reglamento de evaluación 2019- 2020 - comunidad escolarla educación parvularia constituye el...

14
1 Liceo Politécnico Belén Unidad Técnica Pedagógica Reglamento de Evaluación 2019- 2020

Upload: others

Post on 22-Jan-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

1

Liceo Politécnico

Belén

Unidad Técnica Pedagógica

Reglamento de Evaluación 2019- 2020

Page 2: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

2

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º:

Visto lo dispuesto en las Bases Curriculares de Educación Parvularia 2018 y Decretos Exentos de Evaluación y Promoción Escolar Nº 511/1997 de Enseñanza Básica, 1° y 2° Medio, Decreto 112/1999, 3°y 4° Medio, Decreto 83/2001, Decreto 107/2003 , Decreto 79/2005 y sus modificaciones, se presenta a continuación el Reglamento de Evaluación del LICEO POLITECNICO BELEN para la Enseñanza Básica y Media ambas modalidades.

Artículo 2º:

Consultado el consejo de profesores se establece el siguiente documento como Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar para la Educación Parvularia, Enseñanza General Básica y Media Científico Humanista – Técnico Profesional.

TITULO II

DE LA EVALUACIÓN

El Liceo Politécnico Belén considerará la evaluación como un proceso continuo inherente al proceso de enseñanza- aprendizaje, cuya finalidad es obtener información relevante, que permita tomar decisiones adecuadas que retroalimenten y mejoren el proceso educativo.

Articulo 3°

Educación Parvularia:

La Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la familia, favorecen el desarrollo pleno y armónico del párvulo, con aprendizajes oportunos y pertinentes a sus características, necesidades e intereses. La evaluación siendo un proceso continuo, tendrá como objetivo, monitorear los avances y logros en el proceso de desarrollo y aprendizaje de cada niño y niña del curso.

Page 3: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

3

Las Educadoras de Párvulos tendrán la facultad de elaborar y utilizar instrumentos evaluativos, propios que estén en concordancia con las necesidades y características específicas de los niños y niñas, y visto lo dispuesto en las nuevas Bases Curriculares de Educación Parvularia 2018 y la opinión del Consejo de Profesores del Liceo Politécnico Belén, se aprueba el siguiente Reglamento Interno de Evaluación y Promoción para la Educación Parvularia. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 4º: Las estudiantes de Pre Kínder y Kínder, serán evaluadas en períodos semestrales en todos los ámbitos de experiencias para el aprendizaje. Artículo 5°: La evaluación deberá tener las siguientes consideraciones:

- Las estudiantes serán evaluadas en forma permanente de acuerdo a los aprendizajes esperados.

- Las educadoras de párvulos deberán informar oportunamente y/o según las

necesidades a los padres y apoderados, respecto del estado de avance de los aprendizajes de las estudiantes.

- Las educadoras de párvulos deberán hacer entrega a los padres y apoderados, de un Informe al hogar semestral.

Artículo 6°: Las estrategias para evaluar a las estudiantes serán las siguientes:

a) Escala de Apreciación b) Observación directa c) Auto evaluación d) Co evaluación e) Lista de Cotejo f) Registro Anecdótico

Artículo 7°

Educación Básica y Media:

a. Evaluación Diagnóstica: se realiza al comienzo de unidades de asignaturas y/o módulos de aprendizaje de las especialidades para explorar los conocimientos previos que debe tener la alumna para enfrentar nuevos aprendizajes con expectativas de éxito y determinar las diferencias en los aprendizajes de las estudiantes, con el propósito de otorgar los soportes pedagógicos necesarios.

Page 4: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

4

b. Evaluación Formativa: permanente y constante, entrega información sobre cómo se desarrolla el proceso de enseñanza - aprendizaje de cada estudiante. Permite recoger información, analizarla y tomar las decisiones que aseguren el buen desarrollo del proceso pedagógico.

c. Evaluación Sumativa: determina el logro de los objetivos de aprendizaje que la asignatura y/o módulos de aprendizaje de las especialidades ha definido como requisito para la unidad y, a la vez, proporciona información que permite el análisis de las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de las metas propuestas.

