reglamento interno de trabajo

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PRESENTACION Corporación VELMITEX S.A.C ,es de derecho privado, por decisión de alta dirección y consciente de la necesidad de mantener en armonía las relaciones laborales con sus trabajadores, ha aprobado el presente reglamento Interno de trabajo, en el que expresa los derechos, obligaciones y los lineamientos sustentativos que norman y regulan las relaciones con sus trabajadores. El presente Reglamento Interno de Trabajo, además de dar cumplimiento a las disposiciones legales que señala la obligación de su existencia, persigue el fomento y mantenimiento de las interrelaciones laborales, con el objeto de crear el ambiente propicio para el desarrollo de las actividades de la empresa que redundarán en beneficio de todos. Los aspectos no contemplados en el Reglamento Interno de Trabajo, están contemplados en normas y procedimientos específicos concordantes a sus dispositivos legales y naturaleza Empresarial. La Gerencia

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guía par la elaboración de un reglamento interno de trabajo, pasos y metas

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Page 1: Reglamento Interno de Trabajo

PRESENTACION

Corporación VELMITEX S.A.C ,es de derecho privado, por decisión de alta dirección y consciente de la necesidad de mantener en armonía las relaciones laborales con sus trabajadores, ha aprobado el presente reglamento Interno de trabajo, en el que expresa los derechos, obligaciones y los lineamientos sustentativos que norman y regulan las relaciones con sus trabajadores.

El presente Reglamento Interno de Trabajo, además de dar cumplimiento a las disposiciones legales que señala la obligación de su existencia, persigue el fomento y mantenimiento de las interrelaciones laborales, con el objeto de crear el ambiente propicio para el desarrollo de las actividades de la empresa que redundarán en beneficio de todos.

Los aspectos no contemplados en el Reglamento Interno de Trabajo, están contemplados en normas y procedimientos específicos concordantes a sus dispositivos legales y naturaleza Empresarial.

La Gerencia

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE CORPORACION VELMITEX S.A.C

Page 2: Reglamento Interno de Trabajo

• GENERALIDADES

La Corporación VELMITEX S.A.C fue, creada en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 23407 Ley General de Industrias, es una empresa Industrial con derecho privado, que tiene como finalidad promover y desarrollar la Industria Textil.

• OBJETIVOS

Promover las relaciones de trabajo de la Corporación VELMITEX.S.A.C con sus trabajadores.

• FINALIDAD

Establecer normas sobre los derechos y obligaciones de los trabajadores y de la empresa, orientando adecuadamente las interrelaciones de naturaleza laboral entre los mismos, posibilitando la eficiencia y el desarrollo de todas las actividades de la empresa. Y fomentar las relaciones de trabajo con orientación de colaboración,entendimiento,armonía y participación para alcanzar los objetivos de la empresa y el bienestar se sus trabajadores.

• ALCANCE

El presente Reglamento es de aplicación a todos los trabajadores que mantienen vínculo laboral vigente con la Corporación VELMITEX.S.A.C, siendo su cumplimiento de carácter obligatorio.

• BASE LEGAL

Ley 23407 ley general de Industrias

Articulo 61 Constitución Política del estado Peruano

• VIGENCIA

El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación por la empresa.

• APROBACION

Aprobado por acuerdo de junta General de Socios, de la sesión Nº 001 , de fecha 05 de Enero del 2012.

TITULO I

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

Page 3: Reglamento Interno de Trabajo

ART.1º Son Derechos de la Empresa

• Dirigir técnica y administrativamente la empresa y establecer, definir y modificar las políticas destinadas a la consecución de sus objetivos.

• Establecer y optimizar sus sistemas organizacionales, normativos e informáticos.

• Programar, establecer y modificar horarios y turnos de trabajo determinando las labores y el número de trabajadores necesarios, de acuerdo a los requerimientos y necesidades operativas de la Empresa.

• Seleccionar, contratar y nombrar a sus trabajadores en general, detallando y asignando responsabilidades y facultades.

