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“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza” 1 Reglamento de Evaluación Escuela El Remanso

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Page 1: Reglamento de Evaluación Escuela El Remanso...Escuela El Remanso I N T R O D U C C I Ó N El presente reglamento, tiene como objetivo establecer normas y procedimientos de evaluación

“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”

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Reglamento de Evaluación

Escuela El Remanso

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“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”

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Reglamento de Evaluación

Escuela El Remanso

I N T R O D U C C I Ó N El presente reglamento, tiene como objetivo establecer normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar, en la Escuela El Remanso de la Comuna de El Monte, de conformidad a la legislación establecida por el Ministerio de Educación, con el decreto exento N° 511/1997, que regula la evaluación y promoción de los estudiantes(as) de educación general básica.

Este reglamento de evaluación se basa y considera los lineamientos

comunes y diferenciados del decreto de evaluación N° 511 del año 1997 de 1° a 8°

año básico.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°2 del decreto N°511 del año

1997, el establecimiento educacional establecerá un reglamento de evaluación

sobre la base de las disposiciones del decreto N°511 /1997.

En jornada de reflexión pedagógica el equipo de docentes directivos,

técnicos y de aula de la escuela el Remanso, han revisado los lineamientos del

reglamento vigente y han considerado necesario realizar modificaciones a los

componentes que forman parte del presente Reglamento de evaluación.

I.-Disposiciones Generales.

Artículo N°1; La Escuela El Remanso, tendrá un régimen de evaluación semestral,

para los niveles de educación que imparte.

Artículo N°2: La dirección del establecimiento comunicará a los estudiantes, padres

y apoderados, el Reglamento que regirá el proceso evaluativo y promoción, a través

de los profesores jefes y Unidad Técnica Pedagógica.

Artículo N°3.La Dirección del establecimiento comunicará y enviará a la

Departamento Provincial de Educación de Talagante, el documento oficial que

contempla cada componente del Reglamento, de acuerdo a lo dispuesto en el

decreto de evaluación N° 511/1997.

Artículo N°4.El equipo docente directivo, técnico y docentes de aula serán los

responsables técnicos y administrativos de la aplicación y supervisión de los

lineamientos del reglamento de evaluación, en función de los contenidos y

aprendizajes para cada asignatura.

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Artículo N°5. La Unidad Técnica Pedagógica, supervisará periódicamente el

proceso evaluativo de los estudiantes relativos al rendimiento, calificaciones y los

instrumentos evaluativos, con el objetivo de informar a los y las estudiantes,

docentes, padres y apoderados.

Artículo N°6. El equipo directivo y técnico asesorará a los padres, apoderados y

estudiantes en relación a sus responsabilidades, obligaciones y deberes escolares,

con el objeto de velar por el logro de objetivos, aprendizajes y disposiciones

internas.

Artículo N°7. El docente será el responsable de velar por el cumplimiento del

reglamento de evaluación, en relación a las actividades del proceso evaluativo, por

lo tanto serán responsables de:

Entregar a los estudiantes los criterios evaluativos con especificación de los

contenidos y conductas a evaluar, con una anticipación de 5 días como

mínimo, fecha plazos que debe completar el docente en relación a los

derechos de los estudiantes.

Confeccionar la tabla de especificaciones y los procedimientos evaluativos de

acuerdo a la planificación y los criterios evaluativos.

Entregar a UTP los instrumentos evaluativos con una anticipación de 3 días

antes de la fecha de aplicación.

Articulo N° 8 Con respecto a la evaluación de los estudiantes del Proyecto de

Integración Escolar (PIE), podemos señalar lo siguiente.

Se entiende por NEE, cuando un estudiante presenta algún tipo de problema

de aprendizaje, ya sea de origen emocional, físico, social o combinación de

estos a lo largo de su escolaridad que demanden alguna atención específica,

mayores recursos educativos de los necesarios para su edad.

Se entiende por evaluación diferenciada el procedimiento que considera,

respeta y asume al estudiante con NEE desde su realidad individual,

aplicando un procedimiento y/o instrumento evaluativo acorde a las

característica de la necesidad de aprendizaje que presenta cada estudiante.

