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DIEGO GERMÁN CALERO LLANES Secretario de Salud Pública Municipal Inducción Contratistas 2013 SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL

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DIEGO GERMÁN CALERO LLANES Secretario de Salud Pública Municipal

Inducción Contratistas 2013

SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL

Acuerdos

• La inducción, no constituye ningún vinculo contractual.

• Todas las intervenciones son válidas e importantes.

• Todas las intervenciones serán constructivas.

• Daremos buen manejo al uso de la palabra.

• Respetaremos las opiniones de nuestros compañeros, así no las compartamos.

• Nuestra actitud será siempre propositiva y proactiva.

• Los celulares están en silencio.

Contenido

– Obligatoriedad de la inducción.

– Derechos y Deberes del Contratista.

– Seguridad Social.

– Secretaria de Salud Pública Municipal.

• Organigrama.

• Sistemas de Gestión – Calidad.

• Misión – Visión.

• Código del buen Gobierno.

• Principios y Valores Éticos.

– Planes.

– Carné de identificación y tarjeta de proximidad

– PGIRS.

– Sistemas. Correo Electrónico y Orfeo.

Obligatoriedad de la Inducción - 2013

Según las Políticas de Talento Humano del Municipio de Santiago de Cali. (Adoptadas mediante Decreto 411.0.20.1038 del 9 de Diciembre de 2011)

Todos los contratistas que ingresen a la Administración Central Municipal de Santiago de Cali en la modalidad de prestación de servicios, deben recibir inducción para lo cual las áreas de apoyo administrativo de cada dependencia tienen la obligatoriedad de su ejecución.

Derechos y Deberes del contratista

• Estatus – del contratista:

– Servidor Publico?

Constitución Política - Artículo 123: Clasificó en tres categorías a las personas que se consideran servidores públicos a saber: 1. Miembros de corporaciones públicas 2. Empleados 3. Trabajadores del Estado.

El particular no está definido como un servidor público propiamente dicho, sino que dada la eventualidad en que puede llegar a prestar sus servicios en representación del

Estado ajustará su actuar de conformidad a la ley y adquirirá las condiciones de estos en materia de deberes y régimen de responsabilidad, sin que con ello se adquieran los derechos

propiamente dichos de carrera administrativa o de provisionalidad.

Derechos y Deberes Ley 80

Artículo 5º.- De los Derechos y Deberes de los Contratistas. Para la realización de los fines de que trata el artículo 3o. de esta Ley, los contratistas:

1o. Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato.

2o. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las órdenes que durante el desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamiento que pudieran presentarse.

3o. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de los derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren.

4º. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello.

5o. No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.

Derechos y Deberes - Ley 80

“Articulo 32. DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se definen a continuación:

(…)

3o. Contrato de prestación de servicios: Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados.

En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.”

Derechos y Deberes

La Ley 80 de 1993, en su artículo 52 enuncia que los contratistas

responderán civil y penalmente por sus acciones y omisiones en

la actuación contractual.

Derechos y Deberes DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – LEY 599 DE 2000

Artículo 410. Contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Modificado por el art. 33, Ley 1474 de 2011.

El servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos, incurrirá en:

- Prisión de cuatro (4) a doce (12) años

- Multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e

- Inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a doce (12) años.

Derechos y Deberes RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA

El artículo 25 de la Ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único señala los sujetos disciplinables así:

Son destinatarios de la ley disciplinaria los servidores públicos aunque se encuentren retirados del servicio y los particulares

contemplados en el artículo 53 del Libro Tercero de este código.

Derechos y Deberes RESPONSABILIDAD DISCIPLINARIA

Los particulares señalados en el artículo 25 de la ley 734 de 2002, que remite al artículo 53 del mismo Código, son los siguientes:

Sujetos disciplinables particulares:

Igualmente, son sujetos disciplinables por disposición legal los contratistas

que cumplan labores de Interventoría en los contratos estatales; que ejerzan

funciones públicas, en lo que tienen que ver con estas; presten servicios

públicos a cargo del Estado tales como salud, educación, saneamiento

ambiental y agua potable.

Derechos y Deberes Capacitación

Los organismos públicos sólo pueden incluir legalmente en su presupuesto las partidas necesarias para financiar los programas

de capacitación del personal a su servicio, del cual no forman parte las personas naturales con las cuales se celebren contratos

de prestación de servicios o de otra denominación.

Concepto del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, emitido el día 2 de septiembre de 1996 con número de Radicación número 852.

