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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO REGLAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES CECyTEJ Av. 16 de Septiembre 1º Piso Esq. Libertad Zona Centro C.P. 44100 Tel.: (3) 6-13-83-80, 6-13-84-05 E- mail: [email protected] Guadalajara, Jal., México

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

REGLAMENTO DE SERVICIOS ESCOLARES

CECyTEJ Av. 16 de Septiembre 1º Piso Esq. Libertad

Zona Centro C.P. 44100 Tel.: (3) 6-13-83-80, 6-13-84-05 E-mail: [email protected]

Guadalajara, Jal., México

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ÍNDICE

TITULO I DE CONTROL ESCOLAR

CAPÍTULO I DE LA DEPENDENCIA RESPONSABLE.......................................................................... 1 CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADMISIÓN DE ALUMNOS.................................... 2 CAPÍTULO III DE LAS INSCRIPCIONES................................................................................................... 3 CAPÍTULO IV DE LAS REINSCRIPCIONES.............................................................................................. 4 CAPÍTULO V DE LAS BAJAS..................................................................................................................... 5 CAPÍTULO VI DE LAS EVALUACIONES.................................................................................................. 6 CAPÍTULO VII DEL PROMEDIO FINAL..................................................................................................... 8 CAPÍTULO VIII DEL PERIODO EXTRAORDINARIO................................................................................. 8 CAPÍTULO IX DEL PERIODO DE REGULARIZACIÓN........................................................................... 9 CAPÍTULO X DE LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS........................................................................ 10 CAPÍTULO XI DE LA TITULACIÓN......................................................................................................... 11

TITULO II DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES........................................................................................ 12 CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES............. 13

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CAPÍTULO III DURACIÓN Y MODALIDAD DE LAS PRÁCTICAS..................................................... 14

TITULO III DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES............................................................................ 15 CAPÍTULO II DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL............................................... 15 CAPÍTULO III DE SU ORGANIZACIÓN........................................................................................16 CAPÍTULO IV DE LOS CAMPOS DE ACCIÓN............................................................................ 16 CAPÍTULO V DE SU ACREDITACIÓN........................................................................................ 17 TRANSITORIOS.............................................................................................................. 18

ANEXOS 1. CONVENIO.................................................................................................................... 19 2. CARTA DE PRESENTACIÓN .................................................................................... 21 3. CARTA DE ACEPTACIÓN......................................................................................... 22 4. CEDULA DE REGISTRO DE PRACTICAS PROFESIONALES ........................... 23 5. REPORTE BIMESTRAL DE PRÁCTICAS PROFESIONALES ............................ 24 6. CONSTANCIA............................................................................................................... 25 7. CÉDULA DE REGISTRO............................................................................................ 26 8. CARTA DE PRESENTACIÓN .................................................................................... 27 9. CARTA DE ACEPTACIÓN......................................................................................... 28 10. CONVENIO.................................................................................................................. 29 31. REPORTE BIMESTRAL DEL SERVICIO SOCIAL .......................................... 31

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32. INFORME FINAL....................................................................................................... 32 33.CONSTANCIA DE LIBERACIÓN............................................................................. 34

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TÍTULO I DE CONTROL ESCOLAR

CAPÍTULO I DE LA DEPENDENCIA RESPONSABLE

Artículo 1º El control administrativo de la escolaridad de los alumnos del Colegio de Estudios

Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco (CECyTEJ) corresponde al Departamento de Servicios Escolares que a su vez depende de la Dirección de Planeación y Evaluación.

Artículo 2º El Consejo Consultivo Escolar es un órgano colegiado que se encargará de resolver

los casos de los alumnos que causen baja al término del semestre, los casos que no estén contemplados en el reglamento o que amerite atención especial.

Artículo 3º El Departamento de Control Escolar tiene como objeto, optimizar y establecer los

mecanismos del historial académico y escolar de los alumnos desde su ingreso hasta su egreso o titulación, así como proporcionar listas de admitidos, provisionales y definitivos.

Artículo 4º Para efectos de la aplicación y observancia de las disposiciones contenidas en este

reglamento se deberá entender por:

I. Colegio, el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco;

II. Academia, la academia por área del conocimiento; III. Consejo, el Consejo Consultivo Escolar; IV. Servicios Escolares, al Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ; V. Cont rol Escolar, La oficina de Control Escolar de los Planteles.

Artículo 5º Son atribuciones del Departamento de Servicios Escolares del Colegio:

a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos que la Dirección General del CECYTEJ emite, en lo referente a la escol aridad de los alumnos;

b) Verificar que el calendario oficial emitido por la Dirección de Planeación y Evaluación se cumpla en los planteles de CECYTEJ;

c) Tramitar las revalidaciones correspondientes; d) Organizar y efectuar las preinscripciones, inscripciones y reinscripciones de

acuerdo a las normas establecidas; e) Llevar el control de la documentación escolar, y el registro de alumnos del

Colegio; f) Recabar las calificaciones de evaluaciones parciales, promedio final, de

extraordinarios y de regularización de los Planteles del Colegio a fin de verter las estadísticas correspondientes para remitirlas a las Áreas que así lo soliciten;

g) Llevar el control de las bajas que causen los alumnos, verificadas en los planteles del Colegio;

h) Expedir certificados y títulos profesionales de quienes cumplen los requisitos correspondientes;

i) Capacitar al personal de Control Escolar de los planteles en cuanto a la observancia y aplicación de reglamentos y manuales de Control Escolar;

j) Supervisar el funcionamiento de los planteles del Colegio en cuanto a la observancia de este reglamento;

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k) En caso de detectar irregularidades, levantar el acta correspondiente para la aplicación de sanciones a que de lugar el personal del plantel que esté bajo supervisión;

l) Coordinar y vigilar el otorgamiento de Becas y apoyos económicos para los alumnos del Colegio;

m) Aplicar la normatividad en lo referente a la realización del Servicio Social y las Prácticas Profesionales de los alumnos del CECyTEJ; y

n) Formular y proponer a la Dirección de Planeación y Evaluación del CECYTEJ, los proyectos y acciones tendientes a mejorar la administración escolar.

Serán atribuciones de las oficinas de Control Escolar de los planteles:

a) Cumplir con las disposiciones previstas por la normatividad de Control Escolar; b) Levar a cabo las preinscripciones, inscripciones y reinscripciones conforme a lo

establecido; c) Llevar el control de la documentación, del registro de alumnos y del archivo

escolar, d) Expedir las constancias de estudio que así soliciten los alumnos;

e) Informar de inmediato al Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ

sobre las bajas que causen los alumnos; f) Enviar los reportes de calificaciones parciales, promedio final, extraordinario y

regularización al Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ en tiempo y forma que el mismo solicite;

g) Enviar la información en tiempo y forma que, respecto de su departamento, solicite el Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ;

h) Exhibir la documentación que, en el momento de la supervisión, solicite Servicios Escolares de Administración Central;

i) Asistir a los cursos, conferencias y talleres que para el mejoramiento de su departamento implemente el CECyTEJ; y

j) Las demás que señale el Reglamento. Artículo 6º El Consejo Consultivo estará integrado por seis personas: el Jefe de Servicios

Escolares de Administración Central, el Coordinador Académico del plantel, el Jefe de Control Escolar, la Trabajadora Social y dos docentes.

Articulo 7º Los docentes integrantes del Consejo serán electos por los demás docentes del

plantel, durarán en el cargo un año y podrán ser reelectos una sola vez.

CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y ADMISIÓN DE ALUMNOS

Artículo 8º Para iniciar la preinscripción los aspirantes deberán comprobar que han terminado o

están por concluir el ciclo de la Educación Media Básica y ajustarse a las disposiciones dictadas por el Departamento de Control Escolar. En caso de que el alumno haya cursado la educación secundaria o equivalente en el extranjero, deberá presentar dictamen de revalidación de estudios expedido por la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR).

Artículo 9º Los aspirantes a ingresar al CECYTEJ, deberán presentar y cubrir en tiempo y forma

los siguientes requisitos, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria que para tal efecto publique la Institución:

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a) Deberá presentar los siguientes documentos: § Copia de certificado de secundaria con promedio mínimo de 7 (siete) o

comprobante (boleta, constancia) de terminación de secundaria con firma y sello oficial.

§ 2 fotografías tamaño infantil recientes § Copia de acta de nacimiento § Comprobante de domicilio

b) Los aspirantes deberán cubrir el costo del paquete informativo en el plantel donde

deseen ingresar; y c) Obtener la ficha correspondiente para el proceso de selección.

Artículo 10º La obtención de fichas da derecho al interesado a participar en el proceso de

selección que el CECYTEJ lleva a cabo. Artículo 11º El aspirante que habiendo cubierto los requisitos previos y resulte seleccionado

tendrá derecho a inscripción, la cual se tramitará en el Colegio correspondiente de acuerdo al calendario establecido.

CAPÍTULO III DE LAS INSCRIPCIONES

Artículo 12º Los aspirantes adquieren la calidad de alumnos del CECYTEJ, si cumplen los

siguientes requisitos:

a) Haber cubierto todos los requisitos del capítulo 2; b) Haber sido seleccionado dentro de los aspirantes al Colegio; c) Presentar los siguientes documentos:

§ Ficha de Aspirante § Certificado de Primaria § Certificado de Secundaria § Constancia de Buena Conducta § Acta de Nacimiento § Carta de policía § Certificado Médico § 4 Fotografías tamaño infantil de estudio § CURP (Clave Única de Registro de Población).

Nota: Estos documentos deberán presentarse en original y dos copias. d) Cubrir las cuotas correspondientes.

Artículo 13º Los documentos que presente el solicitante al inscribirse formarán parte del

expediente de control escolar. Artículo 14º Ningún alumno podrá inscribirse simultáneamente en dos especialidades.

Artículo 15º Los trámites de inscripción serán efectuados por el interesado, por lo que debe

abstenerse de gestionar los asuntos relacionados con su escolaridad por conducto de terceras personas.

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Artículo 16º Todos los alumnos inscritos tienen la calidad de escolarizados, por lo cual no existe la calidad de oyentes.

Artículo 17º Los alumnos inscritos se comprometen a cumplir con los Reglamentos establecidos por este Colegio, así como los eventos socioculturales y deportivos del mismo.

Artículo 18º Cuando exista falsedad total o parcial de un documento exhibido para efectos de

inscripción, el Departamento de Control Escolar anulará ésta y quedará sin efecto todos los actos derivados de la misma, sin perjuicio de otra clase de responsabilidades, para el Colegio.

Artículo 19º Con la debida anticipación, se publicará el período de inscripciones, el solicitante

que no realice dicho trámite con su respectivo pago en el período establecido tendrá un recargo del 50% con fecha límite al inicio de clases, de no cumplir con éste no será admitido para ese ciclo lectivo.

Artículo 20º No se devolverán pagos de inscripción para aquellos alumnos que decidan no

cursar el semestre. Artículo 21º Todo alumno que haya sido aceptado tendrá que tomar el curso de nivelación

académica impartido por el Colegio.

CAPÍTULO IV DE LAS REINSCRIPCIONES

Artículo 22º La reinscripción de alumnos se efectuará dentro del período señalado para tal

efecto, previo cumplimiento de los requisitos siguientes:

a) No adeudar materias del semestre inmediato anterior; b) No tener ninguna causa de baja establecida en este ordenamiento y demás

aplicables; c) Presentar comprobante de pago de la cuota; y d) No adeudar de materiales o equipo al plantel.

Artículo 23º El trámite de reinscripción será realizado por el alumno y en caso extremo por

terceras personas previa identificación. Artículo 24º Los aspirantes a ingresar a cualquier plantel del Colegio que provengan del mismo

subsistema, deberán solicitar por escrito el cambio de adscripción correspondiente. Artículo 25º Los aspirantes a ingresar a cualquier semestre del CECYTEJ que provengan de

otro subsistema, deberán revalidar previamente las materias que tengan equivalencia con los del plan de estudios del CECYTEJ.

Artículo 26º El alumno podrá reinscribirse extemporáneamente, hasta los 10 días hábiles

posteriores al período pagando un recargo de 50% sobre el cobro original.

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Artículo 27º Para efectos de la reinscripción de alumnos del Colegio, se estará a lo siguiente:

a) El alumno que adeuda hasta 3 asignaturas del ciclo inmediato inferior, deberá regularizar solamente esas materias sin poder reinscribirse al siguiente semestre.

b) Los alumnos podrán exceder el número normal de 5 (cinco) reinscripciones

semestrales hasta un máximo de 7 para la terminación de su carrera. Artículo 28º Los alumnos que por baja temporal hayan interrumpido sus estudios, podrán

reinscribirse en el semestre en el cual hayan solicitado su permiso, siempre y cuando exista semestre.

Artículo 29º El alumno que hubiera abandonado sus estudios temporalmente, y a su reingreso

exista un plan de estudios diferente al cursado, puede adoptar el nuevo plan sin perder los créditos aprobados, cubriendo sólo las materias necesarias para completar la currícula establecida.

CAPÍTULO V DE LAS BAJAS

Artículo 30º Los alumnos podrán estar sujetos a bajas o bien solicitarlas al Departamento de

Control Escolar del Plantel, estas pueden ser:

a) Temporales; y b) Definitivas.

Artículo 31º La Baja Temporal procede por un plazo máximo de 2 semestres en los siguientes

casos:

a) A solicitud del interesado, debiendo tramitar su baja en el periodo previo al primer parcial;

b) Por mala conducta, después de recibir reportes disciplinarios de acuerdo con el Reglamento de alumnos. La otorga el Director del Plantel en conjunto con el Coordinador Académico y el Jefe de Control Escolar;

c) Por incumplimiento del plazo mencionado en el Art. 26, d) Los alumnos que interrumpan sus estudios durante un año, como máximo,

previa justificación y comprobación de las causas a satisfacción de las autoridades del plantel, podrán ser reinscritos en el semestre que corresponda;

e) El alumno que haya presentado o recibido ayuda fraudulenta en el o (los) examen(es) que se apliquen, serán suspendidos con baja temporal por un año, anulando el o (los) examen(es) que haya sustentado; o

f) Al presentarse la hipótesis prevista por el artículo 69º de este ordenamiento.

Artículo 32º El plazo a que hace mención el artículo anterior inciso a, se computará a partir de la fecha en que haya sustentado el último examen.

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Artículo 33º El alumno causará baja definitiva en los siguientes casos:

a) A solicitud del interesado; b) Por reprobar 6 o más materias durante el semestre; c) Por haber reprobado 4 ó 5 materias en la etapa de examen de Regularización

R1; d) Si después de presentar exámenes de regularización en su última etapa,

obtiene calificación reprobatoria; o e) Por no cumplir con los reglamentos del Colegio.

