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Secretan.; tío Medio Ambk'nU' y Desnrrollo Territorial www.jalisco.gob.mx SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS OFICIO SEMADET/DGPGA/DGIR/1212/DREMI/2618/2016 Guadalajara, Jal., 06 de octubre de 2016. LIC. FRANCISCO JAVIER CALVAN MERAZ REPRESENTANTE LEGAL SISTEMA INTERMUNICIPAL DE MANEJO DE RESIDUOS SURESTE RELLENO SANITARIO PREDIO LA VENTA MAZAMITLA, JALISCO TELÉFONO: 382-5381708. ASUNTO: Se emite autorización de refrendo para la etapa de manejo integral de residuos. En atención a la información presentada en esta Secretaria, con fecha 02 de septiembre de 2016 según sello fechador de la Ventanilla de Trámites Ambientales, para realizar el refrendo de autorización para llevar a cabo la efapa de manejo disposición final de residuos, dentro de las Etapas de Manejo Integral de Residuos de Manejo Especial; anexando copia simple del Certificado de Cumplimiento Ambiental Voluntario con No. SEMADET C.C.A.V.023/2015 con vigencia del 11 de diciembre de 2015 al 11 de diciembre del 2017; de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley cíe Ingresos del Estado de Jalisco, para e! Ejercicio Fiscal del Año 2016, en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco":, es por lo que de conformidad y con fundamento en los artículos 4, 25, 27, 73 fracción XXIX-G y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 7 fracciones I, II, III, IV, VI, XII, XIII, XIV, XIX Y XXI,.134, 136, 139, 140, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1 fracción MÍ, 5, y 9 fracciones I, II, III, IV, V!, XI, XIII, XV, XX Y XXI, 15 fracción II!, 19, 20, 26,27, 28, 33, 37, 54, 96, 97, 98,100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos; 12, 13,14, 16, 17, 19, 20, 21, del Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 1,4, 14, 36, 46 y 50 fracciones XXI y XXII de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 6 fracción I, 7 fracción I, 8, 12 fracción IX, 21 fracciones I, VI, Vil, XXVM y XLlil, Primero, Quinto, Sexto y Octavo Transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, publicada el veintisiete de febrero de dos mil trece en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco"; 12 fracción I, 13 y 14 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco; 1, 2, 5 fracción XII, XIII y XIV, 6 fracciones I, II, III, VI, X y XV, 7, 86, 87, 87 bis, 88, 89, 91 Y 92 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1, 2, 3, 4, 5 fracciones I y II, 6, 7 fracciones I, III, IV, V, VI, Vil, XII, XIII, XX, XXIII, XXV, XXVI, XXVI Y XVII 13, 15, 18, 19, 20, 32 fracciones I, II, III, IV, V, Vil, IX y X, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 57, 58, 59, 60, 63, 65, 68, 69,70, 74, 79, 83, 84, 87, 89 y 98 de la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco, así como en la Norma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/20081, NOM-161-SEMARNAT-2011 y demás normas oficiales mexicanas y estatales ambientales aplicables en la materia que nos ocupa; le informo que compete al Gobierno del Estado de Jalisco a través de esta Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, la regulación del manejo integral denlos residuos de manejo especial, los sistemas de recolección, almacenamiento, transporte, alojamiento, reúso, tratamiento y disposición final de dichos residuos, así como la formulación de las disposiciones para ejercer el control de dichas actividades y emitir los dictámenes correspondientes, por lo tanto, esta Dirección General de Protección y Gestión Ambiental (en adelante "DGPGA"), en el ejercicio de sus atribuciones determina procedente: 1 Publicada en el periódico oficial "El Estado de Jalisco", el 10 diez de octubre de 2008 dos mil ocho.

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Secretan.; tío Medio Ambk'nU'y Desnrrollo Territorial

www.jalisco.gob.mx

S E C R E T A R Í ADIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN AMBIENTALDIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS

OFICIO SEMADET/DGPGA/DGIR/1212/DREMI/2618/2016

Guadalajara, Jal., 06 de octubre de 2016.

