requisitos legales para formar una empresa

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Como Persona Natural Bajo esta modalidad tú puedes formar una empresa como individuo. Puedes ejercer cualquier actividad económica, ser el conductor de tu negocio, el responsable de su manejo y tener trabajadores a tu cargo. De contar con personal, deberás declararlo en el Programa de Declaración Telemática (PDT) correspondiente. Ventajas: • No requerirás efectuar gastos para la constitución de tu empresa (gastos notariales y regístrales, aportes de capital u otros). • Podrás acogerte a un régimen tributario bastante sencillo, como es el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) y, de considerarlo necesario, tendrás la opción de acceder al Régimen del Impuesto a la Renta Especial (RER). Asimismo, podrás optar por el Régimen General a la Renta (RG). Desventaja: • Si incumples las obligaciones asumidas con tus acreedores, tendrías que responder con tu patrimonio personal (propiedades, vehículos y otros bienes). Como Persona Jurídica Se llama así a la organización que puede ser fundada por una o varias personas naturales, o por varias personas jurídicas. Como la persona jurídica no es una persona física, debe ser representada por una o más personas naturales. Ventajas: Podrás venderle al Estado, que es el mayor comprador del país. No tendrás límites para realizar negocios con otras empresas y competir en el mercado nacional e internacional. Podrás asociarte y/o conformar consorcios empresariales. Tendrás mayores facilidades para acceder a los créditos de las instituciones financieras. Podrás participar en programas de apoyo a la MYPE, promovidos por el Estado. Tu empresa responderá frente a obligaciones con terceros, solo por el monto del capital aportado. Podrás conocer el rendimiento de tus inversiones, a través de la evaluación de sus resultados económicos contables. Podrás ampliar el capital social, incluir nuevos socios estratégicos, o abrir nuevas filiales.

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  • Como Persona Natural

    Bajo esta modalidad t puedes formar una empresa como individuo. Puedes ejercer cualquier

    actividad econmica, ser el conductor de tu negocio, el responsable de su manejo y tener

    trabajadores a tu cargo. De contar con personal, debers declararlo en el Programa de

    Declaracin Telemtica (PDT) correspondiente.

    Ventajas:

    No requerirs efectuar gastos para la constitucin de tu empresa (gastos notariales y

    regstrales, aportes de capital u otros).

    Podrs acogerte a un rgimen tributario bastante sencillo, como es el Nuevo Rgimen nico

    Simplificado (RUS) y, de considerarlo necesario, tendrs la opcin de acceder al Rgimen del

    Impuesto a la Renta Especial (RER). Asimismo, podrs optar por el Rgimen General a la Renta

    (RG).

    Desventaja:

    Si incumples las obligaciones asumidas con tus acreedores, tendras que responder con tu

    patrimonio personal (propiedades, vehculos y otros bienes).

    Como Persona Jurdica

    Se llama as a la organizacin que puede ser fundada por una o varias personas naturales, o por varias personas jurdicas. Como la persona jurdica no es una persona fsica, debe ser representada por una o ms personas naturales.

    Ventajas:

    Podrs venderle al Estado, que es el mayor comprador del pas.

    No tendrs lmites para realizar negocios con otras empresas y competir en el mercado nacional e internacional.

    Podrs asociarte y/o conformar consorcios empresariales.

    Tendrs mayores facilidades para acceder a los crditos de las instituciones financieras.

    Podrs participar en programas de apoyo a la MYPE, promovidos por el Estado.

    Tu empresa responder frente a obligaciones con terceros, solo por el monto del capital aportado.

    Podrs conocer el rendimiento de tus inversiones, a travs de la evaluacin de sus resultados econmicos contables.

    Podrs ampliar el capital social, incluir nuevos socios estratgicos, o abrir nuevas filiales.

  • Requisitos y Formularios

    Requisitos para la Constitucin de Empresas.

    Ficha de Solicitud de Constitucin de Empresa.

    La licencia de Funcionamiento

    Es la autorizacin que te otorga la municipalidad para que tu negocio se desarrolle en su jurisdiccin, ya sea como persona natural o jurdica.

    La licencia de funcionamiento te da el derecho de ejercer una actividad comercial privada, mientras respetes el derecho de tranquilidad y seguridad de tus vecinos de la zona.

