seminario de factura electrónica (parte i)

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CESSI Régimen establecido por las RG (AFIP) 2485 y 2511 y principales regímenes especiales Novedades y perspectivas 2011 Dr. (CP) José Francisco Cervini (h.) 29 de abril de 2011 Seminario – Taller Régimen de Factura Electrónica

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Material del seminario dictado el 29 de abril de 2011 en CESSI. Autor: Dr. (CP) JoséFrancisco Cervini (h.)

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Page 1: Seminario de factura electrónica (Parte I)

CESSI

Régimen establecido por las RG (AFIP) 2485 y 2511y principales regímenes especiales

Novedades y perspectivas 2011

Dr. (CP) José Francisco Cervini (h.)

29 de abril de 2011

Seminario – Taller Régimen de Factura Electrónica

Page 2: Seminario de factura electrónica (Parte I)

CronogramaHora Detalle09.15 Acreditación09.30 Régimen General de Factura Electrónica. Aspectos principales10.45 Coffee Break11.00 Principales Regímenes Especiales de FE13.00 Práctica13.45 Preguntas de los asistentes14.00 Fin del evento

Page 3: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Temario resumido• Normativa

– Régimen General de Factura Electrónica • RG 2485 + RG 2511. Aspectos principales del régimen.

– Principales Regímenes Especiales de Factura Electrónica, con las últimas novedades en la materia:

• RG 2557 Beneficiarios del régimen de incentivo para la fabricación de bienes de capital, informática y telecomunicaciones

• RG 2757 – RG 2855 - RG 2904 Resp. Inscriptos en IVA especialmente designados• RG 2758 – RG 2772 – RG 2865 – RG 3066 Exportadores de mercaderías con las

últimas modificaciones • RG 2853 – RG 2939 Proveedores del Sector Público Nacional • RG 2926 CAEA (CAE Anticipado)• RG 2959 Actividad hotelera y turística• RG 2975 – RG 2990 Importadores de mercaderías• RG 3067 – Nuevo REFE para MONOTRIBUTISTAS

• Práctica– Incorporación al RFE vía Web, paso a paso.– Método “Comprobantes en línea”, paso a paso– Método “Aplicativo”, paso a paso.– Ejemplo de implementación del Método Web Service.

• Espacio para preguntas de los asistentes.

Page 4: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RGFE (RG 2485 + 2511)• Características principales

– Un régimen: RFE (+ REFEs)– Dos sistemas normativos o subregímenes:

• RECE: 3 métodos: Aplicativo, WS y CEL• RCEL: 1 método: CEL

– Sujetos obligados: RI IVA c/Actividades del Anexo I RG 2485– FE vs FC tradicional CAE vs CAI– Cbtes. Obligatorios: Clase A, con ampliaciones y limitaciones– Empadronamiento: por Internet con Clave Fiscal– Obligaciones derivadas: RECE REAR RG 1361 (salvo MCEL

exclusivo)– Solicitud y respuesta s/ formatos aprobados– Datos FE ~ FC– Obligación de puesta a disposición de la FE– Verificación del CAE por consulta Web

Page 5: Seminario de factura electrónica (Parte I)

3. Régimen de Factura Electrónica

• Es un régimen especial de emisión de• Facturas• Notas de débito• Notas de crédito• Documentos equivalentes

– ORIGINALES– en forma electrónica.

• Sustituye su emisión en papel con CAI(datos: RG 2485 Anexo VI)

Page 6: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Diferencia entre FE y FC comúnTipo de

comprobante¿CAI o CAE?

Soporte Talonario o Comprobante

Verificación

Autorización previa del lote preimpreso de

comprobantes en blancoAutorización previa de la empresa y pto. de ventaImpresión en tiempo real

Autorización previa del Controlador Fiscal

Impresión en tiempo real

Autoimpresores

Controladores Fiscales

Papel

Autorización previa de cada comprobante con extracto de datos de la

operación concreta

Solo se puede verificar que la empresa está

autorizada a emitir el comprobante,

Cualquier soporte (digital o papel)

Se puede verificar el contenido del

comprobante, con limitaciones

Factura de papel RG 1415

CAI

Factura Electrónica

CAE

Page 7: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE (cont)• Un régimen, dos sistemas (+ casos especiales)

– Sistema “RECE”– Sistema “RCEL”

• Sistema “RECE”: tres métodos opcionales y no excluyentes entre sí:– i) Aplicativo SIAp – RECE – Versión 4.0– ii) Web Service � servicio en línea automatizado – iii) “Comprobantes en línea” � Servicio con clave fiscal. Hasta

100 comprobantes mensuales. Operación manual

• Sistema “RCEL”: un solo método:– "Comprobantes en línea“. Sin limitación de nro. de cbtes.

Page 8: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Ambigüedades terminológicas

Término Acepción 1 Acepción 2Régimen(Art. 1)

Régimen RECE y Régimen RCEL (subregímenes)

Sistemas(Arts. 1, 33)

Sistemas normativos

RECE y RCEL

Sistemas informáticos para

la solicitud de CAE del RECE

Sistemas normativos RECE y RCEL(subregímenes)

Métodos (Art. 23, 27,

28 y 30)

= “Opciones” de emisión para el sistema RECE

Métodos de emisión (Aplicativo, Web

Service y Comprobantes en

línea)

Uso propuestoRégimen de

factura electrónica en

su conjunto

El Régimen de factura electrónica en su

conjunto

Page 9: Seminario de factura electrónica (Parte I)

4. Sujetos

• Obligatorios– Responsables inscriptos en el IVA

• Opcionales– Responsables Inscriptos en IVA– Monotributistas

• Excluidos– Restantes sujetos exentos en el IVA– Sujetos no alcanzados en el IVA– No categorizados

Page 10: Seminario de factura electrónica (Parte I)

5. Comprobantes alcanzadosClases de

ComprobantesFacturas o

DocumentosEquivalentes

Notas deDébito

Notas deCrédito

Clase "A" Sí (1) Sí (1) Sí (1)Clase "A" con leyenda"Pago en CBU informada"

Sí (1) Sí (1) Sí (1)

Clase "M" Sí (1) Sí (1) Sí (1)Clase "B" Sí Sí SíClase "C“ Sí (2) Sí (2) Sí (2)(1) Salvo "nuevos contribuyentes" [RG (AFIP) 1575] que estén

alcanzados por la obligación de utilizar el RECE, en cuyo caso están excluidos de la obligación de emitir comprobantes electrónicos

(2) Sólo monotributistas

Page 11: Seminario de factura electrónica (Parte I)

6. Comprobantes excluidos

Están excluidos del régimen los siguientes comprobantes:• Facturas de exportación clase “E”: (Derogado por RG 2758 /

2772)• “Nuevos contribuyentes”: FC y DE, ND y NC, clases “A”, “A” con

leyenda, y “M” RG 1575 alcanzados por el RECE. No están excluidos los que utilicen el RCEL.

• Operaciones con consumidores finales: FC o DE, clase "B" a CF, con entrega en el local.

• Operaciones con tratamiento especial: Anexo IV de la resolución general (AFIP) 1415.

• Operaciones exceptuadas de emitir comprobantes: Anexo I, apartado A), de la resolución general (AFIP) 1415.

• Controladores fiscales: documentos fiscales (TK, TK-FC, FC, ND y otros) que se emitan mediante controladores fiscales, y NC (doc. no fiscales homologados o autorizados)

• DE expresamente autorizados por la AFIP (F. 1116-B y F. 1116-C)

Page 12: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE: ¿Obligatorio u Opcional?

Es obligatorio:– Por las actividades y

condiciones indicadas en el Anexo I

Es obligatorio:– La emisión de FC, DE,

ND y NC, Clases “A”, (y clase “B” en determinados casos), únicamente.

