servicio de limpieza, ornato, jardinerÍa y …

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1 PLIEGO DE CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA GLI 0004/2015 SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS. UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA MAYO DE 2015

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PLIEGO DE CONDICIONES

INVITACIÓN PÚBLICA GLI – 0004/2015

“SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS”.

UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

MAYO DE 2015

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INVITACIÓN PÚBLICA GLI-0004-2015 DIRECCIÓN DE GESTIÓN LOGÍSTICA Y DE INFRAESTRUCTURA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA

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“SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES

ALTERNAS” FICHA RESUMEN- GLI 0004/2015

Organismo Financiador Recursos propios de la Universidad de Antioquia.

Presupuesto oficial

Cuatro mil doscientos treinta millones de pesos ml. ($4.230.000.000) incluidos todos los costos en que incurra el contratista para ejecutar el contrato, tasas, impuestos, IVA, y el AIU.

Pliego de Condiciones

Los interesados podrán revisar, obtener información y adquirir el pliego de condiciones en el Portal Universitario de la Universidad de Antioquia, www.udea.edu.co.

Fecha de apertura El 20 de mayo de 2015 a las 8.00 a.m.

Fecha de publicación Desde el 20 de mayo de 2015 a las 8.00 a.m

Medio de Publicación El Portal Universitario de la Universidad de Antioquia (www.udea.edu.co).

Visita Técnica

Fecha – Hora 3 de junio de 2015 a las 10:30 a.m. horas, hora legal colombiana

Sitio de encuentro Calle 67 No. 53-108, bloque 29, segundo piso, Ciudad Universitaria, Medellín

Solicitud de aclaraciones a los pliegos de condiciones

Entre los días 20 mayo y 5 de junio, de 2015 La solicitud de explicaciones y/o aclaraciones deberán dirigirse a la oficina ubicada en el bloque 29, segundo piso de la Universidad de Antioquia o entregarlas ventanilla Única de Gestión de Correspondencia, Calle 70 No. 52-21, o por correo electrónico [email protected], antes de la fecha y hora límites. Una vez cumplido el plazo para solicitar aclaraciones no se dará curso a ninguna solicitud.

Respuesta a observaciones por parte la Universidad

Entre los días 21 de mayo y 10 de junio de 2015 En el Portal Universitario www.udea.edu.co

Entrega de las propuestas

Fecha y hora: 16 de junio de 2015, entre las 11:00 a.m. y las 11:30 a.m., hora legal colombiana señalada por la

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“SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES

ALTERNAS” FICHA RESUMEN- GLI 0004/2015

División de Metrología de la SIC. Lugar: Universidad de Antioquia, Ventanilla Única de Gestión de Correspondencia, Calle 70 No. 52-21.

Plazo de ejecución Seis (6) meses, contados a partir de la firma del acta de inicio.

1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 OBJETO La Universidad de Antioquia mediante Resolución de Apertura del 19 de mayo de 2015 y previa autorización del Consejo Superior Universitario, mediante Resolución Superior 1995 del 28 de abril de 2015 abre el proceso de Invitación Pública GLI-0004-2015, e invita a todos los interesados en participar a presentar propuestas para contratar por el sistema de precios unitarios fijos reajustables, el “Servicio de limpieza, ornato, jardinería y mantenimiento de las sedes de la Universidad de Antioquia y sus sedes alternas”, de conformidad con las condiciones técnicas y generales de la presente invitación. El objeto de la presente Invitación Pública comprende entre otros, la limpieza de las

instalaciones físicas; recolección, optimización de subproductos de reciclaje,

tratamiento de residuos biológicos (este procedimiento solo se realiza en la Sede de

Investigación Universitaria -SIU-, transporte al almacenamiento central y entrega de los

residuos a operadores especiales de servicio de aseo; lavado, desinfección, y

esterilización de material de laboratorio; lavada de fachadas; lavada de tanques de

almacenamiento de agua potable en espacios confinados; atención cafetín

administrativos; trabajos de altura; trabajos básicos menores (plomería y electricidad);

logística (reintegro); limpieza de techos y cárcamos, aseo y mantenimiento profundo de

piscinas y cuartos de bombas; manejo y sostenimiento de la cancha sintética y

mantenimiento de jardines en los siguientes sitios: Ciudad Universitaria, Facultades de

Odontología, Medicina, Enfermería, Salud Pública, Sedes del Hospital San Vicente de

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Paul (Maxilofacial- Patología-Dermatología-Pediatría), Casa Neurología, Neurociencia

Casas de Prado (Serpentario, Pecet, Educación Especial, Antropología), Casa Cultural

de Artes, Parque de la Vida, Convenio Sena y Trabajo Social, Edificio la Naviera,

Hacienda el Porvenir, Edificio de San Ignacio, Edificio de Extensión, Parque del

Emprendimiento, Edificio Javiera Londoño, Casa Sector Prado Centro, Sede de

Posgrados, Seccional Oriente, Sede de Investigaciones Universitarias (SIU), Sede de

Robledo (incluida la piscina), las regiones seccional oriente, seccional Amalfi, seccional

Yarumal, seccional Caucasia, seccional Andes, seccional Puerto Berrío, seccional San

José del Nus, seccional Jesús Mora - Urabá, seccional Apartadó, seccional Estudios

Ecológicos (Tulenapa), seccional Ciencias del Mar, seccional Magdalena Medio,

seccional Santa Fe de Antioquia, seccional Sonsón, seccional Segovia y sede Bogotá.

1.2 PRESUPUESTO OFICIAL La Universidad de Antioquia ha estimado el presupuesto oficial para el objeto de la presente Invitación Pública en la suma de Cuatro mil doscientos treinta millones de pesos ml. ($4.230.000.000) incluidos todos los costos en que incurra el contratista para ejecutar el contrato, tasas, impuestos, IVA, y el AIU. Si el valor total de la propuesta supera el presupuesto oficial será rechazada. De igual forma la propuesta será rechazada en caso de que el valor total de la misma una vez corregido, exceda el presupuesto oficial. 1.3 PLAZO El plazo oficial máximo para la ejecución de la obra será de Seis (6) meses, contados a partir de la fecha del acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato. 1.4 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Podrán participar en la presente invitación las personas naturales o jurídicas, en forma individual, consorcios o uniones temporales debidamente constituidas y registradas en la Cámara de Comercio de su domicilio principal, consideradas legalmente capaces de contratar de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, que no estén incursos en causales de incompatibilidad o inhabilidad o conflictos de interés para contratar, de acuerdo con la Constitución Política, la Ley y el Estatuto General de Contratación de la Universidad de Antioquia (Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014), el Acuerdo Superior 395 del 21 de junio de 2011 (por el cual se regula el conflicto de intereses del servidor público en la Universidad de Antioquia), Resolución rectoral 39475 del 14 de

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noviembre de 2014, que no aparezcan reportadas en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República (Artículo 60 de la ley 610 de 2000) y que estén inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de conformidad con la clasificación de códigos CIUU adoptado por el Decreto 1510 de 2013 en alguna de las siguientes clasificaciones: GRUPO SEGMENTO FAMILIA CLASE (72) SERVICIOS DE EDIFICACION, CONSTRUCCION, INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO

(15) SERVICIOS DE CONSTRUCCION Y DE COMERCIO ESPECIALZIADO

(35) SERVICIOS DE LIMPIEZA ESTRUCTURAL EXTERNA

(01) SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EXTERIOR DE EDIFICIOS

(72) SERVICIOS DE EDIFICACION, CONSTRUCCION, INSTALACIONES Y MANTENIMIENTO

(11) SERVICIOS DE ASEO Y LIMPIEZA

(15) SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS GENERALES Y DE OFICINAS

(01) SERVICIOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS

Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión temporal, cada uno de sus integrantes debe encontrarse clasificado y calificado en los grupos antes citados. 1.4.1 CONDICIONES PARA PARTICIPAR EN ESTE PROCESO

Podrán participar en este proceso las personas que cumplan con los requisitos señalados en la presente Invitación Pública. Las personas jurídicas deben haberse constituido por los menos siete (7) años antes de la fecha de apertura de este proceso y deberán acreditar que el término de duración de la sociedad no será inferior al máximo plazo de cumplimiento de las garantías y un año más. Los proponentes no podrán encontrarse en ninguna de estas situaciones: cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales, liquidación o cualquier otra circunstancia que justificadamente permita a la Universidad presumir incapacidad o imposibilidad jurídica, económica o técnica del proponente para cumplir el objeto del contrato en forma independiente. 1.4.2 CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL.

Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos indicados en los numerales 1.4 y 1.4.1, además de los que señalan a continuación. La constitución del consorcio o unión temporal se debe formalizar diligenciando el anexo No. 2. Cuando la participación se haga por alguna de estas modalidades, los

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proponentes indicarán si es a título de Consorcio o Unión Temporal y para el segundo caso señalarán los términos y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento de la Universidad. En caso de Consorcios o Uniones temporales no se permitirá que en su denominación utilicen los términos U DE A, Universidad de Antioquia o similares. En caso de que la Unión temporal o el consorcio en su denominación utilicen estos nombres, el proponente deberá cambiarla. 1.5 RÉGIMEN CONTRACTUAL El presente proceso se rige por el Estatuto General de Contratación de la Universidad de Antioquia (Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014) y las resoluciones reglamentarias del mismo. “...ARTÍCULO 5. Normativa que regirá la celebración de contratos y convenios de la Universidad: Los contratos y convenios que suscriba la Universidad de Antioquia, se regirán en general por el derecho privado con sujeción a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre los particulares1 y por las disposiciones contenidas en el presente Estatuto, en desarrollo de los principios de la autonomía universitaria y de la autonomía de la voluntad de las partes; sin perjuicio de la aplicación de normas especiales que regulen materias específicas. Los contratos o convenios financiados por organismos nacionales o extranjeros, podrán regirse total o parcialmente por las normas de contratación del respectivo organismo o Estado, o el que las partes acuerden…..” 1.6 LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA DEL PROCESO CONTRACTUAL, VISITA TÉCNICA Y SOLICITUD DE ACLARACIONES. La invitación pública a presentar propuestas será anunciada por medio del Portal Universitario www.udea.edu.co, según cronograma de esta invitación. El pliego de condiciones debe ser descargado del Portal Universitario www.udea.edu.co. La Universidad tiene programada una visita técnica según las fechas establecidas en la ficha resumen de esta invitación. El sitio de encuentro está definido en la ficha resumen.

1 Código Civil; Código de Comercio

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La asistencia a la anterior visita es de fundamental importancia, tanto para los proponentes como para la Universidad, ya que en ella se podrán evidenciar aspectos técnicos, físicos, económicos y administrativos que podrían influir en la elaboración y preparación de la propuesta. A la visita puede asistir la persona natural del proponente o su representante, el representante legal de la persona jurídica, el representante del consorcio o la unión temporal o a la persona a quien cualquiera de los proponentes designe. Se recomienda que el asistente sea una persona idónea y que tenga conocimiento sobre el servicio que se pretende contratar, lo anterior con el fin de aclarar las dudas técnicas durante la visita. La visita, si bien no es obligatoria, el efecto de no asistir, es que la Universidad entiende que conoció el alcance que a las estipulaciones del pliego se dieron en ella. En desarrollo de la visita se levantará una planilla o acta donde se relacionará el nombre e identificación de los asistentes. 1.6.1. Entrega de las propuestas Las propuestas debidamente selladas y marcadas deben ser entregadas en la Universidad de Antioquia, ventanilla Única de Gestión de Correspondencia, Calle 70 No. 52-21, diagonal al Edificio de Extensión, según ficha resumen de esta invitación. Las propuestas que lleguen después de esta fecha y hora no serán recibidas por la Universidad. El día de entrega de las propuestas y cumplido el horario estipulado en el párrafo anterior, se abrirán las propuestas en presencia de los proponentes o de sus delegados, si los hubiere; se levantará un acta en la que se deje constancia del nombre del proponente, número de folios de la propuesta, compañía aseguradora, número de la garantía de seriedad de la propuesta, valor total de la propuesta y las observaciones correspondientes, si las hubiere. La Invitación Pública a presentar propuestas será anunciada por medio del Portal Universitario www.udea.edu.co, según las fechas establecidas en la ficha resumen de esta Invitación Pública. El pliego de condiciones debe ser descargado del Portal Universitario www.udea.edu.co. Las propuestas debidamente selladas y marcadas, con todas sus páginas rubricadas y foliadas, deben ser entregadas en la Universidad de Antioquia, ventanilla

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Única de Gestión de Correspondencia, Calle 70 No. 52-21, según las fechas establecidas en la ficha resumen de esta invitación. Las propuestas que lleguen después de esta fecha y hora no serán recibidas por la Universidad. 1.7 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LA INVITACIÓN

Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió las condiciones de la presente INVITACIÓN y todos los documentos de la contratación, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del servicio, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su propuesta de manera libre, seria, precisa y coherente.

Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de manera unilateral de lo establecido en esta INVITACIÓN serán de su exclusiva responsabilidad; por lo tanto, LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta.

La falta de respuesta por parte de la UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA no podrá interpretarse como aceptación tácita de las observaciones y por consiguiente los términos de los pliegos conservan plena validez, mientras no sean modificados expresamente por LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA.

El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente contratación, no se considerarán como fundamento válido de futuras reclamaciones.

1.8 PARTICIPANTES En el presente proceso podrán participar: Personas Naturales, y Personas Jurídicas, individualmente o bajo las figuras de Consorcios o Uniones Temporales con capacidad para cumplir los requisitos del presente pliego de condiciones y la normatividad vigente aplicable y que cumplan con los requisitos de participación establecidos de la presente invitación.

1.9 NÚMERO MÍNIMO DE PROPONENTES La UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA podrá adjudicar la presente invitación pública aún en el evento que solo se presente una propuesta hábil que pueda ser considerada como favorable, de conformidad con el presupuesto oficial asignado.

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1.10 PRÁCTICAS ANTICORRUPCIÓN

LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA exigirá que los oferentes observen los más altos niveles éticos en los procesos de selección y ejecución de los contratos.

En el evento de conocerse posibles hechos relacionados con corrupción, deberá reportar tal hecho a los organismos competentes, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación y Contraloría General de la Nación.

En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones de la presente Invitación y del Contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran.

Si LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA comprobare hechos constitutivos de corrupción por parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, rechazará la respectiva oferta.

Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar dentro del plazo de ejecución del Contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la terminación del contrato.

Los Proponentes deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo 12 en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. 1.11 SOLICITUD DE ACLARACIONES. RESPUESTA POR ADENDA.

Los proponentes podrán solicitar por escrito las aclaraciones relacionadas con la presente invitación hasta la fecha y hora indicada en la ficha resumen. La solicitud de explicaciones y/o aclaraciones deberán dirigirse a la oficina ubicada en el bloque 29, segundo piso de la Universidad de Antioquia o entregarlas ventanilla Única de Gestión de Correspondencia, Calle 70 No. 52-21, diagonal al Edificio de Extensión o por correo electrónico [email protected], antes de la fecha y hora límites. Una vez cumplido el plazo para solicitar aclaraciones no se dará curso a ninguna solicitud. Si hay lugar a modificación o aclaración esta se hará mediante adenda, la cual se publicará en el Portal Universitario y será de obligatorio cumplimiento para la presentación de las propuestas. En caso de ser necesario, podrán prorrogarse los plazos establecidos en el cronograma, bajo condiciones técnicas, jurídicas o de conveniencia, bien sea por solicitud expresa por parte de los interesados o de oficio por parte de la Universidad, siempre que se encuentre debidamente justificado; en cuyo caso la prórroga se hará mediante adenda, que deberá ser aprobada previamente por el Comité Técnico de

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Contratación y se dará a conocer a todos los interesados mediante publicación a través del Portal Universitario. 1.12 PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deberán ser escritas en computador, en idioma español, en original y una (1) copia. Si se presenta alguna diferencia entre el original y la copia, prevalecerá la información consignada en el original. Tanto el original como la copia deberá entregarse debidamente rubricadas, foliadas y legajadas, en sobres separados, debidamente cerrados y rotulados en su parte exterior respectivamente como “original” “copia” y en medio magnético en Word y Excel. En cada sobre se hará constar el nombre del proponente y su dirección comercial y se dirigirá en la siguiente forma: Universidad de Antioquia Ventanilla Única de Gestión de Correspondencia Calle 70 No. 52-21. Invitación Pública No. GLI-0004/2015 Objeto: “SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS” Original (o copia según sea el caso)

Retiro de las propuestas.

