resumen de la convención internacional por los derechos del niño
DESCRIPTION
Ensayo sobre la Convención sobre los Derechos del NiñoTRANSCRIPT
TRABAJO INFANTIL:
http://laveraddominicana.wordpress.com/2008/10/17/noventa-de-cada-cien-ninos-dominicanos-sufre-algun-tipo-de-violencia-y-el-97-de-los-menores-en-edades-de-10-a-17-anos-trabaja/
http://amnesty.org/sites/impact.amnesty.org/files/a3400112%20(Una%20vida%20en%20suspenso)%20Poster%20web.pdf
Convención de los
Derechos del Niño
Introducción
La situación mundial de la niñez en nuestros días es conmovedora, mucho
más debía serlo en 1948 cuando la Organización de las Naciones Unidas aprobó
en Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía
los derechos del niño. Sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento de
que las particulares necesidades de los niños debían estar especialmente
enunciadas y protegidas.
Por lo anteriormente expresado, es que en 1959, las Naciones Unidas
aprueba una “Declaración de los Derechos del Niño” que incluía 10 países. Pero
no era suficiente para proteger sus derechos porque legalmente no tenían carácter
obligatorio. Por esta razón, en 1978 el gobierno de Polonia presentó a las Naciones
Unidas la versión provisional de una Convención sobre los Derechos del Niño.
Tras diez años de negociaciones con gobiernos de todo el mundo, líderes
religiosos, ONGs, y otras instituciones, se logró acordar el texto final de la
“Convención sobre los Derechos del Niño”, el 20 de noviembre de 1989. Aprobada
por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que entra en vigencia en
septiembre de 1990.
República Dominicana ratificó la Convención en el año 1991, esto significó
un paso inicial muy importante que marcó una ruptura con la anterior forma de ver
y actuar con respecto a la niñez. Se pasó de focalizar las necesidades a focalizar
los derechos humanos de los niños, por lo que los niños, niñas y adolescentes
dejaban de ser objetos de necesidades, para convertirse en sujetos de derechos.
Se ha pasado a la Doctrina de Protección Integral.
En el trabajo que presentamos a continuación presentamos informaciones
básicas sobre la referida convención así como del estado de estos en República
Dominicana de muchos de los derechos de los niños que ésta en su contenido
estipula.
Convención sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de
las Naciones Unidas por el que los estados firmantes reconocen los derechos del
niño. Está compuesta por 54 artículos que consagran el derecho a la protección de
la sociedad y el gobierno, el derecho de los menores de 18 años a desarrollarse
en medios seguros y a participar activamente en la sociedad. La Convención
reconoce a los niños como sujetos de derecho, pero convierte a los adultos en
sujetos de responsabilidades. Fue adoptada por la Asamblea General de las
Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
Es el tratado internacional que reúne al mayor número de estados
participantes. Ha sido ratificada por todos los estados del mundo, con la excepción
de Somalía y Estados Unidos.
República Dominicana y la Convención
Más de la mitad de la población de República
Dominicana —de unos 9 millones— vive en
ciudades de más de 10,000 habitantes. El 40% de la
población está constituida por personas menores de 15
años.
Más del 30% de los dominicanos viven en condiciones de pobreza. A
pesar de muchos años de crecimiento económico alto, el país tiene un déficit
social acumulado muy marcado. Muchos de sus indicadores sociales están muy
por debajo de los de países con niveles económicos parecidos, sobre todo en el
área de salud.
El Estado Dominicano ratificó la Convención sobre los Derechos de la Niñez
en 1992 y ha hecho grandes esfuerzos para adecuar sus leyes y legislación a esta
convención y desarrollar e implementar políticas públicas a favor de la infancia y la
juventud.
La Ley 136-03 o Código para el Sistema de Protección y los Derechos
Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes fue promulgado en 2003 y
entró en vigor en Octubre 2004. Constituye un marco nacional para la
implementación de una política de protección integral de la infancia.
