re::suelto - faofaolex.fao.org/docs/pdf/pan106288.pdf · 2013. 1. 9. · re::suelto alpsa - dinan -...

3
REPl.iBLICA. DE PANAlvlA AUTORIOAD PANAME:\A DE SEGURIDAD DE i\LEvIENTOS RE::SUELTO ALPSA - DINAN - 094 - 2009 (De 13 de ociubre de 20(9) "POI' medio del cual se ernite el Requisite Fitosanitario para la importacion de especias secas . cntcras, incluso picadas. trituradas 0 pulverizadas, para consume humane ) /0 transformacion, proccdentes de Los Estados Unidos de America .' El DIRECTOR NACIONAI. DE NORlvlAS PARA LA IMPORTACION DE . <\ LllvIENTOS. en uso de sus Iaculradcs legale s CONSIDERANOO: Que el Dccreto Ley' 11 de 22 de febrero de 2006 crca la Autoridad Panameiia de Scguridad de Alimeruos. como entidad rectora del Estado para ascgurar el cumplimiento y ap licacion de las lcyes y reglamentos en materia de seguridad de introduccion de alimcntos al territorio nacional. bajo crirerios estrictamerue cientifico s y tecnicos . Que la Autoridad Panamcna de Seguridad de Alimenios ticne como objetivo principal el proteger la salud humana, cl patrimonio animal y vegetal del pais. mediante la aplicacion de las medidas sanitarias ) fitosanitarias aplicables a la introduccion de alirneruos al territorio nacional , Que el articulo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funcion de In Direccion Nacional de Norrnas para Ja Importacion de Alirnentos, establecer los requisites sanitarios y fitosanitarios, que deberan cumplir los alimentos para Sll introduccion 8\ territorio nacional. Que 18 Autoridad Panamcna de Scguridad de Alimcntos ha considerado pertinentc la cmision del Requisito Fitosanitario, con el tin de complemeruar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importacion de espccias secas. enteras. incluso picadas, trituradas 0 pulverizadas. para consume humano )' /0 transformacion, procedentes de Los Estados Unidos de America. Que el incumplimiento de las buenas practicas agricolas ) de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparicion 0 prevalencia de contaminantes bio iogicos, quimicos 0 fisicos. afeciando la salud de los consumidores y es responsabilidad de Ia Autoridad Panarnena de Scguridad de Alimentos. verificar que los mismos no sobrepa sen los nive les adccuados de proteccion de la salud publica, Que Iucgo de las consideraciones antes cxpucstas, RESUELVE : Articulo I: Emitir los Requisites Fiiosanitarios pam la importacion de cspecias secas, enteras, incluso picadas, trituradas 0 pulvcrizadas, para consume humane )' /0 transformacion, proccdcntes de Los Estados Unidos de America, descritas en las siguicnies fracciones del Arancel Nacional de Importacion: Fraccion Arancelaria 0904 .11.00 0904.12.00 Descripcion del producto alimeniicio: Pimienta (Piper nigrum L. ) sin triturar ni pulverizar, Pimienta tPiper nigrum L.) triturada 0 pulverizada .

Upload: others

Post on 10-Feb-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • REPl.iBLICA. DE PANAlvlAAUTORIOAD PANAME:\A DE SEGURIDAD DE i\LEvIENTOS

    RE::SUELTO ALPSA - DINAN - 094 - 2009(De 13 de ociubre de 20(9)

    "POI' medio del cual se ernite el Requisite Fitosanitario para la importacion de especias secas.cntcras, incluso picadas. trituradas 0 pulverizadas, para consume humane ) /0 transformacion,

    proccdentes de Los Estados Unidos de America .'

    El DIRECTOR NACIONAI. DE NORlvlAS PARA LA IMPORTACION DE .

  • 0904.20.00

    0909.30.200906.11.00

    0906.20.000907 .00.10

    0907.00.20

    0908.10.100908.10.20

    0909. J 0.10

    0909.10.20

    09l0.10.100910.10.200910 .3(UO

    0910.30.20

    0910.99.100910.99.20

    Frutos de los generos Caps icum 0 Pimento. secos, trirurados 0 pulverizados.Picantes (Paprika) .Semil!as de Comino iCunnnum cyminum L) trituradas 0 pulverizadas.Canela tCinnamomum verumi en raja) flores de canelero , sin triturar nipulverizer.Canela tCinnamomum veruun y florcs de canelero, triturada 0 pulverizada.Clave de 0101' (SyIJXium aroniaticum L.) frutos , clavillos y pedunculos. sintriturar ni pulverizar.Clave de olor iSyzyginm aromaticum r.) fruios. clavillos y pedunculos.trirurados 0 pulverizados.Nuez moscada (.\/~rrisl icoFagrans ), sin triturar ni pulverizer.Nuez moscada Uv[yrislicaji'agral7s) triturada 0 pulverizada.Scmillas de anis csrrclla 0 de badiana illlicium verumi: Anis (Pimpinelloanisum L.), sin triturar ni pulverizer.Semillas de an is estrella 0 de badiana (lt/ ieilllli veruntv, Auis (Pimpincllaanisum L.), trituradas 0 pulveri zadas.Jengibre (bngiher (!(1icina/e). sin lriturar ni pulverizar.Jengibre tZingib«: officina/e), triturado 0 pulverizado.Curcuma tCurcuma longa. sin. Curcurna domest ieo). sin tritural' nipulverizar.Curcuma (Clll'C1!I1lU longa. sin . Curcuma clontestica). triturada 0puIvcrizada.I.as dCl11J.s especias, no especificadas en csta partido. sin triturar ni puiverizar.Las dermis especias, no especi ficadas en esta partida, irituradas 0 pulverizadas.