Después de entregada la propuesta, no se permitirá el retiro total o parcial de ésta o de los documentos que la componen. 1.13 RECHAZO Y ELIMINACIÓN DE PROPUESTAS En la presente invitación primará lo sustancial sobre lo formal; por ello no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no sean necesarios para la comparación o calificación de las propuestas. Los requisitos que se puedan subsanar serán requeridos por la Universidad, dando un término razonable para ello o subsanados directamente cuando ello fuere posible, según los documentos aportados o que reposen en la entidad. La Universidad rechazará y eliminará las propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos, en cuyo caso no continuará con su evaluación en cualquiera de los siguientes casos:

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1. Cuando las propuestas no se ajusten a las exigencias de la presente Invitación Pública, a menos que hubiere posibilidad de saneamiento conforme a lo previsto en el mismo documento y en la ley. 2. Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, establecidas en la Constitución, en la Ley y en los Estatutos de la Universidad de Antioquia 3. Cuando los proponentes no cumplan con los requisitos de participación. 4. Cuando sean presentadas extemporáneamente, es decir se presenten luego de la fecha y hora fijadas para el cierre de la presente Invitación Pública. 5. Cuando no se coticen uno o varios ítems del formulario de cantidades o cuando se modifique una cantidad, unidad o descripción del formulario oficial de cantidades, es decir se modifique el anexo No. 4. 6. Por no considerar las modificaciones hechas mediante adendas. 7. Cuando el proponente presente o participe en más de una propuesta correspondiente al mismo proceso de Invitación Pública, bien sea en Consorcio, Unión temporal o de manera individual. 8. Cuando el proponente omita documentos necesarios para evaluar, comparar y calificar propuestas. 9. Cuando la información consignada en los documentos que integran la propuesta no sea veraz, es decir no corresponda con la realidad. 10. Cuando una vez hecha la corrección aritmética si a ello hubo lugar, la diferencia entre el valor presentado y el valor corregido supere el uno por ciento (1.0%) con respecto al valor presentado. 11. Cuando el proponente, habiendo sido requerido por la Universidad para aportar documentos, suministrar información o hacer aclaraciones conforme a lo establecido en esta Invitación, no los allegue dentro del término fijado para el efecto en la respectiva comunicación, o que habiéndolos aportado no estén conformes con lo exigido en la comunicación. 12. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a impedir la libre participación de otros proponentes, o a impedir el ejercicio de sus derechos o los de la Universidad, o cuando se conozca la existencia de colusión con otros proponentes. 13. Cuando se descubran hechos o acuerdos previos realizados por el proponente tendientes a atentar contra las prerrogativas y derechos de La Universidad o de otros proponentes. 14. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influenciar o presionar a los funcionarios de la Universidad encargados del estudio y evaluación de las propuestas o en la aceptación de la misma. 1.14 DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA El proponente deberá incluir los documentos que se relacionan a continuación, la omisión de aquellos necesarios para la evaluación, comparación y calificación de las propuestas impedirá tenerla en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación:

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1.14.1. Carta de presentación de la propuesta (Anexo No.1): Firmada por el proponente si es persona natural, por el representante legal si es persona jurídica, por el representante del Consorcio o Unión temporal, si se trata de cualquiera de estas formas asociativas. La suscripción de la carta de presentación de la propuesta hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos de la Invitación Pública. 1.14.2. Certificado de existencia y representación legal: Para personas jurídicas: dicho certificado debe haber sido expedido en fecha que no exceda en más de un (1) mes, anterior a la fecha de cierre para el recibo de las propuestas. En el caso de consorcios o uniones temporales que tengan dentro de sus integrantes personas jurídicas, estos tendrán que aportar dicho documento por cada uno de sus integrantes. El objeto social deberá incluir las actividades principales objeto de la presente Invitación Pública. La duración de la sociedad contada a partir de la fecha de cierre de la presente Invitación Pública, no será inferior al máximo plazo de cumplimiento de las garantías exigidas para el contrato y un (1) año más y tales personas jurídicas deberán haber sido constituidas por lo menos siete (7) años antes de la fecha de apertura de la presente invitación 1.14.3. Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes: Las personas jurídicas, naturales, los miembros del consorcio o unión temporal deberán aportar el original del Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio que corresponda a su domicilio principal, con no más de treinta (30) días de expedición. La inscripción en el registro tendrá que ser anterior a la fecha de apertura del presente proceso de contratación. En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales se allegará dicho documento por cada uno de sus integrantes. 1.14.4. El proponente deberá adjuntar el Certificado del Registro Único de Proponentes (RUP), en original debidamente actualizado, expedido por la Cámara de Comercio VIGENTE y en FIRME, en el cual se refleje la Información requerida para determinar la Capacidad Financiera exigida y los requisitos de participación a que se hace referencia en el numeral 1.4. En caso de consorcio o unión temporal, deberá aportarse estos documentos por cada uno de sus integrantes. 1.14.5. Garantía de seriedad de la oferta: La propuesta deberá acompañarse del original de una garantía de seriedad a favor de la Universidad de Antioquia, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia o por una entidad bancaria, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del presupuesto oficial y con una vigencia de dos (2) meses, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la presente Invitación Pública. Con la propuesta se debe anexar la póliza y el recibo de cancelación de la prima correspondiente. En caso de ampliación del plazo de presentación de las propuestas, los proponentes se comprometen a ampliar la garantía por el mismo término, contado a partir de la fecha de ampliación. 1.14.6. Acta de constitución del Consorcio o Unión temporal (Anexo No.2): Cuando la participación sea a través de alguna de estas modalidades, se indicará el porcentaje de

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participación. Cuando se trate de Uniones Temporales además deberá describirse en forma expresa las actividades que adelantará cada uno dentro de la ejecución del contrato, indicando quien actuará como representante legal y deberá firmarse por todas las personas naturales o jurídicas que lo integran. 1.14.7. Anexo No.3. – Experiencia del proponente. Debidamente diligenciado. 1.14.8. Formulario de cantidades (Anexo No.4): Los proponentes deberán dar precios unitarios y valores totales para cada uno de los ítems que aparecen cuantificados en el formulario de cantidades. Los precios unitarios y valores totales para cada ítem deben escribirse en forma legible y siempre a tinta, bien manual o a computador, sin enmendaduras, ni tachaduras. Igualmente el representante legal deberá firmar cada una de las hojas del formulario. Asimismo, debe incluir la discriminación de los porcentajes utilizados para administración, imprevistos y utilidades, así como el cálculo detallado del porcentaje de administración que utilizó dentro del A.I.U. Al diligenciar estos formularios el proponente no podrá adicionar, modificar, suprimir o alterar los ítems y/o descripción, pues esta información se requiere para la comparación de las ofertas. 1.14.9. Certificados de experiencia en contratos similares: Debe aportarse información expedida por la entidad contratante de acuerdo con las indicaciones contenidas en el respectivo numeral. Dicho certificado deberá contener la información que permita deducir la idoneidad del proponente. Cuando el contrato haya sido ejecutado en consorcio o unión temporal, la certificación debe indicar claramente el porcentaje de participación; sin este requisito no se tomará en cuenta como experiencia. 1.14.10 Las personas jurídicas deberán presentar una certificación en original expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista, de acuerdo con los requerimientos de la Ley o por el representante legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses (y que se encuentra a paz y salvo), contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá aportar los documentos exigidos. 1.14.11Certificación del pago de parafiscales y aportes al sistema de seguridad social: Personas Naturales: deberán anexar la fotocopia de las afiliaciones como trabajador independiente a los sistemas de salud, pensiones y riesgos profesionales y las fotocopias de las autoliquidaciones y constancia de pago correspondientes al mes en el cual se presente la propuesta. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes deberá aportar los documentos exigidos. 1.14.12 Autorización de la junta directiva o junta de socios al representante legal: El

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representante legal de la persona jurídica debe estar facultado cualitativa y cuantitativamente para presentar las propuestas, bien por los respectivos estatutos o por manifestación expresa y escrita del órgano societario competente para tal efecto; así mismo se debe adjuntar el acta respectiva o certificación al respecto. La anterior autorización no deberá tener una anterioridad superior a los treinta días calendario, contados con antelación a la fecha de apertura de la presente Invitación Pública. La anterior observación también es válida para los miembros del consorcio o unión temporal. 1.14.13 Anexo No. 11 debidamente diligenciado – Seriedad y cumplimiento en contratos anteriores Adendas recibidas 1.14.14. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal o de la persona natural 1.14.15 Fotocopia del Registro Único Tributario 1.14.16 Certificado de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación (para personas naturales) o impreso de la página web www.procuraduria.gov.co 1.14.17 Certificado de Antecedentes Fiscales expedido por la Contraloría General de la República o impreso de la página Web www.contraloria.gov.co. Antecedentes Judiciales, la Universidad verificará la ausencia de antecedentes judiciales cuando los proponentes sean personas naturales, de los cual dejará constancia escrita, imprimiendo el pantallazo resultante de dicha consulta en el link www.consultadeantecedentes.gov.co . 1.14.18 Documentos del personal profesional: Se debe anexar la hoja de vida de un Ingeniero Ambiental, Agrónomo o Forestal, con experiencia no menor a siete (7) años en manejo ambiental, paisajismo y silvicultura urbana, quien prestará el servicio durante la duración del contrato. Se deben anexar los certificados que lo acrediten, matrícula profesional, además de las certificaciones de experiencia profesional en los aspectos mencionados anteriormente. 1.15 CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS

La Universidad examinará las propuestas para determinar si los proponentes están habilitados para presentarlas, si los documentos se presentaron completos, foliados, rubricados, si se entregó la garantía de seriedad requerida, en vigencia y cuantía, si el proponente cumple los requisitos exigidos y en general si se ajustan a los documentos de la Invitación Pública. Las propuestas serán evaluadas teniendo en cuenta los criterios que se enuncian a continuación:

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CRITERIOS DE EVALUACION PUNTAJE MAXIMO

1.15.1 EVALUACION EXPERIENCIA: 400

1.15.1.1 Experiencia por antigüedad 100

1.15.1.2 Experiencia específica 100

1.15.1.3 Experiencia en la ejecución de trabajos similares en instituciones educativas y hospitalarias 100

1.15.1.4 Experiencia en la ejecución de trabajos similares en laboratorios especializados de investigación. 50

1.15.1.5Experiencia en la ejecución de trabajos similares en piscinas y canchas sintéticas.

50* *(30 en piscinas y 20 en canchas sintéticas)

1.15.2 CAPACIDAD FINANCIERA 200

1.15.2.1 Patrimonio 50

1.15.2.2 Liquidez 100

1.15.2.3 Endeudamiento 50

1.15.3 EVALUACION ECONOMICA - PRECIO 400

TOTAL 1.000 PUNTOS

1.15.1 EVALUACIÓN EXPERIENCIA (Puntaje máximo 400 puntos) 1.15.1.1 EXPERIENCIA POR ANTIGÜEDAD (100/400) Para calificar este factor, la Universidad tendrá en cuenta los años que lleva la empresa desde la fecha de su creación, de acuerdo al Certificado de la Cámara de Comercio, o, en el caso de personas naturales, a partir del ejercicio de su actividad de comercio, así: AÑOS DE LA EMPRESA DESDE

HASTA PUNTAJE

Desde 7 años 10 años 50

Superior a 10 años 15 años 75

Superior a 15 años 100

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación.

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1.15.1.2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA (100/400): Para calificar este factor la Universidad considerará la experiencia debidamente acreditada en la ejecución de trabajos similares, considerándose como similares las labores de limpieza, ornato y jardinería. El número mínimo de operarios, en promedio, en cada uno de los contratos aportados debe ser mayor a 150. Este criterio se valorará, en smmlv. Se debe acreditar en un máximo de tres (3) contratos debidamente certificados, experiencia en trabajos similares, ejecutados y terminados durante los últimos cinco (5) años, contados con antelación a la fecha de apertura del presente proceso. Los certificados aportados deben contener como mínimo el número de operarios utilizados en promedio, durante la ejecución del contrato, fechas de inicio y terminación, valor del contrato, y la indicación de la experiencia específica. Si la experiencia fue adquirida en consorcio o unión temporal debe contener el porcentaje de participación del proponente, sin este requisito NO se tomará en cuenta como experiencia. La evaluación de este criterio se hará de acuerdo con la Tabla No.1 Tabla Nº1 EXPERIENCIA ESPECIFICA EN SMMLV, SEGÚN EL VALOR DE LA TOTALIDAD DE LOS CONTRATOS APORTADOS

DESDE HASTA PUNTAJE

3000 5000 10 puntos

Superior a 5000 10000 30 puntos

Superior a10000 15000 50 puntos

Superior a 15000 100 puntos

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. 1.15.1.3. EXPERIENCIA EN LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS SIMILARES EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y HOSPITALARIAS (100/400): Para calificar este factor, la Universidad considerará la experiencia debidamente acreditada en la ejecución de trabajos similares, considerándose como similares en instituciones educativas y hospitalarias. Este criterio se valorará, en smmlv.

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Los certificados aportados deben contener como mínimo el número de operarios utilizados en promedio, durante la ejecución del contrato, fechas de inicio y terminación, valor del contrato, y la indicación de la experiencia específica. La evaluación de este criterio se hará de acuerdo con la Tabla No. 2. Para el proponente que acredite en un máximo de tres (3) contratos en Instituciones Educativas y hospitalarias (de los tres, deberá aportar por lo menos uno de Instituciones Educativas y por lo menos otro de instituciones hospitalarias) con más de 100 personas contratadas para el objeto del contrato, experiencia debidamente certificada, ejecutados y terminados durante los últimos cinco (5) años, contados con antelación a la fecha de apertura del presente proceso de Invitación Pública. Si la experiencia fue adquirida en consorcio o unión temporal debe contener el porcentaje de participación del proponente, sin este requisito NO se tomará en cuenta como experiencia. La calificación de este factor se hará de acuerdo con la siguiente tabla: Tabla Nº2 EXPERIENCIA SIMILAR EN SMMLV, , SEGÚN EL VALOR DE LA TOTALIDAD DE LOS CONTRATOS APORTADOS

DESDE HASTA PUNTAJE

3.000 5.000 10 puntos

Superior a 5.000 10.000 30 puntos

Superior a 10.000 15.000 50 puntos

Superior a 15.000 100 puntos

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. 1.15.1.4. EXPERIENCIA EN LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS SIMILARES EN LABORATORIOS ESPECIALIZADOS DE INVESTIGACIÓN (50/400): Para calificar este factor, la Universidad considerará la experiencia debidamente acreditada en la ejecución de contratos que dentro de su alcance incluyan trabajos en salas o centrales de esterilización. La evaluación de este criterio se hará de acuerdo con la Tabla No. 3, en smmlv. Para el proponente que acredite en un máximo de dos (2) contratos, experiencia debidamente certificada, ejecutados y terminados durante los últimos cinco (5) años, contados con antelación a la fecha de apertura del presente proceso de Invitación Pública.

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Los certificados aportados deben contener como mínimo las fechas de inicio y terminación, valor del contrato, y la experiencia especifica. Si la experiencia fue adquirida en consorcio o unión temporal debe contener el porcentaje de participación del proponente, sin este requisito NO se tomará en cuenta como experiencia. La calificación de este factor se hará de acuerdo con la siguiente tabla: Tabla Nº3 EXPERIENCIA SIMILAR EN LABORATORIOS ESPECIALIZADOS DE INVESTIGACION SMMLV, SEGÚN EL VALOR DE LA TOTALIDAD DE LOS CONTRATOS APORTADOS

DESDE HASTA PUNTAJE

3.000 5.000 10 puntos

Mayor a 5.000 10.000 30 puntos

Mayor a 10.000 50 puntos

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. 1.15.1.5 EXPERIENCIA EN LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS SIMILARES EN PISCINAS Y CANCHAS SINTÉTICAS (50/400): Experiencia en Piscinas: Para calificar este factor, la Universidad considerará la experiencia debidamente acreditada en la ejecución de mantenimiento general y tratamiento de aguas de piscinas de uso público. La evaluación de este criterio se hará de acuerdo con la Tabla No. 4, en smmlv, para el proponente que acredite en un máximo de tres (3) contratos, experiencia debidamente certificada, ejecutados y terminados durante los últimos cinco (5) años, contados con antelación a la fecha de apertura del presente proceso de Invitación Pública. Los certificados aportados deben contener como mínimo las fechas de inicio y terminación, valor del contrato, y la experiencia específica. Si la experiencia fue adquirida en consorcio o unión temporal debe contener el porcentaje de participación del proponente, sin este requisito NO se tomará en cuenta como experiencia.

