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r.. .. :: - CONGRESO DEL ESTADO H. LIX LEGISLATURA VERACRUZ . oirec\i va de. la Mesa . PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SES CORRESPONDIENTE AL TERCER AÑo DE EJERCICIO CONSTI1tJCIONAL INIOATIVA CON PROYECTO DE LEY ESTATAL DE PREVENOÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓliDOS URBANOS, INDUSTRIALES Y DE MANEJO ESPEOAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ - LLAVE. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO C. DIP. ALONSO DOMíNGUEZ FERRAEZ " XALAPA, VER., 14 DE NOVIEMBRE DE 2002 -

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CONGRESO DEL ESTADOH. LIX LEGISLATURA

VERACRUZ

. oirec\ivade. la Mesa .

PRIMER PERIODO ORDINARIO DE SESCORRESPONDIENTE AL TERCER AÑo DE EJERCICIO

CONSTI1tJCIONAL

INIOATIVA CON PROYECTO DE LEY ESTATAL DE PREVENOÓN YGESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓliDOS URBANOS,

INDUSTRIALES Y DE MANEJO ESPEOAL PARA EL ESTADO DEVERACRUZ - LLAVE.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

C. DIP. ALONSO DOMíNGUEZ FERRAEZ

"XALAPA, VER., 14 DE NOVIEMBRE DE 2002

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OfICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEZ.H. QUlNCUAGÉSlMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRllZ.

"

DIPUTADO FEUPE AMADEO FLORES ESPINetAPRESIDENTE DE LA LIX LEGISLArURA DELH.. CONGRESQ D~L t:8.TA.P.Q. pE.vERACRljZ - lLAVEPRESENTE.

Alonso Domfnguéz Ferráez, Diputado del Partido Verde Ecologista dé México enuso de la facultad. que me confieren los artículos 34 fracción I y 35 de laConstitución Políti~ tiel Estado. 18 fracción IV, 48 fracción I y '4~ d~ la LeyOrgánica del Poder Legislativo del Estado y 107 fracción· I y 108 del Reglamentopara el Gobierno Interior del Poder Legislativo someto al pleno del de esta.Soberanía la presente "Iniciativa De Ley Estatal De Prevención Y Gestión IntegralDe Residuos Sólidos Urbanos. Industriales Y De 'Manejo Especial Para El EstadoDe VeracNz - llavea, para su análisis y ~n su caso aprobación', al tenor de la-

r' .siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Al iniciar el Siglo XXI, el Estado de Veracruz • Llave enfrenta entre sus másgrandes retos el de garantizar el derecho de todos los habitantes del Estado a .viviry crecer en un medio ambiente saludable y equilibrado, de conformidad con loestipulado por el artículo 80 de la Constitución Política del Estado.

El problema de fondo respecto a Iqs residuos radica ," en nuestra torma de vidabasada en satisfacer necesidades creadas (Consumismo). El ciudadano comúnpiensa que el problema de la "basuran tennina cuando la saca de su casa, cuandoen realidad es ahí donde empieta ya que se dispersa o si se recolecta sedispone en basureros a cielo abierto, rellenos sanitarios o incineradorestransfiriendo la contaminación a otros medios. Este es un aspecto cultural que esnecesario erradicar para poder hacer que el estado de Veracruz tenga undesarrollo sustentable.

Históricamente la regulación de los residuos en México surge con un enfoquenetamente sanitario que busca prevenir los problemas derivados de malasprácticas higiénicas en los asentamientos humanos, de esta manera en el artículo

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PODER LEGISLATIVOr"estado Ubre y Sobenmo, ; De Veraauz - Uave

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OFICINA DEL e DIP. ALONSO DOMmGUEZ FERRAEZ.H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRllZ.

115 dé la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se dispone quees facultad de las autoridades municipales el brindar el servicio de limpia pú!?lica. ,

Sin embargo, en todo el país y particularmente en nuestro estado, que es de losque más población tienen, la generación de residuos ha rebasado la capacidad demanejo por los sjstemas de Limpia Pública de'los Municipios, situación que se v.einfluenciada por la pobre asignación de recursos a estos para atender todos losservicios públicoseneomehdados constitucionalmente; y por ia frecuenteinterrupción de la curva de aprendizaje de los funcionarios municipal~s por loscambios trienales de autorida<;les.

Antes de darse a la tarea de tener un marco de referencia-cualitativo y cuantitativodel problema de loS residuos en el Estado de Veracruz es necesario mencionarque los inventarios de generación y los sistemas de información en la materiadejan mucho que desear. No se ha adoptado una clasiflC8ción uniforme de losresiduos sólidos, que influyen en la determinación precisa de los volúmenes degeneración de lo que indistintamente se refieren como: Desechos o basura,complementados por el calificativo de su origen, municipal o urbano y de suestado físico como sólidos,Es frecuente observar ambigüedades en los términos como a)desechos sólidospar cápita, o basura residencial generada por individuo; b) basura municipal percápita, que combina la anterior con la que generan los comercios y servicios; e)Basura urbana o residuos municipales que incluye las dos primeras agregando labasura de origen industrial de la que no se congcen inventarios. En cuanto a laestimación sobre volúmenes y pesos lo más común es que se haga a partir delvolumen que puede contener los vehículos de recolección. Es paradójico que apesar de que desde 1984 se hayan publicado diversas Normas MexicanasVoluntarias (NMX) en materia de residuos sobre la determinación de lageneración, muestreo y método de cuarteo, determinación de la composiciónfísica, determinación del peso volumétrico in situ y sobre preparación paramuestras de laboratorio para su análisis, muy pocos servicios de limpia públicamunicipal los utilicen.

Según datos oficiales publicados por el Instituto de Ecología A.C. en el 2000, en elEstado de Veracruz se generan 3310 toneladas diarias de basva de las cualessolo el 75 % es recolectada por los sistemas de Limpia pública de los Municipios y

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

PODER LEGISLATIVOr"'".stado 1.I"bre '1 Soberano1 De Veracruz - UáVe

de este porcentaje soto 600 toneladas son dispuestas adecuadamente. Del total ;~:',~ de basura generada en el estado, el 45 % la generan 39 municipios conurb~dos.

Gráfico 1 ,'"Generación de Basura en VeraCRIZ-

TOTAL ESTATAl 3310 TON, DIARIAS

1882

'. Recolección por limpia publica,disposlclon inadecuada '

• Recolección por limpia publica,disposicfon en rellenos sanitarios

D Sin gestión, es tirada en nos,barrancas, quemada, etc. '

- ,

La generación de residuos domésticos en el estado de Veracruz está estimada en478 gramos por persona diario. Con una composición predominantementeorgánica. Por otra parte. Según datos publicados en un seminario de Energíaconvocado por la Subsecretaría de Desarrollo Político del GobiGmo dGI Estado enel año 2000, la producción de residuos sólidos no peligrosos que se generan anivel doméstico en una ciudad industrial del estado de -158,500 habitantes es de548 gramos p~x persona al día. Considerando los comercios, escuelas, hoteles,mercados, restaurantes e industrias de esa ciudad se determinó que la generaCiónde residuos no domésticos es aproximadamente el '30% de los domésticos,aumentando la cantidad a 712 gramos por habitante al día de residuosmunicipales.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

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I!J Residuos aimenticioS

• Residuos de1anfilerfaOTlllPO

o Papel ycartón

• Material fe:rosoDPlásticos

.Vldrkl Transparente

DHueso.Pafial

13 Envase de cartón

O Residuo lino

• Vidrio de color

• Matenal no Ferroso11 otros varios

.48%'

Fuenle: Gobierno del Estado de Veraauz, 1990.Di"e<:ciOn General de Asuntos Ecológicos.

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.1%

1!J7%

.4%

F¡;¡¡¡¡;¡¡¡¡;¡;¡--¡¡;¡¡¡¡¡;¡¡¡;¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;;;¡¡¡¡¡;;;¡¡¡¡¡;¡¡;¡¡¡---¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;;;¡¡¡¡¡;¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡;¡¡¡¡;--¡¡¡¡¡;¡¡¡¡~" ¡:: :"':::;i;;,:~)~Gráfico 2 ~

Composición de los Residuos en Veracruz1999

013%

La SEDUE realizo un estudio en 1998 que involucró el peñodo 1988· 2000 queestima la generación per cápita díaria 'a nivel nacional para el año 2000 en 700gramos. Por otra parte, la SeOeSOL estimo este mismo dato en 850 gramos;estos datos reflejan que la generación de basura diaña per cápita en Veracruzpuede estar por debajo de la media nacional y nos indican que estamos en elmomento estratégico para impulsar nuevas políticas de prevención de generacióny gestión integral de los residuos sólidos antes que el problema crezca.

Adicionalmente, la composición de los residuos sólidos se h"tt.. modificado enlos últimos años, incorporándose a los desechos orgánicos un volúmencreciente de residuos que contienen materiales de lenta degradación y quedemandan formas de manejo más complejas y costosas. Así mismo, la

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CONGRESO DEL ESTADO UE VERACRuz.

composición de los ~siduos no es homógénea .en todo el territorio Yeraauzano... :.. :: .:.,.;iEstos datos son útilE¡!s· para sugerir dependiendo la zona si se debe de imp~lsar el .

.. reciclaje o el "compostaje- de residlioS orgá~icos. _. __

Porcenta"e de composición de los residuos por zonas ~el Estado", '...

61,00 30.34 8.66. 60.14 23.41 16.4568,37 20.55 11.1155.00 29.00 16.0061.80 29.73 8.4763.75 26.04 10.2173.30 21.13 5.5759.63 27.51 12.86·63.00 26.00 11.00

Fuente: Capistrtm el al. 2001. Manual de·Reciclaje, Compostaje y Lumbñcompostaje. 151 pp.Instituto de Ecologra A. C. Xalapa, Ver., México

Esfuerzos de solución del problema y sus carendas

La política del último lustro del Gobierno del Estado ha estado enfocada hada lapromoción de la disposición final en Rellenos Sanitarios Regionales cuando seconsidera a nivel nacional e internacional que estos no son la solución, ya que el1estos se acumula la basura y se le entierra, lo que implica un desperdicio derecursos. A medida que crezca la población, se modifiquen los patrones deconsumo, y aumente la generación per c?pita de basura se requerirán masRellenos Sanitarios.

1'067,735 2'438,671

2'747,687 3'789,568

;.:,~ ·.Total .:= 3'815,422 6"228.239. ",

:.:~;:" :;.; -.~':;:'. :

2756,87'6

3'980,448

6'737,324

4.1908

1.0161

2.1926

0.8728

3'072,600

4'157.214

7'229,874

3'351,138

4'304,261

T655,399

5'639,739

10'942,188

Fuente:INEGI, IX, X XI Censo General de población y vivienda, 1970, 1980, 1990INEGI, Conteo de población y vÍVienda, 1995

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

El Gobierno del Estado desde él año 2001 ha pjJesto en marcha slet,e Renenos ... , .Sanitarios Regionales en: Pánuco, Tampico· Alto, Poza Rica, Nogales,Cosamaloapan, Alvarado y San André's Tuxtla lOs-cuales atienden a una pobladón '..:,.aproXimada de novecientos mn habitantes que generan 600 toneladas diarias de,basura de 20 municipios; para lo cual el Estado tuvo que erogar 20.4 miUones 'de ' .pesos. De igual fonna está en construcción los rellenos de'Tuxpan~'y Cazones que·captaran cerca de 150 toneladas diarias de basura. Por último se tiéne proyect~da .la construcción de 5 rellenos mas en Xalapa, Veracruz, Córdoba, MinatltJán,Tierra Blanca y Coatzacoalcos que se calcula podrán recibir 1,400 toneladasdiañas de basura. La problemática que ha presentado la implantación de estapolítica pública ha sido que el tiempo de vida real está dernostO:1nd() que será de lamitad del proyectado , además que por tratarse de grande inversiones han sidosujetas de comJPción Y malos man,ejos que han dado lugar a destituciones defuncionarios públicos.

Otro factor a considerar en la problemática de los Rellenos Sanitaños es que porsu carácter de regional pretenden ser rentables por sus dimensiones y esto traeconsigo una serie de problemas de aceptación de estos proyectos por parte 'de lascomunidades cercanas a donde se pretenden instalar, lo que ha llevado al fracasoy en el mejor de los casos a la demora mas de media docena de veces a algunosde estos proyectos. Con los recortes presupuestales, la administración públicaestatal ha tratado de cambiar el rumbo de la política y esta empezando a impulsarproyectos de rellenos sanitarios locales de poca inversión que serán atendidos porun solo municipio y esta fomentando los programas de recolección selectiva, comoen el caso del H. Ayuntamiento de Teocelo.