La Primera Infancia en República Dominicana
Los primeros años de vida son decisivos para el desarrollo
de los niños y niñas. En esta etapa se adquieren las
capacidades de pensar, hablar, aprender y razonar y se
forman los fundamentos de los valores y comportamientos
sociales que les acompañarán durante la vida adulta.
Uno de los problemas más graves que afectan a la población de niños,
niñas y adolescentes dominicanos es el nivel de pobreza. Más del 55% de la
población entre 0 a 12 años y el 49% en edades comprendidas entre 13 y 18
años es pobre.
Desde la perspectiva de los principales derechos que le otorga la
Convención de los Derechos del Niño, la niñez dominicana, si bien tiene acceso a
los servicios de educación, estos están dirigidos principalmente a la población de 6
a 18 años, existiendo un déficit para los importantes primeros años de vida, que en
la que se colocan los primeros cimientos de una buena educación y se previenen
deficiencias y anomalías.
En lo relativo a salud la situación es inversa, pues la cobertura para la
población de menores de 12 años es mayor y mejor registrada que para los años
de la adolescencia, donde los servicios son escasos y a veces carecen de la
perspectiva de prevención y educación.
La carencia de registro de nacimiento, el derecho que tiene toda persona a
tener un nombre y nacionalidad, a tener una identidad, afecta a toda la población
dominicana, siendo mayor en la población de menores de cinco años (22%) que
en la población de 10-14 años (6.1%).
La población de hasta 18 años no vive ajena a la situación general de
pobreza, inequidad, violencia e inseguridad, tal como lo expresaron en la
Consulta Nacional sobre los Derechos de la Niñez (2002).
ESTADO DE ALGUNOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS EN REPUBLICA DOMINICANA.
Primera Infancia
Nombre y Nacionalidad
Considerado como el derecho fundamental, nombre y nacionalidad es la
puerta hacia otros derechos. No disponer de un registro de nacimiento limita el
acceso a educación de miles de niños y niñas. A pesar de la existencia de una ley
que prevé que el Estado, los padres, madres y los centros de salud deben cumplir
con los procedimientos correspondientes que permitan la inscripción fácil y de
forma gratuita de los menores de edad, más del 22% de los niños y niñas entre 0 y
4 años de edad no tiene registro de nacimiento.
Pobreza
Un millón 164 mil niños y niñas de 0 a 5
años de edad en República Dominicana,
viven en situación de pobreza. Esta
situación, impide el acceso a servicios de salud,
educación y registro de nacimiento, ya sea
debido a la inexistencia, limitado acceso o mala calidad de los servicios y/o porque
los padres no están conscientes de la importancia de los mismos.
Salud y Nutrición
La supervivencia infantil comienza antes del primer día de vida. La correcta
nutrición de la madre, su inmunización para evitar el tétanos neonatal, toma de
acciones para evitar la transmisión vertical del VIH/SIDA así como una atención de
calidad en el parto, entre otros, son elementos esenciales para asegurar una
maternidad segura y un buen comienzo de la vida.
Es preocupante la alta tasa de mortalidad materna, (178 por cada 100,000
nacidos vivos). También es muy preocupante la tasa de mortalidad neonatal (22
por cada 1,000 nacidos vivos) que se ha mantenido invariable en los últimos 10
años. Las tasas de mortalidad infantil (menores de 1 año) y la mortalidad en la
niñez (menores de 5 años) han descendido a 29 y 35 por cada 1,000 nacidos
vivos, respectivamente.
Las enfermedades respiratorias y diarreicas agudas constituyen uno de los
problemas de salud más importante en el grupo de menores de cinco años. A
pesar de que 92.7% de las madres conoce de la existencia de las sales de
rehidratación oral (SRO), sólo un 28% las utiliza para el tratamiento de la diarrea.