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La calificación de este factor se hará de acuerdo con la siguiente tabla: EXPERIENCIA SIMILAR EN MANTENIMIENTO DE PISCINAS SMMLV, SEGÚN EL VALOR DE LA TOTALIDAD DE LOS CONTRATOS APORTADOS

DESDE HASTA PUNTAJE

1.000 2.000 10 puntos

Mayor a 2.000 4.000 20 puntos

Mayor a 4.000 6.000 30 puntos

En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. Experiencia en canchas sintéticas Para calificar este factor, la Universidad considerará la experiencia debidamente acreditada en el manejo y sostenimiento en canchas sintéticas, asignando un valor de veinte (20) puntos.

EXPERIENCIA SIMILAR EN MANEJO Y SOSTENIMIENTO DE CANCHAS SINTETICAS

Lo Certifica PUNTAJE

SI 20 puntos

NO 0 puntos

1.15.2 CAPACIDAD FINANCIERA (Puntaje máximo 200 puntos) La capacidad financiera del proponente se calculará a partir de la evaluación de los siguientes factores: 1.15.2.1. PATRIMONIO (50/200) La asignación de puntajes para este criterio se hará con base en la siguiente tabla:

DESDE (smmlv) HASTA (smmlv) PUNTOS

4000 6000 10

Mayor a 6000 8000 20

Mayor a 8000 9000 30

Superior a 9000 smmlv 50

Para el cálculo del patrimonio en consorcios y uniones temporales, se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación.

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1.15.2.2. LIQUIDEZ (100/200) LIQ = AC ∕ PC Siendo AC = activo corriente PC = pasivo corriente La asignación de puntajes para este criterio se hará con base en la siguiente tabla:

DESDE HASTA PUNTOS

0 0.5 10

Superior a 0.5 1.0 30

Superior a 1.0 2.0 50

Superior a 2.0 100

Para el cálculo del índice de liquidez en consorcios y uniones temporales, se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. 1.15.2.3. NIVEL DE ENDEUDAMIENTO (50/200) NE = PT ∕ AT Siendo PT = pasivo total AT = activo total La asignación de puntajes para este criterio se hará con base en la siguiente tabla:

DESDE (%) HASTA (%) PUNTOS

0 50 50

Superior a 50 70 20

Superior a 70 90 10

Superior a 90 -10

Para el cálculo del índice de endeudamiento en consorcios y uniones temporales, se ponderará de acuerdo al porcentaje de participación. 1.15.3 EVALUACION ECONÓMICA – PRECIO (Puntaje máximo 400 puntos) El factor precio tendrá una asignación máxima de Cuatrocientos (400) puntos. A cada propuesta se le asignará el puntaje de la siguiente manera: Las propuestas cuyo valor corregido sea menor al 90% del presupuesto oficial, obtendrán cero (0) puntos en el factor precio. Se calculará entre las propuestas que se encuentren entre el 90% y el 100% del presupuesto oficial, un límite inferior y un límite superior así: Límite inferior = 0.80Vinf + 0.20Vsup Límite superior = 0.20Vinf + 0.80Vsup

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Donde: Vinf: valor de la propuesta más económica Vsup: valor de la propuesta más alta Las propuestas cuyo valor se encuentre entre los límites superior e inferior continuarán en la calificación del factor precio. Las que no, obtendrán cero puntos en la calificación del factor precio. Se calculará la media aritmética de las propuestas que se encuentren entre los límites superior e inferior. Se evaluarán las propuestas que se encuentren por debajo de la media aritmética. Se le asignará el puntaje mayor a la propuesta cuyo valor corregido se encuentre más cercano a esta media aritmética, calculada como se indica más adelante. Las demás propuestas recibirán un puntaje proporcionalmente inferior de acuerdo con la siguiente fórmula:

Siendo: P: Puntaje de la propuesta evaluada Pr (a): Media aritmética de las propuestas que se encuentran entre los límites superior e inferior ABS: Valor absoluto Pr (i): Valor de la propuesta en evaluación. Las propuestas que se encuentren por encima de la media aritmética se calificarán de igual forma, obteniendo el máximo puntaje, la que se encuentre más cercana a la media aritmética por encima. Las demás propuestas recibirán un puntaje proporcionalmente inferior de acuerdo con la siguiente fórmula:

La universidad se reservará el derecho de rechazar las propuestas que presenten precios que no estén de acuerdo con los precios reales del mercado; esto es, se consideren artificiosamente bajas. 1.16 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

La Universidad realizará la evaluación jurídica, financiera y económica de las ofertas y adjudicará el contrato referente al presente proceso, dentro de los cuarenta y cinco (45)

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días calendario, posteriores a la fecha de recepción de las mismas, incluidas las prórrogas si las hubiere. Dentro de este plazo la Universidad podrá solicitar a los proponentes, las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables para la respectiva evaluación, para lo cual les fijará un término perentorio y en caso de no atenderlas la oferta se rechazará. En todo caso las propuestas son inmodificables.

Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán, por un término de cinco (5) días hábiles, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. La fecha en la cual la evaluación de las propuestas se pondrá a disposición de los proponentes se comunicará a cada uno de ellos y además se informará mediante aviso publicado en el Portal de la Universidad.

Durante el estudio de las propuestas no se permitirá injerencia alguna de los oferentes. Cualquier oferente que trate de injerir, influenciar o informarse individualmente sobre el análisis de las ofertas será descalificado y su oferta no se tendrá en cuenta. 1.17 CRITERIOS DE DESEMPATE

En caso de presentarse empate en el puntaje total, se procederá de acuerdo al artículo 36 de la Resolución Rectoral 39475 del 14 de noviembre de 2014, es decir: 1.17.1. En igualdad de condiciones, deberá preferirse la propuesta que ofrezca mejor precio. 1.17.2. En igualdad de precios y condiciones, se tendrá en cuenta el mayor puntaje en experiencia (total). 1.18 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La Universidad de Antioquia previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las ofertas, basado en los aspectos legales, técnicos, financieros y económicos, adjudicará el contrato derivado de esta Invitación Pública, a la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje, o haya cumplido la condición para el desempate establecida en el numeral 1.17. La adjudicación se hará mediante Resolución motivada que se notificará al proponente favorecido en la forma y términos establecidos en el Estatuto General de Contratación, Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014. La adjudicación es irrevocable y obliga a la Universidad de Antioquia y al adjudicatario.

El proponente favorecido deberá notificarse personalmente de la adjudicación en el transcurso de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de expedición de la

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resolución, a menos que el interesado autorice de manera escrita, que se haga por medios electrónicos, la cual será comunicada a los demás participantes por internet, fax o correo certificado. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su comunicación elaboración, la Universidad de Antioquia hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, sin perjuicio de las acciones legales conducentes al reconocimiento de los perjuicios causados. En este evento, la Universidad podrá abrir un nuevo proceso de selección o adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando la oferta sea favorable a la Institución, o citar a la mesa de negociación a los demás oferentes calificados en la lista de elegibles. 1.19 GARANTÍAS El proponente a quien se le adjudique el contrato se obliga a constituir a favor de la Universidad de Antioquia, una garantía única otorgada por un banco o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con los siguientes amparos, cuantías y vigencias:

Cumplimiento: por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato incluyendo adiciones (si las hubiere) y una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro (4) meses más, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones originadas en el contrato. Se hará efectiva al Contratista a favor de La Universidad en caso de que aquel incumpla alguna de las obligaciones contraídas.

Pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones: Por una cuantía igual al siete por ciento (7%) del valor total del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más, para garantizar el pago de los salarios y las prestaciones sociales obligatorias de acuerdo con las leyes y el contrato, a los trabajadores que emplee para la realización del mismo.

Responsabilidad Civil Extracontractual: Por una cuantía igual al quince (15%) del valor total del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato, para garantizar la responsabilidad Extracontractual en que incurra el Contratista o sus trabajadores en la ejecución del contrato. La Universidad de Antioquia aprobará las garantías si las encuentra ajustadas a lo especificado. En caso contrario, las devolverá al contratista para que dentro del plazo que se señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.

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1.20 DECLARACIÓN DE PROCESO DESIERTO La Universidad de Antioquia podrá declarar desierto el proceso licitatorio en los siguientes casos:

Por motivos que impidan la escogencia del contratista

Por no presentarse ningún proponente

Porque sobrevengan razones de fuerza mayor o caso fortuito

Porque se presenten graves inconvenientes que le impidan a la Universidad cumplir la obligación contractual futura. El hecho de presentarse un solo proponente o que uno solo cumpla los requisitos, no será motivo para declarar desierto el proceso de contratación, siempre y cuando favorezca los intereses de la misma. 1.21 VALIDEZ DE LA PROPUESTA El proponente se compromete a mantener invariable su propuesta durante dos (2) meses, contados a partir del cierre de la presente Invitación Pública. En caso de ser requerido por la Universidad, el proponente favorecido con la adjudicación del contrato deberá ampliar la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la notificación de adjudicación. La vigencia de la póliza se deberá extender hasta la fecha de legalización del contrato, so pena de incumplimiento de la oferta. 1.22 EJECUCIÓN DEL CONTRATO 1.22.1 INICIACIÓN DE LOS TRABAJOS

El Contratista deberá iniciar los trabajos dentro de un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, siguientes al cumplimiento de los requisitos exigidos para la legalización del contrato, para lo cual se elaborará un acta que deberá estar firmada por los representantes del Contratista y de la Universidad. 1.22.2 FORMA DE PAGO

El valor del contrato se pagará mes vencido, por el sistema de precios unitarios fijos reajustables, previa presentación de las respectivas actas de pago, elaboradas por el Contratista y aprobadas por el Interventor. El valor del acta de pago será la suma de los productos que resulten de multiplicar las cantidades realmente ejecutadas y aprobadas por el Interventor, por los precios unitarios estipulados en el Formulario de Cantidades de la Propuesta.

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El reajuste de precios, en relación con el recurso humano que disponga el contratista seleccionado para la debida ejecución del contrato, será de acuerdo con el incremento salarial aprobado por el Gobierno Nacional para el cambio de año correspondiente. 1.22.3 INTERVENTORÍA DEL CONTRATO

La Universidad realizará la Interventoría con personal de planta o con una persona natural o jurídica independiente de la entidad y del contratista, quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables. Por conducto de la Interventoría se tramitarán los aspectos relativos al desarrollo del contrato, excepto cuando se estipule lo contrario en las condiciones de esta Invitación. La Universidad podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución del contrato, si por parte del Contratista existe un incumplimiento de las instrucciones impartidas, sin que el Contratista tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo. El Contratista deberá cumplir inmediatamente toda orden escrita, que profiera la Interventoría, aunque la considere que está fuera de lo estipulado en el contrato. Cuando esto ocurriere podrá dentro de los diez (10) días calendario siguiente al recibo de la orden, reclamar por escrito ante la Universidad, señalando claramente y en detalle las bases en las cuales fundamenta su objeción. Si el Contratista no presenta su reclamo durante este plazo, las órdenes o decisiones de la Interventoría se considerarán como definitivas. 1.22.4 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Durante la ejecución del Contrato, el Contratista en todo momento proveerá los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad de todas las instalaciones, la de sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y la de los empleados y bienes de la Universidad, el Interventor y de terceras personas. El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y en general a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas al Sistema de Gestión de la seguridad y salud en el trabajo y velará por su estricto cumplimiento. El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas sino también personal de la Universidad, del Interventor o de terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas para tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.

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Durante la ejecución del contrato el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a: seguridad, prevención de accidentes y enfermedades laborales, higiene y salubridad y en general las normas que a este respecto tengan las entidades oficiales. Igualmente cumplirá con lo establecido en las siguientes normas: 1.22.5 NORMATIVIDAD A CUMPLIR EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El Contratista deberá cumplir la normativa colombiana e internacional aplicable, que regule las condiciones objeto del presente contrato, pues con la presentación de la oferta acepta que las conoce íntegramente. Para efectos ilustrativos, a continuación se relacionan las principales normas que deberá cumplir en la ejecución del contrato.

Decreto 1443 de 31 de julio 2014. Ministerio del trabajo. Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Decreto 614 de 1984. Presidencia de la República de Colombia, por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.

Resolución 1016 De 1989. Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.

Resolución 008408 de octubre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.

Resolución 1409 de julio 23 de 2012, del Ministerio de Trabajo. Reglamento de seguridad para la proyección contra caídas y trabajo en alturas.

Manual de seguridad ocupacional y ambiental en la contratación de la Universidad de Antioquia.

Ley 1562 de 11 de julio de 2012. Congreso de Colombia. Por el cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposición en materia de Salud Ocupacional.

Ley 1209 de 2008. Congreso de Colombia. por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas,

Decreto Municipal 398 de marzo 6 de 2007. Alcaldía de Medellín. por el cual se reglamenta la Vigilancia y el Control de las piscinas Públicas y de Uso Restringido y se crea el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín,

Decreto 1589 de septiembre 18 de 2007, Alcaldía de Medellín. por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 398 de Marzo 6 de 2007 que reglamentó la Vigilancia y el Control de las piscinas de uso Público y de uso

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Restringido y creó el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín,

Decreto número 554 DE 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social, por el cual se reglamenta la Ley 1209 de 2008.

Resolución 24773 de 2007 y demás reglamentaciones que entren en vigencia durante la ejecución del contrato.

Resolución 4113 de diciembre 28 de 2012, por el cual se adoptan los formularios para la práctica de visitas de inspección de los aspectos técnicos relacionados con la seguridad y las buenas prácticas sanitarias de las piscinas y estructuras similares y se establece el procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad de piscinas.

Resolución 1510 de mayo 06 de 2011, Ministerio de la Protección Social. Por la cual se definen los criterios técnicos y de seguridad para piscinas y se dictan otras disposiciones.

Resolución 4498 de diciembre 04 de 2012, Ministerio de Salud y Protección Social. por el cual se establece el reglamento técnico aplicable a los dispositivos de seguridad y su instalación en las piscinas.

Resolución 2400 de mayo 22 de 1979, Ministerio del Trabajo y Protección social. Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Resolución 1409. Ministerio del trabajo. Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. (esta derogó la 3673)

Resolución 1903 de 2013. Ministerio del Trabajo. Por la cual se modifica el

numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones

El artículo 348 del código Sustantivo de Trabajo, el título III de la Ley 7 de 1979, la Decreto 2981 de 2013, reglamenta la prestación del servicio público de aseo.

Guía para el manejo integral de residuos sólidos en el Valle de Aburrá Área Metropolitana de Valle de Aburrá agosto de 2004.

Decretos 351 de 2014. Presidencia de la República. Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades (deroga el Decreto número 2676 de 2000, el Decreto número 2763 de 2001, el Decreto número 1669 de 2002 y el Decreto número 4126 de 2005).

Resolución 1164 de 2002. Manual de procedimientos para la gestión integral de residuos hospitalarios y similares.

Decreto 4741 De 2005, Presidencia de la República. Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.

Decreto 1140 de 2003. Presidencia de la República. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con el tema de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones.

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Decreto 1505 de 2003, Presidencia de la Republica. por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.

Resolución 0172 del 23 de enero de 2012, Ministerio de Comercio, industria y Turismo. Ministerio de Ambiente y desarrollo Sostenible. reglamento técnico de pilas

Resolución 361 de marzo 03 de 2011, Ministerio de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, modifica la resolución 372 de 2009 " Post consumo de baterías"

Resolución 1457 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial. Por el cual se establecen los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de Llantas usadas.

Resolución 1512 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Por el cual se establecen los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de residuos de computadores y/o periféricos y se adoptan otras disposiciones.

Resolución 1511 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Recolección selectiva de Iluminarias.

Norma técnica Icontec GTC-24, que define el Código de colores para la separación de residuos en la fuente.

Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la firma del acta de iniciación, El Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá, además, ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este plazo no interrumpe el cumplimiento de las obligaciones que asume el contratista con la aceptación de su oferta y suscripción del contrato correspondiente. Durante la ejecución del contrato, el Interventor le podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, éste podrá ordenar la suspensión de los servicios o parte de estos sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo y sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar por este concepto. Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por cuenta de éste y no tendrá derecho a pago por separado, ya que estos costos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato.

