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INDICE I.-Objetivos A.-Generales B.-Específicos II.-Organización del Centro A.-Órganos Unipersonales de Gobierno A.1.-Dirección A.2.-Jefatura de Estudios A.3.-Secretaría B.-Órganos colegiados B.1.-Consejo Escolar B.2.-Claustro de profesores/as C.-Cargos Unipersonales C.1.-Profesor/a tutor/a C.2.-Delegado/a de curso D.-Equipos Docentes D.1.-Equipos de Ciclo D.2.-Equipos de Nivel E.-Comisión de Calidad III.-Derechos y Deberes III.1.- Profesorado III.2.-Padres y Madres III.3.- Alumnado IV.-Normas específicas de convivencia en el Centro V.- Faltas y sanciones 1.-Por faltas leves. 2.-Por faltas graves. 3.-Por faltas muy graves. VI.-Actividades extraescolares y complementarias I.-MISIÓN, VISIÓN, VALORES MISIÓN Pretendemos como Misión ser ideológicamente pluralistas y educar integralmente al alumnado. Utilizar el castellano como primera lengua desarrollando al mismo tiempo una actitud positiva ante el aprendizaje del valenciano. Adoptar sistemas activos que impliquen la participación del alumnado, ayudándoles a alcanzar valores de solidaridad, respeto a los demás y actitud de diálogo. Practicar una educación para la igualdad en todos los ámbitos y facilitar una participación real y efectiva de todos los estamentos de la comunidad educativa. VISIÓN Queremos mejorar la calidad de enseñanza que ofertamos mediante la creación de una línea metodológica común. Aspiramos a promocionar los valores humanos y las destrezas sociales, favoreciendo un clima positivo en las relaciones. Perseguimos atender y respetar la diversificación del alumnado y desarrollar su socialización. Pretendemos favorecer la colaboración y participación de las familias así como mejorar los contactos con la Administración y las instituciones. Por último ambicionamos mejorar la infraestructura del centro, actualizando recursos y equipamiento. VALORES Es nuestra intención promover el respeto y la unión de todas las personas, fomentar la actividad responsable, cultivar el espíritu de la no-violencia, valorar la importancia de las costumbres locales, fomentando el respeto por el valenciano, preparar al alumnado para participar en un futuro activamente en la vida social y cultural del pueblo y, por último, fomentar la actividad creativa y la adecuada utilización del tiempo libre y de ocio.

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nUESTRO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

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INDICE

I.-Objetivos A.-Generales B.-Específicos II.-Organización del Centro A.-Órganos Unipersonales de Gobierno A.1.-Dirección A.2.-Jefatura de Estudios A.3.-Secretaría B.-Órganos colegiados B.1.-Consejo Escolar B.2.-Claustro de profesores/as C.-Cargos Unipersonales C.1.-Profesor/a tutor/a C.2.-Delegado/a de curso D.-Equipos Docentes D.1.-Equipos de Ciclo

D.2.-Equipos de Nivel E.-Comisión de Calidad

III.-Derechos y Deberes III.1.- Profesorado III.2.-Padres y Madres III.3.- Alumnado IV.-Normas específicas de convivencia en el Centro V.- Faltas y sanciones 1.-Por faltas leves. 2.-Por faltas graves. 3.-Por faltas muy graves. VI.-Actividades extraescolares y complementarias

I.-MISIÓN, VISIÓN, VALORES MISIÓN Pretendemos como Misión ser ideológicamente pluralistas y educar integralmente al alumnado. Utilizar el castellano como primera lengua desarrollando al mismo tiempo una actitud positiva ante el aprendizaje del valenciano. Adoptar sistemas activos que impliquen la participación del alumnado, ayudándoles a alcanzar valores de solidaridad, respeto a los demás y actitud de diálogo. Practicar una educación para la igualdad en todos los ámbitos y facilitar una participación real y efectiva de todos los estamentos de la comunidad educativa. VISIÓN Queremos mejorar la calidad de enseñanza que ofertamos mediante la creación de una línea metodológica común. Aspiramos a promocionar los valores humanos y las destrezas sociales, favoreciendo un clima positivo en las relaciones. Perseguimos atender y respetar la diversificación del alumnado y desarrollar su socialización. Pretendemos favorecer la colaboración y participación de las familias así como mejorar los contactos con la Administración y las instituciones. Por último ambicionamos mejorar la infraestructura del centro, actualizando recursos y equipamiento. VALORES Es nuestra intención promover el respeto y la unión de todas las personas, fomentar la actividad responsable, cultivar el espíritu de la no-violencia, valorar la importancia de las costumbres locales, fomentando el respeto por el valenciano, preparar al alumnado para participar en un futuro activamente en la vida social y cultural del pueblo y, por último, fomentar la actividad creativa y la adecuada utilización del tiempo libre y de ocio.

