reglamentacion y manejo de combustibles

Upload: katherineayala

Post on 02-Mar-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    1/14

    REGLAMENTACIO

    N Y MANEJO DE

    COMBUSTIBLESESTUDIANTES:

    AYALA KATHERINE OJO YOVANNI VEGA JUAN

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    2/14

    TIPOS DE COMBUSTIBLES

    Combustibles slidos:Madera , turba y combustibles fsilescarb!, "etrleo#$

    Combustibles %uidos o l&'uidos:

    (asleo, *uerose!o, (asoli!a, (as+atural, etc$

    Combustibles aseosos:

    (as

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    3/14

    TRANSPORTE AEREO

    Algunas mercancas son aceptables slo bajo

    las condiciones indicadas en los reglamentos

    de la Aerolnea. En el caso del transporte de

    combustibles, el embarque slo puede ser

    aceptado a condicin de que sea clasificado,

    embalado, marcado y etiquetado de acuerdo

    con las regulaciones vigentes de IATA sobreercancas !eligrosas y acompa"ado de los

    certificados y documentos requeridos.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    4/14

    Condiciones Para Su Transor!e

    o

    #inguna persona podr$ transportar un %idrocarburo lquido en un paquetefuera de un contenedor u embalaje a bordo de una aeronave, a menos que

    el paquete, contenedor e&terno o embalaje %aya sido inspeccionado por el

    operador de la aeronave.

    'lo se podr$ cargar un %idrocarburo lquido a bordo de una aeronave si, eloperador efectuara las siguientes determinaciones con respeto al paquete,

    contenedor e&terno y embalaje que contiene el %idrocarburo lquido(

    a) #o tiene agujeros, fugas u otra indicacin de que su integridad est$

    comprometida o supuestamente comprometida.

    b) Todos y cada uno de los contenedores de %idrocarburo lquido deber$n

    tener sellos ad%eridos a todas las aberturas y dic%os sellos deber$n

    permanecer ad%eridos e intactos %asta que se retire los contenedores del

    transporte de la aeronave o %elicptero luego de llegar al destino propuesto.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    5/14

    Todo e&pedidor ser$ responsable de identificar, clasificar,

    embalar, marcar, etiquetar y proporcionar la documentacin

    obligatoria de acuerdo a los procedimientos y especificaciones

    aprobadas por la autoridad aeron$utica.

    Todo concesionario, permisionario u operador a*reo ser$

    responsable de verificar la adecuada documentacin,

    etiquetado y embalaje de las mercancas peligrosas antes de

    su aceptacin para su transporte por va a*rea.

    +os concesionarios y permisionarios deber$n implementar

    avisos de informacin a su pblico usuario, de las restricciones

    en el transporte de ciertas mercancas y los procedimientos

    aplicables para la manipulacin de las mismas

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    6/14

    Docu"en!os de E"#ar$ue a %ordo de &a Aerona'e: Todo

    embarque deber$ estar acompa"ado por una copia de los

    documentos de embarque para cada %idrocarburo lquido

    durante el transporte a bordo de la aeronave.

    Co"a!i#i&idad de &a Es!i#a de &a Car(a)

    Orien!aci*n de &a Car(a)

    +os contenedores de %idrocarburos lquidos con las marcas

    de --E'TE +A/ 0A1IA A22I3A44 o --E'TE E5T2E/

    0A1IA A22I3A44, o con flec%as que indiquen la adecuada

    orientacin del paquete, deber$n almacenarse y cargarse a

    bordo de una aeronave, de acuerdo con dic%as marcas.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    7/14

    o Su+eci*n de &os Pa$ue!es $ue

    Con!en(an Hidrocar#uros L,$uidos

    /bligaciones del e&pedidor.

    !roporcionar capacitacin a sus

    empleados para llevar a cabo susresponsabilidades respecto del transporte

    de mercancas peligrosas por va a*rea.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    8/14

    T2A#'!/2TE A2ITI/

    ocumentos de Embarque.

    anifiesto de 1arga de 0idrocarburos +quidos.

    El transportista, sus agentes o cualquier persona que designe para este

    propsito deber$ preparar un manifiesto, lista o plan de estiba de carga

    peligrosa y deber$ contener la siguiente informacin6

    a) El nombre de la nave y nmero oficial. 7'i la nave no tiene nmero oficial,deber$ sustituirse por la se"al de llamada internacional de radio)(

    b) +a nacionalidad de la nave(

    c) El nombre de embarque y nmero de identificacin de cada %idrocarburo

    lquido a bordo.

    d) El nmero y descripcin de los contenedores y peso bruto de cada tipo,incluyendo los %idrocarburos lquidos cargados a granel en bodegas o debajo

    de los compartimentos de cubierta(

    e) +a ubicacin de la estiba de los %idrocarburos lquidos a bordo de la nave.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    9/14

    Inspeccin de la 1arga.