    Procedimiento para Obtener la Licencia de Funcionamiento

    Solicitud de zonificacin: Consiste en verificar la ubicacin de tu negocio, de acuerdo a las categoras de reas geogrficas establecidas, conforme a normas tcnicas urbansticas que regulan el uso del suelo.

    Certificado de compatibilidad de uso: Es la evaluacin que realiza el municipio con el fin de verificar si el tipo de actividad econmica que desarrollars resulta compatible o no con la categorizacin establecida en la zonificacin vigente.

    Inspeccin tcnica de seguridad de Defensa Civil: Es la verificacin de las condiciones de

    seguridad efectuada por inspectores de la municipalidad acreditados por Defensa Civil.

    Requisitos para obtener la Licencia de Funcionamiento

    Presentar una solicitud de licencia de funcionamiento con carcter de declaracin jurada, que incluya:

    Numero de RUC si se trata de una persona jurdica y documento de identidad si se trata de persona natural.

    Documento de identidad del representante legal en caso de persona jurdica u otros entes colectivos, as como de personas naturales mediante representacin.

    Vigencia de poder del representante legal, en el caso de personas jurdicas u otros entes colectivos. Si se trata de representacin de personas naturales, se requerir de una carta poder con firma legalizada.

    Declaracin Jurada de Observancia de las Condiciones de Seguridad o Inspeccin Tcnica de Seguridad de Defensa Civil de Detalle (o Multidisciplinaria) segn corresponda.

    Adicionalmente podran exigirse estos requisitos:

    Copia simple del titulo Profesional en el caso de servicios relacionados con la salud.

    Informar en la declaracin jurada sobre el nmero de estacionamientos de acuerdo a la normativa vigente.

  • Copia simple de la autorizacin sectorial en el caso de aquellas actividades que la requieran como requisito para obtener la licencia de funcionamiento.

    Copia simple de la autorizacin expedida por el Instituto Nacional de Cultura.

    Verificados estos requisitos se proceder al pago de la tasa para la obtencin de la licencia de funcionamiento municipal.

    Certificado Municipal de Zonificacin

    Permite conocer los usos permitidos y prohibidos en el suelo donde se ubica la

    propiedad, de acuerdo a lo definido en el Plan Regulador Comunal y la Ordenanza

    Local. Es un requisito obligatorio para obtener una Patente Comercial.

    CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD DE USO

    Objetivo del Trmite TRAMITAR LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

    El Acta de Constitucin del Proyecto es un documento en el que se define el alcance, los objetivos y los participantes del proyecto. Da una visin preliminar de los roles y responsabilidades, de los objetivos, de los principales interesados y define la autoridad del Project Manager.

    Sirve como referencia de autoridad para el futuro del proyecto.

    Este documento incluye:

    Propsito del Proyecto Descripcin del Proyecto Alcance Objetivos Requerimientos del Proyecto Entregables Costes Recursos

    El Acta de Constitucin del Proyecto lo aprueba el Sponsor del

    Proyecto.

    La minuta es el documento privado, elaborado y firmado por un abogado, que contiene la declaracin de

    voluntad de constituir la empresa. En este documento se tiene que detallar el tipo de modalidad

    empresarial que ha decidido constituir, los datos de los socios/accionistas de la misma, los estatutos (los

    que plantean las pautas direccionales as como sanciones, responsabilidades, cargos direccionales,

    etc.). Para la constitucin de una micro o pequea empresa, la utilizacin de la minuta es opcional, ya que

    puedo acudir directamente ante un notario y hacerlo a travs de una declaracin de voluntad .

  • Para los pequeos empresarios que tengan pensado constituir su empresa con un capital social de 1,000

    nuevos soles a 30,000 nuevos soles, El Programa Mi Empresa asesora gratuitamente para elaborar la

    minuta .

    1. REQUISITOS PARA ELABORACIN DE MINUTA

    1. La Reserva del nombre en la SUNARP

    Reservar el nombre, impide la inscripcin (durante la constitucin de su empresa) de cualquier otra

    empresa adoptando una razn social o una denominacin, completa o abreviada, igual o semejante a

    aquella que est gozando del derecho de Reserva de Preferencia Registral. En este paso ya debi

    adoptar la modalidad o sociedad empresarial que le conviene (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.). Para esto

    se deben realizar 2 pasos:

    1. Bsqueda de los ndices

    Se solicita en SUNARP. Esta bsqueda sirve para saber si no hay un nombre o ttulo igual, o parecido, al

    que denominar a su empresa. El resultado de la bsqueda me lo entregan en el da, tiene vigencia al

    momento de su expedicin y no produce el cierre temporal del ndice de denominacin. Si el resultado es

    negativo, es decir, si no hay un nombre similar se prosigue con el paso B.

