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REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE PAINE ESCUELA “ALEMANIA” PAINE REGLAMENTO DE EVALUACIÓN 1

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REPUBLICA DE CHILE I. MUNICIPALIDAD DE PAINE

ESCUELA “ALEMANIA” PAINE

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

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REGLAMENTO DE EVALUACI ÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE ENSEÑANZA BASICA

DE LA ESCUELA ALEMANIA

Fundamentación:

El presente Reglamento regula los procesos académicos de los alumnos y alumnas de Enseñanza Básica que estudian en los establecimientos educacionales dependientes de la I.Municipalidad de Paine.

Párrafo I

Disposiciones Generales:

Art. Nº 1: Considerando las facultades que emanan del Decreto 511/1997, siendo 107/2003 y 158/1999, conceptualizamos la evaluación como un proceso permanente, dinámico, continuo que se integran naturalmente al proceso de enseñanza aprendizaje, permitiendo a nuestros alumnos (as) participara en sus propios procesos de evaluación, procurando que desarrollen al máximo sus potencialidades y competencias; y logren el mayor rendimiento que sean capaces.

Art. Nº 2: La Directora y equipo técnico, tendrán la responsabilidad de aplicar durante el año escolar 2012 el presente Reglamento de Promoción y Evaluación Escolar, el cual debe ser conocido por todos los estudiantes, Padres y Apoderados y Comunidad Educativa en general. Este proceso evaluativo deber ser integral porque se evalúa el desarrollo del alumno en todas sus dimensiones atendiendo así, a las diferencias individuales. Debe ser continuo y permanente (Decreto N°240/99),

Párrafo II:

De la s Evaluaciones :

Art. Nº 3: Se aplicarán en nuestro establecimiento cuatro tipos de evaluaciones: Diagnóstica, Formativa, Acumulativa y Diferenciada (esta última cuando sea pertinente)

a) Entendemos como evaluación diagnóstica a aquella que nos permite conocer el grado de desarrollo y el bagaje de conocimientos previos que poseen nuestros alumnos.Esta evaluación se aplicará al inicio del año escolar siendo registrada en el libro de clases con un Logrado (L) o un por Lograr (PL) de los aprendizajes esperados y que entregará las bases para la planificación futura.

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b) De la Evaluación Formativa se entiende como un conjunto de acciones que tienen como fin seguir paso a paso el trabajo que el alumno realiza, para detectar a tiempo las dificultades y medir en terreno los grados de avance.La Evaluación Formativa será registrada en el cuaderno oficial personal del profesor o en los cuadernos de los alumnos y el promedio de esta evaluaciones se trasformarán en una calificación registrada en el libro de clases, podrán ser evaluados de esta forma guías, fichas de trabajo, actividades de clases, tareas entre otros.

c) La Evaluación Acumulativa será el conjunto de actuaciones que tienden a conocer el grado concreto y real de logro de los alumnos respecto a los objetivos propuestos, los que incidirán en la promoción de los mismos.El nº de notas que se deberá colocar en cada periodo semestral como mínimo por cada subsector es el siguiente:

- Los sectores que tengan 2 horas semanales debe tener el mínimo de 4 notas en le semestre ( n + 2)

- Los sectores que tengan 3 o más horas semanales debe ceñirse a la formula (n + 1)

d) El 30% de notas de una asignatura inferiores a 4.0, se deberá repetir la evaluación, previo refuerzo de los objetivos deficitarios.

e) De la Evaluación Diferenciada se considera los procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes, que en forma temporal o permanente presentan impedimento que le dificultan trabajar en pos de algunos objetivos, correspondiendo a alumnos pertenecientes a Proyecto de Integración Escolar y alumnos Diagnosticados con NEE.

- Los procedimientos de evaluación deben considerar al uso de instrumentos como pruebas individuales, observaciones, interrogaciones orales, informes, etc. Referidos al mismo objetivo establecido en la planificación, pero con los adecuaciones curriculares pertinentes.

- Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio en que se compare al alumno consigo mismo y no con el grupo curso, aplicándose en su evaluación la escala normal de calificaciones 1 a 7.

- El proceso académico de los alumnos con evaluación diferenciada será evidenciado mediante un informe que emitirán los especialistas competentes (en este caso psicólogo, docente de Educación diferencial o Psicopedagóga)

- La continuidad o término del proceso de evaluación diferenciada será determinada por los especialistas tratantes a través de un informe escrito.

Art. Nº 4: Para efectos de la organización evaluativa el año escolar comprenderá dos periodos lectivos semestrales.

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Art. Nº 5: El subsector de Religión será expresada en notas parciales de 1 a 7, cuyo promedio aritmético al final del semestre se transformará en conceptos muy bueno (6,0 – 7) Bueno (5,9 – 5,0) Suficiente (4,9 – 4,0) e Insuficiente (3,9 – 1,0) se especifica que esta evaluación no incide en la promoción del alumno.

Art. Nº 6: De las eximiciones

Para que el alumno acceda a la eximición de 1 ó 2 sectores, deberá acreditar informe de especialistas que la Dirección aprobarán previo estudio del caso.

Los alumnos eximidos deberán cumplir con las siguientes obligaciones:a) Permanecer físicamente en el lugar en que se desarrolla la clase del sector eximido.b) Participar de las clases del sector eximido.c) Presentar un comportamiento acorde a las normas establecidas en el aula.

