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El pasado 11 de Septiembre de 2009 el Consejo de Ministros aprobó, un Real Decreto que desarrolla la Ley 40/2007 de medidas en materia de Seguridad Social, en relación a la prestación por IT, perfilando así el nuevo modelo de control de la IT. La normativa aprobada viene a regular las comunicaciones informáticas por parte de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas al cumplirse el duodécimo mes en los procesos de IT, así como el desarrollo de las competencias de control otorgadas a las entidades gestoras, Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina, una vez agotado el período de doce meses de duración de la situación de IT. Con esto se pretende evitar duplicidades o falta de coordinación en el pago, es decir que a partir de ese momento sean las entidades gestoras quienes abonen la prestación, que hasta ese momento, pagaba la empresa. El Real Decreto dispone la forma de efectuar las comunicaciones así como la obligación de poner en conocimiento de las empresas las decisiones que se adopten y que les afecten. Al tiempo, reglamenta las comunicaciones a los trabajadores que se encuentran en procesos de IT, así como a las empresas en las que prestan servicios, para la aplicación de las modificaciones incorporadas en el procedimiento de seguimiento y control de la situación de IT. Las actuaciones de control del gasto en IT llevadas a cabo por la Seguridad Social desde 2004, que culminan con las reformas de la Ley 40/2007 y que el Decreto aprobado por el Consejo de Ministros acaba de desarrollar, han conseguido que variara la tendencia del gasto en IT en las entidades gestoras de la Seguridad Social. En el mismo sentido, la normativa aprobada por el Gobierno establece el procedimiento administrativo de revisión, por el INSS y a instancia del interesado, de las altas que expidan las entidades colaboradoras en los procesos de IT. A ello se une la determinación de contingencia que viene realizándose ya por las entidades gestoras. En consecuencia, se concreta el inicio del procedimiento por el interesado, las comunicaciones a la empresa, los efectos del alta emitida, las posibles actuaciones de la mutua de AT y EP de la Seguridad Social y la resolución del director provincial de la entidad gestora competente con las distintas variantes de pronunciamientos que pueden darse. Finalmente, este Real Decreto desarrolla el procedimiento de reducción de las aportaciones empresariales a la Seguridad Social en los supuestos de enfermedades profesionales sin baja en los que los trabajadores sean destinados en la misma empresa a puestos de trabajo alternativos y compatibles con su estado de salud, o desempeñen en otra distinta un trabajo compatible con su estado, con el objetivo de interrumpir la evolución desfavorable de su enfermedad. Esta medida tiene un objetivo preventivo para evitar la expulsión del mercado de trabajo de estas personas y evitar el desarrollo total de la enfermedad. En el año 2008 se contabilizaron un total de 6.774 enfermedades profesionales sin baja y hasta agosto de 2009 hay registradas 4.750. LEVES GRAVES MORTALES Total AVILA 931 5 0 936 BURGOS 3482 40 6 3528 LEÓN 4723 54 7 4784 PALENCIA 1488 13 4 1505 SALAMANCA 2332 21 5 2358 SEGOVIA 1302 10 0 1312 SORIA 859 15 4 878 VALLADOLID 4134 33 4 4171 ZAMORA 1259 7 3 1269 Totales 20510 198 33 20741 6 2 5 2 4 4 4 0 0 SECRETARIA DE SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE Servicio Técnico de Asistencia Preventiva. U.G.T. – Castilla y León. C/ Muro, 16, Entreplanta. 47004. Valladolid. Tlf. 983 21 41 82. Correo – e: [email protected] Víctimas de accidentes de trabajo mortales en puesto de trabajo en Castilla y León. Origen de los datos: elaboración propia. SINIESTRALIDAD ACUMULADA A JULIO DE 2009 Número 9 Año 2009 Mayor control de la Incapacidad Temporal Casi 30.000 trabajadores quedaron discapacitados por accidentes laborales El número de trabajadores que quedaron incapacitados a causa de un accidente laboral durante el periodo 2003-2007 asciende a 29.182. Las altas iniciales de pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo, ascendieron a 5.868 trabajadores los que se quedaron discapacitados en 2003, 5.629 en 2004, 5.859 en 2005, 6.002 en 2006 y 5.824 en 2007.

