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Reformas Laborales Reformas Laborales Rosanna Costa Libertad y Desarrollo

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Reformas Laborales. Rosanna Costa Libertad y Desarrollo. Aspectos Positivos. Se modifican atribuciones de la Dirección del Trabajo. La mayoría de ellas asociadas a normas de quorum especial . - PowerPoint PPT Presentation

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Reformas LaboralesReformas Laborales

Rosanna Costa

Libertad y Desarrollo

Aspectos PositivosAspectos Positivos

• Se modifican atribuciones de la Dirección del Trabajo. La mayoría de ellas asociadas a normas de quorum especial.

• La definición de discriminación reconoce el derecho a elegir basado en la calificación para un empleo.

• Se vuelve a establecer la no presunción de contrato laboral cuando éste se realiza fuera de la empresa.

• El derecho a descontar la capacitación juvenil de las indemnizaciones por años de servicio (60 días).

(In) flexibilidad: (In) flexibilidad: en materia de jornada laboralen materia de jornada laboral

• Se incorpora a la jornada ordinaria de 48 horas a trabajadores de hoteles, restaurantes, clubes y en general trabajos con escaso movimiento diario.

• Se limita el uso de horas extraordinarias a casos de necesidades temporales.

• Se elimina innecesariamente la facultad de la Dirección del Trabajo para autorizar en casos calificados distribución de jornadas de trabajo y descansos especiales.

• Se deroga la norma que permite a un empleador convenir con sus trabajadores, sin requerir autorización, jornadas de hasta dos semanas ininterrumpidas, al término de las cuales deberán otorgarse los días de descanso compensatorios de los días domingo o festivos que hayan tenido lugar en dicho período bisemanal, aumentados en uno (14x3).

Anualización de la jornada:Anualización de la jornada:condicionado a... condicionado a...

• Máximo 2000 horas anuales (20 %% menosmenos que la actual jornada inflexible).

• Máximo 12 días continuos.• Se establecen las siguientes jornadas: urbano diurno: 4 a 1 (12 x 3);

urbano nocturno:4 a 2 (12 x 6); alejado diurno: 4 a 2 (12 x 6); alejado nocturno: 1 a 1 (12 x 12).

Como se dijo, se está sustituyendo a la jornada 14 x 3.Como se dijo, se está sustituyendo a la jornada 14 x 3.• Las autorizaciones sólo rigen durante dos años, salvo que se pacten con

sindicatos, en cuyo caso se extienden a cuatro años. ¿Porqué no de acuerdo con los trabajadores? (contratos colectivos; ¿Porqué no de acuerdo con los trabajadores? (contratos colectivos; convenios…)convenios…)

• En ningún caso se puede autorizar más de una jornada de este tipo para una misma faena en el año.

Jornada ParcialJornada Parcial

• Para todos los que pacten una jornada equivalente a 2/3 de la jornada ordinaria. Hoy la jornada parcial puede ser cualquiera con menos de 48 horas semanales.

• Se exige que la jornada sea continua.• Indemnización por años de servicio a todo evento, proporcional a las

horas disminuidas. • Se permite diferir este pago. Sin embargo, en el evento de una

posterior extensión de la jornada, no se reconoce el pago de esta indemnización, lo que significa que se paga dos veces.

• Se permiten gratificaciones proporcionales. • Se pueden pactar cambios en la jornada entre alternativas predefinidas,

con una semana de anticipación.

Negociación Interempresa Negociación Interempresa voluntaria: voluntaria: sin embargo...sin embargo...

• Se elimina la definición de empresa. Entre las modificaciones se sugiere una interpretación de empresa: “los predios agrícolas explotados por un mismo empleador, se consideran una sóla empresa”.

• Negociación en la empresa.• Sindicatos de empresa.

Negociación interempresa obligatoria respecto de contratistas, en un mall, y hasta en un holding.

• Se reduce a 8 (en vez de la mayoría de trabajadores con derecho a negociar colectivamente) para ceder el derecho de negociación al sindicato interempresa.

