semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

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GESTION DE RECURSOS HUMANOS Augusto JAVES SANCHEZ Licenciado en Administración Maestría en Gestión Estratégica de Organizaciones Doctorado en Administración http://cursosparaemprendedores.blogspot.com/p/calidad.html http://facebook.com/cursospara.emprendedores SEMANA TEMAS Quince Derechos del Trabajador y del Empleador Reparto de Utilidades 1

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Page 1: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

GESTION DE RECURSOS HUMANOS

Augusto JAVES SANCHEZ

Licenciado en Administración

Maestría en Gestión Estratégica de Organizaciones

Doctorado en Administración

http://cursosparaemprendedores.blogspot.com/p/calidad.html

http://facebook.com/cursospara.emprendedores

SEMANA TEMAS

Quince Derechos del Trabajador y del Empleador

Reparto de Utilidades

1

Page 2: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DERECHOS DEL

TRABAJADOR

SEGÚN

LEY N° 728

Page 3: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 34° “Despido arbitrario o injustificado”

• Si un trabajador es despedido por causas

relacionadas a su conducta o su capacidad no

recibirá indemnización alguna.

• Si es un despido arbitrario, el trabajador tiene el

derecho de recibir una indemnización, como única

reparación por el daño sufrido.

• En el caso de despido nulo, si se declara fundada la

demanda el trabajador será repuesto en su empleo,

salvo que en la ejecución de la sentencia, opte por la

indemnización.

Page 4: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 35° “Opciones excluyentes en hostilización

laboral”

• Cuando el trabajador se sienta o se considere

hostilizado por cualquier causa, podrá optar

excluyentemente por:

1. Accionar para que cese la hostilidad. Si la demanda

fuese declarada fundada se resolverá por el cese

de la hostilidad, imponiéndose al empleador la

multa que corresponda a la gravedad de la falta.

2. La terminación del contrato de trabajo en cuyo caso

demandará el pago de la indemnización

independientemente de la multa y de los

beneficios sociales que pueden corresponderle.

Page 5: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 36° “Plazo de caducidad dela acción por

despido”

• El plazo para accionar judicialmente en los casos de

nulidad de despido, despido arbitrario y hostilidad

caduca a los treinta días naturales de producido el

hecho.

• Estos plazos no se encuentran sujetos a

interrupciones o pactos que los enerve; una vez

transcurridos impiden el ejercicio del derecho.

• La única excepción está constituida por la

imposibilidad material de accionar ante un Tribunal

Peruano por encontrarse el trabajador fuera del territorio

nacional e impedido de ingresar a él, o por falta de

funcionamiento del Poder Judicial. El plazo se suspende

mientras dure el impedimento.

Page 6: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 37° “Prueba del despido”

• Ni el despido ni el motivo alegado se deducen o

presumen, pues quien los acusa debe probarlos.

Artículo 38° “ Indemnización por despido arbitrario”

• La indemnización por despido arbitrario es equivalente

a una remuneración y media, ordinaria mensual, por

cada año completo de servicios con un máximo de

doce(12) remuneraciones.

• Las fracciones de año se abonan por dozavos y

treintavos, según corresponda.

Page 7: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 39° “Determinación judicial de la falta grave”

• La inobservancia de las formalidades no esenciales

del despido, no inhibe al juez de pronunciarse sobre

el fondo del asunto dentro del plazo de ley a fin de

determinar la existencia o no de la falta grave.

Artículo 40° “Pago de remuneraciones devengadas

en despido nulo”

• Al declarar fundada la demanda de nulidad de despido,

el juez ordenará el pago de las remuneraciones dejadas

de percibir desde la fecha en que se produjo.

• Así como se ordenará los depósitos correspondientes a

la compensación por tiempo de servicio.

Page 8: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 41° “Asignación provisional en despido nulo”

• En el caso de acción por nulidad del despido, el juez

podrá ordenar el pago de una asignación provisional y

fijar su monto, el que no podrá exceder de la última

remuneración ordinaria mensual percibida por el

trabajador.

