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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

ESTRUCTURA

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

1.1.- Concepto 1.2.- Línea Axiológica 1.3.- Alcance 1.4.- Base Legal

CAPITULO ll DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

2.1.- Del Funcionamiento 2.2.- Ubicación 2.3.- Ámbito Geográfico 2.4.- Objetivos

a.- Objetivos Generales b.- Objetivos Específicos

CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

3.1.- Diseño Organizacional 3.2.- Funciones Generales 3.3.- Funciones Específicas

CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN

4.1.- Académica a) Planificación b) Programación c) Calendarización d) Supervisión Educativa

4.2.- Administrativa a) Régimen Interno b) Régimen Económico

CAPITULO V DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, CERTIFICACION Y PLAN DE ESTUDIOS

5.1.- Matricula 5.2.- Evaluación 5.3.- Promoción 5.4.- Certificación

CAPITULO VI DEL RÉGIMEN ESCALAFONARIO

6.1.- Organización del Escalafón Docente y administrativo 6.2.- Su uso y Obligatoriedad de registro de los trabajadores que laboran en la I.E.

CAPITULO VII DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL

7.1.- Derechos 7.2.- Deberes 7.3.- Faltas 7.4.- Estímulos 7.5.- Sanciones del personal

CAPITULO VIII DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

8.1.- De los derechos

8.2.- De las Normas de convivencia estudiantil 8.3.- De las Faltas 8.4.- De los Estímulos 8.5.- De las sanciones a los educandos

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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

CAPITULO IX

DE LOS PADRES DE FAMILIA

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno, es un instrumento de gestión que establece y regula la

organización y el funcionamiento integral de la Institución Educativa No 50048 “Los Incas” - Cusco;

asimismo establece las funciones, derechos y deberes de los directivos, docentes, administrativo,

personal de servicio, alumnos y padres de familia en concordancia con las normas vigentes.

Presenta elementos básicos para el planeamiento y desarrollo de actividades en la IE,

asimismo permitirá efectuar las tareas educativas con puntualidad, toda vez como instrumento

normativo legal, regula las diferentes funciones, actividades, obligaciones o prohibiciones de cada uno

de los componentes del proceso educativo, así como los estímulos y sanciones, con la finalidad de

contribuir y mejorar el servicio educativo establecido, para cuyo efecto será de estricta observancia

por todos los miembros de la Institución Educativa.

Para su aprobación, ha sido elaborado con participación de todos los agentes educativos de

nuestra Institución Educativa, mediante plenarias de debate y aprobación, dentro del marco de la

normatividad actualizada.

En conclusión, resaltamos que, el fin de la educación es la formación integral de los niños y

niñas de nuestra IE y la participación efectiva del personal que coadyuve el cumplimiento y

mejoramiento del proceso cada vez mejor y en proyección hacia el futuro.

Cusco, marzo de 2018.

LA COMISIÓN.

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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1.- CONCEPTO El Reglamento Interno de la Institución Educativa, es un manual de organización y funciones de los Miembros de la C o m u n i d a d Educativa los cuales deben conocerlo y aplicarlo para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos educativos. Art. 2.- LÍNEA AXIOLÓGICA

Los Fines del Reglamento Interno son los siguientes: a. Establecer la organización dinámica y funcional de la I.E., determinando las funciones de

cada uno de sus miembros. b. Optimizar la racionalización de los recursos humanos, materiales y económicos, para

obtener logros positivos y mejorar la calidad de los servicios educativos. c. Armonizar las re lac iones de convivencia entre la comunidad educativa y sus

agentes educativos. d. Lograr objetivos mediante el desarrollo de los contenidos curriculares adecuándolos al

nivel de estudios aplicando la metodología propia. ART. 3.- ALCANCES

El presente reglamento está dirigido a: a. Director b. Personal Docente. c. Auxiliar de Educación d. Personal de Servicio. e. Estudiantes f. APAFA

Art. 4.- BASE LEGAL El presente Reglamento y la organización de la I.E.I se sustentan en las siguientes Bases Legales:

1. Ley General de Educación N° 28044 y sus modificatorias. 2. Decreto Supremo N° 011-2012-ED Reglamento de la Ley General de Educación 3. Ley 29944 Ley de Reforma Magisterial y Reg. D.S. N° 004-2013-ED. 4. Decreto Supremo N° 004-2013-ED Reglamento de la Ley N° 29944 5. Ley de Bases de la Carrera Administrativa D.L. N° 276. 6. Decreto Supremo N° 005-90-PCM 7. Ley N° 30057-Ley del Servir 8. Reglamento de la Ley Bases de la Carrera Administrativa D.S. 05-90-PCM. e. 9. Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes. 10. D.S. 004--2006 ED. Reglamento de APAFA. 11. D.S. 050 Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa. 12. Ley de Procedimientos Administrativos N° 27444. 13. Ley 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública. 14. Ley N° 29719 Ley que promueve la convivencia sin violencias en las instituciones

educativas. 15. D. S. N° 009-2010-PCM. Aprueban el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025 sobre 16. Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público. 17. D.S. N° 033-2005-PCM. Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. 18. D.S. 008-2006-ED Lineamiento para el seguimiento y Control de la labor efectiva del Trabajo

Docente en las IEP Públicas. 19. D. S. N° 010-2012-ED. Aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la

Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas. 20. D. Legislativo N° 800 Establecen Horario de atención y Jornada Diaria en la Administración

Pública.

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21. R.M N° 571-94 ED. Normas de Control y Asistencia del personal del Ministerio de Educación. 22. R.M. N° 0234-2005-ED. Aprueban Directiva sobre evaluación de los Aprendizajes de los

Estudiantes en la Educación Básica. 23. D. S. N° 008-2014-MINEDU. Modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley N°

29944 Ley de Reforma Magisterial, aprobado por D.S. N° 004-2013-ED. 24. Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las

instituciones educativas públicas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°004-2006-ED.

25. Ley N° 29988, que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de Instituciones Educativas públicas y privadas implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas, crea el registro de personas condenas o procesados por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos

26. Ley N° 28119, Ley que prohíbe el acceso de menores de edad a páginas web de contenido pornográfico.

27. Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. 28. RM. N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMGI-0ET, Lineamientos

para la prevención de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones educativas.

CAPITULO ll

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 5.- DEL FUNCIONAMIENTO

La Institución Educativa N° 50048 “Los Incas” - Cusco, identificado el nivel de educación

Primaria con código modular 0405324, el nivel de educación Secundaria con código modular

0785097 y ambos niveles educativos con código de local escolar 146253 ubicado en el distrito,

provincia y departamento del Cusco tiene como fecha de creación el nivel de educación primaria

el 13 de agosto del año 1970 mediante Resolución Director / R.D. Departamental Nro. 4122 y el

nivel de educación secundaria el 16 de diciembre del año 1988 mediante Resolución Director /

R.D. Departamental Nro. 2966.

Art. 6.- UBICACIÓN La Institución Educativa N° 50048 “Los Incas”, está ubicada en la Urb. Los Incas –Cusco; Calle Sara Sara S/N, perteneciente a la UGEL – Cusco, DRE Cusco.

Art. 7.- OBJETIVOS A.- OBJETIVOS GENERALES

Atender la demanda educativa de los alumnos (as) de nuestra jurisdicción y alrededores de acuerdo a las metas de atención y las vacantes conforme se establece en las normas legales.

B.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a) Propiciar la formación integral de los educandos, fortaleciendo los valores de honradez,

trabajo, colaboración, ayuda, justicia y respeto entre todos los integrantes de la comunidad educativa.

b) Profundizar el conocimiento y afianzar la práctica de los valores cívicos, patrióticos, éticos c) y m o r a l e s para el posterior desenvolvimiento en la sociedad dentro del marco

constitucional y democrático para formar el perfil : justo, crítico, creativo, solidario, respetuoso, responsable.

d) Promover y apoyar el bienestar del educando brindándole los servicios necesarios que contribuyan al conocimiento y comprensión de sí mismo para el desarrollo de su

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e) personalidad. f) Capacitar y actualizar a los docentes en los nuevos enfoques pedagógicos, metodológicos y de

evaluación educativa. g) Fomentar la convivencia armónica manteniendo la coordinación y las buenas relaciones

humanas entre el personal directivo, docente, administrativo, alumnos, comunidad y autoridades.

h) Fomentar permanentemente en los alumnos y alumnas la adquisición de hábitos de higiene y la práctica de valores éticos y morales.

i) Fomentar y lograr la participación de los padres de familia en la tarea educativa.

CAPITULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 8.- DISEÑO ORGANIZACIONAL. La Institución Educativa N° 50048 “los Incas”- Cusco, está estructurado orgánicamente de la

siguiente manera: A.- ÓRGANO DE DIRECCIÓN a. Dirección (DIRECTOR)

B.- ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Y TÉCNICO PEDAGÓGICO a. CONSEJO ACADÉMICO b. ÓRGANO DE EJECUCIÓN c. DOCENTES d. AUXILIAR DE EDUCACIÓN.

C.- ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO a. Personal de servicio

D.- ÓRGANO CONSULTIVO, PARTICIPACIÓN, CONCERTACION Y VIGILANCIA a. Consejo Educativo Institucional (CONEI).

Art. 09.- FUNCIONES DEL DIRECTOR

El Director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. 1) Le corresponde conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en

el artículo 68° de la Ley N° 28044 Ley General de Educación que es como sigue: 2) Organizar la elaboración, aprobar, ejecutar y evaluar el PEI, así como el PAT, el PCI y el

Reglamento Interno en concordancia con las líneas axiológicas y los lineamientos de la política educativa peruana.