• Crear y suprimir puestos y plazas de trabajo de acuerdo con sus necesidades operativas y administrativas y las que surjan por procesos de racionalización, automatización y/u otros con adecuación a ley.

• Transferir, trasladar o destacar a un trabajador a determinados puestos y/o unidades orgánicas de trabajo, cuando lo considere necesario para el eficiente funcionamiento de la empresa, siempre que ello no implique rebaja de categoría, ni disminución de haberes al trabajador.

• Despedir a los trabajadores conforme a las faltas que incurran y que estén consideradas en este reglamento, en el DL.19334 y demás disposiciones legales vigentes aplicables a los trabajadores que prestan servicios y los demás que la atribuye los dispositivos legales que sean aplicables.

ART.2.-Son obligaciones de la Empresa

• Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento

• Aplicar estrictamente las leyes, decretos leyes, decretos supremos, decretos legislativos, resoluciones supremas y demás dispositivos legales que en materia laboral sea aplicable a la empresa .

• Guardar respeto a la dignidad del trabajador ,a sus creencias y sentimientos

• Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del reglamento de seguridad e higiene Industrial.

• Velar porque las relaciones laborales, se observe el debido respeto y buen trato a los trabajadores, manteniendo respeto y buen trato a los trabajadores, manteniendo armonía, comprensión dentro de las relaciones de trabajo, presentando atención a las quejas y sugerencias de los mismos.

• Suministrar implementos de seguridad para la protección de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

• Efectuar el pago de las remuneraciones y demás beneficios adicionales que corresponden a sus trabajadores en las condiciones y oportunidades establecidas en la empresa.

Page 4: Reglamento Interno de Trabajo

• Promover y propiciar el desarrollo social, cultural, recreativo, profesional y técnica de sus trabajadores, apoyando la realización de actividades que propendan a su bienestar.

• Ofrecer a los trabajadores oportunidades de capacitación y estímulo para desarrollar y programar conjuntamente con la empresa.

TITULO II

DERECHOS DEL TRABAJADOR

ART.3.-Los trabajadores de la empresa gozan de los derechos y beneficios emanados de las leyes laborales vigentes en el Perú. Son derechos de los trabajadores los siguientes:

• Los que las leyes y reglamentos sobre la materia le reconoce.

• Percibir una retribución económica por el trabajo que realiza en la empresa, correspondiente a la categoría del puesto que ejerce, de conformidad a la estructura de puestos y calificaciones.

• Percibir las gratificaciones por fiestas patrias y fiestas navideñas y los beneficios adicionales como asignaciones y bonificaciones que la alta dirección determine, de acuerdo a normas internas lo correspondan.

• Percibir viáticos y otras asignaciones autorizadas para atender gastos de pasajes, alojamiento y otros cuando por comisión de servicio, tenga ausentarse de su sede de trabajo ( por determinación de la empresa).

• Proponer a través de los canales correspondientes, planteamientos de iniciativas que contribuyan al mejoramiento de la eficacia y eficiencia de VEIMETEX ,así como presentar en forma verbal o escrita o individualmente sus reclamos y/o quejas a las unidades orgánicas de jefatura de personal según corresponda.

• Merecer una evaluación de su rendimiento, de acuerdo a las normas internas establecidas

• Participar en los concursos internos que se promuevan para cubrir puestos o plazas vacantes, de acuerdo a las normas o bases establecidas.

• Recibir uniformes de trabajo, de acuerdo a los alcances de las normas establecidas al respecto.

Page 5: Reglamento Interno de Trabajo

• Obtener y portar el carnet de trabajo de la empresa.

• Los trabajadores con contrato a plazo determinado se regirán por lo establecido en las disposiciones internas de la empresa.

TITULO III

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ART.4 Son obligaciones de los trabajadores los siguientes:

• Cumplir con las disposiciones legales, el presente Reglamento interno de trabajo y demás disposiciones internas de la empresa.

