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30.10.2017 Resolución Nº 0697-2017-CU-Vrinv. HUANCAYO - PERU 2017

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30.10.2017

Resolución Nº 0697-2017-CU-Vrinv.

HUANCAYO - PERU

2017

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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES

VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

2

AUTORIDADES UNIVERSITARIAS

DR. JOSÉ MANUEL CASTILLO CUSTODIO

RECTOR

DR. RUBEN DARIO TAPIA SILGUERA

VICERRECTOR ACADÉMICO

DR. WILBER GONZALO VASQUEZ VASQUEZ

VICERRECTOR DE INVESTIGACIÓN

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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

3

TECNOESTRUCTURA DEL VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

Dr. AGUEDO BEJAR MORMONTOY

Dirección Universitaria de Proyectos, Desarrollo de Investigación y Transferencia

de Proyectos

Mg. MIGUEL RAÚL MERCADO REY

Oficina Universitaria de Propiedad Intelectual y Publicaciones

DR. GREGORIO GILMER ROSALES ROJAS

Oficina Universitaria de Financiamiento y Cooperación Técnica Internacional

SANDRA CAMARGO BARRETO

Secretaria de Vicerrectorado de Investigación

PATRICIA RAZA REYMUNDO

Secretaria de la Dirección Universitaria de Proyectos, Desarrollo de Investigación y

Transferencia Tecnológica

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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

4

DECANOS DE LAS FACULTADES

DR. FREDI GUTIÉRREZ MARTÍNEZ FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

DR. ROBERTO BERNARDO GANGAHUALA FACULTAD DE MEDICINA HUMANA

DR. WILLIAM OLIVERA ACUÑA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

DR. CASIO TORRES LÓPEZ FACULTAD DE INGENIERÍA

DR. ULDARICO AGUADO RIVEROS PRESIDENTE DE LA COMISIÓN REORGANIZADORA

MG. GERMAN CIFUENTES MOYA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

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DIRECTORES DE LAS UNIDADES DE INVESTIGACIÓN DE LAS FACULTADES

DR. RIGOBERTO RICALDI HURTADO

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

MG. MIGUEL RAÚL MERCADO REY

FACULTAD DE MEDICINA HUMANA

DRA. MELVA IPARRAGUIRRE MEZA

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

DR. CARLOS SANCHEZ GUZMAN FACULTAD DE INGENIERÍA

DR. JESÚS ARMANDO CAVERO CARRASCO FACULTAD DE EDUCACIÓN Y CIENCIAS HUMANAS

DR. OSCAR NINAMANGO SOLÍS

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DR. LUIS POMA LAGOS DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN DE POSGRADO

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VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

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ÍNDICE

Pág.

CARÁTULA I

Autoridades Universitarias II

Tecno estructura del Vicerrectorado de Investigación III

Decanos de las Facultades IV

Directores de la Unidades de Investigación de las Facultades V

Título I - Disposiciones Generales………………………………………………………………………………… 07

Capítulo I- Definición y Objetivos de la Investigación……………………………………………………... 07

Capítulo II - Base Legal, Fines, Alcance y Organización de la Investigación………….…………… 07

Capítulo III - Ética de Investigación…………………………………………………………………………..…… 12

Título II Disposiciones Específicas para Pregrado…………………………………………………………. 14

Capítulo I- De Los Docentes de Pregrado……………………………………………………………………….. 14

Capítulo II -Investigación Formativa de Estudiantes………………………………………………………. 25

Capítulo III -Del Grado Académico de Bachiller…………………………………………………………........ 26

Capítulo IV -Del Título Profesional………………………………………………………………………………… 29

Título III……………………………………………………………………………..……………………………………….. 32

Capítulo I- De la Escuela de Posgrado…………………………………………………………………………….. 32

Capítulo II - Financiamiento de los Investigadores………………………………………………………….. 32

Capítulo III - Convenios con Institutos……………………………………………………………………………. 33

Capítulo IV - Publicaciones y Propiedad Intelectual………………………………………………………… 33

Capítulo V - Del Repositorio de Investigación………………………………………………………………….. 33

Capítulo VI - De los Centros de Producción Relacionados a Investigación…………………………. 34

Capítulo VII – De las Faltas y Sanciones……………………………………………………………………………. 34

Capítulo VIII – Disposiciones Transitorias……………………………………………………………………….. 35

Capítulo IX – Disposiciones Finales………………………………………………………………………………….. 36

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REGLAMENTO DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

Definición y objetivos de la Investigación

Art. 1°. Definición- La Investigación es función fundamental y obligatoria de la Universidad y está

orientada a realizar investigación básica, aplicada o tecnológica en todos los campos del

conocimiento y desarrollo tecnológico que contribuya a la solución de problemas de interés

Local, Regional y Nacional. Se desarrolla a través de las Direcciones de Unidades de

Investigación de las Facultades y Dirección del Instituto de Investigación de Posgrado. Los

docentes, estudiantes y graduados de la Universidad Peruana Los Andes, participan en la

actividad investigadora en la Institución o en redes de Investigación Nacional e Internacional,

creadas por la Universidad.

Art. 2°. Objetivos de la Investigación: Los objetivos son:

a. Producir nuevos conocimientos en los distintos campos de Gestión, Ciencia y Tecnología

mediante la investigación básica, aplicada o tecnológica de docentes, estudiantes y graduados.

b. Promover el intercambio Académico, Científico y Tecnológico con Universidades, empresas y el

estado con el fin de solucionar problemas locales, regionales, nacionales e internacionales

c. Realizar convenios y alianzas estratégicas en el país y el extranjero con el propósito de mejorar

e innovar la actividad de investigación.

d. Promover la investigación multidisciplinaria, interdisciplinaria y transdisciplinaria.

CAPITULO II

Base Legal, Fines, Alcance, y organización de la Investigación

Art. 3°. La base legal del presente reglamento es:

a. Constitución Política del Estado (Art. 18)

b. Ley Universitaria N° 30220 (Cap. VI – Investigación)

c. Ley de la Educación N° 28044

d. Estatuto de la Universidad aprobado con Resolución N° 011-2015-AU del 27 -.01.2015 (Titulo X

de la Investigación).

e. Reglamento General de la UPLA

f. Ley sobre derecho del autor – Decreto Legislativo 822

g. Ley de Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e innovación de Acceso Abierto N°

30035

h. Reglamento de funcionamiento de los Comités de Ética

i. Reglamento del registro nacional de trabajos de investigación para optar grados académicos y

títulos profesionales-RENATI. Resolución del consejo directivo N°033-2016 SUNEDU.

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Art. 4°. El presente Reglamento tiene por finalidad regular, orientar, coordinar y organizar las

actividades de investigación, innovación y transferencia tecnológica en la Universidad

Peruana Los Andes.

Art. 5°. El Vicerrectorado de Investigación, es el órgano Universitario del más alto nivel en la

Universidad en el ámbito de investigación. Esta encargado de planificar, organizar, dirigir y

controlar los proyectos y actividades de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico que

se desarrollan a través de las diversas Unidades de Investigación de las Facultades y

Dirección del Instituto de Investigación de Posgrado.

