resoluciÓn consejo municipio de ovalle

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~ consejo pala la "TransparenCia OFICIO N0 O O O 8 4[8 ANT.: Decisión rol R13-09, acordada el 16 de junio de 2009 por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia; Oficio N° 633, remitido por este Consejo al Contratar General de la República, el 9 de abril de 2010 para solicitarle la instrucción de un sumario; Oficio N° 12.657, de 1° de marzo de 2011, a través del cual el Contratar General de la República remite a este Consejo el sumario administrativo instruido por la Contrataría Regional de Coquimbo, en virtud de la Resolución N° 227, de 2010. MAT.: Remite resolución N° 78, de 11 de abril de 2011, que aplica medida disciplinaria que indica. SANTIAGO, J 1 ABR. ZDlI SR. CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA través del presente Oficio me permito remitir a usted copia de la resolución N° 78, de 11 de a ril de 2011, mediante la cual el suscrito pone en ejecución el acuerdo adoptado por el nsejo Directivo de esta Corporación en su sesión N°229, de 15 de marzo de 2011, a través d I cual se decidió aplicarle a doña Marta Lobos Insunza, Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad d Ovalle, la medida disciplinaria de multa equivale te al 20% de su remuneración mensual. S Juda atentamente a usted, ,fk' J.: Resolución N° 7B, de 11 de abril de 2011 O STRIBUCIÓN: 1 Destinataria 2 Expediente Rol R13-09 Morandé 115 piso 7. Santiago, Chile I Teléfono: 56-2 495 21 00 www.consejotransparenciél.el - conta [email protected] Página 1

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RESOLUCIÓN CONSEJO MUNICIPIO DE OVALLE

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Page 1: RESOLUCIÓN CONSEJO MUNICIPIO DE OVALLE

~ consejo pala la"TransparenCia

OFICIO N0O O O 8 4[8ANT.: Decisión rol R13-09, acordada el 16 de junio

de 2009 por el Consejo Directivo del Consejopara la Transparencia; Oficio N° 633,remitido por este Consejo al ContratarGeneral de la República, el 9 de abril de2010 para solicitarle la instrucción de unsumario; Oficio N° 12.657, de 1° de marzo de2011, a través del cual el Contratar Generalde la República remite a este Consejo elsumario administrativo instruido por laContrataría Regional de Coquimbo, en virtudde la Resolución N° 227, de 2010.

MAT.: Remite resolución N° 78, de 11 de abril de2011, que aplica medida disciplinaria queindica.

SANTIAGO, J 1 ABR. ZDlI

SR. CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA

través del presente Oficio me permito remitir a usted copia de la resolución N° 78, de 11 dea ril de 2011, mediante la cual el suscrito pone en ejecución el acuerdo adoptado por el

nsejo Directivo de esta Corporación en su sesión N°229, de 15 de marzo de 2011, a travésd I cual se decidió aplicarle a doña Marta Lobos Insunza, Alcaldesa de la Ilustre Municipalidadd Ovalle, la medida disciplinaria de multa equivale te al 20% de su remuneración mensual.

S Juda atentamente a usted,

,fk'J.: Resolución N° 7B, de 11 de abril de 2011

O STRIBUCIÓN:1 Destinataria2 Expediente Rol R13-09

Morandé 115 piso 7. Santiago, Chile I Teléfono: 56-2 495 21 00www.consejotransparenciél.el - conta [email protected]

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RESOLUCiÓN DE SUMARIO ENRECLAMO ROL R13-09

~ consejo para la.TransparenCia

Entidad pública: 1.Municipalidad de Ovalle.

Requirente: Gloria Yasna Pizarra Cortés.