LIC. FRANCISCO JAVIER CALVAN MERAZREPRESENTANTE LEGALSISTEMA INTERMUNICIPAL DE MANEJO DE RESIDUOS SURESTERELLENO SANITARIOPREDIO LA VENTAMAZAMITLA, JALISCOTELÉFONO: 382-5381708.

ASUNTO: Se emite autorización de refrendo para la etapa demanejo integral de residuos.

En atención a la información presentada en esta Secretaria, con fecha 02 de septiembrede 2016 según sello fechador de la Ventanilla de Trámites Ambientales, para realizar elrefrendo de autorización para llevar a cabo la efapa de manejo disposición final deresiduos, dentro de las Etapas de Manejo Integral de Residuos de Manejo Especial;anexando copia simple del Certificado de Cumplimiento Ambiental Voluntario con No.SEMADET C.C.A.V.023/2015 con vigencia del 11 de diciembre de 2015 al 11 dediciembre del 2017; de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley cíe Ingresosdel Estado de Jalisco, para e! Ejercicio Fiscal del Año 2016, en el Periódico Oficial "ElEstado de Jalisco":, es por lo que de conformidad y con fundamento en los artículos 4,25, 27, 73 fracción XXIX-G y 124 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos; 1 y 7 fracciones I, II, III, IV, VI, XII, XIII, XIV, XIX Y XXI,.134, 136, 139, 140, dela Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1 fracción MÍ, 5, y 9fracciones I, II, III, IV, V!, XI, XIII, XV, XX Y XXI, 15 fracción II!, 19, 20, 26,27, 28, 33, 37,54, 96, 97, 98,100 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de losResiduos; 12, 13,14, 16, 17, 19, 20, 21, del Reglamento de la Ley General para laPrevención y Gestión Integral de los Residuos, 1,4, 14, 36, 46 y 50 fracciones XXI y XXIIde la Constitución Política del Estado de Jalisco; 1, 2, 6 fracción I, 7 fracción I, 8, 12fracción IX, 21 fracciones I, VI, Vil, XXVM y XLlil, Primero, Quinto, Sexto y OctavoTransitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, publicada elveintisiete de febrero de dos mil trece en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco"; 12fracción I, 13 y 14 de la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco; 1, 2, 5fracción XII, XIII y XIV, 6 fracciones I, II, III, VI, X y XV, 7, 86, 87, 87 bis, 88, 89, 91 Y 92de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 1, 2, 3, 4, 5fracciones I y II, 6, 7 fracciones I, III, IV, V, VI, Vil, XII, XIII, XX, XXIII, XXV, XXVI, XXVI YXVII 13, 15, 18, 19, 20, 32 fracciones I, II, III, IV, V, Vil, IX y X, 36, 38, 39, 40, 41, 42, 43,44, 45, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 57, 58, 59, 60, 63, 65, 68, 69,70, 74, 79, 83, 84, 87, 89 y 98de la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco, así como en laNorma Ambiental Estatal NAE-SEMADES-007/20081, NOM-161-SEMARNAT-2011 ydemás normas oficiales mexicanas y estatales ambientales aplicables en la materia quenos ocupa; le informo que compete al Gobierno del Estado de Jalisco a través de estaSecretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, la regulación del manejointegral denlos residuos de manejo especial, los sistemas de recolección, almacenamiento,transporte, alojamiento, reúso, tratamiento y disposición final de dichos residuos, así comola formulación de las disposiciones para ejercer el control de dichas actividades y emitirlos dictámenes correspondientes, por lo tanto, esta Dirección General de Protección yGestión Ambiental (en adelante "DGPGA"), en el ejercicio de sus atribucionesdetermina procedente:

1 Publicada en el periódico oficial "El Estado de Jalisco", el 10 diez de octubre de 2008 dos mil ocho.

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OFICIO SEMADET/DGPGA/DGIR/1212/DREM1/2613/2016

Emitir el DICTAMEN FAVORABLE CON EL NÚMERO DE REGISTRO DREMI1405900630 DF/16 para realizar ia actividad de DISPOSICIÓN FINAL de residuos sólidosurbanos y manejo especial, el cual tendrá una vigencia de cinco años a partir de lafecha de emisión de éste oficio, pudiendo refrendarse al término de su vigencia por unperiodo igual o mayor, de acuerdo a la normatividad aplicable y bajo el procedimiento quedetermine la autoridad correspondiente.