Art. 6°. Las funciones del Vicerrectorado de Investigación1 son:

a. Dirigir y ejecutar la Política General de Investigación en la Universidad.

b. Supervisar las actividades de las Unidades de Investigación e Instituto de Investigación de

Posgrado con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas y en concordancia con su

misión y metas.

c. Organizar y promover la difusión del conocimiento y los resultados de las investigaciones a

través de los medios de comunicación social y en revistas indexadas nacionales e

internacionales y publicar el resumen anual informativo de las investigaciones.

d. Gestionar el financiamiento de la investigación ante las entidades y organizaciones públicas y

privadas, nacionales e internacionales.

e. Promover la generación de recursos para la Universidad a través de la producción de bienes y

prestación de servicios, derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como

mediante la obtención de regalías, patentes y otros derechos de Propiedad Intelectual.

f. Integrar a la Universidad con la empresa y el Estado como forma de buscar el desarrollo de la

Región y País.

g. Las demás atribuciones que le confiere la Ley Universitaria y el Estatuto.

Art. 7°. Para el cumplimiento de sus funciones, el Vicerrectorado de Investigación cuenta en su

estructura orgánica con: La Dirección Universitaria de Proyectos, Desarrollo de Investigación y

Transferencia Tecnología; la Oficina Universitaria de Propiedad Intelectual y Publicaciones, la

Oficina Universitaria de Financiamiento y Cooperación Técnica Internacional , las Unidades de

Investigación de la Facultad y el Instituto de Investigación de Posgrado.

Art. 8°. La Dirección Universitaria de Proyectos, Desarrollo de Investigación y Transferencia

Tecnológica se encargará de registrar, supervisar, evaluar los proyectos e informes de

investigación de los docentes, en coordinación con el Vicerrectorado de Investigación,

Facultades y Escuela de Posgrado.

Art. 9°. Son funciones de la Dirección Universitaria de Proyectos, Desarrollo de Investigación y

Transferencia Tecnológica2 los siguientes:

1 Art. 35 del Estatuto de la UPLA 2 Art. 293 del Estatuto de la UPLA

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a. Promover la participación de docentes, estudiantes y graduados en la Investigación a nivel

regional, nacional e internacional.

b. Promover iniciativas y programas de incentivos a la Investigación en las Unidades e Institutos

de Investigación de Pregrado y Posgrado de la Universidad.

c. Propiciar Certámenes Académicos – Científicos Nacionales e Internacionales a Nivel de

Investigación.

d. Gestionar y proponer el financiamiento de los Centros de Investigación Especializados.

e. Tener actualizado el Portal de Transparencia de información de sus actividades.

f. Registrar, evaluar y controlar los proyectos de investigación de docentes y graduados.

g. Elaborar el Plan Operativo Institucional

Art. 10°. La Oficina Universitaria de Propiedad Intelectual y Publicaciones es el órgano Universitario que gestiona el registro y uso de la propiedad intelectual, encargada de planificar, organizar, dirigir y controlar todo lo referente a la propiedad intelectual, así como difundir la investigación e innovación realizada por los docentes, estudiantes y graduados hacia la comunidad local, regional, nacional e internacional.

Art. 11°. La Oficina Universitaria de Propiedad Intelectual y Publicaciones, tiene las siguientes

funciones3

a. Inscribir las investigaciones, publicaciones, invenciones, marcas y patentes que se realizan en la

Universidad ante las instituciones respectivas como el Instituto Nacional de Defensa de la

Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), Biblioteca Nacional y

entre otros.

b. Implementar el registro de patentes, marcas y propiedad intelectual de la universidad.

c. Supervisar las publicaciones de los trabajos de investigación, artículos científicos y papers de

investigación en las revistas especializadas indexadas de la universidad.

d. Tener actualizado el portal de transparencia de información de sus actividades.

e. Desarrollar políticas, estrategias y normas que faciliten el desarrollo de patentes.

f. Gestionar y Administrar los recursos captados mediante proyectos de investigación y utilidades

por patentes cuyos fondos serán destinados a una cuenta intangible que servirán para

publicación de revistas indexadas.

g. Controlar y garantizar que la distribución de los ingresos producto del usufructo de patentes y

todo tipo de registro de propiedad intelectual sea respetando los derechos de autor o

investigador de la Universidad Peruana Los Andes.

h. Integrar a la universidad en redes interregionales, nacionales e internacionales a fin de

promover la investigación.

i. Elaborar su Plan Operativo Institucional (POI) así como su Reglamento General de Propiedad

Intelectual y publicaciones que forman parte de este reglamento.

j. Cumplir con las demás funciones que le asigne el Vicerrectorado de Investigación3.

3 Art. 294 del Estatuto de la UPLA

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Art. 12°. La Oficina Universitaria de Financiamiento y Cooperación Técnica Internacional es la

encargada de planificar, organizar, dirigir y controlar todo el financiamiento interno y externo

a nivel local, regional, nacional e internacional con el fin de garantizar el desarrollo de las

investigaciones.4

Art. 13°. La Oficina Universitaria de Financiamiento y Cooperación Técnica Internacional tiene las

siguientes funciones:

a. Promover la suscripción de los convenios nacionales e internacionales con fines de

investigación.

b. Proponer programas de apoyo directo a la investigación.

c. Promover el intercambio y pasantías de docentes y estudiantes.

d. Apoyar a las facultades y dependencias en el diseño y elaboración de proyectos de

investigación para el financiamiento externo.

e. Gestionar y difundir becas de estudios nacionales e internacionales para docentes y

estudiantes.

f. Tener actualizado el portal de transparencia de información de sus actividades.

g. Elaborar su Plan Operativo Institucional (POI) y su Reglamento de Financiamiento y

Cooperación Técnica Internacional, que forman parte de este Reglamento.

h. Cumplir con las demás funciones que le asigne el Vicerrector de Investigación.

Art. 14°. La Dirección de la Unidad de Investigación de las facultades y del Instituto de Investigación de

Posgrado son unidades académicas encargadas de aprobar, coordinar y supervisar la

ejecución de los proyectos de investigación de docentes, estudiantes y graduados.

El Director de la Unidad de Investigación es designado por el Decano por el periodo de dos

años, está dirigido por un docente ordinario en la categoría de principal o asociado con grado

académico de doctor y que esté realizando investigación.

Art. 15°. El Director de la Unidad de investigación de pregrado tiene las siguientes funciones: 5

a. Promover la investigación científica y tecnológica.

b. Aprobar, coordinar y supervisar la ejecución de los proyectos de investigación.

c. Proponer a la facultad el plan estratégico y plan operativo de la unidad.

d. Promover eventos científicos y divulgar la producción intelectual.

e. Promover la publicación indexada de las investigaciones realizadas.

f. Proponer la suscripción de convenios con fines de investigación.

g. Promover la inscripción de los derechos de autor de las investigaciones realizadas con fondos

de la universidad.

h. Proponer el sistema de investigación en la facultad.

Asimismo el Instituto de Investigación de Posgrado es una unidad académica de apoyo dependiente

del Consejo Directivo de la Escuela y está encargada de planificar, conducir y supervisar el

desarrollo de la investigación multidisciplinaria. El Director del Instituto de Investigación de la

4 Art. 295 del Estatuto de la UPLA

5 Art. 106 del Estatuto de la UPLA

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Escuela de Posgrado es elegido entre los Docentes Investigadores Ordinarios adscritos a este

Instituto, por el periodo de dos (02) años.

Las Funciones del Director de Instituto de Investigación de Posgrado 6

a. Supervisar los trabajos de investigación.

b. Revisar y evaluar los proyectos de investigación y tesis de Grado Académico.

c. Registra los trabajos de tesis y de investigación

d. Organizar evento científico y divulgar la producción intelectual.

e. Dirigir la publicación periódica de la revista científica indizada de la Escuela de Posgrado.

f. Otras funciones que determine su Reglamento.