Artículo 34° Cuando un alumno causa baja definitiva en el primer semestre, este podrá

participar si así lo desea en el proceso de selección para primer ingreso, por una sola ocasión, quedando sin efecto las calificaciones que haya obtenido en las materias cursadas.

Artículo 35º El Director del Plantel podrá en una sola ocasión y a favor del interesado que así lo

solicite por escrito, invalidar lo dispuesto en el artículo 31 inciso a). El Departamento de Control Escolar lo comunicará al alumno quien se sujetará a las condiciones siguientes:

a) Que el interesado lo solicite por escrito al Departamento de Control Escolar; b) Que el afectado tenga todas sus materias aprobadas del semestre en curso

hasta sus últimos exámenes presentados; y c) Que a juicio de Control Escolar y el visto bueno del Director del plantel, la

causa que haga valer el interesado esté suficientemente justificada. Artículo 36º Para lo establecido en el artículo anterior, el dictamen que sobre el caso se

determine será definitivo, irrecurrible e irrevocable. En caso de no autorizarse, es definitivo.

Si se autoriza quedará abierta la posibilidad de que el alumno en caso extraordinario pueda cancelar.

Artículo 37º El alumno que obtenga un dictamen favorable deberá sujetarse a las disposiciones

dictadas por el Departamento de Control Escolar.

CAPÍTULO VI DE LAS EVALUACIONES

Artículo 38º La evaluación del aprendizaje de los alumnos del CECYTEJ se llevará a cabo por

periodos, los cuales se dividirán en: a) Parciales; b) Final, c) Extraordinario, y d) Regularización.

Artículo 39º Para tener derecho a las evaluaciones que se señalan en el artículo anterior de

este reglamento, así como las demás que establezca el sistema de evaluación, el sustentante deberá estar inscrito en el curso correspondiente.

Artículo 40º El derecho o no a la evaluación del aprendizaje será otorgado por el Departamento

de Control Escolar con base en el porcentaje de las asistencias que aparezcan en las listas oficiales.

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Artículo 41º El plazo máximo para que el alumno quede regularizado en su situación es de dos

semestres (1 año), a partir de la fecha de presentación del último examen extraordinario.

Artículo 42º Las asignaturas estarán divididas según sus contenidos en aspectos teóricos y

prácticos, ambos deberán ser evaluados en forma independiente en escala del 0 al 10, para las evaluaciones parciales y finales.

Artículo 43º Durante el proceso educativo se efectuarán tres evaluaciones parciales y una final,

en donde se obtendrá la calificación definitiva, expresándose siempre en números enteros, con calificación mínima aprobatoria de 7 (siete). La expresión de calificaciones se detalla en el Reglamento de Evaluación de Aprendizajes de CECYTEJ.

Artículo 44º Toda acta de calificaciones definitivas contendrá las calificaciones en un entero, de

acuerdo al sistema de evaluación. Artículo 45º La calificación práctica estará determinada por las evaluaciones continuas que

considere el docente en el período de cada parcial y la calificación teórica será exclusivamente la obtenida en cada evaluación parcial.

Artículo 46º La evaluación de los aspectos teóricos y prácticos deben ser acreditados con un

mínimo de 7 (siete) en forma independiente. En caso de no acreditar al menos un aspecto debe presentar en examen extraordinario tanto de la parte teórica como la práctica.

Artículo 47º Los Directores de los diversos Planteles serán responsables de que los exámenes

se lleven a cabo de acuerdo a las normas que señala este reglamento. Artículo 48º Cuando por causas de fuerza mayor, un examen no se lleve a cabo en la fecha que

estuviera programado, éste será pospuesto por el Coordinador Académico, procurando que quede dentro del período señalado en el calendario oficial emitido por el CECyTEJ. En esta nueva fecha el examen será inaplazable y será el Coordinador Académico del plantel quien designe al personal docente que aplicará el examen.

Artículo 49º En caso de que el alumno no pueda presentar algunas de las asignaturas, por

enfermedad, deberá presentar un justificante médico debidamente certificado o por causas que a juicio del Departamento de Control Escolar sean de fuerza mayor, se le reprogramará la fecha de examen solicitado.

Artículo 50º El Departamento de Control Escolar del Plantel dispondrá de un plazo

improrrogable de cinco días hábiles a partir del último día de la evaluación final, para entregar las actas correspondientes al Departamento de Servicios Escolares del Colegio.

Artículo 51º El Departamento de Control Escolar del Plantel enviará las actas de

calificaciones definitivas por conducto oficial al Departamento de Servicios Escolares del Colegio.

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Artículo 52º Para que las actas de calificación definitiva tengan validez oficial deberán contener: la firma del Director del Plantel, del docente y del Jefe de Control Escolar del Plantel, así como el sello correspondiente.

Artículo 53º La información contenida en las listas y actas de evaluación deberán ser legibles,

sin tachadura, enmendadura o borrones y protegida con cinta transparente. Artículo 54º Toda acta de evaluación deberá ser cerrada en el renglón inmediato siguiente al

último alumno relacionado, por lo que no deberá contener anotaciones posteriores. Artículo 55º Las calificaciones que aparezcan asentadas en las respectivas actas de examen ya

sean aprobatorias o reprobatorias, serán irreversibles. En caso de ser necesario la corrección de actas, debe usarse un formato de corrección de calificación dirigido al Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ. Este formato llevará la firma de solicitud del maestro que desea corregir, el Vo. Bo. del Director del Plantel y la Autorización de Servicios Escolares del CECyTEJ.

CAPÍTULO VII

DEL PROMEDIO FINAL Artículo 56º El Promedio Final es el que se desprende de la suma de las tres evaluaciones

parciales y la evaluación final divididas entre cuatro. Artículo 57º Tendrán derecho al Promedio Final los alumnos que cumplan lo siguiente:

a) Estar debidamente inscritos en la asignatura correspondiente. b) Acreditar mínimo el 80% de asistencia en las clases programadas en todo el

curso. Artículo 58º Las evaluaciones parciales y final, se llevarán a cabo dentro del período señalado

para tal efecto en el calendario oficial emitido por la Dirección de Planeación y Evaluación.

Artículo 59º Las evaluaciones se sustentarán de acuerdo a lo expresado en el Reglamento de

Evaluación de Aprendizajes del CECYTEJ. Artículo 60º El alumno que repruebe el Promedio Final, podrá optar por las demás modalidades

previstas en el Art. 38, incisos c) y d).

CAPÍTULO VIII DEL PERIODO EXTRAORDINARIO

Artículo 61º El periodo Extraordinario es aquel que se concede al alumno, que teniendo

derecho a promedio final haya reprobado éste, no haya presentado alguna evaluación parcial o la final o no haya tenido derecho a presentarlo por no haber acreditado el número de asistencias previstas en el Reglamento.

Artículo 62º Los alumnos podrán presentar hasta cinco materias en extraordinario. Para tener

derecho a extraordinario, los alumnos que así lo soliciten en los días asignados

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para ello ante el Departamento de Control Escolar de cada Plantel, deberán reunir los siguientes requisitos: a) Estar debidamente inscritos como alumnos del Plantel correspondiente; b) Acreditar un mínimo de 60% de asistencia de las clases programadas durante

el curso respectivo, del ciclo anterior inmediato; y c) Cubrir el pago de los derechos respectivos, una vez que le sea autorizada la

solicitud. Artículo 63º Los exámenes extraordinarios se realizarán únicamente en el período que

determine el calendario oficial. Artículo 64º El examen extraordinario será siempre por escrito y/o práctico, basándose sobre

todo en el contenido programático de la asignatura. Artículo 65º Una vez iniciado el examen extraordinario, deberá concluirse el

mismo día de su aplicación, sin interrupciones.