    #aves Tripuladas. El transportista, sus agentes y cualquier otra persona que

    el transportista o sus agentes %ubieran designado para este propsito,

    dispondr$n una inspeccin de cada bodega o compartimento quecontenga %idrocarburos lquidos, la misma que se efectuar$ despu*s de

    %aber finali8ado la estiba y, posteriormente, por lo menos, una ve8 cada

    9: %oras, siempre que las condiciones climatolgicas lo permitan, con la

    finalidad de garanti8ar que la carga se encuentre en condiciones seguras

    y que el movimiento no %aya ocasionado ningn tipo de da"o,calentamiento espont$neo, fuga, filtracin, %umedecimiento o que la nave

    o su carga de %idrocarburos lquidos no %ayan sufrido otro percance

    desde el momento de carga y estiba.

    +as bodegas de la nave, equipadas con sistemas de deteccin de %umo o

    fuego y con capacidad de monitoreo autom$tico no necesitan serinspeccionadas, salvo despu*s que se finalice la estiba y despu*s de

    perodos de condiciones climatolgicas adversas.

    1uando se inspecciona una carga de %idrocarburos lquidos capaces de

    despedir vapores inflamables, todos los medios de iluminacin deber$nser a prueba de e&plosin.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    10/14

    'ituaciones de Emergencia

    'i el accidente ocasiona da"os a los contenedores o se %ace

    uso por emergencia de contenedores no autori8ados, estos no

    podr$n ser ofrecidos a ningn transportista e&pedidor para

    fines de transporte.

    'e podr$ ec%ar al mar los contenedores nicamente si el

    capit$n ju8ga que esta accin es necesaria para evitar o

    reducir sustancialmente cualquier peligro para la vida %umana

    o reducir algn da"o importante a la propiedad.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    11/14

    +os embalajes deber$n ser de una solide8 suficiente para retener

    su contenido y protegerle de toda contaminacin en las condiciones

    normales de transporte por mar.

    El embalaje ser$ de naturale8a tal que las superficies internas que

    entren en contacto con el contenido del envase, no resulten

    afectadas peligrosamente por la sustancia y, adem$s, ser capa8 de

    resistir los rigores normales de manipulacin y transporte.

    1uando se acostumbre a usar material absorbente o amortiguante

    en el empaque de lquidos en recipientes, dic%o material ser$ 6 apto

    para minimi8ar los peligros a que pueda dar lugar el lquido (

    colocado de modo que impida el movimiento y asegure que el

    recept$culo se mantenga rodeado del mismo ( y suficiente, dentro

    de lo posible, para absorber el lquido en caso de romperse el

    recipiente.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    12/14

    CLASES DE EMBALAJE

    Tambores

    3arriles

    3idones1ajas

    3olsas

    Envases compuestos

    ETIQUETADO

    Todo embalaje que contenga combustible deber$, antes de su despac%o,

    ser marcado claramente por la etiqueta prevista en el 1digo y por su

    denominacin t*cnica e&acta, bajo la cual la sustancia peligrosa figura en

    los documentos de e&pedicin.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    13/14

    !roteccin contra Incendios

    !or cada ;> litros o parte de los mismos de %idrocarburos lquidos que se

    transporte a bordo de una nave, en una cisterna port$til o cisterna de carga de

    un ve%culo motori8ado, deber$ contarse, por lo menos, con un e&tintor rodante

    de =?,@ g. de polvo qumico.

    Bna manguera para incendios en cada toma de agua ubicada en las

    pro&imidades de las $reas de estiba de %idrocarburos.

    En el caso de amplios espacios de bodega y compartimentos para el transporte

    de %idrocarburos lquidos a granel, las disposiciones de e&tincin de incendios

    deber$n incluir el almacenamiento de botellas o contenedores de grandes

    cantidades de 1/9 yCo nitrgeno con tuberas principales y lneas de distribucin%acia los espacios de bodegas yCo compartimentos para apagar incendios.

    Bso de +$mparas !ort$tiles.

    !ro%ibicin de Dumar o Emplear Duego Abierto y 1olocacin de +etreros de

    Advertencia.

  • 7/26/2019 Reglamentacion y Manejo de Combustibles

    14/14