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II.- ORGANIZACIÓN DEL CENTRO

A.-ORGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO

A.1.- Dirección Competencias establecidas en el Real Decreto 233/1997 del 2 de septiembre . Es función primordial del Director/a coordinar la participación de los distintos sectores de la Comunidad Escolar, procurando los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones. - Ostentar oficialmente la representación del Centro. - Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. - Dirigir y coordinar todas las actividades del Centro, sin perjuicio de las

competencias del Consejo Escolar. - Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al Centro. - Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos

colegiados del Centro. - Autorizar los gastos y visar las documentaciones y documentos oficiales del Centro. - Coordinar la elaboración de la P.G.A., del P.E.C., y de la Memoria. - Colaborar con los órganos de la administración Educativa en todo lo relativo al

logro de los objetivos educativos del centro. - Designar y proponer el cese de los restantes miembros del equipo directivo, así

como designar y cesar a los coordinadores de ciclo y a los tutores/as, de acuerdo con el procedimiento establecido en este reglamento.

- Favorecer la convivencia en el centro e imponer las correcciones que correspondan de acuerdo con lo establecido por la administración educativa y en cumplimiento de los criterios fijados por el consejo escolar del centro.

- Coordinar y fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, procurando los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones.

- -

- - - - - Promover el uso vehicular y social del valenciano en las actividades del centro, de

acuerdo con la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano y normativa de desarrollo. - Impulsar y promover las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. - Garantizar y facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores

de la comunidad escolar y a sus organizaciones representativas, entregando a las mismas copias de los documentos que se le requieran en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres y personal de administración y servicios

- Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de su demarcación - Suministrar la información que le sea requerida por las autoridades educativas

competentes. - Proponer actuaciones anuales al consejo escolar del centro y al claustro de

profesores/as que desarrollen las líneas básicas del programa presentado para su elección, presentando un informe al final del curso sobre la realización de las mismas.

- El director/a y el equipo directivo, realizarán informes trimestrales de las actividades y situación general del centro dirigidos al claustro de profesores/as y al consejo escolar.

- Cualquier otra que se le atribuya legal o reglamentariamente.

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A.2.- Jefatura de Estudios

Es el responsable del ámbito técnico-pedagógica del centro. Le corresponde: - Coordinar la ejecución de las actividades de carácter académico del profesorado y

del alumnado, las actividades de los órganos unipersonales, las de orientación y las evaluaciones.

- Coordinar el funcionamiento de tutorías, equipos de ciclo, programación educativa y actividades complementarias.

- Sustituir al director/a en caso de ausencia o de enfermedad. - Coordinar las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar

y organizar las actividades de formación del profesorado realizadas por el centro. - Buscar el óptimo aprovechamiento de todos los recursos didácticos y de los espacios

existentes en el centro. - Organizar la participación del alumnado en las actividades del centro. - Organizar el cuidado del alumnado en los periodos de recreo y otras actividades no

lectivas. - Velar por el cumplimiento de las especificaciones del plan de normalización

lingüística en lo referente al uso académico y social del valenciano. - Coordinar la elaboración y la actualización del proyecto curricular del centro. - Velar por la elaboración de las adaptaciones curriculares necesarias. - Vigilar la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. Coordinar las

reuniones de evaluación y presidir las sesiones de evaluación de fin de ciclo. - Coordinar las acciones de investigación e innovación educativas que se desarrollen

en el centro. - Confeccionar los horarios académicos en coordinación con los restantes órganos

unipersonales y velar por su cumplimiento. - Cualquier otra función que le `pueda ser encomendada por la dirección, dentro de

su ámbito de competencia.

A.3.- Secretaría

Es la responsable del sector administrativo del Centro. Le corresponde:

-La ordenación de la gestión económica y administrativa del Centro, de conformidad con las directrices de la Dirección. -Actuar como tal en los órganos colegiados del Centro, levantar y custodiar las actas, libros y demás archivos del Centro. -La expedición, compulsa y certificación de los documentos referidos a la vida académica del alumnado. -Revisar el inventario general del Centro y mantenerlo actualizado. -Gestionar los medios humanos y materiales del Centro. -Custodiar y organizar la utilización del material didáctico. -Ejercer, bajo la autoridad de la dirección, la jefatura del personal de Administración y de Servicios adscritos al Centro. -Elaborar el Proyecto del Presupuesto del Centro. -Ordenar el régimen económico del Centro, de conformidad con las directrices de la Dirección, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. -Velar por el mantenimiento material del Centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las sugerencias de la Dirección. -Velar por el cumplimiento de las especificaciones del Plan de Normalización Lingüística en lo referente al uso administrativo del valenciano. -Diligenciar, ordenar el proceso de archivo y custodiar los expedientes académicos, los libros de escolaridad y cuantos documentos oficiales sean generados en el Centro. -Dar a conocer, difundir pública y suficientemente a toda la comunidad educativa, la información sobre normativa, disposiciones legales y asuntos de interés general o profesional que llegue al Centro. -Cualquier otra función que le encomiende la Dirección del Centro dentro del ámbito de su competencia.