Derechos y Deberes Capacitación

La capacitación sobre el MECI y la NTCGP no hace parte de la educación formal y no formal, sino que constituyen una

instrucción que debe impartirse a toda persona vinculada a la entidad que corresponda con el propósito de garantizar la puesta

en marcha del Sistema de Gestión de Calidad que evidentemente contribuye al logro de los objetivos

institucionales.

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

Ley 100 de 1993:

• Salud: EPS

• Pensión: AFP – Art. 15 (modificado por la Ley 797 de 2003) - Serán

afiliados al Sistema General de Pensiones: 1. En forma obligatoria: Todas aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. Así mismo, las personas naturales que presten directamente servicios al Estado o a las entidades o empresas del sector privado, bajo la modalidad de contratos de prestación de servicios, o cualquier otra modalidad de servicios que adopten, los trabajadores independientes

Ingreso base de cotización (40% mensualizado). Interventor – Confirmar pago (Fosyga)

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

• Riesgos Laborales: ARL - Positiva

Decreto 1295 de 1994 - Ley 1562 de 2012

•Artículo 13. Afiliados. Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales:

a) En forma obligatoria:

1. Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.

LA SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL DE CALI

Lo que conocemos hoy en día, como la Secretaría de Salud

Publica del Municipio de Santiago de Cali (SSPM), ha sido

el fruto de profundas transformaciones, que han logrado

determinar y estructurar no solo su misión y misión sino

también, sus funciones como parte de sus

responsabilidades, para cumplir con el compromiso de

lograr la salud de los caleños.

LA SECRETARIA DE SALUD PÚBLICA MUNICIPAL DE CALI

• 1938 Departamento de Higiene y Asistencia Pública Municipal de Cali (Acuerdo 44)

• 1953 Secretaría de Higiene Municipal

• 1975 La Unidad Regional de Salud (URS) de Cali, mediante la Resolución No. 5550

• 1979 Creación de seis (6) áreas integradas de Salud

• 1986 Agrupación geográfica y socioeconómica de los servicios de salud: Núcleos de Atención Primaria (NAP) y Sistemas Locales de Salud (SILOS). Inicia el Servicio de Atención Médica Permanente (AMP) las 24 horas.

• 1989 Sistema Municipal de Salud de Cali

• 1990 Sistema de Salud de Colombia (Ley 10 de 1990)

• 1990 Descentralización de los SILOS como unidades básicas de organización del Sistema Municipal de Salud.

• 1991 Certificación de Cali como Municipio Descentralizado en Salud

• 1993 Se inicia el proceso de municipalización.

• 1994 Municipalización

• 2001 Reforma del Municipio de Santiago de Cali

• 2003 Creación de cinco (5) Empresas Sociales del Estado.

• 2013 Hoy

SECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

RESPONSABILIDAD (Arc.01/96, Art.242):

El mejoramiento de las condiciones de vida de la población,

asegurando un nivel de salud de país desarrollado, con tasas de

mortalidad y morbilidad bajas; fácil acceso a los servicios de salud y

disponibilidad de todos los servicios que exijan los cambios en la

estructura de la población, la evolución de la cultura y el desarrollo

científico y tecnológico.

SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTION MECI, SGC Y SISTEDA

En la administración pública colombiana se encuentran principalmente, tres herramientas que orientan el desarrollo de la gestión pública de las entidades estatales:

1. El Sistema de Control Interno

2. El Sistema de Desarrollo Administrativo

3. El Sistema de Gestión de la Calidad

Estos tres Sistemas permiten fortalecer los procesos y optimizar los recursos dentro del contexto de las entidades del Estado.

Integración de los Sistemas de Gestión

• SGC

• Sistema

• Operativo

SISTEDA Sistema de Desarrollo Administrativo

Sistemas Integrados de Gestión MECI, SGC Y SISTEDA

•MECI - MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO -

El Modelo Estándar de Control Interno, proporciona una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación en las entidades del Estado, orientadas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado.

•SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD – NTCGP 1000:2009

Esta norma está dirigida a todas las entidades, y se ha elaborado con el propósito de que éstas puedan mejorar su desempeño y su capacidad de proporcionar productos y/o servicios que respondan a las necesidades y expectativas de sus clientes.

Promueve la adopción de un enfoque basado en procesos, el cual consiste en determinar y gestionar, de manera eficaz, una serie de actividades relacionadas entre sí.

•SISTEDA

El Sistema de Desarrollo Administrativo es un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno Nacional.

