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1 RESPUESTAS y ACLARACIONES LICITACIÓN DEL PROYECTO "LÍNEA ANCOA – ALTO JAHUEL 2X500 KV: PRIMER CIRCUITO" 1. Solicitamos entregar los antecedentes indicados en los numerales 6 y 9.1 de las bases de licitación. Respuesta: Los antecedentes indicados fueron puestos a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de Junio de 2009. Complementando estos antecedentes, en Anexo A se adjunta minuta con una estimación referencial de los máximos niveles de cortocircuito asociados a los interruptores de 500 kV proyectados en las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel. 2. Para efectos de coordinación, solicitamos indicar cronograma de los trabajos de ampliación que se están ejecutando en la S/E Alto Jahuel y S/E Ancoa. Respuesta: Los trabajos de ampliación que se requieren en la S/E Alto Jahuel y S/E Ancoa deberán ser iniciados y finalizados de modo de disponer de ellas al momento de la puesta en servicio de la línea. Los cronogramas de los trabajos deberán ser solicitados en su oportunidad al responsable de estas ampliaciones, sin perjuicio de que en el Anexo B, se incluye una carta respuesta de la empresa que debería realizar los trabajos de ampliación, que incluye cronogramas estimativos de las ampliaciones 3. Los trabajos de ampliación en las S/E mencionadas, ¿consideran el espacio para los nuevos paños, así como la malla de tierra correspondiente? Respuesta: Los espacios para los nuevos paños y malla de tierra serán considerados en las ampliaciones mencionadas, de acuerdo a lo indicado por el propietario de las subestaciones en documento puesto a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de Junio de 2009 y respuesta incluida en el Anexo B. 4. Solicitamos entregar listado de proveedores homologados por CDEC para las especialidades de Inspección Técnica, Ingeniería y suministro de equipos y materiales. Respuesta: El CDEC-SIC no dispone de un listado de proveedores homologados para estos efectos. 5. Solicitamos generar una segunda ronda de consultas y postergar la entrega de la oferta para el día viernes 11 de septiembre de 2009. Respuesta: Tal como fue informado en su oportunidad, el plazo para realizar consultas se amplió hasta el Martes 30 de junio de 2009. En cuanto a la solicitud de postergación de la entrega de la oferta, esta fue enviada a la CNE para su consideración. Al respecto, cabe señalar que el sábado 11 de julio de 2009 fue publicado un decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que modifica el D.S. N°640, en el que se amplía el plazo para la adjudicación del proyecto desde 120 días a 180 días contados desde el

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RESPUESTAS y ACLARACIONES

LICITACIÓN DEL PROYECTO "LÍNEA ANCOA – ALTO JAHUEL 2X500 KV: PRIMER CIRCUITO"

1. Solicitamos entregar los antecedentes indicados en los numerales 6 y 9.1 de las bases de licitación. Respuesta: Los antecedentes indicados fueron puestos a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de Junio de 2009. Complementando estos antecedentes, en Anexo A se adjunta minuta con una estimación referencial de los máximos niveles de cortocircuito asociados a los interruptores de 500 kV proyectados en las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel. 2. Para efectos de coordinación, solicitamos indicar cronograma de los trabajos de ampliación que se están ejecutando en la S/E Alto Jahuel y S/E Ancoa. Respuesta: Los trabajos de ampliación que se requieren en la S/E Alto Jahuel y S/E Ancoa deberán ser iniciados y finalizados de modo de disponer de ellas al momento de la puesta en servicio de la línea. Los cronogramas de los trabajos deberán ser solicitados en su oportunidad al responsable de estas ampliaciones, sin perjuicio de que en el Anexo B, se incluye una carta respuesta de la empresa que debería realizar los trabajos de ampliación, que incluye cronogramas estimativos de las ampliaciones 3. Los trabajos de ampliación en las S/E mencionadas, ¿consideran el espacio para los nuevos paños, así como la malla de tierra correspondiente? Respuesta: Los espacios para los nuevos paños y malla de tierra serán considerados en las ampliaciones mencionadas, de acuerdo a lo indicado por el propietario de las subestaciones en documento puesto a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de Junio de 2009 y respuesta incluida en el Anexo B. 4. Solicitamos entregar listado de proveedores homologados por CDEC para las especialidades de Inspección Técnica, Ingeniería y suministro de equipos y materiales. Respuesta: El CDEC-SIC no dispone de un listado de proveedores homologados para estos efectos. 5. Solicitamos generar una segunda ronda de consultas y postergar la entrega de la oferta para el día viernes 11 de septiembre de 2009. Respuesta: Tal como fue informado en su oportunidad, el plazo para realizar consultas se amplió hasta el Martes 30 de junio de 2009. En cuanto a la solicitud de postergación de la entrega de la oferta, esta fue enviada a la CNE para su consideración. Al respecto, cabe señalar que el sábado 11 de julio de 2009 fue publicado un decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que modifica el D.S. N°640, en el que se amplía el plazo para la adjudicación del proyecto desde 120 días a 180 días contados desde el

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inicio del Proceso de Licitación, lo que permitiría a la CNE modificar las Bases de Licitación ampliando el plazo de entrega de propuestas, situación que de hacerse efectiva será informada en su oportunidad a los proponentes. 6. Agradeceríamos a la DP del CDEC-SIC considerar una extensión de los plazos de esta licitación entre 1 y 2 meses. Los plazos actuales hacen casi imposible la presentación de una propuesta económica-administrativa-técnica del consorcio. Respuesta: Ver respuesta anterior. 7. ¿Está este proyecto exento de IVA? ¿Existe algún otro impuesto que afecte a este proyecto, su construcción y operación? Respuesta: Los impuestos a los que está afecto el proyecto es una cuestión que debe tener presente y conocer el proponente, sin perjuicio de que para efectos de la evaluación de las ofertas económicas, el valor anual de transmisión que el proponente proponga no debe incluir el IVA (impuesto al valor agregado). 8. Entendemos que este proyecto tiene un periodo de amortización de 20 años, donde el ganador de la licitación y futuro dueño y operador, tendrá derecho a percibir un ingreso anual producto de la transmisión de energía y potencia. Después de este período, ¿quién recibirá dicho ingreso por concepto de peaje de transmisión y por cuánto tiempo se extenderán los periodos posteriores a los primeros 20 años de operación? Respuesta: Después del período señalado, las instalaciones y su valorización deberán ser revisadas y actualizadas en el Estudio de Transmisión Troncal correspondiente. El ingreso por concepto de peaje de transmisión será recibido por el propietario (Adjudicatario del Proyecto), de acuerdo a las normas de peajes que estén establecidas en la Ley General de Servicios Eléctricos. 9. Se supone que el peaje anual percibido por la nueva empresa transmisora es pagado por el administrador del mercado, en este caso CDEC-SIC, quien a su vez recolecta todos los peajes que deben ser cancelados por los usuarios de la línea en cuestión. En este caso, ¿Existe alguna garantía del gobierno, Ministerio de Energía, CNE o CDEC-SIC por el pago de los peajes anuales al dueño y operador de la línea de transmisión? Respuesta: El peaje que mensualmente le corresponda a la nueva empresa transmisora no es pagado por el CDEC-SIC, sino que debe ser pagado directamente por las empresas usuarias, de acuerdo a un cálculo que debe elaborar la Dirección de Peajes del CDEC-SIC, según lo establecido en la normativa vigente. No existen boletas de garantías por el pago de los peajes anuales al propietario u operador de la línea de transmisión, sin embargo, el pago de los peajes es una obligación que está contemplada en la legislación vigente. 10. De ser afirmativa la pregunta 4, ¿Cuál sería la garantía máxima que entregaría el gobierno, Ministerio de Energía, CNE o CDEC-SIC?

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Respuesta: Ver respuesta anterior. 11. Se necesita un estudio de factibilidad del proyecto emitido por un tercero con el objetivo de adquirir financiamiento para este proyecto. ¿Es posible que nos puedan proveer esta información? En caso de ser afirmativo, ¿quién sería ese tercero? Respuesta: No existe un estudio de factibilidad del proyecto emitido por un tercero. Se sugiere consultar los estudios elaborados con motivo de la revisión del Estudio de Transmisión Troncal del año 2008, que recomiendan el proyecto en cuestión, disponibles en la página web de este CDEC. 12. ¿Cuenta el CDEC-SIC o CNE con un consejero financiero o banco de modo de conseguir fondos para el financiamiento del proyecto? Respuesta: El CDEC-SIC o CNE no cuenta con un consejero financiero o banco de modo de conseguir fondos para el financiamiento del proyecto. 13. ¿Cuál es el límite de responsabilidad respecto del daño de equipos producto de desastres naturales? Respuesta: Es responsabilidad del adjudicatario contratar el seguro de catástrofe indicado en el numeral 13.5 de las Bases de Licitación, de acuerdo a las condiciones que estime pertinente, pero cumpliendo las condiciones establecidas en el mismo numeral. 14. ¿Existe algún criterio de operación y Mantenimiento? Respuesta: Los programas de mantenimiento de instalaciones y equipos deben ser armados, especificados y ejecutados por el adjudicatario, de tal forma de mantener los estados de calidad y de disponibilidad de las instalaciones y del servicio, de acuerdo a la Norma Técnica. La operación debe ser realizada de acuerdo a la coordinación del sistema eléctrico que realiza el CDEC-SIC. Los mantenimientos deben ser coordinados con la Dirección de Operación de este CDEC y también se debe coordinar oportunamente con el CDEC-SIC y con el propietario de las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel, las pruebas y todos los trabajos de la puesta en servicio. 15. ¿Cuentan Ustedes con criterios de diseño y especificaciones técnicas para la construcción de líneas de transmisión y subestaciones de poder? Respuesta: Sin perjuicio del marco normativo de la Licitación establecido en el punto 6 de las Bases de Licitación y de lo señalado en el punto 13.8 de las mismas Bases, también deben considerarse las normas internacionales, y chilenas utilizadas habitualmente en este tipo de proyectos. Entre otras, y sin excluir ninguna que no sea mencionada, se debe considerar las siguientes normas, reglamentos y referencias: IEC : International Electrotechnical Commission.

