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CVE-DOGC-B-12269094-2012 46367 Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012 http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298X DL B-38015-2007 SERVICIO DE EMPLEO DE CATALUÑA ORDEN EMO/286/2012, de 21 de septiembre, por la que se establecen las bases regulado- ras y se abre la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña para el año 2012 (FOAP 2012). La formación de oferta tiene como finalidad ofrecer a trabajadores/as, prioritaria- mente a los desempleados, una formación ajustada a las necesidades del mercado laboral y favorecer así la productividad y competitividad de las empresas, así como la cualificación y la promoción de los trabajadores/as del ámbito territorial catalán. En la situación actual, el contexto socioeconómico se convierte en clave para la definición de la intervención en materia de empleo, y requiere un conjunto de medidas que permitan ofrecer soluciones ajustadas y adecuadas al momento pre- sente. Así, las políticas activas de empleo centran sus actividades en un conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación con el fin de mejorar el acceso al empleo de aquellas personas trabajadoras en situación de desempleo sin perjuicio de las ocupadas. En este sentido, la Estrategia Española para el Empleo 2012-2014 sitúa como elemento central y estratégico la mejora y la adecuación de las competencias profesionales de las personas en relación con el mercado de trabajo, así como la Estrategia Catalana para el Empleo 2012-2020 tiene como objetivo central mejorar la ocupabilidad de las personas y la competitividad de las empresas catalanas. El programa FOAP, que regula la presente Orden, pretende dar cumplimiento a algunos de los objetivos fijados en la Estrategia Catalana para el Empleo 2012-2020 (ECO), y se encuadra en el Plan de desarrollo de políticas activas de empleo del SOC 2012-2013 (PDPA), dentro de las medidas CS2, M6, M16, M24, M32, M35, M36, M37, M40, M41, M42, M44, M48 de Formación para el empleo adaptada a las necesidades de sectores y territorios. El Servicio de Empleo de Cataluña impulsará, en el marco del modelo de evalua- ción de las políticas activas de empleo que se desarrollan en Cataluña, la evaluación de implementación, impacto y económica de las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de esta Orden. En este marco conceptual y estratégico se definen las acciones de formación de oferta en áreas profesionales prioritarias. Con el fin de dar respuesta a las necesidades concretas que debe alcanzar la formación de oferta y por extensión el Servicio de Empleo de Cataluña, y teniendo en cuenta que con la publicación de la presente Orden queda derogada, a excepción de su capítulo IV, la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña, se publica un nuevo documento normativo que, si bien no cambia la esencia de las convocatorias anteriores, sí que produce algunos cambios que es necesario destacar. Este año en la presente convocatoria los beneficiarios son tanto entidades de formación públicas o privadas como administraciones públicas de ámbito local adscritas o vinculadas con competencia en materia de desarrollo local y de pro- moción del empleo. Todas las entidades beneficiarias participarán bajo los mismos criterios de valoración y de concurrencia competitiva. Asimismo, y respondiendo a las conclusiones que se desprenden del estudio de necesidades que de manera exhaustiva se ha hecho en los últimos meses, las espe- cialidades de las acciones formativas han sido definidas y priorizadas en relación con el estudio realizado. Disposiciones

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CVE-DOGC-B-12269094-2012

46367Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

SERVICIO DE EMPLEO DE CATALUÑAORDEN

EMO/286/2012, de 21 de septiembre, por la que se establecen las bases regulado-ras y se abre la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña para el año 2012 (FOAP 2012).

La formación de oferta tiene como finalidad ofrecer a trabajadores/as, prioritaria-mente a los desempleados, una formación ajustada a las necesidades del mercado laboral y favorecer así la productividad y competitividad de las empresas, así como la cualificación y la promoción de los trabajadores/as del ámbito territorial catalán.

En la situación actual, el contexto socioeconómico se convierte en clave para la definición de la intervención en materia de empleo, y requiere un conjunto de medidas que permitan ofrecer soluciones ajustadas y adecuadas al momento pre-sente. Así, las políticas activas de empleo centran sus actividades en un conjunto de programas y medidas de orientación, empleo y formación con el fin de mejorar el acceso al empleo de aquellas personas trabajadoras en situación de desempleo sin perjuicio de las ocupadas.

En este sentido, la Estrategia Española para el Empleo 2012-2014 sitúa como elemento central y estratégico la mejora y la adecuación de las competencias profesionales de las personas en relación con el mercado de trabajo, así como la Estrategia Catalana para el Empleo 2012-2020 tiene como objetivo central mejorar la ocupabilidad de las personas y la competitividad de las empresas catalanas.

El programa FOAP, que regula la presente Orden, pretende dar cumplimiento a algunos de los objetivos fijados en la Estrategia Catalana para el Empleo 2012-2020 (ECO), y se encuadra en el Plan de desarrollo de políticas activas de empleo del SOC 2012-2013 (PDPA), dentro de las medidas CS2, M6, M16, M24, M32, M35, M36, M37, M40, M41, M42, M44, M48 de Formación para el empleo adaptada a las necesidades de sectores y territorios.

El Servicio de Empleo de Cataluña impulsará, en el marco del modelo de evalua-ción de las políticas activas de empleo que se desarrollan en Cataluña, la evaluación de implementación, impacto y económica de las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de esta Orden.

En este marco conceptual y estratégico se definen las acciones de formación de oferta en áreas profesionales prioritarias.

Con el fin de dar respuesta a las necesidades concretas que debe alcanzar la formación de oferta y por extensión el Servicio de Empleo de Cataluña, y teniendo en cuenta que con la publicación de la presente Orden queda derogada, a excepción de su capítulo IV, la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña, se publica un nuevo documento normativo que, si bien no cambia la esencia de las convocatorias anteriores, sí que produce algunos cambios que es necesario destacar.

Este año en la presente convocatoria los beneficiarios son tanto entidades de formación públicas o privadas como administraciones públicas de ámbito local adscritas o vinculadas con competencia en materia de desarrollo local y de pro-moción del empleo. Todas las entidades beneficiarias participarán bajo los mismos criterios de valoración y de concurrencia competitiva.

Asimismo, y respondiendo a las conclusiones que se desprenden del estudio de necesidades que de manera exhaustiva se ha hecho en los últimos meses, las espe-cialidades de las acciones formativas han sido definidas y priorizadas en relación con el estudio realizado.

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Para esta Orden, con el objetivo de garantizar una oferta formativa diversa y suficiente en el conjunto del territorio, accesible a los potenciales candidatos/as, y que respete el principio de equilibrio territorial, se ha creado un mapa de uni-dades territorial/comarcas que se utiliza para la distribución presupuestaria y la concurrencia.

El Decreto 182/2010, de 23 de noviembre, de ordenación de la formación profe-sional para el empleo en Cataluña, tiene como objeto la regulación de la formación profesional para el empleo en Cataluña y el establecimiento de sus modalidades e iniciativas de formación, así como su régimen de funcionamiento y financiación y su estructura organizativa y de participación.

La Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña, otorga al Servicio de Empleo de Cataluña como objetivos específicos la gestión y la integración del conjunto de actuaciones y servicios ocupacionales para mantener y fomentar la empleo estable y de calidad y el autoempleo; la prevención y la reducción del desempleo y la protección de las personas desempleadas fomentando y garantizando la formación profesional ocu-pacional y continua; el ejercicio de la intermediación en el mercado de trabajo, y también la orientación profesional y la readaptación profesional permanente para alcanzar la mejora del empleo mediante la gestión, la organización, la planificación, la programación, la ejecución y la evaluación eficientes y eficaces del sistema ocu-pacional catalán, con la finalidad de alcanzar la mejora de la ocupabilidad de las personas trabajadoras y una competitividad mayor del tejido empresarial.

Vista la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mer-cado laboral;

Vistos la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006), que la desarrolla;Visto el Capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);Vistos el Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Con-sejo, de 5 de julio, de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (FSE) (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio, por

el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y en el Fondo de cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, por el que se fijan normas de desarrollo del Re-glamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006), y el Reglamento (CE) núm. 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión (DOUE L 214/3, de 9.8.2008), por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías);

Vista la Ley 1/2012, del 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012 (DOGC núm. 6075, de 27.2.2012);Vista la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y adminis-

trativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos (DOGC núm. 6094, de 23.3.2012);En consecuencia, con el informe previo del Área Jurídica y de la Intervención

Delegada, con la consulta previa del Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña, el Consejo de Dirección del Departamento de Empresa y Empleo, y habiendo informado al Consejo Catalán de la Formación Profesional, en uso de las facultades que me son conferidas,

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ORDENO:

Artículo 1Objeto

1.1 Esta Orden tiene por objeto:Establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a impulsar las

acciones formativas de formación de oferta en áreas profesionales prioritarias.Abrir la convocatoria correspondiente al año 2012 para la presentación de soli-citudes para realizar acciones de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as. Para esta convocatoria se pueden programar las especialidades del Fichero catalán de especialidades formativas del Servicio de Empleo de Cataluña que constan en el anexo 2.1.2 Estas acciones se regulan por las bases contenidas en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2Aplicación presupuestaria e importe convocado2.1 El importe máximo destinado al otorgamiento de las subvenciones es de 40.000.000 €.

De acuerdo con la estructura económica del presupuesto del Servicio de Empleo de Cataluña para el 2012, las partidas presupuestarias son las siguientes:Entidad beneficiaria Partida presupuestaria 2012Empresas 6204D/470.0006.04/331F/0000Entidades sin ánimo de lucro 6204D/482.0018.04/331F/0000Fundaciones 6204D/481.0001.04/331F/0000Entidades locales (EELL) 6204D/460.0014.02/331F/0000Centrales sindicales 6204D/484.0001.04/331F/0000Otros entes dependientes EELL 6204D/469.0001.04/331F/0000

Una vez se resuelva la concurrencia competitiva correspondiente a esta convo-catoria harán los trámites correspondientes para redistribuir los créditos entre las partidas presupuestarias con el fin de imputar correctamente a los beneficiarios de las subvenciones en la estructura económica del presupuesto del Servicio de Empleo de Cataluña para el 2012.

2.2 Este importe se puede ampliar mediante resolución del/de la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña.2.3 En el supuesto de que una vez resuelta una convocatoria no se hubiera agotado el importe máximo destinado, se hayan producido renuncias y/o revocaciones, o bien el Servicio de Empleo de Cataluña obtuviera fondos, se podrán asignar nuevos

otorgamientos de acciones formativas que no obtuvieron subvención porque se había agotado el presupuesto disponible y que cumplan los requisitos para obtener la subvención que dispone esta convocatoria.2.4 El otorgamiento de estas subvenciones estará condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestaria para esta finalidad.

2.5 Dotación del presupuesto inicial para cada unidad territorial/comarca y área profesional.

Las bases de distribución del presupuesto y del proceso de concurrencia, en el marco de la convocatoria de formación de oferta, pretenden dar una respuesta proporcionada a las necesidades formativas detectadas así como a las expectativas de los/las alumnos/as, bajo el principio general de equilibrio territorial fomentando la cualificación de los/las participantes en la formación.

Las unidades territoriales se han creado puntualmente para esta Orden con el objetivo de garantizar una oferta formativa que sea diversa y suficiente en el conjunto del territorio, accesible a los potenciales candidatos/as, y que respete el principio de equilibrio territorial.

2.5.1 La distribución del presupuesto parte de una dotación presupuestaria inicial para cada comarca/unidad territorial de forma proporcional al paro registrado en

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cada una (calculado según la media del paro registrado de los 12 meses del año 2011 sobre el total de Cataluña). Sobre esta dotación inicial se efectuará una reserva previa de un 4,5%, que posteriormente se utilizará para finalizar certificados de profesionalidad asociados al Catálogo Nacional de Calificaciones Profesionales (regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero). Del resto del presupuesto, un 25% se destinará inicialmente para las áreas formativas comprendidas en las familias ADG (Administración y gestión) e IFC (Informática y comunicaciones) y un 75% para el resto de áreas formativas.

2.5.2 Posteriormente, el presupuesto se distribuirá para cada una de las áreas que hayan sido solicitadas en la comarca/unidad territorial, de forma proporcional a la prioridad de cada área en la detección de necesidades formativas efectuada por el Servicio de Empleo de Cataluña.

El resultado de estas operaciones será asignar, para cada unidad territorial/co-marca y área profesional, el importe inicial a distribuir.

2.6 Proceso de concurrencia.2.6.1 Se procederá a valorar las solicitudes siguiendo los criterios de concurrencia

establecidos en la base 12 de esta Orden y se propondrán los otorgamientos, para cada comarca/unidad territorial, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas y con la limitación del presupuesto disponible en cada área profesional.

2.6.2 El proceso anterior de casar la oferta de formación y el presupuesto dispo-nible podrá dar lugar a remanentes de presupuesto. Estos remanentes se otorgarán en el marco de la comarca/unidad territorial, preferentemente para diversificar la oferta en áreas formativas (también según su prioridad) y para finalizar itinerarios formativos de certificados de profesionalidad otorgados de forma incompleta. Este último ejercicio se verá también reforzado por la aplicación de la reserva de presupuesto que inicialmente se había hecho con este objetivo.

2.6.3 Si después del proceso anterior todavía quedan remanentes en determi-nadas comarcas/unidades territoriales, se continuará el proceso de concurrencia competitiva a nivel de demarcación territorial, según puntuación de las solicitudes y atendiendo al peso específico de cada comarca sobre el paro registrado. y final-mente, un proceso de concurrencia a nivel de Cataluña, si fuera necesario.

2.7 Las ayudas concedidas están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con la aportación del 50% de los costes, mediante el Programa operativo de com-petitividad regional y empleo de Cataluña núm. 2007ES052PO007 o mediante el Programa operativo pluri-regional de adaptabilidad y empleo núm. 2007ES05PO001, para el periodo 2007-2013.

Artículo 3Plazo de presentación de las solicitudes3.1 El plazo máximo de presentación de las solicitudes será el 15 de octubre de 2012.

3.2. Las entidades que quieran impartir acciones formativas vinculadas a las especialidades detalladas en el anexo 2 deben estar homologadas en el momento en que se publique la convocatoria. En caso de que no lo estén, sólo se tendrán en cuenta para la presente convocatoria las entidades que hayan registrado la solicitud de homologación a más tardar 15 días antes de la publicación.

La resolución de la homologación será previa a la resolución de otorgamiento o denegación de la subvención.

Artículo 4Plazos de ejecución de las acciones subvencionables

Los centros y las entidades beneficiarias deben programar el inicio de las acciones formativas (compuestas por diferentes actuaciones formativas) con un calendario que diferencie los periodos de ejecución en diferentes mensualidades que permita obtener una oferta diversificada en el tiempo.Las acciones formativas se pueden iniciar como máximo el 30 de diciembre de 2012 y con el inicio de alguna de las actuaciones antes de esta fecha, o el mismo día, se dará por iniciado el expediente otorgado.La fecha máxima de finalización es el 31 de julio de 2013.

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El/la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña, mediante resolución, podrá autorizar de manera excepcional periodos de ejecución diferentes, por causa no imputable a la entidad o por causa debidamente justificada o de fuerza mayor.

Las prácticas de perfeccionamiento profesional se deben realizar dentro de los plazos máximos para la realización de las acciones formativas que establece cada convocatoria y se deben programar al finalizar el periodo de ejecución de la acción formativa, y en los plazos que indica la presente convocatoria.

Artículo 5Órgano competente, resolución de las ayudas y recursos

5.1 El procedimiento de concesión de estas subvenciones es la concurrencia competitiva.

5.2 La entidad interesada dirigirá la solicitud al/a la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña. El/la director/a de la Red ocupacional, a propuesta de la persona titular de la Dirección Territorial, emitirá la correspondiente resolución de otorgamiento o denegación en el plazo máximo de dos meses desde la fecha en que haya finalizado el periodo de solicitud.

5.3 La resolución debe notificarse a la entidad solicitante de acuerdo con lo que establecen los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 56 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

5.4 Contra la resolución de otorgamiento, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la secretaria de Empleo y Relaciones Laborales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación o 3 meses desde la finalización del plazo para resolver y notificar sin que se haya producido resolución expresa.Artículo 6Revisión y variaciones en la inalidad de la subvención6.1 Existe la posibilidad de revisar las subvenciones ya concedidas y modifi-car la resolución de otorgamiento en caso de alteración de las condiciones o de la obtención concurrente de otras ayudas.

6.2 De acuerdo con el artículo 19.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de otras subvenciones fuera de los casos permitidos en las normas reguladoras, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención.

Artículo 7Publicidad de la concesión de las subvenciones concedidasEl Servicio de Empleo de Cataluña dará publicidad del otorgamiento de las subvenciones mediante su publicación en el DOGC e indicará la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario, la cantidad concedida y las finalidades de la subvención.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Régimen jurídicoEn todo lo que no esté previsto en las bases reguladoras, se procederá de acuerdo con lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y

modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento general de subvenciones en todo lo que tenga consideración de básico.

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La normativa reguladora de esta Orden es:El Decreto 182/2010, de 23 de noviembre, de ordenación de la formación profe-sional para el empleo de Cataluña (DOGC núm. 5764, de 26.11.2010).La Resolución de 12 de marzo de 2010 del Servicio Público de Empleo Estatal,

por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas (BOE núm. 72, de 24.3.2010).El capítulo IV de la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desocu-pados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 5171, de 11.7.2008).

Visto el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

Vista la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su fi-nanciación, y la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, que la modifica.

La Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, por la que se establece el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de polí-ticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm 5197, de 19.8.2008), modificada por la Orden TRE/260/2009, de 15 de mayo (DOGC núm. 5386, de 25.5.2009).

La Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, por la que se regula el régimen de ayudas y becas a las personas trabajadoras en situación de desempleo y empresas establecido en materia de formación de oferta (DOGC núm. 5176, de 18.7.2008), modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre (DOGC núm. 5463, de 14.9.2009).La Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación 2007-2013 (BOE núm. 252, de 18.10.2008), modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo (BOE núm. 79, de 1.4.2009).

La Resolución TRE/3767/2009, de 30 de noviembre, por la que se publica el cuestionario de evaluación de la calidad de las acciones formativas dirigidas prio-ritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 5545, de 14.1.2010), modificada por la Resolución TRE/3713/2010, de 8 de octubre.

El Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad (BOE núm. 27, de 31.1.2008), modificado por el Real decreto 1675/2010, de 10 de diciembre (BOE núm. 318, de 31.12.2010).El Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (FSE) (DOUE L210, de 31.7.2006); parcialmente modificado por el Reglamento (CE) núm. 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de mayo de 2009.El Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y el Fondo de Cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006); modificado por el Reglamento (UE) núm. 539/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio, por el Reglamento (UE) núm. 1310/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, y por el Reglamento (UE) núm. 1311/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre.El Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006), modificado por el Reglamento (CE) núm. 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009, por el Reglamento (CE) núm. 832/2010, de 27 de septiembre, y por el Reglamento (CE) núm. 1236/2011, de 29 de noviembre de 2011.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

De acuerdo con la disposición transitoria quinta de los reales decretos que derogan los certificados de profesionalidad que se relacionan en el anexo 9, las entidades que estén homologadas en alguno de estos certificados de profesionalidad derogados se considerarán homologadas de manera provisional en los certificados de profesiona-lidad equivalentes para la impartición de las acciones formativas correspondientes a esta convocatoria. En la resolución de otorgamiento de la subvención quedará implícita la autorización del Servicio de Empleo de Cataluña para la impartición de estos nuevos certificados de profesionalidad.

La relación de certificados de profesionalidad derogados, la equivalencia con los nuevos certificados, los reales decretos reguladores y su fecha de publicación se adjuntan en el anexo 9 de esta Orden.

DISPOSICIÓN DEROgATORIA

Se deroga la Orden TRE/338/2008, de 4 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones relativas a la formación de oferta para realizar acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña, excepto el capítulo IV, relativo al Fichero de especialidades formativas y registro de centros y entidades de for-mación.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigorEsta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.Barcelona, 21 de septiembre de 2012

F. xAVIER MENA

Consejero de Empresa y Empleo

ANExO I

Bases reguladoras

Base 1Objeto

Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas en áreas profesionales prioritarias, dirigidas prioritariamente a trabajadores/as desempleados/as. Para esta convocatoria se pueden programar las especialidades del Fichero catalán de especialidades formativas del Servicio de Empleo de Cataluña que constan en el anexo 2, donde también se detalla alguna condición particular de especialidades con regulación específica.

Base 2DeinicionesA los efectos de lo que prevé esta Orden y en el marco de esta convocatoria, se

definen los siguientes conceptos:Acción formativa: acción dirigida a la adquisición y/o mejora de las competencias

y las cualificaciones profesionales, con objetivos, contenidos y duración propios.Alumno/a con evaluación positiva: alumno/a que ha asistido al menos al 75% de

la acción formativa y ha obtenido la evaluación de apto.Todo el alumnado para poder ser evaluado debe finalizar la correspondiente

unidad formativa/módulo formativo dentro de la acción formativa.Alumnos otorgados: número de alumnos que indica la resolución de otorgamiento y que multiplicado por las horas de la acción formativa y por el precio hora de la

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especialidad establece el importe total de la subvención concedida a la entidad beneficiaria.

Certificado de profesionalidad: instrumento de acreditación oficial de las cua-lificaciones profesionales en el ámbito de la Administración laboral, que acredita la capacitación para el desarrollo de una actividad laboral con significación para el empleo y asegura la formación necesaria para su adquisición, en el marco del subsistema de la formación profesional para la empleo.

Competencias: capacidad de llevar a cabo actividades en una profesión o en un puesto de trabajo, según las normas exigidas por el sector.Especialidad formativa: agrupación de contenidos, competencias profesionales y

especificaciones técnicas que responde a un conjunto de actividades de trabajo enmar-cadas en una fase del proceso de producción y con funciones afines. La especialidad formativa sirve como referente para la programación de acciones en el marco del subsistema de formación profesional para la empleo. Las especialidades formativas pueden estar dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad.

Fichero catalán de especialidades formativas: repertorio de especialidades formativas que servirá de base para la programación de las acciones formativas y planes de formación que se desarrollen en Cataluña.Formación complementaria: módulo formativo obligatorio (codificado con las siglas FCO) que es de realización obligatoria de cada alumno/a dentro de su itine-rario formativo.

Formador interno: formadores contratados fijos o eventuales.Formador externo o servicio externo docente: formadores profesionales trabaja-dores por cuenta propia, formadores que prestan servicios y presentan minuta o la contratación con una entidad especializada en la materia para impartir, sea parcial o total, la docencia de la acción formativa.Itinerario: conjunto concatenado de acciones formativas que permiten completar la cualificación profesional o mejorar la ocupabilidad de las personas trabajado-ras tanto desempleadas como ocupadas, dentro de los diferentes empleos. Por certificados de profesionalidad, constituirá el conjunto de módulos formativos y unidades formativas que conforman la formación dirigida a un mismo alumno/a o grupo clase. Por especialidades no conducentes en certificados de profesionalidad, la acción formativa coincidirá con el itinerario.

Módulo formativo: coherente de formación asociado a cada una de las unidades de competencia que configuran la cualificación acreditada mediante el certificado de profesionalidad. Cada módulo incluye los datos de identificación, las especifi-caciones de la formación y los parámetros del contexto formativo para impartirlo. También se entenderán como módulos formativos los módulos de prácticas y el módulo de formación complementaria.

Módulo de formación práctica en centros de trabajo: módulo de formación de carácter práctico obligatorio la obtención del certificado de profesionalidad, siempre que el alumnado no concurra en una de las causas de exención. No corresponde a ninguna unidad de competencias y se realiza una vez superados el resto de módulos.

Personal de apoyo: el personal directivo y administrativo estrictamente necesarios para la preparación, gestión y ejecución de la acción formativa.

Unidad de competencia: la unidad mínima acreditable y acumulable para obtener un certificado de profesionalidad que tiene equivalencia con el sistema de formación profesional del ámbito educativo. La competencia se acredita por superación de la formación asociada o por superación de un proceso de acreditación. Normalmente corresponde a los módulos formativos que componen un itinerario de certificado de profesionalidad.

Unidad formativa: subdivisión de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad que se recogerán en el fichero de especialidades formativas. Es la unidad mínima evaluable en que se dividen algunos módulos formativos. La superación de todas las unidades formativas definidas por el módulo, siempre que el participante curse de forma consecutiva al menos una unidad formativa por año, dará derecho a la certificación de módulo formativo y a la acreditación de la unidad de competencia correspondiente. Cada unidad formativa incluye los datos de identificación, capacidad, criterios de evaluación y contenidos.

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Tutor/a de prácticas: es la persona encargada de estructurar, desarrollar las prácticas en empresa, será la responsable de acordar con la empresa el contenido formativo de las mismas y de realizar junto con el tutor/a nombrado por la empresa, el seguimiento y la evaluación de los/las alumnos/as.

Unidad territorial: unidad que define el ámbito territorial de distribución presu-puestaria inicial y donde se llevarán a cabo las primeras fases de la concurrencia competitiva. Estas unidades se han creado puntualmente para esta Orden con el objetivo de garantizar una oferta formativa que sea diversa y suficiente en el conjunto del territorio, accesible a los potenciales candidatos y candidatas, y que respete el principio de equilibrio territorial.

Base 3Entidades beneiciariasPodrán acceder a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades de formación públicas o privadas inscritas en el registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña.También podrán acceder a las subvenciones previstas en esta Orden las admi-nistraciones públicas de ámbito local y las entidades que estén adscritas o vincu-

ladas con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, inscritas en el registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña.

De acuerdo con el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, cuando el beneficiario de la subvención sea una persona jurídica, los miembros asociados de ésta que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión en nombre y por cuenta de los primeros tendrán igualmente la condición de beneficiarios, siempre que reúnan los requisitos exigidos. En estos casos se deberá adjuntar un convenio donde se determine de forma clara las funciones de cada uno de los miembros asociados en relación con la subvención y sus relaciones así como los derechos y obligaciones y responsabilidades de cada una.

Base 4Requisitos de las entidades beneiciarias y forma de acreditarlos4.1 Requisitos para obtener la condición de beneficiarias.a) Estar dadas de alta en el Registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña y tener homologada la especialidad formativa en

la dirección en la que quieran impartir la formación, o haber presentado la solicitud de homologación antes de la publicación de la convocatoria.b) Dar empleo, en el caso de empresas públicas o privadas con 50 trabajadores/as o más, al menos, a un 2% de trabajadores/as con disminución sobre el número total de trabajadores/as de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración de los disminuidos (BOE núm. 103, de 30.4.1982), el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005), el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.2.2000).c) Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad y las obligaciones ante la Seguridad Social.d) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística (DOGC núm. 2553, de 7.1.1998).e) No encontrarse en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003).f) No haber sido sancionados/as, en resolución firme en los últimos 3 años, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo en los últimos 5 años, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

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g) Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales; el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco norma-tivo de la prevención de riesgos laborales.h) Cumplir con la obligación, de con acuerdo los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo y de intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la disposi-ción adicional séptima de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho a las mujeres a erradicar la violencia machista, que añade un nuevo apartado 7.i) Cumplir las obligaciones y/o no incurrir en los supuestos de prohibición esta-blecidos en los artículos 90 bis y 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.j) Cumplir con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunida-des en el ámbito laboral y, con esta finalidad, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/as, éstas deberán elaborar y aplicar con carácter obligatorio un plan de igualdad, de acuerdo con lo que establece el artí-culo 45 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.k) Disponer de los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para realizar funciones de programación, coordinación y control interno de la acción formativa.l) Disponer del documento acreditativo de la entidad que imparta la formación de la solidez del inmueble o inmuebles donde se impartirán las acciones, expedidos y visados a partir del 2008.m) Disponer del documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro administrativo correspondiente, para especialidades que tienen regulación especifica (como por ejemplo: vigilante de seguridad, monitor de ocio).n) Disponer de la escritura de constitución de la sociedad e inscripción de sus estatutos en el Registro Mercantil o en el registro correspondiente.o) Disponer de facultades de representación de la empresa, de acuerdo con la correspondiente escritura notarial inscrita en el Registro Mercantil o en el registro correspondiente, si procede.p) Cumplir los requisitos específicos que se determinan en esta Orden y cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarles.

4.2 El cumplimiento de estos requisitos se acreditará mediante las declaracio-nes responsables firmadas por el representante de la entidad solicitante que están incluidas en el documento de la solicitud. Las entidades subcontratadas también lo acreditarán mediante los documentos adjuntos a la solicitud.

Base 5Destinatarios/as de la formación

5.1 Las acciones de formación que se regulan en esta Orden se dirigen prio-ritariamente a personas trabajadoras en situación de desempleo demandantes de empleo, sin perjuicio de la participación de personas trabajadoras ocupadas. La participación de personas trabajadoras en situación de desempleo debe ser, como mínimo, del 80%.

5.2 Las personas destinatarias de la formación deben cumplir los requisitos previos siguientes:Estar inscritas en el Servicio de Empleo de Cataluña antes de iniciar la acción formativa, tanto si son personas trabajadoras, en situación de desempleo u ocupadas. La consideración de trabajador/a ocupado/a o desempleado/a está determinada por la situación laboral en que se encuentre en el momento iniciar la acción formativa.

Cumplir con los requisitos de los/las alumnos/as que establezca en el programa de la especialidad formativa o bien el real decreto que regule el certificado de profesionalidad en el que se deba inscribir. Las entidades beneficiarias tendrán la obligación de comprobar estos requisitos antes de incorporar a las personas candi-datas en las acciones formativas.

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5.3 Desde el Servicio de Empleo de Cataluña se fomentará la participación de alumnos/as que presenten mayor dificultad en la incorporación al mercado de trabajo y la igualdad de oportunidades hombre-mujer hacia el empleo.

Se considera prioritaria la participación en las acciones formativas de las personas en situación de desempleo con las características siguientes:Jóvenes menores de 30 años con baja cualificación.

Personas con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo y/o en situación de vulnerabilidad sociolaboral (personas con discapacidad, mayores de 45 años, parados de larga duración).Personas que no cobran prestación por desempleo o no tengan derecho a ella.

Base 6Derechos de los/las alumnos/as

6.1 La participación como alumno/a en cualquier actividad formativa de las reguladas en la presente Orden será absolutamente gratuita, y queda expresamente prohibida la exigencia de cualquier tipo de contraprestación, aval o pago de cantidad por ningún concepto.6.2 Los y las alumnos/as, en el momento de la información e inscripción,

tienen derecho a conocer el programa, si la acción formativa está regulada o no por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, el contenido, la duración, el calendario del curso y, si procede, la programación de prácticas no laborales de perfeccionamiento profesional en empresas.

6.3 Los/las alumnas que asistan a acciones formativas deben tener cubiertos los riesgos de accidentes personales que se puedan producir como consecuencia de la asistencia a las acciones formativas, así como el riesgo in itinere, incluyendo la realización de prácticas profesionales no laborales en centros de trabajo o empresas diferentes a la entidad de formación así como las visitas didácticas.

Base 7Ayudas y becas

Los/las alumnos/as en situación de desempleo que participen en las acciones formativas reguladas en esta Orden podrán percibir becas para personas con disca-pacidad o ayudas de transporte, manutención, alojamiento y conciliación, regulados en la Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre.

Base 8Obligaciones de los/las alumnos/as

8.1 Los y las alumnos/as participantes deben cumplir las obligaciones siguien-tes:a) Asistir a las acciones formativas y seguirlas con aprovechamiento. Así como las prácticas de perfeccionamiento profesional en empresa o el módulo de prácticas del certificado de profesionalidad.b) Firmar el documento “Ficha del alumno/a” donde se incluye la autorización al Servicio de Empleo de Cataluña para que éste pueda realizar las comprobaciones necesarias, a efectos de consultar su vida laboral y cotizaciones a la Seguridad Social con la finalidad de comprobar el nivel de inserción cuantitativa y cualitativa de la acción formativa.c) Colaborar en las tareas de evaluación de la formación profesional para el empleo, cumplimentando el cuestionario de evaluación que les facilite la entidad.

8.2 El incumplimiento de la obligación de asistir a las acciones formativas puede suponer la exclusión de la acción, a propuesta de la entidad de formación a criterio del responsable del curso consensuado con el Servicio de Empleo de Cataluña, es causa de exclusión:a) El hecho de tener más de tres faltas de asistencia sin justificar en un mes.b) No seguir el curso con aprovechamiento.c) Dificultar el aprovechamiento o el desarrollo normal de la acción formati-va.

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8.3 En los casos en que se produzcan las causas para la exclusión de un/a alumno/a de una acción formativa, la persona responsable de la entidad de formación tiene que informar al alumno/a de su exclusión mediante un escrito motivado, notificado por correo certificado con acuse de recibo, y simultáneamente, debe trasladar al Servicio Territorial del Servicio de Empleo de Cataluña competente en el seguimiento de las acciones, un informe de la exclusión del alumno/a, con una copia donde se hagan constar las circunstancias que comportan esta exclusión.8.4 Si el alumno/a no está de acuerdo con la exclusión puede presentar un escrito de queja, en el plazo máximo de 3 días hábiles a partir de la recepción de la notificación de la exclusión, ante el/la jefe/a del Servicio Territorial al que corres-ponda el seguimiento de las acciones, quien debe emitir una resolución expresa en el plazo máximo de 10 días, aceptándola o denegándola, previa valoración y verificación de los hechos expuestos por ambas partes. Esta resolución se debe notificar al alumno/a y a la entidad.