Ingreso Consejo: 16.06.2009

EJECUTA ACUERDO DEL CONSEJODIRECTIVO ADOPTADO EN LA SESiÓN229, DE FECHA 15 DE MARZO DE 2011,SOBRE APLICACiÓN DE LA MEDIDADISCIPLINARIA DE MULTA A LAALCALDESA DE LA ILUSTREMUNICIPALIDAD DE OVALLE

RESOLUCiÓN w+8 , DE 11 DE ABRIL DE 2011

VISTO:

Las facultades otorgadas a este Consejo por la Ley de Transparencia de la FunciónPública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley deTransparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008,especialmente en sus artículos 47, 48 Y 49; ya la Contraloría General de la República enla misma Ley y en las disposiciones de su Ley Orgánica, Ley N° 10.336, cuyo textocoordinado, refundido y sistematizado fue fijado por el D.S. N°2.421/1964, del Ministeriode Hacienda; lo dispuesto en el convenio celebrado entre la Contraloria y este Consejo, el3 de junio de 2009; la decisión rol R13-09, acordada el16 de junio de 2009 por el ConsejoDirectivo del Consejo para la Transparencia; el Oficio N° 633, remitido por este Consejo alContralor General de la República el 9 de abril de 2010 para solicitarle la instrucción de unsumario: el sumario administrativo instruido por la Contra loría Regional de Coquimbo, envirtud de la Resolución N° 227, de 2010, aprobado en conjunto con su vista fiscal por laResolución N° 53, de 2011, Y remitido a este Consejo por el Contralor General de laRepública, mediante su Oficio N° 12.657, de 1° de marzo de 2011, lo acordado por elConsejo Directivo en su sesión N°229, de 15 de marzo de 2011, y las normas de la Ley W19.880, de 2003.

C O N S I D E R A N D O:

1. Que el Consejo Directivo de esta Corporación ha tenido a la vista los siguientesantecedentes en su sesión N° 229, celebrada el15 de marzo de 2011:

1) «En la decisión rol R13-09, este Consejo ordenó a la Sra. Alcaldesa de la IlustreMunicipalidad de Ovalle que dentro de los 30 días siguientes hábiles posteriores aque estuviese ejecutoriada dicha decisión publicase íntegramente en su sitioelectrónico la información de dicho municipio a que se refiere el artículo 7° de la

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consejo para la .Transparencia

Ley de Transparencia, particularmente aquélla mencionada en el considerando 6°,letras b), c), e) y f) de dicha decisión, todo ello de modo completo y expedito, bajoel apercibimiento de proceder conforme disponen los articulos 46 y siguientes dela Ley de Transparencia».

2) ((Habiéndose notificado esta decisión el 27 de enero de 2010, el9 de abril 2010 sesolicitó al Contralor General de la República la instrucción de un sumario siguiendolo acordado por el Consejo Directivo de esta Corporación en su sesión ordinaria N°135, celebrada el 23 de marzo de 2009, atendido que a esa fecha persistian lossiguientes incumplimientos:

a) Incumplimiento total en las siguientes materias, pues no había informaciónalguna respecto de ellas en su sitio web:

i) Estructura orgánica de la municipalidad (artículo r letra a) de la Ley deTransparencia);

ii) Trámites y requisitos que debe cumplir el interesado para tener acceso alos servicios que preste la municipalidad (articulo r letra h) de la Ley deTransparencia);

iii) Mecanismos de participación ciudadana (articulo r letra j) de la Ley deTransparencia);

iv) Resultados de las auditorias al ejercicio presupuestario de la municipalidad(artículo r letra 1) de la Ley de Transparencia); y

v) Entidades en que el Municipio tenga participación, representación eintervención, cualquiera sea su naturaleza y el fundamento normativo quelas justifica (artículo r letra m) de la Ley de Transparencia).

b) Incumplimientos parciales en relación a las siguientes materias:

i) No existe un link específico que informe sobre actos y resoluciones conefectos sobre terceros, conforme al artículo r letra g) de la Ley deTransparencia. Sólo se identifica un link con información sobre permisos deconstrucción -aunque no se publica el acto que los otorga- y otro sobrecomodatos, pudiendo subsumirse ambos en la norma indicada_ En estascircunstancias se estima que la página web contiene de un modoincompleto y poco expedito la información relacionada con este punto.

