seguros de responsabilidad civil profesional · ingenieros los mejores productos y servicios...
TRANSCRIPT
Seguros de Responsabilidad Civil Profesional SRCP
EXCLUSIVOS PARA
INGENIEROS
COLEGIOS, ASOCIACIONES PROFESIONALES, INGENIERÍAS E INGENIEROS
Preguntas frecuentes
Y si quiero más información o un presupuesto de SRCP
Índice
1
2
34
2
La Mutualidad de la Ingeniería y los SRCP para ingenieros
• ¿Por qué contratar los SRCP con
• nosotros ?
Los Seguros de ResponsabilidadCivil Profesional• ¿Qué ingenieros necesitan un SRCP?
• ¿Cuál es el objeto de estos seguros?
• ¿Qué modalidades de contratación existen?
• Garantías: Básicas y Opcionales
La Mutualidad
de la Ingeniería
y los SRCP para ingenieros
1La Mutualidad de la Ingeniería lleva más
de 80 años protegiendo los intereses de los ingenieros.
Con la creación de la Correduría de la Ingeniería posibilita a los ingenieros
la contratación de su seguro más
estratégico: el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional
Nos preocupamos de conocer sus productosy su funcionamiento administrativo (deemisión de pólizas, recibos, certificados,renovaciones, regularizaciones, otrossuplementos...etc.) y de gestión de los siniestrospara poder hacer una correcta valoraciónde la adecuación de cada aseguradora yproducto a la solicitud de nuestro cliente.
La mejor razón para recabar nuestraintermediación es que ofrecemos un servicioeficiente, de calidad y personalizado siempreorientado a la obtención de la mejor ofertaaseguradora.
Como especialistas, sometemos a rigurososestudios las solicitudes de SRCP que nos llegana fin de ofrecer siempre a nuestros clientesel mejor producto del mercado según susnecesidades.
¿Por qué contratar los SRCP
con nosotros?
La Mutualidad de la Ingeniería se funda en1934 con vocación de ayuda mutua ysolidaria entre los ingenieros; desde entoncestrabaja para ofrecer en exclusiva a losingenieros los mejores productos y serviciosespecialmente diseñados para ellos.
El interés de los ingenieros en el Seguro deResponsabilidad Civil Profesional esestratégico y, por esa razón, lo es tambiénpara la Mutualidad de la Ingeniería queahora proporciona a los ingenieros laposibilidad contratar el mejor seguro deResponsabilidad Civil Profesional existenteen el mercado a través de la Correduría dela Ingeniería, AMIC. S.L.U.
Nuestro equipo de profesionales,especializados y de amplia experiencia,garantiza un asesoramiento profesional,personalizado, especializado, imparcial eindependiente tanto de cara a lacontratación del seguro como durante lavigencia del mismo e, incluso, tras surescisión.
Te ofrecemos en exclusiva el mejor SRCP del mercado1 3
42
Aseguradoras de primer nivel
Un equipo de profesionales a tu disposición
El mejor servicio
4
Trabajamos con aseguradoras
y reaseguradoras de primer nivel,
siempre especializadas en Seguros de
Responsabilidad Civil Profesional.
Los Seguros de
ResponsabilidadCivil Profesional
2Tenemos un profundo conocimiento
del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional de los Ingenieros en el
mercado asegurador y
sabemos lo que cada ingeniero necesita
en función de su actividad profesional: eso nos permite ofrecer el mejor seguro de Responsabilidad Civil Profesional a nuestros clientes
Cualquier ingeniero dedicado al ejercicio dela actividad profesional necesita un Segurode Responsabilidad Civil Profesional.
Tanto los ingenieros que ejercen la actividadprofesional por cuenta propia, comoautónomos, como aquellos que la ejercenpor cuenta ajena, como asalariados o comofuncionarios, están sujetos aresponsabilidades civiles por errores onegligencias profesionales que tendrán queafrontar con su patrimonio personal salvoque se cercioren de tener contratado elSeguro de Responsabilidad Civil Profesionaladecuado.
¿Qué ingenieros
necesitan un SRCP?
Los ingenieros en
el desarrollo de su
actividad, están sujetos a
responsabilidades civiles
por errores o negligencias
profesionales que tendrán
que afrontar con su
patrimonio personal y/o
empresarial salvo que se
cercioren de
tener contratado el SRCP
adecuado
El Seguro de Responsabilidad CivilProfesional del Ingeniero tiene como objetogarantizar la protección del patrimoniopersonal y/o empresarial de los aseguradosfrente a las reclamaciones de sus clientes ode terceros que hayan sufrido un perjuicioeconómico a causa de daños materiales,personales, consecuenciales y/o perjuiciospatrimoniales puros derivados de errores onegligencias cometidas durante eldesarrollo de la actividad profesionalasegurada.
