelamé -yen esto me acompañaron los señores Senadores­es de la forma in~uficiente e1l que se está resol viendo el problema. de la constru('cióll escolar, eol'Ítica que no sólo afecta a la So­ciedad Constructora, sino al Estado mismo. Ciel'tu es que aproveché la oportunidad en que se discutía un proyecto referente a es­ta empresa para dar mi opinión, y ahora daré otros antecedentes más.

Por los datos que he recogido, hay ac­tualmente en Chile cuateo mil escuelas pú­h1icas que funcionan en loeales deficientes, y para satisfacer las necesidades de la en­señanza se necesitan mil escuelas más, o sea, es indispensable dotar al País de cinco mil establecimientos y loeales escolares. Si nos atuviéramos simplemell te al ritmo de <-ollstrneción de la Sociedad Constructora de Estableeimientos Bducacionales, neeesi­taríamos, P9r lo tanto, para satisfacer tlln grave neeesidac1 escolar, de un plazo ele dos­eíentos a trescientos años. No es, enton­ccs, la So(·iedad Constl'ueto:'H la que va a resolver el problema, y por ello pedí se pro­curara no sólo cumplir las peticiones de ti­po parcial a que nos referimos en el deba­te, sino que es indispensable ir al fondo mislllo eld problema, y buscar la manera dr dotal' al País y a su población éscolar del número debido de locales, provistos de las condiciones mínimas de higiene y bienestal·.

Voy a ]rer -poJ'qur me l)arece mn.,· con­yeniente que el Senado lo conOzea- parte de un interesalltr diseurso pronunciado el año pasado por el sellor Direetor Genera 1 de Educación Prima.l'ia, eon motivo de ha­ber sido designado ]1a1'a tan impo,:,tante cargo.

El señol' Vivaneo manifestó lo siguiel~te: "4.0 El problema de la edificación es­

eolar, tal vez el más grave de la hora pre­sente, por cuanto son cientos ele miles los niños que, por (~arecer el País de edificios­escuelas en cantidad suficiente no reciben los beneficios de la educación. '

A modo de datos informativos fiue dan nna idea de la magnitud del problema que planteamos. considérese la siguiente L'eali­dad nuestra en ]0 que se refiere al númer(\ de ]oeales es('olares de que dispone la edll-

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SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 385

cación primaf:'ia, y que se distribuyen del modo siguiente:

Locales fiscales " I .. ocaJes arrendados Locales cedidos ..

, .

Locales dr la S. C. E. E. ..

655 1.923 l.Og,z

194 Es decir, que sólo una cuarta parte de

este total pertenece de algún modo al Fis­co (de la S. C. K E. Y fjscales, 1.04!!); la.s tres cuartas pactes restantes, o son arren­dados o cedidos.

Ahora bieu, si Be analizan las condicio­nes higiéni('o-pHlagógieas y la cabida que ofrecen estos lo~ales, se e¡te en la cuenta de que. los 194 dr la Sociedad COllstructo­ra ele K'lfablecimientos Educacionales ~ue son los mejores desde todo punto de vis­ta-, tienen tanta o mayor capacidad que Jos 855 fiseales, desae el momento que al­berga.n una población escolar que sobrepa­sa los 150.00G niños. jQu~ dccir de los arreu­dados y cedidos, que son como tres mil, y que, en su gran maym'ía, llO i:'eúnen lag exi­gencias mínimas de orden t¡'.cnico, sanita­rio y de seguridaü para cump1ir mediana­mente C011 el fin que Se les hR. sellaJaao!

De un total de [5'218.9'7;') niños matricula­dos en 1048, rll las eseuelas prim;¡rias del País, sólo 84.812 (UI1 4-,8'}::,) estuvieron en condiciones de' recibir Jo~\ Lclleficio:,; de Jos tres ;~rac1os de la eseueb primaria, si es que logl:'aroll mantenerse hasta el término del año t'scolar; 186.262 niños, de los cur­sos intermedios (3.0, 4.0 y 5.0 años), reci­bieron una edu(~arjón nrimaria incompleta, v 30H}] 1 del primer gr-ado (J.o Y 2.0 años), ~penas si recibieron rudimentos de lectura, escritura. y algo de aritmética.