Es opcional– Por las restantes

actividades

Es opcional– Para los restantes

comprobantes, clases “A”, “B” y “C”, que no estén excluidos expresamente.

Page 13: Seminario de factura electrónica (Parte I)

7. ¿RECE o RCEL?

• Sujetos Obligados: – Responsables Inscriptos IVA

• RECE � Actividades y condiciones Anexo I

• Sujetos optativos– Restantes RI IVA

• RECE, o • RCEL

– Monotributistas• RCEL únicamente

Page 14: Seminario de factura electrónica (Parte I)

8. Actividades incluidas en el RECE obligatoriamente (Anexo I)

1) A partir del 1/04/07– Servicios de planes de salud con cuota mensual– TV por cable y satelital (*)– Servicios de acceso a Internet con abono mensual (*)

2) A partir del 1/07/07– Telefonía móvil– Empresas prestadoras de servicios públicos que además

desarrollen actividades indicados con (*).

3) A partir del 1/10/07– Transporte de caudales u objetos de valor– Seguridad– Limpieza de inmuebles

Page 15: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Actividades incluidas en el RECE obligatoriamente (Anexo I) (Cont.)

4) A partir del 1/01/09 (1):• Publicidad y conexos• Explotación de obras de infraestructura del transporte, con cuentas

corrientes o telepeaje, prestados en CABA o PBA• Servicios de informática y desarrolladores de software• Servicios profesionales prestados por:

– abogados, licenciados en administración, licenciados en economía, licenciados en sistemas, contadores públicos, actuarios, escribanos, notarios, ingenieros, arquitectos;

– siempre que los montos totales facturados en el año calendario inmediato anterior sean iguales o superiores a $ 600.000.-

• Nota: (1) Ésta es la fecha a partir de la cual se debe solicitar autorización de emisión de comprobantes. La fecha a partir de la cual se incorporan estas actividades al régimen es el 1/12/2008.-

Page 16: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Actividades con topes objetivos8.1. Agencias de publicidad, "marketing", "telemarketing" (incluye la oferta de productos con venta telefónica y los centros de contacto "Call Center"), promociones (crea-tividad, diseño, promociones en cualquier medio, etc.). – Cuando alguna de estas actividades se ejerza solamente como

actividad secundaria de otras actividades no obligadas al RFE, solamente se estará obligado al RFE cuando la cantidad de comprobantes clase "A" emitidos en el año calendario inmediato anterior sea igual o superior a 6.000).-

8.5. Receptorías de solicitudes de publicación de avisos:– Siempre que la cantidad de comprobantes clase "A" emitidos en el año

calendario inmediato anterior sea igual o superior a 6.000.

Page 17: Seminario de factura electrónica (Parte I)

9. Actividades del ex Anexo II (eliminado por RG 2511)

Para Responsables Inscriptos IVA:• Actividades que iban a estar obligadas al RCEL• Ahora son voluntarias (RECE o RCEL)

– Servicios de restaurante con atención al público.– Servicios de expendio de comidas (pizzerías, heladerías y

"fast food", entre otros).– Servicios de preparación y venta de comidas al público.– Servicios profesionales

• (mismas profesiones del Anexo I) • Siempre que en el año calendario inmediato anterior los ingresos

totales facturados sean superiores a $ 300.000 e inferiores a $ 600.000.

Page 18: Seminario de factura electrónica (Parte I)

10. Alcance de la obligación

Actividades alcanzadas por el RECE• Regla general. Se debe emitir en forma electrónica:

– FC o DE, ND y NC, clase "A", cualquiera sea su importe. • Limitaciones

– Servicios de planes de salud con abono de cuota mensual:• Solamente las emitidas a personas jurídicas

• Ampliaciones– Servicios de seguridad, transporte de caudales, limpieza de

inmuebles y profesionales:– Además: las FC o DE, ND y NC, clase "B", por importes iguales

o superiores a $ 10.000.

Page 19: Seminario de factura electrónica (Parte I)

11. Sujetos y actividades excluidas

Empresas de servicios públicos

• Actividad principal: servicios públicos, no alcanzados s/ Anexo I.

• Actividad/es complementaria/s: una o más de las actividades incluidas en el Anexo I

• Condición: Emitir hasta 100 FC, DE, ND o NC, mensuales, de la actividad secundaria alcanzada� Puede solicitar la exclusión del régimen

Page 20: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12. Incorporación y Exclusión

• Sujetos obligados– Incorporación al régimen– Exclusión de oficio– Exclusión por cese de la actividad que dio lugar a la inclusión

obligatoria en el régimen

• Sujetos voluntarios– Incorporación al régimen– Exclusión de oficio– Exclusión voluntaria

Page 21: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.1. Incorporación obligatoria

• Alta vía Internet– Sitio AFIP (www.afip.gov.ar)– Trámites con clave fiscal (RG 1345)– Servicio “Regímenes de facturación y registración (REAR/RECE/

RFI)”– Seleccionar sistema de emisión: RECE

• ¿Cuándo?– Anticipación 5 días hábiles administrativos

• Autorización– Se publicará en el sitio Web de la AFIP

Page 22: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.2. Exclusión de oficio de sujetos incorporados obligatoriamente

• ¿Por qué?– Cuando se detecten

• incumplimientos o • anomalías

en sus obligaciones

• ¿Desde cuándo?– A partir del primer día del segundo mes inmediato siguiente al

de notificación del correspondiente acto administrativo que disponga dicha exclusión

• Publicación– En la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar)

Page 23: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.3. Exclusión por cese de la actividad obligada al RFE

• Solicitud– Por multinota [RG (AFIP) 1128] fundada.

• ¿Desde cuándo?– A partir del primer día del segundo mes inmediato

siguiente al de notificación del correspondiente acto administrativo que disponga dicha exclusión

• Publicación– En la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar)

Page 24: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.4. Incorporación voluntaria• Solicitud.

– ¿Cómo? = que en la incorporación obligatoria

– Sistemas• RI IVA: opción entre RECE y RCEL• Monotributistas: sólo pueden optar por el RCEL

– Trámite• Suspensión por inconsistencias, por 10 DHA para subsanarlas. • Desistimiento tácito en caso de incumplimiento.

• Resolución– Aprobación � Se publicará en el sitio Web de la AFIP– Rechazo � se notificará fehacientemente

• Permanencia mínima– 1 año desde la publicación de la aceptación de la adhesión.

• Renovación automática– Por períodos iguales (de 1 año)

Page 25: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Inconsistencias

• Comunes a RI IVA y Monotributistas:– Datos inexactos o incompletos en la solicitud de adhesión. – Domicilio fiscal desactualizado– Querellas o denuncias penales (L. 22.415, 23.771 y 24.769), o

por delitos comunes conexos con el incumplimiento de las obligaciones tributarias, o que se haya procesado funcionarios oex funcionarios; con prisión preventiva o auto de procesamiento vigente. (PJ��PF integrantes responsables)

– Quiebra decretada sin continuidad de explotación.– No presentación de DDJJ SUSS (últimas 12 vencidas)

Page 26: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Inconsistencias (cont.)

• RI IVA– No presentación de DDJJ

• GS: última vencida• IVA: últimas 12 vencidas• Al penúltimo mes anterior a la fecha de solicitud de incorporación.

• Monotributistas• Falta de pago del Monotributo:

– 9 meses anteriores a la fecha de la solicitud de adhesión.

Page 27: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.5. Exclusión de oficio de incorporados voluntariamente

• ¿Por qué?– Inconsistencias sobrevinientes– Sujetos que no soliciten CAE por 12 meses seguidos.