Puede ser menores niveles de exigencia, integrar la interrogación al

estudiante con dificultades específicas de escritura, trabajo de investigación

etc.

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“Educando para el Futuro, en Armonía con la Naturaleza”

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a) Para los estudiantes que pertenecen al programa de integración se aplicará una

evaluación diferenciada, que considere instrumentos evaluativos de acuerdo a las

adecuaciones curriculares

b) Aplicar instrumentos evaluativos, que considere una evaluación diferenciada

para los y las estudiantes con necesidades educativas especiales, consignadas en

la planificación y las adecuaciones curriculares.

c)) Destinar el tiempo necesario a los estudiantes en la realización de las

evaluaciones si se estima en la adecuación curricular.

d) Apoyar la evaluación con material complementario (material concreto, visual, gráfico, etc.), si es necesario.

e) Elaborar en conjunto con el docente de la asignatura, profesional PIE y unidad

técnica los instrumentos evaluativos en la asignaturas de Lenguaje y Matemática,

cuando se requiere, en función de la necesidad del o la estudiante y la adecuación

correspondiente.

f) Establecer requerimiento para eximir a estudiantes de asignaturas como inglés,

religión u otras.

g) Coordinar y colaborar en la aplicación y revisión de los instrumentos evaluativos

entre el docente de la asignatura y profesional PIE.

h) Analizar y difundir los resultados de las evaluaciones de los estudiantes PIE, con

la Unidad Técnica, docentes de aula y profesionales PIE.

i) La unidad técnica deberá supervisar y velar por el cumplimiento de la normativa

y de las adecuaciones, que corresponde realizar a los y las estudiantes del

Programa de Integración.

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Articulo N°9 Las evaluaciones de los estudiantes deben corresponder a los

objetivos consignadas en la planificación curricular y en el registro del libro de

clases, según los procedimientos que a continuación se detallan y las

consideraciones que se establecen

Procedimiento de prueba:

Objetivas, de desarrollo y mixtas.

Procedimiento de observación:

lista de cotejo, escala de apreciación.

Procedimiento de observación desempeño

Rúbrica

Evaluación de carpeta

Registros anecdóticos

Presentaciones orales

Los instrumentos de evaluación deberán señalar el puntaje, el ítem

que evaluará el contenido y las conductas en cada asignatura que

lo amerite.

Elaborar, corregir, tabular los instrumentos evaluativos y posteriormente

registrar la calificación en el libro de clases en un plazo máximo de 10 días de

la asignatura correspondiente

Los docentes deberán informar a los estudiantes los resultados de las

evaluaciones y su calificación en un plazo no superior a dos semanas.

Realizar el análisis de los resultados obtenidos por los estudiantes, en

relación a los contenidos y las conductas evaluadas en conjunto con la unidad

técnica pedagógica.

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El análisis y difusión de los resultados de las evaluaciones de los y las

estudiantes por curso, por nivel y asignatura, estará a cargo de la unidad

técnico pedagógico y docentes de aula.

Si es necesario se presentan informes en los consejos de reflexión

pedagógica.

La Unidad Técnica debe monitorear los resultados de las evaluaciones en

relación a los aprendizajes esperados y el cumplimiento de metas (PME), en

la evaluación diagnóstica, intermedia y final.

En ausencia del profesor jefe (licencia médica), la Dirección solicitará su

reemplazo durante estas clases los y las estudiantes deberán cumplir con

las actividades programadas en la planificación que el profesor ausente ha

entregado previamente; ya sean guías, pruebas o trabajos), los que estarán

sujetos a las normas generales de evaluación. Estableciendo que los

docentes deberán dejar un stock de guías por ausencias en caso de licencias

o permisos de acuerdo a la asignatura que imparte.

Artículo N°10. Los deberes de los estudiantes en relación con el proceso evaluativo

serán los siguientes.

Conocer y cumplir con lo dispuesto en Reglamento de Evaluación.