Si a e3tu enoe'me cifra de semi letrados, aseendente a 307:9111 niños, se suman los 346.813:1 niños, entre 7 y 15 año" de edad, que no recibieron ninguuu instrucción por falta de escuela, se llega 11 la extrnordina­j'Ül ei fra de 6:5,4.74-2 niños, entre semiletra­dos y analfabetos menores de 15 años, ya que el! ella no Se illduyen (1. los ;jóvenes y adultos analfabetos que constituyen una verdadera legión de desamparado.s de la cultura".

Pero todavía hay más, señor Bresidente, porque la cuestión escolar no sólo hay que mirarla desde el punto de vista del núme­ro de niños que no pueden recibir inst'ruc-

ción por falta de maestros y de escuelas primarias, sino que hay que abordar tam­bién el problema de l,ils escuela.s técnicas, tanto femeninas como de muchachos.

Hay en el país 15 escuelas téenicas feme~ ninas, con Ulla po'blación de 7 mil niñas que están capa:eitáudose p.all'a ganarse la vida, y fuera de eso, hay 50 ó poco más escuelas i1ldustriales con 10 mil niños, a los euales el Estado está proporcionando una educa­ción de tipo de artesanía, para contribuir eficaz y técnicamente al progreso económi­co del País, y desgraciadamente, como lo dije en sesión última, las escuelas industria­les están vi viendo en condiciones general­mente deplQrables y mucha.s veces misera­bles. Dije a este respecto en esa sesión: ,"~)or ot:-a parte, señor Presidente, esta

nomma consigna sólo las escuelas primarias. Pero hay otro grupo de escuelas que están abandona.das, a las cuales es indispensable dotar dE' 1oeales: me refiero a las escuelas industrial e::;. En éstas se están formando Jos ~uevos artesanos a ,base de hijos pro­venientes de 'hogares modestos. También ellas funcionan en locales en pésimas con­diciones. },Jn la dG Lota, por ejemplo, es in­e,:'úble que J os muchachos no cuenten con un 1 ngar apropiado donde poder asearse. Ji~s ill('1'cíb le qne estas escuelas, que tienen régimen de internado, no dispongan de lo­cales apropiados donde los niños puedan dormir, siquiera con el mínimo de comodi­dad. Po]' esto, estimo que se debe dar pre­fereneia a este tipo de construcciones, en beneficio elc la raza que estamos foc-mando.

De a,quí que, a mi juicio, considere indis­pensable ir él una reforma más radical de la Sociedad Constructora de Establecimien­tos Edue<1cionales, en el sentido de darle más fopdos para que construya más edifi­eios, Lamento que el proyecto en debate sea una forma sólo parcial de dar solución al problema general. De ahí que espec-e un proyecto más compl eto acerca de esta ma­teria, ell forma que se atiendan debi,lamen­te los intereses de todas las provincias y departamentos" .

Como se ve, señor Presidente, me referí en forma especial I:l las escuelas industria­les. Ello porque cada vez que vifdrmos las provincias y nos intei:'esamos por proble­mas de índole no sólo local, sino nacional,

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SENADO DE CfiLE

resulta penoso comproíbar el verdadero abandono que hacen los Poderes Públicos de materias de extraordinaria importancia para la cultura, para el progreso del País y p8lra el vigor de nuestra raza.