• ¿Cómo?– Por resolución fundada

• Duración de la exclusión– Causales generales

• 3 años• Se extenderá hasta que se subsanan o cesan las causales de

exclusión– Por determinación de oficio del domicilio fiscal

• 1 año

Page 28: Seminario de factura electrónica (Parte I)

12.6. Exclusión voluntaria de sujetos voluntarios

• Requisitos para solicitarla:– Haber transcurrido un ejercicio regular, anual y completo.

• Procedimiento:– Por Internet, trámite con clave fiscal.

• Efectos:– Por 3 ejercicios anuales, regulares y completos no se podrá

solicitar el reingreso

Page 29: Seminario de factura electrónica (Parte I)

13. Obligaciones derivadas. Regla general

Sujeto Métodos Obligaciones derivadas

Responsables Inscriptos en IVA o

Monotributistas

Método “Comprobantes en

Línea”,Únicamente

èNo obligados al REAR RG 1361

(ni DEF ni LEIVA)

Responsables Inscriptos en IVA

Al menos uno de los métodos “Aplicativo” o “Web Service”

èObligados a cumplir con el REAR

RG 1361 è(DEF y LEIVA)

Page 30: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Obligados al REAR (RG 1361). Efectos

– RG 1361 Título I: Duplicado electrónico de cbtes.• FC o DE, ND y NC que se emiten obligatoriamente en forma

electrónica: – en forma inmediata.

• Restantes comprobantes electrónicos (opcionales): – A partir de que opte por emitirlos en forma electrónica.

• Restantes comprobantes (papel): – a partir de los 12 meses de la obligatoriedad del régimen.

– RG 1361 Título II: Registración de operaciones: • Libros de IVA Ventas e IVA Compras, Electrónicos:

– En forma inmediata, para todos los comprobantes

– RG 1361 Anexo III: Aceptación implícita

Page 31: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Obligados al REAR (RG 1361)• Obligaciones mensuales

– Generar los archivos RG 1361 Anexo II (no existe aplicativo; subproducto sistema contable)

• DEF: Cabecera, Detalle, Percepciones• Libro IVA Ventas• Libro IVA Compras

– Validación (SIRED)– Generación del Código de Seguridad (CS): SIRED– Presentación del CS mediante servicio REAR con clave fiscal,

vto.: día 15 mes calendario siguiente.– Generación de soportes ópticos (2 juegos), con:

• Mismos archivos + CS– Almacenamiento:

• Domicilio fiscal• Domicilio alternativo declarado

Page 32: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 1361 Anexo III

• Implica obligaciones en materia de:

– Operatividad del equipamiento informático– Accesibilidad de la información– Medidas de seguridad informática– Actualización de soportes obsoletos– Impresión de documentación almacenada– Conexión a Internet para consulta de archivos por parte de la

AFIP– Contestación de requerimientos sobre facturas o registros

electrónicos IVA-Ventas e IVA-Compras en plazo perentorio de 2 días hábiles administrativos

– Entre otras.

Page 33: Seminario de factura electrónica (Parte I)

14. Requisitos de la Factura Electrónica

• La FE requiere autorización previa de la AFIP • � Solicitud del CAE (Código de Autorización de Emisión)

• El CAE sustituye al CAI (Código de Autorización de Impresión)

• Validez fiscal de los comprobantes:– De papel: con CAI– Electrónicos: con CAE

Page 34: Seminario de factura electrónica (Parte I)

15. Circuitos básicos de solicitud de CAE

• Sistemas normativos– RECE: (Métodos 1, 2 ó 3, cualesquiera)– RCEL: (Método 3 únicamente)

• Métodos1. Aplicativo RECE - Versión 4.02. Web Service (Servicio Web)3. Comprobantes en línea

Page 35: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Método “Aplicativo” SIAp RECE V. 4.0

• En la empresa– Prefacturación por Sistema y generación de archivo ASCII– Importación del archivo de texto al Aplicativo "RECE - Versión 4.0".– Alternativamente, carga manual de datos en el aplicativo.– Generación de la DDJJ de solicitud del CAE con el aplicativo RECE

• De la empresa a la AFIP– Envío de la solicitud del CAE por trámites con Clave Fiscal, servicio

"Presentación de declaraciones juradas“, por Internet.• De la AFIP a la empresa

– Puesta a disposición en ventanilla electrónica de la solicitud del CAE aprobada, rechazada o con observaciones. Aviso por "e-mail".

• En la empresa– Descarga por Internet del archivo de respuesta a la solicitud del CAE

por ventanilla electrónica, con Clave Fiscal.– Incorporación del CAE y su fecha de vencimiento al Sistema de Gestión– Emisión de las facturas electrónicas.

• De la empresa a los clientes– Puesta de las facturas electrónicas a disposición de los clientes.

Page 36: Seminario de factura electrónica (Parte I)

¿Qué es un “Web Service”?

• Según Wikipedia:– Es un sistema de software diseñado para permitir interacción de

máquina a máquina sobre una red (traducción libre del inglés)– Diferentes:

• Aplicaciones• Lenguajes• Plataformas

– Puede intercambiar datos entre sí usando Web services por redes como Internet

– Uso de estándares abiertos– Organizaciones reguladoras:

• OASIS• W3C• WS-I

Page 37: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Método “Web Service”

• En la empresa– Inicio del proceso de facturación por Sistema de Gestión– Generación del archivo “XML" para la solicitud del CAE.

• De la empresa a la AFIP– Envío archivo XML de solicitud del CAE por “Web Service".

• De la AFIP a la empresa– Respuesta en línea a la solicitud del CAE: aprobada, rechazada

o con observaciones, mediante archivo XML.• En la empresa

– Incorporación automatizada del CAE y su fecha de vencimiento al Sistema de Gestión.

– Emisión de las facturas electrónicas.• De la empresa a los clientes

– Puesta de las facturas electrónicas a disposición de los clientes.

Page 38: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Método “Comprobantes en línea”

• Servicio con Clave Fiscal� www.afip.gov.ar/clavefiscal� Habilitación previa en el Administrador de Relaciones de Clave

Fiscal

• La generación de los comprobantes se hará utilizando en forma manual el servicio "Comprobantes en línea”� Es un “facturador fiscal”� No hay interacción con sistemas de Gestiónè No hay solicitud previa del CAE: se asigna en el momento de

emisión

Page 39: Seminario de factura electrónica (Parte I)

16. RECE. CAE. Solicitud y respuesta• Aplicativo SIAp RECE V 4.0

– Diseño de registro ASCII• Solicitud

– RG 2485 Anexo IV A) Ventas– RG 2485 Anexo IV B) Prestación de servicios

• Respuesta AFIP (autorización (c/s obs.) o rechazo)– RG 2485 Anexo V

• Web Service– Diseño de archivos XML y demás documentación técnica en

sitio Web AFIP. Mismos datos que archivos ASCII

• Comprobantes en línea– Interactivo

Page 40: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Requisitos de la solicitud• Registros a generar:

– Comprobantes clase "A": un registro por comprobante;– Comprobantes clase "B" cuyo importe sea igual o superior a $

1.000: un registro por comprobante;– Comprobantes clase "B" cuyo importe sea inferior a $ 1.000: un

registro por lote de comprobantes; el importe del lote será la suma de los importes de los comprobantes comprendidos.

• ND y NC: – no se podrá utilizar el código de comprobante multifunción, sino códigos

específicos (02, 03, 07 y 08, según corresponda)• Puntos de venta:

– Uno o más puntos, exclusivos para FE. – No se puede compartir puntos de venta con facturas papel [RG (AFIP)

100] ni con controladores fiscales. – Tampoco se puede compartir puntos de venta de los Métodos

Aplicativo o Web Service, con “comprobantes en línea”.