Registrar la calendarización de las evaluaciones, trabajos y calificaciones de

las asignaturas en el diario mural o en sus respectivos cuadernos o agendas.

Rendir las evaluaciones calendarizadas (parciales de asignaturas, PME,

estandarizadas y de cobertura) para cada asignatura, en las fechas y horas

programadas.

Los estudiantes que no se presenten a la evaluación en la fecha fijada,

deberán rendirla cuando el docente de la asignatura o la Unidad Técnica le

comunique, de acuerdo a los siguiente:

a) Con inasistencia justificada el estudiante podrá acordar entre el

docente o unidad técnica la fecha de aplicación de la evaluación y posterior

calificación.

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b) Con inasistencia sin justificación el estudiante, tendrá una ponderación

de un punto menos como nota máxima (6.0), la rendición de la evaluación será

acordada entre el docente de la asignatura, la Unidad Técnica y el estudiante.

Los estudiantes que concurran a eventos, o actividades en representación

de la escuela y beneficios de salud, escolar deberán informar a la Unidad

Técnica y Docentes de la asignatura, quienes tramitarán la postergación de

la evaluación.

Los y las estudiantes deberán informarse de los resultados de la evaluación,

respetando las conductas regulares, profesor asignatura, profesor jefe,

Unidad Técnica y Dirección.

Los estudiantes deberán cumplir responsablemente por un correcto proceso

evaluativo, las acciones que evidencien faltas a la validez y confiabilidad de

los resultados, serán revisadas y analizadas por el docente de la asignatura

y la Unidad Técnica para la toma de decisiones.

Los y las estudiantes deberán responder los instrumentos evaluativos

entregados por los docentes en el plazo establecido, y en los casos de

negación o no contestar los ítems, será evaluado con la nota mínima de un

2.0, en la respectiva asignatura. Previa certificación de la unidad técnica

pedagógica.

Los y las estudiantes deberán responder las evaluaciones institucionales

previamente avisadas y los resultados serán registradas con calificaciones

en las asignaturas correspondientes. (PME, cobertura, ensayo de SIMCE,

etc.).

Los estudiantes deberán cumplir responsablemente con los materiales

solicitados con anticipación para las evaluaciones correspondientes, en caso

de no presentarlos en la fecha establecida, su ponderación de calificación

será de un punto menos como nota máxima (6.0).

Ningún estudiante será calificado durante un periodo de ausencia o

inasistencia al establecimiento.

Los y las estudiantes que se ausentan por viaje, u otro motivo justificado,

tendrán la obligación de ponerse al día en las materias y pruebas en un

plazo de tres semanas.

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Los y las estudiantes, que lleguen atrasados a una evaluación deberán

ingresar a su clase y rendir la prueba inmediatamente en el tiempo que

resta al asignado o continuar en UTP

Si él o la estudiante, ingresa en un bloque de clases distinto al de una prueba

previamente calendarizada, esta se aplicará en la UTP.

Las y las estudiantes embarazadas, madres y/o padres contarán con las

facilidades académicas y administrativas como se estipula a través del

artículo N° 11 de la Ley 20.370 General de la educación 2009, además

deberán cumplir con los siguientes deberes:

a) Las estudiantes embarazadas, madres y/o padres se aplicarán las

mismas evaluaciones del común de los estudiantes. En el caso de

imposibilidad de asistir se recalendarizarán dichas evaluaciones en

coordinación con Unidad Técnica.

b). Justificar las inasistencias a clases por problemas de salud, con

certificado médico y mantener informado/a al profesor/a jefe y a la unidad

Técnica Pedagógica

c) Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, como asistir a

clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si están

con tutorías y/o recalendarización de pruebas y trabajos.

d) Realizar los trabajos de carpetas entregados por la Unidad Técnica que

respondan a actividades determinadas por los docentes de la asignaturas o

la Unidad Técnica para complementar el proceso evaluativo.

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Artículo N° 11. Es deber de los padres y apoderados informarse y participar de las

acciones relativas al proceso evaluativo.

Conocer el Reglamento de evaluaciones de los aprendizajes.