Existe, por ejemplo, el caso de Lota. To­dos los días hablaanos de Lota y del peli­gro comunista que existe en esa zona. y no nos damos cuenta de que la mejor manera de combatir el comunismo es la de atender a las necesidades vitales del pueblo e ir pre­parando una raza fuerte, precisamente en el mismo foco de la población minera, cuyas condiciones de vida son sencillamente de­plorables. Por lo menos, a los niños habría que ponerlos en mejores condiciones. La Escuela Industrial de Lota es miserable. Es increíble el esfuerzo q:¡le de be haeer el pro­fesorado para cumplir su noble misión dcn­tro de las condiciones de insalubridad de ese local. Otro tanto oellrre en Valdivia, ciudad importante y centro indllsti"ial lIe primer or,den. Allí la Escuela Industrial tiene que ocupar dos o tres locales arren­dados, y en muy malas condiciones. Lo mismo puede decirse eon re"perto a ValIe­nar, cuya Escuela Industrial fl1!leiona en locales distantes y los alumnos tienen r¡ue estar paseando p,or la ciudad de llna. parte a otea; de Los Ang'eles, en donde hay Ulla

buena escuela en un pr~imo local; y a~;í en casi todas pa.rtes.

El señor Lafertte.-- El easo de Antol'a­gasta.

El señor Torres.- Exact[ll1wnte. IJas escuelas indnstriale's, señor Presi­

dente -salvo conta-dísimas excepciones-, están tra.bajm1Clo sin las condiciones míni­mas indispensables. y hay que hacer notar que estos planteles no sólo dan la educación que imparten los establecimientos de ense­ñanza primaria, a los cnales los alumnos asisten únicamel11e algunas horás del día, H

veces en la mañana o en la. t1;rde: en la enseñanza il1(1ustcial los alumnos tienen une vjvir en los establecimientos mismos. ~1\.c1f~­más, se da aUí una Ínstrucción en par­te de 1jPD 111allnDl, que o:bJiga (1. Jos r¡Jru~':-1l0S H re.niir;~ar (\:::;fUf"'?CS físfeo~~. El10 J: '('0

il1(!i.-;p¡~n;,¡111e nn :'sro COllll,le+o, lW]'o en nlu(-kiS (11' e:,tas esrmeJ2J;; el bariO es iot.'1 L

mente df,sronoci('!o. :r.:sti'11o, por PSOe ('~;c "

Socieu¡'c1 COl1"trnclora, que iJ1cncst.íGr:",h'f'-

mente presta servicios que yo nunca he ne­gado -más todavía, siempre que se pre­sentan proyectos sobre ella he sido el pri­mero en apoyarlos y pedir que se le den mayores ;ecursos, a medjda de las necesi­da.drs del Pa.ís, para que pueda desarrollar sus actividades en mejor forma-, la So­ciedad, digo, no resuelve el problema de la edificación eseoIar del País.

j Pero aUn hay algo más grave! Una con­siderable población escolar todavía no pue­de recibir los beneficios de la educación. Las actuales escnelas primarias atienden 60,0 mil Jliños, pero quedan sin recibir edu­caeión, por lo menos, 400 mil niños, a quie­nes no se lefl da ninguna clase de ense­ñanza. De consiguiente, faltan escuelas pa­ra estos 400 mil niños. Y lo que es grave, señor Pre"idrute, que también he denuncia­do desele esta alta tribuna, es :que durante los años 1949 y ] 950 no se ha ~reado ni una sola escuela, ni siquiera una sola plaza de profesor. O ,sea, Honorable Senado, se ha detenido el ritmo creciente de nuestra cul­tura, a la cual pusieron el acento dos gran­des Presidentes de Chile, los señores Ales­sandri Palma -;.' Aguirre Cerda.