El presente dictamen de autorización quedará sujeto al cumplimiento de las siguientescondicionantes.

Aspectos técnicos

1. El relleno sanitario está localizado en el municipio de Mazamitla, en las coordenadasgeográficas Latitud Norte 19°59'13.72", Longitud Oeste 103°03'09.38".

2. La recepción diaria es de hasta 70 ton/día, por lo que su clasificación es de tipo B.

3. La operación del sitio de disposición final deberá apegarse estrictamente a loestablecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003,Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño,construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de unsitio de disposición final de residuos de manejo especial, publicada en el DiarioOficial de la Federación el 20 de Octubre de 2004, haciendo cumplimiento a loestablecido en el punto 7 que refiere a las características constructivas y operativasdel sitio de disposición final.

4. El sitio de disposición final deberá actualizar y generar un manual de operación quetendrá que entregar dentro del primer informe semestral a esta Secretaría para sudictaminación el cual deberá estar apegado a lo establecido en el punto 7.10 de laNOM-083-SEMARNAT-2003. El manual está obligado a contener la siguienteinformación:

.

a. Dispositivo de control de accesos de personal, vehículos y materiales, prohibiendoel ingreso de residuos peligrosos, radioactivos o inaceptables.

b. Método de registro de tipo y cantidad de residuos ingresados.c. Cronogramas de operación.d. Programas específicos de control de calidad, generación, mantenimiento y

monitoreo de biogás, lixiviados, acuíferos e impactos ambientales.e. Dispositivos de seguridad y planes de contingencia para: incendios, explosiones,

sismos, fenómenos meteorológicos y manejo sustancias o residuos peligrosos, olos mencionados en la condicionante 8.

f. Procedimiento de operación, que incluya la secuencia de llenado, cobertura deresiduos y compactación.

g. Perfil de puestos.h. Reglamento interno.i. Equipos, maquinaria e insumes diversos.

A. El Programa de monitoreo del acuífero deberá contener:

I. Objetivo General.II. Diseño del Sistema de Monitoreo.II. Definición del área de Estudio:

III.1. Análisis de variables del Acuífero sobre el que se instala el Proyecto y conlos que esté se encuentra relacionado:

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Mndto Ambientaerritorial

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111.1.1. Flujo direccional.111.1.2. Nivel Piezométrico.111.1.3. Características fisicoquímicas del agua.111.1.4. Análisis de Permeabilidad.111.1.5. Análisis de las actividades industriales que se encuentran en la

zona en relación a posibles focos de contaminación.1.2. Justificación y diseño de pozos de monitoreo dentro del área de monitoreo:

111.2.1. Cantidad de pozos de monitoreo.111.2.2. Geo referenciación de pozos de monitoreo.111.2.3. Características de material de los pozos de monitoreo.

1.3. Diseño, cuantificación y justificación de los indicadores ambientales demonitoreo:

111.3.1. Indicadores fisicoquímicos a monitorear.111.3.2. Indicadores biológicos a monitorear.111.3.3. Indicadores de capacidad del acuífero.111.3.4. Dichos indicadores deben ser medibles y se debe señalar la

fuente de información de los mismos.1.4. Justificación de programación de indicadores ambientales:

111.4.1. Calendario de monitoreo justificando la técnica ambiental utilizaday el por qué se establece dicho calendario.

111.4.2. Evidencias a recabar por cada uno de los indicadores.111.4.3. Muestras de laboratorio.111.4.4. Bitácoras de monitoreo.Ml.4.5. Material Fotográfico.

1.5. Interpretación de los resultados obtenidos:111.5.1. Comparación en tiempo de los indicadores con referencia al

periodo pasado de medición.111.5.2. Conclusiones y proyecciones en específico por cada uno de los

indicadores.111.5.3. Discusión del sistema de monitoreo respecto a los cambios dentro

del área de estudio.