Los casos de infecciones respiratorias agudas (IRAs), tales como tosferina,
sarampión, difteria, que buscaron tratamiento de un proveedor de salud, aumentó
de 47.8 a 60.8% para el periodo 1996 -2002. Es importante destacar que aunque
se ha registrado un aumento en el tratamiento de las IRAs, todavía un 40% de
casos no buscan tratamiento oportuno.
Todo niño o niña necesita haber recibido una serie de vacunas antes de
cumplir el primer año de vida. Según datos del Programa Ampliado de
Inmunizaciones (PAI), se han evidenciado incrementos significativos en
las coberturas de inmunización entre los menores de un año contra las principales
enfermedades prevenibles por vacunas, tales como sarampión, polio, difteria, tos
ferina, tuberculosis y tétanos. No obstante, el país tiene todavía grandes desafíos
para cumplir con la meta de cobertura universal de un 95% de la población de
esta edad, para todas las vacunas.
La situación del bajo peso al nacer es un problema de salud importante,
afectando a un 11% de los recién nacidos al 2003.
Aunque se considera que la alimentación exclusiva con leche materna de
los recién nacidos durante sus primeros seis meses de vida permitiría evitar miles
de muertes infantiles, pues los lactantes alimentados con leche materna contraer
menos enfermedades y están mejor, la lactancia materna exclusiva en los cuatro
primeros meses de vida es practicada solamente por un 13% de las madres lo que
supone un descenso en relación a la situación de 1996 (25%).
Desarrollo Inicial y Educación
En el sistema educativo de República Dominicana el nivel de Educación
Inicial se refiere a la atención escolar que deben recibir los niños y niñas menores
de 6 años. Para el Ministerio de Educación (MINERD), sólo es obligatorio el último
año de educación inicial, es decir el que se inicia a los cinco años de edad, justo
antes del ingreso del estudiante al nivel de Educación Básica. En el año escolar
2004-2005 las instituciones públicas captaron el 56.9% del total de estudiantes
matriculados a nivel inicial en el país.
Sin embargo, según estadísticas del MINERD, los registros de estudiantes
matriculados a nivel inicial han mostrado una tendencia irregular. Cuando se
considera a la población de tres a cinco años se observa que la tasa bruta de
escolarización se redujo de 39.5% en el año escolar 2000-2001 a 33.4% para el
año escolar 2002-2003.
En adición, se estima que para esta población, el porcentaje de menores
que recibe educación preescolar es sólo de 16% para los menores pertenecientes
a los sectores más pobres y 75% para los menores de los sectores de más altos
ingresos, los cuales en la generalidad de los casos están inscritos en centros
educativos privados.
En la República Dominicana existen varias
instituciones gubernamentales responsables del
desarrollo integral infantil de niños menores de 5 años,
entre las que se encuentran la Dirección de Atención a la
Primera Infancia (DAPI), Consejo Nacional de la Niñez (CONANI), Consejo
Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI), los Ministerios de Salud y de
Educación. Sin embargo, y a pesar de la existencia de normativas jurídicas, sus
roles y responsabilidades no están claramente delimitados en sus mandatos y
normas institucionales.
Asimismo, no existen políticas definidas respecto del desarrollo integral de
los menores de 5 años. Los programas y servicios para esta población están
enfocados en la atención institucionalizada, sin considerar la participación
comunitaria. Además se caracterizan por su desarticulación y carencia de
perspectiva integral.
Niños y Niñas en Edad Escolar (6-14 años)
Entre los problemas prioritarios que
afectan a niños, niñas y adolescentes entre 6 y 14
años de edad, se encuentran los relacionados con los
derechos a la educación de calidad, y la protección
contra la violencia, el trabajo infantil, el abuso y la
explotación sexual comercial.