:t'\o es cOlicebible que en un país como el nuestro, Heno de posibilidades, en que es indísprnsable fortalecer la raza y preparar a la clase 1rabajadora de mañana, se haya dctrnido rl ritmo ele la instrucción y de la cultura. Esto, como Jo dije en otra oca­S1011, está creando problemas extraordi­nari:'mente g-raYes. Hay Ilctualnlente :220 In'ofesoI"es normalistas .que no ,han podido encontrar oeupación. A estos profesionales (os forma el Estado; éste los llama a las escuelas normales y, en seguida, una vez titulados en ella,s, los desampara, no les da J a ocupación correspondiente, que sólo el Estado les puede conceder, pues estos pro­fesiOnales no pueden encontrarla sino en un tanto por ciento muy escaso en la enseñan­za particular.

l'''l1cra de estos 2120 profesores titulados a que me he I'er erido, se me asegura que este 2lño las esc¡wla.s normales gra~lnar{m 7Ü!G l1'('rmalistas mÍls, con 10 cual, al principio (le1 próximo año, vamos a. presencia1' 1'] es­pectáe.ulo de mil profe¡;ores normah..,lns sin rcupación. O sea, el TDstaelo está creando Ijng ('('i':antía SUffil1mente peligroo;a. ,señor P:'p:,ir1pnte, porque es cesantía de intelec-

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SESION 5.a (LE.GISL. EXTRAORD.), EN MIERC. 15 DE NOV. DE 1950 a,87

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tuales. Para resolver el problema, es nece­sario crear más plazas de profesores y más escuelas.

y para no apartarme del tema debo re­cordar que hace algún tiempo se tra­tó aquÍ, en el Senado, un proyecto refe­rente a la celebración del centenario de Tocopina, y recuerdo que critiqué ese pro­yecto, !pOI1que para ese plUe~to sa¡itrero, en donde vive una población formada prin­cipalmente por clase trabajadora, se pro­ponía la construcción de edificios para el juzgado, la cárcel, el hospital y el cuartel de Carabineros.

Dije en esa oportmüdad que si un ex­tranjero se impusiera del debate del Se­nado y observara que, para la celebración de] cen~enario de un pueblo trabajador,

ubicado en uno de los grandes centros in-dustriales y económicos del País, se pro­ponía la construcción de juzgados, cuar~

teles, hospitales y cárceles, se formaría la opinión< cleque este pa1s está formado por enfermos y delincuentes. Pedí, entonces, que se modificara el proyecto y, felizmente, fuí hourosamente acompañado por toda la representación parlamentaria del Norte. So­licité, eomo recordará el Senado, que, en vez de darse preferencia a cuarteles, cár-celes y hospitales, se atendiera en primer lugar a la construcción de escuelas y ha­bitaciones obreras, pOllque, en mi concep­to, lo que constituye el problema más im­portante de Chile es el fortalecimiento de

, nuestra raza y el mejoramiento del nivel de vida de nuestro pueblo. j Construir más y mejores viviendas y más y mejores es­cuelas !

·Señor Presidente, nada obtenemos al construir establecimientos escolares de pri­mer orden, 1 u.io~os muchos, si 1m, niflos que allí acuden vuelven después al conventl1lo o a una habitaciÓn Í11Isalubre.

Creo que para estos problemas hay que buscar soluciones que se den la mano. Asi­mismo, 'estoy cierto de que la Sociedad Constructora de Establecimientos' Ednca­cionales -que ,ha reclamado de mis obser­vaciones-, el Gobierno y los Poderes PÚ­blicos, eIl' general, van a encontrar de parte del Senado la mejor voluntad para resol·

verlos, ya que afectan al progreso y bien­estar del País.

He dicho, señor Presidente.

PROYECTO ACLARATORIO DEL AR­TICULO 12 DE LA LEY 8.762.-INC1LU­

SION EN LA CONVOCATORIA

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente) .-Ha llegado a la Mesa una indi­cación formulada pOI' los Honorables S~­ñores Rettig, Alessandri, don Eduardo, y González, por la cual presentan un pl'oyee· to y solicitan que sea incluído en la Cueuta de la presente sesión y enviado a la Comi­sión respectiva. Solicitan, además, que se oficie al Ejecutivo pidiendo su inclusión en la aetualcon vaca toría.

El señor Videla.-¿ De qué proyecto se trata?

