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Nº 2 AÑO 1110

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REVISTA APROPOL NÚMERO 2 AÑO 1110

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NUESTROS OBJETIVOS

1.-ASESORAR desde el punto de vista técnico-jurídico a todos sus asociados/as.

2.-SERVIR de interlocutor válido frente a otras asociaciones e instituciones públicas o privadas, en asuntos de interés para sus asociados.

3.-REPRESENTAR en la Comisión de Coordinación de las Policías Locales, y en el Consejo Rector de la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, al colectivo de Mandos y directivos de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, sirviendo de portavoz en los temas de interés policial.

4.-FOMENTAR Y FACILITAR el intercambio de información, experiencias y apoyo técnico de los miembros asociados.

5.-UNIFICAR criterios de actuación, organización y tratamiento de las tareas de las Policías Locales del Comunidad de Madrid. Realizando estudios y cuantas actividades se consideren necesarias para la mejora del servicio policial.

6.-ESTABLECER convenios de colaboración con otras entidades.

7.-POTENCIAR, el desarrollo de la IMAGEN de los Cuerpos de la Policía Local de los municipios de Madrid, así como de la CALIDAD de nuestros servicios.

8.-INCREMENTAR las relaciones con el mundo de la Universidad, la Administración y la empresa para integrarse en la realidad del tejido social.

9.-PROMOVER la formación profesional de los asociados y DESARROLLAR, la organización de Seminarios, Cursos, jornadas o cualquier otra iniciativa de interés para las Policías Locales.

10.-REDACCION Y DIFUSIÓN de publicaciones técnicas referentes a temas de seguridad.

11.- La representación y defensa de sus miembros ante la Administración del Estado y toda clase de personas, entidades, organizaciones e instituciones.

3. EDITORIAL.

4. NOTICIAS.

10. POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL.

23. ENTREVISTA A ALBERTO HERVIAS.Alcobendas

27. NOVEDADES LEGISLATIVAS.Desde el 01/06/2010Hasta el 31/10/2010

30. GESPOL Q. Bilbomática

36. NUEVO CENTRO INTEGRAL DE COMUNICACIONES. Polícia Local Móstoles

39. ATENCIÓN A VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO.Buenas prácticas Alcobendas

44. LIBROS DE INTERES.

48. SELLO DE CALIDAD EUROPEO.Polícia Local Tomares (Sevilla)

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EDITORIALVe la luz el segundo número de nuestra revista digital con la buena noticia, para

nosotros, que el Defensor del Pueblo ha contestado al escrito presentado por nuestra asociación (APROPOL) para darnos a conocer que van a estudiar el caso por nosotros planteado. Como recordareis, nuestra petición era contra el “Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería” en el que, o bien se olvidan que existimos, o se nos tacha de “auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y la persecución de la criminalidad”. Si bien el que procedan a su estudio no significa que vayan ya a suprimir el término que nos menosprecia, pero sí confiamos en que esto provocará la reacción que permita su corrección.

Por otro lado, decir que APROPOL ha contratado a un bufete jurídico para la defensa penal de la actuación profesional de sus afiliados. Este contrato incluye la existencia de un teléfono móvil las 24 horas del día para atender los asuntos graves y urgentes que requieran la intervención de un Letrado.

A este respecto, decir que teníamos un principio de acuerdo con un bufete, y que hemos tenido que acelerar la firma del contrato para defender a un compañero por un caso surgido en el municipio de Leganés (Madrid). En esa localidad, la oposición política ha denunciado al Subinspector Jefe de la Policía Local por los presuntos delitos de “usurpación de funciones” y “prevaricación”. Estamos convencidos que estas actuaciones tienen su origen en la contienda política para conseguir el poder (quedan 7 meses para las elecciones municipales). Pues bien, desde aquí queremos hacer un llamamiento a las distintas fuerzas políticas para que estas “guerras” no afecten a funcionarios de las policías locales. Estamos convencidos de la inocencia de nuestro compañero y que el caso, o bien se archivará o será absuelto, pero lo que sí va a ocurrir es que ya han manchado la imagen de un profesional cuyo único delito ha sido trabajar por una policía que dé un mejor servicio al ciudadano.

Por último, decir que en la Comunidad de Madrid, ICM (Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid) ha perpetrado el cambio del software policial, en contra de la opinión de muchos profesionales. No tenemos nada en contra del nuevo, lo que sí dudamos es que se pueda hacer una migración de datos del anterior (Gespol) al nuevo (Eurocop). Sabemos que se están haciendo pruebas en algún Ayuntamiento y el tiempo dirá si teníamos razón con nuestras dudas o no. Seguiremos informando.

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Canarias destina 150.000 euros a la prejubilación de policías locales

Publicado en www.eldia.es el 16 de septiembre de 2010.

“El Gobierno canario cuenta en el presente ejercicio con un crédito de 150.000 euros para atender a los policías locales que se prejubilan para dedicarse a una segunda actividad sin destino, según aseguró ayer el consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad del Ejecutivo autónomo, José Miguel Ruano.

El consejero explicó que esta partida es ampliable y puso de manifiesto que la prejubilación se produce a partir de los 63 años, aunque matizó que sólo el Ayuntamiento de Alajeró se beneficia de ello, aunque hay otros dos municipios canarios que están en trámites, Las Palmas de Gran Canaria y San Bartolomé de Tirajana.

Así lo señaló ayer Ruano en una comparecencia parlamentaria, donde explicó que Canarias no puede realizar el abono directo a los policías, sino que transfiere la partida a los ayuntamientos solicitantes, con la condición de que cubran la plaza que deja vacante el que pasa a una segunda actividad, como señala la ley.

Rejuvenecer la plantilla

Según Ruano, el objetivo de Canarias es rejuvenecer las plantillas de los policías locales y manifestó que los módulos establecidos por el Gobierno para financiar estas plazas se elevan a 31.000 euros anuales para las islas capitalinas y a 34.700 para las no capitalinas.

En respuesta a una pregunta de la socialista Eulalia Guerra de Paz, Ruano señaló que todavía no existe una previsión económica para 2011, sobre todo teniendo en cuenta el recorte presupuestario que es necesario aplicar en todas las administraciones para el próximo ejercicio.

El PP, CC y el PSOE coincidieron en que esta iniciativa del Gobierno canario es “encomiable” por dar respuesta a una “histórica reivindicación” de los policías locales.”

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Suspenden tres años a un agente local de Lugo por decir que la sede policial quedaba sin vigilancia.

Publicado en www.lavozdegalicia.es el 15 de octubre de 2010.

“El gobierno local de Lugo acordó ayer suspender de empleo y sueldo durante tres años al policía municipal Benito Martínez Muinelo, sindicalista de CSIF, al que atribuye una falta muy grave (revelación de secretos). Por ese mismo motivo, el Ayuntamiento intentó, sin éxito, llevar el asunto a la vía judicial. Ni en primera instancia ni en la Audiencia Provincial vieron motivo de delito, aunque en la resolución de la Audiencia sí hubo un apunte crítico con la actitud del agente.

El gobierno local cree que Martínez, al denunciar en declaraciones a algunos medios de comunicación la escasez de personal en algunos servicios del cuerpo, incurrió en la revelación de secreto de que lo acusan.

Las declaraciones del policía local se realizaron en el 2008. En ellas, según señaló ayer el gabinete de comunicación del Concello, el agente indicaba que la sede del citado cuerpo quedaría «practicamente sen vixilancia durante varios días do mes de agosto».

A la vista de esas manifestaciones, el gobierno lucense, mediante acuerdo de la junta local, tomó el acuerdo de abrir un expediente y poner los hechos en conocimiento del juzgado. Mientras el asunto no se resolvió en el ámbito judicial, dejó en suspenso la tramitación del expediente. El juzgado, atendiendo la petición del fiscal, archivó la denuncia. En sus consideraciones, el ministerio público estableció: «[...] el carácter no reservado o confidencial de la información divulgada, su veracidad y su divulgación en el marco de un debate público que se estaba produciendo hacen de esa difusión de información una actuación que no desconoció las obligaciones que tiene el imputado como funcionario».

El Ayuntamiento recurrió ante la Audiencia Provincial, que confirmó el archivo de la denuncia al no ver motivo penal. Pero, según dijo ayer el concejal de Protección da Comunidade, José Rábade, en la resolución se reprobaba la actitud del policía denunciado. Rábade explicó que, agotada la vía judicial, se retomó el expediente y ayer la junta local decidió suspenderlo de funciones y sueldo durante tres años, el período máximo posible para sanciones temporales.”

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Un tribunal de Madrid decide que los agentes de movilidad pueden ordenar el tráfico, pero no multar

Publicado en http://www.noticiasdegipuzkoa.com el 22 de octubre de 2010.

“Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) señala que los agentes de movilidad no pueden realizar funciones de vigilancia, inspección o control de los transportes y que sus cometidos se deben limitar a la ordenación y dirección del tráfico urbano. Eso significa que, según la sentencia, a partir de ahora los agentes de movilidad no podrán multar a los vehículos en la capital española, que fue pionera en la creación de esta figura que Donostia imitó en 2009.

En Madrid una ordenanza municipal otorgaba a estos agentes la potestad de hacer cumplir las normas reguladoras que, sin embargo, esta sentencia anula, según ha publicado recientemente el diario Expansión. El caso llegó a los tribunales a través de la denuncia de un taxista al que un agente de

movilidad había multado e inmovilizado el coche. El TSJM ha decidido que esa decisión excede las competencias de un agente de movilidad, ya que no se podría incluir dentro de las funciones de ordenamiento del tráfico que, según el tribunal, es el que debe limitar su trabajo.

Sin embargo, las normativas del Consistorio de Madrid les otorgaban la posibilidad de multar y de hacer cumplir la normativa, tarea que han ejercido hasta el momento y que, como consecuencia de esta sentencia, no podrán seguir cumpliendo a partir de ahora.

DONOSTIA En Donostia se crearon el año pasado este tipo de agentes de movilidad siguiendo el ejemplo, entre otros, de Madrid. En la actualidad sus funciones se centran en ordenar el tráfico pero, por ejemplo, serán también ellos los que conduzcan el multacar presentado esta semana, un vehículo que grabará y registrará las matrículas de los coches mal aparcados o que cometan infracciones para sancionarlos.”

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La Policía Nacional acusa a la Local de obstruir su labor (Santa Cruz de Tenerife)

Publicado en www.laopinion.es el 22 de octubre de 2010.

“Dos sindicatos de la Policía Nacional han denunciado que la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife obstaculiza su labor, invade sus competencias y provoca roces frecuentes que afectan a la seguridad ciudadana. La protesta partió de la Confederación Española de Policía (CEP), que se quejó de la “escasa cooperación” del cuerpo municipal chicharrero a través de un comunicado enviado ayer a los medios de comunicación. Pero al momento se adhirió la Unión Federal de Policías (UFP).

José Luis Gallardo, representante del CEP, señaló ayer a este diario que su sindicato ha solicitado una reunión extraordinaria de la Junta Local de Seguridad, la mesa en la que cuerpos y administraciones discuten sobre las estrategias a seguir en la Isla. “Los roces son frecuentes. El cuerpo municipal se mete en situaciones que sobrepasan su

responsabilidad legal y ha llegado a perjudicar las pesquisas en determinados casos. Urge un encuentro para resolver estos problemas porque las quejas de nuestros agentes son cada vez más numerosas”, señaló el portavoz de la Confederación de la Policía Nacional.

Rafael de Dios, de la UFP, añadió por su parte que se llegan a dar situaciones “esperpénticas” en las que ciudadanos necesitados del apoyo de los cuerpos se topan sin embargo “con una discusión entre agentes”. “Lo menos que necesita un vecino en problemas es tener que soportar una situación tan embarazosa. Es lamentable y cada vez ocurre con más frecuencia”, señaló de Dios, quien también coincide con Gallardo en que la Policía Local de Santa Cruz asume competencias que “van más allá de la ley de cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado”.

Sin respuesta

En la nota de la CEP se subraya que “la escasa cooperación policial y el exceso de tensión competencial que aplica la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Vial de la capital tinerfeña en sus relaciones con el Cuerpo Nacional de Policía tiene como consecuencia que se ponga más énfasis en competir frente a la necesidad de compartir recursos y capacidades”. “De forma reiterada se ha expuesto el problema al comisario provincial, Manuel García Ceballos, sin que hasta la fecha hayamos recibido respuesta alguna sobre las medidas que se tendrían que adoptar para solucionarlo en el seno de la Junta de Seguridad o en la de la Comisión Provincial de Coordinación de Policía Judicial”, añade el documento.

Dos sindicatos de la Policía Local rechazaron ayer estas acusaciones. Pedro Pablo Diéguez, delegado de CC OO en el cuerpo municipal chicharrero y coordinador de las policías locales a nivel regional, precisó que “no hay ninguna situación anormal más allá de los roces que siempre se producen entre cuerpos que trabajan en la misma zona”. “No hay la menor instrucción del Ayuntamiento para tener malas relaciones con nadie ni hay la menor cuestión política de por miedo”, aclaró Diéguez, quien, eso sí, consideró positiva toda reunión que sirva para mejorar la colaboración. “En Comisiones Obreras siempre veremos con buenos ojos toda medida que vaya encaminada a mejorar la seguridad de los ciudadanos y que pase, por ejemplo, por estrechar la colaboración entre policías para racionalizar los recursos”.

José Francisco Rodríguez, de la Asociación Sindical Independiente de Policías Locales de Canarias (Asipal), se limitó a decir que no conoce casos de roces entre los agentes municipales y los nacionales, sin querer profundizar más en la denuncia de la Confederación Española de Policía.

Solución urgente

Los representantes del cuerpo dependiente del Ministerio del Interior exigen una solución urgente, mientras tanto, e instan a la subdelegación del Gobierno central en Santa Cruz de Tenerife a que promueva un encuentro en el que se aborde esta situación. “No tenemos problemas concretos con la unidad especial de Santa Cruz [Unipol] ni con ninguna otra de la capital tinerfeña. El problema es generalizado y las quejas de nuestros agentes por encontronazos con la Local son cada vez más habituales. Es una cuestión de sentarse, repasar las competencias y los protocolos por si quedan dudas –que establecen claramente cuál es la función de cada cuerpo– y centrarse en nuestra misión: velar por la seguridad de todos los tinerfeños”, concluyó José Luis Gallardo.”

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Cerco a la mala imagen de la Policía Local (Cartagena)Publicado en http://www.laopiniondemurcia.es el 22 de octubre de 2010.

“La Policía Local está para servir y proteger a los ciudadanos, no para enfrentarse a ellos ni hacerles la vida más difícil. Una premisa obvia y sencilla que parece que no todo el mundo, incluido algún agente de la ley, entiende por igual. Por este motivo, el Ayuntamiento ha puesto en marcha diversas actuaciones, como una exposición de material policial que se inauguró ayer, con el objetivo de mejorar la imagen del Cuerpo.

El Consistorio ha tramitado 32 reclamaciones en lo que va de año contra las actuaciones de los agentes de la ley. La cifra parece reducida si se compara con las más de cincuenta mil intervenciones que han llevado a cabo los agentes locales y las más de trescientas mil

llamadas que se han atendido en la centralita del Edificio de Seguridad. Sin embargo, el director general de Seguridad, Carlos Nieto, asegura que el número de reclamaciones es «elevado».