    Se puede verificar si ya existe el nombre que planea colocar a su empresa en el directorio nacional de

    personas jurdicas de la SUNARP . Derecho de trmite 4.00 Nuevos Soles

    1. Solicitar la Reserva del Nombre de la persona jurdica a constituir

    Se solicita en SUNARP. Se debe solicitar la reserva del nombre de mi empresa frente a otras solicitudes

    que pidan una inscripcin con un nombre similar. Para eso lleno el formato con el nombre de los socios, el

    domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicacin de si es micro o pequea empresa (MYPE), entre otros

    datos.

    Luego de solicitar la inscripcin del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente un da para

    que me entreguen la reserva de nombre. Esto significa que el ndice de denominacin se bloquea por

    treinta (30) das naturales y nadie puede tomar dentro de ese plazo tal nombre.

    Tambin puedo realizar esta reserva en lnea a travs de la pgina WEB de la SUNARP , aqu ingresa

    toda la informacin e imprime el formulario con el cual se acerca a la SUNARP y cancela 18.00 Nuevos

    Soles.

    1. Documentos Personales

    Presentar copia simple del DNI vigente del titular o de los socios. Las personas casadas adjuntarn copia

    del documento de identidad del cnyuge. En el caso del titular/socio extranjero deber acompaar copia

    del carn de extranjera o visa de negocio.

    1. Descripcin de la Actividad Econmica.

    Se debe describir claramente la actividad a la cual se dedicar la empresa se debe presentarla en una

    hoja suelta redactada y firmada por los interesados. Si es una empresa Individual de Responsabilidad

    Limitada (E.I.R.L.) lleva solamente la firma del aspirante a titular.

  • 1. Capital de la Empresa.

    Indicar el aporte del titular o de los socios que se hace para la constitucin de la empresa. Los aportes se

    tienen que detallar en Bienes Dinerarios y Bienes no Dinerarios como sigue:

    1. Bienes Dinerarios.

    Se le llama al aporte del capital que hago en efectivo. Una vez elaborada la minuta o acto constitutivo y

    con una copia de sta, debo efectuar el depsito bancario a nombre de la empresa. Tengo que adjuntar la

    Constancia de Depsito en original y copia.

    1. Bienes no Dinerarios.

    Aporte del capital que hago en mquinas, equipos, muebles o enseres. La lista detallada del aporte de

    bienes debe presentarse en una Declaracin Jurada

    Simple.

    Segn el inciso h) del Artculo 58, del Decreto Ley N 26002, Ley del Notariado modificado por la Ley N

    28580, No ser exigible la minuta en la Declaracin de voluntad de constitucin de pequea o

    microempresa.

    Fuente: Direccin MYPE de la Regin Piura

    Lo que usted debe saber sobre el nuevo Rgimen nico Simplificado (nuevo RUS)

    Con la finalidad de formalizar masivamente a las pequeas y micro empresas se cre el nuevo

    Rgimen nico Simplificado (nuevo RUS). A continuacin detallamos las principales

    caractersticas de este nuevo Rgimen, bajo el formato de preguntas y respuestas.

    Desde cundo estar vigente el nuevo Rgimen nico Simplificado (nuevo RUS)?

    El nuevo RUS se cre mediante el Decreto Legislativo N 937, publicado el 14 de noviembre del

    2003, y su entrada en vigencia es el 1 de enero del 2004.

    Esta norma derog el Texto nico Ordenado de la Ley del Rgimen nico Simplificado,

    aprobado mediante el Decreto Supremo N 057-99-EF.

  • Qu impuestos comprende el nuevo RUS?

    Este Rgimen comprende el Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas y el

    Impuesto de Promocin Municipal que deben pagar, en su calidad de contribuyentes, los

    sujetos que se hayan acogido al nuevo RUS.

    Es importante sealar que los sujetos comprendidos en dicho Rgimen estn inafectos al

    Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES).

    Cul es el objetivo?