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El pasado 11 de Septiembre de 2009 el Consejo de Ministros aprobó, un Real Decreto que desarrolla la Ley 40/2007 de medidas en materia de Seguridad Social, en relación a la prestación por IT, perfilando así el nuevo modelo de control de la IT. La normativa aprobada viene a regular las comunicaciones informáticas por parte de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas al cumplirse el duodécimo mes en los procesos de IT, así como el desarrollo de las competencias de control otorgadas a las entidades gestoras, Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina, una vez agotado el período de doce meses de duración de la situación de IT. Con esto se pretende evitar duplicidades o falta de coordinación en el pago, es decir que a partir de ese momento sean las entidades gestoras quienes abonen la prestación, que hasta ese momento, pagaba la empresa. El Real Decreto dispone la forma de efectuar las comunicaciones así como la obligación de poner en conocimiento de las empresas las decisiones que se adopten y que les afecten. Al tiempo, reglamenta las comunicaciones a los trabajadores que se encuentran en procesos de IT, así como a las empresas en las que prestan servicios, para la aplicación de las modificaciones incorporadas en el

procedimiento de seguimiento y control de la situación de IT. Las actuaciones de control del gasto en IT llevadas a cabo por la Seguridad Social desde 2004, que culminan con las reformas de la Ley 40/2007 y que el Decreto aprobado por el Consejo de Ministros acaba de desarrollar, han conseguido que variara la tendencia del gasto en IT en las entidades gestoras de la Seguridad Social.

En el mismo sentido, la normativa aprobada por el Gobierno establece el procedimiento administrativo de revisión, por el INSS y a instancia del interesado, de las altas que expidan las entidades colaboradoras en los procesos de IT.

A ello se une la determinación de contingencia que viene realizándose ya por las entidades gestoras.

En consecuencia, se concreta el inicio del procedimiento por el interesado, las comunicaciones a la empresa, los efectos del alta emitida, las posibles actuaciones de la mutua de AT y EP de la Seguridad Social y la resolución del director provincial de la entidad gestora competente con las distintas variantes de pronunciamientos que pueden darse.

Finalmente, este Real Decreto desarrolla el procedimiento de reducción de las aportaciones empresariales a la Seguridad Social en los supuestos de enfermedades profesionales sin baja en los que los trabajadores sean destinados en la misma empresa a puestos de trabajo alternativos y compatibles con su estado de salud, o desempeñen en otra distinta un trabajo compatible con su estado, con el objetivo de interrumpir la evolución desfavorable de su enfermedad.

Esta medida tiene un objetivo preventivo para evitar la expulsión del mercado de trabajo de estas personas y evitar el desarrollo total de la enfermedad. En el año 2008 se contabilizaron un total de 6.774 enfermedades profesionales sin baja y hasta agosto de 2009 hay registradas 4.750.

LEVES GRAVES MORTALES Total AVILA 931 5 0 936

BURGOS 3482 40 6 3528 LEÓN 4723 54 7 4784

PALENCIA 1488 13 4 1505 SALAMANCA 2332 21 5 2358

SEGOVIA 1302 10 0 1312 SORIA 859 15 4 878

VALLADOLID 4134 33 4 4171 ZAMORA 1259 7 3 1269 Totales 20510 198 33 20741

6 2 5

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0

SECRETARIA DE SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE

Servicio Técnico de Asistencia Preventiva. U.G.T. – Castilla y León. C/ Muro, 16, Entreplanta. 47004. Valladolid. Tlf. 983 21 41 82. Correo – e: [email protected]

Víctimas de accidentes de trabajo mortales en puesto de trabajo en Castilla y León. Origen de los datos: elaboración propia.