A través de una Consulta Nacional sobre los Derechos de la Niñez,
realizada en el año 2002, se escuchó hablar a 227 niños y niñas entre 6 y 12 años
de edad sobre los temas que más les preocupaban. Entre éstos los
más señalados fueron: la violencia en las familias, la incomunicación, la carga de
trabajo doméstico, la violencia e inseguridad en los barrios donde viven, la
pobreza en sus hogares (que según estimaciones de la CEPAL, alcanza a un
55.8% de esta población) y la irresponsabilidad de los profesores y profesoras que
no cumplen con sus horarios de trabajo.
Educación
De acuerdo a la Ley 136-03 los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho
a una educación integral de calidad, que les permita desarrollar sus
potencialidades y capacidades. El Ministerio de Educación es la institución que
debe garantizar el acceso a la educación inicial a partir de los cinco años; la
obligatoriedad y el acceso gratuito a la educación básica; y el acceso a la
enseñanza secundaria, incluida la profesional, para todos los y las adolescentes.
Acorde a las informaciones del MINERD, el acceso a los servicios de
educación se ha incrementado en los últimos cinco años, particularmente en los
niveles de educación básica y superior. El aumento en los niveles de cobertura
está relacionado tanto con el incremento en los recursos públicos orientado al
sector, como con la ejecución de programas orientados a fortalecer el sistema de
educación inicial, la cobertura y la calidad de la educación básica, y el desayuno
escolar.
Existe inequidad en el acceso a la educación entre áreas urbanas y rurales,
con desventajas para los estudiantes de las zonas rurales, debido a la distancia de
la localización de las escuelas.
En adición, la eficiencia interna del sistema, medida por la tasa de
repitencia, deserción y sobreedad sigue siendo baja. De aquí que, todavía
persisten obstáculos que limitan la oferta de servicios públicos de educación de
calidad para la población infantil y adolescente del país.
Según datos del MINERD para el periodo
2004-2005, a pesar de que el 92.7% de los
niños, niñas y adolescentes están
matriculados en Educación Básica (primero
a octavo curso) hay un problema de
repitencia sobre todo del tercer curso (14.6%) al existir promoción automática de
primero y segundo curso y de deserción; (6.4%) en muchas ocasiones para
dedicarse a realizar trabajos que sean remunerados.
La repitencia y la deserción afectan más a los menores de edad en las
zonas rurales y urbano marginales; la elevada tasa de repitencia genera un
problema de sobreedad en el sistema educativo, particularmente en el sector rural,
donde un 44% de los niños de primer ciclo de básica tienen tres o más años que la
edad apropiada, en tanto que para el segundo ciclo de básica el 60% de los
estudiantes no tiene la edad apropiada. .
Salud y Nutrición
El Ministerio de Educación implementa desde hace años un programa de
salud escolar con el objetivo de ofrecer servicios de salud a los niños y niñas que
asisten a la escuela. El programa dispone de alrededor de 170 médicos y
enfermeras designados en igual número de escuelas en el Distrito Nacional, San
Cristóbal, San Pedro de Macorís, La Romana y San Juan de la Maguana.
Informaciones de este programa muestran que las principales causas de
consulta son las enfermedades respiratorias, gastrointestinales (diarrea),
parasitismo y anemia. No obstante la existencia de este programa de salud
escolar, se hace necesario profundizar sobre el perfil epidemiológico de este grupo
poblacional y no sólo del que asiste a la escuela.
Situación de Riesgo
En República Dominicana, el índice de trabajo
infantil y el abuso y explotación sexual comercial
de niños entre 6 y 12 años de edad implican
situaciones de violación severa de sus
derechos. La Encuesta Nacional de Trabajo
Infantil (ENTI) realizada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el
2000, indica que cerca del 66% de los niños que trabajan (436,000) tienen entre 5
y 14 años; y que el 42% de esa población ingresó al mercado laboral antes de los
diez años. La edad temprana de inicio en el trabajo infantil que compite con la
asistencia a la escuela, y el rango de peligrosidad del mismo expone a muchos
niños y niñas a situaciones que ponen en peligro su salud, educación e integridad
personal.