El señor Secretario.--Los Honorables se­flores Rettig, G onzález y Alessandri, don gduardo han pres'entado' un proyecto de ley por el cual' se declara que el artículo 12 de la ley 8.762 comprende también al personal de Oficiales de las Fuerzas de la Defensa Nacional que, de acuerdo con las leyes pertinentes, anteriores al 31 de ene­ro de 1!J42, Se encontraban en servicio o en retiro, en esta última fecha, bajo la deno­minación . de Oficiales Superiores.

El seño.::' Alessandri, don Fernando (Pre­sidente).- Si le parece al Senado pasar[{ el proyecto en informe a la Comisión de De­fensa Nacional y se enviará el oficio pedi­do.

Acordado.

ADQUIS]jmON DE TERRENOS Y CÓNS­TRUCCION DE PlOBI,A'C,ION PARA LOS OPERARTO'3 DE LA MAESTRANZA DE

SAN BERNARDO,- INCLUSION EN LA CONVOCATORIA

El señor Cr.uz-Coke.- Yo me permitiría pedir, también, que se agregue a la Cuenta de esta sesión y se envie a la C0misión co­rrespondiente, un proyecto de ley tendiente a perfeccionar la Ley Orgánica de la Caja de la Habitación Popular, ,en el sentido de imponer a dicha Caja la obligación de in-

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388 SENADO DE CHILE

vertír 16 millones de pesos de "su presu­puesto ordinario en la adquisición de los terrellOS denominados Chacra "La ,Selva", ubieadosell San Bernardo, a fin de desti­narlos a la construcción de una población obrera que daría habitación a 300 ó '·400 fa­mili as de los operarios de la Maestranza de San Bernardo. Á~simismo, me permito pedir que se oficie al Edecutivo para que lo in­cluya en la convocatoria,

Este proyecto ha sido estudiado por el ::\li­nistro del ramo, quien lo ha aceptado ple­namente.

El seuo!' Alessandri,don Fernando (Pre­"ídc>ntc).- '8i le parece a Senado pa.sará este proyecto en informe a la Comisiór, de 'l'rabajo y Previsión Social y se enviará el oficio solicitado.

Acordado. I~l seuo!' Cruz-Coke.- Muchas gracias. El seño]' Alessandri, don Fernando (,Pre-

sidelit.e) .~- Tiene la palabra el Honorable seuor 'l'omie.

CARENCIA DE E¡STABLE¡CIlVIIENTOS ESCOLARES EN ARICA.- OFI:CIO

El seuor Tomic.- Sefíor Presidente, en­realidad, pensaba yo rcnunciar a mi dere­

"eho de llsarc1e la palabra, pero aprovecho las observaciones que acaba de formular el Honorable selior 'l'or1'es para destacar un hecho y pan pedir que se oficie al señor ::\li­nistro de Educacian, a fin de que se impon­ga de mis observaciones .

. Me parece esencial que la Sociedad Cons­tructora. de Establecimientos Educacionales piense en Arica. Es un punto vital para el desúrollode su programa desde el punto de vista de l interés nacional.

Yo hablo no sólo en nom.bre de los niños de Arica,cnandopido que la Sociedad alu­dida construya un grupo escolar en esa ciu­dad, SillO porque, positivamente, es un de­partamellto que nO cuenta con un solo edi­ficio educacional digno de él. Recr,n.ozco que la Sociedad Constructora de Estableci mientos Educacionales ha. hecho un esfuer­zo laudable en Iquique y en otras regiones del País, pero es lamentable que Arica, ciu­dad Teonteriza, la cara de Chile, carezca de establecimientos educacionales. Yo he se-

ñalado esco en la Sociedad misma, pero n.o he tenido éxito. Creo que la Sociedad no debiera aplicar, tratándose de Arica, que es un departamento pobre, aquella norma según la cual invierte fondos de prefe­rencia en aquellas localidades que, a su yez, contribuyen con determinadas sumas de dinero en la ejecución de las obras que la Sociedad ejecuta. Arica, como digo, es un departamento pobre, de manera que no está en condiciones de reunir uno o dos mi­llolles de pesos para alentar a la Sociedad a ü1Yertir el saldo.

