resolucion directoral n° 22`}(p-2017-ana … · políticamente ubicado en las localidades shumaya,...

5
RESOLUCION DIRECTORAL N° 22 `}(P -2017-ANA-AAA.M Cajamarca, 1 2 DIC. 2011 VISTO: El expediente administrativo, ingresado con CUT N° 178808-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada El Gallinero; políticamente ubicado en las localidades Shumaya, Nueva Esperanza y La Lima, distrito Huarango, provincia San Ignacio, departamento Cajamarca, y; CONSIDERANDO: Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatura! N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto; Que, por Resolución Jefatural Nº 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados; Que, mediante Memorándum Nº 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón; Que, mediante copia de solicitud para reconocimiento del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero, con fecha de recepción 16 de octubre de 2017, tramitado ante la Autoridad Local de Agua Chinchipe Chamaya. Esta organización se encuentra comprendida en el Sector Hidráulico Chinchipe - Clase B;

Upload: dangdang

Post on 29-Sep-2018

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

RESOLUCION DIRECTORAL N° 22̀}(P-2017-ANA-AAA.M

Cajamarca, 1 2 DIC. 2011

VISTO:

El expediente administrativo, ingresado con CUT N° 178808-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, organizado por el Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; organizado por el proyecto FDUA 2017, sobre Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, proveniente de la quebrada El Gallinero; políticamente ubicado en las localidades Shumaya, Nueva Esperanza y La Lima, distrito Huarango, provincia San Ignacio, departamento Cajamarca, y;

CONSIDERANDO:

Que, sobre las funciones de la Autoridad Nacional del Agua, el numeral 7 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos Ley N° 29338, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria Final de la Ley de Recursos Hídricos - Ley Nº 29338, establece que los usuarios que no cuenten con derechos de uso de agua, pero que estén usando el recurso natural de manera pública, pacífica y continúa durante cinco (05) años o más pueden solicitar a la Autoridad Nacional el otorgamiento de su correspondiente derecho de uso de agua, para lo cual deben acreditar dicho uso de acuerdo con las condiciones establecidas en el reglamento, siempre que no afecte el derecho de terceros. Caso contrario, deben tramitar su pedido conforme lo establece la ley y el reglamento como nuevo derecho de agua;

Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatura! N° 007-2015, del Reglamento de Otorgamiento de Derecho de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, establece: Manténgase el proceso de formalización de derechos de uso de agua conducido por la DARH, destinado al otorgamiento de oficio, con carácter masivo y gratuito de licencias de uso de agua en bloque a las organizaciones de usuarios de agua y organizaciones que prestan suministro de agua poblacional en ámbitos rurales, el que desarrollará con la metodología aprobada para tal efecto;

Que, por Resolución Jefatural Nº 484-2012-ANA, se estableció la Metodología de Formalización de Formalización de Derechos de Uso de Agua Poblacional y Agrario, debidamente organizados;

Que, mediante Memorándum Nº 108-2016-ANA-OPP-UDP, de fecha 28 de febrero de 2017 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la certificación del crédito presupuestario, a favor de la meta 081: Formalización de Derechos de Uso de Agua: Marañón;

Que, mediante copia de solicitud para reconocimiento del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero, con fecha de recepción 16 de octubre de 2017, tramitado ante la Autoridad Local de Agua Chinchipe Chamaya. Esta organización se encuentra comprendida en el Sector Hidráulico Chinchipe -Clase B;

RESOLUCION DIRECTORAL N° 2:%-3:S° -2017-ANA-AAA.M

Que, mediante escrito del visto, el Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; solicitó a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en vía de Formalización; proveniente de la quebrada El Gallinero; ubicados en las localidades Shumaya, Nueva Esperanza y La Lima, distrito Huarango, provincia San Ignacio, departamento Cajamarca. El uso del recurso hídrico lo realizan de manera pública, pacífica y continua con una antigüedad mayor a la señalada en la Segunda de las Disposiciones Complementarias Transitorias Finales de la Ley N9 29338;