• La asignación será pagada por el empleador hasta

alcanzar el saldo de la reserva por la compensación por

tiempo de servicios que aún conserve en su poder.

• Si resultara insuficiente, la asignación será pagada por

el depositario de la misma hasta agotar el depósito y sus

intereses.

• Si la sentencia ordena la reposición, el empleado

restituirá el depósito más los respectivos intereses

Page 9: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Artículo 42° “Astreintes”

• El empleador que no cumpla el mandato de

reposición dentro de las veinticuatro(24) horas de

notificado, será requerido judicialmente bajo

apercibimiento de multa, cuyo monto se

incrementará sucesivamente en treinta(30%) por

ciento del monto original de la multa a cada nuevo

requerimiento judicial hasta la cabal ejecución del

mandato.

Page 10: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DERECHOS

DEL

EMPLEADOR

Page 11: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Los aspectos referentes a los derechos que tienen los

Empresarios o empleadores son muy importantes,

porque en la estabilidad de sus empresas está

sustentada el trabajo de miles de trabajadores en

nuestro país.

Page 12: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DEL PODER DE DIRECCION

El Poder de Dirección es el derecho potestativo que confiere al

empresario el contrato de trabajo.

Por la facultad de dirección, el empleador da órdenes sobre el

modo, tiempo y lugar de ejecución del trabajo, ordenando las

prestaciones laborales.

Comprende la facultad de especificar las relaciones debidas

dentro de la calificación del trabajador.

Page 13: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Se faculta al empleador a:

• Formar reglamentariamente las labores del trabajador,

• Dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas

• Sancionar disciplinariamente dentro de los límites de la

responsabilidad cualquier infracción o incumplimiento de las

obligaciones a cargo del trabajador.

Page 14: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

MANIFESTACIONES

• La doctrina considerada como manifestaciones del poder de

la dirección del empleador

• La facultad de dictar reglamentos, órdenes o normas

generales de comportamiento en los centros de trabajo o

instrucciones particulares a cada trabajador o grupo de

trabajadores

• La facultad de ir modalizando la ejecución del contrato para ir

adaptándolo a las necesidades de la empresa

• la facultad de exigir conductas privadas en el trabajador

vigilando y controlando el cumplimiento de sus instrucciones

y órdenes.

Page 15: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

De acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley de Fomento del

Empleo, el poder de dirección se expresa en tres

atribuciones del empleador:

• Dirigir, a través de mandatos genéricos, en forma de reglas

• Controlar se refleja en la posibilidad de verificar el

cumplimiento de las órdenes impartidas, supervisando o

fiscalizando la labor de los trabajadores.

• Sancionar. permite al empleador penalizar los

incumplimientos.

Page 16: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

El poder de dirección se manifiesta en nuestro ordenamiento a

través de las atribuciones concedidas al empleador ya sea al

inicio, durante o al término de la relación laboral.

Al Inicio:

Puede celebrar un contrato de trabajo libremente por tiempo

indeterminado o sujeto a modalidad. También puede celebrar por

escrito contratos en régimen de tiempo parcial sin limitación

alguna.

Puede pactar con el trabajador la extensión del periodo de

prueba a seis meses en el caso de trabajadores calificados o de

confianza, o a un año, en el caso de personal de dirección.

Puede pactar libremente (sobre el mínimo legal establecido) el

monto de la remuneración del trabajador. Asimismo, en caso que

pacte una remuneración mensual igual o mayor a dos UIT, puede

determinarse una remuneración integral computada por periodo

anual, que comprenda todos los beneficios legales y

convencionales aplicables a la empresa, con excepción de la

participación en las utilidades.

Page 17: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Durante:

• Puede dictar unilateralmente el reglamento

interno de trabajo.

• Establecer la jornada de trabajo ordinaria, diaria o semanal.

• Establecer jornadas compensatorias de trabajo de tal forma

que en algunos días la jornada sea mayor y en otras menor

a 8 horas sin que en ninguna caso, la jornada ordinaria

exceda en promedio 48 horas por semana.