Por otro lado, un estudio realizado en 2002, a partir de una muestra de 118
menores de edad explotados sexual y comercialmente en el Distrito Nacional y la
ciudad de Puerto Plata, indica que 14.4% de ellos no sabía leer ni escribir, y que
13.6% no tenía ningún año de estudio. Los resultados también indican que las
primeras relaciones sexuales fueron a edades tempranas como resultado de
abusos sexuales.
El Adolescente en República Dominicana
Ser Adolescente en República Dominicana.
La Convención considera como
adolescentes a los niños en el rango colocados
entre los 12 a 18 años, estos tienen la capacidad
de desarrollar las potencialidades individuales en
medios propicios y seguros para contribuir y
participar en la familia, la escuela, la comunidad y la sociedad. La población entre
los diez y los 18 años asciende a 1,638, 081, lo que representa el 19.1% del total
de la población. De ese total, 825,693 correspondían a hombres y 812,388 a
mujeres.
Educación
Para el año escolar 2004-2005, la cobertura bruta
de la educación media fue de 61% mientras que la
neta fue de 36%, con un problema de sobreedad
que alcanza casi el 50% de la matrícula. Para el
año escolar 2002-2003, se registró 7.0% de repitencia y un 9.4% de deserción
para esta misma población.
En adición al acceso a educación del sistema formal, la población
adolescente tiene limitado acceso a la formación técnica profesional a través de
institutos y escuelas, pues los costos de matriculación no son accesibles a muchas
familias.
Salud
Actualmente, el Ministerio de Salud Pública (MSP) dispone de unas 30
unidades de salud integral para adolescentes instaladas en los principales
hospitales públicos del país. No obstante, aún la visión de la salud adolescente no
tiene una amplia perspectiva de prevención y las estadísticas que se tienen están
relacionadas principalmente con la incidencia de embarazos en adolescentes y
los riesgos de infecciones de transmisión sexual (ITS) y el VIH-SIDA.
En relación a la prevención de VIH e ITS, los datos recientes revelan que
los adolescentes se protegen más que las adolescentes.; Mientras que el 46.9%
de ellos dijo usar condones con cualquier compañera, sólo el 10.6 % de ellas lo
hacía. Esto revela una limitada capacidad y poder de las adolescentes en la toma
de decisiones relacionados con sus derechos a recibir información y servicios de
salud sexual y reproductiva.
En la población de 15 a 19 años existe un menor conocimiento sobre los
síntomas de las ITS que entre los adultos encuestados. Para el grupo de
adolescentes que no conocía síntomas de ITS se registraba un 43.9% y 39.8%
para mujeres y hombres respectivamente.
Situación de Riesgo
Culturalmente el trabajo infantil es considerado por los padres y madres
como importante para “enseñarles un oficio”, o como una contribución económica
al hogar. Así, el 58% de adolescentes del país entre 10 y 17 años trabaja, lo que
les afecta en su buen desarrollo ya que tienen menos tiempo para estudiar,
divertirse y descansar.
Un estudio realizado en Santo Domingo y Puerto Plata,
revela algunos indicadores preocupantes sobre los
menores de edad que son explotados sexualmente con
fines comerciales: edad promedio de 15 años en el caso
de los hombres y de 16 años en el caso de las mujeres. Un 40% de los 118
entrevistados se ha fugado de su casa por lo menos una vez alegando problemas
y conflictos familiares. En el caso de las adolescentes, el 26.2% de ellas se va de
su casa con una pareja. El 8% ha padecido de alguna ITS; el 66% de estas
menores de edad ya ha estado embarazada.
Participación
En el país hay indicios que demuestran que también se han venido
desarrollando acciones para responder a muchas carencias de esta población y
otras que están brindando la oportunidad para que los y las adolescentes
demuestren su gran capacidad creativa para aportar soluciones para su propio
desarrollo.
