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  • Seminario: Ley 30225: Nueva Ley de

    Contrataciones del Estado.

    Gisella Milagros Snchez [email protected]

    Abril 2015

    www.cepeg.pe

  • Importancia de laContratacin Pblica

    S/. 50,000 millones (10% del PBI)

    40% del gasto pblico

    2,890 entidades

    142,000 proveedores inscritos en RNP

    120,000 contratos, 42,000 proveedores

    2

  • Marco Legal Vigente dela Contratacin Pblica

    Artculo 76 de la Constitucin:

    Bienes y obras con utilizacin de fondos o recursospblicos se ejecutan obligatoriamente por contratay licitacin

    Contratacin de servicios por concurso pblico

    Ley establece procedimiento, excepciones yrespectivas responsabilidades

    3

  • Marco Legal Vigente dela Contratacin Pblica

    Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N 1017 (modificada por Ley N 29873)

    Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N 184-2008-EF

    Vigencia: 01 de febrero de 2009

    4

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Caractersticas:

    Exceso de regulacin, a nivel de Ley y reglamento - 34 directivas del OSCE.

    Inadecuada regulacin de la gestin y operacin de las contrataciones

    Visin formal, legalista y procedimental, con una regulacin detallada y restrictiva del quehacer operativo.

    5

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Exceso de procesos de seleccin sin una diferenciacinsustancial entre s

    Excesivo formalismo y rigidez al que debe someterse laelaboracin de las bases y la evaluacin de propuestas,lo que hace ms compleja la contratacin, define suexcesiva duracin y determina condiciones de escasacompetencia.

    6

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Efectos:

    Reduccin de la competencia efectiva, - 1.5 postores por proceso.

    Procesos declarados desiertos - 20%

    Elevados costos de transaccin, que se generan en la demora de los procesos. actos preparatorios demoran en promedio 53 das hbiles.

    7

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Efectos:

    Existen 30 regmenes de excepcin, conprocedimientos de contratacin ms giles y conreglas particulares.

    Dificultad de adaptacin de los procedimientos acondiciones del mercado en rpida evolucin, anuevas tcnicas de contratacin y a tecnologa.

    8

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Efectos:

    No se promueve la toma de decisiones de tipoestratgico u operativo considerando las razonesde oportunidad y conveniencia que se presentan encada caso, lo que impide lograr la eficiencia ycalidad de la compra pblica

    9

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Efectos:

    Procedimientos excesivamente regulados yconcentrados en el desarrollo de pasos estrictos yformales, obstaculizan la actuacin del gestorlogstico.

    10

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Se hace necesario una nueva Ley para:

    Incorporar nuevas tcnicas de contratacin

    Simplificar procedimientos hacindolos msgiles, transparentes y que sean capaces dereducir costos de transaccin

    Integrar la planificacin de las Entidades con elproceso presupuestal

    11

  • Diagnstico Situacional dela Contratacin Pblica

    Se hace necesario una nueva Ley para:

    Sostener un sistema electrnico de contratacionescon orientacin transaccional e integrado con otrossistemas del gobierno.

    Promocionar el acceso a la compra pblica y lacompetencia bajo condiciones de igualdad de trato.

    12

  • Evolucin Normativa del Rgimen de Contrataciones del Estado

    LEY 26850

    D.S. 039-98-PCM

    RULCOP

    RUA

    REGAC

    TUO

    (D.S. 083-2004-PCM)

    (D.S. 084-2004-PCM)

    D. LEG 1017

    D.S. 184-08-EF

    LEY 29873

    D.S. 138-2012-EF

    D.S. 080-2014-EF

  • mbito de aplicacin

    Contratacin de bienes, servicios y obras paracumplimiento de las funciones de la Entidad, en laque sta pago el precio o retribucin.

    Causales de inaplicacin:* Por rgimen especial.

    * Por la naturaleza del bien, servicio u obra.

  • TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS

    LICITACIN PBLICA >= 400,000 >= 1,800,000

    CONCURSO PBLICO >= 400,000

    ADJUDICACIN DIRECTA

    PBLICA< a 400,000

    > a 200,000

    < de 400,000

    > de 200,000

    < de 1,800,000

    > de 900,000

    SELECTIVA= de 40,000

    = de 40,000

    = de 180,000

    ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA

    < de 40,000

    > de 11,550

    < de 40,000

    >de 11,550

    < de 180,000

    >de 11,550

    MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIN 2015

  • Instrumentos de Gestin de las contrataciones

    Registro Nacional de Proveedores- RNP.

    Sistema Electrnico de Contrataciones- SEACE.

    Catlogo de bienes, servicios y obras.

  • Programacin y

    Actos

    Preparatorios

    Proceso de SeleccinEjecucin

    contractual y

    Liquidacin

    FASES DE UNA CONTRATACIN

    Desde la

    convocatoria

    Hasta antes de la

    suscripcin del contrato

  • FUNCIONARIOS Y

    DEPENDENCIAS

    RESPONSABLES DE LAS

    CONTRATACIONES

  • 1. Titular de la Entidad

    2. rea usuaria

    3. rgano encargado de las contrataciones

    4. Comit Especial

    Funcionarios y rganos encargados

    de las contrataciones

  • TITULAR DE LA ENTIDAD

    Es la ms alta autoridad ejecutiva de la Entidad.

    Aprueba, autoriza y supervisa los procesos de contrataciones.

    Ejemplos:

    Ministerios: Ministro

    Poder Judicial: Presidente

    Empresas del Estado: Gerente General

    Gobierno Regional: Presidente.

    Gobierno Local: Alcalde.

  • Delegacin

    El Titular de la Entidad no puede delegar:

    Autorizacin de exoneraciones. Declaracin de nulidad de oficio. Aprobacin de prestaciones adicionales de

    obra. Decisin de encargar procesos a entidad

    privada nacional o internacional

  • Ley N 30225 - Nueva Ley de Contrataciones del Estado

    Publicada el 11 de julio de 2014

    Reglamento: plazo mximo para su elaboracin: 180 das calendario

    Vigencia: 30 das calendario despus de publicado el Reglamento

    22

  • Finalidad de la Ley

    Promover la actuacin bajo el enfoque de gestin porresultados (donde la compra es evaluada en funcinde su contribucin a las metas institucionales)

    Cumplimiento de fines pblicos

    Compras eficientes (calidad, precio y oportunidad).

    Repercusin positiva en condiciones de vida de losciudadanos

    23

  • Principios

    a) Libertad de Concurrencia

    b) Igualdad de trato

    c) Transparencia

    d) Publicidad

    e) Competencia

    f) Eficacia y Eficiencia

    g) Vigencia Tecnolgica

    h) Sostenibilidad Ambiental y Social

    i) Equidad

    24

  • Principios

    Se reducen de 13 a 9 principios

    No figuran los principios de:

    de Promocin al Desarrollo Humano

    de Economa (Libertad de Concurrencia)

    de Razonabilidad

    de Moralidad (en Cod. Etica Fun. Pb.)

    de Imparcialidad

    de Libre Concurrencia y Competencia (se divide en 2)

    25

  • Se reducen de 22 a 14 supuestos

    Contrataciones especficas reguladas por una norma especial que define un procedimiento distinto.

    Se diferencian supuestos EXCLUIDOS de supervisin de OSCE, respecto de aquellos que s estn sujetos a ella.

    No son contrataciones de bienes, servicios u obras, sino operaciones de naturaleza y finalidad distinta regulados por normas especficas

    Supuestos de Inaplicacin

    26

  • Monto mnimo para aplicar la Ley sube de 3 UIT (S/. 11,550) a 8 UIT (S/. 30,800). (UIT S/. 3850)

    Contratacin de servicios pblicos.

    Contrataciones realizadas de acuerdo a exigencias y procedimientos especficos de un organismo internacional.

    Contrataciones de Estado a Estado.

    Contrataciones con proveedores no domiciliados cuando se sustente la imposibilidad de realizar contratacin a travs de los mtodos de la Ley.