• Establecer turnos de trabajo fijos o rotativos, los que puedan

variar con el tiempo según las necesidades del centro de

trabajo.

• Puede pactar horas extraordinarias de trabajo con una

sobretasa mínima del 25% del valor de la hora ordinaria, o

compensables con el otorgamiento de permisos o

descansos de igual extensión al sobre tiempo realizado.

Page 18: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

• Puede establecer el horario de trabajo, entendiéndose como

tal la hora de ingreso y de salida.

• Puede fijar la oportunidad del descanso vacacional, de común

acuerdo con el trabajador. A falta de este, la determinará

unilateralmente.

• Puede suspender el contrato de trabajo como sanción

disciplinaria al trabajador.

• Puede conceder permisos o licencias a sus trabajadores.

• Puede fijar el día de descanso semanal en fecha distinta al

domingo y establecer regímenes acumulativos o alternativos

de trabajo y descanso.

Page 19: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Al término:

• Puede despedir al trabajador por causa justa relacionada

con su capacidad o su conducta.

• Por causa justificada relacionada con situaciones

imprevisibles e inevitables, económica, tecnológica, etc.,

puede terminar colectivamente la relación de trabajo con

todo o con parte del personal, siguiendo el procedimiento

correspondiente ante la AAT.

• Puede optar por la jubilación obligada de su trabajador

siempre que se obligue a cumplir la diferencia entre la

pensión que va a recibir su trabajador y el 80% de la

última remuneración ordinaria percibida por el trabajador,

y a reajustarla proporcionalmente.

Page 20: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

LIMITES DEL EMPLEADOR

Las órdenes tienen que ser sobre el trabajo o en conexión

íntima con él las de otro tipo no tienen que ser obedecidas

en cuanto escapan por completo al ámbito propio del poder

de dirección empresarial.

La puesta en práctica del poder de dirección requiere de la

existencia de tres condiciones

1. La vigencia de la relación laboral

2. El ser ejercido durante la realización de la jornada

de trabajo

3. Estar dentro del marco de la labor convenida

Page 21: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

La legislación menciona algunas de las manifestaciones de la

facultad que tiene el empleador de modificar las condiciones de

trabajo:

a) El empleador puede en forma unilateral y discrecionalmente

extender la jornada de trabajo en la empresa, hasta el límite de

ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales,

incrementando la remuneración en función al tiempo adicional.

b) Reducir o ampliar el número de días de la jornada semanal de

trabajo, encontrándose las horas prorrateadas como parte de la

jornada ordinaria de trabajo, en cuyo caso ésa no podrá exceder

en promedio de cuarenta y ocho horas semanales.

c) Puede introducir cambios o modificar turnos, días u horas de

trabajo, así como la forma y la modalidad e la prestación de las

labores, dentro de los criterios de razonabilidad y teniendo en

cuenta las necesidades del centro de trabajo.

d) Puede proponer cláusulas nuevas o sustitutorias en la

negociación. Así como plantear la revisión de las existentes.

Page 22: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

TIPOS DE

CONTRATOS

LABORALES

Page 23: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

CONTRATOS LABORALES

• La búsqueda de la flexibilidad laboral es uno de los paradigmas vigentes en la gestión del personal en la economía en general.

• Muchas de las propuestas de leyes laborales adoptan la flexibilización como criterio esencial para disminuir los costos laborales y generar condiciones de competitividad.

• El caso peruano es muy ilustrador de la utilización de formas flexibles de contratación de personal para la instrumentación de políticas de recuperación de servicios, aumento de cobertura y la promoción de formas de autogestión comunitaria de servicios.

Page 24: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

TIPO DE CONTRATO LABORAL

• A: CONTRATOS LABORALES:

• DECRETO LEGISLATIVO 276

PUBLICO

NOMBRADO: Es el que ingresa por concurso público.

