requisitos formales escritura pública
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ESCRITURA PUBLICA DE COMPRAVENTA NUMERO TREINTA Y SEIS (es obligatorio consignar el número de escritura)
En la ciudad de Santa Tecla, República Argentina (lugar), a las 18 horas del día 25 de
setiembre del año 2010 (fecha), ante mí, Rodrigo Fernández, Escribano, titular del
Registro Notarial Nº 58 (escribano) comparece el señor Juan Nicolás Pérez, de 20 años
de edad, estudiante, domiciliado en Junín 345 de esta ciudad a quienes no conozco, pero
identifico por medio de sus Documento Único de Identidad número 36.749.623, con
Número de Identificación Tributaria 12-36.749.623-9 (datos personales del
compareciente), y por la declaración de Beatriz Escudero, Documento Nacional de
Identidad 12790066, (testigo de conocimiento) de mi conocimiento, quien actuando en
nombre y representación legal en su calidad de gerente, de la Sociedad “Tomatito”, con
domicilio en San Martín 1045 de esta ciudad y con Número de Identificación Tributaria
XX- cccccccccc-7,(datos del vendedor) personería que mas adelante diré ; y ME
DICE : I) Que su representada es dueña y actual poseedora de un inmueble situado en
Rivadavia 1649, ciudad de Salta, inscripto en la Dirección General de Inmuebles de la
Provincia de Salta, identificado con Matrícula 6534, Sección B, Manzana 45, Parcela
23, con una extensión superficial de ….. y cuyos límites son……., Plano de Mensura Nº
… II) Le corresponde la propiedad a la vendedora por compra que efectuara en remate
en autos…. III) Que libre de todo gravamen como cuerpo cierto y por el precio de $
800.000 (ochocientos mil pesos) (las cantidades deben ser escritas en letras, puede
también ponerse en números) que manifiesta haber recibido con anterioridad de la
señora Luciana Rodriguez, le vende como cuerpo cierto el inmueble antes relacionado y
construcciones que contiene y en consecuencia por medio de este instrumento les hace
la entrega y tradición del dominio, posesión, uso, goce y demás derechos reales y
personales que sobre el inmueble vendido le corresponden a su representada,
entregándoselo materialmente en este acto y obligándose al saneamiento de ley. III)
Presente desde el inicio de este acto la señora Luciana Rodriguez, argentina, de 35 años
de edad, abogada, soltera, domiciliada en Caseros 350 de la Ciudad de Salta,
Documento Único de Identidad número26.345.789 y con Número de Identificación
Tributaria 11-26.345.789-8, de mi conocimiento (datos de la parte) y ME DICE: Que
acepta la venta y tradición que se le hace como cuerpo cierto del inmueble antes
relacionado y dan por recibidos del dominio, posesión, uso, goce y demás derechos que
sobre el mismo se les transfieren y lo reciben materialmente en este acto y que destinará
el inmueble a vivienda familiar. Los otorgantes me manifiestan que entre los
vendedores y los compradores no existe vínculo de parentesco alguno.
CERTIFICADOS: Por certificado expedido por la Dirección General de Inmuebles la
sociedad vendedora no se encuentra inhibida para disponer del inmueble y el inmueble
descripto figura inscripto a su nombre. (constituyen exigencia legal para todo acto
relativo a derechos reales sobre inmuebles y por tanto, debe ser consignado) Yo, el
suscrito Notario hago constar: a) de ser legítima y suficiente la personería con que actúa
Juan Nicolás Pérez;(el escribano debe constatar y dejar constancia de que los poderes
exhibidos fueron suficientes) b) Que no agregaré al legajo de anexos de mi protocolo la
Boleta de Recibo de Pago de Impuestos sobre Transferencia de Bienes Raíces por no
causarlo dicha venta; c) que con las formalidades legales oportunamente se presentará a
la Delegación Fiscal correspondiente, juntamente con una copia del testimonio de esta
escritura, la declaración a que se refieren los artículos siete y ocho de la Ley del
Impuesto a la Transferencia de bienes raíces, cuyos efectos legales les hice saber a las
partes contratantes, quienes quedaron entendidos y obligados a cumplir con tal
requisito; d) El suscrito notario manifiesta que en virtud de los artículos sesenta y siete
de la Ley de Notariado y Ocho inciso primero de la Ley de Procedimientos Uniformes
para la Presentación, Trámite y Registro o Depósito de Instrumentos en los Registros de
la Propiedad Raíz e Hipotecas, Social de Inmuebles, de Comercio y de Propiedad
Intelectual, me obligo incluso a otorgar un nuevo instrumento a mi costa cuando así
proceda o a requerimiento de los compradores o del Registro Público respectivo,
incluyendo la sustitución de folios o autorizando la rectificación o aclaración del
instrumento, para lograr la inscripción del testimonio de esta escritura o de sus
antecedentes registrales si fuera el caso Así se expresaron los comparecientes a quienes
expliqué los efectos legales del presente instrumento, y leído que les fue por mi lo
escrito, íntegramente en un solo acto sin interrupción manifiestan su conformidad,
ratifican su contenido y firmamos. .-(la ley exige que el escribano consigne haber leído
el contenido del instrumento y que las partes están conformes con lo consignado –
Todo el acto debe haberse desarrollado sin interrupción - La firma de las partes y del
oficial público es condición de validez del instrumento público)Queda redactada la
presente escritura en tres sellos del protocolo notarial con los números A0555679,
A0555680 y A0555681- DOY FE – (es exigencia legal que la escritura se realice en el
Protocolo del Escribano, que se consigne cuántos folios del protocolo que se utilizan
para la escritura y la indicación de cuál es el número que corresponde a cada uno de
ellos – debe haber correlación entre la fecha de la escritura y el número de folios que le
corresponden, de tal modo que no puedan insertarse escrituras en el protocolo)
LÓGICAMENTE, LA TRANSCRIPCIÓN DE LO MANIFESTADO POR LAS PARTES FRENTE AL ESCRIBANO Y LO QUE ESTE MANIFESTÓ TAMBIÉN PUEDE CONSIDERARSE UNA EXIGENCIA FORMAL.OTRO REQUISITO FORMAL ES EL IDIOMA NACIONAL
RECUERDEN QUE DEBÍAN MARCAR LAS FORMALIDADES LEGALES DEL INSTRUMENTO, NO DEL ACTO JURÍDICO INSTRUMENTADO, POR ELLO NO MARQUÉ, POR EJEMPLO, LA DESCRIPCIÓN DEL OBJETO VENDIDO COMO FORMALIDAD LEGAL. LA FORMALIDAD ES QUE CONTENGA EL RELATO DE LO QUE SUCEDIÓ.