8.5 El alumno/a que, por cualquier causa, se ausente por un periodo superior a tres días lectivos dentro del mismo mes, dispone como plazo máximo para notificar la causa que motiva su inasistencia el tercer día lectivo de ausencia. La notificación mencionada la debe dirigir a la entidad organizadora de la acción y por el medio más ágil, sin perjuicio de la posterior acreditación documental de la justificación.

8.6 En el caso de baja de un/a alumno/a una vez iniciada la acción formativa, este/a no podrá acceder a una nueva acción en un periodo de 6 meses desde el abandono, a menos que la baja se produzca por causas médicas, baja por colocación o traslado de domicilio a una distancia superior a 200 km, respecto a la población donde se realiza la acción formativa. Estas causas deberán estar debidamente justificadas.

Base 9Acciones subvencionables

Las subvenciones reguladas en esta Orden se pueden destinar a las siguientes acciones formativas:a) Las acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesio-nalidad publicados en el BOE a partir de septiembre de 2008 y regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero.

Cada certificado de profesionalidad está regulado por un real decreto que es-pecifica las unidades de competencia que lo compone, módulos formativos y unidades formativas, y todos los requisitos respecto a las instalaciones, dotación, equipamientos, formadores/as, perfil del alumno/a y evaluaciones.

La formación mínima a programar por parte de las entidades debe corresponder a módulos de formación completos.

Cuando se programen todos los módulos formativos que componen un certi-ficado de profesionalidad completo se tendrá que programar obligatoriamente el módulo de formación práctica en el centro de trabajo asegurando como mínimo las plazas para que todos los/las alumnos/as que superen todos los módulos finalicen el certificado de profesionalidad.b) Las acciones formativas asociadas a otras especialidades formativas vinculadas al Fichero de especialidades formativas del Servicio de Empleo de Cataluña.

El contenido formativos así como los requisitos respecto a las instalaciones, do-tación, equipamientos, formadores/as, perfil del alumno/a y evaluaciones son los contemplados en el programa de cada especialidad formativa o en los real decretos correspondientes en el caso de los certificados de profesionalidad publicados antes de septiembre de 2008.

Se priorizarán las nuevas especialidades asociadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNqP) y las acciones formativas que formen parte de los Certificados de profesionalidad vinculados a CNQP.

9.1 Requisitos de las acciones formativas.Todas las acciones formativas deben cumplir obligatoriamente los requisitos del

programa formativo de cada especialidad a la que pertenecen, así como también las condiciones generales de ejecución establecidas en esta Orden.

El programa de cada acción formativa se puede consultar en la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña:

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http://www.oficinadetreball.cat/socfuncions/IniciCercadorEspecialitats.do?idiomaNavegacio=caEl contenido de este programa no puede ser objeto de modificación por la en-

tidad.Si la formación asociada a una especialidad está regulada por otra administración competente en Cataluña, es necesario el reconocimiento de ésta en el sentido que

disponga su normativa sectorial.Las entidades interesadas en impartir acciones formativas deben disponer de

los derechos legales necesarios para utilizar todos los programas informáticos que se utilizarán en la formación. Se deben hacer totalmente responsables de la correcta gestión de los derechos legales del material informático elaborado total o parcialmente por otros. El Servicio de Empleo de Cataluña se reserva el derecho de comprobar el cumplimiento de esta obligación.

Todas las acciones formativas deben incluir la impartición obligatoria del módulo de formación complementaria FCO003 de 10 horas relativo a la inserción laboral, sensibilización medioambiental, e igualdad de género; y los módulos de preven-ción de riesgos laborales FCOS01 de 10 horas o el FCOS02 de 30 horas según se establezca desde el Servicio de Empleo de Cataluña, a menos que el programa formativo de la especialidad lo contemple, en este caso se debe impartir el módulo específico del mismo programa.

El contenido de estos módulos se puede consultar en la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña, en el siguiente enlace:http://www.oficinadetreball.cat/socweb/export/sites/default/socweb_ca/ciuta-dans/formacio/formacio_modul_insercio_laboral

La entidad debe entregar esta información al alumno/a.

Base 10Solicitud de las subvenciones

10.1 Los formularios de solicitud están disponibles en la web de la Oficina de Gestión Empresarial, dentro del apartado de ayudas y subvenciones (http://www.gencat.cat/oge), en la Oficina Virtual de Trámites (http://www.gencat.cat/ovt), en el apartado de Formularios y Documentos de la web del Departamento de Empresa y Empleo (http://www.gencat.cat/empresaiocupacio), en la aplicación informática de Gestión de Acciones (GIA) y en la web www.oficinadetreball.cat.

Asimismo, están disponibles todos los enlaces en la web del Servicio de Empleo de Cataluña, http://www.oficinadetreball.cat/socweb/opencms/socweb_ca/home.html.

10.2 Documentos a presentar.a) Solicitud de subvención para acciones formativas de FOAP 2012, que incluye las declaraciones responsables de cumplir los requisitos que detalla la base 4 de esta Orden (G146NFO-329), y que incluye la declaración de la existencia o no de otras subvenciones o ayudas.b) En caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda o subvención al Servicio de Empleo de Cataluña o a la Generalidad, solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalidad de Cataluña a acreedores particulares (2 ejemplares), que está disponible en el Departamento de Economía y Conocimiento (http://www20.gencat.cat/docs/economia/Documents/Arxius/doc_92922561_1.pdf).c) Información detallada de la especialidad formativa (G146NFO-305), que debe incluir los criterios de selección y evaluación de los/las alumnos/as, la metodología formativa, así como la descripción de la preparación y ejecución de las prácticas no laborales en empresa y de perfeccionamiento profesional, si procede.d) Aquellas entidades que tengan centros sin ningún otorgamiento en los dos últimos ejercicios deben presentar el documento “Declaración por la entidad de la experiencia de los expertos/as y experiencia del centro para impartir la formación” (G146NFO-327).e) Cuando las solicitudes sean presentadas en formato papel y no en línea (me-diante la aplicación informática de gestión de las acciones), se debe presentar la Ficha

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de acción formativa (G146NFO-211), que en el caso de subcontratar la docencia, incluye los datos de la entidad que faciliten los docentes.f) Documento de declaración de contabilidad separada en que la entidad be-neficiaria indique cómo realizará la identificación de los documentos contables vinculados a la acción subvencionada, a efectos del cumplimiento de la obligación de llevar una contabilidad separada o específica establecida en el apartado l de la base 5. Este documento se encuentra en la web de Empresa y Empleo, formularios y documentos, ámbito de empleo, Impresos administrativos, Servicio de Empleo de Cataluña (G146NIA-177).g) Las entidades que subcontraten la docencia deben aportar el contrato o con-venio de colaboración de acuerdo con los contenidos mínimos establecidos en la base 13.4 de esta Orden. Si el contrato o convenio no está todavía firmado por las dos partes, a la espera del otorgamiento de la subvención, se puede presentar un preacuerdo o documento proforma, con los mismos contenidos mínimos, a fin de que el Servicio de Empleo de Cataluña lo pueda valorar.Además, también deberán presentar el documento G146NFO-328, Declaraciones responsables de la empresa subcontratada para realizar la docencia.h) En caso de empresas asociadas, agremiadas o vinculadas a la entidad solici-tante, se debe presentar un convenio que determine el papel que desarrollará cada una de las empresas asociadas en relación con la subvención y sus relaciones así como los derechos y obligaciones y responsabilidades de cada una.Además, también deberán presentar el documento G146NFO-326, Declaraciones responsables para entidades agremiadas, vinculadas o asociadas.i) Documento de distribución de las acciones formativas y espacios formativos en formato Excel donde consten los siguientes campos: nombre de la acción, fecha inicio prevista, fecha de fin previsto, horario y espacios formativos y días semanales de utilización.

10.3 La presentación de las declaraciones responsables faculta a la Administra-ción para hacer las comprobaciones necesarias para verificar en cualquier momento la veracidad de los datos declarados.

10.4 La firma del formulario de solicitud comporta la autorización al Servicio de Empleo de Cataluña para obtener los datos relativos al DNI del representante legal del centro y del CIF de la entidad solicitante, del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con Generalidad de Cataluña y de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social. Si la persona solicitante deniega expre-samente la autorización mencionada, mediante el formulario de solicitud, deberá aportar el certificado o los certificados acreditativos correspondientes.

10.5 La fecha de presentación de la solicitud que se tendrá en cuenta a efectos de plazo será la de la entrada de la solicitud en el registro correspondiente, y no la de la mecanización en la aplicación informática de gestión de las acciones.

10.6 Las entidades que tengan negociada con la Administración el pago de algún impuesto por autorización expresa de una prórroga, aplazamiento, morato-ria o cualquier otra condición especial, es necesario que aporten documentación acreditativa de esta prerrogativa especial.

10.7 Lugar de presentación.Las entidades interesadas deben presentar la solicitud mediante la aplicación informática del Servicio de Empleo de Cataluña (GIA: Gestión Integrada de Ac-ciones) disponible en la web del Servicio de Empleo de Cataluña:www.oficinade-

treball.gencat.cat. Estas solicitudes se deben dirigir al/a la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña.El original y una copia se deben presentar en soporte papel junto con la docu-

mentación detallada en el apartado 10.2 de esta base. Se puede presentar en la red de Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), que se puede consultar en la página web http://www.gencat.cat/oge/oficina/xarxa/index.html. y en el registro de los servicios territoriales del Servicio de Empleo de Cataluña al que corresponda la sede social de la entidad. Las direcciones son las siguientes:

Dirección Territorial de Barcelona: c. Llull, 297, 08019 Barcelona.Dirección Territorial de Girona: plaza Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona.Dirección Territorial de Lleida: c. General Britos, 3, 25007 Lleida.

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Dirección Territorial de Tarragona: c. Pompeu Fabra, 1, 43004 Tarragona.Servicios Territoriales de Empresa y Empleo en Les Terres de l’Ebre: c. de Rosa,

9, 43500 Tortosa.Asimismo, se pueden presentar las solicitudes por cualquiera de los procedimientos

administrativos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administra-tivo común, y el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.Base 11Procedimiento de concesión y resolución

11.1 El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrencia competitiva.

La instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones corresponde a los/las directores/as territoriales del Servicio de Empleo de Cataluña, mediante sus servicios territoriales.

11.2 La entidad interesada debe dirigir la solicitud al/a la director/a del Servicio de Empleo de Cataluña. Una vez registrada se verificará que reúne los requisitos y las condiciones para acceder a estas subvenciones.

11.3 Si la solicitud no cumple los requisitos que establece esta Orden se reque-rirá a la entidad interesada a fin de que en un plazo de diez días hábiles enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos. Si no lo hace así se entenderá que desiste, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el/la jefe/a del servicio territorial dictará la resolución correspondiente.

11.4 Asimismo, en los casos de presentación de la solicitud fuera de plazo y renuncia de la entidad solicitante, el/la jefe/a del servicio territorial dictará la reso-lución de inadmisión o desistimiento que corresponda. Contra estas resoluciones, que no agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante los/las directores/as territoriales del Servicio de Empleo de Cataluña correspon-dientes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación o 3 meses desde la finalización del plazo para resolver y notificar sin que se haya producido resolución expresa.11.5 Cuando el expediente esté completo se valorará la solicitud de acuerdo con los criterios de valoración que establece la base 12 de esta Orden. El otorga-miento de estas subvenciones está condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestaria para esta finalidad.

Cuando la solicitud haga referencia a la realización de más de una acción forma-tiva, en aplicación de los criterios indicados en el apartado anterior de este artículo, el Servicio de Empleo de Cataluña podrá subvencionar todas o una parte de las acciones formativas solicitadas.11.6 Evaluadas las solicitudes, éstas serán examinadas por un órgano colegiado, cuya composición será la siguiente:

Dos representantes de la Dirección de Programas.Tres representantes de los servicios territoriales del Servicio de Empleo de Cataluña.Un miembro del Servicio Jurídico, como asesor/a.A la vista del expediente, el órgano instructor elevará una propuesta de otorga-

miento al órgano competente, debidamente motivada.El órgano colegiado velará para garantizar el respeto de los criterios de distri-

bución territorial del presupuesto y la aplicación de los criterios de concurrencia establecidos en esta Orden, que han sido diseñados con el fin de garantizar la dis-tribución diversificada y equilibrada de las acciones otorgadas por todo el territorio de Cataluña, de acuerdo con el estudio de necesidades formativas y la priorización de las áreas profesionales por comarcas y unidades territoriales efectuada por el Servicio de Empleo de Cataluña y las mesas locales.11.7 El/la director/a de la Red ocupacional del Servicio de Empleo de Cataluña, a propuesta de la persona titular de la Dirección Territorial del Servicio de Empleo de Cataluña, emitirá la correspondiente resolución de otorgamiento o denegación en el plazo máximo de dos meses desde la fecha que finalice el periodo de solicitud.

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Si transcurrido este plazo no se ha dictado y notificado resolución, debe enten-derse desestimada la solicitud, de acuerdo con lo que establece el artículo 54.2.e) de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

La resolución se debe notificar a la entidad solicitante de acuerdo con lo que establecen los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el artículo 56 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.11.8 Contra la resolución del expediente, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la secretaria de Empleo y Relaciones Laborales en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación o 3 meses desde la finalización del plazo para resolver y notificar sin que se haya producido resolución expresa.

11.9 Una vez recaída la resolución de concesión, el beneficiario podrá solici-tar su modificación. Esta modificación deberá fundamentarse en circunstancias sobrevenidas y formularse con carácter inmediato a que sucedan, y en todo caso, con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución de la actividad subvencionada.En caso de que existen estas circunstancias, el centro o entidad de formación solicitará modificación de la especialidad otorgada prevista inicialmente, pero la nueva especialidad deberá estar incluida en la solicitud de la entidad. En caso contrario no se autorizará el cambio.

En caso de acciones formativas de una especialidad de certificado de profesiona-lidad, únicamente se autorizará el cambio si la nueva especialidad del cambio está incluida en la solicitud, que sea otro certificado de profesionalidad y que pertenezca a la misma área profesional. También se autorizarán cambios de módulos formati-vos/unidades formativas solicitados dentro de una misma especialidad formativa de certificado de profesionalidad.

Las solicitudes de modificación se someterán al órgano instructor y serán resuel-tas por el órgano que concedió la subvención. En todo caso, la modificación sólo podrá autorizarse si no comporta la pérdida de derechos de terceros y en ningún caso implicará un incremento del importe otorgado.

El órgano concedente de la subvención deberá dictar resolución aceptando o denegando la modificación propuesta en el plazo de un mes desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Una vez transcurrido este plazo sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada. Las resoluciones podrán re-trotraer sus efectos, como máximo, al momento de la presentación de la solicitud de la modificación.

Base 12Criterios de valoración de las solicitudes

Los procesos de subvención en la modalidad de concurrencia competitiva es-tablecen los criterios de distribución y de otorgamiento del presupuesto con el fin de garantizar una distribución equilibrada del presupuesto, y para responder con eficiencia y eficacia tanto a las necesidades formativas del mercado de trabajo como a las aspiraciones formativas de los trabajadores/as.

Los criterios de otorgamiento de las subvenciones previstas a la presente convo-catoria se resumen en la siguiente:

PuntuaciónCriterios Mínima MáximaCriterio A-Adecuación a las necesidades del mercado de trabajo 1 30a.1 Áreas prioritarias del Servicio de Empleo de Cataluña según las necesidades formativas territoriales 0 25a.2 Mesas locales de empleo 1 5

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PuntuaciónCriterios Mínima MáximaCriterio B-Capacidad y calidad de los centros y entidades -5 47b.1 Informe valorativo del centro 0 16b.2 Gestión de las acciones realizadas 0 6b.2.1 Porcentaje de asistencia por centro 0 4b.2.2 Valoración del centro por parte del alumno/a 0 2b.3 Nivel de ejecución por centro -5 5b.4 Nivel de inserción por entidad 0 20Criterio C-Valoración de la formación solicitada y realizada -10 32c.1 Programación de prácticas en empresas en especialidades no dirigidas a la obtención de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero -7 5c.1.1 Programación de prácticas de perfeccionamiento profesional en empresas fuera de la duración de la acción formativa -5 5c.1.2 Valoración de prácticas realizadas en empresas dentro de la duración de la acción formativa -2 0c.2 Programación de todos los contenidos formativos de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008 de 18 de enero 0 5c.3 Valoración del número de alumnos de las acciones realizadas -3 0c.4 Programación de acciones formativas dirigidas a la obtención de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008 de 18 de enero 0 7c.5 Programación de acciones formativas dirigidas a personas con discapacidad 0 15TOTAL -14 109

Criterio A: Adecuación a las necesidades del mercado de trabajoLa adecuación de las acciones solicitadas a las necesidades del mercado de tra-

bajo en el territorio y a la cualificación profesional de los diferentes colectivos de trabajadores/as se valora teniendo en cuenta las áreas prioritarias del Servicio de Empleo de Cataluña según las necesidades formativas territoriales y la priorización establecida por las mesas locales de empleo.a.1 Áreas prioritarias del Servicio de Empleo de Cataluña según las necesidades formativas territoriales.

Basado en el análisis cuantitativo y cualitativo del ajuste de la oferta formativa a las necesidades del mercado de trabajo y a las previsiones de empleo y de acti-vidad económica, el Servicio de Empleo de Cataluña ha realizado y publicado en su web un informe sobre la priorización de la oferta formativa 2012 (http://www.oficinadetreball.cat/socweb/opencms/socweb_ca/empreses/colaborador/Prioritza-cio_oferta_formativa_2012). Como resultado de este análisis se han determinado unas áreas/especialidades formativas prioritarias para el conjunto de Cataluña y para cada comarca/unidad territorial en particular.Para las acciones solicitadas, la puntuación máxima de este criterio es 25 puntos y la mínima de 0 puntos, que corresponde a las áreas/especialidades no priorizadas.

Criterio priorización del Servicio de Empleo de Cataluña PuntuaciónNo priorizado 0Prioridad 15 15Prioridad 20 20Prioridad 25 25

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a.2 Mesas locales de empleo.Las mesas locales de empleo –en el marco de las funciones que les son conferidas en el artículo 3.5 del Decreto 336/1998, de 15 de diciembre, por el que se regulan las mesas locales de empleo– pueden modular las prioridades establecidas por el Servicio de Empleo de Cataluña en base a su propia detección de necesidades de formación ocupacional en su ámbito territorial.

La modulación propuesta debe estar fundamentada en base a datos del mercado de trabajo, prospectivas de empleo, encuestas a empresas o a alumnos, diagnosis territoriales, así como en otros documentos o aportaciones de miembros de la mesa, que les confieren justificación.

Para las acciones solicitadas, en función de la priorización establecida por las mesas locales según la comarca y el área formativa, se puntúa este criterio con una puntuación máxima de 5 puntos.Criterio mesas locales PuntuaciónPrioridad de 5 a 9 1Prioridad de 10 a 14 2Prioridad de 15 a 19 3Prioridad de 20 a 24 4Prioridad 25 5

Criterio B: Capacidad y calidad de los centros y entidadesLa capacidad y la calidad de los centros y las entidades solicitantes para la

realización de las acciones formativas que faciliten la inserción laboral o mejora profesional de los/las alumnos/as se valorará mediante los siguientes criterios.b.1 Informe valorativo del centro.En caso de que la puntuación del informe sea inferior a la mitad del valor máxi-mo posible, se puntuará con 0 puntos. La puntuación máxima de este criterio es de 16 puntos.

Se emite un informe valorativo de cada centro, entendido como dirección forma-tiva. Así pues se asigna la puntuación obtenida en este ítem de forma diferenciada a las acciones solicitadas que se imparten en centros diferentes de cada entidad.

Los modelos de informe valorativo del centro, que se adjuntan a la presente Orden en el anexo 10, son los siguientes:Modelo 1: Informe valorativo para centros con otorgamiento en alguno de los dos últimos ejercicios.Modelo 2: Informe valorativo para centros sin ningún otorgamiento en ninguno de los dos últimos ejercicios.Para obtener las puntuaciones, se consideran las convocatorias de “Formación de oferta” (FOAP y Entidades Locales) y “Forma y Contrata” de los años 2010 y 2011.En caso de centros con otorgamiento en el ejercicio 2011, el informe valorativo se emitirá en relación con este ejercicio (Modelo 1 de informe valorativo).En caso de centros sin otorgamiento en el ejercicio 2011, y con otorgamiento en el 2010 se puntuará respecto al ejercicio 2010 (Modelo 1 de informe valorativo).A los centros sin ningún otorgamiento en ninguno de los dos últimos ejercicios (2010 y 2011) se les aplicará el Modelo 2 de informe valorativo.

Criterio PuntuaciónInforme valorativo 0 a 16

b.2 Gestión de las acciones realizadas.Este criterio valora la calidad de la gestión en la ejecución de acciones de cada centro formativo en ejercicios anteriores. Se valora con una puntuación máxima

de 6 puntos y una mínima de 0 puntos.b.2.1 Porcentaje de asistencia por centro.Para cada centro se calcula el porcentaje de asistencia de los/las alumnos/as

inscritos/as en las acciones formativas realizadas o ejecutadas teniendo en cuenta la asistencia que consta en GIA de todos/as los/las alumnos/as inscritos/as al inicio de las acciones (documento DL1) y las altas posteriores (documento DL2 de alta),

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de cada una de las acciones, excepto la de los/las alumnos/as que han causado baja por colocación. Se hace la media de la asistencia de todos/as los/las alumnos/as de todas las acciones ejecutadas por el centro formativo los años 2010 y 2011: acciones cerradas a la fecha de finalización del periodo de solicitud, con documento Informe final de asistencia generado (IFA).Se consideran las convocatorias de “Formación de Oferta” (FOAP y Entidades Locales) y “Forma y Contrata” de los años 2010 y 2011.La puntuación máxima de este criterio es de 4 puntos y la mínima de 0 puntos. El porcentaje se redondea en la centésima de punto.

Criterio porcentaje de asistencia PuntuaciónEntre 90,00% y 100,00% 4Entre 80,00% y 89,99% 2Inferior al 80,00% 0

A los centros sin ninguna acción ejecutada los años 2010 y 2011, pero de una entidad con más centros que sí que tengan acciones ejecutadas en estos años se les aplica la puntuación media de asistencia del resto de centros de la entidad.En el caso de entidades con ningún centro que haya realizado alguna acción los años 2010 y 2011, la puntuación es de 2 puntos.

b.2.2 Valoración del centro por parte del alumno/a.Se determina la valoración que realiza el/la alumno/a sobre cada centro al cum-

plimentar el cuestionario de evaluación. Se tienen en cuenta las valoraciones de las preguntas III.1 (1.1, 1.2 y 1.3) y III.10 de los cuestionarios mecanizados los años 2010 y 2011 para las convocatorias de “Formación de Oferta” (FOAP y Entidades Locales) y “Forma y Contrata”. Primero se calcula la media de las preguntas 1.1, 1.2 y 1.3. La media resultante hace media con la media de la pregunta 10. La puntuación se redondea a la centésima de punto.La puntuación máxima es de 2 puntos y la mínima de 0 puntos.

Criterio valoración del alumno/a PuntuaciónEntre 3,50 y 4,00 2Entre 3,00 y 3,49 1Inferior a 2,99 0

El centro tiene la obligación de mecanizar la información de la totalidad de los cuestionarios cumplimentados en los dos meses posteriores a la finalización del curso. Sólo los centros que hayan mecanizado al menos un 80% de los cuestiona-rios que deberían haber sido cumplimentados por los/las alumnos/as, obtendrán esta puntuación. Se consideran los cuestionarios cumplimentados hasta la fecha de finalización del periodo de solicitud. El porcentaje de mecanización se calcula dividiendo el número de cuestionarios mecanizados entre el número de cuestionarios correspondientes a acciones cerradas que deberían haber sido mecanizados. Los centros que no lleguen al porcentaje obtendrán 0 puntos por este criterio.

Para los centros que no tienen ninguna acción con obligación de no tener cum-plimentado ningún cuestionario, la puntuación es de 1 punto.b.3 Nivel de ejecución por centro.Para cada centro se calcula el porcentaje de ejecución dividiendo el total de acciones

formativas realizadas o ejecutadas entre el total de acciones formativas otorgadas al centro correspondiente, de los años 2010 y 2011. Se consideran acciones realizadas o ejecutadas a la fecha de finalización del periodo de solicitud.Se consideran las convocatorias de “Formación de Oferta” (FOAP y Entidades Locales) y “Forma y Contrata” de los años 2010 y 2011.La puntuación máxima de este criterio es de 5 puntos y la mínima de -5 puntos. El porcentaje se redondea a la centésima de punto.

Criterio nivel de ejecución PuntuaciónEntre 90,00% y 100,00% 5Entre 75,00% y 89,99% 0Inferior al 75,00% -5

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A los centros sin ninguna acción otorgada los años 2010 y 2011, pero de una en-tidad con más centros que sí tengan acciones otorgadas en estos años, se les aplica la puntuación media de ejecución del resto de centros de la entidad.En caso de entidades con ningún centro con otorgamiento de alguna acción los años 2010 y 2011, la puntuación es de 0 puntos.

b.4 Nivel de inserción por entidad.Se valora la inserción alcanzada por la entidad en el ejercicio 2010. Para ponderar

este criterio se ha realizado un estudio estadístico desde el Servicio de Empleo de Cataluña y se han extraído los datos del Registro de Contratos de Cataluña “Con-trat@” de los/las alumnos/as que participaron en acciones iniciadas en el ejercicio 2010, para las convocatorias de “Formación de Oferta” (FOAP y Entidades Locales) y “Forma y Contrata”. Se han contabilizado los contratos del alumnado registra-dos desde la fecha de alta del alumno/a en la acción formativa y hasta 6 meses a la fecha posterior de la baja del/de la alumno/a de la acción, que puede coincidir o no con la fecha de finalización de la acción. También se tienen en cuenta los datos de inserción de los/las alumnos/as no registrados en el Registro “Contrat@” y que la entidad acredite presentando el informe de vida laboral del/de la alumno/a o el alta de autónomos al servicio territorial correspondiente hasta la fecha que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.

Las características técnicas son las siguientes:Fecha del estudio: julio 2012.Año del expediente de las acciones: 2010.Estado de gestión de las acciones: IFA cerrado.Alumnos/as inscritos/as en el DL1 y DL2 de alta.Los/las alumnos/as parados/as catalogados/as como oyentes también se han

buscado en el Registro “Contrat@”.Los/las alumnas con simultaneidad se han imputado en cada acción.Los/las alumnas que han causado baja por colocación de la acción también se

han buscado en el Registro “Contrat@”.El cálculo de la inserción se ha realizado dividiendo el total de alumnos inscritos insertados (alumnado dado de alta en un DL1 o DL2 en la acción e insertado con contrato registrado) entre el total de demandantes de empleo no ocupados (DENOS), entendiendo como DENOS el número de alumnos inscritos en la acción, una vez

restadas las personas ocupada y las no DENOS.Se calcula el porcentaje de la inserción de la entidad respecto a la totalidad de las acciones ejecutadas el año 2010.La puntuación máxima de este criterio es de 20 puntos y la mínima de 0 puntos.

El porcentaje se redondea a la centésima de punto.

Criterio nivel de inserción PuntuaciónEntre 70,00% y 100,00% 20Entre 55,00% y 69,99% 15Entre 30,00% y 54,99% 10Entre 15,00% y 29,99% 5Inferior al 15,00% 0

En el caso de entidades con ninguna acción ejecutada el año 2010, la puntuación es de 10 puntos.

Criterio C: Valoración de la formación solicitada y realizadaSe efectúa la valoración de diferentes aspectos de la programación de cada una de las acciones formativas solicitadas por la entidad y del cumplimiento de la pro-gramación del ejercicio anterior.

c.1 Programación de prácticas en empresas en especialidades no dirigidas a la obtención de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero.

Con la voluntad de fomentar el contacto entre el/la alumno/a y el entorno de trabajo, se puntúa la programación de realización de prácticas en empresas fuera de la duración de la acción formativa (perfeccionamiento).

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La puntuación máxima es de 5 puntos y la puntuación mínima de -7 puntos.Este apartado comporta dos posibles puntuaciones, entre ellas acumulables hasta un máximo de 5 puntos. Estos dos apartados a valorar son los siguientes:c.1.1 Programación de prácticas de perfeccionamiento profesional en empresas fuera

de la duración de la acción formativa será puntuada con 5 puntos, si se compromete como mínimo la participación del 60% de las plazas de alumnos solicitadas.

En caso de que en la convocatoria FOAP 2011 se obtuvieran puntos a la concu-rrencia por haber programado estas prácticas comprometiendo la participación de como mínimo el 60% de las plazas de alumnos, y se haya incumplido este com-promiso (la participación no sea igual o superior al 60% de las plazas de alumnos que hayan finalizado la acción) en más del 10% de las acciones, por centro y área profesional, se puntúa negativamente con -5 puntos las acciones solicitadas en esta área y centro. y aunque se programen las prácticas de perfeccionamiento para esta convocatoria FOAP 2012, no se puntuarán los 5 puntos.

Criterio PuntuaciónProgramación de prácticas de perfeccionamiento en empresa 5Incumplimiento de prácticas de perfeccionamiento en empresa FOAP 2011 -5

c.1.2 Valoración de las prácticas realizadas en empresas dentro de la duración de una acción formativa. En caso de que en la convocatoria FOAP 2011 se obtuvieran puntos a la concurrencia por haber programado estas prácticas comprometiendo la participación del 100% de las plazas de alumnos/as que hayan finalizado la acción formativa, y se haya incumplido la realización de estas prácticas en más del 10% de las acciones, por centro y área profesional, se puntúa negativamente con -2 puntos las acciones solicitadas en esta área y centro.

Criterio PuntuaciónIncumplimiento de prácticas en empresa FOAP 2011 -2

c.2 Programación de todos los contenidos formativos de un certificado de pro-fesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero.

La programación de un itinerario formativo de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, incluyendo todas las unidades formativas/módulos formativos correspondientes a la especialidad de certificado de profesionalidad, incluido el módulo de prácticas, se valora con 5 puntos. La puntuación se aplica por igual a todas las acciones que componen el itinerario formativo correspondiente al certificado de profesionalidad.La puntuación máxima es de 5 puntos y la puntuación mínima de 0 puntos.Criterio PuntuaciónProgramación de todos los módulos de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero 5

c.3 Valoración del número de alumnos de las acciones realizadas.Este criterio se valoró para todas las especialidades en FOAP 2011 en el supuesto de que el número de plazas de alumnos solicitados en la acción formativa fuera

superior a 15. En caso de que a la convocatoria FOAP 2011 se obtuvieran puntos a la concurrencia por haber solicitado acciones con más de 15 alumnos y se haya incumplido este compromiso (15 o menos alumnos formados con una asistencia al menos del 75%, incluidos alumnos con baja por colocación) en más del 10% de las acciones, por centro y área profesional, se puntúa negativamente con -3 puntos.

Se debe tener en cuenta que en FOAP 2011 en las acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, la puntuación se aplicó sobre la media de plazas de alum-nos del itinerario formativo del certificado de profesionalidad. Se calculó haciendo la media aritmética del sumatorio del número de alumnos/as solicitados en todas las acciones del itinerario (sin computar el número de alumnos solicitados en el módulo de prácticas) dividido por el número total de acciones (sin el módulo de prácticas).

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La puntuación máxima es de 0 puntos y la puntuación mínima de -3 puntos.Criterio PuntuaciónIncumplimiento del compromiso del número de alumnos en FOAP 2011 -3

c.4 Programación de acciones formativas dirigidas a la obtención de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero.

En esta convocatoria se consideran prioritarias las acciones formativas dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero. Para fomentar la obtención de cualificaciones profesionales, se valora de forma importante la programación de especialidades de certificados de profesionalidad. Solicitar acciones formativas dirigidas a la obtención de estos certificados se puntúa con 7 puntos.

Para el resto de especialidades solicitadas, la puntuación de este ítem es de 0 puntos.La puntuación máxima es de 7 puntos y la puntuación mínima de 0 puntos.Criterio PuntuaciónProgramación de módulos formativos de un certificado de profesionalidad regulado por el Real decreto 34/2008 7

c.5 Programación de acciones formativas dirigidas a personas con discapaci-dad.

La acción formativa que programe una especialidad dirigida a personas con discapacidad (especialidad DCP) se valora con 15 puntos.La puntuación máxima es de 15 puntos y la puntuación mínima de 0 puntos.Criterio PuntuaciónProgramación especialidad DCP 15

Base 13Subcontratación de la impartición de la acción formativa

13.1 Las entidades beneficiarias pueden impartir la docencia mediante for-madores contratados directamente por la propia entidad (con relación laboral y nómina, factura o minuta), o bien mediante la contratación de un servicio externo docente, entendido como la contratación de entidades especializadas en la materia para impartir, la docencia de la acción formativa, incluidas las sociedades uniper-sonales. La docencia incluirá las actuaciones previstas en el apartado 1.A.a) del anexo 3 de esta Orden.La contratación de un servicio externo se considera subcontratación por las en-tidades beneficiarias y está sujeta a lo que establecen los apartados siguientes.