• Conocer las funciones y responsabilidades inherentes a su cargo.

• Respetar el principio de autoridad acatando las disposiciones superiores en el ejercicio laboral.

• Guardar respeto y consideración a sus jefes y compañeros de trabajo, debiendo mantener con ello plena armonía

• Mantener en reserva los asuntos relacionados con VELMITEX

• Tratar cortésmente a las personas ajenas a VELMITEX con quienes alternarán por funciones específicas.

• Mantener en buen estado de limpieza y orden su uniforme de trabajo, así como su área de trabajo.

• Prestar ayuda cuando se requiera en caso de emergencias a las instalaciones de la empresa y/o a los compañeros de trabajo.

• Cumplir con las normas de reglamento interno de seguridad, previniendo accidentes, usando correctamente los implementos de seguridad.

• Inspeccionar diariamente los equipos, máquinas e implementos con los que trabaja.

• Respetar los letreros de señalización que indican advertencia.

• Cumplir estrictamente con los horarios de trabajo, permaneciendo en su puesto y centro laboral, de acuerdo a las normas internas. Cumplir las jornadas ordinarias y presentar servicios en jornadas extraordinarias de trabajo de acuerdo a las necesidades de producción que programe la empresa VEIMETEX.

• Exhibir en lugar visible su solapero a fin de que pueda ubicarse en el área de trabajo.

• Conservar y restituir las herramientas de trabajo que se hayan proporcionado al término de la jornada laboral.

ART. 5.-Queda prohibido a los trabajadores de VELMITEX, lo siguientes:

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• Las discusiones, riñas y juegos que distraigan la atención del personal.

• Amenazar y agredir de cualquier forma a sus jefes y compañeros de trabajo.

• Dormir durante la jornada de trabajo o presentarse al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes.

• Faltar de palabra y/u obra al personal de vigilancia de la empresa.

• Retirar sin autorización los bienes de la empresa

• Introducir en los vehículos de la empresa a personas ajenas a la empresa sin autorización de la alta dirección.

TITULO IV

DE LA JORNADA, ASISTENCIA, PERMANENCIA, PUNTUALIDAD Y HORARIO DE TRABAJO

ART. 6.-La jornada laboral de trabajo de la empresa, está prevista en los dispositivos internos según los horarios fijados para los trabajadores sin que exceda las 48 horas semanales.

Art.7.-Siendo la puntualidad del personal absolutamente necesaria para el correcto funcionamiento de la empresa, es obligación de los trabajadores llegar puntualmente a su centro de trabajo, cumpliendo estrictamente con el horario fijado por la empresa.

ART.8.-El control de ingreso y salida se efectúa mediante tarjetas individuales y/o registro establecido.

ART. 9.-El marcado de tarjeta de asistencia o Registro de asistencia es la única constancia de las horas laborales por el trabajador y servirá para todos los efectos de pago de Remuneraciones.

ART. 10.-Queda terminantemente prohibida marcar la tarjeta o firmar el registro de otro trabajador.

ART. 11.-Si el trabajador no marcara su tarjeta o no registra su firma de asistencia, se considerará falta y se procederá a los descuentos correspondientes.

ART.12.-La jornada de trabajo se cumplirá en el horario que señale la empresa de acuerdo a las necesidades de producción y con observancia de los dispositivos legales vigentes.

ART.13.-Es obligación de los trabajadores, iniciar la jornada de trabajo, una vez registrada su asistencia y permanecer en su puesto de trabajo. Los supervisores deberán verificar la permanencia del personal a su cargo y exigir el cumplimiento efectivo de la jornada de trabajo.

ART.14.-Dentro de la jornada laboral los trabajadores dispondrán de 60 minutos para el Refrigerio (de 1 p.m. hasta 2 p.m.), que deben de cumplirse estrictamente según los tiempos indicados del inicio y término del Refrigerio, pasado esa hora se procederá a descontar de

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acuerdo a la tasa de descuento establecido por la empresa.