3) Velar, conducir y evaluar los procesos de gestión institucional y pedagógica. 4) Expedir certificados, diplomas según corresponda. 5) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante. 6) Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los

estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje. 7) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. 8) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,

experimentación e investigación educativa. 9) Promover el desarrollo educativo cultural y la promoción del deporte de la Institución

Educativa. 10) Participar en las diferentes actividades educativas de la comunidad. 11) Preside los Órganos Institucionales de acuerdo a la normatividad específica k.

Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. 12) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la

comunidad educativa y sus autoridades superiores.

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13) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia. 14) Organizar el proceso de matrícula y autorizar traslados de matrícula. 15) Realizar de oficio la matrícula del menor abandonado, en peligro moral y con

Necesidades Especiales. 16) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos

pedagógicos de acuerdo a las leyes y normas. 17) Aprobar el CAP del personal docente y solicitar la cobertura de las plazas vacantes ante la

autoridad educativa competente. 18) Aprobar la programación curricular, el sistema de evaluación de los alumnos y el calendario

de las actividades en base a los criterios técnico emitidos por el Ministerio de Educación. 19) Autorizar visitas de estudios o excursiones dentro del ámbito Nacional según (R.M. N° 394- 20) 2008-ED) estas visitas deben estar consideradas en el plan de trabajo. 21) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y la autoridad competente del Ministerio

de 22) Educación asuntos de interés común. 23) Otorgar permiso al personal a su cargo hasta 03 días de acuerdo a ley que corresponda. 24) Proceder con las sanciones al personal docente y administrativo de acuerdo a ley. 25) Evaluar, incentivar, reconocer el esfuerzo, mérito individual y/o colectivo del personal a

su cargo por acciones extraordinarias, tanto en el cumplimiento de sus funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, el colegio o la comunidad. En caso de una evaluación negativa ejecutar medidas correctivas de acuerdo a normas vigentes.

26) Realizar movimiento de personal autorizado por ley y proponer contrato de personal. 27) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude de

acuerdo a los requerimientos estipulados en el PAT. 28) Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes de la I.E., de acuerdo con las normas

oficiales, asegurando su conservación y un tipo de utilización que no distorsione los fines de la I.E.I.

29) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad educativa.

30) Establecer los horarios y turnos de trabajo del personal administrativo de acuerdo a las necesidades de la Institución.

31) Controlar la asistencia y puntualidad del personal de la Institución Educativa en forma eficiente y reportarla en forma oportuna a la UGEL.

32) Convocar a elecciones de Municipio Escolar, organizar el Consejo Educativo Institucional y el Comité Especial de Evaluación.

33) El Director preside la Defensoría del Niño y del adolescente de acuerdo a la funciones del art. 18° del Código del Niño y Adolescente

34) Otras funciones inherentes a su cargo. Art. 10.- FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Es el agente fundamental de la educación y contribuye conjuntamente con la familia, la comunidad y el estado al desarrollo integral del educando, Sus funciones son:

1) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión institucional y en las reuniones de coordinación académica a los que son convocados.

2) Entregar oportunamente los documentos técnicos pedagógicos de su competencia. 3) Cumplir las funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la Constitución, a las leyes del

Estado y a los fines de su Institución. 4) Programar, desarrollar y evaluar el aprendizaje y las actividades curriculares inherentes a la

Área o grado a su cargo. 5) Orientar al educando respetando su libertad en el conocimiento de sus derechos y

deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales. 6) Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas necesarias para el adecuado

desarrollo del programa curricular del área y sección a su cargo. 7) Integra comisiones de trabajo y participa de las acciones que permitan el mejor logro de las

actividades programadas. 8) Participar en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de su comunidad.

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9) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos en los horarios establecidos.

10) Colaborar en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes de la Institución Educativa.

11) Realizar acciones de Tutoría en las secciones a su cargo. 12) Presentar al Director de la Institución Educativa los instrumentos de evaluación y

documentos técnicos pedagógicos referidos al desarrollo de su labor docente. 13) Participar en acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de

trabajo, así como en los eventos de capacitación y actualización programadas y organizadas por el plantel.

14) Asistir puntualmente a las reuniones convocadas en la IE, las que serán programadas con 48 horas de anticipación, salvo casos de urgencia se les convocara en forma automática.

15) Colaborar con la salida de los niños y niñas en el salón que le corresponda en la última hora, organizándolos de manera ordenada.

16) Contribuir en mantener el buen clima institucional y el logro de los fines y objetivos institucionales demostrando ética y eficiencia.

17) El Docente hará el efecto multiplicador de las jornadas de capacitación al que asista dentro del horario de trabajo dándole las facilidades del caso.

18) El docente debe elaborar y participar en Proyectos de Innovación Pedagógica que convoque el Ministerio de Educación o la UGEL – Cusco.

19) El docente debe participar en la disertación de las fechas cívicas. 20) El docente asume el compromiso de contribuir con la conservación de la higiene del aula.

ART. 11.- FUNCIONES DE AUXILIAR DE EDUCACIÓN.

1) Contribuir al desarrollo de acciones y actividades tendientes a la formación integral del educando.

2) Las auxiliares de educación tienen la obligación de acreditar anualmente cursos de capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados a su función.

3) Los auxiliares de educación para un mejor desempeño de sus funciones dependen y coordinan con la Director, profesoras y todo el personal de la institución educativa.

4) Las auxiliares de educación ingresarán por lo menos 30 minutos de anticipación a la hora normal de ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos 30 minutos después de la hora de salida de los educandos. En dicho lapso cuidarán de los educandos hasta que todos sean recogidos por sus padres de la institución educativa.

5) Las auxiliares de educación permanecerán en el aula que les ha sido asignada y estarán pendiente de las demás aulas de la institución educativa.

6) Las auxiliares de educación prestarán apoyo en la realización de actividades de carácter institucional, o cívico patriótico que se realicen los sábados, domingos o feriados, donde se les delegue una responsabilidad por necesidad de servicio.

7) Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación, amistad y respeto entre los educandos, docentes, padres de familia y comunidad.

8) Lleva y transporta a los educandos que requieren de atención médica, en situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes en la institución educativa o fuera del él siempre y cuando se trate de actividades programadas y aprobadas por la dirección luego comunica al tutor o padre de familia.

9) Apoyar a sus colegas auxiliares en el ingreso, salida de los educandos para el mejor logro de la disciplina y el orden, sin distinción de turno.

10) Participar en la matrícula de los educandos. 11) Retirarse de la institución educativa luego de verificar la salida total de los educandos, de lo

contrario cualquier incidente que ocurra debido a su descuido es de su entera responsabilidad.

12) Acompaña en las representaciones en los diferentes eventos que participa la institución educativa.

13) Velar por el mantenimiento y provisión del botiquín de aulas. 14) En las vacaciones escolares del medio año, los Auxiliares de Educación asisten a la I.E. para

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desarrollar actividades propias de su cargo. ART. 12.- FUNCIONES DEL TUTOR.

En el nivel le corresponde al profesor de aula. 1) Velar por el rendimiento escolar y lo apoya académicamente. 2) Mantiene comunicación periódica con los alumnos y padres de familia. 3) Informa a los padres de familia, sobre el rendimiento académico y disciplinario de sus

tutelados. (Entrega de Libretas de notas), según cronograma establecido en la calendarización.

4) Realiza actividades de mejoramiento de las actitudes negativas de sus tutelados en coordinación con la dirección del plantel.

5) Presenta su plan de tutoría a inicio del año escolar con sus actividades y cronogramas. Art. 13- LAS FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Depende del Director de la I.E. 1) Controla el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido y de todo

usuario que ingrese de la Institución Educativa. Previa presentación con documento de identidad siendo registrado en un cuaderno

2) Controla los bienes, enseres y otros que ingresen y salen de la I.E.I que cuentan con la debida autorización de la Director.

3) Realiza diariamente la limpieza de las aulas, SS.HH., mobiliario escolar y demás ambientes tanto interno como externo.

4) Vela por la seguridad y el mantenimiento del mobiliario y enseres de la Institución Educativa siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo, e informa diariamente de las incidencias.

5) El Trabajador de Servicio que vive en la Institución Educativa es el responsable de la 6) Guardianía nocturna y seguridad de los bienes tanto los días laborables como los no

laborables. 7) Realiza labores de conserje. 8) Realiza cada 15 días la limpieza general de puertas, ventanas y paredes lavables. 9) Abrir y cerrar las puertas de ingreso y salida según el horario establecido para el

alumnado. 10) Mantener abiertos los servicios higiénicos durante el horario escolar. 11) Realiza otras funciones afines que le asigne el Director .

Art. 14.- DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)

Es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático, 1) Los integrantes serán elegidos en el mes de Noviembre y tienen vigencia por dos años de

acuerdo a la normatividad. 2) Es presidido por el Director de la IE, representantes de docentes, estudiantes,

administrativos, en concordancia con el artículo 52° de la Ley 28044, ex alumnos y padres de familia.

3) Se exceptúa la participación de estos dos últimos cuando las características de la institución lo justifiquen, pueden integrarlo también representantes de otras instituciones de la comunidad por invitación de sus miembros.

4) La Director convocará al CONEI a reuniones trimestrales planificadas y otras de carácter extraordinario cuando lo estime conveniente y/o a solicitud de los integrantes del consejo, para lo cual se comunicará con la debida anticipación, y el asunto a tratar.

Art. 15.- FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL

A ) En aspecto de participación:

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1) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, PCI y demás instrumentos de gestión educativa.