Art. 16°. Las políticas de investigación a desarrollar por la universidad tanto para pregrado como

posgrado son:

- La Investigación es función fundamental y obligatoria en la Universidad Peruana Los Andes, donde participan docentes, estudiantes y graduados. Promover la formación de Centros e Institutos de Investigación, orientados a cumplir las Líneas de Investigación

- Generación de normas reglamentarias que establezcan incentivos y la distribución del tiempo, para la ejecución de la investigación científica.

- El Análisis anual de las Líneas de Investigación según las Escuelas Profesionales y Programas de Posgrado de acuerdo a los avances de la Ciencia y Tecnología.

- Evaluación periódica de la capacidad, alcance y experiencia institucional en investigación. - Organizar eventos científicos con la participación de especialistas del más alto nivel académico

nacional e internacional. - La participación de los investigadores en eventos científicos a nivel local, nacional e

internacional. - La publicación y divulgación de la producción científica, intelectual y tecnológica a través de las

revistas indexadas y repositorios institucionales. - La vinculación de la oferta institucional con la demanda social en ciencia, tecnología, innovación

y saberes. - Realizar alianzas estratégicas, convenios con Centros de Investigación Públicos y Privados a

nivel nacional e internacional. - Búsqueda de financiamiento interno y externo para desarrollar las Líneas de Investigación. - Aplicación responsable del derecho de Propiedad Intelectual de los investigadores de la

Universidad.

Art. 17°. Las áreas y líneas de investigación de la Universidad Peruana Los Andes son mecanismos que

orientan el desarrollo de las investigaciones tanto en pre grado y posgrado.

ART. 18°. La universidad es una comunidad académica y de investigación, por lo tanto toda

organización de eventos de investigación como seminarios, cursos, ponencias entre otros

6 Art. 223 del Estatuto de la UPLA

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será autorizada por el vicerrectorado de investigación, para su desarrollo, bajo

responsabilidad de la facultad o escuela organizadora

CAPITULO III

ÉTICA DE INVESTIGACIÓN

Art. 19°. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA ACTIVIDAD INVESTIGATIVA7

La actividad investigativa que se realiza en la Universidad Peruana Los Andes se rige por los

siguientes principios

a. Protección de la persona y de diferentes grupos étnicos y socio culturales.

La persona en toda investigación es el fin y no el medio, por ello se debe respetar la dignidad

humana, la identidad, la diversidad, la libertad, el derecho a la autodeterminación informativa,

la confidencialidad y la privacidad de las personas involucradas en el proceso de investigación.

b. Consentimiento informado y expreso.

En toda investigación se debe contar con la manifestación de voluntad informada, libre,

inequívoca y específica, mediante la cual las personas como sujeto de investigación o titular de

los datos consisten en el uso de la información para los fines específicos establecidos en los

proyectos de investigación.

c. Beneficencia y no maleficencia.

En toda investigación debe asegurarse el bienestar e integridad de las personas que participan

en las investigaciones. Por lo que, durante la investigación no se debe causar daño físico ni

psicológico; asimismo se debe minimizar los posibles efectos adversos y maximizar los

beneficios.

d. Protección al medio ambiente y el respeto de la biodiversidad

Toda investigación debe evitar acciones lesivas a la naturaleza y a la biodiversidad, implica el

respeto al conjunto de todas y cada una de las especies de seres vivos y de sus variedades, así

como a la diversidad genética.

e. Responsabilidad

Los investigadores, docentes, estudiantes y graduados deberán actuar con responsabilidad en

relación con la pertinencia, los alcances y las repercusiones de la investigación, tanto a nivel

individual e institucional, como social.

f. Veracidad

Los investigadores, docentes, estudiantes y graduados deberán garantizar la veracidad de la

investigación en todas las etapas del proceso, desde la formulación del problema hasta la

interpretación y la comunicación de los resultados.

7

Art. 4 del Código de Ética de Investigación de la UPLA

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Art. 20°. NORMAS DE COMPORTAMIENTO ÉTICO DE QUIENES INVESTIGAN 8

Los investigadores, docentes, estudiantes y graduados de la Universidad Peruana Los Andes

cuando realizan su actividad investigadora deben regirse a las normas del Código de Ética de

la Universidad, que son:

a. Ejecutar investigaciones pertinentes, originales y coherentes con las líneas de investigación,

Institucional.

b. Proceder con rigor científico asegurando la validez, la fiabilidad y credibilidad de sus métodos,

fuentes y datos.

c. Asumir en todo momento la responsabilidad de la investigación, siendo conscientes de las

consecuencias individuales, sociales y académicas que se derivan de la misma.

d. No aceptar subvenciones o contratos de investigaciones que especifiquen condiciones

inconscientes con su juicio científico, con la Visión y Misión de la Universidad Peruanas Los

Andes, o que permitan a los patrocinadores vetar o retrasar la publicación académica, porque

no están de acuerdo con los resultados.

e. Garantizar la confidencialidad y anonimato de las personas involucradas en la investigación,

excepto cuando se acuerde lo contrario.

f. Reportar los hallazgos de la investigación de manera abierta, completa y oportuna a la

comunidad científica; así mismo devolver los resultados a las personas, grupos y comunidades

participantes en la investigación cuando el caso lo amerita.

g. Tratar con sigilio la información obtenida y no utilizarla para el lucro personal ilícito o para

otros propósitos distintos de los fines de la investigación.

h. Cumplir con las normas institucionales, nacionales e internacionales que regulen la

investigación, como las que velan por la protección de los sujetos humanos, sujetos animales y

la protección del ambiente.

i. Revelar los conflictos de intereses que puedan presentarse en sus distintos roles como autor,

evaluador y asesor.

j. En las publicaciones científicas, deben evitar incurrir en las siguientes faltas deontológicas:

Falsificar o inventar datos total o parcialmente con fines de ajuste, tergiversar o sesgar los

resultados de la investigación

Plagiar lo publicado por otros autores de manera total o parcial.

Incluir como autor a quien no ha contribuido sustancialmente al diseño y realización del

trabajo

Publicar repetidamente los mismos hallazgos.

k. Publicar los trabajos de investigación en estricto cumplimiento al Reglamento de Propiedad

Intelectual de la Universidad Peruana Los Andes y normas referidas a derecho de autor.

8 Art. 5 del Código de Ética de Investigación de la UPLA

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Art. 21°. La universidad para regular la Ética de los trabajos de investigación organizara Comités de

Ética en cada Facultad que estará presidido por el Director de la Unidad de investigación o

Director del Instituto de Investigación de la escuela de Posgrado según corresponda.

TITULO II

DISPOSICIONES ESPECÍFICAS PARA PREGRADO

CAPITULO I

DE LOS DOCENTES DE PREGRADO

Art. 22°.Un docente dedicado a investigar es aquel que posee formación de posgrado, que

simultáneamente se dedica a la enseñanza y a la investigación.

El docente dedicado a investigar está obligado a la producción intelectual para publicaciones

o a la elaboración de materiales de enseñanza. Los talleres de tesis y los seminarios de

investigación serán desarrollados por el docente que realiza investigación en la Universidad.

Art. 23°. De los requisitos:

Para ser docente dedicado a investigar se requiere:

a. Estar registrado en el DINA (Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores

b. Contar con resolución de Rectorado del informe final o el oficio de aprobación emitido por el

Director Universitario de proyectos, desarrollo de investigación y transferencia tecnológica de

su última investigación.

c. Presentar el proyecto de investigación o el plan de texto universitario en físico y en digital

d. Constancia de verificación de la similitud de los trabajos de investigación por el software

correspondiente, el cual no debe sobrepasar el 30 %

e. Tabla de calificación del proyecto de investigación expedida por el director de la unidad de

investigación de la facultad.

f. Ficha de registro de proyecto.