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1.22.6 RESPONSABILIDAD POR DAÑOS Y PERJUICIOS

El contratista asumirá toda la responsabilidad por los daños y perjuicios que se causaren a la Universidad y/o a terceros y que afecten de cualquier modo a personas y/o propiedades durante la ejecución del contrato, por causa u omisión suya, o por la maquinaría o equipo a su servicio, en los términos de las normas legales que fijan esa responsabilidad. Por consiguiente, son de exclusiva cuenta del Contratista, todos los costos provenientes de la reparación de cualquiera de los daños ocasionados y de los perjuicios que se ocasionen. El contratista está obligado a cubrir oportunamente la totalidad de estos costos. 1.23 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1.23.1Servicio de Limpieza: áreas a atender

El Contratista deberá atender la limpieza de todos los espacios externos de las cafeterías y locales comerciales, es decir que deberá realizar la recolección, transporte y disposición de los residuos sólidos generados en dichos espacios hasta el centro de acopio de la planta de residuos. Las especificaciones de las bolsas para el almacenamiento son las siguientes:

Características Grande Mediana Pequeña

Dimensiones

Ancho (cm) 60-80 50 - 70 Hasta 30

Alto (cm) Hasta 90 60 - 80 Hasta 50

Calibre (milésimas de pulgada)

2,0 1,6 1,4

Resistencia (kg) >=25 >= 10 >= 2,5

El suministro del color de las bolsas para el almacenamiento se hará según el código de colores de la Norma Icontec GTC 24.

Ciudad Universitaria:

Bloque/Piso

Bloque 1 Piso (1A)

Bloque 1 Piso (1B)

Bloque 1 Piso (2 A)

Bloque 1 Piso (3A)

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Bloque 1 Piso (4)

Bloque 2 Piso (1, 2, 3, 4)

Bloque 2 Piso (4) (herbario)

Bloque 5 Piso (1, 2, 3, 4)

Bloque 6 Piso (1,2,3)

Bloque 7 Piso (1,2,3,4)

Bloque 8 Piso (1, 2, 3,4 y 5) (Biblioteca central, sótano y fuentes)

Bloque 9A Piso (1, 2, 3 y 4 )

Bloque 9 B Piso (1, 2 y 3 y 4

Bloque 10 (auditorios y ayudas audiovisuales)

Bloque 11 Piso (1,2,3 y 4)

Bloque 12 Piso (1, 2, 3, 4)

Bloque 13 Piso (1A y 1B, 2,3,4)

Bloque 14 Piso (1, 2, 3 y 4)

Bloque 15 Piso (1, 2, 3 ) y (Sótano Museo)

Bloque 16 Piso (1, 2, 3) A y B (Bloque Administrativo y cafetín)

Bloque 17 (Capilla)

Bloque 18 (1,2,3, 4)

Bloque 19 Piso (1A y B, 2, 3, 4 A y B)

Bloque 20 Piso (1,2, 3 y 4)

Bloque 21 Piso (1A y B 2, 3, 4)

Bloque 22 Piso (1 A y B, 2, 3, 4) y zona de comidas (2 turnos)

Bloque 23 (Teatro Camilo Torres)

Bloque 24 Piso (1, 2, 3) Zona de comidas artes

Bloque 25 Piso (1,2 y 3) y zona de comidas

Bloque 26 (Transportes y sala de maquinas)

Bloque 28 (Imprenta y vigilancia)

Bloque 29 (Logística e Infraestructura)

Planta de Medicamentos Bloque 1 Piso (1) (6 a.m.6 p.m.)

Camerinos centrales (limpieza general y servicio de guardarropas de 6 a.m. hasta 9 p.m.)

Camerinos del coliseo Universitario (servicio de guardarropas de 10:30 a.m. hasta 2:30 p.m.

Cárcamos y zonas comunes de Ciudad Universitaria y sedes alternas, zona deportiva Zonas verdes de Ciudad Universitaria

Coliseo

Canchas Sintética

Cancha grama natural

Piscinas olímpica y pozo de clavados

Planta de residuos.

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Limpieza de desechos en techos y cárcamos Áreas a atender en turno noche: (10 p.m. - 6 a.m.) -Todas las aulas, auditorios y laboratorios de la Ciudad Universitaria: -Todos los baños públicos de Hombres y mujeres (tener en cuenta que durante el día se deben programar unas rutas de mantenimiento general). -Barrido de la circunvalar, plazoleta central y parqueaderos (utilizar maquinaria para realizar esta labor). -Limpieza de los corredores de los primeros pisos de los bloques 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 12, 13, 14, 18, 19, 21, 20, 24, 25, 29 y en las sedes alternas -Quitar carteles, avisos con fechas vencidas o que no estén en los espacios indicados. Áreas a atender en turno noche: (10 p.m. - 6 a.m.) -Todas las aulas, auditorios y laboratorios de la Ciudad Universitaria: -Todos los baños públicos de Hombres y mujeres (tener en cuenta que durante el día se deben programar unas rutas de mantenimiento general). -Barrido de la circunvalar, plazoleta central y parqueaderos (utilizar maquinaria para realizar esta labor. -Limpieza de los corredores de los primeros pisos de los bloques 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 12, 13, 14, 18, 19, 21, 20, 24, 25. -Quitar carteles, avisos con fechas vencidas o que no estén en los espacios indicados. Áreas a atender en sedes externas:

Facultad de Medicina

Facultad Nacional de Salud Publica

Sedes en el Hospital San Vicente Paul

Facultad de Enfermería

Facultad de Odontología

Parque de la vida

Casa Neurología

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Neurociencia Casas de Prado (Serpentario, Pecet, Educación Especial, Antropología)

Edificio de la naviera

Sede Robledo (incluida la piscina-semiolimpica)

Casa Cultural de artes

Sede San Ignacio (Paraninfo)

Parque del Emprendimiento

Edificio Javiera Londoño

Casas sector Prado Centro

Edificio de Extensión

Hacienda el porvenir ( Hatillo )

Casa cultural artes

Seccional Oriente

Edificio de la sede de investigación universitaria (SIU)

Sede Posgrados

Convenio Sena y Trabajo Social Regiones que se deben atender:

Seccional Oriente

Seccional Amalfi

Seccional Yarumal

Seccional Caucasia

Seccional Andes

Seccional Puerto Berrio

Seccional San José Del Nus

Seccional Jesús Mora- Urabá

Seccional Apartado

Seccional Estudios Ecológicos (Tulenapa)

Seccional Ciencias Del Mar

Seccional Magdalena Medio

Seccional Santa Fe De Antioquia

Seccional Sonsón

Seccional Segovia

Sede Nacional:

Bogotá

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1.23.2 Maquinaria a utilizar para el servicio de limpieza El proponente debe demostrar la disponibilidad de la maquinaria necesaria para atender las áreas que se determinan en la propuesta, ya sea propia o subcontratada, de acuerdo al anexo No. 5. 1.23.3 Insumos y equipo a utilizar para el servicio de limpieza El contratista deberá suministrar todos los insumos necesarios para realizar las labores contratadas de acuerdo al anexo No.6 Kit Insumos de aseo; Anexo 7, Proyección Insumos de abonos e insecticidas y Anexo 9, Elementos adicionales. Se debe tener en cuenta que la Universidad proporcionará los insumos de consumo directo de los usuarios los cuales son el papel higiénico y el jabón de manos. El contratista además, deberá proporcionar el equipo descrito en el anexos No. 5 y 8 al iniciar el contrato y deberá reponerlo cada que cumpla con su vida útil. 1.23.4 Personal administrativo.

Para coordinar las labores de limpieza se exige el siguiente personal (el contratista deberá poner a disposición de su personal los elementos que requieren en el tema de comunicaciones y sistemas) 2 Supervisores administrativos para ciudad universitaria en el turno diurno. 1 Supervisor administrativo en las áreas de la salud.

Perfil académico de los supervisores: preferiblemente técnico o tecnólogos en áreas administrativas (mínimo 2 años de experiencia).

1 Coordinador operativo para Ciudad Universitaria turno de noche 1 Coordinador operativo en la sede de Robledo, Paraninfo y Javiera Londoño 1 Coordinador operativo para la Sede de Investigación Universitaria SIU 1 Coordinador operativo Urabá Perfil académico de los supervisores: preferiblemente técnico o tecnólogos en áreas administrativas. (Mínimo 1 año de experiencia) Ingeniero Agrónomo o Ambiental Con experiencia no menor a siete (7) años en manejo ambiental, paisajismo y silvicultura urbana, quien prestará el servicio durante la duración del contrato.

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1.23.5 Servicio de jardinería (manejo de la vegetación) Especificaciones Servicio de jardinería: Actualización del inventario de la vegetación y marcación de árboles arbustos y palmas, evaluación permanente del estado fitosanitario de la vegetación e identificación requeridas para hacer las solicitudes respectivas a la autoridad ambiental, identificación de necesidades de manejo (podas, trasplantes, remoción, abonado etc, tanto del arbolado como de los jardines existentes). Monitoreo del comportamiento de las diferentes especies, incremento en el número de especies, evaluación de su calidad como alimento y hábitat para la avifauna). Mantenimiento de los jardines en todas las sedes que le indique la Universidad, objeto de esta invitación, las actividades requeridas entre otras serán:

Asesoría en el enriquecimiento, la identificación y mantenimiento del arbolado

Diseño y asesoría en el establecimiento, mantenimiento y sostenimiento de los Jardines

Elaboración de informes, justificaciones y solicitudes para la Autoridad Ambiental relacionadas con las intervenciones requeridas por el arbolado.

Capacitación permanente de los jardineros para la realización de sus actividades

Atención a los diferentes miembros de la comunidad universitaria relacionadas con el manejo de las zonas verdes.

Comunicación permanente con las dependencias que realizan intervenciones en las zonas verdes (eléctricas, construcción de redes.

Mantenimiento de las canchas deportivas (grama natural Ciudad Universitaria y Robledo) y zonas verdes.

Mantenimiento de las zonas verdes

Recolección y disposición interna de los desechos generados por esta actividad. 1.23.6 Maquinaria y equipo para el mantenimiento de las zonas verdes y jardines

El proponente debe demostrar la disponibilidad de la maquinaria necesaria para atender las áreas que se determinan en la propuesta, ya sea propia o subcontratada, de acuerdo al anexo No. 5. 1.23.7 Insumos para el servicio jardinería (manejo de la vegetación)

El contratista deberá suministrar todos los insumos necesarios para realizar las labores contratadas de acuerdo al anexo No. 7, indicando su valor.

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1.23.8 Personal administrativo para el servicio de jardinería (manejo de la vegetación)

El contratista deberá proporcionar para este servicio un especialista en reconocimiento y manejo de la vegetación y del ambiente relacionado con este. Perfil: Ingeniero Ambiental, Agrónomo o Forestal, con experiencia no menor a siete (7) años en manejo ambiental, paisajismo y silvicultura urbana. 1.23.9 Manejo de Integral de Residuos Sólidos El contratista deberá realizar la labor de recolección y transporte hasta el acopio de residuos sólidos, en toda la Ciudad Universitaria y todas las sedes objeto de la invitación, en concordancia con el Plan de Manejo integral de Residuos de la Institución. Los puntos de acopio en Ciudad Universitaria son 11 y están ubicados a lo largo de la vía circunvalar. También existe un centro de acopio ubicado en el sector noroccidental de la ciudad universitaria. En Ciudad Universitaria, el contratista deberá realizar la recolección de residuos de los puntos de acopio tres veces al día en los siguientes horarios: 7:00 a.m., 10:00 a.m. y 1:00 p.m. Y luego transportará los residuos sólidos ordinarios (orgánicos, inorgánicos y reciclables) hasta el centro de acopio donde los dispondrá en el sitio de almacenamiento especificado según el tipo de residuo. En la Sede de investigación Universitaria SIU, el contratista debe asignar una persona con dedicación de tiempo completo para realizar la gestión interna de los residuos ordinarios, peligros y especiales: recolección, tratamiento por inactivación de alta eficiencia de los residuos de riesgo biológico, transporte hasta el almacenamiento central, optimización de subproductos de reciclaje, almacenamiento de residuos siguiendo la matriz de compatibilidad, entrega de residuos a operadores especiales de aseo, diligenciamiento de registros de generación de residuos. Los operarios para el laboratorio especializado deben certificar el curso de desinfección y esterilización que los habilita para realizar el trabajo en salas o centrales de esterilización. En las demás sedes de la Universidad de Antioquia, el contratista debe realizar las actividades que contemplen la gestión interna: recolección, transporte hasta el almacenamiento central, optimización de subproductos de reciclaje, almacenamiento de residuos siguiendo la matriz de compatibilidad, entrega de residuos a operadores especiales de aseo, diligenciamiento de registros de generación de residuos.

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El contratista debe suministrar las bolsas para disposición de residuos, de acuerdo con el código de colores adoptado en la Institución y calibres exigidos por la norma. Vehículo El contratista deberá tener disponibilidad para realizar la labor de recolección de Residuos, un Vehículo Automotor con las características necesarias para el transporte, con conductor y ayudante, de tiempo completo, cumpliendo con las normas de seguridad ocupacional y de las normas vigentes de transporte y manejo de residuos sólidos para cumplir a cabalidad con los requisitos, el cual se desplaza a todas las sedes alternas. Se debe tener disponibilidad de una cuatrimoto para el mantenimiento de la cancha sintética. 1.23.10 Mantenimiento de Piscinas alcance: Las obligaciones específicas del contratista comprenden, entre otras: 1. Limpieza general interna y externa de las piscinas 2. Garantizar mediante un tratamiento físico químico y microbiológico a las aguas, que

estén aptas para bañistas, conforme a la normativa vigente. 3. Conservar en buenas condiciones de operación los equipos de bombeo en cada

una de las piscinas. 4. Vincular al personal necesario para la ejecución del contrato, al sistema de

seguridad social integral con cobertura de salud, pensión y riesgos profesionales, conforme a la legislación vigente.

5. Dar la capacitación requerida al personal que se requiera en la ejecución de las actividades del objeto contractual.

6. Velar en todo momento, por el cumplimiento de la higiene y saneamiento de las piscinas objeto del presente proceso.

7. Atender las recomendaciones dadas por la Universidad con el objeto de garantizar el adecuado cumplimiento del objeto contractual.

8. Contar con el recurso humano profesional y técnico capacitado para prestar los servicios requeridos y suministro de bienes.

9. Atender las medidas aplicables a las piscinas públicas y estructuras similares de uso colectivo, referente a como se debe diligenciar el libro o registro cuando la piscina esté en operación consumo y tipo de materiales químicos; hora de lavado de los filtros; fecha de lavado y desinfección de pisos; fecha de vaciado. limpieza y puesta en funcionamiento de la piscina o estructura similar; fecha de lavado de vestieres, baños, corredores, entre otros. Según lo establecido en el Ley 1510 de 2010 y la Resolución 1618 del 2010 del Ministerio y la Protección Social y la Circular 188 de 2014.

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10. Utilizar productos, formulaciones o sustancias químicas con registro sanitario certificado por el INVIMA, para el tratamiento y desinfección de agua de estanques de piscinas públicas y estructuras similares.

11. Cumplir con la Decisión Andina 706 de 2009 que fija las normas establecidas para los productos de aseo, higiene y limpieza y el concepto toxicológico de los mismos.

12. Cumplir con la Resolución 4498 de 2012, Ministerio de Salud y Protección Social, que define las buenas prácticas sanitarias de las piscinas.

13. Atender las solicitudes realizadas en las inspecciones sanitarias realizadas por la Secretaría de Salud o la autoridad competente, relacionadas con el tratamiento, desinfección y las buenas prácticas sanitarias en las piscinas.

1.23.11 Mantenimiento electromecánico e hidráulico de las piscinas

Alcance: Suministrar el personal profesional idóneo, mano de obra calificada y repuestos para la correcta ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo, incluyendo el sistema eléctrico del sistema de bombeo de piscinas, ubicadas en la Ciudad Universitaria y Ciudadela Robledo. El mantenimiento preventivo se realizará cada mes y el correctivo de acuerdo a los requerimientos que se presenten, para lo cual el contratista debe diligenciar el anexo 10. Cronograma: El contratista deberá realizar y entregar el cronograma con el plan de mantenimiento mensual de los diferentes equipos que componen el sistema de bombeo de las piscinas de la Ciudad Universitaria y Ciudadela Robledo.