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ANSI : American National Standards Institute. IEEE : Institute of Electrical and Electronic Engineers. NEMA : National Electrical Manufacturer's Association. NEC : National Electrical Code. AISI : American Iron and Steel Institute. ASME : American Society of Mechanical Engineers ASTM : American Society for Testing and Materials. AWS : American Welding Society. ISA : Instrument Society of America. NFPA : National Fire Protection Association. UL : Underwriter's Laboratories. NESC : National Electrical Safety Code. IPCEA : Insulated Cable Engineers Association. SEC : Superintendencia de Electricidad y Combustible. INN : Instituto Nacional de Normalización (Chile). Especial consideración deberá tener el proponente en los requerimientos expuestos en: • Norma Técnica de seguridad y calidad de servicio de la CNE • Norma Chilena de electricidad NCh Eléc 4/2003 • Reglamentos del CDEC-SIC • Requerimientos operacionales, para compatibilizar la operación de las nuevas

instalaciones con el resto del SIC. • Condiciones mínimas requeridas de conexión de nuevas instalaciones, del CDEC-SIC. • El proponente podrá incorporar además aquellas normas y estándares de la ingeniería

chilena que estime conveniente, aplicadas normalmente a proyectos similares. Respecto de los niveles de aislamiento, se debe tener presente que la tensión de operación de las barras de Alto Jahuel y Ancoa no son iguales, por lo cual el nivel de aislación debe ser adecuado para soportar las tensiones máximas de ambas subestaciones, tanto en condiciones de operación en régimen permanente como en régimen transitorio ante contingencias. Los equipos como interruptores, seccionadores en SSEE e instalaciones de la compensación serie, deben ser equipos calificados y deben cumplir con los requerimientos sísmicos mínimos que exige la norma técnica. Se debe considerar que los gradientes de campo eléctrico a nivel del suelo y en la periferia de los conductores, y la radiointerferencia producto de este mismo fenómeno, no superen los valores máximos que se utilizan en proyecto similares en Chile. Por otra parte, para este proyecto, se debe considerar que la línea de transmisión debe tener características similares a la línea de 500 kV El Rodeo-Polpaico, en particular en lo que dice relación a las pérdidas de transmisión por kilómetro y además deberá considerar los requisitos mínimos establecidos en el punto 8.3.3 de la letra d). Asimismo, la línea de transmisión del Proyecto deberá ser diseñada para tener una disponibilidad similar a las actuales líneas de 500 kV del tramo Ancoa-Alto Jahuel y cumplir con estándares internacionales sobre la materia, en consideración a que quedará sujeta a cumplir con los índices de Indisponibilidad Programada y Forzada aceptables en transmisión que en definitiva se establezcan en la Norma Técnica de Calidad y Seguridad

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de Servicio. Ver como referencia el Borrador de la nueva versión de este documento de la CNE, disponible en la página web de este CDEC. 16. ¿Existen requerimientos medioambientales para la construcción de instalaciones eléctricas? Si la respuesta es Sí, ¿Debe el ganador de la licitación desarrollar un EIA? Y ¿Cuánto tiempo debería tomar dicho estudio de impacto ambiental? Respuesta: El adjudicatario tiene la responsabilidad de someter su proyecto de línea y obras de subestaciones, al sistema de evaluación de impacto ambiental, SEIA, según la ley y el reglamento ambiental vigente en nuestro país. 17. ¿Cómo se resuelven las objeciones del público respecto de la construcción de este sistema de transmisión durante el proceso del estudio de impacto ambiental? ¿Cuánto tiempo tomarían en ser resueltas? Respuesta. Ver respuesta N°16 18. ¿Disponen Ustedes de criterios de diseño respecto de las condiciones de viento, por ejemplo respecto de la velocidad del viento? ¿Cuántas veces durante el año se producen rayos y huracanes, por supuesto en la zona del proyecto? Respuesta: Es responsabilidad del proponente conocer y considerar las características climatológicas de la zona del proyecto y los criterios de diseño que se deben aplicar de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia. Ver Numeral 13.8 de las Bases de Licitación. 19. ¿Puede ser pagado el VATT en dólares norteamericanos? Respuesta: Tal como lo establecen las Bases de Licitación los valores se van indexando en dólares norteamericanos y para determinar el pago el monto en dólares se convierte a pesos chilenos con la tasa de cambio correspondiente al dólar observado. 20. Respecto del sitio de la subestación y de la torre de transmisión, ¿Debe el ganador de esta licitación comprar o arrendar estos terrenos? En caso de ser afirmativo, ¿Se debe reflejar dicho costo en la propuesta? Del mismo modo, ¿quién será el dueño legal de estos terrenos?

Respuesta: Para tratar el tema de terrenos se debe separar según subestaciones y líneas.

a) en subestaciones, los terrenos adecuados para las obras serán aportados por otro proyecto.

b) para las líneas, el adjudicatario debe gestionar, negociar y conseguir por su cuenta y a su costo, las servidumbres y derechos de paso. En la línea no se requiere de la propiedad de los terrenos, sino que de servidumbres y derechos de paso. Ver punto 13.2 de las Bases de Licitación.

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21. Al momento de adquirir – mediante el arriendo - los terrenos necesarios para el proyecto, ya sea para la instalación de la subestación, las torres de transmisión y la franja donde se trazará la línea, ¿quién será el responsable de compensar al dueño? Respuesta: Ver respuesta anterior. 22. ¿Existen regulaciones y leyes respecto de la adquisición y compensación a los dueños de tierras para estos proyectos? De ser afirmativo, les agradeceríamos hacernos saber la manera de adquirir tanto tierras públicas como privadas para este proyecto. Respuesta: Es responsabilidad del adjudicatario conocer la normativa que le permite obtener las servidumbres de los predios requeridos para la construcción de la línea de transmisión. En todo caso sugerimos revisar reglamento de instalaciones de corrientes fuertes de la SEC, en su capítulo relacionado con servidumbres, derechos de paso, concesiones. 23. En relación a la pregunta anterior, ¿existen regulaciones sobre impuestos respecto de la adquisición y compensación a los dueños de tierras para este tipo de proyectos? Y, ¿existe algún tipo de regla, regulación o lineamiento respecto de la adquisición y compensación a los dueños de los terrenos para la instalación de las torres de transmisión y de los terrenos o servidumbres de paso de las líneas de transmisión? Respuesta: Ver respuesta anterior 24. Respecto de las preguntas 15 a 18, nuestro objetivo es aclarar quién tiene la responsabilidad de adquirir, ocupar y compensar al dueño del terreno por el uso de éste, además de si este costo se debe reflejar o no en la propuesta. Respuesta: Es responsabilidad y de costo del adjudicatario obtener los terrenos asociados a la servidumbre de la línea, por lo que debe ser incluido en los costos de la propuesta. Ver punto 13.2 de las Bases de Licitación. 25. ¿Se cuentan con caminos de mantenimiento para todo el sistema de transmisión? Respuesta: Es responsabilidad del adjudicatario del proyecto definir el trazado de la línea de transmisión y considerar, bajo su responsabilidad y costo la necesidad de implementar caminos, temporales o permanentes, para la construcción y para la operación y mantenimiento de las instalaciones. 26. Les agradeceríamos si nos pueden proveer los diagramas de la red óptica existente con sus subestaciones relacionadas. Respuesta: Ver punto 6 de la respuesta del propietario a esta consulta incluida en el Anexo B.

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27. Les agradeceríamos si nos pueden entregar la filosofía respecto de los sistemas de medición y protección de las subestaciones 500 kV. Respuesta: La respuesta del propietario de las subestaciones fue puesta a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de junio de 2009 y respuesta incluida en el Anexo B. 28. En relación a la pregunta anterior, ¿se utilizan sistemas duplicados primarios y sistemas de protección de respaldo, o sistemas simples de protección para las subestaciones, transformadores, líneas de transmisión, buses, etc.? Respuesta: Para estos efectos el Adjudicatario debe atenerse a lo establecido en la Norma Técnica de Calidad y Seguridad de Servicio. 29. Respecto de las subestaciones 500 kV y 230 kV, ¿cuál es el criterio de diseño respecto de las elevaciones (“site grading space”) del terreno (con y sin transformador)? Respuesta: Ver respuesta N°15. 30. Agradeceríamos indicar dónde y cómo obtener el estudio de transmisión troncal, sus antecedentes de respaldo y la revisión anual hecha por parte de la DP. Respuesta: Los antecedentes solicitados se encuentran disponibles en la página web de este CDEC, en la sección “Informes y Estudios”, “Acceso Público en General”, bajo los títulos “Estudio de Transmisión Troncal” y “Propuesta DP Expansión Sistema Transmisión Troncal Año 2008” y en la página web de la Comisión Nacional de Energía, en la sección “Tarificación”, “Electricidad”, “Proceso de Tarificación Troncal”. 31. ¿Es posible que todos los planos relacionados al proyecto sean entregados en formato electrónico? Respuesta: Los planos no se encuentran disponibles en formato electrónico. 32. ¿Cómo debe formalizarse la “obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias establecidas en las bases”, que se menciona en 3er párrafo del numeral 5.2? ¿Qué documento debe presentarse a la DP para certificar dicha obligación? Respuesta: Los documentos que deben presentarse respecto a la obligación solidaria están establecidos en el punto 8.2.4 de las Bases de Licitación. 33. ¿Las boletas de garantía deberán presentarse en dólares de EE.UU. o en moneda local (CLP o UF)? En caso de ser en moneda local, ¿qué tipo de cambio debe considerarse?

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Respuesta: Las boletas de garantía deberán presentarse en dólares de EE.UU. 34. ¿Cuándo se informará a los proponentes las condiciones de custodia de las boletas de garantía? Respuesta: Se informará a los proponentes las condiciones de custodia de las boletas de garantía una vez que ellas sean recibidas por el CDEC-SIC. 35. En caso de prorrogarse el plazo para la constitución de sociedad anónima abierta de giro exclusivo de transmisión, al entregar la nueva boleta de garantía, ¿se devolverá la boleta de garantía original? Respuesta: La boleta de garantía original se devolverá una vez recibida la nueva boleta. 36. En caso de prorrogarse el plazo para alguno de los hitos relevantes, al entregar la nueva boleta de garantía, ¿se devolverá la boleta de garantía original? Respuesta: La boleta de garantía original se devolverá una vez recibida la nueva boleta. 37. Para empresas multinacionales, ¿se requiere un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales de todas sus operaciones? Respuesta: Las empresas deben entregar certificados de cumplimiento de obligaciones laborales de todas sus operaciones. 38. ¿Es posible modificar la estructura de financiamiento del proyecto una vez entregado el Documento 12 “Estructura de Financiamiento Proyectada”? Respuesta: la estructura de financiamiento del proyecto correspondiente al Documento 12 corresponde a una estimación, por lo que con posterioridad puede ser modificada. 39. En caso de atrasos en la entrada en operaciones del proyecto por causas no imputables al adjudicatario (por ej. Juicios por servidumbres), ¿se aplicará el castigo contemplado en el numeral 12.2? Respuesta: Debe atenderse al punto 12 .2 de las Bases de Licitación. 40. ¿Quién deberá hacerse cargo de posibles gastos judiciales, en particular, referidos a servidumbres? Respuesta: Los gastos judiciales referidos a servidumbres son de cargo del adjudicatario del proyecto. De acuerdo a lo establecido en el punto 13.2 de las Bases de Licitación todo

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gasto efectuado o valor desembolsado por concepto de servidumbres, será de exclusivo cargo y responsabilidad del adjudicatario. 41. En el punto 2. Descripción del Proyecto (y en el 8.3.3) se describe que debe instalarse una serie de equipamiento, por ejemplo: reactores de línea y una compensación serie. Para este equipamiento se solicita que se especifique: • Potencia nominal de los equipos para la longitud teórica de la línea (258 km). • Confirmar el % de compensación que se debe considerar para la compensación serie. ¿Estos equipos deben ser desarrollados considerando norma sísmica descrita en el articulo 3-3 de la NTSyCS? Respuesta: Las capacidades de los reactores y compensación serie, así como también sus sistemas de control, deberán determinarse para permitir una operación en simetría y compatible con la línea en 500 kV Ancoa – Alto Jahuel y con las obras de ampliación N° 9 y 10 del D.S. N° 282 de fecha 10 de septiembre de 2007 (Línea Ancoa – Polpaico 1x500 kV: seccionamiento y Línea entrada a Alto Jahuel 2 x 500 kV ). La compensación serie deberá ser capaz de compensar al menos el 50% de la reactancia serie de la línea. Al respecto, se está solicitando a la CNE una modificación de las Bases de Licitación para que la compensación serie sea capaz de compensar del orden del 50% de la reactancia serie de la línea y que el valor definitivo de esta compensación deba ser determinada por el adjudicatario por sus propios estudios, tal que se logre una operación equilibrada con las otras líneas paralelas. Los equipos deben ser desarrollados considerando norma sísmica descrita en el articulo 3-3 de la NTSyCS 42. Respecto al numeral 2 y las especificaciones del proyecto, en particular la especificación en detalle de este proyecto deberá ser el resultado de estudios de detalle del sistema de transmisión (por ejemplo: estudios dinámicos del sistema) los cuales serán desarrollados en forma posterior la entrega de las ofertas, los cuales deberán garantizar el correcto funcionamiento de estas instalaciones cuando se conecten al SIC. a. ¿Quién debe proveer estos estudios?, ¿quién será el responsable de validar sus resultados?, ¿quién paga el costo de estos estudios? b. Si como parte de las conclusiones de estos estudios se determina que el proyecto debe tener modificaciones, ya sea incorporando equipamiento, o cambiando las características consideradas inicialmente, ¿estos cambios en el proyecto serán considerados en forma adicional al valor ofertado? c. Si son detectados problemas después de puesto en servicio el proyecto, y es necesario realizar estudios y posteriores modificaciones al equipamiento de este proyecto, ¿deben estos costos ser considerados en forma adicional al valor de oferta del proyecto (valor de adjudicación)? d. La conexión de los reactores de línea ¿será manual o deberá contar con un sistema de conexión y desconexión automático, similares a los que actualmente tienen los de las lineas existente? (sistema MAIS).