    Supuestos de Inaplicacin sujetos

    a supervisin

    27

  • Contratos bancarios y financieros.

    Contrataciones que realicen los rganos del Servicio Exterior de la Repblica, para su funcionamiento, fuera del Per.

    Contrataciones que realice el Ministerio de RREE (CUMBRES INTERNACIONALES DECLARADAS DE INTERS NACIONAL, TRANSMISIN DEL MANDO SUPREMO).

    Contratacin de notarios, conciliadores, rbitros funciones previstas en LCE

    Compra bienes por remate pblico.

    Locacin de servicios por Presidentes de Directorio

    Supuestos de Inaplicacin no

    sujetos a Supervisin

    28

  • Los procesos de contratacin sonorganizados por la Entidad, comodestinatario de los fondos pblicos.

    Una Entidad puede encargar a otra, lasactuaciones preparatorias y/o elprocedimiento de seleccin.

    AUTORIDAD RESPONSABLE DEL

    PROCESO DE CONTRATACIN.

    Art. 6 Ley 30225

    29

  • a) TITULAR DE LA ENTIDAD: PUEDE DELEGAR,EXCEPCIONES LAS MISMAS QUE EL ORDENAMIENTOVIGENTE (EXONERACIONES= CONTRATAC. DIRECTAS

    b) AREA USUARIA: ADEMS DEL CONCEPTO VIGENTE, SEADICIONA QUE COLABORA Y PARTICIPA EN LAPLANIFICACIN DE LAS CONTRATACIONES, Y REALIZALA VERIFICACIN TCNICA DE LAS CONTRATACIONESEFECTUADAS A SU REQUERIMIENTO, PREVIAS A SUCONFORMIDAD.

    c) RGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES (OEC):AADE AL CONCEPTO VIGENTE, INCLUIDA LA GESTINADMINISTRATIVA DE LOS CONTRATOS

    d) COMITS DE SELECCIN: FACULTATIVO

    Funcionarios, dependencias y rganos

    encargados de las Contrataciones. Art. 8 Ley

    30225

    30

  • Art. 9: Todas personas que intervengan en proceso decontratacin, con independencia a rgimen jurdico que losvincule con Entidad (728, 276, cas, o locador) sonresponsables de que contratacin sea eficiente cumpliendola LCE y su Rgto.

    Sexta disposicin: La facultad para actuardiscrecionalmente (decisiones) es pasible deResponsabilidad Administrativa Funcional (Ley 29622, quemodific Ley 27785)

    RESPONSABILIDADES

    Arts. 9 y Sexta Disposicin Complementaria

    Final de Ley 30225

    31

  • ANTECEDENTES I

    La Ley Nro. 29622 modifica Ley Nro.27785 Ley Orgnica del Sistema Nacionalde Control y de la Contralora General dela Repblica.

    Amplia facultades de la CGR, parasancionar en materia de responsabilidadadministrativa funcional.

  • ANTECEDENTES II

    La ampliacin otorgada por Ley Nro.29622, conlleva la atribucin paraprocesar y sancionar a los funcionarios yservidores pblicos que incurran enresponsabilidad administrativa yfuncional, por la comisin de infraccionesgraves y muy graves, derivada de losinformes emitidos por los rganos delSNC (CGR, OCI y SOA).

  • ANTECEDENTES III

    Con Decreto Supremo Nro. 023-2011-PCM,se aprob el Reglamento de la Ley Nro.29622, denominado: Reglamento deinfracciones y sanciones para laresponsabilidad administrativa funcionalderivada de los informes emitidos por losrganos del Sistema Nacional de Control(CGR, OCI y SOA).

  • Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM)

    Disponer, autorizar, aprobar,elaborar o ejecutar, en perjuiciodel Estado e incumpliendo lasdisposiciones que los regulan, laaprobacin, el cambio o lamodificacin de los planes,estipulaciones, bases, trminosde referencia y condicionesrelacionadas a procesos deseleccin, concesin, licencia,subasta o cualquier otraoperacin o procedimiento acargo del Estado, incluyendo losreferidos a la ejecucin decontratos de cualquier ndole.