Que, mediante Informe Técnico N° 574-2017-ANA-AAA.M-SDARH.M/JMCHT, la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos, luego de la evaluación del expediente administrativo, recomienda regularizar la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, así como otorgar Licencia de Uso de Agua Superficial, con Fines Agrícolas, en vía de Formalización, a favor del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; proveniente de la quebrada El Gallinero; por un volumen anual de hasta 1 170103,76m3, equivalente a un caudal de hasta 67,39 I/s; en beneficio de cuarenta y cinco (45) usuarios, con cuarenta y cinco (45) predios; con una área total bajo riego de 93,75 hectáreas; ubicado en el Sector Hidráulico Chinchipe Clase B. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 753 416 E - 9 417 431 N, a una altitud de 1 310 msnm. El centroide donde se hace uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 749 239 E - 9 413 496 N, a una altitud de 980 msnm. Políticamente ubicado en las localidades Shumaya, Nueva Esperanza y La Lima, distrito Huarango, provincia San Ignacio, departamento Cajamarca;

Que, las obras de aprovechamiento hídrico ejecutadas por el Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; están conformadas por: una captación lateral de quebrada por la margen izquierda con barraje fijo de 9,20 m de largo por 0,80 m de alto y ventana de captación. Canal de conducción en tierra, dimensiones 0,65 m x 0,50 m, longitud 13 298,64 m. Canal lateral L-1 Shumaya, dimensiones 0,50 m x 0,45 m, longitud 3 228,16 m. Tomas laterales rústicas;

Que, estando a lo opinado por la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos y con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica, en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Autoridad en el artículo 38° del reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, modificado por el D.S. N° 012-2016-M INAGRI; así como, la Resolución Jefatural N° 266-2017-ANA, por la cual se designó al Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón;

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DELIMITAR el Bloque de Riego, a favor del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; obras que están conformadas por: una captación lateral de quebrada por la margen izquierda con barraje fijo de 9,20 m de largo por 0,80 m de alto y ventana de captación. Canal de conducción en tierra, dimensiones 0,65 m x 0,50 m, longitud 13 298,64 m. Canal lateral L-1 Shumaya, dimensiones 0,50 m x 0,45 m, longitud 3 228,16 m. Tomas laterales rústicas. •

ARTICULO SEGUNDO.- OTORGAR a favor del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Agrícolas, en Bloque, en vía de Formalización; proveniente de la quebrada El Gallinero; por un volumen anual de hasta 1 170103,76m3, equivalente a un caudal de hasta 67,39 I/s; en beneficio de cuarenta y cinco (45) usuarios, con cuarenta y cinco (45) predios; con una área total bajo riego de 93,75 hectáreas; ubicado en el Sector Hidráulico Chinchipe - Clase B. El punto de captación se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 753 416 E - 9 417 431 N, a una altitud de 1 310 msnm. El centroide donde se hace uso del agua se ubica entre las coordenadas UTM WGS 84 zona 17 Sur: 749 239 E - 9 413 496 N, a una altitud de 980 msnm. Políticamente ubicado en las localidades Shumaya, Nueva Esperanza y La Lima, distrito Huarango, provincia San Ignacio, departamento Cajamarca. La asignación hídrica mensualizada, se detalla en el siguiente cuadro:

Regístrese y Comuníquese. DE

riv ,144#0,k

..TUMIA Vivita° L OEL AGUA

• . ; RAÑÓN

. • --.0.020ti Mimbeia DI • o •

RESOLUCION DIRECTORAL N° 2CP -2017-ANA-AAA.M

Asignación hídrica mensualizada.

QUEBRADA UNID. VOLUMEN REGULAR/AD° (m3)

TOTAL

ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DK

El GALLINERO (1/s) 67,39 20,71 0,00 3,09 18,32 35,25 62,98 63,22 59,22 23,76 63,88 26,26

(ri 3) 19J 506,25 50090,63 0,00 8 002,50 49 063,15 91 375,56 168 684,61 169 336,48 153 506,72 63 631,87 165 565,36 70 340,63 1 170 103,76

ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; conforme lo establece el artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, deberá instalar instrumentos de control y medición de agua, en un plazo máximo de un (01) año, conservándolos y manteniéndolos en buen estado, con la finalidad de registrar y reportar mensualmente a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, el volumen captado y aprovechado de la quebrada El Gallinero. El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme lo establece la Ley de Recursos Hídricos.

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la relación de usuarios beneficiarios del Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero; detallados en los cuadros del Anexo N° 01, servirá de base para que el titular de la Licencia de Uso de Agua, emita Certificados Nominativos que presentan una parte de la asignación de agua que le corresponde a cada uno de los integrantes del bloque y deberá remitirlos a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya para su aprobación.