Macroprocesos de Apoyo

GESTIÓN JURÍDICO ADMINISTRATIVA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

GESTIÓN TECNOLÓGICA Y DE LA INFORMACIÓN

Administración de Recursos

de TIC

Soporte

Tecnológico

Gestión

Documental

Admón. de Bienes Muebles,

Inmuebles y Automotores

Adquisición de Bienes,

Obras y Servicios

Gestión

Jurídica

Selección,

Vinculación y Retiro

Gestión Ética,

Capacitación

y Estímulos

Evaluación de

Desempeño

Gestión de

Seguridad

Social Integral

Liquidaciones

Laborales

HACIENDA PÚBLICA

Gestión

Tributaria

Administración

Tesorería

Contabilidad

General y de Costos

Gestión

Presupuestal

Crédito

Público

Macroprocesos Estratégicos

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO COMUNICACIÓN PÚBLICA

Análisis Estratégico

de la Información

Planeación

Prospectiva

Planeación

Económica y Social

Planeación Física y

del Ordenamiento Territorial

Comunicación

Informativa

Comunicación

Organizacional

Planeación

Institucional

Macroprocesos Misionales

DESARROLLO INTEGRAL DEL TERRITORIO

Gestión

Catastral

Desarrollo

Físico

Desarrollo

Económico y Competitividad

Sustentabilidad

Ambiental

DESARROLLO SOCIAL

Servicio

Educativo

Servicio de

Vivienda Social

Servicio de

Salud Pública Servicio de

Deporte y Recreación

Servicios Culturales

y Turísticos

Servicios Públicos

Domiciliarios Atención a la Comunidad

y Grupos Poblacionales

Macroprocesos de Seguimiento y Evaluación

CONTROL

Control Interno a la Gestión Control Disciplinario Mejora Continua Gestión de Auto Evaluación

MAPA DE MACROPROCESOS (Nivel Macroprocesos y Procesos).

Abril 8 de 2011. Versión 1 D

ESTI

NA

TAR

IOS –

USU

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IOS –

BEN

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BEN

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IAR

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PAR

TES

INTE

RES

AD

AS

Convivencia y

Fortalecimiento Social

Control y Mantenimiento

del Orden Público

Gestión del

Tránsito y Transporte

Manejo Integral del Riesgo

y Atención de Desastres

CONVIVIENCIA Y SEGURIDAD

Participación Ciudadana

Y Gestión Comunitaria

PARTICIPACIÓN

SOCIAL Atención al

Usuario

GESTIÓN JURÍDICO ADMINISTRATIVO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO HACIENDA PUBLICA GESTIÓN TECNOLÓGICA Y DE LA INFORMACIÓN

Administración De recursos de Tecnologías

de Información y de comunicaciones Tecnológicas

Soporte Tecnológico

Gestión Documental

Administración de

Bienes Muebles, Inmuebles y automotores

Adquisición de

Bienes, obras y Servicios

Planeación Talento Humano

Gestión Jurídica

Selección Vinculación

Retiro

Capacitación y

Estímulos

Evaluación Desempeño

Laboral

Gestión de

Seguridad Social

Integral

Liquidación Laboral

Administración Tesorería

Contabilidad General y de costos

Gestión Presupuestal

Control Interno a la Gestión Control Disciplinario

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO COMUNICACIÓN PÚBLICA Planeación Física y

del Ordenamiento

Territorial

CONTROL

Gestión de Auto-Evaluación

Servicio de

Salud Pública

Servicios

Públicos

Domiciliarios

DUB Y

PARTES

INTERESADAS

SATISFACCION

DE DUB Y

PARTES

INTERESADAS

Participación Ciudadana y

Gestión Comunitaria

Aseguramiento

Prevención

de la

Enfermedad

Promoción

de la

Salud

Planeación

Institucional

Mejora

Continua

Planeación

Económica y

Social

Planeación

Prospectiva

Análisis

Estratégico de la

Información

Comunicación

Organizacional

Comunicación

Informativa

IVC

M.O.P. versión 2010

ORGANIZACIÓN ACTUAL

Macro Procesos MISIONALES • Aseguramiento • Epidemiología y Salud Pública. ESTRATÉGICO • Planeación DE APOYO • Administrativo • Financiero • Jurídica

MANUAL DE CALIDAD DEL MUNICIPIO DE

SANTIAGO DE CALI

• 5.4 CONTEXTO ESTRATÉGICO

• 5.4.1 Misión

• 5.4.2 Visión

• 5.4.3 Código de Buen Gobierno

• 5.4.4 Declaración de Principios, Valores y Directrices Éticas

• 5.4.4.1 Principios Éticos

• 5.4.4.2 Valores Éticos

MISIÓN (MANUAL DE CALIDAD)

El Municipio de Santiago de Cali, como ente territorial, genera

las condiciones necesarias para la oportuna prestación de los

servicios públicos y sociales, a través de la planificación del

desarrollo económico, social, ambiental y del territorio y, de la

administración efectiva de los recursos, propiciando la

participación ciudadana en la gestión pública, el ejercicio de

los derechos y deberes constitucionales y la convivencia

pacífica de sus habitantes, con el fin de mejorar su calidad de

vida.