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B.-ORGANOS COLEGIADOS B.1.-Consejo Escolar

El Consejo Escolar del Centro es el órgano propio de participación en el gobierno del mismo de los diferentes miembros de la comunidad educativa.

El Consejo Escolar tendrá las siguientes atribuciones: -Elegir al Director o a la Directora. -Proponer la revocación del nombramiento del Director o la Directora, previo acuerdo de sus miembros con derecho a voto, adoptado por mayoría de dos tercios. -Decidir sobre la admisión del alumnado, con sujeción estricta a lo establecido en la Ley Orgánica 9/1995 de 20 de Noviembre, reguladora del derecho a la Educación. -Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro, de acuerdo con las normas que regulen los derechos y deberes del mismo y promover acciones de prevención. Para tal fin se crea una Comisión de Convivencia, integrada por dos padres o madres, dos profesores/as, y el director –a del centro..Esta comisión hace el análisis de los hechos y propone al consejo escolar la sanción que crea conveniente, siendo éste último el que apruebe la sanción. -Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su ejecución. -Aprobar y evaluar la programación general del centro, que con carácter anual elabore el equipo directivo. -Elaborar las directrices para la programación y desarrollo de las actividades escolares complementarias, visitas y viajes, comedores y colonias de verano. -Establecer los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas, así como en aquellas acciones asistenciales a las que el centro pueda prestar su colaboración. -Establecer relaciones de colaboración con otros centros con fines culturales y educativos. . -Aprobar el Reglamento de Régimen Interno del Centro, previa elaboración por todos los sectores representados en el mismo. -Proponer la renovación de las instalaciones y equipo escolar del Centro, así como vigilar su conservación. -Supervisar, analizar y valorar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y docentes. -Conocer la evolución del rendimiento escolar del centro, a través del resultado de las evaluaciones.

-Conocer las relaciones del centro con las instituciones y empresas de su entorno, en especial con los organismos públicos que lleven a cabo tareas de responsabilidad en materia educativa. Con este fin, se crea desde el seno del consejo escolar una Comisión de relación con otras instituciones integrada por representantes de cada estamento y la dirección del centro. -Informar la memoria sobre las actividades y la situación general del centro que con carácter anual presente el equipo directivo. -Analizar y evaluar cualquier informe y los resultados de las evaluaciones que, sobre el centro, realice la administración educativa. -Aprobar el plan de normalización lingüística del centro. -Establecer su propio plan de trabajo para la ejecución de sus atribuciones.. El consejo escolar se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo convoque su presidente/a o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso será preceptiva una reunión al principio de curso y otra al final del mismo. En su seno existe también la Comisión Económica integrada por representantes de cada estamento y la dirección del centro, se reunirá una vez al trimestre y siempre que lo solicite cualquiera de sus miembros. En todo caso será preceptiva una reunión a principio de curso y otra a final.

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B.2.- Claustro de profesores/as.

El Claustro de profesores/as es el órgano de participación del profesorado del centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre todos los aspectos pedagógicos del centro. Está presidido por el director/a e integrado por la totalidad del profesorado que presta servicios docentes en el centro.

Sus competencias son: -Programar las actividades docentes del centro. -Elegir sus representantes en el consejo escolar. -Fijar y coordinar criterios en la labor de evaluación del alumnado. -Coordinar las funciones de orientación y tutoría del alumnado. -Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación e investigación pedagógica, así como en la formación y perfeccionamiento del profesorado. -Elevar al equipo directivo propuestas para la elaboración del Plan de centro. -Realizar propuestas para la elaboración y modificación del Proyecto Educativo del centro, de la Programación General Anual, del Plan de Normalización lingüística y de las actividades complementarias y extraescolares. -Aprobar y evaluar los proyectos curriculares, conforme al proyecto educativo del centro, y sus posteriores modificaciones. -Aprobar y evaluar los aspectos docentes, conforme al proyecto educativo del centro, de la programación general anual e informarla antes de su presentación al consejo escolar. -Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos/as. -Establecer los criterios para la asignación y coordinación de tutorías y de las actividades de orientación del alumnado. -Establecer los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios del alumnado. -Analizar y evaluar trimestralmente el funcionamiento general y la situación económica del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar. -Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones y otros medios y elevar el análisis al Consejo Escolar, sin perjuicio de las competencias atribuidas a este órgano. -Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la

administración Educativa, o cualquier informe referente a la marcha del mismo, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar. -Aportar al Consejo Escolar del Centro criterios y propuestas para la elaboración del Reglamento de Régimen Interno. -Cualquier otra que pueda atribuirse reglamentariamente. Funcionamiento: El claustro se reunirá preceptivamente una vez al principio y al final de curso. Se reunirá como mínimo una vez cada dos meses o siempre que lo convoque el director/a o al menos un tercio de sus miembros. La asistencia es obligatoria para todas las personas que lo componen. C.-CARGOS UNIPERSONALES C.1.-Tutorías

La función primordial del tutor o tutora es la de orientar el proceso educativo integral de su grupo de alumnos, coordinando todas las acciones educativas que converjan sobre el mismo.

