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UNIVERSIDAD DE PANAMA CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE SAN MIGUELITO FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACION POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR CUADRO COMPARATIVO ELABORADO POR: ELVIRA VIDAL 7-93-376 EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES EN EL NIVEL SUPERIOR PROF.: FLOR ALBA V. DE ACOSTA FECHA: PANAMÁ, 23 DE AGOSTO DE 2014.

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UNIVERSIDAD DE PANAMA

CENTRO REGIONAL UNIVERSITARIO DE SAN MIGUELITO

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACION

POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR

CUADRO COMPARATIVO

ELABORADO POR: ELVIRA VIDAL

7-93-376

EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES EN EL NIVEL SUPERIOR

PROF.: FLOR ALBA V. DE ACOSTA

FECHA: PANAMÁ, 23 DE AGOSTO DE 2014.

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CUADRO COMPARATIVO

NORMAS DEL SISTEMA DE EVALUACION DE UNIVERSIDADES DE PANAMA

UNIVERSIDAD CALIFICACIONES CASOS ESPECIALES EXAMENES

UP A Excelente (91 a 100) B Bueno (81 a 90)

C Regular (71 a 80) D Mínima de Promoción de las

asignaturas no fundamentales (61 a 70) F No Aprobado (Menos de 61)

En su estatuto no habla nada sobre casos especiales. Los exámenes universitarios serán parciales, finales, de

recuperación; de convocatoria o de suficiencia conforme

al siguiente criterio: a) Exámenes parciales son los que tienen por objeto

determinar el grado de conocimiento alcanzado por el estudiante sobre una parte determinada de la materia objeto del curso;

b) Exámenes finales son los que tienen por objeto determinar el grado de conocimiento alcanzado por el estudiante sobre

toda la materia objeto del curso. c) Exámenes de recuperación cuando su objeto sea sustituir en sus efectos un examen final ordinario o extraordinario, en

el cual la calificación obtenida no alcanzo el mínimo de aprobación.

d) Exámenes de convocatoria cuando su objeto sea sustituir en sus efectos la nota final de no aprobación. c) Exámenes de suficiencia cuando su objeto sea la

aprobación de un curso si necesidad que el estudiante tenga que asistir al mismo. Se aplicara al inicio del periodo académico.

1. Serán ordinarios cuando se efectúen durante el periodo oficial de exámenes, en el lugar, fecha y hora previamente

señalados por las respectivas autoridades. 2. Serán extraordinarios cuando se efectúen antes o después del periodo oficial de exámenes; o durante dicho período

pero en fecha, hora o lugar distintos de los señalados para los equivalentes exámenes ordinarios.

Los exámenes parciales se ajustarán a las siguientes normas: a) Deberán ser aplicados en una cantidad no menor a 2 por

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periodo académico. b) Podrán ser orales, escritos o prácticos a discreción del profesor;

c) El profesor deberá anunciarlos, por lo menos con una

semana de anticipación.

d) Los exámenes parciales tendrán en conjunto un valor

de un 30% a un 40 % de la nota final y deberán ajustarse

a los objetivos específicos establecidos en la unidad

programada. e) Los exámenes escritos una vez calificados deberán ser

devueltos y discutidos con los estudiantes en un término de diez días hábiles. f) Las otras actividades como monografías,

investigaciones, presentaciones orales, etc., tendrán en

conjunto un valor de 20% a 30% de la nota final.

Los exámenes finales se ajustarán a las siguientes normas: a) Deberán ser anunciados mediante el calendario oficial de exámenes.

b) Versarán sobre la materia tratada durante el curso y sobre aquellos conceptos previamente estudiados que sean

estrictamente necesarios para su comprensión; c) Podrán ser orales, escritos o prácticos. ch) Valdrán de un 30% a un 40% de la nota final;

d) Una vez calificados los exámenes finales escritos

deberán ser revisados, explicados y discutidos con los

estudiantes a solicitud de los mismos. e) Los profesores enviarán a la Secretaría Administrativa de la Facultad o a la Secretaría Académica del Centro Regional

el informe de la evaluación del curso a más tardar 7 días hábiles después del último llamado al examen final.

No hay mas explicación sobre los exámenes extraordinarios salvo que deberá ser presentado dentro de los 7 días

posteriores a la fecha en que la solicitud fue aceptada y la

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fecha de presentación será acordada por el profesor y el estudiante dejando constancia escrita de la misma.