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e. Producto que cada línea de 500 kv, entre la subestación Ancoa y Alto Jahuel, tendrá distinto grado de compensación (por la compensación serie y el largo de la línea) es muy probable que queden con distinto nivel de carga (distinto nivel de transmisiones). Para que las líneas queden con un flujo equilibrado se deberá realizar ajuste en las compensación serie de todas las líneas de 500 kv que se encuentren en paralelo, dado el monto involucrado, ¿el ajuste que se debe realizar a la compensación serie de los circuitos existentes debe ser considerado como parte de este proyecto?, ¿el cambio en la compensación serie de este proyecto, para ajustar el flujo de los tres circuitos, será considerado adicional al valor ofertado si el porcentaje de compensación necesario para este efecto es diferente al especificado en las bases? Respuesta: a. Los estudios de detalle del sistema de transmisión para determinar las especificaciones de detalle del proyecto deben ser elaborados por el adjudicatario del proyecto, a su costo. Se está proponiendo a la CNE modificar las Bases de Licitación para que los estudios deban ser entregados como parte del cumplimiento del Hito N°1 y aprobados por el Auditor del Proyecto. Lo anterior, sin perjuicio de los estudios de impacto que debe presentar el adjudicatario del Proyecto al CDEC-SIC antes de su entrada en servicio que deben demostrar que la transmisión total Ancoa-Jahuel 500 kV no debiera verse degradada al incorporar este tercer circuito paralelo a los ya existentes. b. Si como parte de las conclusiones de estos estudios se determina que el proyecto propuesto por el adjudicatario debe tener algunos ajustes o modificaciones, estas deben ser asumidas por el adjudicatario del proyecto dentro del valor ofertado. c. Si son detectados problemas después de puesto en servicio el proyecto, y es necesario realizar estudios y posteriores modificaciones o ajustes al equipamiento de este proyecto, estas deben ser asumidas por el adjudicatario del proyecto dentro del valor ofertado. d. Los reactores y las compensaciones serie del Proyecto, además de su propio sistema de operación, deberán contar con las facilidades necesarias para ser controlados automáticamente por un dispositivo de control, como los MAIS existentes en Ancoa y Alto Jahuel, recibiendo y proporcionando señales que permitan una adecuada coordinación operacional con los otros dispositivos de control actualmente existentes en las líneas paralelas, para responder ante sobretensiones de maniobras y contingencias en cualquiera de los 3 circuitos de 500 kV. e. El ajuste en la compensación serie de una nueva línea de 500 kV entre la subestación Ancoa y Alto Jahuel debe ser realizado cada vez que ésta se adiciona al sistema, para que siempre estén funcionando con flujo equilibrado con las que se encuentran en paralelo, por lo que el ajuste a considerar en este proyecto corresponde sólo al de la compensación serie de la nueva línea, no al de las líneas existentes al momento de su incorporación. En todo caso, el proponente deberá entregar en su oferta técnica una minuta de cálculo que demuestre que con los parámetros eléctricos resultantes de la línea proyectada se produce una distribución equilibrada de la transmisión de energía entre esta línea y la actual línea de 500 kV paralela existente.

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43. En recientes ampliaciones del sistema de 500kv que los niveles de TRV (transient recovery voltage) del sistema de 500 kv obligan a utilizar interruptores de 3 o 4 cámaras dependiendo de la ubicación de la subestación en el sistema ¿en este proyecto se debe considerar interruptores de cuatro cámaras similares a los recién instalados en el sistema de 500 Kv en la subestación Polpaico? Por favor especificar e indicar el nivel de TRV. Si producto de este proyecto son sobrepasados los niveles de TRV de los interruptores actualmente en funcionamiento en el sistema de transmisión, el cambio de estos interruptores será de cargo de este proyecto o será considerado en un proyecto paralelo como parte de las ampliaciones del sistema troncal? Respuesta: En este proyecto se deben considerar interruptores que cumplan con las capacidades de ruptura y la demás normativa vigente sobre la materia. Si producto de este proyecto son sobrepasados los niveles de TRV de los interruptores actualmente en funcionamiento en el sistema de transmisión, el cambio de estos interruptores deberán ser considerados en un proyecto de ampliación del sistema troncal, que debe ser adjudicado como una revisión del Estudio de Transmisión Troncal. 44. Respecto al punto 2.2.2 “Capacidad térmica de la línea por circuito: 1732 MVA 35/65 °C con sol, 2667 MVA 25/65 C sin sol. Se realizó una revisión y no se encontraron conductores que diera los dos números en forma precisa ¿es posible proponer un conductor que coincida con uno de estos números, pero que tenga un número mayor en el otro? ¿Cuál de los dos valores se debe privilegiar? Por favor especificar. Respuesta: Las capacidades indicadas corresponden a valores mínimos a cumplir, por lo que es posible proponer un conductor que cumpla con ambas capacidades. 45. En el numeral 5.1 de las Bases de Licitación, se exige a los participantes una antigüedad mínima que permita presentar los antecedentes financieros de al menos los tres últimos ejercicios contables según lo requerido en el numeral 8.2.11. La empresa, como parte del proceso de venta y adquisición que se llevó a cabo durante el año 2006, cambió en dos ocasiones el nombre y RUT de la empresa. Si bien la empresa, continúa operando las mismas instalaciones antes y después del proceso de adquisición, ¿son válidos para este efecto presentar los estados financieros consolidados de la empresa para los años 2006, 2007 y 2008 (últimos tres años auditados) aunque el correspondiente al año 2006 corresponda a una empresa con diferentes RUT? Respuesta: Para los efectos señalados, se acepta que la empresa haya sufrido modificaciones en su nombre y/o rut, siempre que la nueva empresa corresponda a la continuadora legal de la anterior y que continúa operando las mismas instalaciones antes y después de estas modificaciones, lo que se deberá demostrar adjuntando a la oferta administrativa los antecedentes que lo acrediten. 46. En el octavo párrafo del numeral 8.2.11 se establece que el proponente deberá entregar antecedentes que acrediten el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Se solicita aclarar cuál es la antigüedad máxima que deberá tener el

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certificado de la Dirección del Trabajo que indicará que dichas obligaciones se encuentran al día por parte del Proponente, y la fecha a partir de la cual se deberá considerar esa antigüedad. Ya que en el párrafo se pide una vigencia “del semestre que se presenta la propuesta”, esto se debe interpretar como ¿una vigencia de 6 meses o una vigencia del segundo semestre del 2009 en este caso? Respuesta: El certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y provisionales debe tener una antigüedad máxima de 180 días, contados desde la fecha de cierre de presentación de propuestas. Los certificados y declaraciones juradas solicitadas en las bases, deben tener la vigencia que en cada caso se indica. 47. Se solicita aclarar si los informes referidos en el tercer párrafo del numeral 8.2.11, los cuales deben tener una antigüedad máxima de 6 meses a la fecha de entrega de la propuesta, corresponden a los informes comerciales de las instituciones financieras con los que opera la empresa y no a los indicadores financieros referidos en el segundo párrafo del presente numeral. Esto debido a que los indicadores se deben respaldar mediante los estados financieros, los cuales a la fecha de entrega de la propuesta, tienen más de 6 meses de antigüedad. Adicional a lo anterior ¿Cuál debe ser la vigencia de los certificados exigidos y declaraciones juradas solicitadas en las bases? Respuesta: Los informes referidos en el tercer párrafo del numeral 8.2.11 corresponden a los informes comerciales de las instituciones financieras con los que opera la empresa y no a los indicadores financieros referidos en el segundo párrafo del presente numeral. 48. En el numeral 8.3.1 se indica que las fechas de inicio de actividades y de cumplimiento de hitos deben denominarse con la palabra “día” seguida del número correspondiente a la fecha en cuestión. Se solicita aclarar si este número corresponde a la enumeración en días corridos o hábiles, partiendo del día 1 que es la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto de Adjudicación o si corresponde a la enumeración de inicio de actividades y de cumplimiento de hitos. Respuesta: El número correspondiente a la fecha en cuestión corresponde a una enumeración en días corridos, partiendo del día 1 que es la fecha de publicación en el Diario Oficial del Decreto de Adjudicación. 49. En el numeral 8.3.1 Cronograma del Proyecto, establece la obligación de entregar una carta Gantt de la ejecución del proyecto, señalando que se deberán indicar 4 hitos relevantes, separados por un periodo de 6 meses como mínimo. Aunque no se indica en las bases ¿es posible proponer hitos distintos a los cuatro hitos señalados en las bases? Respuesta: El proponente puede incluir hitos distintos en el cronograma del proyecto, siempre que estos no correspondan a hitos relevantes. Los cuatro hitos relevantes definidos en el numeral 8.3.1 deben ser incluidos en el Cronograma del Proyecto y no pueden ser modificados. 50. En el numeral 8.3.3 se solicitan los parámetros técnicos en unidades físicas mientras que en el Anexo 8: Criterios y escala de evaluación de los antecedentes de la Oferta