Nieto destaca que el objetivo del Ayuntamiento es que no haya ni una sola queja por la actuación de la Policía Local y que para este fin están trabajando. «Hay 32 ciudadanos que no están satisfechos por la labor de nuestros agentes y eso es algo que no vamos a tolerar. Tenemos que

seguir esforzándonos cada día para acercarnos a las cero quejas», precisó Nieto.

El director general de Seguridad reconoce que este objetivo es complicado ya que en muchos casos la actuación de la policía es represiva. «Los agentes tienen que sancionar y cualquier persona siempre tiene una excusa para justificar su actuación, aunque la sanción sea real. Sabemos que es difícil pero seguiremos trabajando para acabar con todas las reclamaciones», asegura Nieto.

Dentro de las actividades que han puesto en marcha la Policía Local y el Ayuntamiento para mejorar la imagen del Cuerpo, se encuentra la exposición de material y fotografías que desde ayer se puede visitar en la plaza principal de El Corte Inglés.

En la muestra se pueden ver objetos y fotografías que datan de 1850, cuando funcionaba el Cuerpo de Serenos.

Entre los diversos objetos que se exponen hay vehículos policiales, uniformes e imágenes. «Queremos que todos los ciudadanos vean la historia de la policía, que nos acepten y nos quieran. Es una muestra pequeña porque el espacio es limitado, pero es una buena forma de que nos conozcan un poco más», relata Nieto.

La exposición estará abierta hasta el día 30 de octubre de 10.00 a 22.00 horas. Además, mañana y el sábado 30 de octubre habrá varios agentes atendiendo al público. En concreto se trata de voluntarios de la Asociación Internacional de Policías. «Recientemente un grupo de agentes ha creado este grupo, que pertenece a una red internacional que permite a la policía compartir información y organizar visitas para comprobar cómo se trabaja en otras zonas», relató el director general de Seguridad. El director de El Corte Inglés, Antonio Gil, se mostró muy satisfecho por acoger esta muestra.”

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La Policía Foral podrá asumir el servicio de Policía Local en cualquier municipio (Navarra)

Publicado en www.noticiasdenavarra.com el 30 de septiembre de 2010.

“La modificación de la Ley de Policías de Navarra ha abierto la puerta a que las entidades locales convengan con el Gobierno de Navarra la “prestación” del servicio de Policía Local por parte de la Policía Foral. Igualmente, será posible convenir la integración de los miembros de la Policía Local en la Policía Foral, una situación que fue apoyada por UPN, PSN y CDN, y al mismo tiempo calificada como “coladero” por parte de Nafarroa Bai.

La financiación, en todo caso, según recoge la enmienda aprobada ayer, correrá a cargo de la entidad local interesada y el convenio otorgado a tal fin comprenderá, entre otros extremos, el plazo de vigencia, la identificación de los medios personales y materiales adscritos, normas, condiciones y organización del servicio y financiación y liquidación.

Además, la ley reconocerá a las entidades locales con Cuerpo de Policía la opción de acordar con el Gobierno de Navarra la “integración” de los miembros de su Policía Local en la Policía Foral, asumiendo esta última el servicio de policía. Este procedimiento se efectuará en plenitud de derechos y obligaciones y para ello, previamente se establecerán las pruebas y cursos de capacitación en la Escuela de Seguridad de Navarra que resulten necesarios.

Según sostuvo el parlamentario regionalista Faustino León en su intervención, se trata de “prever nuevas soluciones eficientes que garanticen la prestación del servicio policial en las entidades locales, que puedan facilitar la viabilidad y la mejora del servicio policial, respetando los ámbitos competenciales correspondientes”.

Por parte de NaBai, Patxi Zabaleta tildó este planteamiento de “coladero” y mostró sus dudas sobre su viabilidad e implantación. “¿Cómo se va a convertir un agente de Baztan en policía Foral? ¿Quién les va a mandar? ¿Qué competencias van a tener?”, se preguntó, mientras que el socialista Samuel Caro consideró que “éstos son aspectos que habrá que concretar en los convenios que puedan establecerse”.”

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I) INTRODUCCIÓNLa noción de servicio público, ha sufrido en estos

últimos años una evolución muy importante, de tal forma que ha pasado del concepto inherente del Estado vigilante y coaccionador con funciones exclusivas de justicia, defensa y seguridad, a un concepto cercano al ciudadano, englobándose en ella todas las actividades de interés ejercidas bajo la dirección de los poderes públicos, entendiéndose por tanto, como una actividad y no como una organización, siendo una actividad de interés general, tan general que, desde hace un tiempo se habla de “servicio público universal”, pasando a un aspecto globalizador de la función por encima, si cabe, de las organizaciones estatales.

Los servicios públicos se sustentan bajo tres principios fundamentales:

a) Principio de continuidad.- El servicio público, como función, debe realizarse siempre por encima de cualquier criterio de política de Estado.

b) Principio de igualdad.- Tanto desde el aspecto del acceso al servicio público, como desde el plano de la igualdad de trato por parte del servicio al ciudadano.

c) Principio de neutralidad.- Impone a los gestores del servicio el prestarlo sin atender a las categorías o situaciones de las personas o instituciones a las que se presta este servicio.

La base jurídica del modelo de la seguridad pública está tutelada por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, donde se describen los principios básicos de actuación y, entre ellos, la colaboración con los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal, señalando, con respecto a esta función, que son las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los competentes en esta función de Policía Judicial, configurándose a las Policías Locales como colaboradores de los mismos, descripción que coinciden con la que regula el Real Decreto del 87 de Policía Judicial, si bien, como no podía ser de otro modo, este Reglamento ajusta la función de Policía Judicial de modo genérico a todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, donde se encuentran las Policías Locales, por mandato del artículo 126 de la Constitución española del 78, artículo desarrollado por la legislación básica del Poder Judicial, es decir, la Ley Orgánica 6/1985, modificada en el 2003, y que constituye la función de Policía Judicial (la investigación de los hechos delictivos, la recogida de pruebas y la detención del presunto culpable), todo ello bajo la dirección de Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal.

La legislación, desde el año 1987, quedó configurada de una manera incompleta, ya que no se accedía a un modelo plenamente centralista y tampoco se asignaban funciones de seguridad global a los entes locales.

POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID EN FUNCIONES DE POLICÍA JUDICIAL

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Dicha indeterminación, y la evolución de las sociedades urbanas desde el año 1986, han propiciado que las Entidades locales y, por derivación, las Policías Locales, hayan ido asumiendo, como es el caso de la Policía Municipal de Madrid, por varias vías de hecho, competencias en materia judicial. Lo que ha traído consigo problemas de cooperación y coordinación policial.

Ante esta evolución en materia de seguridad y Policía Judicial, el Gobierno de la Nación, las Entidades Locales y las Cortes Generales han ido dando pasos por diferentes vías para conseguir estructurar el modelo policial, especialmente en la función de colaboración judicial.

En el año 1999, tras trece años de vigor de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se configura una comisión en el Congreso de los Diputados para el estudio del modelo policial, en el que tras estudiar modelos internacionales de seguridad y los Cuerpos policiales españoles, se llega a la conclusión de la necesidad de variar el modelo de seguridad y dotar a los Policías Locales de mayores competencias y asumir competencias en materia de Policía Judicial en pequeños hechos delictivos, solicitando la coordinación entre los cuerpos policiales como instrumento básico de seguridad en las ciudades.

Este modelo de gestión, trajo consigo Planes Locales de Seguridad, en relación con la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en cada una de las Entidades locales, como los suscritos en los años 2000, 2003 y 2004 del Ayuntamiento de Madrid y la Secretaría de Estado de Interior, con la creación de salas conjuntas, planes de seguridad conjuntos y cesión de bases de datos, pero nada hacía referencia a la asunción de funciones de Policía Judicial.

La Federación Española de Municipios y

Provincias (FEMP), en su asamblea nacional, concluye entre otras cuestiones relativas a la seguridad, la asunción por parte de Policías Locales, de funciones de Policía Judicial en faltas penales y delitos menos graves.

En el año 2003, se aprueba la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, que introduce modificaciones a la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, introduciendo un Título X dedicado al Régimen de organización de los municipios de gran población y una disposición adicional X que señala que, en este tipo de localidades, la policía local podrá asumir competencias en materia de Policía Judicial.

En el año 2007, veintiún años después de promulgarse la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el día 20 de febrero se firma un acuerdo entre el Ministerio del Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que las Policías Locales en el seno de las respectivas Juntas Locales de Seguridad, pueden realizar convenios por los que asuman competencias en materia de seguridad ciudadana, seguridad vial y en materia de Policía Judicial, en cuanto a investigación de hechos delictivos de carácter menos grave, siempre que no traspasen sus límites territoriales ni sean efectuados por bandas organizadas.

En cumplimiento del acuerdo del 2007, a partir del año 2008, se desarrolla un modelo de acuerdo específico de colaboración entre el Ministerio del Interior y los Ayuntamientos que a él se suscriban, que tiene por objeto la regulación de la participación de las Policías Locales en funciones de Policía Judicial con las siguientes finalidades:

a) Mejorar la respuesta policial en el término municipal mediante la coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

b) Concretar su actividad funcional en materia de seguridad en los siguientes extremos :

a. Garantizar al máximo el esclarecimiento de los delitos perpetrados o que sean conocidos en el mismo.

b. Proporcionar a las victimas y testigos una atención preferente; así como facilitar a estos la formulación de denuncias.

c. Asegurar la máxima calidad de los atestados policiales con miras a su eficacia en los diversos procedimientos penales, especialmente en los delitos y faltas de enjuiciamiento rápido.

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Es importante destacar el papel que en este sentido adquiere la coordinación y colaboración entre los diferentes agentes de seguridad publica, en este caso destinados a dar mayor cobertura a esta materia a través de la investigación del hecho criminal y en especial la Junta Local de Seguridad, descrita en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/86, que ha sido regulada en el Real Decreto 1087/2010 de 3 de septiembre, definiéndose las Juntas Locales de Seguridad como órganos colegiados para facilitar la cooperación y la coordinación en el ámbito territorial del municipio de las Administraciones Públicas en materia de seguridad, asegurando, de forma específica, la cooperación y la coordinación operativa de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que intervienen en el termino Municipal de Madrid.

En cuanto a sus competencias, y en materia de Policía Judicial, el artículo 4 de dicho reglamento establece, “Informar de las propuestas de participación del Servicio de Policía Local con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las funciones de Policía Judicial, de conformidad, con la normativa vigente y con los Acuerdos de Colaboración suscritos por el Ministro del Interior y el respectivo Municipio”.

II) LA POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID. DESARROLLO DE LA FUNCIÓN.

La Policía Municipal de Madrid ha ido evolucionando desde el modelo imperante en el año 86 hasta la actualidad, con la firma del acuerdo con el Ministerio del Interior.

La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpo de Seguridad, en su artículo 53, señala dos claras actuaciones en esta materia de colaboración con la Autoridad Judicial y Fiscal, que es la elaboración de los atestados por accidente de circulación en el casco urbano y las diligencias de prevención.

En cuanto a la evolución y experiencia en materia de Policía Judicial, el “cronograma de actividad” podríamos identificarlo con los siguientes hitos:

a) Investigación de accidentes.- El Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, asumió el 30 de septiembre de 1990, la competencia atribuida por la legislación en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de la investigación de los hechos delictivos viales (el término accidente, resta a mi juicio la importancia del suceso objeto de investigación y no se ajusta a la filosofía jurídico penal de estos sucesos) que se produjeran en el término municipal de Madrid, asumiendo de facto la competencia de los atestados por delitos contra la seguridad del tráfico.

b) Acuerdo con el Decanato de Madrid.- Con fecha 23 de febrero del año 2004, se pone en marcha en la sede de los Juzgados de Instrucción de Plaza de Castilla, la denominada Sección de Coordinación Judicial, con el fin de colaborar de manera directa con los órganos jurisdiccionales penales en la investigación de los hechos que tengan conocimiento, como unidad adscrita de Policía Judicial.

Esta sección de Policía Judicial, tenia como objetivo el apoyo operativo directo de Policía Municipal a los Órganos de instrucción, en aquellas competencias que dichos órganos los encomendara y, por otro lado, la unificación de entrada de documentación y centralización en un único servicio administrativo policial de todas las ordenes emanadas por los Juzgados de planta de Madrid y del resto del territorio nacional.

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Igualmente, la unificación de criterios procesales policiales en la judicialización de investigaciones realizada por Policía Municipal y las solicitudes de medidas de investigación, como es el caso concreto de las peticiones de entrada y registro en las investigaciones llevadas a cabo por esta Policía Municipal

c) Trabajo con la Comisión del Tribunal Superior de Justicia.- La Policía Municipal de Madrid, dentro de sus competencias, ha intentado siempre colaborar y cooperar con los agentes jurídicos en el desarrollo normativo en matearía de seguridad y justicia procesal. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, invita a la Policía Municipal de Madrid a la elaboración de los protocolos de actuación dentro de la Comunidad de Madrid del procedimiento de juicio rápidos, con el objeto de facilitar la puesta en marcha de este procedimiento, más aun cuando son los delitos contra la seguridad del tráfico, que constituyen un número elevado de los hechos enjuiciados por este procedimiento. La colaboración con el Ministerio de Justicia y los órganos jurisdiccionales de la capital, trajo consigo que la Policía Municipal de Madrid fuera la única Policía Local con un portal propio de señalamiento de procedimientos por juicio rápidos (agenda de citaciones).

d) Acuerdo de la Comisión Provincial de Policía Judicial.- Este acuerdo nace de la necesidad de elaborar un instrumento que potenciara la intervención de la Policía Municipal de Madrid en las funciones de Policía Judicial, y resolver los puntos de conflictos que pudieran surgir entre las diferentes policías. Se firma en el pleno de la Comisión Provincial de Policía Judicial, el 27 de marzo del año 2007, participando tanto el poder judicial y fiscal madrileño como todos los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El objeto del protocolo de actuación y coordinación de la Policía Municipal de Madrid, en funciones de Policía Judicial, con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es regular las funciones de Policía Municipal de Madrid, como Policía Judicial, y su coordinación en esta materia con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con el fin de hacer más efectiva la participación en el diseño, ejecución y evolución de las prácticas de la seguridad ciudadana en el ámbito municipal.

Nace, bajo el amparo y dirección de la Comisión Provincial de Coordinación de Policía Judicial y se considera a la Policía Municipal como Policía Judicial, formando parte como miembro de pleno derecho de la comisión provincial de Policía Judicial.

En cuanto a las competencias como Policía Judicial, establece que estará bajo el mandato funcional de Jueces y Ministerio Fiscal en la investigación de medios probatorios y la identificación y puesta a su disposición de los presuntos responsables.

De oficio, son competentes para asumir una serie de delitos menos graves y la totalidad de las faltas penales, entre las que destacamos, entre otros, la alteración de documentos en materia de trafico y seguridad vial, los delitos de hurto y robo de uso de vehículos a motor, delitos contra la propiedad intelectual e industrial, delitos contra el derecho de los trabajadores referidos a la seguridad e higiene en el trabajo, así como sus resultados. También es importante que puedan asumir, en el marco de este protocolo, las competencias de delitos medioambientales y contra consumidores y usuarios.

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Igualmente, se desarrolla y estipula la competencia de la Jefatura de la Policía Municipal para el establecimiento de unidades o servicios necesarios para asumir las competencias establecidas en el protocolo de referencia, “implantando los criterios de funcionalidad de dichos órganos y de sus integrantes para con las instituciones judiciales”.