UTP De A a F igual que la UP pero

agrega: La calificación mínima de promoción, o sea "D", es la más

baja con la cual puede aprobarse una asignatura que no

sea fundamental en la carrera correspondiente. Al estudiante que reciba "D", se le concederá

autorización para repetir la asignatura con el objeto de que

pueda mejorar su índice académico. Si la asignatura incluye trabajo

de laboratorio, el estudiante podrá prescindir de repetir

aquellos experimentos en las cuales, a juicio del profesor, haya obtenido al hacerlo

anteriormente, un resultado satisfactorio. El alumno que fracase tres

veces consecutivas una asignatura, no podrá continuar

en la misma carrera ni en otra cuyo plan de estudios la incluya.

El alumno que repita una asignatura en la cual haya

fracasado, habrá de obtener una nota no inferior a "C" para

Menciona los siguientes casos:

I Incompleto

R Retirado

N No Asistió

La Letra I no es una calificación. El cambio de la letra I por una calificación será válido,

siempre y cuando el formulario respectivo sea recibido durante el año calendario a

partir de la fecha de entrega de calificaciones. Transcurrido este período el estudiante deberá

matricular nuevamente la asignatura. La letra R no es una calificación, y se usará para indicar que el estudiante se retiró del

curso oficialmente, fuera del período regular de Retiro e Inclusión, con el consentimiento del Jefe de la unidad

académica, previa solicitud escrita del educando y posterior notificación al docente. El estudiante podrá, hasta quince días hábiles antes del

último día de clases, solicitar su retiro. La unidad académica tendrá cinco días hábiles para dar respuesta al estudiante.

Ningún estudiante podrá retirarse y recibir R, en un curso, en más de una ocasión. En caso de darse la

segunda ocasión, la letra R se transformará automáticamente en “F”. La letra N (No Asistió) no es una calificación y se

usará para indicar que el estudiante no asistió al curso. Las Letras R (Retirado) y N (No Asistió) solo podrán

ser cambiadas por el docente, previa explicación escrita del error ante la unidad académica. El cambio

Los exámenes universitarios serán parciales o finales; y estos

últimos podrán ser ordinarios, extraordinarios y de rehabilitación, conforme al siguiente criterio: Los anteriores igual a los de la UP. Y agrega:

1. Serán de rehabilitación cuando su objeto sea sustituir en sus efectos un examen ordinario o extraordinario en el cual

la calificación obtenida fue "D" o "F". Los exámenes parciales se ajustarán a las siguientes normas: a) Podrán ser puestos por los profesores en sus horas de

clases sin que excedan de cuatro por semestre; b) Podrán ser orales o escritos a discreción del profesor;

c) El profesor no está obligado a anunciar estas pruebas

pero cuando lo hiciere recibirá en ellas "F" el estudiante

que no se presente, salvo excusa aceptada por el profesor;

ch) Los exámenes parciales no podrán tener en conjunto un valor mayor a un tercio de la nota final.

Los exámenes finales se ajustarán a las siguientes normas: a) Deberán ser anunciados por lo menos con un mes de

anticipación por las respectivas autoridades;

b) Versarán sobre la materia tratada durante el curso y sobre aquellos conceptos previamente estudiados que sean estrictamente necesarios para su comprensión;

c) Podrán ser orales o escritos. ch) Valdrán por lo menos un tercio de la nota final;

d) Los profesores enviarán a la Secretaría General o a las Secretarías Académicas de la Universidad Tecnológica de Panamá para fines de comprobación y archivo, las pruebas

corregidas, una copia firmada de los listados de las claves del examen y de las listas de calificaciones, a más tardar siete

días calendario en periodos semestrales, cuatrimestrales o trimestrales, y a más tardar tres días calendario en régimen

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aprobarla. Al calificar exámenes escritos, sea cual fuere la asignatura, los

profesores deberán tomar en cuenta la redacción y la

ortografía.

justificado de las letras R (Retirado) y N (No Asistió) por una calificación será válido siempre y cuando el formulario respectivo sea

recibido en Secretaría General en el año calendario, contados a partir de la entrega de las Listas Oficiales de

Calificaciones, por el docente en la unidad académica respectiva.