El profesor/ra tutor/a será designado por la dirección a propuesta de la jefatura de Estudios y de acuerdo con los criterios establecidos por el Claustro.

Sus funciones son: -Llevar a cabo el Plan de Acción Tutorial establecido en el Proyecto Curricular del nivel correspondiente y aprobado por el Claustro. -Conocer y aplicar, cuando sea necesario, el Plan de Convivencia aprobado en el Centro el 16 de Mayo de 2007. -Coordinar el proceso de evaluación del alumnado de su grupo y al final de cada ciclo adoptar la decisión que proceda a cerca de la promoción del alumnado, teniendo en cuenta los informes de los otros profesores/as del grupo. Esta decisión requerirá la audiencia previa de los padres/madres o tutores legales cuando comporte que el alumno/a no promocione al Ciclo siguiente. -En su caso, adoptar con los profesores/as de ciclo las medidas educativas complementarias o de adaptación curricular que se detecten necesarias como consecuencia de la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado. -Facilitar la integración de los alumnos/as en el grupo y fomentar en ellos/as el desarrollo de actitudes participativas. -Orientar al alumnado en sus procesos de aprendizaje. -Colaborar con el servicio psicopedagógico escolar para la consecución de los objetivos establecidos en el plan de acción tutorial. -En su caso, desarrollar en coordinación con el profesional del servicio psicopedagógico escolar y con el maestro/a de educación especial, las adaptaciones curriculares .

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significativas y las medidas de intervención educativa para el alumnado con necesidades educativas especiales. -Informar a los padres , madres o tutores legales, profesorado y alumnado del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y con el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus alumnos/as. -Fomentar la cooperación educativa entre el profesorado y los padres y madres o tutores legales de los alumnos/as. -Atender y cuidar, junto con el resto del profesorado del centro, al alumnado en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.

C.2. Delegado/ de curso. Serán elegidos/as en cada curso por el alumnado por sufragio directo y secreto, a principio de cada curso. Podrá elegirse también un/a subdelegado/a. Corresponde al delegado/a: -Representar a la clase ante el profesorado. -Asistir a las reuniones de la Junta de Delegados/as y a todas aquellas que su cargo le confieran. -Ser informado/a de cuantas decisiones conciernan a su curso. -Informar a sus compañeros/as. D.- EQUIPOS DOCENTES D.1.- Equipos de ciclo. Agrupan a todo el profesorado que imparte docencia en el ciclo. Son los órganos básicos en cargados de desempeñar las siguientes funciones: -Realizar propuestas para la elaboración del proyecto curricular. -Organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo educativo, analizar los objetivos conseguidos y proponer medidas de mejora. -Realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con necesidades educativas especiales, tras su evaluación por el Servicio Especializado de Orientación Educativa, Psicopedagógica y Profesional que debe también participar directamente en su elaboración y redacción. Realizar propuestas de actividades escolares complementarias y extraescolares. -Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo de la

Educación Infantil y la Educación Primaria.

Los coordinadores de ciclo deberán ser maestros/as que impartan docencia en el

mismo. Serán designados/as por la dirección, a propuesta del equipo de ciclo.

Corresponde al coordinador:

-Participar en la elaboración del proyecto curricular del nivel respectivo y elevar a la comisión de coordinación pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo. -Coordinar, junto con la jefatura de estudios las funciones de tutoría del alumnado del ciclo. -Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular. D.2.-Equipos de Nivel Formados por todo el profesorado que imparta docencia en el nivel correspondiente, con el fin de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del nivel bajo la supervisión del Jefe de Estudios. Sus funciones son: -Formular propuestas para la elaboración del Proyecto Educativo de Centro y de la Programación General Anual. Formular propuestas para la elaboración y actualización de los Proyectos Curriculares de Etapa e indicar las líneas generales de las Programaciones de Aula. - Coordinarse entre el profesorado del mismo nivel de acuerdo con el P.C.C. y la P.G.A. - Propiciar el empleo de metodologías didácticas actualizadas. -Proponer cursos adecuados de actualización del profesorado. E.-COMISIÓN DE CALIDAD La Comisión de Calidad tiene como objetivo principal guiar, supervisar y evaluar la implantación en el Centro del Sistema de Gestión de Calidad según las directrices del IVECE (Instituto Valenciano de Calidad Educativa) La Comisión de Calidad estará constituida por: -Dos miembros del equipo directivo del centro -Un coordinador de calidad designado de entre los profesores con destino definitivo en el centro -Un representante de cada una de las etapas educativas (Infantil y Primaria), designado de entre los profesores con destino definitivo en el centro