En nueve municipios del país, se han creado Ayuntamientos Infantiles y
Juveniles en la que los y las adolescentes demuestran sus capacidades de
participar en la gestión del desarrollo municipal. También se pueden destacar los
clubes infantiles (niños, niñas y adolescentes) creados por Radio Marién, en
Dajabón y las redes de jóvenes que trabajan con la prevención del VIH/SIDA,
entre otros espacios de participación de los adolescentes.
Conclusión
La Convención de los Derechos del Niño es un poderoso instrumento a
favor de los niños, ya que esta les hace sujetos de derecho y los pone bajo el
amparo de la ley y los hace ente de preocupación nacional e internacional.
Luego de haberse ratificado en República Dominicana, ha sido la fuerza
impulsora de una serie de medidas a favor de la protección a los niños, niñas y
adolescentes; un ejemplo de estos es la ley 136-03 o “Código para la protección
de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes”, el cual constituye el principal
instrumento de gestión de los derechos de la niñez en el país.
Los datos expuestos en esta investigación son solamente un pequeño
resumen que intenta exponer brevemente la realidad de la niñez y adolescencia
en República Dominicana, las condiciones de vida para este segmento de la
población son en nivel general preocupantes, ya que los mismos no tienen las
oportunidades necesarias para el desarrollo integral de estos, y para asegurarles
un futuro seguro.
Estamos seguros de que si el estado asumiera su rol, aplicando por
completo lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño, estos tendrían
una mejor calidad de vida, muchas veces no se hace por la doble moral de la
sociedad. Ya que es bien conocido que “los niños son el futuro”, deberíamos
preocuparnos más por ellos, cada uno poner nuestro granito de arena para
cambiar la realidad de estos.
ANEXO
Resumen de la Convención Internacional por los Derechos del Niño
Convención por los Derechos del Niño y del Adolescente
Aquí se presentan en forma resumida y fácil de entender los derechos que expresa la Convencion. Están plasmados en una ley, pero con eso no alcanza: para que se cumplan hace falta que todos los niños los conozcan y los defendamos en cada momento. Debemos sumarnos a la tarea de difundir y exigir que los derechos de todos los chicos se hagan realidad.
Artículo 1Esta Convención se ocupa de los derechos de todos aquellos que todavía no han cumplido los 18 años.
Artículo 2Todos los Estados deben respetar los derechos del niño, sin distinción de raza, de color, de sexo, de lengua, de religión, de opinión política del niño o de su familia.
Artículo 3Los intereses del niño deben ser considerados en primer lugar en todas las decisiones que los afecten. El niño tiene el derecho de recibir la protección y las atenciones necesarias para su bienestar.
Artículo 4Todos los gobiernos que firman una ley para hacer valer los Derechos de los niños deben tomar las medidas necesarias para garantizar que se cumpla.
Artículo 5 Son los padres o quienes los sustituyen los que deben hacerse cargo del niño.
Artículo 61. El niño tiene derecho a la vida. 2. El niño tiene el derecho a desarrollar de modo completo su propia personalidad.
Artículo 7 y 8
Todos los niños deben ser inscriptos en los registros de las personas desde que nacen. También tienen derecho a tener un nombre y una nacionalidad, así como a conocer a sus padres y ser cuidados por ellos.
Artículo 9El niño tiene el derecho de mantener contacto con sus padres, aunque éstos estén separados o divorciados
Artículo 10El niño tiene el derecho de reunirse con sus padres o de permanecer en contacto con ellos cuando éstos vivan en el exterior.
Artículo 11 Los niños no deben ser sacados de su país de manera ilegal.
Artículo 12El niño debe ser escuchado cada vez que se toman decisiones que lo afectan directamente.
Artículo 13 El niño tiene el derecho de poder decir lo que piensa, con los medios que prefiera.