CAPÍTULO IX DEL PERIODO DE REGULARIZACIÓN

Artículo 66º El periodo de regularización es aquel que se concede al alumno que teniendo la

oportunidad de presentar extraordinario no lo haya presentado o bien, lo haya reprobado. Este periodo se dividirá en tres etapas: a) 1era. Oportunidad de Regularización (R1); b) Examen Especial (R2); y c) Examen a Título Suficiencia (R3).

Artículo 67º Tendrán derecho a presentar hasta cinco asignaturas en exámenes de

regularización en la Primera Oportunidad de Regularización (R1) y hasta tres materias en Examen Especial (R2) al final del semestre, en un lapso no mayor a dos semanas; los alumnos que así lo soliciten al Departamento de Control Escolar de cada Plantel deberán reunir los siguientes requisitos: a) Estar debidamente inscritos como alumnos del Plantel; b) Cubrir el pago de los derechos, y solicitar el examen en las fechas

programadas en el Departamento de Control Escolar de cada plantel; y Artículo 68º Los alumnos que no hayan presentado exámenes de regularización o bien los

hayan reprobado en las dos etapas señaladas en artículo que antecede, causarán baja temporal y podrá regularizarse en el término de dos semestre mediante el Examen a Título de Suficiencia (R3); si reprueban la o las asignaturas en esta etapa, causarán baja definitiva.

Artículo 69º Los exámenes de regularización, se llevarán a cabo dentro del período señalado,

en el Calendario Escolar emitido por el Colegio antes de terminado el semestre. Artículo 70º El examen de regularización será siempre por escrito y/o práctico, se basará en el

contenido programático de la asignatura. Artículo 71º Cuando por cambios en los planes de estudio o en caso de revalidación de los

alumnos, estos queden irregulares, podrán regularizarse presentando exámenes de regularización.

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Artículo 72º Una vez iniciado el examen de regularización deberá concluirse el mismo día de su

aplicación, sin interrupciones.

CAPÍTULO X DE LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

Artículo 73º La Dirección de Planeación y Evaluación a través del Departamento de Servicios

Escolares aplicará la normatividad respectiva al proceso de expedición de certificaciones de estudios a los alumnos de CECYTEJ en el Estado.

Artículo 74º El Departamento de Servicios Escolares verificará que los folios de las

certificaciones de estudio que reciban, sean los mismos que están asentados en el acta de entrega.

Artículo 75º La Dirección de Planeación y Evaluación mediante el Departamento de Servicios

Escolares, llevará y expedirá el control de los certificados de estudios, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección General de Educación Tecnológica Industrial.

Artículo 76º Se expedirá certificación de estudios a los egresados que soliciten un duplicado de

su certificado original ya sea por deterioro, extravío o información mal asentada en el documento original y que haya estudiado en cualquier generación.

Artículo 77º A los alumnos que se trasladen a estudiar a otro estado o plantel dentro del

subsistema DGETI, deberá elaborársele el formato de cambio de adscripción (CAD-04), legalizado por la Dirección General del CECYTEJ.

Artículo 78º A partir de la implantación de la certificación de estudios quedan estrictamente

prohibidas las constancias de estudios parciales que expiden los planteles, dado que no tienen validez oficial para realizar trámites ante otras instituciones educativas.

Artículo 79º El sello para cancelar la fotografía del educando en la certificación de estudios

debe ser el sello oficial “Sistema Educativo Nacional” Jalisco, para cualquier generación.

Artículo 80º El certificado de ciclo o de terminación de estudios, se expide una sola vez a los

alumnos que hayan acreditado totalmente el plan de estudios del nivel educativo correspondiente.

Artículo 81º La fecha de expedición de la certificación de estudios debe ser la fecha en que se

elabora el documento y el lugar de expedición debe ser el municipio en donde se ubica el plantel.

Artículo 82º El nombre del Director del plantel deberá asentarse en el certificado de estudios sin

la profesión, y las firmas deberán ser con tinta negra. Artículo 83º El control de los certificados de estudios se llevará en un libro foliado y numerado

empezando con el número 1.

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Artículo 84º El alumno al rec ibir el certificado de estudios y carta de pasante deberá firmar de

recibido en el libro de control. Artículo 85º La certificación se expedirá en los siguientes casos:

a) Cuando el alumno solicite duplicado del certificado de terminación de estudios.

b) Como certificado parcial de estudio, cuando el alumno causa baja definitiva, siempre y cuando sea solicitado por el alumno.

Artículo 86º Por ningún motivo deberán destruirse total o parcialmente las certificaciones de

estudios, estas deberán conservarse para la auditoria respectiva con el sello de cancelado.

CAPÍTULO XI DE LA TITULACIÓN

Artículo 87º La titulación representa la fase final del procedimiento académico del educando, e

implica la expedición de un título a quienes cumplan con todos los requisitos establecidos por la Dirección General de Profesiones, y lo establecido en el reglamento de titulación del CECYTEJ.

Artículo 88º Todos los trámites de titulación deberán hacerse a través del Departamento de

Servicios Escolares del CECyTEJ. Artículo 89º La Dirección de Planeación y Evaluación deberá proporcionar el catálogo de firmas

de los directores de los Planteles para que sea entregado a la Dirección de Educación Tecnológica e Industrial, además deberán notificarse los cambios de Directores que se susciten para mantener actualizado el catálogo de firmas.

Artículo 90º El Jefe de Control Escolar del plantel será el responsable del trámite administrativo

de titulación ante el Departamento de Servicios Escolares del CECyTEJ. Artículo 91º El responsable del servicio de titulación tendrá a su cargo la coordinación de los

trámites administrativos en el procedimiento de titulación de los egresados y lo hará mediante expedientes individuales y efectuará el seguimiento de cada uno de ellos.

Artículo 92º Los alumnos podrán iniciar el procedimiento de titulación cuando hayan cumplido

con los siguientes requisitos: a) Haber aprobado la totalidad de las asignaturas del plan de estudios de la

especialidad cursada; b) Haber prestado su servicio social y prácticas profesionales de acuerdo al

reglamento establecido, y c) No tener adeudo de libros, material y/o equipo del plantel.

Artículo 93º El alumno podrá desarrollar y afinar su tema, cuando haya cumplido como

requisitos del Art.93, fracciones a y b y estar cursando el 5º o 6º semestre de la especialidad según al plan de estudios vigentes.

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Artículo 94º El alumno deberá sujetarse a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Titulación vigente en el CECYTEJ, para la elaboración de tesis y la tramitación de la documentación que avale sus estudios profesionales.

TÍTULO II DE LAS PRACTICAS PROFESIONALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 95.- Se consideran Prácticas Profesionales, aquellas actividades que llevan a cabo

los alumnos en los centros de trabajo industrial y de servicio afines a la especialidad que cursa, y que además se realicen de conformidad a los lineamientos establecidos por el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco.

ARTÍCULO 96.- Las Prácticas Profesionales deberán concertarse bajo convenio entre el

plantel y las empresas, procurando en la medida de lo posible el otorgamiento de becas a los alumnos ya sea en efectivo o en especie a fin de que puedan hacer frente a los gastos de alimentación y transporte.