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Técnica se requieren los valores tanto en por unidad como en unidades físicas. Se solicita corregir para dar consistencia. Respuesta: En los antecedentes básicos a entregar en el Documento 16, los valores de los parámetros técnicos también deben incluir los valores en por unidad. 51. En el numeral 12.1 se establece que el Adjudicatario deberá presentar boletas de garantías para caucionar el correcto cumplimiento de los Hitos Relevantes del Proyecto. La boleta de garantía de hitos intermedios es cobrada si no se cumple con algún hito intermedio; si se da lo anterior, es posible que el valor de la boleta cobrada sea devuelto si se logra cumplir con el cuarto hito (entrada en operación del proyecto)? Respuesta: De acuerdo a lo establecido en las Bases de Licitación la boleta de garantía de hitos intermedios es cobrada si no se cumple con algún hito intermedio; independientemente si se logra o no cumplir con el cuarto hito relevante del sistema. En todo caso se está consultando a la CNE la posibilidad de postergar el cobro de las boletas de los hitos intermedios para evitar su cobro en caso de que se logra cumplir con el cuarto hito. 52. En el numeral 12.2 se establecen 3 sanciones distintas en caso de atraso en la entrada de operación del proyecto. Las Bases establecen un castigo de US$60.000 por día de atraso (máximo de 5 meses), además del cobro de la boleta de garantía respectiva (5,53 millones por hito), mientras que el artículo 105° del DFL N°4 señala que el propietario del tramo respectivo debe hacerse cargo del mayor costo de despacho de generación que ocasiona el atraso. En total si este proyecto tiene un atraso, por ejemplo de 6 meses, el máximo valor a pagar podría llegar a 26 millones de US$ más el costo de congestión, que puede llegar a 5 veces el valor mensual del tramo, equivalentes a 8,8 millones de dólares mensuales (valor de referencia), en seis meses 54 millones de dólares mensuales. En total estos cobros pueden llegar a ser 80 millones de dólares por un retraso de 6 meses. Dado que este valor representa el 43% del proyecto como monto máximo por seis meses y que los últimos proyectos licitados con este mecanismo han presentado retrasos en su puesta en servicio de al menos 12 meses por problemas no imputables al adjudicatario, por ejemplo, en la obtención de servidumbre, permisos ambientales, decreto de concesión, se requiere conocer la respuesta a las siguientes consultas e información: A. Se agradecerá poner a disposición de todos los participantes la estimación de los costos de congestión por mes de atraso, hasta 12 meses, que el CDEC-SIC pueda calcular utilizando sus modelos de planificación de la operación. B. Dado el importante uso que tiene esta línea y gran cantidad de energía que transmitirá basada en las simulaciones que realiza el CDEC-SIC del uso del sistema, ¿Cuál es la posibilidad, si hubiera un retraso en la puesta en servicio de la línea, el monto por congestión llegue al máximo valor a pagar (5 veces el valor mensual)? C. En el punto 8.3.1, se hace mención para los tres primeros hitos, que existe la posibilidad de pedir cambio en la fecha del hito, siempre que la DP lo apruebe. Si las causales están fuera de la responsabilidad de la empresa adjudicataria y el retraso en

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esto hitos es tal magnitud que se vuelve improbable cumplir con el hito 4 ¿es posible solicitar un cambio en la fecha del hito 4? D. ¿Se aplicará el concepto de fuerza mayor, tal como está definido en la legislación, como eximente para el cumplimiento de los hitos? E. Si se autoriza un aumento de plazo respecto de un hito intermedio, dada la continuidad de la obra ¿podrá extenderse el plazo de los hitos posteriores y final, en el mismo número de días del aumento autorizado? F. Atrasos por sobre los plazos legales para la entrega del decreto de concesión (seis meses) y del estudio de impacto ambiental (180 días hábiles incluidas las prorrogas) ¿serán consideradas como fuerza mayor para efecto de cumplimiento de los hitos? G. En caso de una eventual aplicación de multas, de conformidad con las Bases, cuál es el organismo que debe conocer de ellas y de los descargos que haga el adjudicatario? H. ¿Es posible definir un monto máximo a las sanciones establecidas en el numeral 12.2 similar al que se ha estado aplicando en los proyectos de ampliación, esto es un 25%? I. ¿Es procedente, de acuerdo con las Bases, la aplicación de otra u otras sanciones por parte de terceros organismos, fundadas o cuya justificación sea el incumplimiento o atraso de los hitos establecidos en las Bases? J. ¿Eventuales atrasos en los nombramientos de las Comisiones de Hombres Buenos requeridas para establecer servidumbres forzosas o en la demora de éstas en evacuar sus informes se considerarán como fuerza mayor? K. Si no se pudieran realizar pruebas a las nuevas instalaciones por decisión del CDEC-SIC ¿los retrasos que se produzcan por este hecho, se consideran como fuerza mayor? ¿Se considerará como fecha de inicio del pago del VATT aquella en la cual las instalaciones hubieran podido entrar en servicio de no haber sido rechazada la puesta en servicio por el CDEC-SlC? L En el caso que habiéndose obtenido la concesión y el permiso ambiental alguna resolución judicial paralizara o retrasara los trabajos ¿se considerará esa acción como fuerza mayor? ¿el mayor costo por la paralización de los trabajos y la demora en entrar en servicio será reconocido? Respuestas: A. No corresponde a este CDEC realizar este tipo de cálculos. Cabe señalar que existen antecedentes que se pueden consultar sobre los costos de inversión operación y falla disponibles en la Revisión del Estudio de Transmisión Troncal realizada el año 2008, en la página web de este CDEC. B. Ver respuesta a pregunta anterior. C. De acuerdo a las bases de licitación, la DP no tiene la facultad de aprobar un cambio en la fecha del hito N°4.

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D. No existe en las Bases un concepto especial de Fuerza Mayor. Se deberá calificar para cada caso la naturaleza de estos eventos. E. El adjudicatario puede proponer la modificación de la fecha comprometida para cada uno de los tres primeros hitos relevantes, lo que puede ser autorizado por la DP, sin embargo la DP no tiene la facultad para aprobar un cambio en la fecha del último hito. F. Se deberá calificar para cada caso, en su oportunidad, la naturaleza de estos eventos. G. Respecto de la multa señalada en el segundo inciso del punto 12.2 de las Bases, la fiscalización de la obligación le corresponde a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. H. El monto máximo de las sanciones están establecidas en el numeral 12.2. Sin perjuicio de lo anterior, se están realizando consultas a la CNE respecto a la posibilidad de reducir las sanciones por atraso en la entrada en operaciones. I. En lo que respecta a las Bases de Licitación, las sanciones están establecidas en los numerales 12.1 y 12.2. No corresponde pronunciarse sobre materias ajenas a las Bases de Licitación. J. Se deberá calificar para cada caso, en su oportunidad, la naturaleza de estos eventos. K. Situaciones de esta naturaleza, de producirse, deberán ser analizadas en la oportunidad en que ocurran. L. Se deberá calificar para cada caso, en su oportunidad, la naturaleza de estos eventos. 53. En el numeral 12.3 se habla de “incumplimientos graves, que hagan presumir que el adjudicatario del proyecto no estará en condiciones de cumplir con la ejecución del Proyecto”. La Presunción será calificada pura y simplemente por la DP o se requiere de un proceso administrativo que califique los antecedentes y situación como suficientes para llegar a esa determinación? Respuesta: Debe atenerse al contenido del numeral 12.3 de las Bases de Licitación. 54. Para una debida y oportuna transparencia, solicitamos se determinen los derechos del adjudicatario que ha caído en “incumplimientos graves”. Si bien no tiene derecho a indemnización, ya que así lo señalan las Bases, solicitamos se señale cómo se reconocerán las inversiones efectuadas. Respuesta: Este CDEC debe atender exclusivamente a lo indicado en las Bases de Licitación. 55. En el numeral 13.4, al referirse a los seguros de responsabilidad civil por daños a terceros, se señala: “...Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del Ministerio de aplicar o hacer efectivas las Boletas de Garantías respectivas. Se solicita a la DP que aclare la facultad del Ministerio con respecto al cobro de las Boletas de Garantía, ya que estas

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boletas están garantizando obligaciones determinadas y específicas. Además, se solicita al DP identificar a qué boletas se refiere al mencionar “las boletas de garantía respectivas”, puesto que en el citado numeral se habla de seguros de responsabilidad civil y no de las condiciones para hacer efectivas las boletas de garantía. Respuesta: En este caso se debe entender que la actuación de los seguros no eximen del cobro de las Boletas de Garantías que se definen en las Bases, las que se hacen efectivas por el incumplimiento de las condiciones que se garantizan con la respectiva boleta. 56. En el numeral 13.4 Seguros de responsabilidad civil por daños las Bases piden un seguro de responsabilidad civil (1% del VI) y de catástrofe (20% del VI) durante el periodo de ejecución. Cabe mencionar que este seguro de catástrofe tal como está expresado en las Bases no está ofrecido en el mercado. Lo habitual es el seguro de responsabilidad civil (US$ 1.000.000) y un Seguro de Todo Riesgo de Construcción, Montaje, Puesta en Servicio y Transporte Nacional. Este último seguro ampara los daños a consecuencia de incendio, explosión, riesgos de la naturaleza, terremotos, daños materiales causados por huelgas y actos terroristas, daños consecuenciales por errores de diseño, daños consecuenciales por material y mano de obra defectuosa, pruebas y puesta en marcha y demás riesgos propios de construcción y montaje por un monto equivalente al 100% del V.l. referencial con un límite de responsabilidad máxima por evento no inferior al 50%, y con un período de amplio mantenimiento de 18 meses a contar de la fecha de la puesta en servicio. ¿Será aceptado un seguro como el descrito, ya que lo solicitado en las bases no existe en el mercado de seguros? Respuesta: No se pueden aceptar seguros por coberturas y montos asegurados inferiores a los establecidas en las Bases de Licitación. 57. En relación con el numeral 13.5 (Seguros de Catástrofe), se establece que el beneficiario es la DP del CDEC-SIC y que lo recaudado por concepto de seguro será destinado a la reconstrucción de las obras. Se solicita al CDEC-SIC aclarar el procedimiento que se seguirá para destinar los dineros a la reconstrucción de las obras y aclarar también de quién será la propiedad de las obras reconstruidas con los dineros en comento. Respuesta: El beneficiario debe ser el Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Eléctrico Interconectado Central Limitada, o CDEC-SIC Limitada. La DP del CDEC-SIC destinará las eventuales sumas recaudadas a la reconstrucción o reparación de las obras. La propiedad de las obras es una materia que dependerá de la situación específica de cada caso. 58. Se solicita al CDEC-SIC aclarar quién será el propietario de las obras en caso del término anticipado de ellas según lo señalado en el numeral 12.3. Respuesta: Ver respuesta anterior.

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59. La fecha en que se empieza a recibir los pagos (VAN) por el proyecto ¿es en la fecha de puesta en servicio real o la puesta en servicio señalada en las Bases? Esto se consulta ya que éste puede tener un adelanto o atraso en relación a la fecha de entrada en operación especificada en las Bases. Respuesta: Las remuneraciones correspondientes al proyecto se harán efectivas a partir de la fecha de entrada en operación real del proyecto. 60. En el Anexo 5: Indexación del Valor Anual de la Transmisión por Tramo del Proyecto se establece como subíndice 0 de la fórmula al mes de adjudicación del Proyecto. No obstante, los valores base (IPC0, DOL0, CPI0, Ta0) están tomados a octubre de 2007. Se solicita corregir para dar consistencia a la fórmula de indexación y aclarar este punto. Respuesta: El Subíndice 0 de la fórmula señalada corresponde al mes de adjudicación del proyecto por lo que la tabla con los índices a Octubre de 2007 no aplica. 61. En la relación al factor de indexación especificado en el Anexo 5 de las Bases de Licitación, se solicita al CDEC-SIC indicar que este factor, el cual permitirá reajustar el VATT, se deberá calcular con al menos 5 decimales. Respuesta: En tanto no exista una normativa explícita sobre la materia se considera el factor de indexación calculado con al menos 5 decimales. 62. En el Anexo 6: Formatos y Tablas para evaluación del Documento 13, Tabla 6, se solicitan las líneas en unidades de milímetros (mm). Se solicita corregir por metros o kilómetros. Respuesta: En el Anexo 6: Formatos y Tablas para evaluación del Documento 13, Tabla 6, la unidad del largo de las líneas debe ser en [km]. Se deben modificar las Bases. 63. El Estado de Resultados de una empresa, en Chilean GAAP, no incluye el ítem depreciación, sino que la suma de depreciaciones y amortizaciones. Se solicita al CDEC-SIC aclarar este punto para los efectos de calcular el índice de Cobertura de Gastos Financieros especificado en el Anexo 7 de las Bases. Respuesta: Para el cálculo de este índice, se aceptará obtener el ítem de Depreciación de cualquiera de los Estados Financieros en que se encuentre disponible. 64. De acuerdo a lo señalado en el Anexo 7: Evaluación del Documento 11, la Cobertura de Gastos Financieros se calcula como el Resultado Operacional menos la Depreciación y todo ello dividido por los Gastos Financieros. Sin embargo, la Depreciación ya es un valor negativo en el Estado Consolidado de Resultados de la Empresa. Por lo tanto, se solicita aclarar si se debe restar el valor absoluto de la Depreciación o el valor negativo obtenido del Estado de Resultados, que equivale a sumar el valor absoluto de la Depreciación.