Page 41: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Requisitos de la solicitud (cont.)• Correlatividad:

– Dentro de cada solicitud y entre las distintas solicitudes entre sí, debe respetarse la correlatividad.

– No pueden dejarse números de comprobante sin utilizar o anulados.

• Uso de fechas– Solicitud de autorización sin fecha de cbte.:

• La fecha del comprobante será la fecha del otorgamiento del CAE – Solicitud de autorización con fecha de cbte.:

• Prestaciones de servicios: la solicitud podrá efectuarse hasta 10 días corridos antes o después de la fecha consignada en el comprobante.

• Restantes operaciones: la solicitud no podrá exceder los 5 días corridos de la fecha del comprobante.

La fecha de emisión será la fecha consignada en la solicitud.

Page 42: Seminario de factura electrónica (Parte I)

17. Autorización

• Se asignará un CAE para cada registro de la solicitud de autorización.

• Deberá conservarse el comprobante de la autorización (o rechazo, en su caso) por 2 años.

• En caso de inoperatividad del sistema, se deberá emitir comprobantes en papel – RG 100 c/CAI (preimpresos o autoimpresor)– Controlador fiscal.

Page 43: Seminario de factura electrónica (Parte I)

18. Rechazo

• El rechazo corresponde a inconsistencias con relación el emisor:– Situación en el IVA <> RI (o Monotributista, en su caso)– domicilio no confirmado– Etc.

• No se hacen autorizaciones o rechazos parciales (salvo superposición parcial de comprobantes)

• Ante el rechazo, el emisor puede:– Emitir el lote rechazado mediante facturas preimpresas, las que

emita como autoimpresor, o por controlador fiscal– Solucionar las inconsistencias y reiterar la solicitud.

Page 44: Seminario de factura electrónica (Parte I)

19. Aprobación con observaciones de comprobantes clase “A”

• Corresponde observar los registros que presenten inconsistencias con relación al receptor:– CUIT inválido– Situación en el IVA <> RI IVA– etc.

• En estos casos, se consignará el código de observación.• El IVA discriminado no podrá computarse como crédito

fiscal por el receptor. • El lote será aprobado "con observaciones".

Page 45: Seminario de factura electrónica (Parte I)

20. Contenido de la FE

• Debe contener los datos del Anexo II de la RG 1415 (modelo tradicional de factura), con las siguientes adecuaciones:– En lugar del CAI y su vto., va el CAE y su vto.– Debe consignarse el Código de Tipo de Comprobante.– En los comprobantes clase "A" autorizados con observaciones,

se debe poner el código que indica que el IVA no puede computarse como crédito fiscal.

– La ubicación física de los datos, se da por cumplida. – Código de barras: no se considera obligatorio (salvo en el

método CEL, que la AFIP lo consigna).

Page 46: Seminario de factura electrónica (Parte I)

21. Puesta a disposición de la FE

• Deberá ponerse a disposición del receptor el comprobante electrónico autorizado dentro de los 10 días corridos de asignación del CAE.

• Forma:– Si el receptores, a su vez, emite originales o almacena

duplicados electrónicos: la puesta a disposición debe hacerse mediante un archivo que contenga los datos de la especificación de registro establecida en el Anexo VI de la RG 2485.

– No se especifica la forma para los restantes casos.• Tampoco se establece el medio de prueba de la puesta

a disposición.

Page 47: Seminario de factura electrónica (Parte I)

22. Principales problemas técnicos

• Formato de la FE• Entrega o puesta a disposición• Privacidad del mensaje• Integridad del mensaje• No repudio• Timbrado de fecha y hora

Page 48: Seminario de factura electrónica (Parte I)

23. Receptores de FE

• Almacenamiento. Casos (art. 36 RG 2485):– Sujetos de la RG 1361 (emisores de duplicados electrónicos y/o

libros electrónicos IVA - Ventas e IVA - Compras): • Podrán utilizar mismo soporte y formato que para los duplicados

electrónicos– Restantes sujetos:

• Podrán utilizar el mismo formato que los sujetos de la RG 1361.• No están obligados a generar el Código de Seguridad (CS) (Art. 20

RG 1361) (con relación a los comprobantes recibidos).

• Alternativamente, podrán almacenarlos impresos en papel.

Page 49: Seminario de factura electrónica (Parte I)

24. Norma de aplicación supletoria

• La RG 1361 se aplica en forma supletoria en los aspectos no previstos por la RG 2485.

• P. ej.:Definiciones de los campos de los registros de los Anexos IV, V y VI

Page 50: Seminario de factura electrónica (Parte I)

25. ¿Qué significa el CAE?

• El otorgamiento del CAE no implica la legitimidad de la operación, sino solamente el cumplimiento de los aspectos formales que habilitan su emisión.

� Posibilidad de impugnación por la AFIP, de tratarse de comprobantes de operaciones inexistentes.

Page 51: Seminario de factura electrónica (Parte I)

26. Consulta Web del CAE

• En el sitio Web de la AFIP, servicio "Verificación de validez de comprobantes emitidos electrónicamente", se permite a los receptores de comprobantes electrónicos verificar que cada uno de ellos se encuentra autorizado por la AFIP. – Sólo se puede verificar datos de cabecera y pie del mismo– No se puede verificar restantes datos

Page 52: Seminario de factura electrónica (Parte I)

27. RECE. Autoimpresores

• Pueden inscribirse como autoimpresores:– RI IVA– Incorporados al RECE

• Finalidad:– Para el caso de tener que emitir en papel los comprobantes por

caída del sistema de la AFIP o rechazo de las solicitudes de autorización de emisión.

– Emisión opcional de Remitos R u otros comprobantes excluidos del RFE.

Page 53: Seminario de factura electrónica (Parte I)

28. SancionesArt 41 RG 2485 Ley 11.683

• Infracciones al régimen de facturación y registración– Art. 39: multa de $ 150 a $ 2.500

• Por “incumplimiento de deberes formales”– Art. 40. Multa de $300 a $ 30.000 y clausura de 3 a 10 días

• Por no entregar o no emitir de FC o DE “en la forma, requisitos y condiciones” establecidas por la AFIP

• Por la no registración, o registración incompleta o defectuosa, de las compras y ventas (en sentido amplio) “incumpliendo con las formas, requisitos y condiciones exigidos por la AFIP”

• No poseyeren o no conservaren las FC o DE de las compras necesarias para la actividad (en sentido amplio).

Page 54: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Sanciones (cont.)

• Por incumplimiento de regímenes de información

– Art. 38.1. Multa automática por falta de presentación de DDJJ informativas: de hasta $ 5.000 (y de hasta $ 10.000 en caso de PJ y EE)

– Art. 39.1. Multa por falta de cumplimiento de requerimientos a presentar DDJJ informativas del art. 38.1: de $ 500 a $ 45.000.-

Page 55: Seminario de factura electrónica (Parte I)

29. Vigencia y aplicación

• Vigencia de la RG 2485: 3/09/08.• Vigencia de la RG 2511: 31/10/08• Aplicación:

– Fecha de incorporación al régimen de las actividades agregadas : 1/12/08.

– Fecha de inicio de la obligación de solicitar autorización de comprobantes electrónicos, de las actividades agregadas: 1/01/09.