ART.15.-El control de asistencia del personal estará bajo la responsabilidad de jefe de personal a través de sus unidades administrativas.

ART. 16.-Constituye ausencia en el puesto laboral:

• Abandonar el puesto de trabajo durante las horas de labor sin autorización correspondiente.

• No presentarse a su puesto de trabajo en forma inmediata, después de haber registrado su ingreso.

• Exceder del tiempo establecido para el refrigerio.

TITULO V

DE LOS PERMISOS Y COMISION DE SERVICIO

ART.17.-Las inasistencias motivadas por enfermedad del trabajador deberán ser acreditadas oportunamente ante jefe de Personal, con el certificado médico visado por el ESSSLUD.

ART.18.-Los permisos se solicitararán con anticipación de un día laboral, salvo caso de fuerza mayor, debidamente comprobadas según normas internas de la empresa. El disfrute del permiso se hará luego de haber sido autorizado por jefe de personal.

ART.19.-En caso de inasistencia por causa imprevista de fuerza mayor debidamente justificada, el trabajador está obligado a hacerla conocer por el medio más adecuado durante el transcurso de las primeras horas del primer día de ausencia a su jefe inmediato superior y al jefe de personal, para efectos de regularizar el permiso si fuera procedente.

ART.20.-Las comisiones de servicio que impliquen viajar a provincias, se realizará previa autorización del Gerente de Administración.

TITULO VI

DE LOS DESCANSOS MEDICOS Y LICENCIAS

ART.21.-El médico de ESSALUD, podrá otorgar descanso por enfermedad o accidentes de trabajo de acuerdo a las normas laborales.

ART.22.-Se concederá licencia por las siguientes causales debidamente fundamentadas o comprobadas y aprobadas por el nivel jerárquico respectivo:

• Enfermedad

• Maternidad

ART.23.-Las licencias por enfermedad y maternidad, se regirán por lo establecido en la legislación vigente sobre ESSALUD.

Page 8: Reglamento Interno de Trabajo

TITULO VII

DE LAS VACACIONES

ART.24.-Todo trabajador tiene derecho a descanso vacacional remunerado de acuerdo a ley. Para gozar de sus vacaciones los trabajadores deberán de acumular un record mínimo de 260 ( doscientos sesenta días) de trabajo efectivo durante el año de servicio o en caso de obreros, haber percibido 40 dominicales dentro del mismo año de servicio.

ART.25.-Por procesos de producción o por ejecución de programas de mantenimiento, la empresa programará vacaciones selectivas según sus necesidades, así como cuando haya eventos que impida la realización normal de actividades, la empresa podrá programar el goce vacacional en forma adelantada con relación a los periodos prefijados,

ART.26.-En el cómputo de los 260 días efectivos de labor anual para el record vacacional de empleados y obreros, se considerarán como días de asistencia de trabajo las siguientes:

• Las inasistencias por accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

• Los días de inasistencias por enfermedad debidamente comprobadas hasta por 60 días.

• El descanso pro/post natal

• Ausencias en los días feriados no laborables

• El goce vacacional.

ART.27.-El periodo vacacional es de 15 días calendario y se hará efectivo dentro de los 11 meses siguientes a la fecha en que se generó

ART.28.-El goce vacacional se iniciará en los meses donde la producción es baja ,para no perjudicar la producción , según determine la empresa , y/o de acuerdo al rol de vacaciones el primer día del mes en que corresponde.

ART.28.-La programación de vacaciones se realizará proporcionalmente y racionalmente teniendo en cuenta el número de trabajadores y las funciones de cada unidad orgánica, así como considerando en lo posible el interés del trabajador, de tal manera que se mantenga la continuidad de los servicios.

ART.29.-El trabajador deberá dejar constancia del goce vacacional firmando el libro de vacaciones respectivo antes de recibir el pago correspondiente.