13.2 La entidad beneficiaria de la subvención puede subcontratar, por una sola vez, total o parcialmente, la preparación y la impartición efectiva de la docencia. La totalidad de la docencia se puede externalizar y el importe que resulte de este total no puede exceder del 80% total de la subvención máxima otorgada.

13.3 Para la subcontratación se debe tener en cuenta lo que dispone el artículo 29 y el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el artículo 68 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que desarrolla el reglamento y los criterios siguientes:La subcontratación de la preparación, la impartición de la acción formativa en ningún caso debe suponer un coste adicional en el importe de la subvención máxima.

La entidad beneficiaria asume la total responsabilidad de la ejecución de la ac-tividad subvencionada ante la Administración, y es la responsable de que en esta actividad se respeten los límites que se establecen en la normativa reguladora de la subvención.La suscripción del contrato no excluye la responsabilidad directa e inequívoca de la entidad beneficiaria de la subvención, en relación con las obligaciones inherentes a esta condición.Asimismo, según el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los contratistas están sujetos al deber de colaboración para permitir la adecuada ve-

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rificación del cumplimiento de las condiciones del desarrollo de las actuaciones. A estos efectos, el contrato o convenio debe recoger la obligación por parte del centro o entidad subcontratada de facilitar a la entidad beneficiaria la información requerida por el Servicio de Empleo de Cataluña sobre alumnos, docentes, acciones formativas, indicadores para el Fondo Social Europeo y justificación económica de la acción formativa. La negativa al cumplimiento de esta obligación dará lugar a los efectos previstos en el artículo 37 de la Ley de subvenciones, es decir, puede constituir causa de reintegro de la subvención, sin perjuicio de las sanciones que en su caso pudieran corresponder.

13.4 La subcontratación de la docencia en la acción formativa subvencionada se debe formalizar por escrito, mediante contrato, convenio o acto de validez jurí-dica similar, entre la entidad beneficiaria de la subvención y la subcontratada. El documento se tiene que presentar junto con la solicitud de subvención.El Servicio de Empleo de Cataluña comprobará el contrato o convenio presentado y lo validará mediante la resolución de otorgamiento. El contenido mínimo que se tiene que incluir a fin de que se pueda aceptar la subcontratación es el siguiente:Identificación de las partes (cargo, nombre, NIF, domicilio social, tipus de em-presa).

Objeto del convenio/contrato.Actividad concreta que se subcontrata: partidas contratadas, coste o presupuesto

previsto, porcentaje sobre el total de la subvención.Contraprestación (cuantía, forma de realizar el pago y justificación del servicio prestado).Declaraciones y compromisos:La entidad subcontratada se compromete a que el personal docente subcontra-

tado cumpla los requisitos establecidos por el certificado de profesionalidad o la normativa de la especialidad y homologación.

La entidad subcontratada se compromete a facilitar a la beneficiaria los datos de los docentes y formadores a efectos de la justificación al Servicio de Empleo de Cataluña y Fondo Social Europeo. Concretamente los datos siguientes: nombre, apellidos, DNI, sueldo bruto, Seguridad Social a cargo de la empresa, horas de impartición o preparación, coste de la impartición o preparación.

La entidad beneficiaria declara que no concierta la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 29.7, apartados a, b, c y e de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

La entidad beneficiaria declara si tiene o no tiene parentesco por vínculo de matri-monio u otra relación estable análoga, por consanguinidad, adopción o afinidad hasta el segundo grado, con el contratista o con cualquier otro miembro de sus socios/as o partícipes (artículo 68 Reglamento de la Ley general de subvenciones).

Vigencia de la relación contractual.Condicionamiento de la efectividad del contrato al otorgamiento de la subvención.Causas de extinción de la relación contractual.órganos y procedimientos a los que se someterán las cuestiones litigiosas que

se puedan derivar del convenio.Firma de las partes.

Base 14Ejecución de las acciones

La ejecución y el seguimiento de las acciones de formación previstas en esta Orden se tienen que desarrollar de acuerdo con la resolución de otorgamiento de la subvención y siguiendo las indicaciones de la “Guía de seguimiento de la gestión de acciones de formación para el empleo”, que se publica en la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña. Esta Guía detalla la documentación que se debe entregar a la unidad del Servicio de Empleo de Cataluña encargada del seguimiento de las acciones.

Las entidades beneficiarias tienen que mecanizar en la red telemática los datos resultantes de la gestión de las acciones. Tienen que informar al personal técnico de seguimiento de lo siguiente:

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De la dirección de la acción formativa, que tiene que coincidir con la dirección informada en la solicitud.

La modificación de esta dirección requiere, en todo caso, la autorización previa, telemática o por escrito, del órgano del Servicio de Empleo de Cataluña encargado del seguimiento del curso.

De todas las sesiones formativas incluidas las prácticas de perfeccionamiento.De la relación de docentes-tutores/as candidatos/as que impartirán la acción

formativa de acuerdo con los perfiles docentes establecidos en la especialidad formativa. Asimismo, se tienen que especificar las horas por módulo que imparte cada uno/a de ellos/ellas.De las empresas o centros subcontratados para la externalización de la docencia y de los cambios que, por causas sobrevenidas no imputables al centro o entidad de formación, se tengan que hacer en este aspecto. Se tiene que solicitar el cambio, justificado, y presentar el documento o modificación del convenio o contrato suscrito. El Servicio de Empleo de Cataluña lo tiene que autorizar expresamente.

Una vez iniciada la acción formativa, no se pueden realizar sustituciones de docentes sin el conocimiento previo del Servicio de Empleo de Cataluña, que puede autorizar o rechazar en caso de que no se ajuste a los requisitos mínimos. En cualquier caso el/la experto/a docente sustituto/a tiene que reunir el mismo perfil que el docente sustituido/a. La entidad tiene que comunicarlo al/a la técnico/a de seguimiento con una antelación de 4 días hábiles, a menos que exista una causa debidamente justificada que impida el cumplimiento del plazo mencionado.

De la inscripción de alumnos/as seleccionados/as y del inicio real de la acción formativa de acuerdo con los perfiles mínimos de acceso establecidos en la espe-cialidad formativa, los requisitos del programa y del colectivo. Se tiene que entre-gar al Servicio Territorial del Servicio de Empleo de Cataluña correspondiente la documentación acreditativa de la inscripción de los/las alumnos/as.En cumplimiento de lo que establece el Reglamento (CE) 1828/2006 de la Co-misión, de fecha 8 de diciembre, y de acuerdo con su el anexo XXIII, las entidades beneficiarias tienen que informar de los indicadores que constan en el anexo 11 de esta Orden, a menos que el Servicio de Empleo de Cataluña ya disponga de estos datos.

Los datos de estos indicadores los tiene que facilitar la entidad mediante la apli-cación informática de gestión de las acciones con la introducción de los datos de los/las participantes o bien directamente, de acuerdo con las instrucciones que se publiquen en la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña.

Las acciones de formación reguladas en esta Orden tienen que ser impartidas en lengua catalana y los materiales didácticos elaborados por las entidades beneficiarias tienen que estar redactados al menos en catalán.14.1 Número de alumnos.Las acciones formativas se pueden solicitar con carácter general para un número de plazas de alumnos/as entre 10 y 15. El número máximo de alumnos/as subven-cionados será de 15 alumnos/as. No obstante, la entidad puede incluir hasta 20 alumnos/as, si el centro dispone de las instalaciones y dotación necesarias y con la autorización del/de la técnico/a de seguimiento. Estos alumnos/as de más, a pesar de no ser subvencionables por el Servicio de Empleo de Cataluña, serán igualmente evaluados y tendrán derecho al certificado de asistencia y aprovechamiento y a su posterior acreditación de competencias adquiridas, si procede.El número de participantes de las especialidades dirigidas al colectivo de personas con discapacidad es como mínimo de 8 y como máximo el número de participantes que determina el programa formativo de éstos. Estas especialidades se pueden con-sultar en la web www.oficinadetreball.cat/socfuncions/IniciCercadorEspecialitats.do?idiomaNavegacio=ca.

14.2 Selección de los/las alumnos/as.Las entidades beneficiarias antes de iniciar el proceso de selección de alumnos/

as tienen que comunicarlo en la Oficina de Trabajo correspondiente, con quién se coordinarán con el fin de establecer criterios de selección, perfil de entrada de alumnos/as en la acción formativa, formas de derivación y comunicación del resultado de la selección.

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Las personas derivadas por parte de la Oficina de Trabajo tienen que ser incluidas obligatoriamente en el proceso de selección e informadas del resultado de éste en cualquier caso.

Las entidades de formación tienen que solicitar en la Oficina de Trabajo corres-pondiente la comprobación de la situación de las personas candidatas como deman-dantes de empleo no ocupadas inscritas en el Servicio de Empleo de Cataluña o de trabajadores/as ocupados/as, si procede, sólo en los casos en que la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña no reconozca a los/las trabajadores/as ocupados/as o no reconozca como personas demandantes de empleo no ocupadas al alumnado en situación de desempleo inscrito en el Servicio de Empleo de Cataluña.

La entidad beneficiaria de la subvención tiene la obligación de responder a las peticiones de información y/o preinscripción solicitadas a la web del Servicio de Empleo de Cataluña. La persona solicitante tiene que recibir una respuesta expresa de la entidad en un plazo máximo de diez días y siempre antes del inicio de la ac-ción formativa, de acuerdo con el medio de comunicación que haya escogido. Las entidades beneficiarias tienen que dejar constancia documental en el expediente de la acción formativa de todo el proceso de selección de los/las candidatos/as, y en este proceso tienen que verificar que cumplen el perfil de entrada que determina el programa formativo de referencia y, en el caso de especialidades de certificados de profesionalidad, lo que determinan el reales decretos que los regulan.

También tiene que verificar que las personas derivadas y/o seleccionadas cuenten con los requisitos formativos y profesionales exigidos por el programa formativo o real decreto regulador de cada especialidad formativa.

Las titulaciones que presenten los/las alumnos/as, tendrán que estar reconocidas en el territorio nacional por la Administración competente.

Las personas interesadas en participar en acciones formativas de un certificado de profesionalidad que no puedan acreditar documentalmente que cumplen los requisitos regulados en el artículo 4.2, apartados a), b), c), d) y e) ,de los reales de-cretos reguladores de los certificados de profesionalidad, modificados por el Real decreto 1675/2010, tienen que demostrar, superando una prueba de nivel, tener las competencias clave que le permiten cursar la formación con aprovechamiento. El Servicio de Empleo de Cataluña regulará la realización de estas pruebas.

Cuando se produzcan vacantes en las acciones formativas por bajas de alum-nos/as, se pueden cubrir con alumnos/as nuevos/as, siempre que, a juicio de los responsables de la entidad de formación, las personas que se incorporen puedan seguir las clases con aprovechamiento, una vez superadas las pruebas de nivel correspondientes, y no dificulten el aprendizaje del grupo inicial. No obstante, no se cubrirán vacantes cuando se haya dado más del 25 por ciento de las horas de duración de la acción formativa.

Para cubrir estas vacantes debe tenerse en cuenta en primer lugar a las personas que cumplen los requisitos para participar en la acción formativa y hayan quedado en lista de espera.

Las incorporaciones de alumnos/as, bajas o altas, una vez iniciada la acción for-mativa, se tienen que comunicar mediante la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña en el momento en que se producen.

14.3 Horario de las acciones formativas.Horario. En las sesiones formativas el horario máximo diario es de:8 horas al día, incluidas las prácticas profesionales en empresa.6 horas al día, si no se incluyen las prácticas en empresa.El horario máximo semanal es de 40 horas.Estos límites se pueden exceptuar en casos concretos debidamente justificados,

previa solicitud de la entidad de formación.La participación de uno/a alumno/a en acciones formativas no puede ser superior

a 8 horas diarias.14.4 Requisitos de las aulas y/o talleres donde se desarrollen las acciones

formativas.Las acciones formativas se tienen que realizar en aulas y talleres homologadas al Registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña

y tienen que cumplir los requisitos de espacio y equipamiento especificados en

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el programa formativo o, en el caso de los certificados de profesionalidad, en los reales decretos que los regulan.El número de horas solicitadas no puede ser superior a la capacidad de las insta-laciones homologadas. La entidad solicitante tiene que planificar el calendario de acciones formativas dentro de los espacios necesarios para impartir la formación práctica y la formación teórica indicada a cada programa formativo. Para esta convocatoria, en un mismo espacio formativo se pueden programar varias acciones formativas hasta un máximo de 1.600 horas.

No se permitirá hacer un cambio de dirección o espacios formativos posterior al otorgamiento de las acciones si no es por causa de fuerza mayor. Se considera causa de fuerza mayor los hechos no imputables al centro, que no sean previsibles y que no sean consecuencia de una planificación insuficiente por parte del centro.14.5 Expertos/as de la formación.Las entidades tienen que disponer de expertos/as que cumplan los requisitos exigidos en la correspondiente especialidad formativa, y en el caso de certifi-cados de profesionalidad, los que determine el correspondiente real decreto que lo regule.Las titulaciones que acreditan los/las expertos/as tienen que estar reconocidas en el territorio nacional por la Administración competente.

Las entidades tienen que mecanizar en la aplicación informática de gestión de las acciones los datos de los/las tutores/as de las prácticas de perfeccionamiento.

Asimismo, las entidades que programen prácticas en centros de trabajo tienen que disponer de un/a tutor/a que haga el seguimiento de las mismas.14.6 Inicio de las acciones formativas.

14.6.1 Tal como prevé el artículo 64 del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las entidad pueden solicitar la modificación del contenido de la resolución siempre que se prevea en las bases reguladoras de la convocatoria y no se perjudique a terceros.

El inicio de acciones fuera del periodo solicitado tiene que estar debidamente justificado por la entidad; el servicio territorial que tenga asignado el seguimiento de la acción puede autorizar el cambio, valorando aspectos como la planificación global de inicio de acciones en el territorio, la planificación de inicios y si el cambio ha sido motivado por causas ajenas a la entidad.

La entidad beneficiaria tiene que solicitar en un plazo de 15 días naturales antes de empezar la acción formativa la autorización de su inicio o el cambio del periodo de inicio al servicio territorial correspondiente, sin perjuicio que se haya podido iniciar el proceso de selección de alumnos/as, y se tienen que hacer constar los datos siguientes:

Fecha de inicio.Código y nombre de la especialidad que constituye la acción formativa otorgada

y área profesional a la que pertenece.Número de horas de la acción formativa, indicando las horas de prácticas profe-sionales en empresas, si procede.Número de alumnos/as.

Dirección formativa.14.6.2 Si el cambio supone un cambio de dirección o espacio formativo, éste tiene

que estar homologado previamente en la especialidad formativa que se quiere impartir. El cambio de dirección sólo se puede autorizar por motivos de fuerza mayor.

14.6.3 Si el cambio afecta a la empresa contratada para la docencia que ha auto-rizado el Servicio de Empleo de Cataluña se tienen que justificar las causas sobre-venidas y aportar la misma documentación prevista en la solicitud, para la nueva empresa (declaraciones responsables, contrato o convenio). El Servicio de Empleo de Cataluña tiene que autorizar mediante resolución el cambio solicitado.

14.6.4 Las acciones formativas se tienen que iniciar, como mínimo, con el 80% del número de alumnos/as otorgados/as.14.6.5 Como mínimo el 80% de los/las alumnos/as otorgados/as que participen en las acciones tienen que ser personas desocupadas. El Servicio de Empleo de Cataluña

verificará que este porcentaje se cumpla durante toda la acción formativa.

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14.7 Ejecución de las acciones sin financiación pública.Considerando las modificaciones introducidas por la Ley 3/2012, de 6 de julio,

de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, el Servicio de Empleo de Cataluña, previa solicitud de la entidad de formación, puede formalizar convenios de colaboración con las entidades de formación que han impartido acciones sub-vencionadas asociadas a un certificado de profesionalidad sin haberlo completado con el fin de realizar, con financiación privada, el módulo o unidad formativa que falta, a fin de que los/las alumnos/as puedan obtener el correspondiente certificado de profesionalidad.El Servicio de Empleo de Cataluña, una vez valorada positivamente la solicitud de la entidad de formación respecto de la formación indicada, puede tramitar y firmar un convenio de colaboración y emitir certificados de profesionalidad, sin otorgar subvención, siempre que esta formación se adecue y cumpla la normativa reguladora de los certificados de profesionalidad y que se garanticen los princi-pios rectores de la formación profesional para el empleo: transparencia, calidad, eficacia y eficiencia, junto con el carácter gratuito y la igualdad en el acceso de los/las trabajadores/as y las empresas en la formación. Asimismo, las entidades o los centros colaboradores firmantes del convenio tienen que estar acreditados e inscritos en el correspondiente registro de centros y entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña.Base 15Evaluación y certiicación de la formación

15.1 Evaluación del alumnado.La evaluación del aprendizaje se tiene que realizar de forma continuada, siguiendo

criterios que garanticen la fiabilidad, la objetividad y el rigor técnico, por parte de las personas formadoras, asegurando los criterios de igualdad de oportunidades y de no discriminación.

La evaluación se tiene que ajustar a una planificación previa, en qué conste como mínimo para cada módulo formativo o unidad formativa una estimación de las fechas previstas para la evaluación y los instrumentos de evaluación que se aplicarán.

Esta evaluación tiene que tomar como referencia las capacidades y criterios de evaluación establecidos para cada uno de los módulos formativos asociados.

Se considera alumno/a con evaluación positiva de la acción formativa a aquellos alumnos formados tal como se indica en la base 2 de esta Orden, que han superado las pruebas de evaluación correspondientes.

Si el alumno/a se ha incorporado con posterioridad a la fecha de inicio de la acción, con la valoración correspondiente, el tiempo transcurrido desde el inicio de la acción formativa hasta su incorporación se considerará como tiempo de asistencia.

En el caso de los certificados de profesionalidad, la evaluación se tiene que rea-lizar por módulos formativos, o, si procede, por unidad formativa, y los resultados del aprendizaje tienen que estar referidos tanto a los conocimientos como las ha-bilidades recogidas a los criterios de evaluación de los reales decretos que regulan cada uno de los certificados.

En el caso de los certificados de profesionalidad se considera que el/la alumno/a tiene evaluación positiva en términos de apto o no apto, si ha superado las pruebas de evaluación correspondientes al módulo formativo o unidad formativa y a más ha asistido como mínimo el 75% del total de las horas previstas en el módulo o unidad formativa. Esta evaluación es determinante para obtener o no la certifica-ción oficial.

El equipo docente elevará el acta de la evaluación en que quede constancia de los resultados obtenidos por los/las alumnos/as. Estas actas de evaluación quedarán bajo custodia del centro, en el expediente de cada alumno o alumna.En todos los casos tiene que quedar constancia documental en el expediente administrativo, de los resultados obtenidos por cada participante, de manera que puedan ser validados por el Servicio de Empleo de Cataluña a los efectos de cer-tificar la asistencia y la formación, tanto si se trata de especialidades formativas vinculadas a certificados de profesionalidad como si no.

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Los documentos que acreditan el proceso de evaluación son las actas de evalua-ción y los informes finales de asistencia que se tienen que realizar en los modelos normalizados por el Servicio de Empleo de Cataluña.El Servicio de Empleo de Cataluña publicará la Guía metodológica para la eva-luación de las acciones vinculadas a los certificados de profesionalidad.

15.2 Certificación de la formación.El Servicio de Empleo de Cataluña expedirá de oficio a todas las personas que hayan finalizado una acción formativa con evaluación positiva un certificado de asistencia con aprovechamiento.Independientemente del punto anterior, las personas que superen con evaluación positiva todos el módulos incluidos en un certificado de profesionalidad pueden solicitar, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Servicio de Empleo de Cataluña, la expedición del certificado de profesionalidad correspondiente.

Asimismo las personas que finalicen con evaluación positiva uno o varios módulos formativos de un certificado de profesionalidad publicado a partir del 2008 y regulado por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, sin haber completado el mismo, pueden solicitar, de acuerdo con el procedimiento establecido por el Servicio de Empleo de Cataluña, una acreditación parcial acumulable correspondiente a las unidades de competencia del certificado de profesionalidad que se quiere obtener.

Los certificados de profesionalidad y las acreditaciones parciales acumulables tienen validez en todo el Estado.

La obtención del certificado de profesionalidad también habilita para acceder a un contrato en prácticas y al programa de prácticas no laborales en empresas para personas jóvenes, reguladas por el Real decreto 1543/2011, de 31 de octubre.

Base 16Formación práctica en centros de trabajo

16.1 Condiciones generales.Las personas participantes en las acciones formativas contempladas en esta Orden

podrán efectuar prácticas profesionales no laborales en centros de trabajo.La formación práctica en empresa tiene carácter de práctica profesional no laboral y en ningún caso implica relación laboral entre el alumnado y la empresa. Se desa-

rrolla a través de un conjunto de actividades profesionales que permiten completar las competencias profesionales no adquiridas en el contexto formativo.Las entidades que programen prácticas en centros de trabajo tendrán que suscribir

un convenio de colaboración entre la entidad de formación y la empresa donde se efectúen las prácticas de acuerdo con el modelo normalizado, disponible en la web de impresos http://www.gencat.cat/empresaiocupacio. Estos convenios requieren la autorización por parte del Servicio de Empleo de Cataluña.

Las entidades tienen que entregar una copia del convenio firmado al alumnado. Las empresas que acojan alumnos en prácticas tienen que entregar una copia de los convenios firmados a la representación legal de los/las trabajadores/as.

Las empresas tienen que contratar el seguro de accidentes previsto en la base 23.2 de la convocatoria, para cualquier tipo de prácticas en empresa, incluidas las consideradas de perfeccionamiento.

Para las prácticas, las empresas pueden solicitar una compensación económica por alumno/a y hora de práctica según establece la Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre. Esta compensación se otorgará mediante concesión directa por el Servicio de Empleo de Cataluña.

La entidad formativa y la empresa donde se realicen las prácticas tienen que de-signar, a cada una, un/a tutor/a entre su personal. Estos tutores son los responsables de establecer y determinar, conjuntamente, el plan de actividades a desarrollar por el alumnado, supervisar su cumplimiento, resolver las incidencias que eventual-mente se puedan producir, velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y salud laboral y emitir el informe, una vez finalizada el periodo de formación práctica, a efectos de la evaluación académica del módulo de formación en centro de trabajo.

Tanto el tutor/a de la empresa como el tutor/a del centro de prácticas deben te-ner los perfiles adecuados y por lo tanto la entidad formativa es la responsable de

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garantizar que la persona que realice las funciones de tutor o tutora tiene el perfil adecuado y, en el caso del/de la tutor/a designado por la empresa, es responsabilidad de la empresa.

El/la tutor/a del centro de formación tiene que realizar el seguimiento de las prácticas mediante visitas periódicas a las empresas donde el alumnado realiza la formación práctica y dejar constancia documental de cada una de ellas en el expediente de la acción formativa.

La programación de las prácticas tiene que incluir:Los objetivos de aprendizaje y las actividades de referencia.Los criterios para evaluarlas y calificarlas.Las condiciones de los espacios, equipamientos y recursos para desarrollar las

prácticas.Para las acciones formativas no conducentes a la obtención de certificados de

profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, estas prácticas sólo se podrán efectuar una vez finalizada la acción formativa. Excepcionalmente se podrán realizar dentro de la acción formativa en el caso que el programa de la especialidad, o la normativa reguladora de las ocupaciones en las que da acceso la formación, determine la obligatoriedad para los alumnos alcanzar unas horas de prácticas en empresas dentro de la acción formativa. En este supuesto, las entidades de formación tienen que contratar el seguro de accidentes previsto en la base 23.2, y las empresas no podrán solicitar una compensación económica.

16.2 Condiciones del módulo de formación práctica en centros de trabajo en las acciones formativas referidas en la base 9.a) de esta Orden.Los certificado de profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18

de enero, incluyen un módulo de formación práctica en centros de trabajo.La entidad que programe todos los módulos formativos correspondientes a un

certificado de profesionalidad tiene que programar obligatoriamente el módulo de formación práctica en empresas. En ningún caso se puede programar este módulo de forma independiente.

Pueden acceder al módulo de prácticas del certificado de profesionalidad aquellos alumnos/as que hayan finalizado todos los módulos de un mismo itinerario del certificado de profesionalidad con evaluación positiva, ya sea en esta convocatoria o en convocatorias anteriores y que, por lo tanto, estén en disposición de poner en práctica, en el entorno laboral real, los conocimientos alcanzados.

Aquellas entidades que no programen todos los módulos formativos correspon-dientes a un certificado de profesionalidad pueden programar el módulo de forma-ción práctica en empresas, siempre que se aseguren de que el alumnado cumple las condiciones del párrafo anterior y, por lo tanto, pueden realizar las prácticas.Excepcionalmente, los técnicos de seguimiento del Servicio de Empleo de Cata-luña pueden permitir que una persona realice el módulo de prácticas profesionales no laborales del certificado de profesionalidad en los siguientes casos:Cuando lo haga simultáneamente con el último módulo formativo del itinerario del certificado de profesionalidad que está cursando, a menos que por razones pedagógicas y con autorización del Servicio de Empleo de Cataluña se valore una autorización diferente.Cuando el alumno/a haya superado en otro centro/convocatoria/año el resto de módulos formativos para completar el certificado de profesionalidad, y lo pueda acreditar documentalmente.

La duración, el contenido y criterios de evaluación de las prácticas realizadas en este módulo se tienen que ajustar a aquello previsto en el real decreto que regula el certificado de profesionalidad correspondiente.

El/la alumno/a puede solicitar en el centro de formación la ampliación de la dura-ción de la formación práctica más allá de las horas en el módulo del certificado de profesionalidad. El centro, de acuerdo con la empresa y con la conformidad del/de la alumno/a, puede presentar una adenda al convenio de prácticas en que se amplíe la duración, hasta un 25% de las horas previstas en el módulo de prácticas. Esta ampliación tiene la consideración de prácticas de perfeccionamiento.La ampliación del número de horas de prácticas en ningún caso implicará un incremento de la subvención otorgada.

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La subvención del módulo de formación práctica en empresa es de 3 € por alumno/a por hora de práctica. Esta subvención está destinada a la financiación de los costes de la actividad del tutor/a de la entidad de formación. No se establece un número mínimo de alumnos participantes en este módulo, ya que está acondicionado al número de alumnos que estén exentos de hacerlo.

Este módulo de formación práctica se puede realizar en el mismo centro de forma-ción, siempre que, en el momento de la solicitud, quede acreditada, de acuerdo con las instrucciones del Servicio de Empleo de Cataluña, la inexistencia de empresas adecuadas. Este motivo tiene que estar debidamente justificado y acreditado y la autorización del Servicio de Empleo de Cataluña se entiende implícita a la resolución de otorgamiento. En este caso, la subvención será del mismo importe por alumno/a por hora previsto para el resto de módulos formativos de la especialidad.

Lo que dispone el apartado anterior es aplicable a las acciones formativas apro-badas hasta el 31 de diciembre de 2012.16.2.1 Exención del módulo de prácticas del certificado de profesionalidad.Las personas que acrediten una experiencia laboral mínima de 3 meses, que se corresponda con las capacidades recogidas en el módulo de formación práctica en centros de trabajo, pueden solicitar al Servicio de Empleo de Cataluña una certi-ficación de exención, a no ser que el/la mismo/a alumno/a valor positivamente la participación en el mencionado módulo para actualizar conocimientos, habilidades y nuevas competencias.La solicitud del certificado de exención se tiene que hacer de acuerdo con las instrucciones que determine el Servicio de Empleo de Cataluña o en la propia solicitud del certificado de profesionalidad.

16.3 Condiciones de las prácticas no laborales de perfeccionamiento profesional posteriores a la acción formativa.

Además de la formación teorico-práctica incluida en el programa formativo, de acciones formativas no conducentes en certificados de profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, se pueden realizar prácticas no laborales en empresas, una vez finalizada la acción formativa subvencionada, pero siempre que tengan coherencia con los contenidos del curso.

El plazo para el inicio de estas prácticas es un mes, contado desde la finalización de la acción formativa o itinerario formativo del/de la alumno/a.

Los/las alumnos/as participantes tienen que haber completado con evaluación positiva todo el itinerario o acción formativa.

La duración de la formación práctica en empresas no puede superar el 30% de la duración de la acción formativa.La duración diaria de las prácticas tiene que ser como máximo de 6 horas diarias, en jornada de mañana y/o tarde de lunes a viernes, salvo excepciones debidamente justificadas, previa solicitud por escrito de la entidad de formación y de la empresa en que se realicen las prácticas.

Base 17Financiación y justiicación17.1 Cuantía de las subvenciones.17.1.1 El otorgamiento de la subvención se hará en función del número de alum-

nos/as otorgados, del módulo económico establecido para cada especialidad y del número de horas del curso solicitadas. La cuantía máxima a conceder para cada acción formativa se determina de la manera siguiente:Precio máximo = horas * número de alumnos/as otorgados * importe módulo económico.17.1.2 El módulo económico de cada especialidad se puede consultar en el anexo 4 de esta Orden. También se podrá visualizar en la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña en el momento de formular la solicitud.17.1.3 En caso de que se solicite un número de participantes superior a 15 por cada acción formativa, la subvención se calculará como máximo para 15 alumnos/as por acción.Esta cuantía tiene la consideración de importe máximo y se ajustará, una vez ejecutada la formación, de acuerdo con las horas efectivamente realizadas, el número

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de alumnos/as que finalicen la acción formativa (más los abandonos por colocación o por otras causas), la justificación económica de los gastos efectuados.17.1.4 A efectos de la cuantía de las subvenciones, se considera que una persona

ha finalizado la formación cuando ha asistido, al menos, al 75% de la duración de la acción formativa. Si se producen abandonos durante el primer 25% de la acción formativa, se pueden incorporar otras personas en su lugar, a menos que sea una acción formativa vinculada a certificados de profesionalidad, donde únicamente se puede sustituir la baja, cuando no se haya superado el 25% mencionado, si se produce durante los primeros cinco días lectivos.

Los abandonos que se producen con posterioridad a este primer 25% de la ac-ción formativa, si son por colocación, no implicarán reducción económica de la subvención.

17.2 Cómputo de alumnos/as.Se consideran alumnos/as subvencionables:Los que tengan un 75% de asistencia, tanto si han finalizado el curso como si

han causado baja durante la acción formativa.Los/las alumnos/as que causen baja por colocación después del 25% de la du-

ración del curso.El porcentaje de asistencia se calcula teniendo en cuenta los días que el/la alum-

no/a ha asistido realmente al curso de acuerdo con las firmas de éste que consten en los controles de asistencia.

17.3 Pago de la subvención.El/la jefe/a del Servicio Territorial que corresponda propondrá el pago de las

acciones formativas previstas en esta Orden de la manera siguiente:17.3.1 Un primer pago, del 80% de la subvención otorgada, con carácter de anti-

cipo, a partir del momento que se informe, mediante la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña, de que la primera acción se ha iniciado y se ha cerrado la inscripción de las personas participantes, sin necesidad de presentar previamente aval o garantía.

Esta propuesta de pago se fraccionará en dos partes iguales, y la ordenación y su pago material se efectuará de manera sucesiva y de acuerdo con el Plan de Tesorería del Servicio de Empleo de Cataluña y su disponibilidad.

En caso de que las entidades beneficiarias opten por la solicitud de un anticipo por el 100% del importe otorgado, tienen que presentar un aval por esta cantidad más un 25%. La propuesta de pago del anticipo se fraccionará en dos partes iguales y la ordenación y su pago material se efectuará de manera sucesiva y de acuerdo con el Plan de Tesorería del Servicio de Empleo de Cataluña y su disponibilidad.

17.3.2 El segundo pago se propondrá por el importe restante, una vez verificada que las actividades se han realizado correctamente, y se han justificado los gastos de la acción formativa.

El importe de la propuesta del segundo pago se tiene que ajustar a la cuantía de subvención establecida finalmente de acuerdo con el cálculo descrito en el punto 17.1 de la base 17 de esta Orden, en función de las horas, alumnos, justificaciones. Su ordenación y pago material se efectuará de acuerdo con el Plan de Tesorería y su disponibilidad.

17.3.3 El pago del módulo de formación práctica en centros de trabajo previsto en las acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionali-dad publicados en el BOE a partir de septiembre de 2008 y regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, con un importe de subvención de 3 € por alumno/a, se realizará una vez revisado y comprobado el número de alumnos/as que hayan realizado estas prácticas y, por lo tanto, el importe correspondiente a estas acciones se efectuará en un único pago y de manera independiente en los indicados en los apartados anteriores.17.4 Justificación de la subvención.