1.23.12 Mantenimiento preventivo y correctivo del Equipo Piscinas Mantenimiento preventivo: El contratista suministrará la mano de obra y los insumos necesarios para la correcta ejecución de este tipo de mantenimiento. Se realizarán visitas mensuales de inspección de todos los equipos (chequeos eléctricos en general, limpieza de tableros eléctricos, mediciones de voltaje y corriente, chequeo de contactores y demás elementos de potencia, control, térmicos y demás elementos eléctricos, chequeos de presión, pruebas de fugas, pruebas de buen funcionamiento, lavado de equipos, entre otras actividades) y se llevará un registro de los resultados en las hojas de inspección mencionadas más adelante. Mantenimiento correctivo: Los mantenimientos correctivos se realizarán previa aprobación de la Interventoría. Estos se facturarán en el mes en el cual se realiza el mantenimiento correctivo. El contratista suministrará la mano de obra calificada para la correcta ejecución de este tipo de mantenimiento.

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Características unidades de bombeo de agua Piscinas Ciudad Universitaria -Bomba de agua piscinas

Fabricante HIDROMAC

Motor 70 HP 1765 rpm

Modelo ETN150-400RBR

Cantidad 2

Características unidades de bombeo de agua Piscinas Ciudadela

Robledo -Bomba de agua piscinas

Fabricante WEG

Motor 30 HP 1765 rpm

Cantidad 2 Los repuestos se proyectan en el anexo 10 y otros materiales que resulten como consecuencia de la reparación de los equipos, podrán ser suministrados por la contratista previa aprobación de la Interventoría.

Hoja de Inspección El contratista deberá suministrar una hoja de inspección mensual y por equipo, donde se certifique que se ha examinado cada parte eléctrica y mecánica, que ha sido lubricado correctamente y que todas las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo han sido ejecutadas según las recomendaciones del fabricante y, que en su opinión, está operando de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. De igual manera el contratista deberá presentar un informe mensual donde reporte el estado general del sistema (todos los equipos en conjunto) y relacione las fallas, averías o mal funcionamiento, tal como malos olores, goteras, oxidación, entre otros. Nota: Se deberá garantizar durante los horarios de uso de la piscina el personal Salvavidas y tanto como éstos y los piscineros deberán estar debidamente certificados por la entidad competente. 1.23.13Mantenimiento Cancha Sintética

Actividades Diarias

El nivel de relleno debe ser 15 mm bajo la punta de la fibra. Este debe ser cepillado diariamente por medio de una escoba o cepillo.

El cepillado diario es vital con el fin de reducir los niveles de relleno.

No utilizar herramientas que puedan ser dañinas para el campo ni usar solventes como acetona o materiales de limpieza que contengan alcohol.

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Actividades Semanales: Poner especial cuidado en las áreas de uso pesado (porterías, puntos penalti y tiros de esquina). Se deben adicionar partículas de caucho nuevas donde sea necesario a la profundidad recomendada. Todo objeto extraño suelto, no importa que tan pequeño sea, puede dañar el campo erosionando la fibra y/o contaminando el relleno. Se debe Retirar todas las hojas, ramas, papel, goma de mascar, vendas, botellas y cualquier tipo de desperdicio sobre la base uniforme. Actividades Quincenales: Una de las funciones del caucho ubicado entre las fibras es mantener éstas verticales. No importa que tan limpio mantenga el campo, siempre habrá cierto grado de compactación del caucho. Como resultado, (la lluvia) el agua drenará con menor eficiencia lo cual conlleva a la formación de algas. El cepillado mantiene el caucho suelto y permite que el drenaje se realice rápidamente previniendo la formación de algas. El método de cepillado ideal es llamado "cepillado cruzado". El cepillado cruzado quiere decir llevar un cepillo especial en contra del sentido de la fibra. Haciéndolo de esta forma se levantarán las fibras en lugar de acostarse. Como resultado de esto la tracción del campo y la rodadura del balón llegarán a ser óptimas, además el cepillado cruzado trae partículas extrañas y granos sueltos hacia la superficie del campo para ser barridos o retirados. Utilizando un vehículo multipropósito el barrido cruzado de un campo de futbol estándar puede tardar aproximadamente una hora. Cepillar siempre en direcciones contrarias, ya que el cepillado en una misma dirección ocasionará que la fibra se incline. Actividades Trimestrales: Realizar una inspección visual de las uniones del campo, con mayor atención a las uniones cercanas a las áreas. Si encuentra algún problema por favor indique a la interventoría para que contacte al distribuido. El contratista no debe reparar las uniones. Tipo de Cepillo: El cepillo debe tener cerdas de fibra sintética como nylon o poliolefinas. El cepillo no debe tener metal o alambre. Acomodando el Cepillo: La posición óptima del cepillo depende de las condiciones propias del mismo. Sin embargo éste trabajara mejor cuando se posiciona para que toque suavemente las puntas del césped. No posicione el cepillo para que este "cave" en el sistema. Una posición muy baja puede dañar las fibras y desacomodar el relleno. Las aspiradoras no son recomendadas para remover el lodo.

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Limitaciones de Temperatura: Nunca use una aspiradora motorizada durante el calor del día si la temperatura ambiente excede los 32'C. Limitaciones de Carga: El cepillado puede requerir de varias pasadas sobre el campo para terminar la operación. Cualquier barredora que pese más de 135 kg. Debe tener ruedas neumáticas con una presión máxima de 35 psi. No parquee vehículos sobre el campo mojado por largos periodos de tiempo. Derrames de Aceite: Evite que aceites lubricantes, grasa, fluidos de transmisión. etc. caigan en la superficie del campo. Estos derrames pueden decolorar el campo. Un adecuado mantenimiento debe ser cuidadoso en éste aspecto, nunca cambie fluidos de las máquinas de mantenimiento dentro del campo. 1.23.14 Mantenimiento Canchas de Grama Natural Ciudad Universitaria y Robledo: actividades a realizar:

Corte de grama: Corte a toda la gramilla cada 15 días. Debe ser con máquinas especializadas en campos deportivos con la altura requerida.

Bordeo y demarcación: Simultáneo al corte cada 15 días, se bordea todo el estadio, además la cancha se marca con pintura talco en ladas sus líneas.

Reparación de apiques: cada que la Universidad lo requiera se debe realizar la reparación de apiques (espacios, huecos o piques) y remplazo de grama natural en los espacios que requiera la cancha.

Desmalezada: la desmalezada es continua o cada que la Universidad lo requiera.

Riego: dos veces por semana

Aplicación de abono químico: se realizará cada 15 días, mediante una mezcla de urea, triple quince, potasio, elementos menores (cobre, cobalto, zinc etc), en las cantidades requeridas y adecuadas

Aplicación de insecticidas y fungicidas: Se realizara cada mes a toda la gramilla y tiene variación de acuerdo al grado de infestación que se presente, en las cantidades requeridas y adecuadas.

Limpieza y recolección de residuos: Tener a disposición las herramientas necesarias para la respectiva recolección de residuos vegetales y optimizar la limpieza de cada mantenimiento, garantizando la evacuación y transporte de residuos en el lugar de acopio de la Universidad o fuera de ella en caso de ser necesario, de una manera oportuna y eficiente

Limpieza en los alrededores de las tribunas: Debe ser continua, garantizando la buena presentación del escenario, tres (3) veces por semana, garantizando la evacuación y transporte de residuos en el lugar de acopio de la universidad o fuera de ella en caso de ser necesario de manera oportuna y eficiente.

Pintura de porterías: Una vez cada 6 meses

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Lavada de tribunas: Una vez cada 6 meses

1.23.15Actividades especiales de aseo y actividades silviculturales: Las actividades especiales de aseo son para realizar jornadas especiales de aseo que permitan atender eventos de carácter instituciones que programe la Universidad y que requieran del apoyo logístico para ello y las actividades silviculturales para atender actividades especiales en el tema ambiental, jardinería y zonas verdes, que no están completados en el mantenimiento general, lo cual debe estar soportado con informe del Ingeniero Ambiental, Agrónomo o Forestal. El valor de estas correspondiente a estos item se pagará por actividad ejecutada y deberán estar soportados por los documentos que lo respalden con su correspondiente valor y debidamente autorizado por el interventor del contrato. 1.23.16Actividades de reparaciones Locativas El personal catalogado para reparaciones locativas deberá además de funciones de aseo realizar actividades de Jardinería, Aplicación de insecticidas, guadañar, Labores de mantenimiento básico (pintura, electricidad y plomería básica), labores de mensajería (documentación), trabajos en espacios confinados, logística de eventos y actividades de altura básica. 1.23.17Actividades especiales en la Sede San José del Nus- Piscícola Operarios de campo:

Limpieza y desinfección de los estanques de peces. Arrastre con chinchorro para la cosecha de peces. Traslado de peces en canecas con agua. Preparación de los alevinos para venta (cosecha, traslado, profilaxis) Preparación de concentrado con hormona para reversión (17 alfa metil,

testosterona). Aseo y desinfección de las instalaciones, Siempre hay turnos de noche y estas

actividades se hacen en este horario, a su vez hace recorridos haciendo inspección de los lagos de peces o de alguna anormalidad.

Limpieza de alrededores. Aseo y desinfección de la planta de tratamiento de agua Mantenimiento de las instalaciones y los estanques. Alimentación de los peces. Pesaje del concentrado a suministrar cada día Hacer muestreos (pesaje) de los peces. Tomar parámetros del agua Monitorear los estanques y canales de conducción del agua

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Empacar alevinos para la venta Procesar pescado, sacrificarlo, eviscerarlo, escamarlo, desagallarlo, empacarlo y

despacharlo para la venta. Aseo y desinfección de la sala de proceso Hacer hielo para el proceso. Actividades de limpieza y jardinería, mantenimiento de senderos, quebrada,

Guadañar el pasto. Manejo de residuos Acompañamiento en actividades y proyectos de investigación y docencia Manejo del laboratorio de reproducción. Mantenimiento y reparación de equipos.

Actividades del auxiliar técnico administrativo

Ayudar en la coordinación de las actividades diarias de campo. Recibir grupos de estudiantes y productores para su atención. Vigilar el desarrollo de las actividades de campo. Hacer recepción de llamadas. Preparar los pedidos de carne y alevinos. Tomar registros diarios y tabularlos en el computador. Vigilar el cumplimiento de la norma de la Universidad de Antioquia durante las

visitas de los grupos de estudiantes o demás visitantes. Recolección de datos de parámetros físico químicos del agua. Participar en el muestreo de los peces (pesaje de animales) En caso de ser necesario ayudar a hacer cosechas y selección de

reproductores. Verificar los registros que se llenan a diario Vigilar el estado de las instalaciones luego de una visita con hospedaje. Revisar el estado de los estanques, canaletas y lago para programar reparación. Asesoría a productores Acompañar prácticas docentes, investigativas y de extensión. Manejo de inventarios de insumos y materias primas para programar pedidos. Estar vigilante de la programación de los movimientos de los reproductores y

larvas. Revisión del funcionamiento de la cerca eléctrica. Tomar registros diarios de los medidores de agua en la Estación Piscícola y

registrarlos.

1.24 REQUISITOS GENERALES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

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El contratista deberá entregar una certificación suscrita por el Representante Legal, o por la Persona Natural, según el caso, o en la que conste que se cuenta un Sistema de Gestión en seguridad y Salud en el trabajo, que esté encaminado a la prevención de accidentes y enfermedades laborales, la promoción y protección de la salud de todos los trabajadores de la empresa contratista que presta los servicios en la Universidad y de sus subcontratistas, sin importar el tipo de relación contractual que posean. Políticas de preservación y cuidado del medio ambiente.

Documento en el que se evidencie la identificación de peligros generados y la evaluación de los riesgos por cada una de las actividades a realizar (Matriz de Riesgos), deberá también establecer los controles y las medidas que se tendrán para minimizar el impacto que esos riesgos generen para sus trabajadores y/o subcontratistas, el personal de la universidad, los demás contratistas y los visitantes de la misma.

Requerimientos que el proponente seleccionado debe entregar o cumplir al inicio y durante la ejecución del contrato u orden:

El contratista deberá divulgar, acatar y hacer cumplir entre sus empleado las normas, disposiciones y procedimientos establecidos en el Sistema de Gestión de seguridad y Salud en el trabajo. Lo anteriormente mencionado no exime al contratista de su obligación de elaborar e implementar sus protocolos de prevención propios durante la ejecución de tareas en las instalaciones de la Universidad de Antioquia.

El contratista deberá divulgar de forma amplia entre sus empleados las normas y disposiciones de seguridad y salud en el trabajo y protección del medio ambiente, establecidas en el presente documento, de igual forma deberá respetar y hacer cumplir a su personal contratado las normas y procedimientos de seguridad que la Universidad de Antioquia tiene establecidos, incluidos los de alto riesgo.

Asistir y atender a la inducción en materia de seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente, dictada por la persona encargada de la Universidad, mediante la cual se darán a conocer las señales de alarma, sitios de encuentro y rutas de evacuación ante un eventual caso de emergencia presentado en las instalaciones de la Sede donde se ejecute el servicio.

El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y subcontratistas sino también personal de la Universidad, del Interventor o de terceras personas, resultantes de negligencia o

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descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas para tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista.

El contratista debe garantizar que entrega y controla el uso de los elementos de protección personal, a todo el personal asignado para la ejecución del contrato u orden, según los riesgos a que están expuestos; dichos elementos deben cumplir con las normas técnicas que los regulen el tema.

EL contratista debe mantener los registros de suministro, control de uso y reposición de los elementos de protección personal, para la totalidad de sus trabajadores presentes en el sitio de trabajo de conformidad con los riesgos identificados.

Cada que ocurra un accidente de trabajo, es obligación del contratista, garantizar el traslado y la atención inmediata de la persona accidentada.

El contratista debe mantener el registro de los accidentes de trabajo, se ocurran durante la ejecución del contrato u orden, en la Universidad de Antioquia, y generar un informe para la Institución que contenga como mínimo:

Número de accidentes ocurridos en el mes, con o sin incapacidad

Días de incapacidad por accidente, durante el mes

Tipo de accidente (golpe, caída, entre otros)

Causas que originaron el accidente

Plan de Mejoramiento

Es responsabilidad del contratista realizar las investigaciones respecto al accidente y presentar las acciones a ejecutar para abordar las principales causas motivadoras del accidente con el objeto de evitar que se vuelva a repetir el evento por las mismas causas. Es fundamental conservar el archivo con la información de la investigación y las acciones emprendidas.

En el caso de no presentarse accidentes durante algún período (mes), se deberá dejar constancia de esto mediante un comunicado dirigido al interventor de contrato.

Plan de capacitación y entrenamiento: El contratista se obliga a presentar y realizar el plan de entrenamiento y capacitación durante la ejecución del

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contrato, conducentes a evitar la ocurrencia de accidentes y enfermedades laborales para su grupo de trabajadores y contratista.

Plan de emergencias: el contratista debe tener en el lugar de trabajo el procedimiento que deben seguir en caso de enfermedad y/o accidente de laboral, así mismo se deberá tener parte del personal capacitado en primeros auxilios y un botiquín; en caso de una emergencia en las instalaciones donde el contratista preste el servicio, este debe conocer y acatar la planes de emergencia estipulados por la Universidad, es decir, debe tener su plan de emergencias y conocer el de la Institución

El personal del Contratista deberá contar con uniforme completo y permanente que lo identifique. Así mismo, deberá ser carnetizado y mantener su identificación visible durante el acceso y tiempo que permanezca en las instalaciones de Universidad de Antioquia y exigirles el porte de los carnés de ARL, EPS.

Cuando el contratista debe desarrollar su trabajo en zonas endémicas, debe entregar al interventor del contrato, los certificados de vacunación aplicables al peligro identificado en la zona a la cual se dirige, por lo menos 5 días antes del traslado a la zona, al igual que debe soportar los registros de vacunación del personal en general (Toxoide Tetánico y difteria), para los operarios asignados a salas de esterilización y manejo de residuos Hepatitis B y recuento de anticuerpos de superficie Hepatitis B.

Si la labor contratada contiene tareas de alto riesgo como, trabajos en alturas, el contratista deberá entregar al interventor del contrato, las certificaciones exigidas en la Resolución 1409 de 2012 del Ministerio del Trabajo y la Resolución 1903 de 2013, del Ministerio del Trabajo Por la cual se modifica el numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 expedida por el Ministerio del Trabajo. Para trabajos en caliente, y espacios confinados el contratista debe diligenciar listas de chequeo y permisos para trabajos de alto riesgo Esta documentación será enviada por el interventor asignado por la Universidad al Coordinador(a) de Salud Ocupacional de la Universidad de Antioquia, quien validará la información y cumplimiento de requisitos.

.