Unidad Cero: Esta unidad se entenderá como aquel procedimiento que se aplica al inicio del año escolar en todas las asignaturas y/o módulos de aprendizaje de las especialidades desde 3° básico a 4° medio. En 1° y 2° básico se aplicará en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Matemática, Ciencias Naturales e Historia, Geografía y Ciencias Sociales. Permitirá reforzar contenidos y/o habilidades necesarias para iniciar el proceso de aprendizaje del año en curso. Los resultados de esta evaluación se registrarán en el libro de clases como una calificación.

Artículo 8°:

El año escolar se organizará en períodos escolares semestrales.

TITULO III

DE LA CALIFICACIÓN

Artículo 9°:

Se entenderá por calificación a la nota o concepto que obtenga la estudiante por uno o más objetivos de aprendizajes logrados en la unidad.

El nivel de logro alcanzado por las estudiantes se reflejará en una calificación con una escala de 2,0 a 7,0 para las alumnas de Enseñanza Básica y de 1,0 a 7,0 para las alumnas de Enseñanza Media.

- El número de calificaciones registradas en cada semestre queda determinado de la siguiente manera:

Asignaturas o módulos con 1, 2 ó 3 horas: 3 calificaciones mínimas.

Asignaturas con 4 horas o más: 2 calificaciones por Unidad de Aprendizaje y 2 calificaciones por criterio de evaluación en el área Técnico Profesional.

Page 5: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

5

- Del total de calificaciones de cada asignatura o módulo de aprendizaje a los menos una de ellas debe corresponder a evaluación no escrita (Exposiciones, dramatizaciones, maquetas, portafolio, trabajo grupal, disertaciones etc.)

a) Las calificaciones provendrán de la aplicación de:

- Pruebas parciales: Instrumentos de evaluación escritos de habilidades y contenidos trabajados en clases. Todo resultado será entregado a las estudiantes con un plazo máximo de 10 días hábiles.

- Trabajos prácticos y/o investigación, autoevaluación y coevaluación. Toda actividad realizada en clases que genere un producto observable. Se debe entregar rúbrica, lista de cotejo y/o pauta de observación a las estudiantes, previamente visada por UTP antes de esta evaluación.

- Trabajo escolar: toda actividad factible de ser evaluada que se realiza en horas de clases, por ejemplo: interrogaciones clase a clase, desarrollo de guías, ejercicios, actividades propuestas, revisión de cuadernos, controles escritos, pruebas externas, deben ser formativa y de proceso y pueden ser calificadas de forma acumulativa.

- En 3° y 4° medio, el Taller de PSU en Lenguaje y Matemáticas, será calificado y su promedio se registrará en las asignaturas de formación general correspondiente.

b) Calificaciones Semestrales: De 1° Básico a 4° año Medio corresponderán, en cada asignatura o módulo de aprendizaje, al promedio aritmético ponderado de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre y se expresarán hasta con un decimal con aproximación a la décima superior.

Ejemplo:

- 6,43 se registrará como 6,4

- 6,45 se registrará como 6,5

c) Calificaciones Finales: corresponderá al promedio de las calificaciones semestrales de cada asignatura o módulos de aprendizajes y se expresarán hasta con un decimal con aproximación a la décima superior.

d) Todas las calificaciones deben ser registradas en el libro de clases, las iguales o superiores a 4,0 con lápiz pasta azul y las inferiores a 4,0 con lápiz pasta rojo.