17.4.1 Una vez finalizadas las actuaciones, la entidad beneficiaria tiene que presentar una justificación donde acredite la realización de cada una de las acciones subvencionadas, así como los gastos generados por las acciones mencionadas y la correcta aplicación de los fondos percibidos.

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17.4.2 Justificación técnica.La entidad tendrá que presentar una memoria anual sobre la gestión de la formación impartida que se presentará a la finalización de la última acción formativa. Será una única memoria para la totalidad de las acciones. El plazo de presentación será

en el plazo que establece la convocatoria para la justificación económica.En esta memoria se incluirá las actividades de evaluación y control de las activi-dades establecidas según las bases 21.2 de la presente convocatoria.A fin de que estas acciones de evaluación y control sean representativas, la muestra

mínima a seleccionar tiene que cubrir al menos el 5% de las acciones.Estas actividades que se realizarán sueño:De control:Verificación en tiempo real del correcto desarrollo de la formación en aspectos

como locales, profesorado, horarios, adecuación del programa, etc.Comprobación documental del cumplimiento de sus obligaciones en sus centros; inexistencia de subcontratación no autorizada, control de asistencia, gratuidad de

la formación, publicidad del FSE, etc.Visitas de control interno a las oficinas donde se gestiona la formación respecto

del cumplimiento de los trámites y comunicaciones con el Servicio de Empleo de Cataluña.Cualquier otra actuación complementaría de las anteriores a través de otros

medios.De evaluación:Las actuaciones de evaluación derivadas de la aplicación e información de los datos obtenidos de los cuestionarios de evaluación definidos según la Resolución

TRE/3767/2009, de 30 de noviembre, que realice la entidad.Cualquier otra que se considere adecuada para la evaluación de la calidad de las

acciones formativas.17.4.3 La justificación económica del cumplimiento de las condiciones impuestas

y de la consecución del objeto de la subvención se tiene que hacer de acuerdo con la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, modificada por la Orden TRE/260/2009, de 15 de mayo.También tiene que cumplir lo que establece la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo, que modifica el anterior (BOE núm. 79, de 1.4.2009).

17.4.4 El plazo para la presentación de la justificación económica es de 2 meses contados a partir de la finalización de la última acción formativa otorgada y, en cualquier caso, no más tarde del 30.8.2013.

17.4.5 La entidad beneficiaria tiene que presentar la justificación económica según una de las modalidades que se detallan:Cuenta justificativa simplificada para los otorgamientos inferiores a 60.000 euros (artículo 11 de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto).Cuenta justificativa con informe de auditor/a (artículo 10 de la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto) para los otorgamientos a partir de 60.000 euros.17.4.6 Se consideran gastos subvencionables, a los efectos que prevé esta Orden

los que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencio-nada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por las diferentes bases reguladoras de las subvenciones.En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables puede ser superior al valor de mercado.En el anexo 3 se detallan los gastos subvencionables, los criterios de imputación y la documentación que tiene que contener la justificación económica.

17.4.7 La justificación económica se tiene que presentar en el registro de entrada del Servicio de Empleo de Cataluña, conjuntamente con la documentación que se prevé en el anexo 3 de esta Orden. Las direcciones son las siguientes:Dirección Territorial de Barcelona: c. Llull, 297, 08019 Barcelona.Dirección Territorial de Girona: pl. Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona.Dirección Territorial de Lleida: c. General Britos, 3, 25007 Lleida.

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Dirección Territorial de Tarragona: c. Pompeu Fabra, 1, 43004 Tarragona.Servicios Territoriales de Empresa y Ocupación en Les Terres de l’Ebre: c. de la

Rosa, 9, 43500 Tortosa.También se puede presentar en cualquiera de las formas que prevé el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.Los modelos normalizados están a disposición de las personas interesadas en la página web del Servicio de Empleo de Cataluña.17.4.8 Las entidades solicitantes tienen que elaborar la relación de gastos me-diante la aplicación JERjes, cuyo acceso se encuentra en la página web del Servicio de Empleo de Cataluña, www.oficinadetreball.gencat.cat, en el apartado para

entidades colaboradoras.17.5 Causas de revocación de la subvención.17.5.1 Son causas de revocación y se procederá a la revocación correspondiente

de la subvención y, si procede, al reintegro de las cantidades percibidas indebida-mente, con el interés de demora que corresponda, desde el momento del pago de la subvención y hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, las establecidas de acuerdo con los artículos 92 bis, 99 y 100 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las siguientes:

17.5.2 Si el órgano concedente, como consecuencia de su actuación de compro-bación tanto del Servicio de Empleo de Cataluña como de la Intervención General, en el marco del procedimiento de control, aprecian la concurrencia de alguna causa de revocación de la subvención concedida, tendrán que instar el inicio del correspondiente procedimiento, de acuerdo con lo que prevé la sección cuarta del capítulo IX de la Ley de finanzas públicas de Cataluña; o si aprecian algún motivo de infracción tendrán que instar el inicio del procedimiento sancionador, de acuerdo con lo que prevé la sección quinta del mencionado capítulo 9 de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y lo que prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Asimismo, si la Intervención General durante los controles que lleve a cabo se encuentra con una conducta por parte del sujeto controlado tendente a entorpecer, dilatar o impedir su actuación, propondrá en el órgano competente el inicio del procedimiento de revocación y sancionador.

17.5.3 Los incumplimientos parciales de los requisitos o las obligaciones de las entidades beneficiarias, la ejecución incorrecta de las acciones que se pongan de manifesto en la verificación administrativa o en el seguimiento in situ de las acciones subvencionadas, así como también la justificación de una cuantía infe-rior a la cuantía otorgada inicialmente, implicarán el inicio de un procedimiento de revocación parcial de las subvenciones concedidas, que puede comportar la aminoración del importe pendiente de pago y/o el reintegro parcial, por parte de la entidad beneficiaria, de las cantidades pagadas (anticipos) con los intereses de demora correspondientes.

17.5.4 Los criterios y fórmulas que se aplicarán para calcular los importes a revocar se pueden consultar a la Guía externa de verificación, que se pueden encontrar en la web: http://www.oficinadetreball.cat, apartado ayudas y subvenciones.

Base 18Suspensión cautelarLa dirección territorial del Servicio de Empleo de Cataluña podrá proceder a la suspensión cautelar de la acción formativa cuando observe anomalías que repercutan en el desarrollo normal de la impartición de la formación, previa comunicación motivada a la entidad.

Base 19Renuncia

19.1 Las entidades beneficiarias pueden renunciar por causas justificadas y de forma expresa, total o parcialmente, a las subvenciones otorgadas. Lo tienen que hacer mediante un escrito motivado dirigido al órgano competente para resolver y,

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a este efecto, el órgano que concedió la subvención dictará la resolución correspon-diente, y si procede, tendrán que reingresar la cantidad indebidamente percibida más los intereses de demora correspondientes.

19.2 En caso de que la cantidad correspondiente al total de gastos justifi-cados sea inferior a la cantidad subvencionada, la entidad beneficiaria en el momento de presentar la justificación de las actuaciones puede renunciar de forma expresa a su derecho de percibir la parte de la subvención correspondien-te a la diferencia, y reintegrar, si procede, la parte de la subvención percibida indebidamente.

19.3 En caso de que la renuncia comporte la obligación de reintegro de importes ya percibidos, la entidad puede ingresar voluntariamente el importe correspon-diente a la cuenta restringida de ingresos del Servicio de Empleo de Cataluña (CIF q0801272F):Entidad: 2100 “La Caixa”.

Oficina: 1183.Dígito de control: 35.Número de cuenta: 0200135636.En el escrito de pago se tiene que hacer constar la referencia: entidad que hace el ingreso, núm. de expediente, identificación de la convocatoria y acciones a las

que se renuncia y dan lugar al ingreso.Asimismo, se tiene que enviar una fotocopia de la transferencia bancaria a la

dirección que se adjunta o por correo electrónico a la dirección: [email protected] de CataluñaServicio de Empleo de Cataluña(Servicio de Presupuestos y Gestión Económica-Sección de Tesorería)

c. Llull, 297-30708019 Barcelona

Base 20Incompatibilidades

Las subvenciones reguladas en esta Orden son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda obtenida por la entidad solicitante para la realización de la misma acción, excepto cuando se trate de la financiación parcial del proyecto y se haya definido de manera precisa en la petición de la ayuda la parte subvencionada por el Servicio de Empleo de Cataluña y la parte financiada con cargo a otros fondos públicos o privados.El importe de las subvenciones no concedidas en ningún caso puede ser de una cuantía que, aisladamente o en concurrencia con o ayudas subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.

Base 21Evaluación

21.1 Acciones de verificación y control.Además de la verificación administrativa de la documentación de gestión de las acciones formativas, el Servicio de Empleo de Cataluña realizará actuaciones de

verificación in situ y ex post.21.1.1 Actuaciones in situ.Comprenden el seguimiento de la actividad formativa en el lugar de su imparti-

ción y durante su realización, a través de evidencias físicas y testimonios obtenidos mediante entrevistas a los responsables de formación, alumnos y formadores, con el fin de realizar una comprobación sobre la ejecución de la actividad formativa, sus contenidos, número real de participantes, instalaciones y medios pedagógicos. En el marco de estas actuaciones se pueden realizar requerimientos para la enmienda de las irregularidades detectadas.El personal técnico del Servicio de Empleo de Cataluña que ejerza las funciones de seguimiento y control in situ de las actuaciones verificará, como mínimo, los aspectos siguientes:

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Información facilitada sobre la acción formativa, los derechos y obligaciones, los horarios, la realización de prácticas, y otros aspectos que tiene que conocer el alumnado.

Documentación y material didáctico entregado al alumnado.Procedimiento de selección del alumnado y priorización de las personas derivadas

de la Oficina de Trabajo.Estado de las instalaciones, equipamientos y dotaciones, materiales de consumo.Profesorado.Cumplimiento de los programas de conocimientos profesionales y de prácticas

de perfeccionamiento.Pruebas teóricas y prácticas. Evaluación.Cumplimiento del horario.Control de asistencia de alumnos.Imagen corporativa.Gestión administrativa.Acciones de acompañamiento.Ejecución de las acciones formativas.Comprobación del sistema de contabilidad separada.Gestión y cumplimiento contratista.Realización prácticas en empresas.El Servicio Territorial correspondiente realizará la verificación administrativa de

la documentación de gestión de las acciones formativas que se ha aportado durante el desarrollo de la acción.

Llevará a cabo también visitas de verificación in situ de las acciones de formación de las cuales se levantará un acta de visita.

Las visitas de verificación in situ incluirán el módulo de prácticas del certificado de profesionalidad cuando éste se realice en empresas.

Los documentos acreditativos del seguimiento “in situ” tienen que formar parte del expediente de la acción formativa y los/las responsables de la entidad benefi-ciaria pueden dejar constancia de las observaciones y/o alegaciones que considere de interés para su expediente.

En caso de que se detecten incidencias, el/la técnico/a de seguimiento tiene que elaborar un informe técnico para incidencias en la verificación in situ que tendrá su repercusión, si procede, en la posterior revisión de la justificación económica y en la revocación o no de la subvención.

Finalmente el órgano competente elaborará un informe final del control de las actuaciones por cada expediente de otorgamiento y por cada entidad beneficiaria, que podrá ser una recopilación de todos los informes existentes de las diferentes acciones formativas incluidas en la resolución de otorgamiento de la subvención.

21.1.2 Actuaciones ex post.Se realizan una vez finalizada la ejecución de las acciones formativas subvencio-

nadas a través de evidencias físicas y testimoniales con el fin de comprobar, entre otros, los siguientes extremos:Ejecución de la acción formativa.Número real de participantes.Entrega a los participantes del diploma o certificado de formación y, si procede,

la inclusión en el mismo del emblema del Fondo Social Europeo.Documentación justificativa de los costes de formación, su contabilización, así

como de la materialización del pago anteriormente a la justificación de la subven-ción, teniendo en cuenta los requisitos establecidos por la normativa española y, si procede, la comunitaria respecto de la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

21.1.3 Actuaciones de comprobación.Las entidades beneficiarias de las subvenciones se tienen que someter a las actua-

ciones de comprobación que el Departamento de Empresa y Empleo o el Servicio de Empleo de Cataluña considere necesarias y en las del control financiero que correspondan, de acuerdo con lo que prevén los artículos 90 bis y 97 y siguientes del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y los artículos 45 y 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

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Asimismo, están sometidas a las actuaciones de verificación y control necesarias a efectos de la cofinanciación del Fondo Social Europeo, de acuerdo con lo que establecen el Reglamento (CE) 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio, y el Regla-mento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre.El Servicio de Empleo de Cataluña podrá realizar otras actuaciones de seguimiento y control que considere necesarias en el ámbito de sus competencias.Asimismo, el Servicio de Empleo de Cataluña realizará actuaciones específicas de seguimiento y control a raíz de denuncias o de la existencia de indicios de fraude o irregularidades en la ejecución de la actividad formativa financiada al amparo de esta Orden.

21.2 Evaluación de la calidad.Con la finalidad de promover y fomentar la implantación de sistemas y mecanis-

mos de mejora continua y calidad en las acciones formativas subvencionadas, el Servicio de Empleo de Cataluña realizará un plan de evaluación donde se incluirán las acciones que se realicen en el marco de esta Orden, con el fin de asegurar la eficacia, la eficiencia, el impacto, la calidad y la adecuación a las necesidades del mercado de trabajo de Cataluña.

Entre los criterios que se tendrán en cuenta en la evaluación se medirá el impacto de la formación realizada para el acceso y el mantenimiento de la empleo, la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, la adecuación de las acciones formativas a las necesidades de las empresas y el territorio, el impacto de género y la eficiencia de los recursos económicos y medios utilizados.

Sin prejuicio de las acciones de evaluación y control que lleve a cabo el Servicio de Empleo de Cataluña o de evaluaciones externas de entidades independientes con posterioridad a la realización de la formación, las entidades beneficiarias tienen que realizar una evaluación y control de la calidad, durante su ejecución, tal como dispone el artículo 33.5 de la Orden TAS/718/2008, incluidos los cuestio-narios de evaluación que tienen que responder los/las alumnos/as, de acuerdo con la Resolución TRE/3767/2009, de 30 de noviembre, modificada por la Resolución TRE/3713/2010, de 8 de octubre.

El cuestionario está disponible en la aplicación informática de gestión de las acciones del Servicio de Empleo de Cataluña.Base 22Publicidad e imagen corporativa

22.1 Publicidad de las subvenciones por parte del beneficiario/a.La entidad beneficiaria de la subvención tiene que dar la publicidad adecuada al carácter público de la financiación de las acciones objeto de subvención, de acuerdo

con lo que prevé el artículo 31 del Reglamento de la Ley general de subvenciones, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio.De acuerdo con los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión Europea, el beneficiario se tiene que asegurar de que los destinatarios de la actuación han sido informados de la cofinanciación del Fondo Social Europeo. Concretamente, hará constar el emblema de la Unión Europea, la referencia al Fondo Social Europeo y la declaración “El FSE invierte en tu futuro”, así como el logotipo del Servicio Público de Empleo Estatal de acuerdo con el artículo 3 y el anexo V de la Orden TIN/687/2010, de 12 de marzo, y de acuerdo con el Programa operativo de adaptabilidad y empleo en el marco de los objetivos de convergencia y competitividad regional y empleo de España, para el periodo 2007-2013, con CCI 2007ES05UPO001, en todas las medidas de información y publicidad dirigidas a los destinatarios, a los destinatarios potenciales y al público en general. Establece las responsabilidades de los beneficiarios relativas a las medidas de información y publicidad destinadas al público.

La entidad beneficiaria tiene que presentar la documentación de información y publicidad para la supervisión previa del/de la técnico/a de seguimiento.

En cualquier caso tiene que hacer las actividades siguientes:Informar a los participantes de la cofinanciación de la actividad por el Fondo Social Europeo mediante el Programa Operativo del Fondo Social Europeo que se haya comunicado en la correspondiente resolución de otorgamiento.

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La entidad beneficiaria de la subvención tiene que comunicar al Servicio de Em-pleo de Cataluña a título informativo y previamente a su realización las acciones de presentación y difusión pública de los programas o acciones subvencionables.La entidad que realice acciones formativas correspondientes a certificados de

profesionalidad regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, tiene que incluir en su publicidad si las acciones subvencionadas corresponden a todo el itinerario del certificado de profesionalidad o sólo a una parte.

Las entidades que impartan acciones de formación profesionalizadora dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad no regulados por el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, tienen que informar los/las alumnos/as que esta formación no podrá ser objeto de acreditación parcial acumulable y que tan sólo aquellos alumnos/as que hayan superado con evaluación positiva en esta acción formativa o en conjunto con otras acciones anteriores el programa completo del certificado de profesionalidad podrán solicitar la expedición de lo mismo.22.2 Imagen corporativa.

En todas las acciones formativas que se lleven a cabo y durante su impartición se tiene que anunciar en el aula la información siguiente: la denominación de la acción, resumen del programa formativo, duración, fecha de inicio y final, horario y la relación de expertos/as. La imagen corporativa que tienen que implantar las entidades de formación se rige por la Resolución TRE/2550/2009, de 8 de septiembre, por la que se ordena la retirada y el cambio de placas identificativas en los centros o entidades de formación del Servicio de Empleo de Cataluña.

Todo material o pieza de comunicación divulgativa, tanto en formato papel como digital, que se edite, tiene que cumplir con las pautas de imagen corporativa del Servicio de Empleo de Cataluña que se anuncian a continuación:Incorporar cualquiera de las posibles formas de armonización del logotipo del Servicio de Empleo de Cataluña y el anagrama de la Generalidad de Cataluña, según establece el Programa de identificación visual de la Generalidad de Cataluña:

http://gencat.cat/piv/descarregues/dptEmpresa/05_serveiOcupacioCatalunya.htmlIncorporar el logotipo del Fondo Social Europeo que incluye la declaración “El FSE invierte en tu futuro” únicamente en su versión en blanco y negro, según se establece en este apartado:http://gencat.cat/piv/pdf/logotip_UE.pdfIncorporar el logotipo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social armonizado con el Servicio Público de Empleo Estatal.

La ubicación de los logotipos, en materiales en soporte papel, se tiene que hacer según las diferentes opciones que se ofrecen en este apartado:http://www.oficinadetreball.cat/socweb/export/sites/default/socweb_ca/web_ins-titucional/soc/imatge_corporativa/Models_de_suports_de_difusio_accions_for-matives.html

En materiales en soporte digital, se recomienda que la disposición de los lo-gotipos, sea el que presentan las franjas integradas que incorporan los logotipos de Generalidad de Cataluña, Servicio de Empleo de Cataluña y Fondo Social Europeo en sus versiones horizontal o vertical, acompañadas del logotipo del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y se sitúen, siempre que sea posible, en el pie de la página.El Servicio de Empleo de Cataluña podrá determinar las medidas de comunicación y difusión oportunas durante el periodo de ejecución de las acciones formativas.

Base 23Obligaciones de las entidades beneiciarias23.1 Obligaciones generales de las entidades beneficiarias de las subvenciones

previstas en estas bases.a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención y acreditarlo ante el Servicio de Empleo de Cataluña. Así como estar conectados y utilizar la red telemática del Servicio de Empleo de Cataluña y las herramientas informáticas que el Servicio de Empleo de Cataluña indique.

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b) Aportar la información y documentación que se requiera durante la fase de solicitud, de ejecución de la formación y de justificación de la subvención, así como tener a disposición de los órganos de seguimiento y control competentes (órganos del Servicio de Empleo de Cataluña de la Intervención General de la Generalidad, de la Sindicatura de Cuentas y de otros órganos competentes) los documentos acreditativos.c) Garantizar la gratuidad de las acciones formativas para los participantes en la formación subvencionada.d) Haber realizado o, si procede, garantizado las devoluciones de cantidades concedidas y pagadas en convocatorias anteriores y cuya devolución le haya sido exigida mediante reclamación previa a la vía ejecutiva o mediante resolución de pro-cedencia de reintegro, a menos que se hubiera producido la suspensión del acto.e) Comunicar al Servicio de Empleo de Cataluña la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes, de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, así como cualquier alteración que afecte a los requisitos y las condiciones tenidos en cuenta para la concesión de la subvención. Esta comunicación se hará tan pronto como se conozca y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación dada en los fondos percibidos.f) Informar de todas las incidencias relativas a las actuaciones subvencionadas y proponer al Servicio de Empleo de Cataluña cualquier cambio con respecto al proyecto inicial y que, si procede, tendrá que ser autorizado expresamente. La entidad beneficiaria también tendrá que informar previamente y por escrito al Servicio de Empleo de Cataluña de cualquier cambio referido a la representación legal de la entidad, sede y razón social, como también de las modificaciones que se puedan dar en sus estatutos.g) Hacer constar el carácter público de la financiación de la actividad subven-cionada por el Servicio de Empleo de Cataluña y, si procede, la cofinanciación del Fondo Social Europeo, en las actividades de información de las acciones formativas, publicaciones, material didáctico y acreditaciones de la realización de la formación a entregar a los participantes, tal como se especifica en esta Orden.h) Aceptar su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con el artículo 7 apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, que establece que la publicación podrá ser electrónica o por otros medios, e incluirá las operaciones derivadas y las cantidades de los fondos públicos asig-nadas como una de las obligaciones derivadas de la financiación por el Programa Operativo de Competitividad Regional y Empleo en Cataluña, 2007ES052PO007, y por el Programa Operativo Pluri-Regional de Adaptabilidad y Empleo número 2007ES05UPO001, para el periodo 2007-2013.i) Remitir al órgano competente una comunicación del inicio de la formación que se quiere realizar, incluidas cualquier modificación posterior, y si procede, la comunicación de la finalización, siguiendo los contenidos, plazos y procedimiento que establezca el Servicio de Empleo de Cataluña. La no comunicación de estos cambios implicará que la acción formativa o grupo de participantes se considere no realizada a efectos de la justificación de la subvención, a excepción que la no comunicación en el plazo previsto se deba a causas imprevistas, debidamente jus-tificadas y comunicadas en el momento de producirse.j) Dar cumplimiento, con respecto al tratamiento automatizado de los datos personales de los beneficiarios, a lo que establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y su normativa de desarrollo.k) Disponer de los libros contables, los registros tramitados y otros documentos auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la entidad beneficiaria, así como los estados contables y registros específicos que exige esta Orden, con la finalidad de garantizar el ejercicio adecuado de las facultades de comprobación y control.l) Disponer de un sistema de contabilidad separado o una codificación contable adecuada que permita identificar las operaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

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m) Tendrá que informar al Servicio de Empleo de Cataluña de los indicadores de realización y de resultados correspondientes a la actuación cofinanciada por el Fondo Social Europeo en la forma que establezca el órgano competente.n) De acuerdo con el artículo 60 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Con-sejo Europeo, mantener una trazabilidad suficiente, que consistirá en disponer de toda la documentación técnica y económica que permita verificar, por una parte, la correcta realización de las actividades objeto de esta subvención, y de la otra, la adecuación entre los registros contables y los documentos acreditativos de los gastos, derivadas de la realización de estas actividades, con los importes que se presentarán a cofinanciación del Fondo Social Europeo. La documentación técnica se refiere a toda la documentación relativa a la acreditación de la realización de la actividad y la documentación económica se refiere a toda la que da soporte al cumplimiento de la justificación de gastos.o) De acuerdo con el artículo 90 del Reglamento (CE)1083/2006, del Consejo de 11 de julio de 2006, conservar los documentos justificativos relacionados con todas las actuaciones objeto de esta Orden, los gastos y las auditorías correspondientes a la actuación cofinanciada durante un periodo de 3 años a partir del cierre del progra-ma operativo en que está cofinanciado o a partir del año en qué se haya producido el cierre parcial, sin perjuicio que concurra algún supuesto de interrupción de la prescripción. Este cierre se estima que será el 31 de diciembre de 2021.p) Reintegrar los fondos percibidos en caso de revocación en los supuestos previstos en la base 17.5 de esta Orden.q) No comercializar los productos elaborados durante la realización de las ac-ciones formativas y otras acciones de formación. Si procede, se podrá realizar la cesión de los productos elaborados a instituciones y entidades benéficas.r) Informar al alumnado al inicio de la acción formativa de sus derechos y obligaciones.s) Informar y mostrar a los/las alumnos/as preseleccionados el programa for-mativo aprobado por el Servicio Público de Empleo Estatal, así como de las salidas laborales de la acción formativa que tienen que iniciar.t) Facilitar el acceso al cuestionario de evaluación a todos los participantes, durante la última semana del curso, a fin de que lo cumplimenten correctamente.u) Mecanizar en la aplicación informática los cuestionarios de los/las alumnos/as que se hayan presentado en formato papel, siguiendo las instrucciones del Servicio de Empleo de Cataluña, y custodiarlos junto con el resto de documentación de la acción formativa.v) Facilitar al Servicio de Empleo de Cataluña el control y la supervisión del procedimiento de realización de los cuestionarios de evaluación de los/las alum-nos/as y de la información que contienen.w) Cumplir con las otras obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en lo que no se haya previsto expresamente en este artículo y cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlos.La entidad beneficiaria de la subvención no resulta exonerada de las obligaciones de que se han establecido en esta base si, para desarrollar la docencia, contrata con terceras personas físicas o jurídicas en los términos detallados en el punto 17.2 de la base 13 de la presente Orden.

23.2 Seguro de accidentes.Las entidades beneficiarias tienen que contratar una póliza de seguro de acci-

dentes personales antes del inicio de la acción formativa, que cubra, para cada uno de los/las alumnos/as, un capital de 23.432,25 euros en caso de muerte, y un capital de 46.864,52 euros en caso de invalidez, los dos derivados del riesgo de accidente durante el desplazamiento, por cualquier medio, y durante la asistencia a los cursos de formación.

Se tiene que presentar esta póliza de seguro o certificado de seguro de accidentes personales antes del inicio del curso y, en el momento de la justificación económica, habrá que presentar obligatoriamente el recibo que acredite el pago. Está disponible en la web de impresos del Servicio de Empleo de Cataluña el modelo de “Certi-ficado de seguro de accidentes personales para las acciones de formación para el empleo dirigidas prioritariamente a las personas en situación de desempleo”, con código G146NFO-276.

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ANExO 2

Fichero catalán de especialidades formativas del Servicio de Empleo de Cataluña

CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDADÁrea Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CPADGC ADGC10 Encuestador/a 300 3 RD 1648/1997ADGD ADGD0108 Gestión contable y gestión administrativa para auditoría 630 3 RD 1210/2009ADGD ADGD0110 Asistencia en la gestión de los procedimientos tributarios 740 3 RD 1692/2011ADGD ADGD0208 Gestión integrada de recursos humanos 790 3 RD 1210/2009ADGD ADGD0210 Creación y gestión de microempresas 520 3 RD 1692/2011ADGD ADGD0308 Actividades de gestión administrativa 880 2 RD 645/2011ADGG ADGG0108 Asistencia a la dirección 610 3 RD 1210/2009ADGG ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente 800 2 RD 1210/2009ADGG ADGG0308 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas 750 3 RD 645/2011ADGG ADGG0408 Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales 430 1 RD 645/2011ADGG ADGG0508 Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos 440 1 RD 645/2011ADGN ADGN0108 Financiación de empresas 630 3 RD 1210/2009ADGN ADGN0208 Comercialización y administración de productos y servicios financieros 800 3 RD 645/2011ADGS ADGS10 Técnico administrativo de seguros 600 2 RD 2027/1996ADGS ADGS20 Comercial de seguros 550 3 RD 2028/1996AFDA AFDA0109 Guía por itinerarios en bicicleta 420 2 RD 1209/2009AFDA AFDA0110 Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical 590 2 RD 1518/2011

AFDA AFDA0209 Guía por itinerarios ecuestres en el medio natural 580 2 RD 711/2011AFDA AFDA0210 Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente 590 2 RD 1518/2011

AFDA AFDA0310 Actividades de natación 750 3 RD 1518/2011

AFDP AFDP0109 Socorrismo en instalaciones acuáticas 370 2 RD 711/2011

AFDP AFDP0209 Socorrismo en espacios acuáticos naturales 420 2 RD 711/2011

AGAC AGAC0108 Cultivos herbáceos 600 2 RD 1375/2008AGAF AGAF0108 Fruticultura 600 2 RD 1375/2008AGAG AGAG0108 Producción avícola intensiva 250 2 RD 1375/2008AGAG AGAG0208 Producción cunícula intensiva 220 2 RD 1375/2008AGAH AGAH0108 Horticultura y floricultura 600 2 RD 1375/2008AGAJ AGAJ0108 Actividades auxiliares en floristería 390 1 RD 1211/2009AGAJ AGAJ0109 Gestión y mantenimiento de árboles y palmeras ornamentales 510 3 RD 682/2011AGAJ AGAJ0110 Actividades de floristería 480 2 RD 1519/2011AGAJ AGAJ0208 Arte floral y gestión de las actividades de floristería 600 3 RD 1519/2011AGAJ AGAJ0308 Gestión de la instalación y mantenimiento de céspedes en campos deportivos 520 3 RD 1211/2009AGAN AGAN0108 Ganadería ecológica 490 2 RD 1965/2008AGAN AGAN0109 Cuidados y manejo del caballo 590 2 RD 682/2011AGAN AGAN0110 Doma básica del caballo 620 2 RD 1519/2011AGAN AGAN0208 Cría de caballos 670 3 RD 1211/2009AGAN AGAN0210 Herrado de equinos 710 3 RD 1519/2011AGAN AGAN0211 Apicultura 410 2 RD 1784/2011AGAO AGAO0108 Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería 330 1 RD 1375/2008AGAO AGAO0208 Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes 470 2 RD 1375/2008AGAO AGAO0308M Jardinería y restauración del paisaje 620 3 RD 682/2011AGAP AGAP0108 Producción porcina de reproducción y cría 280 2 RD 1375/2008AGAP AGAP0208 Producción porcina de recría y cebo 250 2 RD 1375/2008AGAR AGAR0108 Aprovechamientos forestales 600 2 RD 1211/2009AGAR AGAR0109 Gestión de repoblaciones forestales y de tratamientos silvícolas 610 3 RD 682/2011AGAR AGAR0110 Gestión de aprovechamientos forestales 630 3 RD 1519/2011

Disposiciones

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46407Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

AGAR AGAR0208 Repoblaciones forestales y tratamientos silvícolas 490 2 RD 682/2011AGAR AGAR0209 Actividades auxiliares en aprovechamientos forestales 270 1 RD 682/2011AGAR AGAR0309 Actividades auxiliares en conservación y mejora de montes 270 1 RD 682/2011AGAU AGAU0108 Agricultura ecológica 490 2 RD 1965/2008AGAU AGAU0110 Producción de semillas y plantas en vivero 580 2 RD 1519/2011AGAU AGAU0111 Manejo y mantenimiento de maquinaria agrícola 630 2 RD 1784/2011AGAU AGAU0208 Gestión de la producción agrícola 820 3 RD 1211/2009AGAU AGAU0210 Gestión de la producción de semillas y plantas en vivero 540 3 RD 1519/2011AGAX AGAX0108 Actividades auxiliares en ganadería 510 1 RD 1375/2008AGAX AGAX0208 Actividades auxiliares en agricultura 370 1 RD 1375/2008ARGA ARGA0110 Grabado calcográfico y xilográfico 480 2 RD 1520/2011ARGC ARGC0109 Guillotinado y plegado 450 2 RD 712/2011ARGC ARGC0110 Operaciones de encuadernación industrial en rústica y tapa dura 420 2 RD 1520/2011ARGC ARGC0209 Operaciones en trenes de cosido 480 2 RD 712/2011ARGE ARGE30 Grafista maquetista 620 2 RD 348/1998ARGG ARGG0110 Diseño de productos gráficos 600 3 RD 1520/2011ARGI ARGI0109 Impresión en offset 560 2 RD 712/2011ARGI ARGI0110 Impresión en flexografía 450 2 RD 1520/2011ARGI ARGI0209 Impresión digital 440 2 RD 1213/2009ARGI ARGI0210 Impresión en huecograbado 450 2 RD 1520/2011ARGI ARGI0309 Reprografía 300 1 RD 712/2011ARGI ARGI0310 Impresión en serigrafía y tampografía 450 2 RD 1520/2011ARGN ARGN0109 Producción editorial 540 3 RD 1213/2009ARGN ARGN0110 Desarrollo de productos editoriales multimedia 570 3 RD 1520/2011ARGN ARGN0210 Asistencia a la edición 570 3 RD 1520/2011ARGP ARGP0110 Tratamiento y maquetación de elementos gráficos en preimpresión 620 2 RD 1520/2011ARGP ARGP0210 Imposición y obtención de la forma impresora 450 2 RD 1520/2011ARGT ARGT0109 Troquelado 330 2 RD 712/2011ARTF ARTF10 Elaborador de objetos de fibras vegetales 300 2 RD 344/1998

ARTN ARTN0109 Elaboración artesanal de productos de vidrio en caliente 660 2 RD 1521/2011

ARTN ARTN0110 Reproducciones de moldes y piezas cerámicas artesanales 300 1 RD 1521/2011