    Como parte de la reforma tributaria implementada por el Ejecutivo, el objetivo es establecer

    un rgimen tributario promocional para las pequeas y micro empresas que facilite el

    cumplimiento de sus obligaciones y ample la base tributaria.

    A quines comprende el nuevo RUS?

    Este rgimen comprende a:

    Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el pas, que obtienen Rentas de

    Tercera Categora de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta provenientes de las

    actividades de comercio y/o industria y/o actividades de servicios.

    Las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el pas, que perciben Rentas de

    Cuarta Categora, nicamente por actividades de oficios.

    En ambos casos, sus ingresos brutos no deben exceder de S/. 80,000 (Ochenta Mil y 00/100

    Nuevos Soles) en un cuatrimestre calendario (enero-abril, mayo-agosto y septiembre-

    diciembre).

    Los sujetos de este Rgimen pueden realizar conjuntamente actividades de comercio y/o

    industria, actividades de servicios y/o actividades de oficios.

  • Cuando se trata de sociedades conyugales, los ingresos provenientes de las actividades

    comprendidas en este Rgimen que perciban cualquiera de los cnyuges, sern consideradas

    en forma independiente por cada uno de ellos.

    Quines no estn comprendidos en el nuevo RUS?

    No estn comprendidas en el presente Rgimen las personas naturales y sucesiones indivisas

    que:

    Desarrollen sus actividades generadoras de Rentas de Tercera Categora con personal afectado

    a la actividad que exceda de cinco personas. Cuando hay ms de un turno de trabajo, el

    nmero de personas se entender por cada turno.

    En el caso de los sujetos que perciban Rentas de Cuarta Categora por la realizacin de

    actividades de oficios, la prestacin de sus servicios se deber realizar en forma personal, no

    pudiendo contar con otro personal afectado a la actividad.

    Realicen sus actividades en ms de una unidad de explotacin, sea sta de su propiedad o la

    explote bajo cualquier forma de posesin.

    Desarrollen sus actividades en una unidad de explotacin cuya rea exceda de 100 metros

    cuadrados, de acuerdo con lo sealado por Resolucin de Superintendencia de la SUNAT.

    El valor de los activos fijos afectados a la actividad, con excepcin de los predios, supere las 10

    (diez) UIT.

    El precio unitario de venta de los bienes, en la realizacin de las actividades de comercio y/o

    industria, supere los S/. 500 (Quinientos Nuevos Soles) .

    Tratndose de sujetos que obtengan exclusivamente Rentas de Tercera Categora

    provenientes de la realizacin de actividades de comercio y/o industria, cuando el monto de

    sus adquisiciones de bienes y/o servicios afectados a la actividad exceda de S/. 80,000

    (Ochenta mil Nuevos Soles) en un cuatrimestre calendario.

    Tratndose de sujetos que obtengan Rentas de Tercera y/o Cuarta Categora por la realizacin

    de actividades de oficios, cuando el monto de sus adquisiciones antes mencionadas exceda de

    S/. 40,000 (Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles)en un cuatrimestre calendario.

    Su consumo total de energa elctrica afectada a la actividad en el cuatrimestre calendario

    exceda de 4,000 (cuatro mil) kilovatios-hora. Este consumo se calcular de acuerdo con el

    Reglamento.

    Tratndose de aquellos sujetos cuya unidad de explotacin se encuentre ubicada en el predio

    que constituye su casa-habitacin, se presumir sin admitir prueba en contrario, que el

  • consumo en el mes de energa elctrica afectada a la actividad representa el 70% del total del

    consumo del mes.

    Su consumo total de servicio telefnico afectado a la actividad en el cuatrimestre calendario

    supere los S/. 4,000 (Cuatro mil y 00/100 Nuevos Soles).

    Tratndose de aquellos sujetos cuya unidad de explotacin se encuentre ubicada en el predio

    que constituye su casa-habitacin, se presumir sin admitir prueba en contrario, que el

    consumo del mes por servicio de telefona fija que corresponde a la actividad representa el

    70% del total del consumo del mes.

    Tratndose de sujetos titulares de una o ms lneas de telefona distintas a la fija, se

    presumir, sin admitir prueba en contrario, que el consumo en el mes por servicio de telefona

    distinta a la fija afectada a la actividad representa el 80% del consumo total del mes.