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Respuesta: Considerando que en el Resultado Operacional ya está restada la depreciación, esta debe restarse con el valor negativo, de modo de sumarse como valor absoluto. 65. Se encuentra establecido en el DFL N°4 Articulo 95 que durante 20 años el adjudicatario recibirá el VATT propuesto. En caso que se requiriera alguna ampliación de las instalaciones incluidas en el proyecto tal como el tendido del segundo circuito, ¿cómo se remunerará esas ampliaciones? ¿Se seguirá pagando el VATT y además, se pagará el costo real de las ampliaciones? Respuesta: Si se establece una ampliación de las instalaciones incluidas en el proyecto como el tendido del segundo circuito, esta deberá recibir el tratamiento de una ampliación de acuerdo a lo establecido en el DFL N°4 y en los reglamentos que se dicten sobre la materia, sin que se afecte el pago del VATT propuesto por el adjudicatario para el proyecto original. 66. Para el desarrollo del proyecto se deberá construir una línea de transmisión que conectará por el lado norte a la S/E Alto Jahuel y por el extremo sur la S/E Ancoa. Indistintamente del trazado seleccionado, esta línea pasará por zonas muy complejas desde el punto de vista ambiental, turísticas, productivas (bosques y viñas), cercanías de localidades, y en particular alrededor de la Subestaciones, por ejemplo la S/E Alto Jahuel se encuentra con gran número de propietarios en parcelas habitadas que rodean esta subestación. Para el desarrollo del proyecto la empresa que se adjudique el proyecto ¿qué tipo de apoyo recibirá por parte de las autoridades, o Ministerio de Economía? ¿es este proyecto considerado de interés nacional? Respuesta: Debe atenderse al Numeral 13 de las Bases de Licitación y al D.S. N°642 exento del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción del 28 de abril de 2009, que fija el Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal. 67. Para efecto de elaborar el cronograma de desarrollo del proyecto, ¿qué plazos deben considerarse por parte del tiempo que tienen las autoridades para tramitar la obtención de los permisos ambientales y de obtención del decreto de concesión? Lo anterior se consulta ya que estos plazos aunque están establecidos en la ley tienen una serie de detalles que en la práctica han provocado que en varios proyectos de transmisión los plazos legales fueron excedidos para su tramitación, por ejemplo: la Línea 154 Charrúa - Chillán (más de tres años para obtener la concesión), Línea Rodeo - Chena (un año de retraso en el desarrollo por permisos ambientales y decreto de concesión), Línea Charrúa - Lagunillas (307 días para obtener la autorización ambiental), etc. Respuesta: Los plazos a considerar para el tiempo que tienen las autoridades para tramitar la obtención de los permisos es una materia que debe evaluar y considerar el proponente. De acuerdo a lo establecido en el punto 3.6, el adjudicatario debe asumir toda la responsabilidad en la obtención de los permisos, patentes y otras obligaciones legales.

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68. Los trabajos relacionados con extender las barras 500 kv y la plataforma de las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel, y por el uso de terrenos donde se realizarán estos trabajos ¿son parte integrante de este proyecto?, por ende, ¿Se deben incluir estos costos en el valor ofertado? Respuesta: Los trabajos relacionados con extender las barras de 500 kv y la plataforma de las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel, no son parte integrante de este proyecto y deberán ser materia de otros proyectos de ampliación, por lo que no se deben incluir estos costos en el valor ofertado. De acuerdo a lo establecido en el punto 8.4 de las bases de licitación: “El Proponente no incorporará en su Oferta Económica los costos por el uso de instalaciones comunes, terrenos, servicios auxiliares, servicios de comunicaciones y demás instalaciones relacionadas con las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel, que no formen parte del Proyecto, cuyo monto y pago por parte de los usuarios del sistema de transmisión será determinado posteriormente conforme a la normativa que se encuentre vigente. ….”. 69. Qué normas deben ser usadas para la elección de equipos, niveles de aislamiento,

capacidad de ruptura, etc. Respuesta: Ver respuesta N°15. 70. Se deben considerar equipos primarios (TO y CA) para sistemas carrier. Respuesta: El sistema de comunicaciones, mediante Onda Portadora no es un requerimiento obligado. El proponente deberá evaluar y proponer su propio sistema de comunicaciones, tal que garantice lo requerido por la norma técnica de seguridad y calidad de servicio, para la operación adecuada del sistema y entregar los datos requeridos por el CDEC; así como eventualmente para la adecuada coordinación con otras empresas del SIC, con las que interactúe en la operación de su sistema. 71. El sistema de control de reactores será automatizado, manual o integrado al sistema

actual en ambas subestaciones. Respuesta: Los reactores deben tener asociados paños de 500 kV, de operación independiente para cada banco. Las señales de operación (abrir / cerrar) dependerán de la operación del sistema eléctrico, originadas en comandos locales y/o remotos automáticos. Los reactores y las compensaciones serie del Proyecto, además de su propio sistema de operación, deberán contar con las facilidades necesarias para ser controlados automáticamente por un dispositivo de control, como los MAIS existentes en Ancoa y Alto Jahuel, recibiendo y proporcionando señales que permitan una adecuada coordinación operacional con los otros dispositivos de control actualmente existentes en las líneas paralelas, para responder ante sobretensiones de maniobras y contingencias en cualquiera de los 3 circuitos de 500 kV. 72. El segundo circuito de la línea se diseñará en forma “futura” sin el montaje final del

equipamiento? Esto para determinar la cantidad de equipos que se deben cotizar.

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Respuesta: En las Subestaciones solo se instalarán los equipos primarios y los sistemas de control, protecciones y de comunicaciones para el primer circuito. En la línea de transmisión se debe considerar la instalación de estructuras con todas sus crucetas para soportar ambos circuitos, por lo que para el tendido del segundo circuito sólo debe quedar pendiente la instalación de las cadenas de aisladores con herrajes y el conductor mismo. Para efectos de diseño, se debe considerar que el segundo circuito de la línea del Proyecto es de características similares a las del primer circuito. 73. El sistema Scada será integrado al existente o deberá ser nuevo. Respuesta: El sistema Scada debe ser independiente, de las características que el adjudicatario necesite y de su propiedad, pero debe tener las facilidades para conectarse a través del envío de señales, con el Scada con los protocolos establecidos por el CDEC, según los requerimientos de la Norma Técnica. 74. Indicar las capacidades de las barras en ambas subestaciones, para determinar si

estas son aptas para soportar las nuevas líneas, o se deben modificar. Respuesta: Las capacidades de las barras actuales en ambas subestaciones deberán ser consideradas cuando se realicen las ampliaciones de las respectivas subestaciones, no es un tema a definir para este proyecto. 75. Qué normas deben ser usadas para la elección de equipos, niveles de aislamiento,

capacidad de ruptura, etc. Respuesta: Ver Respuesta a Pregunta N°15 76. Para ambas subestaciones. ¿Se debe considerar nuevas edificaciones para Casa de

Servicios Generales, o las existentes tienen espacio? Respuesta: Ver carta O N°028 del propietario de las subestaciones Ancoa y A.Jahuel incluida en el Anexo B. 77. Para ambas subestaciones. ¿Hay disponibilidad o reserva de los actuales Servicios

Auxiliares de CA y CC para alimentar los nuevos requerimientos o se deberán considerar nuevos?

Respuesta: Ver punto 4 de la respuesta del propietario a esta consulta incluida en el Anexo B. 78. Se entregarán planos de disposición de equipos de los actuales patios de 500kV de

Ancoa y Alto Jahuel? Respuesta: Los planos de disposición de equipos de los actuales patios de 500kV de Ancoa y Alto Jahuel fueron puestos a disposición de las empresas participantes. Ver correo electrónico del 16 de junio de 2009.

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79. Está definida el área donde se deberán construir los nuevos paños en ambas

subestaciones? Este habrá que comprarlo o se arrendará al dueño de las subestaciones, si debe ser considerado como arriendo cual es el valor?

Respuesta: De acuerdo al avance en la adquisición de terrenos para la ampliación de las subestaciones, el área donde se deberán construir los nuevos paños en ambas subestaciones se muestran en carta O N°028 del propietario de las subestaciones Ancoa y A.Jahuel, incluida en el Anexo B. Con estas ampliaciones, los terrenos para la construcción de los paños de línea y reactores deben quedar disponibles para el adjudicatario. De acuerdo a lo establecido en el punto 8.4 de las bases de licitación el proponente no debe considerar “los costos por el uso de instalaciones comunes, terrenos, servicios auxiliares, servicios de comunicaciones y demás instalaciones relacionadas con las subestaciones Ancoa y Alto Jahuel, que no formen parte del Proyecto, cuyo monto y pago por parte de los usuarios del sistema de transmisión será determinado posteriormente conforme a la normativa que se encuentre vigente.” 80. Se entregará un diagrama unilineal a nivel de ingeniería conceptual, donde se pueda

entender, cual es la filosofía de operación de estas ampliaciones? Respuesta: En carta O N°028 del propietario de las subestaciones Ancoa y A.Jahuel, incluida en el Anexo B, se incluyen diagramas unilineales de ingeniería conceptual donde se puede entender la filosofía de operación que deberían tener estas ampliaciones. 81. Para los reactores se usarán fosos separadores existentes o deberán considerarse

nuevos? Respuesta: Los reactores corresponden a instalaciones nuevas e independientes de las existentes, por lo que deberán considerarse nuevos fosos separadores propios. 82. ¿Cuál es la capacidad de los servicios auxiliares de CC y CA existentes en la casa de

comando? Y ¿Cuál es la carga actual? Respuesta: Ver respuesta del propietario a esta consulta incluida en el Anexo B. 83. ¿Las señales de comunicación de la ampliación del patio se deberán llevar a la sala

de comunicaciones existente? En la sala de comunicaciones hay espacio suficiente o disponible para estos nuevos gabinetes.

Respuesta: La solución del sistema de comunicaciones debe ser resuelta por el adjudicatario del Proyecto y no requiere necesariamente llevar las señales a la sala de comunicaciones existente. En todo caso, se sugiere ver respuesta del propietario respecto al tema de comunicaciones incluida en el Anexo B.