Encarecimiento del reemplazo en la Encarecimiento del reemplazo en la huelga: huelga: sin embargosin embargo..

• El reemplazo se prohibe. Acto seguido se permite reemplazar si….(piso, reajustabilidad mínima y bono)

¿Se permite reubicar trabajadores de la empresa? En el último tiempo se ha interpretado que reubicar es lo mismo que reemplazar.

• El bono sería también necesario para que se pueda producir descuelgue de trabajadores en el día 15 de iniciada la huelga (como es hoy) y no en el día 30.

• No se permite contratar trabajadores transitorios para reemplazo, de acuerdo a las nuevas disposiciones de trabajadores suministrados.

Aumento de la Inamovilidad Laboral:Aumento de la Inamovilidad Laboral:Prohibición de despido por Prácticas Prohibición de despido por Prácticas

Antisindicales.Antisindicales.

Prohibición de despedir trabajadores sin fuero si la causal del despido es práctica antisindical. Hoy se debe cancelar la multa, pero se puede despedir.

Por prácticas Antisindicales (concepto legalmente poco preciso) Por prácticas Antisindicales (concepto legalmente poco preciso) además:además:

• La Inspección del Trabajo debe denunciar de oficio toda situación que parezca práctica antisindical.

• Las prácticas antisindicales deben ser vistas y falladas por el Juez en una única audiencia. Debe asignarle al Informe de la Dirección del Trabajo presunción de veracidad.

• Se incrementan las multas por prácticas antisindicales a valores entre 10 y 150 UTM (hoy el rango es de 1 a 10 UTM ). Estas se multiplican por dos o tres según el número de trabajadores.

Aumento de la Inamovilidad Laboral.Aumento de la Inamovilidad Laboral.Más fueros: plazos y número de trabajadoresMás fueros: plazos y número de trabajadores. .

• Más tipos sindicatos, no necesariamente de la empresa, y menores requisitos para su constitución.

• Para la constitución de un sindicato de empresa, de establecimiento e interempresa, se incrementan los días con derecho a fuero desde 15 días a 40 días (10 días antes y 30 después). No se avisa al empleador.

• Todos los trabajadores son candidatos a directores y gozan de fuero. Este fuero es durante los 15 días anteriores a la elección y no se modifica.

• Aumenta de 1 a 3 la posibilidad de tener delegados sindicales (no directores) con fuero para trabajadores afiliados a sindicatos interempresa, eventuales o transitorios, cuando no haya en la empresa un trabajador que haya sido elegido director del sindicato interempresa..

• Se crea un fuero de 30 días para los trabajadores involucrados en una negociación colectiva. No se requiere solicitar desafuero si estuviesen contratados a plazo fijo.

Incremento de las multas generalesIncremento de las multas generales

• HoyHoy las multas son de 1 a 10 UTM. Se incrementan en 0,15 UTM por cada trabajador afectado. Y se duplican en caso de reincidencia.

• En el proyecto de leyEn el proyecto de ley son:

(a) Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, entre 1 y 20 UTM:

(b) Si la empresa tiene más de 50 trabajadores, entre 2 y 40 UTM.

(c) Si la empresa tiene 200 o más trabajadores, entre 3 y 60 UTM.

– La multa por infracción al fuero sindical de 14 a 70 UTM mensuales.

– Todas las multas se duplican o triplican en los casos b) y c)

Es decir se castiga contratar trabajadores, y no la reiteración de la Es decir se castiga contratar trabajadores, y no la reiteración de la infracción o el número de afectados.infracción o el número de afectados.

Suministro de TrabajadoresSuministro de Trabajadores

• Empresas suministradoras con giro único.• No pueden prestar servicios a empresas relacionadas, coligadas, o empresas con

interés directo o indirecto.• Depósito de garantía por 500 UF, más 100 UF cada 100 trabajadores. En caso de

término de la empresa la garantía se devuelve en 6 meses. • Registro, del cual la Dirección del Trabajo lo puede excluir en cualquier momento

por lo que considere faltas graves.• Se regula el contrato. Sólo por trabajos esporádicos y no por más de 6 meses.• Están obligadas a capacitar al menos un 10% de los trabajadores que suministren.• Menos requisitos para temporeros.• Un capítulo, con seis párrafos y 14 artículos de regulación adicional a la ya

considerada en el Código Laboral. De hecho, el proyecto viene creando un registro para intermediarios de trabajadores agrícolas.