SINIESTRALIDAD ACUMULADA A JULIO DE 2009

Número 9 Año 2009 Mayor control de la Incapacidad Temporal

Casi 30.000 trabajadores quedaron discapacitados por accidentes laborales

El número de trabajadores que quedaron incapacitados a causa de un accidente laboral durante el periodo 2003-2007 asciende a 29.182. Las altas iniciales de pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo, ascendieron a 5.868 trabajadores los que se quedaron discapacitados en 2003, 5.629 en 2004, 5.859 en 2005, 6.002 en 2006 y 5.824 en 2007.

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Valladolid Muro, 16, entreplanta

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Zamora Lope de Vega, 6 49002. Zamora

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Noticias Breves Nuevo portal temático “Equipos de protección individual” en la web del INSHT

Ya está disponible en la web del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo el portal temático “Equipos de protección individual”. En el mismo se engloban aspectos relacionados con la certificación, selección y uso, legislación y normalización, y diferentes publicaciones de los EPI tales como folletos, catálogos y documentos breves. La web del INSHT es la siguiente http://www.insht.es/portal/site/Insht/.

La campaña de sensibilización contra los riesgos laborales extiende su ubicación al suelo

UGT Castilla y León participa en la campaña de prevención de riesgos laborales cuyo lema es "¿Tú lo llamarías accidente de trabajo?". Dicha campaña de sensibilización pretende concienciar a los ciudadanos pues para prevenir los riesgos laborales es necesario conocerlos bien y saber como evitarlos.

Lo novedoso de la campaña está en las pintadas realizadas en el suelo, en las que se pueden apreciar siluetas humanas y la dirección web www.prevencioncastillayleon.tv, portal en el que se encuentra toda la campaña de sensibilización contra los riesgos laborales.

El trabajador que falleció electrocutado en un invernadero carecía de contrato

El trabajador que murió electrocutado cuando intentaba arreglar los plásticos de un invernadero situado en la zona del Viso, en Níjar identificado como Y.S. de 32 años de edad y nacionalidad rumana afincado en la provincia de Almería carecía de contrato legal.

El trabajador tocó con una barra metálica el tendido eléctrico y le propició una descarga, falleciendo como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria.

Publicaciones

Guía de prevención de riesgos psicosociales en el sector de Telecomunicaciones

Guía editada por la Comisión Ejecutiva Confederal de UGT, como llamada de atención para alertar sobre la gravedad del problema de los riesgos psicosociales en el sector de Telecomunicaciones.

El fin de la misma es suscitar una reflexión que incite a la acción en beneficio de los trabajadores dedicados a este Sector y contribuir a resolver el problema desde la acción, aportando a sus Delegados/as de Prevención, y a los trabajadores/as, una información actual y clara sobre los riesgos de carácter psicosocial inherentes a sus puestos, que les permita conocer y aplicar medidas para mejorar su salud.

http://extranet.ugt.org/saludlaboral/oprp/Paginas/Default.aspx

Montacargas y puentes grúas

Cuaderno preventivo editado por la Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT Cataluña, en el que se contemplan aspectos tales como los principales riesgos, las medidas preventivas, la formación, las normas de uso y mantenimiento, y la legislación aplicable relativa a montacargas y puentes grúa. Recordemos que un 30% de los accidentes laborales se producen durante las operaciones de movimientos de productos en los diferentes procesos productivos.

http://www.ugt.cat/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=145&Itemid=37

Seguridad y Salud en el Trabajo

Revista de carácter bimestral dirigida a los profesionales e interesados en la PRL, trabajadores designados para funciones preventivas, técnicos de las administraciones públicas, inspectores de trabajo, delegados de prevención y cualquier otro profesional, directivo o representante sindical o empresarial interesado en este campo. En este número de la revista se hace hincapié en el tráfico como primer factor de riesgo laboral mortal, originando el 43% de las muertes registradas.

Normativa Resolución de 3 de agosto de 2009, de la DG de Ordenación SS, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la SS del coeficiente del 0,061 para gestión IT común