1.25 REQUISITIOS GENERALES EN GESTION AMBIENTAL

Tener implementada una política ambiental y/o contar con buenas prácticas de manejo ambiental, para tal fin se debe documentar dichas prácticas, asegurándose

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de que todas sus operaciones y procesos cumplan con los estándares, la legislación ambiental vigente y los convenios nacionales e internacionales pertinentes.

Comprometerse al cumplimiento de la Legislación Ambiental vigente, teniendo en cuenta la Gestión Integral de Residuos Ordinarios y Peligrosos, emisión de ruido y demás condiciones que establezca la legislación ambiental que esté vigente durante la ejecución del contrato.

El contratista/proveedor, en caso de labores específicas deberá declarar la clasificación de los residuos que se generen durante la ejecución del contrato, obra o actividad, así mismo será responsable de certificar su disposición final.

El contratista/proveedor deberá especificar quiénes son los responsables de la ejecución de los programas de gestión socio-ambiental y anexará las hojas de vida, para ser revisadas y aprobadas por el proceso de Gestión Ambiental, cuando sea requerido.

Durante la ejecución del contrato el contratista, utilizará productos aprobados por la Legislación Ambiental vigente.

Si en la ejecución del contrato se requiere la utilización de productos peligrosos, estos deben estar claramente identificados en cuanto a su peligrosidad, manejo y disposición final, debidamente rotulados.

El contratista será el responsable de retirar y realizar la disposición final de los residuos, materiales, recipientes o cualquier elemento, utilizado para el desarrollo de sus actividades, que esté catalogado como producto peligroso, de acuerdo a la normatividad vigente.

El contratista, deberá tener disponible y actualizada en el lugar de ejecución de las actividades contratadas toda la información ambiental asociada a su quehacer, para eventuales seguimientos por parte del Personal de Seguridad y Salud en el Trabajo y Ambiental de la Universidad, tales como: licencias, permisos, registros de capacitaciones, dotaciones, certificaciones y demás que se puedan requerir de acuerdo a la normatividad vigente.

Si durante la ejecución de los trabajos y/o actividades surge algún tipo de duda relacionada con la afectación de los recursos naturales, se deberá detener la actividad de inmediato, la duda o la falta de conocimiento no serán utilizadas como excusa para incumplir las obligaciones en materia ambiental. En este caso se consultará con el profesional de Gestión Ambiental y al Interventor del contrato.

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1.26 MANEJO DE LA VEGETACIÓN En ninguna Sede se permite realizar talas o podas, retirar o hacer uso de jardines sin la autorización del Proceso de Gestión Ambiental o quien sea el responsable de la Gestión Ambiental en la Universidad. El retiro de material sobrante de gran tamaño producto de las talas o podas autorizadas, se hará en un botadero que cumpla con los permisos ambientales para realizar dicha disposición final, para tal fin se debe entregar las respectivas certificaciones al proceso de Gestión Ambiental. El personal del proceso de Seguridad a Personas y Bienes, no permitirá el retiro de material vegetal como compost o matas y material reciclable de las instalaciones de la Universidad, sin autorización del Proceso de Gestión Ambiental o quien sea el responsable de la Gestión Ambiental en la Universidad. 1.27 OTRAS CONDICIONES OBLIGATORIAS Adicional, a los requisitos establecidos en este Manual, el contratista, que preste los servicios de aseo, deben cumplir con los siguientes requerimientos, antes de iniciar las actividades así: 1. Contar con Manuales de Bioseguridad actualizados, aplicables a los diferentes

usuarios y mantener copia de los listados de asistencia a capacitaciones en las normas básicas de bioseguridad.

2. Mantener un programa de Gestión de insumos. 3. Transportar adecuadamente a las áreas que estén destinadas, los materiales y

equipos que sean necesarios para el desarrollo de sus actividades, igualmente del almacenamiento en los lugares establecidos y la custodia de los mismos.

4. Los materiales y elementos desmontados de las obras son propiedad de la Universidad de Antioquia y deben ser reintegrados a la misma en el lugar donde la Interventoría lo disponga.

5. Disponer de un número de personas adecuado para la prestación del servicio, no obstante este número de personas se podrá ampliar o disminuir de acuerdo con las necesidades del servicio, de común acuerdo entre las partes. Dicho personal estará bajo la subordinación, dirección y dependencia del contratista y en ningún momento adquirirá vínculo de orden laboral o administrativo con la Universidad. La Universidad podrá ejercer los mecanismos necesarios para el control de la calidad del servicio ofrecido y presentar debidamente motivadas las observaciones que considere pertinentes, y a quien se le adjudique el contrato, deberá tomar todas las medidas tendientes a su acatamiento.

6. Prestar el servicio en forma continua de lunes a domingo en los horarios comprendidos entre las cero (0) horas y las veinticuatro (24) horas. El personal que

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prestará el servicio por su propio riesgo y cuenta, aplicará la capacidad técnica y administrativa que sea indispensable para la correcta y eficiente prestación de los servicios. Y un grupo de personas aproximado de 15 operarios para apoyo de domingos y festivos. En todo caso el contratista será el único responsable por el pago de salarios, prestaciones sociales, afiliación al Sistema General de Seguridad Social en pensiones, salud y riesgos laborales y demás obligaciones inherentes a su relación laboral con su personal, el cual no contraerá vínculo laboral alguno con la Universidad.

7. Cuando se detecte alguna irregularidad, o se presenten deficiencias en la prestación del servicio por parte de alguno de los trabajadores asignados por el contratista, la Universidad solicitara el cambio del trabajador y el contratista deberá retirarlo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes.

8. Guardar reserva sobre la información a la que tenga acceso en razón de la prestación del servicio.

9. Deberá responder a la autoridad ambiental competente sobre el manejo de la vegetación arbórea, según exigencia formulada por esta entidad para las diferentes áreas verdes de la ciudad.

10. Deberá manejar la vegetación como parte del patrimonio natural de la zona favoreciendo en todo caso un incremento en la diversidad de flora y fauna asociada.

1.28 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA

Garantizar condiciones seguras para sus trabajadores y subcontratistas, si se tienen.

Garantizar que todo el personal está afiliado al Sistema de Seguridad Social

Cumplir con todas los reglamentos, normas, instrucciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo y cuidado del medio ambiente, estipulados en este documento y todos los que se lleguen a exigir por parte de la Universidad

Tener presente las sugerencias y/o modificaciones que se puedan dar en materia de Seguridad y Salud en el trabajo y Gestión ambiental, que sean informadas por el Interventor, a los procedimientos o las tareas que adelante, cuando existan condiciones inseguras para el contratista, subcontratistas, sus trabajadores y la comunidad universitaria en general.

Cuando quiera que el contratista/Proveedor del producto o servicio en el desarrollo de su labor genere contaminación o daño ambiental, éste será responsable económicamente por las actividades de recuperación, por los daños y perjuicios generados a la Universidad tanto desde el punto de vista operativo como desde el punto de vista legal.

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El contratista/proveedor, debe comprometerse por escrito, en caso de que el interventor notifique, también por escrito, situaciones anormales relacionadas con afectaciones a la Seguridad y Salud en el trabajo y medio ambiente, a solucionar dichas situaciones en el tiempo establecido por la Universidad.

Cumplir con la normatividad interna sobre el ingreso, permanencia y salida a los espacios universitarios.

Propender a que no se produzcan consumos innecesarios de energía, agua y cualquier otra relacionada.

Consultar cualquier duda en materia ambiental, con el Profesional de Gestión Ambiental de la Universidad.

1.29 CONDICIONES PARA EL PERSONAL CONTRATISTA

1. El personal contratista debe abstenerse de realizar actividades o ejecutar obras que

estén por fuera del alcance del contrato pactado entre la Universidad de Antioquia y el contratista para la cual labora.

2. El personal que labora al servicio del contratista debe tener la mayoría de edad (18 años), en caso de ser menor de edad deberá tener los permisos requeridos para este fin en la normatividad Colombiana.

3. El personal contratista debe abstenerse de Introducir armas, explosivos, bebidas embriagantes, narcóticas, ni radiotransmisores a las instalaciones de la Universidad.

4. Debe abstenerse de operar o mover equipos o válvulas o cualquier otro dispositivo en las instalaciones sin estar autorizado.

5. Debe abstenerse transitar y/o permanecer en zonas diferentes a donde se ejecute la labor

6. El personal contratista debe verificar que los equipos eléctricos estén desconectados y que no existan posibilidades de originar incendio antes de retirarse del sitio de labores.

7. Debe proteger los cables eléctricos de raspaduras o peladuras cuando se realice algún trabajo.

8. El personal contratista debe abstenerse de utilizar maquinaria, herramientas, materiales y/o elementos de protección personal propiedad de la Universidad de Antioquia, salvo cuando el representante de la universidad lo autorice.

9. Mientras esté ejecutando el servicio, usará los implementos de protección personal entregados de forma permanente y almacenándolos de forma adecuada.

10. Bajo ninguna circunstancia se podrá realizar labores de limpieza de vehículos dentro de los espacios universitarios.

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1.30 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y DISPOSICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL En el evento que ocurra alguna deficiencia, daño o accidente por la falta de adopción de medidas de seguridad, el contratista/proveedor deberá asumir por su cuenta y riesgo las consecuencias que se deriven de ello, de igual forma el incumplimiento a las normas y disposiciones establecidas constituirán infracción grave a las obligaciones contraídas por el contratista, estando facultada la Universidad de Antioquia para tomar las medidas correctivas que sean del caso como son: Retirar de la obra o servicio a las personas que atenten o reincidan en conductas

que atenten contra la seguridad del personal y las instalaciones de la Universidad de Antioquia.

Suspender parcial o definitivamente de las actividades de la obra o prestación del servicio por incumplimiento del contratista/proveedor o de su personal.

Cualquier otra medida considerada pertinente por la administración de la universidad.

1.31 OTRAS CONDICIONES El contratista deberá promover entre la Comunidad Universitaria la importancia de todos los aspectos relacionados con la limpieza, el cuidado de las zonas verdes, la biodiversidad y el cuidado por la infraestructura física de la Universidad, a través de campañas u otros mecanismos.

Anexo No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Fecha: Señores UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Medellín

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Referencia: “SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS”. El (Los) suscrito(s) _____________________________, en calidad de representante legal de ___________________________, declaro (amos) que estoy (amos) interesados en la presentación de esta propuesta y que por lo tanto, nos responsabilizamos plenamente de su contenido y de los compromisos que resulten de ella; además, que para la elaboración de la misma, he (mos) tenido en cuenta todos los puntos de la Invitación Pública y demás documentos entregados a los proponentes, que he (mos) leído completamente los términos del citado documento y que lo conocemos en todas sus partes. Así mismo, que no existe de (mi) nuestra parte observaciones que hacer y que cualquier error u omisión debidos a inadecuada interpretación, será de (mi) nuestro cargo.

El plazo estipulado es de: Seis (6) meses.

La presente propuesta consta de: _________folios debidamente numerados.

El valor total de la oferta es: __________________ En el evento de resultar favorecido (s) con la adjudicación, acepto (amos) cumplir con el objeto de esta negociación en los términos y dentro de las condiciones establecidas, comprometiéndome (nos) a suministrar lo solicitado en la Invitación Pública y dentro de las especificaciones, condiciones, plazos y garantías exigidas y a suscribir a nombre y completa satisfacción de la Universidad de Antioquia, todas las garantías comerciales requeridas. La dirección comercial, donde se pueden remitir o enviar por correo, notificaciones relacionadas con esta Invitación Pública es la siguiente: ________________________________ Me (nos) comprometo a informar a la Universidad, todo cambio de residencia o domicilio que ocurra durante el desarrollo del contrato que se suscriba como consecuencia de esta Invitación Pública y hasta su liquidación final. Nombre del proponente _________________________________ NIT _________________________________ Nombre del representante legal _________________________________

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Cédula o documento de identidad _________________________________ Firma del representante legal ____________________________ Dirección completa del proponente _________________________________ Teléfono No. _______________ Fax No. ____________________________ Correo electrónico __________________________________

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Anexo No. 2 MODELO DE CARTA DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES

Ciudad y fecha Señores UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Medellín Apreciados señores: Los abajo firmantes manifestamos a través de este documento que hemos convenido conformar Consorcio ( ) Unión Temporal ( ), para participar en la Invitación Pública GLI-0004-2015, cuyo objeto consiste en “SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS”. Por lo anterior expresamos lo siguiente: 1. El nombre de este Consorcio ( ) Unión Temporal () es

_______________________ 2. La duración de este Consorcio ( ) Unión Temporal ( ) será igual a la del término

de ejecución y liquidación del contrato y un año más. 3. El Consorcio ( ) Unión Temporal ( ) está integrado por:

4. El representante del Consorcio ( ) Unión Temporal ( ) es:__________________(VER NOTA) identificado con C.C. No. _______________, quien está expresamente facultado para firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fuesen necesarias al respecto, con amplias y suficientes facultades. 5. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio ( ) Unión Temporal ( ) es solidaria de conformidad con el Estatuto de Contratación de la Universidad de Antioquia, Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014.

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Para constancia se firma en _________________ a los _____________ días de 2015. Atentamente, __________________________________ Representante Legal (Deberá ser firmado por todos los integrantes y por la persona que será el representante legal del Consorcio o Unión temporal. NOTA: En caso de Consorcios o Uniones temporales no se permite que en el nombre utilicen los términos U DE A, Universidad de Antioquia o similares. En caso de que la Unión temporal o el consorcio en su denominación utilicen estos nombres, el proponente deberá cambiar su denominación.

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ANEXO No. 3

EXPERIENCIA DEL PROPONENTE

1 2 ……

Entidad Contratante

No. Contrato

Objeto

Fecha de Inicio mes

año

Fecha terminación Mes

Año

Valor en pesos

No de operarios

Valor en SMLMV

Cumplimiento

Porcentaje de Participación *

* En caso de Consorcio o U.T. indicar % de participación

NOMBRE Y FIRMA PROPONENTE ____________________________________________________

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ANEXO 4 FORMULARIO DE CANTIDADES

DESCRIPCION cantidad

personal

cantidad

insumos VAR UNITAR VR TOTAL

CIUDAD UNIVERSITARIA Y SEDES ALTERNAS

Turno 1 (6:00 A.M. - 2:00 P.M.) 239

Turno 2 (2:00 P.M. - 10:00 P.M.) 18

Turno 3 (10:00 P.M. - 6:00 A.M.) 43

Turno 1 (Alturas) 6

Turno 1 (Jardinería con Alturas) 7

Turno 1 (Jardinería) 23

Turno 1 (Piscineros) 4

Turno 1 Bloque 16 (cafetín) 5

PERSONAL ADMINISTRATIVO

Turno 1 – Administración. 3

Turno 2 1

Turno 3 1

Ingeniera (silvicultura) 1

SERVICIO DE JARDINERÍA

Maquinaria (Anexos 6 y 8)

KIT Insumos Aseo (anexo 6) 312

KIT Insumos jardinería (anexo 7) 30

Equipos jardinería y recolección residuos (Anexo 5 y 8)

Mantenimiento escenarios Deportivos

Insumos, equipos y mantenimiento de piscinas.

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DESCRIPCION cantidad

personal

cantidad

insumos VAR UNITAR VR TOTAL

Mantenimiento preventivo electromecánico e hidráulico de las piscinas (1.23.12)

Repuestos para el Mantenimiento correctivo electromecánico e hidráulico de las piscinas

(ver anexo 10)

Mantenimiento canchas de Grama Natural Ciudad Universitaria y Robledo (1.23.14)

2

SEDE BOGOTA

Turno 1 (6:00 A.M. - 3:00 P.M.) 1

Insumos Aseo 1

S.I.U.