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III.-DERECHOS Y DEBERES III.1.-PROFESORADO DERECHOS 1.-Todos aquellos reconocidos al conjunto de funcionarios docentes por la Administración. 2.-A participar activamente en la gestión del Centro, personalmente o a través de sus representantes. 3.-A asistir a las reuniones de Claustro y órganos a los que pertenezca, con voz y voto. 4.-A utilizar métodos y técnicas educativas que consideren oportunas y adecuadas para el desarrollo integral de sus alumnos/as. 5.-A convocar a los padres y madres , en aquellos casos que sea necesario, para tratar asuntos relacionados con la educación y rendimiento de los/las alumnos/as. 6.-A ser informados sobre la marcha del centro en todos aquellos aspectos que le sean propios. 7.-A ser respetados por el alumnado, padres y madres, y personal no docente, así como a no recibir ningún tipo de coacción física y psíquica. DEBERES 1.-Cumplir todas las funciones que son de su competencia especificadas en el apartado C.1.- 2.-Asistir con puntualidad a las clases y órganos de los que forma parte, justificando su ausencia y dejando la programación del trabajo a realizar por el alumnado. 3.-Programar y preparar el trabajo escolar, para que su tarea docente sea lo más eficaz posible. 4.-Llevar a cabo una evaluación continua de sus alumnos/as ,dándola a conocer en aquellos momentos que lo considere oportuno. 5.-Llevar un estudio de la personalidad y conducta de sus alumnos/as para darla a conocer en aquellas situaciones que sea necesario. 6.-Realizar,con la mayor eficacia aquellas tareas para las que haya sido elegido/a . 7.-Fomentar con los padres ,realizando reuniones periódicas ,al menos una al trimestre ,e informando de las horas de tutoría. 8.-Colaborar en las actividades docentes y de equipo del centro, fomentando la participación del alumnado. 9.-Coordinar la acción educativa de todo el profesorado que imparta enseñanzas al mismo grupo de alumnos/as. 10.Controlar la asistencia y el rendimiento de los alumnos/as. 11.-Colaborar en la conservación y limpieza de las instalaciones del Centro ,inculcando a sus alumnos/as el respeto y cuidado de las mismas.

12.-Respetar la integridad física y psíquica del alumnado. 13.-Hacerse cargo de su clase durante todo el horario escolar. 14.-En caso de accidentarse algún alumno/a durante el horario escolar ,el profesorado se hará cargo, también llamará a los padres o a algún familiar disponible si se considera oportuno, incluso le trasladará a un centro sanitario si fuera necesario y posible, aún sabiendo que, legalmente, no tiene obligación. 15.-Solamente podrá administrar medicamentos al alumnado en caso de ir estos acompañados, imprescindiblemente, de la correspondiente prescripción médica. 16.-No dejar salir a ningún alumno/a fuera del recinto escolar, excepto en casos de urgencia o necesidad y con permiso del padre, madre o tutor/a. 17.-Vigilar al alumnado durante el recreo. 18.-No recibir durante las horas lectivas, ningún tipo de personas ajenas al Centro o personal docente del mismo, salvo en casos de urgencia o necesidad y con la autorización del director o directora. 19.-Cumplir el reglamento de Régimen Interno y colaborar para que el alumnado lo cumpla notificando su incumplimiento a los organismos responsables para que actúen en consecuencia.

III.2.-PADRES Y MADRES

Para que la formación del alumnado sea completa , los padres y las madres del mismo deben cooperar con el profesorado del Centro. DERECHOS 1.-A entrevistarse periódicamente con el profesorado y, cuando las circunstancias lo aconsejen, de acuerdo con el horario previsto para este fin que no coincidirá con el horario de clase. 2.-A ser informados sobre la marcha del Centro en todos aquellos aspectos que le sean propios. 3.-A elegir y ser elegido, así como a participar activamente en los órganos colegiados del Centro. 4.-A colaborar directamente, o a través de sus representantes, en la elaboración del R.R.I. 5.-A informar e informarse sobre las posibles deficiencias físicas o psíquicas de su hijo/a y a adoptar las medidas adecuadas para su corrección o tratamiento. 6.-A obtener información complementaria, en caso de falta grave de disciplina de su hijo/a, a través de la tutoría, Jefatura de Estudios y Dirección. 7.-A solicitar aclaraciones sobre calificaciones de actividades académicas o evaluaciones parciales o finales. 8.-A reunirse creando AMPAS y a utilizar los locales del Centro como sede.