B. El Programa de monitoreo de biogás deberá contener:

I. Objetivo General.II. Diseño del Sistema de MonitoreoIII. Definición del área de Estudio:IV. Estimaciones de biogás conforme al diseño original del Relleno Sanitario de

acuerdo al depósito de Residuos.IV.1. Cantidad de generación de biogás proyectado.

IV.1.1. Descripción técnica de la proyección de biogás.V. Justificación técnica del sistema de captación de biogás:

V.1. Descripción de obras de captación de biogás, de acuerdo al volumen ydistribución de residuos.

V.2. Georeferenciación de las obras.V.3. Justificación técnica de las obras de captación de acuerdo a los siguientes

parámetros:V.3.1. Antigüedad y ubicación de las celdas del Sitio de Disposición

Final.V.3.2. Topografía conformada por la disposición de los Residuos.V.3.3. Comportamiento y movimiento de biogás dentro de las celdas del

Sitio de Disposición Final.

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V.3.4. Justificación técnica del tipo de sistema de captación del biogás(vertical, horizontal o híbrido), de acuerdo a los parámetrosanteriormente descritos

VI. Monitoreo de la Generación de Biogás:VI.1. Justificación y calendarización de monitoreo de cada uno de los

indicadores.VI.2. Comparación de los indicadores y parámetros técnicos con el tiempo

transcurrido desde el inicio de operaciones del proyecto.VI.3. Indicadores de explosividad.VI.4. Indicadores de composición.VI.5. Indicadores de flujo.

Vil. Metodología y evidencias recabadas del muestreo del biogás:VI 1.1. Especificaciones de bitácoras de control.Vil.2. Especificaciones del muestreo del laboratorio acreditado por la EMA.

VIH.Conclusiones.IX. Discusión de resultados

IX.1. Justificación técnica de una propuesta eficiente para la gestión del biogáscaracterizado generado en el Sitio de Disposición Final: *

IX.1.1. Quema o aprovechamiento.

C. El Programa de monitoreo de lixiviados deberá contener:

IV.V.VI.

Objetivo General.Diseño del Sistema de Monitoreo.Definición del área de Estudio:III.1. Tipo y composición de los residuos:MI.2. Localización del sitio de disposición final.111.3. Edad de los residuos.111.4. Tipo y composición de los residuos.111.5. Humedad de los residuos.111.6. Régimen de clima y humedad (efectos estacionales).111.7. Compactacion, procesamiento y otros aspectos de la operación del relleno.111.8. Temperatura y pH en el relleno.111.9. Presencia de grandes cantidades de lodos municipales, industriales y

residuos industriales de manejo especial.111.10. Espesor de la capa de residuos.111.11. Permeabilidad, espesor, Compactacion y pendiente de la cubierta diaria y

final.111.12. Descripción del sistema de captación y de drenaje de lixiviados:

111.12.1. Rebombeo, volúmenes y periodos de bombeo.111.12.2. Tratamiento o aprovechamiento.111.12.3. Alternativas de manejo.

111.13. Descripción del sistema de tratamiento de lixiviados:111.13.1. Normatividad aplicable con base en las características del sistema

de manejo y tratamiento de lixiviados.111.13.2. Descripción del sistema de tratamiento:

111.13.2.1. Descripción de los procedimientos.111.13.2.2. Diagramas de flujo.111.13.2.3. Equipamiento para el manejo y tratamiento de lixiviados.

111.14. Calidad y cantidad generada de lixiviado producido en el relleno sanitarioy su afectación potencial a las aguas subterráneas:

Ubicación y descripción de puntos de monitoreo.Diseño de puntos de monitoreo.Metodología y programa de muestreo.

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Vil. Selección de parámetros a monitorear en base a la normatividad aplicable delsistema de tratamiento y técnicas de laboratorio.

VIII.Toma de muestra.IX. Análisis de laboratorio (físico, químico y bacteriológico).X. Evaluación de resultados.XI. Metodología y evidencias recabadas del muestreo de lixiviados:

XI.1. Especificaciones de bitácoras de control.XI.2. Especificaciones del muestreo del laboratorio acreditado por la EMA.XI.3. Datos de la empresa que realiza el estudio, que incluya la autorización

emitida por la EMA.XII. Conclusiones.