Turno 1 - jardinero 1

Turno 1 - operarios día 37

S.I.U. ADMINISTRATIVO

Turno 1 1

Insumos aseo hospitalario - jardinería 38

SECCIONALES REGIONALES

Turno 1 - jardinero oriente 3

Insumos jardinería 3

Supervisor Urabá 1

Puerto Berrio - Operario día 2

Puerto Berrio - Reparaciones locativas 1

Andes - Operario día 3

Santa Fe de Antioquia - Operario día 3

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DESCRIPCION cantidad

personal

cantidad

insumos VAR UNITAR VR TOTAL

Santa Fe de Antioquia - Reparaciones

locativas 1

Carmen de Viboral - Operario día 14

Carmen de Viboral - Todero 2

Sonsón 2

Amalfi 3

Segovia 1

Caucasia 8

Caucasia Reparaciones Locativas 2

San José del Nus Estación Piscícola 4

San José del Nus operario Aseo 1

Sede Turbo 5

Apartado 6

Ciencias del Mar - Turbo 4

Estudios Ecológicos - Carepa 4

Yarumal 4

Yarumal - Reparaciones locativas 1

Envigado 1

Insumos 62

SERVICIOS ESPECIALES

Programas especiales de aseo 1.23.15(*3)

Actividades silviculturales 1.23.15 (*4)

Servicio dominicales y festivos 15

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DESCRIPCION cantidad

personal

cantidad

insumos VAR UNITAR VR TOTAL

SUBTOTAL MES 0

AIU xx% 0

SUBTOTAL 0

IVA 16% sobre (10% subtotal) 0

TOTAL POR MES 2015 MESES 0

Del 15 de julio al 31 de Noviembre (4,5 meses 2015) Cinco (5) 0

Diciembre 2015 (se proyecta por el 75% del total del mes

2015)*1 Uno(1) 0

Enero 2016 (Valor mes 2015*4,5%(proyección

incremento)*35%) Uno(1) 0

TOTAL 6 MESES CONTRATO Seis(6) 0

Notas: En el anterior cuadro el valor unitario para el personal incluye obligaciones salariales y prestacionales y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y para fiscales.

*1 El costo mes de Diciembre, se proyecta que la facturación corresponde al 75% del mes

básico, por la temporada de vacaciones de la Universidad.

*2 El costo mes de Enero de 2015, se proyecta que la facturación corresponde al 35% del

mes básico 2015 por la temporada de vacaciones de la Universidad.(con un incremento

proyectado del aumento del smmlv del 4,5%).

*3 Programas especiales de aseo: se proyecta un 2.7% del valor Total por mes 2015

*4 Actividades silviculturales: se proyecta un 1.3% del valor Total por mes 2015 ______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

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ANEXO 5 DISPONIBILIDAD DE MAQUINARIA PARA

LIMPIEZA

MÁQUINAS APROX CANTIDAD

GUADAÑADORAS 7

CORTACESPED 4

LAVAPISOS 5

BRILLADORA 3

BARREDORAS (DURESPO) MANUAL KN720 4

ASPIRADORAS LIQUIDOS Y SÓLIDOS 3

SOPLADORA DE HOJAS 5

FUMIGADORAS (CACORRAS) 6

HIDROLAVADORAS 5

CUATRIMOTO 1

ELEVADOR PARA TRABAJO EN ALTURA 1

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

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ANEXO No.6

KIT INSUMOS DE ASEO

INSUMOS UNIDAD DE CANTIDAD POR MES

JABÓN LIQUIDO MULTIUSOS LITROS 360

JABÓN DESINFECTANTE LITROS 360

JABÓN GERMICIDA LITROS 60

JABÓN AZUL BARRA UNIDAD 350

HIPOCLORITO LITROS 300

AMBIENTADOR DE PISOS LITROS 360

BOLSAS DE BASURA GRIS CAL 1,1 UNIDAD 65 X 90 20000

BOLSAS DE BASURA GRIS CAL 1,1 UNIDAD 60 X 60 5000

BOLSAS DE BASURA ROJAS CAL 1,4 UNIDAD 65 X 90 3000

BOLSAS DE BASURA VERDES UNIDAD 65 X 90 5000

BOLSA DE BASURAS VERDES CAL 1.4 UNIDAD 46 X46

10000

BOLSAS GRIS O BLANCA CAL. 1,.8 UNIDAD 90 X 120

10000

ESCOBAS PLÁSTICAS UNIDAD 300

ESCOBAS DE CHUZO UNIDAD 300

TRAPEADORA DE HILO UNIDAD 360

TRAPEADORA DE FRANELA UNIDAD 150

DULCEABRIGO METRO METROS 600

ESPONJILLAS X 6 UNIDADES PAQUETE 1000

ESPONJAS UNIDAD 600

CREMA LIMPIADORA UNIDAD 30

RECOGEDORES UNIDAD 50

BALDES UNIDAD 40

GLOLIMPIA PARA BAÑOS LITROS 20

GUANTES PLÁSTICOS PARES 350

GUANTE DE TELA PARES 50

GUANTE DE CARNAZA PARES 10

ESCOBILLON SANITARIO UNIDAD 40

ESCOBILLON PARA TECHO UNIDAD 30

MASCARILLAS DESECHABLES UNIDAD 200

GAFAS DE SEGURIDAD UNIDAD 30

BOMBAS SANITARIAS UNIDAD 10

EMBUDO UNIDAD 6

ATOMISADORES UNIDAD 60

ESPATULAS UNIDAD 10

TELA DE ARAGAN METROS 50

TRAPOS Y O LIENCILLO KILOS 20

JABÓN CREMA UNIDAD 30

DETERGENTE EN POLVO UNIDAD 30

CEPILLO PISOS UNIDAD 20

CEPILLO MANO UNIDAD 40

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ESCOBITAS AVISO UNIDAD 10

DESENGRASATE LITROS 80

DESINCRUSTANTE LITROS 8

LIMPIADOR ACERO INOXIDABLE UNIDAD 10

PAD UNIDAD 1

RASTRILLOS UNIDAD 20

CLORO AL 70% KILOS 250

CLORO AL 91% KILOS 150

ELEVADOR DEL PH KILOS 100

BICARBONATO DE SODIO KILOS 50

DISMINUADOR DEL PH UNIDAD 100

PASTILLAS DPD POR SOBRES DE 10 10

ALCALICIDAD KILOS 50

SHOKE KILOS 25

ROJO FHENOL KILOS 25

REACTIVOS KILOS 25

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

ANEXO No.7

INSUMOS DE ABONOS E INSECTICIDAS

Insumo Cantidad por mes

FERTILIZANTE 30 BULTOS

ABONOS ORGANICOS 100 BULTOS

FUNGICIDAS 4 KILOS

INSECTICIDAS (LIQUIDOS) 4 LTS

INSECTICIDAS 8 KILOS

HERBICIDAS 10 KILOS

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

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ANEXO No 8

RELACION DE MAQUINARIA Y EQUIPO PARA JARDINERÍA Y MANEJO DE VEGETACIÓN

Máquina Cantidad

GUADAÑADORAS 14

FUMIGADORAS 15

MANGUERAS DE 100 MTS 15

CORTACESPED 5

TRIMER MECÁNICO 6

ESMERIL 3

MOTOSIERRAS 3

MOTOSIERRA TRIMER 3

CORTA SETOS 2

MACHETES 30

HACHAS 10

PICAS Y PALAS 20

AZADONES 10

BARRAS 10

COCHES O CARRETILLAS 10

HACHAS 4

LIMAS MACHETES 15

LIMAS MOTOSIERRA 15

MACHETES 20

RASTILLO JARDINERO 10

RASTILLOS DE 22 DIENTES 10

PALAS N-4 10

TIJERAS PODADORAS 10

COCHES Y CARRETAS MADERA 20

CUATRIMOTO 1

PRACTIVAGO 8

MÁQUINA ASPIRADORA Y COMPACTADORA DE HOJAS 1

VEHICULO CAMIONETA CON CARROCERIA ESTACAS, CAPACIDAD MINIMO 1800 (PARA MEDELLÍN Y SEDES ALTERNAS IN CLUYENDO ORIENTE Y LAS RESTANTES)

1

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ANEXO No.9

ELEMENTOS ADICIONALES

ELEMENTOS UNIDAD CANTIDAD

ESCALERAS DISTINTOS PELDAÑOS UNIDAD 20

REMOJADORES UNIDAD 20

PLUMILLAS UNIDAD 20

CUCHILLAS GUADAÑADORA UNIDAD 6

FILTROS GUADAÑADORAS UNIDAD 10

CAJA DE HERRAMIENTAS UNIDAD 1

MANILAS METROS 80

ARRANCA CHICLES UNIDAD 6

AVISOS DE PRECAUCION UNIDAD 100

HORNO MICROONDAS INDUSTRIAL UNIDAD 10

LOKER CADA OPERARIO UNIDAD 200

MANGUERAS DE VARIOS METRAJES UNIDAD 10

EXTENSIÓN LIMPIAVIDROS UNIDAD 6

ESMERIL DE 2,5 HW UNIDAD 2

PALIN METALICO UNIDAD 6

ACHICADORES DE AGUA UNIDAD 25

NAYLON PARA GUADAÑA METROS 692

ESCALERAS DE MADERA 3 CUERPOS UNIDAD 2

EXTENSIÓN ELÉCTRICA UNIDAD 6

PARRILLA PARA ARAGAN UNIDAD 40

PALO PARA ARAGAN DE MADERA UNIDAD 12

PALO IVADER DE MADERA UNIDAD 8

MOPA HOT MEDIANA UNIDAD 8

MOPA QUITA POLVO 24 UNIDAD 6

MOPA QUITA POLVO 30 UNIDAD 6

ARMAZÓN 24 PARA ARAGAN UNIDAD 6

ARMAZÓN 30 PARA ARAGAN UNIDAD 6

PISTOLA METÁLICA UNIDAD 10

ARAGAN PARA AGUA UNIDAD 12

CEPILLO CABO LARGO UNIDAD 2

CARROS MULTIUSOS UNIDAD 12

ASPIRADOR DE GASES UNIDAD 8

ARAGANES METALICOS CON MOPA UNIDAD 30

MANGUERAS ENCAUCHETADAS UNIDAD 10

CARROS RECOLECTORES UNIDAD 6

PROTECCIÓN PERSONAL

CINTURONES ERGONÓMICOS UNIDAD 10

ARNES DE SEGURIDAD COMPLETO UNIDAD 6

LINEAS DE VIDA UNIDAD 6

ANDAMIOS CERTIFICADO 16 CUERPOS UNIDAD 10

SLINGAS UNIDAD 6

FRENOS UNIDAD 3

MOSQUETÓN UNIDAD 6

EQUIPO PARA INVIERNO UNIDAD 5

TAPONES AUDITIVOS UNIDAD 5

TAPA OÍDOS DIADEMA UNIDAD 5

POLAINAS UNIDAD 8

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DELANTAL DE CARNAZA UNIDAD 8

CARRETAS DE MADERA UNIDAD 5

CARETAS DE ESMERILAR UNIDAD 4

TAPONES AUDITIVOS UNIDAD 10

SALUD OCUPACIONAL

PAVAS UNIDAD 30

BOTIQUÍN PRIMEROS AUXILIOS DOTADO UNIDAD 3

HIDRATANTE PAQUETE 30

SABORIZANTE KILOS 30

CÁMARA DE VIDEO UNIDAD 1

RADIO COMUNICACIONES UNIDAD 1

CELULARES UNIDAD 10

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

ANEXO 10

PROYECCION REPUESTOS MANTENIMIENTO CORRECTIVO

ÍTEM DESCRIPCIÓN UN CANT. PRECIO

UNITARIO

PRECIO TOTAL (incluido

Iva)

REPUESTOS (Incluye

suministro e instalación)

1 Rodamientos bombas Un 5

2 Sello mecánico 500AL Un 2

3 Casquillos para montaje de

sello mecánico Un 4

4 Anillo de desgaste Un 2

5 Empaque para bombas Un 4

6 Pintura epóxica para

bomba Un 4

7 Visor de nivel Un 2

8 Megueo de motores Un 4

9 Manómetro Un 2

10 Alineación Bomba/Motor Un 4

11 Balanceo de motor Un 4

12 Trampa de 12" x 14" Un 1

13 Manifol de 12" Un 1

14 Protección térmica tripolar Un 4

TOTAL

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

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Anexo No. 11

SERIEDAD Y CUMPLIMIENTO EN CONTRATOS ANTERIORES

RELACIÓN DE SANCIONES EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS

NOMBRE Y TIPO DE SERVICIO

ENTIDAD CONTRATANTE

VALOR CONTRATO

FECHA INICIACIÓN

FECHA TERMINACIÓN

DESCRIPCION DE LA SANCIÓN

______________________________________________ REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y FIRMA

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COMPROMISO ANTICORRUPCION - ANEXO 12 Fecha Señores UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA] Proceso de Contratación GLI- 0004-2015 “Servicio de limpieza, ornato, jardinería y mantenimiento de las sedes de la universidad de Antioquia y sus sedes alternas.” El (Los) suscrito(s) _____________________, (en calidad de representante legal de ___________________________, u obrando en nombre propios) identificado como aparece al pie de mi firma, manifiesto que:

1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Universidad de Antioquia para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.

2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS.

3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o terceros.

4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que

tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación GLI-0004-2015 SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS.

5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación GLI-0004-2015 SERVICIO DE LIMPIEZA, ORNATO, JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y SUS SEDES ALTERNAS.

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6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.

7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente

compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los ----------------------días del mes de ------------------- de ----------------------------- ___________________________ [Firma representante legal del Proponente o del Proponente persona natural] Nombre: Cargo: Documento de Identidad:

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS N° xxxx de 2015 CELEBRADO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Y xxxxx

Entre los suscritos, xxxxx, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Medellín, identificado con la cédula de ciudadanía xxxx (Ant), quien en su carácter de xxxx, designado mediante xxxxx, obra en xxxxx de LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA, ente universitario autónomo con régimen especial, debidamente facultado para ello por el Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014 y por la Resolución Superior xxx del xxx de xxx del 2015, previa recomendación de adjudicación del Comité Técnico de Contratación en sesión xxx del xxx de 2015, la cual se dispuso mediante la Resolución Rectoral xxxx del xxxx de 2015, y quien en adelante se denominará LA UNIVERSIDAD, de una parte, y de otra, xxxxxxxx, mayor de edad, con domicilio en la ciudad de Medellín, identificad con cédula de ciudadanía xxxxx, expedida en xxx que se anexa al presente contrato, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el presente contrato: PRIMERA. OBJETO: Lo constituye la prestación del servicio de limpieza, ornato, jardinería y mantenimiento de las sedes de la Universidad de Antioquia y sus sedes alternas por parte de EL CONTRATISTA, de conformidad con el pliego de condiciones y con la propuesta presentada por el contratista que forman parte del presente contrato. Parágrafo: Los turnos y número de operarios, inicialmente serán los establecidos en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA el xxxx de xxxx de 2015. LA UNIVERSIDAD, por necesidades del servicio podrá solicitar el incremento del número de operarios. SEGUNDA. DURACIÓN: La duración del presente contrato se estipula en Seis (6) meses, contados a partir de la firma del acta de inicio. Parágrafo: Dicho término podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo por las partes por escrito, antes del vencimiento del contrato. TERCERA. VALOR Y FORMA DE PAGO: Para efectos legales y presupuestales, el valor total del presente contrato se estima en la suma de XXXXXXXXXXXXXXL. ($XXXXX), IVA incluido. Su valor real será el que resulte de multiplicar los servicios efectivamente prestados por el valor de los mismos estipulado en la cotización presentada por el contratista el XXX de xxxx.

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LA UNIVERSIDAD se obliga para con EL CONTRATISTA a cancelar el valor señalado dentro del presente contrato, en cuotas mensuales vencidas y una vez hayan cumplido los siguientes requisitos: 1) Que suscriba con el interventor actas parciales según el servicio suministrado y recibido a satisfacción por LA UNIVERSIDAD. Estas actas se adjuntarán a la factura de cobro mensual que presente EL CONTRATISTA y se pagarán dentro de los treinta (30) días siguientes a su correcta presentación. 2) Que haya presentado las constancias escritas del cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje cuando a ello haya lugar. Parágrafo primero: La entrega de la suma de dinero a que se obliga la Universidad, se subordinará a las apropiaciones que de las mismas se hagan en el presupuesto. Parágrafo segundo: Reajustes: El valor estimado contempla los reajustes para los salarios, del recurso humano destinado por el contratista para la debida ejecución dl contrato, a partir del 01 de enero de 2016, conforme a la cotización presentada por EL CONTRATISTA el xxx de xxx de 201xxx, que en todo caso no podrán ser mayores al porcentaje del salario mínimo legal vigente para el año 2016. CUARTA. IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: LA CONTRATANTE atenderá el pago del presente contrato con cargo al centro gestor 10601103, C.D.P 1000026746 del 17 marzo de 2015. QUINTA. OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE: LA CONTRATANTE se obliga a: 1. Suministrar a EL CONTRATISTA toda la documentación e información requerida,

en forma oportuna, para la prestación del servicio. 2. Pagar el valor acordado en el presente contrato.