Infraestructura de Disposición Final ,~~~~~;Z.*F.({1l*1 capacKfáOf(tóO~laaas:." ··riéUa, '. ~ié"m"JQe;:-vKia':'Años .~iinaomfña-- . 600 10~~~ 150 15iA2·afi ¡· ... ~'i'·'W,-·,<·, 1400 15~l":P;C~~:;ji~i~~' L.::~;:·:·:~~~;:~ 2150:'$.il1:~déPú~~~"~iSposiCfón-·:~", 1160Fuente: Modificado del 111 infonne de Gobierno Lic. Miguel Alemán Velazco 2001

"Las estadísticas aquí presentadas no son nada alentadoras ya que demuestranque actualmente se disponen adecuadamente solo el 16 por ciento de los

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ

~ER LEGISLATIVO( "ado Libre y Soberano

.)eV~-Uave

desechos sólidos y que a un futuro cercano de 3 años este porcentaje aumentaraal setenta por ciento en el mejor de los casos.

Haciendo una estimación del costo que significa enterrar la parte de nuestrosrecursps que no somos capaces de aprovechar, nos da un resultado de cienmillones de pesos solo para construir estos rellenos sanitarios, esto sin tomar encuenta el'costo de operación que es variable.

Por el lado de la recolección. al ser de competencia municipal poco o mida se -hahecho para que esta sea selectiva es decir para tratar de fomentar la separación lomas cerca posible de la fuente generadora (domicilios. comercio's oficinas. etc.),todo esto debido a que para los' municipios la gestión de los residuos no ha

- significado mas que erogación d~ presupuesto en la medida que no se ha aplicadola legislación vigente para que estos cobren por el servicio ya que el cobro delservicio tiene implicaciones politico electorales trascendentes. Otro factor al quese enfrentan las municipalidades en la modificación de la estructura administrativade limpia' pública para la prestación eficiente del servició es el sindicalismo que en

.muchos casos estipula en sus contratos colectivos que el producto de laseparación y reciclaje de los residuos recolectados será para los trabajadores.

Por citar un ejemplo, en la capital del estado el Ayuntamiento tiene que gastaraproximadamente veinte millones de pesos anualmente para brindar el servicio derecolección y transporte de 350 toneladas diarias al sitio de disposición final por elque se paga una cifra aparte que es aportada por el gobierno del estado.

Haciendo una estimación del costo que significaría el operar los sistemas derecolección de 3310 toneladas de basura diarias en todo el estado nos da unacifra de medio millón de pesos diarios, es decir ciento noventa millones de pesosanuales.

Actualmente el costo por brindar el servicio de "Limpia Pública .. se paga a travésde los impuestos, sin embargo el reparto de los ingresos correspondientes no

- responde a lo que verdaderamente cuesta brindar el servicio, situación que' dacomo resultado que el servicio se preste con inefi'ciencia y en muchas ocasionescontribuya a crear otros problemas de contaminación por el mal estado de launidades recolectoras.

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JQ.D.ER LEGISLATIVO( ->lado 1.I"brc YSoberano,,--,De VC!OICnJZ- Llave

Un problema, inherente de los, residuos es que esto signiftea desperdicio. d~ :"recursos. Un aspfi!cto que np debemos olvidar son las consideraciones económicosociales que están ~mplícitas en el tema de residuos, y que se manifiestaen"laproliferación de la actividad de segregación de residuos con fines de reciclado de'los residuos por grupos marginados ("pepenadoreS") en condiciones denigrantes yq'ue han constituido cad~nas prodoctivas informales que involucran centros deacopio, ~Imacenamiento, transporte e instalaciones donde se lleva a cabo ,elreciclaje de residuos al margen de tóda nonnatividad ( que en muchos sentidos esinexistente).

Se ha demostrado que existe una estrecha relación entre la generación ydisposición inadecuada de los desechos sólidos,y: 1.- la ~egradación de lossuelos; 2.- el deterioro de los cuerpos de agua superficiales y subterráneos; 3.-

, bloqueo de drenajes y consecuentes inundaciones y daños; 4.- daños a lasincipientes plantas de tratamiento; q.- afectadóna los recursos naturales; y 6.-1a'contaminación de la atmósfera. .

Considerando la gran cantidad de tratados comerciales que nuestra nación hasuscrito que harán que los consumidores tengan acceso a un'a mayor cantidad deproductos y el crecimiento de la población urbana, se proyécta un cambio en lacantidad y composición los residuos s6Udos.

Antecedentes Legislativos.

En 1988 cuando se publica la Ley General del Equilibrio Ecológico.y la Protecciónal Ambiente se emite el Reglamento de la ley aniba mencionada en materia deresiduos peligrosos, así como una serie de Nonnas Oficiales Mexicanas parafacilitar la identificación, dasificación y disposición,final, aunadas a la particular deresiduos Biológico infecciosos y relativas al manejo de los residuos sólidosmunicipales en el único sentido de su disposición final. Todas esta nonnatividadha estado caracterizada por:a)Falta de distinción entre pequeños y grandes generadores.b)Tendencia a desalentar actividades como prevención de la 'generación yvalorización.c)Fomento de el. confinamiento. c,.

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~~PODER LEGISLATIVO~ Libre Y5obenmo, je Vef'8CI'lIZ - Llave

OFICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEZ,H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

d)Carencia de facultades federales y de su reglamento en materia de producción,:,';de materiales peligrosos que se convertirán obviamente en algún mome(1to' enresiduos.e) Inexistencia de regulación en materia de residuos industriales no clasificadoscomo peligrosos y de residuos de lenta degradación. .Última característica que ha motivado que no exista. información sobre la magnituddel problema que estos generan como: inventarios de generación y manejo; y queno se fomente su manejo ambientalmente adecuado, económicamente viable y .socialmente aceptable.. '

Durante 20 años la facultad de gestión de los residuos peligrosos ha sido decuatro distintas autoridades ambientales (SEDUE, SEDESOL, SEMARNAP ySEMARNAT) provocando que la curva de aprendizaje se vea interrumpida

. periódicamente de manera similar a lo sucedido con las autoridades municipaies.

A pesar de que la Ley General del Equilib~o Ecológico y la Protección -al Ambienteha contemplado que corresponde a los estados la regulación de los sistemas derecolección y transporte, almacenamiento, manejo,. tratamiento y disposición finalde los residuos sólidos indústriales que. no estén contemplados comopeligrosos; la legislación estatal únicamente los ha tratado brevemente en lareciente Ley 62 Estatal de Protección Ambiental para efectos de establecer:a)prevenCiones, b)coordinación o asociación intermunicipal, c)facultades ambiguasa la Secretaría y los Municipios, y d) Un incipiente sistema Información.

En la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se aprobó este año la "LeyGeneral para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos estandopendiente de aprobación en la Cámara de Senadores. Esto significa un gran pasoen la solución de la problemática generada por estos. Esta Ley General pretende:

.Regular la generación, el manejo y la disposición final de todo tipo de residuos,con un enfoque basado en la prevención de su generación, el aprovechamiento desu valor y su gestión integral ambientalmente eficiente, socialmente aceptable yeconómicamente factible, considerando los principios "preventivo", nel quecontamina paga" y los de "realidad", "gradualidad" y ''flexibilidad'', para queresponda a las necesidades y contextos que se presentan en el país.

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OFICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMmGUEZ FERRAEZ.H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

Busca también, definir claramente lo que se entiende por residuo, distinguiendolos diferentes tipos de éstos de acuerdo con sus propiedades y tamaño de f':lentesgeneradoras. Se est¡;¡blecen también elementos para distinguir aquellos residuossusceptibles de aprovécharse económicamente. .

Se busqa también en la iniciativa federal , delimitar claramente· el ámbito deaplicaCión de la normatividad, y establecer en forma ciara las obligaciones de losgeneradores; y fomentar también políticas de transparencia informativa,privilegiando la \?enSibilización del público y la educación de la sociedad,fomentando mecanismos de participación corresponsable de los distintos sectaressociales, en el manejo de residuos.Las políticas que surj¡m de la nueva legislación del Congreso de la Unióncombinarán instrumentos de regulación directa y autorregulación para lograr Io.sfines que se persiguen de la mejor manera en términos de costo y efectividad,reduciendo y simplificando trámites administrativos, y minimizando la generaciónde residuos, la valorización de los mismos y su manejo ambientalmente adecuado.

La situación respecto a la generación de los residuos es unaproblemática urgente,que es preciso abordaren el ámbito legislativo estatal para hacer vigente elderecho al ambiente al que nos referimos en comienzo de esta exposición demotivos.

Se considera entonces que el manejo integral adecuado de los residuos sólidosmunicipales, industriales y de manejo especial es un elemento básico paraalcanzar un sociedad sustentable en nuestro Estado. Ante tal situación, esindispensable generar un marco jurídico que otorgue certidumbre jurídica tanto alEstado como a los ciudadanos y a la iniciativa privada en la tarea de un manejointegral de los residuos de competencia estatal.

Si se lograra el aprovechamiento del 56% de los residuos que corresponden a laparte orgánica y se evitara destinar este volumen a los Rellenos Sanitariosalargaríamos la vida útil de estos casi al doble, es decir abatiríamos el costo deconstrucción de estos al 50% lo que significaría un ahorro de cincuenta millonesde pesos. Y si por lo menos lográramos que la mitad de estos desechos orgánicosfueran "composteados" en la fuente generadora y evitáramos qUA se entregaran alos sistemas de recolección de limpia pública municipales significaria un ahorro de

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRU2.

cincuenta millones de pesos anuales en el estado por concepto dé recoleeción ytraslado. .La presente iniciativa que el Partido Verde Ecologista dé MéxiCo impulsa,"pretende:

• Tener un impacto en .el manejo pe residuos que permitir(l prevenir lageneración de residuos y gestionar integralmente el manejo de. residuoslogrando su efectiva identificación, acopio, almacenamiento, transporte,reutilización, reciclado, remanufactura, tratamiento y disposición final.

.• ' Distribuir competencias de maneraque se permita a los municipios, tanto comoal Estado, participar activamente en el manejo y gestión integral de residuosfortaleciendo la participación de los sectores sociales interesados.

• Inclinar la política en materia de residuos hacia la prevención y red\Jcción en lafuente generadora, así como actividades de reutnización, reciclado,remanufactura, y otros tratamientos {lue permitan minimizar la cantidad deresiduos que debe ser dispuesta finalmente.

• Fortalecer la difusión de la información y participación social, así como la .educación en materia de residuos, con el fin de integrar a la población engeneral y lograr una conciencia colectiva en cuanto a la gestión integral deresiduos.

Todo esto a través de 84 artículos distribuidos en la siguiente estructura:

Titulo Primero. Disposiciones Generales.Capítulo 1. Objeto Y Aplicación De La Ley.Capitulo n. Distribución De Competencias Y Coordinación

Titulo Segundo. Prevención Y Gestión Integral De Residuos Sólidos Urbanos,Industriales Y De Manejo Especial.

Capitulo 1. Prevención Y Generación pe ResiduosCapitulo 11. Manejo De Residuos

Sección Primera. Identificación, Acopio, Almacenamiento,TransporteSección Segunda. Reutilización, Reciclado, Remanufáctura,Tratamiento Y Disposición Final

Capitulo 111. Prestación De Servicios En Materia De Residuos

I'ÁC/.\i.-\ 11 DE SO

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

~DERLEGISLATIVO( -:tado Libre y Soberano

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Título Tetcéro. Prevención De La Contaminación De Sitios Con Residuos, Y SuRemediación

C~pítulo 1. Prevención De La Contaminación De SitiosCapítulo 11. Remediación De Sitios Contaminados

Título Cuarto. Plane~De Manejo Y Sistemas De Manejo AmbientalC~pítulo l. Fines Y Criterios Para El Establecimiento Oe Planes De ManejoCapítulo 11. Formulación E Instrumentación De Planes De ManejoCapitulo 111. Sistemas De Manejo Ambiental

Título Quinto._ Educación; Participación Social E InfonnaciónCapítulo l. Educación Y Participación SocialCapítulo 11. Información

Título Se~to Del Procedimiento Y SancionesC~pítulo 1. Denuncia Popular, Visitas De Inspección Y Medidas DeSeguridadCapítulo 11. Infracciones Y Sanciones AdministrativasC-apitulo 111. Recurso De Revisión

Transitorios

En virtud de lo anteriormente expuesto me permito presentar ante esta soberaníala presente iniciativa COn proyecto de:

LEY ESTATAL DE PREVENCiÓN Y GESTiÓN INTEGRAL DE RESIDUOS.SÓLIDOS URBANOS, INDUSTRIALES Y DE MANEJO ESPECIAL PARA EL

ESTADO DE VERACRUZ. LLAVE.

TíTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

CAPíTULO IOBJETO Y APLICACIÓN DE LA LEY

Artículo 1. La presente Leyes de observancia obligatoria en todo el territorio delEstado y las zonas sobre las que ejerce su soberanía y jurisdicción; susdisposiciones son de orden público e interés social y tiene por....gbjeto regular laprevención de la generación y la gestión integral de los residuos sólidos urbanos,

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ

industriales y de manejo especial que no sean considerados como peligrosos porla legislación federal de la materia, y establecer las,bases para:

1. Determinar los criterios y principios que deberán ser considerados erflageneración, manejo y disposición final de los residuos;

11. Establecer la distribución de competencias en materia de generación;manejo y disposición final de residuos entre el Gobiemo Estatal y losMunicipios;

11l. Fortalecer la capacidad del Gobiemo Estatal y de los MUnicipIOS; pararealizar de manera Coordinada, las funCiones relacionadas con laprevención y gestión integral de los residuos;

IV. Regular la prevención, gen"eraCión, manejo, tratamiento y disposiCión finaldé residuos sólidos urbanos, industriales y de manejo especial;

V. Definir las responsabilipades de los productores, comerciantes,consumidores, así Como de los prestadores de servicios de manejo deresiduos incluyendo la responsabilidad post-consumo;

VI. Facilitar la reutilización, reciclado y remarlufactura de residuos, así como eldesarrollo de mercados para los materiales, residuos y productosreciclabies y reciclados, así como remanufacturables y remanufacturados;

VII. Regularla prevención de la contaminación con residuos de suelos y sitios ysu remediación;

VIII. Fortalecer programas y acciones en materia educativa ambiental a fin delograr la prevención de la generación de residuos sólidos urbanos,industriales y de manejo especial, así como su adecuado manejo y gestiónintegral;

IX. Crear mecanismos para la participación responsable, activa y efectiva detodos los sectores sociales, en las acciones tendientes a prevenir la

"generación, aprovechar el valor y lograr una gestión integral de los"residuos;

X. Fomentar la innovación tecnológica, la eficiencia ecológica y lacompetitividad de los procesos productivos, induciendo la incorporación debuenas prácticas, el diseño ambiental de productos y procesos más limpiosde producción, que contribuyan a reducir la generación de residuos;

XI. Establecer un sistema de información relativa a la generación y gestiónintegral de los residuos sólidos urbanos, industriales y de manejo especial,así como de sitios contaminados y remediados;

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XII.

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CONGRESO DEL ESTADQ DE VERACRUZ

1...Ievar a cabo la verifiCación del cumplimiento de esta l...ey y de lasdisposiciones que de ella deriven, e imponer las medidas de seguri.dad ysanciones que correspondan.

n

Artículo 2. En todo lo no previsto' en la presente Ley, se aplicarán, en loconducente, los criterios, principios y demás disposiciones contenidos en la LeyEstatal No. 62 de Protección Ambiental y los ordenamientos juñdicos que de ellase deriven, relacionados con las materias que regula este ordenamiento.

Artículo 3. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley y de lasdisposiciones que de ella se deriven, son aplicables las definiciones contenidas enla Ley Estatal de Protección Ambiental, así como las siguientes:

1. Acopio: Acción tendiente a reunir residuos en un iugar determinado yapropiado, para su recolección y posterior manejo o disposición final;

11. Almacenamiento: Retención temporal de los residuos, en iugares propiciospara prevenir daños al ambiente, los recursos naturales y a la salud de lapoblación, conforme se establezca en las disposiciones reglamentarias ynormativas correspondientes;

111. Aprovechamiento de residuos: Conjunto de acciones cuyo objetivo esmantener a los materiales que los constituyen, en los ciclos económicos ocomerciales, mediante su reutilización, remanufactura, rediseño,reprocesamiento, reciclado y recuperación de materiales secundarios o deenergia con lo cual no se desperdicia su valor económico;

IV. Composta: Proceso de descomposición de materia orgánica mediante laacción de microorganismos específicos y mezcla de tierra.

V. Consumo sustentable: Conjunto de acciones que se realizan para elegir,adquirir y aprovechar al máximo el valor de los materiales usados en losproductos comerciales, considerando la posibilidad de evitar el agotamientode los recursos naturales, así como de prevenir o reducir la generación deresiduos o la liberación de contaminantes al ambiente y los riesgos que estoconlleva; .

VI. Disposición final: Acción de depositar o confinar permanentemente residuosen sitios e instalaciones cuyas características permitan prevenirafectaciones a la salud de la población y a los ec~.istemas y suselementos;

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VII.

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XI.

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XIII.

XIV.

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XVI.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

Establecimiento: Conjunto de construcciones, espacios, equipos,dispositivos, lugar~s y otros recursos de los que se disponga para larealización de actividades industriales, comerciales o de ServiCios;E:stado: Esta&l L1b-re y Soberano de VERACRUZ - LLAVE _ .. -Gestión integral: Conjunto de acciones normativas, operativas, financieras,de planeación, administrativas, sociales, educativas, -de monitoreo,supervisión y evaluación para el manejo de residuos en las distintas etapasde su ciclo de vida, desde la generación hasta su disposiciqn finali-a fin delograr beneficios ambientales, la optimización económica de su máneJo y suaceptación social, respondiendo a las necesidades y circunstancias de Cadalocalidad o región;Generador. Persona fisica o moral que produce residuos, a través deldesarrollo de procesos productivos o de consumo;Insumo: Material primario o secundario, subproducto o residuo empleadocomo base para procesos de tranSformación o manufactura de productosde consumo o para brindar servicios;Inventario de residuos: Base de datos en la cual se asientan con orden yclasificación los volúmenes de generación de los diferentf¡ls residuos, quese integra a partir de la información proporcionada por los generadores enlos formatos establecidos para tal fin de conformidad con lo -dispuesto eneste ordenamiento, así como a través de estimaciones y muestreos;Ley: Ley Estatal de Prevención y Gestión Integral de Residuos SólidosUrbanos, Industriales y de Manejo Especial;Liberación al ambiente: Descarga, inyección, inoculación, depósito,derrame, emisión, vaciado, vertimiento, rociado, pulverizado, abandono,escurrimiento, fuga, escape, o goteo de residuos o de los materiales yagentes patógenos contenidos en ellos, en los medios naturales;Manejo: Conjunto de acciones que involucran la identificación, acopio,almacenamiento, transporte, reutilización, reciclado, remanufactura,tratamiento y en su caso disposición final de residuos;Plan de manejo: Instrumento de gestión que contiene el conjunto deacciones, procedimientos y medios dispuestos para facilitar la devolución yacopio de productos de consumo que al desecharse se convierten enresiduos, a fin de que sean enviados a instalaciones en las que se sujetarána procesos que permitirán su aprovechamiento económico, tratamiento odisposición final ambientalmente adecuados;

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(\ De Veracnu: - Llave

XVII. Proceso productivo: Conjunto de actividades relacionadas con la extracción,beneficio, transformación, procesamiento y/o utilización de materiales paraproducir bienes y servicios;

XVIII. Producto: Bien que generan los procesos productivos a partir de lautilización de materiales primarios o secundarios;

XIX. Recidado: Transformación de los residuos a través de distintos procesosque permiten restituir su valor económiCo, evitando así su disposicióh final,siempre y cuando esta restitución favorezca un ahorro de E1nergía ymaterias primas sin perjuicio para la salUd, los ecosistemás o suselementos; .

XX. Recolección: Acción que tiene por objeto trasladar losresidl.los hacia-elvehículo o equipo que los conducirá a las instalaciones necesarias para sumanejo odisposición final;

XXI. Rediseño: Revisión y adecuación de los procesos· productivos y productosde consumo para reducir la generación de residuos, hacer un uso máseficiente de los materiales y de la energía que involucran en swtransformación, así como facilitar la remanufactura y reciclado de talesproductos;

XXII. Relleno sanitario: Obra de infraestructura que aplica métodos de ingenieríapara la disposición final de los residuos sólidos urbanos ubicada en sitiosadecuados al ordenamiento ecológico del territorio, mediante el cual losresiduos se esparcen y compactan al menor volumen práctico posible, y secubren con material natural o sintético para prevenir o reducir la liberaciónde contaminantes al ambiente, procesos de combustión no controlada, lageneración de malos olores, la proliferación de fauna nociva· y demásproblemas ambientales y sanitarios;

XXIII. Remanufactura: Proceso mediante Eil cual se desensamblan productos deconsumo usados, se limpian, reparan, reemplazan sus partes y se vuelvena ensamblar para generar un producto reconstituido que pueda volver autilizarse;

XXIV. Remediación: Conjunto de medidas a las que se someten los suelos y sitioscontaminados para eliminar o reducir los contaminantes, prevenir sudispersión en el ambiente sin modificarlos, y eliminar o reducir los cambiosnocivos en las características físicas, químicas o biológicas de los sueloscontaminados, a fin de prevenir o disminuir riesgos ambien¡;"les;

XXV. Residuo: Material, insumo, producto o subproducto, generado en losprocesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo,

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utilización, control o procesamiento, que se descarta y que puede sersusceptible de ser aprovechado o requiere sujetarse a tratamiento odisposición final conforme a lo dispuesto en esta Ley· y demásordenamientos que de ella deriven;

XXVI. Residuos de manejo especial: Aquellos que por su alto volumen requieransujetarse a planes de manejo específicos, con el propósito de segregarlos,acopiarlos, transportarlos, aprovechar su valor o sujetarlos a tratamiento odisposición final, debidamente controlados; _

XXVII. Residuos industriales: Aquellos que se generan en los distintos 'procesosproductivos que se desarrollan en el sector industrial, en estado sólido,semisólido o como líquidos o gases contenidos, que no sean consideradoscomo peligrosos en los términos de la legislación federal de la matena;

XXVIII. Residuos sólidos urbanos: Los generados en las casas habitación,que resultan de la eliminación de los matenaleS que utilizan en· susactividades domésticaS, de los productos que consumen y de sus envases,embalajes· o empaques; que provienen de cualquier otra actividad quegenere residuos con características domicilianas, y los resultantes de lalimpieza de las vías y lugares públicos, siempre que no sean consideradoscomo residuos de manejo especial;

XXIX. Reutilización: El empleo de un matenal o residuo previamente empleado,sin que medie un proceso de transformación;

XXX. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Regional;XXXI. Sistemas de Manejo Ambiental: Conjunto de medidas adoptadas a través

de las cuales se incorporan clitenos ambientales-en las actividadescotidianas de una organización, con el objetivo de minimizar su impactonegativo al ambiente, mediante el ahorro y consumo eficiente de agua,energía y matenales, y que alienta con sus políticas de adquisiciones laprevención de la generación de residuos, su aprovechamiento y su manejointegral;

XXXII. Sitio contaminado: Lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación ocualquier combinación de éstos que ha sido contaminado con residuossólidos urbanos, residuos industnales y/o residuos de manejo especial;

XXXIII. Subproducto: Matenal obtenido en forma colateral como sobrante omerma de un proceso productivo, que puede ser comercializado o servircomo materia pnma en un proceso igualo diferente al que lo generó, en lainstalación que lo produjo o en otra;

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, XXXIV. Transporte: Traslado de materiales, subproductos b residuos de unlugar a otro; .. .

XXXV. Tratamiento: Procedimientos físicos, químicos Q biológicos, mediante los. cuales se Cambian las caracte'rísticas de los residuos y se reduce suvolumen;

. , CAPITULO 11DISTRIBUCiÓN DE COMPETENCIAS Y COORDINACiÓN..

,Artículo 4. Corresponde al Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría:, . .

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1.

11.

111.

IV.

V.

VI.

Formular, .Conducir y evaluar la política estatal en materia de prevenCión dela generaciólj, aprovechamiento y gestión integral de los· residuos sólidosurbanos, residuos industriales y residuos de manejo espeCial no peligrosos,así como remediaCiór'l de sitios contaminados con dichos residuos;Expedir reglamentos, ordenamientos y disposiciones jurídicas en materia deprevención de la generación, aprovechamiento y gestión integral de losre,siduos sólidos urbanos, residuos industriales no peligrosos y resid\-los demanejo. especial, así como la' remediación de' sitios contaminados condichos residuos;:, ,," ,', ~" 'Emitir Normas Técnicas Ambientales en materia de sistemas demañejo ygestión integral de los residuos antes señalados, incluyerido recolección,acopio, almacenamiento, transporte, transferencia" reciclado,remanufactura, tratamiento y disposición fin¡¡1 de los mismos; ,_, .Vigilar el cumplimiento de los instrumentos, disposiciones jurídicas, NormasTécnicas Ambientales y Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con elmanejo y gestión integral de residuos, e imponer las sanciones y medidasde seguridad que resulten aplicables; .Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los residuos

• infecciosos y demás residuos peligrosos generados o manejados por microy pequeños' generadores, de conformidad con la legislación federal de, lamateria;" '. . .'... .." ..