D. Programa de monitoreo de impactos ambientales:

El diseño del programa de impactos ambientales deberá integrar una análisisdonde se evaulen los impactos ambientales por la operación del sitio dedisposción final respecto a su área de influencia de donde se desprendanprogramas específicos de seguimiento ambiental, tales como el control de plagasnocivas, generación de vectores, generación de olores, entre los específicosencontrados para el sitio.

A manera de ejemplo a continuación se enlistan los apartados que pudierancontener algunos dé los monitoreos de impacto ambiental para un sitio dedisposición final.

a. Programa de monitoreo y control de fauna nociva:

II. Objetivo general.III. Diseño del sistema de monitoreo.IV. Definición del área de estudio.

a. Identificación de las variables que influyen en la presencia defauna nociva.

b. Identificación de las especies animales presentes en el sitioconsideradas como nocivas.

c. Georreferenciación de los sitios donde se identificaron especiesnocivas.

V. Identificación de las medidas de control.a. Justificación del método de control escogido para el caso.

VI. Diseño y justificación de los indicadores de monitoreo.a. Diseño y justificación del mismo, de cada indicador.b. Calendario de monitoreo de cada indicador y justificación del

mismo.c. Resultados esperados del monitoreo de cada indicador.

Vil. Interpretación de resultados.a. Comparación de los resultados con los obtenidos en el periodo

anterior de medición.b. Conclusiones y proyecciones para cada uno de los indicadores.c. Discusión sobre el sistema de monitoreo y su eficacia.

b. Programa de monitoreo de partículas, aerobiológicos.

I. Objetivo general.II. Diseño del sistema de monitoreo.

III. Definición del área de estudio.

' .

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a. Promedio histórico de la velocidad y dirección dominante delviento.

b. Variables que definen la dispersión de las partículas y losaerobiológicos presentes en el sitio.

i. Tamaño promedio de partícula.ii. Densidad.iii. Plumas de dispersión.

Propuesta de medidas de mitigación y prevención aplicables a losimpactos generados por dispersión de partículas y aerobiológicos ydiseño de indicadores.

a. Identificación de los impactos generados por la dispersión.Identificación de las zonas vulnerables a los impactos.Identificación de las medidas de mitigación y prevención.Diseño y justificación de los indicadores que medirán la eficacia yeficiencia de cada medida de mitigación y prevención.Calendario de monitoreo así como justificación del mismo, paracada indicador diseñado.Resultados esperados.

Interpretación de resultados.a. Comparación de los resultados con los obtenidos en el periodo

anterior de medición.Conclusiones y proyecciones para cada uno de los indicadores.Discusión sobre el sistema de monitoreo y su eficacia.

V.

b.c.d.

e.

f.

b.c.

Reportes de Actividades

5. Deberá de elaborar informes mensuales y presentarlos en forma impresa y electrónicaa esta Dependencia, dichos informes contendrán la siguiente información:

I. - Control de ingreso de residuos conforme a la siguiente tabla:

Fecha deingreso

Nombre de laempresa

Cantidad en toneladas deresiduos depositados en el mes

Tipo de residuosdepositados

IV.

Cantidad de generación de lixiviados en metros cúbicos.Cantidad de generación de biogás en toneladas.Reporte de ingreso de residuos mencionados en la condicionante 8, en casode recibirlos.

6. Deberá de elaborar informes semestrales y presentarlos en forma impresa yelectrónica a esta Dependencia, dichos informes contendrán la siguiente información:

I. Formato de informe semestral llenado debidamente.II. Reporte del avance de porcentaje de llenado del relleno sanitario en base a la

estimación de capacidad total inicial y la cantidad depositada a la fecha.III. Registro de contingencias en caso de haber durante el semestre.IV. Registro fotográficoV. Evidencias y resultados del cumplimiento de los programas de monitoreo

contenidos en el manual de operación, conforme a lo dictaminado por estaSecretaría.