Page 6: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

6

Artículo 10°

Inasistencia a evaluaciones Toda estudiante desde 1° básico a 4° medio que falte a una evaluación escrita (prueba) debe ser justificada por su apoderado personalmente el día en que se reintegra a clases con su inspectora de nivel.

a) La estudiante con evaluaciones pendientes deberá rendirla el viernes entre 14:00 a 15:30hrs. de la semana en curso a su falta a clases.

b) Si la inasistencia es mayor o igual a tres días, el apoderado deberá acercarse a UTP de su ciclo a recalendarizar sus evaluaciones y presentar las justificaciones médicas o personales respectivas.

c) El/la docente debe entregar a UTP las pruebas atrasadas individualizadas con el nombre de las estudiantes inasistentes, a más tardar el jueves a las 10:00 hrs., para así contar con el tiempo suficiente para avisar al apoderado que su hija debe quedarse al día siguiente en el colegio para rendir esta evaluación. (nota enviada desde UTP).

d) El/la docente debe retirar las pruebas respondidas el lunes siguiente a primera hora desde UTP.

e) Los jefes de UTP y jefes de Departamento cada viernes se harán cargo de tomar estas pruebas desde las 14:00 a las 15:30 horas, aplicando sistema de turnos.

f) Si la estudiante falta a rendir la evaluación el día viernes, se rendirá la semana siguiente y si no presenta justificación a su falta se citará al apoderado por parte de UTP para informar que la evaluación se aplicará el día lunes siguiente a primera hora.

g) La(s) estudiante(s) que no presenten trabajos prácticos en las fechas establecidas y/o acordadas por el o la profesora, deben presentarlo en la clase siguiente y en la rúbrica de evaluación el(la) profesor(a) deberá considerar este indicador.

h) En el caso de no presentación del trabajo por enfermedad se darán los tiempos adecuados según corresponda y acordados con el apoderado.

Artículo 11°

Nivel de exigencia

- Para la elaboración de la escala de notas se considerará el nivel de exigencia del 60%. - Cuando una evaluación alcanza menos del 80% de logro a nivel de curso, el docente

debe informar a UTP sin registrar la calificación en el libro de clases y en conjunto buscar estrategias para mejorar el nivel de logro. En caso de que realizadas estas estrategias visadas por UTP y el porcentaje se mantiene bajo lo esperado, con autorización de UTP se registrarán las calificaciones insuficientes así superen el 20%.

Page 7: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

7

Artículo 12°:

Calificaciones Especiales

Las estudiantes de 1º Básico a 4° Medio, que participen representando al Liceo en Competencias y/o certámenes que se desarrollen durante el Semestre; que hayan mantenido una conducta intachable durante el desarrollo de la actividad, obtendrán una nota parcial adicional 7.0 en la asignatura que corresponda.

La asignatura de Ciencias Naturales en Enseñanza Media contempla los ejes de Biología, Física y Química desde los cuales se obtiene una calificación promedio semestral. Para la aprobación final de esta asignatura, la estudiante debe obtener promedio anual 4.0 o más, sin importar los promedios parciales de sus ejes.

Si la estudiante reprueba la asignatura de Ciencias Naturales, deberá rendir una prueba especial que contemple objetivos de aprendizaje del o de los ejes reprobados.

Artículo 13°:

RELIGIÓN

El promedio final anual de la asignatura de aprendizaje de Religión será con conceptos y no se considera en el promedio final.

MB = Muy Bueno; B = Bueno; S =Suficiente; I = Insuficiente.

Estos conceptos no incidirán en la promoción, pero las alumnas que no aprueben la asignatura deberán realizar un proceso de refuerzo que afiance sus aprendizajes en esta asignatura.

Artículo 14°

Los Talleres JEC, serán evaluados con conceptos y no incidirán en la promoción, a menos que la Unidad Técnico Pedagógica lo considere necesario, previo análisis de la situación.

TÍTULO IV

EXIMICIÓN Y EVALUACIÓN DIFERENCIADA

Artículo 15°:

“En atención a la diversidad y el resguardo del derecho a la educación, se elimina la eximición de asignaturas o módulos, puesto que se estima que esta medida deja a la o el estudiante sin participación en las oportunidades de aprendizaje y evaluación en el área del cual es eximida o

Page 8: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

8

eximido. Así, la eximición se considera una respuesta inadecuada frente a dificultades de las y los estudiantes, lo cual puede reemplazarse por adaptaciones o adecuaciones de sus oportunidades de aprendizaje y evaluación”. www.mineduc.cl

Artículo 16°

Se entenderá como el procedimiento de evaluación para aquellas estudiantes con necesidades educativas especiales cuyos informes hayan sido emitidos por profesionales competentes. Este profesional debe encontrase inscrito en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico.