,Participar, en el marco del sistema nacional de protección civil yen'coordinación con el Gobierno Federal; en el establecimientoy operación deun sistema para la prevención y control de contingencias y em'ergenciasambientales derivadas de la gestión de residuos; " .

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PODER LEGISLATIVO~ Libre YSoberanor ')eVe~- Llave

VII. Fonnular. establecer y evaluar, con la participación de los municipio!?correspondientes, los Sistemas de Manejo Amb(ental del Gobierno Estatal ypara que se apliquen en las dependencias y entidades dé la administraciónpública ~statal; ..

VIII. Establecer el registro; evaluar y autorizar, con la participación y aprobaciónde las autoridades municipales, Jos planes de manejo para la instalación desistemas destinados al manejo de los residuos sólidos urbanos, industrialesy de manejo especial, incluyehdo la recolección, acOpio, almaceramiento,transporte, tratamiento, reciclado, remanufactura y disposición finaí;

IX. Fonnular, con la participación y aprobación del Municipio correspondiente,los programas para el establE;!cimiento de sistemas .dé. manejo y gestiónintegral dé residuos sólidos urbanos, industriales y dé manejo especial y ·1aconstrucción y operación de rE!lIenos sanitarios; .

X. Someter los programas mencionados en la fracción anterior, a aprobaciónpor parte de la autoridad federal correspondiente con ·objeto de recibirrecursos financieros del Gobierno Federal para tal fin;

Xl. Diseñar, promover ante las dependencias competentes su establecimientoy aplicar instrumentos económicos, fiscales, financieros y de mercado, quetengan· por objeto prevenir o, evitar la generación de residuos, elaprovechamiE!nto de su valor y su gestión integral y sustentable, así comoprevenir la contaminación de sitios con residoos, y en su caso suremediación;

XII. Diseñar y promover ante Jos responsables del manejo de residuos,mecanismos y acciones voluntarias tendientes a prevenir, evitar y minimizarla generación de residuos, así como la contaminación de suelos o sitios conellos, de acuerdo con lo previsto en este ordenamiento;

XIII. Promover, en coordinación con el Gobierno Federal, Municipales yparticipación de representantes de sectores sociales interesados, lainvestigación, desarrollo y aplicación de tecnologías, equipos, sistemas,procesos e infraestructura que eliminen, reduzcan o minimicen la liberaciónal ambiente de contaminantes y mejoren la gestión integral de residuossólidos urbanos, industriales y de manejo especial en el Estado y susmunicipios;

XIV. Promover la educación continua y capacitación de personas, grupos yorganizaciones de todos los sectores de la sociedad; así como desarrollarel conocimiento para contribuir al cambio de hábitos negativos deproducción y consumo, fomentar el consumo sustentable y desarrollo de

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procesos que eviten (, minimicen la generación de residuos, aprovechen suvalor y se les, otorgue un manejo integral ambientalmente adecuado; .Promover la participaé;ión de grupos y organizaciones públicas, privadas ysociales én el diseño e instrumentación de acciones para prevenir lageneración de residuos y llevar a cabo su gestión integral adecuada;Determinar y publicar en la Gaceta Oficial del Estado los listados deresiduos sólidos uribanos, industriales y de manejo especial que no esténconsiderados como peligrosos y sus actualizaciones; ,Integrar la información relativa al manejo y gestión integral de'residuossólidos uribanos y de manejo especial, así como de los sitios contaminadoscon estos al Sistema Estatal de Información Ambiental y de RecursOSNaturales, y asegurar su acceso y difusión;Coadyuvar con el Gobierno Federal en la integración de los subsistemas deinformación nacional sobre la gestión integral de residuos y la prevenciÓl'1 yremediación de la contaminación. de suelos, proporCionando la informaciónrelativa a la generación y manejo de los residuos sólidos uribanos y de.manejo especial, así como de los sitios contaminados con ellos, en susentidades y municipios;Suscribir convenios o acuerdos de coordinación con la Federación paraasumir y desarrollar las facultades que le sean conferidas, de conformidad .con esta Ley y la legislación federal de la materia; .Suscribir con otros Estados, convenios o acuerdos de coordinación ycolaboración administrativa respecto del manejo integral de residuos de sucompetencia;Suscribir con los gobiernos Municipales, acuerdos de coordinación a efectode que asuman la realización de las funciones del Estado en materia degestión integral de residuos sólidos uribanos, industriales y de manejoespecial;Suscribir convenios y contratos con los representantes de los grupos yorganizaciones sociales, públicos o privados, para llevar a cabo accionestendientes a cumplir con los objetivos de esta Ley, en las materias de sucompetencia;La evaluación de impacto ambiental y otorgamiento de autorizaciones desitios de reciclado, remanufactura, tratamiento y disposición final deresiduos sólidos uribanos, 'industriales y de manejo especialr,o peligrosos;Determinar, los indicadores que permitan evaluar la aplicación del presenteordenamiento;

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XXV. Las demás que se establezcan en este y otros ordenamientos jurídiCOs queresulten aplicables;

Artículo 5. Corresponde a las Autoridades Municipales:

1. Formular, conducir y ev¡:¡luar la política municipal en materi¡:¡ de prevenciónde la generación, aprovechamiento y gestión integral de los residuossólidos urbanos, residuos industriales y residuos de manejo especial nopeligrosos, así como remediación de sitios contaminados con dichosresiduos;

11. Dictar los bandos de policía y buen gobiemo, reglamentos, circulares ydisposiciones administrativas que correspondan, para· que en sus·circunscripciones s-e apliquen y cumplan las previsiones en materia de .prevención de la generación, aprovechamiento y gestión integral de losresiduos sólidos urbanos, residuos industriales y residuos de manejoespecial no peligrosos, así como remediación de sitios contaminados condichos residuos;

111. Vigilar el cumplimiento de los instrumentos, disposiciones jurídicas NormasTécnicas Ambientales y Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con elmanejo y gestión integral de residuos, e imponer las sanciones y medidasde seguridad que resulten aplicables;

IV. Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los residuosinfecciosos y demás residuos peligrosos generados o manejados por microy pequeños generadores, de conformidad con la legislación federal de lamateria;

V. Participar, en el marco del sistema estatal de protección civil y encoordinación con el Gobierno Estatal, en el establecimiento y operación deun sistema para 1a prevención y control de contingencias y emergenciasambientales derivadas de la gestión de residuos; .

VI. Participar en la elaboración de los Sistemas de Manejo Ambiental delGobierno Estatal y para que se apliquen en las dependencias y entidadesde la administración pública estatal;

VII. Formular, establecer y evaluar los Sistemas de Manejo Ambiental delGobierno Municipal para que se apliquen en las dependencias y entidadesde la administración municipal;

VIII. Aprobar los planes de manejo para la instalación de sistemas destinados almanejo de los residuos sólidos urbanos, residuos industriales y de manejo

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especial, incluyendo la recolección, acopio, almacenamiento, transporte,tratamiento, reciclado, 'remanufactura y disposición final; .

IX. Aprobar los programas para el establecimiento de sistemas de manejo ygestión integral de residuos sólidos urbanos, industriales y de manejoespecial y la construcción y operación de rellenos sanitarios;

X. . Fonnular, evaluar y aprobar los programas municipales de prevención ygestión integral de residuos y de prevención d.e la contaminación, de sitioscon residuos;

XI. Promover, en coordinación con el Gobi.emo Federal, Estatql, y con laparticipación de los inversionistas y representantes de sectores socialesinteresados, la investigación, desarrollo y aplicación de tecnologías,equipes, sistemas, procesos e infraestructura que eliminen, reduzcan Ominimicen la liberación al ambiente de contaminantes y mejoren la gestiónintegral de rE¡slduoS sólidos urbanos, industriales y de manejo especial en elmunicipio; ,

XII. Promover, en coordinación cOn los diferentes niveles de gobiemo y con laparticipación de los inversionistas y representantes de seClores socialesinteresados, la investigación, desarrollo y aplicación de tecnologías,equipos, sistemas, procesos e infraestructura que eliminen, reduzcan ominimicen la liberación al ambiente de contaminantes y mejoren la gestiónintegrar de ,residuos peligrosos en el municipio,' de acuerdo con lalegislación federal y estatal de la materia;

XIII. Manejo y gestión integral de residuos sólidos urbanos, industrialeS y de'manejo especial, así como administración y operación de las instalaciones yconfinamientos de dichos residuos cuando sean de propiedad municipal obien la supervisión del concesionario de estos;

XIV. Manejo de los residuos peligrosos que se generen en los hogares encantidades iguales o menores a las que generan los microgeneradores, aldesechar productos de consumo que contengan materiales peligrosos, asícomo en inmuebles habitacionales o en oficinas, instituciones ydependencias;

XV. Autorizar pennisos para la prestación de servicios en materia de residuosde confonnidad con esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables;

XVI. Diseñar, promover ante las dependencias competentes su establecimientoy aplicar instrumentos económicos, fiscales, financieros y ;:~ mercado, quetengan por objeto prevenir o, evitar la generación de residuos, elaprovechamiento de su valor y su gestión integral y sustentable, así como

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p~venir la contaminación de sitios con residuos, y en su caSo suremediaciórr, :Diseñar y promover ante los responsables del manejo de residuos,mecanismos y acciones voluntarias tendientes a prevenir, evitar y minimizarla generación de residuos, as! como la contaminación de suelos o sitios conellos, de acuerdo con lo previsto en este ordenamiento;Promover la educación continua y capacitación de personas, grupos yorganizaciones de todos los sectores de la sociedad; así como desarrollarel conocimiento para contribuir· al cambio de hábitos negativos deproducción y consumo, fomentar el consumo sustentable y desarrollo deprocesos que eviten o minimicen la generación de residuos, aprovechen SUvalor y se les otorgue un manejo integral ambientalmente adecuado;Promover la participación de grupos y organizaciones públicas, privadas ysociales en el diseño e instrumentación de acciones para prevenir lageneración de residuos y llevar a cabo su gestión integral adecuada;Formular y conducir la política municipal de información y difusión ehmateria de residuos y asegurar el acceso y difusión de dicha información.·Coadyuvar con el Gobierno Estatal en la integración del subsistema estatalde información sobre la gestión integral de residuos y la prevención yremediación de la contaminación de suelos, proporcionando la informaciónrelativa a la generación y manejo de los residuos sólidos urbanos y demanejo especial, así como de los sitios contaminados con ellos, en susentidades y municipios;Suscribir convenios o acuerdos de coordinación con el Estado u otrosmunicipios de conformidad con esta Ley, respecto de la realización defunciones en materia de residuos. .Suscribir convenios y contratos con los representantes de los grupos yorganizaciones sociales, públicos o privados, para llevar a cabo accionestendientes a cumplir con los objetivos de esta Ley y demás ordenamientosen las materias de su competencia;Las demás que se establezcan en este y otros ordenamientos jurídicos queresulten aplicables.

Articulo 6. El Gobierno Estatal, por conducto de la Secretaría, podrá suscribirconvenios o acuerdos de coordinación y colaboración administrativa con laFederación, otros Estados, los Municipios o con representantes de los grupos yorganizaciones sociales, públicos o privados, respecto de funciones en materia de

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OFICINA DEL C. DLP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEZ.H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

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residuos sólidos urbanos, industriales y de manejo especial, siempre que seasegure la capacidad técnica, económica y operativa de la parte que asumefunciones en la materia..

Artículo 7. Los cOnvenios o acuerdos de coordinación y colaboraciónadministrativa que suscriban el Ejecutivo Estatal y los Municipios deberánajustarse a las siguientes bases:

1. Definirán con precisión las materias y actividades que constituyan el objetodel convenio o acuerdo;

11. El propósito de los convenios o acuerdos de coordinación deberá sercongrue'nte con la política ambiental nacional, estatal y municipales y lasdisposiciones del Plan Nacional de Desarrollo y el Convenio de Desarrollo'Social que suscriben anualmente el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal;

111. Se describirán los bienes y recursos que aporten las partes esclareciendocuál será su destino específico y su fonna de administración;

IV, Se especificará la vigencia del convenio o acuerdo, sus formas detenninación y de solución de controversias y, en su caso, de prórroga;

V. Contendrán las demás estipulaciones que las partes consideren necesariaspara el correcto cumplimiento del convenio o acuerdo.