Art. 24°. El docente Ordinario que esté ejecutando Investigación tendrá los derechos siguientes:

a. Prioridad sobre cualquier otro docente que no realice investigación para participar como

ponente o asistente en eventos científicos a realizarse a nivel Internacional, Nacional y Regional

en concordancia con la resolución del reglamento de participación en eventos académicos –

científicos; asimismo a dictar las asignaturas de investigación en la Universidad.

b. A tener una carga académica no mayor de dos (02) asignaturas diferentes o una sola asignatura

de 10 a 12 horas por semana, asimismo tener derecho a 8 horas como carga no lectiva por

semana, para dedicarse a la investigación.

c. A solicitar una ampliación para presentar el informe final, máximo por 6 meses cuando la

investigación sea compleja (cambios económicos, políticos o sociales) o por un máximo de 8

meses cuando el docente sufra accidente, enfermedad o el fallecimiento de sus padres o hijos,

las cuales serán necesariamente fundamentadas y acompañadas con documentos públicos

d. A recibir las facilidades para ejecutar su investigación, (acceso a laboratorio, biblioteca, base de

datos, muestras y otros).

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e. A ser designado como máximo 5 asesorías de tesis y tener 2 horas no lectivas por semana por

asesoramiento.

f. Ha ser designado responsable del dictado de los cursos de talleres de investigación,

metodología de la investigación entre otros, así como a ser designado asesor y jurado de

trabajos de investigación.

g. El docente podrá realizar dos o más investigaciones pero solo recibirá una sola bonificación por

investigación.

Art. 25°. El docente contratado a tiempo completo realizará investigación como co autor y tendrá

derecho a ser considerado en la Resolución del Plan de investigación e informe final y tener

acceso de 4 horas no lectivas por semana para investigación; mientras el docente contratado a

tiempo parcial que realice investigación recibirá solo las resoluciones antes indicadas que

servirá como requisito para una nueva contrata.

El docente contratado a tiempo completo y tiempo parcial tienen derecho a lo dispuesto en

el Art. 24 Inc. “d”, “e” y “f” del presente Reglamento.

El número máximo de docentes que realicen una investigación será hasta cinco, siendo el

responsable el docente ordinario.

Art. 26°. La Investigación de los docentes en la Universidad Peruana Los Andes se desarrolla en

función de las áreas y Líneas de Investigación, Políticas de Investigación y los objetivos

institucionales, orientada a la solución de problemas locales, regionales, nacionales e

internacionales a través de los siguientes tipos de investigación:

a. Investigación ordinaria es lo que desarrolla el docente nombrado como parte del trabajo

académico regular. Pueden participar también los docentes extraordinarios. Tienen una

bonificación por investigación del 30% de la remuneración básica que es de carácter temporal.

b. Investigación extraordinaria lo realizan el docente investigador que es aquel docente que haya

sido calificado y certificado previamente como investigador de SINACYT del CONCYTEC,

participa el docente investigador que se dedica a la generación de conocimiento e innovación a

través de la investigación. Es designado a razón de su excelencia académica, su carga lectiva

será de (1) curso por año, tiene una bonificación especial del 50% de sus haberes totales. 9

c. Investigación exclusiva, cuya ejecución estará a cargo de un docente investigador dedicado a la

generación de conocimiento científico e innovación tecnológica. La designación del docente

investigador obedecerá a haber realizado investigación por más de 7 años, debidamente

comprobada, teniendo derecho al año sabático 10 y deberá estar registrado en DINA.

Art. 27°. El docente que realiza investigación deberá presentar el Proyecto de investigación de

conformidad a la estructura que se detalla en el Art. 30 del presente Reglamento.

9 Art. 86 de la Ley 30220 y Art. 162 del Estatuto de la UPLA

10 Art. 167 inc. 1 del Estatuto de la UPLA

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Art. 28°. Los proyectos de investigación en su ejecución tendrán una duración de un año mínimo y

máximo 1 año y 8 meses de acuerdo a la complejidad de la investigación y se contara a partir

de la fecha de aprobación de la Resolución en concordancia con el Art. 24 inc. “c” del

presente Reglamento.

Art. 29°. El Director de la Unidad de Investigación de la Facultad y el Director del Instituto de

Investigación de Posgrado, recibido el Proyecto de Investigación evaluará, calificara y

emitirá un informe al Vicerrectorado de Investigación en el tiempo máximo de tres días

hábiles bajo responsabilidad.

En caso existiera observaciones por el Vicerrectorado de Investigación, el proyecto será

devuelto al Director de la Unidad de Investigación de la Facultad para que se levante las

observaciones por el investigador. Subsanado la observación, el Director de la Unidad

remitirá el proyecto para el trámite respectivo.

Asimismo en caso que el Director de la Unidad de Investigación esté ausente por vacaciones,

salud o motivo de fuerza mayor debidamente justificado, el Vicerrectorado de Investigación

será el encargado de calificar los Proyectos e Informes finales de Investigación.

Art. 30°. La estructura del Proyecto de Investigación será:

ESTRUCTURA DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

CARATULA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Unidad de Investigación o nombre de la Escuela Profesional

Logotipo de la Universidad

Título del Proyecto

Para optar …

Autor (es) y colaboradores (opcional): condición, categoría, dedicación, email (solo para docentes)

Asesor (para estudiantes y graduados)

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Fecha de inicio y culminación de la Investigación

Ciudad, país, año y mes

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Introducción

Contenido

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1. Descripción de la realidad problemática

1.2. Delimitación del problema

1.3. Formulación del problema

Page 17: Resolución Nº 0697-2017-CU-Vrinv. HUANCAYO - upla.edu.pe · d. Estatuto de la Universidad aprobado con Resolución N° 011-2015-AU del 27 -.01.2015 (Titulo X de la Investigación)

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1.3.1. Problema General

1.3.2. Problema (s) Específico (s)

1.4. Justificación

1.4.1. Social

1.4.2. Teórica

1.4.3. Metodológica

1.5. Objetivos

1.5.1. Objetivo General

1.5.2. Objetivo(s) Específico(s)

II. MARCO TEÓRICO:

a. Antecedentes (nacionales e internacionales)

b. Bases Teóricos o Científicas

c. Marco Conceptual (de las variables y dimensiones)

III. HIPOTESIS

a. Hipótesis General

b. Hipótesis específico

c. Variables (definición conceptual y operacionalización)

IV. METODOLOGÍA

a. Método de Investigación

b. Tipo de Investigación

c. Nivel de Investigación

d. Diseño de la Investigación

e. Población y muestra

f. Técnicas e Instrumentos de recolección de datos

g. Técnicas de procesamiento y análisis de datos

h. Aspectos éticos de la Investigación

V.- ADMINISTRACIÓN DEL PLAN

1.6. Presupuesto

1.7. Cronograma de ejecución

VI.-REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS (APA, Vancouver e Iso 690)

Anexos

Matriz de consistencia

Matriz de operacionalizacion de variables

Matriz de operacionalizacion del instrumento

El instrumento de investigación

Consentimiento informado.

