régimen de origen en los acuerdos · pdf filefecha de levante mercancía. 100%...

Download RÉGIMEN DE ORIGEN EN LOS ACUERDOS · PDF filefecha de levante mercancía. 100% diferencia de los tributos aduaneros aplicables a terceros países más sanción numeral 2.1, articulo

If you can't read please download the document

Upload: doannhi

Post on 06-Feb-2018

221 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

  • RGIMEN DE

    ORIGEN EN

    LOS

    ACUERDOS

    COMERCIALES

    Diana Garca Espinosa

  • TEMARIO

    1. Generalidades del Rgimen de Origen

    2. Verificacin y control - Legislacin Nacional

    3. Control Previo

    4. Autorizacin de Levante

    5. Garantas

    6. Origen en Zonas Francas

    7. Rgimen Sancionatorio

  • REGIMEN DE ORIGEN

    NORMAS DE ORIGEN

    DECLARACIN

    CERTIFICACIN

    CONTROL Y VERIFICACIN

  • Importancia de las normas de origen

    Prdida de peso de los aranceles

    Internacionalizacin de los procesos productivos.

    Proliferacin de Acuerdos Comerciales.

    En negociaciones recientes las RO son temas prioritarios y

    complejos

  • Elementos Comunes de las

    Normas de Origen

    1. Criterios para calificar como

    originarias las mercancas

    2. Condiciones de Expedicin

    3. Pruebas Documentales

    http://images.google.com.co/imgres?imgurl=http://www.nordcapital.com/main/nca/images/ER_Long_Beach_druck.jpg&imgrefurl=http://frikingenieria.wordpress.com/2008/01/14/gruas-portainers/&usg=__ZTmszQLNP5whBc46EGz0mYW-fjs=&h=1476&w=2223&sz=860&hl=es&start=6&tbnid=stZIdJqwbAgNGM:&tbnh=100&tbnw=150&prev=/images?q=barcos+cargueros&gbv=2&hl=es

  • CRITERIOS DE ORIGEN

    1. Mercancas ntegramente producidas en el territorio de

    los pases participantes de un acuerdo comercial.

    2. Mercancas elaboradas en su totalidad con materiales

    originarios de uno de los pases miembros de un

    acuerdo.

    3. Proceso de produccin o transformacin con materiales

    originarios y materiales no originarios.

  • Criterios de Origen en un proceso de transformacin

    Criterio de cambio de clasificacin

    Criterio de valor de contenido regional

    Criterio de produccin, fabricacin o elaboracin.

  • CONDICIONES DE EXPEDICION

    Los productos originarios deben

    transportarse directamente del

    pas exportador al pas de

    destino que otorga una

    preferencia arancelaria.

    Se permite el trnsito siempre

    que sea necesario por razones

    geogrficas o de transporte.

  • Las mercancas no estn destinadas al comercio, uso o

    empleo en el pas de trnsito.

    No sufran, durante su transporte y depsito, ninguna

    operacin distinta a la carga y descarga o manipuleo para

    mantenerlas en buenas condiciones o asegurar su

    conservacin.

    CONDICIONES DEL TRANSITO

  • PRUEBAS DOCUMENTALES

    Esta prueba o documento se denomina Certificado de Origen.

    Es el nico documento

    soporte afianzable, en

    caso de no

    presentacin.

  • Es el documento probatorio del origen de las mercancas.

    Debe cumplir con requisitos de fondo y de forma establecidos

    en cada Acuerdo.

    Puede presentarse de forma escrita o electrnica.

    Faculta al importador para solicitar el tratamiento arancelario

    preferencial derivado de los Acuerdos Comerciales.

    Naturaleza jurdica del certificado de origen

  • Validez del Certificado de Origen

    Debido diligenciamiento del formato.

    Consistencia de lo registrado con los criterios de origen y

    factura comercial.

    Coincidencia de la informacin con la registrada en la

    Declaracin de Importacin.

  • Vigencia Certificado de Origen

    Periodo de tiempo durante el cual el

    documento tiene valor legal para acceder a los

    beneficios establecidos en el respectivo

    Acuerdo.

  • Trminos vigenciaCertificados de Origen

    ACUERDO VIGENCIA

    CAN 6 meses

    ALADI 6 meses

    G-2 (MEXICO) 1 ao

    MERCOSUR 6 mesesMercancas en Zona Franca: 6 meses: Usuarios IndustrialesIndefinido: Usuarios Comerciales

    TLC Chile 1 ao

    Triangulo Norte 1 ao

    CARICOM 6 meses

    OTROS ACUERDOS 6 meses

  • Correccin y rectificacin Certificado de Origen

    Un certificado de origen podr ser rectificado cuando la

    informacin a rectificar corresponda a errores meramente

    formales en el certificado de origen, es decir, aquellos que no

    afectan de manera alguna la calificacin de origen del

    producto.

    Oportunidad para corregir rectificar:

    En el momento de la importacin.

    despus de la importacin.

  • Errores Formales

    Los que no afectan de manera alguna la Calificacin de

    Origen.