Page 56: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Principales Regímenes Especiales• RG 2557

– Beneficiarios del régimen de incentivo para la fabricación de bienes de capital, informática y telecomunicaciones

• RG 2757 – RG 2855 - RG 2904 – Resp. Inscriptos en IVA especialmente designados

• RG 2758 – RG 2772 – RG 2865 – RG 3066 – Exportadores de mercaderías con las últimas modificaciones

• RG 2853 – RG 2939 – Proveedores del Sector Público Nacional

• RG 2926 – CAEA (CAE Anticipado)

• RG 2959 – Actividad hotelera y turística

• RG 2975 – RG 2990 – Importadores de mercaderías

• RG 3067– Nuevo REFE para MONOTRIBUTISTAS

Page 57: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2557. Régimen Dec. 379/01• Beneficiarios del régimen de incentivo a la fabricación de

bienes de capital, informática y telecomunicaciones:• Sujetos (RI IVA): Obligados• Adhesión: automática• Sistema normativo: Ni RECE , ni RCEL • Comprobantes obligatorios: Sólo operaciones incentivadas• Métodos:

• Web Service• Comprobantes en línea.

• Punto(s) de venta exclusivo(s).• RG 2485: aplicación supletoria• Vigencia: 2/03/09

• FE es condición necesaria para gozar de los beneficios

Page 58: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2557. Régimen Dec. 379/01• Cuestiones no especificadas:

– Comprobantes opcionales:– Restantes comprobantes

• No es RECE � No obligatorio REAR RG 1361 � No debe cumplir:• T.I.: Duplicados electrónicos, ni• T.II: Libros de IVA Ventas y Compras electrónicos

• Modificación Web Service• Web Service con detalles de las FE

Page 59: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA esp. designados• Sujetos comprendidos

– RI IVA – Notificados fehacientemente– Nota firmada por Juez Administrativo, (Antelación mínima: 30 DHA)

• Comprobantes alcanzados– FC, ND y NC, Clases A y B

• Comprobantes excluidos:– Los emitidos por Controladores Fiscales– Ventas por Ruteo (facturación al entregar, en el domicilio del cliente,

como Autoimpresor)– Operaciones a consumidores finales, con entrega del bien o prestación

del servicio, en el local, oficina o establecimiento (RG 2969).• Notas de débito y crédito vinculadas con FE

– Siempre deberán emitirse en forma electrónica– No se admite la dispensa del art. 11 RG 2485 (10%)

Page 60: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA esp. designados• Incorporación al régimen

– Empadronamiento hasta 1 día antes de la fecha de obligatoriedad para el cyte.

– Opciones:1. Factura con detalle, o2. FE RG 2485 + Régimen de información de operaciones

– Cambio de opción• Libre, si no se emitieron cbtes.• Solo de la opción 2 a la opción 1, si ya se emitieron cbtes.

– Incorporados con anterioridad al RFE e incluidos en RG 2904• Deberán ejercer esta opción

– Incorporados por RG 2757• Podrán optar por cualquiera de las opciones

Page 61: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA Esp. Designados• Datos que debe contener el comprobante

– Típicos FC A o B (RG 1415)– Datos nuevos, en caso de optar por Factura con Detalle

• Descripción que permita identificar el bien vendido, el servicio prestado, la cosa, obra o servicio locado o el trabajo realizado.

• Cantidad de los bienes enajenados y unidad de medida.• Precio unitario y total.• Todo otro concepto que incida cuantitativamente en el importe total de

la operación.• Requisitos eliminados por RG 2969

– Unidad de referencia– Codificación del producto.

Page 62: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA Esp. DesignadosSolicitud de autorización • Datos RG 2485 + 2511 + Datos adicionales siguientes, en caso de

optar por “factura con detalle” (RG2969):1. Codificación del producto.

• Ente emisor: Asociación Argentina de Codificación de Productos Comerciales - CODIGO

• Códigos GTIN 13, GTIN 12 y GTIN 8• Correspondientes a la unidad de consumo minorista.• El precio unitario siempre deberá ser > 0

2. Unidad de referencia 1. Caso de presentaciones distintas a la unidad de consumo minorista (ej.:

caja, bulto, pack, etc.)2. Indicar las cantidades de unidades de consumo minorista contenidas en la

presentación. 3. Si el producto se encuentre individualizado en su unidad de consumo

minorista (en el código, precio y unidad de medida) � UR = 1.3. Códigos genéricos � Ver tabla diapositiva siguiente

1. Para conceptos distintos a los productos. 2. Material promocional o muestras � “Ventas Varias”

Page 63: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA Esp. Designados• Códigos genéricos

CÓDIGO DESCRIPCIÓN7790001001030 Descuentos y bonificaciones comerciales7790001001047 Conceptos financieros7790001001054 Ventas varias7790001001061 Bienes de uso7790001001078 Servicios prestados7790001001085 Fletes7790001001092 Alquiler7790001001115 Depósito y servicios de logística7790001001122 Repuestos y accesorios7790001001139 Ajustes impositivos7790001001146 Actividades comerciales no codificadas7790001001153 Venta de material de rezago

Page 64: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA esp. designados• Métodos admitidos

– Opción “Factura con Detalle”• Web Service (RG 2904 - Diseño de registro XML - Versión 0)• Comprobantes en Línea (hasta 2.400 cbtes. anuales)

– Opción “FE RG 2485 + 2511”• Aplicativo RECE V. 4.0• Web Service

– RG 2485 – Diseño de registro XML - Versión 1 (Obligatorio desde el 1/7/11) (RG2969)– RG 2485 – Diseño de registro XML – Versión 0 (actual): Los actuales y nuevos usuarios lo

podrán usar hasta el 30/06/11) (RG 2969)• Comprobantes en línea (hasta 2.400 cbtes. anuales)

– Puntos de venta distintos y específicos• De los puntos de venta para cbtes. con CAI • De otros regímenes de FE • De los otros métodos de solicitud de CAE

• REAR:– No se aplica, por disposición expresa, salvo en caso de inclusión obligatoria en

Anexo I RG 2485 + 2511• RG 2485 + 2511: Aplicación supletoria

Page 65: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2904. RI IVA esp. designados• Régimen de información de operaciones

– Obligados: quienes opten por “FE RG 2485 + 2511”– Aplicativo:

• “Factura Electrónica – Régimen de información de operaciones”– Versión 1.0: vigente hasta el 31/03/11– Versión 2.0 (RG 2969): obligatorio desde el 1/04/11. Uso opcional desde 19/11/10.

• Información del detalle de las FE emitidas• Día por día

– Presentación por quincena calendario– Vencimiento: 2 DHA de finalizada la quincena– Informar casos “Sin movimiento”– Descuentos y bonificaciones, se informarán como “Total de Descuento Global

Diario” (RG 2969).– NC por descuentos o bonificaciones y ND que los reviertan:

• Se informarán por el código genérico • Sin información del importe documentado (RG 2969).

– Presentación por Transferencia Electrónica de Datos, con Clave Fiscal, Servicio: “Régimen de Información – Factura Electrónica

• Vigencia– RG 2904: 13/09/10– RG 2969: 19/11/10

Page 66: Seminario de factura electrónica (Parte I)

FE de Exportación• Sujetos incluidos

– Exportadores– Inscriptos en los Registros Especiales Aduaneros– RG 3066: No se exige que sea RI IVA.

• Factura Electrónica de Exportación• Alcance

– Exportaciones de bienes: obligatorio para subregímenes de X detallados

– Estos regímenes no incluyen las exportaciones de servicios, por lo cual se deduce que la obligatoriedad es para los exportadoresde cosas, o, como se dice en el ámbito aduanero, mercaderías.

• Por las exportaciones de servicios:– Puede emitirse factura de papel con CAI, como hasta ahora, o– Puede emitirse FEX, opcionalmente, siempre que el cyte. esté

inscripto en los Registros Especiales Aduaneros.