Y adicionalmente:Y adicionalmente:

• No se permite más que un 10% de los trabajadores involucrados en negociación colectiva pueda convocar al resto a una votación respecto de un posible arbitraje o de la un pronunciamiento sobre la última oferta.

Monopolio para el sindicato, incluso sobre la expresión de voluntad de los trabajadores.

• Se extiende el contrato colectivo a cualquier trabajador que no esté regido por un instrumento colectivo y se afilie con posterioridad al sindicato.

¿Cuál es el costo de la oferta del empleador?. Potencia el conflicto. Hoy lo que se hace es obligar a pagar un % de la cuota sindical a quienes se les decida extender los beneficios.

......

• Registro de intermediarios trabajadores agrícolas• Reglamento interno para empresas de todo tipo,

cualquiera sea el número de los trabajadores contratados.

• Convenios colectivos: ¿los puede presentar el empleador?

¿Por qué?¿Por qué?

• ¿Baja sindicalización?

• ¿Conflictividad o represión dentro de la empresa?

• ¿Bajas remuneraciones?

La tasa de afiliación sindical en Chile no es significativamente La tasa de afiliación sindical en Chile no es significativamente inferior a la de Estados Unidos que en 1994 alcanzaba un 14%, inferior a la de Estados Unidos que en 1994 alcanzaba un 14%, aunque sí, bastante inferior a la de países con mecanismos de aunque sí, bastante inferior a la de países con mecanismos de negociación más centralizados como por ejemplo algunos países negociación más centralizados como por ejemplo algunos países europeos.europeos.

3.000

5.000

7.000

9.000

11.000

13.000

15.000

17.000

Número de Sindicatos

Fuente: Dirección del Trabajo

Número de Afiliados a Número de Afiliados a SindicatosSindicatos

100.000

200.000

300.000

400.000

500.000

600.000

700.000

800.000

900.000

1.000.000

70 7380 82 84 86 88 90 92 94 96 98 001970 1972 1980 1982 1984 1986 1988 1990 1992 1994 1996 1998 00

¿Baja sindicalización?¿Baja sindicalización?

Percepción Respecto de la Relaciones Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Laborales: Fuente:Fuente: ENCLA 98ENCLA 98

Opinan trabajadores sobre las relaciones laborales (1998):Bastante conflictivas 1%Más bien conflictivas 4%Ni favorables ni conflictivas 25%Colaborativas 51%

Muy colaboralivas 19%

Opinan trabajadores sindicalizados (1998)Pone dificultades 12%Ni dificulta ni facilita 24%Da facilidades para su funcionamiento 64%

Opinan trabajadores sobre las relaciones laborales (1999):Bastante conflictivas 1%Más bien conflictivas 1%Ni favorables ni conflictivas 26%Colaborativas 55%Muy colaboralivas 17%

Opinan dirigentes sindicales sobre actitudes negativas hacia el sindicato: 1998 1999Si hubo 24,5% 19,8%No hubo 74,7% 75,5%Nosabe 0,8% 4,7%

Percepción Respecto de la Relaciones Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Laborales: Fuente:Fuente: ENCLA 98 y 99ENCLA 98 y 99

Opinan los trabajadores respecto del cumplimiento de los acuerdos:

Total

Cumple:Totalmente 64%Parcialmente 30%Frente a presión 4%No cumple 2%

Percepción Respecto de la Relaciones Percepción Respecto de la Relaciones Laborales: Laborales: Fuente:Fuente: ENCLA 98ENCLA 98

Remuneraciones RealesRemuneraciones Reales(Indice 1995=100)(Indice 1995=100)