ARTÍCULO 97.- Es responsabilidad del plantel ubicar a los alumnos para la realización de

Prácticas Profesionales en las empresas dentro de la zona de influencia. ARTÍCULO 98.- Se deberá cuidar que la realización de las Prácticas Profesionales no

interfieran con las actividades de los alumnos en el plantel. ARTÍCULO 99.- Las Prácticas se podrán realizar una vez que haya sido cubierto el 70 % de los

créditos de la especialidad de acuerdo al plan de estudios vigente.

CAPÍTULO II

ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

ARTÍCULO 100.- Es responsabilidad de la Dirección del Plantel realizar las acciones

necesarias ante el sector productivo o de servicios para que los alumnos realicen Prácticas Profesionales en las empresas, además el plantel deberá realizar una campaña permanente de orientación a los alumnos acerca de los objetivos, modalidades y obligatoriedad de la realización de las Prácticas Profesionales.

ARTÍCULO 101.- El responsable de Vinculación en coordinación con el Sector Productivo

realizará la promoción de las Prácticas Profesionales, mediante comunicaciones directas (visitas, a las empresas, conferencias etc.) o bien utilizando folletos, boletines, pósters, etc.

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ARTÍCULO 102.- La Dirección del plantel establecerá en coordinación con la empresa correspondiente los objetivos de las prácticas, vigilando que estas se cumplan de acuerdo al programa que se establezca.

ARTÍCULO 103.- Las prácticas están sujetas a las disposiciones normativas de las empresas

en que se realicen y a las establecidas en el presente reglamento. ARTÍCULO 104.- Una vez que se han definido las áreas en las que se efectuarán las prácticas

y las actividades que se realizarán, se acordará el tipo de ayuda económica que podrá otorgarse al alumno.

ARTÍCULO 105.- El practicante desarrollará de común acuerdo con la empresa un plan de

trabajo fijando en cada caso el objetivo y el tiempo en que se pretende realizar cada actividad.

ARTÍCULO 106- Los practicantes observarán respeto a los reglamentos de la empresa,

absteniéndose de participar en asuntos de carácter laboral o sindical. ARTÍCULO 107.- El practicante deberá elaborar un reporte bimestral de actividades y obtener

el visto bueno de la empresa y entregarlo al plantel. ARTÍCULO 108.- Los reportes bimestrales se presentarán de acuerdo al formato anexo que se

incluye al final de este manual en original y una copia que tendrán las siguientes remisiones: I.- Original para la Dirección del plantel II. - Copia para el practicante

ARTÍCULO 109.- Una vez concluido el periodo de prácticas el alumno deberá entregar un

informe final, que contenga los siguientes aspectos: I.- Presentación II. - Nombre de la Empresa y/o razón social III.- Domicilio de la Empresa IV.- Giro comercial de la Empresa V.- Objetivos específicos

VI.- Periodo de realización de prácticas VII.- Actividades desarrolladas VIII.- Metas alcanzadas y conclusiones

ARTÍCULO 110.- El informe final será elaborado en original y una copia, acompañado de la

constancia de cumplimiento de la empresa. (original para la Dirección del plantel y una copia para el alumno).

ARTÍCULO 111.- La Dirección del plantel entregará, al docente encargado del programa de la

especialidad, el reporte final realizado por el alumno para su revisión y certificación correspondiente.

ARTÍCULO 112.- El plantel y/o la Empresa podrán solicitar la suspensión o terminación del

convenio, siempre y cuando exista causa plenamente justificada, debiendo comunicarlo por escrito a la brevedad posible.

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ARTÍCULO 113.- El informe final de las prác ticas profesionales podrá considerarse como tesis profesional cuando cumpla con los requisitos establecidos para tal efecto de acuerdo al reglamento de control escolar y siguiendo el formato específico para tal disposición.

ARTÍCULO 114.- Las Prácticas Profesionales podrán ser suspendidas o no reconocidas

cuando no se apeguen a las normas previamente establecidas. ARTÍCULO 115.- Cualquier caso no previsto en el presente Reglamento, o en caso de duda o

aclaración surgida de su interpretación, será objeto de consulta a la Dirección General del CECyTEJ.

CAPÍTULO III DURACIÓN Y MODALIDAD DE LAS PRÁCTICAS

ARTÍCULO 116.- Las prácticas deberán ser concertadas a través del plantel o directamente por

el alumno. ARTÍCULO 117.- Las prácticas que sean gestionadas directamente por los alumnos deberán

ser reportadas inmediatamente a la Dirección del plantel para los trámites correspondientes.

ARTÍCULO 118.- La duración de las Prácticas Profesionales será de 480 horas.

480 horas en jornadas de cuatro o mas horas diarias, de acuerdo al convenio establecido entre el alumno, el plantel y la empresa. 50 días hábiles en jornada de ocho horas diarias

Reconocimiento de Prácticas Profesionales cuando el alumno o egresado, se encuentre trabajando en actividades relacionadas con su especialidad y tenga una duración equivalente a 480 horas efectivas.

ARTÍCULO 119.- Las Prácticas Profesionales se podrán realizar en una o más empresas en

los casos de aquellos alumnos que por necesidad de la carrera así lo requieran.

ARTÍCULO 120.- Los formatos que deberán emplearse en el proceso de realización de

Prácticas Profesionales son:

Anexo 1 Convenio Anexo 2 Carta de presentación Anexo 3 Carta de aceptación Anexo 4 Cédula de registro de Prácticas Profesionales Anexo 5 Reporte bimestral de Prácticas Profesionales

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Anexo 6 Constancia

TÍTULO III DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 121.- El presente Reglamento establece las normas para la prestación del Servicio

Social de los alumnos del CECyTEJ y su cumplimiento es obligatorio. ARTÍCULO 122.- Son objetivos del Servicio Social:

A) Contribuir a la formación integral del educando. B) Desarrollar en el estudiante una conciencia de solidaridad y de

compromiso con su comunidad. ARTÍCULO 123.- El Servicio Social deberá prestarse dentro de los planes y programas que

establezcan los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal que apoyen al desarrollo económico social y cultural del país.

ARTÍCULO 124.- La prestación del Servicio Social tendrá carácter obligatorio, temporal y será

remunerado con las excepciones que establezca la ley constituyéndose su total cumplimiento es un requisito para obtener el Título de Técnico correspondiente.

ARTÍCULO 125.- Las funciones que desempeñen los prestadores que laboren en las

instituciones del Sector Público, podrán ser computadas como Servicio Social por el plantel respectivo.

ARTÍCULO 126.- La duración del Servicio Social no podrá ser menor de cuatrocientas ochenta

horas; se desarrollará en un periodo no menor de seis meses ni mayor de dos años, y podrá ser cubierto en el transcurso del periodo escolar correspondiente.

ARTÍCULO 127.- Todo educando prestador de Servicio Social deberá observar consideración y

respeto a los reglamentos de la institución donde lo realice, cuidando en todo momento su buena imagen y en consecuencia la del plantel a que pertenece.

ARTÍCULO 128.- El Servicio Social podrá ser realizado en empresas paraestatales o

descentralizadas y educativas siempre y cuando las actividades a realizarse en este organismo, sean de beneficio social para la comunidad.

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CAPITULO II DE LOS PRESTADORES DE SERVICIO SOCIAL

ARTÍCULO 129.- El Servicio Social lo deberán realizar tanto estudiantes como egresados

como un requisito legal para realizar el trámite de titulación correspondiente. ARTÍCULO 130.- La asignación de horarios para prestación de Servicio Social, se hará de

acuerdo a las posibilidades de los prestadores y se determinará, fundamentalmente en función de su horario escolar.