    Suspensintemporal en elejercicio de lasfunciones, nomenor de 180 nimayor de 360das, oinhabilitacinno menor de 1ni mayor de 2aos.

  • Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM)

    Incumplir las disposiciones queregulan la determinacin del valorreferencial, dando lugar a preciosnotoriamente superiores o inferiores alos de mercado, sea en beneficiopropio o de terceros, generandoperjuicio econmico para el Estado ograve afectacin al servicio pblico.

    M

    U

    Y

    G

    R

    A

    V

    E

    Inhabilitacin para elejercicio de la funcinpblica, no menor de2 ni mayor de 4 aos.

    Incumplir las disposiciones queregulan las causales yprocedimientos para laexoneracin de los procesos deseleccin para la contratacin debienes, servicios y obras, enaquellos casos que dichoincumplimiento genere perjuicioal Estado

    G

    R

    A

    V

    E

    Suspensin temporalen el ejercicio de lasfunciones, no menorde 180 ni mayor de360 das, oinhabilitacin nomenor de 1 ni mayorde 2 aos.

  • Cuadro de infracciones y sanciones (anexo del D.S. 023-2011-PCM)

    Aprobar o ejecutar operaciones ogastos no autorizados por ley oreglamento, o aceptar garantasinsuficientes, no solicitarlas o noejecutarlas cuando estuvieraobligado, ocasionando perjuicio alEstado

    G

    R

    A

    V

    E

    Suspensin temporalen el ejercicio de lasfunciones, no menorde 90 ni mayor de360 das, oinhabilitacin nomenor de 1 ni mayorde 2 aos.

    Contratar bienes, servicios u obras sinproceso de seleccin, simulando surealizacin o de forma fraudulenta,cuando la normativa prevea suobligatoria realizacin, dando lugar a lageneracin de perjuicio al Estado,excepto en los casos en que los montosde la contratacin correspondan a unaadjudicacin de menor cuanta.

    G

    R

    A

    V

    E

    Suspensin temporalen el ejercicio de lasfunciones, no menorde 180 ni mayor de360 das, oinhabilitacin nomenor de 1 ni mayorde 2 aos.

  • Procedimiento Administrativo Sancionador por RAF

    Con Resolucin de Contralora Nro. 333-2011-CG, de fecha 21 de noviembre de 2011,se aprob la Directiva Nro. 008-2011-CG/GDS denominada ProcedimientoAdministrativo Sancionador porResponsabilidad Administrativa Funcional,establecindose su aplicacin para hechosobservados cometidos a partir del 06 de abrilde 2011.

  • ALCANCE

    Las disposiciones de la Directiva 008-2011-CG/GDES, son de obligatorio cumplimientopara:

    Personal de los rganos que conforman elSNC (CGR, OCI y SOA)

    Tribunal Superior de ResponsabilidadesAdministrativas.

    Empleados pblicos - Entidades

  • DEFINICIN PAS

    Es el procedimiento que comprendelas diligencias y actos conducentes ala decisin sobre la existencia deresponsabilidad administrativafuncional e imposicin de lacorrespondiente sancin, porinfraccin grave y muy grave.

  • ETAPAS DEL PAS

    1. Primera etapa o instancia: Faseinstructiva y Fase sancionadora.

    2. Segunda etapa o instancia:Tramitacin y resolucin derecursos de apelacin ante elTribunal Superior.

  • PRESCRIPCIN

    La potestad sancionadora prescribe a loscuatro aos, contado desde el da en quela infraccin se cometi o desde quehubiera cesado en caso de accincontinuada.

    Se declara de oficio o a solicitud de parte,en este ltimo caso se resolverconstatando el plazo cumplido.

  • CADUCIDAD

    El Procedimiento administrativosancionador (PAS) no podrexceder de dos aos, contadosdesde la notificacin de su inicio.

  • EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD

    1. Incapacidad mental2. Caso fortuito o de fuerza mayor.3. Ejercicio de un deber legal, funcin o cargo o

    comisin encomendada.4. Ausencia de una consecuencia perjudicial para

    los intereses del Estado.5. Error inducido por la administracin.6. Orden obligatoria de autoridad competente

    (debe constar oposicin).7. Actuacin en caso de catstrofes, afectacin

    seguridad, salud u orden pblico.

  • ATENUANTES DE RESPONSABILIDAD

    1. La subsanacin voluntaria por parte deladministrado del acto u omisinimputado como constitutivo deinfraccin, con anterioridad a lanotificacin de inicio PAS.

    2. La actuacin en priorizando interesessuperiores de carcter social orelacionados a la salud u orden pblico.

  • Velar y promover que las Entidades realicencontrataciones eficientes, bajo parmetros dela Ley, su reglamento y normascomplementarias, la maximizacin del valor defondos pblicos y gestin por resultados.

    Administrar y operar el Registro Nacional derbitros y de Secretarios Arbitrales.

    Acreditar y supervisar las institucionesarbitrales que organicen y administrenarbitrajes de contrataciones del Estado

    Funciones del OSCE

    46

  • Numeral 15.1. Formulacin PAC:

    Elaboracin Cuadro de Necesidades, a partir del primersemestre, deben permitir cumplimiento POI, debernacompaarse de EETT y/o Trminos de referencia.

    15.2. Contenido PAC:

    Debe incluir totalidad de contrataciones (bienes, servicios uobras) cubiertas con PIA, con independencia del rgimenjurdico aplicable.

    PLANIFICACIN DE LA CONTRATACINArt. 15 de Ley 30225

    47

  • Se elimina valor referencial para bienes yservicios, distintos a consultoras de obras y sereemplaza por valor estimado.

    Comit de Seleccin opcional para todos losprocesos

    Certificacin de crdito presupuestario debemantenerse desde la convocatoria hasta lasuscripcin de contrato.

    Actos Preparatorios

    48

  • a) Licitacin Pblica (bienes y obras)b) Concurso Pblico (servicios)c) Adjudicacin Simplificada (bienes y servicios, salvo

    servicios prestados por consultores individuales) d) Seleccin de Consultores individuales- no requiere equipos de personal ni apoyo

    profesional adicional- requisitos primordiales: experiencia y

    calificaciones de la persona natural

    Mtodos de Contratacin

    49

  • e) Comparacin de Precios - bienes y servicios de disponibilidad inmediata, que sean fciles de obtener o que tengan un estndar en el mercado.

    e) Subasta Inversa Electrnica (se elimina Subasta Inversa Presencial).

    f) Contratacin Directa.

    g) Catlogos Electrnicos de Acuerdo Marco.

    e) Otros que establezca el Reglamento

    Mtodos de Contratacin

    50

  • En la licitacin pblica, el concurso pblico, lasubasta inversa electrnica y la seleccin deconsultores individuales la Entidad designa uncomit de seleccin a fin de que se encargue de lapreparacin, conduccin y realizacin delprocedimiento de seleccin hasta su culminacin

    El rgano encargado de las contrataciones tiene asu cargo la preparacin, conduccin y realizacinde la adjudicacin simplificada, la comparacin deprecios y la contratacin directa. Sin embargo, en laadjudicacin simplificada la Entidad puededesignar a un comit de seleccin, cuando loconsidere pertinente.

    Mtodos de Contratacin

    51

  • Rechazo de ofertas.

    Se elimina los encargos de procesos a organismos internacionales.

    Recurso de apelacin: valor referencial o valor estimado mayor a 65 UIT (S/. 250,250) lo resuelve el Tribunal, monto menor el Titular de la Entidad.

    Fase de Seleccin

    52

  • Se elimina la garanta por el montodiferencial de la propuesta.

    Modificacin del contrato no debe afectarsu equilibrio econmico financiero, sino laparte beneficiada debe compensareconmicamente a la parte perjudicadapara restablecer el equilibrio.

    Junta de Resolucin de Disputas, pasoprevio al arbitraje de obras.

    Ejecucin Contractual

    53