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¿Qué es el Hostigamiento Sexual?

Es la conducta física o verbal reiterada

de naturaleza sexual no deseada y/o

RECHAZADA, realizada por una o más

personas que se aprovechan de una

posición de autoridad o cualquier otra

situación ventajosa, en contra de otra u

otras, afectando su dignidad.

Es una vulneración de los derechos humanos: a la

igualdad, a la no discriminación, al empleo, a la

educación, los derechos sexuales.

Pocas denuncias

Negación de existencia

Silencio cuando el hostigamiento

es realizado por personas del mismo sexo

PROBLEMÁTICA

Camaradería Masculina/Femenina

La vestimenta de las/los afectadas

¿Qué factores influyen?

Ideas y valores predominantes socialmente

Políticas y Normas

Entorno cercanoFamilia, amigos,

compañeros de trabajo.

El mundo interno

En un estudio realizado sobre la situación del hostigamiento

sexual refiere en relación a las víctimas:

� Un 83.3% son mujeres

� 95.8% acosadas por hombres

� 4.2% por otra mujer

Sabías que…

� 4.2% por otra mujer

� Un 10.7% son hombres

� 61.1% acosados por hombres

� 38.9% acosados por mujeres

“La víctima provoca el hostigamiento sexual por su forma de vestir o comportarse”.

“Sólo las mujeres son víctimas de hostigamiento sexual”.

“La víctima debe sentirse halagada, pues en el fondo desea que le hostiguen”.

Algunos mitos sobre el hostigamiento sexual

“La víctima puede detener el acoso si lo desea, ya que si la víctima rechaza o ignora el acto de hostigamiento sexual, éste se detendrá”.

“El hostigamiento sexual no es algo que afecta muchas personas, son sólo casos aislados”.

Verdades sobre el hostigamiento sexual

� La persona que recibe una manifestación de hostigamiento sexual

no se siente halagada, ni desea recibir ese tipo de conductas.

� La única persona responsable del acto de acoso es quien la emite,

nunca quien la recibe.nunca quien la recibe.

� La víctima no puede detener el acoso, pues éste es responsabilidad

absoluta de quien lo emite.

� El hostigamiento es un fenómeno que se presenta con mucha

frecuencia en el ámbito laboral.

Ley N° 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual

El artículo 4 define el Hostigamiento

Sexual Típico o Chantaje Sexual

como :

“La conducta física o verbal reiterada

de naturaleza sexual no deseada y/o

Conducta no

bienvenida

Conducta de

carácter

sexualde naturaleza sexual no deseada y/o

rechazada, realizada por una o más

personas que se aprovechan de una

posición de autoridad o jerarquía o

cualquier otra situación ventajosa,

en contra de otra u otras, quienes

rechazan estas conductas por

considerar que afectan su dignidad

así como sus derechos

fundamentales”.

bienvenida

Reiteración

Relación de

autoridad o

dependencia

sexual

• Reparar los perjuicios laborales ocasionados al hostigado y adoptar las

medidas necesarias para que cesen las represalias ejercidas por el

hostigador.

• Informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo los casos de

hostigamiento sexual y el resultado de las investigaciones efectuadas,

• Establecer un procedimiento preventivo interno que permita al trabajador

En caso de Hostigamiento Sexual en al empresa, en ésta recaen ciertas responsabilidades

administrativas:

• Establecer un procedimiento preventivo interno que permita al trabajador

interponer una queja en caso de que sea víctima de hostigamiento sexual,

el mismo que deberá cumplir con las características señaladas en el

Reglamento.

• El procedimiento deberá ser puesto en conocimiento de todos los

trabajadores.

• Colocar en lugares visibles del centro de trabajo información sobre el

procedimiento para denunciar y sancionar el hostigamiento sexual.

Es importante estar informados sobre este tema, ya que el hostigamiento sexual no discrimina raza, religión, sexo ni condición laboral.