Pido que se oficie al Ejecutivo a fin de que se imponga de las observaciones que, sobre este problema, reitero en esta opor­tunidad.

El señor Vásquez.- Señor Presidente, quisiera agregar que el pueblo de Arica, en varias ocasiones, ha ofrecido terrenos para que en ellos se levanten edificios destinados a escuelas. Considerando esta situación, la Sociedad Constructora de Establecimientos Educaeionales debiera adoptar un criterio más amplio respecto de Arica y llevar su obra de progreso a esa ciudad, en la cual no tendría que invertir dinero en adquisición de terrenos.

El selior Alessandri, don Fernando (Pre­sidente) . - Se enviará el oficio solicitado por el HOllorable sefior Tomic.

Tiene la palabra el Honorable seuo!' Mar tínez, don Carlos Alberto.

PAGO DE AUMENTO DE PENSIONES DE JUBILAClON A SEiRlVIDORES DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO. CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 63 DE LA LEY 9.629 (ECONOMWA).- OFICIO

El sefior Martínez (don Cf\.rlO¡; A.) .-Señor Presidente, la ley N.O 9.(·2'9, promulgada en el mes de julio de este año, por la cual se mejol'a la situación económica ele los em­pleados públicos, en su artículo 63, incisos segundo y tercero, entregó a la Empresa de los Ferl'ocarriles del Estado la suma .de 60 millones de pesos para atender al pago de asig-naciones o aumentos de pensiones al personal jubilado y a las familias del per­sonal fallecido en actos de servicio de la Empresa. Pues bien, según se me ha infol'-

Page 51: Sesión' 5.a, en' miércoles 15 de :noviembre...acta de la sesión 1.a de la. aiCtual legislatu ra extraordinaria, en 17 de octubre pr6xi mo pasado que no ha sido observada· El acta

SESION 5.a (LEGISL. EXTRAORD.), EN MJERC. 15 DE NOV. DE 19'500 389

mado, hasta la fecha no se ha dado cum­plimiento a la disposición citada. Solamente se há pagado al personal ferroviario el au­mento de 22,6% consignado en la ley men­cionada . No se ha cumplido Jo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo 63, que declaran que se respetarán las dis­posiciones de las leyes N.os 7.:571 y 9.313, en las cuales se determina que las jubila­ciones anteriores a diciembre de 19412, se pa­garán aumentadas en un 60% de los au­mentos que haya tenido el personal en ser­vicio, y <'11 un 40%" las concedidas después de enero de 1943. Como digo, esta última disposición no se ha cumplido, y el nume­roso grupo de ferroviarios jubilados, que goza de pensione,s muy'modestas, estáespe­randa el pago de los beneficios señalados por la ley a que me refiero. Debo advertir que esa misma ley 9.62'9 declara, en su ar­ticulo 7.0 transitorio, qllle los aumentos de pensiones por ella establecidos deberán ha­cerse en el pago ordinario ,del mes de oc­tubre del presente año. Como estamos a

mediados de noviembre, ya se está incu­rriendo en incumplimiento de este artículo de la citada ley.

Por lo tanto, solicito que se envíe un ofi­cio al señor Ministro de Obras Públicas y Vías de Comunicación, para que requiera ele la Empresa de los Ferrocarriles del Es­tado el cumplimiento de las mencionadas lhsposiciones de la ley que he citado.

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente). -'rendríamos que dejar pendien­te esta indicación de Sn Señoría hasta la se­sión del martes próximo.

El señor Lafertte.- Sí, porque ahora hay solamente cuatro Senadores en la Sala.

El señor Alessandri, don Fernando (Pre­sidente) . - No hay más señores Selladores inscritos para hacer 11S0 de la palabra.

Se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 17.55.

Alfonso G. Huidobro S., J efe Suplente de la RedaeciÓn.

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