La coordinación, es uno de los canales más importantes. En este protocolo se configura la figura de la “Comisión Técnica de Coordinación de Policía Judicial para la Ciudad de Madrid”, como órgano bajo la dirección de la Comisión Provincial de Policía Judicial de Madrid, que tendría las siguientes funciones:

- Apoyo a la Comisión Provincial de Coordinación de Policía Judicial.

- Análisis de los métodos y protocolos de actuación entre los Órganos Judiciales, Ministerio Fiscal y Cuerpos Policiales.

- Análisis y resolución de los conflictos operativos surgidos en las investigaciones efectuadas.

- Elevar informe, tanto a la Junta Local de Seguridad como a la Comisión Provincial de Policía Judicial.

- Realización de las estadísticas de las operaciones efectuadas en esta materia, tanto por parte de cada una de las instituciones policiales como en las operaciones conjuntas.

- Aquellas otras que sean encomendadas por la Junta Local de Seguridad o por la Comisión Provincial de Policía Judicial.

Esta Comisión Técnica, es uno de los ejes fundamentales que desde el ámbito local se debería instaurar en el seno de las Juntas Locales de Seguridad, tal como establece el nuevo Real Decreto de septiembre de 2010, y estaría compuesta y presidida por el Decano de los Juzgados de Madrid, el Fiscal Decano de Instrucción, Juez delegado de Instrucción, mandos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con competencias en el término municipal responsables de la actuación de Policía Judicial.

Su funcionamiento, bajo las normas reguladas en la ley de procedimiento común para los órganos colegiados, celebraría sus sesiones de carácter ordinario cada tres meses y las extraordinarias por petición de cada una de las partes, previa petición motivada, al Presidente, elevando, previamente, los informes que sean necesarios debatir en el orden del día, levantando acta por el secretario (Secretario del decanato si lo hubiere o funcionario en quien se delegue tal competencia).

e) Acuerdo de Siniestralidad Laboral.- Con fecha 6 de septiembre de 2006, se firma el convenio “de Madrid” para el establecimiento de los cauces de comunicación y protocolos de actuación en materia de siniestralidad laboral.

Dicho convenio firmado por el Alcalde de Madrid, el Fiscal Superior de Justicia de Madrid y el Decano de los Juzgados de Madrid, tiene como objetivo el contribuir a la reducción de la siniestralidad laboral en el término municipal de Madrid, articulando la cooperación técnica y material necesaria para asegurar la existencia de canales de información recíprocos sobre la actuación de cada una de las partes, en relación con los siniestros laborales con resultado de muerte o lesiones graves, y sobre la tramitación recíproca de procedimientos o actuaciones que tengan relación con la vigilancia y control en materia de seguridad y salud laboral.

Se potencia la especialización de los miembros de la Policía Municipal en relación con la persecución de delitos contra la seguridad y la salud en el trabajo, creándose protocolos de actuación para la atenuación de la siniestralidad laboral.

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Se crea una comisión de desarrollo y seguimiento que, de acuerdo a la ley 30/92, tiene atribuida las siguientes funciones:

- Efectuar el seguimiento y evaluación del desarrollo del convenio.

- Resolver las cuestiones que se susciten en orden a la interpretación y ejecución del Convenio, adoptando los acuerdos precisos que deberá respetar el campo de competencias propio de cada una de las partes del convenio.

- Evaluar las propuestas que sean remitidas por los agentes sociales, con relación a la mejora de los procedimientos o la consecución de los fines del convenio.

- Recibir y analizar las propuestas de las partes sobre el contenido formativo.

- Elaborar una memoria anual sobre el grado de cumplimiento y proponer las modificaciones que sean convenientes.

En cuanto a los Protocolos, se incorporan en sus Anexos I y II la actuación del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, en el Protocolo I se establece la actuación en el caso de accidente laboral con resultado de muerte o lesiones graves.

En este caso se establece:

• Cuando la Policía Municipal tenga conocimiento, por parte del 112 o CISEM de acaecimiento de un accidente laboral con resultado de muerte o lesiones graves –excluyendo los accidentes in itinere- se pondrá en comunicación del Fiscal de guardia para que, con la observancia de las reglas procesales vigentes, practique, además de las primeras diligencias de prevención, aseguramiento y custodia; las diligencias de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente poniendo en conocimiento de la Inspección de Trabajo la incidencia investigada.

• La Policía Municipal inspeccionará el lugar de los hechos, levantando el correspondiente reportaje fotográfico y videográfico, tomará las medidas cautelares que estime necesarias para la subsistencia de las pruebas y efectos del delito y realizará, en general, cuantas diligencias estime necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

• Se describe y señala la composición del atestado confeccionado por la Policía Municipal de Madrid en funciones de Policía Judicial y señala las estructuras mínimas de su contenido como son:

• Datos personales y domicilio de las personas y entidades relacionadas con el accidente.

• Juicio valorativo de las causas del hecho y agentes que intervinieron y cualquier otra circunstancia, indicando las fuentes de donde extraen estos datos.

• Daños o lesiones aparentes de las victimas. • La toma de declaración a los implicados.

En el Anexo II, se establece que siempre que la Policía Municipal en su vigilancia administrativa observe indicios evidentes y manifiestos de grave e inminente peligro para la salud o seguridad en los trabajadores, lo pondrá en conocimiento de la Inspección de trabajo para una inmediata inspección.

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Consecuencia de la firma de este convenio, en septiembre del 2007 se firma el Protocolo de colaboración entre el Consejo General de Poder Judicial, el Ministerio del Interior, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Fiscalía General del Estado para la investigación eficaz y rápida de los delitos contra la vida, la salud y la integridad física de los trabajadores y la ejecución de las sentencias condenatorias. En cuanto a la intervención de la Policía Judicial, viene a recoger las mismas medidas que el convenio del 2006 con respecto a la Policía Municipal del Madrid, por lo que ésta se constituye como la primera Policía Judicial especializada en siniestros laborales.

f) Proyecto de Materia de Incapacidades y Protección de Victimas.- Para Policía Municipal de Madrid, es su función de colaboración y auxilio a los Jueces y Ministerio Fiscal, no se ha remitido sólo al orden penal sino también a las actividades que de manera complementaria puedan redundar en la seguridad ciudadana y, en el cumplimiento de las normas jurídicas, desde el inicio de la colaboración directa con los Juzgados de Madrid, se valoró como necesaria la implicación en el proceso contradictorio de Tutelas e Incapacidades, procedimiento que tras su modificación, en la Ley de Enjuiciamiento Civil, se le dotó de unas premisas procesales parecidas a las del proceso penal, de ahí que ciertas medidas cautelares (informe psiquiátrico en centro cerrado) o ingreso involuntario en centro asistencial sea necesaria la coordinación y actuación de Policía Municipal. Con el fin de dotar de un instrumento jurídico adecuado se está elaborando un instrumento operativo de procedimiento que vincule a todas las partes.

La Protección de Victimas y Perjudicados es uno de los puntos más importantes de la labor de Policía Municipal de Madrid, en general, y especialmente de la Policía Judicial en colaboración estrecha con la Fiscalía de Madrid y, especialmente, con el Fiscal responsable de la protección de victimas y perjudicados, buscando con ello una máxima cobertura a los sujetos pasivos y más importantes en la resolución del delito.

III) LA POLICÍA MUNICIPAL. DESARROLLO Y EVOLUCIÓN DEL MODELO POLICIAL MADRILEÑO EN MATERIA DE POLICÍA JUDICIAL

La organización de la Policía Municipal de Madrid, en materia de Policía Judicial, ha evolucionado de una manera paralela a la asunción de competencias, si bien podemos estructurar en tres grandes bloques esta evolución organizativa de Policía Municipal en funciones de Policía Judicial:

A) LA ORGANIZACIÓN DESDE EL AÑO 86-2001.- La configuración de la Policía Judicial en la Policía Municipal de Madrid, desde la entrada en vigor de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se reduce a los Equipos de Investigación de Accidentes que realizaban servicio dentro de la estructura policial del tráfico, de los Informes Técnicos que investigaban las causas mediatas e inmediatas de los siniestros viales, pero no la realización de los Atestados de tráfico.

En la reestructuración del cuerpo de Policía Municipal, a inicios de los 90, cuando se configura la Unidad Especial de Tráfico, denominada posteriormente Unidad de Investigación y Prevención de Accidentes, en relación directa con la asunción de competencias por parte de Policía Municipal, el 30 de septiembre del año 90, de las competencias en materia de investigación de sucesos viales y derivadamente los delitos contra la seguridad del tráfico, desarrollando en dicha estructura policial, servicios de especialización técnica en reconstrucción de accidentes viales de apoyo directo a los órganos policiales y, que de manera indirecta, tenían como función específica la realización de las investigaciones que desde un sector minoritario de los órganos jurisdiccionales de los Juzgados de Instrucción se encomendaba a la Policía Municipal de Madrid (Gabinete técnico de investigación).

Policía Municipal de Madrid, en su permanente inquietud por crear servicios que redundaran en una mejor respuesta a los problemas de los ciudadanos de Madrid y, ante la emergente criminalidad sobre la mujer, creó en el año 2000 el Servicio de Atención a la Violencia Doméstica, servicio especializado en la investigación y asistencia a las mujeres víctimas de la violencia de género y doméstica

B) LA ORGANIZACIÓN DEL CUERPO DEL AÑO 2000-2003.- En dichas reestructuraciones, se configura la columna vertebral de la Policía Municipal, bajo el eje territorial operativo de las Unidades Integrales de Distrito, pero igualmente se crean una serie de unidades y servicios que, dependientes de una organización descentralizada y de especialidad, actúan en materias de claro contenido investigador y de colaboración con los órganos jurisdiccionales; siendo las siguientes:

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a) Unidad de Atención y Protección a la Familia

Se configura la presente Unidad como un servicio público de carácter policial-asistencial bajo una filosofía preventiva esencialmente, cuyas competencias se ejercen sin perjuicio de las que sobre la materia puedan estar atribuidas a otros órganos municipales o Administraciones Públicas.

• Coordinar las Secciones de Atención a la Violencia Doméstica y Atención a Menores.

• Ejercer las funciones formativas e informativas a los restantes miembros del Cuerpo o Entidades que lo soliciten en las materias de su competencia.

• Recopilación y análisis de las actuaciones que, en materia de violencia doméstica, se generen por otras Unidades del Cuerpo.

• Proponer campañas preventivas con relación a la problemática citada.

• Realizar la memoria anual del Servicio con análisis técnico de la evolución social del problema y evaluación de los objetivos planificados.

• Participar, en coordinación con el resto de Entidades, en la planificación de los programas asociados a las funciones propias.

• Dar protección, tanto a los menores como a las víctimas de malos tratos en los intercambios paterno-filiales o visitas vigiladas ordenadas por los Juzgados.

• Realizar los seguimientos de los casos de violencia doméstica en los que, además de la mujer víctima, existan niños victimizables, coordinando en el caso de menores las actuaciones con la Unidad de apoyo y coordinación con la Comunidad Educativa.

• Informar y solicitar información a las Entidades detectoras de los problemas relacionados con el ámbito de sus funciones de las propuestas de solución dadas a cada caso concreto.

• Analizar, de manera conjunta, aquellas situaciones potenciales de riesgo que puedan derivar en actuaciones propias de la Unidad.

• Todas aquellas que en el ámbito de sus atribuciones le sean encomendadas por la Subinspección de Servicios Especiales.

La Unidad de Atención y Protección a la Familia, se compone de las siguientes Secciones:

• Sección de atención a la violencia doméstica que, ejercerá las siguientes funciones:

- Ejecutar, de manera directa, todas aquellas actuaciones en las que exista problemática relacionada con la violencia doméstica.- Centralizar la intervención de seguimiento de cualquier supuesto de violencia doméstica.

- Facilitar la asistencia psicológica, médica, jurídica y social a cualquier víctima de maltrato familiar.

- Dar protección a las víctimas de violencia doméstica, cuando por la Autoridad Judicial sean requeridos para ello o cuando, por las circunstancias del caso, sea necesario.

- Realizar la recogida de efectos de la víctima, en su compañía, cuando ésta haya de salir del domicilio.

- Colaborar con la Fiscalía de Violencia Familiar y la Concejalía competente en Servicios Sociales en todas aquellas actuaciones que precisen su intervención.

- Colaboración y coordinación con los Servicios de Atención a las Mujeres de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

• La sección de atención al menor, ejercerá las siguientes funciones:

- Ejecutar, de manera directa, todas aquellas actuaciones en las que exista problemática asociada al menor.

- Proteger, en cualquier ámbito, el libre ejercicio de los derechos de los menores.

- Colaborar con la Fiscalía de Menores, Servicios Sociales y otros servicios asociados a la problemática del menor en todas aquellas actuaciones que precisen su intervención.

- Colaboración y coordinación con Grupos de Menores de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

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b) Unidad de Atestados de Tráfico

• Atender a lo establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en su artículo 53, apartado c) sobre la competencia de la Policía Local en la instrucción de atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.

• Colaboración en la adopción de las medidas de seguridad que correspondan en el lugar de los hechos.

• Toma de datos.

• Realización de las correspondientes pruebas técnicas tendentes al esclarecimiento de los hechos (alcoholemias, mediciones, fotografías, planos, etc).

• Toma de declaración a los implicados.

• Remisión de las diligencias efectuadas a la Autoridad Judicial correspondiente.

• Colaboración y coordinación en materia de su competencia con las restantes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

• Recepcionar y tramitar todas aquellas denuncias que pudieran ser interpuestas por los ciudadanos referidos a la materia propia de su competencia.

• Efectuar los correspondientes controles y actuaciones de seguimiento de los partes o informes de accidentes de tráfico realizados por otras Unidades del Cuerpo.

• Recepción, registro y archivo de toda la documentación que pudiera generarse con motivo de cualquier accidente de tráfico.

• Tratamiento del material documental y fotográfico resultante de las actuaciones policiales en materia de infracciones por exceso de velocidad detectadas por el radar.

• Gestionar, tramitar y proceder al archivo y supervisión de todas las actuaciones y situaciones relacionadas con partes de lesiones o accidentes derivados de la instrucción de diligencias por motivo de accidentes de tráfico.

• Aquellas que le encomiende la Subinspección Técnica.

Para atender la investigación de accidentes y la elaboración de atestados de tráfico y el control administrativo sobre documentación, esta Unidad desarrolla sus funciones a través de las siguientes Secciones.

- Sección Operativa de Atestados.

- Oficina de Atención al Ciudadano.

- Sección Técnico Operativa de Radar.

- Sección de Gestión Documental.

c) Servicio de Agentes Tutores

Los Agentes tutores pertenecerán a esta Unidad, si bien desarrollarán su labor en cada una de las Unidades Integrales de Distrito, como se viene haciendo en la actualidad.

• Servir de interlocutor entre los colegios y A.M.P.A.S. del Distrito y Policía.

• Ejercer Funciones de mediador social en los conflictos que se puedan generar.

• Canalizar las necesidades de los Centros de Enseñanza hacia la Comisión de Absentismo Escolar y los Técnicos de Educación.

d) Sección Técnica de Investigación.

• Realizar los informes técnico-científicos en aquellas materias de las que son o pueden ser competentes la Policía Municipal de Madrid, como accidentes de circulación, documentación, propiedad intelectual, etc.

• Emitir informes técnicos, en aquellas materias que sean solicitadas por los órganos jurisdiccionales o bien por los órganos municipales o policiales que lo consideren oportuno.