ii) Tampoco existe un link específico que informe sobre las contrataciones,según lo dispone el articulo r letra e) de la Ley de Transparencia. Sólo seadvierte un link a UDecretosD

, por medio del cual se accede a los mismosque, en su mayoría, se refieren a propuestas públicas para la contrataciónde servicios, por lo que se concluye lo mismo que en el punto anterior.

iii) Respecto de las facultades, funciones y atribuciones de cada una de launidades u órganos internos de la municipalidad (articulo r letra b) de laLey de Transparencia) sólo se publica el Reglamento Interno del ConcejoMunicipal, de manera que debe completarse el resto o dlreccionarse a ladescripción de unidades contenida en la página inicial del sitio web delmunicipio.

iv) El link "Subvenciones" publica la nómina de beneficiarios de determinados

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•••••• consejo para la"'Transparencia

programas sociales pero sin indicación de su diseño y los criterios deacceso a los mismos, como exige el artículo yo letra i) de la Ley deTransparencia».

3) «En la investigación realizada por la Contraloría Regional de Coquimbo, instruidapor el funcionario de dIcha Contrataría don Osvaldo Castillo, se formuló en contrade doña Marta Lobos Inzunza, Alcaldesa de la Municipalidad de Ovalle, el cargoúnico de no adoptar, en su calidad de Jefa Superior del ServIcio, medidassuficientes que aseguraran el debldo cumplimiento del artículo yo de la Ley deTransparencia, incumplimiento que fue representado al municipio por el oficio N°575, de este Consejo, de 7 de septiembre de 2009, y que luego ratificó la decisiónrol R13-09. Dicho cargo rola a fajas 46 del expediente».

4) «En sus descargos, a fajas 48 a 57, la Alcaldesa argumentó haber constituido unequipo de trabajo de alto nivel para construir una página web ajustada a losrequerimientos de la Ley de Transparencia, habiéndose le informado por éste queel sitio estaba construido correctamente y cumplia con la ley. Señala que estimóque seguramente la decisión rol R13-09 incurria en un error, pues en las reunionesdel equipo responsable se le reiteraban [os cumplimientos. Con todo, designó auna persona responsable de la página y de dirigir el equipo, cuya primeraobligación era subsanar los defectos. Señala, por último, que ha tomado medidaspara determinar la responsabilidad que administrativa mente corresponda a cadauno de sus funcionarios en el incumplimiento de los deberes encomendados, yque no ha dejado de ejercer el control jerárquico que le corresponde pues haencabezado todas las reuniones de trabajo y se ha reunido permanentemente conlos funcionarios a cargo)}.

5) «La vista fiscal, que ro[a a fajas 58 y siguientes, rechazó las alegaciones pues elresultado fue que no se dio cumplimiento a la Ley, y propuso aplicar a la Alcaldesauna multa equivalente al 40% de su remuneracióm}.

6) «Habiéndose dado traslado de la vista a la Alcaldesa, ésta hizo una serie deobservaciones pidiendo que se rebajara la sanción. El Contralor Regional deCoquimbo acogió la atenuante de irreprochable conducta anterior en suReso[ución N° 53, de 2011, que aprobó el sumario y su vista fiscal, motivo por elcual rebajó la proposición a una multa equivalente a sólo el 20% de laremuneración, entendiendo fehacientemente acreditada la responsabilidadadministrativa de la Alca[desa de [a Municipalidad de Ovalle por no haberadoptado, en su calidad de Jefe Superior del Servicio, medidas suficientes queaseguraran el debido cumplimiento del artículo r de la Ley de Transparencia)}.

7) «Copia del expediente del sumario administrativo respectivo fue remitida a esteConsejo por el Contra[or General de la República, mediante su Oficio N° 12.657,de 1° de marzo de 2011, dando cuenta de los hechos señalados en losconsiderandos precedentes».

