relacion entre atencion a personas trans y atención en clínica odontológica ua

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  • 8/18/2019 Relacion entre atencion a personas trans y atención en clínica Odontológica UA

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    BIOÉTICA 2015, Prof. Marianella Fontana. 

    Relación entre atención a personas trans y

    realidad en clínica odontológica UAVictor Hugo Lillo Ortega, 6to año Odontología, Universidad de Antofagasta.

    Circular Nº 34“INSTRUYE SOBRE LA ATENCIÓN DE PERSONAS TRANS Y FORTALECIMIENTO

    DE LA ESTRATEGIA DE HOSPITAL AMIGO A PERSONAS DE LA DIVERSIDADSEXUAL EN ESTABLECIMIENTOS DE LA RED ASISTENCIAL”

    Se define como transexualidad a la condición humana en la que una persona siente que su

    fenotipo no concuerda con su yo interior, refiriéndose específicamente a características físicas,

    especialmente sus genitales.

    Esta condición puede ser modificada quirúrgicamente, pero hay personas que deciden no

    hacerlo, por lo que en el término de personas trans, se incluyen transgéneros y transexuales,

    ambos teniendo el deseo de ser reconocidos como miembros del sexo opuesto.

    Se describen Trans féminas (cuerpo de hombre que se viste, actúa y siente como mujer) y Trans

    masculinos (cuerpo de mujer que se viste, actúa y siente como hombre).

    En cuánto a la atención de salud, las personas trans se sienten excluidas por miedo al rechazo,

    humillaciones o maltrato por parte del servicio, por lo que se encuentran en una situación de

    vulnerabilidad en su salud producto a que recurren a a la automutilación o autoadministración

    de sustancias sin control.

    A nivel de la atención de la universidad, es notable la vulnerabilidad de estas personas, ya que

    desde mi ingreso a la carrera, nunca he sabido de un caso en el que se diera atención a una

     persona trans, ya que además existe un prejuicio hacia ellos, producto de que es un tema

    desconocido para la mayoría, y dentro de estos prejuicios está que siempre los ligan a

    enfermedades venéreas, ya que muchos de estas personas consiguen trabajo tan sólo en el

    mercado sexual. Y por otro lado, ellos no recurren a la atención, por miedo al rechazo,

    humillación y mal ratos que pueden llegar a pasar.

    Se especifica que la identificación de la persona estará dado por el nombre social del individuotanto en el trato directo, indirecto y en los registros de identificación social, siendo esta una

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    información valiosa para difundir. Pero en cuánto a los registros que poseen relación con la

    atención en salud se debe utilizar el nombre legal y además el nombre social de la persona.

    En cuanto a hospitalización, para elegir el sector donde será derivada la persona debe

    considerarse su aspecto externo, mientras se cuenten con los recursos necesarios y no afecte a la

    atención general de la sala. En cuanto a la información del estado de salud de la persona, ésta

     podrá ser informada a personas cercanas no familiares o quien determine el paciente si es

     posible.

    Circular Nº 21“REITERA INSTRUCCIÓN SOBRE LA ATENCIÓN DE PERSONAS TRANS EN LA RED

    ASISTENCIAL”

    Esta circular específica una serie de consideraciones no nombradas en la circular anterior, como

    son: Considerar en la anamnesis como relevante los antecedentes de tratamientos hormonales

    administrados (con y sin indicación médica), los antecedentes quirúrgicos y/o de uso de

    implantes, y si está cursando una etapa descrita en la vía clínica, para así poder guiar la

    atención hacia la realidad de la persona.

    Si bien como nombré anteriormente, desconozco de una atención a una persona trans en la

    universidad, entrando en un supuesto, podría argumentar que los estudiantes no están

     preparados para la atención de estos pacientes, no desde un ámbito de habilidad y destrezasmanuales, o como tratamiento físico, sino en un ámbito psicológico, ya que hasta este informe

    desconocía completamente lo referente a la atención de personas trans, pero una vez informado

    la imagen es distinta, ya que ahora tengo conocimiento de cómo se debe actuar frente al registro

    de su identificación, entre otros. Y atender a una persona trans en la universidad debiese ser

    como atender a cualquier otro paciente, ya sea hombre o mujer, o como sea esa persona se

    sienta o exprese a través de su vestimenta. Lo que vale es su realidad que incluye su propia

    verdad, y otra persona no tiene derecho a transgredir eso. Por lo que las medidas y precauciones

    son las mismas que para cualquier otro paciente.