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84. Hay suficiente espacio en las canaletas civiles existentes para incorporación de

nuevos cables? Respuesta: Ver punto 5 de la respuesta del propietario a esta consulta incluida en el Anexo B. 85. ¿Cuál es la cota de terreno de la zona de ampliación del patio? ¿Y la del patio

existente? Respuesta : La cota de terreno de la zona de ampliación del patio y del patio existente es un tema que es responsabilidad del oferente estudiar y considerar. 86. Para efectos de las necesidades de operación y protecciones de la línea ¿Deberá

contar con sistemas de telecomunicaciones independientes? Respuesta: Debe contar con sistemas de telecomunicaciones independientes, sin perjuicio de que el tipo de solución debe ser resuelto por el proponente, teniendo en consideración lo indicado en la Norma Técnica de Calidad y Seguridad de Servicio respecto a esta materia. En todo caso, se sugiere ver respuesta del propietario respecto al tema de comunicaciones incluida en el Anexo B. 87. El alcance de los equipos, materiales y servicios se limitan sólo a la salida de la línea

de transmisión o se pretende la sustitución de equipos primarios, de protección y control o ampliación de barras existentes?

Respuesta: El alcance según el punto 2.2 de las Bases de Licitación se limita a la línea de transmisión, sus paños de salida, incluyendo la instalación de los reactores con sus respectivos paños y los bancos de compensación serie, además de las obras de conexión, extensión, acoplamiento, etc. necesarias a las instalaciones existentes. No se incluye la ampliación de la barra existente que debe ser materia de otro proyecto, ni reemplazo de equipos primarios, ni de control u operación existentes. En todo caso, debe ser cargo del proyecto todo lo relativo a sus sistemas de control, sus sistemas de comunicación y sus sistemas de protecciones. Y debe tener implementada las facilidades para interactuar con los sistemas de control centralizado y Scada del sistema existente. Además, en cada subestación, los reactores de la línea del Proyecto deben incluir equipos de respaldos de las mismas características que permitan el reemplazo de la unidad instalada ante una posible falla, ya sea que se haya considerado unidades monofásicas o una unidad trifásica. Estos equipos de respaldo deben ser de uso exclusivo para la nueva línea.

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ANEXO A

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CDEC-SIC Julio de 2009 Dirección de Operación

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Minuta DOp N° 11-2009

Estimación de los máximos niveles de cortocircuitos asociados a los interruptores de 500 kV proyectados en las SS/EE Ancoa y Alto Jahuel

1) Objetivo

Realización de una estimación de los máximos niveles de cortocircuitos presentes en los interruptores de poder asociados a los paños de 500 kV de las SS/EE Ancoa y Alto Jahuel, tomando en consideración la incorporación de las nuevas instalaciones contenidas en el plan de obras de la CNE en el período 2009 - 2010. Lo anterior, para proyectar la capacidad de ruptura requerida en los interruptores de poder de estas instalaciones.

2) Antecedentes

De acuerdo con la información entregada por las empresas coordinadas, las características de los actuales interruptores de los paños de 500 kV existentes en las SS/EE Ancoa y Alto Jahuel son las siguientes:

S/E Paño Capacidad de ruptura [kA]

Capacidad de cierre en cortocircuito [kA]

Alto Jahuel Línea Ancoa 40 80 Alto Jahuel Línea Polpaico 40 80 Alto Jahuel Reactor Polpaico 40 100 Alto Jahuel Reactor Ancoa 40 100

Ancoa Línea Alto Jahuel 40 80 Ancoa Línea Polpaico 40 80 Ancoa Línea Charrúa 40 80 Ancoa Reactor Alto Jahuel 40 100 Ancoa Reactor Polpaico 40 100 Ancoa Reactores Charrúa 40 100

Tabla N°1

Para la realización de los cálculos de cortocircuitos, se utilizó la base se datos del SIC modelada con el software Digsilent Power Factory vigente al mes de julio de 2009, y se consideró que todas las instalaciones del SIC se encuentran en servicio, sin perjuicio que alguna de ellas por razones operacionales deba permanecer desconectada. A partir de esta fecha, se incorporaron obras en construcción de acuerdo con el plan de expansión del sistema de transmisión troncal del SIC hasta el año 2010, de las cuales se destacan las siguientes:

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CDEC-SIC Julio de 2009 Dirección de Operación

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a) Líneas de Transmisión: - S/E Nogales 220 kV (*) (octubre 2009) - Línea 1x220 kV El Rodeo – Chena (diciembre 2009) - Línea 2x220 kV Alto Jahuel – Chena (julio 2010) b) Centrales: - Central Quintero (S/E San Luis 220 kV) (en período de pruebas) - Central Guacolda N°3 (S/E Guacolda 220 kV) (en período de pruebas) - Central El Peñón (S/E El Peñón 110 kV) (en período de pruebas) - Central Tierra Amarilla (S/E Cardones 220 kV) (julio 2009) - Central Termochile (S/E Diego de Almagro 220 kV) (julio 2009) - Central La Higuera (S/E Tinguiririca 154 kV (**)) (julio 2009) - Central Emelda (S/E Diego de Almagro 110 kV) (octubre 2009) - Central Campanario N°4 (S/E Charrúa 154 kV) (noviembre 2009) - Central Nueva Ventanas (S/E Nogales 220 kV) (enero 2010)

(*) Esta S/E está proyectada para seccionar la línea 220 kV Quillota - Los Vilos (**) Esta S/E está proyectada para seccionar la línea 154 kV Itahue - Punta de Cortés 3) Determinación de los niveles de cortocircuito

Para el cálculo de cortocircuitos se consideró el método IEC C(1) utilizando un factor de tensión pre falla c =1.1, con un tiempo de apertura de interruptores de 40 ms.

Además, en estos cálculos se determinaron la corriente inicial simétrica de cortocircuito (Ikss) y la corriente peak de cortocircuito (Ip). Estas corrientes para los casos de interruptores de extremos de líneas de transmisión se consideraron las condiciones Line Out (Figura 1a) y Open End (Figura 1b). Por su parte, para interruptores de reactores shunt de líneas de transmisión, dichas corrientes corresponden al valor total alcanzado en su punto de conexión.

Figura N°1

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Conforme a lo anterior, se muestra a continuación un resumen de los niveles de cortocircuitos en los paños de 500 kV de las SS/EE Ancoa y Alto Jahuel, calculados según la metodología descrita anteriormente. Cabe destacar que, para estos efectos, el cortocircuito más severo corresponde al generado por una falla monofásica. Luego, los resultados siguientes corresponden solamente a este tipo de falla:

Escenarios del período Julio 2009 a Julio 2010:

Fallas Monofásicas – Máximas Corrientes de Cortocircuito en [kA] Julio 2009 Diciembre 2009 Enero 2010 Julio 2010 S/E Paño Ikss Ip Ikss Ip Ikss Ip Ikss Ip

Línea Ancoa 9,0 23,3 9,1 23,5 9,2 23,6 9,3 23,9

Línea Polpaico 9,0 22,9 9,0 23,0 9,0 23,0 9,2 23,7

Reactor Polpaico 10,6 27,4 10,8 27,8 10,8 27,8 10,9 28,1

Alto Jahuel

Reactor Ancoa 10,6 27,4 10,8 27,8 10,8 27,8 10,9 28,1

Línea Alto Jahuel 7,2 18,9 7,3 19,1 7,3 19,1 7,3 19,1

Línea Polpaico 7,7 20,0 8,5 22,1 8,5 22,1 8,5 22,1

Línea Charrúa 7,7 20,0 7,8 20,2 7,8 20,2 7,8 20,3

Reactor Alto Jahuel 8,7 22,6 8,8 22,9 8,8 22,9 8,8 22,9

Reactor Polpaico 8,7 22,6 8,8 22,9 8,8 22,9 8,8 22,9

Ancoa

Reactores Charrúa 8,7 22,6 8,8 22,9 8,8 22,9 8,8 22,9

Tabla N°2

4) Resultados y Conclusiones

Según los resultados de los cálculos de los niveles máximos de corrientes de cortocircuitos para los diferentes escenarios analizados mostrados la tabla N°2, se aprecia que las capacidades de ruptura de los actuales interruptores de los paños de 500 kV existentes en las SS/EE Alto Jahuel y Ancoa no se ven comprometidas, para el período de estudio. Se puede apreciar que los niveles de cortocircuitos máximos presentan un mayor aumento en el paño Polpaico de S/E Ancoa, el cual dentro de un período de un año podría alcanzar un crecimiento del orden del 10%, todo ello considerando las fechas de puesta en servicio de las obras en construcción de acuerdo con el plan de expansión del sistema de transmisión troncal del SIC, contenidas en el plan de obras de la CNE en el período 2009 - 2010.

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ANEXO B

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Anexo N°1: Respuesta a carta D.P. N° 443/2009 con la solicitud de información para la  Licitación Ancoa – Alto Jahuel 

 1. En el entendido que son aprobados los proyectos de ampliación de las subestaciones Ancoa y 

Alto Jahuel, que su desarrollo será incluido en el Decreto de Expansión de Transmisión Troncal, éste es publicado en abril de 2010 y los proyectos sean adjudicados en una primera licitación, se puede informar lo siguiente: a) Las  ampliaciones  tendrían  su  puesta  en  servicio  en  enero  de  2012  considerando  un 

periodo de 19 meses desde la fecha de publicación del decreto. Se estima que a partir de febrero de 2012 estarían disponibles  las ampliaciones para el desarrollo de  los paños de conexión de la línea 2x500 kV Ancoa – Alto Jahuel, tendido de un circuito. 

 b) Carta Gantt referencial – S/E Alto Jahuel 

OBRAS DE AMPLIACIÓN 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Subestación Alto JahuelBases de licitación y adjudicaciónDIAIngenieríaMejoramiento TerrenoConstrucción Malla de puesta a tierraConstrucción Plataforma (incluido cierro)Extensión de las barras (Fundaciones, Montaje de estructuras y barras)Casa de Servicios generales ( Servicios auxiliares CA y CC)Reemplazo de protección diferencialPuesta en servicio de la protección diferencial

 c) Carta Gantt referencial – S/E Ancoa 

OBRAS DE AMPLIACIÓN 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24

Subestación AncoaBases de licitación y adjudicaciónDIAIngenieríaMejoramiento TerrenoConstrucción Malla de puesta a tierraConstrucción Plataforma (incluido cierro)Extensión de las barras (Fundaciones, Montaje de estructuras y barras)Casa de Servicios generales ( Servicios auxiliares CA y CC)Reemplazo de protección diferencialPuesta en servicio de la protección diferencial

                

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d) S/E Alto Jahuel – Condiciones de entrega del proyecto de ampliación 

  Las obras consideradas en el proyecto de ampliación son las siguientes: ‐ Mejoramiento de terreno nuevo. (Considera, entre otros, movimientos de tierra, 

excavaciones, extracción de árboles frutales, encauce canal, etc.).  ‐ Cerco perimetral. Será entregado construido. 

 ‐ Malla de puesta a tierra. Se considera la extensión de dicha malla hasta la nueva posición 

del paño Ancoa 3. Para la subestación existente se considera su adaptación.  