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e) Sección de Coordinación Judicial. • Realizar las investigaciones que le sean

encomendadas por Jueces, Magistrados y Ministerio Fiscal, realizando las diligencias necesarias de investigación e informando a los mismos de los resultados obtenidos.

• Colaborar con los Órganos Judiciales y Ministerio Fiscal en aquellos casos que sean requeridos.

• Establecer los cauces de procedimiento dentro del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid a las órdenes emanadas por los Jueces, remitiéndose directamente a la Unidad que deba realizarlo.

C) LA ORGANIZACIÓN DEL CUERPO DESDE EL AÑO 2010.- La organización del Cuerpo de Policía Municipal se adapta a los nuevos retos que se plantean desde el Equipo de Gobierno, y que el propio Cuerpo de Policía Municipal demanda, en referencia a la estructuración de servicios con líneas de actuación común que se vienen produciendo de manera muy significativa y, en paralelo a las nuevas competencias que se van a adquiriendo y a los cambios normativos que producen o se proyectan como líneas estratégicas en el programa de seguridad del Ayuntamiento de Madrid.

Con estos objetivos, el 13 de enero del año 2010, el Cuerpo de Policía Municipal implanta una nueva organización, y se crea por primera vez en su historia una estructura policial con un sentido estricto de colaboración con los órganos jurisdiccionales y Ministerio Fiscal, denominándose SUBINSPECCIÓN CENTRAL DE POLICÍA JUDICIAL.

Esta Subinspección esta integrada dentro de la Inspección Central Operativa y tiene como objetivo general dentro del nuevo planteamiento

operativo del Cuerpo, la coordinación y apoyo de los Órganos jurisdiccionales y Ministerio Fiscal en las funciones de Policía Judicial, así como, transversalmente, el apoyo a las unidades territoriales del Cuerpo en aquellas competencias que, dentro del marco operativo de servicios, realice en la función de investigación de hechos delictivos en su demarcación territorial.

Esta Subinspección, tiene bajo su responsabilidad la coordinación y dirección de cinco unidades y, como objetivos propios además de los anteriores, el Desarrollo de la Oficina de Atención a la Victima y la creación de los protocolos y procedimientos de actuación del Cuerpo de Policía Municipal en su función de Policía Judicial

Las Unidades que componen la Subinspección Central de Policía Judicial son:

A)UNIDAD DE ATESTADOS DE TRÁFICO.- Esta unidad desarrolla las labores propias de la criminalística: el estudio, análisis e investigación del hecho delictivo en el entramado de la seguridad vial, especialmente con la asunción de las competencias relativas a los nuevos tipos penales en materia de seguridad vial, y la investigación plena de la autoría de los hechos delictivos, como puede ser en este ámbito, la omisión del deber de socorro, cuando se dé, y la investigación del autor del hecho, cuando éste se ausente del lugar de la comisión.

La coordinación de la recepción de denuncias por hechos relativos al ámbito vial entre las unidades territoriales, así como la coordinación con el resto de operativos policiales, con respecto al control de alcoholemia.

Con respecto a esta materia, es importante señalar la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se ha operado a través de la modificación introducida en el art. 796 1.7º por la L.O. 5/2010 de 22 de junio. Por un lado, se define por primera vez en nuestra legislación el termino “Policía Judicial del tráfico” dando un ámbito más importante a las actuaciones referidas la protección y seguridad colectiva dentro de la actividad del tráfico y, por otro lado, se regula la práctica de las pruebas de detección de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a través del análisis salival.

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B) UNIDAD DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN A LA FAMILIA.- Esta unidad especializada, tendría como funciones prioritarias la investigación de los delitos relativos a la violencia de género y doméstica y, de manera general, los relacionados con las relaciones familiares que se atribuyen en el propio convenio

Igualmente, tendrá como misión la coordinación de las unidades integrales de distrito en la ejecución de las órdenes de seguimiento y evaluación progresiva del riesgo de las víctimas en este tipo de delitos.

C) UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE.- La protección del medio ambiente urbano es una prioridad de los Cuerpos de Policía Local, y es por esta razón por la que esta Unidad, de corte eminentemente administrativo, pasa a tener una naturaleza judicial en la investigación de los hechos penales referidos a la emisión de fuentes nocivas para la salud de los ciudadanos, como puede ser el ruido y todo aquello relacionado con los consumidores y usuarios. La protección del patrimonio municipal, también junto con el resto de la policía, es una labor de esta unidad, en la investigación de sucesos que tengan como raíz los daños relativos a este tipo de inmuebles.

D) UNIDAD DE COORDINACION JUDICIAL.- Se constituye como unidad de coordinación con el resto de las unidades del Cuerpo de Policía Municipal en la judicializacion de las investigaciones que se lleven a efecto, así como el planteamiento de unidad orgánica adscrita a los órganos jurisdiccionales de Madrid, especialmente a los de instrucción penal, ya que tiene parte de sus efectivos en la sede de estos juzgados. Pero no sólo es esta su misión, sino que tiene la exclusividad en la investigación de los hechos criminales dentro del ámbito laboral o materias correspondiente a estos sectores.

Dependiente de esta Unidad, se encuentra la sección de Policía Científica, que es apoyo a las investigaciones del resto de las unidades del cuerpo en la elaboración de los informes técnicos y forenses que sean necesarios para la elaboración de pruebas conducentes a la detención del presunto autor del hecho delictivo y a la práctica de las pruebas técnicas que sean necesarias por orden del instructor del atestado o por mandamiento del órgano jurisdiccional correspondiente.

Es importante resaltar la labor que en el campo de las incapacidades está realizando esta unidad, siendo un modelo nacional en la práctica policial de coordinación con los juzgados de tutelas e incapacidades en el procedimiento establecido

para este fin, función que, en fechas próximas, será objeto de la firma de un convenio regulador de esta función.

E) UNIDAD CENTRAL DE INVESTIGACIÓN.- Es la unidad de apoyo humano y material a las unidades territoriales de Policía Municipal de Madrid, así como la ejecución de actividades de investigación específicas emanadas de la Jefatura del Cuerpo, en colaboración en su caso con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

De esta Unidad depende la Coordinación General de agentes tutores, que en esta nueva andadura, en el ámbito de la actuación penal, va a tener un papel imprescindible en la investigación de hechos delictivos contra menores o, cuando el autor sea un menor, coordinar las misiones en este campo de las unidades territoriales que cuentan con este servicio.

IV) EVOLUCIÓN DEL MODELO DE SEGURIDAD PÚBLICA LOCAL Y LA FUNCIÓN DE POLICÍA JUDICIAL.-

Hasta ahora hemos visto la evolución, tanto normativa como de organización del Cuerpo de Policía Municipal hasta estos momentos, evolución que ha permitido en la medida de lo posible adaptarse a los nuevos retos y cambios que las políticas de seguridad han ido imponiendo, políticas de seguridad que, de manera expresa, podemos concretar en el último instrumento jurídico que el Ayuntamiento de Madrid ha ratificado junto con el Ministerio del Interior, instrumento que, bajo el nombre de “Acuerdo específico de colaboración entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento de Madrid para la Participación del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid en el ejercicio de Funciones de Policía Judicial”, trata de responder, como se señala en sus estipulaciones, a la voluntad común de ambas Administraciones de colaborar en materia de seguridad.

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El convenio suscrito por el Ayuntamiento de Madrid el día 22 de junio del presente año, junto con el Ministerio de Interior, parte de unas serie de premisas jurídicas y específicas para Madrid que, su propia ley 22/2006 le otorga, además de ser el Cuerpo de Policía Local más numeroso de España y la formación específica en esta materia que muchos de sus componentes han recibido.

El Convenio parte de dos objetivos claros:

1. Mejorar la respuesta policial en el término municipal de Madrid mediante la coordinación de los cuerpos policiales que ejercen su labor en dicho territorio

2. Ejecutar las funciones de Policía Judicial, garantizando tres principios básicos:

i. El máximo esclarecimiento de los delitos perpetrados o que sean conocidos por la Policía Municipal.

ii. Proporcionar a las víctimas y testigos una atención preferente, así como facilitar a estos la formulación de denuncias.

iii. Asegurar la máxima calidad de los atestados policiales con miras a su eficacia en los diversos procedimientos penales, especialmente en los delitos y faltas de enjuiciamiento rápido.

El ámbito material del convenio, en cuanto a las funciones de la Policía Municipal de Madrid, se refiere a “la recepción de denuncias como a la investigación de los hechos que constituyan una o varias infracciones penales, se ajustará a aquellas que, en primera instancia policial, puedan ser calificadas como faltas o delitos menos graves...”

Cuatro son los pilares en los que se asienta este convenio en cuanto a la práctica operativa de Policía Judicial:

a) La asunción de competencias en la investigación y análisis de ciertos hechos delictivos que conforman, en una alta proporción, los elementos de inseguridad ciudadana en el entorno local, en el quehacer diario de la ciudad, destacando entre ellas todas las faltas penales, los delitos contra la violencia de género y doméstica, los hurtos y las denuncias por sustracción de vehículos, los delitos relacionados con el deber de socorro, así como los daños en general y, claro está, los delitos contra la seguridad vial; es decir, podríamos definir estos delitos como los delitos sociales de convivencia.

b) Integración en el sistema estatal de bases de datos.- Se reconoce la necesidad de la utilización de herramientas homogéneas y un estudio analítico centralizado, de ahí que las Policías Locales, y la de Madrid en particular, interconecte expresamente con las bases de la Administración del Estado, y entre ellas destacamos Sirene, Inpol, Sistema de Seguimiento de Casos de Violencia de Genero (Viogen), Sidenpol, así como las que se consideren oportunas para la gestión de la función de Policía Judicial

c) Detención, Identificación y Reseña.- La medida cautelar será gestionada por la propia Policía Municipal hasta su puesta a disposición judicial, teniendo en cuenta que para la identificación y reseña estará centralizada en el Cuerpo Nacional de Policía, por lo que teniendo como meta la realización de esta misión a través de medios telemáticos, ésta se hará en primer lugar con conducción física a los servicios de la Policía Científica. El instructor del atestado será el responsable de la puesta disposición judicial del detenido o su puesta en libertad y de la remisión del atestado a la autoridad judicial. Asegurar el plan estadístico de seguridad.

d) Policía Científica.- La Policía Municipal practicará la inspección técnico policial en el lugar de los hechos, y recogerá cuantos indicios o elementos de prueba que sean conducentes para el esclarecimiento de los hechos, aplicando las medidas jurídicas que marca la Ley de Enjuiciamiento Criminal en cuanto a la realización de actas, reportajes fotográficos o videográficos, garantizando la cadena de custodia. Se articula el carácter de colaboración y auxilio de los miembros de policía científica del Cuerpo Nacional de Policía, cuando no se posean los medios técnicos que sean necesarios para el esclarecimiento de los hechos.

Por otro lado, la formación de la Policía Municipal de Madrid, tiene en este acuerdo una especificidad importante, ya que se reconoce al CIFSE como centro de formación en materia de Policía Judicial y, en este sentido, la Policía Municipal de Madrid ha impartido una formación específica de Policía Judicial, en cursos al efecto de 250 horas lectivas teórico-prácticas, si bien, para completar esta formación, se tratará de hacer de la formación de Policía Judicial una formación especifica como formación profesional en la carrera policial de los agentes que la integran, sumando más horas lectivas y bloques temáticos en áreas de especialización técnico-científica, en tres niveles diferentes de acceso y aptitud.

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Por último, y no menos importante, se establece una Comisión Mixta de Seguimiento, de constitución paritaria, con una periodicidad semestral en sesión ordinaria, y extraordinaria cuando se requiera por alguna de estas partes. Esta comisión es fundamental para “traducir” el acuerdo en los procedimientos operativos específicos bajo las premisas marcadas por el acuerdo.

Pero, obviamente, este convenio no puede sustanciar el modelo policial, y derivada del modelo de Policía Judicial; es un primer paso del reconocimiento de las Policías Locales en general, y de las que lo han suscrito ya el mismo en particular; pero debemos tender a un cambio profundo del modelo policial, en general, a través de la ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad , ya que tras 24 años en “servicio” no representa los grandes cambios sociales y de las administraciones en general y los nuevos retos políticos adquiridos por las Entidades locales y el propio Estado, al entenderse este último, dentro de categorías institucionales supraterritoriales, como es el caso de la integración de la Unión Europa, y los retos en las agendas de los países pertenecientes a esta institución en el espacio de seguridad común y en aspectos de justicia comunitarios, como es Europol o la creación de una justicia Europa; de ahí que el modelo policial tiene que tender a dos niveles organizativos básicos, uno local y otro estatal, dependiendo del hecho delictivo concreto, potenciando los acuerdos supramunicipales en materia de seguridad por las Comunidades Autónomas.

En materia de Policía Judicial, se debe pasar de un desarrollo ejecutivo del concepto, como ha sido hasta ahora, a través de la norma de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a un concepto procesal judicial, es decir, el modelo de Policía Judicial debe estar ajustado a los órganos que se encargase de la instrucción del hecho delictivo y del ámbito organizativo del sujeto activo que realiza el delito y a los nuevos retos que sobre justicia parece plantearse, la modificación de la planta judicial, la oficina judicial, la mayor implicación del Ministerio Fiscal en la instrucción de la causa e investigación de la misma como director de ésta.

Se debe reconocer mediante ley, a través de las modificaciones normativas que se establezcan, la posibilidad de la función de Policía Judicial de las policías locales, mediante los instrumentos jurídicos que se consideren oportunos, pero es importante este reconocimiento, considero que la modificación del Real Decreto del año 87, sobre Policía Judicial, en conjunción con las modificaciones establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial será un paso importante para esta regulación.

Pablo Enrique Rodríguez Pérez

Subinspector de Policía Municipal

Jefe de la Subinspección Central de Policía Judicial

Madrid Octubre de 2010

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1. Alberto Hervías accedió hace tres años a la Concejalía de Seguridad del Ayuntamiento de Alcobendas. La primera cuestión que queremos plantearle es ¿quién es Alberto Hervías?

En lo personal, decir que nací en Madrid en febrero de 1966. Estoy casado y soy padre de 2 hijas.

En lo profesional, soy licenciado en Psicología Industrial y Clínica. He desarrollado mi carrera profesional en entidades privadas. Tengo una amplia experiencia en posiciones de dirección, diseño, implantación y desarrollo de políticas de recursos humanos y estructuras organizativas, así como formación y desarrollo en habilidades de management. Además, he realizado un máster en Dirección y Organización de Recursos Humanos.

También cuento con un curso superior de Planificación y Dirección de Seguridad Pública y soy profesor colaborador en la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, donde imparto materias relativas a Habilidades Directivas, Técnicas de Mando y Relaciones con el Ciudadano. En mi formación también destaca un curso de Director de Centros de Servicios Sociales y un máster en Psicología Deportiva.

Gracias a mi trayectoria profesional, he integrado en mi estilo de gestión modelos de dirección correspondientes tanto a organizaciones de corte privado como modelos de gestión propios de entornos públicos. En este mandato he asumido la Delegación de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Protección Civil.

2. ¿Qué situación se encontró y qué cambios se han introducido en su mandato?

Cuando accedí a la responsabilidad de Concejal, me encontré a la Policía Local de Alcobendas con un importante índice de compromiso con su trabajo y con un entusiasmado grupo de Voluntarios de Protección Civil, factores que han contribuido a hacer más fácil el proceso de reformas que se han llevado a cabo durante estos 3 años que llevamos de legislatura municipal.