ARTICULO QUINTO.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral a la Oficina de Valor Económico del Agua de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para el cumplimiento del pago de la retribución económica por ser el agua patrimonio de la

n Alberto nación. do.,.eciesnia

Astsok U-GAt ARTICULO SEXTO.- REMITIR la presente Resolución Directoral a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para su inscripción en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTICULO SÉTIMO.- DISPONER que la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, deberá supervisar el derecho otorgado e informará a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón.

ARTICULO OCTAVO.- ENCARGAR a la Administración Local de Agua Chinchipe Chamaya, la notificación de la presente Resolución Directoral al Comité de Usuarios de Agua del Canal El Gallinero y a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jaén — San Ignacio; en el modo y forma de ley.

M o,

Ics-gf,7

Alberto'" desma

AS{ LEGAL/

Nº Aperdos y Nombrl DNI

Del predio Del Bloque de Riego Volum]

Asigial'aiio

( N cnt ce

Cedgo

C &61.4

Ama T131

(}e)

Arce ho

Riego (ha)

Nate del cvel de seritio

yio al irkirienio Nontre

Puto 1 upbbon WGS-84, Zom 17

Est (m) Naie (m)

01 1810019 DELGADO, MARIANO 27829888 EL SAUCE SO 0,5000 0,5000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 6 240,55

02 DIAZ RUIZ, NI CANOR 27829003 SHUMBANO Se 30,0000 10,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 124 811,10

03 FERNANDEZ OlANO, GAVINO 27829302 SAN ANTONIO S C 2,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

04 SILVA SILVA, YO IPLNDO 27828321 El HIGIRON S.0 10,0000 7,0000 EL GALLINERO ELGALLINERO 753 416 9 417 431 87 367,75

OS RACHO GONZALES, NMCISO 27843415 EL SAUCE S O 5,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

06 VARGAS TAPIA, JUAN DE LA CRUZ 27830779 MEXICO SO 3,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

07 PEREZ OIDERONJUISGOICA10 27263231 LOS AUZOS Se 2,0000 2,0000 EL GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

08 QUI ROZ CORREA, I DA9 27850587 (ALOMA Se 1,0000 1,0000 EL GAW N ERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

09 CORONADO PEREZ, JOSE CARSANCIO 27830155 EL UMON Se 3,0000 1,0000 El GALLINERO EL GALUNERO 753 416 9 417 431 12 481,11

10 HUATANGARE ESPARRAGA, ISIDRO 27829178 EL ZAPOTE SC 8,0000 5,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 62 405,53

11 SANTOS ALTAMIRANO, JUAN 27829258 LOS TRES COCOS S,C 5,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

12 ROJAS GONZAIES, ISAAC 27827843 LA LIMA SO 1,5000 1,5000 El GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 18 721,66

13 GARCI A HUATANGARI, DEUCIO 47813862 EL COCO SO 1,5000 1,5000 Ei. GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 18 721,66

14 RUIZ ASABEDO, ROMAN 27829099 EL CARRICILLO SC 4,0000 2,0000 ELGALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

15 ALTAMIRANO MENOR,JUANITO 41230921 SANTA BEATRIZ Se 1,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

16 ALTAMIRANO GOICOCHEA PRESENTACION 27830022 EL CARRIZO Se 2,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

17 CHACON HUATANGARI, JUAN CARLOS 27435571 EL TESORO SC 1,0000 1,0000 El GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

18 ALTAMIRANO DIAZ, FERMIN 27831080 EL ACERILLO Se 5,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

19 RUIZ VASQUEZ, JOSE CONCEPCION 27830166 LA ESPERANZA Se 5,0000 2,0000 El GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

20 VENEGAS SAIDI VAR, GASPAR 27842529 LA ESPERANZA Se 3,0030 1,0000 El GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

21 ALTAMIRANO GOICOCHEA, DEDICACION 27842170 LA NUEVA ESPERANZA SO 3,0030 1,5000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 18 721,66

22 CASTILLO FLORES, SIMON 27828986 EL HUAYO SO 8,0030 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

23 LOPEZ PINTADO, CAYETANO 27828895 EL ALMENDRO &C 8,0030 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

24 CHUQUE SANCHEZ, ENRIQUE 27828969 LOS ACERILLOS SO 8,0030 3,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 37 443,32