‐ Construcción plataforma y canaletas. La plataforma considerada para el proyecto de ampliación tiene una dimensión aproximada de 125 × 100 metros.  El  proyecto  de  ampliación  considera  la  canaleta  a  lo  largo  del  paño  Ancoa  3,  en subestación Alto Jahuel, para el cableado de los equipos primarios del paño.  También  se  considera  la  canalización  entre  la  casa  de  servicios  generales  y  la  casa  de comando, por lo tanto, durante el proyecto del paño Ancoa 3 sólo será necesario construir la caseta de protecciones y control y la canalización respectiva que se empalme a ésta.  

Plataforma

Cerco perimetral

Norte

Franja de terreno aun no adiquirido

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‐ Extensión de las barras de 500 kV. Considera la extensión de las barras principales y barra de  transferencia  en  tres  posiciones:  dos  posiciones  intermedias,  una  para  un  futuro seccionador y otra para un nuevo paño de 500 kV (ampliación futura), y la tercera posición para el paño Ancoa 3. 

 En el desarrollo de esta obra está considerado el montaje de  las barras y el montaje de fundaciones y estructuras para los marcos de barra.  

‐ Construcción casa de servicios generales. Considera la construcción de la casa de servicios generales  de  25×  15  metros  aproximadamente,  para  la  alimentación  de  los  servicios auxiliares en CA y CC. 

 El desarrollo de esta obra  considera, entre otros,  la alimentación en MT  (subterránea o aérea)  a un  transformador de  servicios  auxiliares nuevo,  instalación de  alimentación de respaldo a través de grupo electrógeno e instalación de baterías. 

 ‐ Protección diferencial de barras de 500 kV. Tal como se señaló en carta G N° 867, ambas 

subestaciones  disponen  de  protecciones  diferenciales  para  las  barras  de  500  kV, redundantes, de  tecnología electrónica, marca Siemens, modelo 7SS13. La  incorporación de  los  nuevos  paños  requiere  ampliar  dicha  protección  de  barra.  Ya  que  Transelec  no dispone de módulos y tarjetas adicionales, y que Siemens a informado no contar con estos equipos  de  relés  (los  tiene  descontinuados  de  fabrica),  es  necesario  el  cambio  de  la protección diferencial para poder  conectar el nuevo paño de  línea.  Ese  cambio ha  sido considerado como parte del proyecto de ampliación de la subestación. 

 ‐ Telecomunicaciones. A partir del año 2011 existirá capacidad disponible en  los sistemas 

de transmisión vía microondas que dispone la compañía.   

                   

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e) S/E Ancoa – Condiciones de entrega del proyecto ampliación: 

  Las obras consideradas en el proyecto de ampliación son las siguientes: ‐ Mejoramiento de terreno nuevo. (Considera, entre otros, movimientos de tierra, 

excavaciones, encauce canal, etc.).  ‐ Cerco perimetral. Será entregado construido. 

 ‐ Malla de puesta a tierra. Se considera la extensión de dicha malla hasta la nueva posición 

del paño Alto Jahuel 3. Para la subestación existente se considera su adapatación.  

‐ Construcción plataforma y canaletas. La plataforma considerada para el proyecto de ampliación tiene una dimensión aproximada de 125x135 metros.  El  proyecto  de  ampliación  considera  la  canaleta  a  lo  largo  del  paño  Alto  Jahuel  3,  en subestación Ancoa, para el cableado de los equipos primarios del paño.  Se  considera  la  canalización  respectiva  entre  la  casa  de  servicios  generales  y  casa  de comandos. 

Plataforma Cerco perimetral

Norte

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 ‐ Extensión de las barras de 500 kV. Considera la extensión de las barras principales y barra 

de  transferencia  en  5  posiciones  (cuatro  posiciones  futuras  y  una  para  la  posición  de Ancoa 3). 

 En el desarrollo de esta obra está considerado el montaje de  las barras y el montaje de fundaciones y estructuras para los marcos de barra.  

‐ Construcción casa de servicios generales. Considera la construcción de la casa de servicios generales  de  15  ×  25 metros  aproximadamente,  para  la  alimentación  de  los  servicios auxiliares en CA y CC. 

 El desarrollo de esta obra  considera, entre otros,  la alimentación en MT  (subterránea o aérea)  a un  transformador de  servicios  auxiliares nuevo,  instalación de  alimentación de respaldo a través de grupo electrógeno e instalación de baterías. 

 ‐ Protección diferencial de barras de 500 kV. Tal como se señaló en carta G N° 867, ambas 

subestaciones  disponen  de  protecciones  diferenciales  para  las  barras  de  500  kV, redundantes, de  tecnología electrónica, marca Siemens, modelo 7SS13. La  incorporación de  los  nuevos  paños  requiere  ampliar  dicha  protección  de  barra.  Ya  que  Transelec  no dispone de módulos y tarjetas adicionales, y que Siemens a informado no contar con estos equipos  de  relés  (los  tiene  descontinuados  de  fabrica),  es  necesario  el  cambio  de  la protección  diferencial  poder  conectar  el  nuevo  paño  de  línea.  Este  cambio  ha  sido considerado parte del proyecto de ampliación de la subestación. 

 ‐ Telecomunicaciones. A partir del año 2011 existirá capacidad disponible en  los sistemas 

de transmisión vía microondas que dispone la compañía.                     

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2. Los diagramas unilineales a nivel de ingeniería conceptual para estas ampliaciones y dónde se puede entender la filosofía de operación de estas ampliaciones sería: a) S/E Alto Jahuel 

    

S/E Existente

Ampliación

Nuevo

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7 7

b) S/E Ancoa 

 

Existente

Ampliación

Nuevo

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3. De acuerdo al avance en la adquisición de terrenos para la ampliación de las subestaciones el área donde se deberán desarrollar los paños de la S/E Ancoa es el siguiente: 

 

  Se debe tener en cuenta que parte del terreno donde se desarrollaría la ampliación de la S/E Ancoa fue adquirido recientemente por Transelec por lo cual no forma parte de lo reconocido actualmente  en  el  VI  de  esta  subestación,  por  lo  que  para  efectos  de  desarrollo  de  esta ampliación estos terrenos deberán ser considerados en el valor de inversión de la ampliación. Lo anterior  también es valido para  los  terrenos donde se emplazaría  la ampliación de  la S/E Alto  Jahuel. No obstante  lo  anterior,  aún  es necesario  adquirir una porción de  terreno por donde  pasa  la  extensión  de  la  barra,  y  que  permita  la  instalación  del  paño,  reactor  y compensación serie de la línea 2x500 kV Ancoa – Alto Jahuel  primer circuito.        

Terreno aun no adquirido

Norte

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4. La disponibilidad actual de servicios auxiliares e instalaciones comunes de la subestaciones: Respecto a la disponibilidad de servicios auxiliares (SS/AA) e instalaciones comunes existentes en  las  subestaciones  Ancoa  y  Alto  Jahuel,  reiteramos  lo  informado  mediante  carta  G N°867/2009, en la cual expresamos la necesidad de ampliar dicho equipamiento.   La ampliación de  los servicios auxiliares  (SS/AA) e  instalaciones comunes están considerados como parte de  la  ampliación de  ambas  subestaciones,  tal  como  se ha descrito en el punto primero de esta carta. De aprobarse la ampliación de las subestaciones se dispondrá de estos servicios al momento de la conexión de la nueva línea. 

 5. La  disponibilidad  de  espacio  de  canaletas  civiles  existentes  para  la  incorporación  de  los 

cables que se requerirían para el nuevo proyecto en las subestaciones Alto Jahuel y Ancoa es la siguientes: Para los cables del nuevo paño en Alto Jahuel y Ancoa, no existe disponibilidad de espacio, por lo  tanto  está  considerado  dentro  de  las  obras  que  se  deben  realizar  en  el  proyecto  de ampliación de ambas subestaciones. Al término de este proyecto de ampliación se contará con la disponibilidad de espacio para los cables del nuevo proyecto. 

 6. Respecto  al  diagrama  de  la  red  óptica  existente  con  sus  subestaciones  relacionadas 

podemos informar lo siguiente: Las  subestaciones Ancoa  y Alto  Jahuel  cuentan  únicamente  con  conexiones  de  fibra  óptica entre las respectivas salas de comando y las Unidades Remotas Terminales (URT) ubicadas en las salas de servicios generales de 500 KV. Estas fibras ópticas llevan la información y mandos al Sistema SCADA de Transelec. Ambas Subestaciones de 500 kV son telecontroladas desde el Centro de Operación Zonal (COZ) Centro de Transelec. 

 7. Los  sistemas  de medición  y  protección  de  las  subestaciones  de  500  kV  cumplen  con  lo 

requerido por la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio.   

8. Las  condiciones  establecidas  por  Transelec  para  la  conexión  a  sus  instalaciones  son  las siguientes: La conexión de paños de conexión a las instalaciones del Sistema de Transmisión de Transelec (STT)  sólo  podrá  realizarse  una  vez  que  estén  acordados  y  firmados  entre  Transelec  y  la Empresa propietaria del paño, en adelante la Empresa, los documentos que se indican, y que regularán la conexión y la relación operacional entre las empresas, respectivamente:  

• Contrato para la conexión. • Convenio de operación. 

 El contrato para la conexión regula entre otros, los siguientes aspectos:  

• Ubicación del paño de conexión. • Las actividades que las partes se obligan a realizar asociadas a la construcción del paño 

de conexión. • Identificación de la potencia máxima transitada por el paño de conexión. • Información  que  Transelec  pone  a  disposición  para  el  desarrollo  del  proyecto  de 

conexión. 

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• Las  condiciones de acceso a  recintos,  seguridad, medioambiente y  relaciones  con  la comunidad que aplique Transelec en sus instalaciones (Anexo 2). 

• Detalle  de  información  y  planos  del  proyecto  de  conexión  que  debe  presentar  la empresa  a  Transelec, necesaria para  verificar  el  impacto de  la  conexión  al  STT  (ver Anexo 3). 

• Estudios requeridos por Transelec, necesarios para verificar el impacto de la conexión al STT (ver Anexo 4). 

 Los costos asociados a tales verificaciones dependen de  la complejidad de cada proyecto, no obstante, el valor  referencial por paño de conexión es del orden de UF 2.500, valor que, en general,  significan  las  siguientes  actividades:  revisión  de  estudios  de  impacto,  planos, memorias de cálculo, protocolos de fábrica y de montaje. Trabajos de coordinación  interna y con el cliente en conexión, interconexión física de circuitos de control , protecciones, servicios auxiliares y Sistema Scada en la frontrera entre ambas empresas..   Adicionalmente se deberán contemplar los costos requeridos por la actividad de coordinación en terreno de las actividades exigidas por la conexión.  La verificación por parte de Transelec de la información y estudios entregados por la Empresa, requerirá  de  un  plazo  referencial  de  20  días  hábiles,  contados  desde  el momento  que  la Empresa entrega la información a Transelec, y 10 días hábiles para las sucesivas iteraciones en las revisiones.  El convenio de operación tiene por objeto:  

• Acordar  las condiciones que regulan  la conexión y  la operación del paño de conexión al STT, instalaciones que se interconectan entre sí y que pasan a constituir la frontera operacional entre ambas empresas. La frontera operacional incluye los equipos de alta tensión, de control y protecciones de la barra y del paño de conexión, como también las conexiones eléctricas que existen entre ellas. 