8) «Conforme al artículo 47 de la Ley de Transparencia, el incumplímientoinjustificado de las normas sobre transparencia activa puede sancionarse conmulta de 20% a 50% de las remuneraciones del infractor por el Consejo Directivo

Morandé 115 piso 7. Santiago, Chile I Teléfono: 56-2 495 21 00www.conseiotransparenda.e1 - fQDjj\[email protected]

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~ consejo para la.Transparencia

del Consejo para la Transparencia».

2. Que el Consejo Directivo, en la misma sesión, analizó los antecedentes señalados enel considerando anterior y estimó que la sanción propuesta por la Contraloría Generalde la República se ajusta a las características de la infracción que ha quedadoacreditada, incluida la atenuante aplicada, acordando por unanimidad:

a. "Sancionar a doña Marta Lobos Insunza, Alcaldesa de la Ilustre Municipalidadde Ovalle, por incumplimiento injustificado de las normas sobre transparenciaactiva con una multa equivalente al 20% de su remuneración mensual. Laremuneración sujeta a la aplicación de la medida disciplinaria corresponderá afa primera que deba ser pagada después de la fecha en que quede a firme faresolución que ponga en ejecución el presente acuerdo".

b. "Facultar al Director General del Consejo para la Transparencia para poner enejecución el presente acuerdo, dictar todos los actos administrativosnecesarios y adoptar todas las medidas que se requieran para su cabalcumplimiento, en conformidad a lo establecido por la Ley de Transparencia,incluso antes de la firma de! acta de esta sesión".

3. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N"19.880, que establece lasbases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de laAdministración del Estado, "Las decisiones de los órganos administrativospluripersonales se denominan acuerdos y se llevan a efecto por medio deresoluciones de la autoridad ejecutiva de la entidad correspondiente."

4. Que el Director General del Consejo para la Transparencia, cuyo contrato de trabajofue aprobado por la Resolución Exenta W 1, de 6 de marzo de 2009, en virtud delarticulo 42 de la Ley de Transparencia, tiene para estos efectos la calidad deautoridad ejecutiva, correspondiéndole poner en ejecución los acuerdos adoptadospor el Consejo Directivo, cumplirlos y hacerlos cumplir.

RESUELVO:

1. Póngase en ejecución el acuerdo del Consejo Directivo del Consejo para laTransparencia adoptado en la sesión 229, de 15 de marzo de 2011, Y apliquese adoña Marta Lobos Insunza, Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Ovalle, la medidadisciplinaria de multa equivalente al 20% de su remuneración mensual.

11. Requiérase al Director de Administración y Finanzas de la Ilustre Municipalidad deOvalle, para que proceda a materializar la aplicación de la multa efectuando eldescuento señalado respecto de la primera remuneración que deba ser pagada a laAlcaldesa después de la fecha en que quede a firme la presente resolución y, una vezaplicada, informe a este Consejo de dicha circunstancia.

111. Publíquese la presente resolución y la sanción aplicada en el sitio electrónico delConsejo para la Transparencia y en el de la Ilustre Munlcipalldad de Ovalle, dentro delplazo de cinco días hábiles contados desde que esta resolución quede a firme, deacuerdo a lo prescrito en el artículo 48 de la Ley de Transparencia.

Morandé 115 piso 7. Santiago, Chile I Teléfono: 56-2 495 21 00www .conse¡otr3nsQªr.?Df:i_ª~_(;\-- LQDJª_ClQ.@consejQtr"j.osPi'lJ.entia.el

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•••••• consejo para la.,TransparenCia

Remítase copia de la presente resolución a la Contra laría General de la República.

ANÓTESE, NOTiFI

~~~ÓN1. Sra. Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Ovall2. Sr. Contralor General de la República.3. Sr. Jefe del Departamento de Finanzas de la4. Expediente Reclamo rol R13-09.

Morandé 115 piso 7. Santiago, Chile I Teléfono: 56-2 495 21 00www.consejotransparencia.e1 - con [email protected]

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