Dar seguimiento al cumplimiento de los deberes escolares y de las

actividades evaluativas de los estudiantes.

Cumplir con la normativa establecida al interior de la escuela para

informarse, plantear inquietudes, dudas, etc., relacionadas con el proceso

evaluativo, En primer lugar el docente, profesor jefe, unidad técnica y

dirección.

Justificar por escrito, con certificado médico u otro documento, y UTP, la

inasistencia del estudiante el día de la evaluación.

Asistir a las reuniones que se convoquen para la entrega de antecedentes e

informes relativos a enseñanza aprendizaje.

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DE LA EVALUACIÓN

Artículo N° 12. En el establecimiento se aplicará la evaluación diagnóstica,

formativa y sumativa, de acuerdo a la siguiente descripción:

Evaluación diagnóstica: recoge información del estado inicial de los

estudiantes, en las áreas del saber, ser y hacer. Con el objetivo de tomar

decisiones de las estrategias pedagógicas, la asignación de recursos y

determinar los métodos a aplicarse.

Evaluación de proceso – formativa: brinda información necesaria y oportuna

para tomar decisiones que reorienten el proceso de enseñanza-aprendizaje

de los y las estudiantes de las estrategias. Además entrega información del

desarrollo de las actividades del plan a seguir en el proceso evaluativo.

Evaluación sumativa: brinda información acerca de los logros alcanzados por

los estudiantes en el desarrollo de habilidades en cada asignatura y

contenidos tratados, es decir, los aprendizajes alcanzados por los y las

estudiantes.

La evaluación de los aprendizajes en las asignaturas deberán considerar los

siguientes elementos.

a) En la asignatura de lenguaje la evaluación deberá considerar a lo menos un

50% comprensión lectora y sus habilidades.

b) En la asignatura de matemática la evaluación deberá considerar a lo menos

un 50% de evaluación de resolución de problemas y sus habilidades.

c) En las asignaturas de historia, ciencias naturales deberán considerar los

contenidos y habilidades de la asignatura y un 40% de la evaluación

destinada a la comprensión lectora o resolución de problemas.

Las evaluaciones podrán ser individuales, grupales, autoevaluación,

coevaluación y heteroevaluación.

Las evaluaciones y trabajos calificados deberán realizarse dentro y fuera del

aula, con la respectiva pauta de evaluación y ponderación.

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En consideración a la eficacia del proceso evaluativo, se establece que los

resultados de una evaluación que sea inferior a 40% de logro deberán

comunicarse, tomar las remediales y decisiones en conjunto con la unidad

técnica acerca de la calificación, registro y estrategias pedagógicas a

implementar.

La unidad técnica implementará semestralmente pruebas de cobertura, que

considerarán los contenidos tratados en el semestre y tendrá una

ponderación coeficiente uno.

Se calendarizarán un máximo de 2 evaluaciones por día, en relación a

procedimientos parciales. En el caso de evaluaciones semestrales, se

calendarizarán 1 diaria en las áreas cognitivas (Lenguaje, Matemática,

Ciencias Naturales, Historia, Geografía, Formación ciudadana e Inglés)

Los instrumentos de evaluación deberán señalar el puntaje total y la ponderación de la evaluación en relación a la escala de calificación.

Los estudiantes, no podrán ser retirados del establecimiento educacional,

cuando tengan calendarizada una evaluación, a menos que se encuentre con

problemas de salud certificadas por parte del apoderado, o el estudiante

muestre problemas de salud en la escuela u otros casos fortuitos.

Los estudiantes no podrán ser calificados durante el periodo de ausencia del

colegio por inasistencias o atrasos a clases.

La unidad técnica pedagógica entregará la calendarización de las

evaluaciones semestrales para cada asignatura.

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El promedio de las evaluaciones aplicadas en los talleres serán registradas

en las asignaturas que se indican considerando una nota por semestre.

