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CREACION DELSENACE
Octubre, 2014
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Aprobacin de EIAsectorializada
Primera
Generacin
Aprobacin de EIA porautoridades ambientales
SegundaGeneracin
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Dificultadas en el proceso de evaluacin de
impacto ambiental
1. Debido a la sectorizacin, cada Autoridad Competente ha establecido unprocedimiento de evaluacin diferenciado, por lo que se dificulta la aplicacin de laarmonizacin establecida por el reglamento vigente.
2. En la mayora de sectores no se ha aplicado el procedimiento de categorizacinde proyectos ni la aprobacin de los TdR para los estudios ambientales, lo cual
es uno de los factores por los cuales los procesos se dilatan mas all de losplazos establecidos.
3. La rotacin de personal en el Estado es constante, por lo que las capacidadesson debilitadas.
4. Los mecanismos de participacin ciudadana en el proceso de evaluacin deimpacto ambiental son dbiles y se han convertido en la razn principal paraobstruir la obtencin de la viabilidad ambiental de un proyecto;.
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2012 : Luego de ms de veinte aos de la instauracin delmodelo sectorializado de evaluacin de EIA, los integrantesde la Comisin Multisectorial creada por R.S. N 189-2012-PCM del 23 de junio del 2012, encargada de disear yelaborar las propuestas normativas y polticas orientadas ala mejora de las condiciones ambientales y sociales bajo lasque se desarrollan las actividades econmicas,
especialmente, las industrias extractivas, proponen lacreacin del SENACE, proyecto que es aprobado por elConsejo de Ministros y presentado al Congreso
Esta medida permite que finalmente el pas avance a lasegunda generacin, paso que ya ha sido dado por lamayora de pases de la regin
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EVIITAR FIGURA DEJUEZ Y PARTE
La sectorializacin de losEIA ha generado elcuestionamiento de queel sector que promueve laactividad apruebe losEIA.
La gestin por sectoresdel EIA es una opcindescartada por lamayora de pases de laregin en que lacertificacin ambiental
est a cargo de laautoridad ambientalnacional o de unorganismo adscrito a lamisma
CONTAR CONNORMATIVA EINFORMACION QUEGENERENPREDICTIBILIDAD
Centralizar las funciones
permitir uniformizar lanormativa , la informacin ycriterios en la revisin de losEstudios de ImpactoAmbiental, lo que beneficiaral administrado toda vez quese generar certeza respectoa los procedimientosiniciados al ser establecidos
de manera clara yconsiderando plazosrazonables.
NECESIDAD DECERTIFICACINAMBIENTALCONFIABLE
Idoneidad:
Asegurar que la calidad delos Estudios de ImpactoAmbiental y que suevaluacinse realice por profesionalesde primer nivel
-Credibilidad:Generar confianza en la
poblacin, lo queconllevara a la reduccinde potenciales conflictosambientales
EVALUACIONDE EIAPOR ENTIDADCON MAYORESPECIALIZACIN
La evaluacin de los
Estudios de ImpactoAmbiental se realizarapor la entidad conmayor especializacinen el materia deevaluacin de impactoambiental adscrita,adems al sectorambiente, lo que
garantiza contar conpersonal altamentecalificado
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ElSENACE
Organismo pblicotcnico
especializado conautonoma tcnica
Adscrito alMinisterio del
Ambiente
Estar a cargode revisar y
aprobar losEIA detallados
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al
Las autoridades sectoriales del nivel nacional aprueban losEIA de los proyectos de alcance nacional o multiregional en elmbito de sus respectivas competencias.
Los Gobiernos Regionales y Locales, aprueban los EIA de losproyectos como consecuencia del proceso dedescentralizacin resulten de su competencia y han sidotransferidos por el sector competente.
El SENACE, de acuerdo a sus competencias, slo asumir funciones de lasautoridades sectoriales del nivel nacional.
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Los titulares del derecho a la consulta son los pueblos indgenas
cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma
directa por una medida legislativa o administrativa, as como los
del mbito geogrfico en el cual se ejecutara dicha medida oque sea afectado directamente por ella.
La consulta previa de acuerdo a su naturaleza se puede realizarincluso antes de presentarse el EIA, por lo que nonecesariamente est vinculado al mismo y se rige por su
normativa especfica
Consulta Previa
Ley 29815, Ley del derecho ala consulta previa a los
pueblos indgenas uoriginarios, reconocido en elConvenio 169 y su Reglamento
aprobado por DS N 001-2012-MC.