Page 67: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Subregímenes de exportaciones

– EC01 Exportación a consumo EXPCON– EC03 Exportación a consumo c/DIT con transformación EXPCON– EC04 Exportación a consumo c/DIT ingres. p/transf. egresado s/transf. EXPCONS– EC05 Exportación a consumo de export. temporal c/transformación EXPCON– EC06 Exportación a consumo de export. temporal s/transform. EXPCONS– EC07 Exportación a consumo de mercadería en consignación EXPCONS– EC09 Exportación a consumo de concentrado de minerales EXPCON– EC16 Exportación a consumo de residuos de import. tempo. c/trans EXPCON– EC18 Exportación a consumo desde zona franca al exterior EXPCONS– EC19 Exportación a consumo con canc. de insumo ingr. temp. a ZF EXPCONS– ECE1 Egreso del AAE a cons. en ext. c/trans. terres. por TNC EXPCON– ECR1 Exportación a consumo de bienes transformados RAF EXPCON– ECR2 Egreso de mercadería s/transf. por venta al exterior REEMBARCO– EG01 Exportación a consumo gran operador EXPCON– EG03 Exportación a consumo c/DIT con trans. gran operador EXPCON– EG05 Exportación a consumo de exp. temp. c/transf. p/gran operador EXPCONS– EG06 Exportación a consumo de exp. temp. s/transf. p/gran operador EXPCON– EG07 Exportación a consumo de merc. en consig. p/gran operador EXPCONS– EG13 Exportación a consumo c/DIT c/t gop con autorización EXPCON– ER01 Rancho para medios de transporte de bandera extranjera EXPCON– ER02 Rancho para medios de transporte de bandera nacional EXPCON– ES02 Exportación de mercaderías con precios revisables EXPCON– RE01 Reembarco sin documento de transporte (*) REEMBARCO– RE04 Reembarco con documento de transporte (*) REEMBARCO– RE05 Reembarco con documento de transporte DAP (*) REEMBARCO– RE06 Reembarco sobre destinación susp. de almacenamiento (*) REEMBARCO– REMO Guía de removido (**) EXPCON– ZFE2 Eg. por aerop./puerto de la ZF en el mismo estado al ext EXPCON– ZFE4 Egr ZF de un prod. de proc. product. o reparación al ext. EXPCON– ZFE6 Egr ZF de un residuo de proceso prod. c/valor com al ext EXPCON– ZFRE Reembarco por aeropuerto/puerto de la ZF mismo estado (*) REEMBARCO

• Referencias (*) Sólo si hay una venta al exterior. • (**) Sólo si la operación se realiza al Área Aduanera Especial, en el marco de la RG 1229 y modif. (RG

3066). En este caso, la obligación rige a partir del 1/10/10 (RG 2865 (B.O.: 8/7/10)

Page 68: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores

• Exportaciones a Tierra del Fuego– Consultas Frecuentes. Factura electrónica.

Exportación a Tierra del Fuego. Fuente: AFIP• La emisión de comprobantes de exportación a Tierra del

Fuego, ¿debe ser a través de factura electrónica?• La AFIP informa que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo

1 de la resolución general (AFIP) 2758, deberá utilizar factura electrónica de exportación cuando corresponda a alguno de los subregímenes indicados en el Anexo de dicha norma.

– Por lo tanto, si utiliza el subrégimen REMO RG (AFIP) 1229, el exportador se encuentra obligado a factura electrónica.

– Si, por el contrario, utiliza “guía de removido” [RG (ANA) 1649] manual, no se encuentra obligado a emitir comprobante electrónico.

Page 69: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Sin trámite de adhesión

– RG 3066: No están obligados a empadronarse en el RFE (antes: se dispensaba la comunicación a la AFIP la fecha en que comenzarán a emitir facturas electrónicas de exportación (FEX).

• Operaciones excluidas– Operaciones de exportación por cuenta y orden de terceros.– RG 3066: No se aplican las exclusiones del Anexo I, ap. A), RG 1415 a

las operaciones de exportación• Comprobantes incluidos en forma obligatoria:

– Facturas de exportación clase "E" (FEX).– Notas de crédito (NCX) y notas de débito (NDX) por operaciones de

exportación.• Comprobantes opcionales

– Operaciones de mercado interno, salvo los obligados por otros motivos

Page 70: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores

• Métodos de solicitud de CAE– Web Service de exportación: RG 3066 Anexo II

• Hasta 31/12/11: – a) RG 2758 - Diseño de Registro XML - V.0– b) RG 2758 - Manual para el Desarrollador - V.0

• Desde 1/01/12:– a) RG 2758 - Diseño de Registro XML - V.1– b) RG 2758 - Manual para el Desarrollador - V.1

– Comprobantes en línea. • Hasta 2.400 comprobantes anuales.

– Nuevo: “Facturador Plus”• = Comprobantes en Línea + Importación de datos • Hasta 50 registros por envío o lote• Especificaciones de registro: sitio Web de la AFIP.

Page 71: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Requisitos de la FEX, NDEX y NCEX:

– Puntos de venta• Distintos de cualquier otro• Podrá utilizarse más de un punto de venta por cada método.

– Numeración correlativa.– Datos RG 1415 FC, ND y NC, clase "E" – INCOTERMS (cláusula de venta) + forma de pago– RG 3066: Número de “Remito Electrónico Tabacalero” o del “Resumen de Datos

de Exportación”(RG 2509)– Exportaciones de valor cero: Se admite en los siguientes regímenes (deberá

detallarse valor FOB en campo Descripción):• Régimen de muestras: código de ventaja MUESTRAEXPO• Régimen de exportación para compensar envíos de mercadería con deficiencias:

código de ventaja SUSTITUEXP• Con fines promocionales: Código de ventaja PROMOEXPO.• A título gratuito: Código de ventaja EXPONOTITONEROSO

– e) De tratarse del envío de mercaderías al exterior bajo los regímenes que seguidamente se indican, se podrá consignar cero (0) como importe de la operación. En tales casos, el valor FOB unitario de la mercadería declarado en el permiso de embarque, deberá encontrarse detallado en el campo 'descripción del ítem' del respectivo comprobante de exportación:

Page 72: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Solicitud de autorización:

– RG 3066: Puede ser hasta cinco días anterior o posterior a la fecha de emisión

– Solicitud con fecha de emisión fecha de emisión = fecha indicada en la solicitud.

– Solicitud sin fecha de emisión Fecha de emisión = Fecha de asignación del CAE.

• Facturas con más de una hoja:– Número de factura único para todas las hojas– Cada hoja tendrá un número de secuencia:

• p. ej: hoja 1 de n, hoja 2 de n, hoja n de n.– Se trasladará el subotal de cada hoja a la siguiente– En la última se indicará el total.

Page 73: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Aprobación

– Se asignará un CAE por FEX, NDEX, NCEX• Rechazo

– Se comunicará sin asignar CAE• Efectos fiscales

– Sólo con la asignación del CAE.– Sólo se podrán modificar con NCX o NDX (RG 3066).– Cada NCX o NDX, solamente podrá relacionarse con un solo

comprobante (FEX, NDX o NCX)• Vencimiento del CAE = Fecha de emisión (RG 3066)• Exportadores y el REAR

– Obligados a FEX solamente � No obligados al REAR– Obligados a FEX y a FE c/Aplicativo o Webservice � REAR– Obligados a FEX y a FE c/CEL: No obligados al REAR– Ver casos especiales

• Contingencia – Emitir comprobantes de papel RG 1415, etc.

Page 74: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RFE Exportadores• Otros requisitos

– Vinculación dela FEX con la destinación aduanera• Previa: al oficializarse la destinación• Posterior: automática. Informar destino y el identificador de la destinación

(año/AD/Tipo/N°Reg/DC).– Vinculación de las NDEX y NCEX, con la FEX que corresponda: Deberá

referenciarse con número completo.– Indicar el “País destino de la factura”.