Taller de Lenguaje Lenguaje y Comunicación

Taller de Matemática Matemáticas

Taller de Deporte Educación Física

Taller Artístico

Música, Arte o Tecnología

Taller de Inglés Inglés en el segundo ciclo Lenguaje en el primer ciclo

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DE LA CALIFICACIÓN

Artículo N° 13. La calificación corresponde a los resultados de la evaluación

expresados en una escala de 2 a 7, hasta con un decimal.

La calificación mínima de aprobación será de 4.0.

d) La calificación mínima a registrar será de 2.0 para enseñanza básica.

Las calificaciones de los estudiantes serán informadas a los apoderados en

forma parcial, semestral y anual en cada asignatura evaluada.

La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de religión, no

incidirá en la promoción.

Se calificarán los resultados de las evaluaciones de proceso y producto de

acuerdo a lo establecido en la planificación curricular considerando el

instrumento y la ponderación establecida

Se deberán registrar en cada asignatura un mínimo de calificaciones de

acuerdo a lo establecido en la asignatura y ponderación de horas según se

indica, en relación a la siguiente cuadro:

ASIGNATURA CURSO N° CALIFICACIONES

SEMESTRAL

LENGUAJE 1° Básico a 8° Básico 8 (1° a 4°) 6 (5° a 8°)

MATEMATICAS 1° Básico a 8° Básico 6

CIENCIAS 1° Básico a 8° Básico 5

HISTORIA 1° Básico a 8° Básico. 5

INGLÉS 5° Básico a 8° Básico 5

MUSICA 1° Básico a 8° Básico. 4

E. FISICA 1° Básico a 4° Básico 4

ARTE 1° Básico a 8° Básico. 4

TECNOLOGÍA 1°Básico a 8°Básico. 4

RELIGION 1°Básico a 8°Básico 4

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Los resultados de las pruebas, trabajos y otras evaluaciones, deberán

entregarse a los estudiantes en un plazo no superior a dos semanas desde

su realización, las que deberán registrarse en el libro de clases siendo el

profesor de la asignatura el responsable de registrar la calificación y cumplir

con los plazos establecidos.

El alumno tiene derecho a la revisión de la calificación, cuando entienda que

esta, no se encuentra conforme a los criterios establecidos o acordados.

En el caso de un estudiante obtenga un promedio semestral o anual que de

3.9, deberá realizarse una evaluación que considere un instrumento

evaluativo en relación a los contenidos tratados, por medio de una evaluación

extraordinaria obteniendo la nota mínima de aprobación (4.0)

Las calificaciones que los estudiantes obtengan en todas las asignaturas del

Plan de Estudios, deberán referirse exclusivamente a aspectos del

rendimiento escolar, y en ningún caso a materias de tipo conductual.

La calificación anual de la asignatura de religión se expresará en conceptos

y no incidirá en la promoción. Las calificaciones parciales se regirán por las

mismas normas aplicadas a todas las asignaturas del plan de estudios, se

expresarán en conceptos, según la siguiente escala.

Muy bueno (6.0 a 7.0) Bueno (5.0 a 5.9)

Suficiente (4.0 a 4.9) Insuficiente (2.0 a 3.9)

Los resultados de las evaluaciones semestrales de cobertura, deberán

ponderarse a la calificación y registrar la nota en la asignatura

correspondiente.

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Los resultados de la evaluación que sean ponderadas a calificación y que

sean inferiores a un 40% de los estudiantes, en relación a la nota mínima

(4.0), deben informar a la UTP sobre el proceso y tomar acuerdos en

conjunto.

La ponderación de las calificaciones será aproximada considerando uno o

dos decimales, que se aproximaran al primer decimal o al entero según

corresponda al criterio establecido (entre seis y nueve de rango).

DE LA PROMOCIÓN

Artículo N°14. Serán promovidos todos los estudiantes, que cumplan con el 85% de asistencia a clases. No obstante el director del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la promoción de alumnas de 1° a 4° básico, con porcentajes inferiores, de acuerdo al análisis de los resultados y antecedentes pedagógicos.

En el caso del segundo ciclo 5° a 8° básico, podrán autorizar la promoción con porcentajes inferiores al 85% con autorización de Director, profesor jefe y refrendado por el Consejo de profesores, de acuerdo al análisis de los resultados y antecedentes recopilados.