2) Participar en el Comité de Evaluación para ingreso, ascenso y permanencia del personal docente, auxiliar y administrativo de la I.E.I, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación.

3) Colaborar con la Director en garantizar el cumplimiento, de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas, y la jornada del personal docente y

4) administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para el nivel educativo. 5) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E.I y los indicadores de desempeño

laboral. 6) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y

calidad en las I.E. públicas. B) En aspecto de concertación:

1) Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad que potencien en uso de los recursos existentes.

2) Propiciar la solución de conflictos que susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

C) En aspecto de vigilancia: 1) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E.I. 2) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E.I y aquellos que, de acuerdo con lo

establecido en el Reglamento general de la Asociación de padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

Art. 16.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO

1) Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica del PCI. 2) Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los

aprendizajes para mejorar los aprendizajes de los estudiantes. 3) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación

educacional 4) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. 5) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. 6) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación

institucional 7) Participar en la ejecución y desarrollo de capacitaciones

docentes. 8) Participar en el marco del proyecto educativo institucional y plan anual de trabajo, en

la organización de actividades y programas de la I.E.I. 9) Realizar la evaluación de conocimientos semestralmente de tipo muestreo.

Art. 17.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA ORIENTACION EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR

El Comité de Tutoría es el responsable en la institución educativa de implementar la acción tutorial de acuerdo a las necesidades e intereses de las y los estudiantes. Entre sus principales funciones: 1) Organizar acciones de capacitación dirigido a estudiantes, docentes, auxiliares y familias. 2) Verificar la elaboración y el desarrollo de los planes tutoriales de aula y las sesiones de tutoría. 3) Realizar reuniones periódicas entre tutores para el intercambio de sus experiencias y el apoyo

mutuo. 4) Promover reuniones periódicas entre tutores y padres de familia.

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CAPITULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN Art. 18.- ACADÉMICA A.- PLANIFICACIÓN. - Las labores del planeamiento educativo se realizará en el mes de diciembre, con la participación del director, personal Docente, de Servicio y APAFA. 1) Los Instrumentos de Gestión (PEI, PCI, PAT, RI) serán elaborados con la participación del personal

directivo, docente, de servicio y APAFA. Para la elaboración del Plan Anual de Trabajo (PAT) y Reglamento Interno (R.I), el personal docente

trabajará por grupos y para la consolidación de los mismos, lo harán a través del análisis, debate y aprobación el cual será ratificado por el Director del Plantel, mediante Resolución Directoral, los que se pondrán a disposic ión de todo el personal de la Institución Educativa.

B.- PROGRAMACIÓN.- La programación curricular se formulará en dos etapas: 1) Programación Curricular Anual en el mes de Diciembre, teniendo en cuenta las

capacidades de área para los trimestres correspondientes. 2) Programación curricular de corta duración, durante el año lectivo mediante las Unidades

Didácticas, Aprendizajes.

Art. 18.- DE LA DISTRIBUCIÓN HORARIA 1) La Calendarización del año académico figura en el P.A.T. según la R.M. N° 556-2014-MINEDU.

El año escolar tendrá una duración mínima de 110 horas efectivas de clase en Educación Primaria y 1200 horas efectivas de clase en Educación Secundaria. Las vacaciones se consideran como periodos adicionales. La fecha de inicio, la programación de las vacaciones los determina la Dirección de la I.E. Con opinión del CONEI quien comunicará la decisión a la UGEL – Cusco.

2) El tiempo de permanencia de los educandos en el plantel es como sigue: • Primaria:

INGRESO : 8:00 a.m. RECESO : 10:20 a.m. a 10:50 am. SALIDA : 13.00 a.m.

• Secundaria: INGRESO : 8:00 a.m. RECESO : 11:00 a.m. a 11:20 a.m. SALIDA : 13:30 p.m. El periodo vacacional de los alumnos tendrá una duración de dos semanas efectivas.

Art. 19.- SUPERVISIÓN EDUCATIVA 1) Las actividades de monitoreo educacional se realizarán de acuerdo con lo dispuesto en el

Reglamento de Supervisión Educativa aprobado por el D. S. N ° 50-82-ED. y las normas complementarias que expida el Ministerio de Educación.

2) La Director del Plantel efectuará: el Plan de Supervisión y las fichas de supervisión los que deben ser difundidos entre el personal docente consignando las fechas de supervisión, problemas detectados, asesoramiento y recomendaciones. El resultado de la misma será entregada al docente, concluida la supervisión.

3) El monitoreo y supervisión se extenderá al personal administrativo utilizando los instrumentos respectivos.

4) Las f e c h a s establecidas para el Monitoreo y supervisión de carácter opinado están establecidas en la calendarización.

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Art. 20.- ADMINISTRATIVA A) DEL REGIMEN INTERNO 1) El trabajo administrativo está a cargo del Director de la IE y está organizado de la siguiente

manera:

a) El Archivo comprende los documentos oficiales recibidos y remitidos. Además, La Constitución Política del Perú, Ley General de Educación y sus reglamentos, Plan de Trabajo Anual, Informes anuales, documentos de supervisión, registros de asistencia de personal, libro de actas, libro de caja, inventario de bienes y enseres, fichas y nóminas de matrícula, actas, registro de evaluación y otros

b) Mantenimiento y conservación del local corre a cargo del personal de servicio y cuenta con los recursos económicos que aporta la APAFA.

c) La IEI funciona en el turno de mañana en el siguiente horario: 8:00 a.m. a 13:00 p.m. d) La entrada al colegio de los padres de familia es por la puerta principal en los días y

horarios establecidos, previa identificación y anotación en un cuaderno de registros anotando el motivo de su visita

e) La atención al público usuario es de 10:30 a.m. a 11:00 a.m. f) La entrada y salida de los alumnos es por la puerta principal.

2) La jornada de trabajo de la Director, docente, auxiliar de educación, administrativo de la I.E. es: a. Personal Directivo: De 8:00 a.m. hasta 16:00 p.m. (40 horas). b. Personal Docente: De 8:00 a.m. hasta 13:30 p.m. (30 horas pedagógicas). c. Personal Auxiliar de Educación: De 7:30 a.m. hasta 14:00 p.m. (30 horas cronológicas) d. Personal de Servicio Turno Diurno: De 7:30 a.m. hasta 15:30 p.m. (40 horas

cronológicas). e. Personal de Servicio Turno Nocturno: De 10:00 p.m. hasta 6:00 a.m. (40 horas

cronológicas). 3) La jornada de trabajo para los Trabajadores de Servicio es rotativo mensualmente en el Turno:

Diurno y Nocturno respectivamente conservando el horario establecido por las normas legales vigentes.

4) La jornada laboral para los profesores se encuentra establecida en la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento D.S. 004-2013-ED.

Art. 21.- DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS

a. El personal que llega a laborar a la Institución Educativa, después de la hora establecida por el presente reglamento constituye tardanza debiendo registrarse en el control de asistencia.

b. Constituye inasistencia:

• La no concurrencia a la institución educativa. • Habiendo concurrido no desempeñar su función. • El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. • El ingreso excediendo el término de la tolerancia, si la hubiera.

c. El personal que, habiendo acreditado su ingreso, omitiera registrar la salida, será

considerado inasistente, salvo que justifique esta omisión dentro de las 24 horas posteriores, mediante memorándum de su respectivo jefe inmediato superior, la cual se atenderá una vez al mes, con un máximo de 11 veces al año, sin considerar el periodo vacacional. Esta situación tiene alcance a la omisión de ingreso.

d. El personal que por razones de enfermedad se encuentran impedidos de concurrir a su centro de trabajo, están obligados de dar aviso a la dirección del plantel, en el término de 4 horas posteriores a la de ingreso del mismo día. Las tardanzas e inasistencias injustificadas no solo dan lugar a los descuentos correspondientes, sino que las mismas son consideradas como faltas de carácter disciplinario, sujetas a sanciones dispuestas por ley.

e. El personal que, por motivos de fuerza mayor inasistiera al plantel sin el permiso correspondiente, podrá justificar dicha falta las primeras horas de la mañana del día siguiente

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con los documentos sustentatorios correspondientes; de lo contrario se considerará como inasistencia injustificada.

Art. 22.- DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS

1. Licencias.

a) La licencia es el derecho y la autorización que tiene el servidor para no asistir al centro de trabajo uno o más días, el uso de derecho de licencia se inicia a petición de parte y está condicionada a la conformidad de la Director de la institución educativa.

b) Los servidores administrativos comprendidos en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa (D.

c) Legislativo N° 276), el personal docente sujeto a la Ley N° 29944 (Incluido los auxiliares de educación), tienen derecho a licencias con y sin goce de remuneraciones.

d) Para el personal docente: (Ley N° 29944). Tienen derecho a los siguientes tipos de licencias.

A. Con goce de remuneraciones:

a) Por incapacidad temporal para el trabajo (Enfermedad, hasta 12 meses). b) Por maternidad (90 días). c) Por siniestros (Hasta 60 días). d) Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos (8 días si el deceso es dentro de la

provincia donde labora el servidor y 15 días, si el deceso o sepelio es en otra provincia). e) Por asumir representación oficial en eventos nacionales y/o internacionales de f) carácter científico, educativo, cultural y deportivo (Hasta 30 días). g) Por citación expresa, judicial, militar o policial (Por el tiempo que dure la

concurrencia). h) Por representación sindical (por el tiempo que dura su mandato). i) Por desempeño de funciones públicas y/o cargos de confianza: Regidores, un día por

semana. j) Por llamamiento y maniobras militares de las instituciones de la Fuerzas Armadas, Ley N°

29248 y D. S. N° 021-2009-DE/SG (Por el tiempo que dure el llamamiento). k) Por adopción (30 días). l) Por paternidad, según Ley N° 29409 (4 días hábiles y consecutivos). Entre la fecha de

nacimiento y la alta de la conyugue.

