resolucion (2)
DESCRIPTION
agriculaturaTRANSCRIPT
![Page 1: resolucion (2)](https://reader036.vdocumento.com/reader036/viewer/2022083007/563dbad4550346aa9aa86614/html5/thumbnails/1.jpg)
6to JUZGADO PAZ LETRADOEXPEDIENTE : 00354-2015-0-1601-JP-FC-06MATERIA : EXONERACION DE ALIMENTOSJUEZ : MIRIAN TORRES VELASQUEZESPECIALISTA : SEGUNDO AMADO ALVARADO LAVADODEMANDADO : QUISPE CASTILLO, MATILDE ESTELADEMANDANTE : ASMAT GOMEZ, CESAR HUMBERTO
Resolución Nro. TRES Trujillo, ocho de mayo del año dos mil catorce
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta con el escrito que antecede; Y
CONSIDERANDO:
PRIMERO.- La parte demandada ha sido debidamente notificado con la resolución
admisoria como es de verse del asiento de notificación y constancia de previsión de
notificación que obra a folios ciento uno a ciento dos
SEGUNDO.- Que, pese al tiempo transcurrido la parte emplazada no ha cumplido
con absolver el traslado de la demandada, siendo procedente declararlo en la
condición jurídica de rebelde accediendo a lo solicitado. Por estas consideraciones y
de conformidad con la Ley 29821 y con el artículo 458º del Código Procesal Civil; se
resuelve:
1. DECLARAR en la condición jurídica de REBELDE al demandado
QUISPE CASTILLO, MATILDE ESTELA, en consecuencia
2. SEÑALESE para el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL QUINCE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA la audiencia
única, debiendo las partes concurrir con, hora exacta, bajo apercibimiento
de darse por concluido el proceso.