• Aplicación supletoria RG 2485– con relación a la autorización y emisión de comprobantes electrónicos

originales en cuanto no se disponga un tratamiento específico.• Vigencia: 25/01/10• Aplicación: a las destinaciones oficializadas a partir de:

– 1/05/10 RG N° 596 (depósitos fiscales y aduanas domiciliarias).– 1/07/10: demás responsables.– Opcionalmente, se podrá ingresar al régimen a partir del 25/01/10.– Modificaciones RG 3066:

• Desde 29/03/11, salvo• Desde 1/04/11: nuevos sujetos incluidos, nuevas operaciones no

exceptuadas, cambio en dispensa empadronamiento.

Page 75: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2853. Prov. del Sector Público Nacional• Sujetos incluidos

– Proveedores del Sector Público Nacional “que deban solicitar el "Certificado Fiscal para Contratar” (RG 1814 + 2852)• La RG 2939 había eliminado esta condición• Ahora la RG 2973 la vuelve a exigir (B.O.: 30/11/10)

• Definición de Sector Público Nacional (Ley 24.156 Art. 8):

a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.

b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

d) Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.

Page 76: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Certificado Fiscal para Contratar RG 1814 + 2852

• RG 1814 creó el CFC para poder ofertar – A entidades del inciso a) del art. 8 Ley 24.156– Por importes >= $ 50.000.-

• RG 2852 incorpora como exigencia para su otorgamiento estar empadronado en el RFE RG 2485 + 2511.

• Este requisito aplica solamente a:– RI IVA– Monotributistas

• Restantes sujetos (Exentos IVA, No alcanzados)– Presentar multinota informando la imposibilidad de empadronarse

Page 77: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2853. Prov. del Sector Público Nacional– Sujetos incluidos (cont.):

• Responsables Inscriptos en IVA• Monotributistas

– Sujetos excluidos (= RG 2485)• Sujetos exentos • Sujetos no alcanzados • Sujetos no categorizados

Page 78: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2853. Prov. del Sector Público Nacional• Comprobantes alcanzados

– FC, DE, ND, NC: clases “A”,“B” y “C”• Empadronamiento obligatorio (REAR/RECE/RFI)

– RI IVA � RECE obligatorio– Monotributistas � RCEL obligatorio!– Exceptuados: los ya empadronados en el RFE

• Métodos de solicitud de CAE– Sistema RECE: Aplicativo, WS o CEL (h/ 2400

cbtes/año).– Sistema RCEL: Comprobantes en línea, únicamente.

Page 79: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2853. Prov. del Sector Público Nacional• Solicitud de autorización de emisión

– Debe enviarse un registro por comprobante. – Cada comprobante � un CAE.

• Puntos de venta– Distintos de comprobantes con CAI– Distintos de otros regímenes especiales de FE o FEX– Métodos Aplicativo y WS comparten puntos de venta. CEL no

comparte con aquéllos.– Podrá utilizarse más de un punto de venta por cada método.– Correlatividad estricta de números y fechas

• Contingencia � Emitir comprobantes con CAI• Proveedores del SPN y el REAR

– Obligados a FESPN solamente: no obligados al REAR– Obligados a FESPN y a FE c/Aplicativo o Webservice � REAR– Obligados a FESPN y a FE c/CEL: No obligados al REAR– Ver otros casos

Page 80: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2853. Prov. del Sector Público Nacional

• Aplicación supletoria RG 2485– con relación a la autorización y emisión de comprobantes

electrónicos originales en cuanto no se disponga un tratamiento específico.

• Vigencia: 25/06/10• Aplicación:

– Comprobantes clases “B” y “C”• Empadronamiento: 25/06/10 S/ RG 2884: 1/09/10• Solicitud de CAE: 1/08/10 S/RG 2884: 1/11/10

– Comprobantes clase “A”• Empadronamiento: 29/10/10 S/ RG 2939• Solicitud de CAE: 1/11/10 S/ RG 2939

Page 81: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2926. CAEA (CAE Anticipado)• Características

– Opcional• Condiciones

a) Autoimpresoresb) Incorporados al RFE

1. RG 2485 + 2511: RGFE2. RG 2904: RI especialmente notificados

c) Sistema logístico integrado de magnitud que dificulte la FE con CAEd) Emisión mínima: 1.800 mensuales en el trimestre calendario anterior a

la opción• Excepción:

– Requisitos c) y d) pueden obviarse en caso de grupos económicos que compartan sistema de emisión de comprobantes, siempre que al menos una de las empresas del grupo cumpla los 4 requisitos.

• Adhesión– Servicio “Reg. de Facturación y Registración – REAR /RECE/RFI”

• Indicar período desde el que se utilizará el CAEA– Inconsistencias perjudican el trámite � Subsanar y nuevo trámite.

Page 82: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2926. CAEA (CAE Anticipado)• Exclusión

– Por inconsistencias sobrevinientes• Solicitud del CAEA

– Por Internet– 5 días corridos antes del inicio de la quincena de fact.– Casos

• RG 2485 + 2511: Web Service V.1.• RG 2904: Web Service V.0.

– Validez del CAEA• Por quincena calendario.

• Comprobantes alcanzados– Facturas, ND, NC: Clases “A” y “B”.

• Comprobantes excluidos:– Emitidos por Controlador Fiscal

• Puntos de venta– Distintos de cualquier otro medio de emisión, con CAI o CAE

Page 83: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2926. CAEA (CAE Anticipado)• Régimen de información

– Deberá informarse• Operaciones realizadas• CAEA tramitados y no utilizados

– Presentación• Por quincena calendario• Vto: 30 días corridos de finalización de cada quincena.

– Métodos de información• RG 2485 + 2511: Web Service V.1.

– Deberán informar Códigos de producto y Unidad de Referencia, en su caso, al cumplimentar el Régimen de Información de operaciones (RG 2904/2969)

• RG 2904: Web Service V.0.– Deberán informar Códigos de producto y Unidad de Referencia, en su caso, al

informar las operaciones realizadas, mediante Webservice.(solicitud de CAE(!))• Vigencia

– 5/10/10• Aplicación

– Incorporación al régimen especial: 1/10/10– Solicitud de CAEA: 27/10/10.

Page 84: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2959. Actividad hotelera y turística• Sujetos alcanzados

– Responsables Inscriptos en IVA• Actividades:

– Operaciones de Mercado Interno, por:• Reservas hoteleras a nombre de terceros• Venta de períodos de uso de Tiempo Compartido y otros ingresos

derivados de esa actividad• Agencias mayoristas y minoristas de viajes y turismo

• Sujetos excluidos– Anexo I apartado A RG 1415– Anexo IV apartado B RG 1415

• Comprobantes alcanzados– FC, ND, NC, clases “A” y “B”

• Comprobantes excluidos– Los “alcanzados” por el régimen de Controladores Fiscales

Page 85: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2959. Actividad hotelera y turística• Incorporación al régimen

– Trámite con clave fiscal: “Reg de fact y reg - REAR-RECE-RFI”(salvo los ya empadronados)

– Plazo de empadronamiento: Desde el 17/11/10 y hasta el 31/12/10.– Emisión de comprobantes: Desde 1/01/11– Sub-régimen: RECE – Obligatorio

• Métodos– Aplicativo– Web Service– Comprobantes en línea (hasta 2.400 comprobantes anuales)

• Puntos de venta– Distintos y específicos.