VI. Los convenios a que se refiere el presente Articulo, deberán ser publicadosen la Gaceta Oficial del Estado y/o en el Diario Oficial de la Federaciónsegún corresponda,

TíTULO SEGUNDOPREVENCiÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS,

INDUSTRIALES Y DE MANEJO ESPECIAL

CAPITULO I '"PREVENCiÓN Y GENERACiÓN DE RESIDUOS

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OfICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEZ,H. QUlNCUAGtSlMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ,

~pER LEGISLATNOl .stado LtDr'e YSoberano

De VerBCnJZ. - Uave

Artículo 8. Es responsabilidad tanto de los productores de bienes, así como de losconsumidores.... el c.ontrolar la cantidad de residuos sólidos munidpale$,industriales y·de-manejo especial que se generan como subproducto del consumo.

.. . .Artículo 9. [os responsables de la elaboración y distribución de prodl,lctos oempaques que eventualmente constituyan residuo.s están obligados a:

1. Proourár el ~diseño ·de· .productos, .. así como su reml;lnutactura '1 lautilización de insumas en sus procesos productivos; . .

11. Integrar tecnologías que permitan el uso de l)1ateriale~ que puédan serreutilizados, reciclados o biodegradados cuando el producto o su empaquesean considerados como residuos; .

111. Informar a los consumidores sobre las posibilidades en materia dereutiljzación, reciclado ylo biodegradacióti de materiales inch,Jidos en ·elprodl!cto o su empaque y que eventualmente serán residuos;

IV. Incentivar a sus clientes a llevar mercancías en bolsas, redes, canastas,cajas u otros recipientes que puedan volver a ser utilizadas y deberán.contar fuera de sus establecimientos con depósitos para depositar lasbolsas, empaques u otros residuos relacionados con las actividades del

.establecimiento.V. Participar en el diseño e instrumentación de programas para reducir la

generación de residuos y aprovechar su valor y danes un manejoambientalmente ·adecúado;

VI. Coadyuvar en las actividades de reutilizaciónl reciclado ylo biodegradaciónde materiales incluidos en el producto o s~ empaque;

VII. Participar en los eventos educativos respecto de residuos de conformidadcon el Titulo Quinto de esta Ley;

VIII. Cumplir con lo· establecido en la regulación Federal, Estatal y Municipal enmateria de residuos.

Artículo 10. Los generadores de residuos sólidos municipalesl industriales y demanejo espeCial y quienes brinden servicios que involucren este tipo de residuosestán obligados a:

l. Reducir el consumo de productos que eventualmente generen residuossólidos municipales, industriales o de manejo especial;

11. Informarse sobre las diversas posibilidades en cuanto al reutilización,reciclado y biodegradación de los residuos generados;

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

"

111. Informarse acerca de las medidas y práctiGBS d.e manejo que les ~yudarán

a prevenir o reducir riesgos a la salud, el ambiente 0105 bienes al des~charresiduos; . ~: .

iV. Realizar o destinar los residuos a actividades de separaCión:reiJtili~ción,reciclado y/o camposta con el fin de reducir la caotidad de residuO,sgenerados al rango establecido por el municipio correspondiente;

V. Entregar a los ~ervicios de Jimpla, en los días y horas señalados, losresic;iuos que na sean sometidos a reutilización, reciclado y/o qomposta;

VI- Cuando se trate de unidades habitacionales y de otros; grande'sgeneradores de residuos s9lidos. urbanos, se deberá contar con I,.In e~pacio

destinado exclusivamente al acopiq y almacenamiento de los mismos, en'condiciones seguras y ambientalmente adecuadas;

VII. Las personas que realicen campañas publicitarías en las vías públicasusaran preferentemente materiales reciclables y se harán cargo, de elloscuando se desprendan dé los lugares en los que fueron colocados. Paraello, deberán estableger y presentar un plan para su acopio y. envío aempresas de reciclado. L~s mismas obliga,cibnes corre~ponderán a tospartidos políticos en sus campañas con fines publicitarios y de divulgacion,sin pe~uicio de lo que aJ respecto señala la legislación en materia electoral~

VIII. Los' propietarios o encargados de expendios, b9degas, comercios,industrias o cualquier otro tipo de establecimiento, que con motivo de la

.carga o descarga de la venta o consumo inmediato de sus productos,contaminen la vía pública están obligados a instalar depósitos de basura yal aseo inmediato del lugar, _ '

IX Participar en los eventos educativos respecto de residuos de conformidadcon el Titulo Quinto de esta Ley;

X. Cumplir con lo establecido en la regulación Federal, Estatal y Municipal enmateria de residuos.

Artículo 11. Los generadores de residuos de manejo especial están obligadosademás a:

l. Obtener el registro de la autoridad ambiental respectiva;11. Identificar, clasificar y segregar los residuos;111. Presentar un infonne bienal o elaborar una bitácora que .;;e conservará y

mantendrá a la disposición de las autoridades competentes, en los que se

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRlIZ.11

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asienten ros datos acerca de la generación y modalidades de manejo a lasque sujetaron sus residuos, según corresponda al tipo de generador; .

IV. Establecer programas para prevenir, minimizar y evitar la generación deresiduos; 11 .

V. Almacenar temporalmente los residuos dentro de sus instalaciones deacuerdo con las medidas de seguridad que correspondan según suscaracterísticas y los tiempos que establezcan los ordenamientos jurídiCOscorrespondientes. En cualquiEilr caso, se deberá prevenIr la generación delixiviados y su infiltración en los suelos, así como el arrastre por el agua delluvia o por el viento de tales residuos, 'y se deberá disponer de los mediospara contener fugas, derrames o incendios.

VI. Prevenir. la contaminación de suelos y al cierre:o suspensión deoperaciones dejar los suelos libres de todo tipo de residuos y niv.eles decontaminación; y

VII. Evitar el envío a disppsición final en celdas de confinamiento o ·en rellenossanitarios, de residuos potencialmente reciclables, cuando su reciclado seatécniéa y económicamente factible o se cuente con planes de manejoespecíficos para ellos.

VIII. Utilizar solamente empresas registradas o autorizadas 'Por las autoridadescompetentes, según corresponda, para el manejo de sus residuos.

Artículo 12. Cada ayuntamiento se ajustará a la clasificación 'de residuosestablecida en la legislación federal de la materia y establecerá la cantidad deresiduos sólidos municipales, industriales y de manejo especial que es capaz demanejar haciendo uso de todos los medios que estén a su disposición. Con baseen ello y en el número y distribución de la pO,blación, establecerá límites y rangospara la cantidad de residuos sólidos municipales, industriales y de manejo especialque podrán ser generados en residencias, oficinas, comercios y demásestablecimientos localizados dentro de dicho municipio. .

Artículo 13. Las autoridades correspondientes en materia de residuos sólidosmunicipales, industriales y de manejo especial, promoverán y aplicarán incentivosal cumplimiento de las disposiciones contenidas en este ordenamiento. y deconformidad con la Ley 62 Estatal de. Protección Ambiental y demásordenamientos aplicables.

CAPITULO 11

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CONGRESO DEL ESTADO DE VE~CRuz.

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'- .De Veraauz- Uave

MANEJO DE RESIDUOS

SECCiÓN PRIMERA .IDENTIFICACIÓN, ACOPIO, ALMACENAMfENTO,' TRANSPORTE

!l

Artículo 14. La identificación, acopio, almacenamiento y transporte de resid~os

sólidos municipales, industriales y de manejo especial se ilevará a cabo yonfonnea lo que establezca ~sta Ley. la legislación federal de la materia, las notmasoficiales mexicanas y las normas técnicas ambientales, así como 1as disposicionesque establezcan los municipios.

Artículo 15. Los volúmenes de residuos sólidos que· excedan la cantidadconsiderada para residuos sólidos urbanos serán objeto de maneJo especial, suidentificación, acopio. alma~enamiento y transporté a sitio. de reciclado o

. remanufactura o disposición final debe ser contratado por el generador o usuario.

Artrculo 16. Los responsables de las actividades de identificación, acopio,almacenamiento y transporte de residuos sólidos ·municipales, industriales y demanejo especial deberán observar medidas para prevenir, controlar y solucionarde manera segura y ambientalmente adecuada cualquier anomalía _en larealización de dichas actividades.

Artículo 17. El transporte de residuos sólidos urbanos, industria1es, de manejoespecial y peligrosos a través del territorio pel Estado se realizara con previaautorización de las .autoridades estatales ~ municipales correspondientes ytomando en cuenta:

1. las condiciones necesarias para el transporte dependiendo del tipo deresiduos de que se trate;

11. Las medidas de seguridad en el transporte tanto para el medio ambientecomo para la salud humana y de los ecosistemas;

111. Las mejores rutas de transporte dependiendo del lugar de salida y el dedestino de los residuos. . ,1

\.El transporte se hará exclusivamente dentro de la caja de los mismos. En el casode vehículos con caja abierta, los residuos deberán ser cubiertos para evitar su

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ

~ERLEGISLATIVO( 'ado Libre y Soberano" ve Verantlz -LlllVe

dispersión. Queda prohibido llevar cualquier clase de residuos en cualquier sitiodel exterior del vehículo.

SECCiÓN SEGUNDA"REUTILIZACIÓN, RECICLADO, REMANUFACTURA, TRATAMIENTO y

.. DISPOSICiÓN FINAL

Artículo 18. La reutilización," reciclado, remanufactura, tratamiento y di~po~ición"final de residuos sólidos "municipales, industriales y de manejo especial se llevaráa cabo conforme a "lo que establezca esta Ley, la legislación federal de la materia,las normas oficiales mexicanas y las normas técnicas ambientales", así como las"disposiciones que establezcan los municipios. " "

flArtículo 19. Los establecimientos para el reci4lado, remanufactura, tratamiento ydisposición final de residuos sólidos urbanos, industriales y de manejo especialdeberán:

L Obtener registro para realizar dichas actividades, otorgado por la autoridadestatal "competente;

11. Ubicarse en zonas apropiadas de conformidad con lo dispuesto por elordenamiento ecológico territorial y Rlanes de desarrollo urbano, y enlugares que reúnan los criterios que ¡¡establezcan las normas 0ficialesmexicanas y normas técnicas ambientales aplicables;

111. Operar de manera segura y ambientalmente adecuada de conformidad conlas leyes y regulación e"n la materia;

IV. Contar con programas para" prevenir y responder a contingencias oemergencias ambientales y a accidentes;

V. Contar con personal capacitado y continuamente actualizado;VI. Contar, en su caso, con garantías financieras para asegurar que al cierre de

las operaciones en sus instalaCiones, éstás queden libres de residuos y ~o

presenten niveles de contaminación qué' puedan representar un riesgo parala salud y el ambiente; '1

VII. En el caso de la disposición final, contar con un programa de cierre de lasinstalaciones y de supervisión posterior al cierre por una" duración mínimade 20 años, sustentado en garantias financieras.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRl1Z.il

n

Artículo 20. En relación con la generación, manejo y disposición final de residuossólidos urbanos, indust$les y de manejo especial, se prohíbe: .

1. Alojar residuos en las vías o lugares públicos, lotes baldíoS, barrancas,cañadas, redes de drenaje, cableado eléctrico o telefónico, de gas, encuerpos de agua, en el mar, cavidades subterráneas, áreas riat~rales

protegidas -o áreas privadas de conserVación, y en tod,o lugar no autorizadopara tales fines; 11

11. QUemar residuos a cielo abierto, su utilización en calderas y otro$equiposde combustión, y el tratamiento de residuos de manejo especial sin laautorización correspondiente;

111. Tratar o disponer finalmente de residuos, en áreas de seguridadaeroportuaria y otras áreas no destinadas para dichos fines;

IV. Abrir tiraderos de residuos sólidos urbanos o de manejo especial a cieloabierto; y

V. Obtener residuos de otros Estados con el objetivo de disponer finalmentede ellos.

Artículo 21. Tratándose de residuos peligrosos que se generen en lbs hogares,inmuebles habitacionales u oficinas, instituciones y dependencias en cantidadesiguales o menores a las que generan los microgeneradores <le conformidad con lalegislación federal de la materia, las autoridades Municipales se sujetaran a loestablecido por la regulación en materia de residuos peligrosos.