ARTÍCULO 131- Para prestar el Servicio Social, el solicitante a partir del cuarto semestre

deberá cumplir con las siguientes disposiciones: A) Requisitar y firmar la cédula de registro. B) Acatarse a las disposiciones establecidas en los convenios de

vinculación con el sector Productivo o Instituciones Públicas. C) Asistir a los seminarios de información y cursos de capacitación que se

organicen en el Plantel, para tal efecto.

ARTÍCULO 132- El educando comprobará la realización del Servicio Social mediante los siguientes documentos: A) Cédula de Registro. B) Carta de presentación del plantel. C) Carta de aceptación expedida por la institución receptora. D) Convenio. E) Informes bimestrales de las actividades realizadas debidamente

autorizado por la institución donde presta su servicio social. F) Informe final de las actividades realizadas debidamente autorizado por

la institución donde presto su servicio social. G) Constancia de liberación correspondiente otorgada por el plantel.

ARTÍCULO 133.- El reporte final de Servicio Social deberá ser entregado dentro de un periodo

máximo de 2 meses a partir de la fecha en que se concluyó, en caso contrario se anulará la presentación de dicho servicio.

ARTÍCULO 134- El prestador al concluir satisfactoriamente el Servicio Social recibirá la

constancia de acreditación respectiva, la cual será expedida por el plantel.

CAPÍTULO III DE SU ORGANIZACIÓN

ARTÍCULO 135- El Director del plantel nombrará un Coordinador de Servicio Social en quien

delegará las siguientes funciones: planear, organizar, coordinar y controlar las acciones para la prestación del Servicio Social.

ARTÍCULO 136- Todos los planteles remitirán al Departamento de Servicios Escolares de la

Dirección General la hoja de resumen estadístico del seguimiento de prestadores del servicio social el departamento evaluará la información recabada y remitirá el informe respectivo a la dirección correspondiente.

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CAPÍTULO IV DE LOS CAMPOS DE ACCIÓN

ARTÍCULO 137- El Servicio Social podrá acreditarse en cualquiera de los siguientes campos

de acción: A) Educación para adultos. B) Apoyo docente. C) Apoyo a las instituciones del Sector Público. D) Actividades de interés social.

CAPÍTULO V DE SU ACREDITACIÓN

ARTÍCULO 138- El prestador durante la realización de su Servicio Social hará entrega a la

coordinación de servicio social de su plantel de los documentos aludidos en él articulo 12 del presente reglamento (la entrega de reportes bimestrales se hará en los primeros cinco días hábiles del mes).

ARTÍCULO 139- En los planteles el Coordinador de Servicio Social integrará el expediente

individual de los prestadores mismos que quedarán en poder de la escuela. ARTÍCULO 140- En los planteles el Director firmará las constancias de Servicio Social y las

remitirá a la Dirección General correspondiente quien certificará ante la Dirección General de profesiones la firma del Director del Plantel.

ARTÍCULO 141- El Servicio Social realizado sin la tramitación respectiva, carecerá de validez

para su acreditación. ARTICULO 142- El prestador que no cumpla con el Servicio Social según lo establecido en el

presente Reglamento, no recibirá la constancia de acreditación correspondiente.

ARTÍCULO 143- La aplicación de cualquier tipo de sanciones a los alumnos infractores, por

parte de la institución receptora, será comunicada a la Dirección del Plantel correspondiente de manera inmediata.

ARTÍCULO 144- Los egresados que aun no han prestado su servicio social deberán adquirir

por su cuenta un seguro de vida si la institución donde prestaran su servicio no les proporcionan este beneficio una vez cubierto este requisito procederán a realizar los trámites correspondientes para su Servicio Social.

ARTÍCULO 145- Estarán exentos de prestar su Servicio Social únicamente aquellas personas

que presenten alguna enfermedad grave que les impide realizarlo, presentando una responsiva médica que justifique tal medida, expedida por instituciones asistenciales públicas.

ARTÍCULO 146- Será reconocido el Servicio Social de todos y cada uno de los estudiantes

y/o profesionistas que demuestren con documentos la relación laboral que tienen con el Gobierno Federal o Estatal.

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ARTÍCULO 147- Los casos no previstos en el presente Reglamento o aclaraciones surgidas en

su interpretación serán sometidas para su estudio y dictamen correspondiente al Departamento de Servicios Escolares de la Dirección General.

ARTÍCULO 148- Los prestadores del Servicio Social que por alguna razón interrumpan la

realización del mismo lo podrán reanudar en esa institución o en otra, tomando en cuenta el tiempo ya cubierto.

ARTÍCULO 149.- Los formatos que deberán emplearse en el proceso de realización del Servicio Social son:

Anexo 7 Cedula de Registro de Servicio social Anexo 8 Carta de Presentación Anexo 9 Carta de Aceptación Anexo 10 Convenio Anexo 11 Reporte Bimestral de Servicio Social Anexo 12 Indicaciones para elaborar el Informe Final de

Servicio Social Anexo 13 Constancia

TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO: Los casos no previstos en el presente Reglamento motivo de su

interpretación, deben someterse para su estudio y dictamen correspondiente a la Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco, a través de su Dirección Académica.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Reglamento entrará en vigor tres días después de su

aprobación en la Junta Directiva ARTÍCULO TERCERO: Quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan parcial o

totalmente al presente Reglamento.

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CONVENIO

ACTA No. ____________

DIRECCIÓN GENERAL DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO.

CONVENIO QUE CELEBRAN EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO PLANTEL. ___________________

UBICADO EN: _________________________________________________________

CON LA EMPRESA: ____________________________________________________

UBICADA EN: _________________________________________________________

QUIEN ACEPTA AL O LOS ALUMNO(S) DEL: __________SEMESTRE DE LA (S)

ESPECIALIDAD (ES) DE:________________________________________________

COMO PRESTADOR(ES) DE PRÁCTICAS PROFESIONALES A PARTIR DEL

DÍA:_______ DE:_________________DEL 200_____ HASTA EL DÍA:___________

DE: _____________ DEL 200 _____.

CON UN HORARIO DE LAS:___________ A ___________ EQUIVALENTE A: __

____________________ HORAS DE SERVICIO EN EL ÁREA O DEPARTAMENTO.

_____________________________________________________

LA EMPRESA CONOCE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Y PARA LA PROTECCIÓN DEL O DE LOS ALUMNO(S), LA EMPRESA SE

COMPROMETE A ADQUIRIR UNA PÓLIZA CONTRA ACCIDENTES DE TRABAJO.

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LA DIRECCIÓN GENERAL DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y

TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO. AGRADECE EL O LOS

DONATIVO(S), POR BECA(S), EL O LOS CUAL(ES) SERÁ(N) ENTREGADO(S)

CADA SEMANA Y PUNTUALMENTE POR LA EMPRESA A LOS ALUMNOS:

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

POR LA CANTIDAD DE: $ _________________________________________________

AL MISMO TIEMPO LE ROGAMOS LE(S) EXTIENDA(N) A LOS PRACTICANTES

LOS INFORMES DE EVALUACIÓN Y CONSTANCIAS DE SUS PRÁCTICAS, PARA

EL CONTROL ADMINISTRATIVO DEL PLANTEL.

_________________________________________________

LUGAR Y FECHA DE CELEBRACIÓN DEL CONVENIO

LA EMPRESA

_____________________________

LA DIRECCIÓN GENERAL

DEL COLEGIO DE ESTUDIOS

CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE JALISCO

__________________________

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL

ESTADO DE JALISCO

Asunto: CARTA DE PRESENTACIÓN

Guadalajara, Jal. a_______ de ____________ de 200___.