DESIGNADO, Por cargo de confianza. Es aquel que viene de escuela y ocupa un cargo de funcionario (f1,f2,f3,etc).

• tienen como régimen pensionista la ley 20530 reemplazada por la 19990.

• DECRETO LEGISLATIVO: 728.

PRIVADO:

CONTRATO A PLAZO INDETERMINADO. Tiene inicio y no tiene término el contrato.

CONTRATO A PLAZO FIJO:

DESIGANADO A CARGO DE CONFIANZA. Involucra un plazo indeterminado.

• Régimen pensionista: 19990 +AFP.

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TIPO DE CONTRATO LABORAL

CONTRATOS NO LABORALES:

LOCACIÓN DE SERVICIOS. No lo norma ni la 276 ni la 728, sino le Código Civil. Mide el producto del servicio, no exige estancia laboral. Puede durar máximo 3 años, de lo contrario pasaría ala estabilidad laboral.

SERVICE DEL PERSONAL: En este caso tiene relación laboral con el contratante del cervices, pero no con la empresa donde trabaja.

COOPERATIVA DE TRABAJADORES: Sus integrantes son socios trabajadores, no existen condiciones laborales.

Page 26: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Tipo de contrato laboral

En ese panorama se manifiestan 5 tendencias de los mercados de trabajo que permiten sustentar esta aseveración:

• De formales a informales

• De bienes a servicios

• De baja calificación a alta calificación

• De flexibilización de relaciones individuales

• autorregulación de las relaciones colectivas

Page 27: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

Participación

de los

trabajadores en

las utilidades

de la Empresa

Page 28: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

ANTECEDENTES

El articulo 45 de la constitución de 1933, fue utilizada como fundamento del decreto ley 10908 del 3 de diciembre de 1948 por el cual se estableció el derecho de los empleados y obreros de las empresas con recursos superiores a 50,000 soles, de recibir en conjunto el 30% de la renta neta, del cual el 20% debería serles entregado en dinero en efectivo y el 80% en acciones intransferibles, a su nombre, de una caja de trabajo destinada a la inversión en viviendas para los trabajadores.

A fines de los sesenta se instauró todo un novedoso régimen de participación en la gestión, cuyas reglas variaban según la actividad económica desarrollada por la empresa.

En el articulo 29 de la constitución de 1993, actualmente vigente, reconoce en forma expresa el derecho de los trabajadores a las utilidades. (el Decreto Legislativo Nº 892 )

Page 29: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

OBJETIVOS

Buscar la identificación de

estos con la empresa y por consecuente el

aumento de la producción y

productividad en su centro de trabajo.

Page 30: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

TRABAJADORES QUE GOZAN DE ESTE DERECHO

Los que laboren en

empresas que

generen rentas de

3ra Categoría .

y estén sujetos al

régimen laboral de

la actividad

privada.

Page 31: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

TRABAJADORES QUE ESTÁN EXCLUÍDOS DE ESTE DERECHO

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BASE DE CÁLCULO SOBRE LAS QUE SE APLICAN LOS PORCENTJES

Renta Anual

antes de impuestos

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Page 34: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES

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Page 36: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

MONTO MÁXIMO A RECIBIR

El equivalente a 18

remuneraciones mensuales

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DE CASO CONTRARIO

Remanente

2200 UIT

Page 38: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DE CASO CONTRARIO

Genera intereses moratorios equivalentes al interés legal

fijado por el BCR, no capitalizable.

Page 39: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

30 días naturales para efectuar el pago de las utilidades respectivas se contará a

partir de la reincorporación al trabajo.

Derecho a cobrar el monto que les corresponda en el plazo prescriptorio fijado por ley, a partir del momento en que debió efectuarse la distribución, sin

que se generen intereses.

Plazo en caso de término de la relación laboral

Plazo en caso de suspensión de relación laboral

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MULTAS INSPECTIVAS

Page 41: Semana 14 derechos del trabajador y empleador participación de utilidades

DOCUMENTO QUE SE ENTREGA AL MOMENTO DEL

PAGO