Artículo 141. El niño tiene el derecho de libertad de pensamiento, de conciencia, de religión.2. Los padres tienen el derecho y el deber de guiar a sus hijos, y para tales efectos deben tener la libertad de llevar a cabo las ideas en las que creen.
Artículo 15 Los niños tienen el derecho de estar junto a los otros.
Artículo 16 Los niños tienen derecho a que se respete su vida privada.
Artículo 17 Los diarios, los programas radiofónicos y televisivos son importantes para el niño;
por este motivo es conveniente que sean adaptados a él. Si un niño no tiene padres, debe haber alguien que se ocupe de él.
Artículo 18Si los padres de un niño trabajan, alguien debe encargarse de él mientras sus padres están trabajando.
Artículo 19Nadie puede descuidar, abandonar, maltratar o explotar a un niño, ni ejercer violencia sobre él.
Artículo 20Si un niño no puede permanecer con su familia, debe vivir con alguien que se ocupe de él.
Artículo 21El niño tiene el derecho a ser adoptado si su familia no se puede ocupar de él. No se puede comerciar con las adopciones.
Artículo 221. El niño refugiado tiene el derecho a ser protegido.2. El niño refugiado debe recibir ayuda para que se reúna con su familia.
Artículo 23
1. El niño que tiene problemas mentales o físicos tiene el derecho a vivir como los otros niños y a estar junto a ellos.2. El niño que tiene problemas mentales o físicos tiene el derecho a ser atendido.3. El niño que tiene problemas mentales o físicos tiene el derecho de ir a la escuela, de prepararse para el trabajo, de divertirse.
Artículo 24 y 25
El niño tiene el derecho de alcanzar el máximo nivel de salud física y mental y de ser bien atendido o internado cuando tenga necesidad.
Artículo 26Todos los niños tienen derecho a beneficiarse con el servicio de seguridad social de su país.
Artículo 27 El niño tiene el derecho de crecer bien física, mental, espiritual y socialmente.
Artículo 28El niño tiene el derecho a la educación. La escuela debe ser obligatoria y gratuita para todos.
Artículo 29El niño tiene el derecho a recibir una educación que desarrolle sus capacidades y que le enseñe acerca de la paz, de la amistad, de la igualdad y del respeto por el ambiente natural.
Artículo 30El niño que pertenece a una minoría tiene el derecho de usar su lengua y de vivir de acuerdo con su cultura y con su religión.
Artículo 31El niño tiene el derecho al juego, al reposo, a la diversión y a dedicarse a las actividades que más le gusten.
Artículo 32Ningún niño debe ser explotado. Ningún niño debe realizar trabajos que puedan ser peligrosos o que le impidan crecer bien o estudiar.
Artículo 33 El niño debe ser protegido respecto de la droga
Artículo 34 Ningún niño debe sufrir violencia sexual o ser explotado sexualmente.
Artículo 35 y 36
Ningún niño puede ser comprado, vendido o explotado de ningún forma.
Artículo 37Ningún niño puede ser torturado, condenado a muerte o a prisión. Ningún niño puede ser privado de su libertad de manera ilegal o arbitraria.
Artículo 38 Ningún niño menor de 15 años debe ser enrolado en un ejército ni debe combatir
en una guerra.
Artículo 39El niño que ha sido abandonado, explotado y maltratado tiene el derecho a ser ayudado a recuperar su salud y su tranquilidad.
Artículo 40
El niño que es acusado de cometer un delito debe ser considerado inocente hasta tanto no se pruebe su culpabilidad en un proceso justo. Y en el caso de comprobarse su culpabilidad, tiene el derecho de recibir un tratamiento acorde con su edad y que lo ayude para poder volver a vivir con los otros.
Artículo 41A estos derechos cada Estado puede agregar otros que puedan mejorar la situación del niño.
Artículo 42 Es necesario hacer conocer a todos, adultos y niños, lo que dice esta Convención.