LA DIRECCIÓN DEL PLANTEL ________________________________ DEL COLEGIO DE

ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO SE PERMITE

PRESENTAR AL ALUMNO (A):______________________

_________________________________________________________________________

QUIEN DESEA REALIZAR PRÁCTICAS PROFESIONALES EN EL ÁREA DE :

EN LA EMPRESA QUE USTED REPRESENTA.

EL ALUMNO ANTES MENCIONADO, PERMANECERÁ DURANTE EL PERIODO DEL DÍA

_______ DE ____________ DEL 200____, HASTA EL DÍA ________ DE __________ DEL

200______.

CON UN HORARIO DE: ___________________ A _________________________.

EN ESPERA DE INFORMES, EVALUACIÓN Y CONSTANCIAS DE NUESTROS

PARTICIPANTES AL TÉRMINO DE SUS PRÁCTICAS, ANTICIPAMOS A USTED LAS,

QUEDANDO A SUS RESPETABLES ÓRDENES.

A T E N T A M E N T E

____________________________ DIRECTOR DEL PLANTEL

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL

ESTADO DE JALISCO

Asunto: CARTA DE ACEPTACIÓN

C. _____________________________________________.

DIRECTOR DEL PLANTEL _________________________________ DEL COLEGIO

DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO.

DE ACUERDO AL CONVENIO ESTABLECIDO, HACEMOS DE SU

CONOCIMIENTO QUE EL C. ____________________________________________,

DE LA ESPECIALIDAD DE:_________________________________________________

DEL PLANTEL A SU CARGO, HA SIDO ACEPTADO PARA REALIZAR SUS

PRÁCTICAS PROFESIONALES EN ESTA EMPRESA EN EL ÁREA DE:

______________________________________________________________________

EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL DÍA_____ DE___________ DEL 200____.

HASTA EL DÍA______ DE______________________ DEL 200___, CON UN

HORARIO DE _______________ A _____________.

SE EXTIENDE LA PRESENTE CARTA PARA LOS FINES QUE AL INTERESADO

CONVENGA AL _______ DIA DEL MES DE _______________ DEL 200___.

A T E N T A M E N T E

_______________________

C.c.p. Interesado C.c.p. Departamento de Vinculación

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

CEDULA DE REGISTRO DE PRACTICAS PROFESIONALES

NOMBRE: ____________________________________________________________ MATRÍCULA: _________________________________________________________ ESPECIALIDAD: _______________________________________________________ GENERACIÓN: ________________________________________________________ FECHA DE INICIO: ____________________________________________________ FECHA DE TERMINACIÓN: ____________________________________________ INSTITUCIÓN O EMPRESA: _____________________________________________ GIRO DE LA INSTITUCIÓN O EMPRESA: _________________________________ RAZON SOCIAL: _______________________________________________________ DIRECCIÓN: __________________________________________________________ NOMBRE DEL DIRECTOR, GERENTE O ADMINISTRADOR DE LA EMPRESA O INSTITUTO DONDE PRESTARÉ MIS PRÁCTICAS PROFESIONALES: ______________________________________________________________________ NOMBRE DEL PROGRAMA O PROYECTO AL QUE SE INSCRIBE: ___________ ______________________________________________________________________ AREA O DEPTO. DE ADSCRIPCIÓN: _____________________________________ TELÉFONO DE LA EMPRESA O INSTITUCIÓN: ___________________________ HORARIO DE LABORES DE: ____________________ A: ____________________ LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE RECIBIRÉ POR CONCEPTO DE LA PRESTACIÓN DE MIS PRÁCTICAS SERÁ DE $ _____________________________ FECHA DE ENTREGA: _________________________________________________

FIRMA DEL INTERESADO

_________________________

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

REPORTE BIMESTRAL DE PRÁCTICAS PROFESIONALES

ALUMNO: ____________________________________________________________ NO. DE MATRÍCULA: _________________________________________________ SEMESTRE Y ESPECIALIDAD: _________________________________________ PLANTEL No. _________________________________________________________

EMPRESA: ___________________________________________________________ UBICACIÓN: _________________________________________________________ GIRO: _______________________________________________________________ DEPARTAMENTO:____________________________________________________

PERIODO DE INFORME: ______________________________________________ FECHA DE INICIO: ___________________________________________________ FECHA DE TERMINACIÓN: ___________________________________________

EQUIVALENTE EN HORAS LABORADAS: _____________________________ FECHA DE ENTREGA: _________________________________________________ NOTA: AMPLIAR INFORMACIÓN DE ACTIVIDADES EN HOJAS ANEXAS Vo. Bo. DE LA EMPRESA FIRMA DEL PRESTADOR ____________________ ________________________

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL

ESTADO DE JALISCO

C O N S T A N C I A

El Director del plantel ______________ ubicado en ______________________________________

_________________________ dependiente de la Dirección General del Colegio de Estudios

Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco en cumplimiento a lo señalado en el reglamento

sobre Prácticas Profes ionales para la propia Dirección General, hace constar que según documentos

que obren en los archivos del plantel ________________ el alumno

___________________________________________ con matrícula_____________ del

Bachillerato Tecnológico en __________________________________________ ha realizado sus

Prácticas Profesionales correspondiente durante el periodo comprendido del ________________al

_______________________ en la empresa ____________________________________________.

Se expide la siguiente constancia en __________________________A los _______ días del mes de

______________ de 200___.

DIRECTOR DEL PLANTEL

_______________________

Vo. Bo

DIRECTOR GENERAL

________________________ C.c.p. Departamento de Servicio Social C.c.p. Depto.Servicios Escolares. Dirección General C.c.p. Depto Servicios Escolares. Plantel

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COLEGIO DE ESTU DIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

CÉDULA DE REGISTRO DE SERVICIO SOCIAL NOMBRE (Alumno): _________________________________________________________________

MATRÍCULA: ______________________________________________________________________

ESPECIALIDAD: _____________________________GENERACIÓN: _________________________

FECHA DE INICIO: ______________________FECHA DE TERMINACIÓN: ___________________

INSTITUCIÓN O EMPRESA: __________________________________________________________

GIRO DE LA INSTITUCIÓN: __________________________________________________________

DIRECCIÓN: ________________________________________________________________________

NOMBRE DEL RESPONSABLE DE ÁREA: ______________________________________________

PROGRAMA O PROYECTO AL QUE SE INSCRIBE: ______________________________________

ÁREA O DEPTO. DE ADSCRIPCIÓN: __________________________________________________

TELÉFONO: _________________ DÍAS: ________________________________________________

HORARIO DE LABORES: _____________________ Hrs. ___________________Hrs.

( INICIA) (TERMINA)

LA PERCEPCIÓN ECONÓMICA QUE RECIBIRÉ POR CONCEPTO DE LA PRESTACIÓN DE MI

SERVICIO SOCIAL SERÁ DE $ __________________ MENSUAL

FECHA DE ENTREGA: _________________________________

FIRMA DEL INTERESADO

____________________________________________

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

Asunto : CARTA DE PRESENTACIÓN Guadalajara, Jal. a ______ de _________ de _________ La Dirección del Plantel _____________________del Colegio de Estudios Científicos Y Tecnológicos del Estado de Jalisco se permite presentar a sus finas atenciones al Alumno (a):_____ ________________________________________________________________________________ Quien desea realizar su servicio social en el área de: ______________________________________ ________________________________________________ En la Empresa que usted representa. El alumno antes mencionado, permanecerá durante el periodo de: Con horario de las: ______________________________a las: _____________________________ En espera de informes, evaluación y constancias de nuestros participantes al termino de su servicio, anticipamos a usted las mas cumplidas gracias, quedando a sus respetables órdenes.