B. Sin goce de remuneraciones:

a) Por motivos particulares (Dentro de un periodo de 5 años, hasta por un año). b) Por enfermedad grave del cónyuge, hijos, padres o hermanos (Hasta 6 meses). c) Por desempeño de funciones públicas: Alcaldes, artículos 11°, 21°, 133° y 134° de la d) Ley N° 27972 y Ley N° 27594 (por el tiempo que dure su mandato). e) Por cargo político: Gobernadores y Tenientes Gobernadores: Artículo 5° de la Ley N° f) 28895 y D. S. N° 004-2007-IN (Por el tiempo que dure la designación).

1.1. Para servidores administrativos: (Del D. Legislativo N° 276). Tienen derecho a los

siguientes tipos de licencias. a) Con goce de remuneraciones:

a) Por incapacidad temporal para el trabajo (enfermedad, hasta 12 meses). b) Por maternidad (98 días). c) Por tuberculosis, Síndrome de Inmune Deficiencia Adquirida (SIDA) y Cáncer (hasta por

dos años, 1 año subsidiado por EsSalud y 1 año por el empleador). d) Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos (5 días si el deceso es dentro

de la provincia que labora el servidor y 8 días, si el deceso es en otra provincia). e) Por citación expresa: Judicial, Militar o Policial (Por el tiempo que dure la

concurrencia).

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f) Por desempeño de funciones públicas: Regidores, artículos 11°, 21°, 133° y 134° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades (Hasta por 20 horas semanales).

g) Por llamamiento y maniobras militares de las instituciones de las Fuerzas Armadas: Ley N° 29248 y D. S. N° 021-2009-DE/SG (Por el tiempo que dure el llamamiento).

h) Por adopción. i) Por paternidad, según Ley N° 20409 (4 días hábiles y consecutivos). Entre la fecha de

nacimiento y la alta de la conyugue. b) Sin goce de remuneraciones:

a) Por motivos particulares (Hasta por 90 días consecutivos). b) Por desempeño de funciones públicas: Alcaldes, artículos 21°, 133°, 134° de la Ley c) N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades (Por el tiempo que dure su mandato). d) Por cargo político: Gobernadores y Tenientes Gobernadores, artículo 5° de la Ley N° e) 28895 y D. S. N° 004-2007-IN (Por el tiempo que dure la designación). f) A cuenta del periodo vacacional del primer año (Hasta 30 días) solo para administrativos.

• Por matrimonio. • Por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos.

1.2. Para servidores contratados: (Profesores, auxiliares de educación, administrativos. Tienen

derecho a licencia en los siguientes casos: a) Con goce de remuneraciones:

a. Por incapacidad temporal para el trabajo de acuerdo a ley. b. Por maternidad (98 días). c. Por citación expresa: Judicial, Militar y Policial (Por el tiempo que dure la

concurrencia). d. Por adopción e. Por paternidad, según Ley N° 29409 (4 días hábiles y consecutivos).

A los servidores contratados no corresponde otorgar licencias sin goce de

remuneraciones, por la naturaleza eventual del contrato y la necesidad institucional. 1.3. El trámite de la petición de licencia se inicia con la presentación de la solicitud por parte de los

servidores, dirigida a la Director de la institución educativa, debiendo este remitirlo en un plazo de 24 horas de presentado a la UGEL Cusco, para la emisión de la resolución respectiva.

1.4. La Director de la institución educativa puede denegar, diferir o reducir por razones de servicio educativo, las solicitudes de licencias sin goce de remuneraciones y a cuenta del periodo vacacional.

1.5. La sola presentación de la solicitud, en caso de licencia sin goce de remuneraciones, no da derecho a su goce. Si el trabajador se ausentara en esta condición, sus ausencias se considerarán como inasistencias injustificadas, siendo posible de la sanción disciplinaria correspondiente.

1.6. Para tener derecho a licencia sin goce de remuneraciones o licencia a cuenta del periodo vacacional, el trabajador deberá contar con más de 1 año de servicios efectivos y remunerados en condición de nombrado.

1.7. El trabajador que sufriera una enfermedad o accidente que conlleve a hospitalización de emergencia, a través de un familiar o tercera persona comunicará el hecho a la Director de la institución educativa en el transcurso del día hábil siguiente, debiendo luego ser justificado con el certificado de incapacidad temporal (CITT) emitido por EsSalud. De igual manera se efectuará si se produce una situación de emergencia fuera de la jornada de trabajo por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos o por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos.

1.8. Los trabajadores que se encuentran gozando de licencia con goce de remuneraciones (a excepción de licencia por función edil) podrán solicitar oportunamente la variación del periodo

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vacacional, en caso de encontrarse ésta dentro del periodo de licencia 1.9. El trabajador autorizado para hacer uso de licencia mayor de 10 días como condición previa,

deberá hacer entrega del cargo al Director de la institución educativa o al trabajador que este designe para su reemplazo.

1.10. El uso o abuso deliberado o simulado de enfermedades, será informado a la entidad inmediatamente superior para su tratamiento de acuerdo a ley.

2. Permisos.

2.1 Los permisos son las autorizaciones otorgadas por el director (a) de la institución educativa para ausentarse por horas del centro laboral durante la jornada de trabajo. Se inicia a petición de parte y está condicionado a las necesidades del servicio y a la autorización expresa del director (a). Se formaliza mediante la papeleta de salida. Se concede por los mismos motivos que las licencias, lo que posibilita su acumulación, deducción o compensación horaria correspondiente.

2.2 Los permisos por horas acumuladas durante un mes debidamente justificados. No podrán exceder el equivalente de un día de trabajo, con excepción de los permisos por lactancia establecidos por Ley N° 28731.

2.3 Tipos de permisos.

a) Permisos con goce de remuneraciones: b) Lactancia (servidores nombrados y contratados). c) Enfermedad (Servidores nombrados y contratados) d) Maternidad (Servidores nombrados y contratados). e) Para ejercer docencia universitaria pública (Administrativos nombrados, artículo 107°

del D. S. N° 005-90-PCM y docentes del Área de Administración de la Educación, según Ley 29944 y su Reglamento D. S. N° 004-2013-ED.

f) Permisos sin goce de remuneraciones (Para servidores nombrados) g) Por motivos particulares. h) Por enfermedad grave del cónyuge, padres e hijos.

2.4 En caso de emergencia de no encontrarse la Director de la institución educativa, los

permisos serán autorizados por el personal encargado o su homólogo. 2.5 El trabajador que tenga que concurrir al hospital, por emergencia o cita médica deberá

acreditar esta atención con documentos sustentatorios ante la dirección de la institución educativa.

2.6 Los permisos a cuenta del periodo vacacional, serán acumulados mensualmente y expresados en días y horas para la deducción correspondiente, tomando como unidad de referencia la jornada laboral vigente, salvo que sean compensados con los trabajos autorizados por necesidades de servicio.

Art. 23.- DE LAS VACACIONES ANUALES

1. El derecho del trabajador de gozar de las vacaciones es irrenunciable, conlleva al descanso físico de 30 días consecutivos con goce integro de remuneraciones después de 12 meses de servicios remunerados, teniendo como referencia la fecha de ingreso a la administración pública.

2. El rol de vacaciones del personal administrativo debe ser elaborado cada año por el director (a) del plantel, para su posterior remisión a la UGEL Cusco, y su aprobación en el mes de noviembre mediante resolución, en virtud a los artículos 102°, 103° del D. S. N° 005-90-PCM.

3. El descanso vacacional del personal administrativo se iniciará el primer día de cada mes, y en forma continua, salvo que sea suspendido por necesidad de servicio o emergencia regional o nacional. Los permisos y licencia a cuenta del periodo vacacional son deducibles de los últimos días del mes programado.

4. En casos excepcionales y debidamente justificados (Necesidad de servicio), el trabajador

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podrá hacer uso del periodo vacacional en forma fraccionada “quincenalmente”. 5. El periodo vacacional que corresponde al profesorado conforme a las áreas

magisteriales, es el siguiente: 6. Los profesores del área de la docencia (Ley N° 29944) tienen derecho a 60 días

anuales de vacaciones al término del año escolar. 7. Los profesores del área de gestión institucional y de investigación (Ley N° 29944) y los del

área de administración de la educación tienen derecho a 30 días anuales de vacaciones. 8. El trabajador antes de hacer el uso del periodo vacacional, deberá hacer entrega de

cargo al jefe inmediato o quien este indique; a la vez hará entrega de la copia del respectivo memorándum que autorice dicho derecho, para efectos de control de asistencia.

9. Las licencias, permisos y sanciones sin goce de remuneraciones no ocasionan la postergación del uso de sus vacaciones, únicamente no se consideran para la acumulación del tiempo de servicios. En el caso de los docentes se harán las deducciones económicas respectivas.

Art. 24.- DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES DE LA INSTITUCIÓN

a) Son bienes de capital de la Institución: el local, los muebles, útiles, equipos y enseres con que cuente y estén inventariados y dentro del local escolar.

b) Las profesoras de cada aula son responsables de la conservación del mobiliario y demás enseres del aula a su cargo.

c) Los educandos que malogren, destruyan o deterioren los muebles y enseres, serán responsables de su arreglo o reparación, previa notificación a su padre o apoderado.

d) La autorización para el uso del local, sus instalaciones o equipos estará a cargo de la Dirección del Plantel conforme a las disposiciones vigentes.

e) El Inventario de los Bienes Patrimoniales de la IE, es elaborado bajo responsabilidad por la Comisión de Inventario Físico de Bienes Patrimoniales, conforme al D.S. N°007-2008- VIVIENDA, R.S. N° 197-2001-ED, Resolución N° 320-2006-CG.

f) Todos los Bienes Muebles que se encuentra dentro de la IE, son Bienes de la Institución

g) Educativa, los bienes que son de uso personal deben ingresar con un documento autorizado por la Director del Plantel.