Para todas estas estudiantes se elaborará un plan de trabajo individual que considerará:

a.- Apoyo en el aula de profesor(a) de asignatura, educadora diferencial y/o psicopedagoga. b.- Adecuaciones curriculares de acuerdo a las sugerencias del especialista tratante y a los recursos humanos y técnicos con los que cuente el colegio, considerando los aprendizajes esenciales que los alumnos deben adquirir planteados por Mineduc. c.- La decisión final de la implementación de adecuaciones curriculares corresponderá al equipo interdisciplinario, UTP y Directora. d.- Será requisito indispensable que el o los especialistas(s) externo(s) tratante(s), mantengan contacto con el equipo interdisciplinario del colegio, al término de la evaluación diagnóstica, durante el estado de avance y en la situación final de la estudiante.

Artículo 17°:

Será responsabilidad de los apoderados la tramitación de la situación especial en el mes de marzo para las estudiantes con NEE permanentes, en caso de NEE temporales el plazo de información no debe superar las dos semanas, en ambos casos informar al profesor(a) jefe quién cursará la información ante Jefe UTP, quien en conjunto con el equipo Interdisciplinario revisarán el caso de acuerdo a los antecedentes documentados por el especialista que corresponda atendiendo lo siguiente:

a) Compromiso y responsabilidad por parte de la estudiante en el aula. De no hacerlo se citará al apoderado para informarle y comprometer a la estudiante a un cambio de actitud.

b) En caso de especialista tratante externo, el apoderado debe presentar un informe al colegio de los avances de la estudiante en su tratamiento.

Page 9: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

9

Artículo 18° PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACION DIFERENCIADA (Ley de Inclusión, Decreto 83/2015)

Nuestro Liceo define la evaluación diferenciada como la aplicación de procedimientos evaluativos en una o más asignaturas, adecuados a las características del trastorno de aprendizaje y/o impedimento físico de carácter temporal o permanente, que presenta la estudiante para el logro de un aprendizaje efectivo, como asimismo considera evaluación diferenciada aquellos casos referidos a estudiantes, provenientes de otros países o colegios con programas especiales o diferentes al currículo del establecimiento y/o a cambios de especialidad dentro del mismo Liceo.

Los procedimientos técnicos y metodológicos para evaluar diferenciadamente a las estudiantes con dificultades específicas, serán: 1. Profesor(a), detecta casos donde es necesario aplicar una Evaluación Diferenciada e informa a profesor(a) Jefe.

2. Profesor(a) Jefe informa al equipo Interdisciplinario sobre las dificultades de aprendizajes detectadas en las estudiantes en su respectiva asignatura y según sea la necesidad serán evaluadas por psicopedagogas o la profesional correspondiente para conocer las dificultades de aprendizaje y aplicar metodología específica sugerida a las estudiantes.

3. Psicopedagogo(a) atiende y reúne evidencia profesional por cada caso presentado. 4. Aplicar actividades de aprendizaje y de evaluación que sean adecuadas para las estudiantes con necesidades especiales. 5. Mantener una comunicación fluida con la estudiante, el apoderado y la Unidad Técnico Pedagógica de los avances y dificultades de la estudiante.

Page 10: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

10

TITULO V

INFORMES DE EVALUACIÒN

Artículo 19º

El logro de los Objetivos de Aprendizajes se registrará en el informe de rendimiento. El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el informe de desarrollo personal y social semestrales.