A T E N T A M E N T E

_____________________________ EL DIRECTOR DEL PLANTEL

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

Asunto : CARTA DE ACEPTACIÓN

C.__________________________________________________________ Director del Plantel: __________________________ del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco. De acuerdo al convenio establecido, hacemos de su conocimiento que el C.____________________ De la especialidad de: ______________________________________________________________ Del plantel a su cargo, ha sido aceptado para realizar su Servicio Social en esta Empresa en el área de: _____________________________________________________ En el periodo comprendido del: ____________________________________________________________________________ De: ____________de: __________ al: ___________ de: ______________ de: _______________ Con un horario de:_________________________________________________________________ Se extiende la presente carta para los fines que al interesado convenga a los: _________días del mes De: __________________ de: ___________________

A T E N T A M E N T E

______________________ LA EMPRESA

C.c.p. Interesado C.c.p. Departamento de Servicios Escolares de la Dirección General.

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

CONVENIO

DIRECCIÓN GENERAL DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO. Convenio que celebran el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco con

la Empresa: ______________________________________________________________________

Ubicada en: ______________________________________________________________________

Quien acepta a o los alumno (s) del: _________________________Semestre de la (s)

Especialidad (es) de: ______________________________________________________________

Como prestador (es) de Servicio Social por un periodo máximo de:__________________________

A partir del día: ______________ de: ___________ al día: __________ de: __________________

Con un horario de las: _______________________________ equivalente a: __________________

Horas de Servicio Soc ial en el área o departamento: ______________________________________

La empresa conoce los objetivos del Servicio Social y esta de acuerdo en renovar este convenio en forma permanente.

Para la protección del o de los alumnos la empresa se compromete a adquirir una póliza contra accidentes de trabajo.

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HOJA No. 2

La Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco, Agradece el o (los) donativo (s) por beca el o (los) cual (es) será (n) entregado (s) cada semana y puntualmente por la Empresa a los alumnos:

________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

por la cantidad de : $ ______________________Mensuales.

al mismo tiempo le rogamos le (s) extienda (n) a los prestadores los informes de evaluación y constancias de su servicio, para el control administrativo del plantel.

Lugar y fecha de celebración del convenio

POR LA EMPRESA

_______________________

POR LA DIRECCIÓN GENERAL DEL COLEGIO

DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL

ESTADO DE JALISCO

_______________________________

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COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

REPORTE BIMESTRAL DE SERVICIO SOCIAL

ALUMNO: _________________________________No. DE MATRICULA:_____________________

SEMESTRE : ___________ ESPECIALIDAD: ___________________________________________

PLANTEL No. ________

EMPRESA: _____________________________________________________

UBICACIÓN: ___________________________________________________

GIRO: ____________________ DEPARTAMENTO: ________________________________

PERIODO DE INFORME: INICIA: ________________ TERMINA: _______________________

EQUIVALENTE EN HORAS LABORADAS: ________________

INFORME DE ACTIVIDADES REALIZADAS DURANTE EL PERIODO

NOTA : AMPLIAR INFORMACIÓN DE ACTIVIDADES EN HOJAS ANEXAS

FECHA DE ENTREGA: DIA : _________MES: __________AÑO: ___________

Vo. Bo. FIRMA DEL PRESTADOR

_____________________ _________________________

DE LA EMPRESA

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INDICACIONES PARA ELABORAR EL INFORME FINAL DE SERVICIO SOCIAL

Deberá elaborarla en hojas de tamaño carta a doble espacio, usando mayúsculas y minúsculas según se requiera, sin dejar espacio vacíos en las hojas.

El margen superior, inferior y derecho será de 2.5 cm. Y el izquierdo de 3.0 c.m.

La primera hoja del trabajo, deberá contener la siguiente información.

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE JALISCO

PLANTEL No. ________

INFORME FINAL DEL SERVICIO SOCIAL

Prestado en

Nombre completo del organismo

Por el C.

Nombre Completó del alumno

Alumno del Bachillerato tecnológico en:

Especialidad

Con Matrícula

Numero de Matrícula

En el periodo comprendido del Periodo del servicio social

Cuidando que la distribución dentro del margen indicado, tenga presentación

La siguiente hoja deberá contener: Nombre de la institución donde se presto el Servicio Social, Nombre del trabajo (Informe final de Servicio Social) Nombre completo del prestador y en la parte inferior derecha de esta misma hoja, escribir Vo. Bo. Debajo dejando espacio para firmar, nombre del responsable del programa o del departamento correspondiente, y en la parte inferior izquierda, poner el sello del organismo.

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En la siguiente hoja incluir el:

ÍNDICE PAG.

INTRODUCCIÓN

CAPITULO 1

GENERALIDADES DE LA INSTITUCIÓN

1.1. Nombre 1.2. Domicilio y ubicación 1.3. Organización 1.4. Productos que elabora o servicios que presta indicando importancia

CAPITULO 2

DEPARTAMENTO DE ADSCRIPCIÓN

2.1. Nombre 2.2. Organización 2.3. Funciones 2.4. Trabajos desarrollados

CAPITULO 3

RESULTADOS OBTENIDOS

CAPITULO 4

CONCLUSIONES

CAPITULO 5

RECOMENDACIONES

ANEXOS Señalar en el índice el No. De la hoja en que se encuentra cada punto del informe, cuidando que la distribución dentro del margen indicado, tenga presentación.

Al escribir el informe final de servicio social deberá tratar en forma detallada, sin perder la buena redacción, lo referente a trabajos desarrollados y en general evitar los errores ortográfic os.

Numerar las hojas del trabajo en la parte media del margen inferior.

Los gráficos en general deberán ser elaborados en papel albanene, anotándoseles en lugar visible el no. de anexo que corresponda e incluirlos en orden ascendente en el apartado anexos

Incluir antes de la primera hoja de trabajo, y al final una hoja en blanco.

En el cuarto inferior derecho de la portada deberá pegarse una etiqueta con la información contenida en la primera hoja de trabajo.

Page 38: SERVICIOS ESCOLARES INTERNET - Bienvenidotransparencia.info.jalisco.gob.mx/sites/default/files...Copia de certificado de secundaria con promedio mínimo de 7 (siete) o comprobante

Para su revisión entregar al departamento de servicio social, un ejemplar del informe final en una carpeta con broche, en el transcurso del tiempo señalado en el Reglamento respectivo.

COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE JALISCO

CONSTANCIA

El Director del plantel ___________________ ubicado en _______________________________________

Dependiente de la Dirección General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Jalisco en cumplimiento a lo señalado en el reglamento de Servicio Social para la propia Dirección General , hace constar que según documentos que obren en los archivos del plantel _________________________________________________ el alumno (A)___________________________

__________________ con matricula _____________________ del Bachillerato Tecnológico en: _______

______________________________ ha realizado su Servicio Social correspondiente durante el periodo comprendido del ___________________________al _______________________________________ en la Empresa ________________________________________________________________________________

Se expide la siguiente constancia en ____________________a los ________ días del mes ______________

Del año __________

DIRECTOR DEL PLANTEL

______________________________

Vo. Bo.

DIRECTOR GENERAL

____________________________

C.c.p. Departamento de Servicio Social

C.c.p. Depto. de Servicios Escolares de la Dirección General

C.c.p. Depto. Control Escolar. Plantel