B) DEL REGIMEN ECONOMICO Art. 25.-La Institución Educativa cuenta con una comisión encargada de administrar los recursos Económicos denominados: COMISION DE GESTION DE RECURSOS PROPIOS, Integrada por:

a) Presidente: Director b) Tesorero. c) Representantes de los docentes. Representante de Administrativos.

Art. 26.-Son Recursos Propios, ordinarios de la Institución Educativa los ingresos que por Ley los considera:(TUPA)

a) Por rectificación de nombre. b) Duplicado de Certificados de estudios. c) Duplicado de libreta de Notas. d) Otros.

Art. 27.-Los recursos propios del plantel son los que se obtienen en los siguientes casos:

a) Por donaciones en efectivo de personas o instituciones. b) Por pequeñas actividades de los profesores y alumnos. c) Por la venta de bienes que se dan de baja d) Otros.

Art. 28.-Los fondos y recursos que generen estos conceptos serán utilizados en el

mantenimiento y adquisición de útiles de oficina de la Institución Educativa. Estos

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ingresos y egresos se registrarán en el Libro de Caja. Art. 29.-Los ingresos a caja chica proceden de la venta de las diversas constancias (constancia

de vacante, de estudios, de notas, etc.) Art. 30.- La comisión de Recursos Propios emitirá su informe trimestral al CONEI para

conocimiento de la comunidad educativa y posterior informe a la UGEL. Art. 31.- Las donaciones de mobiliario y mejoras en las aulas, realizadas por los padres de familia

y otras Instituciones, serán inventariadas, no procediendo su devolución. Dicho inventario debe de realizarse en el momento de la donación pasando a ser patrimonio de la Institución Educativa.

Art. 32.- Las actividades que se organicen en la I.E. con fines económicos serán dados a conocer a

la Dirección quien autorizará previa aprobación del Plan de Actividades y al término de la actividad deberá remitir el balance documentado con el informe correspondiente. Los deterioros que se ocasionara serán repuestos por los organizadores.

CAPITULO V

DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, CERTIFICACIÓN Y PLAN DE ESTUDIOS Art.33.- MATRICULA (PROCESO)

a) La matrícula se efectuará por primera y única vez al ingresar a la educación a partir de los 3 años, en los siguientes años se ratificará la matrícula en forma automática hasta cumplir los 5 años de edad mientras no se produce traslado alguno.

b) Es requisito para la matricula la partida de nacimiento, DNI, tarjeta de control de vacuna, y presencia del padre o apoderado. En caso de carecer de partida de nacimiento la Director concederá un plazo de 60 días calendarios para la entrega de dicho documento.

c) El pago por concepto de asociación de padres de familia no condiciona la matrícula ni su ratificación de acuerdo a Ley.

d) La matrícula de los niños y niñas de 3, 4 y 5 años, se realiza de acuerdo a la edad cronológica cumplida al 31 de marzo de 2015.

e) El Director del plantel racionalizará la carga docente por aula de acuerdo a las normas vigentes teniendo como número referencial 25 alumnos por aula; reservando un mínimo de dos vacantes para alumnos con necesidades educacionales especiales, para lo cual las aulas inclusivas tendrán una carga menor.

f) El Director de la IE colocará en lugar visible el aviso a los padres de familia, sobre el proceso de matrícula, requisitos, vacantes y calendario de matrícula por edades.

g) Para los efectos de traslado de alumnos se tendrá en cuenta las disposiciones vigentes. Art.34.- DE LA EVALUACIÓN

a) Las evaluaciones de los educandos de Educación se sujetarán a las disposiciones vigentes. R.M N° 234 – 2005 – ED y su modificatoria que aprueba la Directiva N°004-2005- VMGP.

b) La evaluación del comportamiento se realizará teniendo en cuenta entre otros criterios: responsabilidad, honradez, puntualidad, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona.

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c) Los documentos oficiales de evaluación son los siguientes: Registro de evaluación

(auxiliar y oficial) d) Constancia de notas del rendimiento académico (reporte de

notas) Actas Finales y Certificado de Estudios. e) La evaluación de los aprendizajes se realiza mediante criterios e indicadores de logro

que especifiquen y evidencian los aprendizajes. Los criterios de evaluación en , corresponden a las competencias de área.

Art. 35.- PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES

Los estudiantes son promovidos en forma automática. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen la calificación en todas las áreas curriculares.

Art. 36.- CERTIFICACIÓN

Los certificados de estudios, se expiden al concluir el año lectivo, con preferencia a los educandos del 5to año de secundaria de acuerdo a la Directiva N° 004 –VMGP-2005, aprobada por la R.M. N° 0234-2005-ED y su modificatoria y demás dispositivos legales vigentes.

Art. 37.- PLAN DE ESTUDIOS

a. El plan de estudios está dado en concordancia con lo que dispone la R.M. N°0440-2008- ED. Aprueban el Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular 2009.

b. El trabajo educativo se desarrollará en 03 trimestres con una duración mínima de 1100 horas y el descanso vacacional escolar de 02 semanas después del segundo trimestre.

c. El trabajo pedagógico diario es de 5 horas pedagógicas, 25 semanales y un mínimo de 900 horas anuales.

CAPITULO VI

DEL REGISTRO ESCALAFONARIO

Art. 38.- ORGANIZACIÓN DEL ESCALAFÓN DE DOCENTE Y ADMINISTRATIVO Todos los trabajadores de la Institución Educativa contarán con un legajo personal en archivo donde debe registrar los siguientes datos: -Datos Personales:

• Nombres y apellidos del trabajador • D.N.I. • Domicilio: • Teléfono • Código modular • Cargo. • Jornada Laboral. • Nivel Magisterial.

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• Situación laboral. • N° de Registro del Título o Grado de Instrucción. • Especialidad. • N° de Resolución de Nombramiento o Desplazamiento a la institución Educativa • Informe escalafonario de la UGEL. • Tiempo de Servicios. • Otros documentos inherentes a la función desempeñada / (Mérito, Demérito).

CAPITULO VII DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL

Art. 39.- DERECHOS

Los derechos alcanzados y reconocidos al profesorado por la Constitución, leyes y el presente Reglamento son irrenunciables, toda aplicación en contrario es nula.

1.- DERECHOS DEL PERSONAL DIRECTIVO Y DOCENTE:

a) Las profesoras tienen derecho a la estabilidad laboral, en la plaza, nivel, cargo, lugar, centro y turno de trabajo.

b) Remuneración de acuerdo a Ley. c) Percibir sus remuneraciones sin disminución salvo en los casos previstos por la Ley. d) Reconocimiento de oficio del tiempo de servicios y otorgamiento de pensiones y

compensaciones. e) Reentrenamiento, capacitación y especialización. f) Licencia con o sin goce de haber de acuerdo a Ley. g)

Descanso vacacional de acuerdo a Ley. g) Derecho de un día de permiso por onomástico h) A la hora de lactancia, en concordancia con los dispositivos legales. i) Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones. j) Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo de su centro

educativo. k) Ser tratado con respeto y consideración

2.-DERECHOS DEL PERSONAL DE SERVICIO:

a. Remuneración de acuerdo a Ley. b. Capacitación para el mejor desempeño de sus funciones. c. Descanso vacacional de un mes al año de acuerdo al rol de vacaciones aprobadas por d. Resolución Directoral. e. Derecho de permiso por horas de acuerdo a ley, con compensación y Permiso por

onomástico con goce de haber. f. Gozar del respeto de la comunidad educativa g. Permiso de 03 días al año con goce de remuneraciones, de acuerdo al Reglamento de la R.M.

N° 0574-94-ED. Art.40.- DEBERES 1.- DEBERES DEL DIRECTOR (A):

a. Cumplir con las funciones establecidas en las normas b. Fomentar la integración, cooperación y armonía del personal de la institución

manteniendo las buenas relaciones humanas. c. Hacer cumplir al personal de la institución educativa, sus funciones y las

disposiciones emanadas por la superioridad. d. Llevar el control del avance del servicio educativo e. Participar en las reuniones programadas por las instancias desconcentradas,

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haciendo el efecto multiplicador. f. Programar reuniones periódicas de información a los padres de familia (comités de

aulas y/o grados). g. Verificar y consolidar el normal desarrollo de las horas efectivas de la labor docente.

2.-DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS DOCENTES:

a) Participar en la elaboración y ejecución de los instrumentos de gestión de la I.E. (PEI, PCI, PAT, RI, etc.)

b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de tutoría, gestión de riesgo, plan lector. Asumiendo con responsabilidad la formación integral de los estudiantes.

c) Desempeñar sus funciones con responsabilidad, ética y eficiencia profesional. d) Inculcar respeto a nuestros héroes, Símbolos Patrios y cultivar los valores morales y

cívicos. e) Cumplir con las disposiciones impartidas por las autoridades respectivas. f) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su

responsabilidad. g) Velar por el buen estado de conservación de los bienes del colegio. h) Participar en todas las actividades programadas en el PAT, de manera obligatoria,

de acuerdo a su horario de trabajo. i) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia en

asunto relacionados con el aprovechamiento y comportamiento de sus hijos. j) Cumplir con responsabilidad el trabajo de comisiones

asignadas. k) Participar activamente en las formaciones de inicio de semana. l) Participar en las capacitaciones y jornadas programadas.