Sin embargo, estas condiciones serán ajustadas al Decreto N° 158/99

Art. Nº 7: La Evaluación y expresión del logro de los objetivos fundamentales transversales se registrará en un informe de Desarrollo Personal y Social, utilizando los conceptos siempre (S), Generalmente (G), Ocasionalmente (O), Rara vez (RV) y nunca (N) que se entregará al apoderado al finalizar cada semestre.

Art. Nº 8: De las calificacionesLos resultados de las evaluaciones semestrales final y general, serán expresadas en

una escala numérica de 1,0 a 7,0 hasta con un decimal.Los alumnos obtendrán durante el año escolar las siguientes calificaciones parciales,

semestrales, finales y promedio general:

a) Calificaciones parciales : corresponderán a la calificación coeficiente 1 asignadas durante el semestre obtenidas en cada subsector y se expresará hasta con un decimal.

b) Calificación Semestral : corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en el semestre que se expresarán con un decimal, aproximando desde la centésima 5 a la décima superior. (Ej. 4,45= 4,5)

c) Calificaciones finales : corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones semestrales y se expresará hasta con un decimal aproximado desde la centésima 5 a la décima superior. (Ej. 4,45= 4,5)

d) Se aplicará un examen final cuyo valor corresponderá a 60% de los contenidos a aquellos alumnos que presenten 1ó 2 sectores reprobados con el fin de nivelar.

e) Promedio General : corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones finales obtenidas por el alumno en todos los sectores (exceptuando Religión) y se expresará hasta con decimal.La calificación mínima a aprobación en los sectores es 4,0

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Párrafo IV

Art. Nº 9: De la promoción:La promoción de los alumnos establece seguir las normas emanadas a partir del Art.

Nº 11 del Decreto 511/97 del Ministerio de Educación que aprueban las disposiciones sobre Evaluación, Calificación y Promoción escolar de los alumnos de Educación General Básica.

a) Serán promovidos los alumnos de 1º a 4º año de Educación General Básica que hayan asistido a lo menos al 85% de las clases, considerando que se disponen de 2 años completos para el cumplimiento de los objetivos Fundamentales y contenidos mínimos obligatorios correspondientes a estos cursos, no obstante la Dirección del Establecimiento podrá decidir excepcionalmente y de acuerdo a variadas evidencias presentadas por el profesor jefe, no promover a aquellos alumnos de 1º y 3º que presenten un retraso muy significativo en lectura, escritura y/o matemáticas en relación a los aprendizajes esperados en los Programas de Estudio que rigen al Establecimiento y que puedan afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso siguiente.

El profesor deberá presentar un informe con variadas evidencias que respalden la decisión de la no promoción (Art. 107).

b) Para la promoción de los alumnos de 5º a 8º año de Educación General Básica se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de los sectores más la asistencia de un 85% a clases.

c) Los alumnos cuyo porcentajes de asistencia sea menor al 85%, deberá presentar documentos e informes que justifiquen su inasistencia las cuales serán analizadas por el consejo de profesores y Dirección para eximir de este requisito de promoción. (D. 511 art.11 Inc.2)

d) Al logro de los objetivos serán promovidos:- Los alumnos que hubiesen aprobado todos los sectores de aprendizaje.- Los alumnos que no hubiesen aprobado un subsector de aprendizajes,

siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior (incluido el subsector reprobado)

- Los alumnos que no hubiesen aprobado 2 sectores del aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 5,0 o superior (incluidos los sectores reprobados)

Art. Nº 10: De la comunicación de resultados:Las calificaciones se expresaran en forma cuantitativa (números) a los estudiantes,

padres y apoderados.Las evaluaciones semestrales se publicarán en el Diario Mural de cada curso con

una semana de antelación entregando Aprendizajes Esperados e Indicadores a evaluar. Los resultados de las evaluaciones se comunicarán a los estudiantes en un plazo no mayor de una semana.

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El medio de comunicación de éstas será en Reuniones de subcentro de Padres y Apoderados bimestrales y semestrales o en entrevistas personales cuando así lo requiera la situación.

Art. Nº 11: Disposición respecto a Estrategias para Evaluar los Aprendizajes de los alumnos.

En el año se realizaran dos eventos de participación masivos y públicos que muestren el desempeño de los alumnos en el área artística del nivel Educación Parvularia y Básica los cuales serán calificados en los sectores de Educación Artística, Artes Visuales y Musicales.

Art. Nº 12: Situaciones específicas:Procedimientos para determinar la Situación Final de los Estudiantes.- En los meses de Mayo, Julio y Septiembre se agendarán reuniones de

carácter técnico que permitan informar de niños y niñas que no alcancen logros satisfactorios en los diferentes sectores con el objetivo de analizar y tomar decisiones de nivelación o refuerzo.

- Para los casos de estudiantes que presentan logros deficitarios al final del año escolar en la asignaturas Lenguaje, Matemática, Cs. Naturales e Historia y Geografía y Cs. Sociales se aplicará una última evaluación que tendrá una ponderación de un 30% (previa entrega de temarios) y un 40% equivalente a las notas anuales.

- Se considera el Decreto N° 511 Art. 11, inc. 2° que establece los requisitos de promoción, como también la Ley 20511 Art. 11, inc. 12 respecto de situaciones especiales de evaluación y promoción para alumnos enfermos y embarazadas.

Art. N° 13: El establecimiento no pondrá objeción en la entrega de certificados y documentos de alumnos(as) que por diversas razones, sean estas de carácter conductual, de rendimiento o traslado (Ley 20536 art. 11 Inc.3° y 4°).

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