25 GARCIA HUATANGARI, PRAXEDES 27829323 LOS ALCONES S•C 5,0000 2,5000 EL GAIII N ERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 31 202,77

26 CHACON HUATANGARI, FERNANDO 27830569 EL TESORO SO 5,0000 2,0000 ELGALLINERO EL GALLINERO 753416 9 417 431 24 962,21

27 CHACON HUATAGARI, MARLENI 27843135 EL RAQUE S.0 2,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

28 CANGO SALVADOR, JUAN 27725598 LA NUEVA ESPERANZA S,C 3,0000 1,0000 ELGALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

29 COTRINA ROJAS, ROGELIO 27829501 EL NARANJO SO 8,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

30 GOICOCHEA MOLOCHO, SANTOS 27850162 EL HUAYACAN SC 0,2500 0,2500 El GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 3120,28

31 ALTAMIRANO DIA2, FELICIANA 27831076 LA NUEVA ESPERANZA S.O 4,5000 2,5000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 31 202,77

32 GARCI A PEÑA, ISI DORO 27709663 lik CANOVA SC 5,0000 5,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 62 405,51

33 SALVADOR ZETA, DANIELA 27830102 El CEREZO B.O 20,0000 1,0000 El GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

34 ASABEDO CONDOR, LUSI LA 27842157 LA CIRUELA SO 8,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

35 VASQUEZ ALTAMIRANO, ERMITAÑO 27829172 El ACERILLO SC 24,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

36 VASQUEZ TAPIA, FLOR MARINA 27829897 LA NUEVA ESPERANZA S.0 1,5000 0,5000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 6 240,55

37 RUIZ ASAVEDO, JOSE FEU X 27829918 EL ALGARROBO Se 8,0000 1,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

38 RAMIRO VELARDE, ESTANISIA0 27839698 FLOR DE NARANJA Sie 4,0000 4,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 49 924,40

39 CUBAS TORRES, U NDA FLOR 27839697 FLOR DE NARANJA Se 2,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

40 RAMIREZ CUBAS, MI LIAR KUNCEWITZ 44106152 EL LIMON Se 2,0000 2,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 24 962,21

41 ALTAMIRANO DIA), HORMESINDA 27673842 LOS COCOS SC 22,0000 3,0000 EL GALLINERO EL GALLINERO 753 416 9 417 431 37 443,32

TOTAL 244,7500 83,7500 1 045 292,69

RESOLUCION DIRECTORAL N2 -2017-ANA-AAA.M

Anexo N° 01: USUARIOS BENEFICIARIOS USTADO DE USUARIOS DEL BLOQUE DE RIEGO EL GAWNERO QUE ACREDITAN TITULARIDAD DE PREDIO

RESOLUCION DIRECTORAL N2 -2017-ANA-AAA.M

LISTADO DE USUARIOS DEL BLOQUE DE RIEGO EL GALLINERO QUE NO ACREDITAN TITULARIDAD DE PREDIO

N, kelbs y Nombres DNI

Del predio De la tiente de agua Uclumen

AsignadVaío

(ma) Nante

C ocígo

Calasted

Are Total

(Ir)

Area Blo

Riego (ha)

Nombre del oil de

servicio y/o lestcimienb N cebe

Purt de cAlridn WGS-84, Zara 17

Est (m) Nort (m)

01 RAMI RE2 MORENO, ELFER 45838778 4,000 3,000 EL GAWNERO El GAWNERO 753 416 9 417 431 37 443,32

02 MEDINA VELARDE, TOMAS 27827887 70,000 2,000 EL GALLINERO El GAIll N ERO 753 416 9 417 431 24 962,21

03 CAMISAN CONDOR, VIGOR 27842158 20,000 4,0 El GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 49 924,43

04 PEREZ VARGAS, EUGENIO 27246754 10,030 1,000 EL GALLINERO El GALLINERO 753 416 9 417 431 12 481,11

TOTAL 104,0000 10,0000 124 811,07

RESUMEN

Detalle Usuarios Predios A. total AB. Riego Volumen

(n (N1 (ha) (ha) (d)

Con documentos 41 41 244,7500 83,7500 1 045 292,69

Sin documentos 04 04 104,0000 10,0000 124 811,07

TOTAL 45 45 348,7500 93,7500 1 170 103,76

..15,C10Arq PPv~114R4.yOz:

l.liS bertu' eciesma

ASESOR LEGAL