ARTN ARTN0111 Moldes y matricerías artesanales para cerámica 620 3 RD 1693/2011

ARTN ARTN0209 Alfarería artesanal 600 2 RD 1521/2011

ARTN ARTN0210 Decoración artesanal de vidrio mediante aplicación de color 580 2 RD 1521/2011

ARTN ARTN0309 Transformación artesanal de vidrio en frío 670 2 RD 1521/2011

ARTO ARTO20 Platero 700 2 RD 346/1998

ARTT ARTT10 Tejedor de telar manual 760 2 RD 342/1998

ARTU ARTU0110 Maquinaria escénica para el espectáculo en vivo 830 3 RD 1521/2011

ARTU ARTU0111 Utilería para el espectáculo en vivo 830 3 RD 1693/2011

COMD COMD10 Gerente de pequeño comercio 720 3 RD 1995/1995COMF COMF10 Cajero 140 2 RD 1996/1995

COML COML0109 Tráfico de mercancías por carretera 520 3 RD 642/2011

COML COML0110 Actividades auxiliares de almacén 210 1 RD 1522/2011COML COML0209 Organización del transporte y la distribución 420 3 RD 642/2011

COML COML0210 Gestión y control del aprovisionamiento 450 3 RD 1522/2011COML COML0309 Organización y gestión de almacenes 390 3 RD 642/2011

COMM COMM0110 Marketing y compraventa internacional 750 3 RD 1522/2011COMP COMP0108 Implantación y animación de espacios comerciales 390 3 RD 1377/2008COMT COMT0110 Atención al cliente, consumidor o usuario 460 3 RD 1522/2011

COMT COMT0210 Gestión administrativa y financiera del comercio internacional 660 3 RD 1522/2011COMT COMT0211 Actividades auxiliares de comercio 270 1 RD 1694/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46408Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

COMT COMT0311 Control y formación en consumo 540 3 RD 1694/2011

COMT COMT0411 Gestión comercial de ventas 610 3 RD 1694/2011COMV COMV0108 Actividades de venta 590 2 RD 1377/2008

ELEE ELEE0108 Operaciones auxiliares de montaje de redes eléctricas 220 1 RD 1214/2009ELEE ELEE0109 Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión 920 2 RD 683/2011

ELEE ELEE0110 Desarrollo de proyectos de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios y con fines especiales 520 3 RD 1523/2011

ELEE ELEE0209 Montaje y mantenimiento de redes eléctricas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación. 490 2 RD 683/2011

ELEE ELEE0210 Desarrollo de proyectos de redes eléctricas de baja y alta tensión 690 3 RD 1523/2011

ELEE ELEE0310 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas en el entorno de edificios. 700 3 RD 1523/2011

ELEE ELEE0410 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas aéreas de alta tensión de segunda y tercera categoría, y centros de transformación de intemperie. 640 3 RD 1523/2011

ELEE ELEE0510 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas subterráneas de alta tensión de segunda y tercera categoría y centros de transformación de interior. 640 3 RD 1523/2011

ELEE ELEE0610 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de redes eléctricas de baja y alta tensión y alumbrado exterior 620 3 RD 1523/2011ELEM ELEM0110 Desarrollo de proyectos de sistemas de automatización industrial 630 3 RD 1523/2011

ELEM ELEM0210 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de sistemas de automatización industrial 650 3 RD 1523/2011ELEq ELEq0108 Instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina 600 2 RD 1214/2009ELEq ELEq0208 Gestión y supervisión de la instalación y mantenimiento de sistemas de electromedicina 700 3 RD 683/2011ELES ELES0108 Montaje y mantenimiento de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios 450 2 RD 1214/2009

ELES ELES0109 Montaje y mantenimiento de instalaciones de megafonía, sonorización de locales y circuito cerrado de televisión 350 2 RD 683/2011

ELES ELES0110 Desarrollo de proyectos de infraestructuras de telecomunicación y de redes de voz y datos en edificios 500 3 RD 1523/2011

ELES ELES0208 Operaciones auxiliares de montaje de instalaciones electrotécnicas y de telecomunicación en edificios 380 1 RD 683/2011

ELES ELES0209 Montaje y mantenimiento de sistemas de telefonía e infraestructuras de redes locales de datos 420 2 RD 683/2011

ELES ELES0210 Gestión y supervisión del montaje y mantenimiento de las infraestructuras de telecomunicaciones y de redes de voz y datos en edificios 680 3 RD 1523/2011

ELET ELET10 Electrónico de mantenimiento 980 2 RD 333/1997

ENAA ENAA0109 Organización y control del montaje y mantenimiento de redes e instalaciones de agua y saneamiento 510 3 RD 643/2011

ENAC ENAC0108 Eficiencia energética de edificios 920 3 RD 643/2011

ENAE ENAE0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas 540 2 RD 1381/2008

ENAE ENAE0208 Montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas 580 2 RD 1967/2008

ENAE ENAE0308 Organización y proyectos de instalaciones solares térmicas 630 3 RD 1967/2008

ENAE ENAE0408 Gestión del montaje y mantenimiento de parques eólicos 620 3 RD 1967/2008ENAE ENAE0508 Organización y proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas 630 3 RD 1215/2009

ENAL ENAL0108 Gestión de la operación en centrales termoeléctricas 750 3 RD 643/2011ENAL ENAL0110 Gestión de la operación en centrales hidroeléctricas 730 3 RD 1524/2011ENAL ENAL0210 Gestión del montaje y mantenimiento de subestaciones eléctricas 620 3 RD 1524/2011ENAS ENAS0108 Montaje y mantenimiento de redes de gas 450 2 RD 1967/2008

ENAS ENAS0110 Montaje, puesta en servicio, mantenimiento, inspección y revisión de instalaciones receptoras y aparatos de gas 540 2 RD 1524/2011

ENAS ENAS0208 Gestión del montaje y mantenimiento de redes de gas 520 3 RD 643/2011ENAT ENAT0108 Montaje y mantenimiento de redes de agua 450 2 RD 1381/2008

EOCA EOCA10 Pintor 600 2 RD 2006/1996

EOCA EOCA70 Soldador-alicatador 600 2 RD 2009/1996

EOCB EOCB0108 Fabricas de albañilería 490 2 RD 1212/2009EOCB EOCB0109 Operaciones auxiliares de revestimientos continuos en construcción 440 1 RD 644/2011EOCB EOCB0208 Operaciones auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas 320 1 RD 644/2011EOCB EOCB0209 Operaciones auxiliares de acabados rígidos y urbanización 340 1 RD 644/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46409Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

EOCE EOCE0109 Levantamientos y replanteos 600 3 RD 644/2011

EOCE EOCE10 Encofrador 800 2 RD 2007/1996

EOCE EOCE20 Ferrallista 350 2 RD 2010/1996

EOCH EOCH0108 Operaciones de hormigón 260 1 RD 1966/2008

EOCI EOCI10 Fontanero 730 2 RD 2008/1996EOCL EOCL50 Escayolista 880 2 RD 2013/1996

EOCM EOCM10 Operador de maquinaria de excavación 800 2 RD 2014/1996EOCO EOCO0108 Representación de proyectos de edificación 600 3 RD 1212/2009

EOCO EOCO0109 Control de proyectos y obras de construcción 550 3 RD 644/2011

EOCO EOCO0208 Representación de proyectos de obra civil 600 3 RD 1212/2009

FMEC FMEC0108 Fabricación y montaje de instalaciones de tubería industrial 530 2 RD 1216/2009

FMEC FMEC0109 Producción en construcciones metálicas 490 3 RD 684/2011

FMEC FMEC0110 Soldadura con electrodo revestido y TIG 680 2 RD 1525/2011FMEC FMEC0208 Diseño de calderería y estructuras metálicas 660 3 RD 684/2011FMEC FMEC0209 Diseño de tubería industrial 480 3 RD 684/2011FMEC FMEC0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG 600 2 RD 1525/2011FMEC FMEC0309 Diseño en la industria naval 640 3 RD 684/2011FMEE FMEE0108 Operaciones auxiliares de fabricación mecánica 440 1 RD 1216/2009FMEE FMEE0208 Montaje y puesta en marcha de bienes de equipo y maquinaria industrial 690 2 RD 1216/2009

FMEE FMEE0308 Diseño de productos de fabricación mecánica 680 3 RD 1216/2009FMEF FMEF0108 Fusión y colada 400 2 RD 1969/2008

FMEF FMEF0208 Moldeo y machería 400 2 RD 1969/2008

FMEF FMEF0308 Producción en fundición y pulvimetalurgia 560 3 RD 1969/2008

FMEH FMEH0109 Mecanizado por arranque de viruta 620 2 RD 684/2011

FMEH FMEH0110 Tratamientos térmicos en fabricación mecánica 370 2 RD 1525/2011

FMEH FMEH0209 Mecanizado por corte y conformado 620 2 RD 684/2011

FMEH FMEH0309 Tratamientos superficiales 530 2 RD 684/2011

FMEH FMEH0409 Mecanizado por abrasión, electroerosión y procedimientos especiales 620 2 RD 684/2011

FMEL FMEL10 Calderero industrial 950 2 RD 83/1997

FMEL FMEL30 Carpintero metálico y de PVC 1150 2 RD 85/1997

FMEL FMEL40 Montador de estructuras metálicas 790 2 RD 86/1997

FMEM FMEM0109 Gestión de la producción en fabricación mecánica 350 3 RD 684/2011FMEM FMEM0209 Producción en mecanizado, conformado y montaje mecánico 600 3 RD 684/2011

FMEM FMEM0309 Diseño de útiles de procesado de chapa 680 3 RD 684/2011FMEM FMEM0409 Diseño de moldes y modelos para fundición o forja 690 3 RD 684/2011FMEM FMEM60 Preparador-programador de máquinas herramientas con CNC 1100 3 RD 2066/1995

FMES FMES10 Mantenedor de estructuras metálicas 1030 2 RD 337/1997

HOTA HOTA0108 Operaciones básicas de pisos en alojamientos 380 1 RD 1376/2008

HOTA HOTA0208 Gestión de pisos y limpieza en alojamientos 480 3 RD 1376/2008HOTA HOTA0308 Recepción en alojamientos 630 3 RD 1376/2008

HOTG HOTG0108 Creación y gestión de viajes combinados y eventos 670 3 RD 1376/2008HOTG HOTG0208 Venta de servicios y productos turísticos 670 3 RD 1376/2008HOTI HOTI0108 Promoción turística local e información al visitante 690 3 RD 1376/2008HOTJ HOTJ0110 Actividades para el juego en mesas de casinos 700 2 RD 1695/2011HOTJ HOTJ0111 Operaciones para el juego en establecimientos de bingo 250 1 RD 1695/2011HOTR HOTR0108 Operaciones básicas de cocina 350 1 RD 1376/2008

HOTR HOTR0109 Operaciones básicas de pastelería 410 1 RD 685/2011

HOTR HOTR0110 Dirección y producción en cocina 1110 3 RD 1526/2011

HOTR HOTR0208 Operaciones básicas de restaurante y bar 290 1 RD 1376/2008

HOTR HOTR0209 Sumillería 730 3 RD 685/2011

HOTR HOTR0210 Dirección y producción en pastelería 870 3 RD 1695/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46410Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

HOTR HOTR0308 Operaciones básicas de catering 250 1 RD 1376/2008

HOTR HOTR0309 Dirección en restauración 830 3 RD 685/2011

HOTR HOTR0408 Cocina 810 2 RD 1376/2008

HOTR HOTR0409 Gestión de procesos de servicio en restauración 610 3 RD 685/2011HOTR HOTR0508 Servicios de bar y cafetería 640 2 RD 1256/2009

HOTR HOTR0509 Repostería 500 2 RD 685/2011

HOTR HOTR0608 Servicios de restaurante 580 2 RD 1256/2009

HOTU HOTU0109 Alojamiento rural 580 2 RD 685/2011

IEXD IEXD0108 Elaboración de la piedra natural 640 2 RD 1217/2009IEXD IEXD0109 Diseño y coordinación de proyectos en piedra natural 730 3 RD 713/2011IEXD IEXD0208 Extracción de la piedra natural 450 2 RD 1217/2009IEXD IEXD0209 Obras de artesanía y restauración en piedra natural 600 2 RD 713/2011IEXD IEXD0308 Operaciones auxiliares en plantas de elaboración de piedra natural y de tratamiento y beneficio de minerales y rocas 340 1 RD 1217/2009

IEXD IEXD0309 Desarrollo y supervisión de obras de restauración en piedra natural 510 3 RD 713/2011IEXD IEXD0409 Colocación de piedra natural 640 2 RD 713/2011IEXM IEXM0109 Operaciones auxiliares en excavaciones subterráneas y a cielo abierto 420 1 RD 713/2011IEXM IEXM0110 Excavación subterránea mecanizada de arranque selectivo 600 2 RD 1530/2011IEXM IEXM0209 Sondeos 690 2 RD 713/2011IEXM IEXM0210 Excavación subterránea mecanizada dirigida de pequeña sección 470 2 RD 1530/2011IEXM IEXM0309 Tratamiento y beneficio de minerales, rocas y otros materiales 540 2 RD 713/2011IEXM IEXM0310 Excavación subterránea mecanizada a sección completa con tuneladoras 590 3 RD 1530/2011IEXM IEXM0409 Excavación subterránea con explosivos 650 2 RD 713/2011IEXM IEXM0509 Operaciones en instalaciones de transporte subterráneas en industrias extractivas 510 2 RD 713/2011IEXM IEXM0609 Operaciones auxiliares en el montaje y mantenimiento mecánico de instalaciones y equipos de excavaciones y plantas 450 1 RD 713/2011IEXM IEXM0709 Montaje y mantenimiento mecánico de instalaciones y equipos semimóviles en excavaciones y plantas 810 2 RD 713/2011IEXM IEXM0809 Excavación a cielo abierto con explosivos 610 2 RD 713/2011IFCD IFCD0110 Confección y publicación de páginas web 560 2 RD 1531/2011IFCD IFCD0210 Desarrollo de aplicaciones con tecnologías web 590 3 RD 1531/2011IFCI IFCI10 Programador de aplicaciones informáticas 950 3 RD 1597/1997IFCM IFCM0110 Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos 550 2 RD 1531/2011IFCM IFCM0210 Mantenimiento de primer nivel en sistemas de radiocomunicaciones 580 2 RD 1531/2011IFCM IFCM0310 Gestión de redes de voz y datos 610 3 RD 1531/2011IFCM IFCM0410 Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones 680 3 RD 1531/2011IFCT IFCT0108 Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos 370 1 RD 1218/2009IFCT IFCT0109 Seguridad informática 500 3 RD 686/2011IFCT IFCT0110 Operación de redes departamentales 530 2 RD 1531/2011IFCT IFCT0209 Sistemas microinformáticos 600 2 RD 686/2011IFCT IFCT0210 Operación de sistemas informáticos 600 2 RD 1531/2011IFCT IFCT0309 Montaje y reparación de sistemas microinformáticos 510 2 RD 686/2011IFCT IFCT0310 Administración de bases de datos 650 3 RD 1531/2011IFCT IFCT0409 Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia. 540 3 RD 686/2011

IFCT IFCT0410 Administración y diseño de redes departamentales 610 3 RD 1531/2011IFCT IFCT0509 Administración de servicios de internet 590 3 RD 686/2011IFCT IFCT0510 Gestión de sistemas informáticos 500 3 RD 1531/2011IFCT IFCT0609 Programación de sistemas informáticos 590 3 RD 686/2011IFCT IFCT0610 Administración y programación en sistemas de planificación de recursos empresariales y de gestión de relaciones con clientes 650 3 RD 1531/2011

IMAI IMAI0108 Operaciones de fontanería y calefacción-climatización doméstica 480 1 RD 1375/2009

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46411Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

IMAI IMAI0208 Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de redes y sistemas de distribución de fluidos 580 3 RD 715/2011

IMAN IMAN20 Electromecánico de mantenimiento 1090 2 RD 334/1997IMAq IMAq0108 Mantenimiento y montaje mecánico de equipo industrial 590 2 RD 715/2011IMAq IMAq0208 Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de maquinaria, equipo industrial y líneas automatizadas de producción 570 3 RD 715/2011

IMAR IMAR0108 Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas 540 2 RD 1375/2009IMAR IMAR0109 Desarrollo de proyectos de instalaciones de climatización y ventilación-extracción 570 3 RD 715/2011IMAR IMAR0208 Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación-extracción 500 2 RD 1375/2009IMAR IMAR0209 Desarrollo de proyectos de instalaciones frigoríficas 570 3 RD 715/2011IMAR IMAR0308 Desarrollo de proyectos de redes y sistemas de distribución de fluidos 630 3 RD 1375/2009IMAR IMAR0309 Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones frigoríficas 540 3 RD 715/2011

IMAR IMAR0408 Montaje y mantenimiento de instalaciones caloríficas 500 2 RD 715/2011IMAR IMAR0409 Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones de climatización y ventilación-extracción 540 3 RD 715/2011IMAR IMAR0508 Desarrollo de proyectos de instalaciones caloríficas 570 3 RD 715/2011IMAR IMAR0509 Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones caloríficas 540 3 RD 715/2011

IMPE IMPE0108 Servicios auxiliares de estética 360 1 RD 1379/2009IMPE IMPE0109 Bronceado, maquillaje y depilación avanzada 590 3 RD 725/2011IMPE IMPE0110 Masajes estéticos y técnicas sensoriales asociadas 570 3 RD 1527/2011IMPE IMPE0209 Maquillaje integral 660 3 RD 725/2011IMPE IMPE0210 Tratamientos estéticos 650 3 RD 1527/2011IMPP IMPP0108 Cuidados estéticos de manos y pies 360 2 RD 1373/2008IMPP IMPP0208 Servicios estéticos de higiene, depilación y maquillaje 640 2 RD 1373/2008IMPP IMPP0308 Hidrotermal 570 3 RD 1373/2008IMPq IMPq0108 Servicios auxiliares de peluquería 330 1 RD 1379/2009IMPq IMPq0109 Peluquería técnico-artística 600 3 RD 725/2011IMPq IMPq0208 Peluquería 710 2 RD 716/2011IMPq IMPq0308 Tratamientos capilares estéticos 440 3 RD 725/2011IMSD IMSD0108 Asistencia a la realización en televisión 530 3 RD 1380/2008IMSI IMSI40 Técnico de sonido 665 2 RD 946/1997IMSI IMSI90 Operador de cabina de proyecciones cinematográficas 305 2 RD 329/1999IMST IMST0109 Producción fotográfica 630 3 RD 725/2011IMST IMST0110 Operaciones de producción de laboratorio de imagen 510 2 RD 1528/2011IMST IMST0210 Producción en laboratorio de imagen 450 3 RD 1528/2011IMSV IMSV0108 Asistencia a la producción cinematográfica y de obras audiovisuales 490 3 RD 1374/2009IMSV IMSV0109 Montaje y postproducción de audiovisuales 510 3 RD 725/2011IMSV IMSV0208 Asistencia a la producción en televisión 510 3 RD 1374/2009IMSV IMSV0209 Desarrollo de productos audiovisuales multimedia interactivos 540 3 RD 725/2011IMSV IMSV0308 Cámara de cine, vídeo y televisión 630 3 RD 725/2011IMSV IMSV0408 Asistencia a la dirección cinematográfica y de obras audiovisuales 440 3 RD 725/2011INAD INAD0108 Operaciones auxiliares de elaboración en la industria alimentaria 300 1 RD 646/2011INAD INAD0109 Elaboración de azúcar 450 2 RD 646/2011INAD INAD0110 Fabricación de productos de cafés y sucedáneos de café 230 2 RD 1529/2011INAD INAD0210 Elaboración de productos para la alimentación animal 360 2 RD 1529/2011INAD INAD0310 Fabricación de productos de tueste y de aperitivos extrusionados 240 2 RD 1529/2011INAE INAE0109 quesería 390 2 RD 646/2011INAE INAE0110 Industrias lácteas 600 3 RD 1529/2011INAE INAE0209 Elaboración de leches de consumo y productos lácteos 560 2 RD 646/2011INAF INAF0108 Panadería y bollería 530 2 RD 1380/2009INAF INAF0109 Pastelería y confitería 580 2 RD 646/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

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46412Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

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INAF INAF0110 Industrias de derivados de cereales y de dulces 630 3 RD 1529/2011INAH INAH0109 Elaboración de vinos y licores 600 2 RD 646/2011INAH INAH0110 Industrias derivadas de la uva y del vino 530 3 RD 1529/2011INAH INAH0209 Enotecnia 660 3 RD 646/2011INAH INAH0210 Elaboración de cerveza 310 2 RD 1529/2011INAH INAH0310 Elaboración de refrescos y aguas de bebida envasadas 240 2 RD 1529/2011INAI INAI0108 Carnicería y elaboración de productos cárnicos 510 2 RD 1380/2009INAI INAI0109 Industrias cárnicas 600 3 RD 646/2011INAI INAI0208 Sacrificio, faenado y despiece de animales 470 2 RD 646/2011INAJ INAJ0109 Pescadería y elaboración de productos de la pesca y acuicultura 540 2 RD 646/2011INAJ INAJ0110 Industrias de productos de la pesca y de la acuicultura 600 3 RD 1529/2011INAK INAK0109 Obtención de aceites de oliva 390 2 RD 646/2011INAK INAK0110 Industrias del aceite y grasas comestibles 600 3 RD 1529/2011INAK INAK0209 Obtención de aceites de semillas y grasas 480 2 RD 646/2011INAq INAq0108 Operaciones auxiliares de mantenimiento y transporte interno en la industria alimentaria 240 1 RD 1380/2009INAV INAV0109 Fabricación de conservas vegetales 480 2 RD 646/2011INAV INAV0110 Industrias de conservas y jugos vegetales 600 3 RD 1529/2011MAMA MAMA0109 Fabricación de tapones de corcho 360 1 RD 717/2011

MAMA MAMA0110 Obtención de chapas, tableros contrachapados y rechapados 320 2 RD 1532/2011

MAMA MAMA0209 Aserrado de madera 410 2 RD 717/2011

MAMA MAMA0210 Fabricación de tableros de partículas y fibras de madera 350 2 RD 1532/2011

MAMA MAMA0309 Fabricación de objetos de corcho 260 1 RD 717/2011

MAMA MAMA0310 Preparación de la madera 350 2 RD 1532/2011

MAMB MAMB0110 Proyectos de instalación y amueblamiento 420 3 RD 1532/2011

MAMB MAMB0210 Montaje e instalación de construcciones de madera 510 2 RD 1532/2011

MAMD MAMD0109 Aplicación de barnices y lacas en elementos de carpintería y mueble 210 1 RD 717/2011

MAMD MAMD0110 Organización y gestión de la producción en industrias del mueble y de carpintería 540 3 RD 1532/2011

MAMD MAMD0209 Trabajos de carpintería y mueble 300 1 RD 717/2011

MAMD MAMD0210 Planificación y gestión de la fabricación en industrias de madera y corcho 570 3 RD 1533/2011

MAMD MAMD0309 Proyectos de carpintería y mueble 590 3 RD 717/2011

MAMM MAMM60 Tapicero de muebles 450 2 RD 2564/1996

MAMR MAMR0108 Montaje de muebles y elementos de carpintería 460 2 RD 1968/2008

MAMR MAMR0208 Acabado de carpintería y mueble 490 2 RD 1968/2008

MAMR MAMR0308 Mecanizado de madera y derivados 520 2 RD 1968/2008

MAMR MAMR0408 Instalación de muebles 550 2 RD 1968/2008MAMS MAMS0108 Instalación de elementos de carpintería 500 2 RD 1378/2008MAMS MAMS40 Ebanista 800 2 RD 2566/1996

MAPL MAPL20 Pescador de litoral 340 2 RD 2578/1996

MAPM MAPM40 Mariscador 200 2 RD 2580/1996

MAPN MAPN0108 Confección y mantenimiento de artes y aparejos 330 2 RD 1376/2009

MAPN MAPN0109 Actividades auxiliares y de apoyo al buque en puerto 220 1 RD 718/2011MAPN MAPN0110 Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo 290 1 RD 1533/2011

MAPN MAPN0111 Pesca local 390 2 RD 1774/2011

MAPN MAPN0209 Organización de lonjas 460 3 RD 718/2011

MAPN MAPN0210 Actividades en pesca en palangre, arrastre y cerco, y en transporte marítimo 310 1 RD 1533/2011

MAPN MAPN0211 Operaciones de coordinación en cubierta y parque de pesca 310 2 RD 1774/2011

MAPN MAPN0310 Amarre de puerto y monoboyas 230 1 RD 1533/2011

MAPN MAPN0410 Operaciones en transporte marítimo y pesca de bajura 630 2 RD 1533/2011

MAPN MAPN0510 Navegación en aguas interiores y próximas a la costa 480 2 RD 1533/2011MAPN MAPN0610 Documentación pesquera 440 3 RD 1774/2011

MAPN MAPN0710 Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero 410 3 RD 1774/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46413Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

MAPP MAPP30 Piscicultor en aguas continentales (cría y engorde) 350 2 RD 2577/1996MAPU MAPU0108 Engorde de peces, crustáceos y cefalópodos 420 2 RD 1376/2009

MAPU MAPU0109 Engorde de moluscos bivalvos 420 2 RD 718/2011

MAPU MAPU0110 Producción en criadero de acuicultura 610 2 RD 1533/2011

MAPU MAPU0209 Actividades de engorde de especies acuícolas 320 1 RD 718/2011

MAPU MAPU0210 Gestión de la producción de engorde en acuicultura 480 3 RD 1533/2011MAPU MAPU0309 Actividades de cultivo de plancton y cría de especies acuícolas 350 1 RD 718/2011

MAPU MAPU0409 Producción de alimento vivo 360 2 RD 718/2011

qUIA qUIA0108 Ensayos físicos y fisicoquímicos 500 3 RD 1970/2008qUIA qUIA0110 Organización y control de ensayos no destructivos 880 3 RD 1696/2011qUIA qUIA0208 Ensayos microbiológicos y biotecnológicos 520 3 RD 1970/2008qUIB qUIB0108 Gestión y control de planta química 840 3 RD 1374/2008qUIE qUIE0108 Operaciones básicas en planta química 610 2 RD 1970/2008qUIE qUIE0109 Organización y control de los procesos de química transformadora 710 3 RD 719/2011qUIE qUIE0208 Operaciones en instalaciones de energía y de servicios auxiliares 530 2 RD 1970/2008qUIE qUIE0308 Operaciones auxiliares y de almacén en industrias y laboratorios químicos 300 1 RD 719/2011qUIE qUIE0408 Operaciones de movimientos y entrega de productos en la industria química 460 2 RD 1534/2011qUIL qUIL0108 Análisis químico 690 3 RD 1374/2008qUIM qUIM0109 Elaboración de productos farmacéuticos y afines 600 2 RD 719/2011qUIM qUIM0110 Organización y control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines 660 3 RD 1534/2011qUIM qUIM0210 Organización y control del acondicionado de productos farmacéuticos y afines 660 3 RD 1534/2011qUIM qUIM0309 Operaciones de acondicionado de productos farmacéuticos y afines 480 2 RD 719/2011qUIO qUIO0109 Preparación de pastas papeleras 540 2 RD 719/2011qUIO qUIO0110 Recuperación de lejías negras y energía 570 2 RD 1534/2011qUIT qUIT0109 Operaciones de transformación de polímeros termoestables y sus compuestos 510 2 RD 719/2011qUIT qUIT0110 Organización y control de la transformación de polímeros termoestables y sus compuestos 660 3 RD 1534/2011qUIT qUIT0209 Operaciones de transformación de polímeros termoplásticos 530 2 RD 719/2011qUIT qUIT0309 Operaciones de transformación de caucho 570 2 RD 719/2011qUIT qUIT0409 Organización y control de la transformación de caucho 660 3 RD 719/2011qUIT qUIT0509 Organización y control de la transformación de polímeros termoplásticos 660 3 RD 719/2011SANP SANP0108 Tanatopraxia 520 3 RD 1533/2011SANT SANT0108 Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes 460 2 RD 720/2011SANT SANT0208 Transporte sanitario 560 2 RD 720/2011

SEAG SEAG0108 Gestión de residuos urbanos e industriales 390 2 RD 1377/2009SEAG SEAG0109 Interpretación y educación ambiental 500 3 RD 720/2011SEAG SEAG0110 Servicios para el control de plagas 370 2 RD 1533/2011SEAG SEAG0111 Control de la contaminación atmosférica 570 3 RD 1785/2011SEAG SEAG0209 Limpieza en espacios abiertos e instalaciones industriales 210 1 RD 720/2011SEAG SEAG0210 Operaciones de estaciones de tratamiento de aguas 540 2 RD 1533/2011SEAG SEAG0211 Gestión ambiental 500 3 RD 1785/2011SEAG SEAG0309 Control y protección del medio natural 590 3 RD 720/2011SSCB SSCB0109 Dinamización comunitaria 610 3 RD 721/2011

SSCB SSCB0110 Dinamización, programación y desarrollo de acciones culturales 480 3 RD 1697/2011

SSCB SSCB0111 Prestación de servicios bibliotecarios 540 3 RD 1697/2011

SSCB SSCB0209 Dinamización de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil 310 2 RD 1537/2011

SSCB SSCB0211 Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil 410 3 RD 1697/2011

SSCE SSCE0109 Información juvenil 480 3 RD 1537/2011SSCE SSCE0110 Docencia de la formación profesional para el empleo 380 3 RD 1697/2011

SSCG SSCG0109 Inserción laboral de personas con discapacidad 470 3 RD 721/2011SSCG SSCG0111 Gestión de llamadas de teleasistencia 310 2 RD 1697/2011SSCG SSCG0209 Mediación comunitaria 420 3 RD 721/2011

Disposiciones

Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46414Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

SSCI SSCI0109 Empleo doméstico 200 1 RD 721/2011SSCM SSCM0108 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales 230 1 RD 1378/2009

SSCS SSCS0108 Atención sociosanitaria a personas en el domicilio 600 2 RD 1379/2008

SSCS SSCS0208 Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales 450 2 RD 1379/2008

TCPC TCPC0109 Reparación de calzado y marroquinería 360 1 RD 722/2011

TCPC TCPC10 Patronista de calzado 730 3 RD 2574/1996

TCPC TCPC20 Cortador de cuero, ante y napa 330 2 RD 2575/1996

TCPC TCPC30 Preparador-cosedor de cuero, ante y napa 630 2 RD 2576/1996

TCPF TCPF0109 Arreglos y adaptaciones de prendas y artículos en textil y piel 390 1 RD 722/2011TCPF TCPF0110 Operaciones auxiliares de guarnicionería 360 1 RD 1538/2011TCPF TCPF0111 Operaciones auxiliares de curtidos 330 1 RD 1538/2011TCPF TCPF0209 Operaciones auxiliares de tapizado de mobiliario y mural 320 1 RD 722/2011TCPF TCPF0309 Cortinaje y complementos de decoración 360 1 RD 722/2011

TCPF TCPF10 Patronista escalador 720 3 RD 2573/1996

TCPF TCPF30 Maquinista de confección industrial 350 2 RD 2572/1996

TCPN TCPN0109 Operaciones auxiliares de ennoblecimiento textil 300 1 RD 722/2011TCPP TCPP0110 Operaciones auxiliares de procesos textiles 300 1 RD 1538/2011TMVC TMVC20 Conductor de vehículos ligeros a motor 495 2 RD 2000/1996

TMVG TMVG0109 Operaciones auxiliares de mantenimiento en electromecánica de vehículos 310 1 RD 723/2011TMVG TMVG0110 Planificación y control del área de electromecánica 660 3 RD 1539/2011TMVG TMVG0209 Mantenimiento de los sistemas eléctricos y electrónicos de vehículos 520 2 RD 723/2011TMVG TMVG0210 Mantenimiento de sistemas de rodaje y transmisión de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil, sus equipos y herramientas 680 2 RD 1539/2011TMVG TMVG0309 Mantenimiento de sistemas de transmisión de fuerza y trenes de rodaje de vehículos automóviles 480 2 RD 723/2011TMVG TMVG0310 Mantenimiento del motor y de los sistemas eléctricos, de seguridad y confortabilidad de maquinaria agrícola, de industrias extractivas y de edificación y obra civil. 510 2 RD 1539/2011TMVG TMVG0409 Mantenimiento del motor y sus sistemas auxiliares 520 2 RD 723/2011TMVI TMVI0108 Conducción de autobuses 370 2 RD 1539/2011TMVI TMVI0208 Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera 390 2 RD 1539/2011TMVL TMVL0109 Operaciones auxiliares de mantenimiento de carrocerías de vehículos 310 1 RD 723/2011TMVL TMVL0209 Mantenimiento de elementos no estructurales de carrocerías de vehículos 630 2 RD 723/2011

TMVL TMVL0309 Mantenimiento de estructuras de carrocerías de vehículos 560 2 RD 723/2011

TMVL TMVL0409 Embellecimiento y decoración de superficies de vehículos 540 2 RD 723/2011