El director con el profesor de la asignatura deberán resolver las situaciones

especiales de evaluación y promoción.

Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8° básico, que hubieran

aprobado todas las asignaturas de aprendizaje.

Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8°, que no hubieren

aprobado una asignatura, siempre que su promedio sea igual o superior a

4.5.

Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8°, que no hubieren

aprobado 2 asignaturas, siempre que su promedio sea igual o superior de

5.0.

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La situación final de promoción de los estudiantes, deberá quedar resuelta al

término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, la escuela emitirá

y entregará a los estudiantes un certificado anual de estudios, que indique

asignaturas, nivel cursado, calificación y situación final.

En el caso de las estudiantes embarazadas, madres y/o padres se regirán

por los mismos criterios evaluativos anteriormente descritos y en relación a

la asistencia se aplicará lo estipulado en el reglamento 2004 que regula lo

establecido en la Ley 20.370, articulo N°11.

DE LA EXIMICIÓN DE ASIGNATURAS DE APRENDIZAJE

Artículo N° 15. Los estudiantes podrán eximirse de una asignatura de acuerdo a lo

establecido en el decreto de evaluación.

En la asignatura de educación física, un estudiante (a) sólo podrá ser eximida

de la actividad física, previa presentación de los documentos que respalden

la situación. En caso que un estudiante se exima durante un semestre, la

calificación final anual corresponderá a la calificación obtenida durante el

semestre en que fue evaluado y el semestre en que la actividad física fue

cambiada por otro instrumento de evaluación.

Esto se llevará a cabo por solicitud escrita del apoderado del estudiante, a la

Dirección de la Escuela, la que deberá ser acompañada del certificado y/o

informe general y con fecha actualizada del profesional externo claramente

la causal exacta de la solicitud de eximición.

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DISPOSICIONES ESPECIALES

Toda situación especial que se presente en los estudiantes y que les impidan

cumplir con normalidad con la asistente a evaluaciones o condiciones

mínimas de ellas, serán analizadas por la dirección, quién consultara a los

docentes si es necesario. En este caso se incluyen situaciones

excepcionales, tales como enfermedades graves prolongadas, embarazos

adolescentes, accidentes escolares con secuelas y reposos estrictos.

Todas y cada una de las situaciones excepcionales que se presenten durante

el año escolar, deberán acreditarse mediante la presentación de la

documentación y evidencia respectiva.

Todas las situaciones de evaluación de estudiantes, deberán quedar

resueltas dentro del periodo escolar correspondiente.

ANEXO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN NIVEL PRE-BÁSICA

En primer y segundo nivel de transición la evaluación será un proceso

constante, permanente y sistemático, con el fin de obtener y analizar

información relevante sobre todo el proceso de enseñanza aprendizaje, que

permita obtener conclusiones para la toma de decisiones y retroalimentar el

proceso.

Se realizarán evaluaciones durante la realización de proyectos de trabajo,

otros, que posibilite obtener información variada de tipo diagnóstica,

formativa y acumulativa.

Los instrumentos utilizados para la recolección de información de se

adecuarán al contexto, actividad y aprendizaje esperado que se pretenda

evaluar. Se dará participación a los niños y niñas (autoevaluación y

coevaluación) y las familias, como también la comunidad educativa.

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La Educadora de Párvulos emitirá un informe final e informe al hogar

destinado a los padres y apoderados.

Si al término del año escolar un estudiante no tiene las habilidades y

conocimientos mínimos para ingresar a primer año básico, se solicitará la

evaluación de los profesionales del equipo PIE del establecimiento, la que

determinará el tipo de apoyo a las necesidades y capacidades del estudiante.

CONSIDERACIONES FINALES

Cualquier situación específica que no se haya considerado en el presente

reglamento, será resuelta por la Dirección, la que podrá consultar y

asesorarse por el equipo de gestión, consejo de profesores y Unidad técnica

pedagógica del establecimiento.

Unidad Educativa Escuela El Remanso El Monte, Agosto 2018