- De rendimiento: Los padres tendrán acceso a los resultados de las evaluaciones en forma mensual a través de la plataforma dispuesta por el Liceo, a través de una clave que el colegio asignará y les comunicará mediante una carta entregada a las estudiantes al inicio del año escolar. Las notas serán actualizadas en forma periódica.

- De personalidad: Referidos a los Objetivos Transversales Fundamentales, incluye las habilidades, actitudes, valores y comportamiento que se espera que las estudiantes desarrollen en el plano personal, intelectual, moral y social, fundamentados en el Proyecto Educativo del Liceo Politécnico Belén en las áreas de :

- Área de Formación Ética y Moral - Crecimiento y Autoafirmación Personal - Relación de la Persona con su Entorno - Desarrollo del Pensamiento

La evaluación de cómo ellos se dan en la vida escolar de cada estudiante, será entregada a los apoderados al finalizar cada semestre. De 1° año básico a 4° año medio y se registrara con conceptos.

L: Logrado

ML: Medianamente Logrado

NL: No Logrado

Page 11: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

11

TITULO VI

DE LA PROMOCIÓN

Artículo 20º

a) Serán promovidas las estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas o módulos de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

b) Serán promovidas todas las estudiantes de 1º a 2º y de 3º a 4º año de Enseñanza Básica que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos de Aprendizajes. El Director(a) del Liceo podrá autorizar la promoción de las estudiantes con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debida y oportunamente justificadas.

No obstante lo señalado en los incisos anteriores, el director(a) podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor (a) Jefe del curso de las estudiantes afectadas, no promover de 1º a 2º año básico o de 3º a 4º año básico a aquellas que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el liceo y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

Además, para adoptar tal medida, el liceo deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas a la estudiante y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.

c) Serán promovidas las estudiantes que alcancen un 85% de asistencia de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones debidamente justificadas el director(a) del establecimiento junto con el profesor(a) jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 5º año, con porcentajes menores de asistencia. En el segundo ciclo básico (5º a 8º) esta autorización deberá ser aprobada por el consejo de profesores.

d) Serán promovidas las estudiantes 1° a 4° medio que hayan asistido, a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Además, se considerará la participación en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, cultura, ciencias y artes.

e) Serán promovidas las estudiantes de los cursos de 2º a 3º año básico y de 4º básico hasta 4º año Medio que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4.5 o superior, incluido el no aprobado.

f) Igualmente, serán promovidas las estudiantes de los cursos de 2º a 3º año básico y de 4º año básico a 4° medio que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su

Page 12: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

12

nivel general de logro corresponda a un promedio 5.0 o superior, incluidos los no aprobados.

g) Si una estudiante de Formación Diferenciada Técnico Profesional o de la Modalidad Humanista Científica presenta dos calificaciones finales anuales deficientes en cualquier asignatura de la Formación General o diferenciada y uno de esas es Matemáticas y/o Lenguaje y Comunicación y el promedio general anual se ubica entre las calificaciones 5,45 a 5,49 este último será aproximado a 5,5 siendo esta la calificación mínima de promoción en este caso.

h) Las estudiantes que en el promedio anual de una(s) asignatura(s) alcancen una calificación entre 3,85 y 3,94 como Calificación Final, tendrán derecho a que se le asigne un instrumento de evaluación visado por UTP con el objeto de dar oportunidad de alcanzar la nota mínima de aprobación de dicha asignatura.

Artículo 21°

Evaluación Especial Recuperativa

Tendrán derecho a rendir Evaluación Especial Recuperativa las estudiantes que terminado su proceso anual de aprendizaje hayan obtenido hasta 3 insuficientes; distribuidos como sigue:

a) Las estudiantes que hubieran alcanzado calificación final inferior a 4,0 en un máximo de 3 asignaturas, tendrán derecho a rendir Evaluación Especial Recuperativa en cada uno de ellos.

b) La estudiante que en la Evaluación Especial Recuperativa demuestre haber alcanzado un nivel de exigencia del 60% de rendimiento previamente establecidos para aprobar la asignatura, obtendrá calificación final cuatro (4,0) que reemplazará a la calificación final reprobatoria. En ningún caso la estudiante será calificada con la nota inferior a aquella con que se presenta a la Evaluación Especial Recuperativa