VISIÓN (MANUAL DE CALIDAD)

Nuestra VISIÓN, la que construiremos en el Siglo XXI, es la de

gente dispuesta a trabajar colectivamente, con amor y

grandeza, por un futuro mejor. Una sociedad que

comprende que en Cali debe haber respeto a la diversidad,

al encuentro de identidades, al equilibrio ambiental, a la

inclusión social; a la defensa del espacio público y la

naturaleza, a la disciplina urbanística, a la integración

territorial y a la eficiencia administrativa; los caminos de la

democracia y la convivencia

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO (Aprobado mediante el Decreto 067 de Enero 29 de 2010)

Es un documento mediante el cual el gobierno municipal expresa el renovado compromiso con el desempeño de la función pública que les compete, hacia el logro de una gestión caracterizada por la integridad, la transparencia, la eficiencia y la clara orientación hacia el cumplimiento de los fines esenciales del Estado, es decir el bien común.

COMPROMISO CON LOS OBJETIVOS, LA MISIÓN Y LA VISIÓN DE LA ENTIDAD

Artículo 2. El Alcalde y su equipo de gobierno se comprometen a orientar todas sus actuaciones en el ejercicio de la función pública hacia el logro de los objetivos, el cumplimiento de la Misión y la Visión de la entidad y los compromisos y objetivos consignados en el Plan de Desarrollo del Municipio de Santiago de Cali.

PRINCIPIOS, VALORES Y DIRECTRICES ÉTICAS

(Aprobada mediante el Decreto 100 de febrero 16 de 2010)

PRINCIPIOS Son normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta de los integrantes de un grupo humano. Definen igualmente las pautas de conducta en el ejercicio de una profesión. VALORES Los Valores, son el reflejo de nuestro comportamiento basado en los principios. Son conductas o normas consideradas como deseables, es decir, cualidades de todos los seres humanos para acondicionar el mundo de nuestras vidas y poder vivirlas en cualquier tiempo y lugar. Con base en ellos decidimos cómo actuar ante las diferentes situaciones que se nos plantean en nuestras actividades, en este caso laborales, tienen que ver principalmente con los efectos que tiene lo que hacemos en las otras personas (compañeros de trabajo, usuarios), en la sociedad o en nuestro medio ambiente en general.

DIRECTRICES ÉTICAS

Son orientaciones acerca de cómo debe relacionarse la Entidad, los servidores públicos y particulares que ejerzan funciones públicas, con un sistema o grupo de interés específico, para la puesta en práctica del respectivo Valor al que hace referencia la Directriz.

7.5 LOS PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS (CONTRATISTAS)

Establecer reglas de juego claras, transparentes y equitativas en el proceso de Adquisición de Bienes y Servicios y exigir de ellos el cumplimiento de los requisitos que demanda la calidad de los productos y servicios que ofrecemos.

PRINCIPIOS ÉTICOS

1. Las personas son libres, iguales y tienen derecho a vivir dignamente.

2. El Orden social y político, económico y cultural es corresponsabilidad de la sociedad y el Estado.

3. La ciudadanía tiene derecho a adherir y apoyar causas o empresas de otros.

4. El interés general prima sobre el particular. 5. La autonomía municipal es un imperativo del Gobierno

Local. 6. Las personas tienen derecho a participar en las decisiones

que los afectan. 7. La familia, la niñez, la juventud y la población vulnerable

tienen especial atención en las políticas Municipales.

PRINCIPIOS ÉTICOS

8. La equidad de género y la inclusión social hacen parte de la política social municipal.

9. La diversidad étnica y cultural son riquezas y patrimonio social reconocido y protegido.

10. La protección y conservación de los bienes públicos y del patrimonio cultural y natural es responsabilidad pública.

11. El capital más valioso de la entidad es su talento humano. 12. La finalidad de la función pública es el servicio con calidad a

la ciudadanía. 13. Todo ser humano tiene los mismos derechos,

independiente de sus particularidades. 14. Quien administra recursos públicos rinde cuentas a la

sociedad sobre la utilización y los resultados de su gestión.