    Se asumir que los activos fijos, adquisiciones de bienes y/o servicios, el consumo de energa

    elctrica y el consumo de servicio telefnico se encuentran afectados a la actividad cuando

    sean necesarios para producir y/o mantener la fuente generadora de rentas.

    Asimismo, se considera como personal afectado a la actividad a las personas que hacen posible

    la realizacin de las actividades por parte del sujeto de este Rgimen, exista o no vnculo

    laboral con ste, quedando el dueo del negocio incluido dentro del cmputo. No se

    consideran, para estos efectos, a los proveedores, clientes o usuarios del sujeto del Rgimen,

    as como otras personas que mediante Resolucin de Superintendencia la SUNAT pueda

    sealar.

    De otro lado, no se podrn acoger al presente Rgimen las personas naturales y sucesiones

    indivisas que:

    Presten el servicio de transporte de carga de mercancas, siempre que sus vehculos tengan

    una capacidad de carga mayor o igual a dos toneladas mtricas.

    Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.

    Presten el servicio de transporte terrestre pblico urbano de pasajeros.

    Efecten y/o tramiten algn rgimen, operacin o destino aduanero; excepto los

    contribuyentes cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, quienes podrn realizar

    importaciones definitivas que no excedan de U.S. $ 500 (quinientos dlares americanos) por

    cuatrimestre calendario, de acuerdo con lo sealado en el Reglamento.

    Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.

  • Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos,

    de bolsa de valores y/u operadores especiales que realicen actividades en la Bolsa de

    Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.

    Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.

    Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.

    Realicen venta de inmuebles.

    Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles lquidos y otros productos

    derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercializacin de

    Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.

    Entreguen bienes en consignacin.

    Presten servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento.

    Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.

    Es importante sealar que las limitaciones sealadas anteriormente no sern de aplicacin a

    los pequeos productores agrarios. Se entiende como tales a las personas que realizan

    actividad agropecuaria, extraccin de madera y de productos silvestres, as como a las

    personas dedicadas a la actividad de pesca artesanal para consumo humano directo, cuyos

    ingresos brutos en un cuatrimestre calendario no excedan de S/. 80,000.

    Cmo se pueden acoger al nuevo RUS?

    1. Los sujetos que hubieran iniciado sus operaciones antes del 1 de enero de cada ao, se

    debern acoger con ocasin de la declaracin y pago correspondiente al perodo enero de

    cada ejercicio gravable y siempre que lo hagan hasta la fecha de su vencimiento, de acuerdo

    con las categoras previstas.

    Asimismo:

    Si dichos sujetos provienen del Rgimen General o del Rgimen Especial, debern haber

    declarado y pagado, hasta la fecha de vencimiento correspondiente al periodo enero, sus

    obligaciones tributarias por concepto de IGV e Impuesto a la Renta correspondientes al

    perodo diciembre del ao anterior.

    Tambin debern dar de baja a los comprobantes de pago que den derecho a crdito fiscal o

    sustenten gasto o costo para efecto tributario que tengan autorizados, como mximo hasta la

    fecha de vencimiento del periodo enero.

  • Si dichos sujetos provienen del RUS, debern haber pagado hasta la fecha de vencimiento del

    periodo enero, la cuota correspondiente al perodo diciembre del ao anterior.

    En el caso de cumplirse lo sealado, el acogimiento surtir efecto a partir del primer da

    calendario del ao en que se acogieron.

    2. Los sujetos que inicien sus operaciones en el transcurso de un ao, nicamente se podrn

    acoger con ocasin de la declaracin y pago correspondiente al mes en que iniciaron sus

    operaciones y siempre que dicho pago sea efectuado hasta la fecha de su vencimiento, en

    alguna de las categoras establecidas.

    En este caso, el acogimiento surtir efecto a partir del primer da calendario del mes en que

    iniciaron sus actividades.

    Cul es la vigencia del acogimiento?

    El acogimiento a este Rgimen slo tendr vigencia hasta el 31 de diciembre de cada ao. Los

    contribuyentes podrn optar por acogerse nuevamente al nuevo RUS de acuerdo con lo

    sealado anteriormente.

    De no ejercitar esta opcin; es decir, sino cumplen con la declaracin y pago correspondiente,

    la SUNAT de oficio los incluir en el Rgimen General a partir del 1 de enero de cada ao.

    Cules son las obligaciones tributarias que origina?