 • Determinar  las  actividades  y  responsabilidades  de  coordinación  entre  ambas 

empresas,  con el objeto de mantener una adecuada  seguridad a  las personas, a  las instalaciones  y  al  servicio  eléctrico,  en  las  intervenciones  por  operación  y mantenimiento  de  los  equipos  eléctricos,  y  reducir  los  tiempos  de  reposición  del servicio en casos de falla. 

 

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 Anexo N° 2: Condiciones de acceso a recintos, seguridad, medioambiente  

y relaciones con la comunidad  ACCESO A RECINTOS  Durante  la ejecución de  las obras de  construcción del paño de  conexión, período  comprendido entre  la  instalación  de  faenas  y  el  retiro  de  ellas  del  recinto  de  Transelec,  la  Empresa  deberá cumplir con lo siguiente:  a) El  personal  de  la  Empresa  o  sus  contratistas  tendrán  acceso  a  la  zona  delimitada  para  la 

construcción  del  paño  de  conexión  y  a  áreas  de  circulación  expresamente  indicadas  por Transelec, y quedarán sujetos a las condiciones generales  que Transelec impone a su propio personal en  cuanto a  controles de acceso,  restricciones operacionales y de prevención de riesgos. 

 b) Las  intervenciones del personal de  la Empresa en sus  instalaciones deberán atenerse a sus 

propias  normas  de  prevención  de  riesgos,  pero  la  Empresa  coordinará  con  Transelec  las acciones necesarias para el resguardo de sus mutuos intereses. 

 c) Al  personal  dependiente  de  la  Empresa  le  queda  prohibido  introducirse,  accionar,  o 

manipular cualquier elemento o maquinaria ajena a su instalación y circular por lugares de la subestación que no sean aquellos definidos por Transelec, para acceder al paño de conexión. 

 SEGURIDAD, MEDIOAMBIENTE Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD  La Empresa en conexión debe desplegar sus mejores esfuerzos, para aplicar en el nuevo paño   y demás instalaciones de Transelec a los cuales tenga acceso permitido, un estándar ambiental y de seguridad equivalente al que aplique y use efectivamente Transelec en sus propias  instalaciones ubicadas en LA SUBESTACIÓN.   Para ello, Transelec pondrá a disposición de  la Empresa, con  la debida antelación, su Política de Sustentabilidad, la cual define como elemento rector de todas sus actividades. Todas las acciones de  la  Empresa  que  tengan  relación  o  efectos  sobre  la  seguridad,  salud  ocupacional,  medio ambiente y/o relaciones con la comunidad, deberán dar cumplimiento a los principios enunciados en dicha política.  Para  los efectos de mantener una adecuada  supervisión y  control de  los  riesgos  industriales,  la Empresa mantendrá permanentemente, a su costo y en el  lugar de  la  faena de construcción del paño  de  conexión,  un  Experto  en  Prevención  de  Riesgos  a  tiempo  completo,  en  el  horario  de trabajo del personal.  Es responsabilidad de la Empresa conocer y cumplir toda la legislación aplicable a sus actividades. De  la misma  forma, es responsabilidad de  la Empresa determinar si  las actividades en ejecución deberán someterse previamente al Sistema de Evaluación de  Impacto Ambiental  (SEIA) según  la Ley 19.300.    

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Todas las consecuencias civiles y penales derivadas del no cumplimiento de la legislación asociada, serán de cargo y costo de la Empresa, incluyendo las multas y sanciones de parte de la autoridad ambiental.    La Empresa debe cumplir la totalidad de las condiciones y compromisos indicados en el Estudio de Impacto Ambiental  (EIA) o  la Declaración de  Impacto Ambiental (DIA), y Adenda(s) del proyecto, según corresponda, y su Resolución de Calificación Ambiental.  Igualmente,  la  Empresa  deberá  acoger,  y  llevar  a  cabo,  cualquier  solicitud  efectuada  por  la autoridad, que dé  lugar al mejoramiento continuo en  los ámbitos  laborales, de seguridad, salud, medio ambiente y relaciones con la comunidad.  La  Empresa  no  podrá  gestionar  la  visita  de  autoridades  ni  medios  de  comunicación  a  las instalaciones del paño de conexión, sin autorización previa de Transelec. En caso de fiscalizaciones de parte de  la autoridad,  la Empresa notificará a Transelec y remitirá copia de  las observaciones generadas tras la visita.    La Empresa no podrá  instalar equipos  con  sustancias  consideradas peligrosas  (por ejemplo que contengan  policlorobifenilos  (PCB)),  ni  almacenar  dichas  sustancias  en  los  recintos  utilizados. Transelec  podrá  solicitar  un  análisis  de  laboratorio,  a  costo  y  cargo  de  la  Empresa,  si  lo determinase necesario. Si el resultado de dicho análisis demostrara su existencia en  los equipos, Transelec podrá ordenar el retiro de tales sustancias y/o equipos.   En caso de incumplimiento a tales obligaciones por parte de la Empresa, Transelec comunicará por escrito dicha circunstancia, indicando los fundamentos de la misma, para su corrección. En caso de incumplimiento reiterado de las obligaciones que pongan en riesgo a las personas, relaciones con la  comunidad, medioambiente,  los  bienes  de  terceros  y/o  seguridad  de  suministro,  Transelec podrá  poner  término  anticipado  a  los  contratos,  sin  perjuicio  de  exigir  de  la  Empresa  la indemnización que corresponda por su incumplimiento.

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Anexo N° 3: Detalle de información y planos del proyecto de conexión  a presentar por la empresa 

 La  información que se requerirá, ya que Transelec realizaría  la ampliación de  la subestaciones es la siguiente: 

 a)  Diagrama  unilineal  de  la  conexión  al  STT:  este  plano  deberá  estar  dibujado  en  el 

Sistema CAD y superpuesto al plano unilineal de la Subestación. Transelec enviará a la Empresa una copia del actual plano digitalizado de la subestación. 

 b)  Antecedentes de fábrica de equipos de alta tensión, control y protecciones:   

• Para Equipos primarios: Protocolos de pruebas de fábrica Data sheet Planos de fabricación de los equipos 

 • Para Control y protecciones: 

Versión del firmware Marca o proveedor y modelo Función de control o protección 

 c)  Disposición de equipos primarios y chicoteos: la información a recibir deberá contener 

a lo menos un plano de planta y cortes de la conexión.  d)  Proyecto de  interconexión en alta  tensión del paño de  conexión a  la barra: deberá 

incluir una minuta en donde se describa el procedimiento que se seguirá para efectuar la  interconexión  a  las  instalaciones  de  Transelec,  considerando,  si  corresponde,  que esta actividad podría realizarse a potencial. 

 e)  Proyecto de interconexión de los sistemas de protecciones: dentro de la información a 

presentar, se deberá incluir lo siguiente:  

• Tipo de protección a instalar • Planos de las protecciones • Alambrados de las protecciones • Diagrama de conexión a la protección diferencial y al relé maestro 86 • Diagrama  de  conexión  de  la  protección  50BF,  la  cual  debe  poseer  detección  de 

contacto del interruptor y corriente mínima de operación. • Minuta de alambrado donde el proyectista describe  los  trabajos a  realizar  la  cual 

debe ser concordante con el plano unilineal y de alambrados.  f)  Proyecto  de  interconexión  con  la  protección  diferencial  de  la  subestación:  deberá 

incluir una minuta con el proyecto de interconexión y los planos correspondientes.  g)  Proyecto  de  interconexión  de  los  sistemas  de  control:  dentro  de  la  información  a 

presentar, se deberá incluir lo siguiente:  

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• Filosofía del control • Planos de telecontrol • Planos de alambrados • Planos elementales de C.A. y de C.C. • Controlador del paño: lógica, plano, marca, modelo • Minuta de alambrado donde el proyectista describe los trabajos a realizar. Debe ser 

concordante con el plano unilineal.  h)  Proyecto  de  interconexión  con  el  sistema  de  comunicaciones  en  servicio:  se 

considerará a lo menos lo siguiente:  

• SCADA: contrato con empresa calificada por Transelec para modificar la base datos SCADA existente. 

• Comunicaciones de  las protecciones y señales de SCADA: Establecer protocolos de comunicación  a utilizarse por  las protecciones  y  controladores de paño.  El  actual estándar de Transelec es fibra óptica, en el protocolo DNP3.0 sobre el medio TCP/IP (cable de red ethernet). 

• Telecomunicaciones: si se usara onda portadora, analizar posible  interferencia con los carrier de Transelec en servicio. 

 i)  Planos  de  interconexión  con  los  servicios  auxiliares:  se  considerará  a  lo menos  lo 

siguiente:  

• Plano de interconexión en corriente continua • Plano de interconexión en corriente alterna • Plano con tablero de distribución de la ampliación 

 j)  Plano de la malla de puesta a tierra: en función del estudio solicitado, si existiera una 

ampliación  de  la  malla,  medida  de  la  resistividad  de  la  ampliación  de  la  malla  y agregarla en los planos correspondientes de la subestación. 

 k)  Memoria de cálculos sísmicos: se revisarán sólo los de equipos primarios, fundaciones 

y estructuras de aquellas  instalaciones que eventualmente quedarán de propiedad de Transelec  (por  ejemplo:  ampliaciones  de  barras).  Para  el  resto,  se  solicitará  una declaración escrita del representante  legal de  la Empresa, en  la que se  indique que el proyecto cumple con todas las disposiciones vigentes de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio, en especial en la parte que regula estas materias. 

                       

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Anexo N° 4: Estudios de Impacto sobre el sistema de transmisión      

La información que se requerirá, ya que Transelec realizaría la ampliación de la Subestación es la siguiente: 

 a)  Estudio de Coordinación de Protecciones: La empresa deberá entregar a Transelec un 

estudio  de  coordinación  de  protecciones  en  el  cual  se  verifique  que  tanto  las protecciones de  las restantes  líneas y alimentadores, tanto de Transelec como de otras empresas que  se encuentren  conectados a  las barras de  la  Subestación afectadas por esta  conexión,  coordinen  entre  sí  y  permitan mantener  su  selectividad  y  sensibilidad ante  las condiciones de  falla resultantes de  la conexión de  las nuevas  instalaciones. Se deberá analizar también la situación en las subestaciones adyacentes.  Junto  con  este  estudio,  además  se  deberá  recibir  la  Base  de  Datos  DigSilent  con  la modelación de las protecciones analizadas. 

 b)  Estudio  de  Impacto  Sistémico:  La  empresa  enviará  copia  a  Transelec  de  los  estudios 

sobre operación, estabilidad (estática y transitoria) u otros que le hayan sido solicitados por el CDEC u otros organismos reguladores, con sus resultados, aprobados por parte de ellos.  Específicamente se referirán a: • Flujos potencia • Estabilidad permanente • Estabilidad transitoria (dinámica) • Estudio de operación del MAIS 

 c)  Estudio  de  Impacto  en  las  Instalaciones  de  Transmisión  por  aumento  de  Nivel  de 

Cortocircuito: La Empresa deberá entregar a Transelec un estudio del efecto de la nueva conexión  por  aumento  del  nivel  de  cortocircuito  sobre  la  capacidad  de  los  equipos primarios  existentes  conectados  (TT/CC,  trampas  de  onda,  interruptores  y desconectadores),  usando  el  método  IEC  60909/VDE  0102  de  DigSilent.  Se  deben considerar el escenario de generación y topología del sistema, actualizado al momento en que se conecten las nuevas instalaciones.