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ART. 31°. La estructura de los informes de avance de ejecución de la investigación será

1er. Avance: Portada Cap. I (del informe final) Cap. II (del informe final) 2do. Avance: Portada Cap. III (del informe final) Cap. IV (del informe final)

3er. Avance: Portada Cap. V (del informe final) Art. 32°. La estructura del Informe Final de Investigación será:

ESTRUCTURA DEL INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN

CARATULA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Unidad de Investigación o nombre de la Escuela Profesional

Logotipo de la Universidad

Título del Proyecto

Para optar …

Autor (es) y colaboradores (opcional): condición, categoría, dedicación, email (solo para docentes)

Asesor (para estudiantes y graduados)

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Fecha de inicio y culminación de la Investigación

Ciudad, país, año y mes

INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN

Dedicatoria

Agradecimiento

Presentación

Contenido

Contenido de tablas

Contenido de figuras

Resumen/Abstract

CAPITULO I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1. Descripción de la realidad problemática

1.2. Delimitación del problema

1.3. Formulación del problema

Page 19: Resolución Nº 0697-2017-CU-Vrinv. HUANCAYO - upla.edu.pe · d. Estatuto de la Universidad aprobado con Resolución N° 011-2015-AU del 27 -.01.2015 (Titulo X de la Investigación)

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1.3.1. Problema General

1.3.2. Problema (s) Específico (s)

1.4. Justificación

1.4.1. Social

1.4.2. Teórica

1.4.3. Metodológica

1.5. Objetivos

1.5.1. Objetivo General

1.5.2. Objetivo(s) Específico(s)

CAPITULO II MARCO TEÓRICO

i. Antecedentes (nacionales e internacionales)

j. Bases Teóricos o Científicas

k. Marco Conceptual (de las variables y dimensiones)

CAPITULO III HIPOTESIS

a. Hipótesis General

b. Hipótesis específico

c. Variables (definición conceptual y operacional)

CAPITULO IV METODOLOGÍA

d. Método de Investigación

e. Tipo de Investigación

f. Nivel de Investigación

g. Diseño de la Investigación

h. Población y muestra

i. Técnicas e Instrumentos de recolección de datos

j. Técnicas de procesamiento y análisis de datos.

k. Aspectos éticos de la Investigación

CAPITULO V: RESULTADOS 4.1 Descripción de resultados 4.2 Contrastación de hipótesis

ANÁLISIS Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ANEXOS:

Matriz de consistencia

Matriz de operacionalizacion de variables

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Matriz de operacionalizacion de instrumento

Instrumento de investigación y constancia de su aplicación

Confiabilidad valida del instrumento

La data de procesamiento de datos

Consentimiento informado

Fotos de la aplicación del instrumento.

Art. 33°.El informe Final se presentará de conformidad a lo programado en el proyecto de

investigación, presentando tres ejemplares en físico y CD a la Unidad de Investigación de su

facultad acompañando un artículo científico de su investigación de conformidad a la

estructura detallada en el artículo 42 inciso B del presente reglamento el cual previa revisión

y calificación de acuerdo a la tabla que forma parte del presente reglamento; se remitirá al

vicerrectorado de investigación para su evaluación y luego derivado al Rectorado para la

emisión de la resolución del informe final.

Art. 34°. Investigación Tecnológica o Básica.- es la actividad que a través de la investigación aplicada

del método científico, está encaminada a descubrir nuevos conocimientos (investigación

básica) a la que posteriormente se le busca aplicaciones prácticas (investigación tecnológica o

básica) para el diseño o mejoramiento de un producto, proceso industrial, maquinarias y

equipos.

Art. 35°. La estructura para presentar la estructura del Proyecto de Investigación Tecnológica será:

ESTRUCTURA DE PROYECTO DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA

CARATULA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Unidad de Investigación o Escuela Profesional

Logotipo de la Universidad

Título de la Investigación

Para optar (solo para estudiantes)

Autor (es) y colaboradores: condición categoría dedicación, email.

Asesor (solo para estudiantes)

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Fecha de inicio y culminación de la Investigación

Ciudad, País, año y mes

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

Introducción

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Contenido

I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1. Observaciones o diagnostico

1.2. Descripción del problema

1.3. Formulación del problema

1.4. Objetivos

1.5. Hipótesis

1.6. Contribución Teórica o Práctica de la Investigación

II. MARCO TEÓRICO

2.1. Antecedente del problema a investigar

2.2. Bases teóricas de la investigación

2.3. Glosario

2.4. Justificación

III. METODOLOGÍA

3.1. Métodos a usar en la actividad investigativa

3.2. Tipo de investigación

3.3. Diseño de la investigación para contrastar la Hipótesis

3.4. Materiales y equipos

3.5. Validez de contenido (variables a evaluar)

3.6. Técnicas para el procesamiento y análisis de la Información

3.7. Técnicas de evaluación de objetivos y de comunicación

IV. ADMINISTRACIÓN

4.1. Cronograma de actividades

4.2. Presupuesto

4.3. Financiamiento

Referencias bibliográficas

Anexos

Art. 36°. Para presentar los informes de avance se sujetara al Art. 31 del presente reglamento.

Art. 37°. Una vez concluida la investigación el docente presentará su informe final de acuerdo a la

estructura del Informe Final de Investigación Tecnológica y acompañara el artículo científico

producto de su investigación (de acuerdo a la estructura señalada en el Art. 42 inciso B)

siendo su estructura lo siguiente:

ESTRUCTURA DEL INFORME FINAL DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA

CARATULA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Unidad de Investigación o Escuela Profesional

Logotipo de la Universidad

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Título del Proyecto

Para optar (solo para estudiantes)

Autor (es)

Asesor (solo para estudiantes)

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Fecha de inicio y culminación de la Investigación

Ciudad, País, año y mes

GENERALIDADES

Dedicatoria

Agradecimiento

Contenido

Contenido de tablas

Contenido de figuras

Resumen / abstracto

CAPITULO I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

1.1. Observación de la realidad

1.2. Descripción del problema

1.3. Formulación del problema

1.4. Objetivos

1.5. Hipótesis

1.6. Contribución teórica o práctica

1.7. Antecedentes del problema a investigar

1.8. Bases teóricas

1.9. Justificación

CAPITULO II METODOLOGÍA

2.1. Métodos a usar

2.2. Tipo de investigación

2.3. Diseño de la investigación para contrastar la hipótesis

2.4. Materiales y equipos

2.5. Validez del constructo (variable a evaluar)

2.6. Técnicas para el procedimiento y análisis de la Información

2.7. Técnicas de validación de objetivos de comunicación

CAPITULO III Resultados

CAPITULO IV Análisis y discusión de resultados

CAPITULO VI Conclusiones

Referencias bibliográficas

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Anexos Consentimiento informado Evidencias fotográficas

Art. 38°. El docente podrá realizar una investigación documental que consiste en preparar un texto

Universitario de consulta. Para la Investigación documental utiliza documentos (textos,

revistas, artículos y etc.), recopila datos, selecciona y analiza documentos que contienen

información relacionados con el estudio, para luego presentar resultados que sirven de base

a la construcción de conocimientos y desarrollo para la creación científica; en ese sentido se

presentará de acuerdo a las estructuras siguientes:

a. PROYECTO DE ELABORACIÓN DE TEXTO UNIVERSITARIO.