CAPITULO 11IPRESTACiÓN DE SERVICIOS EN MATERIA DE RESIDUOS

Artículo 22. La instalación y operación de las cadenas productivas que intervienenen la identificación, acopio, almacenamiento, :transporte o cualquier otra actividaden preparación de los residuos para su reutilización, reciclado, remanufactura,tratamiento o disposición final, incluyendo'¡ grupos de personas de escasosrecursos, microempresas familiares y pequeñas empresas que forman parte de lasinstalaciones para la recuperación de recursos, deberán:

1. Obtener registro de las autoridades municipales competentbs;11. Ubicarse en zonas favorables para la realización de sus actividades de

conformidad con la regulación aplicable;

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111. Operar de acuerdo con los lineamientos de buenas prácticas y medidas deseguridad. y desempeño' ambiental' que establezcan las autoridadescompetentes;

IV; Proporcionar a las autoridades la infonnación n!3cesaria para integrar' elsistema estatal de informadón sobre la gestión integral de residuos y laprevención y remediaci6n de la contaminaclón de suelos.

Articulo 23. La prestación de servicios de reciclado, remanufactura, tratc,amiento ydisposición final de residuos requiere de autorización previa de la Secretaría ydeberá sujetarse a lo dispuesto en esta Ley y los ordenamientos jurídicos que deella deriven.

Artículo 24. Los responsables de la operación de las empresas que presten aterceros los servicios de reciclado, remanutactura, tratamiento y disposición finalde· residuos, deberán:

1. Contar con los permisos y autorizaciones correspondientes;11. Desarrollar sus proyectos y actividades de conformidad con la autorización

otorgada por la Secretaría; '.111. Desarrollar sus proyectos y actividades considerando el volumen y

características de los residuos que acopian o almacenan, la frecuencia deingreso y salida de los residuos de sus instalaciones, la distancia que lassepara de. las fuentes generadoras a las que atenderán y los sitios endonde se les dará destino final a los mismos;

IV. Presentar un informe acerca del manejo y destino otorgado a los residuosde que se trate, con la periodicidad y ·en los formatos que se determine enlas disposiciones reglamentarias del presente ordenamiento; .

V. Capacitar, acreditar y mantener actualizada la capacitación de lostrabajadores involucrados en el manejo de los residuos y la operación delos procesos, tecnologías y equipos qt,Je para tal fin se requieran;

VI. Establecer y mantener actualizados, -programas para prevenir y responder acontingencias o emergencias ambientales; y

VII. Contar, en su caso, con una garantía financiera que asegure que al cierre osuspensión de sus operaciones, no sé dejen abandonados residuos, sueloscontaminados con ellos yse realice la limpieza de dichas instalaciones,se'gún corresponda.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRlIZ.

1.

n 11.111.IV.

V.

VI.

VII.

VIII.

Artículo 25. Tratándose de residuos de manejo especial; las condiciones queaplicarán para su manejo y gestión integral se establecerán en los planes demanejocorrespondientes, sujetos a la aprobación por parte de la Secretaría y losMüniCipiós correspondientes.

Artículo 26. Las personas interesadas en obtener autorizaciones para llevar acabo los servicios a terceros para la reutilización, reciclado, remanufactura,tratamiento y disposición final de re$iduos,· según sea el caso, deberán presentarante la autoridad correspondiente su solicitud de autorización, en dondeproporcionen,según corresponda, la siguiente':inforrnación: .

Datos generales de la persona,. que 'incluyan nombre o razón social ydirección completa;Nombre y firma del representante legal o técnico de la empresa;Descripción e identificación de los residuos que se pretenden manejar;Usos del suelo autorizados en la zona donde se pretende instalar laempresa, planta o instalación involucrada en el manejo de los residuos ycroquis señalando ubicación;Programa de capaCitación del personal involucrado en el manejo de losresiduos, en la operación de los procesos, equipos, medios de transporte y .otros aspectos relevantes, según corresponda;Programa de prevención y atenciór\ a contingencias o emergenciasambientales y a accidentes;!Memoria fotográfica de equipos, vehículos de transporte e instalacionescuya autorización se solicite, según sea el caso;Información de soporte técnico para evaluar la eficiencia y el desempeñoambiental potencial de los procesos o tecnologías a los que se someteránlos residuos, así como elementos de información que demuestren que sepropone, en la medida de lo posible, la mejor tecnología disponible;

IX.' Propuesta de seguros o garantías financieras que se requieran;X.' Copia de los permisos de la autoridad de Tránsito en su caso; yXI. La que determinen el reglamento de la presente Ley y las normas oficiales

mexicanas, normas técnicas ambientales y demás regulación que re'sulteaplicable.

Artículo 27. La Secretaría deberá resolver las solicitudes de autorización a que serefiere este Título, en un plazo máximo de 120 días contados a partir de la

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ.¡1

1.

11.

presentación de la solicitud y dispondrá de 30 días para integrar el expediente y,en su caso, solicitar al inte,resado la información falt¡mte.

En el caso' de que la'Secretaría requieraintormaci6n faltante, el interesadodispondrá de un plazo de 20 días para cumplir dicho r~querimiento, en cuyo casoel plazo de respuesta de la autoridad se suspenderá.

. ~ .Artículo 28. La Secretaria negará las autorizaciones en los siguientes casos: .

. )

Si se generan otros contaminantes o residuos peligrosos como resultadodel reciclado, remanufactura o tratamiento de I<:>s residuos y se rebasan loslímites máximos permisibles establecidos en las normas. aplicables; .Si no se satisfacen las disposiciones correspondientes de esta Ley, losordenamientos que de ella deriven {) las coildicionantes de la autorizéciónde impacto ambiental y demás disposiciones que resulten aplicables.

Articulo 29. Las autorizaciones para la prestación de servicios en materia deresiduos deberán otorgarse por un tiempo máximo de 10 años, observando lasdisposiciones de la presente Ley; su Reglam:ento, las normas oficiales mexicanas,normas técnicas ambientales y demás disposiciones aplicables, Asimismo, losinteresados renovarán dicha autorización actualizando la información anteS de lafecha del vencimiento, siempre y cuando cumplan con todos los requisitosaplicables. .

Articulo 30. El monto de las garantías financieras a que se refiere este Título sefijará de acuerdo con la .estimación de los costos que pueden derivar de laremediación del daño provocado en caso de accidente o de contaminación de lossitios, que'se puedan ocasionar por el manejo o disposición de los residuos.

Artículo 31. Las personas físicas o mOf?les que sean autorizadas a brindarservicios a terceros para el manejo de residuos deberán proporcionar copia de laautorización correspondiente a quienes cont~aten sus servicios.

TíTULO TERCEROPREVENCiÓN DE LA CONTAMINACiÓN DE SITIOS CON RESIDUOS, Y SU

REMEDIACIÓN

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CONGRESO DEL ESTADO DE VEJ~.ACRliz.

J!.Q.DERLEGISLATIVO( 1stado Libre y SobCf8DO

De Vemei'uz - Usve

CAPíTULO 'I~IPREVENCiÓN DE LA CONTAMINACiÓN DE SITIOS

Artículo 32. Las personas responsables de establecimientos cuyas actividadesipvolucren la generación, manejo y disposición final de residuos sólidos urbanos,'industrial~s o de manejo espec;:ial están obligados a prevenir la contamin~ci6n desitios por sus actividades y a llevar a cabo las acciones de remediación que .correspondan conforme a lo dispuesto en el present~ Título. ¡

(',

Artículo 33. Los niveles de prevención o reducción de la contaminación de sitioscontaminados con residuqs, se qeberán determinar considerando el uso del sueloprevisto en los planes de ordenamientd' ecológico y desarrollo urbano

,~

correspondientes, con base en los cuales se definirán las restricciones que alefecto impongan la Secretaría y las autoridades municipales.

De no darse cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente. artículo. 'quienes resulten r~sponsables se harán' acreedores a las sancionescorrespondientes y ser~n obligados a remediar ·el daño que ocasionen y a limpiarlos sitios contaminados. "

CAPíTULO 11 .DE LA REMEDIACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS

Artículo 34~ Las personas fisicas o morales que resulten responsables de lacontaminación de un sitio, ya sea premeditada o accidentalmente, estaránobligadas a:

l. Tomar las"acciones inmediatas necesarias para remediar el daño ambientaly restituir el estado del sitio hasta antes de la contaminación con residuos;

11. Remediar el daño patrimonial ocasionado confonne a las disposicionesrespectivas.

Artículo 35. Tratándose de sitios que se contaminen de manera súbita conresiduos como resúltado de accidentes, deberá procederse, dt.:' inmediato, a la

'L

atención y remediación del manejo de los residuos a efecto de no poner en riesgola salud pública oel equilibrio ecológido. Inmediatamente después, los

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

AODER LEGISLATNOt Estado Libre YSoberano, De VenICTUZ -llave

.'

responsables de la contaminación deberán p?,oceder a realizar la limpieza del sitio~ntamipado. confonne' a las disposiciones respectivas.

Artícü(o .3'6~ En. caso de ausencia definitiva de, los respc;msables de lacontaminación de un sitio con residuos, la Secretaria' en coordinación con los·gobiernos Municipales correspondientes deberán lI~v8"r a cabo las accíonesnecesarias para la remediación del sitio contaminado conforme a las di$posicionesreglamentarias y demás aplicables.

TITULO CUA,RTOPLANES DE MANEJO Y SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL

11 '

• l'CAPITULO I

PLANES DE MANEJO

SECCiÓN PRIMERAFINES Y CRITERIOS PARA EL ESTABLECIMIENTO DE PLANES DE MANEJO

Artículo 37. Los Planes de Manejo establecerán acciones para:

1.

11.

JI\.

IV.

V.

Promover la prevención de la generación y gestión integral de los residuos ,a través de medidas que reduzcan los costos de su adminIstración, faciliteny hagan más efectivos, desde la perspectiva ambiental, los procedimientosp~ra su manejo; !~',Establecer modalidades de manejo que respondan a las particularidades delos residuos y de los materiales que los constituyan;Atender a las necesidades específicas de ciertos generadores quepresentan características peculiares;Establecer esquemas de manejo en los que aplique la corresponsabilidadde los distintos sectores involucrados; yAlentar la innovación de procesos, métodos y tecnologías, para lograr unmanejo de los residuos ambientalmente adecuado.

Artículo 38. La determinación de' residuos que podrán sujetarse a planes demanejo por parte de las autoridades ambientales se sustentará en alguno oalgunos de los siguientes criterios:

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De Veracruz - Llave

OfICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAE.z.H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISU'TURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERA CRuz.

.-

1. QUé se trate de productos comerciales o de sus envases, embalejes~o

empaques, que al deseCharse se convierten en residuos; .'11. Que los materiales que los componen tengan un alto valor ·ecoriómicó·-o

. faciliten el manejo conjunto de los .distintos tipos de residuos que loscontienen;

111.' Que se trate de residuos de alto yolumen de generación, pmducidos por unnúmero reducido de generadores; .

IV. Que sean residuos generados por un número elevado de pequeñosgeneradores y representen una proporción de los residuos sólidos urbanosigualo superior al cinco por ciento de los mismos; y

V. Que se trate de residuos que por slJs características o .volúmenes nopueden manejarse como el resto de los residuos que involucran losservicios establecidos en este ordenamiento y las disposiciones jurídicas-correspondientes.

Articulo 39. La Secretaria y I~s municipios, confonne lo dispongan susrespectivos ordenamientos, podrán considerar como ,residuos sujetos a planes demanejo, los residuos sólidos urbanos, industriales o de manejo especial deacuerdo con la legislación federal de la materia. De ser necesario o conveniente,un mismo plan de manejo podrá involucrar a más de un tipo de residuo, material oproducto. En la determinación de otros residuos sólidos urbanos y de manejo -

. especial que podrán ser sujetos a planes de manejo, se consultará a las partesinteresadas, siguiendo procedimientos establecidos para tal fin y hecho~ del.conocimiento público a través de los órganos de difusión oficial yen los diarios decirculación local. "

Artículo 40. La Secretaría determinará, junto con las partes interesadas, otrosresiduos sólidos urbanos, industriales o de manejo especial que serán sujetos aplanes'de manejo, siguiendo procedimientos ~stablecidos para tal fin y hechos delconocimiento público a través del Gaceta Oficial y de medios peñodísticos decobertura estatal.

Artículo 41. las autoridades estatales y de los munICipiOS competentes,publicarán periódicamente en su órgano de difusión oficial y en los diarios decirculación local, una relación de los clasificados como sujetos a planes de manejopara los efectos a que se refiere ,esta Ley.

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Ii 'OFICINA DEL C! DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEz.