VI. Material fotográfico que evidencie el cumplimiento de lo establecido en el manualde operación (condicionante 3, inciso f).

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El formato del informe semestral para las etapas de manejo se encuentra en la páginaelectrónica oficial de gobierno del Estado, Trámites y Servicios en línea(http://tramites.ialisco.gob.mx) en la siguiente ruta: Tramites y Servicios, Medio Ambiente,Solicitud de autorización para la etapa que corresponda a su autorización de residuos demanejo especial, Formato de Informe semestral de etapas de manejo. * Puede ocultar oborrar los residuos de manejo especial que no maneje.

Si el informe no tiene la sumatoria total por residuo y no es entregado en el formatocorrecto, no será válido. El formato para el informe semestral es único y requerido poresta Secretaría para así determinar las cantidades procesadas de cada residuo ypresentándolo en otro formato dificultaría lo anterior. Por lo que deberá cumplircabalmente con ésta petición.En dicho informe, deberá de reportar los datos de las empresas a las que dejó de dar elservicio de disposición final de residuos.

7. Los informes semestrales se presentaran en los periodos que se indican acontinuación:

Periodo de los informe semestralesA partir del 2016 y hasta el 2020

-Primer semestre: del periodo deenero a julio del año en curso.-Copia de licencia municipal vigenteSegundo semestre: del periodo dejulio a diciembre del año en curso.

Fecha Límite De Presentación

Primeros días del mes de julio del año encurso

Primeros días del mes de enero del añosiguiente

Aspectos Administrativos

Este dictamen sólo ampara la DISPOSICIÓN FINAL de los residuos sólidos urbanosa través de la operación del relleno sanitario en el sitio referido, el cual acorde a lainformación técnica presentada, se categoriza como relleno sanitario Tipo B.

9. Queda estrictamente prohibida la recepción de los siguientes residuos:

Residuos líquidos tales como: Aguas residuales y líquidos industriales de proceso,así como lodos hidratados de cualquier origen, con más de 85% de humedad conrespecto al peso total de la muestra.Residuos catalogados como peligrosos en las Normas Oficiales Mexicanas NOM-052-SEMARNAT-2005 que establece las características, et procedimiento deidentificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos y NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 protección ambiental - salud ambiental - residuospeligrosos biológico-infecciosos-clasificación y especificaciones de manejo,publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de junio de 2006 y 17 defebrero de 2003, respectivamente.Residuos conteniendo aceites minerales.Residuos incompatibles de acuerdo a la NOM-054-SEMARNAT-1993, Queestablece el procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o másresiduos considerados como peligrosos por la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 deoctubre de 1993.

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Secrct.in.-i de Medio Añil

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e. Los lodos que no hayan sido previamente tratados o acondicionados de acuerdo alo establecido en la NOM-004-SEMARNAT-2002 Protección ambiental.- Lodos yBiosólidos.- Especificaciones y límites máximos permisibles de contaminantes parasu aprovechamiento y disposición final.

f. Residuos electrónicos.

10. En caso de que alguno de los residuos mencionados en la condicionante anterior nosean detectados e ingresen al sitio de disposición final, deberá de contar con un áreade almacenamiento temporal para los mismos, y su manejo quedará sujeto a lanormatividad correspondiente.

11. Deberá informar sobre los cambios y/o modificaciones que se realicen y que afecte loreportado en la información presentada, dentro de un término no mayor a 03 tresdías hábiles contados a partir de la fecha en que la circunstancia ocurra.

12. En el supuesto de que pretenda modificar el presente dictamen de autorización,deberá de presentar a esta Secretaría la solicitud respectiva por escrito, así como lacopia simple del recibo oficial emitido por la recaudadora de la Secretaría dePlaneación, Administración y Finanzas del Estado de Jalisco, una vez que hayarealizado el pago respectivo (del 50% por la modificación parcial de la autorización)por el servicio de la evaluación de la viabilidad de las actividades y / o etapas enmateria de manejo integral de residuos de manejo especial previstas en la Lay deGestión Integral de Residuos del Estado de Jalisco, como es la recolección, mismoque será recabado en esta Secretaría; lo anterior de acuerdo con la Ley de Ingresosdel Estado de Jalisco, para el Ejercicio Fiscal vigente al momento de su solicitud.