CARATULA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Escuela Profesional

Unidad de investigación

Logotipo de la Universidad

Título del texto Universitario

Autor (es)

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Ciudad, país, año y mes

I.- ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE TEXTO UNIVERSITARIO

a. Título del Texto b. Autor(es) c. Justificación d. Objetivos

a. General b. Específicos

e. Metodología f. Valor teórico y vigencia del Tema. g. Aplicación en la Formación Profesional h. Relevancia Socio Económico y Ecológico i. Estructura del Texto y contenido por Unidad Didácticas j. Conclusiones y Sugerencias. k. Referencia Bibliográfica l. Presupuesto y Financiamiento m. Cronograma de Actividades

n. Hoja de vida de los Autores

b. ESTRUCTURA DE PRESENTACIÓN DE AVANCE DE LA ELABORACIÓN DEL TEXTO

CARATULA

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Nombre de la Universidad

Nombre Vicerrectorado de Investigación

Nombre de la Facultad, Unidad de Investigación, Escuela Profesional.

Logotipo de la Universidad

1er, 2do, 3er avance de elaboración de texto(Según corresponda)

Título del texto Universitario

Autor (es)

Resolución de aprobación (número y fecha de aprobación)

Fecha de inicio y finalización

Ciudad, país y año.

I. INTRODUCCIÓN

II. AVANCE DEL CONTENIDO Primer avance el 25 %; segundo avance el 50 %; Tercer avance el 75 %

e informe final el 100%

III. REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

IV. ANEXOS

c.- ESTRUCTURA DE PRESENTACIÓN FINAL DEL TEXTO UNIVERSITARIO SERA:

I. PORTADA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la escuela profesional

Logotipo de la Universidad

Diseño propio del autor

Título del texto

Autor (es)

ESTRUCTURA DEL TEXTO

Hoja en blanco

Contra tapa

Siguiente página: COPYRIGHT (Derecho del autor, ISBN, depósito legal, título del texto,

edición, año, editorial, lugar y otros)

Dedicatoria

Agradecimiento

Contenido

Prologo

Introducción

Cuerpo del texto por capítulos

1.1. Título del capitulo

1.2. Objetivo del capitulo

1.3. Desarrollo de contenidos

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1.4. Resumen del capítulo (opcional)

1.5. Preguntas teóricos del capítulo (Para textos auto instructivos)

1.6. Ejercicios o casos del capítulo propuesto (Para textos auto instructivos)

II. Referencias Bibliográficas

III. Tabla de respuestas al punto 1.6. (Para textos auto instructivos)

Anexos

CAPITULO II

INVESTIGACIÓN FORMATIVA DE ESTUDIANTES

Art. 39°.La investigación formativa son espacios para la formación en investigación de los estudiantes

en su formación profesional mediante un proceso de motivación, participación y aprendizaje

continuo, es decir dar forma al proceso investigativo preparando al estudiante a través del

desarrollo de actividades por ciclos o semestres de estudios para comprender la investigación

científica.

Art. 40°.La operacionalizacion de la investigación formativa en la universidad se dará como un proceso

investigativo por partes, es decir a partir del primer semestre hasta el décimo semestre (en

Medicina Humana 14 semestres) en todos los trabajos académicos y/o monografías que

dentro de su asignatura el docente solicitará, teniendo en consideración los aspectos

siguientes:

En el 1er semestre : Aplicación de citas, mediante los estilos APA, para Ciencias

Sociales, Vancouver para medicina y salud e ISO 690 para

Ingeniería.

En el 2do semestre : Análisis de los antecedentes y bases teóricas

En el 3er semestre : Idea de investigación, fuentes, descripción y análisis de la,

Formulación del problema general y específico.

En el 4to semestre : Análisis y formulación de objetivo, hipótesis general y específico.

En el 5to semestre : Metodología de la investigación, tipo, nivel, diseño.

En el 6to semestre : Población, muestra y técnicas de muestreo.

En el 7mo semestre : Criterios para el diseño y elaboración de instrumentos

En el 8vo semestre : Criterios para el trabajo de campo.

En el 9no semestre : Análisis de resultados- Prueba de hipótesis

En el 10mo semestre : Elaboración de un artículo científico.

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Además el Director de la unidad de investigación de la facultad podrá organizar:

a. Círculos de estudios que es un grupo de 8 a 12 estudiantes que se agrupan regularmente para

tratar temas problemáticas de la localidad o de la Región en forma colaborativa y democrática y

que sean asesoradas por un docente.

b. Semilleros en investigación que es una estrategia pedagógica extracurricular que tiene como

finalidad fomentar la cultura investigativa en estudiantes de cada facultad que se agrupan para

desarrollar actividades investigativas por áreas y líneas de investigación desde el inicio de su

formación profesional en forma básica.

c. Coloquio que es una reunión de estudiantes en la que se expone, discute, se analiza y critica

acerca de la mejor investigación presentada por los estudiantes que culminaron cursos de

investigación en cada escuela profesional.

CAPITULO III

DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER

ART. 41°. El grado académico de Bachiller: se requiere haber aprobado todos los créditos de su plan de

estudios, así como haber presentado y aprobado un trabajo de investigación y conocer un

idioma extranjero de preferencia inglés o lengua nativa.

Art. 42°. El trabajo de investigación es una modalidad de obtención de grado académico que implica el

proceso de generación de conocimiento en un determinado campo de estudio, por lo que debe

ser ejecutado y sus características son:

1. Debe ser sustentada

2. Debe ser original

3. El trabajo de investigación deberá ser elaborado y sustentado en forma individual o

grupal (hasta 2 participantes).

4. Asignación de un asesor

5. En caso de un trabajo de investigación multidisciplinario será hasta 5 participantes.

6. Todo trabajo de investigación será acompañado por la evaluación de un software anti

plagio y se aceptara solo hasta el 30 % de similitud

El trabajo de investigación tendrá las modalidades y estructura siguiente:

A. ESTUDIOS DE PREFACTIBILIDAD11.- Es la investigación del análisis técnico-económico de las

alternativas de inversión que dan solución al problema planteado así como debe concentrarse en

la identificación de alternativas y en el análisis técnico de las mismas el cual debe ser incremental.

Su estructura es de la forma siguiente:

PORTADA

11

Anexo n° 01 del Reglamento de RENATI, Resolución del Consejo Directivo N° 033-2016- SUNEDU

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Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Escuela Profesional

Logo de la Universidad,

Título del trabajo de investigación

Para optar el grado de Bachiller

Autor(es)

Asesor (es)

Lugar o Institución de Investigación

Área de investigación

Línea de investigación

N° de Resolución de expedito

Ciudad, país, año y mes

GENERALIDADES

Dedicatoria

Agradecimiento

Contenido

Contenido de tablas

Contenido de figuras

Resumen/abstract

I.- CONTENIDO.-

Diagnóstico y determinación del problema

Análisis del mercado.

Objetivos

Análisis técnico.

Análisis de inversión

Análisis de costos de operación.

El tamaño del proyecto

Localización del proyecto

Análisis legal sobre la actividad, contaminación ambiental y eliminación de desechos.

Evaluación socio económico

Ficha ambiental

Análisis de sensibilidad y/o riesgo

Conclusiones

o Postergar el proyecto

o Reformular el proyecto

o Abandonar el proyecto

o Continuar su estudio de factibilidad.

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B.- ARTICULO CIENTÍFICO12 Es un trabajo de investigación publicado en alguna revista especializada.

Tiene como objetivo difundir de manera clara y precisa, los resultados de una investigación

realizada sobre un área determinada del conocimiento científico, tecnológico, cultural etc. El

artículo científico tendrá la estructura siguiente:

PORTADA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Escuela Profesional

Logo de la Universidad,

Título del trabajo de investigación

Para optar el grado de Bachiller en…

Autor(es)

Asesor

Lugar o Institución de Investigación

Área de investigación

Línea de investigación

Ciudad, país, año y mes.