¿Cuál es el objeto
de estos seguros?
6
MODALIDADES CONTRATACIÓN
TOMADOR ASEGURADOS ACTIVIDADES ASEGURADAS
SRCP COLECTIVO
AbiertoColegio/Asociación
Profesional
Los miembros del colectivo que decidan
adherirse al seguro
Las elegidas por cada Asegurado dentro de las
negociadas por el Tomador
SRCP COLECTIVO
CerradoColegio/Asociación
ProfesionalTodos los miembros del
colectivo
Las elegidas por cada Asegurado dentro de las
negociadas por el Tomador
SRCP INGENIERÍAS
por actividadPersona jurídica/
Sociedad
Persona jurídica/ Sociedad
Los profesionales que la integran y otros
colaboradores
Todas las desarrolladas por la sociedad
SRCP INGENIERÍAS
por proyectoPersona jurídica/
SociedadPersona jurídica/
SociedadUna actividad concreta
y determinada
SRCP INGENIERO
por actividadPersona física/
AutónomoPersona física/
AutónomoTodas las desarrolladas
por el autónomo
¿Qué modalidades de
contratación existen?
En el mercado de seguros encontramos las modalidades de contratación de SRCP recogidas a continuación:
Frente al Seguro negociado a título
particular por un ingeniero:
1. Ofrecen tarifas mucho más
competitivas.
2. No contienen franquicias o son más bajas que las habituales.
3. Contienen las más amplias y
completas coberturas.
4. Y reconocen múltiples particularidades
de la profesión: como la forma de
ejercicio profesional, la naturaleza de
los trabajos desarrollados o la tenencia
de la Certificación IPr.
Frente a los seguros contratados por las
empresas privadas o públicas para las que los
ingenieros trabajan como asalariados o
funcionarios:
1. Protegen el patrimonio personal
del ingeniero frente a reclamaciones de la
empresa en la que presta sus servicios
como asalariado (ex artículo 1.904 del
Código Civil) o frente a reclamaciones de la
Administración Pública a sus funcionarios
(ex artículo 145.2 de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre, de Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común).
2. Conceden al ingeniero el control directo
sobre la cobertura de su Responsabilidad
Civil Profesional y el mantenimiento
adecuado de la misma a lo largo del tiempo
e, incluso, una vez finalizada su relación
laboral o funcionarial.
VENTAJAS DE LOS SRCP
COLECTIVOS
7
Podrán complementarse con las siguientes Garantías Opcionales:
• RC por infidelidad de empleados
• RC derivada del incumplimiento de la
L.O.P.D.
• RC mediación en asuntos civiles y
mercantiles
• Otras coberturas
Inhabilitación profesional
Gastos de defensa
Liberación de gastos
Fianzas Civiles y Penales
Reclamación a contrarios
56789
En los Seguros de Responsabilidad CivilProfesional desde la Correduría de laIngeniería se recomienda la contrataciónde las siguientes:
Garantías: Básicas
y Opcionales
Responsabilidad Civil Profesional:
• RC Artículo 1.902 y siguientes del
Código Civil
• RC Artículo 1.591 del Código Civil
• RC LOE 38/1999 de 5 de noviembre
• RC Coordinador de Seguridad y
Salud RD 1627/1997
• RC Prevención de riesgos laborales
Ley 31/1995 de Riesgos Laborales
• Otras responsabilidades propias de
la rama
1
Responsabilidad Civil General:
• RC Inmobiliaria
• RC Locativa
• RC por contaminaciónaccidental
y repentina
Responsabilidad Civil por daños a documentos y expedientes
2
3
4
Como especialistas, sometemos a rigurosos estudios las solicitudes de SRCP que nos llegan a fin de ofrecer siempre a nuestros clientes el mejor producto del mercado según sus necesidades
GARANTÍAS BÁSICAS
GARANTÍAS OPCIONALES
Responsabilidad Civil Patronal
8
3Y si quiero másinformación o un presupuesto
Para más información o presupuesto,
puedes contactar con el Responsable
de los SRCP en la Correduría de la Ingeniería:
901 123 412 – 91 060 56 96
Preguntas
Frecuentes
1
3
2
¿Pueden ofrecer las pólizas de
las empresas una protección
adecuada y suficiente del
patrimonio del ingeniero
asalariado en ella?