TMVL TMVL0509 Pintura de vehículos 500 2 RD 723/2011

TMVL TMVL0609 Planificación y control del área de carrocería 660 3 RD 723/2011

TMVN TMVN10 Mecánico de motores náuticos y componentes mecánicos navales 955 2 RD 543/1997

TMVO TMVO0109 Operaciones auxiliares de mantenimiento aeronáutico 410 1 RD 723/2011TMVU TMVU0110 Operaciones auxiliares de mantenimiento de sistemas y equipos de embarcaciones deportivas y recreo 390 1 RD 1539/2011

TMVU TMVU0210 Operaciones auxiliares de mantenimiento de elementos estructurales y de recubrimiento de superficies de embarcaciones deportivas y de recreo 280 1 RD 1539/2011

VICF VICF0109 Operaciones básicas con equipos automáticos en planta cerámica 360 1 RD 714/2011VICF VICF0110 Operaciones de fabricación de fritas, esmaltes y pigmentos cerámicos 300 2 RD 1540/2011VICF VICF0111 Organización de la fabricación de fritas, esmaltes y pigmentos cerámicos 370 3 RD 1775/2011VICF VICF0209 Operaciones de reproducción manual o semiautomática de productos cerámicos 420 1 RD 714/2011VICF VICF0210 Operaciones de fabricación de productos cerámicos conformados 480 2 RD 1540/2011VICF VICF0211 Organización de la fabricación de productos cerámicos 480 3 RD 1775/2011VICF VICF0311 Desarrollo de composiciones cerámicas 510 3 RD 1775/2011VICF VICF0411 Control de materiales, procesos y productos en laboratorio cerámico 520 2 RD 1775/2011VICI VICI0109 Fabricación y transformación manual y semiautomática de productos de vidrio 360 1 RD 714/2011VICI VICI0110 Decoración y moldeado de vidrio 480 1 RD 1540/2011

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Área Código espec. Descripción especialidad Horas Nivel RD_CP

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ESPECIALIDADES DE USO GENERALFP Área Código espec. Descripción especialidad Horas NivelADG ADGA ADGA12DCP Auxiliar de empleado de oficina 410 2ADG ADGA ADGA13DCP Administrativo con informática empleado de oficina 450 2ADG ADGF ADGF01 Inglés financiero 150 3ADG ADGI ADGI01 Inglés: atención al público 200 2ADG ADGI ADGI02 Francés: atención al público 200 2ADG ADGI ADGI03 Alemán: atención al público 200 2ADG ADGI ADGI04 Portugués, atención al público 200 2ADG ADGI ADGI11DCP Telefonista recepcionista de oficina 500 2ADG ADGX ADGX01 Inglés: gestión comercial 200 3ADG ADGX ADGX02 Francés: gestión comercial 200 3ADG ADGX ADGX03 Alemán: gestión comercial 200 3ADG ADGZ ADGZ81 Básico de sociedades laborales 30 2ADG ADGZ ADGZ82 Gestión básica de sociedades laborales 40 2ADG ADGZ ADGZ86 Técnico en control de calidad (normas ISO) 425 3AGA AGAH AGAH14 Productor de hortalizas ecológicas 190 2AGA AGAH AGAH15 Cultivador sin suelo 180 2AGA AGAH AGAH18 Instalador y mantenedor de estructuras y cubiertas para la protección y forzado de los cultivos 210 2AGA AGAO AGAO31DCP Auxiliar de jardinería y centros de jardinería 466 2AGA AGAO AGAO53DCP Operario de viveros y jardines 500 2ARG ARGD ARGD02 Diseño y modificación de planos en 2D y 3D 180 3ARG ARGD ARGD03 Diseño mecánico de modelado paramétrico de piezas 200 3ARG ARGD ARGD04 Diseño de planos y esquemas eléctricos de automatización 270 3ARG ARGD ARGD30 Técnico auxiliar en diseño industrial 630 2ARG ARGD ARGD40 Técnico auxiliar en diseño de interiores 630 2ARG ARGD ARGD50 Técnico auxiliar en diseño de moda 630 2ARG ARGI ARGI51DCP Impresor de serigrafía 733 2ARG ARGP ARGP40 Integrador de fotorreproducción 420 2COM COMA COMA12DCP Auxiliar de almacén de grandes superficies 421 2COM COMA COMA13DCP Mozo de almacén y reponedor 463 2

ELE ELEN ELEN10 Instalador de equipos y sistemas electrónicos 690 2ELE ELER ELER11 Mantenimiento de instalaciones automatizadas controladas por autómatas programables 300 2

ELE ELER ELER12 Mantenimiento y reparación de máquinas y equipos eléctricos 450 2

ELE ELER ELER07DCP Auxiliar de montaje y mantenimiento eléctrico 700 2ELE ELET ELET11 Mantenimiento de sistemas de instrumentación y control 500 2

ELE ELET ELET14 Mantenimiento de sistemas industriales de producción automatizados 770 2

EOC EOCI EOCI30 Instalador de gas 725 2EOC EOCI EOCI50 Instalador de impermeabilización 400 2EOC EOCI EOCI52 Impermeabilizador con materiales bituminosos 200 2EOC EOCI EOCI61 Instalador de calefacción y agua caliente sanitaria 530 2FME FMEC FMEC10 Calderero tubero 710 2

FME FMEC FMEC20 Técnico en calderería 480 3

FME FMEC FMEC30 Supervisor de soldadura 560 3

FME FMEL FMEL13 Calorifugador 520 2

FME FMEL FMEL6706 Soldador de uniones achaflanadas para homologaciones “g” con elctrodos y TIG 250 2FME FMEL FMEL7106 Soldador de tuberías de alta presión de acero al carbono con TIG y electrodos para homologaciones en 2g, 5g y 6g 390 2

FME FMEM FMEM42DCP Operador de máquinas herramientas y manipulados de subconjuntos 600 2

HOT HOTA HOTA41DCP Auxiliar de lavandería 120 2HOT HOTF HOTF10 Azafata/auxiliar de congresos 330 2HOT HOTR HOTR26DCP Auxiliar de cocina 696 2

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HOT HOTR HOTR27DCP Auxiliar de hostelería y limpieza 700 2IFC IFCI IFCI14 Analista programador 400 3IFC IFCI IFCI15 Analista funcional 400 3IFC IFCI IFCI3004 Programador de aplicaciones orientadas a objetos 250 3IFC IFCI IFCI4004 Programador de base de datos relacionales 200 3IFC IFCX IFCX02 Iniciación a la red de internet 60 2IFC IFCX IFCX01DCP Polivalente gestión informática 200 2IFC IFCX IFCX03DCP Diseño de pagina web 375 2IFC IFCX IFCX58DCP Dependiente operario de copistería industrial 750 2IFC IFCX IFCX59DCP Composición y edición informáticas 600 2IFC IFCX IFCX61DCP Mensajero conserje externo 750 2IMA IMAF IMAF12 Frigorista de instalaciones de refrigeración industriales 500 2IMA IMAM IMAM13 Instalador de ascensores y montacargas 400 2IMA IMAM IMAM20 Instalador de automatismos 950 2IMA IMAN IMAN14 Mecánico de mantenimiento hidráulico 250 2IMA IMAN IMAN15 Mecánico de mantenimiento neumático 250 2IMA IMAN IMAN24 Mantenedor de sistemas electrohidráulicos 250 2IMA IMAN IMAN25 Mantenedor de sistemas electroneumáticos 250 2IMA IMAR IMAR01 Manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados. Curso básico. 80 2

IMA IMAR IMAR02 Manipulación de equipos con sistemas frigoríficos de cualquier carga de refrigerantes fluorados. Curso complementario. 24 2

IMA IMAR IMAR03 Manipulación de equipos con sistemas frigoríficos que utilizan refrigerantes fluorados 104 2IMP IMPP IMPP60 Caracterizador 480 2INA INAN INAN20 Almacenero de industrias alimentarias 340 2INA INAN INAN30 Auxiliar de laboratorio de industrias alimentarias 300 2INA INAN INAN40 Envasador de productos alimentarios 220 2INA INAN INAN5006 Técnico de calidad de la industria alimentaria 490 3INA INAN INAN6006 Encargado de la industria alimentaria 460 3INA INAN INAN70 Operario de procesos de la industria alimentaria 400 2INA INAN INAN80 Técnicas de análisis de alimentos 470 3INA INAN INAN81 Técnicas de análisis instrumentales de alimentos 160 3INA INAN INAN82 Técnicas de análisis microbiológicos de alimentos 160 3MAM MAMS MAMS14DCP Peón especialista en packaging de la madera 600 2SAN SANB SANB10 Higienista dental 425 3

SAN SANB SANB20 Protésico dental 675 3

SAN SANB SANB30 Auxiliar de protésico dental 400 2SAN SANB SANB40 Auxiliar de estomatología y odontología 350 2SAN SANC SANC01 Atención especializada para enfermos de Alzheimer 250 2

SAN SANC SANC10 Celador sanitario 250 2

SAN SANC SANC20 Auxiliar de enfermería en hospitalización 675 2SAN SANC SANC3007 Auxiliar de enfermería en geriatría 300 2SAN SANC SANC4007 Auxiliar de enfermería en salud mental y toxicomanías 300 2SAN SANC SANC5006 Auxiliar de enfermería en rehabilitación 350 2SAN SANC SANC70 Técnico en psicomotricidad 400 4

SAN SAND SAND10 Técnico dietética y nutrición 700 3

SEA SEAL SEAL20 Ayudante técnico protección civil 500 2

SEA SEAL SEAL30 Vigilante nocturno-sereno 250 2

SEA SEAS SEAS10 Vigilante de seguridad privada 240 2

SEA SEAU SEAU04DCP Operario de limpieza viaria 166 2

SSC SSCL SSCL12DCP Auxiliar servicios de limpieza 200 2SSC SSCS SSCS21 Monitor de actividades de tiempo libre infantil y juvenil 275 2

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SSC SSCS SSCS40 Comunicación en lengua de signos española 500 3SSC SSCZ SSCZ80 Curso básico en la lucha contra el fuego 230 2TCP TCPF TCPF40 Planchador 360 2

TCP TCPF TCPF50 Bordador-acolchador 460 2

TCP TCPF TCPF60 Revisador de productos textiles de confección 440 2TCP TCPF TCPF70 Coordinador técnico de producción de confección 800 2

TCP TCPF TCPF80 Controlador de calidad de confección 720 3

TCP TCPF TCPF31DCP Maquinista de confección industrial 530 2

TCP TCPG TCPG10 Tejedor de géneros de punto en máquinas de recogida 560 2TCP TCPG TCPG20 Tejedor de género de punto en máquinas de urdimbre 560 2TCP TCPH TCPH10 Procesador de fibras textiles 340 2TCP TCPH TCPH30 Hilador y acabador de hilado 320 2

TMV TMVA TMVA10 Tripulante de cabina de pasajeros 510 2

TMV TMVA TMVA20 Operador de centros de facilitación aeroportuaria 660 3

TMV TMVC TMVC01 Inglés: básico transporte 250 2TMV TMVC TMVC02 Francés: básico transporte 250 2

TMV TMVC TMVC03 Inglés: gestión transporte 250 3TMV TMVC TMVC04 Francés: gestión transporte 250 3

TMV TMVC TMVC05 Conductor de vehículos articulados 60 2

TMV TMVC TMVC06 Transporte de mercancías peligrosas por carretera 110 2

TMV TMVC TMVC21 Conductor de vehículos clase B 400 2

TMV TMVC TMVC31 Conductor de vehículos clases C1-C 370 2

TMV TMVC TMVC32 Conductor de camiones de remolque clase E 360 2

TMV TMVC TMVC41 Conductor de vehículos clase D 370 2

TMV TMVC TMVC43 Transporte de viajeros por carretera (CAP) 280 2TMV TMVC TMVC44 Transporte de mercancías por carretera (CAP) 320 2TMV TMVC TMVC50 Operario de almacén 200 2

TMV TMVE TMVE20 Mecánico de vehículos pesados 800 2

TMV TMVE TMVE22 Manipulación de sistemas frigoríficos que empleen refrigerantes fluorados destinados a confort térmico de personas instalados en vehículos 40 2

TMV TMVV TMVV10 Mecánico de motores de aviación 925 2

En la especialidad formativa TMVC21-Conductor/a de vehículos clase B, se limita la oferta en relación con el ámbito de la Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM). En concreto, no se convoca en las siguientes comarcas:

Alt PenedèsBaix LlobregatBarcelonèsMaresmeVallès OrientalVallès occidentalGarrafOtras especialidades con regulación específicaEn el caso de solicitar las especialidades “SSCS21 Monitor de actividades de

tiempo libre infantil y juvenil”, “SSCB0209 Dinamización, programación y desa-rrollo de acciones culturales”, o “SSCB0211 Dirección y coordinación de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil”, el centro de formación deberá contar con la autorización de la Secretaría de Juventud del Departamento de Bienestar Social y Familia, en aplicación del Decreto 213/1987 y otras disposiciones de este organismo competente.

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ANExO 3

Acreditación de los gastos y veriicación por parte del Servicio de Empleo de Cataluña

GASTOS SUBVENCIONABLESSon subvencionables aquellos gastos que se imputen al desarrollo de las acciones

para responder de manera inequívoca a su naturaleza, que se hayan realizado durante el periodo de ejecución de la actuación y hayan sido efectivamente pagadas por el beneficiario antes de la presentación de la justificación económica.

Todos y cada uno de los gastos deben tener el soporte de facturas pagadas o documentos contables de valor probatorio equivalente. Los justificantes origina-les se tienen que marcar con un sello, indicando la subvención que se justifica, la cofinanciación del FSE y el importe o porcentaje que se imputa.

En el caso de la cuenta justificativa simplificada, es el propio beneficiario el responsable de estampillar de acuerdo con las indicaciones del párrafo anterior, mientras que será el auditor a quien estampille cuando la modalidad de justifica-ción sea con presentación de informe auditor. En ambos casos es responsabilidad del Servicio de Empleo de Cataluña verificar la adecuación de los datos tanto con respecto al aspecto formal, nombre del programa y referencia a la cofinanciación de Fondo Social Europeo, como su correspondencia con los datos presentados a la justificación económica.

A los efectos de esta Orden se consideran gastos subvencionables los siguientes:A. Gastos directos de la actividad formativa:a) Retribuciones de formadores:Las retribuciones de los formadores/as, internos o externos, donde se pueden incluir salarios, seguros sociales, dietas y gastos de locomoción y, en general, to-dos los costes imputables a los formadores/as en el ejercicio de las actividades de preparación, impartición, tutoría y evaluación a los participantes de las acciones formativas. Como mínimo el 40% del gasto total justificado se tiene que destinar al gasto de docencia.

Los gastos de preparación y seguimiento de la formación no pueden superar el 20% del total de los gastos de esta partida.b) Amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas:Equipos o material didáctico con una vida útil más allá de un ejercicio presu-puestario. Sólo incluye equipos didácticos y plataformas tecnológicas utilizadas por los/las alumnos/as de las acciones formativas.c) Gastos de medios didácticos, adquisición de materiales didácticos, gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones formativas, inclu-yendo el material de protección y seguridad.d) Alquiler, arrendamiento financiero, alquiler de locales o leasing de equipos; se excluyen los gastos financieros. Referido únicamente en los espacios destinados a las acciones formativas, ya sea de docencia como talleres prácticos, y aquéllos destinados a cubrir las necesidades de los/las alumnos/as.e) Seguro de accidentes obligatorio para todos los alumnos.f) Los gastos de publicidad para la organización y difusión de las acciones formativas.g) Gastos de transporte, manutención y alojamiento para los trabajadores ocu-pados que participen en las acciones formativas, con los límites fijados en la Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre.B. Gastos indirectos de la actividad formativa:

Los gastos indirectos se justificarán mediante un tanto alzado, que no podrá superar el 10% de los gastos directos detallados en el apartado A.

Este porcentaje podrá llegar al 15% cuando, para la ejecución de las actuaciones subvencionadas no se haya incurrido a la subcontratación prevista en la base 13.1 de esta Orden.

C. Otros gastos subvencionables:C.1 En el caso de acogerse a la modalidad de justificación económica mediante

informe de auditor, este gasto es subvencionable.

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La elaboración del informe de auditor tiene que suponer un mínimo de 15 horas de trabajo, para garantizar la calidad. El importe del gasto, una vez cubiertas las 15 horas, no puede superar el 1% de la subvención.

Este informe tiene que hacer referencia a la codificación de la relación de gastos presentada telemáticamente mediante la aplicación JERjes.C.2 Los gastos generados por las actividades de evaluación y control de las actividades establecidas según las bases 21.2 de la presente convocatoria hasta un máximo del 3% del total de los gastos directos correctamente verificados. Es

necesario identificar cada uno de los gastos imputados por este concepto.1. Gastos no subvencionablesNo son gastos subvencionables los siguientes:Intereses deudores de cuentas bancarias.Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.Gastos de procedimientos legales y judiciales.Impuesto sobre el valor añadido recuperable.Adquisición de mobiliario, equipos, vehículos, infraestructuras, bienes inmuebles

y terrenos, tanto si son adquisiciones nuevas como de segunda mano. Sólo se pueden subvencionar las amortizaciones de estos bienes cuando cumplan los requisitos establecidos para las amortizaciones.Gastos de transacciones financieras.

Comisiones y pérdidas de cambio y de otro gastos puramente financieros, como comisiones por mantenimiento de cuentas o transferencias.

Los gastos justificados con facturas de fecha anterior o posterior en más de un mes al inicio o finalización de la actuación otorgada, salvo la factura de auditor/a cuando la justificación se presente según la modalidad de cuenta justificativa con informe de auditor En este caso, la fecha tiene que ser anterior a la presentación de la justificación económica.Gastos de Seguridad Social generados por baja laboral de las personas traba-jadoras, tanto si es por enfermedad o accidente común, como por enfermedad o accidente profesional o por maternidad o paternidad. En cualquier caso, son sub-vencionables los gastos de la persona que la sustituya, pero no los de la persona trabajadora de baja.

Las vacaciones no efectuadas, los pagos en especie, indemnizaciones por muerte y las correspondientes a traslados, suspensiones, despidos, ceses o finalizaciones de contrato, ni tampoco los conceptos salariales de productividad, pluses, excepto que así lo determine el convenio colectivo de aplicación, dado que no son gastos directamente vinculados en las acciones formativas subvencionadas.

2. Documentación que debe contener la justificación económica.La cuenta justificativa debe incluir la documentación siguiente:1) Una relación clasificada de todos los gastos subvencionables al desarrollo de

la acción, de acuerdo con la estructura de costes establecida para cada programa, con identificación del acreedor y el documento, el importe, la fecha de emisión, la fecha de pago y la forma de pago. En el caso de las nóminas, se tiene que indicar también el precio o coste/hora, calculado tal como se indica en el apartado 4.b) de este anexo. Esta relación se tiene que presentar telemáticamente mediante la aplicación informática del Servicio de Empleo de Cataluña (JERjes). Una vez va-lidada telemáticamente la relación de gastos, se tiene que imprimir el documento codificado en formato PDF y presentarlo por registro de entrada junto con el resto de documentación que tiene que contener la justificación.2) Indicación de los criterios de reparto de los gastos generales y/o indirectos incorporados a la relación de gastos, según modelo normalizado.3) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y la procedencia.4) Original o copia compulsada del recibo de pago del seguro de accidentes de los participantes.5) Una declaración del beneficiario conforme los pagos corresponden en ac-ciones correctamente realizadas y justificadas mediante facturas pagadas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente.

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6) Una declaración del beneficiario conforme no tienen ninguna vinculación con aquellas empresas que han subcontratado para la externalización de la docencia, entendiendo vinculación en los términos establecidos en el reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, según modelo normalizado, salvo disponer de autorización expresa del Servicio de Empleo de Cataluña.7) En el supuesto de la cuenta justificativa con informe de auditor, se tiene que incluir también un informe de revisión de la cuenta justificativa que tiene que realizar un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro oficial de auditores de cuentas dependientes del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que tiene que garantizar, mediante un examen independiente, que los gastos son ele-gibles según lo que se establece en esta Orden, que están pagadas, contabilizadas y debidamente identificadas como gastos financiadas por fondos comunitarios Este informe tiene que hacer referencia a la codificación de la relación de gastos presentada telemáticamente.8) En el supuesto de justificar gastos de personal propio, se tiene que adjuntar una temporalización mensual de las horas invertidas en cada tarea, según modelo normalizado. En esta temporalización se tiene que hacer constar la descripción de cada una de las tareas desarrolladas y tiene que estar firmada tanto por la entidad beneficiaria como por la persona responsable de su ejecución. Se admite que esta temporalización mensual sea el resumen de la temporalización diaria o semanal, la cual quedará a disposición de los órganos de control correspondientes.9) Declaración responsable de los importes liquidados con Hacienda con respecto a la retención del IRPF de los trabajadores propios imputados como gasto, con in-dicación del preceptor, los importes liquidados, las fechas y la forma de pago, con el objetivo de facilitar el seguimiento de la trazabilidad de la subvención.10) Declaración relativa a la elección entre las ofertas presentadas, cuando con-curra el supuesto establecido en el apartado c) del punto 4 de este anexo.

3. Criterios de imputación de los gastosTodos los gastos se tienen que presentar debidamente desglosados por acción for-mativa y, cuando ocurra, por el número de participantes y/o horas de utilización.1. Gastos de formadores/as.Los gastos de los formadores/as se tienen que presentar debidamente desglosadas

por horas dedicadas a la actividad realizada y se tienen que imputar por el periodo de duración de la acción formativa.2. Gastos de personal.En relación con los gastos de personal (docentes, directivos, administrativos y de soporte), cuando éste esté soportado por personal propio, la forma en que se imputa el gasto subvencionable se tiene que calcular teniendo en cuenta las horas realizadas por el coste hora de cada trabajador.

El coste hora se tiene que calcular en función de los costes salariales subven-cionables, el coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa (SS) y las horas anuales según convenio.Coste/hora = Coste laboral / Horas anuales ConvenioCoste salarial (subvencionable): se consideran conceptos subvencionables el salario base y las pagas extraordinarias (en la parte proporcional que corresponda) que se recogen en términos brutos. No se consideran subvencionables los conceptos salariales incluidos en el apartado 2 de este anexo.En general quedan excluidos los siguientes conceptos: las horas extraordinarias, los pagos por beneficios, los pagos en especie, las vacaciones no efectuadas, las bajas laborales, las indemnizaciones por muerte y los traslados correspondientes, las suspensiones, los despidos, los ceses o las finalizaciones de contrato.3. Gastos de material y medios didácticos.

Estos gastos se imputarán por acción formativa y, en caso de uso individual, se imputarán por número de participantes.4. Obligatoriedad de presentar un mínimo de tres ofertas.Cuando el importe de la contratación de un gasto subvencionado supere la can-tidad de 18.000 € en el supuesto de prestación del servicio o entrega del bien, el

beneficiario tiene que solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación, a menos de que por las características espe-

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ciales no haya en el mercado un número suficiente de entidades que lo suministren o presten, o a menos que el gasto se haya realizado anteriormente en la solicitud de la subvención.

La elección entre las ofertas presentadas, que se tiene que aportar en la justificación económica, se debe realizar conforme a los criterios de eficiencia económica, y se tiene que justificar expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.5. Gastos indirectos.

Los gastos indirectos se justificarán mediante un tanto alzado del 10% de los gastos directos que genere la actividad formativa.Será necesario indicar expresamente la voluntad de solicitar este concepto de ayuda e indicar el porcentaje que se solicita.

6. Pagos en efectivo.Se acepta la imputación de pagos en efectivo por un importe máximo de 3.000 euros respecto al total de subvención correctamente justificado.La entidad beneficiaria tiene que indicar el número de asentamiento contable del pago en efectivo imputado a la subvención, en el campo Justificante del pago de la Relación de gastos elegibles.

7. Amortización.El carácter subvencionable del gasto de amortización está sujeto a:que la adquisición de los bienes amortizados no haya sido objeto de algún tipo

de subvención parcial o completa;que el coste se refiera exclusivamente al periodo subvencionable.El elemento en sí mismo tiene que ser un gasto elegible y amortizable de acuerdo con las de la Hacienda Pública (Real decreto 1777/2004, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto de sociedades).La imputación se hará por acción formativa y tiene que ser proporcional tanto al

periodo de ejecución de las acciones formativas, como el uso espacial que se haga del bien en la realización de la actividad subvencionada.

En el supuesto de uso individual de los equipos o plataformas, se imputarán por el número de alumnos participantes.El beneficiario tiene que disponer de los siguientes documentos justificativos:Factura de compra de los elementos amortizables.Justificante acreditativo del pago de las mismas.Cuadro financiero de la amortización.Detalle de los cálculos efectuados para la determinación del gasto imputable, con

indicación del porcentaje imputado de cada una de las facturas.Asentamientos contables de las amortizaciones imputadas al programa subven-

cionado.Toda esta documentación estará a disposición de la administración para acciones

de verificación y control.8. Alquileres.Los gastos de alquiler de locales se tienen que justificar mediante las correspon-

dientes facturas de proveedores. Su imputación se hará de acuerdo con el periodo de utilización y el espacio utilizado.

La imputación se hará por acción formativa y tiene que ser proporcional tanto al periodo de ejecución de las acciones formativas, como el uso espacial que se haga del bien en la realización de la actividad subvencionada.

En el supuesto de uso individual de los equipos o plataformas, se imputará por el número de alumnos participantes.El beneficiario tiene que disponer de los siguientes documentos justificativos:Contrato de alquiler para la verificación de las condiciones firmadas.Extracto bancario o los recibos acreditativos del pago.En relación con el IVA: modelo trimestral 303 y modelo anual 390.En relación con el IRPF: modelo trimestral 115 y modelo anual 180.Si hay exención con respecto al IVA, hay que disponer del documento de Hacienda que así lo acredite. Igualmente si se da el caso de no tener obligación de hacer las retenciones del IRPF.Detalle de los cálculos efectuados para la determinación del gasto imputable.

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Toda esta documentación estará a disposición de la administración para acciones de verificación y control.9. IVA.Es subvencionable el importe del IVA efectivamente soportado y no recupera-ble.

Las entidades beneficiarias tienen que declarar la situación en que se en-cuentran respecto a este impuesto. En caso de que estén sujetos a régimen de prorrata general o especial, sólo se podrán imputar el porcentaje que legalmente les corresponde.

ANExO 4

Tabla de horas y precios por áreas profesionales

Incluye todas las áreas que tienen alguna especialidad de uso general (incluyendo certificados de profesionalidad)Modulo económico (en euros/hora/alumno) de la formación presencial, especi-ficado para cada área profesional (FOAP 2012)

PRES = formación presencial de especialidades de uso general.PRES DCP = formación presencial de especialidades específicas para trabajadores discapacitados. PRE DCPFamilia profesional: ADG-Administración y gestión ADGA Administración/Gestión 6,7ADGC Consultoría empresarial 4,82 ADGD Administración y auditoría 4,86 ADGF Finanzas 4,83 ADGG Gestión de la información y comunicación 4,86 ADGI Información/Comunicación 4,26 5,74ADGN Finanzas y seguros 4,86 ADGS Seguros 4,71 ADGX Especialidades sin área definida (administración y oficinas) 4,76 ADGZ Área para centros especializados (Téc. en control de calidad, gerente cooperativas...) 5,68 Familia profesional: AFD-Actividades físicas y deportivas AFDA Actividades físico deportivas recreativas 4,26 AFDP Prevención y recuperación 4,26

Familia profesional: AGA-Agraria AGAC Cultivos extensivos 5,32 AGAF Fruticultura 4,98 AGAG Ganaderías menores 4,49 AGAH Horticultura 4,7 AGAJ Jardinería 5,02 AGAN Ganadería 5,02 AGAO Ornamentales y jardinería 5,1 6,88AGAP Explotación de ganado porcino 5,27 AGAR Forestal 5,02 AGAU Agricultura 5,02 AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 5,73

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PRE DCP

Familia profesional: ARG-Artes gráficas ARGA Actividades artísticas gráficas 5,56 ARGC Encuadernación industrial 5,56 ARGD Diseño 6,15 ARGE Editorial 5,8 ARGG Diseño gráfico 5,56 ARGI Impresión 5,78 7,8ARGN Edición 5,64 ARGP Preimpresión 5,73 ARGT Transformación y conversión en industrias gráficas 5,56 Familia profesional: ART-Artes y artesanías ARTF Fibras vegetales 3,98 ARTN Vidrio y cerámica artesanal 4,9 ARTO Orfebrería 5,85 ARTT Textil 4,5 ARTU Artes escénicas 4,9

Familia profesional: COM-Comercio y marketing COMA Almacenaje 6,63COMD Dirección/Gestión 4,71 COMF Facturación /Cobro 4,24 COML Logística 4,64 COMM Marketing y Relaciones públicas 4,64 COMP Publicidad/Imagen 4,47 COMT Compraventa 4,64 COMV Venta 4,7

Familia profesional: ELE-Electricidad y electrónica ELEE Instalaciones eléctricas 5,68 ELEM Máquinas electromecánicas 5,67 ELEN Electrónica (instalación) 5,34 ELEQ Equipos electrónicos 5,68 ELER Electricidad (mantenimiento) 5,62 7,59ELES Instalaciones de telecomunicación 5,68 ELET Electrónica (mantenimiento) 6,17 Familia profesional: ENA-Energía y agua ENAA Agua 5,62 ENAC Eficiencia energética 5,62 ENAE Energías renovables 6,14 ENAL Energía eléctrica 5,62 ENAS Gas 5,53 ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 5,62

Familia profesional: EOC-Edificación y obra civil EOCA Acabados 5,44 EOCB Albañilería y acabados 5,46 EOCE Estructuras 5,41

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PRE DCPEOCH Hormigón 5,46 EOCI Instalaciones y aislamientos 5,2 EOCL Albañilería 5,32 EOCM Maquinaria 6,26 EOCO Proyectos y seguimiento de obras 5,46

Familia profesional: FME-Fabricación mecánica FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 5,95 FMEE Fabricación electromecánica 5,95 FMEF Fundición 5,95 FMEH Operaciones mecánicas 5,89 FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 6,26 FMEM Mecánica 5,91 7,98FMES Construcciones metálicas y soldadura 6,06

Familia profesional: HOT-Hostelería y turismo HOTA Alojamiento 4,24 5,72HOTF Ferias y congresos 4,71 HOTG Agencias de viaje 4,82 HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 4,93 HOTJ Juegos de azar 4,96 HOTR Restauración 5,9 7,96HOTU Agroturismo 4,96

Familia profesional: IEX-Industrias extractivas IEXD Piedra 6,34 IEXM Minería 6,19Familia profesional: IFC-Informática y comunicaciones IFCD Desarrollo 6,51 IFCI Informática 6,71 IFCM Comunicaciones 6,51 IFCT Sistemas y telemática 6,65 IFCX Especialidades sin área definida 6,18 8,34Familia profesional: IMA-Instalación y mantenimiento IMAF Frío y climatización (instalación) 6,8 IMAI Montaje y mantenimiento de instalaciones 6,14 IMAM Mecánica (instalación) 5,76 IMAN Mecánica (instalación) 5,47 IMAq Maquinaria y equipo industrial 6,16 IMAR Frío y climatización 6,51 Familia profesional: IMP-Imagen personal IMPE Estética 4,91 IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 4,91 IMPq Peluquería 4,91 Familia profesional: IMS-Imagen y sonido IMSD Dirección-realización 6,58 IMSI Imagen y sonido 5,7

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PRE DCPIMST Producciones fotográficas 6,1 IMSV Producción audiovisual 6,05 Familia profesional: INA-Industrias alimentarias INAD Alimentos diversos 5,51 INAE Lácteos 5,51 INAF Panadería pastelería, confitería y molinería 5,47 INAH Bebidas 5,51 INAI Cárnicas 5,47 INAJ Productos de la pesca 5,51 INAK Aceites y grasas 5,51 INAN Ocupaciones comunes a todas las áreas de industrias alimentarias 5,85 INAq Actividades auxiliares en la industria alimentaria 5,47 INAV Conservas 5,51 Familia profesional: MAM-Madera, mueble y corcho MAMA Transformación de madera y corcho 5,14 MAMB Instalación y amueblamiento 5,14 MAMD Producción carpintería y mueble 5,14 MAMM Fabricación industrial de carpintería y mueble 5,12 MAMR Carpintería y mueble 5,2 MAMS Fabricación semi-industrial de carpintería y mueble 5,61 7,57

Familia profesional: MAP-Marítimo-pesquera MAPL Pesca en aguas con límites 4,98 MAPM Cultivo de moluscos 5,17 MAPN Pesca y navegación 5,29 MAPP Piscicultura 5,47 MAPU Acuicultura 5,29

Familia profesional: QUI-Química qUIA Análisis y control 6,68 qUIB química básica 6,95 qUIE Proceso químico 6,68 qUIL Laboratorio químico 6,9 qUIM Farmaquímica 6,65 qUIO Pasta, papel y cartón 6,65 qUIT Transformación de polímeros 6,65 Familia profesional: SAN-Sanidad SANB Salud buco-dental 5,86 SANC Cuidados auxiliares 4,86 SAND Dietética 5,17 SANP Servicios y productos sanitarios 5,55 SANT Atención sanitaria 5,55