Cuando asumí de facto la responsabilidad de la

Concejalía, la estructura y los medios con los que contaba la Policía Local se les puede considerar como suficientes “para andar por casa”, pero entiendo que había que actualizar la estructura de la Policía Local, dotar de más y mejores medios a los Agentes con los que realizar su trabajo, modernizar el sistema de comunicaciones, flexibilizar la operativa policial, descentralizar las Bases de la Policía Local, asumir competencias en materia de Policía Judicial, etc; en resumidas cuentas, dar un salto de calidad en la gestión, que preparase a la Policía Local para los retos que se nos presentan el día a día de una ciudad moderna, y como tal, desarrollada y exigente como Alcobendas.

ENTREVISTA ALBERTO HERVIAS

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4. ¿Cuál es su opinión acerca del servicio que la Policía Local debe prestar al ciudadano?

La Seguridad Ciudadana supone un importante impulso al desarrollo de las ciudades. Los efectos en el ámbito social y económico son de suma importancia, por cuanto refuerzan la libertad, factor clave en el desarrollo de todas las sociedades prósperas y debe ser motivo de especial atención a los sectores más vulnerables de la sociedad, por ello todas las acciones y prácticas dirigidas a la prevención, a la reducción del riesgo, suponen un importante beneficio para el bienestar social general.

El servicio que la Policía Local debe prestar y, en nuestro caso, presta a los ciudadanos, debe ser un servicio basado en la cercanía al ciudadano así como la accesibilidad por parte de éste para con los Agentes; debe existir entre ambas partes una comunicación fluida y cordial además de un compromiso del Agente con la situación del ciudadano.

De respeto por el derecho de los ciudadanos y de éstos a la autoridad de la Policía Local; asistencia en momentos de necesidad y colaboración en la resolución de conflictos entre vecinos. Vigilancia de los valores de libertad individual y respeto de los ciudadanos a las normas de convivencia.

3. ¿Cuáles son los principales problemas de su municipio por los que el ciudadano pide la actuación de la Policía Local?

La Delegación de Seguridad Ciudadana decidió realizar una Auditoría de Seguridad Pública Local a fin de conocer la profundidad de la tipología delictiva de la ciudad, los aspectos que generan la percepción de inseguridad en la población y a raíz de estos datos, adoptar las medidas preventivas adecuadas. Todo ello mediante un proceso participativo en el que se recogieran todas las sensibilidades de los distintos sectores de la Comunidad, por ello nos embarcamos, bajo el patrocinio del FEPSU (Foro Europeo para la Prevención de la Seguridad Urbana) y con la colaboración de la Concejalía de Planificación y Calidad del Ayuntamiento de Alcobendas, en la realización de la citada Auditoría.

Así mismo se creó un Grupo Estratégico, presidido por el Alcalde de Alcobendas Ignacio García de Vinuesa, varias Concejalías implicadas y representantes de la Universidad, Judicatura, Policía Nacional, Policía Local, Seguridad Privada y Empresarios, que periódicamente se reúne para que con su conocimiento y experiencia en la materia, aporte soluciones a la hora de realizar un diagnóstico de la solución a aplicar

A raíz de las conclusiones de la Auditoría, realizamos un proceso de definición del contexto general, comparándolo con el entorno regional y nacional, analizando no sólo el delito, sino también los problemas que de él se derivan, los desórdenes o actitudes incívicas que repercuten en las tendencias, así como el reparto e impacto de los incidentes.

Establecimos un perfil de víctima y delincuente y estudiamos las formas de riesgo que presentan y, de esta forma, conocer, estudiar y analizar los factores de riesgo que fomentan el delito, para obtener una valoración de la eficacia de los proyectos y servicios (salud, vivienda, ayuda social, educación, etc) que se pueden llevar a cabo cuando se trabaja en prevención.

Realizamos un análisis de las oportunidades, valorando sus puntos fuertes, así como el capital social, la sociedad civil y los proyectos que se pueden realizar y en los que apoyar los futuros proyectos de prevención

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5. Recientemente varias Policías Locales han firmado acuerdos en materia de Policía Judicial y de Violencia de Género ¿qué papel considera que deben jugar las policías locales en esas áreas y con qué intensidad deben prestarlo?

La Policía Local de Alcobendas, concretamente el Grupo Luna, lleva varios años trabajando en esta materia con un gran resultado hacia esta lacra que, desgraciadamente, tan arraigada se encuentra en nuestra sociedad. Con este acuerdo se consigue hacer más efectiva aún la labor de coordinación con la Policía Nacional, y estoy convencido que será una eficaz herramienta para combatir este fenómeno que a tantas mujeres afecta y preocupa.

Desde las Administraciones Públicas debemos poner todo nuestro empeño para conseguir la máxima atención a las víctimas así como de control y reinserción de los delincuentes.

6. ¿Existe una coordinación efectiva con las Policías Estatales y, si es así, qué mecanismos utilizan para conseguirla?

En Alcobendas tenemos una magnífica relación con la Policía Nacional, que se materializa en diversas actuaciones conjuntas que llevamos a cabo de manera periódica, lo que se traduce en una importante labor de coordinación a distintos niveles, que está dando un gran resultado en beneficio de nuestros vecinos.

7. ¿Considera que se deben afrontar cambios legislativos en materia de Policía Local?

Sin duda, unas veces por demanda vecinal, otras por la propia dinámica social y en muchas ocasiones por labores propias de coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la labor de la Policía Local, en muchas ocasiones, se extiende mucho más allá de las originarias competencias con la que fue creado este Cuerpo.

Son necesarias, importantes y urgentes las reformas que habría que realizar a nivel Autonómico y Estatal que reconozcan de manera efectiva la labor que día a día realiza la Policía Local; labor que por su presencia permanente en la calle, en muchas ocasiones, son una verdadera fuente de información utilizada por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para el esclarecimiento de delitos, trabajo que, sin embargo, no siempre le es reconocido a la Policía Local.

8. ¿Con qué se siente más orgulloso de su gestión y qué cosas considera que son manifiestamente mejorables?

De mi gestión destacaría la labor de flexibilidad, modernidad y transparencia que existe a día de hoy en la Policía Local, valores que suponen un plus de calidad que añadir a la contrastada profesionalidad de los Agentes de la Policía Local de Alcobendas.

Que duda cabe que todo es mejorable, pero en la actualidad hay que dar un tiempo razonable para que las medidas adoptadas y los nuevos recursos incorporados a dar sus frutos de forma contrastada.

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Con la creación de esta web pretendemos ofrecer un lugar común donde localizar aquella información necesaria y útil para un mejor desempeño en nuestra profesión y una mejor prestación del servicio que prestamos a nuestros vecinos.

En ella encontrarán distintas secciones donde a parte de lo anteriormente expuesto podrán conseguir información acerca de nuestra asociación, sus objetivos y el trabajo y propuestas que realizamos.

Desde aquí les INVITAMOS A VISITARNOS, esperando que les sea de utilidad y agrado.

RECIBAN UN CORDIAL SALUDO

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Rango normativo

Fecha de publicación

Número de disposición Nombre de la disposición

Tratado Internacional 11/06/2010 Ley 4/2010

Entrada en vigor del Canje de Notas, de 27 de noviembre de 2008 y 9 de marzo de 2009, constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.

Ley Orgánica 23/06/2010 5/2010 Por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal

Reglamento 13/07/2010 170/2010

Corrección de errores del Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores.

Reglamento 14/07/2010 866/2010 Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos.

Resolución 23/07/2010

Resolución de 9 de julio de 2010, de la Dirección General de Tráfico, sobre comunicación informática al Registro de Vehículos del impago de la deuda correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Orden 24/07/2010 ITC/1992/2010

Orden ITC/1992/2010, de 14 de julio, por la que se determinan las condiciones técnicas que deben cumplir las láminas de material plástico destinadas a ser adheridas a los vidrios de seguridad y materiales para acristalamiento de los vehículos en servicio.

Reglamento 05/08/2010 961/2010

Real Decreto 919/2010, de 16 de julio, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres para adaptarlo a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Orden 10/09/2010 2356/2010

Orden PRE/2356/2010, de 3 de septiembre, por la que se modifica el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.

Tratadointernacional 17/09/2010

Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, hecho en Budapest el 23 de noviembre de 2001.

Reglamento 21/09/2010 1087/2010Real Decreto 1087/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las Juntas Locales de Seguridad.

Tratadointernacional 28/09/2010

Canje de Notas de fecha 11 de enero de 2010 constitutivo de Acuerdo entre España y Ucrania sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.

Leyautonómica 01/10/2010 2/2010 Ley 2/2010, de 15 de junio, de Autoridad del profesor.

NOVEDADES LEGISLATIVAS PUBLICADAS DESDE EL 01/06/2010 HASTA EL 31/10/2010

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Rango normativo

Fecha de publicación

Número de disposición Nombre de la disposición

Tratadointernacional 04/10/2010

Acuerdo Multilateral M-214 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 182, de 29-07-2009), relativo al sistema de frenado antibloqueo para remolque, hecho en Madrid el 15 de febrero de 2010.

Ordenministerial 06/10/2010 ITC/69/2010

Corrección de erratas de la Orden ITC/69/2010, de 18 de enero, por la que se desarrolla lo establecido en el artículo 10.7 del Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos

Ordenministerial 06/10/2010 ITC/2590/2010

Orden ITC/2590/2010, de 30 de septiembre, por la que se modifican los anejos y apéndices del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones.

Tratadointernacional 07/10/2010

Entrada en vigor del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo por el que se enmienda el Acuerdo entre el Reino de España y la República de Estonia para la representación en la expedición de visados Schengen, de 11 de febrero de 2009, hecho en Madrid el 25 de marzo y 14 de mayo de 2010.

Ordenministerial 08/10/2010 PRE/2599/2010

Orden PRE/2599/2010, de 4 de octubre, por la que se desarrolla el Reglamento de Explosivos, aprobado por el Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, en cuanto a los requisitos que deben reunir los directores de fábricas de explosivos.

Ordenministerial 12/10/2010 ITC/2632/2010

Orden ITC/2632/2010, de 5 de octubre, por la que se actualiza el Anexo III y se modifican varios apartados y apéndices de los Anexos V y VI del Real Decreto 551/2006, de 5 de mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

Tratadointernacional 14/10/2010

Acuerdo Multilateral M-198 en virtud de la Sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 182, de 29 de julio de 2009), relativo al número de remolques en una unidad de transportes por carretera, hecho en Madrid el 9 de febrero de 2010.

Tratadointernacional 14/10/2010

Corrección de errores del Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, hecho en Budapest el 23 de noviembre de 2001.

NOVEDADES LEGISLATIVAS PUBLICADAS DESDE EL 01/06/2010 HASTA EL 31/10/2010

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Rango normativo

Fecha de publicación

Número de disposición Nombre de la disposición

Ordenministerial 21/10/2010 SAS/2712

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Orden SAS/2712/2010, de 13 de octubre, por la que se incluye la sustancia Ketamina en el Anexo I del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, por el que se regula la fabricación, distribución, prescripción y dispensación de sustancias y preparados psicotrópicos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Rango normativo

Fecha de publicación

Número de disposición Nombre de la disposición

Orden 12/07/2010

ORDEN de 11 de junio de 2010, por la que se modifica la Orden 3785/1999, de 15 de noviembre, del Consejero de Hacienda, por la que se regula la autorización de rifas, tómbolas y de combinaciones aleatorias con fines publicitarios.

Ordenanza 14/07/2010 Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Leganés.

NOVEDADES LEGISLATIVAS PUBLICADAS DESDE EL 01/06/2010 HASTA EL 31/10/2010

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¿QUIÉNES SOMOS?

BILBOMÁTICA S.A. es una empresa de Consultoría y Servicios Informáticos, presente en el mundo de la tecnología de la

información desde 1988. (22 años). Nuestra base de conocimientos se encuentra cimentada en una trayectoria en el área de los desarrollos a medida, donde se ha apostado por una formación continua del personal en las nuevas tecnologías, apoyada en el Desarrollo de Proyectos Innovadores, que nos obligan a estar en un proceso continuo de mejora. En este proceso de mejora se han visto involucrados todos los aspectos relacionados con el desarrollo del software, mejorando las herramientas que nos permiten agilizar la gestión, la documentación, o las pruebas dentro de un proyecto. Todo ello nos permite estar en una posición ventajosa para abordar desarrollo en las nuevas tecnologías, asegurando una capacidad de respuesta y la satisfacción del cliente.

GESPOL Q. CALIDAD EN LA GESTIÓN POLICIAL.

NUEVAS DEMANDAS, NUEVOS MODELOS DE SEGURIDAD

La seguridad es una cuestión prioritaria para todos los ciudadanos, que incluyen entre sus necesidades básicas disponer de un entorno personal, social y material sin riesgos:

• En una escala de cinco categorías, los sociólogos definen la seguridad como la segunda necesidad fundamental de las personas, después de la subsistencia física.

• Las encuestas de opinión pública que se realizan periódicamente registran de manera sistemática la preocupación de los ciudadanos por los problemas relacionados con la seguridad. La seguridad, por tanto, es una percepción, una vivencia inmediata y una demanda social que deben afrontar tanto las Administraciones Públicas como las organizaciones privadas.

Además, el campo semántico que engloba el concepto de seguridad evoluciona constantemente,

a medida que varían los valores, percepciones, necesidades y demandas de los ciudadanos y los elementos que determinan el estado de la seguridad (territorio, población, sociedad, cultura, tecnología…).

De esta manera, en la actualidad, la seguridad se entiende como la protección integral de personas, bienes, derechos, convivencia cívica, entorno y calidad de vida.

En consecuencia, las administraciones, los servicios públicos y las empresas con responsabilidad en materia de seguridad están obligados a revisar permanentemente sus modelos de organización y actuación: objetivos, estructuras, planes estratégicos, gestión, procedimientos operativos, etc.; con el fin de responder a las necesidades y demandas de los ciudadanos, usuarios de unas organizaciones a las que exigen, sobretodo, calidad y mejora continua en los resultados y en los procesos de servicio.

SERVICIOS Y PROYECTOS

Con el objetivo de mejorar sus productos y servicios, y dar soporte al desarrollo de nuevos modelos de gestión de la seguridad pública, GESPOL dispone de un área de consulting estratégico, con dos líneas de trabajo complementarias: servicios de asesoría especializada y módulos GESPOL.Q de gestión y evaluación online de la calidad.

GESPOL ofrece a sus clientes una amplia gama de servicios y proyectos innovadores, que constituyen instrumentos de valor añadido para las organizaciones y de probada eficacia para la gestión de la seguridad:

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1. Software GESPOL.Q de gestión de la calidad en los servicios de seguridad pública:

• Módulo GESPOL.Q-ANÁLISIS de autoevaluación de la gestión de la seguridad pública

• Módulo GESPOL.Q.-CMI para la elaboración de un cuadro de mando integral.

• Módulo GESPOL.Q-PLAN para el desarrollo de planes estratégicos de gestión y seguridad pública.