Art. 41.- PROHIBICIONES 1.-DEL PERSONAL DIRECTIVO

a) Está prohibido desempeñar otras actividades ajenas a la I.E. durante su jornada laboral b) Tomar decisiones unilaterales.

2.- Está prohibido al personal docente:

a) Salir del colegio en horas de trabajo sin autorización b) Fomentar divisionismo que menoscaben la disciplina, el compañerismo entre el personal c) Realizar salidas, excursiones, festivales, actividades sin previa autorización del Director de

la Institución Educativa. d) Emplear castigos físicos y sicológicos que lesionan la integridad física y psicológica del

educando. e) Tomar represalias en contra de los estudiantes por cualquier reclamo o queja f) Atender las consultas de los padres de familia y/o apoderados en horas no autorizadas

salvo en casos justificados. g) Asistir a la institución educativa con signos de ebriedad. h. Llevarse los objetos

incautados. h) Realizar actividades de carácter económico en beneficio personal. i) Realizar actos de proselitismo político j) Autorizar la salida de los estudiantes fuera de la I.E en horario de clases.

Art. 42.- FALTAS

Se consideran faltas del personal de la Institución Educativa: a) Inasistencia injustificada. b) Falta de respeto a los miembros de la comunidad educativa. c. Incumplimiento de sus

funciones. c) Ausencia en las actividades programadas en la I.E. e. Otros.

Art. 43.- ESTÍMULOS AL PERSONAL DE LA I.E.

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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

a) Oficio y/o Diploma de reconocimiento de la Dirección. b) Reconocimiento con Resolución Director de la Institución Educativa c) Propuesta para felicitación con Resolución Director a cargo de la UGEL- Cusco. d) Reconocimiento público con la entrega de un recordatorio a los docentes que se

Jubilen. Art. 44.- SANCIONES DEL PERSONAL. Las sanciones aplicables al personal son los siguientes:

a) Amonestación verbal o escrita. b) suspensión en el cargo hasta por 30 días sin goce de remuneraciones en caso de

docentes c) Informe a la superioridad en caso de gravedad de la falta, con informe del CONEI. Hasta

12 meses.

CAPTITULO VIII

DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

1. DE LA DEFINICIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

Conjunto de relaciones individuales y grupales que configuran la vida escolar. Es una construcción colectiva cotidiana, cuya responsabilidad es compartida por todos los integrantes de la comunidad educativa. A fin de cumplir con su misión pedagógica, la experiencia de convivencia en la escuela debe proporcionar a los estudiantes los aprendizajes, actitudes y valores que les permitirán formarse como ciudadanos, conociendo sus derechos y ejerciéndolos con responsabilidad. Para ello, debe fomentar un ambiente de relaciones justas, solidarias, equitativas y pacíficas entre todos los integrantes de la comunidad educativa, fundamentando su accionar en la democracia, la participación, la inclusión y la interculturalidad.

2. DE SUS FINES, OBJETIVOS Y ALCANCES.

A. Son fines de la Convivencia Escolar de la I.E.

a) Establecer precisiones para el mejor servicio educativo, comprometiendo la participación

responsable de los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución Educativa N° 50048

“Los Incas” Cusco.

b) Normar la ejecución, supervisión y evaluación de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa

(TOE) dirigido hacia una “Cultura de Paz, Derechos Humanos y Convivencia Escolar”.

B. Son objetivos de la Convivencia Escolar de la I.E.

a) Garantizar, mediante normas y reglas claras el mejor ambiente y clima escolar, comprometiendo

la actuación de todos los actores del proceso educativo en La Institución Educativa N° 50048 “Los

Incas” Cusco.

b) Orientar la participación y desenvolvimiento armonioso de los estudiantes, padres de familia y

personal del plantel, mediante el conocimiento de sus derechos, deberes, estímulos y medidas

formativas y/o disciplinarias, dentro de un marco democrático y respeto.

C. Alcances:

a) Dirección del Plantel.

b) Personal Directivo, Jerárquico, Docentes, Administrativos y de Servicios Generales del Plantel.

c) Padres de Familia.

d) Estudiantes.

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3. DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y OBSERVACIONES POR MEJORAR DEL ESTUDIANTE

A. Derechos de los estudiantes

a) Recibir una educación fundamentada en los valores, acorde a sus necesidades, potencialidades,

los avances pedagógicos y/o tecnológicos.

b) Ser tratado con dignidad, respeto, justicia, ternura y misericordia.

c) Contar con las medidas de seguridad que protejan su integridad moral y física.

d) Ser atendido en todos los servicios que la Institución ofrece cuando lo requiera.

e) Para el Proceso Electoral, los estudiantes elegirán a sus Representantes Estudiantiles mediante

sufragio directo y secreto, considerando los requisitos establecidos por la Institución.

f) Ejercer sus derechos sin transgredir la dignidad y los derechos de los demás.

g) Ser informado sobre su rendimiento académico oportunamente.

h) Conocer las Normas de Convivencia de la institución y las medidas formativas.

i) Ser escuchado por miembros de La Institución Educativa antes que se le aplique las medidas

pertinentes, en caso de indisciplina. (Respetando las instancias establecidas).

j) No ser afectado académica ni conductualmente cuando se ausente del aula o de la Institución

Educativa por representar a la Institución. Sus tardanzas o ausencias serán registradas por el

Auxiliar de Educación.

k) Ser informado oportunamente de la organización de los estudios, contenidos, bibliografía,

requisitos de evaluación, fecha y resultados de exámenes.

l) Ser informados oportunamente sobre los contenidos, bibliografía, requisitos de evaluación, fecha

y resultados de exámenes.

B. Deberes de los estudiantes.

a) Respetar y cumplir las Normas de Convivencia de la Institución Educativa y las acordadas en el

Aula.

b) Respetar y respetarse a sí mismo, relacionándose con cortesía para con todos los miembros de la

Comunidad Educativa utilizando el “PORFAVOR” y “GRACIAS” en todo momento.

c) Demostrar respeto a los símbolos patrios, religiosos e institucionales.

d) Asumir su responsabilidad académica y conductual.

e) Reflexionar sobre sus logros y dificultades como parte de su responsabilidad personal.

f) Demostrar respeto, responsabilidad y honestidad en sus actos dentro y fuera del plantel.

g) Abstenerse de realizar actividades para recaudar fondos sin la aprobación de Dirección.

h) Conocer y cumplir con el Manual de Convivencia, asumiendo las medidas preventivas y formativas.

i) Representar dignamente al Colegio en cualquier certamen, evento, interno o externo.

j) Participar y colaborar activamente en todas las actividades educativas, cívico patrióticas.

k) Participar y colaborar activamente en todas las actividades formativas organizadas por la

Institución (jornadas, retiros, campamentos, visitas de proyección social, eucaristía, etc.).

l) Registrar tareas en la Agenda Escolar y presentarla firmada diariamente por el padre y/o

apoderado, al Tutor(a) y/o a la autoridad escolar que lo solicite.

m) Retornar puntualmente a las aulas después de los recreos, talleres y laboratorios.

n) Cuidar y respetar sus pertenencias y la de sus compañeros colocando nombre y apellidos tanto en

útiles, como , casacas, buzo, mochilas. La Institución Educativa no se responsabiliza por su pérdida.

o) Cuidar las instalaciones de la Institución Educativa, el mobiliario y los útiles de enseñanza

manteniéndolos en estado óptimo.

p) Entregar a sus Padres o apoderado las citaciones, evaluaciones o cualquier otro documento que

la Institución envíe y devolverlos debidamente firmados en forma oportuna.

q) Mantener la disciplina en el salón y fomentar el orden durante la clase Mantener el orden y

respeto mutuo como principio básico de la convivencia armoniosa y como parte de la disciplina

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escolar en todo momento.

r) Usar un lenguaje alturado, sin faltar a la verdad, evitando en todo momento las malas expresiones

y tratos que desdicen su condición de estudiante Incasino.

s) Respetar a las autoridades, profesores y personal dentro y fuera de la Institución Educativa.

t) Abstenerse de traer elementos distractores que perjudiquen el normal desarrollo de las clases.

C. Estímulos

Recibir felicitaciones verbales, escritas, diplomas al mérito, medallas y premios, de acuerdo a lo

que acuerde La Institución Educativa, cuando el estudiante realice acciones extraordinarias o

actitudes en la vivencia de valores dentro o fuera de la Institución, a favor de la comunidad

(aula, colegio, etc.) en el orden académico, disciplinario, religioso y deportivo.

D. Protocolo de resolución de conflictos

En toda situación de convivencia entre personas existirán distintas opiniones, formas de pensar

y de actuar, creencias y maneras de resolver problemas, entre otras diferencias. Es por ello que

se puede generar una discusión, la cual, de no ser manejada con ASERTIVIDAD en el momento

apropiado, podría devenir en un conflicto entre pares. Es en esos momentos cuando el

Departamento de Psicología junto con la Coordinación de TOE, se encargan de recibir a los

alumnos si es que ellos presentaran algún problema. Estos departamentos hacen un seguimiento

de los alumnos, según sea la necesidad.

Se contemplan lo siguiente dentro del trabajo realizado:

1. Prevención

Identificación de casos: Se refiere a la aplicación de diferentes estrategias para identificar

a alumnos y alumnas en riesgo. Las estrategias van desde la observación hasta la aplicación de

encuestas y/o referencia de alumnos, profesores, padres de familia o de otro miembro de la

comunidad educativa.