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DEBERES 1.-Conocer el R.R.I. 2.-Cuidar las instalaciones del Centro y fomentar lo mismo en sus hijos/as. 3.-Facilitar todo tipo de información y datos de sus hijos/as al profesorado que lo precise. 4.-Vigilar y controlar a sus hijos/as. 5.-Facilitar y colaborar en el cumplimiento de deberes de sus hijos/as con el Centro: puntualidad, orden, aseo personal, etc. 6.-Distribuir y coordinar el tiempo libre y de ocio de sus hijos/as, especialmente en lo relativo a lecturas, televisión, juegos, etc. 7.-Proporcionar el material necesario a sus hijos/as, para que la labor educativa sea eficiente. 8.-Interesarse por el rendimiento de sus hijos/as, recogiendo el boletín al final de cada evaluación, firmándolo, así como otras comunicaciones, dándose por enterados. 9.-Acudir al Centro cuando necesiten su presencia para tratar cualquier asunto relacionado con sus hijos/as. Caso de no poder hacerlo en la hora o día señalado, lo comunicará por escrito. 10.-Justificar por escrito las ausencias de sus hijos/as o permisos especiales para ausentarse al Centro. 11.-Autorizar por escrito en el caso de que otras personas vengan a recoger a sus hijos. III.3.-ALUMNADO DERECHOS 1.-Todo el alumnado tiene los mismos derechos sin más distinciones que las derivadas de su edad o estudios que curse. 2.-El alumnado tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. 3.-A la formación en el conocimiento de su persona y entorno. 4.-A la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad, dentro de los principios democráticos de convivencia. 5.-A la formación para la paz, la salud y la participación en la mejora de la calidad de enseñanza.

6.-A la adquisición de hábitos intelectuales y de técnicas de trabajo como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos. 7.-A la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 8.-A la capacitación para el ejercicio de actividades profesionales. 9.-A la formación en el respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España, el derecho a usar y el deber de conocer el castellano como lengua oficial del estado, y el valenciano como lengua oficial de la Comunidad Valenciana. 10.-A la preparación para participar en la vida sociocultural. 11.-A la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, así como por deficiencias físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 12.-El alumnado tiene derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones. 13.-A la elección por parte de sus padres, madres o tutores/as legales de la formación religiosa o moral que resulte acorde con sus creencias o convicciones, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna. 14.-Todo el alumnado tiene derecho a que se le respete su integridad física y moral, y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes o que supongan menosprecio de su integridad física o moral, o de su dignidad. Tampoco puede ser objeto de castigos físicos o morales. 15.-El alumnado tiene derecho a participar en el funcionamiento y en la vida de los Centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismo. -A ser informado por parte de los miembros de la Junta de Delegados/as, tanto de las cuestiones propias de su Centro como de las que afecten a otros centros docentes, siempre que no se altere el normal desarrollo dela actividad del Centro. 17.-A asociarse creando asociaciones. 18.-Podrán reunirse en los centros para actividades de carácter escolar o extraescolar, así como para aquellas otras a las que pueda atribuirse una finalidad formativa o educativa. La Dirección garantizará el derecho de reunión, facilitándoles locales. 19.-A que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad. La aplicación del proceso de evaluación continua del alumnado requiere sus asistencia regular a las clases y actividades programadas para las distintas materias que constituyen el plan de estudios. 20.-A recibir orientación escolar para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

Los actos que se produzcan en contra de estos derechos podrán ser denunciados por el alumnado ante la Dirección del Centro. Además la queja podrá ser formulada ante los Servicios Territoriales.

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DEBERES 1.-El estudio constituye un deber básico del alumnado. Este deber se extiende a las siguientes obligaciones: -Asistir a clase y participar en las actividades programadas para el desarrollo de los planes de estudio. -Respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro. -Seguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. -Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y compañeras..

