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San Salvador, 20 de marzo de 2012
COORDINACIÓN E IMPLEMENTACIÓN CON LOS ÓRGANOS DEL ESTADO PARA
LA APLICACIÓN DE LA NUEVA LEG
Las Comisiones de Ética Gubernamentales integran elTribunal de Ética Gubernamental, art. 18 LEG, lo quegenera un efecto reflejo en el aspecto preventivo decapacitación y difusión de la LEG en todas lasinstituciones públicas.
Las funciones de las Comisiones de Ética impactanen el tema de capacitación, difusión de la nueva LEG,propuestas para la mejor aplicación de la LEG yrespuestas a consultas ciudadanas en base a loscriterios del Tribunal, artículo 27 de la LEG
COORDINACIÓN E IMPLEMENTACIÓN CON LOS ÓRGANOS DEL ESTADO PARA
LA APLICACIÓN DE LA NUEVA LEG
PROYECCIÓN: Mesa anticorrupción paralograr una coordinación interinstitucional
INSTITUCIONES: UTE, Sub Secretaría deTransparencia y Anticorrupción, Probidad CSJ,Corte de Cuentas de la República, FiscalíaGeneral de la República, Ministerio deEducación, Universidades, Sector Privado,Organizaciones no Gubernamentales coninterés en temas anticorrupción.
IMPLICACIONES PRESUPUESTARIAS Y DE RECURSOS HUMANOS
Para poder cumplir con los objetivos de la LEG,conforme a las exigencias internacionales se requierecontar al menos con los recursos materiales yhumanos mínimos:
Reforzar con recurso humano a la Unidad deDivulgación y Capacitación
Crear la Unidad de Instructores Fortalecer financiera y personalmente la Unidad de
ComunicacionesContratar personal en las diferentes Unidades
Operativas a fin de coadyuvar con la competenciaobjetiva del Tribunal
RECURSOS MATERIALES Y PERSONALES
Para poder cumplir con los objetivos de la LEG,conforme a las exigencias internacionales serequiere contar al menos con los recursosmateriales y humanos mínimos:
Reforzar con recurso humano a la Unidad deDivulgación y Capacitación
Crear la Unidad de Instructores Fortalecer financiera y personalmente la Unidad de
ComunicacionesContratar personal en las diferentes Unidades
Operativas a fin de coadyuvar con la competenciaobjetiva del Tribunal
RECURSOS MATERIALES Y PERSONALES
Capacitar al personalContratar servicios que permiten contar con los
recursos materiales necesarios para cumplir con lafinalidad de la LEG
Adquirir equipo y tecnologías adecuadas.
RECURSOS PERSONALES Y MATERIALES ACTUALES
38 PERSONAS INTEGRAN LASDIFERENTES UNIDADES DEL TRIBUNALDE ÉTICA GUBERNAMENTAL
CON UN PRESUPUESTO DE $ 1410, 035.00
REINGENIERÍA ADMINISTRATIVA TRIBUNAL DE
ÉTICA(PLENO)
PRESIDENTE
UnidadAdministrativa
Recursos Humanos
Servicios Generales
Activo Fijo
Bodega
Unidad dePlanificación
Unidad de Divulgación
y Capacitación
Unidad deÉtica Legal
Recepción deDenuncias
Trámite de Denuncias
Instrucción de Denuncias
Unidad Financiera
Institucional
Presupuesto
Tesorería
Contabilidad
Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales
Unidad de Informática
SecretaríaGeneral
Registro de Sanciones
Notificación
Unidad de Comunicacion
es
AsesoríaLegal
AuditoriaInterna
Unidad de Acceso a la
Información
RECURSOS PERSONALES Y MATERIALES NECESARIOS
50 PERSONAS INTEGRARÁN LASDIFERENTES UNIDADES DEL TRIBUNALDE ÉTICA GUBERNAMENTAL
CON UN PRESUPUESTO DE $ 2229, 989
UN INCREMENTO DE : $ 819,954
TENDENCIA PRESUPUESTARIA
EJERCICIO
FISCAL
PEP
ORIGINALMODIFICACIONES
ASIGNACION
FINAL
2006 $ 245,710.00 $ - $ 245,710.00
2007 $ 700,000.00 $ 504,433.00 $ 1204,433.00
2008 $ 1408,210.00 $ (33,278.00) $ 1374,932.00
2009 $ 1408,210.00 $ (122,253.00) $ 1285,957.00
2010 $ 1409,085.00 $ (23,525.00) $ 1385,560.00
2011 $ 1409,085.00 $ - $ 1409,085.00
2012 $ 1410,035.00 $ - $ 1410,035.00
INDEPENDENCIA PRESUPUESTARIA
Conforme al artículo 6.2 de la Convención de lasNaciones Unidas Contra la Corrupción, cada Estadoparte deberá crear un Órgano de Control Superiorencargado de PREVENIR la corrupción
El Órgano de control superior, para el caso el Tribunal deÉtica Gubernamental debe contar con laindependencia necesaria que le permita desempeñarsus funciones de manera eficaz y sin ningunainfluencia indebida. Debe proporcionársele losrecursos materiales y el personal especializado quesean necesarios y la capacitación que el mismorequiera para el desempeño de sus funciones
AUTONOMÍA PRESUPUESTARIA
Conforme al artículo 10 de la LEG vigente el Tribunal de ÉticaGubernamental es una institución de derecho público, conpersonalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomíaen lo técnico, administrativo y presupuestario para elejercicio de las funciones y atribuciones que señala la Ley.
El Tribunal es el ente rector de la ética pública, encargado develar por el cumplimiento de la presente Ley, para cuyoefecto no estará subordinado a autoridad alguna, a fin deque pueda desempeñar sus funciones de manera eficaz ysin influencia indebida .
El Tribunal tendrá su sede en la ciudad de San Salvador ypodrá establecer oficinas en cualquier lugar del territorionacional, según las necesidades de la prestación de susservicios.
RECURSOS Y FINACIAMIENTO
Por Ley se estableció que el Estado proveerá losrecursos necesarios para el adecuadofuncionamiento de lo establecido en esta Ley, lo cualdeberá estar consignado en el Presupuesto Generalde la Nación, art., 57 Ley de Ética Gubernamentalvigente.