Alumnos: Se refiere a las estrategias que promueven el establecimiento de una adecuada

convivencia escolar como establecer acuerdos esenciales de convivencia, desarrollar habilidades

sociales y de comunicación, llevar a cabo proyectos de ayuda social, entre otros.

2. Intervención, tratamiento y seguimiento

Se refiere a todas aquellas acciones que principalmente lleva a cabo el Auxiliar de

Educación y/o el Docente de Aula en el nivel primario, en coordinación con el responsable del

TOE, para brindar ayuda a los alumnos en caso de problemas de convivencia, y que pueden

incluir entrevistas con padres y alumnos, mediación, prácticas restaurativas, derivación a

especialistas, entre otros. Los pasos del proceso de Resolución de Conflictos son los siguientes:

➢ Paso 1: Orientación

Intervención Instrumento

Orientar al estudiante con el objetivo de que el alumno haga conciencia

del comportamiento inadecuado que ha presentado, llamándole a la

REFLEXIÓN.

- Folder de

ocurrencias

➢ Paso 2: Registro

Intervención Instrumento

- Si reincide la conducta inadecuada del estudiante.

- Citación a los padres.

Agenda escolar

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➢ Paso 3: Acción de la I.E.:

Intervención Instrumento

- Coordinación con el tutor el desarrollo de sesiones y otras actividades para la

prevención

- Entrevista a los estudiantes.

- Recabar información adicional de estudiantes testigos, docentes y personal

de la I.E.

- Cartas de

compromiso

- Formato de

Derivación a la

DEMUNA. Cusco.

Para este paso el Tutor convocará a la Comisión de Convivencia Escolar, a fin de establecer

medidas formativas mediante un plan de mejora.

➢ Paso 4: Derivación:

Intervención Instrumento

- Orientar a los padres para que accedan a un centro de apoyo especializado

como: CEM (Centro de Emergencia Mujer), la DEMUNA (Defensoría Municipal

del Niño y del Adolescente) o del Centro de Asistencia Legal Gratuita del MINJUS

(Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) entre otros.

Suscripción de un

Acta.

➢ Paso 5: Seguimiento

Intervención Instrumento

- Reunirse con el tutor para verificar la continuidad de los estudiantes y las

medidas de protección implementadas.

- Solicitar informes escritos a las instituciones adonde se derivaron a los

estudiantes.

- Promover reuniones periódicas con los padres para asegurar el cumplimiento

de los compromisos acordados para la mejora de la convivencia y dejar

constancia en un acta.

- Ficha de

seguimiento.

- Acta.

➢ Paso 6: Cierre

Intervención Instrumento

Informar a los padres de los estudiantes sobre el desarrollo de acciones. Acta.

E. NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

a) Ingreso y salida de alumnos

a.- El horario de clases durante el año escolar es el siguiente:

Nivel Primaria Nivel Secundaria

Entrada: 7:50 – 8:00 am.

Salida: 13:00 pm.

Entrada: 7:50 – 8:00 am.

Salida: 13:30 pm

.- Las puertas de la Institución Educativa se abrirán, a partir de las 7:30 am.

c.- La formación solo se realizará los días lunes dándose inicio a la 7:50 am.

Llegar 5 minutos antes.

d.- Los alumnos que ingresen después de la 8:00a.m (inicio de la 1era hora de clase) serán

registrados por el entregando su agenda escolar al Auxiliar de Educación, quien los dirigirá a un

ambiente dispuesto por la coordinación de TOE e ingresarán a las aulas a partir del inicio de la

siguiente hora de clase.

e.- La modificación ocasional de este horario por alguna particularidad será debidamente

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informada.

f.- Observaciones:

• Los estudiantes deben asistir portando desde el inicio de la jornada escolar con todos sus útiles

y todo el material necesario (cuadernos, trabajos, etc.) para no interrumpir las labores

escolares y administrativas por OLVIDO. Solo en caso de olvido o descuido se permitirá al Padre

de Familia el ingreso de medicinas, dinero, llaves y lentes de medida.

• Toda permanencia fuera del horario escolar deberá ser justificada por la autoridad pertinente y

registrada en mesa de partes (secretaria)

• Dentro del horario escolar no podrá salir de la Institución Educativa. En caso muy especial sólo

podrá hacerlo con permiso y acompañados por sus Padres.

b) Citación a Padres

Del Padre de Familia al Docente Tutor Del docente Tutor al Padre de Familia

Se realizará a través de Secretaria de

Dirección, ya sea presencial o vía telefónica.

Se realizará a través de la Agenda Escolar.

Recomendamos revisar la agenda diariamente.

Nota:

- Para el caso de incumplimiento a la cita programada, los padres deberán informar a secretaria de

Dirección, y esto dará lugar a una segunda citación.

- Un día antes a la cita programada con el padre de familia se convocará el consejo tutorial donde el

responsable del TOE conversará con el docente, a fin de analizar las posibles causas del comportamiento

del alumno observado, de manera que también pueda generar alternativas de solución ante el caso

tratado.

c) Asistencia

Los alumnos y el Personal docente y Administrativo deberán asistir puntualmente a sus respectivas

actividades, tanto académicas como formativas específicamente docentes y alumnos.

d) Justificación de inasistencia

Toda ausencia debe justificarse ya sea previamente o posteriormente hasta 24 horas después de la

inasistencia, o en una emergencia, a través de la Ficha Única de Tramite (FUT) que puede ser descargada

en la PÁGINA WEB de la Institución Educativa o también puede ser solicitada en la mesa de partes, para

que esta sea derivada al Departamento Psicopedagógico, donde la misma se dará a conocer al tutor, así

como también a todos sus profesores para que pueda ser considerada en las evaluaciones

correspondientes a tal inasistencia.

Toda comunicación vía telefónica de los Padres de Familia a la institución debe hacerse a través de la

Secretaria de Dirección.

e)Tardanzas

Se considera como tardanza toda vez que llegue a partir de las 8:00 am (Primaria y Secundaria).

Los alumnos que lleguen a partir de la hora de tardanza 07:40 am tanto de Primaria como Secundaria

pasaran a un ambiente que se dispondrá para que a su vez el Auxiliar de Educación coloque un

comunicado al Padre de Familia Ja través de Agenda Escolar en la que exhorte a la importancia de la

puntualidad, a su vez colocara el código respectivo por Llegar tarde al centro educativo.

Los alumnos que lleguen después de las 8:00 am (Primaria y Secundaria), deberán presentarse con el

Padre de Familia, de lo contrario no podrá ingresar hasta tanto se tenga comunicación con el mismo.

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f) Permisos

El pedido de los padres o apoderado para el ingreso o retiro de La Institución Educativa será en

los siguientes casos:

- Cita médica: previa solicitud escrita en la agenda al inicio del día, adjuntando la cita respectiva.

- Por Enfermería: se otorgará, previa evaluación de la enfermera.

- Asuntos personales: los padres o apoderados deberán solicitar a la Coordinación de TOE el permiso

respectivo con anterioridad.

Se respetará la hora de entrada y salida del horario escolar, salvo por motivos de salud la Dirección

autoriza las salidas de la Institución Educativa, mediante FICHA ÚNICA DE TRÁMITE (F.U.T.) dirigida al

Coordinación de TOE, y no por otros casos (viajes, estudios en academias e institutos u otros).

El alumno solo se retirará de la Institución Educativa acompañado por sus Padres.

En época de evaluaciones abstenerse de salir durante el horario escolar, ya que NO se cambiará el

horario de las evaluaciones, excepto en caso de salud justificado.

g) Normas para el desarrollo de las actividades deportivas

a.- Los alumnos que se inscriben en las disciplinas deportivas que La Institución Educativa ofrece tienen la

obligación de asistir.

b.- La práctica de los deportes servirá, entre otros objetivos, como entrenamiento y preparación para la

formación de las selecciones deportivas de la Institución Educativa, que intervienen en los campeonatos

que organice La Institución Educativa o con entidades externas.

c.- Los alumnos seleccionados para representar a la institución, tienen que cumplir puntualmente con sus

compromisos y deben presentarse correctamente uniformados con el buzo y uniforme deportivo de la

Institución Educativa.

d.- Los padres asumen la responsabilidad de llevar y recoger a sus hijos al lugar donde se realicen los

eventos deportivos.

h) La agenda escolar

La agenda escolar será entregada a cada alumno de forma interna, en el transcurso del inicio del primer

bimestre.

a.- Presentar cada día la agenda al padre de familia para que la revise y firme, así como presentarla al

tutor y/o docente cuando lo soliciten.

b.- El alumno(a) debe registrar todos los datos que se piden en la agenda, revisar diariamente el horario

de clases, pues representa su plan de trabajo diario, anotar los temas y/o tareas que se indiquen y

desarrollar con responsabilidad las actividades anotadas.

c.- En caso de pérdida, el alumno(a) lo comunicará a su tutor(a) y al padre de familia para adquirir una

nueva.

d.- En la agenda se registra: inasistencias, tardanzas, permiso de entrada o salida, atenciones de

enfermería, tareas, evaluaciones y todo aquello que sea necesario para el desarrollo normal de sus

actividades.

i) Recreos

El recreo es un espacio que debe permitir comer y recrearse adecuadamente, para esto se brindará un

clima armonioso a través de música suave, así también se contará con la supervisión del Auxiliar de

Educación, esto también permitirá la prevención de posibles casos de Bullyng.

a.- Durante los recreos, los alumnos(as) deberán salir al patio o pasadizos. Las aulas deben permanecer

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cerradas.

b.- Hacer uso de las áreas destinadas para su recreación.

c.- Participar y dar muestra de modales apropiados en sus juegos.

d.- El recreo termina al toque del timbre; los alumnos(as) ingresarán directamente al aula.