VALORES ÉTICOS

1. Equidad

2. Inclusión

3. Compromiso

4. Imparcialidad

5. Participación

6. Respeto

7. Servicio

8. Transparencia

9. Responsabilidad

10. Solidaridad

CARNET DE IDENTIFICACIÓN

• Es obligatorio portar el carné de identificación laboral. Marca Institucional.

• Tarjetas de Proximidad -Sistema inteligente de seguridad.

ORGANIGRAMA : SECRETARIO

GRUPO ASEGURAMIENTO DESARROLLO DE SERVICIOS - IVC

GRUPO EPIDEMIOLOGÍA Y SALUD PÚBLICA

VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA

P Y P

SALUD AMBIENTAL

LABORATORIO

UES NORTE UES

LADERA UES

CENTRO UES

ORIENTE

UES RURAL

GRUPO PLANEACIÓN

PROYECTOS SISTEMAS GESTIÓN

DOCUMENTAL

COMUNICACIONES

ESTADISTICA

VENTANILLA DE DEFUNCIONES

COORD. Y PROCE. DE INFORMACIÓN ESTADISTISCA

SISTEMAS DE GESTION

GRUPO ADMINISTRATIVO

INVENTARIOS

ALMACEN TALENTO HUMANO

SERVICIOS GENERALES

MANTENIMIENTO

GRUPO FINANCIERO

PRESUPUESTO

CONTABILIDAD

TESORERIA

GRUPO JURIDICO

GESTIÓN JURIDICA

CONTRATACION

GRUPO FUNCIONAL DE PARTICIPACIÓN SOCIAL

SAC

ZOONOSIS

COORDINACIÓN TRANSPORTE

EMERGENCIAS Y DESASTRES

ASESORES AUXILIARES DE

OFICINA

Plan Nacional de Desarrollo

Plan Departamental de Desarrollo

Plan Decenal de Salud Publica

Plan Departamental de Salud Pública

Plan Municipal de Salud Pública

Plan Operativo Anual

de Salud Pública

Cali

Plan Municipal

de Salud

Pública

Secretaria Municipal de Salud

EPS

Otros Sectores

Sociedad Civil

ARP

IPS

Planes

Plan de Desarrollo Municipal

Acuerdo 326 de 2012.

Políticas

Programas

Proyectos

Objetivos

definidos y

resultados

verificables

Presupuestos

partidas y

apropiaciones

Cumplir matriz de actividades – alcanzar productos y resultados.

Tablero de mando

PRINCIPIOS - Plan de Desarrollo Municipal. 1. El ser humano, individual y colectivamente, está

por encima de todo

2. Recuperación de la seguridad ciudadana y afianzamiento de la convivencia social

3. Atención con enfoque diferencial y de derechos a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, mujeres y la familia.

4. Gobierno transparente, claro y ordenado.

5. Honestidad y pulcritud en el manejo de lo público.

6. Prioridad a la inversión social efectiva

VALORES - Plan de Desarrollo Municipal.

• Respeto por los demás;

• vocación de servicio;

• equidad, libertad, solidaridad, hermandad y tolerancia;

• pulcritud y transparencia en el manejo del patrimonio colectivo;

• atención cordial y oportuna a las demandas de los caleños;

• y amor a nuestra naturaleza y demás valores que humanicen y dignifiquen a todos los ciudadanos.

LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS DEL PLAN DE DESARROLLO

LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS: COMPONENTES

1 CaliDA: Equidad para todos 3

2 CaliDA: Bienestar para todos 7

3 CaliDA: Prosperidad para todos 3

4 CaliDA: Un Entorno Amable para todos 7

5 CaliDA: Proyección Global para todos 4

6 CaliDA: Buen Gobierno para todos 3

Plan de Gestión de Residuos Sólidos

“Empezando por Casa Secretaria de Salud

Pública Municipal”

Ciudad

Lugar de Trabajo

Núcleo Familiar

Individuo

Minimizar

riesgos

para la

salud

humana

Minimizar

riesgos

para el

Ambiente

•SOPORTE DE LA PRODUCCIÓN-RECURSOS

•SER HUMANO

•RESIDUOS

•CONTAMINACIÓN

•ATMÓSFERA

AGUA SUELO

ENERGÍA BIODIVERSIDAD

CAPITAL NATURAL

Sistema de Gestión Ambiental

PGIRS EMPEZANDO POR CASA

SSPM

Implementar Mecanismos de Separación en

la Fuente

Fortalecer Actitudes y Prácticas

Favorables En RRR

Establecer medidas de

manejo control, seguimiento y

monitoreo

Establecer procesos de

GIRS

Fomentar recuperación y

aprovechamiento

GRACIAS POR SU ATENCION!!