TITULO VIII

DE LAS HORAS DE LABORES EXTRAORDINARIAS

Page 9: Reglamento Interno de Trabajo

ART.30.-Toda jornada extraordinaria deberá ser sustentada por las jefaturas de área según normas internas y sólo se llevarán a cabo en casos excepcionales y debidamente justificados. No deben ser fijos ni permanentes y estarán sujetos al control de ingreso y salida a través de las tarjetas de marcación o registro de asistencia.

ART.31.-Se considera horas extraordinarias la labor realizada una vez concluida la jornada de trabajo, o en los días de descanso, los mismos que deben ser autorizadas previamente y no podrán exceder de 5 horas los días hábiles o 90 horas mensuales.

ART.32.-El valor de las horas extras se calcula sobre la base del haber básico del trabajador.

ART.33.-Las horas extras se deberán pagarse en planilla única de pago de haberes del mes o semana siguiente de su realización.

TITULO IX

DE LAS ACCIONES DE PERSONAL

ART.34.-El jefe de personal es la unidad orgánica que atiende y resuelve los asuntos vinculados a las relaciones entre el trabajador y la empresa.

ART.35.-La empresa a través de su unidad de jefe de personal, atenderá los aspectos referidos sobre administración de las remuneraciones,selección,entrenamiento,bienestar social, seguridad, comunicaciones y otros aspectos derivados de la relación laboral.

ART.36.-Los reclamos se harán en forma individual, por escrito o verbalmente, debiendo el personal agotar el seguimiento por conducto regular.

TITULO X

SELECCIÓN E INGRESO DE TRABAJADORES

ART.37.-La selección, contratación y nombramiento de trabajadores es competencia de recursos humanos de acuerdo a la estructura de puestos y necesidades de la empresa requeridas por las áreas.

ART.38.-La selección de trabajadores se realizará en los casos que ello resulte necesario mediante la modalidad de concurso de idoneidad, para cuyos efectos se establecerán en cada caso las bases del concurso respectivo, de acuerdo a las características del cargo a cubrirse.

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ART.39.-Los procesos específicos de selección, ingreso o inducción de personal se regularán por las normas y procedimientos internos de la empresa, que corresponderá el proceso básico siguiente:

• Determinación del tipo de concurso

• Convocatoria

• Evaluación de curriculum y/o documentos

• Entrevista inicial

• Examen de capacidad laboral, técnicas y/o profesional

• Examen medico (según corresponda)

• Examen psicológico

• Entrevista final Contratación

• Inducción

ART.40.-Son requisitos indispensables para el ingreso como trabajador de la empresa, los siguientes:

• Ser peruano de nacimiento

• Cumplir las exigencias de edad mínima para el trabajo, de acuerdo a la ley vigente.

• Presentar certificado de buena conducta policial PIP y Certificado judicial de no poseer antecedentes penales.

• Certificado de domicilio original

• Presentar certificado de médico expedido por un área de salud.

• Presentar certificado de trabajo de trabajos anteriores.

• Presentar certificado de colegiación, titulo del grado académico

• Presentar 02 fotografías tamaño carnet.

• Fotocopia de DNI y/o Libreta militar

• Ficha de inscripción al ESSALUD en caso de estar inscrito.

ART.41.-Cualquier información o documento falso proporcionado para su admisión por el nuevo trabajador, será de su única responsabilidad y se atenderá a las consecuencias y sanciones que por ello puedan originar de acuerdo a la ley, sin perjuicio de que la empresa pueda otorgar la decisión de despido.

ART. 42.-Al incorporarse al servicio de la empresa, el nuevo trabajador recibirá instrucciones sobre la política de acciones de personal y condiciones de trabajo y se le presentará a su

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jefe inmediato.

ART.43.-Los tres primeros meses, serán periodo de prueba.

RT.44.-Al trabajador en periodo de prueba se le registrará en el libro de planillas.