H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ,

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De Veraeroz -"- llave

SECCiÓN SEGUNDAFORMULACiÓN E INSTRUMENTACiÓN DE LOS PLANES DE MANEJO

Artículo 42. Serán responsables de la formulación e instrumentación' de losplanes de manejo, según Corresponda:

1. Los produc!ores y distribuidores de lo~ productos que al desecharse seconvierten en los residuos sólidos dl'banos, industriales o de manejoespecial que se incluyan -en los listados de residuos sujetos a planes demanejo;

11. Los generadores de los residuos de manejo es'pecial que se j¡¡c1uyan en loslistados de residuos sujetos a,planes de manejo; y

111. La Secretaria, o las autoridades de los Municipios, de acuerdo con susrespectivas competencias.

Artículo 43.' Los planes de manejo deberán d,nsiderar entre otros, los siguientesaspectos: ::

1. Delimitación clara y especifica de los residuos que forman parte del plan demanejo y s~rán manejados conforme a dicho plan;

11. ' Los procedimientos ambientalmente adecuados de acopio, almacenamientoy transporte de los productos y residuos de un mismo tipo o compuestos delos mismos materiales, para su envío a reciclado, rémanufactura,tratamiento o disposición final, de corifonnidad con ,las disposiciones deesta Ley y otros ordenamientos que de ella deriven o que resultenaplicables; ,

111. Las estra'tegias y medios a través de los cuales se comunicará a losconsumidores de productos que al desecharse se someten a los planes demanejo, las acciones que éstos deben realizar para devolverios a losproveedores, a los centros de acopio destinados para tal fin o alasservicios de limpia, según corresponda; "

IV. Los instrumentos económicos que, en su caso, se aplicar~l para sustentarlos planes, ya sea instrumentos fis:cales, financieros o de mercado,incluyendo los relativos a esquemas de}depósito-reembolso;

1,

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V.

VI.

OFICINA DEL e.' DIP. ALONSO DOMfNGUEZ FERRAEZ.H. QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

Listado de las partes que intervengan en su formulación'e instrumentación;y . ,Las obligaciones y facultades de cada uno qe los integ~ntes del plim demanejo. -

'1"

. ilArtículo 44. En ningún caso .105 planes d~ manejo podrán plantear formas demanejo contrarias a los objetos y principios en los que se basa la normatividadapJicable a la prevención y reducción de riesgos del residuo de que sfl trate, nirealizarse a través de empresas que no estén registradas ante las ~utoridades

competentes; sólo podrán establecer formas o mecanismos alternativos paralograr los fines que persiguen las disposiciones jurídicas aplicables. de maneramás viable, efectiva y, eventualmente, menos «Ostosa.

"

Artículo 45. Los pla'nes de manejo a que ~e refiere el ~rtículo antenor seránpresentados a la Secretaría o autoridades com'petentes por los particulares; dichasautoridades contarán con un plazo de 30 días a partir de su recepción parasometer la propuesta a la aprobación de los municipios correspondientes y ambasautoridades realicen comentarios u observaciones sobre su contenido. Lasautoridades se apoyarán en grupos intersectonales y consejos asesores, para laevaluación de los planes de manejo sujetos a aprobación.

Artículo 46. La Secretaría y/o las autoridades' municipales podrán proponermodificaciones o emitir recomendaciones al !iplan de manejo propues.to por losparticulares, mismos que deberán de ser realiZados en tiempo y forma conforme alo señalado en el mismo documento de recomendaciones o modificaciones.

En el caso de que los planes de manejo no sean presentados en el lapso que sefije para tal fin, o se presenten de manera insatisfactoria, la Secretaría. conparticipación de las autoridades municipales que corresponda podrán establecerdichos planes, los cuales tendrán carácter obligatorio para las partes identificadaScomo responsables de su diseño e instrumentación.

~

Artículo 47. Si transcurrido el plazo original las autoridades no realizanobservaciones al plan de manejo que les fue presentado, se entenderá que noexisten observaciones sobre ~u contenido; el plan o un resumen del mismo deberá·

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OFICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMiNGUEZ FERRAEZ,H. QUlNCUAGtSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

ser publicado en la Gaceta Oficial del Estado y en el diario .de mayor circulac;iónen el municipio 6 ml!nicipióS en donde se instrumente dicho plan.

. Articulo' 48. La~ autoridades estatales Yli municipales competentes podránpromover el .desarrollo de proyéctos, estudioS y diagnósticos para identificar lasnecesidades a satisfacer para instrumentar'! planes de manejo sobre residuossólidos urbanos. industriales y de manej6 especial. según corresponda. En estecaso. incentivarán a productores, comercializadores y distribuidores de losmismos. a fonnular e instrumentar planes de manejo Y. conjurltamente.·seleccionarán la ciudades en las que se establecerán. siempre respetando lodictado por el Ordenamiento Ecológico del Territorio correspondiente.

CAPITULO nSISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL

Articulo 49. Los Sistemas de Manejo Ambiental tendrán por objeto prevenir yminimizar la generación de residuos, así como incentivar su aprovechamientodentro de los establecimientos del Gobiemo Estatal y Municipales. E~tos Sistemasse hábrán de configurar con estrategiaS organizacionales que propicien la gestiónintegral de los residuos fomentando el aprovechamiento de los mismos y laprotección al ambiente.

Artículo 50. La implantación de los Sistemas de Manejo Ambiental seráobligatoria, en términos de la presente Ley y las disposiciones orgánicasrespectivas, para:

1. El Gobiemo del Estado11. Las Secretarías de Estado, los organismos dependientes y

desconcentrados del Poder Ejecutivo Estatal; "-lit La Legislatura del Estado y demás organismos dependientes del Poder

Legislativo Estatal;

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!IArtículo 51. Las organizaciones sujetas a la instrumentación de los Sistemas deManejo Ambiental deberán vigilar que en sus procesos de adquisiciones para laprestación de sus servicios y cumplimiento de sus funciones se prefibran, deacuerdo con los planes de manejo y demás disposiciones a que hace referenciaeste ordenamiento y conforme a las leyes y disposiciones en la materia,productos:

IV.

V.

VI.

El Poder Judicial Estatal, Tribunales, Juzgados y demásdependiente~ del Poder Ju¡jicial Estatal;Gobiernos Municipales y demás establecimientos demunicipales; y .Organismos públicos autónomos.

organismos

autoridades

1. Compuestos total o parcialmente de materiales reciclables o reciclados,biodegradables y no tóxicos; y 1I

11. Que cuando sean desechados, puedan retomarse a los proveedores odirigirse a sitios especializados para su reutilización, reciclado,remanufactura, tratamiento o disposición final.

Artículo 52. Los Sistemas de Manejo Ambiental establecerán las bases para quelas dependencias y entidades del Gobierno Estatal y Municipales puedan llevar acabo las siguientes actividades:

'11. Establecer políticas y Iineamientos!~ ambientales para sus procesos

operativos y de toma de decisiones, con la finalidad de. mejorar sudesempeño ambiental en cuanto a la generación y gestión integral deresiduos;

11. Diseñar y establecer planes para cumplir con las políticas y lineamientosestablecidos;

111. Establecer los criterios para dirigir las adquisiciones de los insumos de lasdependencias y entidades de la admir:;¡istración pública estatal;

IV. Instrumentar las estrategias de capac~ación, sensibilización e información,así como las de comunicación de las' políticas, lineamientos y planes asícomo de los avances y resultados que se obtengan a lo largo del tiempo;

V. Diseñar un sistema de medición y evaluación de los avances y resultadosobtenidos, considerando las acciones correctivas y preventivas para lareorientación de las fallas.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRiI.Z.

Artículo 63. Los Sistemas da Manejo Ambiental deben considerar en sus pianes,las siguientes estrategias:

l.

11.

111.

IV.

El maflejo integral de desperdicios, así como promover la reducción de laséantidades de residuos e intensificar" las acciones para identificar, reutiliZar,reciclar,. tratar o disponer los residuos, conforme al presente ordenamiento;Procurar la reducción ·en la t~sa de ebnsumo de bienes y servicios, y lainstalación de tecnologías que induzcan el aprovechamiento óptimo de losrecursos;La integración de criterios ambientales en la compra de bienes competitivosen precio y calidad, disminuyendo la genera~ón de residuos y. los costosambientales. Lo anterior de conformidad con los ordenamientos en materiade adquisiciones; .La educación, capacitación y difusión' de una cultura de responsabilidadambiental en el trabajo, entre los empleados de la organización y el público·usuario.

Artículo· 54. La Secretaría establecerá ·convenios de vinculación con los centrosde investigación para apoyar t$cnicamente Ja implementación de los Sistemas deManejo Ambiental en las entidades y dependencias de la administración públicaestatal. Il

Artículo 55. Los planes de trabajo, avances y resultados de los Sistemas de'Manejo Ambiental de las dependendas y entidades de la administración públicaestatal se darán a conocer por medio de infonnes anuales y' deben de serpublicados en la Gaceta Oficial del Estado, de acuerdo a las fechas qu~

establezca el Reglamento.

Quedarán exentos de esta obligación los poderes Legislativo y Judicial del Estado,los cuales reportarán sus avances en los ténn.inos y condiciones que establezcansus leyes orgánicas. .

Artrculo 56. Los Municipios desarrollarán e implementarán sus'-~rop¡os Sistemasde Manejo Ambiental, los cuales se darán a conocer por medio de informes

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ

anuales que deberán ser publicados en el Diario de mayor circulación de· lalocalidad asíqomo en publicaciones oficiales municipales. .

TíTULO QUINTOEDUCACiÓN, PARTICIPACiÓN SOCIAL E INFORMACiÓN

CAPíTULO IEDUCACiÓN Y PARTICIPACiÓN SOCIAL'

Artículo .57. Las actividades educativas son: parte indispensable de la gestiónintegral de residuos, a fin de lograr la optimización de su manejo y beneficiosambientales. . 11

Artículo 58. Es obligación de la Secretaría, así como de los ciudadanos, el. promovér la educación continua y capacitación de personas y grupos uorganizaciones de todos los sectores de la sociedad. Estas actividades tendránpor objeto adquirir, distribuir y fomentar el conocimiento .necesario para contribuiral cambio de hábitos negativos de producción y consumo, fomentar el consumosustentable y el desarrollo de procesos. en donde se evite o minimice lageneración de residuos, se aproveche su valor y se otorgue a éstos un manejointegral ambientalmente adecuado.

Artículo 59. La Secretaría, en colaboraciónl con los Municípios y ciudadanos,organizará y promoverá diversas actividades de comunicación, educación,capacitación, investigación y dl:!sarrollo tecnológico para prevenir la generación,aprovechar el valor y lograr el manejo integral de los residuos de su competencia.Dichas actividades podrán ser formuladas y/o llevadas acabo por \a Secretaria opor terceros de acuerdo con el capítulo segundo del titulo tercero de esta Ley.

Artículo 60. La Secretaria, en coordinación con los municipios correspondientes,formulara y llevara a cabo al menos una vez por año un evento educativo en elcual se invitara a la población en general para discutir, aprender e intercambiarideas sobre:

1.','

Formas de prevención de generación de residuos;11

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PODER LEGISLATIVO(-stado Libre y Sobel'lUlO

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11.· Formas 'de consumo sustentables;111. Realización y difLJsión de actividades de identificación y reutilización de'

residuos, incluyendo separación de re,siduos, elaboración de composta,ideas para reutilización y demás acciodes que deben ser tomadas por losgeneradores; _

1V. Conocimiento sobre 10s procedimientos de manejo de residuos, así comonuevas tecnolog ¡as y soluciones;

V. Los esfuerzos y riesgos que conlleva el manejo y disposición final deresiduos; :

VI. Fonilación de una conciencia comunitaria, mediante el acceso público a lainformación, la educación ambiental y laicapacitación; y

VII. D~más actividades relativas a la prevención y manejo integral de residuossóli90S municipales, industriales y de manejo especial.

Artículó 61. El 'Gobierno del Estado y de los Municipios, promoverán laparticipación de todos los sectores de la sociedad en la prevención y gestiónintegral de residuos sólidos municipales, industriales y dé manejo especial.

Artículo 62. Para efectos del articulo anterior.'jel Gobierno Estatal y los GobiernosMunicipales:

1. Convocarán a particulares y a los distintos grupos de la sociedad' aparticipar en el diseño e instrumentación de políticas y programas paraprevenir la generación, valorizar y dar un manejo integral seguro yambientalmente adecuado a los residuos sólidos urbanos, industriales y demanejo especial.

n. Fomentarán y ¡;¡poyarán la participación de los particulares, asi como laconfonnación, consolidación y operación de grupos interesados enparticipar en las actividades señaladas en la fracción anterior. .