Ejemplo:

- Promedio final 3,5 Calificación de Evaluación Especial Recuperativa 6,0 Promedio Anual 4,0

- Promedio final 3,5 Calificación de Evaluación Especial Recuperativa 3,0 Promedio Anual 3,5

- Promedio final 3,5 Calificación de Evaluación Especial Recuperativa 3,7 Promedio Anual 3,7

c) La estudiante que no se presente a rendir Evaluación Especial Recuperativa y que no hubiere justificación oportuna por parte de su apoderado, (dentro de las 24 horas), conservará la calificación final reprobatoria.

Page 13: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

13

TITULO VII

CONSIDERACIONES ESPECIALES

Artículo 22º

De las estudiantes embarazadas o madres

Según el Decreto N°79 reglamenta inciso tercero del Articulo 2°de la Ley N° 18.962 que regula el estatuto de las estudiantes en situación de embarazo y maternidad. Además, el liceo contempla para este grupo de estudiantes medidas como las siguientes: A estas estudiantes se les calendarizará las fechas en las cuales debe rendir las evaluaciones en las asignaturas en que les falten calificaciones para cumplir con el mínimo exigido en este reglamento y cumplir con los objetivos mínimos de logro en lo académico, adicionalmente a esto se les entregará el temario de los contenidos incluidos en la evaluación, material de estudio (guías, textos de estudio, referencias bibliográficas relacionadas a los contenidos curriculares vistos en clases, etc.). La calendarización de la evaluación será responsabilidad de la Unidad Técnica Pedagógica, la entrega del temario y material de estudio será de responsabilidad del profesor o profesora de la asignatura. Será obligación y responsabilidad de la estudiante o en su defecto su apoderado el que debe acudir al establecimiento a fijar la calendarización y recibir los materiales de apoyo mencionados en el inciso anterior. El porcentaje de exigencia para estas evaluaciones es de 60%, como lo es en cualquier evaluación de este establecimiento. Si bien las estudiantes embarazadas o madres tienen acceso a diversas facilidades que el colegio dispone para que ellas no deserten del sistema, en ningún caso puede entenderse esto, como que no deban cumplir con las mismas exigencias académicas que tiene cualquier alumna del establecimiento, especialmente en la formación diferenciada Técnico Profesional, donde se debe cuidar la asistencia a clases, dado que la enseñanza media técnico profesional está dada a través de un sistema modular que contempla por un lado un mínimo de horas en que se debe desarrollar cada módulo y por otro una serie de actividades prácticas y de terreno que las alumnas deben desarrollar con la supervisión del docente. Las estudiantes adscritas a esta reglamentación podrán solicitar permisos para amamantar, para acudir a controles médicos, debiendo siempre volver al colegio luego de cumplir con estas obligaciones.

Page 14: Reglamento de Evaluación 2019- 2020 - Comunidad EscolarLa Educación Parvularia constituye el primer nivel educativo formal y que, en conjunto con la ... Comunicación, Matemática,

14

TITULO VIII

SITUACIÓN FINAL

Artículo 23º

La situación final de promoción de las estudiantes deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el proceso, el liceo entregará a todas las estudiantes un informe anual de calificaciones obtenidas en las asignaturas y/o módulos de aprendizaje y la situación final correspondiente.

Artículo 24º

Las actas de registro de calificaciones y promoción escolar, consignarán en cada curso las calificaciones finales en cada asignatura y/o módulo de aprendizaje, el porcentaje anual de asistencia, la situación final de las estudiantes.

Las actas se confeccionarán en archivo digital y de acuerdo a las exigencias planteadas en el sistema SIGE.

Artículo 25º

Las situaciones de evaluación y promoción escolar no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Director(a) en conjunto con la Unidad Técnico Pedagógica, previa consulta a Secretaria Ministerial de Educación.