TITULO XI

DE LA EVALUACION DE PERSONAL

ART.45.-El personal de la empresa será evaluado por sus jefes inmediatos de acuerdo al sistema y procedimientos establecidos, apreciando con la mayor equidad, el desempeño ( cualidades, aptitudes y rendimiento) en su puesto y/o cargo, según los criterios y factores que estarán comprendidos en el manual respectivo.

ART.46.-La evaluación del personal es permanente y su resultado servirá de base para la aplicación de acciones administrativas de personal ( ascensos, promociones,capacitación,asignación,reasignación destaque o cese).

ART.47.-El trabajador tomará conocimiento de su evaluación, las mismas que pasarán a constituir parte de su legajo personal.

TITULO XII

DE LAS HERRAMIENTAS, EQUIPOS Y MANTENIMIENTO

ART.48.-Las herramientas de uso individual que proporcione la empresa, serán para uso exclusivo de sus trabajadores durante el cumplimiento diario de su jornada de trabajo.

ART.49.-En caso de perdida de herramientas de propiedad de la empresa, el trabajador informará lo sucedido a su jefe inmediato superior, con el propósito de realizar investigaciones pertinentes, para determinar la responsabilidad del trabajador.

ART.50.-El material, equipo y piezas deben guardarse siempre en el lugar destinado para tal efecto.

ART.51.-El trabajador es el responsable de los daños ocasionados a materiales, equipos y piezas, maquinarias o unidades, por negligencia comprobada, asimismo es responsabilidad del uso y custodia de las herramientas entregados por la empresa, para el cumplimiento de sus labores.

ART.52.-Cuando el trabajador necesita materiales,herramientas,equipos para el desarrollo de sus labores, deberá recurrir al supervisor de su área de trabajo, para que le proporcione la orden correspondiente y lo presente a almacén .

ART. 53.-Las herramientas y equipos pedidos para ejecutar trabajos provisionales, deberán ser devueltos inmediatamente después de concluidos dicho trabajo.

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TITULO XIII

DE LAS PROMOCIONES, ASCENSOS Y MOVIMIENTO DE PERSONAL

ART.54.-Las promociones se harán para los servidores que se hayan hecho acreedores a ello por méritos, previa evaluación de desempeño laboral.

ART.55.-Los ascensos se efectúan previo concurso para cubrir plazas o cargos vacantes que se encuentran previstas presupuestamente entre el personal que resulte idóneo a criterio de la empresa.

ART.56.-Se efectuará movimiento de personal de transferencia y/o destaque según las necesidades de las áreas de la empresa, aprobado por la alta dirección de la empresa.

TITULO XIV

DE LAS REMUNERACIONES, INCREMENTOS Y DESCUENTOS

ART,57.-La Gerencia General establecerá las escalas de remuneraciones, niveles y grupos ocupacionales de sus trabajadores en función de los respectivos cuadros de asignación de personal.

ART.58.-Las remuneraciones básicas y complementarias que la empresa otorga a sus trabajadores son las siguientes:

• Remuneración básica de acuerdo a la estructura de remuneraciones.

• Remuneraciones complementarias, de acuerdo a las características que se establezcan y que no forma parte de las remuneraciones básicas y son otorgadas de acuerdo a normas internas.

ART.59.-El pago de las remuneraciones a los trabajadores se efectúa los días sábados de cada semana al término de la jornada de trabajo ,en los lugares que la empresa determine.

Art.60.-La remuneración de los trabajadores empleados se efectuara el día 30 de cada mes de acuerdo a las normas legales.

ART.61.-La compensación por tiempo de servicios es del 10% del salario anual del trabajador, que son abonados en el banco de crédito por cada trabajador de la empresa.

ART.62.-Los incrementos de remuneraciones y las mejoras de condiciones laborales se realiza de acuerdo al incremento del gobierno.

ART.63.-Los descuentos se aplican de conformidad con la siguiente modalidad:

• Por motivo de tardanzas, para tal efecto se harán los cálculos respectivos en función al inciso b de este artículo.