-Uso de la agenda escolar del centro en Educación Primaria 2.-Constituye un deber del alumnado el respeto a las normas de convivencia del Centro. Respetar las opiniones de sus compañeros/as y no discriminar a ningún miembro de la Comunidad Educativa. 3.-Respetar y utilizar correctamente los bienes, muebles y las instalaciones del Centro. 4.-Participar en la vida y funcionamiento del Centro, así como respetar este R.R.I. aprobado por el Consejo Escolar del Centro de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. IV.- NORMAS ESPECIFICAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 1.-Las horas de entrada al centro son las 9 y las 15’30. Una vez cerradas las puertas, el alumnado sólo podrá entrar con justificante médico. En caso de llegar tarde por otro motivo podrá entrar en la hora de recreo con justificación de los padres, quedando claro que si este hecho se repitiese con frecuencia, el centro lo comunicaría a los servicios sociales. 2.-Se considerará falta de asistencia el no asistir a dos sesiones. El centro dará parte a los Servicios Sociales de la localidad en caso de observarse faltas de asistencia reiteradas no justificadas. 3.-Cuando sea sobrepasada la hora de recogida del alumnado (12.30 y 17.00 h.) el profesor tutor avisará a la policía local que pasará a hacerse cargo del alumno. 4.-Los padres autorizarán por escrito (según modelo del centro) en el caso de que otras personas vengan a recoger a sus hijos. 5.-El centro recomienda y aconseja a los padres que en el caso de que sus hijos tengan que tomar temporalmente un medicamento, procuren adaptar los horarios de las tomas de forma que se pueda hacer en casa. En el caso imprescindible de tener que administrársele en el centro, se tendrán en cuenta de forma inexcusable los puntos siguientes:

5.1.-Sólo se administrará el medicamento si va acompañado de la correspondiente prescripción médica, autorización de los padres (según modelo del centro) y etiquetado con el nombre del alumno. 5.2.-Solamente se podrán administrar medicamentos por vía oral, nunca inyectables, supositorios o similares.

5.3.-El cuanto a las heridas, el profesorado sólo tiene obligación de realizar

actuaciones simples tales como desinfectar o colocar tiritas. 6.-En caso de accidente de un alumno con riesgo inmediato o peligro grave para su salud o su vida se llamará urgentemente al 112 para solicitar asistencia o traslado al hospital. En caso de pequeños accidentes (torceduras, esguinces…) el profesor tutor avisará a los padres para que ellos se encarguen de trasladar a su hijo a un centro sanitario. 7.-Nadie puede quedarse en clase durante los recreos y horas libres, salvo en compañía de un profesor/a. 8.-No se deben tirar papeles u objetos al suelo. Se deben usar las papeleras. 9.-Cuidar el perfecto estado de los locales y dependencias del centro, así como el material didáctico y el mobiliario. 10.-Nadie podrá quedarse en los pasillos o aseos durante las horas de clase. 11.-Demostrar en todo momento una buena educación, a tal fin evitar: -las blasfemias y las palabras groseras -el hurto, amenazas, insultos y peleas entre compañeros/as sin abusar los/as mayores de los/as pequeños/as. 12.-El resguardo del boletín de calificaciones firmado por los padres, madres o tutores, será devuelto al profesor/a tutor/a en el plazo en que se indique. 13.-Al abandonar el aula hay que dejar el material ordenado. 14-Cada alumno/a debe traer a clase el material necesario de casa para evitar pérdidas de tiempo y conflictos con los compañeros/as. 15.-Hacer el adecuado uso del material colectivo. 16.-Se debe respetar el juego ajeno. 17.-Se debe cuidar el patio, no tirar papeles ni desperdicios. 18.-Respetar los árboles y las plantas. 19.-No tirar piedras ni practicar juegos violentos. 20.-No colgarse de las porterías. 21.-No salir fuera del centro en horas de recreo o a cualquier hora sin permiso del profesorado y por causa justificada, dejando constancia por escrito el padre, madre o tutor/a de su autorización. 22.-No saltar las verjas del patio. 23.-No jugar con las luces, interruptores, fuentes, grifos, etc., y hacer un uso correcto de los lavabos y servicios. 24.-Las entradas y salidas se harán ordenadamente. 25-No se puede subir a clase en el período de recreo.

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V.- FALTAS Y SANCIONES Ningún alumno/a podrá ser sancionado/a por conductas distintas de las tipificadas como faltas en este Reglamento. Ningún alumno/a podrá ser privado/a del ejercicio de su derecho a la educación. No podrán imponerse sanciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del alumnado. La imposición de las sanciones previstas en este reglamento respetará la proporcionalidad con la correspondiente falta y deberá contribuir a la mejora del proceso educativo. La imposición de sanciones deberá ajustarse a las garantías procedimentales establecidas en este reglamento. V.1.-FALTAS Las faltas pueden ser simples, leves, graves y muy graves. A)Son faltas simples: Aquellos comportamientos que alteran el normal desarrollo de la actividad escolar, sin la entidad suficiente para una mayor consideración B)Son faltas leves: a)Las faltas injustificadas de puntualidad.

b)Las faltas injustificadas de asistencia a clase c)El deterioro no grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, del material de este o de los objetos y pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. d)Cualquier acto injustificado que perturbe levemente el normal desarrollo de las actividades del centro