• REAR– No obligatorio, salvo por RG 2485+2511

• Aplicación supletoria– RG 2485 + 2511

Page 86: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2975 FE para Importadores• Sujetos Comprendidos

– Responsables Inscriptos en el IVA– Sean Importadores Art. 91 Apartado 1 del Código Aduanero:

1. Son importadores las personas que en su nombre importan mercadería, ya sea que la trajeren consigo o que un tercero la trajere para ellos. En los supuestos previstos en el apartado 2. del artículo 10, serán considerados importadores las personas que sean prestatarias y/o cesionarias de los servicios y/o derechos allí involucrados. (Párrafo incorporado por art. 8° inciso d de la Ley N° 25.063 B.O. 30/12/1998. Vigencia: 31/12/98)

– Estén inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros”(RG 2570 T. II)

– Que realicen importación de bienes• Alcance restringido a importación de cosas = mercaderías

Page 87: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2975 FE para Importadores

• Sujetos exceptuados– RI Individualmente notificados RG (AFIP)

2904.– Los sujetos que realicen sólo importaciones

de bienes de uso, y/o insumos o materiales para su mantenimiento.

• Operaciones exceptuadas– Excepciones previstas en la RG 2485.

Page 88: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2975 FE para Importadores• Comprobantes alcanzados

– FC, ND, NC, clases “A” y “B”.• Excepciones:

– Operaciones alcanzadas por el régimen de controladores fiscales

– Ventas por “ruteo”.• Incorporación al RFE

– Hasta fin del mes anterior al inicio de la obligación de solicitud de CAE.

– Exceptuados: Los ya empadronados RG 2485 + 2511– Servicio: Reg. de Fact y Reg. REAR / RECE / RFI.

• Métodos– Aplicativo RECE V. 4.0– Web Services– Comprobantes en línea (h/2.400 cbtes anuales)

Page 89: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 2975 FE para Importadores• Puntos de venta

– Específicos y distintos de otros regímenes• FE-M y el REAR

– Exceptuados del REAR, salvo los obligados por RG 2485+2511• RG 2485 + 2511

– Aplicación supletoria• Modificación de la RG 2485

– RECE - Método Comprobantes en Línea: hasta 2.400 Cbtes anuales. Vigencia: 2/12/10

• Vigencia: – 2/12/10

• Aplicación– Empadronamiento: desde el 6/12/10– Solicitud de CAE:

• Opcional: desde el 1/01/11 (RG 2990 (B.O.: 13/12/10) (*)• Obligatorio: desde el 1/04/11 (RG 2990)

• Nota (*) De ingresar opcionalmente desde el 1/01/11, ya queda obligado a emitir en forma electrónica las operaciones alcanzadas.

Page 90: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 3067 FE para Monotributistas• Sujetos incluidos

– Obligatorios• Monotributistas de Categorías H a L (ingresos mayores a 120.000

anuales,etc.)• Aunque en el futuro desciendan de categoría• Salvo que pasen a ser RI IVA.

– Voluntarios• Monotributistas de restantes categorías

• Sujetos exceptuados– Monotributistas que pasen a ser RI IVA– RG 1415 art. 23, Anexo I apartado A), y Anexo IV apartado B).

• Empadronamiento– Sujetos Obligados

• No deberán empadronarse– Sujetos Voluntarios

• No deberán empadronarse• Una vez ejercida la opción mediante la solicitud de CAE, todos los

comprobantes quedan alcanzados obligatoriamente.

Page 91: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 3067 FE para Monotributistas• Operaciones incluidas

– Compraventa de cosas muebles– Locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y

locaciones de obras– Señas o anticipos que congelen precio

• Comprobantes alcanzados– FC, ND, NC y RC, clase “C”

• Comprobantes excluidos– A consumidores finales, en que se haya entregado el bien, o prestado

el servicio, en el local, establecimiento u oficina.• Métodos de solicitud del CAE

– Web Service• RG 2485 Diseño de Registro XML - V.2• RG 2485 Manual para el Desarrollador -V.2

– Comprobantes en Línea• Puntos de venta

– Distintos a cualquier otro. Distintos entre sí para los métodos WS y CEL

Page 92: Seminario de factura electrónica (Parte I)

RG 3067 FE para Monotributistas• Respuesta a la solicitud del CAE

– Aprobación, o– Rechazo

• Plan de contingencia– Emitir comprobantes de papel. – No se deroga expresamente, pero se elude la normativa que exigía

comprobantes clase C con CAI• RGFE RG 2485 + 2511

– Aplicación supletoria• Vigencia

– 31/03/11• Aplicación

– FE que se emitan a partir del 1/05/11

Page 93: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Lo que se viene

• Objetivos declarados por “el” AFIP: – Simplificar los procesos– Facilitar el control

• Medios– Plan Matrix

• Profundización de la aplicación de FE• Controladores Fiscales de Nueva Generación

Page 94: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas el 3/08/09

Medida Norma Fecha Desde

FE para operaciones de exportación: RG 2758 RG 2772

RG 2668RG 2719RG 2676

-

Firma digital para los contratos de compraventa de granos

RG 2672 8/09/09

1/05/10 1/07/10

FE para seguros de caución 1/11/092/12/09

Controladores fiscales de nueva generación (reemplazo de la cinta testigo por MF tipo EPROM sin ventana de OTP; nuevos conectores)

2/01/10

Trazabilidad de ganado bovino (chip con datos fiscales y no fiscales)

???

Page 95: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas el 2/10/09

Medida Norma

Certificado Electrónico de Transferencia de Automotores (CETA)

RG 2729

-

RG 2681

-

-

FE para nuevas actividades (importación, servicios turísticos, feed lot)

Registro de entidades exentas, con renovación automática

Nuevo registro de acopiadores de tabaco

Registro para industrias recicladoras (papel, plástico, metales).

Fecha desde

1/01/10

Falta feedlot

1/01/10

Vigente

Jun/10

Page 96: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas el 3/11/09

Medida Norma

Ampliación de la FE a los monotributistas de las categorías más altas (última categoría nueva, entre $ 12.000 y $ 16.667, mensuales)

RG 3067

-Ampliación de la FE a las restantes categorías nuevas (más de $ 6.000 y hasta $ 12.000, mensuales)

Fecha desde

1/05/11

???

Page 97: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas en feb/10

• Incorporación progresiva de todos los sectores a FE• Próximos rubros: tabacaleras, laboratorios y fábricas de

fertilizantes.

Page 98: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas en abr/10

• Para Junio/10:– Proveedores del Estado: � al RFE, por facturas > $ 50.000.-

– Portales Web: agentes de percepción del IVA

Page 99: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas el 24/jun/10

• Proveedores del Estado con Certificado Fiscal para Contratar RG 2852 + RG 2853. Aplicación: 1/08/10

• Ventas por Internet: al RFE a partir de ene/2011: Pendiente

• Cronograma de actividades: se anunciará hacia fin de año: no se anunció.

Page 100: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Medidas anunciadas el 10/Oct/10• Factura Electrónica para RI notificados individualmente

– 33 primeras empresas• 12 con detalles• 21 con cabecera más régimen informativo

– Ramos• Farmacéuticas (Bayer, Abbot, Pfizer, etc.)• Tabacaleras (Massalin Particulares, Nobleza Piccardo)• Limpieza, higiene y perfumería (P&G, Unilever, L’Oreal, La

Fármaco Argentina, S.C. Johnson & Son, Beiersdorf, etc.)– Acuerdo entre AFIP con GS1 por códigos de barras

• Próximos pasos Plan Matrix– FE: 1/12/10: Construcción, electrodomésticos, alimentos para

mascotas y juguetes: PENDIENTE– Controladores fiscales: Plan de trabajo para homologar equipos

que provean información en tiempo real

Page 101: Seminario de factura electrónica (Parte I)

FE para Importadores (Oct/10)• Opcional desde 1/01/11.• Obligatorio desde 1/04/11.

Page 102: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Fin de la parte I

Dr. José Francisco Cervini (h)[email protected]

www.cervini.com.arTE (220) 483-4604 / 5306

Cel: (11) 15-4412-3590

Page 103: Seminario de factura electrónica (Parte I)

Vamos a tomar un café!