• La hora de ingreso a la planta es de 07:45 am hasta las 07:55 am ( 08 :00 am,deberán estar en sus puestos de trabajo respectivo) ,con 10 minutos de tolerancia acumulable semanal,

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pasado esos minutos se procederá a los descuentos de acuerdo a la tasa establecida por la empresa ( operarios S/ 2.30 por minuto y a los jefes de área S/ 4.20 por minuto). La hora de salida es las 6 de la tarde.

• Por cada día de inasistencia al trabajo una treinta ava parte de la remuneración mensual ( S/ 22.50 / día ) ,para los efectos de calculo del valor de hora de trabajo ,la ava parte se divide entre ocho (S/ 2.82 / hora).

• En caso del personal obrero, las faltas injustificadas en la semana respectiva implicará pérdida del dominical, asimismo por acumular mayor numero de tardanzas o minutos implicara también pérdida de dominical.

ART.64.-Las sanciones de carácter disciplinario que impliquen suspensión, están sujetos a descuento.

ART.65.-El jefe de personal, de acuerdo a los procedimientos internos entre control de asistencia, es el encargado de efectuar los descuentos que deriven del incumplimiento de la asistencia, permanencia y puntualidad de los trabajadores.

ART.65.-S e aplicarán las siguientes sanciones:

• Amonestación verbal

• Amonestación escrita

• Suspensión

• Despido

ART.66.-La amonestación escrita es la medida correctiva aplicada cuando hay repeticiones en faltas primarias o que revisten gravedad, dicha amonestación debe aplicar el jefe inmediato superior, dando cuenta al jefe de personal.

ART.67.-Las sanciones de amonestación, tendrá lugar, cuando el trabajador incurra en alguna de las siguientes faltas:

• Llegar tarde en forma reiterativa al centro de trabajo.

• Omitir firmar o registrar la asistencia

• Ausentismo de su área de trabajo sin autorización de su jefe.

• Por incumplimiento de las disposiciones de la autoridad competente.

ART.68.-La medida disciplinaria de suspensión se aplicará cuando el trabajador incurra en las siguientes causales:

• Por faltamiento de palabras al jefe y al compañero de trabajo o a los clientes y proveedores.

• Por irresponsabilidad y negligencia

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• Inasistencia sistemática en el tiempo determinado por la ley.

• Disminuir en forma deliberada la producción.

ART.69.-El despido se efectuará por falta grave que incurra el trabajador, previa verificación de la falta, de acuerdo a la ley vigente.

TITULO XVI

DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

ART.70.-El trabajador debe respetar los señales de seguridad de prevención de riesgos laborales ,adoptadas por la empresa.

ART.71.-Los baños y servicios higiénicos, están instalados en resguardo de la salud e higiene de todos los trabajadores de la empresa, por cuanto su correcto uso y conservación son obligatorios. Queda terminantemente prohibida manchar las paredes, los techos y hacer inscripciones en las paredes.

ART.72.-La empresa proporcionará a sus trabajadores los equipos de protección necesarios para el desempeño de sus trabajadores.

ART.73.-Si el trabajador pierde, deteriora o destruye el equipo de protección se le descontará el costo de reposición del equipo.

ART.74.-La cobertura de las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional, corre a cargo de ESSALUD

ART.75,.Son obligaciones del trabajador:

• Velar por su propia seguridad, cumpliendo las normas de prevención adoptadas por la empresa

• Utilizar la maquinaria y equipo de acuerdo a las instrucciones proporcionadas por la empresa.

• Portar siempre el equipo de protección personal que le ha sido proporcionado, manteniendo en buenas condiciones y utilizarlo de acuerdo a las instrucciones.

• Informar de inmediato a su superior jerárquico o las personas designadas para tal efecto de cualquier riesgo potencial para su seguridad y la de sus compañeros de trabajo.

Lima ,05 de Enero del 2012.

LA CORPORACION VELMITEX.S.A.C

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