• Módulo GESPOL.Q-EXCEL para la implementación y seguimiento de estándares de calidad y cartas de servicio

2. Desarrollo de proyectos de consultoría política, directiva y técnica en materia de seguridad pública local y autonómica:

• Plan director de seguridad local

• Plan de calidad y mejora de servicios policiales

• Benchmarking autonómico de la seguridad

GARANTÍA DE RESULTADOS

Para el desarrollo de sus proyectos, GESPOL Consulting cuenta con un amplio equipo interdisciplinar de profesionales, altamente especializados, de larga experiencia en la gestión de organizaciones con competencias en seguridad, y con cargos de máximo nivel en la empresa privada y en la Administración.

Un equipo que nos permite afrontar proyectos globales de carácter transversal y que constituye una garantía de resultados para nuestros clientes:

• Personal con alta experiencia directiva en seguridad

• Técnicos y expertos en gestión de servicios de seguridad, policía y emergencias.

• Expertos en estadística y análisis de información

• Ingenieros industriales e informáticos, Técnicos en sistemas de seguridad, Sociólogos, Juristas, Expertos en psicología de las organizaciones, Técnicos en gestión y certificación de la calidad.

Y un equipo que es responsable de algunos de los proyectos más innovadores que se han llevado a cabo en España y Europa durante los últimos años:

• Plan general de seguridad de Navarra

• Observatorio de la seguridad de Navarra

• Planes de seguridad local

o Mataró, Viladecans, Sant Boi de Llobregat, Cambrils

• Planes de calidad y mejora de policía local

o Mataró, Vic, El Prat de Llobregat, Taradell

MÓDULO GESPOL.Q-ANÁLISIS

Proyecto:

La autoevaluación EFQM es un estándar europeo de análisis que permite valorar la gestión de las organizaciones en términos de eficacia (resultados), eficiencia (optimización de recursos y procesos) y calidad (satisfacción de usuarios/ciudadanos).

GESPOL ha desarrollado un modelo propio de evaluación, GESPOL.Q, inspirado en los métodos EFQM, CAF y otros sistema de calidad, adaptado a organizaciones con responsabilidades en materia de seguridad (policía, bomberos, emergencias,

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empresas…), que permite cumplimentar online un cuestionario de análisis de gestión y obtener una valoración referencia para identificar fortalezas, debilidades, oportunidades e iniciar un proceso de mejora continua.

El informe GESPOL.Q constituye así un anexo a la memoria anual, que analiza globalmente la gestión interna y la mejora del servicio.

Objetivos:

1.Conocer los puntos fuertes, puntos débiles y oportunidades de mejora de la organización.

2.Disponer de información de base para la toma de decisiones sobre la política y la estrategia de la organización.

3.Evaluar periódicamente la gestión, actividad y rendimiento de la organización, y fijar los objetivos de futuro.

4.Identificar los elementos de la estructura organizativa y de la gestión de procesos susceptibles de ser revisados (reingeniería) para mejorar el rendimiento global de la organización.

5.Certificar/Garantizar las capacidades de la organización.

6.Impulsar un proceso de mejora promovido (autoevaluación) por la propia organización.

Consulting:

•Elaboración de auditorías de organizaciones con competencias en materia de seguridad

•Asesoramiento para el diseño de nuevas políticas y estrategias organizativas

•Diseño e implantación de bases de datos e indicadores para la gestión y evaluación de la actividad y los procesos de la organización

•Formación directiva y operativa en materia de calidad en la gestión de organizaciones

LA CALIDAD EN LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PÚBLICA

EL CONCEPTO DE CALIDAD DE SERVICIO

Los servicios de seguridad pública tienen como objetivo estratégico la respuesta a las necesidades (objetivas) y demandas (subjetivas) de los ciudadanos, usuarios de una organización a la que exigen, sobre todo, calidad y mejora continua en los resultados y en los procesos de trabajo.

La definición de “calidad” es siempre compleja, más aún en el caso de la “calidad de servicio”, donde, junto a elementos materiales, inciden muchos otros factores de naturaleza intangible. Sin embargo, la mayoría de definiciones coinciden en señalar que un servicio de calidad es aquel capaz de satisfacer las demandas y expectativas de los ciudadanos, velando al mismo tiempo para la optimización de los resultados y los procesos/medios de trabajo. En definitiva, un servicio que se desarrolle con:

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EFICACIA | Relación entre resultados efectivos y objetivos previstos

EFICIENCIA | Relación entre los resultados efectivos y los medios/costes (humanos, materiales, tiempo...) necesarios para obtenerlos

ECONOMÍA | Relación entre costes efectivos y costes presupuestados

EFECTIVIDAD | Impacto real de una acción, suma de objetivos alcanzados, resultados colaterales y resultados percibidos

ÉTICA | Garantía y respeto de las normas y los compromisos

EQUIDAD | Garantía de igualdad en el acceso y la prestación de servicios

EXCELENCIA | Prestaciones que superan las expectativas de los usuarios

EVOLUCIÓN SOSTENIBLE | Capacidad de la organización de mantener los niveles de calidad que ofrece

El máximo objetivo de calidad en una organización es la Calidad Total, que persigue la excelencia en todos sus elementos, como estrategia global para conseguir un nivel continuo de calidad en sus productos/servicios, una mejora constante de procesos y resultados, una implicación absoluta de todos los miembros de la organización y, en definitiva, la máxima satisfacción de los clientes/usuarios.

Sobre esta base, GESPOL.Q propone un modelo específico de calidad en la gestión policial, extensible como herramienta de evaluación a todas las organizaciones con competencias en materia de seguridad pública. La evaluación se centra en los siguientes criterios:

LIDERAZGO | Dirección de la organización

ESTRATEGIA, PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN | Definición de objetivos y gestión de acciones

EQUIPO HUMANO | Gestión de los recursos humanos

RECURSOS Y ALIANZAS | Gestión de los recursos materiales y de la coordinación con operadores externos

GESTIÓN DE LOS PROCESOS Y DEL CAMBIO | Funcionamiento interno de la organización

RESULTADOS ORIENTADOS A LOS USUARIOS | Resultados en relación a las demandas directas de los ciudadanos

RESULTADOS EN EL EQUIPO HUMANO | Resultados en relación a los miembros de la propia organización

RESULTADOS EN LA SOCIEDAD | Resultados generales en el conjunto de la sociedad

RESULTADOS CLAVE DE LA ORGANIZACIÓN | Impacto global de la organización en el entorno

FUNCIONALIDADES GESPOL.Q

GESPOL.Q – RESULTADOS

Una vez registradas las respuestas al cuestionario de evaluación, el sistema validará y puntuará los resultados señalados, y explotará los datos mediante diferentes opciones de análisis e informes.

GESPOL.Q - ANÁLISIS ESTADÍSTICO Y GRÁFICO

El análisis estadístico de los datos registrados permite definir numéricamente el nivel de calidad en la gestión de la organización policial, y presentar el análisis resultante tanto en forma de tablas estadísticas y gráficos.

GESPOL.Q - INFORME GLOBAL

Finalmente, GESPOL.Q permite automatizar la elaborar de un informe básico de carácter global, en el que se sintetizan numérica y gráficamente las principales conclusiones de la evaluación.

GESPOL.Q - CONSULTING COMPLEMENTARIO

El módulo informatizado GESPOL.Q se completa con diversos módulos y servicios de consultoría en materia de gestión de la calidad en los servicios de Policía Local:

GESPOL.Q-PLAN (Planificación Estratégica) | Plan de Calidad y Mejora Continua, diseñado con el objeto de mejorar los resultados GESPOL.Q en un plazo medio de 3 años, detallando:

•Objetivos

•Acciones

•Calendario

•Recursos

•Indicadores

•Observaciones

GESPOL.Q-CMI (Cuadro de Mando) | Sistema multinivel (operativo, directivo y político) y multiformato (tabla, gráfico, Gis) de indicadores estratégicos y de calidad, sobre seguridad pública y gestión de los servicios de seguridad.

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GESPOL.Q-EXCEL (Carta de Servicios) | Guía de servicios en la que se describen las principales actividades de la Policía, así como los niveles estándar de calidad con los que se prestan los servicios a los ciudadanos.

CONSULTING (Informes Analíticos) | Informes detallados sobre la calidad de gestión, incluyendo:

• Comentario especializado de todas las tablas y gráficos GESPOL.Q

• Referencias comparativas con los rangos de otras Policías Locales

• Conclusión: Diagrama DAFO

• Identificación de áreas de mejora y recomendaciones

PLANIFICACIÓN.

PLAN ESTRATÉGICO DE POLICÍA LOCAL

PLAN DIRECTOR DEL SERVICIO

Cada vez son más las policías locales que gestionan su desarrollo a medio y largo plazo mediante el uso de un Plan Estratégico, como herramienta para definir en qué línea ha de avanzar la organización y dirigirla hacia allí; permitiendo así disponer de una guía en la que apoyar la labor directiva con una visión de perspectiva global, más allá del urgente día a día.

Por tanto, la clave de una buena estrategia reside en el análisis que se realice previamente. La metodología básica que se aplica es el análisis DAFO: análisis interno y externo de la organización donde se contemplan las debilidades, las amenazas/riesgos, las fortalezas y las oportunidades de la organización policial.

PLAN LOCAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

GESTIÓN TRANSVERSAL DE LA SEGURIDAD LOCAL

Los planes locales de seguridad pública son un proyecto innovador, desarrollado por primera vez en España por nuestro equipo de colaboradores.

Se trata de un instrumento de planificación que integra y coordina en una misma estrategia todos los programas de actuación de la Administración Pública relacionados con la seguridad de personas, bienes, derechos, convivencia cívica, entorno y calidad de vida.

Los planes locales de seguridad se fundamentan en una visión global de la seguridad pública local, lo que permite desarrollar estrategias de actuación de carácter integral:

• Implantar un nuevo modelo de seguridad pública, en el que las situaciones se analizan desde una perspectiva multifactorial (social, política económica, cultural, territorial, etc.), y se afrontan con la actuación, corresponsable y coordinada transversalmente, de todos los operadores con capacidad de intervenir en cualquiera de los factores que determinan el estado de la seguridad.

• Conocer y evaluar de manera continua el estado de la seguridad pública, la actividad de las organizaciones responsables y las necesidades y demandas de los ciudadanos.

• Crear un sistema global de seguridad pública, que articule los principios, objetivos, instrumentos y procedimientos de coordinación, colaboración y actuación de todos los operadores con competencias en materia de seguridad.

• Integrar y dar coherencia a los programas de actuación de los diferentes ámbitos de la seguridad e impulsar el desarrollo de actuaciones de carácter transversal.

• Impulsar un proceso de mejora continua en la organización y en el estado de la seguridad.

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BilbaoEdificio MiribillaC/ Santiago de Compostela, 12 4º AE-48003 BilbaoTel. +34 94 427 63 08Fax. +34 94 427 15 47E-Mail: [email protected]

MadridO´Donnell, 34 – 4.º IzquierdaE-28006 MadridTel. +34 91 578 27 90Fax. +34 91 576 92 00E-Mail: [email protected]

BarcelonaCorsega, 301 Entl. 4ªE-08008 BarcelonaTel. +34 93 238 96 89Fax. + 34 93 238 96 87E-Mail: [email protected]

ValenciaC/ les Moreres, Parc. 48. P.I. Virgen de la SaludE-46950 Xirivella (Valencia)Tel. +34 677 408 901E-Mail: [email protected]

PamplonaPintor Paret, 2 - 1ª PlantaE-31008 PamplonaTel. +34 948 36 66 76Fax. +34 948 36 66 13E-Mail: [email protected]

OBSERVATORIO DE LA SEGURIDAD

ANÁLISIS DE LA SEGURIDAD LOCAL

Un observatorio de la seguridad es un equipo de análisis interdisciplinar, que tiene como objetivo ofrecer al Gobierno y a los diferentes operadores del sistema de seguridad pública elementos de análisis para el diagnóstico, planificación y evaluación del estado de la seguridad y de la actividad del sistema de seguridad.

El observatorio desarrollará las siguientes funciones.

• Actualizar y analizar periódicamente los indicadores de seguimiento del estado de la seguridad.

• Elaborar propuestas para el diseño de políticas de seguridad pública.

• Elaborar informes sobre seguridad pública.

• Asesorar y supervisar técnicamente a los municipios en la elaboración y ejecución de los Planes Locales de Seguridad.

• Coordinar la elaboración de encuestas de seguridad pública.

• Coordinar estudios sobre seguridad pública.

El Observatorio de la seguridad pública se materializará en una base de datos y un sistema de información geográfica en los que se integrará toda la información registrada.

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• Este servicio dispone de una gran pantalla que permite la inmediata visualización de la topografía, eventos en curso, situación del tráfico, y otra información necesaria para la gestión, de modo que son integrables los múltiples sistemas en una sola pantalla.

• “El notable aumento del número de efectivos de la Policía Local, la adaptación a dicha escala de su estructura y organización, así como la necesaria utilización de nuevas tecnologías en los instrumentos de dirección y control de la operativa hacía las labores de recepción de la demanda ciudadana de servicios directos, con la consiguiente distribución y seguimiento de tareas asignadas a las patrullas, hayan alcanzado una complejidad para la que se manifestaban del todo insuficientes los medios de coordinación operativa existentes en el anterior centro de comunicaciones”.

• Así, a juicio del Alcalde, “resultaba imprescindible dotarse de un nuevo Centro Integral de Comunicaciones que integrara todos los sistemas existentes con otros nuevos que los complementan de modo que facilita la coordinación operativa, adaptándolo a la dimensión y organización actuales”.

• Entre otras funciones, el CINCO se manejan los terminales de Madrid-112, Dirección General de Policía y Dirección General de Tráfico; se reciben todas las llamadas al número especial de urgencias 092, y a otros números de telefonía; y se tiene una visualización continua de las cámaras de control de tráfico (12 en la actualidad, más 6 del nuevo proyecto en concurso), para la detección de necesidades de actuación, incidencias y seguimiento de eventos especiales.

INAUGURADO EL NUEVO CENTRO INTEGRAL DE COMUNICACIONES DE LA POLICÍA

LOCAL (CINCO) DE MÓSTOLES

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El Alcalde de Móstoles, Esteban Parro, ha inaugurado hoy, coincidiendo con el patrón de la Policía Local, San Juan Bautista, el Centro Integral de Comunicaciones de la Policía local de Móstoles (CINCO), que permitirá mejorar el servicio ofrecido a los ciudadanos.

Acompañado por el Tercer Teniente de Alcalde, Alberto Rodríguez de Rivera, el Concejal de Seguridad, Juan Manuel Manjavacas, y el Jefe de la Policía Local, Juan Manuel Arribas, entre otras autoridades, el regidor ha visitado esta instalación, que cuenta con una gran pantalla que permite la inmediata visualización de la topografía, eventos en curso, situación del tráfico, y otra información necesaria para la gestión, de modo que son integrables los múltiples sistemas en una sola pantalla.

Según Parro, “el notable aumento del número de efectivos de la Policía Local, la adaptación a dicha escala de su estructura y organización , así como la necesaria utilización de nuevas tecnologías en los instrumentos de dirección y control de la operativa hacía las labores de recepción de la demanda ciudadana de servicios directos, con la consiguiente distribución y seguimiento de tareas asignadas a las patrullas, hayan alcanzado una complejidad para la que se manifestaban del todo insuficientes los medios de coordinación operativa existentes en el anterior centro de comunicaciones”.

Así, a juicio del Alcalde, “resultaba imprescindible dotarse de un nuevo Centro Integral de Comunicaciones que integrara todos los sistemas existentes con otros nuevos que los complementan de modo que facilita la coordinación operativa, adaptándolo a la dimensión y organización actuales”.