    Los contribuyentes incorporados a este rgimen deben:

    Inscribirse en el RUC.

    Solicitar autorizacin de impresin y entregar comprobantes de pago.

    Conservar en la unidad de explotacin los comprobantes de pago que sustenten las compras y

    ventas de bienes o prestacin de servicios en forma cronolgica mes a mes.

    Pagar la cuota mensual.

  • Qu comprobantes de pago se deben entregar?

    Los sujetos del nuevo RUS slo debern emitir y entregar (por las operaciones comprendidas

    en este Rgimen) boletas de venta, tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras que

    no permitan ejercer el derecho al crdito fiscal ni ser utilizados para sustentar gasto y/o costo

    para efectos tributarios, u otros documentos que expresamente les autorice el Reglamento de

    Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT.

    En ese sentido, estn prohibidos de emitir y/o entregar (por las operaciones comprendidas en

    este Rgimen) facturas, liquidaciones de compra, tickets o cintas emitidas por mquinas

    registradoras que permitan ejercer el derecho al crdito fiscal o ser utilizados para sustentar

    gasto y/o costo para efectos tributarios, segn lo establecido en el Reglamento de

    Comprobantes de Pago aprobado por la SUNAT.

    La emisin de cualquiera de dichos comprobantes de pago determinar la inclusin inmediata

    del sujeto en el Rgimen General. Asimismo, estos comprobantes de pago no se admitirn

    para efecto de determinar el crdito fiscal del IGV ni como costo o gasto para efecto del

    Impuesto a la Renta por parte de los sujetos del Rgimen General que los obtuvieron.

    La inclusin en el Rgimen General operar a partir del mes de emisin del primer

    comprobante no autorizado, sin perjuicio de las sanciones correspondientes segn el Cdigo

    Tributario.

    Qu comprobantes de pago se deben exigir?

    Slo debern exigir facturas y/o tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras u otros

    documentos autorizados que permitan ejercer el derecho al crdito fiscal o ser utilizados para

    sustentar gasto o costo para efectos tributarios de acuerdo con las normas pertinentes, a sus

    proveedores por las compras de bienes y por la prestacin de servicios; as como recibos por

    honorarios, en su caso. Asimismo, debern exigir los comprobantes de pago u otros

    documentos que expresamente seale el Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por

    la SUNAT.

    Qu ventajas ofrece?

  • Slo debe efectuar un pago al mes.

    No tiene la obligacin de presentar declaracin mensual por el IGV ni por el Impuesto a la

    Renta, ni presentar declaracin jurada anual por el Impuesto a la Renta - Tercera Categora.

    No est obligado a llevar libros contables.

    El Rgimen Especial de Renta (RER) PDF Imprimir E-mail

    El RER es un rgimen tributario dirigido a personas naturales y jurdicas sucesiones indivisas y

    sociedades conyugales domiciliadas en el pas que obtengan rentas de tercera categora

    provenientes de:

    Actividades de Comercio y/o Industria

    Entendindose por tales a la venta de bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, as

    como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cra y el cultivo.

    Actividades de servicios

    Entendindose por tales a cualquier otra actividad no sealada expresamente en el apartado

    anterior.

    Requisitos para acogerse al RER

    Los ingresos anuales no deben superar los S/. 525,000.

    El valor de los activos fijos afectados a la actividad exceptuando predios y vehculos, no debe

    superar los S/. 126,000.

    El personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas por turno de trabajo

    El monto acumulado de adquisiciones al ao no debe superar los S/. 525,000.

    Ventajas

    Los contribuyentes del RER deben declarar y pagar mensualmente el impuesto a la renta

    establecido en 1,5% (en el Rgimen General es 2%) de los ingresos netos mensuales y el

    impuesto General a las Ventas -IGV fijado en 18% a partir de 01 de marzo del 2011, antes era

    19% es igual que en el Rgimen General.

  • Los contribuyentes del RER solo registran sus operaciones en los siguientes libros y registros

    contables:

    Registro de Compras

    Registro de Ventas

    Tipos de comprobantes que un contribuyente sujeto al RER puede emitir

    Facturas

    Boletas de venta

    Liquidaciones de compra

    Tickets o cintas emitidas por mquinas registradoras

    Otros documentos

    Notas de crdito y notas de dbito

    Guas de remisin (para sustentar el traslado de bienes)