modular o en períodos de Verano; después de la realización del examen final del curso; de no cumplir con este requisito les serán aplicadas las sanciones que señalen los reglamentos

de la Universidad. Los exámenes extraordinarios se ajustarán a las

siguientes normas:

a) Podrá solicitarlo el estudiante que no se hubiere presentado a un examen ordinario siempre que dé una

excusa, por escrito, plenamente justificada de su ausencia al Decano o Director de Centro Regional respectivo dentro de

los quince (15) días hábiles subsiguientes al examen ordinario. Deberá adjuntar copia de la constancia de matrícula y/o retiro e inclusión.

b) El examen extraordinario deberá ser presentado antes de transcurridos quince (15) días

desde el momento en que la solicitud fue aceptada, previo pago del derecho correspondiente. c) La fecha dentro del plazo señalado será libremente

acordada por el profesor y el estudiante; ch) El estudiante que no se presentare a un examen

extraordinario recibirá "F" como calificación; d) También podrá un estudiante presentar un examen extraordinario antes del periodo regular siempre que

justifique su solicitud.

UDELAS Igual a la UP

En aquellos casos en que el

estudiante repruebe una misma asignatura fundamental o de la especialidad, durante tres

(3) períodos académicos consecutivos, el

decanato o unidad correspondiente efectuará un

Solo menciona que la inasistencia de más de un 25% a clases dictadas aunque sea justificadamente, conlleva la

pérdida del derecho a ser evaluado y calificado.

Los exámenes o pruebas para identificar el grado de conocimiento logrado por el estudiante, serán parciales,

finales o de rehabilitación según los criterios siguientes: Los anteriores igual a los de la UP. Y agrega: Éste podrá ser ordinario o extraordinario y de rehabilitación;

3. Serán exámenes de rehabilitación cuando su objeto sea sustituir en sus efectos, la nota del examen final, ordinario o

extraordinario, en el cual la calificación obtenida fue deficiente, fracaso o para mejorar una nota, solamente;

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estudio especial para la mejor orientación del estudiante. Para la evaluación final del

estudiante de cada período académico, en cualquiera

de los niveles de formación o actualización se deberán considerar los siguientes

aspectos: 33% Asistencia, puntualidad,

presentaciones orales, gráficas y/o escritas, monografías, ensayos u otras

investigaciones, prácticas, laboratorios,

participación en congresos, simposios, recitales, conciertos, ponencias,

exposiciones artísticas o culturales, deporte y otras

modalidades del quehacer académico; 33% Promedio de los

exámenes parciales que no deben ser menos de tres (3)

durante cada período académico; 34% Examen final (prueba

escrita)

4. Serán exámenes ordinarios cuando se efectúen durante el período oficial de exámenes, en el lugar, fecha y hora previamente señalados por las

respectivas autoridades; 5. Serán exámenes extraordinarios cuando se efectúen,

previa autorización, por razones especiales comprobadas, antes o después del período oficial de exámenes, o durante dicho período pero en fecha, hora o lugar distintos de los

señalados para los exámenes ordinarios correspondientes. Los exámenes parciales se ajustarán a las siguientes normas:

1. Deberán ser aplicados en sus horas de clases y en una cantidad no menor a tres(3) por período académico; 2. El profesor deberá anunciarlos por lo menos con una

semana de anticipación. En caso de ausencia justificada del estudiante, éste podrá solicitar la aplicación del examen,

según lo dispuesto en el reglamento de proceso académico; 3. Los exámenes parciales tendrán en conjunto un valor de 33% de la nota final.

Estos deberán ser devueltos al estudiante. Los exámenes finales de culminación de semestre o

cuatrimestre, se ajustarán a las siguientes normas: 1. Deberán ser anunciados mediante el calendario oficial de

exámenes; 2. Versarán sobre la materia tratada durante el curso y sobre

aquellos conceptos previamente estudiados que sean necesarios para su comprensión; 3. Valdrán no menos del 34% de la nota final;

4. Los profesores entregarán los exámenes y rendirán informe de la evaluación del curso ante la secretaría

administrativa de las respectivas Facultades, Extensiones Universitarias, Institutos u otras Unidades Académicas, a más tardar siete días hábiles después del