SEXTA. OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA: Además de las obligaciones especiales contenidas en la Invitación Públicas, las cuales se integran al presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a: 1. Hacer la limpieza de las instalaciones físicas; recolección, optimización de

subproductos de reciclaje, tratamiento de residuos biológicos (este procedimiento solo se realiza en la Sede de Investigación Universitaria (SIU), transporte al almacenamiento central y entrega de los residuos a operadores especiales de servicio de aseo; lavado, desinfección, y esterilización de material de laboratorio; lavada de fachadas; lavada de tanques de almacenamiento de agua potable en espacios confinados; atención cafetín administrativos; trabajos de altura; trabajos básicos menores (plomería y electricidad); logística (reintegro); limpieza de techos y

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cárcamos, aseo y mantenimiento profundo de piscinas y cuartos de bombas; manejo y sostenimiento de la cancha sintética y mantenimiento de jardines en los siguientes sitios: Ciudad Universitaria, Facultades de Odontología, Medicina, Enfermería, Salud Pública, (Sedes del Hospital San Vicente de Paul (Maxilofacial- Patología-Dermatología-Pediatría), Casa Neurología, Neurociencia Casas de Prado. (Serpentario, Pecet, Educación Especial, Antropología), Casa Cultural de Artes, Parque de la Vida, Convenio Sena y Trabajo Social, Edificio la Naviera, Hacienda el Porvenir, Edificio de San Ignacio, Edificio de Extensión, Parque del Emprendimiento, Edificio Javiera Londoño, Casa Sector Prado Centro, Sede de Posgrados, Seccional Oriente, Sede de Investigaciones Universitarias(SIU), Sede de Robledo(incluida la piscina), las regiones seccional oriente, seccional Amalfi, seccional Yarumal, seccional Caucasia, seccional Andes, seccional Puerto Berrio, seccional San José del Nus , seccional Jesús Mora- Urabá, seccional Apartado, seccional Estudios Ecológicos (Tulenapa), seccional Ciencias del Mar, seccional Magdalena Medio, seccional Santa Fe de Antioquia, seccional Sonsón, seccional Segovia y sede Bogotá

2. Comunicar oportunamente al interventor las circunstancias precontractuales o

surgidas en el desarrollo del contrato, que puedan afectar el objeto del mismo, la calidad del servicio o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen, y sugerir a través de aquel las posibles soluciones, so pena de constituir causal de terminación del contrato por incumplimiento.

3. Seleccionar y contratar el personal idóneo solicitado por LA UNIVERSIDAD. 4. Asistir a las reuniones del comité o ente que se configure por las partes, a fin de

hacer seguimiento y evaluación del desarrollo del contrato. 5. Elaborar y presentar por escrito a LA UNIVERSIDAD los informes que ésta requiera. 6. Elaborar los procesos de nómina del personal suministrado y afiliarlo

oportunamente al Sistema General de Seguridad Social, en salud, pensiones y riesgos profesionales, como también cumplir con los aportes parafiscales al Servicio Nacional de Aprendizaje, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la respectiva Caja de Compensación Familiar.

7. Efectuar visitas periódicas al lugar del trabajo, con el fin de verificar la correcta

ejecución del contrato. 8. Atender de manera oportuna las observaciones escritas que le presente LA

UNIVERSIDAD, relacionadas con el retiro de personal vinculado por EL CONTRATISTA.

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Cumplir con el Reglamento de higiene y seguridad industrial, la Resolución 02413 de 1979 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Colombia, la Resolución 008408 de octubre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte , la Ley 1209 de 2008 por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas, con el Decreto Municipal 398 de marzo 6 de 2007 por el cual se reglamenta la Vigilancia y el Control de las piscinas Públicas y de Uso Restringido y se crea el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín, con el Decreto 1589 de septiembre 18 de 2007, por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 398 de Marzo 6 de 2007 que reglamentó la Vigilancia y el Control de las piscinas de uso Público y de uso Restringido y creó el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín, con el 554 DE 2015, con la Resolución 24773 de 2007 y demás reglamentaciones que entren en vigencia durante la ejecución del contrato; El artículo 348 del código Sustantivo de Trabajo, el título III de la Ley 7 de 1979, la Resolución 2400 de 1979 del ministerio de Trabajo (hoy Protección Social). 9. Normatividad:

Decreto 1443 de 31 de julio 2014. Ministerio del trabajo. Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Decreto 614 de 1984. Presidencia de la República de Colombia, por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.

Resolución 1016 De 1989. Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud. Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.

Resolución 008408 de octubre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte.

Resolución 1409 de julio 23 de 2012, del Ministerio de Trabajo. Reglamento de seguridad para la proyección contra caídas y trabajo en alturas.

Manual de seguridad ocupacional y ambiental en la contratación de la Universidad de Antioquia.

Ley 1562 de 11 de julio de 2012. Congreso de Colombia. Por el cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposición en materia de Salud Ocupacional.

Ley 1209 de 2008. Congreso de Colombia. por medio de la cual se establecen normas de seguridad en piscinas,

Decreto Municipal 398 de marzo 6 de 2007. Alcaldía de Medellín. por el cual se reglamenta la Vigilancia y el Control de las piscinas Públicas y de Uso Restringido y se crea el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín,

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Decreto 1589 de septiembre 18 de 2007, Alcaldía de Medellín. por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 398 de Marzo 6 de 2007 que reglamentó la Vigilancia y el Control de las piscinas de uso Público y de uso Restringido y creó el Programa de Vigilancia y Control de Piscinas en el Municipio de Medellín,

Resolución 24773 de 2007 y demás reglamentaciones que entren en vigencia durante la ejecución del contrato.

Resolución 4113 de diciembre 28 de 2012, por el cual se adoptan los formularios para la práctica de visitas de inspección de los aspectos técnicos relacionados con la seguridad y las buenas prácticas sanitarias de las piscinas y estructuras similares y se establece el procedimiento para evaluar el certificado de cumplimiento de seguridad de piscinas.

Resolución 1510 de mayo 06 de 2011, Ministerio de la Protección Social. Por la cual se definen los criterios técnicos y de seguridad para piscinas y se dictan otras disposiciones.

Resolución 4498 de diciembre 04 de 2012, Ministerio de Salud y Protección Social. por el cual se establece el reglamento técnico aplicable a los dispositivos de seguridad y su instalación en las piscinas.

Resolución 2400 de mayo 22 de 1979, Ministerio del Trabajo y Protección social Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Resolución 1409. Ministerio del trabajo. Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. (esta derogó la 3673)

Resolución 1903 de 2013. Ministerio del Trabajo. Por la cual se modifica el

numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones

El artículo 348 del código Sustantivo de Trabajo, el título III de la Ley 7 de 1979, la Decreto 2981 de 2013, reglamenta la prestación del servicio público de aseo.

Guía para el manejo integral de residuos sólidos en el Valle de Aburrá Área Metropolitana de Valle de Aburrá agosto de 2004.

Decretos 351 de 2014. Presidencia de la República. Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades (deroga el Decreto número 2676 de 2000, el Decreto número 2763 de 2001, el Decreto número 1669 de 2002 y el Decreto número 4126 de 2005)

Resolución 1164 de 2002. Manual de procedimientos para la gestión integral de residuos hospitalarios y similares,

Decreto 4741 De 2005, Presidencia de la República. Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.

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Decreto 1140 de 2003. Presidencia de la República. Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con el tema de las unidades de almacenamiento, y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1505 de 2003, Presidencia de la Republica. por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002, en relación con los planes de gestión integral de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.

Resolución 0172 del 23 de enero de 2012, Ministerio de Comercio, industria y Turismo. Ministerio de Ambiente y desarrollo Sostenible. reglamento técnico de pilas

Resolución 361 de marzo 03 de 2011, Ministerio de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial, modifica la resolución 372 de 2009 " Post consumo de baterías"

Resolución 1457 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial. Por el cual se establecen los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de Llantas usadas.

Resolución 1512 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Por el cual se establecen los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de residuos de computadores y/o periféricos y se adoptan otras disposiciones.

Resolución 1511 de 2010, El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Recolección selectiva de Iluminarias.

Norma técnica Icontec GTC-24, que define el Código de colores para la separación de residuos en la fuente.

Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la firma del acta de iniciación, El Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además, ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Durante la ejecución del contrato, el Interventor le podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, éste podrá ordenar la suspensión de los servicios o parte de estos sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo y sin perjuicio de las multas a que hubiere lugar por este concepto. Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por cuenta de éste y no tendrá

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derecho a pago por separado, ya que estos costos deben estar incluidos como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato. SÉPTIMA. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder o traspasar en todo o en parte el presente contrato a persona natural o jurídica y a ningún título, sin la autorización previa y por escrito de LA UNIVERSIDAD. La subcontratación requiere la aceptación previa de LA UNIVERSIDAD. OCTAVA. CAUSAS DE TERMINACIÓN: El presente contrato terminará: 1. Por llegar el plazo previsto en el presente contrato. 3. Por ceder o traspasar EL CONTRATISTA el presente contrato sin la autorización

previa y por escrito de LA UNIVERSIDAD. 4. Por la ocurrencia de hechos o situaciones que imposibiliten la continuación del

contrato. 5. Por incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, sin que medie justa

causa para ello. 6. Por fuerza mayor o caso fortuito. 7. Por el incumplimiento del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud,

riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje.

8. En los casos expresamente previstos en la normativa colombiana. 9. Por la no implementación de las medidas de salud ocupacional y seguridad, propias de la actividad contratada, tanto para el personal a su cargo como para la comunidad universitaria. NOVENA. INDEPENDENCIA LABORAL: Es entendido que el personal utilizado por EL CONTRATISTA, son sus trabajadores por ser el empleador, respecto de los cuales está obligado mediante contrato de trabajo, y por lo tanto tiene la responsabilidad y los derechos propios del empleador contenidos en la Ley 50 de 1990 y demás normas laborales aplicables. En consecuencia EL CONTRATISTA se sujetará a lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales, y todo aquellos que se derive de la relación laboral con sus trabajadores.

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Parágrafo: No existirá régimen de solidaridad entre las partes suscribientes de este contrato; cada una responderá frente a terceros por las obligaciones que específicamente asume en razón del mismo. DÉCIMA. GARANTÍAS. EL CONTRATISTA a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que en virtud del contrato adquiere prestará garantía en favor de LA UNIVERSIDAD, que avale.

Cumplimiento: por una cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato incluyendo adiciones (si las hubiere) y una vigencia igual al plazo del contrato y cuatro meses más, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones originadas en el contrato.

Pago de salarios, prestaciones sociales, e indemnizaciones: Por una cuantía igual al siete por ciento (7%) del valor total del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato y tres (3) años más, para garantizar el pago de los salarios y las prestaciones sociales obligatorias de acuerdo con las leyes y el contrato, a los trabajadores que emplee para la realización del mismo.

Responsabilidad Civil Extracontractual: Por una cuantía igual al quince (15%) del valor total del contrato y una vigencia igual al plazo del contrato.

DÉCIMA PRIMERA. INTERVENTORÍA: La interventoría del contrato estará a cargo del XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, o quien haga sus veces, el cual además de cumplir las funciones señaladas en las Resoluciones Rectorales 13843 del 2 de octubre de 2000 y 17115 de 18 de marzo de 2003, deberá: 1. Elaborar y suscribir Actas de iniciación, recibo parcial, final y de liquidación del

contrato. 2. Vigilar el cumplimiento del contrato. 3. Resolver las dudas que tenga EL CONTRATISTA. 4. Presentar las observaciones que juzgue conveniente. 5. Suministrar oportunamente la información que posea LA UNIVERSIDAD y que

sirva a EL CONTRATISTA para el desarrollo del objeto contractual. 6. Recibir y aprobar, de considerar que cumple con el objeto contratado, los informes

presentados por EL CONTRATISTA.

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7. Certificar el cumplimiento del objeto contratado para proceder a los respectivos pagos.

8. Estar atento a la fecha de vencimiento del contrato, a fin de determinar, de

acuerdo a las necesidades del servicio, la necesidad de suscribir, eventuales adiciones y prórrogas del mismo.

9. Exigir a EL CONTRATISTA la implementación de las medidas de seguridad, propias de la actividad contratada, tanto para el personal a su cargo como para la comunidad universitaria.

10. Enviar oportunamente todas las actas, pólizas y documentos para suscripción, legalización de contrato, liquidación a la Oficina Jurídica de la Universidad

11. Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto del contrato. DÉCIMA SEGUNDA. CLÁUSULA PENAL: De conformidad con el Artículo 1592 del Código Civil Colombiano, el incumplimiento de EL CONTRATISTA de su obligación, siempre y cuando no exista caso fortuito o fuerza mayor, generará a favor de LA UNIVERSIDAD a título de indemnización el pago de una suma de dinero equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, para lo cual EL CONTRATISTA manifiesta expresamente su autorización para el cobro de esta cláusula penal, renunciando a todo requerimiento judicial o extrajudicial para la constitución en mora o para su declaración. Este contrato, más la prueba del incumplimiento por cualquier medio idóneo, servirá de título ejecutivo. DÉCIMA TERCERA. MULTAS: La Universidad podrá imponer multas sucesivas a EL CONTRATISTA, en caso de mora, incumplimiento parcial o deficiencia en el cumplimiento de sus obligaciones, sin perjuicio de la aplicación de la cláusula penal o de la garantía de cumplimiento constituida. Estas multas equivaldrán al 5% del valor del contrato cada vez que se impongan. El contratista autoriza su deducción de las sumas que LA UNIVERSIDAD le adeude. DÉCIMA CUARTA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del contrato, que no se encuentra incurso en las causales de la inhabilidad o incompatibilidad señaladas por la Constitución, la Ley y el Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014 (Estatuto General de Contratación de La Universidad de Antioquia), para contratar DÉCIMA QUINTA. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las partes acuerdan que de surgir diferencias en el desarrollo del presente contrato, buscarán soluciones ágiles y directas para afrontar dichas discrepancias. Para tal efecto, acudirán preferentemente, al

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empleo de los mecanismos de solución directa de controversias contractuales, conforme a lo previsto en el artículo 28 del Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014, tales como la conciliación extrajudicial, la amigable composición y la transacción. DÉCIMA SÉXTA. DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales se entienden incorporados al contrato y harán parte de él, las condiciones de la Invitación Pública y sus Adendas, la propuesta presentada por el contratista, las actas de inicio, final y de liquidación, los informes del Interventor del contrato, Acuerdo Superior 419 del 29 de abril de 2014y demás documentos que se suscriban con ocasión del contrato. DÉCIMA SEPTIMA. GASTOS DE LEGALIZACIÓN: Los gastos que demande la legalización del presente contrato, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA. DÉCIMA OCTAVA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: La liquidación del contrato se hará mediante acta que suscribirán LA UNIVERSIDAD, EL CONTRATISTA y el Interventor del contrato, dentro del mes siguiente a la fecha de terminación del plazo del contrato. Para la liquidación será necesaria la presentación del acta definitiva de terminación del contrato y recibo a satisfacción del mismo. DÉCIMA NOVENA: SEGURIDAD DEL PERSONAL: EL CONTRATISTA debe garantizar la seguridad a todo el personal, tomando las precauciones necesarias para prevenir cualquier accidente durante la ejecución de este contrato. En todos los casos EL CONTRATISTA asume la responsabilidad de cualquier perjuicio, accidente o contravención que pudiera sobrevenir, por culpa suya o de su personal, obligados en razón de este contrato a responder por todos los perjuicios o daños causados al momento de presentarse un accidente. Así mismo EL CONTRATISTA se obliga a implementar mecanismos que permitan detectar riesgos que puedan producir daños a la salud o vida de los trabajadores en el desempeño de sus labores y deberá dotar a los mismos, desde el inicio de la obra, con todos los implementos de protección y seguridad industrial necesarios para prevenir accidentes y proteger la vida e integridad personal, conforme lo exigen las normas legales nacionales vigentes al momento de ejecutar la obra, en especial las contenidas en el artículo 348 del código Sustantivo de Trabajo, el título III de la Ley 7 de 1979, la Resolución 2400 de 1979 del ministerio de Trabajo (hoy Protección Social), el reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, Resolución 008408 de octubre de 1985 del Ministerio de Obras Públicas y Transporte y demás que lo modifiquen, adicionen o complementen. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA suministrará uniformes aptos para cada una de las labores específicas que tengan que desempeñar los trabajadores de la obra, los cuales se identificarán permanentemente con un carné visible suministrado por EL

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VIGÉSIMA: PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado con la firma de las partes y para su ejecución requerirá la apropiación presupuestal y la aprobación de las pólizas. Para constancia, se firma en la ciudad de Medellín, el xx de xxxxx de 2015 xxxxxx xxxxx La Universidad El Contratista

xxxxxxxxx El Interventor