CONTENIDO

Titulo

Autor (es)

Resumen

Abstract

Introducción

Metodología

Resultados

Discusión

Conclusiones

Referencia bibliográfica.

Anexos

C.- SHORT PAPER (Breve documento) 13Es un trabajo de investigación que contiene un ensayo o

artículo corto dentro de un área determinado del conocimiento científico, tecnológico o cultural. Su

estructura es de la forma siguiente:

PORTADA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

12

Anexo N° 01 del Reglamento de RENATI Resolución de Consejo Directivo N° 033-2016-SUNEDU 13

Anexo N° 1 del Reglamento de RENATI, Resolución de Consejo Directivo N° 033-2016-SUNEDU

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Nombre de la Escuela Profesional

Logo de la Universidad

Título del trabajo de investigación

Para optar el grado de Bachiller en…

Autor (es)

Asesor

Lugar o Institución de Investigación

Área de investigación

Línea de investigación

Ciudad, país, año y mes

I. CONTENIDO

Titulo

Autor (es)

Filiación académica

Resumen

Abstract

Palabras claves

II. INTRODUCCIÓN

Una oración o párrafo dirigido al tema

Pregunta que da origen al tema

Descripción breve de cómo se va a enfocar la pregunta (generando hipótesis, analizando

argumento y datos)

Justificación (porque el trabajo es original, porque el trabajo es importante)

Breve descripción de la estructura del paper III. METODOLOGÍA

IV. DESARROLLO

V. ANÁLISIS

VI. RESULTADOS

VII. ARGUMENTACIÓN O DISCUSIÓN

VIII. CONCLUSIONES

IX. REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

ANEXOS

CAPITULO IV

DEL TITULO PROFESIONAL

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Art. 43°. El título profesional es el reconocimiento que se obtiene luego de haber aprobado una tesis o

trabajo de suficiencia profesional. Para su obtención se requiere previamente haber obtenido

el grado de bachiller.

ART. 44°. La tesis es una modalidad de obtención del título profesional mediante un documento que

contiene un trabajo de investigación en torno a un área y línea de investigación

determinada, implica el plan de investigación y su informe final. Dicho documento debe ser

original e inédito y supone además una sustentación pública ante la comunidad académica

en general y la aprobación por un jurado que lo evalúa. La tesis se puede presentar en forma

individual y hasta dos bachilleres, siendo su estructura la establecida en el artículo 30 y 32

del presente reglamento.

ART. 45°. El trabajo de suficiencia profesional14 es una modalidad de titulación profesional que implica

que el bachiller está en la capacidad de demostrar y documentar el dominio (teórico) y la aplicación

(practica) de competencias profesionales adquiridas a lo largo de su carrera. El trabajo de suficiencia

profesional debe ser técnicamente fundamentado entre la teoría y la práctica. Es así

Todo trabajo de suficiencia profesional debe cumplir las características siguientes:

1. Debe ser sustentado ante un jurado

2. Participaran en forma individual y hasta dos bachilleres

3. Deberá contar con un asesor

4. Se debe medir las competencias profesionales

5. Deberá ser evaluado por una comisión de especialistas en un número de tres (3).

Las modalidades de un trabajo de suficiencia profesional son:

B. INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL. Es una modalidad para obtener el título profesional

para los bachilleres que han prestado servicios profesionales (mínimo nivel técnico) durante un año

consecutivo en labores propias de su especialidad en una sola institución o empresa.

Para acogerse a esta modalidad el bachiller debe aprobar las etapas siguientes:

1era etapa : Examen escrito de conocimiento del sorteo de una línea de investigación.

2da etapa : Presentación y aprobación de un informe del centro de trabajo último. El informe

Contendrá;

PORTADA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Escuela Profesional

Logo de la Universidad

Modalidad de titulación

14

Resolución Consejo Directivo N° 033-2016-SUNEDU.

Art. 4 glosario inciso 4.16

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Título del trabajo o informe

Para optar el título de…

Autor

Asesor

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Lugar o institución de investigación

Ciudad, país y año

I. PRESENTACIÓN

Dedicatoria

Agradecimiento

Contenido

Contenido de tablas

Contenido de figuras

II.-INTRODUCCIÓN

Problema

Marco teórico

Objetivos

III.- CONTENIDO

Capítulo 1

Capítulo 2

Capítulo 3

IV.- CONCLUSIONES

V.- APORTES

Referencias bibliográficas

Anexos.

C. SUSTENTACIÓN DE CASOS CLÍNICOS, EXPEDIENTES, PLANES DE NEGOCIOS Y SIMILARES es otra

modalidad de optar el título profesional, para lo cual debe aprobar las dos etapas siguientes:

1ra Etapa : La facultad sorteara una línea de investigación y el bachiller rendirá su examen escrito.

2da. Etapa : Presentara, sustentara y aprobara el informe de casos clínicos, expedientes legales,

planes de negocios, métodos de enseñanza aprendizaje, construcción de

infraestructuras etc. Ante un jurado quien evaluara la pertinencia o no del informe cuya

estructura es la siguiente:

PORTADA

Nombre de la Universidad

Nombre de la Facultad

Nombre de la Escuela Profesional

Logo de la Universidad

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Modalidad de titulación

Título del trabajo o informe

Para optar el título de…

Autor

Asesor

Área de Investigación

Líneas de Investigación

Lugar o institución de investigación

Ciudad, País y año

II. PRESENTACIÓN

Dedicatoria

Agradecimiento

Contenido

Contenido de tablas

Contenido de figuras

II.-INTRODUCCIÓN

Problema

Marco teórico

Objetivos

III.- CONTENIDO

Procedimientos

Legales

Técnicos

Teóricos

IV.- CONCLUSIONES V.- APORTES Referencias bibliográficas Anexos.

TITULO III

CAPITULO I

LA INVESTIGACIÓN EN LA ESCUELA DE POSGRADO

Art. 46°.La Investigación en la Escuela de Posgrado es función fundamental, obligatoria y está

orientada a propiciar, estimular y realizar investigación básica y aplicada en todos los campos

del conocimiento, priorizando aquellos que contribuyan a la solución de problemas de interés

local, regional y nacional.

Art. 47°. En la Escuela de Posgrado, la investigación se desarrolla acorde a su Reglamento Específico.

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CAPITULO II

FINANCIAMIENTO DE LAS INVESTIGACIONES

Art. 48°. La Universidad Peruana Los Andes presupuesta las actividades de investigación, las mismas

que no pueden ser menores al 15% del presupuesto general.

Art. 49°.El financiamiento externo se ejecutará a través de la Oficina de Cooperación Técnica

Internacional, acorde a su Reglamento Específico.

Art. 50°. La reinversión de excedentes del ejercicio se ejecutará en actividades de Investigación

Científica y Tecnológica, en concordancia con el Art 264 del Estatuto.

CAPITULO III

CONVENIOS CON INSTITUCIONES

Art. 51°. El Vicerrectorado de Investigación y su tecno estructura proponen la celebración de

convenios, con otras universidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional en el

campo de la investigación, así como también con:

CONCYTEC: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica

SINACYT: Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica.

FONDECYT: Fondo Nacional de Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación

Tecnológica.

Gobiernos Regionales.

Gobiernos locales, y otros.