Familia profesional: SSC-Seguridad y medio ambienteSEAG Gestión ambiental 5,15 SEAL Protección civil 5,1 SEAS Control y seguridad 5,62

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PRE DCP

Familia profesional: SEA-Seguridad y medioambienteSEAU Limpieza, tratamiento y eliminación de residuos urbanos 5,76

Familia profesional: SSC-Servicios socioculturales y a la comunidadSSCB Actividades culturales y recreativas 4,86 SSCE Formación y educación 4,86 SSCG Atención social 4,86 SSCI Servicios al consumidor 4,86 SSCL Limpieza 5,07SSCM Asistencia social y servicios al consumidor 5,02 SSCS Asistencia social 4,95 SSCZ Área para centros especializados 5,85 Familia profesional: TCP-Textil, confección y piel TCPC Calzado 5,09 TCPF Confección 5,22 7,04TCPG Género de punto 4,97 TCPH Hiladura 4,62 TCPN Ennoblecimiento de materias textiles y pieles 5,05 TCPP Producción de hilos y tejidos 5,05

Familia profesional: TMV - Transporte y mantenimiento de vehículosTMVA Transporte aéreo 4,73 TMVC Transporte por carretera 5,35 TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 6,27 TMVG Electromecánica de vehículos 5,38 TMVI Conducción de vehículos por carretera 5,38 TMVL Carrocería de vehículos 5,38 TMVN Reparación de motores náuticos 5,22 TMVO Aeronáutica 5,38 TMVU Náutica 5,38 TMVV Reparación de motores de aviación 6,06

Familia profesional: VIC-Vidrio y cerámica VICF Fabricación cerámica 5,32 VICI Vidrio industrial 5,32

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ANExO 5

Mapa de unidades territoriales y comarcas

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TABLA DE UNIDADES TERRITORIALES

Unidades Comarca 1 Pallars Jussà Pallars Sobirà 2 Alt Urgell Cerdanya 3 Berguedà Solsonès 4 Garrotxa Pla de l’Estany 5 Noguera Segarra Urgell 6 Garrigues Pla d’Urgell Segrià 7 Alta Ribagorça Val d’Aran 8 Baix Ebre Ribera d’Ebre Terra Alta 9 Osona Ripollès 10 Baix Camp Priorat 11 Alt Camp Conca de Barberà

ANExO 6

Distribución de presupuesto inicial por unidad territorial/comarca

DT: Demarcación territorialComarca/UT: Comarca o Unidad territorial (Ver anexo 5)AM11: Paro medio en 2011 en la comarca o UT%AR: % Paro registrado en la comarca o UT en 2011PPT Comarca/UT: Total presupuesto en la comarca o UT

DT Comarca/UT AM11 % AR PPT Comarca/UT 1 1.138 0,19% 76.069,50 € 2 1.871 0,31% 125.103,47 € 3 3.880 0,65% 259.462,09 € 4 4.862 0,81% 325.067,30 € 5 6.588 1,10% 440.480,99 € 6 18.863 3,15% 1.261.276,07 € 7 599 0,10% 40.062,98 € 8 8.807 1,47% 588.875,59 € 9 14.258 2,38% 953.326,08 € 10 16.392 2,74% 1.096.026,05 € 11 5.029 0,84% 336.239,25 €

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DT Comarca/UT AM11 % AR PPT Comarca/UTBarcelona Alt Penedès 8.239 1,38% 550.896,56 €Barcelona Anoia 10.978 1,84% 734.038,40 €Barcelona Bages 15.377 2,57% 1.028.180,88 €Barcelona Baix Llobregat 65.518 10,95% 4.380.811,12 €Barcelona Barcelonès 167.988 28,08% 11.232.454,69 Barcelona Garraf 12.765 2,13% 853.530,82 €Barcelona Maresme 36.900 6,17% 2.467.288,64 €Barcelona Vallès Occidental 78.826 13,18% 5.270.666,07 €Barcelona Vallès Oriental 34.307 5,73% 2.293.886,72 €Girona Alt Empordà 10.268 1,72% 686.564,61 €Girona Baix Empordà 10.568 1,77% 706.651,82 €Girona Gironès 14.116 2,36% 943.875,90 €Girona Selva 13.193 2,21% 882.137,68 €Tarragona Baix Penedès 10.715 1,79% 716.447,47 €Tarragona Tarragonès 20.477 3,42% 1.369.212,08 €Terres de l’Ebre Montsià 5.704 0,95% 381.367,21 €Totals 598.225 40.000.000,00 €

ANExO 7

Tabla de áreas prioritarias por unidad territorial/comarca

DT Comarca Código Área PrioridadBarcelona Alt Penedès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Alt Penedès AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Alt Penedès AGAF Fruticultura 25Barcelona Alt Penedès AGAU Agricultura 25Barcelona Alt Penedès COML Logística 25Barcelona Alt Penedès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Alt Penedès COMT Compraventa 25Barcelona Alt Penedès COMV Venta 25Barcelona Alt Penedès ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Alt Penedès ENAE Energías renovables 25Barcelona Alt Penedès ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Alt Penedès HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Alt Penedès HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Alt Penedès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Alt Penedès HOTN Animación 25Barcelona Alt Penedès HOTR Restauración 25Barcelona Alt Penedès HOTU Agroturismo 25Barcelona Alt Penedès IMAN Mecánica (mantenimiento) 25Barcelona Alt Penedès IMAq Maquinaria y equipo industrial 25Barcelona Alt Penedès INAH Bebidas 25Barcelona Alt Penedès qUIO Pasta, papel y cartón 15Barcelona Alt Penedès SSCG Atención Social 25Barcelona Alt Penedès SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Alt Penedès SSCM Asistencia social y servicios al consumidor 15

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Barcelona Alt Penedès SSCS Asistencia social 25Barcelona Alt Penedès TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Anoia AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Anoia AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Anoia AGAR Forestal 25Barcelona Anoia AGAU Agricultura 25Barcelona Anoia COML Logística 25Barcelona Anoia COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Anoia COMT Compraventa 25Barcelona Anoia COMV Venta 25Barcelona Anoia ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Anoia ENAE Energías renovables 25Barcelona Anoia ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Anoia HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Anoia HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Anoia HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Anoia HOTN Animación 25Barcelona Anoia HOTR Restauración 25Barcelona Anoia HOTU Agroturismo 25Barcelona Anoia qUIO Pasta, papel y cartón 15Barcelona Anoia qUIT Transformación de polímeros 15Barcelona Anoia SEAG Gestión ambiental 25Barcelona Anoia SSCG Atención Social 25Barcelona Anoia SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Anoia SSCS Asistencia social 25Barcelona Anoia TCPC Calzado 25Barcelona Anoia TCPF Confección 25Barcelona Anoia TCPG Género de punto 25Barcelona Anoia TCPH Hiladura 25Barcelona Anoia TCPN Ennoblecimiento de materias textiles y pieles 25Barcelona Anoia TCPP Producción de hilos y tejidos 25Barcelona Anoia TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Anoia TMVG Electromecánica de vehículos 25Barcelona Anoia TMVL Carrocería de vehículos 15Barcelona Anoia TMVO Aeronáutica 25Barcelona Bages AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Bages AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Bages AGAG Ganaderías menores 25Barcelona Bages AGAO Ornamentales y jardinería 15Barcelona Bages AGAR Forestal 25Barcelona Bages AGAU Agricultura 25Barcelona Bages COML Logística 25Barcelona Bages COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Bages COMT Compraventa 25Barcelona Bages COMV Venta 25Barcelona Bages ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Bages ENAE Energías renovables 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

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Barcelona Bages ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Bages FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 15Barcelona Bages FMEE Fabricación electromecánica 15Barcelona Bages FMEH Operaciones Mecánicas 15Barcelona Bages FMEM Mecánica 25Barcelona Bages HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Bages HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Bages HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Bages HOTN Animación 25Barcelona Bages HOTR Restauración 25Barcelona Bages HOTU Agroturismo 25Barcelona Bages IEXD Piedra 15Barcelona Bages IEXM Minería 25Barcelona Bages INAE Lácteos 25Barcelona Bages SANC Cuidados auxiliares 15Barcelona Bages SEAG Gestión ambiental 25Barcelona Bages SSCB Actividades culturales y recreativas 15Barcelona Bages SSCG Atención Social 25Barcelona Bages SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Bages SSCS Asistencia social 25Barcelona Bages TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Bages TMVG Electromecánica de vehículos 15Barcelona Bages TMVL Carrocería de vehículos 15Barcelona Bages TMVO Aeronáutica 15Barcelona Baix Llobregat AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Baix Llobregat AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Baix Llobregat AGAJ Jardinería 15Barcelona Baix Llobregat AGAU Agricultura 25Barcelona Baix Llobregat ARGD Diseño 15Barcelona Baix Llobregat ARGI Impresión 15Barcelona Baix Llobregat ARGP Preimpresión 15Barcelona Baix Llobregat COML Logística 25Barcelona Baix Llobregat COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Baix Llobregat COMT Compraventa 25Barcelona Baix Llobregat COMV Venta 25Barcelona Baix Llobregat ELEN Electrónica (instalación) 15Barcelona Baix Llobregat ELER Electricidad (mantenimiento) 15Barcelona Baix Llobregat ELET Electrónica (mantenimiento) 15Barcelona Baix Llobregat ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Baix Llobregat ENAE Energías renovables 25Barcelona Baix Llobregat ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Baix Llobregat EOCI Instalaciones y aislamientos 20Barcelona Baix Llobregat FMEH Operaciones mecánicas 15Barcelona Baix Llobregat FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Barcelona Baix Llobregat FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 20Barcelona Baix Llobregat HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Baix Llobregat HOTG Agencias de viaje 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

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Barcelona Baix Llobregat HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Baix Llobregat HOTN Animación 25Barcelona Baix Llobregat HOTR Restauración 25Barcelona Baix Llobregat HOTU Agroturismo 25Barcelona Baix Llobregat IMAF Frío y climatización (instalación) 15Barcelona Baix Llobregat IMAM Mecánica (instalación) 15Barcelona Baix Llobregat IMPq Peluquería 15Barcelona Baix Llobregat INAF Panadería pastelería, confitería y molinería 20Barcelona Baix Llobregat INAH Bebidas 15Barcelona Baix Llobregat INAJ Productos de la pesca 15Barcelona Baix Llobregat INAV Conservas 15Barcelona Baix Llobregat qUIL Laboratorio químico 15Barcelona Baix Llobregat qUIM Farmaquímica 25Barcelona Baix Llobregat SEAG Gestión ambiental 15Barcelona Baix Llobregat SSCG Atención Social 25Barcelona Baix Llobregat SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Baix Llobregat SSCM Asistencia social y servicios al consumidor 25Barcelona Baix Llobregat SSCS Asistencia social 25Barcelona Baix Llobregat TMVA Transporte aéreo 15Barcelona Baix Llobregat TMVC Transporte por carretera 25Barcelona Baix Llobregat TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Barcelona Baix Llobregat TMVG Electromecánica de vehículos 25Barcelona Baix Llobregat TMVL Carrocería de vehículos 25Barcelona Baix Llobregat TMVO Aeronáutica 25Barcelona Baix Llobregat TMVV Reparación de motores de aviación 15Barcelona Barcelonès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Barcelonès AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Barcelonès AGAO Ornamentales y jardinería 25Barcelona Barcelonès AGAU Agricultura 25Barcelona Barcelonès ARGD Diseño 15Barcelona Barcelonès ARGG Diseño gráfico 25Barcelona Barcelonès ARGI Impresión 25Barcelona Barcelonès ARGN Edición 25Barcelona Barcelonès COML Logística 25Barcelona Barcelonès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Barcelonès COMT Compraventa 25Barcelona Barcelonès COMV Venta 25Barcelona Barcelonès ELEN Electrónica (instalación) 15Barcelona Barcelonès ELER Electricidad (mantenimiento) 15Barcelona Barcelonès ELET Electrónica (mantenimiento) 15Barcelona Barcelonès ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Barcelonès ENAE Energías renovables 25Barcelona Barcelonès ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Barcelonès EOCI Instalaciones y aislamientos 15Barcelona Barcelonès FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 15Barcelona Barcelonès FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 25Barcelona Barcelonès FMEM Mecánica 15

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DT Comarca Código Área Prioridad

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Barcelona Barcelonès HOTA Alojamiento 25Barcelona Barcelonès HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Barcelonès HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Barcelonès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Barcelonès HOTJ Juegos de azar 25Barcelona Barcelonès HOTN Animación 25Barcelona Barcelonès HOTR Restauración 25Barcelona Barcelonès HOTU Agroturismo 25Barcelona Barcelonès IMAR Frío y climatización 15Barcelona Barcelonès IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 15Barcelona Barcelonès IMSV Producción audiovisual 25Barcelona Barcelonès INAI Cárnicas 15Barcelona Barcelonès INAJ Productos de la pesca 15Barcelona Barcelonès INAN Ocupaciones comunes a todas las áreas de industrias alimentarias 15Barcelona Barcelonès SANB Salud buco-dental 15Barcelona Barcelonès SEAG Gestión ambiental 25Barcelona Barcelonès SEAS Control y seguridad 15Barcelona Barcelonès SSCG Atención Social 25Barcelona Barcelonès SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Barcelonès SSCS Asistencia social 25Barcelona Barcelonès TCPF Confección 15Barcelona Barcelonès TMVC Transporte por carretera 25Barcelona Barcelonès TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Barcelona Barcelonès TMVG Electromecánica de vehículos 15Barcelona Barcelonès TMVL Carrocería de vehículos 15Barcelona Berguedà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Berguedà AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Berguedà AGAN Ganadería 15Barcelona Berguedà AGAR Forestal 25Barcelona Berguedà AGAU Agricultura 25Barcelona Berguedà AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 15Barcelona Berguedà COML Logística 25Barcelona Berguedà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Berguedà COMT Compraventa 25Barcelona Berguedà COMV Venta 25Barcelona Berguedà ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Berguedà ENAE Energías renovables 25Barcelona Berguedà ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Berguedà HOTA Alojamiento 25Barcelona Berguedà HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Berguedà HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Berguedà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Berguedà HOTN Animación 25Barcelona Berguedà HOTR Restauración 25Barcelona Berguedà HOTU Agroturismo 25Barcelona Berguedà IMAN Mecánica (mantenimiento) 15Barcelona Berguedà INAD Alimentos diversos 15

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Barcelona Berguedà INAF Panadería pastelería, confitería y molinería 15Barcelona Berguedà INAI Cárnicas 15Barcelona Berguedà INAq Actividades auxiliares en la industria alimentaria 15Barcelona Berguedà INAV Conservas 15Barcelona Berguedà SSCG Atención Social 25Barcelona Berguedà SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Berguedà SSCS Asistencia social 25Barcelona Berguedà SSCZ Área para centros especializados 15Barcelona Berguedà TCPF Confección 25Barcelona Garraf AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Garraf AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Garraf AGAU Agricultura 25Barcelona Garraf COML Logística 25Barcelona Garraf COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Garraf COMT Compraventa 25Barcelona Garraf COMV Venta 25Barcelona Garraf ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Garraf ENAE Energías renovables 25Barcelona Garraf ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Garraf HOTA Alojamiento 25Barcelona Garraf HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Garraf HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Garraf HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Garraf HOTN Animación 25Barcelona Garraf HOTR Restauración 25Barcelona Garraf HOTU Agroturismo 25Barcelona Garraf INAH Bebidas 25Barcelona Garraf MAPN Pesca y navegación 25Barcelona Garraf SSCG Atención Social 25Barcelona Garraf SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Garraf SSCS Asistencia social 25Barcelona Garraf TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Garraf TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Barcelona Garraf TMVO Aeronáutica 25Barcelona Garraf TMVV Reparación de motores de aviación 25Barcelona Maresme AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Maresme AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Maresme AGAJ Jardinería 25Barcelona Maresme AGAU Agricultura 25Barcelona Maresme ARGD Diseño 15Barcelona Maresme COML Logística 25Barcelona Maresme COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Maresme COMT Compraventa 25Barcelona Maresme COMV Venta 25Barcelona Maresme ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Maresme ENAE Energías renovables 25Barcelona Maresme ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25

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Barcelona Maresme HOTA Alojamiento 25Barcelona Maresme HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Maresme HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Maresme HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Maresme HOTN Animación 25Barcelona Maresme HOTR Restauración 25Barcelona Maresme HOTU Agroturismo 25Barcelona Maresme IMSV Producción audiovisual 25Barcelona Maresme MAPN Pesca y navegación 25Barcelona Maresme qUIM Farmaquímica 25Barcelona Maresme SEAS Control y seguridad 15Barcelona Maresme SSCG Atención Social 25Barcelona Maresme SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Maresme SSCS Asistencia social 25Barcelona Maresme TCPF Confección 15Barcelona Maresme TCPP Producción de hilos y tejidos 25Barcelona Maresme TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Maresme TMVU Náutica 25Barcelona Osona AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Osona AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Osona AGAG Ganaderías menores 25Barcelona Osona AGAN Ganadería 25Barcelona Osona AGAO Ornamentales y jardinería 15Barcelona Osona AGAR Forestal 25Barcelona Osona AGAU Agricultura 25Barcelona Osona AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Barcelona Osona COML Logística 25Barcelona Osona COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Osona COMT Compraventa 25Barcelona Osona COMV Venta 25Barcelona Osona ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Osona ENAE Energías renovables 25Barcelona Osona ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Osona HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Osona HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Osona HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Osona HOTN Animación 25Barcelona Osona HOTR Restauración 25Barcelona Osona HOTU Agroturismo 25Barcelona Osona IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 15Barcelona Osona INAD Alimentos diversos 15Barcelona Osona INAE Lácteos 25Barcelona Osona INAF Panadería pastelería, confitería y molinería 15Barcelona Osona INAI Cárnicas 25Barcelona Osona SANC Cuidados auxiliares 15Barcelona Osona SAND Dietética 15Barcelona Osona SSCG Atención Social 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46436Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Barcelona Osona SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Osona SSCS Asistencia social 25Barcelona Osona TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Vallès Occidental AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Vallès Occidental AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Vallès Occidental AGAO Ornamentales y jardinería 15Barcelona Vallès Occidental AGAU Agricultura 25Barcelona Vallès Occidental COMD Dirección / Gestión 15Barcelona Vallès Occidental COML Logística 25Barcelona Vallès Occidental COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Vallès Occidental COMP Publicidad / Imagen 15Barcelona Vallès Occidental COMT Compraventa 25Barcelona Vallès Occidental COMV Venta 25Barcelona Vallès Occidental ELEE Instalaciones eléctricas 25Barcelona Vallès Occidental ELEQ Equipos electrónicos 15Barcelona Vallès Occidental ELER Electricidad (mantenimiento) 15Barcelona Vallès Occidental ELES Instalaciones de telecomunicación 15Barcelona Vallès Occidental ELET Electrónica (mantenimiento) 15Barcelona Vallès Occidental ENAA Agua 15Barcelona Vallès Occidental ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Vallès Occidental ENAE Energías renovables 25Barcelona Vallès Occidental ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Vallès Occidental FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 15Barcelona Vallès Occidental FMEE Fabricación electromecánica 25Barcelona Vallès Occidental FMEH Operaciones mecánicas 15Barcelona Vallès Occidental FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 25Barcelona Vallès Occidental FMEM Mecánica 25Barcelona Vallès Occidental HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Vallès Occidental HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Vallès Occidental HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Vallès Occidental HOTN Animación 25Barcelona Vallès Occidental HOTR Restauración 25Barcelona Vallès Occidental HOTU Agroturismo 25Barcelona Vallès Occidental IMAM Mecánica (instalación) 15Barcelona Vallès Occidental IMAN Mecánica (mantenimiento) 15Barcelona Vallès Occidental IMAq Maquinaria y equipo industrial 25Barcelona Vallès Occidental IMSV Producción audiovisual 25Barcelona Vallès Occidental INAD Alimentos diversos 15Barcelona Vallès Occidental INAI Cárnicas 25Barcelona Vallès Occidental INAJ Productos de la pesca 15Barcelona Vallès Occidental INAN Ocupaciones comunes a todas las áreas de industrias alimentarias 25Barcelona Vallès Occidental INAq Actividades auxiliares en la industria alimentaria 25Barcelona Vallès Occidental qUIE Proceso químico 25Barcelona Vallès Occidental qUIM Farmaquímica 25Barcelona Vallès Occidental qUIT Transformación de polímeros 25Barcelona Vallès Occidental SEAG Gestión ambiental 25Barcelona Vallès Occidental SEAS Control y seguridad 15

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46437Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Barcelona Vallès Occidental SSCG Atención Social 25Barcelona Vallès Occidental SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Vallès Occidental SSCS Asistencia social 25Barcelona Vallès Occidental TCPF Confección 25Barcelona Vallès Occidental TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Vallès Occidental TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Barcelona Vallès Occidental TMVG Electromecánica de vehículos 15Barcelona Vallès Occidental TMVL Carrocería de vehículos 15Barcelona Vallès Oriental AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Barcelona Vallès Oriental AFDP Prevención y recuperación 25Barcelona Vallès Oriental AGAR Forestal 25Barcelona Vallès Oriental AGAU Agricultura 25Barcelona Vallès Oriental COML Logística 25Barcelona Vallès Oriental COMM Marketing y Relaciones públicas 25Barcelona Vallès Oriental COMT Compraventa 25Barcelona Vallès Oriental COMV Venta 25Barcelona Vallès Oriental ELEQ Equipos electrónicos 15Barcelona Vallès Oriental ELER Electricidad (mantenimiento) 15Barcelona Vallès Oriental ELES Instalaciones de telecomunicación 15Barcelona Vallès Oriental ELET Electrónica (mantenimiento) 15Barcelona Vallès Oriental ENAC Eficiencia energética 25Barcelona Vallès Oriental ENAE Energías renovables 25Barcelona Vallès Oriental ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Barcelona Vallès Oriental FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 15Barcelona Vallès Oriental FMEE Fabricación electromecánica 25Barcelona Vallès Oriental FMEH Operaciones mecánicas 15Barcelona Vallès Oriental FMEM Mecánica 25Barcelona Vallès Oriental HOTF Ferias y congresos 25Barcelona Vallès Oriental HOTG Agencias de viaje 25Barcelona Vallès Oriental HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Barcelona Vallès Oriental HOTN Animación 25Barcelona Vallès Oriental HOTR Restauración 25Barcelona Vallès Oriental HOTU Agroturismo 25Barcelona Vallès Oriental IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 15Barcelona Vallès Oriental IMPq Peluquería 15Barcelona Vallès Oriental INAD Alimentos diversos 15Barcelona Vallès Oriental INAE Lácteos 25Barcelona Vallès Oriental INAJ Productos de la pesca 15Barcelona Vallès Oriental INAq Actividades auxiliares en la industria alimentaria 25Barcelona Vallès Oriental MAMD Producción carpintería y mueble 25Barcelona Vallès Oriental MAMR Carpintería y mueble 25Barcelona Vallès Oriental qUIA Análisis y control 15Barcelona Vallès Oriental qUIE Proceso químico 25Barcelona Vallès Oriental qUIL Laboratorio químico 15Barcelona Vallès Oriental qUIM Farmaquímica 25Barcelona Vallès Oriental qUIO Pasta, papel y cartón 15Barcelona Vallès Oriental qUIT Transformación de polímeros 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46438Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Barcelona Vallès Oriental SSCG Atención Social 25Barcelona Vallès Oriental SSCI Servicios al consumidor 25Barcelona Vallès Oriental SSCS Asistencia social 25Barcelona Vallès Oriental TMVC Transporte por carretera 15Barcelona Vallès Oriental TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Girona Alt Empordà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Alt Empordà AFDP Prevención y recuperación 25Girona Alt Empordà AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Alt Empordà AGAU Agricultura 25Girona Alt Empordà AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 15Girona Alt Empordà ARGI Impresión 25Girona Alt Empordà ARGP Preimpresión 25Girona Alt Empordà COML Logística 25Girona Alt Empordà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Alt Empordà COMT Compraventa 25Girona Alt Empordà COMV Venta 25Girona Alt Empordà ENAC Eficiencia energética 25Girona Alt Empordà ENAE Energías renovables 25Girona Alt Empordà FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Girona Alt Empordà HOTA Alojamiento 25Girona Alt Empordà HOTF Ferias y congresos 25Girona Alt Empordà HOTG Agencias de viaje 25Girona Alt Empordà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Alt Empordà HOTJ Juegos de azar 25Girona Alt Empordà HOTN Animación 25Girona Alt Empordà HOTR Restauración 25Girona Alt Empordà HOTU Agroturismo 25Girona Alt Empordà IMPE Estética 15Girona Alt Empordà IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 15Girona Alt Empordà INAE Lácteos 25Girona Alt Empordà INAF Panadería pastelería, confitería y molinería 15Girona Alt Empordà INAH Bebidas 25Girona Alt Empordà INAI Cárnicas 25Girona Alt Empordà INAJ Productos de la pesca 15Girona Alt Empordà INAV Conservas 15Girona Alt Empordà MAMA Transformación de madera y corcho 15Girona Alt Empordà MAPN Pesca y navegación 25Girona Alt Empordà MAPU Acuicultura 15Girona Alt Empordà SSCB Actividades culturales y recreativas 25Girona Alt Empordà SSCG Atención Social 25Girona Alt Empordà SSCI Servicios al consumidor 25Girona Alt Empordà SSCS Asistencia social 25Girona Alt Empordà TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Girona Alt Empordà TMVG Electromecánica de vehículos 15Girona Alt Empordà TMVU Náutica 25Girona Baix Empordà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Baix Empordà AFDP Prevención y recuperación 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46439Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Girona Baix Empordà AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Baix Empordà AGAR Forestal 15Girona Baix Empordà AGAU Agricultura 25Girona Baix Empordà ARTM Madera 15Girona Baix Empordà ARTN Vidrio y cerámica artesanal 15Girona Baix Empordà COML Logística 25Girona Baix Empordà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Baix Empordà COMT Compraventa 25Girona Baix Empordà COMV Venta 25Girona Baix Empordà ENAC Eficiencia energética 25Girona Baix Empordà ENAE Energías renovables 25Girona Baix Empordà HOTA Alojamiento 25Girona Baix Empordà HOTF Ferias y congresos 25Girona Baix Empordà HOTG Agencias de viaje 25Girona Baix Empordà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Baix Empordà HOTN Animación 25Girona Baix Empordà HOTR Restauración 25Girona Baix Empordà HOTU Agroturismo 25Girona Baix Empordà INAH Bebidas 25Girona Baix Empordà INAI Cárnicas 25Girona Baix Empordà MAMA Transformación de madera y corcho 15Girona Baix Empordà MAPM Cultivo de moluscos 25Girona Baix Empordà SEAG Gestión ambiental 15Girona Baix Empordà SSCG Atención Social 25Girona Baix Empordà SSCI Servicios al consumidor 25Girona Baix Empordà SSCS Asistencia social 25Girona Baix Empordà TMVU Náutica 25Girona Cerdanya AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Cerdanya AFDP Prevención y recuperación 25Girona Cerdanya AGAN Ganadería 25Girona Cerdanya AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Cerdanya AGAU Agricultura 25Girona Cerdanya COML Logística 25Girona Cerdanya COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Cerdanya COMT Compraventa 25Girona Cerdanya COMV Venta 25Girona Cerdanya ENAC Eficiencia energética 25Girona Cerdanya ENAE Energías renovables 25Girona Cerdanya HOTA Alojamiento 25Girona Cerdanya HOTF Ferias y congresos 25Girona Cerdanya HOTG Agencias de viaje 25Girona Cerdanya HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Cerdanya HOTR Restauración 25Girona Cerdanya HOTU Agroturismo 25Girona Cerdanya INAE Lácteos 15Girona Cerdanya INAI Cárnicas 25Girona Cerdanya SSCG Atención Social 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46440Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Girona Cerdanya SSCI Servicios al consumidor 25Girona Cerdanya SSCS Asistencia social 25Girona Garrotxa AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Garrotxa AFDP Prevención y recuperación 25Girona Garrotxa AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Garrotxa AGAU Agricultura 25Girona Garrotxa COML Logística 25Girona Garrotxa COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Garrotxa COMT Compraventa 25Girona Garrotxa COMV Venta 25Girona Garrotxa ENAC Eficiencia energética 25Girona Garrotxa ENAE Energías renovables 25Girona Garrotxa HOTF Ferias y congresos 25Girona Garrotxa HOTG Agencias de viaje 25Girona Garrotxa HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Garrotxa HOTR Restauración 25Girona Garrotxa HOTU Agroturismo 25Girona Garrotxa INAI Cárnicas 25Girona Garrotxa MAMR Carpintería y mueble 20Girona Garrotxa SEAG Gestión ambiental 15Girona Garrotxa SSCG Atención Social 25Girona Garrotxa SSCI Servicios al consumidor 25Girona Garrotxa SSCS Asistencia social 25Girona Garrotxa TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Girona Gironès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Gironès AFDP Prevención y recuperación 25Girona Gironès AGAF Fruticultura 15Girona Gironès AGAO Ornamentales y jardinería 20Girona Gironès AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Gironès AGAU Agricultura 25Girona Gironès COMD Dirección / Gestión 15Girona Gironès COML Logística 25Girona Gironès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Gironès COMT Compraventa 25Girona Gironès COMV Venta 25Girona Gironès ELER Electricidad (mantenimiento) 15Girona Gironès ELET Electrónica (mantenimiento) 15Girona Gironès ENAA Agua 25Girona Gironès ENAC Eficiencia energética 25Girona Gironès ENAE Energías renovables 25Girona Gironès ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Girona Gironès EOCI Instalaciones y aislamientos 15Girona Gironès HOTF Ferias y congresos 25Girona Gironès HOTG Agencias de viaje 25Girona Gironès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Gironès HOTR Restauración 25Girona Gironès HOTU Agroturismo 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46441Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Girona Gironès INAD Alimentos diversos 15Girona Gironès INAE Lácteos 15Girona Gironès INAI Cárnicas 25Girona Gironès MAMA Transformación de madera y corcho 15Girona Gironès MAMR Carpintería y mueble 15Girona Gironès qUIM Farmaquímica 25Girona Gironès SSCB Actividades culturales y recreativas 25Girona Gironès SSCG Atención Social 25Girona Gironès SSCI Servicios al consumidor 25Girona Gironès SSCS Asistencia social 25Girona Gironès TMVC Transporte por carretera 15Girona Gironès TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Girona Pla de l’Estany AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Pla de l’Estany AFDP Prevención y recuperación 25Girona Pla de l’Estany AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Pla de l’Estany AGAU Agricultura 25Girona Pla de l’Estany COML Logística 25Girona Pla de l’Estany COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Pla de l’Estany COMT Compraventa 25Girona Pla de l’Estany COMV Venta 25Girona Pla de l’Estany ENAC Eficiencia energética 25Girona Pla de l’Estany ENAE Energías renovables 25Girona Pla de l’Estany HOTF Ferias y congresos 25Girona Pla de l’Estany HOTG Agencias de viaje 25Girona Pla de l’Estany HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Pla de l’Estany HOTR Restauración 25Girona Pla de l’Estany HOTU Agroturismo 25Girona Pla de l’Estany INAI Cárnicas 25Girona Pla de l’Estany SSCG Atención Social 25Girona Pla de l’Estany SSCI Servicios al consumidor 25Girona Pla de l’Estany SSCS Asistencia social 25Girona Ripollès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Ripollès AFDP Prevención y recuperación 25Girona Ripollès AGAN Ganadería 25Girona Ripollès AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Ripollès AGAR Forestal 25Girona Ripollès AGAU Agricultura 25Girona Ripollès COML Logística 25Girona Ripollès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Ripollès COMT Compraventa 25Girona Ripollès COMV Venta 25Girona Ripollès ENAC Eficiencia energética 25Girona Ripollès ENAE Energías renovables 25Girona Ripollès FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Girona Ripollès FMEE Fabricación electromecánica 25Girona Ripollès FMEH Operaciones mecánicas 25Girona Ripollès FMEM Mecánica 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46442Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Girona Ripollès HOTF Ferias y congresos 25Girona Ripollès HOTG Agencias de viaje 25Girona Ripollès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Ripollès HOTR Restauración 25Girona Ripollès HOTU Agroturismo 25Girona Ripollès INAI Cárnicas 25Girona Ripollès qUIO Pasta, papel y cartón 15Girona Ripollès SSCG Atención Social 25Girona Ripollès SSCI Servicios al consumidor 25Girona Ripollès SSCS Asistencia social 25Girona Selva AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Girona Selva AFDP Prevención y recuperación 25Girona Selva AGAJ Jardinería 25Girona Selva AGAN Ganadería 25Girona Selva AGAP Explotación de ganado porcino 25Girona Selva AGAR Forestal 25Girona Selva AGAU Agricultura 25Girona Selva COML Logística 25Girona Selva COMM Marketing y Relaciones públicas 25Girona Selva COMT Compraventa 25Girona Selva COMV Venta 25Girona Selva ENAA Agua 25Girona Selva ENAC Eficiencia energética 25Girona Selva ENAE Energías renovables 25Girona Selva ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 25Girona Selva HOTA Alojamiento 25Girona Selva HOTF Ferias y congresos 25Girona Selva HOTG Agencias de viaje 25Girona Selva HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Girona Selva HOTJ Juegos de azar 25Girona Selva HOTN Animación 25Girona Selva HOTR Restauración 25Girona Selva HOTU Agroturismo 25Girona Selva INAI Cárnicas 25Girona Selva MAMA Transformación de madera y corcho 15Girona Selva SSCB Actividades culturales y recreativas 25Girona Selva SSCG Atención Social 25Girona Selva SSCI Servicios al consumidor 25Girona Selva SSCS Asistencia social 25Girona Selva TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Girona Selva TMVL Carrocería de vehículos 15Lleida Alt Urgell AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Alt Urgell AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Alt Urgell AGAN Ganadería 25Lleida Alt Urgell AGAR Forestal 15Lleida Alt Urgell AGAU Agricultura 25Lleida Alt Urgell AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46443Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Alt Urgell COML Logística 25Lleida Alt Urgell COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Alt Urgell COMT Compraventa 25Lleida Alt Urgell COMV Venta 25Lleida Alt Urgell ENAC Eficiencia energética 25Lleida Alt Urgell ENAE Energías renovables 25Lleida Alt Urgell HOTF Ferias y congresos 25Lleida Alt Urgell HOTG Agencias de viaje 25Lleida Alt Urgell HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Alt Urgell HOTR Restauración 25Lleida Alt Urgell HOTU Agroturismo 25Lleida Alt Urgell INAE Lácteos 25Lleida Alt Urgell SSCB Actividades culturales y recreativas 25Lleida Alt Urgell SSCG Atención Social 25Lleida Alt Urgell SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Alt Urgell SSCS Asistencia social 25Lleida Alta Ribagorça AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Alta Ribagorça AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Alta Ribagorça AGAN Ganadería 25Lleida Alta Ribagorça AGAR Forestal 25Lleida Alta Ribagorça AGAU Agricultura 25Lleida Alta Ribagorça AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Alta Ribagorça COML Logística 25Lleida Alta Ribagorça COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Alta Ribagorça COMT Compraventa 25Lleida Alta Ribagorça COMV Venta 25Lleida Alta Ribagorça ENAC Eficiencia energética 25Lleida Alta Ribagorça ENAE Energías renovables 25Lleida Alta Ribagorça HOTF Ferias y congresos 25Lleida Alta Ribagorça HOTG Agencias de viaje 25Lleida Alta Ribagorça HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Alta Ribagorça HOTR Restauración 25Lleida Alta Ribagorça HOTU Agroturismo 25Lleida Alta Ribagorça INAE Lácteos 25Lleida Alta Ribagorça MAMA Transformación de madera y corcho 25Lleida Alta Ribagorça SSCB Actividades culturales y recreativas 25Lleida Alta Ribagorça SSCG Atención Social 25Lleida Alta Ribagorça SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Alta Ribagorça SSCS Asistencia social 25Lleida Garrigues AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Garrigues AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Garrigues AGAF Fruticultura 15Lleida Garrigues AGAG Ganaderías menores 25Lleida Garrigues AGAN Ganadería 25Lleida Garrigues AGAU Agricultura 25Lleida Garrigues AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Garrigues COML Logística 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46444Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Garrigues COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Garrigues COMT Compraventa 25Lleida Garrigues COMV Venta 25Lleida Garrigues ENAC Eficiencia energética 25Lleida Garrigues ENAE Energías renovables 25Lleida Garrigues ENAL Energía eléctrica 15Lleida Garrigues FMEE Fabricación electromecánica 15Lleida Garrigues HOTF Ferias y congresos 25Lleida Garrigues HOTG Agencias de viaje 25Lleida Garrigues HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Garrigues HOTR Restauración 25Lleida Garrigues HOTU Agroturismo 25Lleida Garrigues INAD Alimentos diversos 25Lleida Garrigues INAH Bebidas 15Lleida Garrigues INAK Aceites y grasas 15Lleida Garrigues SSCG Atención Social 25Lleida Garrigues SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Garrigues SSCS Asistencia social 25Lleida Noguera AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Noguera AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Noguera AGAF Fruticultura 15Lleida Noguera AGAN Ganadería 25Lleida Noguera AGAU Agricultura 25Lleida Noguera AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Noguera COML Logística 25Lleida Noguera COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Noguera COMT Compraventa 25Lleida Noguera COMV Venta 25Lleida Noguera ENAC Eficiencia energética 25Lleida Noguera ENAE Energías renovables 25Lleida Noguera HOTF Ferias y congresos 25Lleida Noguera HOTG Agencias de viaje 25Lleida Noguera HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Noguera HOTR Restauración 25Lleida Noguera HOTU Agroturismo 25Lleida Noguera INAE Lácteos 25Lleida Noguera INAH Bebidas 15Lleida Noguera SSCG Atención Social 25Lleida Noguera SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Noguera SSCS Asistencia social 25Lleida Pallars Jussà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Pallars Jussà AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Pallars Jussà AGAN Ganadería 25Lleida Pallars Jussà AGAR Forestal 25Lleida Pallars Jussà AGAU Agricultura 25Lleida Pallars Jussà AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Pallars Jussà COML Logística 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46445Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Pallars Jussà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Pallars Jussà COMT Compraventa 25Lleida Pallars Jussà COMV Venta 25Lleida Pallars Jussà ELEE Instalaciones eléctricas 15Lleida Pallars Jussà ENAC Eficiencia energética 25Lleida Pallars Jussà ENAE Energías renovables 25Lleida Pallars Jussà ENAL Energía eléctrica 15Lleida Pallars Jussà HOTF Ferias y congresos 25Lleida Pallars Jussà HOTG Agencias de viaje 25Lleida Pallars Jussà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Pallars Jussà HOTR Restauración 25Lleida Pallars Jussà HOTU Agroturismo 25Lleida Pallars Jussà INAE Lácteos 25Lleida Pallars Jussà INAH Bebidas 15Lleida Pallars Jussà MAMA Transformación de madera y corcho 25Lleida Pallars Jussà SSCB Actividades culturales y recreativas 25Lleida Pallars Jussà SSCG Atención Social 25Lleida Pallars Jussà SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Pallars Jussà SSCS Asistencia social 25Lleida Pallars Sobirà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Pallars Sobirà AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Pallars Sobirà AGAN Ganadería 25Lleida Pallars Sobirà AGAR Forestal 25Lleida Pallars Sobirà AGAU Agricultura 25Lleida Pallars Sobirà AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Pallars Sobirà COML Logística 25Lleida Pallars Sobirà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Pallars Sobirà COMT Compraventa 25Lleida Pallars Sobirà COMV Venta 25Lleida Pallars Sobirà ENAC Eficiencia energética 25Lleida Pallars Sobirà ENAE Energías renovables 25Lleida Pallars Sobirà HOTA Alojamiento 25Lleida Pallars Sobirà HOTF Ferias y congresos 25Lleida Pallars Sobirà HOTG Agencias de viaje 25Lleida Pallars Sobirà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Pallars Sobirà HOTR Restauración 25Lleida Pallars Sobirà HOTU Agroturismo 25Lleida Pallars Sobirà INAE Lácteos 25Lleida Pallars Sobirà SSCB Actividades culturales y recreativas 25Lleida Pallars Sobirà SSCG Atención Social 25Lleida Pallars Sobirà SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Pallars Sobirà SSCS Asistencia social 25Lleida Pla d’Urgell AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Pla d’Urgell AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Pla d’Urgell AGAF Fruticultura 15Lleida Pla d’Urgell AGAN Ganadería 25Lleida Pla d’Urgell AGAP Explotación de ganado porcino 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46446Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