De esta forma, desde el CINCO se manejan los terminales de Madrid-112, Dirección General de Policía y Dirección General de Tráfico; se reciben todas las llamadas al número especial de urgencias 092, y a otros números de telefonía; y se gestionan las mallas de comunicaciones PMR y TETRA a través de un Pc con grabador de llamadas y software que permite la grabación, búsqueda y extracción, tanto de las llamadas telefónicas, como de comunicaciones por radio, compatible con la matriz de comunicaciones.

De forma paralela, en el nuevo Centro de Comunicaciones se tiene una visualización continua de las cámaras de control de tráfico (12 en la actualidad, más 6 del nuevo proyecto en concurso), para la detección de necesidades de actuación, incidencias y seguimiento de eventos especiales.

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Igualmente, se graban en los correspondientes módulos del programa de gestión policial todos los avisos e incidencias operativas del servicio, constituyendo la primera fuente de información para el conocimiento, estadística, análisis y decisión por los mandos y gestores municipales.

Además, coincidiendo con la ejecución del CINCO se ha efectuado la migración a la última versión del programa de Gestión Policial, GESPOL VI, y se podrá gestionar en control remoto la red de semáforos, monitorizando desde el CINCO las instalaciones semafóricas de la avenida de Portugal.

Dotaciones de emergencia

El CINCO es el centro desde donde se ejerce la dirección operativa inmediata de la Policía Local de Móstoles, tanto en lo cotidiano como en lo extraordinario, incluyendo emergencias de cualquier nivel en el municipio.

Se ha previsto para ello una Sala de Crisis con los elementos necesarios para albergar el equipo que haya de asumir la dirección operativa en situaciones especiales. Se ha instalado un duplicado de la Sala de Crisis, en el despacho del Jefe de la Policía Local. También se ha extendido el servicio de KVM al despacho de Planificación y Desarrollo, para poder acceder al sistema desde esta ubicación como apoyo técnico.

En ese sentido, se han dotado de 5 puestos de operadores para atender la demanda presente y de próximo futuro, siendo una dimensión que se calcula adecuada a medio plazo. También se ha previsto un puesto de Administrador que dirija habitualmente el operativo y se responsabilice de todos los sistemas.

Las líneas 092 tienen una entrada directa a teléfonos del CINCO, además de por la matriz de comunicaciones, asegurando la atención al ciudadano en caso de fallo de dicha matriz.

En el anterior Centro de Comunicaciones se mantienen operativos los sistemas básicos y protocolizado el desvío del 092, para utilizarse inmediatamente como DUPLICADO en caso de situación crítica en el CINCO.

La inversión de esta iniciativa ha sido de algo más de 297.000 euros.

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BUENAS PRÁCTICAS EN POLICIA LOCAL PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

Unidad contra la violencia de género (Grupo LUNA) CL, LIBERTAD 8 , 28100 ALCOBENDASDistrito: CentroTeléfono: 092Email: [email protected]

Accesos: • Autobús: L 2 / L 5 / L 6 / L 10 / 151 152A / 152B / 152C / 153 / 153B / 154A / 154C / 156 / 161 / 166 / 827 / 828 / N15

Puede consultar recorrido y horarios en la página web del Consorcio de Transportes o en la empresa de autobuses Interbús.

• Coche.• Metro.

Esta unidad está compuesta por 14 hombres y mujeres formados especialmente en Violencia de Género, que prestan su servicio 24 horas y tiene como misión atender y proteger a la mujer víctima de violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones.

Nuestras Tareas son:

• Recoger denuncias, Instruir Atestados e investigar los hechos.• Adoptar las primeras medidas de protección para la mujer.• Velar por el cumplimiento de medidas Judiciales, especialmente de las Ordenes de• Protección, diseñando planes específicos de acompañamiento y seguridad para las

victimas, en función del Riesgo apreciado.• Garantizar un medio de contacto directo entre la Víctima y la Policía Local para

responder de inmediato en caso de peligro para la mujer.

Para contactar con la Unidad Contra La Violencia de Género (Grupo Luna) se puede realizar de manera presencial en la C/ Libertad Nº 8 de Alcobendas (Distrito Centro), por Teléfono en el 092(Urgencias) / 916597661, o vía correo electrónico en la dirección [email protected]

Horario: 24 horas Naturaleza: Pública

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Área de Policía Judicia

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BUENAS PRÁCTICAS EN POLICÍA LOCAL

Unidad Contra La Violencia de Género. “Grupo Luna”

1 DENOMINACIÓN DE LA PRÁCTICA.

Atención integral a las mujeres víctimas de violencia de Género, por medio de la Unidad Contra la Violencia de Género de la Policía Local de Alcobendas. “Grupo Luna”.

2 ENFOQUE.

La violencia de género, basada en una relación desigual de poder entre hombres y mujeres, se debe combatir desde todos los ámbitos posibles, dando prioridad siempre a la atención integral a la víctima y buscando la normalización vital de las mujeres que han sufrido este daño. Concienciar a la sociedad sobre la necesidad de que se implique en esta cuestión, resultará un elemento clave a la hora de elaborar políticas públicas que se encaminen a la búsqueda de resultados positivos que erradiquen esta violencia.

El Ayuntamiento de Alcobendas entiende este problema como prioritario en su atención, y con el necesario impulso político, ha fijado una estrategia de protección basada en la Transversalidad y en tratar de manera Interdisciplinar los casos de estas mujeres, buscando del mismo modo optimizar los recursos dedicados a combatir esta lacra social.

La participación de todos los Servicios de la Institución que intervienen, se ha ordenado por medio del Plan integral de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género, elaborado en una mesa de trabajo conjunta y que ofrece una respuesta a todos los posibles casos de violencia, sea cual sea su casuística, que se produzcan en el municipio de Alcobendas.

La Policía Local, desempeña desde el año 2006, un papel muy relevante en la lucha contra la violencia de género. El Plan de Acción Municipal 2004-2007 contenía la previsión de crear una Unidad en la Policía Local que en la actualidad trabaja en:

1. Intervención en crisis. Instrucción completa del Atestado, cuya competencia se ha asumido mediante la firma de Acuerdos de Colaboración con el Ministerio del Interior.

2. Control de las órdenes de protección y otras medidas cautelares de seguridad para la víctima dictadas por los órganos jurisdiccionales competentes.

3. Sensibilización y prevención por medio de campañas o acciones formativas concretas (por ejemplo convocando cursos de Defensa Personal Femenina), trabajando tanto en prevención primaria y secundaria, como en la dirigida a mujeres que ya han sufrido algún episodio de violencia (prevención terciaria).

La Unidad Contra La Violencia de Género, cuenta con un protocolo de intervención específico, elaborado por sus componentes y revisado en tres ocasiones

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Área de Policía Judicia

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BUENAS PRÁCTICAS EN POLICÍA LOCAL

Unidad Contra La Violencia de Género. “Grupo Luna”

desde 2006, que cumple con dos grandes objetivos: 1) Garantizar un trato igualitario a todas aquellas mujeres que han recurrido a este servicio y 2) Dotar a los Agentes de un instrumento contrastado jurídico-penalmente que avale la intervención policial y genere seguridad jurídica tanto para las víctimas como para los presuntos agresores.

3 DESPLIEGUE.

La Policía Local, como organización, ha realizado un esfuerzo sin igual en el ámbito de la Comunidad de Madrid, para dotar de medios humanos y materiales a la lucha contra la violencia machista cuyo despliegue, operatividad y formación ha seguido pautas previamente planificadas y temporalizadas.

En lo que se refiere a la sensibilización de la Policía Local, hay que decir que desde 1992 se imparten todos los años, distintos cursos de sensibilización dirigidos a toda la plantilla. Esta formación, promovida por la Organización, ha contribuido a que el fenómeno de la violencia de género se observe desde un prisma no solo policial, sino con la sensibilidad que el problema merece y ha dado excelentes resultados.

La Unidad Contra la violencia de Género, adscrita al Área de Policía Judicial, cuenta con oficinas propias, en las que se cuida de manera especial el espacio de atención a la mujer, y están ubicadas en el Distrito Centro de la Ciudad, donde además de ser el distrito con mayor número de habitantes, estadísticamente se producen un mayor número de casos de violencia sobre la mujer, por lo que se pretende acercar el recurso a las potenciales usuarias.

Está formada por 12 hombres y mujeres, con dedicación exclusiva, que prestan su servicio en los distintos turnos y que cubren 24 horas 365 días al año, por lo que se garantiza una atención especializada a la víctima de violencia siempre que se demande y desde el lugar en el que los hechos se han producido, evitando la victimización secundaria de la mujer. Estos Agentes son especialistas en la atención a mujeres víctimas de violencia de género y han recibido formación especializada en la materia. Además, como estrategia de atención, visten de paisano, con el objetivo de generar un espacio de confianza entre Agente-Víctima de violencia.

Otros medios materiales con los que cuenta son:

Vehículo sin distintivos policiales, con lunas tintadas para preservar la intimidad de la mujer en los traslados y que cuenta con sillas especiales para los menores que, en su caso, acompañen a la mujer.

Teléfonos móviles de asignación directa para las víctimas. Medios tecnológicos propios (informática, transmisiones, etc.). Equipo para inspecciones oculares (cámara de video/foto, maletín para la

recogida de evidencias, etc.).

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BUENAS PRÁCTICAS EN POLICÍA LOCAL

Unidad Contra La Violencia de Género. “Grupo Luna”

4 EVALUACIÓN.

La Unidad Contra la Violencia de Género, cuenta con un sistema de calidad (certificado por CECAPOL) que se sustenta en los siguientes elementos:

1. Organización y estructura del Servicio. 2. Coordinación y cooperación intra/extra (ver diagrama). 3. Revisión y mejora continua de los procesos con perspectiva de género. 4. Importancia de las personas generando canales de participación así como

atendiendo a las necesidades de formación y al autocuidado de los Agentes. 5. Mejora continua en la calidad de atención a la víctima. 6. Evaluación, supervisión y sugerencias de cambio.

Desde el año 2007, la Unidad contra la Violencia de Género elabora una memoria anual en la que participa todo el equipo de mando del área. Esta memoria se realiza utilizando por una parte los datos objetivos captados durante el año, y por otra con datos de carácter subjetivo extraídos por medio de encuestas realizadas a los agentes o bien, por sugerencias realizadas por las usuarias (calidad percibida). Estas sugerencias de cambio se estudian y se comprueba su viabilidad y la mejora prevista para el servicio. Si la valoración es positiva, se incluyen en el Sistema de Planificación Anual de la unidad (G.P.O.) y se temporaliza por medio de un cronograma.

Con respecto a la obtención de los datos de carácter objetivo, se lleva a cabo mediante distintos elementos de control como pueden ser la ficha de actividad diaria (en la que se marcan y temporalizan los objetivos del día), la ficha de control de medidas de protección, etc. que rellenan los Agentes. Por su parte, se han seleccionado cuidadosamente los indicadores de gestión que se han creído más convenientes para medir el trabajo que se está realizando (ver tabla commparativa de resultados).

Del mismo modo, se elaboran perfiles de la víctima y del agresor con el objeto de realizar campañas preventivas dirigidas a estratos poblacionales de riesgo; estos datos estadísticos son cumplimentados por los Agentes utilizando una ficha de perfiles.

Por último, conviene reseñar que en el ámbito de la supervisión, se han establecido mecanismos participados de control, sobre todo en lo que se refiere a la

GRUPO LUNA DE POLICIA LOCAL

SERVICIOS SOCIALES

CASA DE LA MUJER

FISCALÍA(ESPECIAL DE

VIOLENCIA SOBRE LA MUJER)

CNP(UPAP-SAV- Y

UNIDAD DE COORDINACIÓN)

JUZGADO(COMPATIBLE DE

VIOLENCIA SOBR LA MUJER)

HOSPITAL

(INFANTA SOFIA)

CENTRO EMERGENCIA

Coordinación Intra/extra de la Unidad Contra la Violencia de Género.

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BUENAS PRÁCTICAS EN POLICÍA LOCAL

Unidad Contra La Violencia de Género. “Grupo Luna”

adecuación de la Instrucción del Atestado con el Protocolo de la Unidad, que permite corregir cualquier error que detecte el mando directo; en ese caso, se rellena una ficha de control del Atestado y se comenta con el Agente cualquier incidencia puntual detectada, realizando al Agente la Sugerencia de mejora pertinente y la motivación de la propia sugerencia.

5 RESULTADOS.

La creación de la Unidad Contra la Violencia de Género, en 2006, buscaba la configuración de un recurso específico que, por una parte diese una atención integral a las víctimas de violencia de género, evitando la denominada victimización institucional o secundaria, al iniciar y finalizar la intervención en policía local, y por otra la de articular los recursos necesarios para establecer planes de protección personalizados, en función del riesgo evaluado, para cada mujer víctima de violencia cuya protección ha sido asignada a la Policía Local de Alcobendas.

El resultado ha sido que desde el año 2006, la Unidad ha intervenido con cerca de 4000 mujeres. Además se han establecido mecanismos de coordinación específicos con el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Alcobendas, con la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y con el hospital Infanta Sofía para priorizar la atención de estas mujeres y aplicar los protocolos diseñados al efecto; por tanto, el espacio ocupado por el Recurso de Policía Local y el protagonismo alcanzado por la Unidad en la lucha contra la violencia de género ha sido muy relevante durante el tiempo que lleva funcionando el recurso.

INDICADORES DE GESTIÓN TOTALES

AÑO 2008 AÑO 2009 1 Atestados. 95 129

2 Detenidos. 25 28

3 Entrevistas personales con víctimas. 502 602

4 Entrevistas telefónicas con víctimas. 1475 1264

5 Solicitud de información. 102 155

6 Acompañamientos y Protección. 187 248

7 Control de Medidas. 168 360

8 Contactos con Juzgados. 489 548

9 Contactos con S.A.F. y U.P.A.P. 226 376

10 Contactos Servicios Sociales. 69 70

11 Contactos con Casa de la Mujer. 64 65

12 Contactos con Centro de Emergencias. 297 399

13 Informes Sintrapol. 193 223

14 Notificaciones. 8 28

15 Contactos con Otros Organismos. 208 245

16 Entrevistas con Agresor. 13 45

17 Diligencias. 40 33

18 Comparecencias. 0 8

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Documentoscopia . Método para el peritaje científico de documentos

Rafael Martín Ramos 2010 - La Ley -

La Documentoscopia es una rama de la Criminalística aplicada a la investigación de documentos, no sólo de los manuscritos sino también de los papeles, impresiones mecánicas, sellos, etc.

Esta obra trata sobre los medios materiales esenciales con que hoy día se confecciona un documento moderno, tales como la impresión láser, de chorro de tinta, telefaxes, fotocopias, impresión offset, bolígrafos de tinta gel, papeles reprográficos, autocopiativos o estucados, etcétera; y en cuanto a los instrumentos de investigación, los elementos de microscopía, fotografía digital, el empleo del escáner o los programas informáticos.

También se tratan otros temas como el análisis microscópico de los trazos y las tintas de los diversos útiles de uso común; la escritura de zurdos; la recopilación de los síntomas de falsificación

en manuscritos e impresiones mecánicas resumidos en tablas esquemáticas; los peritajes a través de fotocopias y de las fotocopias mismas, y el estudio de las tipografías y de las características de los modernos procesadores de textos.