111. Celebrarán convenios o acuerdos de coordinación y colaboraciónadministrativa de conformidad con esta Ley y las disposiciones aplicables,con el fin de involucrar a los diversos sectores sociales en el diseño einstrumentación de políticas, planes de manejo, programas, proyectos ydemás actividéldes relacionadas con la prevención y gestión integral· deresiduos sólidos municipales, industrial~s y de manejo esp~cial.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRllZ.

CAPíTULO 11INFORMACiÓN

Artículo 63. Los Municipios integrarán un inventario de generación de residuossólidos municipales, industriales y de manejo especial, mismos que proporcioriaráa las Autoridades Estatales para su integración al inventario estatal de generacióny gestión integral de residuos.

Artículo 64. La Secretaría, Municipios y d~más autoridades competi:lntes enmateria de residuos sólidos municipales, industriales y de manejo especialproporcionarán los inventarios y la información relativa a la prevención y el manejo·integral de dichos residuos; así como de las actividades científicas, académicas,trabajos técnicos o de cualquier otra índole en materia de residuos con el fin deser integrada al Sistema Estatal de Información Ambiental y de R.ecursosNaturales..

Artículo 65. Las personas físicas o morales que realicen actividades degeneración, manejo y disposición final <;le residuos sólidos municipales,industriales y de manejo especial debéránotorgar a las autoridadescorrespondientes, la información relativa a diChos residuos y sus actividades conel fin de coadyuvar con las tareas de coadyuvar a la integración y difusión de lainformación en materia de residuos. .

Artículo 66. Toda persona tendrá derecho a que la Secretaría y los municipiospongan a su disposición la información en materia de residuos sólidosmunicipales, industriales y de manejo especial que soliciten, en los términosprevistos por la ley 62 Estatal de Protección Ambiental.

Artículo 67. Se considera información en materia de residuos sólidosmunicipales, industriales y de manejo especial cualquier información, escrita,visual o en base de datos u otras formas, asi como información sobre actividadeso medidas en materia de residuos.

Artículo 68. Los afectados por actos de autoridades regulados en este Capítulo,podrán ser impugnados mediante la interposición del recurso de revisión, deacuerdo con lo dispuesto en esta Ley y en 'Ia Ley 62 Estatal de ProtecciónAmbiental.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ

t .Artículo 69. Quien reciba información en mat~ria de residuos de las autoridadescompetentes, en los términos del presente Capítulo, será responsable de suadeCuada utilización y deberá responder por los daños y pe~iJrcios que seocasionen por su indebido manejo.

TíTULO SEXTOPEL PROCEDIMIENTO Y SANCIONES

CAPíTUlO,11 .DENUNCIA POPULAR, VISITASDE INSPECCiÓN YMEDIDAS DE SEGURIDAD

Artículo 70. Toda persona fisica o moral, grupos sociales, organizaciones nogubernamentales, asociaciones y sociedades podrán denunciar ante la Secretaríao ante los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, lasconductas, hechos u omisiones en materia' de residuos sólidos municipales,industriales y de manejo especial que produzcan o puedan producir desequilibriosecológicos o daños al ambiente o a la salud, o que hayan contravenido lasdisposiciones de la presente Ley y de los demás ordenamientos que regulen laprevención, generación y manejo integral ¡¡de residuos sólidos municipales,industriales y de manejo especial.

Artículo 11. Las autoridades estatales y municipales tramitarán las denuncias quereciban en función de lo establecido por la Ley 62 Estatal de Protección Ambientalen materia de denuncia popular.

Artículo 72. Cuando lo determine la autoridad competente o en respuesta a lasdenuncias populares presentadas, la Se¿retaría o la autoridad' municipalcorrespondiente realizarán los actos de inspeCción y vigilancia del cumplimiento delas disposiciones contenidas en el presente ordenamiento y las disposicionesjurídicas que de él se deriven; así mismo, impondrán las medidas de seguridad ysanciones que resulten procedentes con arreglo a lo que establece esta Ley y laLey 62 Estatal de Protección Ambiental en los aspectos a que se refiere elpresente Titulo. ."Articulo 73. Las personas que realicen ac¡tividades de generación, manejo ydisposición final de residuos sólidos municipales, industriales y de manejo especial

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OFICINA DEL C. DIP. ALONSO DOMINGllEZFERRAEZ.Ji QUINCUAGÉSIMA NOVENALEGISLATIlRA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.

deberán otorgar al Pl3rsonal debidamente autorizado las facilidades indispensablespara el desarrollo de los actos de inspección del cumplimiento de. esteordenamiento y de. las disposiciones aplicables; asimismo, deberán aponar ladocumentación que ésta les requiera para verificar dicho cumplimiento~ ...

ilArtículo 74. En los casos en que el Gobiemo Federal transfiera al Gobiemo. delEstado la realización de inspecciones en las materias de su competencia,conforme a lo dispuesto en la legIslación federal de lá materia y esta Ley, lasautoridades estatales deberán ajustar el ejercicio de sus actos a lo dispuesto en' lalegislación federal de la materia.

Artículo 75. En caso de que exista riesgo de desequilibrio ecológico o de daño odeterioro de los r.ecursos naturales, casos de contaminación con repercusionesirreparables o de difícil reparación para los eq,sistemas, sus componentes o parala salud pública, la Secretaría, de manera fundada y motivada, podrá ordenaralguna o algunas de las siguientes medidas de seguridad:

1. La clausura temporal total o parcial de las fuentes contaminantes, así comode las instalaciones en que se generen, manejen o dispongan finalmentelos residuos sólidos municipales, industriales o de manejo especialinvolucrapos;

11. La suspensión de las actividades respectivas;111. La aplicación de multas; ilIV. El tratamiento o remisión de residuos a,lconfinamiento autorizado;V. El aseguramiento precautorio de materiales o residuos y demás bienes

involucrados con el hecho o acción que da lugar a la imposición de lamedida de seguridad; y

VI. La neutralización, estabilización o cualquier acción análoga que impida quelos residuos ocasionen los efectos adversos previstos en el primer párrafode este articulo.

Artículo 76. Las autoridades correspondientes podrán promover ante otrasautoridades competentes, la adopción de medidas de seguridad que correspondany se encuentren establecidas en otros ordenamientos jurídicos aplicables.

Artículo 77. Las autoridades competentes que hubieren dictado las medidas deseguridad a las que hace referencia el artículo anterior, podrán ordenar las

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. acciones que deben llevar a cabo para subsanar las irregularidades que motivaronla imposición de estas medidas, así como los 'Rlazos para su realización. Ur,a vez.cumplidas estas acciones y asegurad~ Ja protección del· medio ambiente y lasalud, se ordenará el retiro de las medidas de 'seguridad impuestas. .~ .. -"- .... "....

11

. CAPíTUlO.UINFRACCIONES y SANCIONES ADMINISTRATiVAS

Artículo 78. Las vi9laciones a las disposiciones dé esta Ley, su reglar1lento, I~snonnas oficiales mexicanas, normas técnicas ambientales y demás disposicionesjurídicas que de ellos se deriven, serán sancionadas administrativamente 'por laautoridad correspondiente, con una o más de las sanciones siguientes: .

¡ .

1. . Amonestación escrita;11. Multa por el equivalente de veinte a sesenta mil días de salario mínimo

general vigente en el Estado en el momento .de cameterse la infracción;111. Clausura temporal o definitiva, parcial o total, cuando:

a}el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condicionesimpuestas por la autoridad competente, o las medidas correctivas, medidasde seguridad o de urgente aplicación ordenadas por la autoridad.competente, j)

b} en casos de reincidencia, cuando las infracciones generen efectosnegativos al ambiente, a los recursos naturales o a la salud de la población,o' .

c) se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones, alcumplimiento de alguna o algunas medidas correctivas o. de urgenteaplicación impuestas por la autoridad.

IV. Arresto administrativo 'hasta por treinta y seis horas;V. ·La suspensión o revocación de las au,orizaciones correspondientes.

Artículo 79. Las autoridades competentes del estado y los municipios estipularánel establecimiento de sanciones administrativas que efectivamente contribuyan ainhibir que los residuos sólidos municipales, industriales o de manejo especialsean arrojados a la vía o luga.res públicos, y las demás conductas referidas elartículo 20 del presente ordenamiento.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ.

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Artículo 80. Para la imposición de las sanciones por infracciones a esta Ley setomarán en cuenta los criterios previstos en la Ley 62 Estatal de ProtecC?ión alAmbiente.

Artículo 81. Los ingresqs que se obtengan. de las multas por infracciones a lodispuesto en esta Ley y en las disposiciones que de ella se deriven, se destinarána integración de fondos o fideicomisos para d$sarrollar programas vinculados ronla prevención de la generación y el manejo integral de residuos sólidosmunicipales, industriales y de manejo especial; la inspección, la vigilancia y laremediación, en lo que se refiere a esta Ley, así como a laremediación de suelosy sitios contaminados que representen un riesgo inminente al ambiente o a lasalud pública. En este último supuesto, los fondos que se apliquen .a este fin,deberán ser repuestos por quienes ocasionaron la contaminación en los sitiossujetos a remediación en los términos que para tal fin se determinen.

CAPíTULO 111RECURSO DE REVISiÓN·

Artículo 82. Los actos o resoluciones definitivas dictadas con motivo de laaplicación de esta Ley, sus reglamentos y disposiciones que dé ella emanen,podrán ser impugnados por los afectados mediante el recurso de revisión, dentrode los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de los mismos.

""~ . .

Artículo 83. El recurso de revisión se interpondrá directamente ante la autoridadque emitió la resolución impugnada, quien en su caso,acordará su admisión, y elotorgamiento o denegación de la suspensión del acto recurrido, tumando elrecurso a su superior jerárquico para su resolución definitiva.

Artículo 84. La sustanciación del recurso de revisión a que se refiere el artículoanterior de esta Ley, se sujetará a lo dispuesto en la Ley 62 Estatal de ProtecciónAmbiental.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente ordenamiento entrará en vigor a los dos meses siguientesa su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

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CONGRESO DEL ESTADO DE VERA CRuz.:1 •

~ER LEGISLAnvo, :arlo Lib", y Soberano

De Veracru2 - Uave

SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones jurídicas que se opongan alcontenIdo de esta Ley.

TERCERO~ Las autorizaciones O- perniisos otorgados con anterioridad a la fechade entrada en vigor del presente Decreto, seguirán vigentes; su prórroga orenovación se sujetará la las disposiciones.del presente Decreto.

CUARTO. Todos lo~ procedimientos, recursos administrativos y demás asuntosrelacionados con las materias a que refiere esta Ley" iniciados con antenoridád ala entrada en vigor al presente Decreto, se trarpitarán y resolverán conforme a lasdisposiciones vigentes en ese momento. It ,

QUINTO. La Secretáría deberá expedir, a más tardar en un plazo de sesenta díasnaturales, los acuerdos, Circulares, avisos y demás instrumentos jurídicos qu~

correspondan, a fin de dar a conocer a' las personas obligadas a cumplir con lasprevisiones de este Decreto.

SEXTO. La Secretaría deberá expedir los Reglamentos en materia de Sistemas deManejo Ambiental, para la Prevención de la Contaminación y Remediación deSitios Contaminados por Residuos y demás necesarios para la aplicación de estaLey en un plazo no mayor a ciento veinte!i días naturales posteriores a lapublicación de la presente Ley en la Gaceta Oficial del Estado.

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.!

SÉPTIMO. Las autoridades de tránsito emitkan en un plazo no mayor a cientoveinte días naturales a partir de la publicación del presente decreto, las acciones ydisposiciones necesarias para el transporte de residuos a que se refiere esta Ley.

OCTAVO. Los Municipios deberán expedir y;, en su caso, adecuar susreglamentos, bandos y demás disposiciones juñdicas, de acuerdo con lascompetencias que a cada uno corresponda, en un plazo no mayor a 180 díasnaturales posteriores a ia entrada en vigor de esta Ley, la Secretaría deberápromover y apoyar los trabajos que para tal efecto sean necesarios.

NOVENO. Los planes de manejo a los que hace referencia esta Ley deberánjnstrumentarse por los interesados, en un plato no mayor a dos al¡os a partlrdelaentrada en vigor de esta Ley. 11 , ,

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OFICINA DEL C. DIJ>. ALONSO DOMINGUEZ FERRAEZ.Ro QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRuz.1I

DÉCIMO. En tanto no se reformen las nortnas oficiales mexicanas y nonnástécnicas ambientales a las que aplican las disposiciones a las que se. hacereferencia en este ordenamiento, seguirán apti~nd.ose las ~onn.~s vigentes.

"LA VIDA ES PRIMERO"AMOR JUSTICIA yl LIBERTAD

Xalapa, VeL, a los catorce dias del mes de noviembre del año dos mn dos.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE" MÉXICO

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