    Articulo 2: EI importador es ia obligado a comunicar a la Autoridad Panamena de Seguridad deAlimentos, par via electronica. a Haves del Formulario de Noiificacion de Importacion, en untiempo minimo de 48 horas. previo a la llegada del producto a! punto de ingrcso.

    Articulo 3: EI producto debe estar amparado por un certificado fitosanitario de reexportacion.expedido por la Organizacion Nacional de Proieccion Fitosanitaria (ONPF) del pais deprocedencia, en el que se haga constar cl cumplimiento de los siguientes requisites:

    Que:

    3.1 Las cspecias hem sido ernpacadas y embaladas en Los Esiados l ;nidos de America.

    3.2 La partida viene librc de insectos vivos de cualquier tipo, asi como tambicn de otroscontarninantes biologicos, quimicos y fisicos, incluycndo sue los.

    3.3 EI certificado Iitosanitario de reexportacion, debe incluir una declaraci on adicional. en 1(1que se certifique que:

    3.3 .1 La partida St encuentra librc de plagas cuarentenarias para la Republica dePanama:

    a) Trogodcrma .'p. d) Stcgobiutn pewice 1/1/1h) Cadra ca utellu

    Articulo 4: EI empaque y ernbalaje de estes alirnentos. destinados pam el consume humane, serealize en el marco de las buenas practicas de manufactura (BPIvl).

    Articulo 5: EI empaque utilizado sea resistenie a la manipulacion y csta identificado con elcodigo del pais de origen. numero de planta cmpacadora y codigo de lotes.

    Articulo 6: Los materiales utilizados pam el embalaje y/o amortiguacion no corucngan Iibrusvegetates u 011'0 material hospcdero de plagas .

  • Articulo 7: Los contenedores, previ o al embarque, han sido inspeccionados y desinfectadosinternarnente.

    Articulo ~: Los conienedores han sido preciniados (rnarcharnados. fl ejados) :' sellados. demanera que dichos sellos s610 pucdan scr rctirad os por I.a Autorid ad Pana rncna de Seguridadde Alimentos, al momenta de llegar al territori o nacional .

    Articulo 9: AI memento del arribo del embarq ue al puerto de ingreso al pais, la partid a debeestar arnparada can la siguiente documentacion cornp robatoria:

    a) Forrnulario de notificacion de imporracion.h) Certificado fitosanitario de reexportacion, del pais de proccdencia del productoc) Copia de factur a comercial del producto,d) Pre-declaracion de aduanas,

    Articulo 10: Al ingreso del alimento al pais, la Auioridad Panamefta de Seguridad deAlimentos procedera a reali zar el mue streo para el anali sis de entorno logia. se reserva elderecho de tomar otras muestras , en cse memento 0 en cualquier punto de la cadenaalimentaria, a objeto de realizar otro s anal isis: Micr obi ologico, de micotoxinas, caractcristicasorganolepiicas, fisico-quimicas y residue s toxicos .

    EI costo de estes anal isis dcbera ser sufragado por el intcre sado.

    Articulo II: Estes requi sito s Iitosanitarios son exclusive s para la irnportacion de especia s secas.entcras. incluso picadas, triiuradas 0 pulverizadas, para consume humane y/o transformac ion.proccdentcs , solamentc, c!t: Los Estados Unid os de America , no obstante. no exime delcumplimiento de otras nonnas nacionales para su comcrcial izacion en el terriiorio nacional.

    Articulo I2: Este Rcsueli o deroga toda disposicion que Ie sea cont raria.

    Articul o 13: EI presente Resuelto ernpe zara a regir a partir de su firma y debera ser publicadoinmediatamente en la Gaceta Oficial.

    rUNDAlvl ENTO DE DERECHO: Dccreto Ley i I de 22 de [ebrero de 2006.Ley n de 15 de julio de 1997Ley N° 47 de 9 de julio de 1996

    Ce)!'vIUNIQUESE Y CLJMPLAS E.

    ~\:,~~~~l-I U[vlBERTO A. BER?vll:jDE7. R.

    Director Nacional de Norrnaspara la Irnportacion de Alimcntos