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Lleida Pla d’Urgell AGAU Agricultura 25Lleida Pla d’Urgell AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Pla d’Urgell COML Logística 25Lleida Pla d’Urgell COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Pla d’Urgell COMT Compraventa 25Lleida Pla d’Urgell COMV Venta 25Lleida Pla d’Urgell ENAC Eficiencia energética 25Lleida Pla d’Urgell ENAE Energías renovables 25Lleida Pla d’Urgell HOTF Ferias y congresos 25Lleida Pla d’Urgell HOTG Agencias de viaje 25Lleida Pla d’Urgell HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Pla d’Urgell HOTR Restauración 25Lleida Pla d’Urgell HOTU Agroturismo 25Lleida Pla d’Urgell IMAq Maquinaria y equipo industrial 25Lleida Pla d’Urgell INAD Alimentos diversos 15Lleida Pla d’Urgell INAI Cárnicas 25Lleida Pla d’Urgell INAV Conservas 25Lleida Pla d’Urgell SSCG Atención Social 25Lleida Pla d’Urgell SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Pla d’Urgell SSCS Asistencia social 25Lleida Segarra AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Segarra AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Segarra AGAN Ganadería 25Lleida Segarra AGAU Agricultura 25Lleida Segarra AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Segarra COML Logística 25Lleida Segarra COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Segarra COMT Compraventa 25Lleida Segarra COMV Venta 25Lleida Segarra ELEE Instalaciones eléctricas 15Lleida Segarra ENAC Eficiencia energética 25Lleida Segarra ENAE Energías renovables 25Lleida Segarra FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 15Lleida Segarra FMEE Fabricación electromecánica 15Lleida Segarra FMEH Operaciones Mecánicas 15Lleida Segarra HOTF Ferias y congresos 25Lleida Segarra HOTG Agencias de viaje 25Lleida Segarra HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Segarra HOTR Restauración 25Lleida Segarra HOTU Agroturismo 25Lleida Segarra INAH Bebidas 15Lleida Segarra INAI Cárnicas 25Lleida Segarra SSCG Atención Social 25Lleida Segarra SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Segarra SSCS Asistencia social 25Lleida Segarra TMVC Transporte por carretera 15Lleida Segrià AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46447Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Segrià AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Segrià AGAF Fruticultura 15Lleida Segrià AGAN Ganadería 25Lleida Segrià AGAU Agricultura 25Lleida Segrià AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Segrià ARGI Impresión 15Lleida Segrià COML Logística 25Lleida Segrià COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Segrià COMT Compraventa 25Lleida Segrià COMV Venta 25Lleida Segrià ELEE Instalaciones eléctricas 15Lleida Segrià ELET Electrónica (mantenimiento) 20Lleida Segrià ENAC Eficiencia energética 25Lleida Segrià ENAE Energías renovables 25Lleida Segrià EOCI Instalaciones y aislamientos 15Lleida Segrià FMEE Fabricación electromecánica 15Lleida Segrià HOTF Ferias y congresos 25Lleida Segrià HOTG Agencias de viaje 25Lleida Segrià HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Segrià HOTR Restauración 25Lleida Segrià HOTU Agroturismo 25Lleida Segrià IMPP Peluquería y tratamientos de piel y belleza 15Lleida Segrià INAH Bebidas 15Lleida Segrià INAV Conservas 15Lleida Segrià SSCG Atención Social 25Lleida Segrià SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Segrià SSCS Asistencia social 25Lleida Segrià TMVC Transporte por carretera 15Lleida Segrià TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Lleida Solsonès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Solsonès AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Solsonès AGAN Ganadería 25Lleida Solsonès AGAR Forestal 15Lleida Solsonès AGAU Agricultura 25Lleida Solsonès AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Solsonès COML Logística 25Lleida Solsonès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Solsonès COMT Compraventa 25Lleida Solsonès COMV Venta 25Lleida Solsonès ENAC Eficiencia energética 25Lleida Solsonès ENAE Energías renovables 25Lleida Solsonès FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Lleida Solsonès FMEE Fabricación electromecánica 25Lleida Solsonès FMEH Operaciones Mecánicas 25Lleida Solsonès HOTA Alojamiento 25Lleida Solsonès HOTF Ferias y congresos 25Lleida Solsonès HOTG Agencias de viaje 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46448Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Solsonès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Solsonès HOTR Restauración 25Lleida Solsonès HOTU Agroturismo 25Lleida Solsonès SSCG Atención Social 25Lleida Solsonès SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Solsonès SSCS Asistencia social 25Lleida Urgell AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Urgell AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Urgell AGAF Fruticultura 25Lleida Urgell AGAN Ganadería 25Lleida Urgell AGAU Agricultura 25Lleida Urgell AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Urgell COML Logística 25Lleida Urgell COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Urgell COMT Compraventa 25Lleida Urgell COMV Venta 25Lleida Urgell ENAC Eficiencia energética 25Lleida Urgell ENAE Energías renovables 25Lleida Urgell FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Lleida Urgell FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 15Lleida Urgell HOTF Ferias y congresos 25Lleida Urgell HOTG Agencias de viaje 25Lleida Urgell HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Urgell HOTR Restauración 25Lleida Urgell HOTU Agroturismo 25Lleida Urgell INAI Cárnicas 25Lleida Urgell INAK Aceites y grasas 15Lleida Urgell SSCG Atención Social 25Lleida Urgell SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Urgell SSCS Asistencia social 25Lleida Val d’Aran AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Lleida Val d’Aran AFDP Prevención y recuperación 25Lleida Val d’Aran AGAN Ganadería 25Lleida Val d’Aran AGAU Agricultura 25Lleida Val d’Aran AGAX Especialidades sin área definida (agraria) 25Lleida Val d’Aran COML Logística 25Lleida Val d’Aran COMM Marketing y Relaciones públicas 25Lleida Val d’Aran COMT Compraventa 25Lleida Val d’Aran COMV Venta 25Lleida Val d’Aran ENAC Eficiencia energética 25Lleida Val d’Aran ENAE Energías renovables 25Lleida Val d’Aran HOTA Alojamiento 25Lleida Val d’Aran HOTF Ferias y congresos 25Lleida Val d’Aran HOTG Agencias de viaje 25Lleida Val d’Aran HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Lleida Val d’Aran HOTR Restauración 25Lleida Val d’Aran HOTU Agroturismo 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

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46449Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Lleida Val d’Aran SSCB Actividades culturales y recreativas 25Lleida Val d’Aran SSCG Atención Social 25Lleida Val d’Aran SSCI Servicios al consumidor 25Lleida Val d’Aran SSCS Asistencia social 25Tarragona Alt Camp AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Alt Camp AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Alt Camp AGAH Horticultura 15Tarragona Alt Camp AGAU Agricultura 25Tarragona Alt Camp COML Logística 25Tarragona Alt Camp COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Alt Camp COMT Compraventa 25Tarragona Alt Camp COMV Venta 25Tarragona Alt Camp ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Alt Camp ENAE Energías renovables 25Tarragona Alt Camp HOTF Ferias y congresos 25Tarragona Alt Camp HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Alt Camp HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Alt Camp HOTR Restauración 25Tarragona Alt Camp HOTU Agroturismo 25Tarragona Alt Camp qUIO Pasta, papel y cartón 15Tarragona Alt Camp SSCG Atención Social 25Tarragona Alt Camp SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Alt Camp SSCS Asistencia social 25Tarragona Baix Camp AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Baix Camp AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Baix Camp AGAU Agricultura 25Tarragona Baix Camp COML Logística 25Tarragona Baix Camp COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Baix Camp COMT Compraventa 25Tarragona Baix Camp COMV Venta 25Tarragona Baix Camp ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Baix Camp ENAE Energías renovables 25Tarragona Baix Camp HOTA Alojamiento 25Tarragona Baix Camp HOTF Ferias y congresos 25Tarragona Baix Camp HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Baix Camp HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Baix Camp HOTR Restauración 25Tarragona Baix Camp HOTU Agroturismo 25Tarragona Baix Camp IMAI Montaje y mantenimiento de instalaciones 15Tarragona Baix Camp INAD Alimentos diversos 25Tarragona Baix Camp INAH Bebidas 25Tarragona Baix Camp SEAS Control y seguridad 15Tarragona Baix Camp SSCB Actividades culturales y recreativas 25Tarragona Baix Camp SSCG Atención Social 25Tarragona Baix Camp SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Baix Camp SSCS Asistencia social 25Tarragona Baix Camp TMVC Transporte por carretera 15

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DT Comarca Código Área Prioridad

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46450Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Tarragona Baix Penedès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Baix Penedès AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Baix Penedès AGAU Agricultura 25Tarragona Baix Penedès COML Logística 25Tarragona Baix Penedès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Baix Penedès COMT Compraventa 25Tarragona Baix Penedès COMV Venta 25Tarragona Baix Penedès ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Baix Penedès ENAE Energías renovables 25Tarragona Baix Penedès HOTF Ferias y congresos 25Tarragona Baix Penedès HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Baix Penedès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Baix Penedès HOTR Restauración 25Tarragona Baix Penedès HOTU Agroturismo 25Tarragona Baix Penedès INAH Bebidas 25Tarragona Baix Penedès qUIM Farmaquímica 25Tarragona Baix Penedès SSCG Atención Social 25Tarragona Baix Penedès SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Baix Penedès SSCS Asistencia social 25Tarragona Conca de Barberà AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Conca de Barberà AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Conca de Barberà AGAU Agricultura 25Tarragona Conca de Barberà COML Logística 25Tarragona Conca de Barberà COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Conca de Barberà COMT Compraventa 25Tarragona Conca de Barberà COMV Venta 25Tarragona Conca de Barberà ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Conca de Barberà ENAE Energías renovables 25Tarragona Conca de Barberà HOTF Ferias y congresos 25Tarragona Conca de Barberà HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Conca de Barberà HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Conca de Barberà HOTR Restauración 25Tarragona Conca de Barberà HOTU Agroturismo 25Tarragona Conca de Barberà INAH Bebidas 25Tarragona Conca de Barberà SSCG Atención Social 25Tarragona Conca de Barberà SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Conca de Barberà SSCS Asistencia social 25Tarragona Priorat AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Priorat AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Priorat AGAU Agricultura 25Tarragona Priorat COML Logística 25Tarragona Priorat COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Priorat COMT Compraventa 25Tarragona Priorat COMV Venta 25Tarragona Priorat ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Priorat ENAE Energías renovables 25Tarragona Priorat HOTF Ferias y congresos 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46451Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Tarragona Priorat HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Priorat HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Priorat HOTR Restauración 25Tarragona Priorat HOTU Agroturismo 25Tarragona Priorat INAH Bebidas 25Tarragona Priorat SSCG Atención Social 25Tarragona Priorat SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Priorat SSCS Asistencia social 25Tarragona Tarragonès AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Tarragona Tarragonès AFDP Prevención y recuperación 25Tarragona Tarragonès AGAU Agricultura 25Tarragona Tarragonès COML Logística 25Tarragona Tarragonès COMM Marketing y Relaciones públicas 25Tarragona Tarragonès COMP Publicidad / Imagen 15Tarragona Tarragonès COMT Compraventa 25Tarragona Tarragonès COMV Venta 25Tarragona Tarragonès ELER Electricidad (mantenimiento) 15Tarragona Tarragonès ENAC Eficiencia energética 25Tarragona Tarragonès ENAE Energías renovables 25Tarragona Tarragonès ENAT Captación, tratamiento y distribución de agua 20Tarragona Tarragonès EOCI Instalaciones y aislamientos 15Tarragona Tarragonès FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Tarragona Tarragonès FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 20Tarragona Tarragonès HOTA Alojamiento 25Tarragona Tarragonès HOTF Ferias y congresos 25Tarragona Tarragonès HOTG Agencias de viaje 25Tarragona Tarragonès HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Tarragona Tarragonès HOTJ Juegos de azar 25Tarragona Tarragonès HOTR Restauración 25Tarragona Tarragonès HOTU Agroturismo 25Tarragona Tarragonès IMAC Frío y climatización (mantenimiento) 15Tarragona Tarragonès IMAF Frío y climatización (instalación) 15Tarragona Tarragonès IMAM Mecánica (instalación) 15Tarragona Tarragonès IMSI Imagen y sonido 15Tarragona Tarragonès INAH Bebidas 25Tarragona Tarragonès MAPN Pesca y navegación 25Tarragona Tarragonès qUIA Análisis y control 25Tarragona Tarragonès qUIB química básica 25Tarragona Tarragonès qUIE Proceso químico 25Tarragona Tarragonès SEAG Gestión ambiental 25Tarragona Tarragonès SSCG Atención Social 25Tarragona Tarragonès SSCI Servicios al consumidor 25Tarragona Tarragonès SSCS Asistencia social 25Tarragona Tarragonès TMVC Transporte por carretera 15Tarragona Tarragonès TMVE Reparación de sistemas electromecánicos de vehículos 15Terres de l’Ebre Baix Ebre AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Terres de l’Ebre Baix Ebre AFDP Prevención y recuperación 25

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DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46452Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Terres de l’Ebre Baix Ebre AGAF Fruticultura 25Terres de l’Ebre Baix Ebre AGAN Ganadería 25Terres de l’Ebre Baix Ebre AGAU Agricultura 25Terres de l’Ebre Baix Ebre COML Logística 25Terres de l’Ebre Baix Ebre COMM Marketing y Relaciones públicas 25Terres de l’Ebre Baix Ebre COMT Compraventa 25Terres de l’Ebre Baix Ebre COMV Venta 25Terres de l’Ebre Baix Ebre ENAC Eficiencia energética 25Terres de l’Ebre Baix Ebre ENAE Energías renovables 25Terres de l’Ebre Baix Ebre ENAS Gas 15Terres de l’Ebre Baix Ebre EOCI Instalaciones y aislamientos 15Terres de l’Ebre Baix Ebre FMEC Construcciones metálicas (fabricación de equipos) 25Terres de l’Ebre Baix Ebre FMEL Construcciones metálicas (industria pesada) 25Terres de l’Ebre Baix Ebre HOTF Ferias y congresos 25Terres de l’Ebre Baix Ebre HOTG Agencias de viaje 25Terres de l’Ebre Baix Ebre HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Terres de l’Ebre Baix Ebre HOTR Restauración 25Terres de l’Ebre Baix Ebre HOTU Agroturismo 25Terres de l’Ebre Baix Ebre INAV Conservas 15Terres de l’Ebre Baix Ebre MAPU Acuicultura 15Terres de l’Ebre Baix Ebre qUIE Proceso químico 15Terres de l’Ebre Baix Ebre SEAL Protección civil 15Terres de l’Ebre Baix Ebre SSCG Atención Social 25Terres de l’Ebre Baix Ebre SSCI Servicios al consumidor 25Terres de l’Ebre Baix Ebre SSCS Asistencia social 25Terres de l’Ebre Montsià AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Terres de l’Ebre Montsià AFDP Prevención y recuperación 25Terres de l’Ebre Montsià AGAU Agricultura 25Terres de l’Ebre Montsià COML Logística 25Terres de l’Ebre Montsià COMM Marketing y Relaciones públicas 25Terres de l’Ebre Montsià COMT Compraventa 25Terres de l’Ebre Montsià COMV Venta 25Terres de l’Ebre Montsià ENAC Eficiencia energética 25Terres de l’Ebre Montsià ENAE Energías renovables 25Terres de l’Ebre Montsià HOTF Ferias y congresos 25Terres de l’Ebre Montsià HOTG Agencias de viaje 25Terres de l’Ebre Montsià HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Terres de l’Ebre Montsià HOTR Restauración 25Terres de l’Ebre Montsià HOTU Agroturismo 25Terres de l’Ebre Montsià MAMD Producción carpintería y mueble 25Terres de l’Ebre Montsià MAMR Carpintería y mueble 25Terres de l’Ebre Montsià MAPN Pesca y navegación 25Terres de l’Ebre Montsià MAPU Acuicultura 25Terres de l’Ebre Montsià SSCG Atención Social 25Terres de l’Ebre Montsià SSCI Servicios al consumidor 25Terres de l’Ebre Montsià SSCS Asistencia social 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46453Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre AFDP Prevención y recuperación 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre AGAR Forestal 15Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre AGAU Agricultura 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre COML Logística 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre COMM Marketing y Relaciones públicas 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre COMT Compraventa 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre COMV Venta 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre ENAC Eficiencia energética 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre ENAE Energías renovables 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre HOTF Ferias y congresos 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre HOTG Agencias de viaje 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre HOTR Restauración 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre HOTU Agroturismo 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre INAE Lácteos 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre INAH Bebidas 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre INAK Aceites y grasas 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre SSCG Atención Social 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre SSCI Servicios al consumidor 25Terres de l’Ebre Ribera d’Ebre SSCS Asistencia social 25Terres de l’Ebre Terra Alta AFDA Actividades físico deportivas recreativas 25Terres de l’Ebre Terra Alta AFDP Prevención y recuperación 25Terres de l’Ebre Terra Alta AGAU Agricultura 25Terres de l’Ebre Terra Alta COML Logística 25Terres de l’Ebre Terra Alta COMM Marketing y Relaciones públicas 25Terres de l’Ebre Terra Alta COMT Compraventa 25Terres de l’Ebre Terra Alta COMV Venta 25Terres de l’Ebre Terra Alta ENAC Eficiencia energética 25Terres de l’Ebre Terra Alta ENAE Energías renovables 25Terres de l’Ebre Terra Alta HOTF Ferias y congresos 25Terres de l’Ebre Terra Alta HOTG Agencias de viaje 25Terres de l’Ebre Terra Alta HOTI Información, promoción y desarrollo turístico 25Terres de l’Ebre Terra Alta HOTR Restauración 25Terres de l’Ebre Terra Alta HOTU Agroturismo 25Terres de l’Ebre Terra Alta INAD Alimentos diversos 25Terres de l’Ebre Terra Alta INAH Bebidas 25Terres de l’Ebre Terra Alta qUIO Pasta, papel y cartón 25Terres de l’Ebre Terra Alta SSCG Atención Social 25Terres de l’Ebre Terra Alta SSCI Servicios al consumidor 25Terres de l’Ebre Terra Alta SSCS Asistencia social 25

Disposiciones

DT Comarca Código Área Prioridad

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46454Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

ANExO 8

Tabla de especialidades prioritarias de las familias ADG/IFC

ESPECIALIDADES DE ADG E IFC PRIORIZADAS PARA TODA CATALUÑA

Código Nombre de especialidad Puntos

ADGD0108 Gestión contable y gestión administrativa para auditoría 25ADGD0110 Asistencia en la gestión de los procedimientos tributarios 25ADGD0208 Gestión integrada de recursos humanos 25ADGD0210 Creación y gestión de microempresas 25ADGD0308 Actividades de gestión administrativa 25ADGG0408 Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales 25ADGG0508 Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos 25ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente 25ADGG0108 Asistencia a la dirección 25ADGG0308 Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas 25ADGI01 Inglés: atención al público 25ADGI02 Francés: atención al público 25ADGI03 Alemán: atención al público 25ADGI04 Portugués: atención al público 25IFCD0110 Confección y publicación de páginas web 25IFCD0210 Desarrollo de aplicaciones con tecnologías web 25IFCT0108 Operaciones auxiliares de montaje y mantenimiento de sistemas microinformáticos 25IFCT0110 Operación de redes departamentales 25IFCT0309 Montaje y reparación de sistemas microinformáticos 25IFCT0210 Operación de sistemas informáticos 25IFCT0209 Sistemas microinformáticos 25IFCT0310 Administración de bases de datos 25IFCT0109 Seguridad informática 25IFCT0509 Administración de servicios de internet 25IFCT0510 Gestión de sistemas informáticos 25IFCT0610 Administración y programación en sistemas de planificación de recursos empresariales y de gestión de relaciones con clientes 25IFCT0410 Administración y diseño de redes departamentales 25IFCT0609 Programación de sistemas informáticos 25IFCT0409 Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos de control de accesos y presencia, y videovigilancia 25IFCX02 Iniciación a la red de internet 25IFCM0210 Mantenimiento de primer nivel en sistemas de radiocomunicaciones 25IFCM0110 Operación en sistemas de comunicaciones de voz y datos 25IFCM0310 Gestión de redes de voz y datos 25IFCM0410 Gestión y supervisión de alarmas en redes de comunicaciones 25

COMARCAS DE NIVEL 3Alt Penedès Baix Empordà Anoia Garrotxa Bages Gironès Baix Llobregat Selva

Disposiciones

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46455Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

http://www.gencat.cat/dogc ISSN 1988-298XDL B-38015-2007

Barcelonès Segrià Berguedà Alt Camp Garraf Baix Camp Maresme Baix Penedès Osona Tarragonès Vallès Occidental Baix Ebre Vallès Oriental Montsià Alt Empordà

ESPECIALIDADES DE ADG E IFC PRIORIZADAS PARA COMARCAS DE NIVEL 3Código Nombre de especialidad PuntosADGF01 Inglés financiero 25ADGX01 Inglés: gestión comercial 25ADGX02 Francés: gestión comercial 25ADGX03 Alemán: gestión comercial 25ADGZ81 Básico de sociedades laborales 25ADGZ82 Gestión básica de sociedades laborales 25ADGZ86 Técnico en control de calidad (normas ISO) 25IFCI14 Analista programador 25IFCI15 Analista funcional 25IFCI3004 Programador de aplicaciones orientadas a objetos 25IFCI4004 Programador de base de datos relacionales 25

ANExO 9

Relación de reales decretos que derogan certiicados de profesionalidadCP derogado Nombre del CP derogado CP derogador Nombre del CP derogador RD derogador

ARTC10 Alfarero ceramista ARTN0209 Alfarería artesanal RD 1521/2011

ARTV30 Decorador de objetos de vidrio ARTN0210 Decoración artesanal de vidrio mediante RD 1521/2011 aplicación de color

ENAD10 Operario de redes y centros de distribución ENAL0210 Gestión del montaje y mantenimiento RD 1524/2011 de energía eléctrica de subestaciones eléctricas

ENAT20 Operario de planta de tratamiento de agua SEAG0210 Operaciones de estaciones de tratamiento de aguas RD 1536/2011FMEL50 Soldador de estructuras metálicas ligeras FMEC0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG RD 1525/2011FMEL60 Soldador de estructuras metálicas pesadas FMEC0110 Soldadura con electrodo revestido y TIG RD 1525/2011FMEL70 Soldador de tuberías y recipientes de alta presión FMEC0110 Soldadura con electrodo revestido y TIG RD 1525/2011IEXE20 Minero de preparación y conservación de galerías IEXM0210 Excavación subterránea mecanizada dirigida RD 1530/2011 de pequeña secciónSEAT10 Operador de estaciones depuradoras SEAG0210 Operaciones de estaciones de tratamiento de aguas RD 1536/2011 de aguas residuales

TMVC30 Conductor de camión pesado TMVI0208 Conducción de vehículos pesados de transporte RD 1539/2011 de mercancías por carretera

TMVC40 Conductor de autobús TMVI0108 Conducción de autobuses RD 1539/2011TMVE50 Técnico en diagnosis de vehículos TMVG0110 Planificación y control del área de electromecánica RD 1539/2011SSCF10 Formador ocupacional SSCE0110 Docencia de la formación profesional para el empleo RD 1697/2011

COMV20 Agente comercial COMT0411 Gestión comercial de ventas RD 1694/2011COMV30 Vendedor técnico COMT0411 Gestión comercial de ventas RD 1694/2011AGAM10 Tractorista AGAU0111 Manejo y mantenimiento de maquinaria agrícola RD 1784/2011

Disposiciones

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46456Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

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ANExO 10

Informe valorativo de la calidad del centro (IV)

MODELO 1 IV

Disposiciones

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46457Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

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MODELO 2 IV

Disposiciones

CVE-DOGC-B-12269094-2012

46458Diari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6227 – 5.10.2012

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ANExO 11

Indicadores de realización y de resultado

Estos indicadores el Servicio de Empleo de Cataluña los extrae de los aplicativos informáticos GIA, SICAS y CONTRACTA, pero la entidad tiene la obligación de facilitar los datos al Servicio de Empleo de Cataluña si éste lo requiere.INDICADORES DE REALIZACIóN

A) Número de personas participantes, clasificadas por:1. Edad (hombres, mujeres, total):< 25 añosEntre 25-54 años>54 años2. Nivel de estudios (hombres, mujeres, total):Educación primaria o secundaria inferior (ISCED 1 y 2)Educación secundaria superior (ISCED 3)Educación tabla secundaria no superior (ISCED 4)Educación superior (ISCED 5 y 6)3. Situación laboral:3.a) Personas ocupadas (hombres, mujeres, total):3.a) 1 Ocupadas por cuenta propia.3.a) 2 Ocupadas con contrato fijo.3.a) 3 Ocupadas con contrato temporal.3.a) 4 Con régimen de funcionariado.3.b) Personas desocupadas (hombres, mujeres, total):3.b) 1 Personas desocupadas de larga duración.B) Número de personas participantes incluidas dentro de algunos de estos grupos vulnerables (hombres, mujeres, total):Inmigrantes.Personas con discapacidad.Con personas en situación de dependencia.Otras personas desfavorecidas.

C) Número total de personas que siguen un módulo medioambiental.D) Número de empresas beneficiarias (PyME, microempresas y total).Indicadores de resultados (a los seis meses o año de finalización de la acción formativa).Número de personas en situación de desempleo que han sido beneficiarias de

medidas activas de inserción laboral y que accedieron a un contrato de trabajo (hombres, mujeres, total).(12.269.094)

Disposiciones