- 1er toque: preventivo.

- 2do toque: presencia total de los alumnos(as) dentro de las aulas.

e.- El ingreso al aula después del segundo toque es considerado tardanza. El alumno se dirigirá a un

ambiente dispuesto por la coordinación de tutoría e ingresará a las aulas a partir del inicio de la siguiente

hora de clase.

j) Mobiliario escolar

El mobiliario escolar puesto al servicio de nuestros alumnos debe ser mantenido en buenas condiciones

y utilizado adecuadamente.

a.- Mantener limpia el aula, el patio, jardines, espacios de juego y demás ambientes de La Institución

Educativa.

b.- Hacer uso adecuado de los servicios higiénicos, conservándolos limpios y en buen estado.

c.- El alumno(a) que dañe algún material o mobiliario escolar se hará responsable de reponerlo.

k) Formaciones

La formación se realizará el día LUNES y la participación de todos los alumnos y personal docente es

obligatoria, cada tutor se ubicará delante de la fila de su respectivo grado, guardando las normas de

respeto durante el momento de oración y entonación del Himno Nacional y de La Institución Educativa,

al igual que el Auxiliar de Educación, quien estará garantizando la misma.

l)Alumnos integrantes de la Escolta

La Escolta tiene por objetivo representar a la Institución Educativa, el desarrollo de un ser integral, con

valores y conocimiento, para esto se han establecido criterios para su selección los cuales son:

a. Se considerará a través de Consejo Docente, si en cuanto a conducta cuente con el perfil requerido.

b. El padre de familia de un alumno de la Escolta deberá previamente autorizar la participación del mismo

para las actividades que se requieran.

CAPÍTULO IX

DE LOS PADRES DE FAMILIA DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES

Art. 54.- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA. Los Padres de Familia tienen los siguientes deberes y obligaciones: a) Cumplir y hacer cumplir con sus hijos y/o tutelados las disposiciones de la Institución

Educativa y el presente reglamento. b) Proporcionarles a sus hijos y/o tutelados los útiles y materiales escolares para su formación

académica. c) Los padres de familia aportaran la cantidad acordada en asamblea de aula por concepto de

copias de material educativo d) Concurrir al colegio en forma obligatoria por lo menos una vez por trimestre de acuerdo al

cronograma de atención (su participación en las actividades de la Institución Educativa será calificada en el informe de notas de sus hijos y/o tutelado).

e) Asistir en forma obligatoria a las citaciones de los comités de aula, y otros convocados por el profesor de aula o tutor en el horario indicado y/o según el cronograma de atención.

f) Asistir a las asambleas generales y/o extraordinarias, convocadas por la directiva de la APAFA y Dirección de la IE.

g) Participar en forma obligatoria en las actividades Cívico Patrióticas y escuelas para padres que

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organice y/o participe la Institución Educativa. h) Apoyar y colaborar con las actividades extracurriculares que se programen para mejorar el

servicio que brinda la Institución Educativa. i) Justificar personalmente las inasistencias y por escrito las tardanzas de sus hijos y/o

tutelados. j) Respetar, acatar las disposiciones emanadas de la Dirección de la I.E. k) Cubrir los gastos de reparación de los deterioros de los enseres de la Institución Educativa. l) Dirigirse con el debido respeto a los miembros de la comunidad educativa. m) Asistir debidamente presentable a la I.E cuando es requerido su presencia n) Ingresar al plantel previa presentación del DNI y/o citación del Docente que requiera su

presencia o) Demostrar educación y respeto a los trabajadores de la IE.

Art. 55.- DE LAS BRIGADAS DE AUTOPROTECCIÓN ESCOLAR.

a) Está conformada por los padres de familia que se organizan por turnos. b) Se agrupan los padres de familia por grupo en forma rotativa que se encargará de dar

protección física y moral a los educandos durante su ingreso y salida del plantel. c) Esta brigada coordina con la APAFA, dirección, policía nacional y docentes de la

comisión de disciplina. d) Es juramentada por la policía nacional en el mes de marzo. e) Usuran un chaleco, silbato y carteles de seguridad como identificación. f) La participación de los padres de familia es obligatoria la cual será válida como jornada de

trabajo de APAFA.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

DEL SERVICIO DEL BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN DE LOS DOCENTES Y EDUCANDOS a) En la Institución Educativa se practicará las buenas relaciones humanas, la mutua

comprensión y respeto entre el personal (Ley del Código de Ética de la Función Pública).

b) Se propiciará reuniones de carácter social entre el personal docente, para estrechar lazos de confraternidad y camaradería cada fin de mes previa coordinación.

c) Se organizará paseos, excursiones con fines de estudio y esparcimiento.

d) Se organizará la realización de festivales deportivos, concursos folklóricos, etc. Con la

participación de todos los estamentos de la IE.

e) Las fiestas de promoción se realizarán previo conocimiento de la Dirección del plantel, así como las actividades de pre-promoción serán aprobadas y autorizadas por la Dirección.

CAPITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

1. El presente Reglamento Interno de la I.E, luego de su aprobación mediante resolución Directoral,

será publicado y d i s t r i b u i d o a todos los trabajadores del plantel para su conocimiento y respectivo cumplimiento.

2. Todo el personal de la comunidad educativa está prohibido de realizar cualquier tipo de

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Proselitismo político partidarista dentro del ámbito de la I.E. 3. El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir de la ratificación de su aprobación

de la Dirección mediante Resolución Directoral previo visto bueno del CONEI. 4. Los aspectos no contemplados en el presente reglamento serán tratados en concordancia con

las normas legales del Sector Educativo vigente. 5. El trabajador tiene derecho al descanso de un día por onomástico. Si tal día coincide con el

sábado, domingo o feriado no laborable, el descanso se hará efectivo el primer día útil del siguiente. El presente reglamento entrará en vigencia a partir de uno de enero de 2018.

ANEXOS

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ANEXO 1

DIMENSIONES COMPORTAMIENTOS DESEADOS

EN RELACIÓN A SÍ MISMO

1. Conoce y defiende los Derechos Humanos, asumiendo sus responsabilidades. 2. Reconoce y expresa sus ideas y emociones y se autorregula. 3. Practica hábitos saludables en alimentación, higiene, cuidado personal, etc. 4. Desarrolla conductas de autocuidado. 5. Se reconoce como sujeto activo en la toma de decisiones sobre situaciones que le

afectan relacionadas a actividades que favorecen la convivencia escolar.

EN RELACIÓN A LA

COMUNIDAD EDUCATIVA

1. Reconoce y respeta la dignidad de los y las integrantes de la comunidad educativa, practicando el buen trato.

2. Evita toda forma de violencia en sus relaciones. 3. Ejerce prácticas no discriminatorias e inclusivas. 4. Reconoce, acepta y valora las diferencias culturales y étnicas. 5. Respeta a las instituciones y a sus autoridades. 6. Dialoga asertivamente para evitar que los conflictos afecten la convivencia escolar. 7. Trabaja y juega en equipo respetando las reglas y buscando los objetivos comunes. 8. Participa activamente en las clases y en las demás actividades escolares. 9. Elige a sus representantes con seriedad y vigila el cumplimiento de sus acuerdos y

decisiones. 10. Cuida los materiales e instalaciones de su institución educativa y de su comunidad. 11. Conoce, valora y cuida la naturaleza asumiendo prácticas responsables con el medio

ambiente.

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ACTA DE OPINIÓN FAVORABLE DEL CONEI DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 “LOS INCAS” - CUSCO

Siendo las 10:00 de la mañana del día 13 de marzo del año dos mil d iec i ocho ,

reunidos en la Sa la de Profesores de la Institución Educativa N° 50048 “Los Incas” - Cusco, provincia de Cusco, se reunieron los integrantes del Consejo Educativo Institucional (CONEI) conformado por las siguientes personas:

f. Director: Prof. Ferdinan VILLALTA SANCHEZ.

g. Representante de Docentes: Prof. Rubén TORRES SERRANO

h. Representante de Docentes: Prof Roger, SERRANO CASTAÑEDA

i. Representante del Personal Administrativo: Sr. Oscar, ARACA APAZA j. Representante de Padres de Familia: Sr. Leopoldo LLALLICUNA

CRUZ

El señor Director de la Institución Educativa da lectura del Reglamento Interno 2018 elaborado por la Comisión de Elaboración de Instrumentos de Gestión y luego solicita la intervención de cada uno de los miembros integrantes del CONEI, se produce un diálogo y análisis democrático sobre el documento en debate y se concluye otorgándole la OPINIÓN FAVORABLE para la aprobación y visto bueno del Reglamento Interno 2018 de la IEI. N° 50048 “Los Incas”.

El Director de la IE da lectura de la presente Acta, quedando confirmada y/o aceptada en todas sus partes según las firmas de cada uno de los asistentes. Siendo a horas11:30 de la mañana del día 13 de marzo de 2018 se dio por terminado la reunión, firmando los presentes para mayor constancia. Firma de todos los participantes.

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ANEXO 2

ORGANIZAGRAMA ESTRUCTURAL DE LA I.E.I. N° 50048 “LOS INCAS”-CUSCO

ESTUDIANTES

DIRECTOR

DOCENTES

PERSONAL

ADMINISTRATIVO

PADRES DE

FAMILIA

MUNICIPIO

ESCOLAR

CONEI

DRE-CUSCO

UGEL-CUSCO

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REGLAMENTO INTERNO - INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 50048 LOS INCAS - CUSCO

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