13. Por su parte, se le hace saber que el presente proveído no excluye la posibilidad deque la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial le requiera la realizaciónde medidas adicionales tendientes a mejorar las actividades de disposición final de losresiduos de manejo especial.

14. Esta Secretaría podrá solicitar en cualquier momento, informes específicos de lasactividades autorizadas u obligadas a través del presente proveído en materia de sucompetencia.

15. El presente documento no exime al promovente del cumplimiento normativo requeridopor otras instancias federales, estatales o municipales con respecto al funcionamientode su establecimiento, por lo que deberá realizar los trámites necesarios ante lasDependencias involucradas.

16. Esta Secretaría a través de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente, vigilaráel cumplimiento de los términos establecidos en el presente instrumento, así como delos ordenamientos legales aplicables y señalados en el preámbulo del presentedocumento. Para ello ejercerá, entre otras, la facultad que le confieren en los artículos83 y 84 de la Ley de Gestión Integral de los Residuos del Estado de Jalisco ycualquier omisión o incumplimiento a lo estipulado en la presente autorización, serámotivo de las sanciones correspondientes establecidas en el ordenamiento legalinvocado.

17. En caso de cierre de operaciones deberá notificar a esta Secretaría con anticipación,ya que se debe garantizar que las instalaciones queden libres de residuos y nopresenten niveles de contaminación que puedan representar un riesgo a la salud y elambiente, adjuntando el proyecto ejecutivo de cierre y abandono del predio.

Page 9: SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN … · 2017-05-10 · 1. El relleno sanitario está localizado en el municipio de Mazamitla, en las coordenadas

Secrciarra do Medio Anibif ntr

www.jalisco.gob.mx

S E C R E T A R I ADIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN AMBIENTALDIRECCIÓN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS

OFICIO SEMADET/DGPGA/DGIR/1212/DREMI/2618/2016

La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial realizará inspeccionesordinarias y extraordinarias para verificar y evaluar las condiciones de disposición final delos residuos de manejo especial y en caso de encontrar anomalías, se aplicaran lassanciones establecidas en la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección alAmbiente y sus reglamentos, así como en la Ley de Gestión Integral de los Residuosdel Estado de Jalisco

El presente dictamen no lo excluye de la posibilidad que en un futuro la Secretaría deMedio Ambiente y Desarrollo Territorial pueda solicitar medidas tendientes a mejorarlas actividades de disposición final de los residuos de manejo especial.

El incumplimiento de lo anterior causará la anulación inmediata de la autorizacióndel número de registro otorgado, con la aplicación de las sanciones señaladas en laLey Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Gestión Integralde los Residuos del Estado de Jalisco y sus reglamentos y no lo exime de lo solicitado porotras dependencias, Federales, Estatales y/o Municipales.

Así lo proveyó y firma el Director General de Protección y Gestión Ambiental, siendocompetente para lo anterior con fundamento en los numerales 10, 12 fracción IX, 21,QUINTO y SEXTO Transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado deJalisco publicada el 27 de febrero de 2013 en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco",así como lo establecido en los artículos 7 Fracción II, 16, 17 Fracción II, y 19 delReglamento Interno de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial,"SEMADET", publicado el 16 de octubre de 2014 en el Periódico Oficial "El Estado deJalisco, de conformidad con los transitorios antes señalados.

Sin otro particular por el momento, reciba un cordial

A T E N T A M

ING. RDIRECTOR GENERAL DÉ PROTECCIÓN Y GESTIÓN AMBIENTA' lí'rriíori*

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ENERAL DI

"2016, ANO DE LA ACCJON ANTE EL CAMBIO CLIMÁTICO '

c.c. Lie. David Cabrera HermosNIo.- Procurador Estatal de Protección al Ambiente. Se remite copia electrónica para suconocimientoArchivo / minutarioEPR/MCfcV/CIVG