Delitos de Tráfico. Criterios y respuestas de los Tribunales Penales en Seguridad Penal

Mª Cruz Álvaro López Araceli Perdices López2010 - Lex Nova -

El tratamiento penal de los hechos que se derivan de la circulación de vehículos a motor ha sufrido una significativa evolución en las distintas etapas históricas de nuestro Derecho: desde el lejano Código Penal de 1928 (cuando la circulación de automóviles aún era incipiente) hasta la profunda reforma que ha llevado a cabo la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, y que, hasta el momento, pone fin a la evolución normativa en los delitos relacionados con la circulación viaria.

Toda esta evolución tuvo su correspondiente reflejo en las resoluciones de los tribunales y juzgados, muchas de las cuales han propiciado algunos de aquellos cambios legislativos; pero la dispersión de los criterios utilizados por los Tribunales de Justicia -incrementada por los escasos pronunciamientos de la sala segunda del Tribunal Supremo- ha dificultado sobremanera la aplicación diaria del Derecho en esta materia.

Por ese motivo, esta obra es especialmente útil y práctica y facilitará enormemente el trabajo de todos los operadores jurídicos interesados en conocer las decisiones judicales referidas a los delitos de tráfico.

LIBROS DE INTERES

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Delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o estupefacientes

Pilar Gómez Pavón 2010 - Bosch –

En la cuarta edición de esta obra se recogen las últimas reformas del Código Penal en esta materia, fundamentalmente la L.O. 15/05, de 30 de noviembre y la L.O.5/10, de 22 de junio; esta última entrara en vigor en diciembre de 2010 y, en la materia que nos ocupa, pretende dar cumplimiento al principio de proporcionalidad, ya que nos encontramos en la mayoría de los casos ante delitos de peligro, en los que la respuesta penal debe ser menos grave que en los delitos de lesión. Cabe recordar que la anterior reforma del Código Penal había introducido nuevas figuras en la regulación de los delitos contra la seguridad del tráfico, como la tipificación como delito de la conducción superando determinadas tasas de alcohol en el organismo, y la introducción de una presunción de temeridad manifiesta cuando se conduce con

dichas tasas, poniendo en concreto peligro la vida o salud de las personas. Nuevas tipificaciones que se estudian y analizan en la obra, al tiempo que la nueva relevancia que confieren a las pruebas de detección alcohólica.

El atestado. Inicio del Proceso Penal

Antonio Nicolás Marchal Escalona2010 - Aranzadi –

La investigación criminal es el conjunto de tareas dirigidas a investigar el delito, asegurar los objetos de prueba y, procurar su correcta llevanza al proceso penal con las debidas garantías. En esta tarea, la Policía Judicial, protagonista en este momento procesal, cobra singular importancia ya que, en la mayoría de los supuestos, será la única que se persone e investigue esa escena del crimen.

Esta investigación se materializa en el atestado policial y, en todas y cada una de las ocasiones, de la realización de un buen atestado, dependerá en gran medida el éxito de ese proceso penal.

Por otra parte, no hay que dejar de mirar nunca a la víctima del delito. La realización de un buen atestado, con un cúmulo de indicios suficientes, llevados al proceso con las garantías generales y específicas para cada uno de ellos, será el presupuesto primero para que esa víctima encuentre en el proceso la reparación que persigue.

LIBROS DE INTERES

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Manual de criminalística y ciencias forenses

María José Amadón Baselga María del Mar Robledo Acimas2010 - Editorial Tébar –

Este Manual de Criminalística y Ciencias Forenses es una obra de gran utilidad dirigida tanto a profesionales de esta área como a estudiantes en formación que se acercan con curiosidad a esta rama de la Medicina Legal. Su lectura les ofrecerá las claves para comprender un mundo tan interesante y diverso como es la investigación en el campo de la Criminalística.

Este volumen es el trabajo más completo y exhaustivo sobre esta área

que se ha escrito en español, siendo el resultado de la nutrida experiencia investigadora y docente de un importante grupo de profesores tanto de la Universidad Complutense de Madrid como de otras instituciones. En este Manual de Criminalística y Ciencias Forenses se presentan, de forma ilustrada y a color, rutinas científicas tan diversas como el estudio forense de fibras o el estudio pericial de suelos. Toda esta serie de tareas comparten el mismo objetivo: ayudar a la resolución de casos criminales y, a tal fin, en este manual se muestran desde las técnicas clásicas aún vigentes hasta las más modernas, donde se incorporan las últimas tecnologías

La prueba ilícita penal

Eduardo de Urbano Castrillo Miguel Ángel Torres Morato 2010 - Editorial Aranzadi

Los juicios se ganan o se pierden por las pruebas. Y en efecto, alegación y prueba, son los dos elementos clave con los que las partes procesales ejercen su derecho de defensa en relación a las pretensiones que se dilucidan en toda contienda judicial.

Y entre las cuestiones más importantes en materia de prueba, ha alcanzado un papel central, la determinación de la validez de la prueba, en cuanto su licitud supone el requisito previo para poder presentar pruebas de cargo lícitas. De ahí, que desde 1997, y a través ya de 5 Ediciones, los autores de esta obra, Magistrado y Fiscal que desempeñan sus funciones profesionales en el Tribunal Supremo, vengan aportando la jurisprudencia referida a tan esencial cuestión.

“La Prueba Ilícita Penal”, constituye un catálogo actualizado de las soluciones jurisprudenciales a supuestos en que se han planteado posibles casos de ilicitud probatoria en el proceso, que cuando son admitidos,

implican la nulidad de la prueba declarada ilícita y de las pruebas derivadas de la misma.

En esta obra se incluye la doctrina de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, sobre más de 5.000 sentencias que tratan aspectos concretos sobre prueba ilícita, se han introducido diversas novedades que la actualizan.

LIBROS DE INTERES

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Tendencias en prevención del delito y sus límites

José Ramón Agustina 2010 - Edisofer –

En esta obra se tratan aspectos como: La privacidad, un concepto confuso. Cuestiones éticas en torno a la vigilancia en espacios públicos mediante sistemas de video vigilancia. Intereses de privacidad en espacios públicos. Tendencias en prevención del delito. La vigilancia mediante CCTV en espacios privados de gran concurrencia. Estrategias para detectar y prevenir conductas ilícitas en el lugar de trabajo, etc.

Tratamiento policial de los delitos contra la seguridad vial

Miguel Ángel Paredes Porro 2010 - Tecnos

Los delitos contra la seguridad vial expresan un riesgo intolerable que el legislador no ha tipificado al albur sino que lo ha considerado contra natura a las reglas del juego de la convivencia ciudadana.

Más allá de ese riesgo tolerable no cabe caución alguna y desde ópticas policiales la pericia tanto formal como de contenido material en la confección de atestados por delitos contra la seguridad vial será poca si tenemos en cuenta el bien jurídico tutelado para la obtención de una sentencia condenatoria.

Información obtenida de la página http://www.tirant.com/

Protección personal y ejecutiva , riesgos y emergencia

Carlos Alberto Guzmán 2010 - B de F –

Clientes, agentes e intrusos. Evaluación de la amenaza. Inspección de la oficina y el hogar. Filosofía de la protección. Administración del riesgo. Proceso de evaluación cualitativa del riesgo. Planes de contingencia para enfrentar desastres. Planes de emergencia.

LIBROS DE INTERES

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Tomares es una localidad de la provincia de Sevilla. Su extensión superficial es de 5 km² y tiene una densidad de 4.141 hab/km². Se encuentra situada a una altitud de 78 metros y a 3 kilómetros del centro de la capital de la provincia, Sevilla. Cuenta con una población superior a los 25.000 habitantes.

Tomares, por su situación geográfica privilegiada, a tan sólo un paso de Sevilla capital y puerta de salida hacia las playas de Huelva, es centro geográfico y neurálgico de la comarca del Aljarafe, una ciudad residencial dotada de todas las infraestructuras y servicios necesarios para que sus vecinos disfruten de una excelente calidad de vida, cuyo crecimiento económico la ha llevado a ser el municipio con más renta per cápita de Andalucía.

Una ciudad que, por sus servicios de primera, su próspero desarrollo comercial, con dos parques empresariales y comercio tradicional especializado, y su abundante oferta cultural y de ocio, es sede del único Casino de la provincia, se ha convertido en los últimos años en referente del Aljarafe y de la provincia de Sevilla.

LA POLICIA LOCAL DE TOMARES (SEVILLA)

LOGRA EL SELLO DE CALIDAD EUROPEO

Pero sobre todo, Tomares es un municipio residencial, verde y sostenible, conocido por sus 25 parques que lo convierten en el municipio con más zonas verdes por habitante de toda Andalucía.

El Cuerpo de la Policía Local cuenta con un total de 31 efectivos (1 Inspector Jefe, 1 Subinspector –actualmente en excedencias voluntaria- 6 Oficiales y 24 Agentes), apoyados por un efectivo del personal civil en labores de administración. Cuenta con un parque automovilístico formado por 10 vehículos, entre los que destacan 6 patrulleros (uno camuflado) y 4 motocicletas, así como con el apoyo de un todo terreno asignado al Servicio de Protección Civil de la localidad.

Toma de posesión de las dos primeras mujeres de la plantilla de Tomares.

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Hace unos meses, en la toma de posesión del nuevo Jefe, el Sr. Alcalde me pidió que “hiciera de la Policía Local de Tomares un modelo para toda la provincia”, y en su compromiso por mejorar la prestación de servicio al ciudadano, decidió implantar el sistema de gestión de calidad al Cuerpo de la Policía Local, definido como UNE-EN ISO 9001:2008.

Al principio, eso de “Calidad”, “Norma Europa”, “NO conformidades”…, nos sonaba muy fantástico y novedoso para un Cuerpo policial, acostumbrado a nuestros atestados, denuncias diversas y actuaciones de todo tipo, pero toda la plantilla nos involucramos en éste proyecto

-Esta norma europea aprobada por el Comité Europeo de Normalización (CEN), deriva de la norma internacional de la Organización Internacional de Normalización (ISO), y promueve establecer, documentar, implementar y mantener un sistema de gestión de la calidad mejorando continuamente su eficacia según un enfoque basado en procesos, que se han de transformar en resultados.

Alcaldía

Jefatura Policía Local

Área Atención Ciudadana y Administración

Área de Atención Inmediata y Prevención

Área de Calidad, RRHH y

materiales

Servicios Policiales

Intervención Proximidad Tráfico

Al ser una plantilla joven, no cuenta con personal en segunda actividad, el número de bajas es casi nulo, por lo que durante los turnos de mañana y tarde suele haber cuatro-cinco patrulleros atendiendo las incidencias, si bien existe un mínimo de dos patrullas de lunes a viernes y de dos en los turnos de noche de viernes y sábado.

El cuadrante de servicios, propuesto por la Jefatura, fue aceptado por todos sin condiciones, contando con una serie de compensaciones consensuadas junto a la Corporación Municipal. En éste sentido, la Jefatura Superior Política del Cuerpo la ostenta directamente el Alcalde, no contando con Concejal-Delegado de Seguridad Ciudadana.

Contamos con los instrumentos específicos de seguridad, incluyendo sonómetro y equipos de desfibrilación semiautomático externo (realizamos anualmente un reciclaje), muy útil mientras se espera la llegada de los Servicios Médicos.

Aunque es una plantilla relativamente pequeña, se estructura de la siguiente forma:

Visitas a personas mayores que viven solas, al objeto de paliar en lo posible los efectos

de la ola de calor.

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Prácticas de intervención y entrada en inmuebles, dentro de la formación para mejorar la atención a las víctimas de violencia de género.

Viaje de ida para participar en EUROPOLYB-2008

Acto inaugural EUROPOLYB-2010, con el Alcalde y el nadador David Meca.

Conseguidas 16 medallas

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Esto supone como ventaja un control continuo y se enfatiza su importancia en la comprensión y el cumplimiento de los requisitos, la necesidad de considerar los procesos en términos que aporten valor, la obtención de resultados del desempeño y eficacia del proceso, y la mejora continua de los procesos con base en mediciones objetivas.

--El ejercicio de la seguridad y los servicios es una actividad cambiante, que busca integrar los procesos en una organización para luego consolidarse en el ámbito universal y por ello siempre será necesario buscar el apoyo de otras disciplinas, para lograr alimentarse de perspectivas y experiencias que resulten útiles para formular estrategias, desarrollarlas a través de la táctica y mejorar el proceso de toma de decisiones con acciones prácticas.

La Norma UNE-EN ISO 9001:2008 trata sobre gestión de la calidad, marcando unos procedimientos y actuaciones encaminados a detectar los fallos en el funcionamiento, fijando como objetivo último la satisfacción de los clientes, (en el caso de la seguridad pública, la de los ciudadanos).

-La satisfacción ciudadana, concebida por todos los miembros que componen el Cuerpo de la Policía Local, sólo se consigue atendiendo las demandas de seguridad y servicios.

-De este modo, la Policía Local de Tomares entra en la órbita de las instituciones policiales que cumplen con la normativa europea e internacional de calidad aplicada, según se recoge en nuestra Política de Calidad, a “todas las actividades relacionadas con la prestación del Servicio de la Policía Local de Tomares (Sevilla)”, pues tan solo existen nueve o diez en toda España, siendo el primer municipio de la provincia de Sevilla en conseguirlo.

-La Auditoria se desarrolló los día 2 y 18 de junio, concluyendo con un resultado muy satisfactorio y positivo, acordando los auditores tras inspeccionar todos los departamentos policiales, que el Cuerpo de la Policía Local de Tomares presentaba un grado de madurez del sistema y eficacia alto, a pesar de tratarse de un sistema joven de menos de un año de implantación, destacando el control sobre la prestación del servicio, la implicación de todo el personal entrevistado y de los responsables del Sistema.

-El desarrollo e implantación del Sistema de Calidad, ha sido llevada a cabo por el Representante de la Dirección (Inspector Jefe) y como Colaboradores de Calidad el Oficial D. José Francisco Moreno y Policías Locales D. Ignacio Sánchez, D. Fernando Ortiz y Dña. Laura Fernández, con la participación de la empresa experta en la materia “Gabinete Técnico Ambiental”, que eficientemente ha guiado el proceso.

-La implantación de este sistema supone una evaluación continua, fijando unos objetivos a cumplir concretos y realistas para todas las funciones y niveles relevantes de la organización, estableciendo procedimientos de “No conformidades, Acciones Correctoras y Acciones Preventivas” para los fallos detectados por el sistema. Cuenta con una Política de Calidad, un Manual de Calidad, 12 Procedimientos Generales y 14 Procedimientos Específicos (números muy superiores a lo que la Norma dicta). Anualmente son evaluados mediante auditoria de expertos en la materia.

-La empresa certificadora BUREAU VERITAS CERTIFICATION es una entidad privada e independiente con vocación internacional, que ofrece un nuevo concepto de servicios de certificación, con calidad, profesionalidad y alto grado de servicio al cliente. Estamos a la espera de la entrega de la certificación que avala y certifica que los procesos cumplen con la normativa.

Actualmente no se cuenta con una Carta de Servicio, si bien y aprovechando la Certificación obtenida, entre los próximos objetivos se incluirá éste medio de comunicación entre los ciudadanos y la Policía Local.

Espero que el artículo no se haya convertido en un aburrimiento y aprovecho para que otras Jefaturas Policiales se unan a este “selecto club” que nos ha llenado de orgullo a todos los componentes de esta humilde plantilla policial.

Fernando Casas Serrano.

Inspector Jefe de la Policía Local.