El proceso de participacin ciudadana en el procedimiento deevaluacin de impacto ambiental, es aplicable en todos los
casos a la DIA, el EIA-sd, el EIA-d y la EAE, de acuerdo a la
legislacin sectorial, regional o local que corresponda.La Autoridad Competente establece los mecanismos de
participacin ciudadana, a fin de facilitar la difusin de lainformacin y la incorporacin de observaciones y opinionesorientadas a mejorar los procesos de toma de decisiones
respecto de los estudios ambientales
Procesos de ParticipacinCiudadana
Ley 27446, D leg 1078 y DS
019-2009-MINAM, Ley delSistema de Evaluacin deImpacto Ambiental y
Reglamento
Reglamentos sectoriales
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DEL REGISTRO DE ENTIDADES AUTORIZADAS PARA ELABORAR ESTUDIOS
AMBIENTALES
El registro se regula en la Ley 27446, Ley del Sistema de Evaluacin de ImpactoAmbiental y su Reglamento aprobado por DS 019-2009-MINAM, los queestablecen que el MINAM conduce dicho Registro .
Ley establece que el SENACE tenga a su cargo la administracin del Registro
OEFA tiene a su cargo la fiscalizacin del cumplimiento de las disposiciones queregulan el Registro.
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Principios que rigen el accionar del SENACE
MULTISECTORIALIDAD
A fin de asegurar que lasvariables econmica y social
se incorporen al anlisisambiental.
GRADUALIDAD
Orientado a que la transferenciade la funcin de revisin y
aprobacin de los Estudios deImpacto Ambiental detallado sehaga de manera ordenada y en
funcin a prioridades que lepermita asumir la tarea sector
por sector.
CONSTRUCCION DECAPACIDADES
Orientado a que se cuente con lacapacidad y especializacin para
asumir la complejidad de revisary aprobar estudios de impacto
ambiental de proyectos de granenvergadura.
SIMPLIFICACION YVENTANILLA
UNICA
A fin de lograr que losprocedimientos se sujeten a lasimplificacin administrativa,
eliminacin de trabasburocrticas y eliminacin de
requisitos no necesariossuperposiciones o duplicidades.
MEJORA CONTINUA,INDICADORES Y RESULTADOS
Con el fin de hacer del SENACEuna organizacin modelo capaz de
generar una atmsfera adecuadapara el buen comportamientoambiental de las inversiones
sostenibles.
ESPECIALIZACION
Para lo cual se requiere contar conpersonal idneo, recursos tcnicos
y logsticos, dada la cantidad de
estudios que se revisananualmente y las caractersticasespeciales de cada uno de ellos.
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Funciones
Aprobar EIA-detallados, salvo
los que expresamente seexcluyan por DS con el votoaprobatorio del Consejo de
Ministros, y a propuesta delsector correspondiente,
los que sern evaluados por
el sector que disponga elreferido DS.
Administrar el Registro
Nacional de ConsultorasAmbientales.
Administrar el RegistroAdministrativo
de las CertificacionesAmbientales.
Solicitar cuando corresponda,
la opinin tcnica de otrasautoridades con
competencias ambientales
y absolver las solicitudesde opinin que se
formulen al SENACE.
Formular propuestas para lamejora continua de los
procesos de evaluacin de
impacto ambiental
(mecanismos de coordinacingubernamental, buenasprcticas de relaciones
comunitarias y de
participacin ciudadana).
Implementar elmecanismo de ventanilla
nica de certificacin
ambiental.
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Rol de las autoridades sectoriales
Formular propuestas normativas en el marco delproceso de evaluacin de impacto ambiental
Proponer mejoraspara la implementacin de laventanilla nica
Participar en el proceso de supervisin de laelaboracin de los EIA
Implementar sistemas de informacin y datageo-referenciada de los proyectos de inversin
Emitir opinin tcnica previa respecto a los TdRde los EIAque sean sometidos a su consideracin
Emitir opinin tcnica sobre aspectos tcnicos de losEIA, de conformidad a lo solicitado por el SENACE
Ventanilla nica
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Proceso de implementacin del SENACE
1ra etapa
Instalacinunidades
SENACE
2da etapa
Elaboracinherramientas
3ra etapa
Transferenciade funciones
4ta etapa
Seguimiento detransferencia de
funciones
Instalar ConsejoDirectivo
DesignarJefatura
Evaluacin de ventanilla nica
Documentos de gestin
Contratacin de personal
Capacitacin y asistencia tcnica
Guas y reglamentos
Normas para los registros de consultores ycertificaciones
Revisin TDR y supervisin de lnea basede EIA junto a sectores
El cumplimiento de esta etapa es verificado yaprobado por el Consejo Directivo como
condicin para transitar a la siguiente etapa
MINAM darseguimiento al
proceso detransferencia de
funciones hacia elSENACE
DS de MINAM ysector correspondiente:
Aprobacin del
Cronograma deTransferencia deFunciones
Transferencia delacervo documentario einformacin personal,
bienes y recursos.
Culminacin detransferencia al
SENACE
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