En empresas de ingeniería es posible;
en empresas de otra índole es
improbable (promotoras, constructoras,
instaladoras).
Los asalariados, en virtud del artículo
1.904 del Código Civil que señala: “El
que paga el daño causado por sus
dependientes puede repetir de éstos lo
que hubiese satisfecho”.
Y los funcionarios, en virtud del artículo
145.2 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre de Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo
común: “2. La Administración
correspondiente, cuando hubiere
indemnizado a los lesionados, exigirá
de oficio de sus autoridades y demás
personal a su servicio la responsabilidad
en que hubieran incurrido por dolo, o
culpa o negligencia grave previa
instrucción del procedimiento que
reglamentariamente se establezca.
Para la exigencia de dicha
responsabilidad se ponderarán, entre
otros, los siguientes criterios: el resultado
dañoso producido, la existencia o no
de intencionalidad, la responsabilidad
profesional del personal al servicio de
las Administraciones públicas y su
relación con la producción del
resultado dañoso”.
¿A qué ingenieros conviene
contratar un Seguro de
Responsabilidad Civil
Profesional?
A todos los que ejerzan la actividad
profesional de ingeniero. Ya la ejerzan por
cuenta propia -en forma autónoma o en
forma societaria- ya se trate de un
ejercicio por cuenta ajena –con contrato
laboral o por cuenta de la
administración-.
¿Durante cuánto tiempo debo
responder de mis trabajos?
¿Los ingenieros que ejercen
su actividad profesional por
cuenta ajena, como asalariados
o funcionarios, pueden recibir
reclamaciones contra su
patrimonio personal por los
errores profesionales que pueda
cometer en el ejercicio de
su actividad profesional para
esa empresa/administración
pública?
Sí.
4
11
Los plazos de reclamación de la
Responsabilidad Civil, al margen de las
responsabilidades legales y sin tener en
cuenta las interrupciones por prescripción,
son de 5 años para la RC Contractual (en
la nueva redacción dada al artículo 1.964
del Código Civil por la Disposición Final
Primera de la Ley 42/2015, de 5 de
octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7
de enero, de Enjuiciamiento Civil, en vigor
desde el día 7 de octubre de 2015) y de 1
año para la RC Extracontractual.
En cualquier caso, y aunque la póliza de
la empresa cubra al ingeniero
asalariado, siempre existirán los
siguientes aspectos que hacen muy
recomendable la contratación, por
parte del ingeniero, de un SRCP que
proteja su patrimonio personal:
• Que la póliza de la empresa tenga
una franquicia muy elevada.
• Que la póliza de la empresa no cubra
a los ex-empleados y la reclamación
se dirija contra el profesional una vez
cesada su relación laboral.
• Que la empresa desaparezca, no
contratando una póliza run-off.
• Que en caso de siniestro los intereses
de la empresa y los del profesional no
coincidan. (Intereses comerciales
frente a profesionales).
• Que el redactado de la Póliza no sea
correcto, existiendo exclusiones o
cláusulas perjudiciales para el
colegiado.
• Que la empresa no esté al corriente
del pago de la prima en el momento
de recibir la reclamación.
• Que en algún momento la empresa
no renueve el seguro de
Responsabilidad Civil sin poner en
conocimiento esta circunstancia a sus
empleados.
• Que la póliza de Responsabilidad Civil
de la empresa no tenga contratada
la Responsabilidad Civil Profesional
5¿Ofrecen, actualmente, los SRCP
para Colegios, Asociaciones
Profesionales y grupos de
afinidad las mejores condiciones
del mercado a quienes ejercen
la actividad profesional de
ingeniero?
Sí.
Siempre que sea posible, la cobertura
del riesgo deberá buscarse a través de
una póliza colectiva de esta naturaleza.
La fuerza del colectivo, la implicación
de los Colegios/Asociaciones/Grupos
de afinidad y la participación de
mediadores y aseguradoras solventes
y muy especializadas, posibilita pólizas
colectivas:
• Con continuidad en precio y
condiciones.
• Con coberturas adecuadas.
• Con exclusiones claras y
razonables.
• Con delimitaciones temporales
propias de la responsabilidad civil
profesional de los ingenieros:
retroactividad ilimitada.
• Con particularidades tales como
el reconocimiento de la situación
de profesional inactivo o la
protección de los herederos.
• Con franquicias más bajas de las
que usualmente se aplican en
pólizas individuales.
12
Atención al Mutualista: 901 12 34 12
Calle Téllez, 24. 28007 Madrid
Tel: 910 605 696
Responsable de los SRCP.
www.mutualidaddelaingenieria.es