CAPITULO IV

PUBLICACIONES Y PROPIEDAD INTELECTUAL

Art. 52°. Todo trabajo de investigación para ser publicado deberá reunir el mínimo rigor científico y

tener utilidad o viabilidad de puesta en práctica en una organización, comunidad, etc. Y será

evaluado por el Vicerrectorado de Investigación para lo cual en caso necesario se acudirá a

dos especialistas del área de investigación para su dictamen, cuyas observaciones si es que

existieran deberán ser subsanadas por el autor respetando el derecho de autor considerado

en su Reglamento en concordancia con el Art. 53 de la Ley Universitaria N° 30220.

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CAPITULO V

DEL REPOSITORIO DE INVESTIGACIÓN

Art. 53°. Se denomina repositorio digital de ciencia, tecnología e innovación de acceso abierto al sitio

centralizado donde se mantiene información digital resultado de la producción en ciencia,

tecnología e innovación (Libros, publicaciones, artículos de revistas especializadas, trabajos

técnicos – científicos, programas informáticos, datos procesados y estadísticos de monitoreo,

tesis académicos y similares), concordante con la Ley N° 30035 ley que regula el repositorio

nacional digital de ciencia, tecnología e innovación de acceso abierto (ALICIA).

Art. 54°- El repositorio ALICIA es de acceso libre y abierto y está disponible para leer, descargar,

reproducir, distribuir, imprimir, buscar, considerando los derechos de autor establecidos en el

Decreto Legislativo N° 822.

CAPITULO VI

DE LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN RELACIONADOS A INVESTIGACIÓN.

Art. 55°. La Universidad Peruana Los Andes, puede constituir centros de producción de bienes y

servicios que estén relacionados con su especialidad o trabajo de investigación. La

rentabilidad resultante es recurso de la Universidad y se destinaran a la Vicerrectoría de

Investigación para el cumplimiento de sus objetivos.

Art. 56°- El Vicerrectorado de Investigación promueve la iniciativa de los estudiantes para la creación

de pequeñas y microempresas de propiedad de los estudiantes, brindando asesoría o

facilidades en el uso de los equipos e instalaciones de la Universidad en concordancia al

Artículo 52 de la Ley N° 30220.

CAPITULO VII

DE LAS FALTAS Y SANCIONES

Art. 57°. Se consideran faltas en el presente reglamento las transgresiones de los principios, de las

normas de comportamiento y del incumplimiento de un artículo, generándose

responsabilidad pasible de sanción. En ese sentido se consideran faltas las siguientes:

a. Atentar contra los derechos de autor, toda investigación debe ser original 15

b. Manipular los datos de la investigación con fines negativos o positivos, por ejemplo alterar

resultados de encuestas o experimentos a favor de lo que el investigador quiere obtener.

15

Decreto Legislativo N° 822 sobre Derecho de autor, Art. 1

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c. Faltar a la veracidad de los resultados obtenidos.

d. Irrespetar las convicciones políticas y religiosas de las personas.

e. Inventar datos o resultados y registrarlos o divulgarlos.

f. Manipular los materiales, equipos o procesos de investigación científica y tecnológica

cambiando u omitiendo datos o resultados de modo tal que no haya precisión en los registros.

g. Apropiarse de ideas, información, procesos, resultados o palabras de otra persona, sin haber

realizado la cita bibliográfica respectiva.

h. Incumplimiento de presentación en las fechas programadas de los avances de investigación y

de los informes finales.

i. No realizar investigación por ser obligatorio.

Art. 58°. Las sanciones son medidas disciplinarias aplicables en caso comprobado de incumplimiento

de principios, deberes y artículos del presente reglamento. Las sanciones se aplicaran

atendiendo a la gravedad de la falta como sigue:

a. Falta leve : Amonestaciones inciso (d) del artículo 57

b. Falta grave : Suspensión, incisos c, h, e, f del articulo 57

c. Falta muy grave : Separación Temporal, incisos a, b, g, i del articulo 57

Art. 59°. Amonestación es la advertencia o llamada de atención sobre una falta antes de tomar una

decisión negativa contra alguien, es por escrito hasta por dos veces.

Art. 60°. La suspensión es la perdida de la bonificación que otorga la Universidad por investigación.

Art. 61°.Separación temporal por incumplimiento al Art. 3 del código de ética para investigación

científica y del art. 172 de las sanciones al personal docentes del estatuto de la Universidad

(separación hasta por 30 días sin goce de haber por incumplimiento al Reglamento de

Propiedad Intelectual y al Reglamento de Ética de la Universidad.

Art. 62°. Las Instancias serán:

a. Primera Instancia dirigido por el presidente del Comité de Ética de la facultad que es el Director

de la Unidad de Investigación o del Director del Instituto de Investigación de Posgrado.

b. Segunda instancia el Consejo de Facultad.

c. Tercera instancia y definitiva del Consejo Universitario.

Art. 63°. Los criterios para la aplicación de las sanciones serán:

a. El perjuicio que ocasiones a la imagen de la Universidad

b. Afectación a los procedimientos.

c. Función, cargo y jerarquía que desempeñaría el infractor.

d. El beneficio obtenido por el infractor.

e. La reincidencia o reiteración.

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CAPITULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERO.- Las estructuras de los trabajos de investigación tendrán su protocolo al cual se remitirán

para la calificación y consignada en el anexo del presente Reglamento.

SEGUNDO.- La originalidad de los trabajos de investigación, serán verificados antes de la sustentación

del trabajo de investigación (antes de ser declarado expedito) con un medio tecnológico

(Turnitin), de conformidad a su reglamento.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERO.- Todo lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por el Vicerrectorado de

investigación.

SEGUNDO.- En la elaboración del Proyecto de Investigación, desarrollo de Tesis y otras formas de

investigación consideradas en este Reglamento, se utilizarán obligatoriamente las citas y

referencias bibliográficas de la forma siguiente:

a. Estilo de la norma APA para las Ciencias Sociales

b. Estilo de normas VANCOUVER para Ciencias de la Salud y Medicina Humana

c. Estilo de la norma ISO – 690 y IEEE para Ingeniería

Seleccionado el estilo no se podrá variar en el desarrollo del trabajo de investigación.

TERCERO.- En todo trabajo de investigación, el estudiante deberá adjuntar en el informe final un

compromiso de autoría como sigue:

COMPROMISO DE AUTORÍA

En la fecha, yo…………………………………………………………………………………………………., identificado con DNI

N° ………………………….. Domiciliado en ………………………………………………………………………………, estudiante

o docente de la Facultad o Posgrado de ………………………………………………………………… de la Universidad

Peruana Los Andes, me COMPROMETO a asumir las consecuencias administrativas y/o penales que

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hubiera lugar si en la elaboración de mi investigación titulada

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………se

haya considerado datos falsos, falsificación, plagio, auto plagio, etc. y declaro bajo juramento que mi

trabajo de investigación es de mi autoría y los datos presentados son reales y he respetado las normas

internacionales de citas y referencias de las fuentes consultadas.

Huancayo,….de……………20…..

______________________________________ Apellidos y Nombres

DNI N°

CUARTO.- Para la elaboración de los trabajos de Investigación se tendrá en cuenta los márgenes, el

tipo de letra, el entrelineado y otras de acuerdo al estilo utilizado.

QUINTO.- Las tablas de calificación de los proyectos de investigación y del informe final se

determinarán en el anexo N° 03.

SEXTO.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal

de Transparencia previa aprobación por el Consejo Universitario.

SEXTO.- Los trabajos de investigación en curso se regirán por el Reglamento anterior; y los trabajos

de investigación del Bachillerato regirán para los ingresantes a partir de la vigencia de la

Ley Universitaria N° 30220.