    Los que corresponden a equivocaciones en la informacin

    consignada en las casillas del Certificado de Origen.

    Una omisin NO es un error de forma.

  • Facturacin por un tercer pas

    La facturacin de las mercancas no determina el origen delas mismas.

    Las mercancas gozarn del tratamiento preferencial,independientemente de la forma y destino de pago querealice el pas importador.

    La mercanca podr ser vendida por un tercer pas, siempreque sean expedidas directamente del pas de origen al pasque otorga la preferencia.

    La facturacin por tercer pais debe quedar plasmada en elCertificado de Origen.

  • Endoso del Certificado de Origen

    No procede el endoso.

    El Certificado de Origen no es titulo valor.

    El Certificado de Origen no es documento accesorio.

  • Concepto - Endoso

    PREGUNTA:

    El certificado de origen como documento no le cabe el endoso,

    pero puede darse una interpretacin extensiva al convenio? en el

    sentido de que como no lo prohbe o restringe debe entenderse

    que se permite que otra persona a quien se endosa el

    conocimiento de embarque o documento de transporte, pueda

    hacer uso de la preferencia por que todos los documentos

    soporte, incluso la factura, y el certificado de origen seguirn la

    misma suerte del Documento de transporte endosado?

  • Concepto - Endoso

    RESPUESTA:

    Cuando el formato del Certificado de Origen establecido en

    un Acuerdo Comercial exija el diligenciamiento del nombre,

    direccin y dems datos del importador, ser ste quien de

    manera exclusiva podr hacer uso de dicho documento para la

    obtencin de una preferencia arancelaria.

    Concepto No. 5 de mayo 7 de 2009 de la SGTA.

  • RESPONSABILIDAD EN REGIMEN DE ORIGEN

    Agencias de Aduanas:

    Responsables por la exactitud y veracidad de lainformacin contenida en los documentos que suscriban.

  • Responsabilidad Importadores

    Una vez presentada y aceptada la Declaracin de Importacin,

    NO podr presentarse posteriormente el Certificado de Origen

    para efectos de solicitar el tratamiento arancelario preferencial,

    salvo que la legislacin aduanera otorgue un plazo para la

    presentacin del mismo.

    Excepcin: Chile

  • Responsabilidad importadores:

    - Sealar en la Declaracin de Importacin que la mercanca

    califica como originaria con base en un Certificado de Origen

    debidamente emitido.

    - Proporcionar el original del Certificado de Origen.

    - Proporcionar la documentacin que acredite la expedicin

    directa.

  • Documentos soporte

    Decreto 2685/99, artculo 121:

    Para efectos aduaneros, el declarante est obligado a obtenerantes de la presentacin y aceptacin de la Declaracin y aconservar por un perodo de cinco (5) aos contados a partir dedicha fecha, el original de los siguientes documentos que deberponer a disposicin de la autoridad aduanera, cuando sta as lorequiera:

    d) Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicacinde disposiciones especiales.

  • Verificacin origen

    En control previo: En control posterior:

    Cuando en el proceso de

    inspeccin se genere una

    controversia en materia de

    origen, el procedimiento a

    seguir es el establecido en el

    numeral 10 del artculo 128

    del Decreto 2685 de 1999 y lo

    sealado en cada Acuerdo.

    Cuando la controversia en

    materia de origen se

    estableciera por parte de la

    autoridad aduanera en

    ejercicio del control posterior,

    se debe aplicar el

    procedimiento establecido en

    la legislacin interna y lo

    sealado en cada Acuerdo.

  • Controversias en origen

    Duda en cuanto amparar la mercanca

    Dudas por errores en diligenciamiento del documento

    Dudas por Clasificacin Arancelaria

    Dudas por Expedicin directa

    Dudas por criterio o norma de origen

    Dudas por autenticidad del documento

    CAN: Duda bienes no producidos en la Subregin.

    La NO presentacin de un Certificado de Origen NO ES UNA CONTROVERSIA.

  • Control Previo

    No se podr impedir el levante de las mercancas cuando el

    Certificado de origen no se presente, est incompleto,

    contenga errores, se presenten dudas sobre su autenticidad

    o presuncin de incumplimiento de las normas de origen.

    Cuando la mercanca se encuentre en la nmina de bienes

    no producidos en la Subregin (CAN).

  • Autorizacin de Levante

    Decreto 2685/99, artculo 128, numeral 6:

    Cuando practicada inspeccin aduanera fsica o documental, se

    detecten errores en la subpartida arancelaria, ..., tratamientos

    preferenciales y el declarante dentro de los 5 das siguientes

    presenta Declaracin de Correccin en la cual subsane los errores

    que impiden el levante. En estos eventos no se causa sancin

    alguna.

  • Autorizacin de Levante

    Decreto 2685/99, artculo 128, numeral 10:

    Cuando practicada inspeccin aduanera fsica o

    documental se establezca que el declarante se ha acogido

    a un tratamiento preferencial y la mercanca declarada no

    se encuentra amparada por el Certificado de Ori