punteo pregunta 1-2

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La legítima se va a computar: 1184, la mitad de los bienes, para saber esto: 1. Llevar a cabo las bajas generales de la herencia 959 y agregaciones de los acervos imaginarios 1185 y 1187. 2. Mitad de: acervo liquido o la mitad del primer acervo imaginario o la mitad del segundo acervo imaginario. Primer acervo imaginario: 1185. como la acumulación imaginaria al acervo liquido del valor de aquello que el causante ha donado a uno o más legitimarios en razón de su legitima o mejora.: Al acervo líquido se le suma lo donado. 1185 y 1199 el incremento tanto para la rigorosa, como la mejora y la disposición, se computa para todo. Se le suma al acervo líquido el dinero de las donaciones irrevocables hechas a sus hijos. Por tanto es 210.000.000. Por tanto la legitima rigorosa será: 105.000.000, la cuarta de mejora será: 52.500.000. La cuarta de libre disposición sera: 52.500.000. A catalina, Constanza y Carlos, les corresponde a cada uno de legítima rigorosa: 35.000.000.000. La legítima no puede estar sujeta a modo, plazo o condición. Se entiende sin efectos. Excepto por si la donación entre vivos 1192.2. No hay regla expresa que prohíba que la cuarta de mejora esté sujeta a condición, plazo o modo por tanto las asignaciones imputables a la cuarta de mejora pueden ser suscritas, se respetan las asignaciones hechas a Carolina por 5.000.000. A Calisto 3.000.000. Art 1198 toda donación hecha a un legitimario se le imputa a su legítima, a menos que expresamente se

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La legtima se va a computar:1184, la mitad de los bienes, para saber esto:1. Llevar a cabo las bajas generales de la herencia 959 y agregaciones de los acervos imaginarios 1185 y 1187.2. Mitad de: acervo liquido o la mitad del primer acervo imaginario o la mitad del segundo acervo imaginario.Primer acervo imaginario: 1185. como la acumulacin imaginaria al acervo liquido del valor de aquello que el causante ha donado a uno o ms legitimarios en razn de su legitima o mejora.:Al acervo lquido se le suma lo donado. 1185 y 1199 el incremento tanto para la rigorosa, como la mejora y la disposicin, se computa para todo. Se le suma al acervo lquido el dinero de las donaciones irrevocables hechas a sus hijos. Por tanto es 210.000.000.Por tanto la legitima rigorosa ser: 105.000.000, la cuarta de mejora ser: 52.500.000. La cuarta de libre disposicin sera: 52.500.000. A catalina, Constanza y Carlos, les corresponde a cada uno de legtima rigorosa: 35.000.000.000. La legtima no puede estar sujeta a modo, plazo o condicin. Se entiende sin efectos. Excepto por si la donacin entre vivos 1192.2. No hay regla expresa que prohba que la cuarta de mejora est sujeta a condicin, plazo o modo por tanto las asignaciones imputables a la cuarta de mejora pueden ser suscritas, se respetan las asignaciones hechas a Carolina por 5.000.000. A Calisto 3.000.000. Art 1198 toda donacin hecha a un legitimario se le imputa a su legtima, a menos que expresamente se diga que se hace con cargo a la cuarta de mejora. Mejora tacita: 1213 si alguien paga una deuda al descendiente y digo que no sea con cargo a la legtima lo que se entiende que ese pago se imputara a la mejora. 1193 si aquella parte que se le ha asignado la legtima rigorosa excede de lo que le correspondera por legtima rigorosa se entiende que se le imputa a la mejora. Aquello que yo no disponga de la cuarta de mejora, acrece a la legtima rigorosa 1191, se reparte a todos los legitimarios.Este sistema tiene reaccin de cmo se imputa lo donado por el causante 1198, se imputa a su legitima a menos que se diga que es con cargo a la mejora

Catalina le toca de legtima rigorosa 35.000.000 pero hay que descontarle los 50.000.000. Como se exede de la legitima en 15.000.000, esto se le imputa a su mejora. Pero ya se tienen si bien se le respetan los 6.000.000, por cuarta de mejora adems. Queda un saldo de 11.000.000 que le faltan.Carlos por su parte le toca los 35.000.000, que se le deben de legtima rigorosa, a esta legtima. A lo que le corresponde por cuarta de mejora, hay que descontarle los 50.000.000 de la donacin. Adems el auto que se le deja se le imputa a la cuarta de libre disposicin porque no se indica que con l se quiere pagar su legtima, que vienen siendo 15.000.000. el testador puede indicar con que bienes se pague 1197

Constansa por su parte, le tocan los 35.000.000. Que le corresponden por legitima, y le corresponde por cuarta de libre disposicin los cuadros, 17.250.000. Si esa donacin que se ha hecho es excesiva o muy cuantiosa y excede la cuarta de mejora, esa donacin debe de reducirse, porque se debe de respetar la asignacin forzosa.

Problemas: no se hacer la particin de la cuarta de mejoras. Si se hace esta y en el caso de Carlos y catalina se excede de lo que se les debe de dar ms all de lo de lo que les corresponde por carta de mejora, se debera reducir la donacin. Pero no s si se aplican las mismas reglas de lo que sucede con el segundo acervo imaginario o no.