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último llamado de cada examen. Los exámenes de rehabilitación podrán ser escritos u orales cuando la asignatura lo permita, previo acuerdo entre el

alumno y el docente de la cátedra. Cuando el examen de rehabilitación sea oral, el docente deberá entregar un informe

final en donde conste la participación del estudiante y los criterios utilizados para obtener la calificación del examen. Copiar o dejarse copiar en los exámenes, así como cometer

cualquier tipo de fraude con relación a los mismos. Si es sorprendido en ello, será calificado con “F”. Si el fraude es

tan grave, como hurto previo de las preguntas del examen, el o la Decano(a) podrá imponerle sanciones mayores;

UNACHI Igual a la UP, solo cambia los rangos 1 punto. Se menciona el caso de la D

igual que en la UTP. Para la evaluación final del

estudiante de cada período académico se deberán considerar los siguientes

aspectos: 35% Laboratorio o práctica. 30% Promedio de los

exámenes (dos como mínimo) 35% Examen final (prueba

escrita)

(SE) SIN EVALUACIÓN

(Í) INCOMPLETO

La abreviatura SE se empleara cuando el estudiante se

haya retirado oficialmente de una o más asignaturas, o tenga más del 30% de ausencias en el periodo

académico. Cualquier retiro parcial fuera del periodo oficial será calificado con F.

Se asignara (I) al estudiante que haya asistido al curso y no presente el examen final, siempre que en un plazo de 8 días hábiles después de la presentación de esta

prueba demuestre que la causa de su incumplimiento es justificada, lo que le otorga derecho a presentar un

examen extraordinario. Si pasados los 8 días el estudiante no demuestra que la causa de su incumplimiento es justificada se le asignara 0 punto en

el examen final y tendrá derecho a ser calificado según los criterios de evaluación.

Cuando el estudiante habiendo cumplido su periodo lectivo no reciba calificación por motivo de ausencia o

La misma reglamentación que la UDELAS pero se adiciona: 1. Exámenes de Tesis o Trabajos de Grado son las pruebas

que se presentan para obtener un título cuando las disposiciones legales o reglamentarias así lo exijan y serán

reglamentadas por la Junta de Facultad. También se adiciona que: 1. Los exámenes finales tendrán un valor de 100 puntos y

equivaldrán a un 35% de la nota final. 2. Cuando un profesor tenga que calificar más de 100 exámenes finales dispondrá de 15 días hábiles para entregar

calificaciones. 3. Tendrán una duración máxima de 2 horas (120) minutos

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muerte de un profesor, el Decano podrá tomar las siguientes decisiones: 1. Cuando el profesor dejase la libreta, certificara las

notas obtenidas por el estudiante. 2. Cuando no hubiere registro de calificaciones,

designara a dos profesores de la materia o afín, para que elaboren y apliquen un examen cuya nota será la calificación del estudiante.

UMIP De A a F igual que la UP Menciona los mismos casos de la UTP

Menciona la inasistencia igual que UDELAS No se menciona en su estatuto nada sobre los exámenes.

UL 100 a 71 Aprueba el curso 70 a 60 no aprueba el curso y

tiene derecho a realizar examen de rehabilitación.

59 a 0 no aprueba el curso

NSP No se presento RET Retirado

S/N Sin nota

La abreviatura NSP se utiliza cuando el estudiante no

se presento a clases; RET solo cuando el estudiante formalice su retiro en Registros Académicos y deja de asistir; S/N se utiliza cuando el estudiante tiene alguna

asignación pendiente de nota. El cambio de abreviatura para una calificación será

válido siempre y cuando el formulario respectivo sea recibido por Registros Académicos en el transcurso de 4 meses luego de colocada la calificación en el sistema.

Pasado este tiempo deberá matricular nuevamente la asignatura.

La planificación docente establecerá expresamente los supuestos en los que las calificaciones parciales tengan

efectos liberatorios respecto de los exámenes finales de cada asignatura.

No se habla más respecto a exámenes. Si el estudiante no se presenta a un examen previamente convocado tendrá derecho a su presentación en fecha

posterior siempre que no transcurra más de un mes desde la fecha de realización del examen.

USMA Igual a la UP, solo cambia los

rangos 1 punto.

Menciona la inasistencia igual que UDELAS y se le

pondrá la anotación de S (sin nota).

Para la calificación final el estudiante es evaluado teniendo

en cuenta un mínimo de dos pruebas parciales, los trabajos de laboratorio y de investigación programados y el examen final.