Fuente: CEPALFuente: CEPAL

80,00

85,00

90,00

95,00

100,00

105,00

110,00

115,00

120,00

1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000

ArgentinaArgentina

BrasilBrasil

ChileChile

ColombiaColombia

Costa RicaCosta Rica

MéxicoMéxico

UruguayUruguay

Costos de DespidoCostos de Despido

5000 10000 15000 20000 25000 30000 35000

EEUU

Nueva Zelandia

Australia

Canadá

Noruega

Alemania

Francia

Polonia

Uruguay

Argentina

México

España

Chile

Colombia

Portugal

0

1

2

3

4

5

Indice de costo del despido Indice de costo del despido Fuente: Edwards y Edwards (2000)Fuente: Edwards y Edwards (2000)

Empleo JóvenesEmpleo Jóvenes(miles de jóvenes entre 15 y 24 años) (miles de jóvenes entre 15 y 24 años) Fuente: INEFuente: INE

680,0

700,0

720,0

740,0

760,0

780,0

800,0

820,0

840,0

1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998

Quintil/ I II III IV V total

casen 96hombre 12,4% 5,4% 3,9% 2,0% 1,4% 4,9%mujer 26,1% 10,8% 6,9% 4,3% 1,7% 7,6%total 15,6% 7,0% 4,9% 2,9% 1,5% 5,8%casen 98hombre 24,4% 9,3% 6,4% 4,2% 2,3% 9,1%mujer 36,2% 15,1% 9,8% 6,6% 3,5% 11,7%total 27,7% 11,2% 7,6% 5,1% 2,8% 10,0%

Tasas de DesempleoTasas de Desempleo por sexo y quintiles de ingresopor sexo y quintiles de ingreso

Quintiles/Quintiles/ I I II II III III IV IV V V total total

casen 9615 a 29 23,2% 10,9% 8,6% 5,6% 3,5% 10,0%30 a 44 12,6% 4,4% 3,1% 1,7% 1,0% 4,3%45 a 64 10,1% 5,5% 2,4% 1,2% 0,7% 3,1%65 y más 12,0% 9,4% 3,9% 3,6% 1,6% 4,6%total 15,6% 7,0% 4,9% 2,9% 1,5% 5,8%casen 9815 a 29 39,3% 18,0% 12,6% 9,5% 7,4% 16,7%30 a 44 21,8% 6,9% 5,7% 3,7% 1,6% 7,6%45 a 64 22,8% 9,1% 4,4% 2,5% 1,0% 6,2%65 y más 24,7% 8,2% 3,7% 3,5% 2,0% 5,7%Total 27,7% 11,2% 7,6% 5,1% 2,8% 10,0%

Tasas de Desempleo Tasas de Desempleo por edad y quintiles de ingresopor edad y quintiles de ingreso

Deciles/ 1990 1992 1994 1996

1 23,0% 17,8% 23,2% 23,9%2 20,0% 23,5% 23,5% 23,6%3 23,3% 24,5% 23,1% 28,3%4 31,3% 30,6% 28,3% 23,9%5 34,7% 32,7% 33,5% 33,8%6 39,1% 36,9% 37,3% 40,6%7 44,7% 43,6% 41,3% 44,0%8 47,1% 49,8% 47,5% 49,6%9 53,2% 54,7% 55,6% 56,9%10 58,8% 60,9% 60,2% 66,6%

Tasas de Participación Laboral de la Tasas de Participación Laboral de la Mujer Mujer por Decilespor Deciles

Crecimiento del EmpleoCrecimiento del Empleo

-6,00%

-4,00%

-2,00%

0,00%

2,00%

4,00%

6,00%

8,00%

10,00%

1988 1990 1992 1994 1996 1998 2000

Participación de la Fuerza de Trabajo en la Participación de la Fuerza de Trabajo en la Población mayor de 15 añosPoblación mayor de 15 años

0,500

0,510

0,520

0,530

0,540

0,550

0,560

1986 1987 1988 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000

Desocupados en el Gran SantiagoDesocupados en el Gran Santiago (miles de personas)(miles de personas)

0,0

50,0

100,0

150,0

200,0

250,0

300,0

350,0

400,0

450,0

Fuente: Universidad de Chile82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99 00