C)Son faltas graves: a)Los actos de indisciplina, injurias u ofensas graves contra los miembros de la comunidad educativa. b)La agresión física grave contra los demás miembros de la comunidad. c)La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. d)Causar por uso indebido daños graves en los locales, material o documentos del Centro o en los objetos que pertenezcan a otros miembros de la comunidad educativa. e)Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro. f)La reiterada y sistemática comisión de faltas leves en un mismo curso académico. D)Son faltas muy graves: a)Los actos de indisciplina, injurias u ofensas muy graves contra los miembros de la comunidad educativa. b)La agresión física muy grave contra los demás miembros de dicha comunidad. c)Las faltas tipificadas como graves si concurren las circunstancias de colectividad y/o publicidad intencionada. d)La incitación sistemática a acusaciones gravemente perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro. e)La acumulación de tres faltas graves en un mismo curso. V.2.-SANCIONES A)Por faltas simples: será, corregidas por el profesor/a y, se corregirán con medios que tiendan a la integración del alumnado a la convivencia. B)Por faltas leves: a)Amonestación privada.,. b)Amonestación por escrito, de la que conservará constancia la Jefatura de estudios y será comunicada al padre o madre. c)Realización de tareas, si procede, que cooperen al arreglo, en horario no lectivo, del deterioro al que se refiere el apartado c) de faltas leves. d)Realización de actividades que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del Centro.

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C)Por faltas graves: Las faltas graves pueden dar lugar a la suspensión de asistencia por un período inferior a siete días, sin que ello implique pérdida de evaluación, o a una amonestación con apercibimiento. D)Por faltas muy graves: Se sancionarán con la pérdida del derecho de evaluación, privación del derecho de asistencia entre siete días y un mes o inhabilitación para cursar estudios en el Centro que se ha cometido la falta. En este último caso la Administración Educativa facilitará al alumno/a sancionado/a un puesto escolar en otro Centro. No podrán imponerse sanciones por faltas graves o muy graves, sin la previa instrucción de un expediente que, tras la recogida de la necesaria información, acuerde la Dirección. El expediente deberá incluir toda la información relativa al caso, así como las alegaciones del infractor. Cuando el expediente dé lugar a sanciones, éstas deberán ser comunicadas por la Dirección al Consejo Escolar que, en el caso que se trate de medidas contempladas para sanciones graves y muy graves, deberá aprobar esta resolución. El expediente será completado por el Instructor/a en el plazo de siete días hábiles, siendo elevado a Consejo Escolar para su resolución. El alumno/a o sus representantes, dispondrán de cinco días para presentar las alegaciones que estimen oportunas, éstas serán incorporadas al expediente. Una vez que el Consejo Escolar haya dictado su resolución, el afectado podrá presentar una reclamación ante los Servicios territoriales de la Conselleria de Cultura Educación y Ciencia, en el plazo de quince días hábiles a partir de la fecha en la que ésta le sea comunicada. La Dirección, a propuesta del Consejo Escolar, podrá decidir no iniciar los trámites del expediente sancionador, cuando concurran circunstancias colectivas que así lo aconsejen. Se considerará, como atenuantes las siguientes circunstancias: -La espontánea confesión de la falta, antes de que tuviese conocimiento de la misma la Dirección del Centro. -No haber sido objeto de sanciones con anterioridad. -La reparación de los daños causados, fuera del horario lectivo. -La petición pública de excusas. -No haber tenido intención de causar daño tan grave como el ocasionado.

Se considerarán como agravantes las siguientes circunstancias: -Cuando la falta se cometa contra un menor de edad, minusválido o alumno/a de reciente incorporación. -La comisión de tres faltas en el mismo curso escolar. -Cometer la falta en grupo, con acuerdo previo y premeditación. -La incitación a la falta colectiva. -Prevalerse de un cargo de representación para cometer la falta. VI.-ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES. Cuando la actividad extraescolar suponga salida del Centro , deberá quedar constancia por escrito de la misma en la Dirección, así como autorización, también por escrito, de los padres/madres o tutor/a. Si a su vez dicha salida implica la utilización de un medio de transporte colectivo, esta actividad podrá no llevarse a cabo en caso de que el total del alumnado que vaya a realizar la salida no superase el 50%. Las salidas extraescolares se consideran lectivas ya que corresponden a unos objetivos educativos. El que un alumno no asista sistemáticamente a las mismas reserva el derecho al centro a privar al mismo de asistir a otro tipo de actividades con demanda (Escuelas Viajeras, Viajes de Estudio…) ESTE R.R.I. FUE APROBADO POR EL CONSEJO ESCOLAR DEL C.P. “SAN PEDRO APÓSTOL” EL …………………………………Y PODRÁ SER REVISADO EN SU TOTALIDAD ,O EN CUALQUIER PUNTO, SIEMPRE QUE ALGÚN ESTAMENTO LO SOLICITE Y EL CONSEJO ESCOLAR LO CREA CONVENIENTE.

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